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Teora General del Derecho
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TEORA GENERAL DEL DERECHO
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Sesin No. 11
Teora de la decisin judicial Al finalizar la sesin, el participante ser capaz de:
Analizar la teora de la decisin judicial, tomando en cuenta su interpretacin del
derecho mediante el razonamiento lgico-jurdico y la manera que tiene para
argumentar.
Contextualizacin
Las decisiones que toman los juzgadores tienen la finalidad de dirimir
controversias que se suscitan entre los particulares, o entre stos y las
autoridades, segn la instancia en la que se ventile la controversia y el objeto de
la misma, pero la razn de ser de los rganos judiciales es la de permitir que los derechos sustantivos tengan una forma de hacerse valer y para ello, se establece el Poder Judicial.
Su principal funcin es la de impartir justicia aplicando las normas de nuestro sistema jurdico, haciendo que sea posible el acceso a la justicia.
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Introduccin al Tema
En nuestro pas, la Constitucin establece que la forma de gobierno es de una
Repblica, Representativa, Democrtica y Federal. El sistema Federal se refiere
a que existen dos niveles de gobierno: el de las entidades federativas y el de la
Federacin. Los Estados se dan libremente su propia Constitucin, en la que
establecen su propia forma de gobierno sin contravenir la Constitucin Federal. Dentro de la Constitucin Federal encontramos la divisin de los Poderes, o mejor dicho, encontramos que el Poder se divide en tres funciones
para su mejor ejercicio, as el Poder Judicial Federal se encarga de resolver
controversias impartiendo justicia para mantener el equilibrio con los otros
Poderes.
En las Constituciones locales tambin encontraremos que existe un Poder Judicial encargado de resolver conflictos entre los particulares, aplicando normas que forman parte de la legislacin del Estado.
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Explicacin
9.1 La decisin judicial, su interpretacin, razonamiento y argumentacin
Las decisiones judiciales recurren a la interpretacin del derecho para su
aplicacin, realizan un razonamiento lgico jurdico y argumentan para sostener
o fundamentar sus decisiones.
De estas tres figuras hablaremos a continuacin:
Interpretacin
Interpretar es atribuir el sentido a una norma jurdica, es decir, se trata de decir qu significado
le corresponde, pues no siempre
es posible que el texto de la ley
nos aplique de manera exacta a
todas las situaciones jurdicas
concretas.
Cualquiera que tenga la
necesidad de aplicar o entender una norma, es intrprete de la ley, obviamente
el Juez es uno de los grande intrpretes pues tiene la funcin estatal de dirimir
situaciones concretas, pero los particulares tambin tenemos la necesidad de
aplicar norma, por ejemplo cuando celebramos actos jurdicos, como los
contratos, etctera.
Razonamiento
El razonamiento de aplicacin de los preceptos del derecho es de tipo silogstico. Un silogismo es un razonamiento que contiene tres proposiciones
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(mayor, menor y conclusin), cuya conclusin es deducida de la mayor por
medio de la menor.
En este caso, la premisa mayor es la norma y la menor es el juicio que declara
realizado el supuesto de aqulla y la conclusin es la consecuencia que se les
aplica a los implicados en la premisa menor.
Argumentacin
Argumentar es persuadir y convencer de una idea a otro para que le lleve a cabo. Los rganos encargados de llevar a cabo la funcin de juzgar tienen la obligacin de fundar y motivar sus decisiones, as lo establece el artculo 16
constitucional que establece: Nadie puede
ser molestado en su persona, familia,
domicilio, papeles o posesiones, sino en
virtud de mandamiento escrito de la
autoridad competente, que funde y motive la
causa legal del procedimiento.
La motivacin se refiere a la explicacin de parte de la autoridad sobre por qu la norma es aplicable al caso concreto y para ello se utiliza el silogismo lgico-
jurdico, cuyo conjunto forma un argumento
para apoyar la decisin.
9.2 Los problemas de Interpretacin.
Existen varios mtodos de interpretacin, por lo que en ese sentido surgen
problemas para tener una igualdad de pensamiento entre los juzgadores, pues
todo radica en la discrecionalidad y forma que utilice para interpretar las leyes.
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Mtodo exegtico. Consiste en aplicar el texto legal conforme a su letra, sin tratar de suplantar la voluntad del legislador. En este sentido hablamos
de una interpretacin gramatical. Sin embargo, no siempre es suficiente el
texto de la ley pues se dan situaciones en las que es oscuro o incompleto,
incluso, en el que existen lagunas y es ah donde se debe recurrir a otras
formas distintas.
La escuela histrica. Afirma que para interpretar la ley se debe recurrir al momento histrico en el que fue creada la norma para ubicarse en un
punto temporal que permita desentraar el significado de la ley.
La escuela del derecho libre. Es una tendencia especfica de doctrinarios del
derecho que hacen
una crtica al mtodo
exegtico que afirma
un apego
incondicional a los
textos legales y al
juez, que ste debe
realizar, una labor
creadora y personal
cuando existe la insuficiencia de la ley, es decir, aproxima al juzgador al
papel d el legislador. Algunos de sus doctrinarios son Gustavo Radbruch y
Kelsen.
En nuestro pas la Constitucin seala en su artculo 14 las formas de interpretar
e integrar el derecho:
En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analoga, y
an por mayora de razn, pena alguna que no est decretada por una ley
exactamente aplicable al delito de que se trata.
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En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deber ser conforme a la letra
o a la interpretacin jurdica de la ley, y a falta de sta se fundar en los
principios generales del derecho.
9.3 Anlisis del mtodo jurdico en la historia y las escuelas de interpretacin
Existen varias escuelas que a travs de la historia nos menciona las diferentes
vertientes utilizadas para la interpretacin jurdica.
La Escuela de la Exegesis. Tiene como finalidad fundamental la reduccin del derecho a la ley, especficamente del Derecho Civil al
Cdigo de Napolen. Algunos puntos distintivos de esta escuela son: 1)
El culto al texto de la ley, como ley viva, aplicable y obligatoria.
(Demolombe). 2) E l predom i
interpretacin de la ley, La ley est constituida por la voluntad del
legislador. 3) E l carcter e
supremaca del legislador, es decir del Estado.
La escuela histrica. A su juicio el derecho no es un producto abstracto de la razn humana, sino ms bien es el resultado del espritu del pueblo.
Sostiene Savigny: El derecho se crea por las costumbres y las creencias
populares, luego por la jurisprudencia, pero no por el arbitrio de algn
legislado. la legislacin se interpreta como meras disposiciones
provisionales dirigidas a los tribunales.
La Jurisprudencia dogmtica. Se dice que la jurisprudencia se ocupa del derecho positivo para construir, a partir de l, un sistema unitario y
coherente a travs de un mtodo lgico jurdico.El sistema jurdico
(construido por la jurisprudencia) es un conjunto de normas, reglas y
principios jurdicos que permite regular cualquier caso de la vida social.
De ah que no existan lagunas.
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Jurisprudenca de conceptos. La metodologa de esta escuela se basa en analizar perfectamente todos los conceptos y subconceptos que de
ellos se derivan para as tener una plena inteligencia del derecho, lo que a
la vez viene a garantizar la seguridad en su aplicacin.
El sociologismo y la escuela del Derecho Libre. Esta escuela tiene como finalidad que los procedimientos de interpretacin o integracin son
en gran medida ficticios. As, el intrprete debe elegir las premisas legales
para obtener una conclusin deseada, que no necesariamente es la que
quiso el legislador, y as, la deduccin lgica no pasa de ser mera
apariencia: no est al servicio de la verdad sino del inters.
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Conclusin
Las decisiones judiciales deben tomarse en base a las normas establecidas por
el Estado para regular la conducta social. Estas normas son creadas por el
Poder Legislativo y aplicadas por el Poder Judicial, es por ello que debe
interpretarlas siguiendo diferentes mtodos o modelos interpretativos: como el
gramatical, el histrico, los principios generales del derecho e incluso, en
ocasiones, deber llenar las lagunas que presente la ley, puesto que el
legislador, pudo dejar de prever situaciones que se presentaran en la realidad.
Al interpretar, el juzgador y los justiciables se apoyan en razonamientos lgico-
jurdicos, llamados silogismos, todo ese conjunto de razonamientos conforman al
argumentacin, que vendr a convencer a las partes de un conflicto sobre la
decisin, o bien a servir de base para su impugnacin. As es como podemos
evidenciar que el Estado de derecho busca sus cimientos en la razn, no en la
imposicin o en la fuerza.
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Para aprender ms
Sahu, A. (2012). Diplomado en funcin jurisdiccional. http://brd.unid.edu.mx/diplomado-en-funcion-jurisdiccional/
Anchondo, E. (s.f.). Mtodos de interpretacin Jurdica. Mxico: UNAM. http://brd.unid.edu.mx/metodos-de-interpretacion-juridica/
Tamayo, R. (2013). Razonamiento y Argumentacin jurdica. El paradigma de la racionalidad. Mxico:
UNAM. http://brd.unid.edu.mx/razonamiento-y-argumentacion-juridica-el-
paradigma-de-la-racionalidad/
Ledesma, J.J. (s.f.). Razonamiento y argumentacin jurdica. http://brd.unid.edu.mx/razonamiento-y-argumentacion-juridica/
http://www.tsjyuc.gob.mx/capacitacion/materiales/diplomadoFuncionJurisdiccional/TeoriaArgumentacionJuridica.pdfhttp://www.tsjyuc.gob.mx/capacitacion/materiales/diplomadoFuncionJurisdiccional/TeoriaArgumentacionJuridica.pdfhttp://brd.unid.edu.mx/diplomado-en-funcion-jurisdiccional/http://brd.unid.edu.mx/metodos-de-interpretacion-juridica/http://brd.unid.edu.mx/razonamiento-y-argumentacion-juridica-el-paradigma-de-la-racionalidad/http://brd.unid.edu.mx/razonamiento-y-argumentacion-juridica-el-paradigma-de-la-racionalidad/http://brd.unid.edu.mx/razonamiento-y-argumentacion-juridica/
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Actividad de Aprendizaje Instrucciones:
Una vez que hayas revisado la sesin en su totalidad, realiza la siguiente
actividad:
Desarrolla un reporte en el cual debes aplicar el mtodo exegtico a la interpretacin de alguna norma que elijas, explica las dificultades o
ventajas que tuviste al aplicar este mtodo e indica si preferiras algn
otro y por qu. Adems indica a qu rgano debe acudir, una vez que
ubiques si se trata de asunto federal o local.
Debes mencionar los conceptos sin utilizar los proporcionados en esta sesin y debes ejemplicar cada uno de ellos.
Realzalo en cualquier programa, al final tendrs que guardarlo como imagen en formato PDF para subirlo a la plataforma de la asignatura.
Debes utilizar el sistema APA para citar.
En esta actividad se tomar en cuenta lo siguiente:
Datos generales Introduccin Desarrollo Conclusin Referencias bibliogrficas Ortografa y redaccin
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Bibliografa
Anchondo, E. (s.f.) Mtodos de interpretacin Jurdica. Mxico: UNAM. http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/qdiuris/cont/16/cnt/
cnt4.pdf
Diccionario Larousse. (2007). Mxico: Larousse.
Dvila, G. D. (2006). Introduccin a la retrica y la argumentacin . Mxico: Suprema Corte de Justicia de la Nacin.
Garca, E. (2000). Introduccin al Estudio del Derecho. Mxico: Porra.
Ledesma, J.J. (s.f.). Razonamiento y argumentacin jurdica. http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/33/pr/pr46.pdf
Siches, L. R., & Recasens, L. (2003). Introduccin al Estudio del Derecho. Mxico: Porra.
Sahu, A. (2012). Diplomado en funcin jurisdiccional. http://www.tsjyuc.gob.mx/capacitacion/materiales/diplomado
FuncionJurisdiccional/TeoriaArgumentacionJuridica.pdf
Tamayo, R. (2013) Razonamiento y Argumentacin jurdica. El paradigma de la racionalidad. Mxico: UNAM
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=1516
Vizcano, M.T. (2009). Introduccin al Estudio del Derecho. Mxico: Ediciones de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.
http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/qdiuris/cont/16/cnt/cnt4.pdfhttp://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/qdiuris/cont/16/cnt/cnt4.pdfhttp://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/33/pr/pr46.pdfhttp://www.tsjyuc.gob.mx/capacitacion/materiales/diplomadoFuncionJurisdiccional/TeoriaArgumentacionJuridica.pdfhttp://www.tsjyuc.gob.mx/capacitacion/materiales/diplomadoFuncionJurisdiccional/TeoriaArgumentacionJuridica.pdfhttp://www.tsjyuc.gob.mx/capacitacion/materiales/diplomadoFuncionJurisdiccional/TeoriaArgumentacionJuridica.pdfhttp://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=1516
Sesin No. 11Teora de la decisin judicialContextualizacinIntroduccin al TemaExplicacinConclusinPara aprender msActividad de AprendizajeBibliografa
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