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“Derechos humanos y salud”

Equipo 1

Almendariz Díaz Antonio

Cruz Juárez Diana Jazmín

Diliegros Aguirre Yonatan

Mejía Cruz Beatriz

HISTORIA, CONCEPTO Y ESTRUCTURA DE LOS

DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y

CULTURALES.

¿MODIFICACIÓN DEL CONCEPTO Y EL

ALCANCE?

Después de las guerras mundiales cuando se

violaban los derechos fundamentales.

Para que los derechos se consideraran universales

fue necesario que se garantizara una vida digna.

LOS DERECHOS SE SEPARAN BAJO DOS

ARGUMENTOS FUNDAMENTALES

• Derechos civiles y políticos: implican un deber de

abstención del estado y eran de aplicación

inmediata

• Derechos económicos, sociales, y culturales:

suponían una participación activa del estado y

eran de aplicación progresiva.

• Adoptan disposiciones positivas como la expedición de leyes o formulación de políticas.

Derechos de estado

• Están vinculados a la idea de la igualdad.

Derechos económicos,

sociales y culturales

• Derecho invocado por los sectores sociales oprimidos, entre en el nuevo contexto jurídico como elemento determinante para la consolidación de los derechos sociales en las concepciones liberales de la época.

La igualdad

PROCESO HISTÓRICO DE LA

FORMACIÓN DE LOS DERECHOS

SOCIALES: UNA HISTORIA QUE CONTAR.

Revolución Francesa de 1789 Nueva soberanía nacional.

Individuo Ciudadano Derechos y obligaciones.

Derechos individuales como bienes preciados del individuo exigen del Estado una posición de abstención.

Protección de libertades como imperio del

individuo.

Oposición a una intervención estatal

Derecho

El papel se concebía en status negativos.

Siglo XVIII la lucha ideológica por establecerlos como

bienes a los que las personas tenían titulo legitimo había

sido ganada.

Base de reconocimiento de derechos civiles y políticos:

Se estructura el concepto de estado de derecho.

Constituciones Europeas y Americanistas del siglo XVIII y XIX; se encuentran textos constitucionales con referencias expresadas a derechos sociales:

Asistencia en

situaciones de

necesidad.

Derecho al

trabajo

Alemania: seguridad social

Estados Unidos: se implementan medidas económicas que

desestabilizaron monopolios de industrias.

Administración del Santander: apoyo otorgado a la educación.

Derechos sociales establecidos a

finales del siglo XVIII y XIX en la

Constitución francesa y políticas

estatales de Alemania, Estados

Unidos y Colombia no pueden ser

interpretados como derechos

sociales debido a que entraran en

contraposición con ideas del

pensamiento clásico liberal.

Brotes de derechos sociales se presentan como criterios de acción publica del estado

Respecto al valor otorgado a la libertad del individuo.

Derechos contra la comunidad

política creada por ellos

Su existencia se justifico por protección de

derechos que ella misma aseguraba.

Derechos individuales

Los derechos sociales

encuentran su afirmación en las

constituciones 1que se

promulgaron el la 1ra posguerra

mundial.

Existe un acuerdo generalizado en considerar las constituciones mexicanas de Querétaro de

1917 y Alemania de Weimar 1919

La constitución de Querétaro

promulgo un nuevo Estado

fundamentado en garantías

individuales y derechos sociales

EL PUEBO ESPERA QUE LA

CONSTITUCION SEA

VERDADERA, REAL,

EFECTIVA,LIBERAL, Y

FUNDADA SOBRE BASES

INCONMOVIBLES A FIN DE QUE

SE MEJORE UN TANTO LA

CONDICION ECONOMICA,

POLITICA Y SOCIAL DE LOS

MEXICANOS

La constitución Mexicana de 1917 estatuyo un estado de demócrata, representativo,

federa; reconoció el derecho a la educación laica y gratuita, la jornada de trabajo máxima de

8 horas y las libertades de expresión y asociación de los

trabajadores.

Estas garantías constitucionales fueron

producto de las discusiones de la

republica de Querétaro.

La instauración de amplios derechos

sociales no estuvo acompañada de

mecanismos efectivos para su exigibilidad

por e3l pueblo Mexicano, debido a las

condiciones Históricas en que se

proclamo la constituciones de 1917

La constitución de Weimar fue promulgada en 1919 por

una Asamblea Nacional que fue conformada por 3 partidos

republicanos: los socialdemócratas, el partido democrático

Alemán y el centro enfrentaron la deplorable situación

económica de la posguerra, instaura un gobierno

republicano y una serie de garantías sociales que ayudan

a la población deprimida por la guerra a reconstruir la

nación Alemana.

Los derechos sociales

proclamados en dicha carta

fueron objeto de 2 teorías que en

el plano practico coincidían en

negarle tal calidad de derechos

debido a la imposibilidad de su

tutela inmediata y de ser

judicializables directamente

Es considerada la 1ra

carta en realizar un

acercamiento a una

definición jurídica de

los derechos sociales,

en contraposición a

las ideas liberales que

veían en tales

máximas un “

desarrollo de

principios meramente

políticas de justicia

social”

El carácter formal de los derechos

económicos, sociales y culturales

exigen el estudio de 3 elementos

fundamentales

El estado social de derecho

como estructura constitucional

La positivización

de los derechos en las

constituciones

Las formas de interpretacion de

los textos constitucionales

ESTADO SOCIAL DE DERECHO Y DERECHOS

ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

Los derechos económicos, sociales y culturales

convierten al estado en una instancia positiva

encargada de satisfacer las demandas de bienestar

y dignidad humana, es decir, este tipo de derechos

se estructuran bajo la forma de expectativas

positivas e imponen deberes de hacer, obligaciones

al poder político.

UBICACIÓN HISTÓRICA Y CONCEPTUAL

El estado de derecho, este estado nació como

oposición a los regímenes autoritarios de poder y

es así como su valor es la eliminación de la

arbitrariedad en el ámbito de la actividad estatal

que afecta a los ciudadanos, por eso se espera de

un estado libre el servicio absoluto al individuo.

¿Qué es el estado de derecho?

Es un Estado bajo el régimen del derecho.

este nació en oposición a los regímenes

autoritarios y su valor es la eliminación de la

arbitrariedad.

CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO DE DERECHO

Imperio de la ley: rige a gobernantes y a

ciudadanos

División de poderes: legislativo ejecutivo y

judicial. (predominio del legislativo).

Fiscalización de la administración: actuación

según la ley (poder ejecutivo).

Derechos y libertades fundamentales, garantías

jurídicas.

Se crea el estado social con características tales

como:

1. La realización de la igualdad a través de la

procurada un mínimo existencial.

2. Igualdad de oportunidades.

3. Procura del orden económico.

4. Procura de un orden social.

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