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ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DEMANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA EL ASCENSOR DE PASAJEROS
Y EL MONTACARGAS INSTALADOS EN LAS DEPENDENCIAS DE LA ENTIDAD
UBICADAS EN LA CALLE 16 N° 4 - 75/79 DE BOGOTÁ D.C.
INTRODUCCIÓN
En desarrollo de lo señalado en la Ley 80 de 1993, artículo 25, numerales 7 y 12, modificado
por el artículo 87 de la Ley 1474 de 2011, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015,
artículo 2.2.1.1.2.1.1, los siguientes son los estudios y documentos que soportan la contratación
directa de LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y
CORRECTIVO PARA EL ASCENSOR DE PASAJEROS Y EL MONTACARGAS
INSTALADOS EN LAS DEPENDENCIAS DE LA ENTIDAD UBICADAS EN LA CALLE 16 No.
4 - 75/79 DE BOGOTÁ D.C.
1. DEFINICIONES
Las expresiones utilizadas en el presente documento deben ser entendidas con el significado
que a continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de
acuerdo como lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con
mayúscula inicial deben ser entendidos de acuerdo con la definición contenida en el Decreto
1082 de 2015. Los términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su
significado natural y obvio.
ACTA DE INCIO
ACTA DE SUSPENSIÓN
ACTO ADMINISTRATIVO DE
ADJUDICACIÓN
CABINA
CDP (CERTIFICADO DE
DISPONIBILIDAD
PRESUPUÉSTALO
CONTRATISTA
Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se deja
constancia de que se han cumplido los requisitos de ejecución del contrato y se estipula
la fecha de inicio del plazo pactado. Será obligatoria cuando así se establezca en la
minuta correspondiente.1
Es el documento mediante el cual la Entidad, a través del supervisor o interventor, y el
contratista acuerdan la suspensión del plazo de ejecución del contrato, cuando se
presenten circunstancias de fuerza mavor o caso fortuito, o por acuerdo entre las partes.2
Es el documento por el cual la Entidad manifiesta su voluntad inequívoca de adjudicar o
declarar desierto un proceso de selección. Para las licitaciones públicas se expedirá una
Resolución, para las demás modalidades de selección dicha voluntad se expresará en
el acta correspondiente, salvo en la contratación directa, en la que se proferirá el acto
administrativo de justificación o el correspondiente documento de estudios previos.
Este acto es definitivo y no admite recursos, de manera que solo puede impugnarse
ante la jurisdicción contenciosa administrativa.
El acto de adjudicación es irrevocable, salvo que dentro del plazo comprendido entre la
adjudicación del contrato y su suscripción, sobrevenga una inhabilidad o
incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, este podrá
ser revocado, caso en el cual, la Entidad podrá aplicar lo previsto en el inciso final del
numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
Cuando se trate de una licitación pública, la adjudicación se hará en audiencia pública.3
Está formada por el bastidor o chasis y la caja o cabina. Es el elemento portante de los
ascensores. En sus extremos inferior o superior, se encuentra el sistema de paracaídas,
el cual libera unas cuñas contra las guías para frenar la cabina en caso de que baje a
más velocidad de la permitida por el limitador de velocidad, impidiendo que la cabina
pueda caer libremente incluso en el caso de que se partieran todos los cables que
sujetan la cabina]. En los ascensores de la actualidad también frena cuando la cabina
sube.4
Es el documento que deja constancia de la asignación de recursos de un determinado
rubro del presupuesto de la Entidad con el fin de destinarla a la selección de un
contratista en un proceso determinado, y cuya función o propósito es reservar recursos
presupuéstales para la celebración de un contrato orientado a la ejecución de un
proyecto o un programa específico, sin el cual dicho proyecto o programa se pueda llevar
a cabo.5
Es la persona natural o jurídica, nacional o extranjera, en forma individual o conjunta,
que suscribe un contrato estatal.6.
1 Manual de contratación - Procuraduría General de la Nación - Consulta efectuada el 12/01/2018
2Manual de contratación - Procuraduría General de la Nación - Consulta efectuada el 12/01/2018
3 Manual de contratación - Procuraduría General de la Nación - Consulta efectuada el 12/01/2018
4:http://provectosinqenieriaauavana.com/Descripcion-partes-Ascensores.html Consulta efectuada el 12/01/2018
5 Manual de Contratación, Procuraduría General de la Nación - Consulta efectuada el 12/01/2018
6 Manual de Contratación, Procuraduría General de la Nación - Consulta efectuada el 12/01/2018
CONTRATO
CUADROS DE MANEJO ENCABINA
CUARTO DE MAQUINAS
ELEVADOR 0 ASCENSOR
ESTUDIOS PREVIOS
GARANTÍAS
INTERVENTORÍA 0SUPERVISIÓN
MANTENIMIENTO CORRECTIVO
DE ASCENSOR O ELEVADOR
MANTENIMIENTO PREVENTIVO
DE ASCENSOR 0 ELEVADOR
MINUTA
MONTACARGAS
Son contratos estatales todos los actos jurídicos generadores de obligaciones quecelebren las entidades a que se refiere el presente estatuto, previstos en el derechoprivado o en disposiciones especiales, o derivados del ejercicio de la autonomía de lavoluntad7
Cuando una de las partes es una persona de derecho público, estaremos frente a uncontrato estatal; si las partes son todas personas jurídicas de derecho público tendremosun contrato ínter administrativo.8
Son los dispositivos que contienen los botones e indicadores de solicitud de pisos de unascensor.
El control funciona mediante sistemas electrónicos, encargados de hacer funcionar ladirección de movimiento de la cabina y de seleccionar los pisos en los que esta debadetenerse.
Los controles de ascensores funcionan con microprocesadores electrónicos quedeterminan la respuesta a los pedidos de llamadas coordinando los distintos equipospara trabajar en conjunto.
Los cuadros de maniobra actuales tienen un sistema de información de errores, que encaso de avería muestran en una pantalla el código de error de tal forma que el mecánicodel ascensor sabe cuál ha sido el motivo de que el ascensor se haya parado
Todo ascensor, por antiguo que sea, cuenta con múltiples dispositivos de seguridad paraevitar cualquier riesgo de accidentes y al fallar cualquier dispositivo el ascensor quedaautomáticamente parado, indicando el contacto o dispositivo que ha fallado. Cualquierascensor tiene contactos en las puertas exteriores, puertas de cabina, contacto de rotura
de cables (actualmente ya no se montan), contacto de disparo de polea del limitadorsuperior, contacto de aflojamiento de cable en polea de limitador inferior, contacto deacuñamiento en cabina.9
Estructura o dependencia que aloja la maquinaria y el equipo de maniobra de unascensor. También llamado cuarto de instalaciones, cuarto de equipo mecánico10
Un ascensor o elevador es un sistema de transporte vertical diseñado para moverpersonas u objetos entre diferentes niveles. Puede ser utilizado para ascender o
descender en un edificio o en una construcción subterránea. Está formado por partesmecánicas, eléctricas y electrónicas que funcionan conjuntamente para lograr un medioseguro de movilidad.11
Son todos los estudios, análisis y trámites, debidamente documentados, que sirven desoporte para la elaboración del proyecto de pliego de condiciones, pliegos definitivos y
del contrato, de manera que los proponentes o el eventual contratista respectivamente,puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la Entidad12
Mecanismos de cobertura del riesgo, expedidas en los términos de la normatividadvigente, otorgada por los oferentes o por el contratista a favor de la Entidad contratante 13
Figuras jurídicas establecidas para que las entidades públicas cumplan el deber de
vigilancia, control y seguimiento de la ejecución de los contratos estatales que propendepor la satisfacción del interés general y la salvaguarda de los recursos públicosinvolucrados.14
Es el conjunto de acciones operativas destinadas a restablecer las condiciones óptimasde funcionamiento del equipo, maquinaria, procesos e instalaciones del ascensor oelevador que dejaron de funcionar o presentan fallas; es efectuado cuando el objeto demantenimiento se encuentra fuera de servicio, inactivo o con intermitencia 1S
Es el conjunto de acciones operativas destinadas a la conservación del equipo,maquinaria, procesos e instalaciones de un elevador mediante la realización derevisiones y reparaciones programadas, de tal forma que garanticen su buenfuncionamiento y fiabilidad; es adelantado cuando el ascensor se encuentra activo o enservicio.16
Documento que suscriben las partes para dejar constancia de las condiciones deejecución de un contrato (tales como objeto, valor, plazo, forma de pago, obligaciones,garantías, sanciones, domicilio, responsables de seguimiento y control, información
presupuesta!, requisitos de perfeccionamiento y legalización, entre otras) o de lasmodificaciones que se efectúan a su contenido original (adición prórroga otrosímodificación).17
Ascensor para subir y bajar mercancías.18
7 Artículo 32 de la Ley 80 de 1993
8 https://www.procuradur¡a.oov.co/portal/media/file/contratacion/manual de contratacion.pdf - consulta efectuada 18/01/20189 http://provectosingenieriaquavana.com/Descripcion-partes-Ascensores.html consultado el día 18/01/201810 http://www.parro.com.ar/definicion-de-cuarto+de+maauinaria consultado el día 18/01/201811 http://es.wikipedia.org/wiki/Ascensor consultado el 18/01/2018
12 https://www.procuraduria.Qov.co/portal/media/file/contratacion/manual de contratacion.pdf-consulta del 18/01/2018"Manual de Contratación, Procuraduría General de la Nación - Consulta efectuada 18/01/201814 Manual de Contratación, Procuraduría General de la Nación - Consulta efectuada 18/01/201815 Definición propia División Administrativa.16 Definición propia División Administrativa.
17 Manual de Contratación, Procuraduría General de la Nación - Consulta efectuada el 18/01/2018
18 https://www.gooqle.com.co/webhp?sourceid=chrome-instant&ion=1&espv=2&ie=UTF-8#q=montacaroas+DEFINICIOnS'>Consulta efectuada el 18/01/2018 ~ ~
MOTORES TRACTORES
OFERTA
PAC
PGN
PLAN ANUAL DE
ADQUISICIONES
PLAZO DE EJECUCIÓN
SECOP
SIIF
SUPERVISOR
TABLERO DE CONTROL
Dispositivo de tracción de ascensores que por lo general esta acoplado a un aparato
reductor de velocidad, el cual cuenta con un eje de salida donde se monta la polea
acanalada que arrastra los cables del ascensor por adherencia.19
Es la propuesta presentada a la Procuraduría General de la Nación por el interesado en
ser el contratista del Proceso de Contratación
Es el Plan Anualizado de Caja; es decir es la planeación de los flujos de fondos a través
de un periodo de tiempo anual que se deben tener para cumplir unos compromisos
adquiridos o presupuesto para llevar a cabo determinada actividad.20
Procuraduría General de la Nación.
Es el plan general de compras al que se refiere el artículo 74 de la Ley 1474 de 2011 y
el plan de compras al que se refiere la ley Anual de presupuesto. Es un instrumento de
planeación de la gestión contractual de una vigencia fiscal determinada, que las
entidades estatales deben diligenciar, publicar y actualizar en los términos de la
normatividad viqente
Es el tiempo específico en el que se debe ejecutar el objeto del contrato, fuera del cual
ello ya no será posible; en todo caso, el plazo de ejecución empezará a contarse desde
la fecha en la cual se cumplan los requisitos de ejecución, o desde aquella en que se
suscriba el "acta de inicio", para el efecto, el contrato correspondiente señalará la
condición para iniciar su contabilización.21
Sistema Electrónico de Contratación Pública22
Sistema Integrado de Información Financiera.23
Servidor público responsable de efectuar el seguimiento integral, es decir, técnico,
administrativo, financiero, contable y jurídico de un contrato, cuando no se requieren
conocimientos especializados.24
Es un tablero hecho a partir de una tarjeta electrónica que elimina en un 95% el uso de
relés electromecánicos evitando averías o fallas en el ascensor casi en un 100% en las
partes eléctricas; salvo por fallas en el suministro eléctrico.
VENTAJAS:
-Mejoría considerable del confort de los pasajeros
.-Prolongación de la vida útil de las partes del sistema
.-Reducción de los costos de mantenimiento
.-Disminución de los tiempos de detección por mantenimiento
.-Reducción de los costos operacionales por concepto de ahorro energético.
.-Aumento de la seguridad total del sistema al programar sus entradas inteligentes con
las opciones de detención en caso de falla en cualquier parte del sistema.
.-Detención en caso de que sea interrumpida la cadena de seguridad y presente un
riesgo para el usuario.
.-Operación en modo de alerta o baja velocidad en caso de que se detecte una condición
de funcionamiento cercana a los límites peligrosos de operaciones.25
2. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA
NACIÓN PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN.
Como parte de la ejecución del contrato 179-091-201126, se entregaron e instalaron en la
Procuraduría General de la Nación un ascensor de pasajeros y un montacargas, marca
Schindler, equipos que se encuentran instalados en el edificio ubicado en la calle 16 No. 4-
75/79 de Bogotá D.C., donde funcionan varias dependencias de la Entidad.
El 28 de diciembre de 2012 se recibió a satisfacción la obra objeto del contrato antes
mencionado y como consecuencia de las obligaciones post contractuales a cargo del
contratista, por el período comprendido entre el 28 de diciembre de 2012 y el 28 de diciembre
de 2014, plazo señalado como garantía en dicho contrato, los mantenimientos correctivos y el
suministro de repuestos para estos equipos los realizó directamente el contratista sin costo
alguno para la entidad. Para el caso del mantenimiento preventivo, como no estaba incluido
dentro del término de garantía, en el año 2014 y en virtud del contrato 179-014-2014 suscrito
19 http://www.ascensores.ws/funcionamiento/qrupo-de-traccion-de-ascensores.html - Consultado el 18/01/2018
20 Manual de Contratación, Procuraduría General de la Nación - Consulta efectuada el 18/01/2018
21 Manual de Contratación, Procuraduría General de la Nación - Consulta efectuada el 18/01/2018
22 Artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015 - Consulta efectuada el 18/01/2018
23 Manual de Contratación, Procuraduría General de la Nación - Consulta efectuada el 18/01/2018
24 Manual de Contratación, Procuraduría General de la Nación - Consulta efectuada el 18/01/2018
25 http://provectosinqenieriaquavana.com/Descripcion-partes-Ascensores.html Consultado el 18/01/2018
26 26 Contrato 179-091-2011 suscrito entre la Procuraduría General de la Nación y la Unión Temporal Reformas Procuraduría cuyo
objeto era: "Diseño, construcción y ejecución de las obras de mantenimiento, remodelación y acondicionamiento del edificio de la
Procuraduría General de la Nación ubicado en la Calle 16 No. 4-75/79 de la ciudad de Bogotá, D. C. bajo la modalidad llave en
mano.
el 24 de enero de dicho año, se contrató la prestación del servicio de mantenimiento preventivo,
con un plazo de ejecución de once (11) meses, sin sobrepasar el 31 de diciembre de 2014.
En los años 2015 y 2016, la Procuraduría celebró con la sociedad Ascensores Schindler deColombia SAS los contratos Nos. 179-008-2015 y 179-024-2016 para la prestación del servicio
de mantenimiento preventivo y correctivo para los citados ascensores con suministro derepuestos, éste último con plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2016.
En junio del año 2017 la Procuraduría celebró con la sociedad Ascensores Schindler de
Colombia SAS el contrato N°179-061-2017 para la prestación del servicio de mantenimientopreventivo y correctivo para los citados ascensores con suministros de repuestos, con plazo deejecución hasta el 31 de diciembre de 2017.
En las dependencias de la Entidad que se ubican en el citado edificio, labora un gran número
de funcionarios y además se atiende diariamente un flujo considerable de público,
especialmente los que concurren a las diligencias que se adelantan en materia de conciliación
administrativa, civil y de familia, personal que usa permanentemente el ascensor de pasajeros.
De igual forma, en el inmueble funciona el Grupo de Almacén e Inventarios de la Procuraduría
y se localiza el DataCenter, dependencias que utilizan regularmente el montacargas para
movilizar bienes pesados y de gran volumen. El uso continuo de los equipos en mención,
ocasiona el desgaste constante de sus partes, lo que hace necesario que la entidad los
mantenga en óptima condiciones de funcionamiento, evitando con ello poner en riesgo la
integridad física y seguridad de los servidores de la Entidad y de los ciudadanos que concurrena esta edificación.
Para que el ascensor y el montacargas funcionen correctamente, se requiere de revisiones y
reparaciones programadas, de tal forma que garanticen su buena marcha y fiabilidad; labores
que no las puede realizar la Entidad, primero porque no cuenta con personal especializado paraello y segundo porque no se tiene la herramienta ni los repuestos que se requieren para tal fin,razón por la que debe recurrir a un tercero para que le provea este servicio.
De acuerdo con la certificación expedida por el Jefe de la División de Gestión Humana de laEntidad el 3 de enero de 2018, en la Procuraduría ningún servidor puede prestar el serviciorequerido. En la citada certificación se indica lo siguiente: "Que una vez revisada la base de
datos contenida en el Sistema de Información Administrativo y Financiero - SIAF, no se pudo
establecer la existencia de personal con el perfil que a continuación se relaciona con el objeto
de prestar "el servicio de mantenimiento integral (preventivo y correctivo) para ascensores depasajeros y montacargas de marcas Schindler...".
"Técnico o Tecnólogo electricista o electromecánico o mecánico o un Ingeniero mecánico oelectromecánico con experiencia profesional mínima de dos (2) años como técnico
mantenimiento de ascensores de pasajeros y montacargas de las marcas Schindler...". "(...)con disponibilidad de tiempo completo (24 horas) (...)".
Adicionalmente es necesario contratar el mantenimiento preventivo y correctivo del ascensorde pasajeros y el montacargas, toda vez que estos equipos permiten el tránsito de personasque se encuentran en condiciones de discapacidad, con el fin de proporcionarles las facilidades
de movilidad y de protección tal y como se contempla en la Ley 361 de 1997 "Por la cual se
establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan otras
disposiciones"27 adicionada por la Ley 1287 de 200928, como en la Resolución 2400 de 1979
"Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los
establecimientos de trabajo" del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.29
Este mantenimiento preventivo y correctivo sólo puede ser prestado por la firma Ascensores
Schindler de Colombia S.A.S, única empresa autorizada en Colombia para la prestación del
mencionado servicio, toda vez que es el fabricante de los equipos y que cuenta con el
certificado de exclusividad de fecha 19 de septiembre de 2001, con una vigencia hasta el año
2052, expedido por los representantes de la fábrica de ascensores Schindler S.A. Por lo tanto
esta empresa es la idónea en determinar la periodicidad en que se deben realizar los
mantenimientos preventivos de los referidos equipos.
Según lo anterior, la necesidad sólo puede ser satisfecha por el mencionado proveedor, que
además de ser especializado en esta materia, cuenta con presencia nacional desde 1952 y a
nivel mundial desde 187430, al ser el fabricante y/o proveedor exclusivo, hecho que garantiza
repuestos originales y con la única especificidad para los equipos; de manera adicional, el pleno
conocimiento de todas las características particulares de los equipos maximizan el beneficio
para la Entidad minimizando sus costos y los riesgos conexos a su funcionamiento.
Se requiere el mantenimiento preventivo de los elevadores, en el que se ejecuten ajustes
generales y que el contratista suministre e instalación los repuestos primarios y originales que
se requieran, para lograr el control y diagnóstico permanente de cada ascensor, de tal forma
que se obtenga una notable y certera reducción en el riesgo de avería y un aporte a la seguridad
y confort de los usuarios, además de la prolongación de la vida útil de los sistemas y maquinaria
que componen los equipos, tal y como se puede comprobar en las recomendaciones generales
que hace el fabricante SCHINDLER en su página web.31
En virtud de lo consagrado en el Acuerdo N° 470 del 14 de marzo de 2011 del Concejo de
Bogotá, que tiene por objeto "... establecer disposiciones normativas para prevenir la
ocurrencia de accidentes en los sistemas de transporte vertical en edificaciones, tales como
ascensores, escaleras mecánicas, rampas eléctricas, plataformas elevadoras y en similares, y
en las puertas eléctricas que estén al servicio público y privado en el Distrito Capital, a través
de la revisión general anual de los mismos..."32, es obligatoria la revisión en períodos no
mayores a un (1) año por personal naturales y/o jurídicas calificadas y acreditadas y de acuerdo
con los resultados que arroje la revisión general, se realizará el mantenimiento preventivo o
correctivo que corresponda.
El parágrafo 2 del artículo segundo del citado acuerdo estipula lo siguiente: "En ningún caso la
revisión general anual reemplaza el mantenimiento preventivo que se debe realizar a los
sistemas de transporte vertical en edificaciones y puertas eléctricas, con la periodicidad
establecida por las empresas fabricantes y/o instaladoras" (subrayado fuera de texto).
27 Ley 361 de 1997 artículo 46: "La accesibilidad es un elemento esencial de los servicios públicos a cargo del Estado y por lo tanto
deberá ser tenida en cuenta por los organismos públicos o privados en la ejecución de dichos servicios.
El Gobierno reglamentará la proyección, coordinación y ejecución de las políticas en materia de accesibilidad y velará porque se
promueva la cobertura nacional de este servicio"
28 Ley 1287 de 2009 artículo 5o. "Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, las entidades indicadas en el artículo 3de la presente ley, así como las autoridades gubernamentales del nivel nacional, departamental, distrital y municipal que no
cumplan con lo establecido en el título IV, Capítulos I y II de la Ley 361 de 1997, y en el Decreto Reglamentario 1538 del 2005
sobre la accesibilidad al medio físico, eliminación de las barreras arquitectónicas, acceso a los espacios de uso público, a las vías
públicas, a los edificios abiertos al público y a las edificaciones para vivienda, serán sancionados de acuerdo con lo establecido en
el capítulo IV de la presente ley"
29 Resolución 2400 de 1979 artículo 6: ARTÍCULO 6o. 'En la construcción, reformas o modificaciones de los inmuebles destinados
a establecimientos de trabajo, se deberán tener en cuenta, además de los requisitos exigidos en el artículo quinto, los corredores,
pasadizos, pasillos, escaleras, rampas, ascensores, plataformas, pasamanos, escalas fijas y verticales en torres, chimeneas o
estructuras similares que serán diseñados y construidos de acuerdo a la naturaleza del trabajo, y dispondrán de espacio cómodo
y seguro para el tránsito o acceso de los trabajadores"
30 Información consultada en la siguiente página web: http:Schindler.com/com/internet/about-schindler.html 18/01/2018
31 Información consultada en la siguiente página web: http://www.schindler.com/co/internet/es/mantenimiento.html18/01/2018
32 Acuerdo no. 470 de 2011, artículo 1. 18/01/2018
En escrito del 5 de mayo de 2017 dirigido a la Entidad, aplicable para la presente vigencia, elseñor Rubén Santiago Barajas Villarreal, Ejecutivo de Negocios de la sociedad AscensoresSchindler de Colombia SAS, remite concepto técnico acerca de la periodicidad que requierenlos equipos e indica: "... Con la presente damos respuesta a la inquietud relacionada a la
periodicidad del mantenimiento de los ascensores, al respecto les informamos lo siguiente:
Nuestra compañía ofrece una tarifa mensual que corresponde a la cobertura y la asistencia
durante todo el mes. Es por esto que tenemos personal disponible las 24 horas del día para
brindarles atención oportuna ante una solicitud, emergencia o un bloqueo del equipo ... Debido
a que los ascensores son equipos que se encuentran en constante funcionamiento, las partes
que los compones (sic) están sometidas a un normal desgaste y desajuste. Los más
representativos son los mecanismos de operación puertas, sistema de seguridades y
lubricación. No ejecutar los trabajos establecidos mensualmente puede desencadenar
problemas en la operación y una posible negación de un reclamo ante la aseguradora de llegara presentarse un siniestro y no contar con los soportes completos...".
De acuerdo con lo expuesto, es necesario que la Procuraduría General de la Nación contrate
el mantenimiento preventivo y correctivo incluido suministro de repuestos, remplazo de piezas
requeridas y mano de obra para el ascensor de pasajeros y montacargas marca SCHINDLER,
que se encuentran instalados en la calle 16 No. 4 - 75/79 de Bogotá D.C.
2.1 Clasificación UNSPSC
Según el clasificador de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas (Versión 14 del UNSPSC)
contenido en la dirección https://www. colombiacompra. aov. co/clasificador-de-bienes-y-servicios. El objeto contractual se enmarca dentro del siguiente código de Clasificador deBienes y Servicios:
CLASIFICADOR
UNSPSC
F-72101506
F- 72154010
SEGMENTO
72 - Servicios de
Edificación,
Construcción de
instalaciones y
Mantenimiento
72 - Servicios de
Edificación,
Construcción de
instalaciones y
Mantenimiento
FAMILIA
7210 - Servicios de
mantenimiento y
reparaciones de
construcciones y
edificaciones
7215 - Servicios de
mantenimiento y
construcción de
comercio
especializado
CLASE
721015 - Servicios de
apoyo para la
construcción
721540 - Servicios de
edificios
especializados y
comercio
PRODUCTO
72101506 - Servicios de
Mantenimiento de
Ascensores
72154010 - Servicio de
instalación,
mantenimiento y
reparación de
ascensores
2.2. Relación estratégica del objeto contractual con la planeación institucional.
Contratar el mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores de las edificacionesdonde la Procuraduría hace presencia, se encuentra enmarcado en el Plan EstratégicoInstitucional "Por una Procuraduría Ciudadana 2017-2021", apuntando al eje de acción, objetivoy objetivos específicos:
EJE DE ACCIÓN
Gestión para
un estado
moderno,
transparente y
en paz
13]
OBJETIVO ESTRATÉGICO
Consolidar una Procuraduría con
planeación y gestión estratégicas, a través
de un talento humano que da ejemplo de
servicio público, y de una gestión del
conocimiento y de las Tics al servicio de la
misionalidad, para mejorar la calidad de
vida del ciudadano, en la nación y el
territorio.
OBJETIVO ESPECIFICO
-ograr una organización articulada y fortalecida con
iderazgo, transparencia, sinergia territorial y gestión
nteligente para recuperar la confianza ciudadana.
Consolidar una entidad coordinada e integradaerritorialmente y con su entorno nacional e
nternacional, mediante mecanismos de articulación
y de producción y gestión del conocimiento, en
asocio con el IEMP, para lograr una respuestasfectiva al ciudadano
ti]
2]
El Plan Estratégico Institucional se encuentra disponible para la consulta de los funcionarios y la ciudadanía en general en el línk:
https://www.procuraduria.qov.co/portal/?option=co.qov.pan.portal.frontend.component.paaefactorv.ael.PlanEstrateqicoComponentPaqeFac
3. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, ESPECIFICACIONES ESENCIALES E
IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR.
3.1 DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR
CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y
CORRECTIVO PARA EL ASCENSOR DE PASAJEROS Y EL MONTACARGAS
INSTALADOS EN LAS DEPENDENCIAS DE LA ENTIDAD UBICADAS EN LA CALLE 16 N°
4 - 75/79 DE BOGOTÁ D.C.
3.2. ALCANCE DEL OBJETO
La prestación del servicio del mantenimiento preventivo y correctivo para el ascensor de
pasajeros y el montacargas marca Schindler incluye el suministro de repuestos y reemplazo de
piezas requeridas y la mano de obra empleada.
3.3 ESPECIFICACIONES ESENCIALES O CONDICIONES MÍNIMAS.
3.3.1 MANTENIMIENTO PREVENTIVO MENSUAL
1. Realizar el mantenimiento preventivo y prestar la mano de obra para el ascensor de
pasajeros y el montacarga instalados en las dependencias de la entidad ubicadas en la
calle 16 N° 4 - 75/79 de Bogotá D.C.
2. Efectuar el mantenimiento preventivo en días hábiles, de acuerdo al cronograma
presentado por el contratista y autorizado por el supervisor del contrato.
3. Prestar el servicio de recepción de llamadas durante los días hábiles de la semana entre
las 7:00 am y las 9:00 p.m. para dar respuesta a las situaciones que requieran atención
inmediata. En caso de emergencias que involucren personas se atenderán llamadas,
tanto los días hábiles como los días no hábiles, durante las veinticuatro (24) horas del
día, todos los días de la semana. En todo caso el contratista deberá garantizar
permanentemente el correcto funcionamiento del ascensor y el montacargas objeto de
la contratación.
4. Emplear el personal idóneo, competente, acreditado y calificado en mecánica,
electricidad, electrónica y en general en todos los conocimientos relacionados con los
ascensores y montacargas marca SCHINDLER objeto de mantenimiento, capacitado
para mantener los equipos operando en perfecto estado de funcionamiento.
5. Adelantar rutinas de mantenimiento en las que se examine, ajuste y lubrique
periódicamente y sistemáticamente los equipos y si fuese necesario se reparen las
partes que se requieran relacionadas con el desgaste producido por el normal
funcionamiento de los equipos. Estas piezas incluyen: máquinas, motor, generador,
control, selector y partes que lo conforman como: equipo despachador, bobinas de
freno, fusibles, rodamientos, cojinetes, escobillas, contactos, resistencias, relevos,
transformadores, transductor e indicadores de posición, regulador de velocidad y partes
que lo conforman, operador de puertas, cerradura de puertas de piso y seguros,
reparaciones que se realizaran mediante el procedimiento del mantenimiento correctivo.
6. Suministrar grasas y lubricantes necesarios para ejecutar a cabalidad el mantenimiento
citado de acuerdo a las especificaciones de SCHINDLER.
7. Examinar periódicamente todos los dispositivos de seguridad entre ellos los
interruptores de final de recorrido, amortiguadores, reguladores de velocidad y hacer
por lo menos una prueba del dispositivo paracaídas durante la vigencia del contrato,
conforme a las normas de seguridad de SCHINDLER.
8. El mantenimiento preventivo se debe efectuar mediante una visita mensual a los
equipos, en rutinas de inspección general de equipos y elementos de seguridad, control
y conservación de equipos y componentes; en aras de prevenir, detectar y/o corregir
defectos, evitando averías en el mismo; en esta se ajustarán componentes y se realizarálubricación de las partes que lo requieran.
3.3.2 MANTENIMIENTO CORRECTIVO
El mantenimiento correctivo se realiza cuando existe una falla ya sea en el ascensor de
pasajeros o en el montacargas, requiriendo su reparación o restauración con la incorporaciónde los repuestos, partes o accesorios que sean necesarios, con el fin de dejar los equipos en
perfecto estado de funcionamiento. Este mantenimiento solo se realizará atendiendo lasllamadas de emergencia que efectúe la Entidad o en las diferentes visitas de mantenimiento
preventivo, con el debido concepto, diagnóstico, informe técnico, la respectiva oferta económica
presentada por el contratista y la posterior aceptación y aprobación del supervisor del contrato
dispuesto por la Entidad para realizar cualquier tipo de cambio o reparación.
El mantenimiento de tipo correctivo, se diferencia de las actividades listadas en el
mantenimiento preventivo, por su alcance, magnitud y costo, por consiguiente requieren un
tratamiento diferente y no se encuentran contempladas dentro de los costos del mantenimiento \
preventivo. El valor del mantenimiento correctivo solo será compuesto por el valor de los w
repuestos instalados y todas las actividades necesarias para la realización de este.
3.3.3. PROCEDIMIENTO
SCHINDLER deberá proveer los repuestos que se requieran dependiendo de la demanda y
hasta agotar el presupuesto asignado para tal efecto y como se muestra en el numeral 8 de
este documento, SCHINDLER está en la obligación de presentar ofertas económicas con
precios reales de mercado de los repuestos y actividades que lo ameriten, además estos
repuestos serán evaluados y autorizados solamente por el supervisor del contrato nombradopor la Entidad.
Los repuestos a suministrar deberán ser nuevos, originales y tener una garantía técnica por unperiodo mínimo de un (1) año, contado a partir de la fecha de instalación.
Para la solicitud de cualquier mantenimiento correctivo, el técnico dispuesto por SCHINDLER
deberá diligenciar el correspondiente formato en donde se describa técnicamente la falla y la
solución, además deberá anexar un estudio fotográfico, e indicar la razón para efectuar dicho %
procedimiento y cuáles son las piezas a sustituir. El coordinador del contrato dispuesto por ^tJSCHINDLER, adjuntará con dicho formato la cotización para que el supervisor de laProcuraduría avale dicho procedimiento.
En el momento de la ejecución del mantenimiento correctivo, el técnico deberá llenar otro
formato en donde se describan todas las actividades que se realizaron, las piezas que sesustituyeron y los datos generales de voltaje, amperaje, etc., que garanticen que el equipo está
en óptimas condiciones de funcionamiento, este formato también tendrá la firma del técnico y
del funcionario encargado de los equipos, dejando constancia que ese servicio se realizó. Si
dicho formato no se presenta correctamente diligenciado y firmado tanto por el técnico comopor el funcionario que recibe los trabajos, la Procuraduría no podrá efectuar el pago
correspondiente, estos reportes serán verificados por el supervisor de la Procuraduría.
El equipo objeto de mantenimiento correctivo deberá ser reparado y quedar en perfecto estadode funcionamiento, a más tardar, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al recibo de lacomunicación respectiva.
3.4. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRARConforme con la descripción del objeto, el tipo de contrato a celebrar es de PRESTACIÓN DESERVICIOS.
4. FUNDAMENTOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN
Conforme lo establecido en la Ley 1150 de 2007, artículo 2, numeral 4, literal g), el cual
consagra que "la modalidad de selección de contratación directa, solamente procederá en los
siguientes casos: (...) Cuando no exista pluralidad de oferentes en el mercado", y lo señalado
en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.1.4.8, en el que establece que no existe pluralidad
de oferentes "Se considera que no existe pluralidad de oferentes cuando existe solamente una
persona que puede proveer el bien el servicio por ser titular de los derechos de propiedad
industrial de los derechos de autor, por ser proveedor exclusivo en el territorio nacional la
presente contratación se adelantará bajo la modalidad de contratación directa.
Lo anterior teniendo en cuenta que la compañía ASCENSORES SCHINDLER DE COLOMBIA
S.A.S. es la única empresa autorizada en Colombia por el fabricante, para prestar el servicio
de mantenimiento y modernización para cualquier elevador y/o escalera eléctrica de la marca
SCHINDLER, de acuerdo con el certificado de exclusividad expedida el 19 de septiembre de
2001, en el que se indica: "La fábrica de ascensores SCHINDLER con sede en Ebikon, Suiza,
certifica a quien pueda interesar, que la firma ASCENSORES SCHINDLER DE COLOMBIA
S.A., constituida por Escritura Pública No. 2.872 de la Notaría (4) Cuarta del Círculo de Bogotá,
D. C, es nuestra única representación para todo el territorio nacional y garantizamos que
esta representación está confirmada hasta el año 2052, fecha hasta la cual tiene permiso
de funcionamiento, según la reforma a los estatutos mediante Escritura Pública No. 1568 de la
Notaría (25) veinte y cinco del Círculo de Bogotá, D.C., del 13 de junio del año 2.001.
Por lo anterior, ninguna otra persona, ni otra firma está autorizada para vender, instalar, hacer
mantenimiento, o reparaciones a equipos de marca SCHINDLER y/o a suministrar repuestos..."
(Negrilla fuera de texto).
El certificado anterior se inscribió en el registro mercantil el 19 de diciembre de 2001, bajo el
No. 00016616 del libro 12 a nombre de ASCENSORES SCHINDLER DE COLOMBIA S.A. Acto:
contrato de agencia comercial con la empresa extranjera SCHINDLER.
5. ANÁLISIS DEL SECTOR
5.1. ECONÓMICO
Fundada en 1874 en Lucerna, Suiza, por el Ingeniero Robert Schindler, Schindler es una
sociedad anónima que cotiza en el SIX Swiss Exchange. Después de 40 años en el Consejo
de Administración, 26 de ellos como Consejero Delegado y 22 como Presidente del Consejo
de Administración, Alfred N. Schindler renunció como Presidente a los Accionistas en marzo de
2017. Basado en el plan de sucesión de largo plazo, Silvio Napoli - elegido para formar parte
de la junta directiva en la Junta de accionistas de 2016 y CEO hasta el 30 de marzo de 2016 -
fue propuesto y elegido como nuevo Presidente de la junta directiva. Alfredo N. Schindler
continuará ofreciéndose como Miembro de la Junta. Desde el 1 de abril de 2016, Thomas
Oetterli, quien ha sido CEO del Grupo Schindler.
Schindler fabrica, instala, presta servicios y moderniza ascensores, escaleras mecánicas y
rampas móviles en todo tipo de edificios en todo el mundo. Schindler ofrece desde soluciones
rentables para edificios residenciales hasta un sofisticado concepto de acceso y transporte
vertical de rascacielos. La compañía se especializa en la más reciente tecnología en materia
de ingeniería, así como también en el diseño de productos de tecnología mecánica y
microprocesador y rigurosamente probados por seguridad, comodidad, eficiencia y
confiabilidad. Schindler moviliza personas y materiales, conectando vertical y horizontalmente
sistemas de transporte mediante soluciones de movilidad inteligente impulsadas por
tecnologías ecológicas y amigables.
Desde 1974, la compañía ha logrado mejorar sus ingresos de 1.000 millones de francos suizosa casi 9.700 millones en 2016, La tradicional imagen de una empresa de ingeniería que fabricaascensores y escaleras mecánicas fue reemplazada a principios de los años noventa por unanueva visión enfocada en cliente y la vida moderna, Schindler como un proveedor de serviciosconfiable y orientado al cliente, ofrece y garantiza soluciones de movilidad inteligente Laprogresiva demanda de movilidad, especialmente en el rápido crecimiento de las zonasurbanas de Asia, es una promesa para el crecimiento de la industria.
Mediante inversiones cuidadosamente orientadas, su objetivo es aún más fuerte en esta regiónque representa los dos tercios del mercado mundial de ascensores y escaleras mecánicas. LaTorre ICC en Hong Kong, con casi 500 metros de altura, provisto con los ascensores de la másalta gama de Schindler - Schindler 7000 double-deck - y equipado con el sistema de gestiónde tránsito portuario de vanguardia de Schindler, es testimonio de la experiencia tecnológicade Schindler y el alto nivel de competitividad.
Los productos Schindler se pueden encontrar en muchos edificios conocidos en todo el mundo,incluidos los residenciales y edificios de oficinas, aeropuertos, centros comerciales / minoristasestablecimientos y edificios con requisitos especiales.
Inspirado en la visión de ser el mejor proveedor de servicios en la industria, Schindler continuaráen el futuro desarrollando soluciones de movilidad altamente innovadora y fácil de usar paraentregarlas al mercado mundial. Además del hardware, software y la interconexión digital deproductos que son un área clave de los negocios. En un proceso de digitalización de variosaños, Schindler se ha posicionado como un líder en la industria y ha ganado varios premios enreconocimiento de sus logros digitales, el codiciado Premio MIT Sloan CIÓ de Liderazgo que
entregado por el Instituto de Tecnología de Massachusetts en 2015.33
Ahora bien, teniendo en cuenta que se trata de un contrato de prestación de servicios, cuyoobjeto es la reparación de equipos, se encuentra dentro del PIB en las actividades comercio,reparación, restaurantes y hoteles y también dentro de la industria manufacturera, ha tenido elsiguiente comportamiento, según el DAÑE34:
"En el tercer trimestre de 2017 respecto al mismo periodo de 2016, el Producto Interno Brutocreció 2,0%, explicado principalmente por el comportamiento de las siguientes ramas deactividad: agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca; establecimientos financieros,seguros, actividades inmobiliarias y servicios a las empresas; y actividades de servicios
sociales, comunales y personales. Por su parte, las actividades que registraron las mayorescaídas fueron construcción y explotación de minas y canteras. Respecto al trimestreinmediatamente anterior, el Producto Interno Bruto creció 0,8%. Los principales crecimientosse presentaron en agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca; explotación de minas y
canteras; y suministro de electricidad, gas y agua. Durante lo corrido del año 2017 (enero -septiembre), respecto al mismo periodo del año anterior, el incremento fue de 1,5%. Las
actividades con mayor crecimiento fueron: agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca;establecimientos financieros, seguros, actividades inmobiliarias y servicios a las empresas; yactividades de servicios sociales, comunales y personales. Por su parte, la actividad queregistró la caída más fuerte fue explotación de minas y canteras
33 http://www.schindler.com/content/com/internet/en/about-schindler/Jcr_content/rightPar/downloadlist_b136/downloadList/18_1461919078395.download asset 18 1461919078395/Schindler-Company-Summary.pdf Consultado el: 18/01/2018
34https://www.dane.qov,co/files/investiqaciones/boletines/pib/bol PIB Iiltrim17 oferta demanda.pdf 19/01/2018
10
Cyadr© 1. Comportamiento del PJB por Ramas de Actividad Económica
2017 - Tercer trimestre.
Variación porcentual - Series desestactonagzadas
variación poccanttmt (%?
Ramas de actividad
Agri cutiana, ganadería, caza. síMcuRura y pesca
Explotación de minas y carteras
Jndustna manufacturera
Sumirfstro de elecJrfeídad, gas y agua
Construcción
Comercio, reparación, restaurantes y nóteles
Transporte, almacenamiento y comunicaciones
Establecimientos flnsncleros, seguros, actividades
inmobiliarias y servidos a las empresas
Actividades de servicios soeiales, comunales y personales
SuMotal valor agregado
impuestos menos subvenciones sobre al producción e
importaciones
PRODUCTO tNTERNO BRUTO 2jfll SUS 1.5Fuente" DAÑE - Dirección de SMes¡s y Cuentas Nacionales
Anual
7.1
-2.1
-0,6
1.9
-2.1
1.4
0,2
3.2
3,2
1.6
SO
Trimestral
3.7
1.4
0.9
1.3
0.9
0,8
0,3
0,7
0,2
0,8
-0,5
/ano
Corrido
6,3
-5,7
-1.2
o.s
-0,9
0,7
0.0
3,9
3.0
1.3
3,6
(...) "INDUSTRIAS MANUFACTURERAS En el tercer trimestre de 2017, el valor agregado de
la rama Industria manufacturera decreció 0,6% respecto al mismo periodo del año 2016. Las
actividades que presentaron las variaciones negativas más representativas fueron: fabricación
de productos metalúrgicos básicos (excepto maquinaria y equipo) en 11,7%; fabricación de
tejidos y artículos de punto y ganchillo y prendas de vestir en 8,9%; y fabricación de otros
productos minerales no metálicos en 1,5%. Por su parte, se destacan las variaciones de las
siguientes actividades: fabricación de productos de la refinación de petróleo y combustible
nuclear en 2,2%; fabricación de papel, cartón y productos de papel y cartón en 5,1%; y
elaboración de aceites, grasas animales y vegetales, cacao, chocolate, productos de confitería
y otros productos alimenticios n.c.p. en 3,9%. En relación al trimestre inmediatamente anterior,
el valor agregado de la rama creció en 0,9%. Las variaciones positivas más representativas
fueron: fabricación de sustancias y productos químicos en 1,9%; elaboración de bebidas en
3,3%; y elaboración de productos de café en 15,7%. Las actividades industriales con las
variaciones negativas más representativas fueron fabricación de otros productos minerales no
metálicos en 1,1%; fabricación de productos metalúrgicos básicos (excepto maquinaria y
equipo) en 1,4%; y Boletín técnico Producto Interno Bruto PIB Tercer trimestre de 2017
elaboración de productos de molinería, de almidones, alimentos preparados para animales en
0,9%. Durante lo corrido del año 2017 (enero - septiembre) el valor agregado de la rama
decreció en 1,2% comparado con el mismo periodo del año anterior, explicado principalmente
por la caída de: fabricación de productos metalúrgicos básicos (excepto maquinaria y equipo)
en 10,2%; fabricación de tejidos y artículos de punto y ganchillo y prendas de vestir en 9,9%; y
fabricación de otros productos minerales no metálicos en 3,5%. Las variaciones positivas más
representativas fueron: fabricación de productos de la refinación de petróleo y combustible
nuclear en 5,3%; fabricación de papel, cartón y productos de papel y cartón en 5,0%; y
elaboración de aceites, grasas animales y vegetales, cacao, chocolate, productos de confitería
y otros productos alimenticios n.c.p. en 4,3%;.
11
_««-»«*«-*»*«-»«» manufacturera)r» del véalor- agregado
— Tercer trimestre
'Y-..; COMERCIO, REPARACIÓN, RESTAURANTES Y HOTELES En el tercer trimestre de2017, el valor agregado de la rama Comercio, reparación, restaurantes y hoteles creció en 1,4%respecto al mismo periodo de 2016, explicado por el crecimiento en el valor agregado dehoteles, restaurantes, bares y similares en 3,1%; mantenimiento y reparación de vehículosautomotores, reparación de efectos personales y enseres domésticos en 1,0%; y comercio en0,6%. Respecto al trimestre inmediatamente anterior, el valor agregado de la rama creció en0,8%. Este resultado se explica por el crecimiento en el valor agregado de hotelesrestaurantes, bares y similares en 2,2%; mantenimiento y reparación de vehículos automotores,reparación de efectos personales y enseres domésticos en 0,5%; y comercio en 0,2%. Entréenero y septiembre de 2017 la rama aumentó en 0,7% respecto al mismo periodo de 2016,
explicado por el crecimiento de hoteles, restaurantes, bares y similares en 1,2%; mantenimientoy reparación de vehículos automotores, reparación de efectos personales y enseres domésticosen 0,9%; y comercio en 0,3%".
A pesar de que la economía ha presentado una desaceleración, presuntamente por el aumentodel IVA y otros factores que han impactado el consumo, Schindler es una empresa sólida dentrola economía, con idoneidad para el cumplimiento del objeto que se pretende contratar y que leha cumplido contratos precedentes, lo que ofrece seguridad a la Entidad en el cumplimiento delas obligaciones por parte de esta compañía.
5.2. TÉCNICO
Las soluciones verticales de movilidad usan el espacio urbano de manera eficiente y hacen quelas personas puedan desplazarse dentro del edificio. Schindler ofrece ascensoresprediseñados o totalmente personalizabas - de tamaños grandes a pequeños, pesados alivianos, de gran o poca altura, Schindler tiene la aplicación correcta para satisfacer lasnecesidades de los usuarios, incluyendo la última tecnología adaptable para una operaciónsostenible.
Trabaja en diferentes segmentos tales como:
Centros Comerciales
Hoteles
Institucional
Industrial
Oficinas
Residencial
Salud
12
• Transporte
Para cada uno de estos segmentos, Schindler cuenta con la siguiente oferta de ascensores:
• SCHINDLER 3300 NEW EDITION
La solución integrada para edificios residenciales y comerciales de mejor tamaño. Ofrece cuatro
líneas de diseño totalmente personalizares según la necesidad de los clientes.
• SCHINDLER 5500
Configura la movilidad según la necesidad para hacer que el edificio funcione.
Desde el ideal aprovechamiento del espacio y las opciones para el cuarto de máquinas, hasta
un ascensor que se adapta perfectamente y que transporta suavemente personas y
mercancías.
• SCHINDLER 7000
El ascensor de más alta calidad para edificios de gran altura, con recorridos de hasta 500
metros y una velocidad de hasta 10 m/s es la solución de movilidad más eficiente, elegante y
espaciosa.
• SCHINDLER PORT
Con el sistema personal de manejo de tránsito PORT de Schindler, lo único que el usuario tiene
que hacer, es informar al sistema de quién es y cuál es su destino.
SCHINDLER COLOMBIA OFRECE A SUS CLIENTES:
En su cotización, Ascensores Schindler indica que en su contrato de mantenimiento ofrece
movilidad confiable para el edificio, con tecnología pionera en el mundo y enfocan su trabajo
en que el equipo presente las menores averías posibles para alargar el ciclo de vida de los
ascensores y poder ofrecerle a los usuarios un viaje seguro.
Personal altamente calificado
Su equipo de especialistas está compuesto por empleados directos de la empresa, los cuales
asisten a continuos cursos de capacitación y están actualizados con los últimos protocolos
mundiales en seguridad; todo esto para brindar un servicio de mantenimiento óptimo y eficiente.
Rutina especializada de mantenimiento
Las rutinas de mantenimiento están diseñadas de acuerdo a las necesidades y especificaciones
de los equipos. Cuentan con una rigurosa programación de mantenimiento preventivo y
correctivo que ayuda a detectar y corregir fallas técnicas antes que el cliente lo note.
Respaldo global
Para la prestación del servicio de mantenimiento de ascensores, Schindler Colombia cuenta
con planos originales de fabricación, instalación y mantenimiento, trabajan con herramientas
especializadas diseñadas directamente por la casa Matriz en Suiza, para así poder diagnosticar
y reparar cualquier falla que se presente.
Contacto directo
Cada uno de los clientes cuenta con un personal asignado completamente dispuesto para
satisfacer sus necesidades. Tienen más de 350 técnicos en toda Colombia y 7 sedes a lo ancho
y largo del territorio.
Seguridad
En los planes de mantenimiento están contemplados rigurosos controles de seguridad
establecidos por el Grupo a nivel mundial (CPSI, QUALISON Y SAIS) sin ningún costo extra
para el cliente; estos controles se realizan por personal altamente capacitado en protocolos de
seguridad, que por medio de unos controles ultrasónicos verifican el estado de los equipos, la
integridad de los componentes y la seguridad del viaje.
13
Repuestos originales
Schindler Colombia tiene en su almacén un alto stock de repuestos originales de todos susequipos, destinados a cubrir las necesidades de los clientes. Cortos tiempos de entreqa einstalación brindan soluciones integrales.
5.3. REGULATORIO
5.3.1. REGULACIÓN APLICABLE AL OBJETO CONTRACTUAL
La compañía ASCENSORES SCHINDLER DE COLOMBIA S.A.S. es la única empresaautorizada en Colombia por el fabricante, para prestar el servicio de mantenimiento ymodernización para cualquier elevador y/o escalera eléctricas de la marca SCHINDLER, deacuerdo con el certificado de exclusividad expedida el 19 de septiembre de 2001, en el que seindica: "La fábrica de ascensores SCHINDLER con sede en Ebikon, Suiza, certifica a quienpueda interesar, que la firma ASCENSORES SCHINDLER DE COLOMBIA S.A., constituidapor Escritura Pública No. 2.872 de la Notaría (4) Cuarta del Círculo de Bogotá, D.C., es nuestraúnica representación para todo el territorio nacional y garantizamos que esta representaciónestá confirmada hasta el año 2052, fecha hasta la cual tiene permiso de funcionamiento, segúnla reforma a los estatutos mediante Escritura Pública No. 1568 de la Notaría 25 del Círculo deBogotá, D. C, del 13 dejunio del año 2.001.
Por lo anterior, ninguna otra persona, ni otra firma está autorizada para vender, instalar, hacermantenimiento, o reparaciones a equipos de marca SCHINDLER y/o a suministrarrepuestos...".
El certificado anterior se inscribió en el registro mercantil el 19 de diciembre de 2001 bajo elN° 00016616 del libro 12 a nombre de ASCENSORES SCHINDLER DE COLOMBIA S.A. Acto-Contrato de Agencia Comercial con la empresa extranjera SCHINDLER.
Conforme a lo establecido en el artículo 2 numeral 4 literal g) de la Ley 1150 de 2007, el cualconsagra que "la modalidad de selección de contratación directa, solamente procederá en lossiguientes casos: (...) Cuando no exista pluralidad de oferentes en el mercado", y lo señaladoen el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.1.4.8, en el que establece que no existe pluralidadde oferentes "cuando existe solamente una persona que puede proveer el bien o el servicio porser titular de los derechos de propiedad industrial o de los derechos de autor, o por serproveedor exclusivo en el territorio nacional" la presente contratación se adelantará bajo lamodalidad de contratación directa.
En la contratación también se debe tener en cuenta el Manual de Contratación de laProcuraduría General de la Nación.
Ley 361 de 1997 "Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personascon limitación y se dictan otras disposiciones"35 adicionada por la Ley 1287 de 2009, Título IVDe La Accesibilidad, Capítulo I, Nociones Generales:
"Artículo 43°.- El presente título establece las normas y criterios básicos para facilitar laaccesibilidad a las personas con movilidad reducida, sea ésta temporal o permanente, o cuyacapacidad de orientación se encuentre disminuida por la edad, analfabetismo, limitación oenfermedad. Así mismo se busca suprimir y evitar toda clase de barreras físicas en el diseño yejecución de las vías y espacios públicos y del mobiliario urbano, así como en la construccióno reestructuración de edificios de propiedad pública o privada.
35 Ley 361 de 1997 artículo 46: Ta accesibilidad es un elemento esencial de los servicios públicos a cargo del Estado y por lo tanto deberá ser tenidaen cuenta por los organismos públicos o privados en la ejecución de dichos servicios.
Vml9¡7ntaá "* pro^CC'°n' coordinación y ejecución de las políticas en materia de accesibilidad y velará porque se promueva la
14
Lo dispuesto en este título se aplica así mismo a los medios de transporte e instalaciones
complementarias de los mismos y a los medios de comunicación.
Parágrafo.- Los espacios y ambientes descritos en los artículos siguientes, deberán adecuarse,
diseñarse y construirse de manera que se facilite el acceso y tránsito seguro de la población en
general y en especial de las personas con limitación.
NOTA: El texto subrayado fue declarado EXEQUIBLE CONDICIONADO por la Corte
Constitucional mediante Sentencia C-458 de 2015, en el entendido de que deberán
reemplazarse por las expresiones "persona o personas en situación de discapacidad".
NOTA: El texto en negrita fue declarado EXEQUIBLE CONDICIONADO por la Corte
Constitucional mediante Sentencia C-458 de 2015, en el entendido de que deberán
reemplazarse por las expresiones "discapacidad" o "en situación de discapacidad".
Artículo 44°.- Para los efectos de la presente ley, se entiende por accesibilidad como la
condición que permite en cualquier espacio o ambiente interior o exterior, el fácil y seguro
desplazamiento de la población en general, y el uso en forma confiable y segura de los servicios
instalados en estos ambientes. Por barreras físicas se entiende a todas aquellas trabas,
irregularidades y obstáculos físicos que limiten o impidan la libertad o movimiento de las
personas. Y por telecomunicaciones, toda emisión, transmisión o recepción de señales,
escrituras, imágenes, signos, datos o información de cualquier naturaleza, por hijo, radio y otros
sistemas ópticos o electromagnéticos.
Artículo 45°.- Son destinatarios especiales de este título, las personas que por motivo del
entorno en que se encuentran, tiene necesidades especiales y en particular los individuos
con limitaciones que les haga requerir de atención especial, los ancianos y las demás personas
que necesiten de asistencia temporal.
NOTA: El texto subrayado fue declarado EXEQUIBLE CONDICIONADO por la Corte
Constitucional mediante Sentencia C-458 de 2015, en el entendido de que deberán
reemplazarse por las expresiones "discapacidad" o "en situación de discapacidad".
Artículo 46°.- La accesibilidad es un elemento esencial de los servicios públicos a cargo del
Estado y por lo tanto deberá ser tenida en cuenta por los organismos públicos o privados en la
ejecución de dichos servicios.
El Gobierno reglamentará la proyección, coordinación y ejecución de las políticas en materia
de accesibilidad y velará porque se promueva la cobertura nacional de este servicio."
Resolución 2400 de 1979 "Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda,
higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo" del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social:
"ARTÍCULO 6o. En la construcción, reformas o modificaciones de los inmuebles destinados aestablecimientos de trabajo, se deberán tener en cuenta, además de los requisitos exigidos en
el artículo quinto, los corredores, pasadizos, pasillos, escaleras, rampas, ascensores,
plataformas, pasamanos, escalas fijas y verticales en torres, chimeneas o estructuras similares
que serán diseñados y construidos de acuerdo a la naturaleza del trabajo, y dispondrán de
espacio cómodo y seguro para el tránsito o acceso de los trabajadores."
Acuerdo N° 470 del 14 de marzo de 2011 del Concejo de Bogotá, que tiene por objeto "...
establecer disposiciones normativas para prevenir la ocurrencia de accidentes en los sistemas
de transporte vertical en edificaciones, tales como ascensores, escaleras mecánicas, rampas
eléctricas, plataformas elevadoras y en similares, y en las puertas eléctricas que estén al
15
servicio público y privado en el Distrito Capital, a través de la revisión general anual de los
mismos..."36, en el que se menciona que es obligatoria la revisión en períodos no mayores aun (1) año por personas naturales y/o jurídicas calificadas y acreditadas y de acuerdo con los
resultados que arroje la revisión general, se realizará el mantenimiento preventivo o correctivo
que corresponda.
El parágrafo 2 del artículo segundo del citado acuerdo estipula lo siguiente: "En ningún caso la
revisión general anual reemplaza el mantenimiento preventivo que se debe realizar a los
sistemas de transporte vertical en edificaciones y puertas eléctricas, con la periodicidad
establecida por las empresas fabricantes v/o instaladoras" (subrayado fuera de texto).
IMPUESTOS TASAS Y CONTRIBUCIONES
Acerca de las tasas, impuestos y contribuciones, el Grupo de Cuentas de la Entidad se
pronunció en el siguiente sentido mediante correo electrónico de fecha 12 de enero de 2018:
• Retención en la fuente: Por Servicios en general personas jurídicas y asimiladas y
Personas Naturales declarantes de renta. Valor Base $133.000, tarifa 4%. DUR 1625
Art. 1.2.4.4.14. (Excepto Autorretenedores).
• Retención en la fuente: Por Servicios en general Personas Naturales no declarantes
de renta. DUR 1625 Art. 1.2.4.4.14. Valor Base $133.000, tarifa 6%. DUR 1625 Art.
1.2.4.4.14. (Excepto Autorretenedores).
• Retención de IVA, tarifa 15% (sobre el valor del 19% del IVA facturado). (Excepto
Gran contribuyente).
• Retención de ICA, en la ciudad de Bogotá, Código Actividad CIIU 3312, tarifa 0,966%,
del valor antes de IVA.
• Estampilla Pro-Universidad Nacional y demás universidades estatales de Colombia.
Valor Base (Contratos entre 1 y 2,000 SMMLV, tarifa 0.5%, Contratos entre 2001 y
6,000 SMMLV, tarifa 1,0%, Contratos de 6001 SMMLV o más, tarifa 2,0%. Ley 1697
de 2013.
• No se aplica retención por estampilla a contratos realizados en el Distrito Capital.
5.3.2 REGULACIÓN INTERNA
Decreto Ley 262 de 2000, artículo 64, numerales 1 y 2, "corresponde a la División Administrativa
de la Procuraduría General de la Nación:
"1. Adelantarlas actividades necesarias para la adquisición, el almacenamiento y suministro de
bienes y la prestación de los servicios que requiera la Procuraduría General para su
funcionamiento, así como prestar el soporte técnico a los usuarios, salvo lo atribuido a la Oficina
de Sistemas.
2. Adelantar las actividades necesarias para garantizar la conservación, el mantenimiento y
debida administración de los bienes de la entidad y velar porque se encuentren asegurados
adecuadamente."
6. ESTUDIO DE LA OFERTA
El servicio únicamente lo puede prestar la compañía ASCENSORES SCHINDLER DE
COLOMBIA S.A.S. por ser la única empresa autorizada en Colombia por el fabricante, para
prestar el servicio de mantenimiento y modernización para cualquier elevador y/o escalera
eléctricas de la marca SCHINDLER, de acuerdo con el certificado de exclusividad expedida el
19 de septiembre de 2001, en el que se indica: "La fábrica de ascensores SCHINDLER con
36 Acuerdo N° 470 de 2011, artículo 1.
16
sede en Ebikon, Suiza, certifica a quien pueda interesar, que la firma ASCENSORES
SCHINDLER DE COLOMBIA S.A., constituida por Escritura Pública No. 2.872 de la Notaría (4)
Cuarta del Círculo de Bogotá, D.C., es nuestra única representación para todo el territorionacional y garantizamos que esta representación está confirmada hasta el año 2052, fecha
hasta la cual tiene permiso de funcionamiento, según la reforma a los estatutos mediante
Escritura Pública No. 1568 de la Notaría 25 del Círculo de Bogotá, D.C., del 13 dejunio del año2.001.
Por lo anterior, ninguna otra persona, ni otra firma está autorizada para vender, instalar, hacer
mantenimiento, o reparaciones a equipos de marca SCHINDLER y/o a suministrarrepuestos...".
7. ESTUDIO DE LA DEMANDA
Contrataciones previas de la Entidad
AÑO
MODALIDAD DE
CONTRATACIÓN
OBJETO
CONTRATISTA
NUMERO DEL
CONTRATO
PLAZO
N° DE EQUIPOS
N° DE RUTINAS
VALOR DEL
CONTRATO
VALOR DEL
MANTENIMIENTO
PREVENTIVO
VALOR DEL
MANTENIMIENTO
CORRECTIVO
VALOR RUTINA (por
cada equipo)
FORMA DE PAGO
GARANTÍA ÚNICA -AMPAROS
2017
CONTRATACIÓN DIRECTA
LA PROCURADURÍA CONTRATACON EL CONTRATISTA LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DEMANTENIMIENTO PREVENTIVO Y
CORRECTIVO PARA EL ASCENSOR
DE PASAJEROS Y EL
MONTACARGAS INSTALADOS EN
LAS DEPENDENCIAS DE LA
ENTIDAD UBICADAS EN LA CALLE
16 N° 4-75/79 DE BOGOTÁ D.C., DE
ACUERDO CON LO INDICADO EN
LOS ESTUDOS PREVIOS Y LA
PROPUESTA PRESENTADA POR EL
CONTRATISTA EL 01 DE JUNIO DE
2017, DOCUEMENTOS QUE
FORMAN PARTE INTEGRAL DEL
CONTRATO.
ASCENSORES SCHINDLER DE
COLOMBIA S.A.S
179-061-2017
El plazo de ejecución del contrato se
surtirá a partir de la firma del acta de
inicio por las partes hasta el 31 de
diciembre de 2017.
2
7
$9.308.526,77
$8.462.297,06
$846.229,71
$604.449,79
Mensualidades vencidas de acuerdo
con las rutinas efectuadas.
CUMPLIMIENTO
10% del valor del
contrato, Tiempo
de ejecución del
contrato y ocho (8)
meses más,
contada a partir de
la suscripción del
contrato
2016
CONTRATACIÓN DIRECTA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DEL
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y
CORRECTIVO PARA EL ASCENSOR DE
PASAJEROS Y EL MONTACARGAS ,ARCA
SCHINDLER INTALADOS EN EL EDIFICIO
BCH (TORRE C) UBICADO EN LA CALLE 16
N° 4 - 79 DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ C.D.
INCLUIDO EL SUMINISTRO DE REPUESTOS,
REEMPLAZO DE PIEZAS REQUERIDAS YMANO DE OBRA
ASCENSORES SCHINDLER DE COLOMBIAS.A.S
179-024-2016
9 Meses
2
9
$10.468.710,00
$9.970.200,00
$468.510
$553.900
Mensualidades vencidas de acuerdo con las
rutinas efectuadas.
10% del valor del contrato, Plazo de ejecución
del contrato y seis (6) meses más, contada a
partir de la suscripción del contrato
2015
CONTRATACIÓN DIRECTA
CONTRATAR LA
PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DEL
MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y
CORRECTIVO PARA EL
ASCENSOR DE
PASAJEROS Y EL
MONTACARGAS MARCA
SCHINDLER INSTALADO
EN EL EDIFICIO BCH
(TORRE C), UBICADO EN
LA CALLE 16 N° 4 74 DE LA
CIUDAD DE BOGOTÁ D.C.,
INCLUIDO EL SUMINISTRO
DE REPUESTOS,
REEMPLAZO DE PIEZAS
REQUERIDAS Y MANO DE
OBRA
ASCENSORES SCHINDLER
DE COLOMBIA S.A.S
179-008-2015
11 Meses
2
11
$12.520.112,00
$11.381.920,00
$1.138.192
$517.360
Mensualidades vencidas de
acuerdo con las rutinas
efectuadas.
10% del valor del contrato,
Plazo de ejecución del
contrato y ocho (8) meses
más, contada a partir de la
suscripción del contrato
17
SEGURO DE
RESPONSABILIDAD
CIVIL
EXTRACONTRACTU
AL
ENLACE INTERNET
CALIDAD DEL
SERVICIO
PAGO DE
SALARIOS
PRESTACIONES
SOCIALES
LEGALES E
INDEMNIZACIÓN
ES LABORALES
10% del valor del
contrato, Plazo de
ejecución del
contrato y seis (6)
meses más,
contada a partir de
la suscripción del
contrato
5% del valor total
del contrato,
Tiempo de
ejecución del
contrato y tres (3)
años más, contada
a partir de la fecha
de suscripción del
mismo
200 SMMLV. Tiempo de ejecución del
contrato a partir de la suscripción del
mismo.
httDs://www.Drocuraduria.aov.co/DOrtal/
?ODtion=co.aov.Dan.Dortal.frontend.co
mDonent.oaaefactorv.ContratacionCo
mponentPaaeFactorv&action=view or
oceso&kev=1160
10% del valor del contrato, Plazo de ejecución
del contrato y seis (6) meses más, contada a
partir de la suscripción del contrato
5% del valor total del contrato, Plazo de
ejecución del contrato y tres (3) años más,
contada a partir de la fecha de suscripción del
mismo
200 SMLMV, Plazo de ejecución del contrato,
contado a partir de la fecha de suscripción del
mismo.
httDs://www.Drocuraduria.qov.co/Dortal/?ODtion
=co.aov.Dan.Dortal.frontend.comDonent.Daaefa
ctorv.ContratacionComDonentPaqeFactorv&act
ion=view proceso&kev=1160
10% del valor del contrato,
Plazo de ejecución del
contrato y ocho (8) meses
más, contada a partir de la
suscripción del contrato
5% del valor total del
contrato, Plazo de ejecución
del contrato y tres (3) años
más, contada a partir de la
fecha de suscripción del
mismo
200 SMLMV, Plazo de
ejecución del contrato,
contado a partir de la fecha
de suscripción del mismo.
httD://www.Drocuraduria.aov.
co/Dortal/?ODtion=co.aov.Dan
. portal.frontend.comDonentD
aaefactorv.ContratacionCom
oonentPaaeFactorv&action=
view proceso&kev=1036
Aunque en el cuadro anterior solo se muestra desde el año 2015, la Entidad contrata desde el
año 2014 el mantenimiento del ascensor y el montacargas de marca Schindler ubicados en
CALLE 16 N° 4 - 75/79 de Bogotá, utilizando la modalidad de contratación directa, realizando
el pago de manera mensual, en donde las garantías que se tuvieron en cuenta para dichas
contrataciones han sido las siguientes:
• CUMPLIMIENTO: 10% del valor del contrato. Plazo de ejecución del contrato y de seis
(6) a ocho (8) meses más, contados a partir de la suscripción del mismo.
• CALIDAD DEL SERVICIO: 10% del valor del contrato. Plazo de ejecución del contrato
y de seis (6) a ocho (8) meses más, contados a partir de la suscripción del mismo.
• PAGO DE SALARIOS PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES
LABORALES: 5% del valor total del contrato. Plazo de ejecución del contrato y tres (3)
años más, contados a partir de la fecha de suscripción del mismo.
• RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: 200 SMLMV. Plazo de ejecución
del contrato, contado a partir de la fecha de suscripción del mismo.
Es posible evidenciar que en procesos analizados en este estudio adelantados por la Entidad,
se efectuaron mantenimientos preventivos a cada uno de los equipos elevadores, al menos una
vez al mes.
Con respecto al año inmediatamente anterior la Entidad realizó un contrato con las mismas
características al presente y las condiciones contractuales que se tuvieron en cuenta fueron las
siguientes:
Forma de pago:
• El pago se pactó mensualmente por servicios prestados.
Rutinas:
• Mensuales
Modalidad de contratación:
• Contratación Directa
Histórico de adquisición del servicio de otras entidades oficiales
En lo relacionado, con la modalidad de contratación empleada por las entidades públicas para
contratar este servicio, se estableció, conforme a la consulta efectuada en el SECOP para los
%^^0
18
c°
últimos cuatro años, que el método de selección usado en todos los procesos de contratación
verificada es la contratación directa, tal como lo ha adelantado históricamente la Entidad. Esta
situación obedece a que la mayoría de proveedores de servicios de mantenimiento de las
marcas de mayor participación y reconocimiento en el sector de productos para el
desplazamiento de personas en edificaciones: Andino, SCHINDLER, THYSSENKRUPP,
Mitsubishi y OTIS Elevator Company, ostentan la calidad de proveedor exclusivo37 y/o poseen
una compañía afiliada38 exclusiva para tal fin; característica estándar de un mercado de
restricción vertical con exclusividad horizontal y vertical con monopolio de marca, es decir que
el proveedor de la marca restringe la participación de otros proveedores en su cadena de
producción, distribución y comercialización, (mercado de restricción vertical), tanto en
modernización y mantenimiento (exclusividad horizontal) y repuestos, piezas e insumos y
mercado conexo (exclusividad vertical), como lo es el sector que enmarca el objeto del presente
estudio previo.
37 Ver certificado emitido por Schindler.
38 Una compañía afiliada es una compañía que se relaciona con otra compañía con un dueño o controlador común. Las compañíasafiliadas también pueden ser firmas que tienen la misma empresa matriz. La empresa matriz es el accionista que posee un interés
mayoritario en todos su subsidiarios, y por lo tanto los controla.
19
ANÁLISISCONTRATACIÓNSECOP
ENLACEINTERNET
ENTIDAD
OBJETO
CONTRATISTA
MODALIDADDE
CONTRATACIÓN
AÑO
NUMERODEL
CONTRATO
httDs://www.contr
atos.aov.co/consu
Itas/detalleProces
o.do?numConsta
ncia=16-12-
4776441
FISCALÍA
GENERALDELA
NACIÓN
PRESTACIÓN
DEL
SERVICIO
DE
MANTENIMIENT
0PREVENTIVO,
PREDICTIVO
Y
CORRECTIVO
TÉCNICO
INTEGRAL
ESPECIALIZADO
CON
SUMINISTRODE
INSUMOS
Y
REPUESTOS
PARA
ASCENSORES
DE
PASAJEROS
MARCA
SCHINDLER
DE
PROPIEDAD
Y/O
EN
USO
Y
DISFRUTEDELA
FISCALÍA
GENERALDELA
NACIÓN
ASCENSORES
SCHINDLERDE
COLOMBIA
S.A.S
Contratación
Directa(Ley1150
de2007)
2016
0163DE2016
httos://www.contratos,aov.
co/consultas/detalleProces
o.do?numConstancia=15-
12-4290447
CONSEJOSUPERIORDE
LAJUDICATURA
PRESTAR
EL
SERVICIO
DE
MANTENIMIENTO
PARALOSASCENSORES
EXISTENTES
YEN
FUNCIONAMIENTOENLA
CALLE
72
N°
7-96
DE
BOGOTÁ,
SEDE
DE
LA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DE
ADMINISTRACIÓN
JUDICIAL,
YEN
LA
CARRERA
8N°
12A-19,
EDIFICIO
SEDE
ANEXA
DEBOGOTÁ
ASCENSORES
SCHINDLERDE
COLOMBIA
S.A.S
DIRECTA
2015
078DE2015
httos://www.contratos.aov.co/cons
stancia=14-12-3181673
DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE
LA
PRESIDENCIA
DE
LA
REPÚBLICA
ELCONTRATISTASEOBLIGAA
PRESTARA
LAENTIDAD,POR
SUS
PROPIOS
MEDIOS
CON
PLENAAUTONOMÍATÉCNICAY
ADMINISTRATIVA,ELSERVICIO
DE
MANTENIMIENTO
PREVENTIVO
YCORRECTIVO
CON
SUMINISTRO
DE
REPUESTOSPARACUATRO
(4)
ASCENSORES
MARCA
OTIS
REF
39-E0623/24/25/26
UBICADOS
EN
LA
CASA
DE
NARIÑOYPERTENECIENTESA
LAENTIDAD.
INTERNATIONALELEVATOR
INC
ContrataciónDirecta(Ley1150
de2007)
2014-2016
CTO-200-14
file:///C:/Users/ccortes/Downloads/D
PPROrF9O
1R-17-
5165400
124001000
19797759.Ddf
MINISTERIODETRANSPORTE
MANTENIMIENTO
DE
LOS
ASCENSORES
DEL
EDIFICIO
SEDE
PRINCIPAL
DEL
MINISTERIODETRANSPORTE
ASCENSORESSCHINDLERDE
COLOMBIA
S.A.S.
ContrataciónDirecta(Ley1150de
2007)
2016
320DE2016
httrjs://www.contratos.aov.co/consultas/d
12-3654503
ALCALDÍAMUNICIPIODECALI
PRESTAR
LOS
SERVICIOS
DE
MANTENIMIENTO
PREVENTIVO
Y
CORRECTIVODELOSASCENSORES
MARCA
OTISDEL
EDIFICIOCENTRO
CULTURAL
DE
LA
CIUDAD
DE
SANTIAGO
DE
CALI,EN
ELMARCO
DEL
PROYECTO
DENOMINADO
CONSERVACIÓN
INTERVENCIÓN
YDIFUSIÓN
DEL
PATRIMONIO
CULTURALDESANTIAGODECALIDE
CONFORMIDAD
CON
LA
FICHA
EBI
NO.06-034649VIGENCIA2015
INTERNATIONALELEVATOR
INC
ContrataciónDirecta(Ley1150de2007)
2015
4148.0.26.198-2015
httDs://www.contratos.
aov.co/consultas/detall
stancia-14-12-
3140598
IDU
-BOGOTÁ
REALIZAR
EL
MANTENIMIENTO
PREVENTIVO
Y
CORRECTIVO
DE
LOS
ASCENSORES
MARCA
OTIS
UBICADOS
EN
LA
SEDE
PRINCIPAL
DEL
INSTITUTO
DE
DESARROLLO
URBANO
CALLE
22
NO.
6-27.
INTERNATIONAL
ELEVATOR
INC
Contratación
Directa
(Ley1150de2007)
2014-2015
IDU-1768-2014
htto://www.contrat
os.aov.co/consult
as/detalleProceso
.do?numConstan
cia=16-12-
5507551
ANTIOQUIA
ALCALDÍA
MUNICIPIO
DE
MEDELLÍN
MANTENIMIENT
OPREVENTIVO
YCORRECTIVO
DE
ASCENSORES
MARCA
SCHINDLER
ANDINO
ASCENSORES
SCHINDLERDE
COLOMBIA
S.A.S
Contratación
Directa(Ley1150
de2007)
2016
4600066293
httD://www.contratos.a
ov.co/consultas/detalle
Proceso.do'numCons
tancia=16-12-5067311
BOGOTÁ
D.C.
SECRETARÍA
DE
HACIENDA
DISTRITAL
PRESTAR
EL
SERVICIO
DE
MANTENIMIENTO
PREVENTIVO
Y
CORRECTIVOALOS
ASCENSORES
MARCA
SCHINDLER
UBICADOS
EN
LA
TORRE
ADEL
CENTRO
ADMINISTRATIVO
DISTRITAL
-CAD
ASCENSORES
SCHINDLERDE
COLOMBIASAS
Contratación
Directa
(Ley1150de2007)
2016
160085-0-2016
20
r
PLAZO
No.DEEQUIPOS
NoDERUTINAS
VALORDEL
CONTRATO
VALORPREVENTIVO
VALORCORRECTIVO
VALORRUTINA
(por
cadaequipo)
FORMADEPAGO
CUMPLIMIENTO
CALIDADDEL
SERVICIO
PAGODESALARIOS
PRESTACIONES
SOCIALESLEGALESE
INDEMNIZACIONES
LABORALES.
12Meses
11
UNAPOR
EQUIPO
120.000.000,00
N/A
N/A
N/A
Mensualidades
vencidas
de
acuerdo
con
las
rutinas
efectuadas.
Nose
soli
cita
.
20%
delvalordel
contrato.Durante
elplazode
ejecucióndel
contratoyseis
(6)
mesesmás.
5%
delvalordel
contrato.Durante
elplazode
ejecución
del
12Meses
2 12
60.686.129,00
31.335.915,00
29.350.214,00
$691.509,5y$444.990
Mensualidades
vencidas
deacuerdocon
las
rutinas
efectuadas.
10%
delvalordel
contrato,
Plazo
de
ejecución
del
contratoycuatro
(4)meses
más.
10%
delvalordel
contrato,
Plazo
de
ejecución
del
contratoycuatro
(4)meses
más.
5%
del
valor
tota
ldel
contrato,
Plazo
de
ejecución
del
contrato
y
tres
(3)añosmás.
Desde
el01dediciembrede
2014hasta
el30denoviembrede
2016
4 24
$116.063.310
$116.063.310
$0.0
$1.208.993
Pagos
contra
facturación
presentada
por
elContratista
tomandocomo
base
elvalor
del
serviciomensualparacadaunade
lasvigencias
20%
del
valor
total
del
contrato,
con
una
vigencia
igual
ala
del
contratoycuatro
(04)
mesesmás
contados
apartir
de
lafechade
suscripción
delmismo
20%
del
valor
tota
ldel
contrato,
con
una
vigencia
igua
la
ladel
contratoycuatro
(04)
mesesmás
contados
apartir
de
lafechade
suscripcióndelmismo
5%
delvalortotaldelcontrato,con
unavigenciaigual
alplazodeés
te,
ytres
(03)
añosmás,contadosa
partir
de
lafechade
suscripción
delcontrato
6Meses
2
UNAMENSUALPOREQUIPO
$11,158,898
N/A
N/A
N/A
Seis
mensualidades
vencidas
de
acuerdocon
las
rutinasefectuadas,
cadaunaporvalorde$1.859.816,40
20%
del
valor
del
contrato,conuna
vigencia
igual
alplazo
delcontratoy
seis
(6)mesesmás.
30%
del
valor
del
contrato,con
una
vigenciaigual
alplazodelcontrato
y
unañomás
10%
del
valor
del
contrato,conuna
vigencia
igua
lal
plazo
delcontratoy
tres
(3)añosmás.
286días
2 10
$12.473.538
$12.473.538
$0.0
$623.676
10
pagos
durante
laejecución
del
contrato
10%
delvalor
totaldel
contrato,conuna
vigencia
iguala
ladel
contrato
ycuatro
(04)mesesmás
contados
apartir
de
la
fechadesuscripcióndelmismo
10%
delvalor
tota
ldel
contrato,conuna
vigencia
iguala
ladel
contratoy
cuatro
(04)
mesesmás
contados
apartir
de
la
fechadesuscripcióndelmismo
8%
del
valor
tota
ldel
contrato,conuna
vigenciaig
ual
alplazode
éste,ytres
(03)
añosmás,
contadosa
partir
de
lafecha
desuscripción
delcontrato
7mesescontadosa
partir
de
lafechade
la
firmadelactade
inicio
2 7
$15.564.010
$15.564.010
$0.0
$1.414.910
Mensualmente
al
contratista
$1.414.910
incluido
IVA
porcada
ascensor
alque
se
realice
mantenimiento
previo
recibo
a
satisfacción.
20%
delvalor
totaldel
contrato,
con
una
vigencia
iguala
ladel
contrato
yseis
(06)
mesesmáscontadosa
partir
de
lafecha
de
suscripcióndelmismo
20%
delvalor
tota
ldel
contrato,
con
una
vigencia
igual
ala
del
contrato.
10%
delvalor
tota
ldel
contrato,
con
una
vigencia
igual
alplazo
de
éste,
ytres
(03)
añosmás,contados
a
5meses
23 5
$154,165,343.00
$42.260.424
$0.0
$390.682
Mensualidades
vencidas
de
acuerdo
con
las
rutinas
efectuadas.
10%
del
valor
del
contrato,Plazode
ejecución
del
contrato
ycuatro
(4)mesesmás.
10%
del
valor
del
contrato,Plazode
ejecución
del
contrato
ycuatro
(4)mesesmás.
n/a
10meses
9 10
$106.092.000
$65.055.000
$0.0
$722.825
Mensualidades
vencidas
de
acuerdo
con
las
rutinas
efectuadas.
30%
del
valor
del
contrato,
Plazo
de
ejecución
del
contrato
yseis
(6)mesesmás.
20%
del
valor
del
contrato,
Plazo
de
ejecución
del
contrato
ydoce
(12)
meses
más.
5%
del
valor
total
del
contrato,
con
una
vigencia
igual
alplazo
de
éste,
ytres
(03)
añosmás.
21
RESPONSABILIDAD
CIVIL
EXTRACONTRACTUAL
CALIDADDELOS
BIENESENTREGADOS
contratoytres
(3)
añosmás.
Nose
soli
cita
.
Nose
soli
cita
.
n/a
Nose
solicita.
200SMLMV,
yuna
vigencia
igual
alplazodelcontrato.
Nose
soli
cita
.
200SMLMV,
conuna
vigencia
igual
ala
delcontrato
30%
del
valordel
contrato,conuna
vigencia
igua
lal
plazo
delcontratoy
unañomás.
200SMLMV,
yunavigencia
igual
alplazo
delcontrato.
Nose
soli
cita
.
partir
de
lafecha
de
suscripción
del
contrato
200
SMLMV,
yuna
vigencia
igual
alplazo
delcontrato.
Nose
soli
cita
.
n/a Nose
solicita.
n/a
Nose
soli
cita
.
22
Al analizar los precios reportados para procesos de contratación similares a los que ha
adelantado la Procuraduría General de la Nación frente a los de otras Entidades para
elevadores marcas Schindler, International Elevator Inc y OTIS, se observó, que por diferencias
técnicas, especificaciones técnicas de los equipos, número de equipos y las condiciones
particulares y específicas del mantenimiento para elevadores de la marca, el valor unitario de
las rutinas a realizar no puede ser cotejada con el valor del contrato que acá se pretende
celebrar, teniendo en cuenta que no se trata de servicios comparables.
Es posible evidenciar que dentro de los ocho (08) procesos analizados en este estudio, se
efectuaron mantenimientos preventivos a cada uno de los equipos elevadores, al menos una
vez al mes, como se realiza a los equipos de propiedad de la entidad.
Con respecto a los periodos de ejecución, se observa que los contratos tienen plazos entre 5 y
24 meses y los pagos se realizan en periodos mensuales de acuerdo al servicio prestado.
Por último es importante destacar que desde el punto de vista de garantías, normalmente los
amparos que se pactan son iguales a los exigidos por la entidad en su contratación; aunque no
todas las entidades exigen la misma cantidad de amparos. Estos son:
• Cumplimiento.
• Calidad del servicio.
• Pago de salarios prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales.
• Responsabilidad civil extracontractual.
8. ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
Para determinar el presupuesto oficial, se solicitó la respectiva cotización a ASCENSORES
SCHINDLER DE COLOMBIA S.A.S., correspondiente a la prestación del servicio de
mantenimiento preventivo para el ascensor de pasajeros y montacargas marca Schindler
instalados en la calle 16 No. 4- 75/79 de Bogotá, D.C., quien conforme a lo solicitado presentó
la cotización contenida en el oficio GVS-569-17 del 18 de enero 2018 en los siguientes términos:
"(...) El precio mensual de los servicios descritos a continuación es de:
UBICACIÓN
PROCURADURÍA
procuraduría
NUMERO DEL
EQUIPO
33000008021
33000008022
ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS
4 PISOS
675 Kg
1.00 m/s
4 PISOS
675 Kg
1.00 m/s
SUBTOTAL
TOTAL MENSUAL
TOTAL 12 MESES
MODALIDAD
SUPERIOR
$ 543.450
$ 543.450
$ 1.086.900
IVA 19%
$ 103.256
103.256
$ 206.512
$ 1.293.412
$ 15.520.944
Realizando una comparación de precios frente al año inmediatamente anterior y el cálculo da
como resultado de la siguiente manera:
DIFERENCIA PORCENTUAL DEL PRECIO DE UNA RUTINA DE MTO. PREVENTIVO ENTRE LOS AÑOS 2017 AL 2018
AÑO
2017
2018
Diferencia
Diferencia Porcentual %
COSTO RUTINA MANTENIMIENTO MENSUAL CON IVA
$1.208.899,58
$1.293.412,00
$84.512,42
6,99%
23
La diferencia porcentual presenta un incremento del 6,99% con respecto al valor pagado en lavigencia 2017. Si se analizan las variables siguientes: Tecnología de los equipos, IPCacumulado para el año 2017 que fue del 4.09%39, el Incremento del salario mínimo para el 2018
que fue del 5.9% y el personal profesional altamente calificado, junto con las herramientastecnológicas de avanzada que se utilizan en los mantenimientos de los equipos que ofrece laempresa, se estima que este es un incremento razonable.
Para determinar el valor de la bolsa de repuestos para la prestación del servicio demantenimiento correctivo, se solicitó asesoría a la firma Ascensores Schindler de Colombia
S.A.S., dada la experiencia y el conocimiento de sus equipos, quienes recomiendan en lacotización ya citada lo siguiente: "(...) Valor bolsa de posibles repuestos $ W'000.000, . Es
importante resaltar que estas máquinas tienen algo más de cinco (5) años de funcionamiento y
aunque siempre han tenido contrato de mantenimiento preventivo y se han seguido los
estándares de funcionamiento dados por el fabricante, es muy probable que algunas piezas
(piezas sometidas a cargas mecánica, tarjetería, baterías, etc) ya empiecen a presentar fallas
y requieran cambio. Es importante destacar aquí que en el contrato de 2017 el contratista
recomendó el cambio de las baterías del ascensor de pasajeros y una tarjeta electrónica, lo
cual no fue posible en su momento dado el bajo valor que se dejó para mantenimientos
correctivos en ese contrato. Este valor nos brinda un respaldo o bolsa para eventualidades no
previstas y atención inmediata a las mismas. Así las cosas, el valor para el mantenimiento
correctivo es de DIEZ MILLONES DE PESOS M/CTE ($10.000.000) con el fin de atender
salidas de funcionamiento e imprevistos concernientes a cambios de piezas y repuestos que
se pueda presentar en el transcurso del año 2018, dicho valor solamente se utilizará para el
cambio de repuestos y la mano de obra que cada situación conlleve (...)".
Aunado a lo anterior, se debe tener en cuenta que estos equipos ya pasan de los cinco (5) años
de uso y aunque se les ha realizado el mantenimiento preventivo correspondiente y se hanseguido los protocolos de funcionamiento, es probable que se requiera el cambio de piezas por
el uso normal y la vida útil de ciertos componentes internos, mecánicos y eléctricos, entre otroslos siguientes: Los rodamientos, las poleas, la iluminación de la cabina, las tarjetas electrónicas,las baterías, las botoneras, el cableado de señal, las protecciones eléctricas.
Es primordial y de suma importancia tener una amplia bolsa de repuestos para los arreglos que
sean necesarios, con el fin de garantizar que los ascensores operen en condiciones óptimasde funcionamiento y no representen un peligro para las personas que los utilicen.
Durante la ejecución del contrato No. 179-061 de 2017, la sociedad ASCENSORES
SCHINDLER DE COLOMBIA S.A.S., recomendó el cambio de las baterías del ascensor depasajeros y de una tarjeta electrónica, (se adjunta cotización anexa 144367076 del día martes29 de agosto de 2017), por un valor de TRES MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL
NOVECIENTOS QUINCE PESOS (3.053.915), repuestos que no pudieron ser cambiados
debido que superaban el monto de la bolsa de repuestos que se tenía destinada para dichaslabores en el referido contrato. Estas labores serán realizadas con esta nueva contratación ysegún la actualización de los precios a 2018 que cotice el contratista.
La suma de DIEZ MILLONES DE PESOS M/CTE ($10.000.000), para una bolsa de repuestos,
y mano de obra, le brinda a la Entidad un respaldo para eventualidades y atención inmediata a
las situaciones o imprevistos que puedan ocurrir, atender fallas en el funcionamiento que
requieran cambios de piezas y repuestos en forma inmediata, para no interrumpir las labores
desarrolladas en la sede lugar donde operan estas máquinas. Dicho valor solamente se utilizarápara el cambio de repuestos y la mano de obra que cada situación conlleve.
39 http://www.dinero.com/economia/articulo/inflacion-total-cle-2017-en-colombia-ipc/253916- Consulta 19-01 -2018
24
Teniendo en cuenta el valor de cotización presentada por la sociedad ASCENSORES
SCHINDLER DE COLOMBIA S.A.S. y el plazo de ejecución, el presupuesto estimado para el
mantenimiento preventivo es la suma de QUINCE MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL
NOVECIENTOS TREINTA Y DOS PESOS M/CTE ($15.520.932,00) correspondiente a doce
(12) rutinas mensuales preventivas de mantenimiento entre la fecha de suscripción del acta de
inicio y el 31 de diciembre de 2018 y el de la bolsa para mantenimiento correctivo es de DIEZ
MILLONES DE PESOS M/CTE ($10.000.000,00)
Servicio
Mantenimiento Preventivo Mensual para dos equipos: un
(1) ascensor de pasajeros y un (1) montacargas marca
Schindler ubicados en la ciudad de Bogotá en la calle 16
No. 4 - 75/79
Valor Sin IVA
$1.086.900
IVA
$206.511
Subtotal
$1.293.411
Rutinas
12
Mantenimiento Correctivo: Bolsa para eventualidades no previstas y atención inmediata, para dos equipos:
un (1) ascensor de pasajeros y un (1) montacargas marca Schindler ubicados en la ciudad de Bogotá en la
calle 16 No. 4-75/79
Presupuesto Total Estimado
TOTAL
$ 15.520.932,00
$10.000.000,00
$25.520.932.00
8.1 PRESUPUESTO ESTIMADO
El presupuesto estimado para la presente contratación asciende a la suma de VEINTICINCO
MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS PESOS M/CTE
($25.520.932,00) Incluido IVA, impuestos y demás deducciones, amparado en el Certificado de
Disponibilidad Presupuestal 5018 del 04 de enero de 2018, expedido por la Coordinadora del
Grupo de Ejecución Presupuestal de la Procuraduría General de la Nación y previsto en el Plan
de Adquisiciones según el Certificado del 2018-006 del 03 de enero de 2018 expedido por el
Administrador del plan de compras.
9. CRITERIOS DE SELECCIÓN
Por tratarse de Contratación Directa se contrata con quien esté en capacidad de ejecutar el
objeto, porque cuenta con la idoneidad, lo cual es verificado por la Entidad.
En el Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad ASCENSORES
SCHINDLER DE COLOMBIA S.A.S., expedido el 2 de enero de 2018 por la Cámara de
Comercio de Medellín para Antioquia, sede virtual, código de verificación:
DqdMIaGaencTnouN, se verificaron las condiciones de existencia y representación legal de
dicha sociedad y su objeto social, dentro del cual se halla el objeto de la presente contratación.
De igual forma, el representante legal en calidad de apoderado se encuentra facultado para
"... firmar todos los documentos y contratos en nombre y representación de la sociedad...".
Respecto a lo ordenado por la Ley 1801 de 2016, la sociedad ASCENSORES SCHINDLER DE
COLOMBIA S.A.S., representada por JOSÉ MARÍA LORENTE GÓMEZ en calidad de
apoderado general, se encuentran habilitados para contratar con el estado, en razón a que no
se encuentra el representante legal vinculado en el Sistema Registro Nacional de Medidas
Correctivas RNMC de la Policía Nacional de Colombia como infractor de la Ley 1801 de 2016.
PIN de Validación Interno: No. 0 del 18 de enero de 2018. Adicionalmente, de acuerdo con los
certificados expedidos por la Contraloría General de la República el 17 de enero de 2018, con
códigos de verificación 202552180117073148 y 860005289180117073000, así como lo
señalado en los certificados de ordinarios Nos. 104520739 y 104520066 expedidos el 18 de
enero de 2018 por el Jefe de la División Centro de Atención al Público (CAP) de la Procuraduría
General de la Nación, tanto la sociedad como quien la representa NO se encuentran reportados
como responsables fiscales, ni registran sanciones e inhabilidades.
De igual forma, según certificado expedido el 01 de diciembre de 2017 por la Señora
CAROLINA MARÍA SERNA ORTÍZ, T.P. 171835 -T, Revisora Fiscal de la sociedad
25
ASCENSORES SCHINDLER DE COLOMBIA S.A.S., la empresa se encuentra a paz y salvo
con sus obligaciones frente al pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral yParafiscales.
La compañía ASCENSORES SCHINDLER DE COLOMBIA S.A.S. es la única empresa
autorizada en Colombia por el fabricante, para realizar la prestación del mantenimiento de los
equipos de la marca SCHINDLER, de acuerdo con el certificado de exclusividad expedido el
día 19 de septiembre de 2001, vigente hasta el 2052, por lo que ninguna otra persona ni firma
está autorizada para hacer el mantenimiento o realizar las reparaciones y a suministrar
repuestos.
En el citado certificado se indica: "La fábrica de ascensores SCHINDLER con sede en Ebikon,
Suiza, certifica a quien pueda interesar, que la firma ASCENSORES SCHINDLER DE
COLOMBIA S.A., constituida por Escritura Pública No. 2.872 de la Notaría (4) Cuarta del Círculo
de Bogotá, D. C, es nuestra única representación para todo el territorio nacional y garantizamos
que esta representación está confirmada hasta el año 2052, fecha hasta la cual tiene permiso
de funcionamiento, según la reforma a los estatutos mediante Escritura Pública No. 1568 de la \
Notaría (25) veinte y cinco del Círculo de Bogotá, D.C., del 13 de junio del año 2.001. w
Por lo anterior, ninguna otra persona, ni otra firma está autorizada para vender, instalar, hacer
mantenimiento, o reparaciones a equipos de marca SCHINDLER y/o a suministrar
repuestos...".
9.1. CONOCIMIENTO DE FONDO DEL CONTRATISTA
La compañía ASENSORES SCHINDLER DE COLOMBIA S.A.S., se constituyó el 23 de junio
de 1952 bajo la forma de sociedad comercial anónima denominada ASENSORES SCHINDLER
DE COLOMBIA S.A. Posteriormente la sociedad se transformó de anónima a sociedad por
acciones simplificada, según acta No. 61 del 23 de junio de 2011, de la Asamblea General de
Accionistas, registrada inicialmente en la Cámara de Comercio de Bogotá el 14 de junio de
2011, y luego en la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia el 18 de julio de 2014, en
el libro 9, bajo el No. 13799.
Régimen tributario: Régimen común
Experiencia del contratista W
• Prestación de mantenimiento y modernización para cualquiera de los equipos
SCHINDLER
• Reparar, diseñar, construir, mantener, operar, comprar, vender, comercializar y
negociar elevadores y escaleras eléctricas.
• Fabricar, manufacturar, instalar, suministrar todo tipo de repuestos y piezas para todo
tipo de productos de desplazamiento en edificaciones.
La firma ASCENSORES SCHINDLER DE COLOMBIA SAS se vinculó contractualmente con la
Procuraduría General de la Nación, bajo la modalidad de contratación directa mediante el
contrato No. 179-014-2014 con el fin de prestar el servicio de mantenimiento preventivo y
correctivo del ascensor y el montacargas de marca SCHINDLER ubicados en la Calle 16 No.
4-75/79 de Bogotá, D.C.
Adicíonalmente el contratista ha cumplido con los estándares de calidad y cumplimiento
conforme a las condiciones establecidas en los contratos suscritos con la Entidad, tal y como
se puede verificar en el acta de recibo final a satisfacción.
26
10. ANÁLISIS DE RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO
Para este proceso de contratación se han identificado los siguientes riesgos:
Descripción (Qué
puede pasar y,
cómo puede
ocurrir)
Consecuen
cía de la
ocurrencia
del evento
fí
2 £
1 I
P
Impacto después
del tratamiento
= o
•8
8
3 S
H
Monitoreo y revisión
I!n
Súbito incremento
de los precios de los
repuestos.
Perdida del
equilibrio
económico
del
contrato
11-i
Fenómenos
naturales que
afecten el servicio
No
prestación
del servicio
por fuerza
mayor
3
s •O -M
1 s
Efectos originados
por nuevas noi
aplicables al
contrato
as
Retraso en
la
ejecución
dei
contrato
«I
Pérdida o daño de
los bienes de la
Entidad.
No
cumplimie
nto de las
funciones a
cargo de la
Entidad.
siII
li
Hurto o daño a los
bienes de!
contratista con los
cuales ejecuta el
contrato
Retraso o
no
prestación
del
servicio.
o oc o
¡1 ||§ -ovt g
0 o
1 í
Divulgación
indebida déla
información
misional de la
Entidad
Presentaci
ón de
demandas
en contra
déla
Entidad,
afectación
délas
relaciones
laborales,
uso
indebido
déla
informació
n por
terceros
liSi "5
NOTA: La valoración del riesgo se obtuvo de sumar las estimaciones de probabilidad de ocurrencia e
impacto del riesgo según los parámetros establecidos en el Manual para la Identificación y Cobertura del
Riesgo en los Procesos de Contratación (Versión M-ICR-01 -Circular No.8), implementada por Colombia
Compra Eficiente.
11. GARANTÍAS QUE LA ENTIDAD ESTATAL CONTEMPLA EXIGIR EN EL CONTRATO
GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO Y SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVILEXTRACONTRACTUAL
27
Con el fin de amparar los perjuicios de naturaleza contractual y extracontractual derivados del
incumplimiento del contrato y de su liquidación que pueda surgir para la administración por las
actuaciones, hechos u omisiones del contratista, éste debe presentar una garantía de
cumplimiento a favor de la Procuraduría General de la Nación, en cualquiera de las garantías
que de conformidad con el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.1.2 sean aplicables, con la
siguiente cobertura:
AMPARO
Cumplimiento
Pago de salarios, prestaciones sociales legales e
indemnizaciones laborales
Calidad y correcto funcionamiento de los bienes
y equipos suministrados
PORCENTAJE (%) DEL
VALOR DEL CONTRATO
10%
5%
10%
VIGENCIA
l'itvvp-r tic- ojeciiCiúi del rriit-a'o ; o-.h? ■„'!,. mese;
más, contados a partir de la fecha de suscripción del
contrato.
Tiempo de ejecución del contrato y tres (3) años más
contados a partir de la fecha de suscripción del
contrato.
Tiempo de ejecución del contrato y seis (6) meses más,
contados a partir de la fecha de recibo a satisfacción de
los bienes y equipos suministrados.
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
Responsabilidad Civil Extracontractual (contrato
de seguro) *
200 SMMLV (Decreto 1082 de
2015, Art 2.2.1.2.3.1.17)
Tiempo de ejecución del contrato a partir de la
suscripción del mismo.
*Esta póliza deberá contener en forma expresa y en adición a la cobertura de precios, labores
y operaciones, los amparos estipulados por el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.2.9. En
esta póliza de responsabilidad extracontractual EL CONTRATISTA debe aportar la constancia
de pago de la prima correspondiente.
Se estima la inclusión de estos amparos, en los porcentajes y vigencias antes señalados, ya
que teniendo en cuenta la naturaleza del contrato a celebrar y las obligaciones a cargo del
contratista, la Entidad debe estar cubierta de los perjuicios derivados por el incumplimiento total
o parcial a cargo del contratista; el cumplimiento tardío o defectuoso del mismo; el pago del
valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria; el cumplimiento de las obligaciones
laborales derivadas de la contratación de personal para la ejecución del contrato y los perjuicios
derivados por la deficiente calidad y correcto funcionamiento de los bienes suministrados.
La responsabilidad civil extracontractual ampara a la Entidad de eventuales reclamaciones
derivados de la responsabilidad extracontractual que surjan de las actuaciones, hechos u
omisiones de los subcontratistas autorizados, según lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.8
del Decreto 1082 de 2015.
Nota: En todo caso, el contratista se compromete a ajustar la vigencia de los amparos de la
garantía a partir de la suscripción del acta de inicio, así como a ampliar el valor de la misma o
su vigencia, en el evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su
término en virtud de lo consagrado en el artículo 2.2.1.2.3.1.18 del Decreto 1082 de 2015.
12. INDICACIÓN SI EL CONTRATO ESTA COBIJADO POR UN ACUERDO COMERCIAL
De conformidad con el Manual para el manejo de los acuerdos Comerciales en proceso de
contratación, versión M-MACPC-12 publicado por Colombia Compra Eficiente el 8 de mayo de
2017, literal c), este análisis no se efectúa para los procesos de contratación adelantados por la
modalidad de selección de contratación directa.
13. REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se entiende legalizado con la suscripción del mismo y cuando se efectúe el
correspondiente registró presupuestal por parte de la Procuraduría General de la Nación. Para
su ejecución se requiere la legalización y la constitución y aprobación de la garantía de
cumplimiento y el seguro de responsabilidad civil extracontractual.
En el momento de la firma del contrato, el contratista deberá:
28
Diligenciar el formulario Beneficiario-cuenta en el cual indicará el número de la cuenta corriente
o de ahorros y la entidad bancaria en donde pueda consignarse el valor del contrato, cuenta
que debe figurar a nombre y con el NIT del contratista.
Para efectos de la expedición del certificado de registro presupuestal del contrato, debe anexar
una certificación de la entidad bancaria en la que conste el nombre del cuentahabiente, su
número de identificación, número de la cuenta, tipo de la cuenta y si a la fecha está activa. Esta
documentación hará parte integral del contrato. El nombre del beneficiario y número de
identificación debe ser el mismo en el contrato, en el formulario Beneficiario Cuenta, en la
certificación del banco y en las facturas que posteriormente se presenten.
Allegar el certificado de cumplimiento con las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social
Integral y parafiscales, conforme a lo previsto en las normas aplicables sobre la materia. En el
evento que el CONTRATISTA se encuentre incurso en alguna de las causales de exoneración
previstas en la ley, deberá hacer esta manifestación por escrito el CONTRATISTA debe allegar
estos documentos para la firma del contrato y es condición indispensable para el trámite de los
pagos que se deriven de la ejecución del contrato. Para el efecto LA CONTRATISTA debe
presentarle al supervisor del contrato, la documentación que acredite el cumplimiento del
mismo. El cumplimiento de este requisito, se acredita, mediante certificación suscrita por el
revisor fiscal de la empresa.
13.1 PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato se surtirá a partir de la firma del acta de inicio por las partes
hasta el 31 de diciembre de 2018, la cual debe suscribirse por el CONTRATISTA y el supervisor
del contrato dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del contrato, previo
cumplimiento de los requisitos de legalización y ejecución del mismo.
Siempre que cualquiera de los plazos en días calendario indicados en el contrato tenga
vencimiento en día no hábil, se entenderá que dicho plazo vence el día hábil inmediatamentesiguiente.
La ejecución del contrato se realizara en la ciudad de Bogotá D.C., en la calle 16 No. 4 - 75/79.
Para todos los efectos el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá D.C.
13.2 FORMA DE PAGO
Solo se pagarán los mantenimientos preventivos y correctivos, efectivamente realizados dentro
del plazo de ejecución del contrato. De los valores no ejecutados se dejará constancia en el
acta de terminación del contrato.
Para que la Procuraduría General de la Nación proceda a realizar los pagos de la facturación,
el contratista deberá haber cumplido satisfactoriamente con las condiciones contractuales y
compromisos asumidos en el contrato y oferta durante cada periodo a legalizar.
Los pagos se efectuarán dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha en la
que la supervisión del contrato radique definitivamente la factura en la División Financiera -
Grupo de Cuentas de la Procuraduría General de la Nación, con los respectivos soportes, previa
revisión y aprobación de los documentos entregados por el contratista. El proceso de aceptación
de la factura se surtirá en un término no mayor a tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su
entrega por parte del CONTRATISTA, periodo en el cual la supervisión realizará las reclamaciones
en contra de su contenido, bien sea mediante la devolución de la misma, o por medio de reclamo
escrito dirigido al emisor o tenedor de la factura.
29
La factura debe ir acompañada del formato de recibo a satisfacción expedido por la supervisión
del contrato e informe de ejecución de acuerdo con el formato establecido por la Entidad y de
la certificación de cumplimiento con las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social Integral y
parafiscales, conforme lo previsto en las normas aplicables a la materia. El cumplimiento de
esta obligación, por parte del contratista, se acredita, mediante certificación suscrita por el
revisor fiscal de la empresa. En todo caso el pago del contrato se encuentra sujeto a
disponibilidad del PAC.
Cuando la Entidad no cancele al contratista la suma pactada, dentro de los términos estipulados
en el presente contrato y teniendo en cuenta la fecha en que la Entidad cuente con la
disponibilidad del PAC, ésta reconocerá al contratista como intereses de mora el incremento
mensual promedio del índice de Precios al Consumidor certificado por el DAÑE entre el 1o deenero y el 31 de diciembre del año anterior.
14. CLÁUSULA DE INDEMNIDAD
EL CONTRATISTA está en la obligación de mantener a LA PROCURADURÍA libre de cualquier
daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones
o de las de sus subcontratistas o dependientes.
15. CLÁUSULA DE SUBCONTRATACIÓN
EL CONTRATISTA puede subcontratar con cualquier tercero la ejecución de las actividades
relacionadas con el objeto del presente contrato, sin embargo, EL CONTRATISTA responde
directamente a la Entidad por el cumplimiento del contrato y la mantendrá indemne de cualquier
daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que se deriven de sus actuaciones o
de las de sus subcontratistas o dependientes.
16. SUPERVISOR DEL CONTRATO
Para el presente proceso no se requiere de interventoría externa: En cumplimiento de lo
dispuesto en el parágrafo del artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, la Entidad considera que no
se requiere de interventoría externa debido a que se cuenta con personal de planta idóneo y
suficiente para realizar el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico
sobre el cumplimiento del contrato.
La dirección, control y coordinación del contrato será del jefe de la División Administrativa o
quien haga sus veces. La supervisión del presente contrato será ejercida por funcionarios
adscritos a la citada dependencia, quienes deberán tener las siguientes condiciones de
idoneidad: Profesional en Ingeniería o Tecnólogo o Técnico con conocimientos afines al
mantenimiento de ascensores.
Los supervisores llevarán a cabo el seguimiento y control del contrato de conformidad con lo
dispuesto por la Ley 1474 de 2011 y el Manual de Contratación de la Entidad, sin perjuicio de
la responsabilidad que le asiste al Jefe de cada área en relación con la supervisión de la
contratación solicitada.
17. LIQUIDACIÓN
La liquidación del contrato que resulte del proceso de contratación directa, se llevará a cabo
bajo los parámetros establecidos en los artículos 60 de la Ley 80 de 1993 y 11 de la Ley 1150
de 2007, modificado por el artículo 217 del Decreto Ley 019 de 2012. La liquidación por mutuo
acuerdo podrá efectuarse dentro de los ocho (8) meses siguientes a la fecha de terminación
del plazo de ejecución del contrato.
En aquellos casos en que EL CONTRATISTA no se presente a la liquidación previa notificación
30
'i I
(o
o convocatoria que le haga la Entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido,
la Entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) mesessiguientes, de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y delo Contencioso Administrativo.
18. CIERRE DEL EXPEDIENTE
Vencidos los términos de las garantías de calidad, con fundamento en lo previsto en el artículo2.2.1.1.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad dejará constancia del cierre del expedientedel Proceso de Contratación.
2018
CARLOS ALBERTO C(Grupo de Inmuebles
TÉS OLAYA
BERNAL ACOSTA
ministrativa
31
f I.1- -
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