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ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO POR: HELBERT CAMPOS MARQUINA

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Economy & Finance


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ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO

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Page 1: ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO

ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHOPOR: HELBERT CAMPOS MARQUINA

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1. ¿LA ECONOMÍA SE DESARROLLE DE FORMA AJENA AL DERECHO?

El Dr. Alfredo Bullard hace una interesante exposición referente al análisis económico del derecho, asumiendo la innegable relación de la economía con el derecho propiamente dicho. Esta postura asumida por el Dr. Alfredo Bullard, es muy interesante y sugestiva, de la que se pueden rescatar muchas cosas, pero del mismo modo se pueden criticar otras tantas. Respecto a lo dicho por el autor podemos caer en la cuenta que no se puede concebir la idea de que la economía se desarrolle de forma ajena al derecho toda vez que si tomamos en consideración que en toda sociedad existe economía, y que en toda sociedad el estado juega un rol importante

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2. LA RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

Tal es el caso del análisis económico del derecho en la responsabilidad civil extracontractual, dicho análisis ha ido descubriendo que las externalidades son reciprocas, nosotros como abogados pensamos que si hay un daño, este es causado por alguien.

Lo que buscamos es conocer quién es el que causó el daño, sin embargo si miramos el mundo real, esa pregunta no se puede responder ligeramente, porque ambas partes involucradas en el accidente son quienes causan el daño. Ahora bien la pregunta desde el punto de visto económico, sería a quien hago pagar el daño para evitar que accidentes similares sucedan en el futuro.

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3. LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Por otra parte en el caso de la propiedad Bullard aduce que ésta genera incentivos favorables al desempeño económico porque internaliza los costos y beneficios del uso de los recursos, si es que lo incentivos están adecuadamente construidos.

Tal es caso de la PROPIEDAD INTELECTUAL (las patentes o los derechos de autor), la lógica económica, establece que ésta se desarrolla cuando hay consumo rival (cuando un bien no es susceptible de dos consumos simultáneos), y cuando hay costos de exclusión (generar mecanismos registros públicos, policía, es decir mecanismos que permitan generar propiedad) ; estos conceptos explican el caso de propiedad.

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4. EL VÍNCULO ENTRE LA ECONOMÍA Y EL DERECHO

El análisis económico del derecho cambia la visión del abogado que siempre trata de dar solución, permite entrenar el sentido común, por lo que aduce que <<los abogados deberían crear condiciones para que la gente resuelva sus propios problemas>> Analizando ello, caemos en la cuenta que si bien es cierto que es importante el vínculo que se establece entre la economía y el derecho, me parece que no todos los temas del derecho son pasibles de valoración en términos económicos de costo beneficio.

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Además no comparto la idea del autor cuando menciona que debería de haber más libertad un "dejar hacer" puesto que se ha demostrado que ese tipo de políticas lo único que hace es que se cometan ciertos abusos en las clases sociales más débiles y en términos económicos ello aumentaría los costos y cargas que tendría el Estado a su cargo.

A mi parecer se debería dejar en claro bajo que supuestos puede crearse una relación entre economía y derecho. Pues de lo contrario estaríamos haciendo que deje su esencia y pase a ser una rama de la economía.

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5. COSTO BENEFICIO DE LAS REGULACIONES LEGALES

Sin embargo habría que rescatar en un primer momento una perspectiva de interdisciplinariedad, en la que el derecho, así como todas las ciencias, aporten cada cual con lo suyo a un mejor entendimiento de la realidad, que es una sola, y por tanto ser estudiada de una manera integral En el caso particular del análisis económico del derecho, un análisis costo beneficio de las regulaciones legales puede ser importante para efectivizar determinadas instituciones jurídicas,

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6. CONSIDERACION FINAL

Ahora bien manifestar de alguna u otra forma que la ciencia económica es la que mejor estudia las conductas humanas, implica postular una superioridad de dicha ciencia con respecto a las demás, lo que por supuesto es errado, pues cada una de las ciencias elabora sus propias conclusiones a partir de su perspectiva de estudio. Finalmente, desde mi percepción considero que la economía si bien es un factor importante y significativo de análisis en el derecho, no debe ser más que eso, y no debe pretender suplir su lugar. Solo entendiéndose de esa forma, es que la propuesta del doctor Bullard se torna hacedera y asequible en su totalidad.