la registrabilidad de las marcas gestuales en el perú
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8/18/2019 La Registrabilidad de Las Marcas Gestuales en El Perú
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LA REGISTRABILIDAD DE LAS MARCAS GESTUALES ENEL PERÚ
GUSTAVO ADOLFO GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ
1. INTRODUCCIÓNEl tráfco comercial, el desarrollo empresarial y el marketing han
posibilitado el surgimiento de diversidad de signos distintivos. En
eecto, como refere Fernández Novoa, en las postrimerías del siglo
se da el surgimiento a nuevas modalidades de signos distintivos
de los productos y servicios!, ya "ue al catálogo de marcas
tradicionales #sean denominativas, gráfcas y mi$tas%, se han
agregado nuevos tipos de marcas, como las sonoras, olativas y
táctiles. Esto conlleva la necesidad de observar el en&meno debiendo
considerar la capacidad de estos nuevos signos de ser representados
gráfcamente.En el derecho europeo se regula esta e$igencia en el artículo '(
de la )irectiva *+!-/EE, del '! de diciembre de !+** '. Esto es así,
para fnes de la tramitaci&n del registro correspondiente realizando al
eecto las publicaciones y aplicaci&n de prohibiciones de registro o laposibilidad de oposiciones, constituyendo dicha representaci&n el
substrato material "ue proporcione inormaci&n completa sobre el
signo cuyo registro se solicita.En el derecho regional de la /omunidad 0ndina, se despliega la
misma e$igencia cuando el artículo !1( de la )ecisi&n *2 dispone
"ue3 “ A efectos de este régimen constituirá marca cualquier
signo que sea apto para distinguir productos o servicios en el
mercado. Podrán registrarse como marcas los signos
susceptibles de representación gráca”.
! FE4N5N)E6 7 N8980, /arlos, :ratado sobre )erecho de ;arcas, ;arcial ociales >.0., '? ed., ;adrid 7 Espa@a, '--, p. !.
' 0rtículo '(3 A
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En cuanto a las posibilidades de los signos no convencionales
como los sonoros, olativos o táctiles, la discusi&n se centra en la
e$istencia o no de la representaci&n gráfca.)istinto es el caso en cuanto se trata de signos de tipo fgurativoD
no cabría mayor discusi&n al respecto y tanto la doctrina como la
Burisprudencia no deberían tener difcultades para el registro de
cual"uier signo de este corte, siempre y cuando no incurra en
prohibiciones absolutas no relacionadas a su capacidad de
representaci&n gráfca.
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tipo de signos es su capacidad de ser retenidos y comprendidos más
ácilmente y por un mayor nmero de consumidores o habitantes del
planeta, ya "ue evita la barrera idiomática.Este tipo de marcas ha ad"uirido la calidad de tradicional o
convencional, por su recurrencia en el uso y a lo largo de los a@os.
0sí, las marcas tradicionales son todas las "ue cuya aptitud han sido
reconocidas por el )erecho desde un tiempo más o menos
prolongado, tal como lo describe /orneBo JuerreroK.)entro de este tipo de marcas podemos agrupar a las "ue son
materia del presente trabaBo, es decir a las marcas gestuales. Lay
"ue tener en cuenta "ue la concreci&n de la comunicaci&n "ue se
instrumentaliza con el signo fgurativo es sumamente alta por sumeBor comprensi&n, pero no siempre resulta así si se trata de un signo
del tipo gestual, ya "ue en una latitud, determinado gesto puede
tener connotaciones culturales "ue no son las mismas si se cruzan las
ronteras. 0l respecto, mberto Eco se@ala "ue los signos son
elaborados por convenci&n, ya "ue si se ingresa a un restaurante y
muestro al camarero una botella de vino vacía, Hl entiende "ue lo "ue
pido es más vino y es como si diBera vino, aun"ue en una culturadistinta, el mismo gesto podría constituir una invitaci&n a beber2.
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otras partes del cuerpo, con "ue se e$presan aectos o se transmiten
mensaBes. Figura ! Figura ' Figura 1
)e dicha defnici&n se entiende "ue, undamentalmente, los
gestos son maniestaciones humanas "ue constituyen un canal de
comunicaci&n aectiva, inormativa o reguladora. No obstante, para
comprender el mensaBe del gesto, mucho interviene la convenci&n,
obviamente, si lo "ue se desea es comunicar un mensaBe unívoco.En la fgura ! se aprecia gestos con las manos en lo "ue sería
lenguaBe de se@as para personas con mudez. En la fgura ' se tiene
un gesto típico visto en un campo deportivo "ue connota una solicitud
de cambio, aun"ue puede signifcar un gesto de rechazo al arbitraBe
realizado por el entrenador y "ue es el sentido "ue le atribuye la
uente #)iario ;arca de Espa@a de ''-''-!-%. Ia fgura 1 es un
eBemplo de una marca gestual de la cerveza rahma "ue data de
!++1 y "ue se hizo popular con la selecci&n de rasil en el ;undial de
Estados nidos !++.
3.2. Las Marcas Gestuales
>e conciben como a"uellos movimientos realizados con lafnalidad de abstraer y atribuir distintividad a productos o servicios. >i
bien, la 8;ecretaría del /omitH
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hecho referencia a la posibilidad de considerar el gesto como
otro tipo de marca no tradicional. Posiblemente se necesite
más eperiencia para determinar si estas marcas son! en
realidad! otro tipo de marca animada o marca gurativa! o si!
por el contrario! constitu"en una clase de marcas
independiente. Si bien el registro de este tipo de signos
continua siendo ecepcional! al parecer su representación
gráca puede efectuarse por medio de un dibu#o o una
imagen " una descripción. $ás dif%cil puede ser demostrar
que el gesto sea distintivo para el tipo de bienes o servicios a
los que se pretende aplicar. &o ha" información sobre este
tipo de marca en las respuestas al cuestionario”.
4. LOS GESTOS COMO INSTRUMENTO DE DISTINTIVIDAD5. MARCAS GESTUALES EN LA JURISPRUDENCIA COMPARADA6. POSIBILIDADES DE REGISTRABILIDAD DE LA MARCA
GESTUAL EN EL PERÚ
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