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"AÑO DEL DIALOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONALINSTITUCIÓN EDUCATIVA Nº 30059 “ROSA DE AMÉRICA” Infinitamente Triunfadores LXVIII ANIVERSARIO DE CREACIÓN INSTITUCIONAL 1950 -2018 Resolución Directoral Nº 173- 2018 Huancayo; 05 de mayo del 2018 Visto, el documento respectivo. CONSIDERANDO: Que, constituye una de las funciones de las Instituciones Educativas, “Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia.”; esto, de conformidad con lo previsto en la Ley General de Educación – Ley N° 28044; Que tiene por objeto establecer los lineamientos generales de la educación y del Sistema Educativo Peruana, las atribuciones y obligaciones del Estado y los derechos y responsabilidades de las personas y la sociedad en su función educadora. Que de conformidad a la Resolución Ministerial N°0657-2017 MINEDU Norma Técnica denominada: “Normas y orientaciones para el desarrollo del año escolar 2018 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica”; Que atendiendo a las políticas priorizadas de mejora de la calidad de los aprendizajes y considerando los seis compromisos e indicadores de gestión escolar; en atención al compromiso cinco que implica reglamentar las normas de convivencia para garantizar un buen clima institucional en el RIN. De conformidad con la Ley Nº 28044, Ley de Reforma Magisterial Nº 29944 y su reglamento y La RM N° 572-2016 Normas y orientaciones para el desarrollo del año escolar 2016 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica y en uso de las facultades conferidas por las disposiciones legales vigentes; SE RESUELVE: ARTÍCULO 1°: RECONOCER Y APROBAR el RIN de Nuestra Institución Educativa durante el presente año lectivo a favor de la educación, beneficiándose los estudiantes, padres de familia y la comunidad educativa rosamericana. ARTÍCULO 2°: INFORMAR, a la Unidad de Gestión Educativa Local de Huancayo para el Reconocimiento vía Resolución del documento en mención. Dr. Ernesto Ronald Vílchez Cuadrado Director I.E. Nº 30059 “Rosa de América” Huancayo

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"AÑODELDIALOGOYLARECONCILIACIÓNNACIONAL”

INSTITUCIÓN EDUCATIVA Nº 30059 “ROSA DE AMÉRICA” Infinitamente Triunfadores

LXVIII ANIVERSARIO DE CREACIÓN INSTITUCIONAL 1950 -2018

ResoluciónDirectoralNº173-2018 Huancayo; 05 de mayo del 2018 Visto, el documento respectivo. CONSIDERANDO: Que, constituye una de las funciones de las Instituciones Educativas,

“Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia.”; esto, de conformidad con lo previsto en la Ley General de Educación – Ley N° 28044; Que tiene por objeto establecer los lineamientos generales de la educación y del Sistema Educativo Peruana, las atribuciones y obligaciones del Estado y los derechos y responsabilidades de las personas y la sociedad en su función educadora.

Que de conformidad a la Resolución Ministerial N°0657-2017 MINEDU

Norma Técnica denominada: “Normas y orientaciones para el desarrollo del año escolar 2018 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica”; Que atendiendo a las políticas priorizadas de mejora de la calidad de los aprendizajes y considerando los seis compromisos e indicadores de gestión escolar; en atención al compromiso cinco que implica reglamentar las normas de convivencia para garantizar un buen clima institucional en el RIN.

De conformidad con la Ley Nº 28044, Ley de Reforma Magisterial Nº 29944 y su reglamento y La RM N° 572-2016 Normas y orientaciones para el desarrollo del año escolar 2016 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica y en uso de las facultades conferidas por las disposiciones legales vigentes;

SE RESUELVE: ARTÍCULO 1°: RECONOCER Y APROBAR el RIN de Nuestra

Institución Educativa durante el presente año lectivo a favor de la educación, beneficiándose los estudiantes, padres de familia y la comunidad educativa rosamericana.

ARTÍCULO 2°: INFORMAR, a la Unidad de Gestión Educativa Local

de Huancayo para el Reconocimiento vía Resolución del documento en mención.

Dr. Ernesto Ronald Vílchez Cuadrado Director

I.E. Nº 30059 “Rosa de América” Huancayo

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PRESENTACION: El Reglamento Interno es un documento técnico administrativo que tiene por finalidad normar el funcionamiento de la I.E .Nº 30059 “ROSA DE AMERICA”, a fin de orientar los deberes y derechos de los agentes educativos. Invocamos a los docentes, personal administrativo, padres de familia y estudiantes del plantel para que conozcan y tengan a la mano este Reglamento, para que después de ello participen responsablemente en su riguroso cumplimiento del plantel considerando de la siguiente manera:

CAPITULO I : De Reglamento, Disposiciones Generales, Conceptos, Fines, Base Legal y Alcances.

CAPITULO II : Del Centro Educativo, Creación, Fines Objetivos, Funcione

Generales, Estructura Orgánica.

CAPITULO II I : De las funciones específicas de los órganos y miembros que lo integran.

CAPITULO IV : De la Organización del Trabajo Escolar. CAPITULO V : De la Organización del Trabajo Administrativo. CAPITULO VI : Del Funcionamiento de la Institución Educativa. CAPITULO VII : De la Matrícula, Evaluación, Promoción y Certificación. CAPITULO VII I : De los Derechos, Atribuciones, Obligaciones,

Prohibiciones, Estímulos, Falta y Sanciones del Personal. CAPITULO IX : De los Derechos, Atribuciones, Prohibiciones, Estímulos,

faltas y sanciones de los Padres de Familia. CAPITULO X : De los derechos, obligaciones, prohibiciones, estímulos,

faltas, y sanciones de los educandos. CAPITULO XI : De las normas de convivencia CAPITULO XII : De las Relaciones y Coordinaciones CAPITULO XII : De los Servicios de Bienestar Social y Recreacional del

Alumnado y Personal del Plantel. CAPITULO XIV : De la Administración y Recursos CAPITULO XV : Disposiciones Transitorias.

REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA INTEGRADA N°30059 “ROSA DE

AMÉRICA”

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DE REGLAMENTO, DISPOSICIONES GENERALES, CONCEPTO, FINES, BASE

LEGAL Y ALCANCES Art. 1.- CONCEPTO. - El presente documento es el Reglamento de Gestión y Control

que establece y norma la organización y funcionamiento interno del quehacer educativo de la Institución Educativa Nº 30059 “ROSA DE AMERICA” de Huancayo.

Art. 2.- DE LOS FINES.- Es un instrumento de Gobierno del Plantel que facilita y

asegura el logro de los fines y objetivos educativos, así como las relaciones humanas entre los órganos internos y externos.

Art. 3.- BASE LEGAL.- El presente documento tiene como sustento legal en los

siguientes dispositivos: a) Constitución Política del Perú. b) Ley de la Reforma Magisterial 29944 c) D.S. Nº 004-2013–ED-Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial d) Ley General de Educación Nº 28044 e) Ley Nº 11377 Estatuto y Escalafón del Servicio. f) Ley 27444 Ley de Procedimiento Administrativo del Sector Educación g) Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización h) D.L. Nº 276-Ley de bases de la Carrera Administrativa. i) D.S. Nº 005-90-PCM- Reglamento de la Carrera Administrativa. j) D.S. Nº 013- 2004 – ED Reglamento de Educación Básica Regular k) D.S. Nº 009-2005 Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo l) D.S. Nº 004-2006 –ED Reglamento de la Ley Nº 28628 Ley que

regula la participación de los padres de familia m) Directiva Nº092-2013-MINEDU/VMGP-DIGIDIE "Normas y

Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2014 en la Educación Básica", aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0622-2013-ED.

n) D.S. 008-2006-ED - Lineamientos para el seguimiento y control de la labor efectiva de trabajo Docente en las I.E.

o) Resolución Ministerial N°0657-2017MINEDU “Normas y orientaciones para el desarrollo del año escolar 2018 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica”.

Art. 4.- ALCANCE.- Las disposiciones que contiene el presente Reglamento serán cumplidas por el personal Directivo, Jerárquico, Docente, Administrativo, Alumnas y Padres de Familia de la I.E. Nº 30059 “Rosa de América”

CAPITULO I

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DEL CENTRO EDUCATIVO, CREACION, FINES, OBJETIVOS, FUNCIONES GENERALES Y ESTRUCTURA ORGANICA

Art. 5.- La Creación de la Institución Educativa, el 12 de Octubre de 1950 Art. 6.- Son fines de la Institución Educativa:

a) Organizar el Desarrollo Educativo en el ámbito geográfico del plantel en concordancia con las normas establecidas por el sector educativo.

b) Mejorar el proceso educativo aplicando métodos y técnicas pedagógicas activas.

c) Lograr la cooperación y participación de la familia, alumnado y comunidad en general en el proceso educativo.

Art. 7.- De los Objetivos de la Institución Educativa:

a) Norma funciones de los órganos y miembros que lo conforman. b) Lograr la formación integral de los educandos en concordancia con los

principios, fines y objetivos y lineamentos de política del sector educativo. c) Fortalecer la conciencia cívica patriótica de los educandos para garantizar la

soberanía, integridad, seguridad y Defensa Nacional. d) Integrar el trabajo educativo en el sistema productivo ligado la educación al

trabajo y productividad, el currículum a las necesidades y requerimiento de la comunidad.

e) Desarrollar y perfeccionar la Tecnología Educativa que permite mejorar la calidad de la educación e incorporar las experiencias y aportes culturales de la comunidad.

f) Lograr el apoyo de las diferentes instituciones en la promoción y gestión de servicios educativos.

g) Contribuir a la consolidación de la transformación socio-económica del país y reforzar las relaciones socio-culturales de la comunidad, promoviendo su participación responsable.

Art. 8.- Son Funciones Generales de la Institución Educativa:

a) Mejorar la calidad del servicio Educativo y perfeccionar el proceso empleando la ciencia y tecnología educativa actual.

b) Contribuir en la solución de problemas de las alumnas y profesores a través de las diferentes Áreas en coordinación con la Dirección del Plantel, y la APAFA,

c) Evaluar y desarrollar los programas curriculares de estudio de la Educación Primaria de Menores incorporado las acciones.

d) Brindar los servicios de tutoría creando las condiciones propias para su desarrollo en estrecha vinculación con la familia y la comunidad.

e) Formular, desarrollar y participar en actividades productivas que garanticen la capacitación para el trabajo, compatible con los objetivos del desarrollo socio-económico y cultural de la comunidad.

f) Promover y desarrollar actividades culturales, deportivas y de relación que permitan la formación integral de los educandos propiciando la participación de la comunidad.

CAPITULO II

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g) Brindar servicios de Orientación y Bienestar del Educando ofreciendo ayuda al alumnado en estrecha coordinación con los padres de familia y las autoridades sociales.

h) Desarrollar permanentemente las actividades cívico-patrióticas, contribuyendo a la afirmación de la nacionalidad y soberanía de nuestra Patria.

Art. 9.- La Estructura Orgánica de la Institución Educativa es:

a) Órgano de Dirección y Control: la Dirección del Plantel. b) Órgano Técnico Pedagógico: Sub Dirección. c) Órgano de Ejecución: Personal Docente. d) Órgano de Asesoramiento: Consejo Educativo CONEI. e) Órgano de Apoyo Educativo: SUTEP, Personal Administrativo, APAFA, su

organización y funciones se establece por disposiciones específicas.

DE LAS FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS ORGANOS Y MIEMBROS QUE LO

INTEGRAN Art. 10.- El Órgano de Dirección y Control es responsable del planeamiento,

Dirección, Coordinación, Ejecución, Control y Evaluación del proceso educativo. Depende de la Unidad de Gestión Educativa Local de Huancayo.

Art. 11.- Son Funciones del Director de la Institución Educativa:

En lo Pedagógico

a) Planifica, organiza, dirige, ejecuta y evalúa el servicio educativo en la Institución Educativa.

b) Conduce la elaboración, implementación, ejecución y evaluación de los Instrumentos de Gestión.

c) Optimizar la calidad de los aprendizajes y el desempeño docente, desarrollando estrategias de estimulación de talentos y promoviendo y estimulando permanentemente la innovación pedagógica.

d) Promulgar en las Instituciones Educativas los documentos normativos que orientan la vida de la Institución Educativa y que estén en concordancia con lo dispuesto por las normas oficiales.

e) Monitorear, supervisar, asesorar y evaluar el servicio educativo. f) Autorizar y promover visitas de estudio y demás actividades pedagógicas

en diversos lugares de la comunidad. g) Suscribir, en la Institución Educativa, convenios y/o contratos con fines

educativos y organizar eventos de capacitación y actualización docente. h) Estimular y organizar la participación del personal en pleno y de los

alumnos de la Institución Educativa, en eventos de carácter deportivo, cultural y de prevención, convocados por el Ministerio de Educación y otras instituciones, de acuerdo a las norma vigentes.

i) Impulsar Jornadas Pedagógicas que promueven espacios de inter - aprendizaje y reflexión, así mismo actividades dirigidas a mejorar la calidad de los aprendizajes y el servicio educativo en el marco del PEI.

j) Planificar, organizar y ejecutar el PRA, según Normas establecidas.

CAPITULO II I

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k) Supervisar el cumplimiento de las charlas y participaciones culturales l) Optimizar el tiempo en las indicaciones dada en la formación. m) Estar presente en todas las actividades programadas por la I.E. En los recursos y servicios de la Institución Educativa. n) Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por la

Institución Educativa, siguiendo las orientaciones del PEI y las normas oficiales; y atendiendo equitativamente las necesidades de los diversos niveles y modalidades existentes en la Institución Educativa.

o) Formular el presupuesto de la Institución Educativa público y velar por la correcta administración de todos los recursos, incluyendo los recursos propios.

p) Adjudicar la administración de kioscos y cafetines de la Institución Educativa público de acuerdo a las normas y disposiciones vigentes.

q) Autorizar el uso eventual y alquiler de ambientes y/o equipos, de la Institución Educativa público, de acuerdo con las normas oficiales, asegurando la conservación del medio ambiente, de las instalaciones y equipos, y un tipo de utilización que no distorsione los fines educativos del centro.

r) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de los fondos que ella recaude, teniendo en cuenta los requerimientos del Plan de Trabajo Anual.

En lo administrativo s) Supervisar y evaluar las actividades administrativas en coordinación con el

personal directivo de la Institución Educativa. t) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula y

expedir los certificados de estudio. Dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas, rectificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos oficiales, exonerar de asignaturas y autorizar convalidaciones, pruebas de revalidación y de ubicación, en cualquier momento del año.

u) Seleccionar y proponer a la autoridad educativa la contratación o el nombramiento del personal docente y administrativo que reúna los requisitos legales, en función de las plazas que correspondan a la Institución Educativa público, teniendo en cuenta la propuesta de la Comisión Especial de Evaluación de cada nivel o modalidad educativa, especificando la justificación del requerimiento y la duración del contrato. El órgano intermedio, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos en la Ley N° 29944, formaliza el contrato o nombramiento en aplicación a la normatividad vigente.

v) Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo y mérito individual y colectivo del personal. En caso de una evaluación negativa, adoptar medidas correctivas según lo dispuesto por las normas vigentes.

w) Proponer al órgano intermedio las licencias, de acuerdo a las normas vigentes. Seleccionar y designar, en la Institución Educativa, previa propuesta de la respectiva Comisión Especial de Evaluación, al docente reemplazante por el tiempo que dura la licencia del titular, comunicando oportunamente al órgano intermedio del Ministerio de Educación para las acciones correspondientes. La resolución se emite dentro del plazo de diez

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días útiles. Así mismo, proponer al órgano intermedio licencias del personal administrativo y cubrir dicha licencia cuando es sin goce de haber.

x) Informar de manera pública y transparente a la comunidad educativa del manejo de recursos y bienes de la Institución educativa

En las relaciones con la comunidad educativa y) Convocar y presidir el Consejo Educativo Institucional (CONEI). z) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia y el órgano intermedio

del Ministerio de Educación asuntos de interés común. aa) Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando condiciones que

favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad escolar.

En relación a niños y adolescentes con necesidades educativas especiales, en la Institución Educativa ab) Disponer de oficio la matricula del menor abandonado o en riesgo de abandono y coordinar acciones de ayuda con diversas instituciones.

ac) Garantizar la integración a la Institución Educativa y al aula de los alumnos con necesidades educativas especiales, en los casos que lo ameritan. ad) Delegar funciones al Subdirector(a) y a otros miembros de la comunidad escolar. ae) Otras funciones inherentes a su cargo.

Art. 12.- El Órgano Técnico Pedagógico es responsable de la implementación,

programación, organización, ejecución y evaluación de las acciones técnico - pedagógicas referentes a conocimientos y contenidos del saber teórico - práctico asegurando la utilización racional de la Biblioteca, del Laboratorio en forma experimental y aula de innovación pedagógica, está a cargo de la Sub Dirección.

Art. 13.- Son Funciones del Sub Director:

a) Es responsable de la programación, diversificación organización y evaluación de la programación curricular, tanto en su contenido como en su desarrollo , estableciendo los reajustes convenientes para proponer las medidas necesarias para el mejoramiento de los programas de estudio.(PCIE)

b) Formula ejecuta y asesora las actividades técnico - pedagógicas, consideradas en el Plan Anual de Trabajo de mejora de los Aprendizajes.

c) Administra y supervisa el empleo adecuado de los equipos, gabinetes, laboratorios, y otros equipos existentes en el plantel.

d) Promueve y planifica el desarrollo de estudios, de carácter técnico-pedagógico, la participación del personal docente en la preparación de material educativo adecuado y la realización de eventos técnico - pedagógico.

e) Orientar a los docentes en el manejo, aplicación y desarrollo de la estructura curricular, métodos, procedimientos y técnicas de enseñanza a fin de implementar y mejorar el proceso educativo.

f) Promueve charlas de capacitación y actualización sobre innovaciones pedagógicas, para el personal docente, con la finalidad de reforzar el

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trabajo técnico-pedagógico, con la participación de los especialistas de la DREJ, UGEL y otros, en forma gratuita.

g) Planifica, organiza, supervisa y evalúa reuniones de coordinación técnico- pedagógico con los docentes.

h) Participa, coordina, supervisa los servicios de Tutoría. i) Ejecuta en coordinación con la Dirección del Plantel, las tareas específicas

de supervisión previa planificación interna y cronogramada. j) Orienta, administra y supervisa la preparación y manejo de los documentos

técnico- pedagógicos a nivel de grados y secciones, dando cuenta a la Dirección del plantel de las observaciones habidas.

k) Informa periódicamente a la Dirección del Plantel del cumplimiento de las acciones a su cargo.

l) Reemplaza circunstancialmente a los profesores en caso de ausencia o permiso imprevisto.

m) Depende de la Dirección y reemplaza a la Directora en caso de ausencia. n) Elabora y sistematiza en cuadros de información estadística referida a los

resultados técnico pedagógicos en forma trimestral ñ) Promueve en coordinación con el Área Técnico Pedagógico, los diversos

eventos de carácter cultural, con participación de las alumnas, docentes y padres de familia.

o) Administra y controla el material adquirido por el Personal Docente y Padres de familia, considerando como patrimonio de la Institución Educativa.

p) Es responsable de la supervisión general y especial en forma cronogramada.

q) Implementa la programación curricular y su aplicación. r) Participa en la elaboración del horario escolar y distribución de las horas

de laboratorio, educación física, Aula de Innovación Pedagógica y lectura en biblioteca.

s) La evaluación de recuperación debe estar a cargo del Subdirector y Profesores.

Art. 14.- Funciones del Encargado de SECRETARIA

a) Elaborar un plan de trabajo anual en base a sus funciones asignadas. b) Depende linealmente de la Dirección y de la Sub Dirección. c) Administra racionalmente el uso de materiales de escritorio, asegurando la

eficiencia en todos los casos del trabajo educativo. d) Registra los datos del proceso de matrícula, Nóminas y Actas de evaluación

según Cronograma. e) Asiste a las reuniones programadas para llevar el Cuaderno de Actas, en las

reuniones programadas por Dirección. f) Elabora documentos de la I.E. solicitados por Dirección y Subdirección. g) Integra comisión de trabajo educativo y colabora con la Dirección del

plantel y Personal Docente. h) Tiene el horario de 40 horas semanales. i) Eleva a la Dirección del plantel su cuadro de necesidades y requerimiento.

Es responsable de los equipos que utiliza: mantenimiento y seguridad j) Consolida el CAP del personal de la Institución Educativa.

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k) Se encarga de gestionar y controlar el personal de administración y servicios, velando por el cumplimiento de la jornada y las tareas establecidas.

Art. 15.- Son Funciones del Oficinista:

a) Maneja el SIAGE de la I. E. b) Elaborar un plan de trabajo anual en base a sus funciones asignadas. c) Administra racionalmente el uso de materiales de escritorio, asegurando la

eficiencia en todos los casos del trabajo educativo. d) Elabora la programación de las fechas cívicas calendarizadas. e) Integra comisión de trabajo educativo y colabora con la Dirección del

plantel y Personal Docente. f) Tiene el horario de 40 horas semanales. g) Eleva a la Dirección del plantel su cuadro de necesidades y requerimiento.

Es responsable de los equipos que utiliza: mantenimiento y seguridad h) Elabora documentos de la I.E. dispuestos por Dirección y Subdirección. i) Reemplaza las funciones de secretaria en su ausencia. j) Se encarga de la gestión administrativa y económica de la Institución

Educativa, siguiendo las instrucciones de la dirección.

Art. 16.- Son Funciones del Responsable del Aula de Innovación pedagógica:

a) Elaborar un plan de trabajo anual en base a sus funciones asignadas. b) Depende administrativamente de la Dirección del plantel y

académicamente de Subdirección. c) Planifica, organiza y conduce el funcionamiento del aula de Innovación

Pedagógica. d) Orienta el uso adecuado de los equipos de cómputo y audiovisuales al

personal que labora en el plantel. e) Programa , coordina con la subdirección el desarrollo de las clases con las

diferentes secciones y grados de estudio f) Vela por el mantenimiento y seguridad de las computadoras y materiales

del aula de Innovación pedagógica. g) Cumple el horario de atención al alumnado de acuerdo al horario

establecido. h) Propiciar y asesorar a los docentes en la integración, uso y aplicación de las

TIC en la práctica docente.

Art. 17.- Son Funciones del Personal Docente:

a) Elaborar un plan de trabajo anual en las comisiones que conforma. b) Participa en la elaboración y ejecución del PEI, RIN, Plan de Supervisión,

Plan de Tutoría y su evaluación trimestralmente. c) Es responsable de la dirección y evaluación del proceso enseñanza -

aprendizaje del alumnado a su cargo. d) Programa, desarrolla y evalúa las actividades curriculares así como la de

orientación y bienestar del educando y de la promoción educativa comunal.

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e) Plantea sugerencias a la Dirección y Subdirección, Coordinadores de Grado, Áreas a fin de mejorar los aspectos técnico - pedagógicos y administrativos del proceso educativo del plantel.

f) Orienta, ambienta y conserva el aula desde el punto de vista técnico pedagógico con la colaboración de los PP.FF y la participación del alumnado a su cargo.

g) Elabora la documentación correspondiente como son: Registro de Evaluación, registro de Asistencia, Reglamento Interno del Aula, Registro Auxiliar de Evaluación, Unidades Didácticas, Tarjetas de Información del alumnado a su cargo.

h) Mantiene actualizada la carpeta pedagógica a su responsabilidad de la sección a su cargo y diario de actividades significativas.

i) Participa en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos, técnicas de trabajo educativo, así como los eventos de actualización docente organizados por el plantel.

j) Participa en alguna de las áreas que se considera en el plan de anual. k) Coordina las acciones técnico - pedagógicas y administrativas en un

ambiente de comprensión y ayuda con el responsable de la sección. l) Atiende a los educandos y vela por su seguridad durante el tiempo que

permanece en el plantel, incluyendo las horas de higiene y alimentación. m) Los profesores de los tres ciclos saldrán con sus alumnas hasta la puerta

en la hora de salida en forma ordenada. n) Participa en el PRA, en base a los acuerdos institucionales, determinadas

por la dirección. o) Detecta problemas que afectan en el desarrollo del educando y su

aprendizaje, tratando y/o derivando a otras instancias los que requieren atención especializada con conocimiento de la Dirección.

ñ) Coordina y mantiene comunicación permanente con los padres de familia del alumnado a su cargo, sobre asuntos relacionados con el requerimiento académico y del comportamiento de las alumnas en horas de Educación Física.

p) Mantener el comportamiento personal y social acorde a la dignidad y función inculcando el respeto así mismo y a los demás, cultivando los valores morales y cívicos de nuestra cultura. Los días lunes de cada semana todo el personal asistirá correctamente uniformado con terno azul

a) En caso de pérdida de material educativo, mobiliario y enseres a su cargo informar inmediatamente a la Dirección del plantel para su investigación.

b) Participa en el control de la disciplina de las alumnas durante las formaciones estando al frente de su sección en el desarrollo de las actividades permanentes, vivenciales, significativas y en el desarrollo de las fechas cívicas, en los desfiles cívico - patrióticos.

c) Asistir obligatoriamente a las actuaciones en el plantel y los desfiles programados.

d) Asistir a las reuniones, actos cívico- patrióticos programados por la Dirección previa citación, en la hora indicada, al inicio y al término de las reuniones.

e) Trata con rectitud, respeto y cordialidad a las alumnas velando por la disciplina y formando una autodisciplina.

f) Participa en la Comisión de Evaluación de recuperación pedagógica, programado por la Dirección del Plantel.

g) Desarrollar las charlas del Calendario Cívico escolar por escrito.

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Art. 18.- Son Funciones Específicas de los Profesores de Turno:

a) Ingresa al Centro Educativo con 10 minutos de anticipación a la hora de ingreso de las alumnas.

b) Coordina con el personal de turno, en sus actividades de ingreso y salida, control, orden y disciplina del alumnado en su turno, así como en la hora de recreo.

c) Dirige las actividades permanentes impartiendo orientaciones generales, especialmente sobre reglas de urbanidad y valores con participación organizada del alumnado y personal docente.

d) Reemplaza por un día ocasionalmente al Director en ausencia de la Sub Directora, mediante documento.

Art. 19.- Son Funciones del Profesor de Educación Física:

a) Elaborar un plan de trabajo anual en base a sus funciones que les corresponden.

b) Cumplir con la Programación Curricular de cada Ciclo. c) Atender a las alumnas de ambos turnos según horario de 30 horas

pedagógicas, siendo su asistencia de lunes a viernes. d) Organizar e implementar el Dpto. de Educación Física con fichas integrales. e) Conformar los equipos de voley, atletismo, ajedrez y otras disciplinas para

representar al Centro Educativo previa pre - selección. f) Participa en actividades deportivas a desarrollarse en la Institución

Educativa. g) Participa en el área de desfile escolar y disciplina

Art. 20- Son Funciones Específicas de la Auxil iar de Laboratorio:

a) Elaborar un plan de trabajo anual en base a sus funciones y las actividades institucionales, que les competen.

b) Administra racionalmente el uso del Laboratorio del Plantel en el II y III Ciclo previa coordinación con los profesores de aula.

c) Asesora, coordina, orienta y asiste a los docentes de los diferentes Ciclos y secciones de estudios del plantel

d) Elabora el Plan Anual de Trabajo del Laboratorio del plantel. e) Participa y asesora la Organización de la Feria de Ciencia y Tecnología,

edición de periódicos murales, escolares y de folletos sobre actualización científica.

f) Organiza el archivo de guías de prácticas para los diferentes Ciclos participantes.

g) Organiza el Botiquín de primeros Auxilios en el Laboratorio. h) Elabora el horario de atención en el Laboratorio para el alumnado por

ciclos de estudios y secciones en coordinación con la Subdirección. i) Lleva el inventario de materiales y reactivos. j) Programa acciones de mantenimiento y conservación de los instrumentos

de Laboratorio mediante coordinaciones interna y externa. k) Eleva informes técnico pedagógicos a la Subdirección (según sean los

casos, ser derivados a los órganos internos del plantel) y presente un informe periódicamente a la Dirección del Plantel sobre la labor administrativa.

l) Participa en la organización, instalación, coordinación, inventario y funcionamiento de los equipos y materiales de laboratorio.

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m) Conoce las técnicas básicas del Laboratorio en la preparación de soluciones químicas.

n) Construye equipos con material simplificado. (reciclable) o) Utiliza adecuadamente los materiales de Laboratorio. p) Proporciona y contribuye sobre la mesa de trabajo los materiales

solicitados por la Jefatura y profesores del área. q) Lleva el control de ingreso y salida de los materiales y reactivos. r) Mantiene en condiciones adecuadas y clasificadas los materiales y

reactivos. s) Verifica permanentemente el estado de conservación de las instalaciones

eléctricas, agua, desagüe y otras de la infraestructura de Laboratorio. t) Participa en las actividades organizadas por la Dirección del plantel. u) Realiza otras acciones afines a su cargo y de administración solicitada por

la Dirección del plantel. v) Llevar el control del avance de los trabajos experimentales. w) Apoya a los docentes en la innovación de proyectos x) Eleva a la Dirección el cuadro de necesidades requerimiento e informe

final. y) Planifica, organiza y ejecuta la Feria de Ciencia en coordinación con las

auxiliares Área de Ciencia y profesores de aula. z) Lleva un Registro de Evaluación e informa del proceso de las alumnas a los

respectivos Profesores de Aula trimestral y oportunamente.

Art. 21.- Son Funciones específicas de la Auxil iar de Biblioteca:

a) Elaborar un plan de trabajo anual en base a sus funciones y demandas en busca de la mejora de los aprendizajes.

b) Depende académicamente de la Subdirección del plantel y administrativamente de la Dirección.

c) Planifica, organiza y conduce el funcionamiento del Programa de Servicios de la Biblioteca de acuerdo a las necesidades y características del plantel.

d) Selecciona, procesa y codifica técnicamente los libros y materiales educativos de acuerdo a normas establecidas.

e) Ambienta permanentemente la sala de biblioteca, ofreciendo un ambiente propicio para la lectura y estudio.

f) Organiza y ejecuta la campaña de adquisición de libros y materiales educativos para la biblioteca con apoyo de la comunidad educativa.

g) Programa y coordina con la Sub Dirección del plantel, coordinadores de grado y docentes la utilización racional de los materiales y servicios de la biblioteca en apoyo a los planes y programas que se desarrolla en los diferentes grados de estudios.

h) Prepara, bibliografías, boletines, fichas, guías de difusión para dar a conocer los materiales y servicios de la biblioteca.

i) Organiza y coordina las actividades del Area de Biblioteca del plantel. j) Orienta a los lectores para el uso adecuado de los catálogos, textos,

revistas, libros y otros documentos garantizando su conservación. k) Apoya y organiza horas de lectura con los diferentes grados de acuerdo a

un horario. l) Vela por el orden, la conservación y el mantenimiento de los materiales,

mobiliario y equipos de la biblioteca. m) Coordina las actividades afines con el funcionamiento de la Biblioteca

Escolar y Pública de la localidad.

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n) Informa periódicamente a la Dirección del plantel sobre el desarrollo de las actividades de la biblioteca.

o) Lleva adecuadamente el control de los libros prestados para la sala, aula y domicilio.

p) Realiza otras actividades y acciones afines a su cargo y de administración a solicitud de la Dirección del plantel.

q) Cumple el horario de atención de acuerdo a las necesidades del alumnado. r) Cronograma fechas para ejecutar la hora de la lectura y la proyección de

videos en coordinación con el profesor de aula. Art. 22.- Son Funciones específicas del Personal de Servicio:

a) Demostrar su compromiso con la I.E. al desempeñar sus funciones con la responsabilidad y apoyar en los requerimientos de la dirección y Sub-Dirección.

b) Es responsable del resguardo, conservación, mantenimiento y limpieza PERMANENTE dentro de su horario de trabajo, de la infraestructura del plantel.

c) Adecua su labor diaria al horario de trabajo escolar del plantel y al de sus turnos para las tareas de limpieza de las oficinas, diferentes ambientes externos del aula, de las aulas del plantel, servicios higiénicos de alumnos y profesores, frontis, portada y el patio de formación, en jornadas ínter diarias abasteciéndose bajo responsabilidad.

d) Controla diariamente en la puerta de ingreso y en forma permanente para evitar el ingreso de personas extrañas al plantel, a fin de que solamente ingrese el alumnado y personal docente por las puertas correspondientes.

e) El personal de servicio de portería es responsable de atender con respeto y amabilidad a todas las personas, también del cuidado, como en la pérdida de enseres.

f) Adecua su ingreso y salida con media hora antes del ingreso establecido para el trabajo escolar.

g) El P.S. del turno noche resguarda el local escolar en horario nocturno con un personal estable, apoyado por un personal contratado, haciendo uso de un ambiente específicamente destinada para tal servicio.

h) Informa periódicamente a la Dirección del plantel sobre las incidencias habidas, como de deterioro y mal uso de los bienes del plantel, reparando algunos muebles.

i) Depende administrativamente de la Dirección del plantel. j) Apoya racionalmente a la Dirección y Sub-Dirección de la Institución, en las

diferentes actividades que se solicitará y conserva en buen estado las áreas verdes y otros espacios dentro de la I.E.

k) Erradicar ambulantes fuera del frontis de la Institución educativa, con apoyo de la brigada de padres y de todo el personal de la Institución.

Art. 23.- El Órgano de Apoyo y participación, está constituido por la APAFA y los Comités de Aula, responsables de contribuir en el mejoramiento de la calidad y eficiencia de los servicios educativos, en acción directa y concreta con los demás agentes del medio, de la Escuela, del aula y en estricta aplicación de la ley Reglamento de la Asociación de Padres de Familia, respecto a las normas y directivas técnico - pedagógicas y administrativas del sector educación.

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CAPITULO IV DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ESCOLAR

Art. 25.- El Plan Anual de Trabajo por la Mejora de los Aprendizajes (PATMA)

es elaborado por la Directora, Subdirector, Comisiones, CONEI, Personal Docente y Junta Directiva de la APAFA. Documentos que son aprobados por la Directora del plantel a través de un Resolución Directoral antes de iniciarse el año escolar.

Art. 26.- El año lectivo del 2014 se inicia el 03 de Marzo y finaliza el 22 de

Diciembre, comprende 38 semanas. Art. 27.- El horario de funcionamiento de la Institución Educativa de seis horas

pedagógicas diarias por cada turno, tiempo de permanencia diaria del alumnado y del personal del plantel.

Art. 28.- La carga docente del plantel, será mínimo de 30 alumnas y de un máximo

de 40, según normas legales Directiva Nº 025-2005-ME/SG. Adecuándose paulatinamente a las normas actuales 35 estudiantes por salón.

Art. 29.-El trabajo anual, la metodología, el sistema pedagógico de la Institución está

en concordancia con los planes y programas del Ministerio de Educación y el PEI y Programas Educativos del 2014, dado por UGEL-H, a través de las normas para la organización y desarrollo de las actividades educativas para el 2014, considerando en ésta la siguiente disposición:

I.- Los Compromisos de Gestión escolar y sus indicadores. Art.30.- Aspectos de Eficiencia del Nivel Educativo en el Periodo 2013-2014

a) Matrícula por sexos 2013 - 2014 b) Tasa de escolaridad por edades simples 2013 - 2014 c) Comportamiento de los indicadores de la matrícula al inicio del año escolar. d) Comportamiento de los indicadores de la matrícula al término del año

escolar. Art. 31.- Son Funciones de la Comisión Técnico - Pedagógico

a) Elaborar un plan de trabajo en base a las demandas y en busca de la mejora de los aprendizajes.

b) Investigar, analizar y determinar la nueva programación curricular de los diferentes ciclos de estudio trimestral y anual.

c) Ejecutar permanentemente las acciones de coordinación técnico - pedagógico, en cada ciclo de estudios de ambos turnos.

d) Planificar, organizar y programar eventos de capacitación docente para elevar la calidad educativa con recursos propios y fondos de APAFA en coordinación con el Subdirector y la Directora.

Art. 32.- Son Funciones de la Comisión de Apoyo de Promoción Educativa: Las comisiones presentaran un plan por escrito en formatos y en archivo virtual.

a) Comisión de Ciencia:

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- Promoción Científica, para orientar el uso adecuado de los materiales de Laboratorio y colaborar con la organización y desarrollo de la Feria de Ciencia y Tecnología.

b) Comisión de Arte : - Promoción artística para promover la participación organizada del

alumnado en la práctica del folklore en las diferentes actividades cívico - escolares.

- Planificar y organizar presentación interna en el festival de villancicos. - Área de Disciplina y Policía Escolar : - Promoción social para promover, organizar y evaluar el funcionamiento

de los grupos juveniles: Escolta, Policía Escolar. c) Comisión de Deporte y Recreación Escolar :

- Para promover, organizar, coordinar, ejecutar y evaluar actividades de carácter deportivo recreacional con la participación del alumnado, profesores y padres de familia y con el informe económico a la Comunidad Docente, de inmediato.

h) Comisión de Municipio Escolar - Promover la organización del Municipio Escolar, con un profesor

designado o conocedor de su función. i) Comisión de Desfile Escolar y : Banda Melódica :

- Planificar, ejecutar y evaluar las acciones de desfile en el que participe la Institución educativa.

- Planificar, organizar y coordinar la organización de la banda melódica, con el profesor responsable previa selección.

j) Comisión de Defensa Civil : - Planifica, organiza con la comunidad educativa acciones de defensa

civil. k) Comisión de Calendario Escolar:

- Planifica, organiza con la comunidad educativa las actuaciones culturales de la I.E.

- Organiza la participación de los docentes en las diferentes charlas cívicas.

a) Comisión de infraestructura b) Comisión de Formación Religiosa y valores.

Planificar, ejecutar y evaluar las actividades de carácter religioso, propiciando la práctica de valores.

c) Comisión de Escuela de padres Propiciar, organizar y apoyar para la formación de la Escuela de Padres y controlar la asistencia. Evaluar y cumplir con la certificación.

d) Comisión de Ecología Conformar la brigada de ahorro de energía y agua, así también la Policía Ecológica. Propiciar actividades que genere conciencia sobre la conservación del medio ambiente en toda la comunidad educativa del plantel.

Art. 33.- Son Funciones de Tutoría

Asociación de Padres de Familia: - A nivel de APAFA, para participar en el proceso educativo de sus hijo e

hijas, intervenir en el desarrollo de las actividades educativas que se ejecuta en el plantel, formular, ejecutar y supervisar el mejoramiento de

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los servicios : infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar, y medios auxiliares del plantel, formular, ejecutar, supervisar y evaluar su Plan de Trabajo Anual y participar en la formulación, ejecución, supervisión y evaluación del Plan de Trabajo de la APAFA ; de igual manera contribuir en el cumplimiento de las disposiciones administrativas emanadas de las autoridades competentes y sustentar la línea axiológica de la Institución Educativa en el marco de los valores institucionales, organizar servicios de capacitación dirigido a los padres de familia y profesores, apoyando la presencia profesional conexa en el proceso educativo del plantel y promover estímulos para el alumnado y docentes

- A nivel de Comité para apoyar al profesor de aula en el proceso educativo, colaborar con la Junta Directiva de la APAFA en el logro de los objetivos y funciones propuestos y apoyar decididamente en el mantenimiento y conservación de aula y el mobiliario.

CAPITULO V DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO

Art. 34.- La Institución Educativa funciona en dos turnos:

a) Turno de Mañana: de 08:00 a 13.00 horas. b) Turno de Tarde : de 13:00 a 18.00 horas

Art. 35.- Para el Trámite Documentario de la Gestión Educativa Prioritariamente se

considera los siguientes Documentos: a) Documentos de Matrícula: Partida de nacimiento, ficha de Educación

Inicial, 6 años cumplidos al 31 de marzo del año que ingresa, de acuerdo a normatividad.

b) Ratificación: ficha única de matrícula, partida de nacimiento, tarjeta de información certificado de escuela de padres y tarjeta de APAFA.

c) Documentos de Control : Registro de Asistencia del Personal, Archivo de Nombramientos, traslado, licencias, oficios recibidos, remitidos ; Libro de Acta y Caja de Recursos Propios, registro de altas, bajas de bienes inmuebles, libro de actas del personal docente, archivo de escalafón interno, archivo de los documentos técnico - pedagógicos y administrativos y archivos de otros documentos.

Art. 36.- Son Documentos Oficiales de la Institución Educativa:

a) Proyecto Educativo Institucional. b) Programa Curricular del Centro Educativo ( PCCI) c) Plan Anual de Trabajo por la Mejora de los Aprendizajes (PATMA) d) El Plan de Asesoramiento y monitoreo. (supervisión) e) El Plan Anual Técnico - Pedagógico f) El Plan Anual de Laboratorio. g) El Plan Anual de Tutoría h) El Plan Anual de Calendario Cívico Escolar. i) El Reglamento Interno. j) El Inventario General del Plantel. k) Las Fichas de Matrícula del Alumnado l) El Libro de Actas del Plantel. m) Registro de Actas de Evaluación n) Certificado de Estudios.

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ñ) Constancia de Matrícula.

CAPITULO VI

DEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA Art. 37.- La jornada de trabajo escolar son de seis horas pedagógicas continuadas en

cada turno funcionando de lunes a viernes. Art. 38- La jornada de ingreso para el personal docente y administrativo en el turno

de la mañana es hasta 8:00 y en el turno de tarde es hasta las 13:00. Se tocará el timbre en la mañana a las 8:00 y en la tarde 13:00 hr.; pasado estas horas no ingresarán ni alumnos ni profesores. Directiva expresa para el personal de servicio turnos y funciones. No hay tardanza, todo ingreso después de la hora es considerada inasistencia. Se cerrará la puerta a las 8:01 en la mañana y 1:01 en la tarde. Se elevará el informe a los estamentos pertinentes. La jornada de ingreso para los alumnos es hasta las 8:00 en la mañana y 13:00 horas en la tarde

Art. 39.- El tiempo de duración de las sesiones de aprendizaje se sujeta a la

planificación y aplicación curricular por el grado y secciones, debiendo haber un receso de 05 minutos y el segundo recreo de 25 minutos.

Art. 40.- Durante las horas de clase ninguna alumna ni profesor deberá permanecer

en el patio de recreo y pasadizos, bajo responsabilidad de cada profesor de aula y el control de los Directivos.

Art. 41.- La Dirección del plantel aperturará un control automatizado para el control

de asistencia del personal docente y administrativo, anotándose en él, las asistencias, permisos, licencias, vacaciones, comisiones, etc.

Art. 42.- La hora de ingreso para el personal docente en el turno de la mañana es

hasta las 8:00 horas y para el turno de la tarde hasta las 13:00 horas. El ingreso de profesores será por la puerta principal de la Institución Educativa. El Personal administrativa se regirá a un horario especial de acuerdo a turnos establecidos durante el año que regirá mediante directiva especial.

Art. 43.- Cada profesor de aula elaborará la distribución del tiempo en coordinación

con lo establecido en el plantel y aperturará un control de asistencia diaria, anotándose en los casos necesarios las inasistencias, permisos y justificaciones del alumnado a su cargo.

Art. 44.- El horario de trabajo del personal directivo es de 8 horas cronológicas

pudiendo ser corrido de 7:45 am 3:45 o de 10: 00 a 6:00 pm; o en horario partido de 7:45 am a 13:45 pm y de 16:30 a 18:30 pm.

Art. 45.- .Las puertas de ingreso y salida del plantel, permanecerán cerradas durante

el desarrollo del trabajo escolar en ambos turnos. La salida y entrada será designada en cada puerta respectivamente. Se pedirá colaboración a la Policía de Tránsito para las horas de entrada y salida.

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Art. 46.- Las reuniones de coordinación de grado son en el último bloque salvo urgencias.

Art. 47.- Los Comités de Aula se reunirán una vez por mes y por grados según

cronograma bajo responsabilidad del profesor de aula y con autorización de la Dirección del plantel.

Art. 48.- La APAFA atenderá a los PP.FF los días viernes de 14:00 a 18:00 hrs.

Debiendo cumplir con un horario de planificación fuera de la jornada laboral de la institución de 6:00 a 9:00 pm.

Art. 49.- Cada profesor de aula atenderá a los padres de familia en caso necesario

en las horas de Educación Física y previa citación escrita cuando sea necesario en la sala de profesores.

Art. 50.- La Dirección, Sub Dirección Académica, la Jefatura de Laboratorio,

Coordinadores de Grado, responsables de las comisiones y sub comisiones convocarán a reuniones de coordinación para el mejor cumplimiento del cronograma de actividades en ambos turnos, la reunión se realizará una vez por trimestre a partir de las 18:00 horas hasta 21:00 horas previo aviso por Personal de Servicio 15 minutos antes de las 9:00 p.m.

Art. 51.- Las sesiones ordinarias y extraordinarias del Personal Docente convocadas por la Dirección del plantel, serán presididas por la Directora con un horario tope previa agenda con 24 horas de anticipación.

Art. 52.- La asamblea se iniciará en la hora indicada exacta de acuerdo a lo

programado sin ninguna excepción, la asistencia es indicador para la evaluación del desempeño docente.

Art. 53.- Por fecha cívica la ambientación de la I.E. será sorteado al inicio del año

escolar.

CAPITULO VII

DE LA MATRICULA, EVALUACION, PROMOCION Y CERTIFICACION Art. 54.- Son Aspectos de la Matrícula:

a) La Matrícula en el Centro Educativo, se realizó de acuerdo al cronograma establecido.

b) Ingresan al Primer Grado de Educación Primaria de menores, los niños y niñas que al 31 de marzo cumplan 6 años.

c) Es requisito para la matrícula, la presentación de la Partida de Nacimiento y los provenientes de los Centros Iniciales, la presentación del Informe de Progreso y Ficha Integral del (la) postulante y la Libreta de Información.

d) La Matrícula para el Primer Grado será de acuerdo a las Normas establecidas con participación directa de los profesores del 1er. Grado y de acuerdo a normas establecidas

e) Las niñas de recuperación se inscribirán en el PRA del plantel de acuerdo a la Directiva emanada por la DREJ y a disposiciones emitidas por entidades respectivas.

Art. 55.- Son Aspectos de Evaluación:

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a) La evaluación del educando se realiza en forma integral, flexible y sistemático

b) La evaluación es por competencias y con calificaciones cualitativas con la siguiente escala de progresos : • AD: Cuando hay un logro destacado. • A: cuando el educando logra alcanzar un desempeño satisfactorio. • B : cuando el educando está en proceso de aprendizaje significativo • C: cuando el educando se encuentra en un inicio del proceso de

aprendizaje significativo. c) Al finalizar cada trimestre y al terminar el año escolar cada docente

entregará a los padres de familia el documento “Informe de mis progresos” con los calificativos en las competencias de todas las áreas.

Art. 56. -Los traslados de matrícula se efectúan bajo una resolución directoral, hasta el 30 de Setiembre del año lectivo, entregándose sus documentos respectivos actualizados en el SIAGIE.

Art. 57.- La alumna y el alumno al terminar el año escolar es promovida de grado en aplicación a las normas vigentes, alumna que se desaprueba en el grado, será retirada del plantel previo estudio del caso y las que hubieran registrado 30 % de inasistencias injustificadas.

Art. 58.- La Dirección del plantel otorga certificados de estudios a quienes concluyen

satisfactoriamente los estudios de educación primaria de menores, dichos certificados será por única vez en forma gratuita (del 1° al 6° grado).

Art. 59.- La Dirección del plantel autoriza por Decreto el adelanto o postergación de las evaluaciones en caso de enfermedad prolongada, cambio de domicilio o viaje en delegación oficial, previa solicitud del padre o apoderado y con documentos probatorios.

Art. 60- La Dirección del plantel entregará los documentos en Diciembre al padre de familia o apoderado de aquellas alumnas que repitan el grado, previo estudio de su caso.

CAPITULO VII I DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES, PROHIBICIONES,

ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL. Art. 61.- Son Derechos y Atribuciones:

a) La participación del personal en PRA será de acuerdo a Normas respectivas en forma rotativa y en dos grupos.

b) Participa con respeto y consideración en su condición y dignidad como tal. c) Solicitar licencia con o sin goce de haberes de acuerdo a ley. d) Tienen derecho a permiso durante el año escolar en base a las normas

vigentes y un día por cumpleaños. e) Gozar de estabilidad laboral de trabajo. f) Recibir el apoyo de las instancias superiores para un mejor cumplimiento

de sus tareas inherentes a su labor. g) Colaborar decididamente en el desarrollo de los aspectos técnico -

pedagógicos y administrativos del plantel. h) Cada docente tiene derecho a una vacante en el primer Grado en caso de

ser pariente directo ( hija, hijo, sobrina o sobrino).

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i) Cada trabajador de la institución tiene derecho a una vacante del 2º al 6º Grado pariente directo, conocido directo, colega o vecino de barrio (a investigar).

j) Tiene derecho a contar con una sala de profesores debidamente ambientada con equipos y material adquirido para dicha sala.

k) Docente que tenga un o una hijo(a) en la I.E. debe ser exonerado en el pago de APAFA.

l) Todo personal que haya pertenecido a la institución tendrá derecho a una vacante para su hijo (a) o pariente directo.

Art. 62.- Son Deberes y Obligaciones del Personal: a) Firmar diariamente el parte de asistencia con la hora de entrada y salida

del plantel. b) Desempeñar sus funciones que le competen de acuerdo a las normas

establecidas en el sector. c) Demostrar cortesía, espíritu de colaboración, participación e integración a

los usuarios, colegas y padres de familia. d) Permanecer en la Institución educativa durante las horas de trabajo

escolar, pudiendo salir de él, solo por situaciones de fuerza mayor debidamente comprobado por la Subdirección del plantel, previo llenado de una constancia de salida.

e) Está prohibida a la Directora, Subdirector, Personal Docente y Secretario General del SUTEP, CONEI modificar acuerdos tomados en asamblea; así mismo parcializarse con uno o más docentes.

f) Cada docente coordina la buena marcha de su labor educativa con el comité de aula y padres de familia de su sección en las reuniones mensuales de acuerdo al cronograma establecido.

g) Participar en las actividades en presencia plena mensualmente en las coordinaciones de grado.

Art. 63- Son estímulos que en cumplimiento de sus funciones realizan acciones en favor de la educación:

- Menciones Honrosas - Oficio de Felicitación - Diplomas de Honor al Mérito.

- Pergaminos de Reconocimiento. - Informe a la DREJ por la Dirección del Plantel - Felicitaciones por Resolución

- Al cese de profesor (a) se debe entregar un estímulo de parte de la Dirección y APAFA en coordinación con el CONEI.

Art. 64.- Constituye Faltas: a) Incumplir las funciones a su cargo. b) Inasistir o ausentarse del trabajo escolar sin causa justificada. c) Abandonar y exponer a peligro al alumnado a su cargo en horas de clase,

actividades, paseos y excursiones. d) Falta de palabra o de obra al Personal Directivo, Jerárquico, Docente y

Administrativo; padre de familia y alumnado. e) Atender a los Padres de Familia durante las horas de clase en sus aulas. f) Asistir a la I.E. en estado de ebriedad, elevando el informe a las

autoridades pertinentes. g) Realizar acciones de proselitismo político dentro del plantel y asistir al

plantel en estado de ebriedad. h) La venta de dulces, folletos, boletines, fotos, tarjetas, rifas, sin previa

autorización de la Dirección.

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i) Pedir cuotas no acordadas en sesión. j) Retener a los alumnos en horas de refrigerio y en horas de salida, o

regresarlo a su casa. k) Consentir alumnas en el salón de clases sin estar debidamente

matriculada. l) Evadirse, desarrollar clases u otras actividades durante los desarrollos de

diversas actividades cívicos, culturales o deportivos. m) La no presentación por escrito la charla cívica que le corresponde.

Art. 65- Las Sanciones que se Aplican son: a) Medidas disciplinarias al Personal Directivo, Jerárquico, Docente,

Administrativo y de servicio del plantel por incumplimiento de sus funciones según :

- Llamada de atención verbal en forma personal y reservada. - Llamada de atención por escrito. - Llamada de atención con copia a su ficha escalafonaria. b) No podrá participar en el PRA los docentes que no se identifiquen

plenamente con la I.E. de acuerdo al informe de la comisión respectiva

CAPITULO IX

DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES, PROHIBICIONES, ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Art. 66- Son Deberes de los Padres de Familia:

a) Cumplir los acuerdos de la Asociación de Padres de familia y las normas del presente Reglamento.

b) Desempeñar los cargos y comisiones para los que fueron elegidos. c) Asistir a las reuniones que convoque la Dirección, Prof. de aula, Comité de

Aula, Escuela de Padres, Presidente de la APAFA y otros acuerdos que se tomen.

d) Contribuir a la buena marcha de la APAFA y la Institución educativa. e) Pagar las cuotas ordinarias dispuestas por la asamblea de PP.FF y la APAFA

como : - Derecho de Asociados, Comité de Aula, multas y otros que se

especifiquen. Art. 67.- Son Atribuciones:

a) Haber cumplido las normas de la APAFA y las normas del presente Reglamento.

b) Intervenir en el proceso educativo de sus hijos, con sujeción al presente Reglamento.

c) Solicitar información sobre el movimiento económico de los padres de familia.

d) Debatir los acuerdos que se tomen en las reuniones en forma alturada y respetuosa.

e) Promover la buena imagen de la Institución educativa. f) Promover el reconocimiento y gratitud a los trabajadores y servidores de la

I.E. g) Las que le otorgan el D.S. Nº 004-2006 –ED Reglamento de la Ley Nº

28628 Ley que regula la participación de los padres de familia. Art. 68.- De las Prohibiciones:

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a) Acudir al plantel en estado de embriaguez y/ o consumir licor dentro de la I.E.

b) Interrumpir al personal docente en horas de clase. c) Falta de palabra u obra al Personal Directivo, Jerárquico, Personal Docente,

Administrativo, miembro de la Junta Directiva de la APAFA o cualquier persona de la Institución educativa.

d) Utilizar los medios de comunicación para desprestigiar la Institución educativa.

e) Involucrarse autoritariamente en el aspecto pedagógico de la I.E. f) Formar grupos negativos en el perímetro de la I.E. desprestigiando al

personal de la Comunidad Educativa Art. 69 De las Faltas y Sanciones:

a) Los padres de familia inasistentes a las asambleas generales y de Comités de Aula serán sancionados con MULTAS pecuniarias acordadas en dichas reuniones.

b) Los padres de familia que no asistieron a Escuela de Padres, ni a recuperación deberán abonar una multa fijada.

c) .Los padres de familia que faltan de palabra u obra al Personal Directivo, Jerárquico, Docente, Administrativo y miembro de APAFA serán sancionados mediante : n Llamada de atención verbal (personal) n Llamada de atención por escrito a la segunda vez. n Por falta en público y difamaciones al personal docente y

administrativo de la institución se le sancionara con separación automática de la Institución educativa.

d) Los padres de familia que no matriculen en la fecha programada serán acreedores de moras y/o multas, acordadas en asamblea.

CAPITULO X

DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES, PROHIBICIONES, ESTIMULOS, FALTAS, SANCIONES DE LOS EDUCANDOS

Art. 70.- Son Derechos del Alumnado:

a) Recibir formación integral en cada grado de estudios dentro del ámbito del plantel, con seguridad moral y física como los servicios de Tutoría.

b) Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación de las disposiciones que las concierne como alumnas y alumnos.

c) Recibir estímulos de méritos por su aprovechamiento y conducta en el año escolar correspondiente.

d) Ser seleccionada en las delegaciones correspondientes a las disciplinas de Voley, Atletismo, y otras que sus aptitudes físicas y condiciones de juego; siendo requisito tener rendimiento académico óptimo.

e) Respetar los minutos de recreo. f) Participar en las actividades permanentes de ingreso.

Art. 71.- Son Deberes del Alumnado:

a) Respetar a las autoridades de la Institución Educativa, Personal Docente, Administrativo y padres de familia en general.

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b) Participar responsablemente en las actividades educativas del plantel. c) Cuidar los ambientes, talleres, equipos, mobiliarios y demás instalaciones

de la Institución Educativa. d) Respetar, obedecer y contribuir con la policía escolar de la Institución

Educativa. e) Cumplir el presente reglamento y otras disposiciones de la Institución

Educativa. Art. 72- Son Obligaciones del Alumnado:

a) Asistir diariamente a la Institución Educativa, debidamente uniformado. b) Observar un comportamiento correcto en cuanto a la puntualidad,

presentación, orden y disciplina. c) Demostrar sentido de compañerismo de colaboración, de honradez y

participación. d) Velar permanentemente por el cuidado, conservación y limpieza de las

aulas, servicios higiénicos, teléfono público, patio de formación, diferentes ambientes e instalaciones de la Institución Educativa.

e) Defender la integridad y prestigio de la Institución Educativa. f) Justificar sus inasistencias con sus padres ante el profesor de aula. El

profesor racionalizará las justificaciones en la Dirección del plantel en casos que ameriten hacerlo.

g) Conservar los muebles y enseres de la Institución Educativa que usa bajo su responsabilidad en caso de deterioro o pérdida, deberá reponerlo.

h) Participa activamente en las diferentes actividades programadas por las comisiones conformadas dentro y fuera de la Institución Educativa debidamente uniformados.

Art. 73- Están Prohibidas al Alumnado:

a) Salir del plantel en horas de labor escolar, solo en casos de emergencia y con autorización.

b) Hacer uso de lenguaje incorrecto, dentro y fuera de la Institución Educativa. c) Poner inscripciones en las paredes, baños, puertas, ventanas y pizarras de

los diferentes ambientes de la Institución Educativa. d) Pelearse dentro del aula o en cualquier ambiente de la Institución

Educativa con sus compañeras. e) Practicar juegos que implican uso del dinero y objetos que cause daños

materiales a sus compañeras. f) Poner sobrenombres a los profesores y compañeras y cometer actos de

apropiación ilícita de sus compañeras y profesores como: dinero, materiales de escritorio, implementos de Educación Física, Laboratorio, Biblioteca y otros.

g) Portar alhajas, dinero y/o objetos de valor, quedando bajo su responsabilidad en caso de pérdida.

h) Hacer uso de artículos de cosmetología. Art. 74- Los estímulos para el alumnado son otorgados a quienes realicen acciones

extraordinarias dentro y fuera del plantel y consiste en: - Mención Honrosa. - Felicitación escrita - Diploma de honor u otro

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Art. 75- Las alumnas serán sancionadas por evadirse de la Institución Educativa y de las actividades de desfiles y actuaciones. Así mismo por los hábitos de mentira, lenguaje obsceno, hurto, maltrato a sus compañeras y otros serán:

a) Amonestadas verbalmente y luego escrita primero por el profesor de aula y llamado a sus padres.

b) Amonestadas verbal y escrita por la persistencia de la falta por la Dirección de la Institución Educativa.

c) Separadas temporalmente y si persistiera separación definitiva de la Institución Educativa.

Art. 76- En caso de que los alumnos (as) llegasen constantemente tarde al Plantel,

se tomaran las siguientes medidas: a.- Amonestación Verbal. b.- Llamada escrita a sus padres para tratar el caso. c.- Suspensión temporal de la Institución Educativa.

CAPITULO XI

NORMAS DE CONVIVENCIA EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

1. DE LA DEFINICIÓN

Es el conjunto de acuerdos de relaciones personales y grupales que configura la vida escolar, cuya responsabilidad es compartida por todos los integrantes de la comunidad educativa y contribuye al clima escolar creando mejores condiciones para que los estudiantes puedan aprender, sean ciudadanos competentes socialmente activos y responsables.

2. DE LOS INTEGRANTES

Se consideran integrantes todas aquellas personas que están directamente involucrados en la institución educativa: estudiantes, docentes, administrativos, padres de familia y directivos.

3. DE LA ORGANIZACIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR:

La organización estará a cargo del área de Tutoría, cuya coordinación es asumido por dos representantes de docentes elegidos por votación y un administrativo.

4. LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA Y LA ATENCIÓN DE CASOS.

PROTOCOLOS DE ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO DE CASOS DE VIOLENCIA

4.1. VIOLENCIA DE ADULTO A ESTUDIANTE I Cuando es verbal y psicológica.

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4.2. VIOLENCIA DE ADULTO A ESTUDIANTE II

Cuando es f ísica y/o sexual Para actuar ante casos de violencia sexual contra un estudiante por parte de algún miembro del personal de la institución educativa es necesario que se tomen en cuenta las siguientes normas:

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• Ley N.° 29944, artículo 44. Medidas Preventivas, donde se indica: “El director de la institución educativa puede separar preventivamente al profesor y da cuenta al Director de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) correspondiente, cuando exista una denuncia administrativa o judicial contra este, por los presuntos delitos de violación contra la libertad sexual, hostigamiento sexual en agravio de un estudiante”. • Resolución Ministerial N.° 519-2012-ED, que aprueba la Directiva N.° 019-2012-MINEDU/VMGP-OET denominada “Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las instituciones educativas”.

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4.3. VIOLENCIA ENTRE ESTUDIANTES I

Cuando es verbal, f ísica (sin lesiones), psicológica, por internet/celular y/o sustracción Para actuar ante casos de violencia entre estudiantes es necesario que se tomen en cuenta las siguientes normas: • Ley N.º 27337, Ley que aprueba el nuevo Código de los Niños y Adolescentes, el cual señala que los directores tienen la obligación de proteger a los estudiantes ante situaciones de violencia y comunicar el hecho a las autoridades competentes (Comisaría, Fiscalía, UGEL, etc.). • Ley N.º 29719, artículo 11, donde señala: “Cada IE tiene un Libro de Registro de Incidencias sobre Violencia y acoso escolar, a cargo del director, en el que se anotan todos los hechos sobre violencia, acoso a estudiantes, el trámite seguido en cada caso, el resultado de la investigación y la sanción aplicada cuando corresponda.

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4.4. VIOLENCIA ENTRE ESTUDIANTES II

Cuando es física (con lesiones y/o armas) y/o sexual

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5. DE LOS ESTÍMULOS Y MEDIDAS CORRECTIVAS DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

ACUERDO CONSECUENCIAS POR NO CUMPLIR EL ACUERDO

- Nos tratamos con respeto. - Nos apoyamos para ser

mejores. - Somos solidarios frente a las

necesidades de los demás. - Nos aceptamos como somos.

- Pedir disculpas - Amonestación verbal - Nota en la agenda - Citación a la madre o padre con el tutor. - Citación a dirección.

- Presentamos las tareas en las fechas establecidas.

- Estudiamos para tener buenos logros de aprendizaje.

- Nos esforzamos para conseguir mejores logros.

- Nota desaprobada - Nota en la agenda - Citación al padre. - Repetir de grado

- Somos puntuales al acudir a clases todos los días.

- Pedir disculpas. - Diálogo con el tutor. - Nota en la agenda. - Recuperar a última hora. - Citación a dirección para firma de

compromiso. - Pedimos permiso al dueño del

material para poder utilizarlo. - Pedir disculpas - Amonestación verbal

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- Cuidamos el material prestado de la IE.

- Contamos con el material necesario para que nuestro aprendizaje sea el mejor.

- Nota en la agenda - Citación a la madre o padre con el tutor. - Reponer el material si ha sido dañado. - Reunión del estudiante con familia y

director.

- Asistimos a clases limpias y ordenadas.

- Utilizamos adecuadamente los servicios higiénicos.

- Practicamos hábitos de higiene.

- Pedir disculpas - Amonestación verbal - Nota en la agenda - Citación a la madre o padre con el tutor.

6. DEL CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS DIRECTIVOS, DOCENTES,

AUXILIARES Y ADMINISTRATIVOS QUE CONTRIBUYEN A LA CONVIVENCIA ESCOLAR.

CONCORDANCIAS: D.S. N° 033-2005-PCM, Reglamento, Art. 5 Artículo 6.- Principios de la Función Pública El servidor público actúa de acuerdo a los siguientes principios: 1. Respeto Adecua su conducta hacia el respeto de la Constitución y las Leyes, garantizando que en todas las fases del proceso de toma de decisiones o en el cumplimiento de los procedimientos administrativos, se respeten los derechos a la defensa y al debido procedimiento. 2. Probidad Actúa con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita persona. 3. Eficiencia Brinda calidad en cada una de las funciones a su cargo, procurando obtener una capacitación sólida y permanente. 4. Idoneidad Entendida como aptitud técnica, legal y moral, es condición esencial para el acceso y ejercicio de la función pública. El servidor público debe propender a una formación sólida acorde a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido cumplimiento de sus funciones. 5. Veracidad Se expresa con autenticidad en las relaciones funcionales con todos los miembros de su institución y con la ciudadanía, y contribuye al esclarecimiento de los hechos. 6. Lealtad y Obediencia Actúa con fidelidad y solidaridad hacia todos los miembros de su institución, cumpliendo las órdenes que le imparta el superior jerárquico competente, en la medida que reúnan las formalidades del caso y tengan por objeto la realización de

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actos de servicio que se vinculen con las funciones a su cargo, salvo los supuestos de arbitrariedad o ilegalidad manifiestas, las que deberá poner en conocimiento del superior jerárquico de su institución. 7. Justicia y Equidad Tiene permanente disposición para el cumplimiento de sus funciones, otorgando a cada uno lo que le es debido, actuando con equidad en sus relaciones con el Estado, con el administrado, con sus superiores, con sus subordinados y con la ciudadanía en general. 8. Lealtad al Estado de Derecho El funcionario de confianza debe lealtad a la Constitución y al Estado de Derecho. Ocupar cargos de confianza en regímenes de facto, es causal de cese automático e inmediato de la función pública. CONCORDANCIAS: D.S. N° 033-2005-PCM, Reglamento, Art. 6 Artículo 7.- Deberes de la Función Pública El servidor público tiene los siguientes deberes: 1. Neutralidad Debe actuar con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier otra índole en el desempeño de sus funciones demostrando independencia a sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones. CONCORDANCIAS: R. de Alcaldía N° 061-2006-MPL (Aprueban Directiva sobre la neutralidad y transparencia de los servidores públicos de la Municipalidad durante procesos electorales del año 2006) R.M. N° 0806-2006-IN-0301 (Aprueban Directiva "Normas para asegurar y garantizar la neutralidad de los empleados públicos civiles del Ministerio del Interior y del personal de la Policía Nacional del Perú durante el Proceso Electoral General del Año 2006") 2. Transparencia Debe ejecutar los actos del servicio de manera transparente, ello implica que dichos actos tienen en principio carácter público y son accesibles al conocimiento de toda persona natural o jurídica. El servidor público debe de brindar y facilitar información fidedigna, completa y oportuna. 3. Discreción Debe guardar reserva respecto de hechos o informaciones de los que tenga conocimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de los deberes y las responsabilidades que le correspondan en virtud de las normas que regulan el acceso y la transparencia de la información pública. 4. Ejercicio Adecuado del Cargo Con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones el servidor público no debe adoptar represalia de ningún tipo o ejercer coacción alguna contra otros servidores públicos u otras personas. 5. Uso Adecuado de los Bienes del Estado

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Debe proteger y conservar los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignados para el desempeño de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes del Estado para fines particulares o propósitos que no sean aquellos para los cuales hubieran sido específicamente destinados. 6. Responsabil idad Todo servidor público debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su función pública. Ante situaciones extraordinarias, el servidor público puede realizar aquellas tareas que por su naturaleza o modalidad no sean las estrictamente inherentes a su cargo, siempre que ellas resulten necesarias para mitigar, neutralizar o superar las dificultades que se enfrenten. Todo servidor público debe respetar los derechos de los administrados establecidos en el artículo 55 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. CONCORDANCIAS: R. N° 437-2002-SUNARP-SN D.S. N° 033-2005-PCM, Reglamento, Art. 6

PROHIBICIONES ÉTICAS DEL SERVIDOR PÚBLICO

Artículo 8.- Prohibiciones Éticas de la Función Pública El servidor público está prohibido de: 1. Mantener Intereses de Confl icto

Mantener relaciones o de aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimento de los deberes y funciones a su cargo.

2. Obtener Ventajas Indebidas Obtener o procurar beneficios o ventajas indebidas, para sí o para otros, mediante el uso de su cargo, autoridad, influencia o apariencia de influencia. 3. Realizar Actividades de Proselit ismo Polít ico Realizar actividades de proselitismo político a través de la utilización de sus funciones o por medio de la utilización de infraestructura, bienes o recursos públicos, ya sea a favor o en contra de partidos u organizaciones políticas o candidatos. CONCORDANCIAS: R.M. N° 0806-2006-IN-0301 (Aprueban Directiva "Normas para asegurar y garantizar la neutralidad de los empleados públicos civiles del Ministerio del Interior y del personal de la Policía Nacional del Perú durante el Proceso Electoral General del Año 2006") 4. Hacer Mal Uso de Información Privi legiada Participar en transacciones u operaciones financieras utilizando información privilegiada de la entidad a la que pertenece o que pudiera tener acceso a ella por su condición o ejercicio del cargo que desempeña, ni debe permitir el uso impropio de dicha información para el beneficio de algún interés. 5. Presionar, Amenazar y/o Acosar Ejercer presiones, amenazas o acoso sexual contra otros servidores públicos o subordinados que puedan afectar la dignidad de la persona o inducir a la realización de acciones dolosas. CONCORDANCIAS: D.S. N° 033-2005-PCM, Reglamento, Art. 6

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R.M. N° 028-2006-PRODUCE, Prohibiciones

INCENTIVOS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTO

Artículo 9.- Órgano de la Alta Dirección 9.1 El Órgano de la Alta Dirección de cada entidad pública ejecuta, en la institución de su competencia, las medidas para promover la cultura de probidad, transparencia, justicia y servicio público establecida en el presente Código. 9.2 El Órgano de la Alta Dirección establece los mecanismos e incentivos que permitan una actuación correcta, transparente y leal de los servidores públicos. En ese sentido, dicho órgano está encargado de: a) Difundir el Código de Ética de la Función Pública. b) Diseñar, establecer, aplicar y difundir los incentivos y estímulos a los servidores públicos que cumplan con los principios, deberes y obligaciones del presente Código y respeten sus prohibiciones. c) Desarrollar campañas educativas sobre las sanciones para los servidores públicos que tengan prácticas contrarias a los principios establecidos en el presente Código. CONCORDANCIAS: D.S. N° 033-2005-PCM, Reglamento, Art. 21 y 22 R.M. N° 550-2007-MTC-01 Artículo 10.- Sanciones 10.1 La transgresión de los principios y deberes establecidos en el Capítulo II y de las prohibiciones señaladas en el Capítulo III, de la presente Ley, se considera infracción al presente Código, generándose responsabilidad pasible de sanción. 10.2 El Reglamento de la presente Ley establece las correspondientes sanciones. Para su graduación, se tendrá presente las normas sobre carrera administrativa y el régimen laboral aplicable en virtud del cargo o función desempeñada. 10.3 Las sanciones aplicables por la transgresión del presente Código no exime de las responsabilidades administrativas, civiles y penales establecidas en la normatividad. Artículo 11.- Obligación de comunicar transgresión del Código Todo servidor público que tenga conocimiento de cualquier acto contrario a lo normado por el presente Código tiene la obligación de informar a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos disciplinarios de la entidad afectada, o al órgano que haga sus veces, para la conducción del respectivo proceso, bajo responsabilidad. (*) (*) Artículo modificado por el Artículo Único de la Ley N° 28496, publicada el 16 abril 2005, cuyo texto es el siguiente: Artículo 11.- Obligación de comunicar o denunciar los actos contrarios al Código. Todo empleado público, bajo responsabilidad, tiene el deber de comunicar, así como la persona natural o jurídica tiene el derecho de denunciar, los actos contrarios a lo normado en el presente Código, ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la entidad afectada o al órgano que haga sus veces.” Artículo 12.- Procedimiento

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Las entidades públicas aplicarán, contando con opinión jurídica previa, la correspondiente sanción de acuerdo al reglamento de la presente Ley, al Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, cuando corresponda, y a sus normas internas. Artículo 13.- Registro de Sanciones 13.1 Amplíese el contenido del Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido, establecido en el artículo 242 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, y anótese en él las sanciones producidas por la transgresión del presente Código. 13.2 El Registro deberá contener los datos personales del servidor, la sanción impuesta, el tiempo de duración y la causa de la misma. 13.3 La inscripción en el Registro tiene una duración de un año contado desde la culminación de la sanción.

CAPITULO XII

DE LAS RELACIONES Y COORDINACION Art. 77- Las relaciones y coordinaciones con las instituciones multi sectoriales se

realizará a través de las coordinaciones del trabajo escolar, para recibir apoyo, cooperación y garantizar la seguridad física y moral del alumnado y personal, para recibir apoyo asistencia y mantenimiento para la conservación del local escolar, recibir y mejorar la infraestructura e implementación de carácter profesional con la finalidad de elevar el servicio educativo de la Institución Educativa.

CAPITULO XII I DE LOS SERVICIOS DE BIENESTAR SOCIAL Y RECREACION DEL ALUMNADO

Y PERSONAL DEL PLANTEL Art. 78- Los servicios de bienestar se brindará fundamentalmente al alumnado en

concordancia a los diferentes aspectos de trabajo escolar, con acciones propias del proceso educativo y que contribuyan a su formación integral, promoviendo su armónico desarrollo bio – psico -social.

Art. 79 Se proporcionará y brindará acciones recreativas como: paseo, caminatas, reuniones de camaradería al alumnado y personal en armonía a las tareas desplegadas por el bienestar general de la Institución Educativa.

CAPITULO XIV

ADMINISTRACION DE RECURSOS Art. 80- La administración de recursos de la Institución Educativa, se sujetará a las

normas establecidas en el MED. Art. 81- La coordinación para la conservación del bien inmueble está sujeta a la labor

entre la Dirección del plantel, Junta Directiva de APAFA, Comités de Aula, Personal Docente y Administrativo ; labor de coordinación que será ampliado al alumnado y padres de familia en general, para mejorar en su aspecto físico y evitar su deterioro.

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Art. 82- La conservación del bien inmueble es vigilado por la Dirección del plantel y la coordinación del Area de Infraestructura Educativa.

Art. 83- El mantenimiento y conservación del bien inmueble y muebles en general del plantel, se sujeta a la partida que otorga la APAFA para el año escolar con el que se mejora lo necesario.

Art. 84- Los recursos que generen de las certificaciones, libretas, FUT., y otros deben ser canalizados en una caja chica, bajo la Administración de una Comisión y en coordinación con la Dirección cuyos fondos beneficiará a la institución educativa de acuerdo a normas establecidas por los estamentos superiores.

Art. 85- El funcionamiento y buen servicio de los cafetines está bajo control y supervisión de la Comisión de Adjudicación y Supervisión de los kioscos escolares el Area de Tutoría e Infraestructura.

ARTICULO XV

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Art. 86- Dentro de las Comisiones conformadas para la adquisición de bienes

muebles, equipos y otros para el plantel, con partidas otorgadas por el sector Educación u otro, y/o APAFA, CONEI tendrá representación en las comisiones conformadas

Art. 87- Las sesiones ordinarias del Personal Directivo, Docente, Administrativo serán

convocadas por la Dirección del plantel y se realizará por lo menos una vez al mes con agenda previa y puesto a conocimiento del personal por lo menos dos días antes y en el horario alternado de 06:20 a 21:00 horas con el control de asistencia de entrada y salida. No se debe pasar de la hora indicada.

Art. 88- Las reuniones programadas previa citación no serán postergadas a última hora. Art. 89- Las sesiones extraordinarias serán convocadas por la Dirección del plantel y

están sujetas a la importancia de los temas y las circunstancias especiales con asistencia obligatoria del personal y siempre con el control de la asistencia de entrada y salida y en el mismo horario anterior. Profesor que no llega a la hora indicada ya no ingresará a la reunión, considerándole falta.

Art. 90 Los casos no previstos en el siguiente Reglamento se resuelven y aplican en

concordancia a las Normas vigentes. Art. 91- El presente Reglamento Interno consta de 14 capítulos y 91 artículos y entra

en vigencia a partir de su fecha de aprobación, efectuada el viernes 15 de diciembre.

Huancayo, 14 de mayo del 2018