preguntale a servirinst.servir.gob.pe/files/comunicaciones/boletines...herramienta del perÚ que...

Post on 06-Oct-2018

218 Views

Category:

Documents

0 Downloads

Preview:

Click to see full reader

TRANSCRIPT

HERRAMIENTA DEL PERÚ QUE CRECE

O������ 2012E������ 24

A�� 4

@l día

¿QUIÉNES FINANCIAN EL SUBSIDIO POR DESCANSO MÉDICO O LICENCIA PRE Y POST NATAL?

Los subsidios por descanso médico o licencia pre y post natal son co�nanciados por ESSALUD y la entidad empleadora. El co�nanciamiento establecido en la Ley Nº 29849 implica que EsSalud realiza una prestación económica a los trabajadores con descanso médico o licencia pre y post natal, teniendo como base máxima el equivalente al 30% de la UIT vigente en el ejercicio de cada asegurado, mientras que a la entidad empleadora le corresponde asumir la diferencia entre la prestación económica de EsSalud y la remuneración mensual del trabajador. Dicho co�nanciamiento se realiza a partir del 07 de abril de 2012, fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 29849 y se aplica a los trabajadores que empiecen a gozar o se encuentren gozando de descanso médico o licencia pre y post natal desde el 07 de abril de 2012

Casos:

En el caso de una trabajadora que ha �nalizado su licencia pre y post natal el 06 de abril de 2012, no sería de aplicación el co�nanciamiento, dado que la Ley Nº 29849 entró en vigencia el 07 de abril de 2012.

En el caso de una trabajadora que se encuentra con licencia pre y post natal desde el 02 de abril del 2012, el co�nanciamiento no sería realizado por el período que gozó la licencia y aún no entraba en vigencia la Ley Nº 29849 (desde el 02 de abril hasta el 06 de abril), pero si sería efectuado el co�nanciamiento desde el 07 de abril de 2012, fecha en la que aún se encontraba gozando de la licencia y entró en vigencia la Ley Nº 29849.

top related