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Escuela Segura

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En nuestra escuela…Aprendemos a convivir

Abril 2015

Dirección General de Desarrollo de la Gestión eInnovación Educativa

ENFOQUE DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Programa Escuela segura

Implicaciones de las Reglas de Operación 2015,

en la Planeación Anual

Actividades de trabajo

• Revisión general Reglas de Operación 2015

Lean e identifiquen:

Diagnóstico (ELDEB)

Los objetivos general y específico

Población objetivo

Características de los apoyos (tipo y monto), porcentajes.

Tipos de apoyos a las escuelas (Técnico y financiero)

Obligaciones de las AEL

• A través de la instancia correspondiente que determine cada AEL, deberá otorgarse apoyo técnico en materia de convivencia escolar a todas las escuelas beneficiadas por el Programa consistente en:

Apoyo técnico (al menos 40%)

• a) Acceso a una Red de Apoyo, que proporcionará asesoría especializada en materia de inclusión, prevención de la violencia, intervención en crisis y resolución pacífica de conflictos, entre otros temas vinculados con la convivencia escolar.

• b) Asesoría para la aplicación del MLCE. Difundirlo y asesorar a las escuelas de Educación Básica para la creación de los Acuerdos de Convivencia Escolar.

• c) Proyectos a favor de la convivencia escolar que pueden consistir en:

i. Capacitación al personal educativo en temas vinculados de manera directa con la convivencia escolar.

• ii. Material bibliográfico, audiovisual, digital o didáctico orientado a fortalecer las competencias del personal docente y directivo, alumnado y/o familias, en temas relacionados con la convivencia escolar.

• iii. Acciones de formación para alumnado y/o familias, impartidas por especialistas en convivencia escolar.

• iv. Actividades artísticas, culturales, deportivas, de participación infantil y juvenil, ferias y exposiciones en temáticas alineadas al enfoque del programa

• Las escuelas que participen en el Programa recibirán al menos los apoyos señalados en los incisos a) y b) durante el ejercicio fiscal 2015.

• En caso de disponibilidad presupuestaria, se otorgará a las escuelas los apoyos técnicos señalados en los incisos i) a iv). Dichos apoyos deberán proporcionarse de acuerdo con las necesidades manifestadas por las escuelas en su Ruta de Mejora Escolar.

• Se otorga con base en la disponibilidad presupuestaria.• Las AEL determinarán un importe de $5,000.00 hasta $35,000.00.• Se dará prioridad a las escuelas que se localicen en los polígonos definidos por el

PNPSVyD.• Las escuelas podrán destinar el apoyo financiero a los siguientes conceptos de gasto:

a) Capacitación al personal educativo en temas vinculados de manera directa con la convivencia escolar, en el marco de equidad, inclusión y equidad de género.

b) Material bibliográfico, audiovisual, digital o didáctico orientado a fortalecer las competencias del personal docente, directivo, alumnas/os y/o familias, en temas relacionados con la convivencia escolar.

c) Acciones de formación para alumnas/os y/o familias, impartidas por especialistas en convivencia escolar, favoreciendo los temas relacionados con el ejercicio de los derechos humanos, la igualdad de género, la inclusión, las prácticas democráticas y la resolución pacífica de conflictos.

d) Actividades artísticas, culturales, deportivas, de participación infantil y juvenil, ferias y/o exposiciones en temáticas alineadas al enfoque del Programa.

e) Mejoras en los espacios físicos y equipamiento que favorezcan la inclusión de personas con algún tipo de discapacidad.

Apoyo financiero a las escuelas

• Las instancias ejecutoras del Programa están obligadas a reintegrar a la TESOFE los recursos que no se destinen a los fines autorizados, y aquéllos que al cierre del ejercicio no se hayan devengado.

En ningún caso se podrán utilizar los recursos financieros asignados a las AEL y a las escuelas para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos de personal directivo, docente o empleadas/os que laboren en la SEP y en las escuelas beneficiadas por el Programa, o en las AEL. Del mismo modo, las AEL así como las escuelas no podrán destinar los recursos financieros del Programa para la adquisición de equipo de cómputo (excepto aquel que se destine a favorecer la inclusión de personas con discapacidad), equipo administrativo, línea blanca, material de oficina o vehículos.

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