sociedad colectiva
Post on 13-Apr-2016
34 Views
Preview:
TRANSCRIPT
SOCIEDAD COLECTIVA
CARACTERISTICAS ESENCIALES:
• Sociedad de personas.
• El capital social se conforma por aportes de servicios o de capitales.
• Persona jurídica (Art 6 LGS).
• Nombre colectivo y razón social.
• Responsabilidad ilimitada y solidaria frente a terceros.
• Carácter subsidiario (Art 273 LGS)
RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS.
Ilimitada
• Responden por el todo cualquier socio.
Solidaria
• El acreedor se dirige contra cualquiera de los socios
LA RAZÓN SOCIAL.
SOCIEDAD COLECTIVA =
Expresión “Sociedad Colectiva” o Las siglas “S.C”
Nombre de todos o alguno de los
socios+
IMPORTANTE: Si un tercero sin ser socio permite que su nombre figure en la razón social, asume la responsabilidad solidaria e ilimitada.
DURACIÓN
“La Sociedad Colectiva tiene un PLAZO FIJO de duración. Salvo que, la totalidad
de los socios acuerden PRÓRROGAR EL PLAZO”
• Se adopta por acuerdo unánime de los socios.
• Se inscribe en el Registro
MODIFICACIÓN DEL PACTO SOCIAL.
FORMACIÓN DE LA VOLUNTAD SOCIAL
El estatuto regula como se van a relizar las Juntas de Socios.
Existen dos modalidades de votación para adoptar acuerdos:
La votación por persona (cabeza).
La votación por capitales.
ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA SOCIEDAD COLECTIVA
LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS
LA ADMINISTRACIÓN
Administ. Individual.Administ. PluralAdminist. Mixta.Administ. Por un tercero
BENEFICIO DE EXCUSIÓN
El socio puede señalar a los acreedores los bienes que
posee la Sociedad para que puedan cobrar sus
acreencias. Agotados lo bienes sociales; el acreedor
puede ejecutar el patrimonio civil de los
socios.
TRANSFERENCIA DE PARTICIPACIONES SOCIALES.
Trasnfiere las participaciones por CESIÓN DE DERECHOS
Requisitos:
•Aprobación expresa de los demás socios.•La transferencia se realiza vía Escritura Pública.•Los actos anteriores a la transferencia son de responsabilidad solidaria e ilimitada del transferente•Caduca la obligación a los 02 años contados a partir de la trasferencia
top related