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ANALISIS DE LAS CONTRATACIONES DE OBRAS DEL ESTADO VENEZOLANO CON EMPRESAS PRIVADAS EN LA MODALIDAD DE CONCURSO CERRARDO
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JÓSE ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
COORDINACIÓN DE PASANTIA Y TRABAJO DE GRADO
ANALISIS DE LAS CONTRATACIONES DE OBRAS DEL ESTADO VENEZOLANO CON EMPRESAS PRIVADAS EN LA MODALIDAD DE
CONCURSO CERRADO
INSTITUCIÓN: CONSTRUCTORA E.W. 2010. C.A.
AUTOR: OJEDA V. PEDRO A. C.I: V-19.756.985
San Diego, Octubre 2014
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JÓSE ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
COORDINACIÓN DE PASANTIA Y TRABAJO DE GRADO
ANALISIS DE LAS CONTRACIONES DE OBRAS DEL ESTADO VENEZOLANO CON EMPRESAS PRIVADAS EN LA
MODALIDAD DE CONCURSO CERRADO
CONSTANCIA DE ACEPTACION
Abog. MAGALLY LUGO: ___________________________________ Tutora Académico:CI: V. 12.607.117 Abog. JULIO WIORTT: ____________________________________ Tutor Institucional:CI: V. 4.861.002 Abog. CARMEN RODRIGUEZ DE OJEDA: ____________________ Tutor Metodológico: CI: V. 3.922.769
AUTOR: OJEDA V PEDRO A. C.I: V -19.756985
San Diego, Octubre 2014
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Dedico este Informe de Pasantía:
A Dios primeramente por darme la oportunidad de estar en este mundo y de
alcanzar este objetivo tan importante en mi vida.
A mis padres por dedicarse cada segundo de sus vidas a darme educación,
cariño y muchas cosas más los amos.
A mis tres hermanos por estar allí siempre presente y regalarme momentos
maravillosos.
Mis abuelos por sus sabios consejos y dedicatoria para ser mejor persona cada
día.
Mis tíos y primos por apoyarme en cada una de mis metas.
A mis grandes compañeros de clases que son baluarte muy importante en mi
vida por todo su apoyo en cada momento que lo necesite y nombrarlos no tendría
espacio para todos.
A todos mis amigos por estar siempre allí dando lo mejor de ellos hacia mi les
agradezco mucho.
Mi tutora Magally Lugo por cada regaño que me dio pero que fueron
aprendizajes para lograr este objetivo gracias.
En especial a Daniela Castro por ayudarme a dar este paso tan importante en mi
vida.
Y por ultimo a dos personas que quiero mucho ya que han sido fuentes de
inspiración y me apoyaron de forma incondicional en todo momento gracias a la Sra.
Leoplenis y a la Sra. Esla por dedicarme tiempo de sus grandiosas vidas
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INDICE GENERAL
CONTENIDO p.p
CONSTANCIA DE ACEPTACION………………………………………. iii
DEDICATORIA…………………………………………………………… iv
INDICE GENERAL………………………………………………………. v
RESUMEN INFORMATIVO…………………………………………...... vii
INTRODUCCION……………………………………………………….. 1
CAPITULO I LA INSTITUCION
1.1. Identificación…………………………………………….….. 3
1.2. Ubicación …………………………………………………… 4
1.3. Descripción………………………………………………….. 4
1.4. Organigrama………………………………………………… 4
1.5. Misión………...……………………………………………... 4
1.6. Visión………………………………………………………... 5
1.7. Valores………………………………………………………. 5
1.8. Actividades realizadas durante la Pasantía………………….. 6
CAPITULO II EL PROBLEMA
2.1. Planteamiento del Problema………………………………….. 7
vi
2.2. Formulación del Problema…………………………………… 10
2.3. Objetivos de la Investigación……………………………….. 10
2.3.1. Objetivo General…………………………………… 10
2.3.2. Objetivos Específicos………………………………. 10
2.4.Justificación………….…………………………………….…. 10
2.5.Limitaciones de Estudio……………………………………… 11
III MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL
3.1. Antecedentes…………………………………………………. 12
3.2. Bases Teóricas…………..…………………………………….. 14
3.3. Basamento Legal……………………………………………... 20
3.4. Definición de Términos Básicos……………………………… 22
IV MARCO METODOLOGICO
4.1. Diseño de Investigación…………………………….…………24
4.2. Tipo de Investigación……………………………………….. 24
4.3.Nivel de Investigación……………..………………………… 25
4.4 Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos ………….. 25
4.5. Fases Metodológicas ……..…………………………………. 25
vii
CAPITULO V
RESULTADOS CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
5.1. Resultados………………………….………………………... 27
5.2. Conclusiones ……………………………………………...……27
5.3 Recomendaciones……………………………………………. 28
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS …………………………………… 30
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JÓSE ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
COORDINACIÓN DE PASANTIA Y TRABAJO DE GRADO
ANALISIS DE LAS CONTRATACIONES DE OBRAS DEL ESTADO
VENEZOLANO CON EMPRESAS PRIVADAS EN LA MODALIDAD DE CONCURSO CERRDO
Autor: Pedro Ojeda
Tutora: Magally Lugo Fecha: Octubre 2014
RESUMEN INFORMATIVO
Las contrataciones públicas son aquellas en las cuales una de las partes es el Estado, el cual seleccionan a particulares para realizar obras, prestar servicios o adquisición de bienes, el Estado venezolano tiene la facultad de escoger a la persona jurídica que considere más apta y que otorgue un mayor beneficio para el mismo, entre ellas el concurso cerrado el cual se va a desarrollar en uno de los objetivos y fases de la investigación, en donde el propio estado invita a concursar a cinco contratista para que las mismas den sus ofertas seleccionando a la que el mismo considere más apta según sus necesidades, la finalidad del presente proyecto está orientada a determinar cómo se lleva a cabo la contratación de empresas privadas por parte del estado venezolano haciendo énfasis en la modalidad de concurso cerrado, obtenido la información para el desarrollo del mismo de documentos ya existentes, como libros, leyes, otros proyectos de investigación, por ende el presente informe es de tipo documental con un diseño descriptivo, en virtud, de que los fenómenos aquí mencionados y estudiados se describen de la forma como se encontraban al momento de recolectar la información, fue necesario la utilización de la técnica de la observación y estudio, para así observar primeramente la situación problemática, analizarla y formularse los objetivos que se van a desarrollar en las fases con la finalidad de dar respuesta a la misma, y poder así el autor analizar los resultados obtenidos, aportando conclusiones y recomendaciones relacionadas con los objetivos aquí planteados.
Descriptores: Administración Pública, Contrataciones Públicas, Contratos Administrativos, Concurso Cerrado, Estado, Derecho Público.
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INTRODUCCIÓN
El Estado venezolano cuenta con Ley de Contrataciones Públicas, la cual entró
en vigencia en el año 2008 y anteriormente se regían las contrataciones por la ley
de licitaciones, la presente ley busca administrar el procedimiento para realizar
contrataciones entre empresas privadas con el Estado venezolano, y está
contempla todos los tramites que debe llevarse a cabo para proceder a la
adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras por parte del
Poder Público Nacional.
Es por eso, que el presente informe tiene como finalidad analizar la selección
de contratistas en la modalidad de concurso cerrado, de igual forma, se muestran
de manera breve las distintas modalidades de selección de contratistas que
contempla la ley, como lo es, la modalidad de concurso abierto, concurso abierto
internacional, contratación directa y la consulta de precios. Estas distintas
modalidades de contratación buscan agilizar el funcionamiento del Estado con las
empresas privadas y que estas cumplan cabalmente con lo establecido por la ley, y
así el ente u órgano contratante puede tener una gestión eficaz, eficiente y
transparente.
A continuación, se presenta el desarrollo y descripción de todos los elementos
señalados en los párrafos precedentes. Así, a lo largo del presente informe se
encuentra:
En el Capítulo I describe la Institución donde se realizó la pasantía, sus
objetivos, misión y visión así como las actividades desarrollas durante el período
de pasantía.
El Capítulo II contiene el planteamiento del problema, los objetivos, la
justificación y la limitación de la investigación.
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El Capítulo III está referido a los fundamentos teóricos, este incluye los
antecedentes de la investigación, las bases teóricas, bases legales y la definición
de términos que sustentan la investigación.
El Capítulo IV se presenta las estrategias metodológicas a seguir para llevar
acabo la investigación, la cual incluye el diseño de la investigación, tipo de
investigación, técnicas e instrumentos de recolección de datos.
Y finalmente el Capítulo V se presenta los resultados obtenidos,
conclusiones y recomendaciones de la presente investigación.
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CAPÍTULO I
LA INSTITUCIÓN
1.1 Nombre
“Constructora EW 2010, C.A”
1.2 Ubicación
Zona Industrial, La Quizanda, 2da Calle de Enlace, Galpón 143-B, Valencia Edo.
Carabobo.
1.3 Objeto
La prioridad principal es la excelente calidad del servicio público que se presta
que en la realización de obras civiles, en busca de la mejora de problemas
relacionados con el área de la construcción, ahora bien en cuanto al departamento
legal de la Empresa Constructora EW 2010, C.A., este se encarga de desarrollar y
ejecutar funciones del ámbito jurídico-administrativo con el objeto de brindar
apoyo y asesoría legal en el desarrollo de la actividad empresarial que como
venimos diciendo es la realización de obras civiles.
En el desempeño de sus responsabilidades el departamento de asesoría jurídica
analizará y tramitará documentos y/o expedientes encomendados, elaborará
dictámenes o emitirá su opinión legal sobre los aspectos que sean requeridos por
la dirección de la empresa. En el desempeño de sus responsabilidades podrá actuar
en nombre de la organización en las gestiones relacionadas con los procesos o
Juicios civiles, mercantiles, penales, laborales y administrativos, ante las
instancias legales correspondientes, representándola y defendiendo sus intereses.
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1.4 Estructura Organizativa
Gerente General
(Presidente)
Dpto. de
Administración:
Dpto. Legal: Dpto. de Supervisión de
Obras:
Compuesto por:
• Administrador
• Contador Publico
• Asistente
Compuesto por:
• Abogado
• Técnico en
Seguridad y
Salud Industrial
• Asistente
Compuesto por:
• Ingeniero de
Obras
• Topógrafo
• Ingeniero
Residente
1.5 Misión
Son una organización del sector de la construcción dedicada a las obras civiles.
Realizan proyectos arquitectónicos únicos con identidad vanguardista e
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innovadores, obras de calidad, proyectos con un carácter imponente y protagónico
dentro del sector del que se desarrollan. Están comprometidos con el
mejoramiento de la calidad de vida de los clientes y colaboradores. El
compromiso es con el desarrollo empresarial en el marco de la responsabilidad
social, para generar progreso a todas las partes interesadas.
1.6 Visión
Busca constituir en corto y mediano plazo como empresa líder en construcción
que integren nuevas tecnologías mediante la construcción industrializada. Se
apoyan en la competencia y eficacia de los miembros y colaboradores, obteniendo
como resultado la integración y materialización de proyectos de vida.
1.7 Valores
En cuanto a los valores manejados en la empresa tenemos como valor
fundamental y principal la responsabilidad ya que la organización se basa en el
compromiso que representa la obligación de entregar sus trabajos a tiempo y sin
retraso alguno, debido a que la carga que esta sobre la organización es de gran
importancia puesto que esa es su carta de presentación, sin restar importancia al
resto de los valores como lo son el compañerismo, el respeto, la honestidad, el
amor.
1.8 Actividades desarrolladas durante la pasantía
En el departamento legal de la empresa no solo están para resolver los
problemas cuando esta se encuentra en una situación de conflicto, sino para
evitarlos. La labor preventiva es esencial, ya que una buena coordinación entre los
departamentos de producción de la empresa y la asesoría jurídica evita
muchísimos conflictos. Por lo que la dirección de la institución como los propios
asesores jurídicos tienen la responsabilidad de transmitir al resto de la
organización que pueden ser muy útiles en la prevención de sus problemas, así
como, en la resolución de los mismos.
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Así pues, características como la disponibilidad absoluta, la proximidad, la
inmediatez y la confianza de pertenecer a la Constructora EW 2010, C.A., son las
fundamentales a la hora de valorar las ventajas indudables de tener una asesoría
jurídica interna en la empresa.
• Revisar expedientes en el departamento de Consultoría Jurídica,
relacionados con las contrataciones con el Estado.
• Organizar expedientes.
• Redactar contratos a nuevos clientes.
CAPÍTULO II
EL PROBLEMA
2.1 Planteamiento del problema
El estudio de la administración pública en el mundo como es bien sabido, nace
en Francia cuando se derroca el régimen monárquico y se instaura el régimen
republicano bajo la bandera del liberalismo. En 1789, se crea un gobierno
representativo y liberal, lo cual influye diametralmente en la vida pública de
Europa. Es cuando surge la obra que es presentada por el constituyente France, los
principios de la administración, este plantea la división de poderes y da paso al
nacimiento del derecho administrativo público. El derecho administrativo se
enfocó al poder ejecutivo y a la ciencia de la administración se desliza hacia la
acción de Estado.
Por otra parte la administración está en el seno de la sociedad, por lo cual,
apunta que la administración es una consecuencia natural del estado social, como
este, lo es de la sociabilidad natural del hombre, su naturaleza es un resultado de
la comunidad, pues desde el momento en que existe el pacto social, hay
administración, así es, que siempre se encuentra la naturaleza hasta el despotismo.
No obstante la globalización es un fenómeno que también ha llegado al
derecho público. En efecto, la realidad nos demuestra que en determinados
sectores del derecho administrativos existen normas y actos con pretensión de
supranacional. Los Estados destinan aproximadamente el 70% del presupuesto
nacional a alguna forma de contratación o adquisición.
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La existencia de corrupción en estos procesos tiene como consecuencia que los
recursos públicos necesarios para el desarrollo económico de un país, para
combatir la pobreza y para que sus ciudadanos tengan acceso a derechos básicos
como educación o salud acaben en los bolsillos de ciertos funcionarios del
gobierno. Los ciudadanos no son los únicos que salen perjudicados.
El sector privado también se ve altamente afectado, ya que las empresas que
compiten en un concurso público se encuentran con un contexto de competencia
insana, lo que puede conllevar ineficiencias en el funcionamiento del
mercado.……………………………………………………….
Los países además de estar sujetos a las leyes y regulaciones nacionales que
regulan los procesos de compras y contrataciones públicas están comprometidos
mediante marcos supranacionales a los que se han adherido de forma voluntaria
como la Convención Interamericana contra la Corrupción (CICC) y la
Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (CNUCC). Estas
obligan a cumplir con ciertos requisitos que pretenden asegurar que los países
cuentan con sistemas de contrataciones públicas transparentes, equitativas,
eficaces y eficientes.
En el mismo contexto, todos los países de América Latina se han adherido a la
CICC, y varios de ellos a la CNUCC. Tomando las disposiciones sobre
contrataciones y compras públicas de estas convenciones como marco de
referencia, Transparency International para América Latina y el Caribe, y el
Programa Global de Contrataciones Públicas de TI decidieron llevar a cabo un
Estudio que proporcionase una visión general del estado de la contratación
pública en América Latina.
En este sentido, se debe acotar la Unión Europea, el Mercosur, las Naciones
Unidas, el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, El Banco
Interamericano de Desarrollo otros órganos y organismos de dimensión se
supranacional contratan con empresas privadas para la realización de
determinadas obras o servicios públicos siguiendo una tipología que aunque ha
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nacido en el derecho administrativo interno hoy es una realidad en el denominado
derecho administrativo supranacional de las contrataciones públicas.
Cabe destacar, en materia de contrataciones supranacionales se encuentran
regidas por los acuerdos de contracción pública de la OMC, con la denominada
Ley Modelo de contracción pública de las Naciones Unidas, a través de las
normas de contratación pública del tratado de libre comercio de América del
Norte, con mediante el protocolo de contrataciones públicas del Mercosur, con los
acuerdos y tratados celebrados por países de América y la Unión Europea.
En Venezuela existía la Ley de Licitaciones la cual fue aprobada en 1990,con
reforma en el 2001 y posteriormente en el 2005, instrumento que se prestaba para
interpretaciones variadas y que los procesos que establecían como la licitación
general y selectiva, contemplaban lapsos muy largos y por ende los procesos eran
tardíos, y para agilizar dichos procesos siempre se iban a una adjudicación directa
era la forma más expedita y rápida pero por lo general, no se le daban
cumplimiento a los requisitos establecido en la Ley para tal fin, principalmente
para justificar las emergencias que realmente no existían o eran situaciones que la
ley no le otorgaba esa categoría.
Es evidente, que en la actualidad en la República Bolivariana de Venezuela se
está evidenciando un cambio y transformación en lo que anteriormente se
denominaban las licitaciones hoy en día contrataciones públicas; este cambio está
relacionado con el colectivo, es decir las comunidades que son las que se van ha
beneficiar, para lo cual varios instrumentos jurídicos le han dado cabida.
Con la Ley de Licitaciones se buscaba regular los procedimientos de selección
de contratistas por parte de los entes públicos para la ejecución de obras,
adquisición de bienes y la prestación de servicios, en cambio la Ley de
Contrataciones Públicas, busca regular la actividad del Estado para la adquisición
de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras preservando el patrimonio
y tomando en consideración el plan operativo anual(PAO), además fortalecer la
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soberanía, desarrolla la capacidad productiva y sobre todo asegura la
transparencia.
2.2 Formulación del Problema
En conclusión se pretende a través de este planteamiento dar respuesta a las
siguientes interrogantes ¿Cómo deben realizarse las contrataciones públicas?,
¿Cuáles son los requisitos que establece la ley para realizar el procedimiento de
las contrataciones públicas?
2.3 Objetivos de la Investigación
2.3.1 Objetivo General
Analizar las contrataciones de obras del Estado Venezolano con empresas
privadas en la modalidad de concurso cerrado.
2.3.2 Objetivos Específicos
� Describir el proceso de selección de contratistas en la modalidad de
concurso cerrado en las contrataciones públicas.
� Determinar lo que establece la ley en cuanto a las contrataciones de obras
en la modalidad de concurso cerrado.
� Estudiar las cláusulas exorbitantes en los contratados administrativos
celebrados por el estado venezolano.
2.4 Justificación
En función de la línea de investigación se enfocara este informe de pasantías,
en la realización del proceso de contrataciones de obras del Estado venezolano
con empresas privadas teniendo como objetivo analizar las contrataciones del
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estado venezolano con empresas privadas en la modalidad de concurso cerrado,
para así facilitar dicho proceso de tal manera que este se pueda llevar a cabo.
Por otra parte, en los últimos años se ha modificado la legislación venezolana
con respecto a las contrataciones públicas, lo que conlleva a la importancia del
desarrollo de este tema. De igual modo, esta herramienta se presentara como un
aporte para que otros estudiantes que compartan los mismos intereses puedan
basarse en él, como punto de partida para desarrollar otros informes que se deseen
efectuar en esta área en la Universidad José Antonio Páez.
2.5 Limitaciones.
Dentro del orden de ideas, la limitante de mayor peso es el tiempo estipulado
para la revisión bibliográfica, recaudar toda la información y su respectivo
análisis posteriormente realizar la presentación de los datos obtenidos, las
conclusiones y recomendaciones respectiva. De igual forma, la disponibilidad de
tutores para atender a la población estudiantil que necesitan una orientación
profesional y ética para llevar a cabo eficientemente el informe de pasantía como
requisito esencial para obtener el título de Abogado.
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CAPITULO III
MARCOS REFERENCIAL CONCEPTUAL
Para la elaboración del presente informe de pasantías, se tomaron como
antecedentes, investigaciones afines consideradas relevantes para sustentarlo y así
lograr obtener mayor solidez en el análisis de las contrataciones de obras del
Estado venezolano con empresas privadas.
3.1 Antecedentes
Bueno, G. (2013) presentó en su informe a la Universidad José Antonio Páez
titulado Análisis de los Contratos del Estado en el marco de la Ley de
Contrataciones Públicas, para optar al título de abogada. El objetivo general es
analizar los contratos del Estado en el marco de la ley de contrataciones públicas.
El tipo de investigación es documental y descriptivo. La finalidad de este informe
es desarrollar mecanismos donde el ciudadano obtenga conocimientos sobre las
contrataciones por parte del Estado. Este informe constituye un aporte ya que, en
el se hacen uso de las contrataciones del Estado venezolano que son necesarias
promover un objetivo, lo cual se propone en este informe, al analizar las
contrataciones de obras del Estado Venezolano con empresas privadas.
Por otra parte, Torres A. María E. (2009) en su trabajo de grado titulado
Análisis de la figura del contrato administrativo en la nueva Ley de
Contrataciones Públicas Venezolanas, presentando para optar por el titulo de
abogada en la universidad Rafael Urdaneta. Este tipo de investigación es
descriptiva y según su diseño es documental, tiene como objetivo general analizar
la figura del contrato administrativo dentro de la nueva ley de contrataciones
públicas venezolanas, para lograr dicho objetivo se examina los ordenamientos
jurídicos venezolanos.
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El presente trabajo se tomó como antecedente, con el fin de validar la
importancia del análisis de las contrataciones de obras del estado venezolano con
empresas privadas, por lo tanto, en ella están presentes aspectos teóricos que
guardan relación directa con el enfoque de esta investigación, permitiendo así una
base ideal para el desarrollo de este informe.
En el mismo contexto, Presilla J. (2009) en su Trabajo de Grado titulado
“Elaboración de planes de acción que permitan mejorar el proceso de
contratación y administración de contratos, en la gerencia de operaciones
exploratorias oriente, de PDVSA” presentado como requisito parcial optar al
título de Abogado en la Universidad de Oriente (UDO), se basó en un proyecto de
tipo descriptivo sustentado en una investigación de campo, el cual se llevo a cabo
empleando instrumentos de recolección de datos tales como: entrevistas,
encuestas dirigidas fundamentalmente a los empleados y personal que trabajo en
el área arrojando como resultados el analizar las condiciones y características del
proceso de contrataciones con la finalidad de establecer un mejor control y
desarrollo, en la ejecución de cada procesó.
Esta investigación fue utilizada como orientación a la presente, ya que refleja
la importancia que tiene el diseño el proceso de contratación en las empresas del
Estado venezolano para alcanzar un alto nivel de eficiencia. Por lo que, guardan
una concordancia entre sí, al basarse en estrategias de gran similitud, para el logro
de los objetivos generales de los casos de estudio a los cuales se hace referencia.
De igual manera, Baldeon C. (2013), en su trabajo de maestría titulado la
normalización en las Contrataciones Públicas, presentando este, para la
obtención del título de magister en derecho, mención en contrataciones públicas y
modernización del Estado, en la universidad Andina Simón Bolívar, sede
Ecuador. Tiene como objetivo principal la interpretación de la normalización de
las contrataciones públicas. Este tipo de investigación es descriptiva y según su
diseño es documental.
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3.2 Bases Teóricas
A continuación se presentó como referencia a aquellas teorías y conceptos que
tienen relación con la investigación que se llevó a cabo con el propósito de
entender el análisis que se realizó. Es importante destacar, que para llevar a cabo
la investigación, se deben definir términos y teorías relacionadas con los objetivos
planteados anteriormente, a fin de contextualizar lo que se desea plasmar,
haciéndolo entendible y coherente para la fluida comprensión de lector.
3.2.1 Estado
La parte relativa a la teoría del Estado, constituye uno de los temas más
interesantes, ya que su doctrina se eleva por encima de las realidades sociales,
históricas, jurídicas y políticas para construir sobre conceptos puros una
definición que tienda a darle su auténtica estructura y su verdadero alcance.
Tan importante es la teoría del Estado que su estudio se ha desprendido del
tronco común del Derecho Público, constituyendo una disciplina diferenciada del
Derecho Constitucional. El Estado constituye la máxima instancia de articulación
de relaciones sociales, encarna el "cuerpo político de la nación", es la asociación
que detenta el monopolio del uso de la fuerza, por lo tanto es una estructura
política que regula el juego y conflicto de intereses de los distintos actores
sociales.
El Estado es una sociedad humana, asentada de manera permanente en el
territorio que le corresponde, sujeta a un poder soberano que crea, define y aplica
un orden jurídico, que estructura la sociedad estadal, para obtener un bien público
temporal de sus componentes. El Estado y el individuo son iguales y con ello
analiza las partes y funciones del Estado y posteriormente, las del ser humano con
la cual establece el principio de Estado. Por ello, se puede decir que la
organización jurídico-política más perfecta que se conoce hasta la presente, es un
ente orgánico unitario estructurado jurídicamente bajo la forma de una
corporación, que detenta el ejercicio del poder.
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El Estado también llamado Poder Público es uno y único. La división de
poderes no es sino la distribución del poder entre distintos centros complejos
orgánicos para el ejercicio preferente, por parte de cada uno de ellos, de
determinada función, todas ellas destinadas al cumplimiento de los cometidos
estatales.
3.2.2 Los Contratos
Según Carrillo, B. (2000) expresa, que el contrato es un acuerdo de voluntades,
verbal o escrito, manifestado en común entre dos, o más, personas con capacidad
(partes del contrato), que se obligan en virtud del mismo, regulando sus relaciones
relativas a una determinada finalidad o cosa, y a cuyo cumplimiento pueden
compelerse de manera reciproca. En la legislación venezolana establece en el
código civil el siguiente artículo 1.133. El contrato es una convención entre dos o
más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas
un vínculo jurídico.
3.2.3 Los Contratos del Estado
Según Allan R. Brewer Carías (2011), Los contratos del Estado, contratos
estatales o contratos públicos, son todos aquellos contratos en los cuales una de
las partes (pueden ser las dos) es una persona jurídica estatal, es decir, que está
integrada en la organización del Estado, sea que se trate de una persona jurídica
político territorial (República, Estados, Municipios), o de personas de derecho
público (pe. los institutos autónomos) o de derecho privado (pe. las sociedades
anónimas del Estado, Fundaciones del Estado o empresas del Estado) estatales.
Para el autor Allan Brewer Carias, los contratos del Estado, han sido
calificados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como
contratos de interés público (nacional, estadal o municipal), y en algunas leyes,
estos han sido calificados como contratos administrativos. En efecto, en la
Constitución de 1.999, como la ley suprema y principal fuente del derecho, en
materia de contratos del Estado, en la Sección Cuarta del Capítulo I del Título IV
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sobre el “Poder Público”, regula a los “contratos de interés público”, noción que
en los artículos 150 y 151, que en general se engloban en la noción de Estado.
La noción puede considerarse, como equivalente a las nociones de contratos
públicos, contratos del Estado, o contratos de la Administración, o la noción en
ingles de Public Contract, a la francesa de contrats de ladministration a la italiana
de contratti della pubblica ammistrazione, o a la portuguesa de contratos de
administracão pública, todas tendientes a identificar contratos en los cuales una de
las partes de la relación contractual es el Estado, la Administración Pública o una
entidad pública, lo que además, en general, tienen propósitos de interés público.
Esa fue la intención de la propuesta que formulo respecto de esa norma ante la
Asamblea Nacional Constituyente durante la elaboración de la Constitución
promulgada en 1.999.
De igual forma, es importante mencionar las clausulas exorbitantes que como
se ha establecido en jurisprudencia, estas se encuentran en los contratos
administrativos son reglas propias y distintas a las del derecho común, las cuales
se autoriza a la administración para rescindir unilateralmente los contratos
administrativos. En este sentido, los principios de la autonomía de la voluntad e
igual jurídica de las partes quedan subordinados en el contrato administrativo y es
el interés público el que prevalece sobre los privados o particulares, por lo tanto,
la administración queda investida de una posición de privilegio o superioridad así
como de prerrogativas propias de las clausulas exorbitantes y que se extienden a
la interpretación, modificación y resolución de contratos.
3.2.4 Contratos Administrativos.
Para Berçaitz, los contratos administrativos son aquellos celebrados por la
administración pública con un fin público, circunstancia por la cual pueden
conferir al contratante derechos y obligaciones frente a terceros, o que, en su
ejecución, pueden afectar la satisfacción de una necesidad pública colectiva, razón
por la cual están sujetos a reglas de derecho público, exorbitantes del derecho
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privado, que colocan al contratante de la Administración pública en una situación
de subordinación jurídica.
3.2.5 Contrataciones Públicas.
Las contrataciones públicas cumple un papel fundamental para regular la
relación entre el Estado y las empresas privadas, ya sea por la adquisición de
bienes, prestación de servicio o la ejecución de obras, de esta forma, la ley
establece modalidades para la selección de contratistas a través del concurso
abierto, concurso cerrado, consulta de precio y contrataciones directas.
Ahora bien, se puede comparar como era el sistema de contrataciones entre la
ley de licitaciones y la ley de contrataciones públicas, este proceso se iniciaba con
una invitación y una entrega de pliegos que entre otras cosas debe contener
información sobre los requisitos que deben cumplir ambas partes, luego se recibe
las ofertas, se toman las decisiones y se notifica de los resultados del proceso.
Hasta aquí llegaba el procedimiento en relación a la Ley de Licitación, mientras
que en la Ley de Contrataciones Públicas, el proceso continuó con la firma del
contrato, se levanta un acta de inicio y se procede a la ejecución de la obra y
administración del contrato hasta la finalización de la obra y finiquito del contrato.
Dentro de las razones que justificaron la necesidad de creación de la ley de
Contrataciones Públicas están:
Crear reglas transparentes que promuevan la capacidad productiva con
responsabilidad social, dar agilidad a los procesos de contratación y promover el
desarrollo de las actividades sociales, regulación de los tiempos de cada
modalidad de contratación, dar prioridades a las Pyme, cooperativas y otras
formas asociativas en las modalidades de selección de contratistas, la
modificación de los rangos cuantitativos de las unidades tributarias para las
modalidades de contratación, así como también la creación del compromiso de
responsabilidad social y la inclusión de los consejos comunales.
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Es importante señalar, que la Ley de Contrataciones Públicas le otorga
facultad a los Consejos Comunales como órganos de participación ciudadana, para
realizar contrataciones de obras y adquisición de bienes y/o servicios, y estos
seleccionan al contratista de acuerdo a sus requerimientos, de igual forma,
también pueden realizar la Consulta de Precios y de esta manera brindar
soluciones a las necesidades más urgentes y cercanas a la comunidad. Los
consejos comunales, con los recursos asignados por los entes del Estado podrán
aplicar las modalidades de selección de contratistas y deberán realizar contraloría
social a fin de hacer control, seguimiento y rendición de cuentas en la ejecución
de los contratos.
3.2.6 Concurso Cerrado. Es esta la modalidad de selección de contratista en la que al menos cinco
contratistas son invitadas de manera particular para que estos presenten sus ofertas
ante el ente u órgano contratante, los cuales son previamente seleccionada según
su capacidad financiera, técnica y legal; por la comisión de contrataciones la cual
debe estar integrada por un número impar de miembros principales con sus
respectivos suplentes, y estos deben ser de calificada competencia y reconocida
honestidad, son designados por la máxima autoridad del órgano o ente contratante
de forma temporal o permanente y la selección preferiblemente debe ser entre sus
empleados o funcionarios quienes serán solidariamente responsable por las
recomendaciones que presentes y sean aprobadas, esta Comisión de
Contrataciones deben estar representadas por las áreas jurídicas, técnicas y
financiera, estas comisión se encarga de verificar a través del Registro Nacional
de Contratista que estos cumplan con la capacidades ya mencionada e invitarlo a
participar en dicho concurso, a los participantes le es entregado el pliego de
condiciones del contrato el cual establece todas las especificaciones y detalles,
luego que los contratistas presentan sus ofertas es donde la Comisión de
Contrataciones del órgano u ente procede a la realización del acto de apertura de
sobres, bajo la presencia de todos los contratistas participantes en el proceso.
Posteriormente, son evaluadas cada una de las ofertas presentadas, considerando
19
el cumplimiento de lo establecido en el pliego de condiciones y se procede a la
elaboración del informe de recomendación, en el cual se selecciona a la oferta que
resulte con la primera opción para adjudicar el contrato, de igual forma, se debe
indicar la segunda y tercera opción.
La Comisión de Contrataciones, se encarga de validar toda la documentación
presentada por parte del contratista seleccionado, validada esta información se le
notifica la adjudicación y este deberá consignar las garantías si las hay y si es así
tendrán cinco días para remitir dichas garantías, de esta forma satisface al ente u
órgano contratante ulteriormente este suscriba el contrato de obra lo cual tendrán
ocho días para la firma desde la notificación de la adjudicación. En caso de que el
contratista seleccionado no desee firmar el contrato o cambie la oferta presentada,
se procederá a adjudicar a la segunda opción y así sucesivamente, de esta manera
se da inicio a la ejecución de la obra, por consiguiente es supervisada por parte del
ente u órgano contratante y si cumple con todas las condiciones establecidas en el
contrato y la normativa aplicable, se procede al pago a la contratista por los
trabajos realizados.
3.2.7 Principios de las Contrataciones Públicas
Para la selección de contratista la Ley de Contrataciones Pública establece que
los contratistas deben cumplir con los principios de economía, planificación,
transparencia, honestidad, eficacia, igualdad, competencia y publicidad.
3.2.8 Registro Nacional de Contratistas
Es una dependencia administrativa del Servicio Nacional de Contrataciones
que tiene como finalidad centralizar, organizar y suministrar de forma eficiente,
veraz y oportuna la información necesaria para la clasificación de las personas
naturales, jurídicas, nacionales y extranjeras de esta forma aprobar o negar la
inscripción al sistema nacional y así mantener una plataforma actualizada para que
los entes u órganos contratante puedan verificar y obtener una mayor información
de las contratistas inscritas en el mismo.
20
3.3 Bases Legales.
La Constitución establece en su Título III, del Capítulo VII de los derechos
económicos en el artículo 112, que todas las personas pueden dedicarse
libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más limitaciones que
las previstas en esta Constitución y las que establezcan las leyes, por razones de
desarrollo humano, seguridad, sanidad, protección del ambiente u otras de interés
social.
El Estado promoverá la iniciativa privada, garantizando la creación y justa
distribución de la riqueza, así como, la producción de bienes y servicios que
satisfagan las necesidades de la población, la libertad de trabajo, empresa,
comercio, industria, sin perjuicio de su facultad para dictar medidas para
planificar, racionalizar y regular la economía e impulsar el desarrollo integral del
país.
De esta manera, el Título IV de la sección cuarta del Capítulo I tiene como
fundamento de las contrataciones públicas en el Artículo 150 que
establece que la celebración de los contratos de interés público nacional
requerirá la aprobación de la Asamblea Nacional en los casos que determine la
ley. No podrá celebrarse contrato alguno de interés público municipal, estadal o
nacional con Estados o entidades oficiales extranjeras o con sociedades no
domiciliadas en Venezuela, ni traspasarse a ellos sin la aprobación de la Asamblea
Nacional. La ley podrá exigir en los contratos de interés público determinadas
condiciones de nacionalidad, domicilio o de otro orden, o requerir especiales
garantías.
De igual forma, el artículo 151 establece que , los
contratos de interés público, si no fuere improcedente de acuerdo con la naturaleza
de los mismos, se considerará incorporada, aun cuando no estuviere expresa, una
cláusula según la cual las dudas y controversias que puedan suscitarse sobre
dichos contratos y que no llegaren a ser resueltas amigablemente por las partes
21
contratantes, serán decididas por los tribunales competentes de la República, de
conformidad con sus leyes, sin que por ningún motivo ni causa puedan dar origen
a reclamaciones extranjeras.
El Código Civil en el título III de las obligaciones de la sección I de los
contratos establece en el artículo 1.133 que el contrato es una convención entre
dos o más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre
ella un vínculo jurídico, de igual forma en el artículo 1.630 establece que el
contrato de obras es aquel mediante el cual una parte se compromete a
ejecutar determinado trabajo por sí o bajo su dirección, mediante un precio que la
otra se obliga a satisfacerle.
Ley de Contrataciones Públicas en el Titulo De la contratación Capitulo I
Aspectos Generales de la Contratación en el artículo 93 a los efectos de la
formalización de los contratos los órganos o entes contratantes deberán contar con
la siguiente documentación:
1. documentación legal de la persona natural o jurídica.
2. El pliego de condiciones y la oferta.
3. Solvencia y garantías requeridas.
4. Cronograma de desembolso de la contratación de ser necesaria.
5. Certificado que establezcan la garantía respectiva y sus condiciones.
Por otra parte, el artículo 94 dispone de la firma del contrato, que tiene un lapso
máximo de ocho días hábiles contados a partir de la notificación de la
adjudicación.
3.4 Definición de Términos.
1. Contratos Públicos: es un acuerdo de voluntades, celebrado conforme a
derecho, entre un ente nacional, estadal o municipal en ejercicio de la función
22
administrativa y un particular, sea persona natural o jurídica, del cual surgen
derechos y obligaciones y cuya finalidad es de carácter público.
2. Administración Pública: No es mas que un conjunto de funciones
desempeñadas por órganos nacional, estadal o municipal y cuya finalidad es
satisfacer las necesidades generales de la población en cuanto a servicios
públicos.
3. Estado: Cuando se habla de estado se refiere a una forma de organización
social, económica, política soberana y coercitiva, formada por un conjunto de
instituciones, entes u órganos, que tiene el poder de regular la vida comunitaria
nacional, estadal y municipal.
4. Contrato: Es el instrumento jurídico que regula la ejecución de una obra,
prestación de un servicio o suministro de bienes, incluidas las órdenes de compra
y ordenes de servicio, que contendrán al menos las siguientes condiciones: precio,
cantidades, forma de pago, tiempo y forma de entrega y especificaciones
contenidas en el pliego de condiciones.
5. Contratista: Toda persona natural o jurídica que ejecuta una obra, suministra
bienes o presta un servicio no profesional ni laboral, para alguno de los órganos y
entes sujetos, en virtud de un contrato, sin que medie relación de dependencia.
6. Participante: Es cualquier persona natural o jurídica que haya adquirido el
pliego de condiciones para participar en un Concurso Abierto o un Concurso
Abierto Anunciado Internacionalmente, o que sea invitado a presentar oferta en un
Concurso Cerrado o Consulta de Precios.
7. Pliego de Condiciones: Es el documento donde se establecen las reglas
básicas, requisitos o especificaciones que rigen para las modalidades de selección
de contratistas.
23
8. Calificación: Es el resultado del examen de la capacidad legal, técnica y
financiera de un participante para cumplir con las obligaciones derivadas de un
contrato.
9. Clasificación: Es la ubicación del interesado en las categorías de
especialidades del Registro Nacional de Contratistas, definidas por el Servicio
Nacional de Contrataciones, con base a su capacidad técnica general.
10. Oferta: Es aquella propuesta que ha sido presentada por una persona natural o
jurídica, cumpliendo con los recaudos exigidos para suministrar un bien, prestar
un servicio o ejecutar una obra.
11. Oferente: Es la persona natural o jurídica que ha presentado una
manifestación de voluntad de participar una oferta.
12. Concurso Abierto: Es la modalidad de selección pública del contratista, en la
que pueden participar personas naturales y jurídicas nacionales y extranjeras.
13. Concurso Cerrado: Es la modalidad de selección del contratista en la que al
menos cinco (5) participantes son invitados de manera particular a presentar
ofertas por el órgano o ente contratante, con base en su capacidad técnica,
financiera y legal.
14. Consulta de Precios: Es la modalidad de selección de contratista en la que, de
manera documentada, se consultan precios a por lo menos tres (3) proveedores de
bienes, ejecutores de obras o prestadores de servicios.
24
CAPITULO IV
FASE METODOLÓGICA
4.1 Diseño de la investigación
De acuerdo con el problema plateado y atendiendo a los objetivos propuestos,
la investigación que se llevara a cabo es de tipo documental. En tal sentido, se
entiende por investigación documental el estudio de problemas con el propósito
de ampliar y profundizar el conocimiento de su naturaleza, con apoyo
principalmente en trabajos previos, información y datos divulgados por medios
impresos, audiovisuales o electrónicos. La originalidad del estudio se refleja en el
enfoque, conceptualizaciones, reflexiones, conclusiones, recomendaciones y en
general, en el pensamiento del autor.
Dada las características de la investigación el diseño de la investigación que se
aplicara es el tipo documental, por cuanto existe la obligatoria aplicabilidad de un
conjunto de leyes, especialmente la Ley de Contrataciones públicas y consultas a
trabajos previos relacionados con el tema.
4.2 Tipo de investigación.
Según el problema y los objetivos planteados, el estudio es de tipo documental
y descriptivo. Según Arias (2006), considera que la investigación de tipo
descriptiva consiste en la caracterización de un hecho, fenómeno, individuo o
grupo, con el fin de establecer su estructura o comportamiento. Los resultados de
este tipo de investigación se ubican en un nivel intermedio en cuanto a la
profundidad de los conocimientos se refiere (p.25).
25
4.3 Nivel de Investigación.
El nivel de investigación para el presente trabajo correspondió a la modalidad,
descriptiva, por tratarse de un análisis de las contrataciones de obras del estado
venezolano con empresas privadas en la modalidad de concurso cerrado. En este
orden de ideas Arias (2006), expresa en cuanto a la profundidad que “El nivel de
investigación se refiere al grado de profundidad con que se aborda un fenómeno u
objeto de estudio”, y en cuanto a su nivel expresa que “la investigación
descriptiva consiste en la caracterización de un hecho, fenómeno, individuo o
grupo, con el fin de establecer su estructura o comportamiento”.
4.4 Técnicas e instrumentos de recolección de datos.
Para Méndez C. (1993) citado por Arias (2006). “La información es la materia
prima por lo cual puede llegarse a explorar, describir y explicar hechos o
fenómenos que definen un problema de investigación”. Es por ello, que se hace
necesario estructurar técnicas de recolección de datos para así construir los
instrumentos que permitan obtener tales datos de la realidad. Tomando en
consideración la modalidad de la investigación, se utilizó principalmente la
técnica de revisión bibliográfica, análisis y síntesis de la información contenida en
textos ubicados en bibliotecas, hemerotecas y archivos. Por otra parte, los
instrumentos de la recolección vienen a ser aquellos que utiliza el investigador
para armar su base de datos, utilizando las fichas técnicas, resumen y subrayado
donde la investigadora recogió situaciones similares o diferentes de las normas
que rigen la materia que constituye el objeto del análisis.
4.5 Fase metodológica.
Para la elaboración de este informe se realizaron de manera sistemática un
conjunto de fases, las cuales son:
Fase I. Describir el proceso de selección de contratistas en la modalidad de
Concurso Cerrado en las Contrataciones Públicas. Primeramente se levanta acta
de inicio del procedimiento, se seleccionan al menos cinco contratistas para que
26
presenten sus ofertas mediante una invitación del pliego de condiciones e indica
el día y la hora del acto público o de recepción y apertura de sobres que contengan
las ofertas, procede a iniciarse el acto de apertura de sobres, culmina el acto de
recepción de documentos, la Comisión de Contrataciones verifica el contenido del
mismo sin evaluando los documentos, levanta el acta donde se dejará constancia
de lo recibido y Cuantifica las Ofertas, que ofrezcan mayor ventaja al estado.
Realiza informe de recomendación de otorgamiento de la adjudicación a la
contratista que resulte ganador según los criterios y mecanismos previstos en el
pliego de condiciones o declara desierta la modalidad de contratación, dentro del
lapsos establecidos se realiza la notificación de la adjudicación y se procede a la
firma del contrato, en caso de que el contratista oferente no pueda cumplir con lo
establecido en el contrato se envía a la máxima autoridad del ente u órgano
contratante para que adjudique a la segunda y tercera.
Fase II Determinar lo que establece la ley en cuanto a las contrataciones de
obras en la modalidad de concurso cerrado. En cuanto a lo que determina la ley
para la participación en el concurso cerrado en caso de construcción de obras
siempre será cuando la obra sea superior a las veinte mil unidades tributarias hasta
cincuenta mil unidades tributarias, ya que esto tiene como finalidad seleccionar a
la mejor oferta, y que sea de manera imparcial y segura la selección de la misma.
Fase III. Estudiar que son las cláusulas exorbitantes en los contratados
administrativos celebrados por el Estado Venezolano. Se entiende que en los
contratos administrativos existen reglas propias y estas autorizan a la
Administración para rescindir unilateralmente los contratos administrativos y en
este sentido los principios de autonomía de la voluntad e igualdad jurídica de las
partes quedan subordinados en el contrato administrativo y es el interés público
que prevalece sobre los privados, por lo tanto la Administración queda investida
en una posición de superioridad así como prerrogativas, propias de las clausulas
exorbitantes y que se extienden a la interpretación, modificación y resolución de
contratos.
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CAPITULO V
RESULTADOS CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.
5.1 Resultados.
Fase I Esta fase da a conocer de forma resumida el procedimiento que sigue
mayormente la administración cuando celebra un contrato con particulares bajo la
selección de concurso cerrado, describiendo lo que normalmente se lleva a cabo
para la selección y contratación que pretenda realizar una obra determinada.
Fase II Al respecto de lo que establece la ley de contrataciones públicas en
cuanto a la modalidad de concurso cerrado es importante destacar que para hablar
de construcción de obras, se debe cumplir un requisito esencial para que proceda
dicha modalidad es que el precio estimado de la obra debe ser superior a las veinte
mil unidades tributarias y no podrá excederse de las cincuenta mil unidades
tributarias, posterior a esto el ente u órgano contratante, realiza la invitación de al
menos cinco contratista que se encuentren inscritas en el registro nacional de
contratista, luego presenta el pliego de condiciones del contrato, el cual establece
todas las especificaciones y detalles en relación a los requerimiento del mismo.
Fase III. Esta fase deja como resultado los conocimientos básicos sobre las
potestades que tiene el estado a la hora de celebrar un contrato con particulares, a
través de las llamadas cláusulas exorbitantes en las cuales se le conceden a la
Administración Publica privilegios frente a los particulares
5.2 Conclusiones.
Fase I Es la modalidad de selección del contratista en la que al menos cincos
participantes son invitados de manera particular a presentar ofertas por el órgano o
ente contratante, con base en su capacidad técnica, financiera y legal. Los
proveedores previamente seleccionados, presentan sus ofertas a los órganos o
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entes contratantes y se selecciona entre los participantes que formule la propuesta
más conveniente, de acuerdo con las condiciones establecidas.
Fase II A pesar que existe la ley de contrataciones públicas y establece el
procedimiento para la contratación de obras en la modalidad de concurso cerrado,
es notable la falta de conocimiento y de interés de aplicar lo establecido por la ley
por parte de algunos funcionarios públicos, quienes muchas veces ejercen sus
funciones a su manera y no como contempla la ley y es aquí donde ocurren los
actos ilícitos en los entes u organismos del Estado.
Fase III. Las llamadas cláusulas exorbitantes son prerrogativas que se le
otorga a la administración pública que tienen su fundamento en el Derecho
Positivo, como expresión de la supremacía jurídica que ostenta la Administración
Pública en las relaciones jurídicas en que interviene.
5.3 Recomendaciones.
Fase I A las distintas universidades en sus escuelas de derecho, deben tomar
en consideración la importancia de los procedimientos administrativos que existen
en la cátedra derecho administrativo, a los fines de profundizar sus conocimientos
acerca de estos procedimientos, especialmente lo referente a la selección del
contratista en la modalidad de concurso cerrado con el objeto de proceder a la
contratación publica para la ejecución de obras de interés publico.
Fase II Se sugiere que haya una mayor supervisión y control hacia los
funcionarios encargados del otorgamiento de contratos, para que estos cumplan
cabalmente con lo que establece la ley y de esta forma se cumpla con realización
de las obras determinadas.
Fase III Se recomienda a los estudiantes de derecho que de una u otra forma
pretendan ejercer el área del derecho administrativo, estudien y amplíen sus
conocimientos en la peculiaridad que existe en el mismo, en la existencia de
prerrogativas que se le otorgan a la Administración Pública a la hora de contratar
29
con particulares, dichas prerrogativas se manifiestan a través de las cláusulas
exorbitantes.
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BIBLIOGRAFÍA
Arias, F. (2006). El Proyecto de Investigación. (5 ed.). Caracas, Venezuela:
Editorial Episteme.
Brewer-Carías, A. (2011) Sobre Los Contratos Del Estado En Venezuela.
Publicado en Revista Mexicana Statum Rei Romanae de Derecho
Administrativo, No. 6, Homenaje al Dr. José Luis Meilán Gil, Monterrey,
México: Facultad de Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de
Nuevo León.
Carrillo, B. (2000) Derecho Civil IV, Volumen I. Teoría General del Contrato.
(3era ed.), Caracas, Venezuela: Editorial Reus.
Condigo Civil de Venezuela. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela Nº 2.990 extraordinario, del 26 de julio de 1.982. Gaceta Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.264, del 15 de septiembre de
2.009.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela Nº 5.433 extraordinario, del 24 de marzo
de 2000.
Decreto Ley de Contrataciones Públicas. Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela Nº 38.895 del 25 de marzo de 2008. Reforma en
2010. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.503,
del 06 de septiembre de 2010.
Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas. Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela N° 39.181 del 19 de mayo de 2009.