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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 406 SAN SALVADOR, MARTES 24 DE MARZO DE 2015 NUMERO 57
-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi cial@imprentanacional.gob.sv
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ORGANO EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Acuerdo No. 162.- Se encarga el Despacho del Presidente
de la República, al Licenciado Oscar Samuel Ortíz Ascencio,
Vicepresidente de la República. .................................................
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Decreto No. 39.- Reglamento de la Ley Orgánica de la
Inspectoría General de Seguridad Pública. ................................
MINISTERIO DE ECONOMÍA
RAMO DE ECONOMÍA
Acuerdo No. 293.- Se revocan benefi cios otorgados a la
Sociedad Darlington Fabrics El Salvador, Limitada de Capital
Variable. .....................................................................................
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
RAMO DE EDUCACIÓN
Acuerdos Nos. 15-0592, 15-0965 y 15-1143.- Acuerdos
relacionados a planes de estudios de la Universidad Dr. José
Matías Delgado. .........................................................................
Acuerdos Nos. 05-00684, 05-00685, 05-00686, 05-00687,
05-00688, 05-00689, 05-00692, 05-00694, 05-00695, 05-00696,
06-534, 06-535, 06-536, 06-537, 06-538, 06-572, 06-577, 06-579,
06-581, 06-582, 06-587, 06-619, 06-620, 06-626, 06-627.- Se
concede el carácter de persona jurídica a diferentes Consejos
Directivos Escolares. ..................................................................
Acuerdo No. 15-1970.- Ampliación de servicios educativos
en el Colegio Cristiano Bilingüe Amigos para Latinoamérica,
ubicado en el municipio de Santiago Texacuangos. ..................
Acuerdos Nos. 15-0266, 15-0272 y 15-0273.- Reconocimiento
de estudios académicos. .............................................................
DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro
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ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 186-D, 119-D, 128-D (4), 129-D (2) y 130-D
(59) .- Autorizaciones para ejercer las funciones de notario. ....
Acuerdos Nos. 1199-D, 1460-D, 16-D y 17-D.-
Autorizaciones para ejercer la profesión de abogado en todas
sus ramas. ...................................................................................
INSTITUCIONES AUTÓNOMAS
ALCALDÍAS MUNICIPALES
Decreto No. 1.- Ordenanza Transitoria de Exención del
Pago de Mora e Intereses Provenientes por Tasas a favor del
municipio de Chirilagua, departamento de San Miguel. ............
Decreto No. 2.- Reforma a la Ordenanza Reguladora de
Tasas por Servicios Públicos Municipales de la Villa de San
Juan Tepezontes, departamento de La Paz. ...............................
Decretos Nos. 13, 14 y 15.- Reforma a los Presupuestos
Municipal y de Administración Municipal de Mercados, de la
ciudad de San Salvador. .............................................................
Reforma a los Estatutos de la Asociación de Municipios
del Sur de La Libertad. ..............................................................
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia ................................................
Título de Propiedad ........................................................
Aviso de Inscripción ........................................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Herencia Yacente ............................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Herencia Yacente ............................................................
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia ................................................
Aceptación de Herencia ..................................................
Título de Propiedad ........................................................
Título Supletorio .............................................................
Juicio de Ausencia ...........................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Convocatorias ..................................................................
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Subasta Pública ...............................................................
Reposición de Certifi cados .............................................
Edicto de Emplazamiento ...............................................
Marca de Servicios ..........................................................
Marca de Producto ..........................................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Herencia Yacente ............................................................
Título Supletorio .............................................................
Título de Dominio............................................................
Marca de Fábrica ............................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Convocatorias ..................................................................
Reposición de Certifi cados .............................................
Aviso de Cobro ................................................................
Título Municipal ..............................................................
Marca de Servicios ..........................................................
Reposición de Póliza de Seguro ......................................
Marca de Producto ..........................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Título de Propiedad ........................................................
Título Supletorio .............................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Señal de Publicidad Comercial ......................................
Convocatorias ..................................................................
Subasta Pública ...............................................................
Reposición de Certifi cados .............................................
Título Municipal ..............................................................
Marca de Servicios ..........................................................
Marca de Producto ..........................................................
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ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y JUSTICIA
ACUERDO No. 162
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
En uso de sus atribuciones y de conformidad a lo establecido en los artículos 155 de la Constitución y 3, inciso 2°, del Reglamento Interno del
Órgano Ejecutivo, ACUERDA: Encargar el Despacho del Presidente de la República, los días del 27 de marzo al 8 de abril del presente año, al Li-
cenciado ÓSCAR SAMUEL ORTIZ ASCENCIO, Vicepresidente de la República, conforme detalle siguiente: En el caso del día 27 de los corrientes,
dicho Encargo es efectivo a partir del momento de mi salida del territorio nacional y el día 8 de abril del presente año, el Encargo será efectivo hasta
el arribo del suscrito al país.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL, en la ciudad de San Salvador, el día veinticuatro del mes de marzo de dos mil quince.
SALVADOR SANCHEZ CEREN,
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
RAMON ARISTIDES VALENCIA ARANA,
MINISTRO DE GOBERNACION Y DESARROLLO TERRITORIAL.
DECRETO No. 39
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que de conformidad a lo establecido por el artículo 168, ordinal 14° de la Constitución de la República, es atribución del Presidente de la
República decretar los reglamentos que fueren necesarios para facilitar y asegurar la aplicación de las leyes cuya ejecución le correspon-
de;
II. Que mediante Decreto Legislativo No. 815, de fecha 2 de octubre de 2014, publicado en el Diario Ofi cial No. 202, Tomo No. 405, del 30
de ese mismo mes y año, se emitió la Ley Orgánica de la Inspectoría General de Seguridad Pública; y,
III. Que el Art. 39 de dicha Ley dispone que el Presidente de la República deberá dictar el Reglamento correspondiente para la aplicación y
funcionamiento de la misma.
POR TANTO:
En uso de sus facultades constitucionales,
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DECRETA el siguiente:
REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA INSPECTORÍA GENERAL DE
SEGURIDAD PÚBLICA
TÍTULO I
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
Objeto
Art. 1.- El presente Reglamento tiene por objeto desarrollar la Ley Orgánica de la Inspectoría General de Seguridad Pública y regular el funcio-namiento de dicha institución como órgano contralor y fi scalizador de la Policía Nacional Civil y de la Academia Nacional de Seguridad Pública.
Denominaciones
Art. 2.- Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
a) ANSP o Academia: Academia Nacional de Seguridad Pública;
b) Inspectoría o Inspectoría General: Inspectoría General de Seguridad Pública;
c) Inspector General: Inspector o Inspectora General de Seguridad Pública;
d) LOIGSP o Ley Orgánica: Ley Orgánica de la Inspectoría General de Seguridad Pública;
e) PNC: Policía Nacional Civil.
Ámbito de aplicación
Art. 3.- Estarán sujetos a lo dispuesto en el presente Reglamento:
a) El personal de la Inspectoría General de Seguridad Pública, entendiéndose, por tal: funcionarios, personal profesional, técnico y de servicio que labora en las distintas dependencias que conforman la estructura organizativa de la Inspectoría General;
b) El personal policial y administrativo de la Policía Nacional Civil, en lo que fuere aplicable;
c) El personal docente y administrativo y alumnos de la Academia Nacional de Seguridad Pública, en lo que fuere aplicable.
Defi niciones
Art. 4.- Para los efectos de este Reglamento, se adoptan las siguientes defi niciones:
a) Denuncia: manifestación formal por medio de la cual una persona, directamente perjudicada o no, hace del conocimiento de la Inspectoría General de Seguridad Pública o de las distintas dependencias de la PNC y ANSP, acciones u omisiones de las personas mencionadas en las letras b) y c) del Art. 3 del presente Reglamento, que considere irregulares o contrarias a la ley y demás normativa aplicable;
b) Queja: manifestación realizada por cualquier medio, por parte de una persona que se considere agraviada en sus derechos, a raíz de accio-nes u omisiones de las personas mencionadas en las letras b) y c) del Art. 3 del presente Reglamento, haciéndolas del conocimiento de la Inspectoría General de Seguridad Pública o de las distintas dependencias de la PNC y ANSP;
c) Aviso: manifestación por medio de la cual una persona, de forma anónima o no, utilizando cualquier medio y sin que sea necesario el cumplimiento de formalidad alguna, hace del conocimiento de la Inspectoría General de Seguridad Pública o de las distintas dependencias de la PNC y ANSP, acciones u omisiones de los sujetos mencionados en las letras b) y c) del Art. 3 del presente Reglamento, que considere irregulares o contrarias a la Ley y demás normativa aplicable;
d) Informe: manifestación por medio de la cual un funcionario o empleado público hace del conocimiento de la Inspectoría General de Se-guridad Pública o de las distintas dependencias de la PNC y ANSP, acciones u omisiones de las personas mencionadas en las letras b) y c) del Art. 3 del presente Reglamento, que considere irregulares o contrarias a la Ley y demás normativa aplicable, de los cuales ha tenido conocimiento en razón del ejercicio de sus funciones;
e) Servicios operativos policiales: servicios a través de los cuales se lleva a cabo el ejercicio de la función de policía, ya sea urbana o rural, de conformidad a las responsabilidades y funciones que corresponden a cada nivel y categoría de la carrera policial, dentro de la jornada de trabajo o fuera de ella;
f) Servicios operativos académicos: servicios a través de los cuales se lleva a cabo la formación integral del talento humano que conformará la Policía Nacional Civil, a través de los planes y programas educativos de la Academia Nacional de Seguridad Pública;
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g) Servicios de gestión: servicios a través de los cuales se ejecutan los procesos relacionados con la administración de los recursos fi nancieros y humanos, para satisfacer oportunamente las necesidades institucionales de la PNC y ANSP y apoyar la operatividad de las mismas;
h) Dirección funcional: ejercicio de las facultades que le corresponden a Inspectoría General orientadas a dirigir, promover, supervisar e inter-venir en todas las actuaciones de investigación disciplinaria interna de la PNC y de la ANSP, de conformidad con la LOIGSP, el presente Reglamento y demás normativa aplicable.
TÍTULO II
DE LA INSPECTORÍA GENERAL DE SEGURIDAD, PÚBLICA
CAPÍTULO I
ORGANIZACIÓN
Estructura organizativa
Art. 5.- La Inspectoría General de Seguridad Pública estará conformada por los Departamentos que señala el Art. 22 de la LOIGSP, así como por un Departamento Jurídico y otros que, según las necesidades del servicio, sean creados por el Inspector General, de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica.
Departamento de Procesos Disciplinarios
Art. 6.- El Departamento de Procesos Disciplinarios colaborará con el Departamento de Investigación de las Faltas Disciplinarias, de conformidad a lo que defi na el Inspector General.
CAPÍTULO II
DEPENDENCIAS DE LA INSPECTORÍA GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
Ofi cinas descentralizadas
Art. 7.- Habrá una ofi cina departamental de la Inspectoría General en cada cabecera departamental del país y estarán conformadas por, al menos, un delegado departamental que designe el Inspector General y el personal de apoyo administrativo necesario, debiendo contar con una sección de recepción de quejas y denuncias.
Asimismo, existirán las ofi cinas regionales siguientes:
a) Ofi cina Región Occidental: que comprenderá los departamentos de Santa Ana, Ahuachapán y Sonsonate;
b) Ofi cina Región Central: que comprenderá los departamentos de La Libertad y Chalatenango;
c) Ofi cina Región Metropolitana: que comprende el departamento de San Salvador;
d) Ofi cina Región Paracentral: que comprenderá los departamentos de La Paz, Cuscatlán, Cabañas y San Vicente; y,
e) Ofi cina Región Oriental:, que comprenderá los departamentos de San Miguel, Usulután, Morazán y La Unión.
No obstante lo anterior, el Inspector General podrá modifi car dicha distribución territorial, de conformidad a lo establecido en la LOIGSP.
Delegados departamentales
Art. 8.- Los delegados departamentales tendrán las siguientes atribuciones y obligaciones:
a) Representar al Inspector General ante las autoridades del departamento;
b) Dar cumplimiento en su jurisdicción territorial, a la labor de contraloría y fi scalización de la Policía Nacional Civil y de la Academia Nacional de Seguridad Pública;
c) Verifi car el cumplimiento del régimen disciplinario de la PNC y ANSP, en su circunscripción territorial, en coordinación con los Depar-tamentos de Investigación de las Faltas Disciplinarias y el de Procesos Disciplinarios;
d) Establecer relaciones de coordinación con las Unidades Regionales de Control, de Investigación Disciplinaria y de Derechos Humanos de la Policía Nacional Civil;
e) Informar al Inspector General, a través del delegado regional correspondiente, sobre los resultados de los planes operativos policiales eje-cutados, así como lo referente a la conducta policial, con especial observancia en el respeto a los derechos humanos y a la ética profesional y emitir las observaciones y recomendaciones pertinentes; y,
f) Cualquier otra establecida en la Ley o que le sea requerida por el Inspector General.
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Delegados regionales
Art. 9.- El delegado regional tendrá asignadas las siguientes atribuciones:
a) Representar al Inspector General ante las autoridades de la región;
b) Verifi car que los delegados departamentales den cumplimiento a las funciones que les han sido asignadas;
c) Verifi car el cumplimiento del régimen disciplinario de la PNC y de la ANSP en la región, en coordinación con los Departamentos de Investigación de las Faltas Disciplinarias y el de Procesos Disciplinarios;
d) Presentar informes trimestrales al Inspector General sobre los resultados de los planes operativos policiales ejecutados, así como lo referente a la conducta policial, con énfasis en el respeto a los derechos humanos y la ética profesional, elaborando las observaciones y recomenda-ciones pertinentes en esos aspectos;
e) Promover la realización de reuniones de coordinación con los miembros del Tribunal Disciplinario Regional, con la fi nalidad de mejorar el trabajo de la Inspectoría General y demás involucrados en dichas instancias y garantizar el pleno cumplimiento del régimen disciplinario policial; y,
f) Cualquier otra establecida en la Ley o que le sea requerida por el Inspector General.
Delegados adscritos
Art. 10.- El Inspector General podrá tener delegados ante las diferentes Delegaciones, Unidades o dependencias de la Policía Nacional Civil y de la Academia Nacional de Seguridad Pública, para lo cual deberá emitir el Acuerdo correspondiente.
Asimismo, podrá tener delegados adscritos a los distintos Tribunales Disciplinarios y de Apelaciones de la PNC.
Requisitos para ser delegado del Inspector General
Art. 11.- Los delegados del Inspector General deberán cumplir con el perfi l técnico y profesional que se establezca en la normativa interna co-rrespondiente, el cual deberá tomar en consideración el área específi ca de contraloría y fi scalización, de acuerdo al Departamento a que pertenezcan y a las funciones que desempeñen.
En todo caso, los delegados pertenecientes al Departamento de Procesos Disciplinarios deberán ser abogados de la República.
TÍTULO III
PROCEDIMIENTOS
CAPÍTULO I
PROCEDIMIENTO DE SUPERVISIÓN DE SERVICIOS OPERATIVOS
Supervisión de servicios operativos policiales
Art. 12.- La Inspectoría General, a través de sus delegados y en coordinación con las dependencias policiales correspondientes, supervisará las actuaciones del personal policial en procedimientos operativos, verifi cando el cumplimiento de lo establecido en las leyes, reglamentos, el Código de Conducta, manuales, instructivos, circulares y cualquier otra directriz emitida por la Dirección General de la Policía Nacional Civil.
La supervisión a que se refi ere el inciso anterior podrá realizarse mediante inspecciones, procedimientos de investigación administrativos o du-rante su ejecución. En este último caso, cuando el Inspector General o subdelegados estuvieren presentes en los procedimientos operativos realizados por personal de la PNC; coordinarán su presencia previamente con el Jefe o encargado de la operación, debiendo respetar y apegarse a los parámetros establecidos en la normativa especial que rige dichos procedimientos, limitándose el Delegado a emitir su informe y hacer las recomendaciones per-tinentes a posteriori.
De verifi carse algún incumplimiento, los delegados efectuarán las correspondientes observaciones y recomendaciones, las cuales se remitirán al Jefe de la Unidad Policial de que se trate y deberán incluirse en el informe que se presente al Delegado Regional correspondiente; asimismo reco-mendará el inicio de la investigación disciplinaria, cuando sea aplicable.
En caso que alumnos de la ANSP participen en dichos procedimientos, las recomendaciones a que se refi ere el inciso anterior se remitirán también al Director General de la Academia Nacional de Seguridad Pública.
Supervisión de servicios operativos académicos
Art. 13.- La Inspectoría General, a través de sus delegados, realizará inspecciones en cualquiera de las sedes de la Academia Nacional de Se-guridad Pública, en coordinación con la División de Estudios de dicha institución, con la fi nalidad de verifi car el cumplimento de los programas de estudio y la adecuada consecución de las prácticas policiales, de lo cual deberá rendir informe al Delegado Regional correspondiente, quien a su vez remitirá lo pertinente al Inspector General.
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CAPÍTULO II
PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACIÓN EN LOS SERVICIOS DE GESTIÓN
Verifi cación en los servicios de gestión
Art. 14.- La Inspectoría General, a través de sus delegados, verifi cará mediante inspecciones el cumplimiento de una adecuada gerencia de personal y recursos institucionales de la PNC y ANSP, para lo cual coordinará con las Jefaturas correspondientes la realización de las mismas, en las cuales podrá solicitar para su revisión la documentación pertinente, siempre que ello no vulnere los procedimientos administrativos establecidos en leyes especiales.
Dicha verifi cación podrá incluir evaluación del clima organizacional; cumplimiento de fi nes estratégicos; análisis presupuestarios, en relación al examen de costo-benefi cio, efi ciencia y uso racional y adecuado de los recursos, entre otros temas gerenciales. El resultado de la verifi cación se hará constar en un informe que contendrá sus observaciones y recomendaciones, si las hubiere.
Los procedimientos a través de los cuales se llevará a cabo dicha verifi cación deberán estar regulados en los instructivos que para tales efectos se emitan.
CAPÍTULO IIIRÉGIMEN DISCIPLINARIO
Seccion primeraAspectos generales y procedimentales
Normas Aplicables
Art. 15.- Todo lo concerniente al régimen y procedimientos disciplinarios, se regirá por la Ley Disciplinaria Policial y por la normativa interna disciplinaria de la ANSP.
Formas de inicio de la investigación disciplinaria
Art. 16.- La Inspectoría General conocerá de las infracciones al régimen disciplinario de la PNC y ANSP, de ofi cio, o por medio de aviso, queja, denuncia o informe.
Lugar de presentación
Art. 17.- El aviso, la queja y la denuncia podrán presentarse en el Departamento de Quejas y Denuncias de la sede central de la Inspectoría General o en las secciones de recepción de quejas y denuncias de las Delegaciones Departamentales y Regionales de la Inspectoría.
También tendrán facultades para recibir avisos, quejas o denuncias, las delegaciones y ofi cinas de la PNC y la ANSP, en cuyo caso, el Jefe Policial o autoridad administrativa respectiva deberá remitir el documento original al delegado regional o departamental, si se trata de la misma circunscripción territorial o a la sede central de la Inspectoría General, si se trata de distintas circunscripciones territoriales.
La Inspectoría conocerá de ofi cio cuando el Inspector General, el Inspector General Adjunto o sus delegados tengan conocimiento del cometi-miento de faltas disciplinarias por cualquier medio, incluyendo los informes que reciba procedentes de otras instituciones.
Procedimiento
Art. 18.- Los motivos de improcedencia de la investigación y los procedimientos a seguir por la Inspectoría General en caso de aviso, queja, de-nuncia o informes relativos al régimen disciplinario, tanto de la PNC como de la ANSP, serán regulados en los instructivos que al efecto se emitan.
Informes sobre faltas leves
Art. 19.- Los jefes con competencia sancionadora, deberán informar mensualmente a la Inspectoría General, de las faltas leves cometidas por personal de la PNC, para efectos estadísticos.
Igual obligación tendrá la autoridad correspondiente de la ANSP, respecto de las infracciones disciplinarias cometidas por su personal y alum-nado.
Sección Segunda
De la Dirección Funcional
Coordinación interinstitucional
Art. 20.- La Inspectoría General ejercerá sus facultades de dirección funcional en la investigación disciplinaria, en coordinación con la Unidad de Investigación Disciplinaria y Secciones de Investigación Disciplinaria, en lo que respecta a la PNC y con la Unidad de Verifi cación de Antecedentes y la Subunidad de Expedientes Disciplinarios, en lo que respecta a la ANSP.
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Ejercicio de la dirección funcional
Art. 21.- El direccionamiento funcional en los procedimientos disciplinarios se ejercerá para la investigación de las faltas graves y muy graves
establecidas en la Ley Disciplinaria Policial y en las disposiciones y demás normativa que regulan los regímenes disciplinarios de la ANSP. Dicho
direccionamiento deberá constar por escrito y si fuere verbal, se hará constar en acta.
La dirección funcional se desarrollará de conformidad al instructivo que emita para tales efectos el Inspector General, previa aprobación del
Ministro de Justicia y Seguridad Pública.
Sección tercera
Aspectos preventivos del régimen disciplinario
Art. 22. La Inspectoría General diseñará e implementará un programa especial de difusión, a fi n de promover la prevención en la comisión de
infracciones disciplinarias y buenas prácticas en el desempeño de la función policial, para lo cual podrá requerir colaboración de las Unidades corres-
pondientes de la PNC y ANSP.
Asimismo, emitirá las recomendaciones que fueren procedentes en relación con la inclusión de los aspectos señalados en el inciso anterior en
los planes de estudio de la ANSP, tanto en formación inicial, actualización, especialización y otros.
TÍTULO IV
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES FINALES
Actualización de normativa
Art. 23.- Los Directores Generales de la PNC y de la ANSP deberán actualizar su normativa interna, ya sean manuales, instructivos o similares,
así como proponer a los órganos correspondientes las reformas a los reglamentos y leyes que sean necesarias, a fi n de armonizar su contenido con la
LOIGSP y este Reglamento.
Mientras dicha normativa no sea actualizada, se seguirá aplicando lo dispuesto en ella, en lo que corresponda y no contravenga a la LOIGSP y
este Reglamento.
Disposición Transitoria
Art. 24.- Cuando en disposiciones reglamentarias o de carácter administrativo, convenios interinstitucionales o actos administrativos, que se
encuentren vigentes o en ejecución, se mencione a la Inspectoría General de la Policía Nacional Civil o su titular, se entenderá que se refi eren a la
Inspectoría General de Seguridad Pública.
El Art. 11 del presente Reglamento será de aplicación inmediata para nuevas contrataciones; sin embargo, en lo que respecta al personal contra-
tado a la fecha de emisión del presente Reglamento, tal disposición tendrá carácter programático y se procurará darle cumplimiento en la medida de
lo posible.
Vigencia
Art. 25.- El presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecinueve días del mes de marzo de dos mil quince.
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
BENITO ANTONIO LARA FERNÁNDEZ,
MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA.
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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMÍA
ACUERDO No. 293.-
San Salvador, 3 de marzo de 2015
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA,
Vista la solicitud presentada el día 19 de diciembre de 2014, por el señor JOSÉ ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de Representante Legal de la sociedad DARLINGTON FABRICS EL SALVADOR, LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia DARLINGTON FABRICS EL SALVADOR, LTDA DE C. V., o DFES, LTDA. DE C. V., con Número de Identifi cación Tributaria 0614-051107-102-8, relativa a que se le revoquen los benefi cios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización.
CONSIDERANDO:
I. Que la solicitud fue presentada en este Ministerio el día 19 de diciembre de 2014;
II. Que la sociedad DARLINGTON FABRICS EL SALVADOR, LTDA DE C. V., goza de los benefi cios de la Ley de Zonas Francas In-dustriales y de Comercialización, para aplicarlos a la fabricación de telas elásticas de banda ancha, hechas de fi bra natural y sintética, que serán exportadas dentro y fuera del Área Centroamericana, inclusive vender en el mercado nacional; asimismo solicitó ampliación de su actividad en "teñido de hilaza y fabricación y comercialización de prendas de vestir en general", y actualmente se encuentra autorizada para operar en Km 36 de la carretera Panamericana que de San Salvador conduce a Santa Ana, Ciudad Arce, departamento de La Libertad, Nave Industrial Block M, edifi cio Darlington Fabrics, Zona Franca American Industrial Park, según los acuerdos Nos. 265, 479, 799 y 234 de fechas 23 de marzo de 2010, 21 de mayo de 2012, 17 de septiembre de 2012, y 5 de marzo de 2014, publicados en los Diarios Ofi ciales Nos. 71, 105, 186, y 58, tomos 387, 395, 397, y 402, de los días, meses y años siguientes: 20 de abril de 2010, 8 de junio de 2012, 5 de octubre de 2012, y 26 de marzo de 2014, respectivamente;
III. Que la solicitud de revocatoria de los benefi cios, es porque actualmente la sociedad benefi ciaria ha dejado de registrar operaciones, razón por la cual considera que no tiene objeto continuar gozando de los mismos; y,
IV. Que la Dirección Nacional de Inversiones ha emitido opinión favorable mediante la cual considera procedente acceder a lo solicitado, según consta en el expediente respectivo;
POR TANTO:
De conformidad con las razones expuestas, y con el artículo 39 inciso segundo y 52 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, este Ministerio
ACUERDA:
1) REVOCAR los benefi cios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización otorgados a la sociedad DARLINGTON FABRICS EL SALVADOR, LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia DARLINGTON FABRICS EL SALVADOR, LTDA DE C. V., o DFES, LTDA. DE C. V., por medio de Acuerdo No. 265 del día 23 de marzo de 2010, publicado en el Diario Ofi cial No. 71, Tomo 387, del día 20 de abril del mismo año; y sus modifi caciones relacionadas en el considerando II de este Acuerdo;
2) Hágase saber el presente Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda;
3) Este Acuerdo no exime de obligaciones a la sociedad DARLINGTON FABRICS EL SALVADOR, LTDA DE C. V., ante instituciones
públicas generadas durante el tiempo de goce de los benefi cios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de comercialización; y,
4) El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.- THARSIS SALOMÓN LÓPEZ
GUZMÁN, MINISTRO.
(Registro No. C010598)
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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACIÓN
ACUERDO No. 15-0592.
San Salvador, 8 de abril de 2014
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONÓREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 633 de fecha 01 de febrero de 1979, el Poder Ejecutivo en el Ramo de Educación, autorizó el funcionamiento de la UNIVERSIDAD "DR. JOSÉ MATÍAS DELGADO"; II) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15- 1349 de fecha 16 de diciembre de 2003, la Comisión de Acreditación de la Calidad Académica, acreditó a la Universidad "Dr. José Matías Delgado"; III) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15- 1679 de fecha 01 de diciembre de 2008, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación, renovó la Acreditación a la referida Institución; IV) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0243 de fecha 11 de febrero de 2013, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos y reconoció su personalidad jurídica a la referida Universidad; V) Que de conformidad al Art. 37, lit. b) de la Ley de Educación Superior, la UNIVERSIDAD "DR. JOSÉ MATÍAS DELGADO", ha presentado a la Dirección Nacional de Educación Superior, los Planes de Estudio actualizados de las ESPECIALIDADES DE MEDICINA INTERNA, CIRUGÍA GENERAL Y GINECOLOGÍA Y OBSTETRICIA, para su respectiva aprobación; VI) Que la Universidad "Dr. José Matías Delgado", tiene aprobadas las Especialidades antes mencionadas, con Acuerdo Ejecutivo No. 15-1008 de fecha 24 de agosto de 2012; VII) Que habiéndose revisado los aspectos técnicos y legales por la Gerencia de Desarrollo Académico, la Dirección Nacional de Educación Superior ha emitido la Resolución favorable a las diez horas del día dieciséis de diciembre de dos mil trece, para la actualización de los planes de estudio de las especialidades mencionadas en el romano anterior. POR TANTO: Este Ministerio con base en las consideraciones antes expuestas y a las facultades que la Ley confi ere. ACUERDA: 1°) Aprobar los Planes de Estudio actualizados de las ESPECIALIDADES DE MEDICINA INTERNA, CIRUGÍA GENERAL Y GINECOLOGÍA Y OBSTETRICIA, presentado por la UNIVERSIDAD "DR. JOSÉ MATÍAS DELGADO"; 2°) Autorizar a la Universidad "Dr. José Matías Delgado", para que ofrezca las especialidades aprobadas en el numeral anterior, en su Sede Central, en el Departamento de La Libertad, a través de la Facultad de Ciencias de la Salud, Dr. Luis Edmundo Vásquez, en modalidad presencial, a partir del Ciclo 01-2014; 3°) Los referidos Planes de Estudio deberán encontrarse a disposición de los estudiantes en la biblioteca u otro centro de consulta pública de la Institución; 4°) Dichos planes de estudio deberán ser revisados durante el plazo de duración de las especialidades; 5°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.
FRANZI HASBÚN BARAKE,
MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONÓREM.
(Registro No. F047977)
ACUERDO No. 15-0965.
San Salvador, 04 de julio de 2014
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 633 de fecha 01 de febrero de 1979, el Poder Ejecutivo en el Ramo de Educación, autorizó el funcionamiento de la UNIVERSIDAD "DR. JOSÉ MATÍAS DELGADO"; II) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1349 de fecha 16 de diciembre de 2003, la Comisión de Acreditación de la Calidad Académica, acreditó a la Universidad "Dr. José Matías Delgado"; III) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1679 de fecha 01 de diciembre de 2008, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación, renovó la Acreditación a la referida Institución; IV) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0243 de fecha 11 de febrero de 2013, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos y reconoció su personalidad jurídica a la referida Universidad; V) Que la UNIVERSIDAD "DR. JOSÉ MATÍAS DELGADO", ha solicitado a la Dirección Nacional de Educación Superior, prórroga de los Acuerdos de autorización de los Planes de Estudios de la MAESTRÍA EN GERENCIA DE PROYECTOS y MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS, para su respectiva autorización; VI) Que habiéndose revi-sado los aspectos técnicos y legales por la Gerencia de Desarrollo Académico, la Dirección Nacional de Educación Superior ha emitido la Resolución favorable a las once horas del día trece de enero de dos mil catorce, autorizando la solicitud de prórroga del Acuerdo de autorización de los planes de estudios de las maestrías mencionadas en el romano anterior. POR TANTO: Este Ministerio con base en las consideraciones antes expuestas y a las facultades que la Ley confi ere. ACUERDA; 1°) Autorizar a la UNIVERSIDAD "DR. JOSÉ MATÍAS DELGADO", la solicitud de prórroga de los Acuerdos de autorización de los Planes de Estudios de la MAESTRÍA EN GERENCIA DE PROYECTOS autorizada con Acuerdo No. 15-1130 de fecha 31 de agosto de 2011 y MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS autorizada según Acuerdo No. 15-1129 de fecha 31 de agosto de 2011, para ser impartidas en modalidad presencial, a través de la Facultad de Postgrados y Educación Continua, para el período comprendido del ciclo 01-2014 al ciclo 02-2015; 2°) Los demás términos de los Acuerdos Ejecutivos No. 15-1130 de fecha 31 de agosto de 2011 y No. 15-1129 de fecha 31 de agosto de 2011, permanecen vigentes; 3°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
(Registro No. F047978)
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
ACUERDO No. 15-1143.
San Salvador, 20 de agosto de 2014
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 633 de fecha 01 de febrero de 1979, el Poder Ejecutivo en el Ramo de Educación, autorizó el funcionamiento de la UNIVERSIDAD "DR. JOSÉ MATÍAS DELGADO"; II) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1349 de fecha 16 de diciembre de 2003, la Comisión de Acreditación de la Calidad Académica, acreditó a la Universidad "Dr. José Matías Delgado"; III) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1679 de fecha 01 de diciembre de 2008, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación, renovó la Acreditación a la referida Institución; IV) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0243 de fecha 11 de febrero de 2013, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación, aprobó los nuevos Estatutos y reconoció su personalidad jurídica a la referida Universidad; V) Que de conformidad al Art. 37, lit. b) de la Ley de Educación Superior, la UNIVERSIDAD "DR. JOSÉ MATÍAS DELGADO", ha presentado a la Dirección Nacional de Educación Superior, el Plan de Estudio actualizado de la MAESTRÍA EN FINANZAS EMPRESARIALES, para su respectiva aprobación; VI) Que habiéndose revisado los aspectos técnicos y legales por la Gerencia de Desarrollo Académico, la Dirección Nacional de Educación Superior ha emitido la Resolución favorable a las diez horas del día diez de abril de dos mil catorce, para la actualización del plan de estudio de la maestría mencionada en el romano anterior. POR TANTO: Este Ministerio con base en las consideraciones antes expuestas y a las facultades que la Ley confi ere. ACUERDA: 1°) Aprobar el Plan de Estudio actualizado de MAESTRÍA EN FINANZAS EMPRESARIALES, presentado por la UNIVERSIDAD "DR. JOSÉ MATÍAS DELGADO"; 2°) Autorizar a la Universidad "Dr. José Matías Delgado", para que ofrezca la maestría aprobada en el numeral anterior, en su Sede Central, en el Departamento de La Libertad, a través de la Facultad de Posgrados y Educación Continua, en modalidad presencial, a partir del Ciclo 01-2014; 3°) El referido Plan de Estudio deberá encontrarse a disposición de los estudiantes en la biblioteca u otro centro de consulta pública de la Institución; 4°) Dicho plan de estudio deberá ser revisado durante el plazo de duración de la maestría; 5°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
(Registro No. F047975)
ACUERDO No. 05-00684.
San Salvador, 26 de noviembre de 2014
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de no-viembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 524, de fecha 6 de enero de 1992, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR "CANTÓN EL PEÑÓN", para administrar el CENTRO ESCOLAR "CANTÓN EL PEÑÓN", con código de infraestructura 68024, ubicado en CANTÓN EL PEÑÓN, del Municipio de COMASAGUA, Departamento de LA LIBERTAD, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR "CANTÓN EL PEÑÓN", con código de infraestructura 68024, ubicado en CANTÓN EL PEÑÓN, del Munici-pio de COMASAGUA, Departamento de LA LIBERTAD, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ACUERDO No. 05-00685.
San Salvador, 26 de noviembre de 2014
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 4754, de fecha 3 de septiembre de 1991, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR "CASERÍO LA ESPERANZA, CANTÓN AMAQUILCO", para administrar el CENTRO ESCOLAR "CASERÍO LA ESPERANZA, CANTÓN AMAQUILCO", con código de infraestructura 68047, ubicado en CASERÍO LA ESPERANZA, CANTÓN AMAQUILCO, del Municipio de HUIZUCAR, Departamento de LA LIBERTAD, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR "CASERÍO LA ESPERANZA, CANTÓN AMAQUILCO", con código de infraestructura 68047, ubicado en CASERÍO LA ESPERANZA, CANTÓN AMAQUILCO, del Muni-cipio de HUIZUCAR, Departamento de LA LIBERTAD, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ACUERDO No. 05-00686.
San Salvador, 26 de noviembre de 2014
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0348, de fecha 1 de abril de 1997, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR "CASERÍO ESPÍRITU SANTO, CANTÓN EL ESCALÓN", para administrar el CENTRO ESCOLAR "CASERÍO ESPÍRITU SANTO, CANTÓN EL ESCALÓN", con código de infraestructura 68105, ubicado en CASERÍO ESPÍRITU SANTO, CANTÓN EL ESCALÓN, del Municipio de SAN JOSE VILLANUEVA, Departamento de LA LIBERTAD, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cum-plimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR "CASERÍO ESPÍRITU SANTO, CANTÓN EL ESCALÓN", con código de infraestructura 68105, ubicado en CASERÍO ESPÍRITU SANTO, CANTÓN EL ESCALÓN, del Municipio de SAN JOSE VILLANUEVA, Departamento de LA LIBERTAD, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
DIARIO
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CIAL S
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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
ACUERDO No. 05-00687.
San Salvador, 26 de noviembre de 2014
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 4890, de fecha 1 de julio de 1994, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR "CASERÍO AGUA ZARCA, CANTÓN SITIO DEL NIÑO", para administrar el CENTRO ESCOLAR "CASERÍO AGUA ZARCA, CANTÓN SITIO DEL NIÑO", con código de infraestructura 68122, ubicado en CASERÍO AGUA ZARCA, CANTÓN SITIO DEL NIÑO, del Municipio de SAN JUAN OPICO, Depar-tamento de LA LIBERTAD, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Regla-mento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR "CASERÍO AGUA ZARCA, CANTÓN SITIO DEL NIÑO", con código de infraestructura 68122, ubicado CASERÍO AGUA ZARCA, CANTÓN SITIO DEL NIÑO, del Municipio de SAN JUAN OPICO, Departamento de LA LIBERTAD, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ACUERDO No. 05-00688.
San Salvador, 26 de noviembre de 2014
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de no-viembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 5279, de fecha 1 de Julio de 1994, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR "CASERÍO COLONIA EL MILAGRO, CANTÓN LA ARENERA", para administrar el CENTRO ESCOLAR "CASERÍO COLONIA EL MILAGRO, CANTÓN LA ARENERA", con código de infraestructura 68126, ubicado en CASERÍO COLONIA EL MILAGRO, CANTÓN LA ARENERA, del Municipio de SAN JUAN OPICO, Departamento de LA LIBERTAD, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR "CASERÍO COLONIA EL MILAGRO, CANTÓN LA ARENERA", con código de infraestructura 68126, ubicado en CASERÍO COLONIA EL MILAGRO, CANTÓN LA ARENERA, del Municipio de SAN JUAN OPICO, Departamento de LA LIBERTAD, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
DIARIO
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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ACUERDO No. 05-00689
San Salvador, 26 de noviembre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuer-do No. 9481, de fecha 4 de enero de 1993, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR "CASERÍO LOTIFICACIÓN SAN ALFONSO", para administrar el CENTRO ESCOLAR "CASERÍO LOTIFICACIÓN SAN ALFONSO", deno-minación correcta es "CENTRO ESCOLAR CASERÍO LOTIFICACIÓN SAN ALFONSO, CANTÓN SAN ALFONSO"; según Acuerdo No.15-0532, de fecha 2 de diciembre de 2002, con código de infraestructura 68160, ubicado en CASERÍO LOTIFICACIÓN SAN ALFONSO, CANTÓN SAN ALFONSO, del Municipio de TAMANIQUE, Departamento de LA LIBERTAD, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR "CASERÍO LOTIFICACIÓN SAN ALFONSO, CANTÓN SAN ALFONSO", con código de infraestructura 68160, ubicado en CASERÍO LOTIFICACIÓN SAN ALFONSO, CANTÓN SAN ALFONSO, del Municipio de TAMANIQUE, Departamento de LA LIBERTAD, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ACUERDO No. 05-00692
San Salvador, 18 de diciembre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0484, de fecha 30 de abril de 1997, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR "CASERÍO SAN LUIS, CANTÓN CONACASTE", para administrar el CENTRO ESCOLAR "CASERÍO SAN LUIS, CANTÓN CONACASTE"; hoy COMPLEJO EDUCATIVO "JOSÉ RODRÍGUEZ VALLE", según Acuerdo N 15-0102, de fecha 19 de enero de 2006, con código de infraes-tructura 68019, ubicado en CANTÓN EL CONACASTE, del Municipio de COMASAGUA, Departamento de LA LIBERTAD, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, que-dando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el COMPLEJO EDUCATIVO "JOSÉ RODRÍGUEZ VALLE", con código de infraestructura 68019, ubicado en CANTÓN EL CONACASTE, del Municipio de COMASAGUA, Departamento de LA LIBERTAD, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
ACUERDO No. 05-00694
San Salvador, 18 de diciembre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA
EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario
Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-
ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),
derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de
2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de
la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo
No. 4754, de fecha 3 de septiembre de 1991, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR
"CASERÍO CORRAL DE PIEDRAS, CANTÓN EL PALMAR", para administrar el CENTRO ESCOLAR "CASERÍO CORRAL DE PIEDRAS,
CANTÓN EL PALMAR", denominación correcta es CENTRO ESCOLAR "CASERÍO CORRAL DE PIEDRA, CANTÓN EL PALMAR"; según
Acuerdo No. 15-0532, de fecha 2 de diciembre de 2002, con código de infraestructura 68164, ubicado en CASERÍO CORRAL DE PIEDRA, CAN-
TÓN EL PALMAR, del Municipio de TAMANIQUE, Departamento de LA LIBERTAD, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos
de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de
las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la
Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad
a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el
CENTRO ESCOLAR "CASERÍO CORRAL DE PIEDRA, CANTÓN EL PALMAR", con código de infraestructura 68164, ubicado en CASERÍO
CORRAL DE PIEDRA, CANTÓN EL PALMAR, del Municipio de TAMANIQUE, Departamento de LA LIBERTAD, en sustitución de la Asociación
Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas
por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los
miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para
la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación
en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ACUERDO No. 05-00695
San Salvador, 18 de diciembre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA
EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario
Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-
ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),
derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de
2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de
la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo
No. 15-0661, de fecha 1 de junio de 2001, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR
"COLONIA CIUDAD OBRERA 26 DE ENERO, CANTÓN VERACRUZ", para administrar el CENTRO ESCOLAR "COLONIA CIUDAD OBRERA
26 DE ENERO, CANTÓN VERACRUZ", hoy COMPLEJO EDUCATIVO "COLONIA CIUDAD OBRERA 26 DE ENERO"; según Acuerdo No. 15-
0086, de fecha 17 de enero de 2006, con código de infraestructura 86410, ubicado en COMUNIDAD COLONIA CIUDAD OBRERA 26 DE ENERO,
KILOMETRO ½ DELANTE DE AMERICAN PARK, del Municipio de CIUDAD ARCE, Departamento de LA LIBERTAD, la cual conservará su
personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes
relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás dispo-
siciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en
proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo
Directivo Escolar que administrará el COMPLEJO EDUCATIVO "COLONIA CIUDAD OBRERA 26 DE ENERO", con código de infraestructura
86410, ubicado en COMUNIDAD COLONIA CIUDAD OBRERA 26 DE ENERO, KILOMETRO ½ DELANTE DE AMERICAN PARK, Municipio
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de CIUDAD ARCE, Departamento de LA LIBERTAD, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III)
Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el
Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las
transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores.
V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ACUERDO No. 05-00696
San Salvador, 22 de diciembre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA
EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario
Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-
ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),
derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de
2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de
la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo
No. 15-0165, de fecha 15 de febrero de 2002, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR
"COLONIA EL BOSQUE, CANTÓN SANTA LUCÍA", para administrar el CENTRO ESCOLAR "COLONIA EL BOSQUE, CANTÓN SANTA
LUCÍA", con código de infraestructura 60125, ubicado en COLONIA EL BOSQUE, CANTÓN SANTA LUCÍA, del Municipio de CIUDAD ARCE,
Departamento de LA LIBERTAD, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Di-
rectivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del
Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencio-
nada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio
de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR "COLONIA EL BOSQUE,
CANTÓN SANTA LUCÍA", con código de infraestructura 60125, ubicado en COLONIA EL BOSQUE, CANTÓN SANTA LUCIA, del Municipio
de CIUDAD ARCE, Departamento de LA LIBERTAD, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III)
Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el
Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las
transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores.
V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ACUERDO No. 06-534
San Salvador, 17 de octubre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTE-
MA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el
Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo
de Administración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación
(ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de no-
viembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único
en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por
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medio de Acuerdo No. 15-0232, de fecha 1 de marzo de 1996, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CEN-
TRO ESCOLAR "CASERÍO COMUNIDAD VALLE LAS DELICIAS, C/ LAS DELICIAS", para administrar el CENTRO ESCOLAR "CASERÍO
COMUNIDAD VALLE LAS DELICIAS, C/ LAS DELICIAS" con código de infraestructura 70064, ubicado en CASERÍO COMUNIDAD VALLE
LAS DELICIAS, C/ LAS DELICIAS, J/SAN MARTÍN, SAN SALVADOR del Municipio de SAN MARTÍN, Departamento de SAN SALVADOR,
la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el
centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano
Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir
de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir
Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR "CASERÍO COMUNIDAD VALLE LAS DELICIAS,
C/ LAS DELICIAS", con código de infraestructura 70064, ubicado en CASERÍO COMUNIDAD VALLE LAS DELICIAS, C/ LAS DELICIAS, J/
SAN MARTÍN, SAN SALVADOR Municipio de SAN MARTÍN, Departamento de SAN SALVADOR, en sustitución de la Asociación Comunal
relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la
Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los
miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para
la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación
en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ACUERDO No. 06-535
San Salvador, 17 de octubre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA
EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario
Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-
ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),
derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de
2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de
la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo
No. 15-0232, de fecha 1 de marzo de 1996, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR
CANTÓN SAN JOSE SEGUNDO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CANTÓN SAN JOSE SEGUNDO con código de infraestructura
70065, ubicado en CANTÓN SAN JOSE SEGUNDO, J/SAN MARTÍN, SAN SALVADOR del Municipio de SAN MARTÍN, Departamento de
SAN SALVADOR, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar
que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento
Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará
de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación;
II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CANTÓN SAN JOSE SEGUNDO, con
código de infraestructura 70065, ubicado en CANTÓN SAN JOSE SEGUNDO, J/SAN MARTÍN, SAN SALVADOR Municipio de SAN MARTÍN,
Departamento de SAN SALVADOR, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el
Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Ha-
cienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de
fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente
Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ACUERDO No. 06-536
San Salvador, 17 de octubre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 9481, de fecha 4 de enero de 1993, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CAN-TÓN DOLORES APULO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CANTÓN DOLORES APULO con código de infraestructura 70025, ubicado en CANTÓN DOLORES APULO, J/ ILOPANGO, SAN SALVADOR del Municipio de ILOPANGO, Departamento de SAN SALVADOR, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fe-cha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CANTÓN DOLORES APULO, con código de infraestructura 70025, ubicado en CANTÓN DOLORES APULO, J/ ILOPANGO, SAN SALVADOR Municipio de ILOPANGO, Departamento de SAN SALVADOR, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ACUERDO No. 06-537
San Salvador, 17 de octubre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-1143, de fecha 1 de junio de 1998, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASERÍO RIO LAS CAÑAS, C/ EL TRANSITO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO RIO LAS CAÑAS, C/ EL TRANSITO con código de infraestructura 70085, ubicado en CASERÍO RIO LAS CAÑAS,CANTÓN EL TRANSITO, J/ SOYAPANGO, SAN SALVADOR del Municipio de SOYAPANGO, Departamento de SAN SALVADOR, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades consti-tucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO RIO LAS CAÑAS, C/ EL TRANSITO, con código de infraestructura 70085, ubicado en CASERÍO RIO LAS CAÑAS, CANTÓN EL TRANSITO, J/ SOYAPANGO, SAN SALVADOR Municipio de SOYAPANGO, Departamento de SAN SALVADOR, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para
la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación
en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
ACUERDO No. 06-538
San Salvador, 17 de octubre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0704, de fecha 1 de junio de 2001, se le confi rió Personería Jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR "COMUNIDAD AARON JOAQUIN, C/ LA PALMA", para administrar el CENTRO ESCOLAR "COMUNIDAD AARON JOAQUIN, C/ LA PALMA" con código de infraestructura 86438, ubicado en COMUNIDAD AARON JOAQUIN, CANTON LA PALMA, J/ SAN MARTIN, SAN SALVADOR del Municipio de SAN MARTIN, Departamento de SAN SALVADOR, la cual conservará su Personería Jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR "COMUNIDAD AARON JOAQUIN, C/ LA PALMA", con código de infraestructura 86438, ubicado en COMUNIDAD AARON JOAQUIN, CANTON LA PALMA, J/ SAN MARTIN, SAN SALVADOR, Municipio de SAN MARTIN, Departamento de SAN SALVA-DOR, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.- COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ACUERDO No. 06-572
San Salvador, 27 de octubre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0631, de fecha 1 de junio de 2001, se le confi rió Personería Jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR "SECTOR LA BOMBA, C/ EL ZACAMIL", para administrar el CENTRO ESCOLAR "SECTOR LA BOMBA, C/ EL ZACAMIL", con código de infraestructura 86387, ubicado en SECTOR LA BOMBA, CANTON EL ZACAMIL, J/ GUAZAPA, SAN SALVADOR del Municipio de GUAZAPA, Departamento de SAN SALVADOR, la cual conservará su Personería Jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes men-cionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR "SECTOR LA BOMBA,C/ EL ZACAMIL", con código de infraestructura 86387, ubicado en SECTOR LA BOMBA, CANTON EL ZACAMIL, J/ GUAZAPA, SAN SALVADOR Municipio de GUAZAPA, Departamento de SAN SALVADOR, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.- COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ACUERDO No. 06-577
San Salvador, 28 de octubre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitu-ción de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 7515, de fecha 04 de septiembre de 1992, se le confi rió Personería Jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR "CASERIO HACIENDA BOLIVAR, C/ LAS TUNAS", para administrar el CENTRO ESCOLAR "CASERIO HACIENDA BOLIVAR, C/ LAS TUNAS" con código de infraestructura 70004, ubicado en CASERIO HDA. BOLIVAR, CANTON LAS TUNAS, J/ AGUILARES, SAN SALVADOR, del Municipio de AGUILARES, Departamento de SAN SALVADOR, la cual conservará su Personería Jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR "CASERIO HACIENDA BOLIVAR, C/ LAS TUNAS", con código de infraestructura 70004, ubicado en CASERIO HDA.BOLIVAR, CANTON LAS TUNAS, J/ AGUILARES, SAN SALVADOR Municipio de AGUILARES, Departamento de SAN SALVADOR, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para rea-lizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.- COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ACUERDO No. 06-579
San Salvador, 28 de octubre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0484, de fecha 30 de abril de 1997, se le confi rió Personería Jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR "CASERIO SANTA ISABEL, C/ SAN LUCAS", para administrar el CENTRO ESCOLAR "CASERIO SANTA ISABEL, C/ SAN LUCAS", con código de infraestructura 70023, ubicado en CASERIO SANTA ISABEL CANTON SAN LUCAS, J/ GUAZAPA, SAN SALVADOR, del Municipio de GUAZAPA, Departamento de SAN SALVADOR, la cual conservará su Personería Jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se cons-tituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCO-LAR "CASERIO SANTA ISABEL C/ SAN LUCAS", con código de infraestructura 70023, ubicado en CASERIO SANTA ISABEL, CANTON SAN LUCAS, J/ GUAZAPA, SAN SALVADOR, Municipio de GUAZAPA, Departamento de SAN SALVADOR, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.- COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
ACUERDO No. 06-581
San Salvador, 28 de octubre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTE-MA EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de no-viembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0405, de fecha 1 de enero de 1998, se le confi rió Personería Jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASERIO PUERTA DEL LLANO, C/ CAMOTEPEQUE, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERIO PUERTA DEL LLANO, C/ CAMOTEPEQUE, con código de infraestructura 70031, ubicado en CASERIO PUERTA DEL LLANO, CANTON CAMOTEPEQUE, J/NEJAPA, SAN SALVADOR del Municipio de NEJAPA, Departamento de SAN SALVADOR, la cual conservará su Personería Jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERIO PUERTA DEL LLANO, C/ CAMOTEPEQUE, con código de infraestructura 70031, ubicado en CASERIO PUERTA DEL LLANO, CANTON CAMOTEPEQUE, J/NEJAPA, SAN SALVADOR, Municipio de NEJAPA, Departamento de SAN SALVADOR, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.- COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ACUERDO No. 06-582
San Salvador, 28 de octubre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0056, de fecha 22 de enero de 1996, se le confi rió Personería Jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CANTON EL BONETE, para administrar el CENTRO ESCOLAR CANTON EL BONETE, con código de infraestructura 70034, ubicado en CANTON EL BONETE, J/NEJAPA, SAN SALVADOR, del Municipio de NEJAPA, Departamento de SAN SALVADOR, la cual conservará su Personería Jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones lega-les, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CANTON EL BONETE, con código de infraestructura 70034, ubicado en CANTON EL BONETE, J/NEJAPA, SAN SALVADOR Municipio de NEJAPA, Departamento de SAN SALVADOR, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.- COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ACUERDO No. 06-587
San Salvador, 31 de octubre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0583, de fecha 20 de marzo de 2002, se le confi rió Personería Jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR "COMUNIDAD EL TULE 1, C/ POTRERO GRANDE", para administrar el CENTRO ESCOLAR "COMUNIDAD EL TULE 1, C/ POTRERO GRANDE", con código de infraestructura 60175, ubicado en COMUNIDAD EL TULE 1, CANTON POTRERO GRANDE, J/ EL PAISNAL, SAN SALVADOR, del Municipio de EL PAISNAL, Departamento de SAN SALVADOR, la cual conservará su Personería Jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR "COMUNIDAD EL TULE 1, C/ POTRERO GRANDE", con código de infraestructura 60175, ubicado en COMUNIDAD EL TULE 1, CANTON POTRERO GRANDE, J/ EL PAISNAL, SAN SALVADOR, Municipio de EL PAISNAL, Departamento de SAN SALVADOR, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.- COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ACUERDO No. 06-619
San Salvador, 3 de noviembre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-1143, de fecha 1 de junio de 1998, se le confi rió Personería Jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASERÍO COMUNIDAD SAN ANDRES, CANTÓN LA PALMA, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO COMUNIDAD SAN AN-DRES, CANTÓN LA PALMA, con código de infraestructura 70063, ubicado en CASERÍO COMUNIDAD SAN ANDRES, CANTÓN LA PALMA, J/SAN MARTÍN, SAN SALVADOR, del Municipio de SAN MARTÍN, Departamento de SAN SALVADOR, la cual conservará su Personería Jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO COMUNIDAD SAN ANDRES, CANTÓN LA PALMA, con código de infraestructura 70063, ubicado en CASERÍO COMUNIDAD SAN ANDRES, CANTÓN LA PALMA, J/SAN MARTÍN, SAN SALVADOR, Municipio de SAN MARTÍN, Departamento de SAN SALVADOR, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Mi-nisterio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.- COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
ACUERDO No. 06-620
San Salvador, 3 de noviembre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA
EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario
Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-
ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),
derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de
2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de
la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo
No. 15-0781, de fecha 11 de junio de 2007, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal, para la Educación del CENTRO ESCOLAR
CASERÍO EL GUAYABO, CANTÓN SAN ISIDRO LOS PLANES, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL GUAYABO, CAN-
TÓN SAN ISIDRO LOS PLANES con Código de Infraestructura 60321, ubicado en CASERÍO EL GUAYABO, CANTÓN SAN ISIDRO, LOS
PLANES del Municipio de SAN SALVADOR, Departamento de SAN SALVADOR, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de
liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de
las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la
Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad
a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el
CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL GUAYABO, CANTÓN SAN ISIDRO LOS PLANES, con Código de Infraestructura 60321, ubicado CASERÍO
EL GUAYABO, CANTÓN SAN ISIDRO LOS PLANES, Municipio de SAN SALVADOR, Departamento de SAN SALVADOR, en sustitución de la
Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias
tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV)
Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación
Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de
su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ACUERDO No. 06-626
San Salvador, 3 de noviembre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA
EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario
Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-
ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),
derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de
2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de
la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo
No. 06-0313, de fecha 21 de mayo de 2004, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR
CASERÍO EL OLIMPO, CANTÓN LAS DELICIAS, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL OLIMPO, CANTÓN LAS DELICIAS
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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
con Código de Infraestructura 60279, ubicado en Caserío El Olimpo, Cantón Las Delicias del Municipio de APOPA, Departamento de SAN SALVA-
DOR, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará
el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano
Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir
de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir
Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL OLIMPO, CANTÓN LAS DELICIAS,
con Código de Infraestructura 60279, ubicado Caserío El Olimpo, Cantón Las Delicias, Municipio de APOPA, Departamento de SAN SALVADOR,
en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para
realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar
antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de
realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia
ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ACUERDO No. 06-627
San Salvador, 3 de noviembre de 2014.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA
EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario
Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-
ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),
derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de
2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de
la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo
No. 06-0314, de fecha 16 de junio de 2004, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR
COMUNIDAD MARÍA ANTONIETA, CANTÓN SAN NICOLAS, para administrar el CENTRO ESCOLAR COMUNIDAD MARÍA ANTONIETA,
CANTÓN SAN NICOLAS con Código de Infraestructura 60284, ubicado en Comunidad María Antonieta, Cantón San Nicolás, del Municipio de
APOPA, Departamento de SAN SALVADOR, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el
Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cum-
plimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación
antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por
el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR COMUNIDAD
MARÍA ANTONIETA, CANTÓN SAN NICOLAS, con Código de Infraestructura 60284, ubicado Comunidad María Antonieta, Cantón San Nicolás,
Municipio de APOPA, Departamento de SAN SALVADOR, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III)
Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el
Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las
transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores.
V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
ACUERDO No. 15-1970
San Salvador, 18 de diciembre de 2014.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CONSIDERANDO: I) Que de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de
El Salvador, se establece que es obligación y fi nalidad primordial del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura a la persona; así
mismo se establece su responsabilidad de reglamentar, organizar e inspeccionar el sistema educativo, en los centros educativos ofi ciales y privados. En
relación a lo anterior, compete al Ministerio de Educación, con base al Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,
autorizar las instituciones y servicios educativos que fueren necesarios, controlar y supervisar los centros ofi ciales y privados de Educación, así como
regular la creación, funcionamiento y nominación de los mismos; II) Que de conformidad a los Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación, el
Ministerio de Educación regula la prestación del servicio educativo de las instituciones ofi ciales y privadas; para lo cual establece normas y mecanismos
necesarios, que garanticen la calidad, efi ciencia y cobertura de la educación. En tal sentido la creación y funcionamiento de los centros educativos
privados se autorizan por Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Educación, el cual deberá sustentarse en comprobaciones que garanticen la organización
académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y fi nancieros necesarios y el personal docente califi cado de conformidad a los servicios que
ofrezcan; III) Que el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, conoció sobre la solicitud
de AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS, para el Nivel de Educación Media en las modalidades del Bachillerato General y Bachillerato
Técnico Vocacional en Atención Primaria en Salud, en jornada diurna, dicha solicitud la presentó la señora Teri Ann Benner de Domínguez, quien se
identifi ca con su Documento Único de Identidad No. 05047971-2, actuando en su calidad de Representante Legal de la Iglesia Templo Piedras Vivas,
Institución propietaria, del centro educativo privado denominado COLEGIO CRISTIANO BILINGÜE AMIGOS PARA LATINOAMERICA, lo que
comprueba con Declaración Jurada, celebrada el 20 de marzo de 2013, ante los ofi cios del Notario Mardoqueo Carranza Mendoza; el centro educativo
se identifi ca con código No. 20701, con domicilio autorizado en Kilómetro 13 ½ Carretera antigua a Zacatecoluca, desvío a Santiago Texacuangos,
Municipio de Santiago Texancuangos, Departamento de San Salvador; IV) Que según documentación presentada y verifi cados que fueron los requisitos
de ley, se llevó a cabo la visita de verifi cación por Delegados de este Ministerio, con fecha 13 de noviembre de 2014, habiéndose constatado que el centro
educativo cumplen con los requisitos básicos de funcionamiento, en cuanto a la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos
y fi nancieros necesarios y el personal docente califi cado, para la AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS para el Nivel de Educación Media
en las modalidades del Bachillerato General y Bachillerato Técnico Vocacional en Atención Primaria en Salud, en jornada diurna, del centro educativo
en mención; V) Que después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos de ley, el Departamento de
Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, con fecha 01 de diciembre de 2014, emitió resolución, autorizando
la AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS para el Nivel de Educación Media en las modalidades del Bachillerato General y Bachillerato
Técnico Vocacional en Atención Primaria en Salud, en jornada diurna, del centro educativo privado denominado COLEGIO CRISTIANO BILINGÜE
AMIGOS PARA LATINOAMERICA, con Código No. 20701, con domicilio autorizado en Kilómetro 13 ½ Carretera antigua a Zacatecoluca, desvío
a Santiago Texacuangos, Municipio de Santiago Texancuangos, Departamento de San Salvador, POR TANTO de conformidad a lo antes expuesto,
con base en los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del
Órgano Ejecutivo, Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación y en uso de las facultades legales antes citadas, ACUERDA: 1) Confi rmar en
todas sus partes la resolución de fecha 01 de diciembre de 2014, emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional
de Educación de este Ministerio, por medio de la cual se autoriza LA AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS para el Nivel de Educación
Media en las modalidades del Bachillerato General y Bachillerato Técnico Vocacional en Atención Primaria en Salud, en jornada diurna, del centro
educativo privado denominado COLEGIO CRISTIANO BILINGÜE AMIGOS PARA LATINOAMERICA, con Código No. 20701, con domicilio
autorizado en Kilómetro 13 ½ Carretera antigua a Zacatecoluca, desvío a Santiago Texacuangos, Municipio de Santiago Texancuangos, Departamento
de San Salvador, solicitado por la señora Teri Ann Benner de Domínguez, actuando en su calidad de Representante Legal de la Iglesia Templo Piedras
Vivas, Institución propietaria del centro educativo en mención; 2) Publíquese en el Diario Ofi cial, COMUNÍQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
(Registro No. F047925)
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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ACUERDO No. 15-0266
San Salvador, 05 de marzo de 2015.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38
numerales 1, 6 y 8; y CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado DEBORA PRISCILA SOSA
ARTIGA, solicitando que se le reconozca el grado académico de BACHELOR OF SCIENCE IN EARLY CHILDHOOD EDUCATION &
PSYCHOLOGY OF HUMAN BEHAVIOR, obtenido en UNIVERSITY OF THE OZARKS, en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, el día 11
de mayo de 2013; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, Art. 46 de su Reglamento General y a las
facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que de conformidad al Convenio sobre el Ejercicio de Profesiones Liberales, suscrito por
nuestro país, ratifi cado el día dieciséis de mayo de mil novecientos dos, publicado en el Diario Ofi cial No. 131, Tomo No. 52, de fecha 4 de junio de
1902 y vigente a la fecha, procede dicho Reconocimiento Académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada en la Gerencia de
Registro, Incorporación y Asistencia Legal de la Dirección Nacional de Educación Superior, con fecha 17 de febrero de 2015, ha emitido el Dictamen
favorable para la incorporación del título académico mencionado en el romano uno. POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas,
y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Ley y Convención, ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios
de BACHELOR OF SCIENCE IN EARLY CHILDHOOD EDUCATION & PSYCHOLOGY OF HUMAN BEHAVIOR, realizados por DEBORA
PRISCILA SOSA ARTIGA, en los Estados Unidos de América; 2°) Tener por incorporada a DEBORA PRISCILA SOSA ARTIGA, como PROFE-
SORA EN EDUCACIÓN INICIAL Y PARVULARIA, en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para
el ejercicio profesional en El Salvador, la cual deberá ser tramitada ante la instancia correspondiente; 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en
vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
(Registro No. F048058)
ACUERDO No. 15-0272
San Salvador, 05 de marzo de 2015.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38
numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado OSCAR GUSTAVO GÓNGORA
GUZMÁN, solicitando que se le reconozca el grado académico de ESPECIALISTA DE PRIMER GRADO EN PEDIATRÍA, obtenido en la ESCUELA
LATINOAMERICANA DE MEDICINA, en la REPÚBLICA DE CUBA, el día 13 de mayo de 2013; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el
Art. 20 de la Ley de Educación Superior, el Reglamento Especial de Incorporaciones y a las facultades concedidas en los mismos a este Ministerio; II)
Que de conformidad al Art. 2, numeral 5, Arts. 4 y 5 del Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior
en América Latina y el Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete de septiembre de mil novecientos setenta y seis, ratifi cado por la Asamblea
Legislativa a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, publicado en el Diario Ofi cial No. 235, Tomo No. 253 de fecha
21 de diciembre de 1976 y vigente a la fecha, procede dicho reconocimiento académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada
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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal de la Dirección Nacional de Educación Superior, con fecha 18 de febrero de 2015,
ha emitido el Dictamen favorable para la incorporación por reconocimiento del título académico mencionado en el romano uno; POR TANTO: Este
Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación Superior y demás instrumentos
legales. ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios de ESPECIALISTA DE PRIMER GRADO EN PEDIATRÍA, realizados por
OSCAR GUSTAVO GÓNGORA GUZMÁN, en la República de Cuba; 2°) Tener por incorporado a OSCAR GUSTAVO GÓNGORA GUZMÁN,
como ESPECIALISTA DE PRIMER GRADO EN PEDIATRÍA, en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna
para el ejercicio profesional en El Salvador, la cual deberá ser tramitada ante la instancia correspondiente; 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará
en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
(Registro No. F048115)
ACUERDO No. 15-0273
San Salvador, 05 de marzo de 2015.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38
numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado CARMEN ELENA ROSALES
DURÁN, solicitando que se le reconozca el grado académico de ESPECIALISTA DE PRIMER GRADO EN GINECOLOGÍA Y OBSTETRICIA,
obtenido en la ESCUELA LATINOAMERICANA DE MEDICINA, en la REPÚBLICA DE CUBA, el día 08 de noviembre de 2013; lo anterior de
conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, el Reglamento Especial de Incorporaciones y a las facultades concedidas en
los mismos a este Ministerio; II) Que de conformidad al Art. 2, numeral 5, Arts. 4 y 5 del Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y
Diplomas de Educación Superior en América Latina y el Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete de septiembre de mil novecientos setenta y
seis, ratifi cado por la Asamblea Legislativa a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, publicado en el Diario Ofi cial
No. 235, Tomo No. 253 de fecha 21 de diciembre de 1976 y vigente a la fecha, procede dicho reconocimiento académico; III) Que habiéndose exami-
nado la documentación presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal de la Dirección Nacional de Educación Superior,
con fecha 18 de febrero de 2015, ha emitido el Dictamen favorable para la incorporación por reconocimiento del título académico mencionado en el
romano uno; POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación
Superior y demás instrumentos legales. ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios de ESPECIALISTA DE PRIMER GRADO
EN GINECOLOGÍA Y OBSTETRICIA, realizados por CARMEN ELENA ROSALES DURÁN, en la República de Cuba; 2°) Tener por incorporada
a CARMEN ELENA ROSALES DURÁN, como ESPECIALISTA DE PRIMER GRADO EN GINECOLOGÍA Y OBSTETRICIA, en nuestro país;
3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional en El Salvador, la cual deberá ser tramitada ante la
instancia correspondiente; 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍ-
QUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
(Registro No. F048114)
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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA
ACUERDO No.186-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se pública anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: AIDA MARIA PORTILLO SOLANO, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048111)
ACUERDO No.119-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CLAUDIA XIOMARA MARTINEZ ABREGO, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048070)
ACUERDO No.128-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ARI ANA GUADALUPE CANDRAY QUINTANILLA, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048088)
ACUERDO No.128 -D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ORLANDO RAFAEL CAÑAS CUBIAS, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D.L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. C010607)
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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
ACUERDO No.128-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: FLOR ELENA CARRILLO VALENCIA, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047957)
ACUERDO No.128-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: RODRIGO ERNESTO CAMPOS CAMPOS, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047915)
ACUERDO No.129-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: DOUGLAS ROBERTO BARRIERE GUERRERO, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048051)
ACUERDO No.129-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CARLOS EDUARDO BOLAÑOS RUIZ, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048153)
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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ACUERDO No.130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-
tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ILIANA PAOLA ALVARADO RODRIGUEZ, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.
MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-
JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048033)
ACUERDO No.130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de
sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas,
en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal
ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente
en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: DAYSI GUADALUPE AVALOS ARCHILA, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.
B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048025)
ACUERDO No.130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de
sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas,
en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal
ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anual-
mente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JOSE HUMBERTO ALVARENGA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.
B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048019)
ACUERDO No.130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de
sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas,
en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal
ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente
en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: WENDY XIOMARA ALVAREZ LOPEZ, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.
B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048023)
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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
ACUERDO No.130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de
sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas,
en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal
ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anual-
mente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MERCEDES YESENIA ALVAREZ, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.
B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048018)
ACUERDO No.130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARLENE CAROLINA ALVAREZ DE SANCHEZ, COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA
G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S.
RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048017)
ACUERDO No.130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-
tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ARMANDO RENE AMAYA, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.
B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048016)
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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de
sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas,
en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal
ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente
en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: NUMA POMPILIO ALVARENGA DERAS.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.-
J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048014)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-
tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: NELSON DE JESUS ALVAREZ MARTINEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.
MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-
JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048015)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-
tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: SALVADOR ISMAR ARGUETA PEREIRA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.
MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-
JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048010)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-
tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CLAUDIA CONCEPCION ALVAREZ CHICA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.
MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-
JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048013)
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ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de
sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas,
en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal
ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anual-
mente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: RAUL ALFONSO AMAYA LEMUS.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.
B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047993)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-
tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ROSENDO OTTONIEL ANAYA RAMIREZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.
MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-
JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047994)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-
tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARTA HILDA AGUILAR.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ- J.
B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048156)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-
tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ALBERTO ALAS ALEMAN.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ- J.
B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048163)
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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de
sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas,
en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal
ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anual-
mente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ERIKA IVETT ACOSTA PEREZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.
B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048165)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-
tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARIELA GUADALUPE ALVAREZ MEJIA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.
MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-
JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048037)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de
sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas,
en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal
ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anual-
mente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: HERIBERTO ALFARO GARCIA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.
B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048035)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el exa-
men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: TOMAS ALBERTO AMAYA TARIO.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.
MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-
JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048034)
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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de
sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas,
en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal
ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente
en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: PABLO WILFREDO ALFARO FLORES.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.
B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048029)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-
tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: AMANDA MARIA ALONZO CASTELLANOS.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.
MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-
JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048047)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-
tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ALBA VERONICA ACEVEDO.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.-
J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048077)
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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ARISTIDES AYALA ESCOBAR.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048065)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: SOCORRO DEL CARMEN ALVARADO URBINA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048066)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: KARINA MASSIEL AMAYA DE GUEVARA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048060)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: REYNA DALILA ALVARADO PEREZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048057)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARIO EZEQUIEL ALVARADO ZAVALETA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048053)
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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: YESENIA ALONZO CALLEJAS.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048052)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JUAN JOSE AGUILAR.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048105)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MAURICIO EDGARDO ALARCON ALARCON.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048137)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anual-mente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JAIME ERNESTO ALEMAN VIGIL.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048139)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CARLOS ALBERTO ANZORA LOPEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048141)
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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anual-mente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ANA LORENA AFANE HASBUN.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048140)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anual-mente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JOSE ANGEL ALAS MENJIVAR.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048128)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: BALTAZAR ALEJANDRO AGUIRRE HERNANDEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048127)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARCO AURELIO ALFARO JIMENEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048126)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: KARLA MARIA AHUATH CORDOVA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048125)
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ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MORENA LISSETTE AGUIRRE QUEZADA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048122)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: RENE ORLANDO ALVARADO BASURTO.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048106)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: LUIS ALBERTO AMAYA CRISTALES.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047967)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: EDITH DEL CARMEN ARANA MARTINEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047974)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ANA MARIA ANGEL RODRIGUEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047976)
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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ROSA CLAUDIA ASUNCION ALAS.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047985)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: RENE MAURICIO AMAYA GUTIERREZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047986)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: BEATRIZ GUADALUPE ANAYA ROMERO.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047987)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MANUEL ORLANDO AMAYA RODRIGUEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047953)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: RICARDO FRANCISCO ARANA GIRON.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047945)
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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ALEXANDER AGUILAR HASBUN.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. C010583)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ALEJANDRO SALVADOR ALVARENGA GOMEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. C010587)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARIA VICTORIA ANAYA GOMEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047958)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MONICA BEATRIZ ANAYA AREVALO.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047918)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: FELIX ANTONIO ASCENCIO MORAN.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047920)
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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-
tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: YANIRA AQUINO CANALES.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. F. MELENDEZ.- J.
B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047926)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-
tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ALEXA DEL CARMEN AGUILAR GARCIA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.
MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-
JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047934)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-
tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JEAQUELINE RAQUEL ARANA LEONOR.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.
MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-
JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047933)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-
tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CARLOS ARTURO APARICIO ESTRADA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.
MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-
JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047930)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de
sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas,
en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal
ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anual-
mente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: LUIS FERNANDO ARANA DIAZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.
B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047929)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de
sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas,
en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal
ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente
en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ALEX FRANCISCO AQUINO CASTRO.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.
B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047943)
ACUERDO No. 130-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen
de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-
tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: TERESA ISABEL AVILES.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. F. MELENDEZ.- J.
B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047909)
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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ACUERDO No.1199-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiséis de septiembre de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha
doce de agosto de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar al licenciado MANUEL ENRIQUE COREAS COREAS, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D. L. R.
GALINDO.- R. M. FORTIN H.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047944)
ACUERDO No. 1460-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de noviembre de dos mil catorce.- El Tribunal con
fecha dieciséis de octubre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar al licenciado MELVIN GEOVANY HERNANDEZ ORELLANA, para que
ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el
expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D. L. R. GALIN-
DO.- R. M. FORTIN H.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS
AVENDAÑO.
(Registro No. F047913)
ACUERDO No. 16-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero de dos mil quince.- El Tribunal con fecha diez de
noviembre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar a la licenciada KRISSIA DEL CARMEN CAMPOS GAMEZ, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-
vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- O. BON. F.- R. M.
FORTIN H.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048042)
ACUERDO No. 17-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero de dos mil quince.- El Tribunal con fecha diez
de noviembre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar a la licenciada RHINA GUADALUPE CAMPOS GAMEZ, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-
vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O.
BON. F.- D. L. R. GALINDO.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F048041)
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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES
DECRETO No. 1
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHIRILAGUA, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.
CONSIDERANDO:
I. Que el Art. 204 Ordinal 5º. De la Constitución de la República de El Salvador, establece que los municipios tienen Autonomía para decretar Ordenanzas y Reglamentos.
II. Que en El Salvador y por consiguiente sus municipios, están siendo objeto de los efectos negativos que actualmente está produciendo la crisis económica, ocasionando disminución del poder adquisitivo de los contribuyentes municipales, generando que éstos no cumplan con sus obligaciones tributarias repercutiendo en la recaudación de los impuestos y tasas por consiguiente aumentando cada vez más la mora tributaria en las arcas municipales.
III. Que de conformidad a los Artículos 71 del Código Municipal y Art. 47 de la Ley General Tributaria Municipal, los tributos municipales que no fueren pagados en el plazo correspondiente, causará un interés moratorio hasta la fecha de su cancelación equivalente al interés de mercado para las deudas contraídas por el sector comercial; ocasionando a esta Municipalidad un aumento de contribuyentes en situación de mora alarmante.
IV. Que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia por medio de Sentencia Defi nitiva de proceso de Amparo Constitucional con número de referencia 812-99, de fecha veintiséis de junio del dos mil tres, señala “la Asamblea Legislativa tiene la facultad de crear impuestos fi scales y municipales, tasas y contribuciones especiales, y además de condonar el pago de intereses como se relaciona en el párrafo anterior; así mismo los municipios por medio de sus concejos municipales al tener la facultad de crear tasas y contribuciones es-peciales-municipales, pueden por medio de ordenanzas condonar el pago de los intereses al igual que lo hace la Asamblea Legislativa…”
V. Que se hace necesario contar con recursos fi nancieros sufi cientes para cumplir con su cometido, la cual anteriormente se ha aplicado esta normativa dando resultados positivos, consiguiendo hacer conciencia en los habitantes, del pronto pago de los tributos municipales.
VI. Que el municipio por ministerio de Ley está encargado de la rectoría y gerencia del bien común local y que el interés colectivo prevalece sobre el interés particular, concediéndole el gozo del poder, autoridad y autonomía sufi ciente para cumplir con sus funciones, y dado que actualmente se está suscitando una afectación de sus ingresos se hace necesario proporcionar a sus contribuyentes, incentivos que les permita el pago de sus créditos tributarios a favor del municipio.
VII. Que es necesario implementar políticas económicas y fi nancieras para incrementar los ingresos mejorando el cobro de los tributos muni-cipales, con el objeto de mantener las prestaciones de los servicios, el bienestar social y la seguridad económica de sus habitantes.
POR TANTO:
El Concejo Municipal de CHIRILAGUA, Departamento de San Miguel, en uso de sus facultades legales que le confi eren los Artículos 203 y 204 numerales 1 y 5 de la Constitución de la República de El Salvador y Artículo 3 numerales 1 y 5, 4; 30 numerales 4, 14 y 21; 31 numerales 4 y 32 del Código Municipal.
DECRETA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCIÓN DEL PAGO DE MORA E INTERESES PROVENIENTES POR TASAS
A FAVOR DEL MUNICIPIO DE CHIRILAGUA, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.
Objeto.
Art. 1.- El objeto de la presente ordenanza es facilitar a los contribuyentes del Municipio de Chirilagua, Departamento de San Miguel la opor-tunidad de pagar su mora e intereses tributarios en el plazo que ella establece, gozando de la dispensa del pago de intereses y multas que se hayan generado como consecuencia de dicha mora.
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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
Ámbito de Aplicación.
Art. 2.- La presente ordenanza se aplicará dentro de la jurisdicción del Municipio de Chirilagua, Departamento de San Miguel.
Plazo.
Art. 3.- Se concede un plazo de treinta días contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, para que los sujetos pasivos de la Obligación Tributaria Municipal que adeuden tasas a favor del municipio de Chirilagua, Departamento de San Miguel, puedan efectuar el pago de las mismas, gozando del benefi cio de exención del pago de intereses y multas que se hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas.
Art. 4- Podrían acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo anterior de la presente Ordenanza, las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Aquellos que estando califi cados en el registro de contribuyentes del municipio de CHIRILAGUA, Departamento de San Miguel, se encuentren en situación de mora de las tasas municipales.
b) Las personas naturales o jurídicas que no se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes y que lo hagan dentro del período de vigencia de la presente ordenanza.
c) Los contribuyentes por tasas que se encuentren en proceso de cobro extrajudicial iniciado antes de la vigencia de esta Ordenanza y se sometan a la forma de pago establecido en la misma.
d) Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tasas, hayan suscrito el correspondiente convenio de pago, en cuyo caso únicamente gozarán de los benefi cios establecidos para las cuotas pendientes a la fecha de entrar en vigencia la presente Ordenanza.
e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya iniciado el proceso ejecutivo de cobro por parte de la muni-cipalidad y se sometan a la forma de pago establecida en la presente ordenanza.
f) Los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que tengan bienes inmuebles dentro del Municipio de CHIRILAGUA, Departa-mento de San Miguel, que reciben uno o más servicios municipales; y que por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes.
Art. 5.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
Dado en el Salón de Sesiones del Concejo de la Alcaldía Municipal de CHIRILAGUA, Departamento de San Miguel, a los doce días del mes de marzo del año dos mil quince.
JAIME RAFAEL MERCADO PAIZ,ALCALDE MUNICIPAL.
JOSÉ MAURICIO MARTÍNEZ PÉREZ, MARÍA RAQUEL ALFARO MERCADO, SINDICO MUNICIPAL. PRIMER REGIDOR.
MARDOQUEO BERRIOS RIVAS, ALVARO CORTEZ, SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO. TERCER REGIDOR PROPIETARIO.
LEONIDAS PORTILLO, MILTON HENRY UMAÑA AYALA, CUARTO REGIDOR PROPIETARIO. QUINTO REGIDOR PROPIETARIO.
PEDRO JOSÉ MARÍA MAZARIEGO, FRANCISCO JAVIER ORTIZ ROBLES, SEXTO REGIDOR PROPIETARIO. SÉPTIMO REGIDOR PROPIETARIO.
ROMEO CARBALLO MÉNDEZ, SANDRA YANIRA GARCÍA DE CAMPOS, OCTAVO REGIDOR PROPIETARIO. SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F047917)
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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
DECRETO NÚMERO: 02/2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA VILLA DE SAN JUAN TEPEZONTES, DEPARTAMENTO DE LA PAZ.
CONSIDERANDO:
I. Que de acuerdo con el Art. 204 numeral 1 y 5 de Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modifi car, y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación de servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios.
II. Que conforme a los Art. 03 numeral y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modifi cación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad.
III. Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal.
IV. Que algunas tasas vigentes establecidas en la Ordenanza Reguladora de Tasas por Servicios Municipales, según decreto No. 2, publicado en el Diario Ofi cial del ocho de mayo del dos mil trece, no se encuentran acorde a la realidad económica del Municipio.
POR TANTO:
En el uso de las facultades que le confi ere el Art. 30 numeral 21 del Código Municipal y Art. 158 de la Ley General Tributaria Municipal.
DECRETA:
Reformar la siguiente Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios Públicos Municipales de la Villa de San Juan Tepezontes, Departamento de La Paz, de fecha 08 de mayo de 2013 del Diario Ofi cial número 83 Tomo No. 399, los artículos de la forma siguiente:
Art. 1.- Refórmase el Artículo 03 DERECHOS POR USO DE SUELO Y SUBSUELO. Numerales:
1. Instalación de torres metálicas o similares una sola vez..................................................................................................... $ 2,000.00
4. Por mantener torres metálicas o similares para telefonía o radio, cada una al mes ............................................................ $ 250.00
5. Por mantener postes que sostienen antenas de teléfono, electricidad, cable o radio cada una al mes ............................... $ 150.00
9. Por mantener cajas de distribución de líneas telefónicas, cada una al mes ........................................................................ $ 15.00
10. Por mantener Cabinas telefónicas, cada una al mes ........................................................................................................... $ 25.00
Art. 2.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de San Juan Tepezontes, Departamento de La Paz, a los doce días del mes de marzo del dos mil quince.
LICDA. IRIS DE LOS ÁNGELES LÓPEZ DE ASUNCIÓN, MARÍA ISABEL CARDONA VALLADARES, ALCALDESA MUNICIPAL. SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F047952)
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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
(Registro No. F047965)
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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
(Registro No. F047966)
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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
(Registro No. F047971)
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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS DEL SUR DE LA LIBERTAD,
CERTIFICA: Que en libro de actas que lleva esta Asociación, se encuentra la que literalmente dice:
Reunidos en las instalaciones del Salón de usos múltiples en la Hacienda Albaclara, jurisdicción de Panchimalco, departamento de San Salvador,
para celebrar Asamblea General a las ocho horas con treinta minutos del día miércoles quince de junio del año dos mil doce, reunidos los señores:
Dany Wilfredo Rodríguez, Alcalde de Zaragoza, Moisés Amílcar Tamacas, alcalde de Huizúcar, Danilo de Jesús Molina, alcalde de Comasagua,
Carlos Farabundo Molina, alcalde de La Libertad, Salvador Menjívar, Alcalde de Jicalapa, Mario Meléndez, alcalde de Panchimalco, para celebrar
reunión de AMUSDELI y en la cual entre otros puntos del acta número 6 punto número 1, el pleno acordó aprobar la reforma de los estatutos de
la Asociación en lo referente al período de vigencia de la Junta Directiva que sería conforme los periodos electorales de tres (3) años, por lo tanto
ACORDAMOS: Reformar los estatutos de la Asociación de Municipios del Sur de La Libertad publicados en el D.O. No. 68, tomo 367 del 13 de
Abril de 2005, específi camente el artículo 21 quedando de la siguiente manera:
Art. 21.- Los cargos de los miembros del Concejo Directivo serán electos por la Asamblea General para un período de tres años, conforme el
período electoral pudiendo ser reelectos.
No habiendo más que hacer constar, se da por fi nalizada la presente acta que fi rmamos.
Para ser presentada al Diario Ofi cial, se extiende la presente en la ciudad de Nuevo Cuscatlán, departamento de La Libertad, a las ocho horas del
día doce del mes de febrero del año dos mil quince y que fi rmo.
CARLOS FARABUNDO MOLINA,
ALCALDE DE LA LIBERTAD Y SECRETARIO DE AMUSDELI.
(Registro No. F047916)
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho
horas con cuarenta minutos de este día, se ha declarado heredera abintestato
y con benefi cio de inventario de la herencia intestada de los bienes que
a su defunción acaecida, el día veintitrés de febrero de mil novecientos
cuarenta y dos, en el Cantón San Gregorio de esta jurisdicción, siendo
el mismo lugar su último domicilio; dejó el señor SIMON AMAYA,
quien fue de sesenta años de edad, casado, jornalero, hijo de Teodoro
Amaya y de Martir Orellana, originario del Cantón San Gregorio, juris-
dicción de Sensuntepeque, Cabañas; a la señora MARIA CONCEPCION
AMAYA GUEVARA, por derecho de representación de su padre señor
CATARINO AMAYA, quien fue hijo del causante, representada por
la Licenciada MARTA DELMY QUINTEROS HERNANDEZ, como
Defensora Pública de los Derechos Reales y Personales de la señora Pro-
curadora General de la República. Habiéndosele conferido a la heredera
la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.
Lo que avisa al público, para los demás efectos de ley.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
dieciséis días del mes de marzo de dos mil quince.- LIC. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO
ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 278
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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DE LO
CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS
DE LEY.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho
horas y treinta minutos de este día, se han declarado herederos, con
benefi cio de inventario, de la herencia intestada dejada a su defunción
por el causante FELIX ENRIQUE HIDALGO o FELIX ENRIQUE
HIDALGO FIGUEROA, fallecido en esta ciudad, el día cuatro de junio
de dos mil ocho, siendo Colón, el lugar de su último domicilio, a los
señores DIONICIA ELIZABETH LONE o DIONICIA ELIZABETH
LONE LINARES o DIONICIA ELIZABETH LONE DE HIDALGO;
DEYSI ELIZABETH HIDALGO LONE; IRMA DE JESUS LONE DE
CHAVEZ; FELIX MAURICIO HIDALGO LONE; y ROBERTO ENRI-
QUE HIDALGO LONE, la primera en calidad de cónyuge sobreviviente
del causante, y los restantes, como hijos del mismo; y se ha conferido a
los herederos declarados, la administración y la representación defi nitivas
de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las ocho horas
y cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de febrero de dos mil quin-
ce.- DRA. DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE
DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA,
SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 279
DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DE LO
CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS
DE LEY.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las catorce
horas con quince minutos de este día, se ha declarado heredero, con
benefi cio de inventario, de la herencia intestada dejada a su defunción
por el causante DANIEL ERNESTO LOPEZ ALVARADO, ocurrida
el día veintitrés de marzo de dos mil diez, en la ciudad de Colón, siendo
Talnique, el lugar de su último domicilio, a los señores MARIA ELE-
NA ALVARADO SANDOVAL y LORENZO LOPEZ, y del menor
BRYAN ERNESTO LOPEZ RODAS, en calidad, la primera de madre
del causante, el segundo, de padre del causante, y el tercero, de hijo del
causante; y se ha conferido a los herederos declarados, la administración
y la representación defi nitivas de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce horas y
treinta minutos del día tres de octubre de dos mil catorce.- DRA. DELMY
RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DE LO CIVIL.- BR.
KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 280
TITULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PUBLICO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se han presentado el Lic.
REMBERTO ANTONIO RAMIREZ AMAYA, mayor de edad,
Abogado, de este domicilio, actuando por designación de la señora
Procuradora General de la República, en carácter de defensor público de
Derechos Reales y Personales, de la señora DINA ADILIA VASQUEZ
CARRILLOS, de cuarenta y nueve años de edad, costurera, de este
domicilio, solicitando se le extienda Título de Propiedad de un terreno
urbano situado en la 4ª. Av. Norte Lotifi cación Pacheco, de esta Ciudad,
de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CIN-
CO PUNTO NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE
METROS CUADRADOS, mide y linda: AL NORTE: colinda con la
señora CELIDA MONTERROZA DE PEREZ, con dieciséis metros; AL
PONIENTE: con el señor MARCO TULIO SANABRIA QUEVEDO,
con quince metros; AL SUR: con la señora VIRGILIA UMAÑA DE
SERVELLON, con dieciocho metros, calle de por medio; AL ORIENTE:
con los señores MANUEL ANTONIO PEREZ y SANTOS HUMBERTO
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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ALDANA, con diecisiete metros, calle de por medio. A dicho inmueble
le da un valor de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE NORTE AMERICA. Dicho inmueble no es dominante, ni sirviente
ni se encuentra en proindivisión con persona alguna, los colindantes son
de este domicilio, residentes en el lugar del inmueble. Dicho inmueble lo
adquirió por medio del señor LINO CARRILLOS, quien era su padre, y
no le entregó escritura de legal forma que acredite como dueña de dicho
inmueble.
ALCALDIA MUNICIPAL DE METAPAN, cinco de marzo de
dos mil quince.- JUAN UMAÑA SAMAYOA, ALCALDE MUNICI-
PAL.- LIC. MAGALY ARELI CARCAMO PERLERA, SECRETARIO
MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 281-1
AVISO DE INSCRIPCIÓN
EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-
NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA
Y GANADERÍA.
CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-
blecido en el Decreto Legislativo número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, Tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-
cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN
AGROPECUARIA Y PESQUERA "JÓVENES EN EL DESARROLLO
DEL MEDIO AMBIENTE" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA,
QUE SE ABREVIA "ACOPADEMA" DE R.L., con domicilio en el
municipio de San Juan Opico, departamento de La Libertad, obtuvo su
personalidad jurídica el día tres de marzo de dos mil quince; y fue inscrita
en el libro ciento veintidós del registro que esta ofi cina lleva bajo la
siguiente codifi cación: Tres mil veintinueve del Sector No Reformado.
Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Ofi cial por una sola vez
el asiento de inscripción correspondiente.
Santa Tecla, a los trece días del mes de marzo del año dos mil
quince.
NOTIFÍQUESE,
LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR,
JEFE DEL DEPARTAMENTO.
Of. 1 v. No. 282
LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA DEL DE-
PARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA.
CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-
blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, Tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-
cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN
AGROPECUARIA "PUSHTAN LOS AMATES" DE RESPONSA-
BILIDAD LIMITADA, QUE SE ABREVIA "ACPALAMTES" DE
R.L., con domicilio en el municipio de Nahuizalco, departamento de
Sonsonate, obtuvo su personalidad jurídica el día tres de marzo del año
dos mil quince, e inscrita en el libro ciento veintidós de Registro que esta
Ofi cina lleva bajo la siguiente codifi cación: Tres mil treinta del Sector
No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Ofi cial
el asiento y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente.
Santa Tecla, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil
quince.
NOTIFÍQUESE.
LIC. ANGELA DEL CARMEN MANZANO,
JEFA SECCIÓN JURÍDICA.
Of. 1 v. No. 283
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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
HERENCIA YACENTE
PATRICIA IVONNE INGLES AQUINO, JUEZA TERCERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución provista por este Juzgado,
a las diez horas y treinta minutos del día nueve de diciembre de dos
mil catorce, ha sido declarada YACENTE LA HERENCIA, que a su
defunción dejó el causante señor MAURICIO ANTONIO VALIENTE
BERDUGO, conocido por MAURICIO VALIENTE, quien fue de setenta
y cinco años de edad, viudo, originario de Santa Ana, Departamento de
Santa Ana, de nacionalidad salvadoreña, cuya defunción acaeció en la
ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, el día dos de
enero de dos mil siete, siendo su último domicilio el de San Salvador,
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
Departamento de San Salvador. Y se ha nombrado como CURADOR
al Licenciado FRANCISCO ANTONIO ORELLANA ORTIZ, a quien
se le juramentó y se le discernió del cargo.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales
correspondientes, y en consecuencia, SE CITA a los que se crean con
derecho a la herencia referida, a fi n que comparezcan a esta sede judicial
a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados,
desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San Sal-
vador, a las diez horas con quince minutos del día doce de enero de dos
mil quince.- LICDA. PATRICIA IVONNE INGLES AQUINO, JUEZA
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.- LIC.
OSCAR ANTONIO DÍAZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 272-2
ACEPTACION DE HERENCIA
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las nueve horas de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores MARTHA DAISY MINAS DIAS o MARTHA DEISY MINAS y JOSE VICTOR ALBAYERO ACOSTA, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por el señor RENE ARNOLDO ALBAYERO MINAS, quien falleció el día seis de febrero de dos mil catorce, en Carretera de Sonsonate hacia San Salvador Km. 46, Cantón El Sunzal, parada de buses Puerta Roja Izalco, Departamento de Sonsonate, siendo esta ciudad su último domicilio; en concepto de padres del causante.
Confi riéndoseles a los aceptantes expresados en el concepto indicado la administración y representación interinas de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a las personas que se crean con derecho.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las nueve horas diez minutos del día veinte de febrero del año dos mil quince.- LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 262-3
HERENCIA YACENTE JUAN ESTEBAN BELTRAN LOPEZ, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SUPLENTE DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por medio de resolución de las ocho horas del día veintidós de enero de dos mil quince y acta de las nueve horas del día doce de febrero del mismo año, se nombró y juramentó como CURADOR DE LA HERENCIA YACENTE, de los bienes dejados por el causante VICTOR RICARDO CABRERA PORTILLO, a su defunción ocurrida el día veintiocho de marzo del año dos mil catorce; por el cien por ciento de los mismos, a la licenciada EDDA VERONICA MENA DUEÑAS; habiéndosele conferido la administración y representación de la sucesión. Lo anterior en las Diligencias Varias de Declaratoria de Herencia Yacente marcadas bajo el número de referencia 33(06062-14-CVDV-4CM1)3, y que han sido promovidas por la Licenciada ROSA AMINTA FLORES FLORES en su calidad de Agente Auxiliar de la Procuraduría General de la República, asignada para representar a la señora DAYSSY ELIZABETH RIVAS ALFARO, quien actúa como representante legal de su hijo el menor VICTOR RICARDO RIVAS ALFARO. Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales correspondiente, y en consecuencia, SE CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida, a fi n que comparezcan a esta Sede Judicial a deducir tal circunstancia dentro del plazo de QUINCE DIAS, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto, de conformidad a lo establecido en los artículos 1163 y 1164 del Código Civil. LIBRADO EN EL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MER-CANTIL, San Salvador, a las catorce horas con treinta minutos del día seis de marzo de dos mil quince.- LIC. JUAN ESTEBAN BELTRAN LOPEZ, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SUPLENTE, SAN SALVADOR.- LIC. RAFAEL GILBERTO CRISTALES CAS-TRO, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 263-3
DE TERCERA PUBLICACIÓN
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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
EL INFRASCRITO NOTARIO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS
DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las nueve horas del día once de
Marzo del corriente año; se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA,
con benefi cio de inventario: de parte de BLANCA LIDIA GRANADOS
DE PARADA, como cesionaria del derecho que le corresponde a María
del Tránsito Bonilla de Ayala, como esposa sobreviviente del causante.
En la sucesión interina que dejó el señor FREDY ARMANDO AYALA
LEIVA, al fallecer el día dieciocho de Agosto del año dos mil catorce,
en el Cantón Ojo de Agua, Usulután, y esa misma ciudad su último
domicilio, y de Nacionalidad Salvadoreño; Confi riéndole a la heredera
declarada la Administración y representación DEFINITIVA de dicha
sucesión, con las facultades y restricciones de ley.
Librado en mi Ofi cina Notarial.- Ubicado en Primera Avenida
Norte número uno, Usulután, a los once días del mes de Marzo del año
dos mil quince.
DR. CARLOS HUMBERTO REYES MONICO,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. C010578
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, LICEN-
CIADO JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las once horas y quince minutos de
este día, se han declarado herederos defi nitivos con benefi cio de inven-
tario a los señores ANA BERTILA CERNA NAVARRETE conocida
por BERTILA CERNA, por BERTA CERNA y por ANA BERTILA
CERNA DE RAMÍREZ, menor TATIANA YAMILETH RAMÍREZ
CERNA, JUAN ANTONIO RAMÍREZ CERNA, GRISELDA DEL
CARMEN RAMÍREZ CERNA, MARTIN ISAAC RAMÍREZ CERNA,
MOISÉS ALEXANDER RAMÍREZ CERNA, GERMAN GABRIEL
RAMÍREZ CERNA, DARWIN JAVIER RAMÍREZ CERNA, ANDRÉS
ALEXIS RAMÍREZ CERNA, CONCEPCIÓN XIOMARA RAMÍREZ
CERNA, YOSSELYN VERÓNICA RAMÍREZ CERNA y NORMA
XIOMARA APARICIO CHÉVEZ, la segunda Representada Legalmente
por su madre señora ANA BERTILA CERNA NAVARRETE conocida
por BERTILA CERNA, por BERTA CERNA y por ANA BERTILA
CERNA DE RAMÍREZ, todos en calidad de herederos testamentarios
del causante, señor OSMÍN ANTONIO RAMÍREZ MARAVILLA co-
nocido por OSMÍN ANTONIO RAMÍREZ, en la sucesión testamentaria
que éste dejó al fallecer el día siete de noviembre del año dos mil doce,
en el Hospital Nacional San Juan de Dios de la ciudad de San Miguel,
siendo la ciudad de Usulután su último domicilio.
Confi riéndoseles a los herederos declarados la administración y
representación defi nitiva de dicha sucesión, con las facultades y restric-
ciones de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los dieciocho días
del mes de febrero del año dos mil quince.- LIC. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
1 v. No. C010579
LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO
CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA.
AVISA: Que por resolución de las catorce horas con cuarenta y
un minutos del día veinticinco de febrero del año dos mil quince, se
ha declarado HEREDERA DEFINITIVA con benefi cio de inventario
de la herencia intestada, que a su defunción dejara la causante señora
MARIA EUSEBIA LOPEZ, conocida por MARIA EUSEBIA LOPEZ
DE GALDAMEZ, o MARIA EUSEBIA LOPEZ DOMINGUEZ, y por
EUSEBIA LOPEZ, ocurrida el día dos de abril del año dos mil catorce,
en Santa Tecla, Departamento de La Libertad, quien a la fecha de su
fallecimiento era de sesenta años de edad, del domicilio de Colón,
Departamento de la Libertad con Documento Único de Identidad Nú-
mero cero tres seis ocho uno cuatro seis cuatro- nueve, y con Número
de Identifi cación Tributaria cero nueve cero tres- cero cinco cero tres
cinco cuatro- uno cero uno- seis, originario de Ilobasco, Departamento
de Cabañas, casada con el señor FAUSTO GALDAMEZ, hija de los
señores Felipa Domínguez Castellanos, conocida por María Felipa
Domínguez, José Santos López; de nacionalidad salvadoreña, de parte
de la señora IRMA MARISOL GALDAMEZ LOPEZ, mayor de edad,
con Número de Identifi cación Tributaria cero quinientos tres- doscientos
cuarenta mil seiscientos setenta y cinco- ciento uno- dos, en su calidad de
Hija y cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los
señores FAUSTO GALDAMEZ, en su calidad de esposo de la causante;
y ALMIDA DEL CARMEN GALDAMEZ LOPEZ, NELSON SAUL
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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
GALDAMEZ LOPEZ, CONCEPCION DE LA CRUZ GALDAMEZ
LOPEZ, SANDRA YAMILETH GALDAMEZ LOPEZ, ROSA ANGE-
LICA GALDAMEZ LOPEZ, IMELDA ARELY GALDAMEZ LOPEZ,
LORENA LISSETH GALDAMEZ LOPEZ, todos en su calidad de hijos
de la causante. De conformidad al Art. 1165 del Código Civil. Confi -
riéndole a la aceptante la administración y representación DEFINITIVA
de la sucesión.
Lo que hago del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, a las catorce horas
con cincuenta y siete minutos del día veinticinco de febrero del año dos
mil quince.- LIC. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO
CIVIL DE SANTA TECLA.- LICDA. ERIKA MICHELLE SIBRIAN
RUIZ, SECRETARIA.
1 v. No. C010592
LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil del Distrito
Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
para los efectos de Ley.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las quince horas
y quince minutos del día dos de febrero de dos mil quince. Constando
en el Diario Ofi cial agregado a folios 34, Publicación página 250. Que
han transcurrido más de quince días de la última publicación del edicto
respectivo, sin que persona alguna a la fecha se haya presentado haciendo
oposición a las pretensiones de los solicitantes, se les declara herederas
expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que
al fallecer a las ocho horas del día ocho de julio del año dos mil catorce,
en el Cantón Gueripe, de la jurisdicción de Concepción de Oriente, de
este distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio dejó el
causante Marcelino Morán, conocido por Marcelino Morán Euceda, de
parte de las señoras Zoila Morán de Reyes, Lucila Morán de Acosta,
Teófi la Morán de Acosta, Santos Morán de Moreno, Esperanza Morán de
Acosta, y Milagro Morán de Acosta, en concepto de hijas sobrevivientes
del referido causante, de conformidad con el Artículo 988 numeral 1°
del Código Civil. Se les confi ere a las herederas declaradas en el carácter
dicho la administración y representación DEFINITIVA de los bienes de
la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente. Dése el aviso de ley y oportunamente extiéndase
la certifi cación correspondiente.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento
de La Unión, a los cuatro días del mes de febrero de dos mil quince.-
LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.
MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.
1 v. No. C010596
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las
ocho horas con veinte minutos de este día, se ha declarado heredero
abintestato y con benefi cio de inventario de la herencia intestada de los
bienes que a su defunción acaecida, el día diecinueve de julio de dos mil
catorce, en San Salvador, siendo el Cantón Río Grande, jurisdicción de
Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, su último domicilio; dejó la
señora JUANA ROMERO DE VALDEZ o JUANA ROMERO, quien
fue de setenta y tres años de edad, Viuda, de ofi cios domésticos, hija
de Nicolás Romero y de Eulogia Arévalo conocida por María Eulogia
Arévalo, originaria de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; al
señor BLAS VALDES ROMERO, en calidad de hijo de la causante,
representado por la Licenciada CESIA LEONOR RIVAS CASTRO hoy
DE LOPEZ, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial.
Habiéndosele conferido al heredero la administración y represen-
tación DEFINITIVA de la sucesión.
Lo que avisa al público para los demás efectos de ley.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
dieciséis días del mes de marzo de dos mil quince.- LIC. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO
ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
1 v. No. C010600
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve
horas de este día, se ha declarado heredero abintestato y con benefi cio
de inventario de la herencia intestada de los bienes que a su defunción
acaecida, el día veintisiete de noviembre de dos mil ocho, en Cantón
San Francisco, jurisdicción de San Isidro, departamento de Cabañas,
siendo el mismo lugar su último domicilio; dejó el señor LEANDRO
RUIZ VENTURA, quien fue de ochenta y nueve años de edad, viudo,
jornalero, hijo de José Diego Ruiz conocido por José Ruiz; y de María
Ventura, originario de San Isidro, Departamento de Cabañas; al señor
JOSE LEANDRO RUIZ VENTURA, en calidad de hijo del causante,
representado por la Licenciada CESIA LEONOR RIVAS CASTRO hoy
DE LOPEZ, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial.
Habiéndosele conferido al heredero la administración y representación
DEFINITIVA de la sucesión.
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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
Lo que avisa al público, para los demás efectos de ley.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
diez días del mes de marzo de dos mil quince.- LIC. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
1 v. No. C010601
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las
ocho horas con cuarenta minutos de este día, se ha declarado heredero
abintestato y con benefi cio de inventario de la herencia intestada de los
bienes que a su defunción acaecida, el día veintiséis de agosto de mil
novecientos ochenta y cuatro, en el Cantón Nombre de Dios, jurisdicción
de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo el mismo lugar su
último domicilio; dejó el señor ALEJANDRO SORTO, quien fue de
noventa y un años de edad, viudo, jornalero, hijo de Pedro Sorto y de
Carmen Velasco, originario de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas;
al señor ANGEL SORTO HERNANDEZ, en calidad de hijo del causante,
representado por la Licenciada CESIA LEONOR RIVAS CASTRO hoy
DE LOPEZ, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial.
Habiéndosele conferido al heredero la administración y representación
DEFINITIVA de la sucesión.
Lo que avisa al público, para los demás efectos de ley.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
diez días del mes de marzo de dos mil quince.- LIC. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
1 v. No. C010602
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho
horas con veinticinco minutos de este día, se ha declarado heredero
abintestato y con benefi cio de inventario de la herencia intestada de los
bienes que a su defunción acaecida, el día catorce de febrero de dos mil
catorce, en Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo el Cantón
El Amate, jurisdicción de San Isidro, Departamento de Cabañas, su
último domicilio; dejó el señor MANUEL ARCE ARIAS o MANUEL
ARCE, quien fue de setenta y tres años de edad, soltero, agricultor,
hijo de Eugenio Arce y de Isabel Arias, originario de Sensuntepeque,
Departamento de Cabañas; al señor OSCAR SAUL AMAYA ARCE,
en calidad de hijo del causante, representado por la Licenciada CESIA
LEONOR RIVAS CASTRO hoy DE LOPEZ, como Apoderada General
Judicial con Cláusula Especial. Habiéndosele conferido al heredero la
administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.
Lo que avisa al público, para los demás efectos de ley.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
diez días del mes de marzo de dos mil quince.- LIC. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
1 v. No. C010603
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho
horas con quince minutos de este día, se ha declarado heredero abintestato
y con benefi cio de inventario de la herencia intestada de los bienes que
a su defunción acaecida, el día diecisiete de julio de dos mil diez, en
el Cantón Río Grande, jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento
de Cabañas, siendo el Cantón Río Grande, Caserío El Resbaladero,
jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, su último
domicilio; dejó la señora ANTONIA DOLORES AMAYA conocida
por ANTONIA AMAYA, quien fue de setenta y tres años de edad, sol-
tera, de ofi cios domésticos, hija de María Bartola Amaya, originaria de
Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; al señor SANTOS AMAYA,
en calidad de hijo de la causante, representado por la Licenciada CESIA
LEONOR RIVAS CASTRO hoy DE LOPEZ, como Apoderada General
Judicial con Cláusula Especial. Habiéndosele conferido al heredero la
administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.
Lo que avisa al público para los demás efectos de ley.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
diez días del mes de marzo de dos mil quince.- LIC. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
1 v. No. C010604
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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho
horas con treinta minutos de este día, se ha declarado heredero abintestato
y con benefi cio de inventario de la herencia intestada de los bienes que
a su defunción acaecida, el día veinticinco de junio de dos mil catorce,
en Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo el mismo lugar su
último domicilio; dejó la señora MARIA ROSA VASQUEZ DE RAMOS
o MARIA ROSA VASQUEZ, quien fue de cincuenta y siete años de
edad, casada, de ofi cios domésticos, hija del señor Mercedes Vásquez
o Mercedes Vásquez Pineda y de la señora María Tereza Rodríguez
Laínez conocida por Teresa Rodríguez, originaria de Ciudad Victoria,
Departamento de Cabañas; al señor EFRAIN RAMOS LAINEZ, en
calidad de cónyuge de la causante y como cesionario de los derechos
hereditarios que en calidad de padres de la causante les correspondían
a los señores Mercedes Vásquez o Mercedes Vásquez Pineda, y María
Tereza Rodríguez Laínez conocida por Teresa Rodríguez, representado
por la Licenciada CESIA LEONOR RIVAS CASTRO hoy DE LOPEZ,
como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial. Habiéndosele
Conferido al heredero la administración y representación DEFINITIVA
de la sucesión.
Lo que avisa al público para los demás efectos de ley.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
dieciséis días del mes de marzo de dos mil quince.- LIC. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO
ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
1 v. No. C010605
GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO, Notario, de este
domicilio y del de San Salvador, Departamento de San Salvador, con
despacho notarial ubicado en Calle Doroteo Vasconcelos Barrio Santa
Bárbara Número cuatro, Frente al parque central, Sensuntepeque, De-
partamento de Cabañas.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las diez horas del día dieciséis de marzo del año dos mi quince, se han
declarado herederos defi nitivos con benefi cio de inventario de los bienes
que a su defunción dejó la señora MARIA IRMA LEON LEON, quien
falleció el catorce de enero del año dos mil once, a las veintitrés horas de
ese día, en la ciudad de Comalapa, Departamento de Chalatenango; que
también fue la ciudad de su último domicilio, a los señores ROSA LEON
DE SANTOS, JOSE ADAN LEON LEON, y FRANCISCO LEON
LEON, en calidad de hermanos sobrevivientes; habiéndole conferido la
representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al publico para los efectos de ley.
Librado en la Ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas,
el día dieciséis de marzo del año dos mil quince.
LIC. GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO,
NOTARIO.
1 v. No. C010606
JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL
INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las
diez horas diez minutos del día doce de marzo de dos mil quince, se ha
declarado heredero defi nitivo con benefi cio de inventario, de los bienes
dejados a su defunción por el causante señor MANUEL DE JESUS
LANDAVERDE MORAN; quién fue de setenta y siete años de edad,
agricultor, casado, originario de El Paisnal, departamento de San Salvador,
falleció el día quince de diciembre de dos mil uno, en el Cantón Potrero
Grande de la Jurisdicción de El Paisnal, Departamento de San Salvador,
siendo ese su último domicilio; de parte del señor OMAR ALEXANDER
LANDAVERDE GUTIERREZ, con Número de Identifi cación Tributaria
cero seis cero cinco-dos ocho cero nueve siete seis-uno cero dos-cero; en
concepto de hijo sobreviviente del causante, a quien se le ha conferido
la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.
Lo que se hace saber al público en general para los demás efectos
de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las diez horas
quince minutos del día doce de marzo de dos mil quince.- LIC. JAVIER
ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL INTO.-
LIC. EFRAIN EDGARDO AVELAR BERMUDEZ, SECRETARIO.
1 v. No. C010611
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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil del Distrito
Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
para los efectos de Ley,
AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las quince horas
y quince minutos del día dieciséis de febrero de dos mil quince.- Cons-
tando en el Diario Ofi cial agregado a folios 34, Publicación página 62.
Que han transcurrido más de quince días de la última publicación del
edicto respectivo, sin que persona alguna a la fecha se haya presentado
haciendo oposición a las pretensiones del solicitante, se le declara
heredero expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia
intestada que al fallecer a las veintidós horas del día veinticinco de
agosto del año dos mil siete, en el Hospital Militar de la ciudad de San
Miguel, siendo su último domicilio la Villa de Nueva Esparta, de este
distrito, Departamento de La Unión, dejó la causante Marcelina Villalta
de Rubio o Marcelina Villalta, de parte del señor Juan Evangelista Rubio
Villalta o Juan Evangelista Rubio, en concepto de hijo sobreviviente de
la referida causante, de conformidad con el Artículo 988 numeral 1° del
Código Civil. Se le confi ere al heredero declarado en el carácter dicho
la administración y representación DEFINITIVA de los bienes de la
indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de
la herencia yacente. Dése el aviso de ley y oportunamente extiéndase la
certifi cación correspondiente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, Departa-
mento de La Unión, a los dieciocho días del mes de febrero de dos mil
quince.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-
Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.
1 v. No. C010612
Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil del Distrito
Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
para los efectos de Ley,
AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las quince horas
y quince minutos del día dieciséis de febrero de dos mil quince.- Cons-
tando en el Diario Ofi cial agregado a folios 24, Publicación página 62.
Que han transcurrido más de quince días de la última publicación del
edicto respectivo, sin que persona alguna a la fecha se haya presentado
haciendo oposición a las pretensiones de los solicitantes, se les declara
herederos expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia
intestada que al fallecer a las diez horas y treinta minutos del día dieciséis
de marzo del año dos mil trece, en el Cantón Terrero, de la jurisdicción
de la Villa de Lislique, de este distrito, Departamento de La Unión,
su último domicilio, dejó el causante Isabel Rivera Molina, conocido
por Isabel Rivera y por José Isabel Rivera, de parte de los señores José
Efraín Guzmán Rivera, Santos Mirtala Guzmán de Cabrera y Blanca
Estela Guzmán Rivera, en concepto de hijos sobrevivientes del referido
causante, de conformidad con el Artículo 988 numeral 1° del Código
Civil. Se les confi ere a los herederos declarados en el carácter dicho
la administración y representación DEFINITIVA de los bienes de la
indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de
la herencia yacente. Dése el aviso de ley y oportunamente extiéndase la
certifi cación correspondiente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, Departa-
mento de La Unión, a los dieciocho días del mes de febrero de dos mil
quince.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-
Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.
1 v. No. C010613
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
AVISA: Que por resolución proveída a las nueve horas y cinco
minutos de este día, los señores Walter Geovanni Bonilla Benítez, Ana
Marifl or Bonilla de Alvarez, Víctor Manuel Benítez Bonilla y José
Orlando Bonilla Benítez, han sido declarados herederos defi nitivos con
benefi cio de inventario, en la herencia intestada que dejó el señor JOSE
ORLANDO BONILLA, quien falleció el día veinticinco de diciembre
de dos mil ocho, en Caserío Las Trancas, Cantón Coyolito, de la Juris-
dicción de La Unión y Departamento de La Unión, siendo este lugar, su
último domicilio, en calidad de hijos del causante y el primero también
como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a la
señora María Salomé Bonilla de Pacas, conocida por María Bonilla,
como madre del causante.
Y se les ha conferido a los herederos mencionados en la calidad
dicha la administración y representación defi nitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los tres días del mes
de marzo de dos mil quince.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
1 v. No. C010614
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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, LICENCIA-
DO JOSE ANTONIO GAMEZ, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS
DE LEY,
AVISA: Que por resolución de las catorce horas y cincuenta mi-
nutos de este día, se han declarado herederas defi nitivas con benefi cio
de inventario a las señoras IRENE JAIMEZ y GLADYS STELLA
JAIME, en calidad de hijas de la causante, señora DOMITILA DE
JESUS RODRIGUEZ JAIMES, conocida por DOMITILA JAIMEZ,
por DOMITILA JAIME y por DOMITILA DE JESUS JAIME, en la
sucesión intestada que ésta dejó al fallecer el día veintisiete de noviembre
del año dos mil trece, en Lotifi cación La Constancia Número Cuatro,
jurisdicción de Ereguayquín, departamento de Usulután; lugar que tuvo
como último domicilio. Confi riéndoseles a las herederas declaradas la
administración y representación defi nitiva de dicha sucesión, con las
facultades y restricciones de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los tres días del mes
de marzo del año dos mil quince.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ
DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,
SECRETARIA.
1 v. No. C010619
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
AVISA: Que por resolución de las diez horas del día cuatro de marzo
de dos mil quince, se ha DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO
ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO al señor LICO
ELMER ROQUE GRANADOS, de los bienes que a su defunción dejó
la causante señora LUCIA ORLANDA HERNANDEZ DE CHACON,
conocida por ORLANDA HERNANDEZ DE CHACON, por LUCIA
ORLANDA y por ORLANDA HERNANDEZ, quien fue de setenta y
cuatro años de edad, domésticos, originaria de San Cayetano Istepeque,
departamento de San Vicente, con Documento Unico de Identidad
número cero uno uno nueve seis cinco ocho siete - tres y Número de
Identifi cación Tributaria uno cero cero tres - tres cero cero seis tres
siete - cero cero uno -nueve, fallecida a las dieciocho horas cincuenta
minutos del día nueve de enero de dos mil doce, en San Cayetano
Istepeque, departamento de San Vicente, lugar de su último domicilio,
como cesionario de los derechos hereditarios que en la sucesión de la
causante les correspondía a los señores FIDEL ANTONIO CHACON
GUERRERO, PEDRO ARCENIO HERNANDEZ CHACON, NORA
ELIZABETH CHACON DE PONCE, VIRGINIA SOFIA HERNANDEZ
DE TORRES, REYNALDO APARICIO CHACON HERNANDEZ,
SANTOS AIDA HERNANDEZ DE AREVALO y FIDEL IGNACIO
CHACON HERNANDEZ, el primero en calidad de cónyuge sobreviviente
del causante y los demás en concepto de hijos de la referida causante.
Confi éresele al heredero declarado, la administración y representación
defi nitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las diez horas
diez minutos del día cuatro de marzo del año dos mil quince.- Dra. ANA
FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL
RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. F047919
CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, Juez Segundo de lo Civil y
Mercantil de la Ciudad de San Miguel,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con ocho
minutos del día dieciocho de marzo de dos mil quince, han sido de-
clarados herederos defi nitivos con benefi cio de inventario, los señores
SALOMON LOPEZ GUERRERO, mayor de edad, agricultor, del
domicilio de la ciudad de Chirilagua, departamento de San Miguel;
MARIA ISABEL LOPEZ GUERRERO, mayor de edad, empleada,
del domicilio de Chirilagua, departamento de San Miguel; MARINA
LOPEZ GUERRERO, conocida por MARINA LOPEZ DE MORENO,
mayor de edad, empleada, del domicilio de Sterling, Estado de Virginia,
Estados Unidos de América y JORGE ALBERTO GUERRERO LOPEZ,
mayor de edad, agricultor, del domicilio de Chirilagua, departamento
de San Miguel, todos en calidad de hermanos del causante; respecto de
la herencia intestada que dejó al fallecer el señor GERARDO LOPEZ
GUERRERO, quien fue de cincuenta y ocho años de edad, agricultor,
Salvadoreño por nacimiento, del domicilio de Chirilagua, departamento
de San Miguel, originario de Chirilagua, departamento de San Miguel,
hijo de Vicente Guerrero Benavides, conocido por Vicente Guerrero y
Emma López Alfaro, conocida por Emma López; fallecido a las catorce
horas con cuarenta minutos del día cuatro de octubre de dos mil catorce,
en Barrio El Calvario, de Chirilagua, departamento de San Miguel, siendo
su último domicilio de Chirilagua, departamento de San Miguel.
Confi éreseles a los herederos declarados, la administración y
representación defi nitiva de la sucesión intestada.
Se hace constar que se declaran herederos defi nitivos a los señores
SALOMON LOPEZ GUERRERO, MARIA ISABEL LOPEZ GUERRE-
RO, MARINA LOPEZ GUERRERO, conocida por MARINA LOPEZ
DE MORENO y JORGE ALBERTO GUERRERO LOPEZ, todos en
calidad de hermanos del causante, por haber manifestado expresamente
sus representantes procesales, "que no existen otras personas con vocación
sucesoral y que no hay más hermanos del causante".
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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-
CANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, EL DIA DIECIOCHO
DE MARZO DE DOS MIL QUINCE.- Lic. CRISTIAN ALEXANDER
GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.-
Lic. NELSON ENRIQUE VILLANUEVA MAJANO, SECRETARIO
INTERINO.
1 v. No. F047927
CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, Juez Segundo de lo Civil y
Mercantil de la Ciudad San Miguel,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con dos minutos
del día dieciocho de marzo de dos mil quince, se ha declarado heredero
defi nitivo al señor FIDEL ANGEL CHAVEZ ROMERO, mayor de edad,
plomero, del domicilio de Chirilagua, departamento de San Miguel, en
calidad de esposo de la causante; respecto de la herencia intestada que
dejó al fallecer la señora MARIA ALBERTINA ROMERO RAMIREZ,
conocida por MARIA ALBERTINA ROMERO DE CHAVEZ y por
MARIA ALBERTINA ROMERO, quien fue de sesenta y un años de
edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Chirilagua, Departamento
de San Miguel, de nacionalidad salvadoreña, fallecida a las ocho horas
con diez minutos del día doce de octubre de dos mil catorce, en el Hos-
pital Nacional Rosales de San Salvador, siendo su último domicilio la
ciudad de Chirilagua departamento de San Miguel.
Confi érasele al heredero declarado señor FIDEL ANGEL CHAVEZ
ROMERO, la administración y representación defi nitiva de la suce-
sión.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la Ciudad
de San Miguel, a los dieciocho días del mes de marzo de dos mil quince.-
Lic. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL.- Lic. NELSON ENRIQUE VILLANUEVA
MAJANO, SECRETARIO INTERINO.
1 v. No. F047928
LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE SAN
MIGUEL,
AVISA: Que por resolución de las ocho horas cuarenta y cinco
minutos de este día, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO, con
benefi cio de inventado de la herencia intestada que a su defunción dejó
el causante señor LUIS FERNANDO QUIROA QUEVEDO; quien fue
de cincuenta y nueve años de edad, fallecido el día siete de febrero de
dos mil trece, siendo este Municipio el lugar de su último domicilio en
el territorio nacional; al señor LUIS ENRIQUE QUIROA MENDEZ;
en calidad de hijo del causante y como cesionario de los derechos here-
ditarios que le correspondían a la señora MIRTA ALCIRA MENDEZ
PINELO DE QUIRIOA, como cónyuge del causante. Confi riéndole en
estas diligencias al aceptante la administración y representación DEFI-
NITIVA, de la sucesión.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las ocho horas cuarenta y
seis minutos del día diecisiete de marzo de dos mil quince.- Lic. DIANA
LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL, SAN MIGUEL.- Lic. IVONNE JULISSA ZELAYA
AYALA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.
1 v. No. F047936
RENE ANTONIO VIOLANTES AGUIRRE, Notario, de este domicilio,
con ofi cina en Primera Av. Sur 1-8 de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito
Notario, a las once horas del día dieciocho de marzo del año dos mil
quince, se ha declarado Heredera Defi nitiva Intestada con benefi cio de
inventario, a AVELINA ZELADA DE LOPEZ, conocida por ABELINA
ZELADA DE LOPEZ, en su carácter de cónyuge y como cesionaria
de los derechos de Clara López de Castro, José Luis López Zelada,
Víctor Rufi no López Zelada, Dominga López de Pérez, Marina López
Zelada y Delmy Noemy López Zelada, del difunto VICTOR RUFINO
LOPEZ CRUZ; quien falleció, el nueve de junio de dos mil doce, en el
hospital nacional Doctor Juan José Fernández, Zacamil en Mejicanos,
San Salvador, siendo su último domicilio Ahuachapán, se le confi rió a
la heredera declarada la administración y representación defi nitiva de
la sucesión.
Ahuachapán, diecinueve de marzo de dos mil quince.
RENE ANTONIO VIOLANTES AGUIRRE,
NOTARIO.
1 v. No. F047961
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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL
INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a
las diez horas veinte minutos del día dieciséis de febrero de dos mil
quince, se han declarado herederos defi nitivos abintestato con benefi cio
de inventario de los bienes dejados a su defunción por la señora ES-
PERANZA FERMAN, también conocida por MARIA ESPERANZA
FERMAN y por MARIA ESPERANZA FERMAN LOPEZ, quien fue de
setenta años de edad, soltera, fallecida el día veintitrés de febrero de mil
novecientos noventa y nueve, siendo éste su último domicilio, de parte
del señor FIDEL ALFREDO FERMAN, NIT cero cinco uno dos-cero
dos uno uno cinco cuatro-cero cero uno-ocho; y Documento Único de
Identidad cero cuatro tres uno dos uno cero cuatro-nueve; en concepto
de hijo de la causante, a quien se le ha conferido la administración y
representación DEFINITIVA, de la sucesión.
Lo que se hace saber al público en general para los demás efectos
de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las diez
horas veinticinco minutos del día dieciséis de febrero de dos mil quin-
ce.- Lic. JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE
LO CIVIL INTO.- Lic. EFRAIN EDGARDO AVELAR BERMUDEZ,
SECRETARIO.
1 v. No. F047990
Lic. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, Juez Tercero de lo
Civil y Mercantil de Santa Ana: De conformidad a lo regulado en el
artículo 1165 del Código Civil, al público en general
AVISA: Se han promovido por la Licenciada Silvia Magdalena
Silva de Morán, Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada con
Benefi cio de Inventario, sobre los bienes que a su defunción dejara el
causante señor Francis Reynaldo Moreno Martínez, quien falleció sin
haber dejado testamento, el día treinta de agosto del año dos mil ca-
torce, siendo éste su último domicilio y este día se ha nombrado como
herederos de los bienes, derechos y obligaciones transmisibles que de
manera intestada dejara el referido causante, a 1) Evelyn Marisol García
viuda de Moreno, en su calidad de cónyuge sobreviviente; 2) Rodrigo
Armando Moreno García, en su calidad de hijo sobreviviente, 3) María
Luz Martínez, conocida por María Luz Martínez Solano y por Marta
Luz Martínez Solano, en su calidad de madre sobreviviente; y 4) Diego
Francisco Moreno García, en su calidad de hijo sobreviviente del causante
en comento.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana,
a los cuatro días del mes de marzo de dos mil quince.- Lic. MELVIN
MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL, SANTA ANA.- Licda. ELIDA ZULEIMA MENDEZ
GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL, SANTA ANA.
1 v. No. F048027
JOSE FABIO CASTILLO, mayor de edad, Abogado y Notario, de este
domicilio, con ofi cina en Colonia Centroamérica, Calle Panamá, casa
número ciento dieciocho, San Salvador, al público para los efectos de
ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas del
día dieciséis del corriente mes y año, se ha declarado HEREDEROS
DEFINITIVOS TESTAMENTARIOS CON BENEFICIO DE INVEN-
TARIO de la señora MARIA DOLORES SOBERANO DE SAGARRA,
quien falleció el día dieciocho de marzo de dos mil trece, en el Hospital
de la Mujer de esta ciudad, habiendo sido su último domicilio en la
Colonia San Benito, Avenida La Capilla, edifi cio seiscientos treinta y
nueve, Las Terrazas, segundo nivel, apartamento cincuenta y dos- dos,
San Salvador; a los señores: RAMON ANTONIO y JORGE MIGUEL,
ambos de apellidos SAGARRA SOBERANO, en concepto de Herederos
Testamentarios sobrevivientes de la causante; habiéndoseles conferido
a los herederos declarados la administración y representación defi niti-
vamente de la sucesión.
Librado en San Salvador, a los dieciocho días del mes de marzo
de dos mil quince.
Dr. JOSE FABIO CASTILLO,
ABOGADO Y NOTARIO
1 v. No. F048040
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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ABEL RICARDO CRUZ RAMÍREZ, Notario, de este domicilio, con
ofi cina ubicada en primera diagonal, colonia Médica, edifi cio Clínica
de Especialidades, local doscientos cinco, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito, proveída a las
ocho horas con treinta minutos del día diecisiete de marzo de dos mil
quince, se ha declarado a la señora Marta Alicia Hernández, Heredera
Defi nitiva con Benefi cio de Inventario de los bienes que a su defunción
dejara el señor José Oscar Alvarado Ramírez, conocido como José Oscar
Alvarado y como Oscar Alvarado, siendo su último domicilio la ciudad
de San Marcos, departamento de San Salvador, el día uno de octubre
de dos mil cinco, en su calidad de cesionaria del derecho hereditario de
los hijos y esposa sobrevivientes del causante; habiéndosele concedido
la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, a los dieciocho días del mes de marzo
del año dos mil quince.
LICENCIADO ABEL RICARDO CRUZ RAMÍREZ,
NOTARIO.
1 v. No. F048056
CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, Juez Segundo de lo Civil y
Mercantil de la Ciudad de San Miguel.
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas con treinta
y tres minutos de este día, ha sido declarada heredera defi nitiva con be-
nefi cio de inventario, la señora MARIBEL DEL CARMEN ANDRADE
o MARIBEL DEL CARMEN ANDRADE DE PORTILLO, mayor de
edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio; en calidad de cónyuge del
causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que le corres-
pondían a los señores JOSÉ ARQUIMIDES PORTILLO ANDRADE,
ANA SILVIA PORTILLO DE CEDILLOS y MARIBEL ANTONIA
PORTILLO ANDRADE, quienes son hijos del causante; respecto de
la herencia intestada que dejó al fallecer el señor JOSÉ ALBERTO
PORTILLO CARBALLO conocido por JOSÉ ALBERTO PORTILLO,
quien fue de sesenta y dos años de edad, agricultor, casado, originario de
Chapeltique, departamento de San Miguel, hijo de los señores Virgilio
Portillo y Emilia Carballo, fallecido el día trece de mayo de dos mil
catorce, siendo su último domicilio San Miguel, departamento de San
Miguel.
Confi éresele a la heredera declarada, la administración y represen-
tación defi nitiva de la sucesión intestada.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-
CANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, EL DÍA DIECINUEVE
DE MARZO DE DOS MIL QUINCE. LIC. CRISTIAN ALEXANDER
GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.
LIC. NELSON ENRIQUE VILLANUEVA MAJANO, SECRETARIO
INTERINO.
1 v. No. F048073
JOSÉ ARISTIDES MARTINEZ PEREZ, Notario, del domicilio de
Panchimalco, Departamento de San Salvador, con ofi cina jurídica ubicada
en Cuarenta y Una Calle Poniente, Pasaje Ruiz, número ciento nueve,
Colonia Vairo de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída
a las diecisiete horas del día tres de marzo de dos mil quince, ha sido
declarada heredera defi nitiva con benefi cio de inventario la señora ANA
LILIAN PEREZ VIUDA DE CORTEZ, conocida por ANA LILIAN
PEREZ DE CORTEZ, de la herencia intestada que a su defunción de-
jara el señor JESÚS ALBERTO CORTEZ SIGÜENZA, conocido por
JESÚS ALBERTO CORTEZ, fallecido el día catorce de octubre del año
dos mil doce, en esta ciudad, siendo su último domicilio esta ciudad,
en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante y como cesionaria
del derecho que les correspondía a las señoras Ana Verónica Cortez de
Menjívar, Yasmín Guadalupe Cortez Pérez, y señor Alvaro Omar Cortez
Pérez, estos últimos en concepto de hijos sobrevivientes del causante,
habiéndosele concedido la representación y administración defi nitiva
de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la Ciudad de San Salvador a los cuatro días del mes de
marzo de dos mil quince.
LIC. JOSÉ ARISTIDES MARTINEZ PEREZ,
NOTARIO.
1 v. No. F048085
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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
ARACELY ELIZABETH FUENTES, Notario, de este domicilio, con
ofi cina profesional situada en pasaje San Juan, número diecinueve, Colonia
La Rábida, San Salvador, AL PUBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrita Notario,
en esta ciudad, a las ocho horas de este mismo día, se ha declarado a la
señora BLANCA JOSEFINA MARTINEZ DE HERNANDEZ, heredera
defi nitiva ab-intestato y con benefi cio de inventario, de los bienes que a
su defunción dejó el señor CESAR IGNACIO HERNANDEZ, conocido
por CESAR HERNANDEZ OROZCO, fallecido a las trece horas y diez
minutos del día dos de septiembre de dos mil once, en esta ciudad, su
último domicilio, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante y
como cesionaria de los derechos hereditarios que en la presente sucesión
les correspondía a: SILVIA GUADALUPE HERNANDEZ DE AZU-
CENA, RUBEN EDGARDO HERNANDEZ MARTINEZ y BLANCA
PATRICIA HERNANDEZ MARTINEZ, como hijos del causante.
Confi érese a la heredera declarada la administración y representación
defi nitiva de la sucesión.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.
LIBRADO en mi Ofi cina Profesional: San Salvador, veinte de
marzo de dos mil quince.
LIC. ARACELY ELIZABETH FUENTES,
NOTARIO.
1 v. No. F048145
LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-
PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución de este Tribunal de las once horas
del día diez de los corrientes, ha sido declarada heredera abintestato
con benefi cio de inventario de la herencia dejada por el señor CARLOS
ALFREDO SOMOZA, fallecido el día nueve de mayo del dos mil catorce,
en Nahulingo, siendo ese, el lugar de su último domicilio, de parte de la
señora MEDELINA DEL CARMEN ORTIZ MORAN, hoy Medelina
del Carmen Ortiz de Somoza, en concepto de cónyuge sobreviviente del
causante.
Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y
representación defi nitiva de la sucesión.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las diez horas treinta y
cinco minutos del día veintisiete de octubre del dos mil catorce. LIC.
LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-
PLENTE. LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,
SECRETARIO.
1 v. No. F048154
OSCAR ALBERTO FLORES DIAZ, Notario, con ofi cina particular
ubicada en Colonia Médica, Avenida Doctor Emilio Álvarez, Edifi cio
doscientos veinticinco, local diecisiete, San Salvador, al público para
los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, pronun-
ciada a las ocho horas del día nueve de marzo del año dos mil quince,
en Diligencias de Aceptación de Herencia, seguidas en base a la Ley del
Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias,
ha sido DECLARADA HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO
Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de la herencia intestada que
a su defunción dejó el causante señor RENE OSCAR TORRES, cono-
cido por RENE OSCAR MENDEZ TORRES, quien fuera de setenta
y seis años de edad, Profesor, casado, del domicilio de Santa Tecla, de
nacionalidad salvadoreña, siendo su último domicilio el de la ciudad
de Santa Tecla, departamento de La Libertad, y quien falleció a conse-
cuencia de Hematoma subdural, shock séptico, con asistencia médica,
a las ocho horas del día veintitrés de mayo del año dos mil catorce, sin
haber formalizado testamento alguno, de parte de la señora FRANCISCA
HERMINIA ALEGRÍA DE TORRES. Por lo tanto se le ha conferido
a la heredera FRANCISCA HERMINIA ALEGRÍA DE TORRES, en
calidad de cónyuge del causante y cesionaria de los Derechos Heredi-
tarios de las señoras Cecilia Emisela Torres de Valencia, Mirsna Emely
Torres de Silva y Nuria Yacira Torres de Burgos, la administración y
representación DEFINITIVA de la referida sucesión, en su calidad de
heredera abintestato.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los nueve días del mes de
marzo del año dos mil quince.
LIC. OSCAR ALBERTO FLORES DIAZ,
NOTARIO.
1 v. No. F048161
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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
KARINA JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA, JUEZA TER-
CERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, AL
PÚBLICO.
AVISA: Que mediante resolución proveída por este Juzgado, a las
quince horas del día trece de junio de dos mil catorce, se ha DECLARADO
HEREDERO DEFINITIVO Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO
DE LA HERENCIA INTESTADA conformada por los bienes que a su
defunción ocurrida el día veintinueve de julio de mil novecientos ochenta
y cuatro, dejó el causante señor RODOLFO BONILLA CONTRERAS
conocido por RODOLFO CONTRERAS BONILLA, quien a la fecha
de su fallecimiento era de cuarenta y tres años de edad, empleado,
soltero, originario y del domicilio de esta Ciudad, al señor RICARDO
CONTRERAS BONILLA, en calidad de hermano del causante, la
herencia intestada.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Confi érese al heredero declarado la administración y representación
DEFINITIVA de la sucesión.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San
Salvador, a las once horas y veinte minutos del día nueve de febrero
de dos mil quince. LICDA. KARINA JEANNETTE MARTINEZ
GUEVARA, JUEZA (2) TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.
LICDA. LICINIA NUBE SILIEZER DE ROMERO, SECRETARIA.
1 v. No. F048167
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
MERCEDES LOURDES MERLOS ARAUJO, Notario, de este domi-
cilio, con ofi cina ubicada en segunda Avenida Norte, número dieciocho,
Barrio San Carlos, de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrita Nota-
rio, a las veinte horas del día dieciocho de marzo de dos mil quince, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia Intestada que a su defunción dejara el causante JOSÉ JORGE
PALACIOS, quien falleció el día veintisiete de enero de dos mil trece, en
el caserío Las Anonas, Tecoluca, San Vicente, siendo éste su último do-
micilio, por parte del señor JOSÉ JORGE PALACIOS QUINTANILLA,
de treinta y dos años de edad, agricultor, del domicilio de Tecoluca, San
Vicente, con Documento Único de Identidad número cero dos cinco tres
cero cuatro cuatro nueve-cinco, en su concepto de hijo; habiéndosele
conferido la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA
de la citada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia, todo lo cual hago del conocimiento público para los
efectos de Ley.
Librado en El Tránsito, a los diecinueve días del mes de marzo de
dos mil quince.
LICDA. MERCEDES LOURDES MERLOS ARAUJO,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. C010584
MERCEDES LOURDES MERLOS ARAUJO, Notario, de este domici-
lio, con ofi cina ubicada en segunda Avenida Norte, número dieciocho,
Barrio San Carlos, de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrita No-
tario, a las ocho horas del día dieciocho de marzo de dos mil quince, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia Intestada que a su defunción, dejara el causante GILBERTO
MEMBREÑO quien falleció el día treinta de enero de dos mil quince,
en el Hospital Nacional San Pedro de la ciudad de Usulután, siendo esta
ciudad su último domicilio, por parte de la señora SILVIA ANTONIA
SEGOVIA DE MEMBREÑO, de setenta y un años de edad, ama de
casa, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número
cero cero tres seis cero dos siete cuatro- seis, en su concepto de esposa;
habiéndosele conferido la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN
INTERINA de la citada sucesión, con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia, todo lo cual hago del conocimiento público
para los efectos de Ley.
Librado en El Tránsito, San Miguel, a los diecinueve días del mes
de marzo de dos mil quince.
LICDA. MERCEDES LOURDES MERLOS ARAUJO,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. C010585
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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
JULIO CESAR DELEON HERNANDEZ, Notario, de este domicilio;
Departamento de San Salvador, con ofi cina notarial ubicada, en Avenida
Doctor Emilio Álvarez, Edifi cio López Bertrand, Tercer Nivel, Local
34, Colonia Médica, San Salvador. Al público en general.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito; proveída a las once
horas y quince minutos del día dieciséis de marzo del año dos mil quince,
se ha tenido por aceptada expresadamente y con benefi cio de inventario,
la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día dieciocho de
diciembre de mil novecientos noventa y uno, siendo su último domicilio,
Barrio El Centro, El Carmen, Departamento de La Unión, dejara la señora
DORA BERMUDEZ; al señor OSCAR MAURICIO BERMUDEZ, en
concepto de Heredero Universal Abintestato de la causante, habiéndose
conferido la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia; para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina de la notario, en la ciudad de San Salvador,
a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil quince.
LIC. JULIO CESAR DELEON HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. C010588
JULIO ENRIQUE PEREZ NAVAS, Notario, de este domicilio y de El
Transito, departamento de San Miguel, con ofi cina ubicada en Residen-
cial Cima de la Escalón, Calle República Federal de Alemania, número
siete-A, San Salvador, El Salvador, teléfono dos dos seis cuatro-ocho
nueve uno siete.
HACE CONSTAR: Que por resolución del suscrito Notario,
proveída a las diez horas del día diecinueve de marzo del año dos mil
quince, se ha tenido por ACEPTADA Y CON BENEFICIO DE IN-
VENTARIO, la herencia intestada que a su defunción dejara NELSON
ALEJANDRO MENA RIVAS quien fue de veintisiete años de edad,
Estudiante, originario de San Salvador, departamento de San Salvador,
siendo la ciudad de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad
su último domicilio, y falleció en la ciudad de Mejicanos, el día siete
de enero del año dos mil quince, de parte del señor JUAN RAMÓN
ANTONIO MENA GUERRA, de sesenta y dos años de edad, Doctor
en Medicina, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de
La Libertad, a quien en este acto conozco e identifi co por medio de su
Documento Único de Identidad número cero un millón novecientos
sesenta mil seiscientos veintidós-nueve y con Número de Identifi cación
Tributaria cero cuatrocientos siete-doscientos once mil ciento cincuenta
y dos-cero cero uno-seis, en calidad de padre sobreviviente del causante
y cesionario del derecho de MARÍA LORENA EUGENIA RIVAS DE
MENA madre del causante, habiéndose conferido la Administración y
Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario JULIO ENRIQUE PEREZ NA-
VAS. En la ciudad de San Salvador, a los diecinueve días del mes de
marzo del año dos mil quince.
JULIO ENRIQUE PEREZ NAVAS,
NOTARIO.
1 v. No. C010615
LILIAM ELIZABETH CRUZ CORTEZ, Notario, con Ofi cina Jurídica
en Treinta y Tres Calle Oriente, número Trescientos Trece, Colonia La
Rábida, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día seis
de marzo del año dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción
ocurrida en la ciudad de San Salvador, su último domicilio, el día veintidós
de noviembre del año dos mil doce, dejó la señora MARÍA ARDÓN
ARDÓN, conocida por MARÍA ARDÓN, de parte del señor JORGE
BETUEL LOPEZ ARDÓN, en concepto de Hijo y como Cesionario de
los Derechos Hereditarios que le correspondían a HECTOR ANIBAL
LOPEZ ARDÓN, en concepto de Hijo de la misma causante.
Confi érese al aceptante la Administración y Representación Interinas
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en mi Ofi cina Jurídica, San Salvador, a los seis días del
mes de marzo del año dos mil quince.
LIC. LILIAM ELIZABETH CRUZ CORTEZ,
NOTARIO.
1 v. No. C010618
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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ASTOR ADRIAN GARCIA QUINTANILLA, Notario, del domicilio de Sonsonate, con Ofi cina Jurídica en Décima Calle Poniente, tres guión dos Bis, Colonia San Antonio, de la Ciudad de Sonsonate.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día veintiocho de Febrero del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción dejara el señor JORGE ALBERTO AREVALO BRITO, quien falleció el día dos de marzo del dos mil catorce, en el Hospital Ave María de Sonsonate, de parte de la señora MARIA ANTONIA MEJIA AGUIRRE o MARIA ANTONIA MEJIA DE AREVALO, en calidad de heredera testamentaria, de dicho causante, habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia por este medio se cita a quien se crea con derecho a la referida herencia, para que se presente a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la Ciudad de Sonsonate, a los dos días del mes de marzo del año dos mil quince.
LIC. ASTOR ADRIAN GARCIA QUINTANILLA,
NOTARIO.
1 v. No. F047937
MILTON ANTONIO ORTEGA, con ofi cina en Cuarta Avenida Sur Calle Dolores Martel, Barrio El Clavario, de esta Ciudad.
HACE SABER: Que por resolución dictada a las 16 horas 20 minutos del día 20 de febrero, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por la señora MARIA ELENA AGUILARA VIUDA DE SANTOS, quien fue de 74 años de edad, ama de casa, con último domicilio en Chalatenango, fallecida a las 15 horas y 30 minutos del día veintitrés de enero del año dos mil dos, siendo su último domicilio en Chalatenango, de parte de MARIA ELENA SANTOS AGUILAR, como heredera sobreviviente, en su calidad de hija de la causante, señora MARIA ELENA AGUILAR VIUDA DE SANTOS, se ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la causante, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace de conocimiento al público, para que si alguna persona se creyere con derecho a la sucesión, se presente a mi ofi cina notarial, dentro del término de 15 días contados a partir de la última pu-blicación de este edicto en el Diario Ofi cial, a hacer valer su derecho.
Chalatenango, veinte días del mes de marzo del dos mil quince.
MILTON ANTONIO ORTEGA,
NOTARIO.
1 v. No. F047955
JOSE ERNESTO CARRANZA MARTINEZ, Notario, del domicilio de
la Ciudad de Santa Ana, y con residencia en la Tercera Calle Oriente,
entre Quinta y Séptima Avenida Sur, número diecisiete de dicha Ciudad.
AL PUBLICO.
HACE SABER: Que por resolución dictada por el suscrito Notario,
a las dieciséis horas doce minutos del día catorce de marzo del dos mil
quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de in-
ventario, de parte de los señores EXAR DAVID ACOSTA conocido por
DAVID ACOSTA GUERRERO y por DAVID ACOSTA GUERRERA;
y LUZ GUERRERO GARCIA conocida por LUZ ACOSTA GUERRE-
RO, haciéndolo el primero además como Cesionario de los Derechos
Hereditarios en Abstracto que le correspondían a Emma Rafaela Cortez
de García conocida por Enma Cortez de García por Emma Cortez García
y por Emma García, la herencia TESTAMENTARIA que a su defunción
dejare don EDUARDO GARCIA, y en tal concepto se les ha conferido
la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en la Ofi cina Notarial del suscrito Notario: en la Ciudad
de Santa Ana, a las ocho horas del día dieciséis de marzo del dos mil
quince.
JOSE ERNESTO CARRANZA MARTINEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F047989
OSCAR ENRIQUE GUARDADO CALDERON, Notario, de este do-
micilio, con Despacho Notarial ubicado en Urbanización Madreselva,
Pasaje Ocho Poniente, Número Diez, Santa Elena, Antiguo Cuscatlán,
Departamento La Libertad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las once horas del día cuatro de marzo de dos mil quince, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de forma inte-
rina, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en San Francisco
Amatepe, Jurisdicción de San Luis Talpa, Departamento de La Paz, a
las dieciséis horas, con cuarenta minutos del día veintiuno de noviembre
de dos mil catorce, dejó el señor JUAN MOLINA CRESPIN, de parte
de los señores REINA MARINA VILLEGAS DE MOLINA; CECILIA
DE LOS ANGELES AYALA DE PEÑA, conocida por CECILIA DE
LOS ANGELES MOLINA DE PEÑA; WALTER ANTONIO MOLINA
AYALA; REINA RUBIDIA AYALA MOLINA, conocida por REINA
RUBIDIA AYALA DE AGUIRRE; JUAN ARNOLDO MOLINA
AYALA y ELMER RONALDO MOLINA VILLEGAS, en su concepto
de cónyuge e hijos sobrevivientes del causante, habiéndose conferido
la administración y representación de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia
por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la refe-
rida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término
de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del
presente edicto.
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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
Librado en la Ofi cina del Notario OSCAR ENRIQUE GUARDADO
CALDERON. En la Ciudad de Antiguo Cuscatlán, a las ocho horas del
día diecisiete de marzo de dos mil quince.
OSCAR ENRIQUE GUARDADO CALDERON,
NOTARIO.
1 v. No. F048003
JOSE NAPOLEON GRANDE SERRANO, NOTARIO, DEL DOMI-
CILIO DE LA CIUDAD DE ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO
DE LA PAZ, AL PÚBLICO.
HAGO SABER: Que por resolución de las catorce horas del día
diecinueve de marzo del año dos mil quince. Ante mis ofi cios notariales
se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de
parte del señor WILLIAM ROGELIO MONGE FUNES, en su calidad
de hijo sobreviviente, de la herencia intestada que a su defunción dejara
el causante señor ROGELIO FUNES, quien falleció a las seis horas,
del día veintisiete de noviembre del año dos mil catorce, en el Cantón
San Isidro de Santa María Ostuma, Departamento de La Paz, a causa
de Herida Perforante del Cuello por Arma de Fuego, reconocido por
Médico Forense Doctor Edwin Orlando Zúniga Rivas, según Esquela de
Causa de Muerte extendida por Instituto de Medicina Legal "Dr. Roberto
Masferrer" de la Ciudad de San Vicente, siendo su último domicilio el de
la Ciudad de Santa María Ostuma, Departamento de La Paz; habiéndole
conferido la administración y representación interina de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
CÍTENSE a las personas que se crean con derecho en la herencia
para que se presenten a deducirlo en el término de QUINCE días contados
a partir desde el siguiente día a la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO en mi Ofi cina Notarial, situada en Calle Doctor Miguel
Tomás Molina, casa número dos, Barrio El Centro, una Cuadra al cos-
tado Oriente de Catedral Nuestra Señora de Los Pobres de esta Ciudad,
Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a los veinte días del mes de
marzo del año dos mil quince.
JOSE NAPOLEON GRANDE SERRANO,
NOTARIO.
1 v. No. F048084
VICTOR MANUEL IRAHETA ALVAREZ, Notario y de este domicilio,
con ofi cina en, Calle San Antonio Abad, Urb. Pórtico San Antonio, Pje.
Ppal. # 10-A, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito, proveída en
esta Ciudad, a las quince horas del día diecinueve de marzo del dos
mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción, ocurrida en
la ciudad de San Salvador, el día siete de febrero del dos mil quince,
dejó la señora MARIA LIDUBINA ROMERO MARTINEZ conocida
por MARIA LIDUBINA ROMERO DE BANEGAS y por MARIA
LIDUVINA ROMERO DE VANEGAS, quien fuera de setenta y cinco
años de edad a la fecha de su defunción, ama de casa, y de los domicilios
de San Salvador y Cojutepeque, sus dos últimos domicilios, de parte de
las señoras LUCIA ELIZABETH BANEGAS DE SALAZAR y LIGIA
ELIZABETH SALAZAR BANEGAS, en su concepto de Herederas
Universales Testamentarias, Habiéndoseles declarado herederas inte-
rinas con benefi cio de inventario y Se les confi rió la Administración y
Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a las personas que se crean con derecho a la citada herencia
para que se presenten a la referida ofi cina, en el término de quince días
contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto,
a manifestar su derecho u oposición.
Librado en San Salvador, a los veinte días del mes de marzo del
dos mil quince.
VICTOR MANUEL IRAHETA ALVAREZ,
NOTARIO.
1 v. No. F048119
MILAGRO DE JESUS GARAY DE CEVALLOS, Notario, de este
domicilio, con ofi cina en Diagonal Doctor Arturo Romero, Edifi cio
Cuatrocientos cuarenta y cuatro, local número nueve, Colonia Médica,
San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las quince horas treinta minutos del día once de noviembre de dos
mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en
el Hospital Médico Quirúrgico del Instituto Salvadoreño del Seguro
Social, de la Ciudad de San Salvador, el día cuatro de julio de dos mil
doce, con último domicilio en la Ciudad de Colón, Departamento de
La Libertad, dejó el señor JOSE ANDRES REYES LIRA, conocido
por JOSE ANDRES LIRA REYES y por JOSE ANDRES REYES, de
parte de la Señora TERESA DE JESUS TORRES DE REYES, en su
calidad de cónyuge sobreviviente del causante y como cesionaria de
los derechos que en dicha sucesión correspondían a sus hijos JORGE
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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
MAURICIO REYES TORRES, JOSE ROLANDO REYES TORRES,
MORENA SIVELES REYES TORRES, CARLOS ISMAEL REYES
TORRES E IRIS MABEL REYES TORRES; habiéndosele conferido a la
aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se citan a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a
la última publicación de este edicto.
Librado en la ofi cina de la Notario Milagro de Jesús Garay de
Cevallos. En la Ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de
noviembre de dos mil catorce.
LIC. MILAGRO DE JESUS GARAY DE CEVALLOS,
NOTARIO.
1 v. No. F048121
JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las once horas y cuarenta y cinco
minutos de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Be-
nefi cio de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó la
señora MARIA DE LOS ANGELES ALEMAN conocida por MARIA
DE LOS ANGELES ALEMAN GOMEZ, o por ANGELA GOMEZ
ALEMAN, al fallecer el día siete de mayo del año dos mil once, en
el Cantón El Maculis, de la ciudad de Ereguayquín, Departamento de
Usulután, habiendo siendo la Ciudad de Ereguayquín su último domi-
cilio, de parte de la señora ANDREA DE JESUS GOMEZ ALEMAN
DE ABREGO, en calidad de hija de la causante.
Confi riéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-
sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de
los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
diez días del mes de marzo de dos mil catorce.- LIC. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010580-1
JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las ocho horas de este día se ha
tenido por Aceptada Expresamente y con benefi cio de Inventario la
Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor RIGOBERTO
LOPEZ CASTILLO, al fallecer el día veintitrés de octubre del año dos
mil trece, en el Caserío Las Mayorga, Cantón Obrajuelo, de la Ciudad
de Santa María, Departamento de Usulután, habiendo sido la Ciudad de
Santa María, su último domicilio, de parte de la señora MARIA DE LOS
SANTOS LOPEZ, en concepto de hermana sobreviviente del causante.-
Confi érasele a la aceptante dicha, la Administración y Representación
Interina de la sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores
de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
veintisiete días del mes de enero de dos mil quince.- LIC. JOSE AN-
TONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL
SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010581-1
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez
Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para
efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de
las diez horas y cuarenta minutos del día seis de marzo del corriente
año, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventa-
rio, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante Indalecio
Argueta Claros o Indalecio Argueta; de parte del señor Noé Lorenso
Argueta Argueta, de treinta y siete años de edad, Profesor, del domi-
cilio de Joateca, Departamento de Morazán, con Documento Único de
Identidad Número cero dos millones seiscientos cuarenta y nueve mil
cuatrocientos sesenta y cuatro guión uno; y Número de Identifi cación
Tributaria Un mil trescientos diez guión cien mil ochocientos setenta y
siete guión ciento uno guión cuatro; como Cesionario de los derechos
hereditarios que le correspondían a los señores Leónidas Argueta Bonilla
y Pedro René Argueta Bonilla, éstos en calidad de hijos del mencionado
causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de ochenta y tres años
de edad, Agricultor, originario de Joateca, Departamento de Morazán,
y del domicilio de esta ciudad, hijo de los señores Francisco Argueta y
Teodora Claros; falleció a las cero horas y treinta minutos del día ocho
de Agosto del dos mil diez, en esta Ciudad de San Francisco Gotera,
Departamento de Morazán; siendo esta misma Ciudad, lugar de su
último domicilio. Se le confi rió al aceptante antes mencionado y en
la forma establecida, la Administración y Representación Interina de
la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
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Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el
siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-
dico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Morazán; a las diez horas y nueve minutos del día nueve de marzo
de dos mil quince.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,
JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLE-
SIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010591-1
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. Al público para efectos
de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas treinta minutos
del día veinticinco de febrero de dos mil quince, se ha tenido por aceptada
expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a
su defunción dejó el causante JOSE ANTONIO BRIZUELA conocido
por JOSE ANTONIO BRIZUELA CANALES, quien fue de setenta y
cuatro años de edad, fallecido el nueve de febrero de dos mil catorce,
siendo el Municipio de San Miguel el lugar de su último domicilio, de
parte de los señores MARIA JOSEFINA GUTIERREZ DE BRIZUELA
hoy VIUDA DE BRIZUELA; JOSE MILTON, JOSE ANTONIO, JOSE
MARLON, MARIA EVELYN MARILYN, JOSE RAUL, todos de
apellido BRIZUELA GUTIERREZ; y MARIA YOLANDA BRIZUELA
DE CHICAS, en calidad de cónyuge e hijos sobrevivientes del causante
respectivamente, confi riéndose en el carácter indicado la administración
y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restric-
ciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL; San Miguel: a las once horas treinta y cinco minutos del día veinti-
cinco de febrero de dos mil quince.- LIC. DIANA LEONOR ROMERO
DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC.
IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010595-1
LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, Al público para los efectos
de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas treinta y
nueve minutos del día veintitrés de febrero del año dos mil quince, dictada
en las Diligencias Varias de Aceptación de Herencia Testamentaria clasi-
fi cadas en este Juzgado con el NUE: 00961-14-CVDV-1CM1-75/14(1);
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,
la herencia testamentaria que a su defunción dejó la causante señora
MARIA ANTONIA MORÁN DE LOBATO conocida por ANTONIA
MORÁN DE LOBATO, MARIA ANTONIA MORÁN MORENO y
por ANTONIA MORÁN, quien falleció en el Barrio Santa Lucía, de
esta Ciudad, lugar de su último domicilio; deceso que sucedió el día
veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y seis, a las ocho horas
y cuarenta minutos; de parte del señor ANTONIO MONGEL LOBATO
MORÁN conocido por MONGEL LOBATO y por MONGEL ANTO-
NIO LOBATO MORÁN, y del señor RENÉ OSWALDO LOBATO
MORÁN, representados legalmente por la Licenciada América Beatriz
García Herrera, a quienes se les nombra INTERINAMENTE represen-
tantes y administradores de la sucesión en cuestión con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente; representación y
administración que se les concede de manera compartida con el curador
adjunto Licenciado Carlos Odir Escobar Martínez, como curador especial
de los señores CARLOS MOISES LOBATO MORÁN y LUCELY
LOBATO MORÁN DE TRENTINI.
En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con
igual o mejor derecho a la herencia de que se trata, para que en el plazo
de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto,
comparezcan a deducirlo a este Juzgado, ubicado en Cuarta Avenida
Sur, entre Once Calle Poniente y Calle José Mariano Méndez Poniente,
número Cuarenta y Uno de esta Ciudad.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana,
veintitrés de febrero del año dos mil quince.- LIC. THELMA IDALIA
ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETA-
RIO.
3 v. alt. No. C010597-1
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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA. Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas con dos minutos del día veinticuatro de febrero del año dos mil quince. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la causante JULIA GUEVARA ESCAMILLA DE VASQUEZ conocida por JULIA GUEVARA y JULIA GUEVARA ESCAMILLA, ocurrida el día veintidós de agosto del año dos mil trece, en Colón, departamento La Libertad, siendo éste su último domicilio, quien fue de setenta y cinco años de edad, de Ofi cios del Ho-gar, casada, hija de Estanislao Escamilla y Antonia Guevara, casada con Eduardo Vásquez, originaria de Chiltiupán, departamento de La Libertad, de nacionalidad salvadoreña, con Número de Identifi cación Tributaria 0505-040138-101-0; de parte de los señores EDUARDO VASQUEZ en calidad de esposo sobreviviente de la causante y JUAN GUEVARA VASQUEZ, EDUARDO VASQUEZ GUEVARA, DINORA VASQUEZ GUEVARA y SANTOS AMADEO VASQUEZ GUEVARA, en sus calidades de hijos sobrevivientes de la causante.
Se le han conferido a los aceptantes la administración y represen-tación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce horas con doce minutos del día veinticuatro de febrero del año dos mil quince. LIC. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA.- LICDA. ERIKA MICHELLE SIBRIAN RUIZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010610-1
Licdo. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y treinta minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante APOLONIO DE JESUS DURAN AREVALO, quien falleció el día veintiocho de noviembre del año dos mil trece, en Colonia San Carlos Uno, Polígono Once, Casa Número Quince, de Zacatecoluca, siendo esta ciudad su último domicilio, por parte de la señora CONCEPCION CRUZ CORDOVA o CONCEPCION CRUZ DE DURAN, en concepto de cónyuge y cesionaria de los derechos hereditarios que les corres-pondían a XIOMARA CONCEPCION DURAN CRUZ, ORLANDO HIPOLITO DURAN CRUZ, GABRIEL ERNESTO DURAN CRUZ y LOURDES MARICELA DURAN CRUZ, como hijos del referido causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciséis de marzo del año dos mil quince.- LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDO. OSCAR ERNESTO ARÉVALO ORREGO, SECRETARIO INTERI-NO.
3 v. alt. No. F047911-1
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con treinta minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor JOSE ARAMIS BONILLA MARTINEZ, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora ANA GLORIA MARTINEZ VIUDA DE BONILLA, quien fue de cincuenta años de edad, de ofi cios domésticos, viuda, originaria de San Lorenzo, departamento de San Vicente, salvadoreña, falleció el día seis de mayo del dos mil ocho en San Cayetano Istepeque, departamento de San Vicente, en este Distrito Judicial, lugar de su último domicilio, en concepto de hijo de la causante.
Y se ha nombrado al aceptante administrador y representante in-terino de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los cuatro días del mes de marzo del dos mil quince. DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047921-1
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las diez horas veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte la señora María Leonor Reyes de Echeverría o Leonor REYES en calidad de cónyuge sobreviviente, de la Herencia intestada dejada a su defunción por el señor PORFIRIO ECHEVERRIA ESCOBAR o PORFIRIO ECHEVERRIA quien fuera de setenta y nueve años de edad, casado, agricultor, Originario de Jutiapa, Departamento de Cabañas y que falleció el veinticuatro de abril del año dos mil trece, en San Juan Opico, Departamento de La Libertad, siendo éste su último domicilio.
Confi érasele a la aceptante expresada en el concepto indicado la Administración y Representación Interina de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a las personas que se crean con derecho.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las diez horas treinta minutos del día veintisiete de febrero del año dos mil quince.- LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047964-1
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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas seis minutos del día dieciocho de febrero de dos mil quince; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las diecisiete horas del día quince de junio de dos mil catorce, en Cantón San Martín, Guaymango, Ahuachapán, siendo ese su último domicilio; dejó el señor CONCEPCIÓN ALAS CÁCERES conocido por CONSEPCIÓN ALAS CÁCERES, de parte de la menor LILIANA DEL CARMEN ALAS AYALA, representada legalmente por su madre María Lidia Ayala Viuda De Alas, en su calidad, de hija del causante. Nómbrase interinamente a la aceptante representante y administradora de la sucesión con las facultades y restricciones del curador de la herencia yacente, representación que la ejercerá por medio de su representante legal señora MARIA LIDIA AYALA VIUDA DE ALAS.-
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las doce horas siete minutos del día dieciocho de febrero de dos mil quince. LIC. DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047983-1
MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las ocho horas y quince minutos del día tres de octubre del año dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, a las veintidós horas y cinco minutos del día 06/11/2006, dejó la señora IRMA MIRA FLORES DE AREVALO conocida por IRMA MIRA FLORES, de parte del señor MIGUEL ANGEL AREVALO ALBANEZ, en su concepto de cónyuge sobreviviente de la causante, y cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores JUAN MIGUEL AREVALO MIRA y DOUGLAS NARLON AREVALO MIRA conocido por DOUGLAS MARLON AREVALO MIRA, como hijos de la referida causante, en la cual se le ha conferido al aceptante la administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las doce horas y cincuenta minutos del día cinco de febrero del año dos mil quince.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CI-VIL.- IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047992-1
GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado a las catorce horas once minutos del día veintisiete de febrero de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción, ocurrida el día treinta de agosto de dos mil trece, en la ciudad de San Salvador, por la
causante MARINA HAYDEE CRUZ DE SANCHEZ, siendo su último domicilio la ciudad de Ilopango, de parte del señor RAFAEL LEONCIO SÁNCHEZ SILI, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante. Y se le confi rió al aceptante la administración y representación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas cuarenta minutos del día diez de marzo de dos mil quince. LIC. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL (2).- LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No.F048006-1
LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez horas y veinte minutos del día tres de febrero de dos mil quince.- Con el mérito de los documentos que fueron presentados adjuntos a la solicitud de folios 1 y 2, con el informe procedente de la Ofi cialía Mayor de la Corte Suprema de Justicia, agregado a folios 30. Se declara heredera expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las cuatro horas del día treinta de agosto del año de mil novecientos noventa y seis, en la ciudad de Pasaquina, de este distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio, dejó el causante Daniel Santos, de parte de la señora Josefa Hernández Viuda de Santos, en con-cepto de cónyuge sobreviviente del referido causante, de conformidad con el Artículo 988 Numeral 1° C.C. Se le confi ere a la heredera declarada en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los cinco días del mes de febrero de dos mil quince.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F048026-1
CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.-
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por re-solución proveída por este Tribunal, a las diez horas y veinte minutos del día dieciséis de marzo de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las trece horas, del día veinte de enero de dos mil ocho, en el Hospital Cáder de la ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio el Cantón El Paste, de esta Ciudad; dejó la señora MARGARITA
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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
EVA EGUIZABAL conocida por EVA MARGARITA PORTILO DE
RODRIGUEZ y por EVA MARGARITA PORTILLO MARROQUIN,
quien fue de ochenta y tres años de edad, doméstica, casada; de parte
de los señores CARLOS WILFREDO RODRIGUEZ PORTILLO, en
su concepto de hijo de la causante, y como cesionario de los derechos
hereditarios que les correspondían a los señores FLORIDALMA, GIL-
DA ALICIA, JOSE ADALBERTO y VICTOR LEONEL, todos de
apellidos RODRIGUEZ PORTILLO, en su concepto hijos de la causante
MARGARITA EVA EGUIZABAL conocida por EVA MARGARITA
PORTILO DE RODRIGUEZ y por EVA MARGARITA PORTILLO
MARROQUIN; a quien se le nombra INTERINAMENTE administrador
y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-
cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de
quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
edicto.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las catorce horas y siete minutos
del día dieciocho de marzo de dos mil quince.- LIC. CARLOS JOSÉ
MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL, CHALCHUAPA.- LIC.
HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F048030-1
LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA DE IZALCO, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas y
quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y
con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción
dejó el causante JUAN JOSE ORELLANA SISCO, conocido por JUAN
JOSE ORELLANA, quien falleció el día veintitrés de mayo del año dos
mil dos, a la edad de setenta y siete años, siendo su último domicilio
en la Ciudad de San Julián, Departamento de Sonsonate, de parte del
señor NOE PINEDA ORELLANA, en concepto de hijo del causante;
juntamente con los señores ROSA VILMA ORELLANA ORELLANA,
EDUARDO ALFONSO ORELLANA ORELLANA, JOSE MOISES
ORELLANA ORELLANA, ahora BRANDON MOISES ORELLANA,
ANA MARGARITA ORELLANA ORELLANA, ahora ANA MARGA-
RITA DOMINGUEZ, MARIA TERESA ORELLANA DE CASTILLO,
ahora MARIA TERESA ORELLANA, y HERNAN ORELLANA
ORELLANA, ahora HERNAN ALEXANDER ORELLANA, quienes
ya habían sido declarados herederos defi nitivos con benefi cio de inven-
tario, en concepto de hijos del causante, tal como consta en la fotocopia
del Testimonio de Escritura Pública de Protocolización agregada en
autos.
Confi érese al aceptante en el concepto antes expresado, la Administración
y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restric-
ciones de los curadores de la herencia yacente. Quedan citadas aquellas
personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten
a deducirlo en el término de quince días, contados desde el día siguiente
a la tercera publicación de este edicto en el Diario Ofi cial.
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate, el día dos de marzo de dos mil quince. LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F048039-1
DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este juzgado a las catorce horas diez minutos del día cuatro de septiembre del corriente año. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el causante MARIO ALJADIS MARTINEZ, quien falleció a las veintiuna horas del día tres de febrero del dos mil trece, en el Caserío Tierra Prometida del Cantón La Basa, jurisdicción de Tapalhuaca, siendo ese su último domicilio, de parte de la señora BLANCA SONIA FERNANDEZ DE MARTINEZ en calidad de cónyuge sobreviente y cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores PEDRO ANTONIO MARTINEZ GRIJALVA y CARLOS HUMBERTO MARTINEZ GRIJALVA como hijos del causante.
Confi riéndosele a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Fíjense y publíquense los edictos de ley.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat, a los cinco días del mes de septiembre del dos mil catorce. LIC. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F048069-1
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con treinta y cinco minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor PEDRO JUAN GA-LINDO ALVARADO, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora ROSAURA ALVARADO DE GALINDO O ROSAURA ALVARADO, quien fue de cincuenta años de edad, casada, originaria de Cabañas, de ofi cios domésticos, salvadoreña, falleció el día nueve de octubre del dos mil diez en Tecoluca, departamento de San Vicente, en este Distrito Judicial, lugar de su último domicilio, en concepto de hijo de la causante.
Y se ha nombrado al aceptante administrador y representante in-terino de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los once días del mes de marzo del dos mil quince.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS SECRETARIO.
3 v. alt. No. F048089-1
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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, departamento de La Unión; al público para los efectos de
Ley.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las once horas
y cincuenta minutos del día veinticuatro de febrero del corriente año, se
tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia
intestada que al fallecer a las catorce horas y cincuenta minutos del día
quince de noviembre del año dos mil catorce, en el Hospital Nacional
de esta ciudad, departamento de La Unión, siendo su último domicilio
la ciudad de Santa Rosa de Lima, dejara el causante Juan Flores, a favor
del señor Pedro Andrade Flores, en concepto de hijo sobreviviente del
causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el Art.
988 N° 1° del Código Civil.
En consecuencia, se le confi rió al aceptante en el carácter dicho,
la administración y representación interina de los bienes de la indicada
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, de-
partamento de La Unión, a los veintisiete días del mes de febrero del
año dos mil quince.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ
DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE
MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F048143-1
ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, departamento de La Unión; al público para los efectos de
Ley.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las doce horas
del día veinticuatro de febrero del corriente año, se tuvo por aceptada
expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al
fallecer a las veintiún horas del día diecinueve de marzo del año dos mil
diez, en el Cantón Cordoncillo, Jurisdicción de Anamorós, departamento
de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara la causante
Martina Cantarero viuda de Fuentes, a favor de las señoras Santos Ete-
linda Cantarero de Salmerón y Francisca Nelly Cantarero de Benítez,
en concepto de hijas sobreviviente de la causante antes mencionada, de
conformidad con lo establecido en el Art. 988 N° 1° del Código Civil.
En consecuencia, se les confi rió a las aceptantes, en el carácter
dicho, la administración y representación interina de los bienes de la
indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de
la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los veintisiete días del mes de febrero del año
dos mil quince.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE
LO CIVIL.- LICDA.- MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE
MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F048146-1
LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL de Santa Rosa de Lima, Departamento de La
Unión, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las quince
horas y quince minutos del día diecisiete de febrero de dos mil quince, con
el mérito de los documentos presentados adjuntos a la solicitud de folios
uno y dos, los cuales aparecen agregados en las presentes diligencias,
y con el informe procedente de la Ofi cialía Mayor de la Corte Suprema
de Justicia, agregado a folios 14. Se le declara heredera expresamente y
con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las
veintitrés horas y treinta y cinco minutos del día veintiséis de diciembre
de dos mil trece, en el Instituto de Medicina Legal "Doctor Alberto
Masferrer", de la ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio
Colonia Altos del Estadio, de esta ciudad, Departamento de La Unión,
dejó el causante Jhonatan Omar Andrade Espinal, de parte del señor
Pedro Andrade Flores, en concepto de padre sobreviviente del referido
causante, de conformidad con el Artículo 988 numeral 1° del Código
Civil.
Se le confi ere al heredero declarado en el carácter dicho la ad-
ministración y representación INTERINA de los bienes de la indicada
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.
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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los veinte
días del mes de febrero de dos mil quince.- LIC. ANGEL ALBINO
ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEP-
CION MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F048147-1
GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, Jueza de lo Civil,
de este Distrito Judicial.
AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente, con
benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó SEBASTIANA
CAMPOS o SEBASTIANA CAMPOS ZEPEDA, que falleció el día
ocho de marzo del año dos mil tres, en el Caserío La Esmeralda, Cantón
Sambombera, de San Luis Talpa, su último domicilio, por parte de la
señora MAYBELL VERALY CAMPOS, en concepto de cesionaria de
los derechos hereditarios que les correspondían a las señoras Blanca Reina
Campos de Rivas y Teresa de Jesús Campos, como hijas de la referida
causante; y se ha nombrado a la aceptante interinamente, administradora
y representante de la sucesión.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este
aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los ocho días del mes
de julio del dos mil catorce.- LICDA. GLORIA VICTALINA VA-
LENCIA DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO
RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F048158-1
LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA
IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, al público para los
efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada en las presentes
diligencias, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante
señor RODOLFO GUILLERMO ROSALES, quien fue de cuarenta y
cinco años de edad, empleado, casado, quien falleció el día cuatro de
marzo de dos mil catorce, en esta ciudad siendo su último domicilio en
esta ciudad, de parte de la señora MARÍA ZONIA LEMUS DE RO-
SALES, los menores GUILLERMO MAURICIO ROSALES LEMUS,
KATHERINNE RAQUEL ROSALES LEMUS, SONIA ABIGAIL
ROSALES LEMUS, y JOSUÉ DANIEL ROSALES LEMUS, quienes
son representados legalmente por su madre, señora María Zonia Lemus
de Rosales; y de la señora CAREN YAMILETH ROSALES LEMUS,
en su calidad de cónyuge la primera, e hijos sobrevivientes los últimos;
a quienes se le nombra INTERINAMENTE representantes y administra-
dores de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley
comparezcan a este Juzgado a deducirlo.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa
Ana, veintiséis de febrero del año dos mil quince.- LICDA. THELMA
IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F048164-1
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,
JUEZ UNO DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE
CIUDAD DE DELGADO.
AVISA: Que por resolución de las ocho horas y cuarenta minutos
del día cuatro de marzo del presente año, se ha tenido por aceptada ex-
presamente y con benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada que a su
defunción dejara el causante señor Cruz Fuentes, conocido por José Cruz
Fuentes y por José Cruz Fuentes Monge, quien fue de noventa y dos años
de edad, casado, Comerciante, con Número de Identifi cación Tributaria
0407-140914-001-2, siendo su último domicilio Ciudad Delgado, De-
partamento de San Salvador, de parte del señor José Mauricio Fuentes
Ramírez, Salvadoreño, mayor de edad, Carpintero, del domicilio de San
Francisco, Estado de California, de los Estados Unidos de América, con
Número de Identifi cación Tributaria 0614-031255-016-0; éste como hijo
del causante, y quien es representado en las presentes diligencias por el
Licenciado Antonio Benjamín Rodríguez Quinteros, como Apoderado
General Judicial con Cláusula Especial.
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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
Confi riéndosele al aceptante la Administración y Representación
Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de la Herencia
Yacente.
Lo que hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE DELGADO
JUEZ UNO, a las nueve horas y dos minutos del día cuatro de marzo
de dos mil quince.- LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES
FLORES, JUEZ (1), DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO
CIVIL DE CIUDAD DELGADO.- LIC. JORGE ROBERTO BURGOS
GONZALEZ, SECRETARIO.
3 v. c. No. F047998-1
TÍTULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor VICTOR
MANUEL ARGUETA GALDAMEZ, solicitando se les extienda TI-
TULO DE PROPIEDAD, de un inmueble urbano, situado en Barrio El
Calvario, de esta ciudad, de CINCUENTA METROS CUADRADOS;
que se describe: AL ORIENTE: dieciséis metros treinta centímetros, con
María Alicia Rivera; AL SUR: tres tramos: el primero, de dos metros
noventa y cinco centímetros; el segundo tramo, de un metro; y el tercer
tramo, de ochenta centímetros, con María Sonia Pénate; AL PONIENTE:
mide siete metros noventa y cinco centímetros, con María Magdalena
Menjívar; AL NORTE: en línea de tres tramos, el primero, de cuatro
metros cuarenta centímetros; el segundo tramo, de ocho metros; con
Mario Antonio Rivera Rivas, y el tercer tramo, de un metro y colinda
con Alfredo Rivera Rivas, y Walter Salvador Rivera Rivas, calle de por
medio. El inmueble descrito no tiene cargas o derechos reales de ajena
pertenencia que deban respetarse, ni están en proindivisión con nadie,
y lo valúan en la suma de DOS MIL DOLARES.
Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los
demás efectos de Ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: de la ciudad de Chalatenango, a los
seis días de mes de febrero de dos mil quince.- DR. JOSE RIGOBERTO
MEJIA MENJIVAR, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE ENRIQUE
RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C010608-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE IZALCO, DEPAR-
TAMENTO DE SONSONATE, AL PUBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se presentó el señor ANTONIO
TOBAR RODRIGUEZ, de sesenta y cinco años de edad, Jornalero, de
este domicilio, con Documento Único de Identidad Número cero uno
tres tres siete cinco cero uno guión seis, y Número de Identifi cación
Tributaria cero seis uno ocho guión dos cero cero tres cuatro nueve guión
uno cero uno guión seis, solicitando TITULO DE PROPIEDAD de un
inmueble de naturaleza rústica, ubicado en el Cantón Cuntan, Número
S/N, de la Jurisdicción de Izalco, Departamento de Sonsonate, Mapa
cero tres cero seis R cero siete, Parcela dos mil trescientos treinta y seis,
compuesto de CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE PUNTO SIETE
MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRA-
DOS (467.7748 M2) de extensión superfi cial según Certifi cación de la
Denominación Catastral número cero tres dos cero uno cuatro cero cero
cero uno seis cinco, expedida por la Ofi cina de Mantenimiento Catastral
de Sonsonate, el día tres de febrero del dos mil catorce, cuyas medidas
y colindancias son: AL NORTE: Treinta punto cincuenta metros, con
propiedad de los señores Daniel Ramos Lara y Carlos Alberto Ramos
Lara; AL ORIENTE: Once punto cuarenta metros, con propiedad de
Francisca Ardón; AL SUR: Treinta y dos punto veinticinco metros,
con propiedad de Victoria Estela Tespan Tobar; y AL PONIENTE:
Dieciséis punto cincuenta metros, con propiedad de Carmen Verónica
Amaya Escalante de Meléndez, Calle de por medio. El inmueble antes
descrito no tiene cargas, ni derechos reales que respetar, y no está en
proindivisión con ninguna persona, y según el solicitante fue adquirido
por compraventa que le hizo al señor Miguel Antonio Castro Nájera, quien
lo obtuvo por POSESION MATERIAL durante más de DIEZ AÑOS,
teniéndolo de buena fe, sin que su posesión haya sido interrumpida, la
cual se ha ejercido de manera pacífi ca, quieta y continua, practicando
sobre él actos de posesión y dominio como verdadero dueño, y lo estima
en la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS DOLARES
CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que hace saber al público para los efectos de ley consiguien-
tes.
Alcaldía Municipal de Izalco, a los seis días del mes de febrero
del dos mil quince.- ING. JOSE ALFONSO GUEVARA CISNEROS,
ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. ABEL LOPEZ LEIVA, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F047980-1
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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
TÍTULO SUPLETORIO
ANA JULIA INTERIANO GUZMAN, Notario, con Ofi cina en esta
ciudad, 5a Calle Pte. Número 25, Ba El Calvario, Ciudad Barrios, De-
partamento de San Miguel.
HACE SABER: Que en mi Ofi cina de Notario, se ha presentado
el señor PEDRO MEDRANO RAMIREZ, de sesenta años de edad,
jornalero, del domicilio del Cantón San Juan, Caserío Agua Zarca,
jurisdicción de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a quien
identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número: cero
cero novecientos setenta y nueve mil seiscientos veintidós-seis; y NIT: Un
mil doscientos dos-cero setenta mil doscientos cincuenta y cinco-ciento
uno-cero, solicitando Título Supletorio de un inmueble de naturaleza
rústica, ubicados en Cantón San Juan, jurisdicción de Ciudad Barrios,
Departamento de San Miguel, de la extensión superfi cial de CATOR-
CE MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO PUNTO CUARENTA
Y OCHO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias
siguientes; AL ORIENTE: cincuenta y seis punto cuarenta y nueve
metros, cm Pedro Alfonso Chávez, cerco de alambre de por medio; AL
NORTE: doscientos ochenta y cinco punto treinta y siete metros, con
Nahúm Medrano Ramírez; AL PONIENTE: treinta y tres punto treinta
y siete metros, con Juan Medrano; y AL SUR: doscientos cuarenta y
seis punto sesenta y tres metros, con Marcelino Medrano Sánchez. Y
valora dicho inmueble en la suma de MIL DOSCIENTOS DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y que lo adquirió por
compra de posesión verbal que le hiciera al señor Mario Arnoldo Escobar
Fuentes.
Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de Ley.
Ciudad Barrios, dieciséis de septiembre de dos mil catorce.
ANA JULIA INTERIANO GUZMAN,
NOTARIO.
1 v. No. C010574
ANA JULIA INTERIANO GUZMAN, Notario, con Ofi cina en esta
Ciudad, 5a Calle Pte. Número 25, Ba El Calvario, Ciudad Barrios, De-
partamento de San Miguel.
HACE SABER: Que en mi ofi cina de Notario, se ha presentado
el señor JUAN ANTONIO MACHADO ROMERO, de treinta y siete
años de edad, empleado, del domicilio del Cantón San Luisito, Caserío
La Quesera, jurisdicción de Ciudad Barrios, Departamento de San Mi-
guel, a quien identifi co por medio de su Documento Único de Identidad
número: cero tres millones cuatrocientos veintinueve mil trescientos
setenta y seis mil-seis; y NIT. Un mil doscientos dos-ciento ochenta mil
quinientos setenta y siete-ciento cinco-siete, solicitando Título Supletorio
de dos inmuebles de naturaleza rústica, ubicados en Caserío El Caulote,
Cantón San Luisito, jurisdicción de Ciudad Barrios, Departamento de
San Miguel, el PRIMERO de la extensión superfi cial de OCHO MIL
NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA Y DOS
METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes; AL
ORIENTE: treinta y ocho punto cincuenta y un metros, con Eleuterio
Rivas; AL NORTE: ciento veintiocho metros punto ochenta y cuatro
metros, con Olivorio Machado; AL PONIENTE: ciento sesenta y tres
punto un metros, con Julián Rivas Funes quebrada de por medio; y AL
SUR: doscientos punto ochenta y seis metros, con Eleuterio Rivas, el
SEGUNDO de la extensión superfi cial de SIETE MIL DOSCIENTOS
DIECINUEVE PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS, de
las medidas y colindancias siguientes; AL ORIENTE: sesenta y cinco
punto cero cinco metros, con Juan Carballo Rivas, calle de acceso de por
medio; AL NORTE: ciento cuarenta y siete punto sesenta y dos metros,
con Martín Andrade, cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE:
sesenta y tres punto veintiséis metros, con Olivorio Machado, cerco de
alambre de por medio; y AL SUR: noventa y nueve punto ocho metros,
con Olivorio Machado, cerco de alambre de por medio; valora cada
inmueble en la cantidad de MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y que lo adquirió por compra de
posesión verbal que le hiciera al señor Mario Arnoldo Escobar Fuen-
tes.
Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de Ley.
Ciudad Barrios, dieciséis de septiembre de dos mil catorce.
ANA JULIA INTERIANO GUZMAN,
NOTARIO.
1 v. No. C010575
ANA JULIA INTERIANO GUZMAN, Notario, con Ofi cina en Quinta Ca-
lle Poniente N° 25, Barrio El Calvario, Ciudad Barrios, San Miguel.
HACE SABER: Que a mi Ofi cina, se han presentado los señores
MILAGRO ALICIA ROMERO DE RIVERA, de treinta y tres años
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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
de edad, ofi cios domésticos, del domicilio de Ciudad Barrios, Depar-
tamento de San Miguel, con Documento Único de Identidad número:
cero diez millones quinientos treinta y cuatro mil veintiséis-tres, y JOSE
ELOY RIVERA PALOMEQUE, de cuarenta años de edad, agricultor
en pequeño, del domicilio de Ciudad Barrios, departamento de San
Miguel, con documento único de identidad número: cero tres millones
setenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y ocho-uno, solicitando Título
Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, ubicado en el Cantón
Belén, Caserío Las Trancas, jurisdicción de Ciudad Barrios, departa-
mento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de DIECIOCHO MIL
OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de
las medidas y linderos siguientes: ORIENTE: ciento noventa y ocho
metros, con Manuel Palomeque, y Nilo Lovo, cerco propio de por medio;
AL NORTE, ciento cuarenta y tres metros, con Gudelia Avelar, Irma
Chicas y Francisca Lovo; AL PONIENTE, ciento un metros con María
Irma Chicas, cerco propio de por medio; AL SUR, ciento nueve metros
con Isabel Palomeque, quebrada de por medio, por este rumbo salida
a la calle. Valora el inmueble en la cantidad de MIL DOSCIENTOS
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. El inmue-
ble lo adquirió por compra de posesión material que le hiciera al señor
SANTOS PALOMEQUE PORTILLO, el veintiuno de octubre de dos
mil ocho.
Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de Ley.
Ciudad Barrios, veinte de marzo de dos mil quince.
ANA JULIA INTERIANO GUZMAN,
NOTARIO.
1 v. No. C010576
MARIA ANTONIA ANGEL DE LA CRUZ, Notario, de este domicilio
y del de San Salvador, con Ofi cina Jurídica en Sexta Calle Oriente No.
9, Barrio Candelaria, Zacatecoluca, Departamento de La Paz, al público
para efectos de Ley.
HACE SABER: Que a su Ofi cina Jurídica se ha presentado la señora
MARIA ANTONIA CHEVEZ DE FLORES, iniciando diligencias de
Título Supletorio de un terreno rústico, de su propiedad situado en el
Cantón El Campanario, de la jurisdicción de Tecoluca, Departamento
de San Vicente, compuesto de una extensión superfi cial de SEIS MIL
CINCUENTA Y TRES PUNTO OCHENTA Y TRES METROS TO-
DOS CUADRADOS, de las medidas y linderos especiales siguientes:
AL NORTE, mide en línea recta ciento treinta y cuatro punto veintiséis
metros y linda con resto del terreno del cual formó parte éste, línea férrea
de por medio, cerco de alambre de por medio propio; AL ORIENTE,
mide cuarenta y cuatro punto sesenta metros y linda con terreno de
Noemí Varela de Ayala, antes, hoy de Adán Quintanilla Flores; AL
SUR, compuesto de tres tramos, el primero mide cuarenta y seis punto
veinte metros, y linda en este tramo con Adán Quintanilla Flores; el
segundo tramo, mide cincuenta y cinco punto noventa y ocho metros y
el tercer tramo, mide treinta y ocho punto sesenta y cuatro metros, y linda
actualmente con Lotifi cación Mayra, Río San Antonio de por medio; y
AL PONIENTE, compuesto de dos tramos, el primero, mide diez punto
noventa metros; y el segundo, mide dieciocho punto sesenta y siete me-
tros y linda con terreno del doctor Antonio Jiménez López, quebrada de
invierno de por medio. El terreno antes descrito goza de una servidumbre
de tránsito de tres metros de ancho, que se encuentra al rumbo Norte del
terreno hasta salir a la calle principal. Todos los colindantes son de este
domicilio y del de Tecoluca, Departamento de San Vicente. El terreno
descrito no tiene nombre especial, no es sirviente, sí dominante, por
tener derecho a la servidumbre de tránsito antes mencionada, no tiene
cargas, ni derechos reales que pertenezcan a terceras personas, ni está en
proindivisión con nadie, y es ejidal por estar comprendido dentro de los
límites jurisdiccionales de la ciudad de Tecoluca, Departamento de San
Vicente. Dicho inmueble lo valúa en la suma de DOS MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y lo adquirió por compra
que de él hizo al señor Oscar Antonio Munguía, por medio de escritura
pública que le otorgó el señor Rodolfo Varela, conocido por Rodolfo
Varela Cañas, en calidad de Apoderado Especial y Administrativo del
señor Oscar Antonio Munguía, otorgada en la ciudad de San Salvador, a
las once horas del día uno de febrero del año dos mil tres, ante los ofi cios
del Notario Mauro Hernández, escritura que no se encuentra inscrita en
el Registro de la Propiedad Raíz del Departamento de San Vicente, por
carecer de antecedente inscrito.
Zacatecoluca, dos de marzo de dos mil quince.
LICDA. MARIA ANTONIA ANGEL DE LA CRUZ,
NOTARIO.
1 v. No. F048093
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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
MARIA ANTONIA ANGEL DE LA CRUZ, Notario, de este domicilio
y del de San Salvador, con ofi cina jurídica en Sexta Calle Oriente No.
9, Barrio Candelaria, Zacatecoluca, Departamento de La Paz, al público
para efectos de ley,
HACE SABER: Que a su ofi cina jurídica se ha presentado la Li-
cenciada ANA ILENIA MELENDEZ DE OSORIO, como apoderada
general del señor RAFAEL SANTOS REYES, iniciando diligencias
de Título Supletorio de un terreno rústico, propiedad de su mandante,
punto llamado "La Chorrera", de la jurisdicción de Santiago Nonualco,
Departamento de La Paz, compuesto de una extensión superfi cial de
TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS PUNTO OCHENTA
Y SIETE METROS TODOS CUADRADOS, de las medidas y linderos
especiales siguientes: AL NORTE, mide en línea recta sesenta y tres
punto cero siete metros y linda con terreno de Esteban García López,
cerco de alambre de por medio propio; AL ORIENTE, compuesto de
tres tramos, el primero mide diez punto cero cinco metros, el segundo
tramo mide ocho punto veintisiete metros y el último tramo mide doce
punto cuarenta y un metros, lindando en estos tramos con Clemente
Pacas, quebrada de por medio; AL SUR, compuesto de nueve tramos, el
primero mide siete punto veintidós metros, el segundo mide ocho punto
setenta y dos metros, el tercero mide tres punto catorce metros, el cuarto
mide cinco punto setenta metros, el quinto mide ocho punto veintiocho
metros, el sexto tramo mide trece punto setenta metros, el séptimo mide
tres punto sesenta y seis metros, el octavo mide tres punto cuarenta metros
y el último tramo mide once punto cuarenta y seis metros, lindando en
todos estos tramos con terreno de Eoladia Reyes Cerón y Judith Reyes,
quebrada de por medio; y AL PONIENTE, compuesto de nueve tramos,
el primero mide seis punto treinta y cinco metros, el segundo mide
veinticinco punto cero nueve metros, el tercero mide diez punto cero
seis metros, el cuarto mide cinco punto ochenta y siete metros, el quinto
mide diez punto veinticuatro metros, el sexto tramo mide seis punto
cero ocho metros, el séptimo mide seis punto setenta y nueve metros, el
octavo mide siete punto setenta y cinco metros y el último tramo mide
tres punto treinta y ocho metros, lindando en todos estos tramos con
terreno de Abelina Lucero viuda de Quino y José Ovidio Flores, calle
de por medio. El terreno descrito no tiene nombre especial, no es sir-
viente, ni dominante, no tiene cargas, ni derechos reales que pertenezcan
a terceras personas, ni está en proindivisión con nadie y es ejidal por
estar comprendido dentro de los límites jurisdiccionales de la ciudad de
Santiago Nonualco, Departamento de La Paz. Dicho inmueble lo valúa
en la suma de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA y lo adquirió su mandante por compra que de él hizo al señor
Isabel Santos, conocido por Isabel Santos Rogel, por medio de escritura
pública de compraventa que le otorgó en esta ciudad de Zacatecoluca,
a las doce horas del día once de marzo de mil novecientos noventa y
siete, ante los ofi cios del Notario Oscar Ovidio García Cruz, escritura
que no se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad Raíz de este
Departamento de La Paz, por carecer de antecedente inscrito.
Zacatecoluca, dos de marzo de dos mil quince.
Lic. MARIA ANTONIA ANGEL DE LA CRUZ,
NOTARIO.
1 v. No. F048095
JOSE SALVADOR JIMENEZ HERNANDEZ, Notario, de este domi-
cilio, con ofi cina situada en el Barrio El Centro, Chalatenango, para los
efectos de Ley,
HACE SABER: Que a mi Ofi cina Jurídica se ha presentado RI-
CARDO LEON ARDON, de treinta y siete años de edad, Licenciado en
Ciencias Jurídicas, de este domicilio, con Documento Único de Identidad
Número cero un millón doscientos treinta y siete mil cuarenta y tres-siete;
en su calidad de Apoderado Especial del señor LUCIO LEON ARDON,
de cincuenta y dos años de edad, Empleado, del domicilio de Comalapa,
departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad
Número cero tres millones quinientos setenta y nueve mil cuatrocientos
cincuenta y uno-uno; solicitando Título Supletorio de un inmueble rústico
propiedad de su representado, situado en los suburbios del Barrio Las
Flores, de la población de Comalapa, departamento de Chalatenango, de
una Extensión Superfi cial de CIENTO CINCO AREAS, que se describe
así: AL ORIENTE: con terrenos de Jesús Enrique López Ardón, cerco
de piedra de por medio; AL NORTE: con Luis Alonso Melgar Morán,
divididos por calle pública que conduce a la ciudad de Chalatenango.
AL PONIENTE: con Juan Barrera Ardón, divididos por un camino y
AL SUR: con terreno de Víctor Ángel Ardón Guerra, río Pacayas de
por medio.
Librado en la ciudad de Chalatenango a los diecinueve días del
mes de marzo de dos mil quince.
JOSE SALVADOR JIMENEZ HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F048120
LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN MIGUEL, AL PU-
BLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada
Zenia Marlín Cañas Cañas, en calidad de apoderado general judicial del
señor José Gilberto Arévalo Hernández, solicitando título supletorio sobre
un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Las Mesas, de la
jurisdicción de Sesori, de este departamento, de la capacidad superfi cial
de cinco mil ochocientos cincuenta y siete punto cincuenta y siete metros
cuadrados; que se describe así: Al norte, veintiocho punto sesenta y cinco
metros, colindando con Margarito Lara; al oriente, ciento treinta y siete
punto veintinueve metros, colindando con propiedad del señor David
Funes y Tomás Guzmán; al sur: cincuenta metros colindando con terrenos
de Tomás Guzmán, existiendo por este rumbo servidumbre de tránsito
privada de cincuenta y seis metros de largo, por siete metros de ancho
que da acceso a la calle que conduce hacia el caserío San Sebastián;
del municipio de Sesori; al poniente: ciento treinta punto setenta y
dos metros, colindando con terrenos de José María Ábrego y Tomás
Guzmán. El inmueble descrito, no es dominante ni sirviente, no tiene
carga ni derecho real que pertenezca a otra persona, ni se encuentra en
proindivisión con nadie.- Y lo valúa en la cantidad de cinco mil dólares
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de los Estados Unidos de América. El cual se adquirió por compra de
posesión material, otorgada por el señor Juan Fernando Hernández.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, San Miguel, a los trece días del mes de marzo de dos mil quince.- Licda. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN MIGUEL.- Licda. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010582-1
JUICIO DE AUSENCIA
ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado JULIO VIDAL ALAS RIVAS, en el carácter de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del señor JUAN CARLOS AYALA URBINA, promoviendo DILIGENCIAS DE NOMBRAMIENTO DE CURADOR, contra la señora ENMA URBINA DE AYALA, conocida por ENMA URBINA, manifestando que se ignora el domicilio actual de dicha señora, así como también que se desconoce su paradero y si tiene o no persona alguna que la represente, por lo que a este Juzgado solicita se le nombre un curador para que la represente en un posible proceso. Previénesele a la señora ENMA URBINA DE AYALA, conocida por ENMA URBINA, para que dentro del término de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se presente a este Juzgado, ella o su Apoderado o representante legal a hacer uso de su derecho.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango, a los dieciséis días del mes de Marzo del año dos mil quince.- Lic. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. JOSE NOE ZUNIGA FUEN-TES, SECRETARIO.
1 v. No. C010609
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2015141409
No. de Presentación: 20150213342
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ADELA DAVILA DE ARGUETA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de TELEVISORES ARGUETA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-
TAL VARIABLE que se abrevia: TV ARGUETA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: Las palabras ACADEMIA DE MUSICA CON-TEMPORANEA y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA QUE SE DEDICARA A LA ENSEÑANZA DE USO DE INSTRUMENTOS MUSICALES.
La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciseis de febrero del año dos mil quince.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047956-1
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
El infrascrito Director Presidente y Representante Legal de la sociedad que se denomina "FRANQUICIAS INTERNACIONALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", que puede abreviarse "FRANQUICIAS INTERNACIONALES, S. A. DE C. V."
HACE SABER: Que convoca a los señores accionistas para cele-brar Junta General que tratará asuntos de carácter Extraordinario. Dicha Junta se celebrará en primera convocatoria, a las ocho horas con treinta minutos del día veinticuatro del mes de abril del año dos mil quince en Prolongación Calle El Progreso y 37 Avenida Sur N°2022, Colonia Flor Blanca, ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador y si no existe Quórum en esa fecha, en segunda convocatoria, en el mismo lugar, a la misma hora del día veinticinco de abril del año dos mil quince.
Siendo la Agenda de la Junta la siguiente:
1. Verifi cación del Quórum.
2. Lectura del Acta Anterior.
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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
Puntos de Carácter Extraordinario:
3. Disminución de Capital en su parte Variable.
4. Aumento de Capital en su parte Variable.
En primera convocatoria para instalar y celebrar la Junta General Extraordinaria, es necesario un quórum de asistencia de por lo menos de las tres cuartas partes de todas las acciones que componen el capital social y las resoluciones serán válidas cuando se tomen con igual proporción de las acciones presentes y/o representadas.
El quórum necesario para instalar y celebrar sesión de Junta General Extraordinaria en segunda fecha de la convocatoria, será de la mitad más una de acciones de todas las acciones que componen el capital social, y los acuerdos serán tomados por las tres cuartas partes las acciones presentes y/o representadas.
San Salvador, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil quince.
RODRIGO JAVIER NOVOA CHAVEZ,
DIRECTOR PRESIDENTE,
FRANQUICIAS INTERNACIONALES, S. A. DE C. V.
3 v. alt. No. C010599-1
CONVOCATORIA
De conformidad con el Artículo Décimo de los Estatutos de la ASOCIACION DE EMPRESARIOS Y VECINOS DE LA ZONA IN-DUSTRIAL LA LAGUNA, (ASEVILLA); la Junta Directiva convoca a Asamblea General Ordinaria de Miembros el día 21 de Mayo de 2015, a las 16:00 horas, en las ofi cinas situadas en Urbanización Industrial La Laguna, Antiguo Cuscatlán, para tratar los puntos de la siguiente agenda:
1. Acta de Asistencia.
2. Establecimiento del Quórum.
3. Lectura del Acta anterior.
4. Memoria de labores del año 2014.
5. Informe de auditoría.
6. Estados fi nancieros al 31 de diciembre de 2014.
7. Aprobación del presupuesto para el año de 2015.
8. Elección de los miembros de la Junta Directiva Período 2015-2017.
9. Elección del Auditor Externo y AUDITOR FISCAL de la Asociación; asignación de sus honorarios.
10. Asuntos Varios de interés de la Asociación.
Antiguo Cuscatlán, 12 de marzo del año 2015.
ARTURO TONA,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C010620-1
CONVOCATORIA
LA JUNTA DIRECTIVA DE EDUCADORES ASOCIADOS S. A. DE C. V., POR ESTE MEDIO SE COMPLACE EN SALUDARLO/A Y AL MISMO TIEMPO ESTAMOS CONVOCANDO A TODOS LOS ACCIONISTAS PARA CELEBRAR JUNTA GENERAL ORDINARIA, EL DIA VIERNES 24 DE ABRIL DEL AÑO 2015, EN EL LOCAL DEL LICEO RAUL CONTRERAS, SITUADO EN PRIMERA CALLE ORIENTE, NUMERO 32, BARRIO SANTA LUCÍA; EN LA CIUDAD DE COJUTEPEQUE , A PARTIR DE LAS OCHO HORAS A.M.
DE NO HABER QUORUM EN LA FECHA SEÑALADA PARA CELEBRAR LA ASAMBLEA, POR ESTE MISMO MEDIO SE CON-VOCA PARA EL DIA SABADO 25 DE ABRIL DEL 2015, A LAS NUEVE HORAS A.M., EN EL MISMO LUGAR.
LA AGENDA A DESARROLLAR ES LA SIGUIENTE:
1- APERTURA DE LA JUNTA GENERAL PRESIDENTE
2- COMPROBACION DEL QUORUM SECRETARIO
3- NOMBRAR EL PRESIDENTE Y
SECRETARIO DE LA REUNION ASAMBLEA
4- LECTURA DEL ACTA DE JUNTA
GENERAL ORDINARIA ANTERIOR SECRETARIO
5- LECTURA DE LA MEMORIA DE
LABORES DE LA JUNTA DIRECTIVA PRESIDENTE
6- BALANCE GENERAL Y ESTADO DE
RESULTADOS AL 31 DE DICIEMBRE
DEL 2014 CONTADOR
7- CAMBIOS EN EL PATRIMONIO
(INVENTARIO DE ACTIVO FIJO) CONTADOR
8- INFORME DEL AUDITOR EXTERNO AUDITOR
9- NOMBRAMIENTO DE LA
JUNTA DIRECTIVA PRESIDENTE
11- ESTADO ACTUAL DE CREDITO CON
EL BANCO PROCREDIT TESORERO
12- ESTADO ACTUAL DE CREDITOS
CON ACCIONISTAS TESORERO
13- ELECCION DEL AUDITOR EXTERNO Y
AUDITOR FISCAL PARA EL PERIODO 2015
14- VARIOS: 14-A-SITUACION CON BANCO
PRO CREDITO Y SUPER INTENDENCIA ABOGADO
14-B- VENTA DEL TERRENO
15-
PARA QUE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA SE CON-SIDERE LEGALMENTE, DEBERAN ESTAR REPRESENTADAS POR LO MENOS LA MITAD MAS UNO DE LAS ACCIONES QUE INTEGRAN EL CAPITAL SOCIAL Y SI A LA HORA INDICADA NO SE REUNIERA EL QUORUM INDICADO, SE CONVOCA DESDE YA PARA QUE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA, SE REALICE
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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
EL SIGUIENTE DIA SABADO VEINTICINCO DE ABRIL, A LAS 9.00 A. M. HORAS EN EL MISMO LUGAR Y EN ESTE CASO SE LLEVARA A CABO CON CUALQUIERA QUE SEA EL NUMERO DE ACCIONES REPRESENTADAS Y SUS RESOLUCIONES SE TOMARAN POR LA MAYORIA DE VOTOS PRESENTES.
COJUTEPEQUE, LUNES 23 DE MARZO DEL 2015.
S. ISRAEL ARGUETA ROCHAC,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C010634-1
SUBASTA PÚBLICA
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el DR. LUIS ALFONSO MENDEZ RODRIGUEZ, mayor de edad, abogado y de este domicilio, como apo-derado de la LIC. BEATRIZ MENDEZ BABUN DE OLIVA, mayor de edad, abogada y de este domicilio, CONTRA los demandados JORGE ALBERTO LOPEZ, mayor de edad, empleado y de los domicilios de Van Nuys, Estado de California, Estados Unidos de América y de esta ciudad y JUAN VICENTE ALVEÑO, mayor de edad, empleado y de este domicilio, reclamándole cantidad de dólares de los Estados Unidos de América, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmue-ble siguiente: "Un inmueble de naturaleza urbana y construcciones de sistema mixto que contiene, situado en el lugar denominado Joya de Chávez, en jurisdicción de Soyapango, Departamento de San Salvador, marcado con el NUMERO CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE DEL POLIGONO NUMERO DIECIOCHO, de la URBANIZACION SIERRA MORENA, de la extensión superfi cial de NOVENTA ME-TROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO VEINTIOCHO PUNTO SETENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS, el cual se describe así: Partiendo de la intersección del Pasaje número siete Poniente y Avenida Cerro Verde, ambas abiertas en la Urbanización Sierra Morena, se mide sobre el eje del primero, rumbo norte sesenta y siete grados veintitrés punto siete minutos Oeste, una distancia de ciento diecisiete metros cincuenta centímetros, determinando así el punto en el que haciendo una defl exión izquierda de noventa grados y midiendo una distancia de dos metros cincuenta centímetros, se localiza la esquina Nor-oeste del lote aquí descrito, el cual mide y linda: AL NORTE, recta de seis metros rumbo Sur sesenta y siete grados veintitrés punto siete minutos Este, lindando con lote número cuatrocientos treinta y tres, del Polígono número diecisiete de la misma Urbanización, Pasaje número siete Poniente de cinco metros de ancho de por medio. AL ORIENTE, recta de quince metros rumbo Sur veintidós grados treinta y seis punto tres minutos Oeste, lindando con lote número cuatrocientos sesenta y seis del mismo Polígono; AL SUR, recta de seis metros rumbo Norte sesenta y siete grados veintitrés punto siete minutos Oeste, lindando con lote número cuatrocientos noventa y siete del mismo polígono; AL PONIENTE, recta de quince metros rumbo Norte y veintidós grados treinta y seis punto tres minutos Este, lindando con lote número cuatrocientos sesenta y ocho del mismo polígono. Todos los lotes colindantes son o han sido parte del inmueble general de donde se desmembró el que se describe, propiedad de Ibis, Sociedad Anónima de Capital Variable". El inmueble está inscrito a favor del demandado JORGE ALBERTO LOPEZ, con la matrícula NUMERO CERO UNO- CERO CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO- CERO CERO CERO, Inscripción UNO, del Registro de la Propiedad de este Departamento.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, A LAS ONCE HORAS DEL DIA VEINTICINCO DE JUNIO DE DOS MIL DOCE.- Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETA-RIO.
3 v. alt. No. C010616-1
REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS
AVISO
EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S. A.,
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósitos a Plazo Fijo # 20180072736 de Agencia San Vicente, emitido el día 18/08/2011, a un plazo de 210 días, el cual devenga una tasa de interés anual del 3.45%, solicitando la reposición de dicho certifi cado, por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, 18 de Marzo de 2015.
KRISTYA ISELA ACEVEDO,
CONTROL DE CALIDAD, DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F048071-1
AVISO
COMEDICA DE R. L.,
COMUNICA: Que se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo No. 102585, por la cantidad de US$25,000.00, a un plazo de 360 días, en Agencia Centro fi nanciero, Ubicada en INTERSECCION ENTRE BOULEVARD CONSTITUCION Y ALA-MEDA JUAN PABLO SEGUNDO FRENTE A GASOLINERA ESSO, solicitando reposición de dicho certifi cado.
Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 19 de marzo 2015.
COMEDICA DE R. L.
AGENCIA CENTRO FINANCIERO,
JEFE DE AGENCIA: VERONICA CERNA,
TELEFONO: 2209-6812
3 v. alt. No. F048079-1
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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
LA INFRASCRITA JUEZA UNO, DEL JUZGADO PRIMERO DE MENOR CUANTÍA DE SAN SALVADOR, LICENCIADA MARÍA MARGARITA REYES DE MARROQUÍN, al Señor JAIME ERNESTO LONES CRUZ, quien según demanda es de cincuenta y dos años de edad, empleado, del domicilio de Soyapango, de este Departamento, y del domicilio especial de San Salvador, con Documento Único de Identidad cero cuatro millones doscientos noventa mil ochocientos sesenta y uno-ocho y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número mil cuatrocientos ocho-ciento sesenta mil cuatrocientos sesenta y dos-ciento dos-dos.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas con treinta y seis minutos del día diez de julio de dos mil catorce, se resolvió admitir la demanda de JUICIO EJECUTIVO MER-CANTIL, en su contra, por estar en deberle a la Sociedad ACCIONES INTEGRADAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia ACCIONES INTEGRADAS, S. A. DE C. V.; clasifi cado con el Número Único de Expediente NUE. 06923-14-EM-1MC1-3, promovido por el Licenciado HUBERTO JOSUE MERLOS ESCOBAR, actuando en su calidad de Apoderado General Judicial de la Sociedad ACCIONES INTEGRADAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia ACCIONES INTEGRADAS, S. A. DE C. V., en contra del demandado señor JAIME ERNESTO LONES CRUZ; y a solicitud de la parte actora por haber agotado los mecanismos de búsqueda, se procede a NOTIFICÁRSELE en legal forma el decreto de embargo y demanda que lo motiva, de conformidad al Art.186 del CPCM, en consecuencia se le previene al señor JAIME ERNESTO LONES CRUZ, que se presente a este Juzgado, debidamente identifi cado dentro del término de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente de la última publicación de ley, a efecto de contestar la demanda incoada en su contra o mostrar oposición de la misma por medio de procurador, el presente Edicto será publicado mediante tablero judicial por una sola vez en el Diario Ofi cial, y fi nalmente en tres ocasiones en un periódico de circulación diaria y nacional; y en caso de hacer caso omiso a dicho llamado se procederá a nombrarle un Curador Ad Lítem para que lo represente en el proceso.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley correspondientes.
Y para que le sirva de legal emplazamiento al señor JAIME ERNES-TO LONES CRUZ, se libra el presente Edicto en el Juzgado Primero de Menor Cuantía Uno, San Salvador, a las doce horas con quince minutos del día diecisiete de diciembre de dos mil catorce. LICDA. MARÍA MARGARITA REYES DE MARROQUÍN, JUEZA UNO PRIMERO DE MENOR CUANTÍA, SAN SALVADOR. LICDA. DEISY ANABEL PACHECO, SECRETARIA INTERINA, JUZGADO PRIMERO DE MENOR CUANTÍA, SAN SALVADOR.
1 v. No. C010573
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA.
HACE SABER: Al señor CARLOS ESCALANTE MARENCO, quien en mil novecientos cuarenta y ocho, era de cuarenta y siete años de edad, Agricultor en Pequeño y Tenedor de Libros, del domicilio de Nueva Guadalupe, y ahora de paradero ignorado de la demanda iniciada en su contra en el Proceso Civil Común Declarativo de Prescripción
Extraordinaria Adquisitiva de Dominio de Inmueble Rústico, situado en el punto "El Guayabito" de la Jurisdicción de Lolotique, Distrito de Chinameca, Departamento de San Miguel, actualmente conocido como Cantón Valencia, de la extensión superfi cial de DOS MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE PUNTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS, que tiene las medidas y colindancias siguientes: LINDERO NORTE: Partiendo del vértice Nor-Poniente está formado por cinco tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte cuarenta y cuatro grados cuarenta y cuatro minutos cincuenta y tres segundos Este, con una distancia de veinticuatro punto cincuenta metros; Tramo dos, Norte cincuenta y seis grados cuarenta y cuatro minutos cincuenta y tres se-gundos Este, con una distancia de cuatro punto cincuenta metros; Tramo tres, Norte sesenta y cuatro grados cuarenta y cuatro minutos cincuenta y tres segundos Este, con una distancia de veintiún punto ochenta metros; Tramo cuatro, Norte setenta y seis grados cuarenta y cuatro minutos cincuenta y tres segundos Este, con una distancia de dieciséis punto cincuenta metros; Tramo cinco, Norte ochenta y ocho grados cuarenta y cuatro minutos cincuenta y tres segundos Este, con una distancia de dieciséis punto sesenta metros, colindando con Napoleón Martínez con servidumbre de por medio. LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice Nor-Oriente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur ochenta y tres grados quince minutos cero siete segundos Este, con una distancia de veintidós punto cero cero metros; Tramo dos, Sur ochenta y un grados quince minutos cero siete segundos Este, con una distancia de veintiún punto veinte metros; co-lindando con NAPOLEON MARTÍNEZ con servidumbre de por medio. LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur-Oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias. Tramo uno: Sur sesenta y nueve grados trece minutos cincuenta y un segundos Oeste, con una distancia de ciento diez punto cuarenta y cinco metros, colindando con JUSTINIANO MOLINA, PAZ MOLINA y CARLOS CASTRO, con Carretera Panamericana de por medio. LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice Sur-Poniente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias. Tramo uno, Norte cuarenta y siete grados cincuenta y cuatro minutos cuarenta y dos segundos Oeste, con una distancia de diecisiete punto cuarenta metros; colindando con JOSÉ ALVARADO ALEGRÍA ZELAYA, con calle de por medio. Así se llega al vértice Nor-Poniente, que es el punto donde se inició esta descripción. Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, bajo el número sesenta y uno, folios doscientos setenta y cinco a doscientos setenta y ocho, del Libro trescientos veinticinco de Propiedad del Departamento de San Miguel, manifestando la señora Sonia Maricela Franco Polío, actualmente de cincuenta y cinco años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Nueva Guadalupe, Departamento de San Miguel, con Documento Único de Identidad Personal número cero tres millones novecientos once mil ochocientos setenta y cuatro guión uno y Número de Identifi cación Tributaria un mil doscientos diez guión ciento diez mil ochocientos cincuenta y ocho guión ciento uno guión cuatro, que tiene de poseerlo más de treinta años el inmueble y lo valúa en la cantidad de CUARENTA MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Promovido por la Licenciada Elizabeth María Navarro Madrid, en su Calidad de Apoderada General Judicial de la señora Sonia Maricela Franco Polío, contra el señor Carlos Escalante Marenco, advirtiendo la Suscrita Juez que no ha sido posible EMPLA-ZARLO de la Demanda, el cual equivale al derecho de defensa en el presente proceso y habiéndose agotado las diligencias de localización reguladas en el Art.181 inciso segundo del CPCM, razón por la cual se procede a EMPLAZAR por medio de este edicto de conformidad con el Art.186 del CPCM, al referido señor, para que comparezca a este Juzgado a manifestar en cuanto a su defensa, en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación de este edicto, para lo cual deberá nombrar Abogado que lo represente de
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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
conformidad al Art. 67 del CPCM, y en su caso careciere de recursos económicos para sufragar la contratación de Abogado Particular, puede solicitar a la Procuraduría General de la República le designe Abogado para que lo Represente en el Proceso Art. 75 del CPCM, caso contrario, una vez transcurrido el plazo antes señalado, el Proceso continuará sin su presencia, para lo cual se le nombrará un Curador Ad-lítem, para que lo Represente de conformidad con el Art. 186 inciso cuarto del CPCM.
Lo que se hace del conocimiento del señor Carlos Escalante Ma-renco, para los efectos legales correspondientes.
LIBRADO: En el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las nueve horas con treinta minutos del día doce de noviembre de dos mil catorce. LIC. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. INGRID VANESSA VÁSQUEZ BARAHONA, SECRETARIA.
1 v. No. F047935
LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, Jueza de lo Civil Suplente de este Municipio Judicial.
HACE SABER: Que en el proceso ejecutivo mercantil, marcado con el No. de Referencia 85-PEM-2014, promovido en este tribunal por la Licenciada SANDRA CAROLINA DIMAS GALEAS, quien es de treinta y nueve años de edad, Abogada, del domicilio de Ciudad Soyapango, Departamento de San Salvador, con Carné de Abogada Número veinte mil novecientos treinta y cuatro; y Número de Identifi cación Tributaria cero seis uno siete-cero siete cero cuatro siete cuatro-uno cero dos-siete, actuando como apoderada general judicial con facultades especiales de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE PROFESIONALES EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS Y CARRERAS AFINES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia COASPAE, DE R. L., ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO, del domicilio de la Ciudad de San Salvador, con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-cien mil trescientos setenta y ocho-cero cero dos-nueve, en contra los señores JOSÉ SALVADOR CASTILLO, quien al momento de contraer la obligación era de cuarenta y nueve años de edad, Empresario, con domicilio de la Ciudad de Panchimalco, Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero uno dos uno cuatro siete tres seis-tres; y Número de Identifi cación Tributaria cero seis cero nueve-cero cuatro cero nueve seis cuatro-cero cero uno-cuatro; MAURICIO ALEMÁN CRUZ, quien es de treinta y nueve años de edad, agricultor, con do-micilio de la Ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, con Documento Único de Identidad número cero uno cero dos dos seis tres dos-tres; y Número de Identifi cación Tributaria cero seis uno cuatro-tres cero cero tres siete cuatro-uno uno cuatro-nueve; y LETICIA REGINA RIVERA ARAGÓN, quien al momento de contraer la obligación era de cincuenta y tres años de edad aproximadamente, Arquitecta, con último domicilio conocido de la Ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad número cero uno cinco cero tres cinco seis cuatro-seis; y Número de Identifi cación Tributaria cero seis uno cuatro-dos seis cero siete seis cero-uno cero uno-siete, por este medio se NOTIFICA, CITA Y EMPLAZA, a la demandada antes mencionada señora LETICIA REGINA RIVERA ARAGÓN, en virtud de no haber sido encontrada en el lugar señalado por la actora para su realización, no obstante haberse realizado las diligencias pertinentes para
dar con su paradero, por ignorarlo la parte actora, se procede a darle cumplimiento a lo que ordena el Art. 186 CPCM, en el presente proceso que se les reclama una obligación de pago por la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE DÓLARES CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en base a un Préstamo Mercantil, otorgado en la Ciudad de San Salvador, el día veinticinco de abril del año dos mil doce, suscrito por la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE PROFESIONALES EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS Y CARRERAS AFINES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia COASPAE, DE R. L., ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO, a favor del señor JOSÉ SALVADOR CASTILLO, como deudor principal, a cargo de los señores MAURICIO ALEMÁN CRUZ y LETICIA REGINA RIVERA ARAGÓN, ambos como deudores, SE LE HACE SABER QUE: 1) Art. 462 CPCM. "La notifi cación del decreto de embargo equivale al emplazamiento para que los deudores comparezcan a estar a derecho y pueda contestar la demanda en el plazo de diez días. Al hacerlo, podrá formular su oposición por los motivos señalados en el título primero del Libro Tercero de dicho Código." Por lo que, tiene DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente del presente acto de comunicación procesal para contestar. 2) Que deberán comparecer con Apoderado General Judicial o Procurador de la República, conforme al Art. 68 Código Procesal Civil y Mercantil, 3) Que en caso de no comparecer, en el plazo y formas previstas por la ley, el proceso incoado continuará sin su presencia, que se le nombrará un Curador Ad-Lítem, para que le represente aún en la fase de ejecución forzosa, si fuere necesario; y se dictará sentencia sin más trámite, de conformidad a lo previsto en el Art. 465 Código Procesal Civil y Mer-cantil. 4) Se previene a la parte demandada que dentro del mismo plazo de DIEZ DÍAS, proporcione dirección para oír notifi caciones dentro de la circunscripción territorial de esta sede judicial, por lo que se les advierte que en caso de no evacuarla, se les notifi cará de conformidad al Art. 171 CPCM.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-tamento de San Salvador, a las nueve horas del día seis de marzo del año dos mil quince. LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE. LIC. ANTONIO CORTEZ GÓMEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F047997
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial.
HACE SABER: Que según resolución emitida por este Juzgado a las diez horas del día doce de abril del dos mil trece, se admitió la demanda del Proceso Declarativo Común de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio, promovido por la Licenciada GEORGINA MARISOL TORRES, Apoderada de la señora GLORIA MARIBEL VANEGAS DE MUÑOZ, en contra de la señora LYDIA RECARY GARCÍA, mayor de edad, de domicilio ignorado y en base al Art. 186 C. P. C. Y M; SE EMPLAZA POR MEDIO DE ESTE EDICTO A LA SEÑORA LYDIA RECARY GARCÍA, a quien se le previene para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES SIGUIENTES, contados después de la última publicación de este edicto, se presente a este Juzgado a contestar la demanda presentada en su contra y a ejercer sus derechos como tal, bajo prevención de designarle un Curador Ad lítem para que la represente si no lo hiciere como antes se establece.
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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil, La Unión, a los treinta y un días del mes de octubre del dos mil catorce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. MARITZA EVELIN MARTÍNEZ VILLATORO, SECRETARIA INTERINA.
1 v. No. F048005
LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-TIL, JUEZ TRES DE SAN SALVADOR, LICENCIADA JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERÓN.
HACE SABER: Que en este Tribunal, de conformidad al Art. 186 C.P.C.M., se tramita Juicio Ejecutivo Mercantil, clasifi cado bajo la referencia 05663-14-MRPE-1CM3 / E-299-14-5, promovido por el Licenciado José Edgardo Morales Portillo, con Número de Identifi cación Tributaria mil ciento dieciocho-ciento veinte mil seiscientos sesenta y cuatro-cero cero uno-dos, actuando como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del Banco Agrícola, S. A., con Número de Iden-tifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-trescientos diez mil ciento cincuenta y cinco-cero cero uno-seis, contra el señor William Osmín Amaya García, conocido por William Osmín Amaya y por Willian Osmín Amaya García, de conformidad a los Arts. 181 Inc. 3° y 186 C.P.C.M., lo que se hace saber al señor William Osmín Amaya García conocido por William Osmín Amaya y por Willian Osmín Amaya García, mayor de edad, Empleado, del domicilio de San Miguel, y domicilio especial de esta ciudad, con Documento Único de Identidad Número cero un millón sesenta y cinco mil ochocientos setenta y cuatro-cero, y Número de Identifi cación Tributaria mil trescientos cinco-doscientos setenta mil quinientos setenta y tres-ciento uno-uno, fundamentando su pretensión en un Pagaré por la cantidad de un mil dólares de los Estados Unidos de América, Escritura Pública de Préstamo Mercantil, por la cantidad de treinta y un mil trescientos sesenta dólares de los Estados Unidos de América, que tiene un plazo de diez días hábiles contados a partir de la presente publicación para contestar la demanda incoada en su contra, de conformidad al Artículo 186 Inc. 4° C.P.C.M., debiendo comparecer al proceso mediante abogado, a quien deberá otorgar poder en legal forma, Artículo 66 y 67 Código Procesal Civil y Mercantil;
Asimismo, se le hace saber al señor William Osmín Amaya García conocido por William Osmín Amaya y por Willian Osmín Amaya García, que de no hacerlo el proceso continuará sin su presencia, nombrando un Curador para que lo represente hasta la fase de ejecución forzosa si fuere necesario.
LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y MER-CANTIL: San Salvador, a las doce horas del día nueve de marzo del año dos mil quince. LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERÓN, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL (3), LICDA. TE-RESA DE JESÚS VÁSQUEZ VÁSQUEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F048134
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2015141921
No. de Presentación: 20150214372
CLASE: 36.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CORINA
MARGARITA SOLORZANO DE ROMERO, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: la palabra EnCasa y diseño, que servirá para:
AMPARAR: NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil
quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de marzo del año dos mil quince.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010617-1
No. de Expediente: 2014139356
No. de Presentación: 20140209207
CLASE: 41.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado RONY
ABIGAIL GALDAMEZ CARIAS, en su calidad de REPRESENTANTE
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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
LEGAL de CORPORATE SOLUTION, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras ACCELERATED TRAINING
SOLUTIONS LATAM y diseño, que se traducen al castellano como
Soluciones Aceleradas de Entrenamiento, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE EDUCACIÓN. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año
dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de noviembre del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F048081-1
No. de Expediente: 2014139274
No. de Presentación: 20140209078
CLASE: 41.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado RONY
ABIGAIL GALDAMEZ CARÍAS, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de CORPORATE SOLUTION, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
RONY GALDAMEZ TRAINING SYSTEM
Consistente en: las palabras RONY GALDAMEZ TRAINING
SYSTEM, donde las palabras Training System se traducen al castellano
como Sistemas de Entrenamiento, que servirá para: AMPARAR: SER-
VICIOS DE EDUCACIÓN. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de octubre del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F048082-1
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2015141419
No. de Presentación: 20150213389
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE AMÍLCAR VENTURA BENÍTEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la expresión TOP GRANITE y diseño, se traduce al castellano como: lo mejor de granito, que servirá para: AMPARAR: VENTA AL POR MENOR DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil quince.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010586-1
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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
ACEPTACION DE HERENCIA
GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado
a las nueve horas diez minutos del día dieciséis de los corrientes, se ha
tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
testamentaria que a su defunción ocurrida el día doce de agosto de dos
mil catorce, en la ciudad de San Salvador, dejó el causante señor RAUL
ALBERTO ROMERO siendo su último domicilio el de Soyapango, de
parte del señor FREDY ARAMIS ROMERO ROMERO, en su calidad
de Heredero testamentario del de cujus.
Y se le ha conferido al aceptante la administración y representación
interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para
que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en
la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador,
a las diez horas del día dieciséis de enero de dos mil quince. LICDA.
GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL
(2).- LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRE-
TARIA.
3 v. alt. No. F047432-2
CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.-
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por resolu-
ción proveída por este Tribunal, a las catorce horas y once minutos del
día diecinueve de febrero de dos mil quince, se ha tenido por aceptada
expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su
defunción ocurrida a las dieciocho horas, del día veinticuatro de marzo
de dos mil catorce, en la Colonia Santa Elenita, Calle Transformador
número setenta, de esta ciudad, y siendo su último domicilio esta misma;
dejó el causante JOSE DE LOS ANGELES HERNANDEZ conocido
por JOSE ANGEL HERNANDEZ y por JOSE HERNANDEZ, quien
fue de noventa y un años de edad, casado, jornalero; de parte de la se-
ñora ANDREA MARTINEZ DE HERNANDEZ conocida por MARIA
ANDREA MARTINEZ, MARIA ANDREA MARTINEZ MORAN y
ANDREA MARTINEZ LIMA, en su concepto de cónyuge del expresado
causante, y de parte de los señores JOSE ARMANDO MARTINEZ
HERNANDEZ, ALVARO ANTONIO HERNANDEZ MARTINEZ,
PEDRO HUMBERTO HERNANDEZ MARTINEZ, SANDRA YANIRA
HERNANDEZ MARTINEZ Y SONIA MARGARITA HERNANDEZ
DE AGUILAR, en su concepto de hijos del referido causante; a quienes
se le nombra INTERINAMENTE administradores y representantes de
la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-
cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de
quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
edicto.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las catorce horas y diecisiete
minutos del día veintitrés de febrero de dos mil quince.- LIC. CARLOS
JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL, CHALCHUAPA.-
LIC. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047468-2
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta
minutos del día veinte de febrero de dos mil quince, se tuvo por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la HERENCIA INTESTADA
de los bienes que a su defunción dejó el causante señor MANUEL
RODRIGUEZ RODRIGUEZ, quien falleció en Calle Principal, Casa
número doce, Residencial San Ramón, jurisdicción de Mejicanos, De-
partamento de San Salvador, a las ocho horas y cuarenta minutos del
día quince de septiembre de dos mil catorce, siendo su último domicilio
la ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salvador, de parte de
los señores ANA ADELA SALAZAR DE RODRIGUEZ y WALTER
FABRICIO RODRIGUEZ SALAZAR, en sus conceptos de cónyuge
sobreviviente e hijo del de cujus respectivamente.
Confi riéndoseles además a los aceptantes en el carácter antes
indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA
de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente. Y CITA a todas las personas que se crean con derecho
a la referida herencia, para que se presenten a este juzgado a deducirlo
dentro del término de quince días contados a partir de la última publi-
cación del presente edicto.
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
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Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las diez horas y
cincuenta minutos del día veinte de febrero de dos mil quince.- Lic. JOSE
HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN
ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047498-2
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas diez minutos
de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario de parte de la señora DOLORES DEL CARMEN BONILLA
DE CORDOVA, la herencia Intestada que a su defunción dejó el señor
NICOLAS BONILLA CERNA, conocido por NICOLAS BONILLA,
quien fue de ochenta y ocho años de edad, Jornalero, casado, salvadoreño,
originario de San Lorenzo, departamento de San Vicente y del domicilio
de San Cayetano Istepeque, de este mismo departamento, con Documento
Unico de Identidad número cero uno ocho seis dos tres cuatro cero-seis,
y Número de Identifi cación Tributaria uno cero cero tres-dos tres uno dos
dos cinco-cero cero uno-uno, habiendo fallecido a las diecisiete horas
treinta minutos del día diecinueve de agosto del año dos mil catorce,
en el Cantón Cerro Grande, jurisdicción de San Cayetano Istepeque, de
este departamento, lugar de su último domicilio, en concepto de hija del
causante y como cesionaria del derecho hereditario que en esta sucesión le
correspondía a los señores Ana Josefa Ayala de Bonilla, Rubidia Catalina
Bonilla Ayala, Maura Deysi Bonilla de Reyna, Cecilia Cruz Bonilla de
Maravilla y Roberto de Jesús Bonilla Ayala, la primera como cónyuge
del causante y los demás en calidad de hijos del referido causante. Y
se ha nombrado a la aceptante administradora y representante interina
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los treinta días del
mes de enero del año dos mil quince.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047503-2
Lic. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, Jueza de lo
Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y quince
minutos del día veintiséis de febrero de este año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a
su defunción dejó la causante ISABEL RIVAS, conocida por MARIA
ISABEL RIVAS, que falleció el día cinco de mayo del año dos mil doce,
en la Colonia Alvarado, de la jurisdicción de Santiago Nonualco, siendo
éste su último domicilio; por parte de WILBER VLADIMIR FERRER
RIVAS, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios que les
correspondían a PABLO ANTONIO RIVAS SANTAMARIA, JULIO
ALBERTO SANTAMARIA RIVAS y GUILLERMO DE JESUS
RIVAS SANTAMARIA, como hijos de la referida causante. Nómbrase
al aceptante, interinamente, administrador y representante de la suce-
sión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.-
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinticinco de febrero
de dos mil quince.- Lic. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BA-
RRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- Lic. OSCAR ERNESTO AREVALO
ORREGO, SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. F047509-2
LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-
PLENTE DE ESTE DISTRITO,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada de las once horas
treinta minutos del día veintiuno de noviembre del presente año, se ha
tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la he-
rencia intestada dejada por el señor ERNESTO RAMIREZ VILLALTA,
fallecido el día uno de enero del año dos mil doce, en esta ciudad, siendo
esta ciudad su último domicilio, de parte de la MARIA ISABEL LOPEZ
DE RECINOS, como hija del Causante.
Se ha conferido a la aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las ocho horas cuarenta y cinco
minutos del día cinco de diciembre del año dos mil catorce.- Lic. LUIS
ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.-
Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETA-
RIO.
3 v. alt. No. F047576-2
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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, Juez Tercero de lo
Civil y Mercantil de Santa Ana, DE CONFORMIDAD AL INCISO
1° DEL ARTICULO 1163 DEL CODIGO CIVIL AL PUBLICO EN
GENERAL,
HACE SABER: Que se han promovido por el Licenciado DOUGLAS
ARMANDO CATOTA GALAN, Diligencias de Aceptación de He-
rencia Intestadas con Benefi cio de Inventario sobre los bienes que a su
defunción dejara el señor OSCAR ALBERTO SERRANO TURCIOS,
quien falleció a las siete horas y cuarenta minutos del día treinta y uno
de julio del año dos mil catorce, siendo su último domicilio el Cantón
Ranchador, departamento de Santa Ana y este día se tuvo por aceptada
la herencia antes referida y se nombró como ADMINISTRADORES Y
REPRESENTANTES INTERINOS con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente de dicha sucesión, a la señora
MARIA ELIZABETH GALVEZ DE SERRANO, en su calidad de
cónyuge sobreviviente y a los señores OSCAR ANTONIO SERRANO
GALVEZ y JULIO ERNESTO SERRANO LINARES, ambos en su
calidad de hijos sobrevivientes del causante en comento.
Lo que se hace del conocimiento público para que puedan presen-
tarse a este tribunal, las personas que se crean con derecho a la herencia
que a su defunción dejara el referido causante, dentro de los quince días
posteriores a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciudad
de Santa Ana, a los veintisiete días del mes de febrero de dos mil quince.-
Lic. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.- Licda. ELIDA
ZULEIMA MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.
3 v. alt. No. F047580-2
ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Juez de Primera Instancia de este
Distrito Judicial, al público para efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día dieciséis
de febrero del año dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente
con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó
el señor JOSE ANTONIO HERNANDEZ HERNANDEZ, tiénese por
aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada
que a su defunción dejó el señor JOSE ANTONIO HERNANDEZ
HERNANDEZ, de cincuenta y un años de edad, empleado, con Docu-
mento Único de Identidad número cero cinco millones trescientos doce
mil novecientos cincuenta y cuatro - cuatro y Número de Identifi cación
Tributaria número cero novecientos tres - doscientos cuarenta y un mil
doscientos sesenta y dos - ciento dos - ocho, quien falleció el día siete de
febrero de mil novecientos ochenta y cinco, en Cantón San Francisco del
Monte, Ilobasco, Departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio,
de parte del señor Lucio Hernández Hernández, hijo del causante y se
le ha conferido al aceptante, la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,
a las doce horas veinte minutos del día dieciséis de febrero de dos mil
quince.- Licda. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- Licda. MIRIAN CONCEPCION ORELLANA ARCE,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047585-2
SAMUEL ELY MARTINEZ MARTINEZ, Juez de Primera Instancia
de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas treinta
minutos del día veintisiete de febrero de dos mil quince, se ha tenido
por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción dejó el señor ROBERTO MENJIVAR
VELASQUEZ, el cual no obtuvo DUI por no estar en vigencia dicho
documento, consecuentemente tampoco NIT, quien falleció el día treinta
de diciembre de dos mil trece, en la ciudad de Ilobasco Departamento de
Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de los señores OSCAR
VELASQUEZ MENJIVAR, con número de Documento Único de
Identidad cero millones cuatrocientos setenta y nueve mil seiscientos
doce y Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos tres - ciento
un mil doscientos setenta y ocho - ciento seis - dos y MARIA ELSA
NOEMY VELASQUEZ MENJIVAR, con número de Documento Único
de Identidad cero un millón trescientos ochenta y cinco mil novecientos
treinta y siete y Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos
cuatro - cero noventa mil setecientos setenta y uno - ciento uno - ocho,
en calidad de hijos del causante y se les ha conferido a los aceptantes, la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, a las
diez horas cuarenta minutos del día veintisiete de febrero de dos mil
quince.- Licdo. SAMUEL ELY MARTINEZ MARTINEZ, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA INTERINO.- Licda. MIRIAN CONCEPCION
ORELLANA ARCE, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F047586-2
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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
HERENCIA YACENTE
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y veinti-
cinco minutos de este día, se ha declarado yacente la herencia intestada
que dejó el señor SANTOS FROILAN PEREZ o SANTOS FROILAN
PEREZ RIVERA, quien falleció el día diecinueve de diciembre de mil
novecientos sesenta y ocho, en el Caserío Cofradía Nueva, Cantón Los
Amates, Jurisdicción de Yayantique, Departamento de La Unión, siendo
ese lugar su último domicilio; nómbrase Curador Especial para que
presente dicha sucesión, a la Licenciada ALBA ELIZABETH BENITEZ
CRUZ.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que
en el término de Ley, después de la tercera publicación de este edicto,
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los tres días del mes
de febrero del dos mil quince.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010503-2
LICENCIADA DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZ DE
LO CIVIL,
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas cinco
minutos del día diez de febrero del año dos mil quince, se ha declarado
yacente la herencia que dejó el causante señor JOSE OTILIO AREVALO
SALAZAR, fallecido a las diecinueve horas del día veinticuatro de agosto
de dos mil catorce, en Villa Jujutla, Hacienda San Fernando dos, frente
a Colonia El Cocalito, cantón San Antonio Abajo, de la Villa de Jujutla,
Departamento de Ahuachapán, siendo su último domicilio el de Jujutla,
habiéndole nombrado curador de la herencia yacente para que represente
a la sucesión del señor JOSE OTILIO AREVALO SALAZAR, al Licen-
ciado JOSE MARIA GALDAMEZ CASTRO, a quien se le hizo saber
su nombramiento y previa aceptación y juramentación se le discernió
el cargo por resolución de las quince horas siete minutos del día tres de
marzo del año dos mil quince.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de Ley.
Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las quince horas treinta minutos
del día tres de marzo de dos mil quince.- Licda. DANI BERI CALDE-
RON DE RAMIREZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. CLAUDIA LELIN
GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047360-2
LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, Jueza de lo
Civil Suplente de este Municipio Judicial,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las nueve horas con quince minutos del día veinte de febrero de dos mil
quince, se ha declarado yacente la herencia intestada que a su defunción
dejara la causante, señora MERCEDES MONTES DE MENDEZ, quien
fue de setenta y nueve años de edad, de ofi cios domésticos, casada, origi-
naria de San Salvador y teniendo como último domicilio esta ciudad de
San Marcos, fallecida en la ciudad de San Salvador, el día veinticuatro de
enero de dos mil diez y para que la represente se nombró como curador
al Licenciado JULIO ERNESTO SANCHEZ AGUILAR, a quien se le
hará saber de este nombramiento para su aceptación, juramentación y
demás efectos legales.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención,
para que transcurridos que sean quince días contados a partir de la tercera
publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus
derechos.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, De-
partamento de San Salvador, a las nueve horas con treinta minutos del
día tres de marzo de dos mil quince.- Licda. AMADA LIBERTAD
INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- Lic.
ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047492-2
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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
TÍTULO SUPLETORIO
LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DEL MUNICIPIO DE IZALCO, DEPARTAMENTO
DE SONSONATE.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Lic.
EDUARDO ENRIQUE ORTEGA TORRES, en carácter de Apo-
derado General Judicial con Cláusula Especial de la señora DORIS
CONCEPCION DUEÑAS, promoviendo DILIGENCIAS DE TITULO
SUPLETORIO (Ref. DV-1/2015-2), sobre un inmueble de naturaleza
rural, situado en Cantón Peña Blanca, jurisdicción del Municipio de
San Julián, Departamento de Sonsonate, identifi cado como PARCELA
N° TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE, de un área de NUEVE
MIL SETENTA Y DOS PUNTO TREINTA Y SEIS METROS CUA-
DRADOS, de las colindancias siguientes: AL NORTE, en dos tramos, el
primero, de ochenta y cuatro punto setenta y cinco metros y el segundo,
de veintidós punto setenta y cinco metros, linda con Manuel de Jesús
Audón; AL ORIENTE, en dos tramos, el primero, de cuarenta y siete
punto cincuenta metros, y el segundo, de veintisiete punto treinta y
cuatro metros, linda con Edgar Danilo Figueroa Escalante; AL SUR,
ciento veinticinco punto cincuenta metros, linda con Juana Francisca
Gómez Viuda de Navas; y AL PONIENTE, en dos tramos, el primero
de treinta punto cero cero metros, linda con Emilia Ávalos, Calle San
Julián de por medio, y el segundo, de cuarenta y dos punto cero cero
metros, linda con Emilia Ávalos y Ángela Pérez, Calle que conduce a
la ciudad de San Julián de por medio. Servidumbre que conduce a la
Calle que conduce a San Julián. La posesión de dicho inmueble la señora
DORIS CONCEPCION DUEÑAS, la adquirió por venta que le hizo su
madre señora MARTA ROSALINA DUEÑAS ORELLANA, en el mes
de enero del presente año, quien cuya posesión también la adquirió por
venta que le hizo el señor PABLO PINEDA, en el año mil novecientos
ochenta y dos; por lo que la señora DORIS CONCEPCION DUEÑAS,
posee el inmueble, aunado al tiempo que lo tuvo su expresada madre,
por más de TREINTA AÑOS, dicha posesión data desde el año de mil
novecientos ochenta y dos, habiéndose ejercido de manera quieta, pací-
fi ca e ininterrumpida; el mencionado inmueble carece de título inscrito
y no es inscribible por carecer de antecedentes registrales; no es predio
dominante, ni sirviente, no existen otros poseedores, no tiene cargas,
ni derechos reales que respetar y lo valúa en la cantidad de SEIS MIL
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, a los vein-
tiocho días del mes de enero del año dos mil quince.- LIC. ROBERTO
RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.
SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047415-2
TÍTULO DE DOMINIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado
José Oscar Guzmán Anduray, en calidad de Apoderado del señor JOSE
LISANDRO DUBON AREVALO, quien es de treinta y ocho años de
edad, agricultor, del domicilio de San Gerardo, departamento de San
Miguel, portador de su Documento Único de Identidad número cero
cinco uno cero tres ocho cinco siete guión siete, solicitando a favor de su
poderdante TITULO DE DOMINIO, de un inmueble de naturaleza urbana
situado en BARRIO EL CENTRO de San Gerardo, departamento de San
Miguel, de la capacidad superfi cial de CUATROCIENTOS CUARENTA
Y OCHO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, el cual
es de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: veinte metros,
linda con solar de Eliazar Díaz y Francisco Alberto Rosa; AL NORTE:
veinticuatro metros, linda con solar de Isabel Portillo; AL PONIENTE:
diecinueve metros, linda con solar de Fernando Castillo, calle pública de
por medio; y AL SUR: veintidós metros, linda con solar del señor Luis
Felipe Rosa. En dicho inmueble existen unas casas de sistema mixto y que
forman parte del inmueble que se describe, no es dominante, ni sirviente,
no tiene carga, ni derecho real ajeno, ni se encuentra en proindivisión
con nadie, y lo adquirió por compraventa, otorgada en la Ciudad de San
Gerardo, a las once horas con treinta minutos del día doce de febrero
del año dos mil quince, por GLENDA LEONOR DUBON, ambos del
domicilio de San Gerardo, departamento de San Miguel; posesión que
el solicitante ha manifestado unir a la de sus antecesoras, y sigue ejer-
ciendo en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida; el inmueble anterior
lo estima en la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de la Ciudad de San Gerardo, a los doce días
del mes de marzo del año dos mil quince.- JUSTO GERMAN DIAZ
PADILLA, ALCALDE MUNICIPAL.- CONCEPCION YANIRA
QUINTANILLA DIAZ, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F047501-2
MARCA DE FÁBRICA
No. de Expediente: 2003032546
No. de Presentación: 20030037754
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RONALD
EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, en su calidad de APODERADO
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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
GENERAL JUDICIAL de CASELA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
FORTOTESTIN
Consistente en: la palabra FORTOTESTIN.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de febrero del año dos mil cinco.
JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010465-2
No. de Expediente: 2013126135
No. de Presentación: 20130183015
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FERNANDO ANTONIO BENITEZ PINEDA, en su calidad de APODERADO de Colgate-Palmolive Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
CIO,
SUAVITEL RENDI PACK
Consistente en: las palabras SUAVITEL RENDI PACK, traducida
al castellano las palabras rendi como: hacer y pack es empacar, que
servirá para: AMPARAR: SUAVIZANTES PARA LA ROPA. Clase:
03.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dos de mayo del año dos mil trece.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010482-2
No. de Expediente: 2013123699
No. de Presentación: 20130178111
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FERNANDO
ANTONIO BENITEZ PINEDA, en su calidad de APODERADO de
Colgate-Palmolive Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
CIO,
NUTRICOMPLEX
Consistente en: la palabra NUTRICOMPLEX, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS DE CUIDADO PERSONAL, A SABER,
PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DEL CABELLO. Clase:
03.
La solicitud fue presentada el día tres de enero del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de enero del año dos mil trece.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010484-2
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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
No. de Expediente: 2013125942
No. de Presentación: 20130182685
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FERNANDO
ANTONIO BENITEZ PINEDA, en su calidad de APODERADO de
Colgate-Palmolive Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
CIO,
PROTEX OMEGA 3
Consistente en: las palabras PROTEX OMEGA 3, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS PARA EL CUIDADO PERSONAL, A
SABER, PREPARACIONES DE LIMPIEZA PARA LA PIEL. Clase:
03.
La solicitud fue presentada el día nueve de abril del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de abril del año dos mil trece.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010485-2
No. de Expediente: 2013127957
No. de Presentación: 20130186272
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FERNANDO ANTONIO BENITEZ PINEDA, en su calidad de APODERADO de
Colgate-Palmolive Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,
SUAVITEL 100% DELICIOSO AROMA
Consistente en: la frase SUAVITEL 100% DELICIOSO AROMA, que servirá para: AMPARAR: SUAVIZANTES PARA LA ROPA. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de julio del año dos mil trece.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010489-2
No. de Expediente: 2005051354
No. de Presentación: 20050067937
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANTONIO TONA GIOLITTI, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de TOTO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra Termofl ex y diseño.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos
mil cinco.
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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de octubre del año dos mil cinco.
JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010495-2
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2015141903
No. de Presentación: 20150214350
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PEDRO
ANTONIO FLORES TORRES, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de PREMIUM IMPORTS, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-
PITAL VARIABLE que se abrevia: PREMIUM IMPORTS, S.A. DE
C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del
NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras Premium imports FOR EXCLUSIVE
TASTE y diseño; que se traducen al castellano como Importadas Pre-
mium para el gusto exclusivo, que servirá para: IDENTIFICAR UNA
EMPRESA DE COMERCIO, DEDICADA A LA FABRICACIÓN,
DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE TODO TIPO DE
ALIMENTOS Y BEBIDAS, UBICADO EN CALLE RUTA MILITAR,
COLONIA SAN FRANCISCO # 1, SAN MIGUEL.
La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil
quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de marzo del año dos mil quince.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010501-2
No. de Expediente: 2014138814
No. de Presentación: 20140208210
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO
ROBERTO GUERRA ROMERO, en su calidad de APODERADO
de SUMINISTROS E INVERSIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SUMIN, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
EL SEGUNDO PISO
Consistente en: las palabras EL SEGUNDO PISO, que servirá para:
IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL UBICADO
EN BOULEVARD EL HIPODROMO NUMERO CUATROCIENTOS
SIETE, COLONIA SAN BENITO, SAN SALVADOR, DEPARTA-
MENTO DE SAN SALVADOR, QUE SE DEDICARA A BAR Y
RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día ocho de octubre del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciséis de octubre del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047575-2
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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
CONVOCATORIAS
El Infrascrito Representante Legal de la Sociedad ALFARO CASTI-
LLO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE , conforme
lo establece la Ley y el Pacto Social de la misma , convoca a JUNTA
GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS , que se llevará a cabo
en las ofi cinas situadas en 8a Calle Pte. Pasaje Moreno No. 112, Colonia
Flor Blanca, San Salvador, el día Lunes 13 de abril del año en curso,
de las 9:00 am horas en adelante, la que se desarrollará de acuerdo con
la siguiente agenda.
AGENDA
1o. ESTABLECIMIENTO DEL QUORUM.
2o. CONOCER DE LA MEMORIA DE LA ADMINISTRACION
DURANTE EL AÑO DOS MIL CATORCE.
3o. CONOCER EL BALANCE GENERAL, CUADRO DE
RESULTADOS Y EL ESTADO DE CAMBIOS EN EL
PATRIMONIO, TODO ELLO DEL EJERCICIO DOS MIL
CATORCE.
4o. CONOCER EL INFORME DEL AUDITOR EXTERNO.
5o. APLICACION DE UTILIDADES.
6o. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y AUDI-
TOR FISCAL Y FIJACION DE SUS EMOLUMENTOS.
7o. AUTORIZACION Y/O RATIFICACION DE OPERACIO-
NES DE ACUERDO CON EL ARTICULO DOSCIENTOS
SETENTA Y CINCO DEL CODIGO DE COMERCIO.
8o. CUALQUIER OTRO PUNTO QUE LA JUNTA GENERAL
DECIDA TRATAR Y QUE DE ACUERDO CON LA LEY Y
EL PACTO SOCIAL PUEDA SER CONOCIDO EN ESTA
JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS.
Para llevar a cabo la Junta General Ordinaria que ahora se convoca
en la fecha y hora anteriormente indicada, se necesita la asistencia o
representación del setenta y cinco por ciento de las acciones en que está
dividido el Capital Social.
En caso de no haber quórum en la fecha y hora señaladas, por este
mismo medio se convoca en segunda convocatoria a los accionistas para
celebrar la Junta General Ordinaria de accionistas, el día martes 14 de
abril del año en curso de las 10:00 am horas en adelante y en la misma
dirección. La Junta General Ordinaria se podrá instalar cualquiera que
sea el número de las Acciones que concurran y los Acuerdos se tomarán
con la mitad más una de las acciones presentes y/o representadas.
San Salvador, a los 17 días del mes de marzo del dos mil quince.
ALFARO CASTILLO SA DE CV
FEDERICO GUILLERMO ALFARO CASTILLO,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. C010463-2
CONVOCATORIA
De acuerdo con el artículo 18 de la Escritura de Constitución de
la Sociedad Cooperativa de Cafi cultores de Berlín, de Responsabilidad
Limitada, el Consejo de Administración CONVOCA: a Asamblea General
Ordinaria de Socios a celebrarse a las nueve horas del día dieciocho de
abril de dos mil quince, en el Auditórium "Antonio Julio César Solórzano"
de esta Cooperativa, en la Ciudad de Berlín, para conocer y resolver los
puntos de la siguiente agenda:
1o. Establecimiento de Quórum e Instalación de la Asamblea.
2o. Lectura y aprobación del Acta anterior.
3o. Presentación de la Memoria de Labores de los Organismos
Directivos de la gestión realizada del 01 de enero al 31 de di-
ciembre de 2014, a fi n de aprobar o no aprobar los mismos.
4o. Elección de Miembros del Consejo de Administración y Junta
de Vigilancia.
5o. Autorización por parte de la Asamblea General de Socios, al
Consejo de Administración para:
a) Recibir a mutuo de cualquier Institución Financiera o
casa Benefi ciadora y Exportadora de Café, un crédito
hasta por la cantidad de SEISCIENTOS OCHENTA Y
CINCO MIL SETECIENTOS CATORCE 28/100 dóla-
res ($685,714.28) destinado a dar fi nanciamiento a los
socios de la Cooperativa para la cosecha 2015/2016, en
la proporción que fi je dicha institución, por cada quintal
de café oro que contraten y garanticen los usuarios del
crédito con la cooperativa.
b) Recibir de cualquier Institución Financiera del país,
un crédito de Refi nanciamiento para cancelar saldos
insolutos de la cosecha 1990/1991, hasta la cosecha
2014/2015 si los hubiere.
c) Tramitar cualquier otro tipo de crédito o donación
que fuese fi nanciado por alguna institución crediticia
del país o Extranjera, para atender fi nanciamiento a
socios o de cualquier otro proyecto de la Cooperativa,
principalmente para ampliar o modernizar Benefi cio de
café.
6o. Autorización por parte de la Asamblea General, al Repre-
sentante Legal de la Cooperativa o a quien haga sus veces
para que suscriba los contratos correspondientes a que se
refi ere el Punto Nº 5 de esta agenda, con las condiciones
acostumbradas para esta clase de negocios, reciba las sumas
mutuadas y las deje en depósito en la institución y ejecute
los demás actos anexos y conexos que sean necesarios para
el fi el cumplimiento de su cometido.
7o. Elegir el Auditor Externo y Fijarle sus Honorarios.
8o. Informar, nomina de socios excluidos.
9o. Puntos Varios.
Si por falta de quórum no pudiese celebrarse la Asamblea General
Ordinaria de Socios en primera Convocatoria, se convoca por segunda
vez, para el día veinticinco de abril del mismo año, a la misma hora y en
el mismo lugar señalado para la primera, de conformidad con el art. 19
de la Escritura de Constitución, para que pueda haber quórum en primera
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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
convocatoria, es indispensable que estén presentes y/o representados por
lo menos la mitad más uno del número de socios que fi guran inscritos en
el registro de socios que esta Cooperativa lleva y que están en el pleno
goce de sus derechos, o sea veintiuno de un total de cuarenta socios; y
para la segunda convocatoria, la Asamblea General se instalará y cele-
brar con el número de socios que asistan, siempre que no sea inferior a
diez.
Berlín, Departamento de Usulután, a los tres días del mes de marzo
de dos mil quince.
LUIS JAIME REYES RODRIGUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010470-2
La Junta Directiva de la sociedad LABORATORIOS ARSAL, S.
A. de C. V., conforme a las Cláusulas Décimo Cuarta y Décimo Sexta
del Pacto Social, por este medio convoca a los señores Accionistas de
esta Sociedad a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS,
la cual se celebrará a las diez horas del día miércoles veintidós de abril
del año dos mil quince, en las ofi cinas de la empresa situada en Calle
Modelo número quinientos doce, San Salvador, en la cual se tratará la
siguiente Agenda:
AGENDA
1. Establecimiento de quórum.
2. Lectura del acta anterior.
3. Lectura y aprobación de la memoria anual de labores, co-
rrespondiente al ejercicio dos mil catorce; aprobación del
Balance General al 31 de diciembre de 2014 y del Estado de
Resultados del 1° de Enero al 31 de Diciembre de 2014.
4. Conocer el Informe del Auditor Externo.
5. Aplicación sobre las Utilidades.
6. Nombramiento del Auditor Externo para el ejercicio del 2015
y fi jación de sus emolumentos.
7. Nombramiento del Auditor Fiscal para el Ejercicio del 2015
y fi jación de sus Emolumentos.
8. Autorización del Art. 275 del Código de Comercio.
Para que exista quórum legal en primera convocatoria, deberán de
estar presentes o representadas por lo menos, la mitad más una de las
acciones de la Sociedad, o sea, CIENTO TRES MIL NOVECIENTOS
TREINTA Y DOS ACCIONES (103,932 Acciones) y las Resoluciones
serán válidas si se toman por la mayoría de los votos presentes o repre-
sentados.
En caso de no haber quórum en la fecha y hora anteriormente in-
dicada, por este medio se convoca para celebrar dicha Junta en el lugar
y hora señalada (10:00) horas, el día jueves veintitrés de abril del año
2015 y habrá quórum con el número de acciones que estén presentes
o representadas y las Resoluciones en esta segunda convocatoria, se
tomarán por mayoría de los votos presentes o representados.
San Salvador, 11 de marzo de 2015.
CARLOS ALBERTO GONZALEZ ARGÜELLO,
DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010496-2
La Junta Directiva de la Sociedad DEI DESARROLLOS E IN-
VERSIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
que se puede abreviar DEI DESARROLLOS E INVERSIONES, S. A.
DE C. V., o simplemente DEINVER, S. A. DE C. V., por medio de la
suscrita Directora Presidente CONVOCA a sus accionistas para celebrar
Junta General Ordinaria. La Sesión se llevará a cabo en PRIMERA
CONVOCATORIA, a las DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS
del día CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL QUINCE, en su local
social ubicado en 87 Avenida Norte y 15 Calle Poniente, Nivel 1, Local
3, Hotel & Suites Plaza, Hotel Crowne Plaza, Colonia Escalón, San
Salvador. Para que la Junta Ordinaria se considere legalmente reunida
en primera convocatoria, deberá estar presente o representado, por lo
menos, la mitad más una de las acciones que tengan derecho a voto y
las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de
los votos. Si no hubiere quórum para el día y hora señalada para llevar
a cabo la primera convocatoria, se señala para la SEGUNDA CONVO-
CATORIA, las DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS del día
QUINCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE, siempre en su
local social ubicado en 87 Avenida Norte y 15 Calle Poniente, Nivel 1,
Local 3, Hotel & Suites Plaza, Hotel Crowne Plaza, Colonia Escalón,
San Salvador. Para que la Junta Ordinaria se considere legalmente re-
unida en segunda convocatoria, se verifi cará con cualesquiera que sea
el número de acciones, presentes o representados que concurran y para
tomar resolución favorable deberá obtenerse el voto de la mayoría de
las acciones presentes.
La Agenda de la sesión será la siguiente:
PUNTOS ORDINARIOS:
I.- Lista de Asistencia y Comprobación del Quórum.
II.- Lectura y aprobación de la Agenda.
III.- Lectura y Aprobación del Acta anterior.
IV.- Lectura de la Memoria de labores de la Junta Directiva, del
período comprendido del primero de enero al treinta y uno
de diciembre del año dos mil catorce.
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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
V.- Presentación, Discusión y Aprobación de los Estados Finan-
cieros, el Balance General, el Estado de Resultados, el Estado
de Cambios en el Patrimonio y presentación del Informe del
Auditor Externo, todos correspondientes al período compren-
dido del primero de enero al treinta y uno de diciembre del
año dos mil catorce.
VI.- Aplicación de Resultados.
VII.- Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal, Período de Ser-
vicio y Fijación de Honorarios, para el período comprendido
del primero de enero al treinta y uno de diciembre del año
dos mil quince.
VIII.- Autorización conforme al Artículo Doscientos Setenta y
Cinco Numeral III del Código de Comercio.
San Salvador, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos
mil quince.
Lic. CLAUDIA EUGENIA QUIÑONEZ SOL,
DIRECTORA PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL,
DEI DESARROLLOS E INVERSIONES, S. A. DE C. V.
3 v. alt. No. C010509-2
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL
ORDINARIA DE ACCIONISTAS
El infrascrito de Director Presidente y Representante Legal de la
sociedad que se denomina "FRANQUICIAS INTERNACIONALES,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", que puede
abreviarse "FRANQUICIAS INTERNACIONALES, S. A. DE C. V."
HACE SABER: Que convoca a los señores accionistas para celebrar
Junta General que tratará asuntos de carácter Ordinario. Dicha Junta se
celebrará en primera convocatoria a las ocho horas con treinta minutos
del día veinte del mes de abril del año dos mil quince en Prolongación
Calle El Progreso y 37 Avenida Sur No. 2022, Colonia Flor Blanca,
ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, y si no existe
quórum en esa fecha, en segunda convocatoria, en el mismo lugar, a la
misma hora del día veintiuno de abril del año dos mil quince. Siendo la
Agenda de la Junta la siguiente:
Puntos de Carácter Ordinario:
1. Verifi cación del quórum.
2. Lectura del Acta anterior.
3. Autorización a los Directores de la Junta Directiva para ne-
gociar directamente y a cuenta propia la compra de acciones
de la sociedad Mar y Vista, Sociedad Anónima de Capital
Variable.
En primera convocatoria para instalar y celebrar la Junta General Ordinaria es necesario un quórum de asistencia de por lo menos la mitad más uno de las acciones de la Sociedad presentes y/o representadas y los acuerdos serán tomados por la mayoría de los votos presentes y/o representados.
El quórum necesario para instalar y celebrar sesión de Junta General Ordinaria en segunda fecha de la convocatoria, será cualquier número de las acciones que estén presentes y/o representadas y los acuerdos serán tomados por la mayoría de los votos presentes y/o representados.
San Salvador, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil quince.
RODRIGO JAVIER NOVOA CHAVEZ,
DIRECTOR PRESIDENTE.
FRANQUICIAS INTERNACIONALES, S. A. DE C. V.
3 v. alt. No. C010560-2
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la sociedad INVERSIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, convoca a sus accionistas a reunión de JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse, en primera convocatoria a las diez horas del día miércoles quince de abril de dos mil quince, en las ofi cinas de la sociedad situadas en Calle Los Abetos #1234, Colonia San Francisco de esta ciudad.
La agenda será la siguiente:
Puntos de Carácter Ordinario:
1. Verifi cación de quórum.
2. Elección de Presidente y Secretario para la reunión.
3. Aprobación de Agenda.
4. Lectura del Acta Anterior.
5. Informe para aprobación o improbación de:
I. Memoria de Labores de la Junta Directiva.
II. Balance General, Estado de Pérdidas y Ganancias, y Estado de cambios en el Patrimonio al 31 de Diciembre de 2014.
III. Informe del Auditor Externo.
6. Nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal para el
ejercicio 2015 y fi jación de sus honorarios.
7. Aplicación de Resultados.
8. Autorización expresa a los Administradores de la Sociedad
conforme al ordinal III y IV del Artículo 275 del Código de
Comercio.
9. Donaciones.
10. Elección de Junta Directiva.
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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
El quórum necesario para tratar los puntos de carácter Ordinario
será de la mitad más una de las acciones en las que se divide el capital
social y el quórum necesario para tomar resolución será de la mitad
más una de las acciones presentes y representadas. En caso de que no
se lograre el quórum de asistencia señalado en la primera convocatoria,
la Junta se celebrará en segunda convocatoria, a las diez horas del día
jueves dieciséis de abril de dos mil quince, en la misma dirección señalada
en la primera convocatoria y la sesión se celebrará cualquiera que sea
el número de acciones representadas y sus resoluciones se tomarán por
mayoría de los votos presentes
San Salvador, 17 de marzo de 2015.
ANA CRISTINA SOL,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C010565-2
CONVOCATORIA
La administración de la sociedad INVERSIONES QUISOL, SOCIE-
DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, convoca a sus accionistas
a reunión de JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a
celebrarse, en primera convocatoria a las diez horas con treinta minutos
del día jueves dieciséis de abril de dos mil quince, en las ofi cinas de la
sociedad situadas en Calle Los Abetos #1234, Colonia San Francisco
de esta ciudad.
La agenda será la siguiente:
Puntos de Carácter Ordinario:
1) Verifi cación de Quórum.
2) Elección de Presidente y Secretario para la reunión.
3) Aprobación de Agenda.
4) Lectura del Acta Anterior.
5) Informe para aprobación o improbación de:
Memoria de Labores de la Junta Directiva, Balance General,
Estado de Pérdidas y Ganancias, y Estado de cambios en el
Patrimonio al 31 de Diciembre de 2014.
6) Informe del Auditor Externo.
7) Nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal para el
ejercicio 2015 y fi jación de sus honorarios.
8) Aplicación de Resultados.
9) Autorización expresa a los Administradores de la Sociedad
conforme al ordinal III y IV del Artículo 275 del Código de
Comercio.
El quórum necesario para tratar los puntos de carácter Ordinario
será de la mitad más una de las acciones en las que se divide el capital
social, y el quórum necesario para tomar resolución será de la mitad
más una de las acciones presentes y representadas. En caso de que no
se lograre el quórum de asistencia señalado en la primera convocatoria,
la Junta se celebrará en segunda convocatoria, a las diez horas con
treinta minutos del día viernes diecisiete de abril de dos mil quince, en
la misma dirección señalada en la primera convocatoria y la sesión se
celebrará cualquiera que sea el número de acciones representadas y sus
resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes.
San Salvador, 17 de Marzo de 2015.
ANA CRISTINA SOL,
ADMINISTRADOR UNICO.
3 v. alt. No. C010566-2
La Presidente de la Junta Directiva de la Sociedad TUCASA, S.
A. DE C. V., convoca a los accionistas a fi n de celebrar Junta General
de Accionistas para tratar puntos ordinarios, el día miércoles 15 de abril
de 2015, a las 09:00 am. en primera convocatoria y a las 09:00 am. del
día viernes 17 de abril de 2015, en segunda convocatoria. Sesión que
se realizará en la sala de reuniones del HOTEL INTERNACIONAL
PUERTO BUS, ubicado en Alameda Juan Pablo II y 19 Av. Norte, San
Salvador.
Conforme a la siguiente agenda:
1. Establecimiento del quórum.
2. Conocer la memoria de actividades desarrolladas por la ad-
ministración, el balance general, el estado de resultados, el
estado de cambios en el patrimonio, y el informe del auditor
externo, a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y
tomar las medidas que juzguen oportunas.
3. El nombramiento del auditor externo.
4. Fijación de los emolumentos correspondientes a los admi-
nistradores y auditor externo.
5. Aplicación de los Resultados.
6. Elección de administración.
Para instalar y tomar decisiones en primera convocatoria, se necesita
que estén presentes o representadas, la mitad más uno de las acciones
que integran dicha sociedad y, para adoptar resoluciones válidas en
segunda convocatoria, se requiere la mayoría de acciones presentes o
representadas.
San Salvador, 09 de marzo de 2015.
ELSIE RUTH PEZZAROSSI GRUNEBAUM,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C010590-2
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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
CONVOCATORIA
El Consejo Superior Universitario de la Universidad Autónoma de Santa Ana, UNASA., convoca: a la Asamblea Ordinaria de Gobernadores, el día miércoles veintidós de abril de dos mil quince, a las diez de la mañana, en el Restaurante "La Pampa", situado en la 25 a Calle Poniente, entre 10a. y 12a. Avenida Sur de esta ciudad, para conocer y resolver la siguiente agenda:
1. Establecimiento del quórum.
2. Elección del Presidente y Secretario de actuaciones de la Asamblea.
3. Lectura y aprobación del acta anterior.
4. Conocer la memoria anual de labores del año 2014.
5. Conocer, modifi car y aprobar los estados fi nancieros del año 2014 y decidir el destino de los excedentes.
6. Nombrar al Auditor Externo y Fiscal y fi jación de sus hono-rarios.
7. Refrendar nombramiento de autoridades.
8. Otros asuntos que los miembros propongan y que la ley permita.
El quórum para celebrar esta asamblea ordinaria en primera con-vocatoria es la mitad más uno de sus miembros. Las resoluciones serán válidas con la mayoría de votos presentes y representados. Si no hubiere quórum en la hora y fecha arriba señalada, se les convoca por segunda vez para ese mismo día a las once de la mañana en el mismo lugar y para tratar la misma agenda. El quórum necesario para celebrarla, será cualquiera que sea el número de miembros presentes y representados y las resoluciones serán válidas por la mayoría de votos.
Santa Ana, 20 de marzo de 2015.
ING. SERGIO ERNESTO CARRANZA VEGA,
RECTOR Y REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. C010593-2
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA
La Junta Directiva de DURALITA DE CENTROAMERICA, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, CONVOCA a Junta General Ordinaria de Accionistas, que se llevará a cabo en sus ofi cinas situadas en la veintiuna calle poniente No. 1325, de esta ciudad, a partir de las dieciséis treinta horas del día Martes veintiuno de Abril del dos mil quince, para desarrollar la siguiente Agenda:
1. Establecimiento y comprobación de Quórum.
Apertura.
2. Lectura del Acta anterior.
3. Lectura de la Memoria Anual de Labores de la Junta Directiva, correspondiente al periodo de Enero-Diciembre/2014.
4. Presentación del Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias al 31 de Diciembre del 2014 y presentación del informe del Auditor Externo.
5. Nombramiento de Auditor Externo y fi jación de sus emolu-mentos.
6. Nombramiento de Auditor Fiscal y fi jación de sus emolu-mentos.
7. Ratifi cación de Gerente especial para Representación Legal de la Empresa.
8. Aplicación de Utilidades.
9. Otros asuntos que puedan tratarse de acuerdo con los Estatutos y la Ley.
QUORUM: La Junta General Ordinaria se considerará legalmente instalada al estar presentes o representadas 98,213 Acciones. En caso que no hubiere quórum en la hora y fecha señalada, se cita por segunda vez para las dieciséis treinta horas del día Miércoles veintidós del corriente año, considerandose válidamente constituida, cualquiera que sea el número de las acciones presentes o representadas que concurran y las resoluciones se tomarán por mayoría.
San Salvador, a los 19 días del mes de marzo del dos mil quince.
ING. RAMON QUINTANILLA FIGUEROA,
SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA.
3 v. alt. No. C010594-2
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA
DE ACCIONISTAS
La Junta Directiva de Apoyo Integral para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, que se abrevia AIMIPYME. En cumplimiento con los estatutos y a lo estipulado en el Código de Comercio vigente, convoca a los socios accionistas para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas, en primera convocatoria, que se llevará a cabo a las diecisiete horas del día dieciséis de abril corriente año en las ofi cinas administrativas situadas en Calle Nueva número 1 casa 3733, Colonia Escalón de esta ciudad, conforme a la siguiente agenda:
Puntos a tratar:
1. Verifi cación de quórum.
2. Lectura y aprobación de el acta anterior.
3. Presentación de la memoria de labores de la sociedad, sobre el ejercicio que fi nalizó el día treinta y uno de diciembre de dos mil catorce, para su aprobación.
4. Presentación de Estados Financieros del ejercicio que fi nalizó el día treinta y uno de diciembre de dos mil catorce, para su aprobación.
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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
5. Presentación del informe del Auditor Externo.
6. Aplicación de las Utilidades.
7. Nombramiento del Auditor Externo y sus emolumentos.
8. Varios.
La Junta Ordinaria se considera legalmente reunida en la primera fecha de la convocatoria por lo menos con la representación de la mitad más uno de los accionistas que tengan derecho a voto y las resoluciones serán válidas cuando se tomen por la mayoría de los votos presentes.
Si la Junta General Ordinaria se reuniera en la segunda fecha de la convocatoria ésta se realizará el mismo día dieciséis de abril del año dos mil quince a las dieciocho horas en el mismo lugar para tratar la misma agenda.
Les exhortamos a concurrir puntualmente en la fecha y hora de la primera convocatoria y tomar en cuenta que en el caso de no poder asistir puede delegar su asistencia en personas de su confi anza.
San Salvador, 17 de marzo de 2015.
JAIME ORLANDO GARCIA MOLINA,
DIRECTOR PRESIDENTE, JUNTA DIRECTIVA,
AIMIPYME S.C. DE R.L. DE C.V.
3 v. alt. No. C010632-2
CONVOCATORIA
El Director Secretario de la Junta Directiva de la SOCIEDAD COR-PORACION PARA EL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, S.E.M. convoca a sus Accionistas para que concurran a la Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará a partir de las dieciocho horas del día dieciséis de abril del año dos mil quince, en el Salón de Usos Múltiples de la Asociación Salvadoreña de Industriales, ubicado en Calle Roma y Liverpool, Colonia Roma, San Salvador, El Salvador.
La Agenda de la Junta General será la siguiente:
PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO:
- PUNTO UNO: Lectura del Acta Anterior.
- PUNTO DOS: Memoria de la Junta Directiva, Balance General, Estado de Resultados, el Estado de Cambios en el Patrimonio, y el Informe del Auditor Externo, para el ejercicio fi scal del año 2014, a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas.
- PUNTO TRES: Nombramiento y remoción de administra-dores.
- PUNTO CUATRO: Nombramiento de Auditor Externo y Auditor Fiscal para el periodo de 2015 y fi jación de sus emolumentos.
- PUNTO CINCO: Aplicación de resultados.
- PUNTO SEIS: Varios.
La Junta General Ordinaria se considerará legalmente instalada al estar presentes por lo menos dos representantes de cada una de las Series de Acciones y las resoluciones serán válidas cuando se tomen por mayoría de votos de los representantes concurrentes.
Si no hubiere quórum para realizar la sesión en primera convoca-toria, por esta misma se convoca a los accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria en segunda convocatoria, a las dieciocho horas con treinta minutos del día diecisiete de abril de este mismo año, en el mismo lugar señalado para la primera convocatoria.
Para la segunda convocatoria, el quórum se considerará constituido cualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas y las resoluciones se tomarán con mayoría de los votos presentes.
San Salvador, veinte de marzo del año 2015.
ARQ. RAUL ANTONIO JUAREZ CESTONI,
DIRECTOR SECRETARIO,
CORPORACION PARA EL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, S.E.M.
3 v. alt. No. C010774-2
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la sociedad BOLSA DE PRODUCTOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia BOLPROES, S.A. DE C.V. por este medio convoca a Junta General Ordinaria de accionistas, para tratar asuntos de carácter ordinario, la que se llevará a cabo el día treinta de abril del dos mil quince, a partir de las diecisiete horas, en el Círculo Deportivo Internacional, ubicada en el kilómetro cuatro y medio, carretera Santa Tecla, calle Lorena, colonia Roma, de la ciudad y Departamento de San Salvador, en primera convocatoria.
El quórum legal para celebrar esta Junta General Ordinaria, en primera convocatoria, será de al menos mil setecientas cincuenta y seis acciones, o la mitad de acciones más una que componen el capital social de la sociedad, ya sea presentes o legalmente representadas y las decisiones se tomarán con la mayoría de votos presentes.
La Agenda para esta Junta será la siguiente:
I. Establecimiento del Quórum.
II. Lectura y Aprobación del acta anterior.
III. Lectura y aprobación de Memoria de Labores y presentación de Estados Financieros del ejercicio del 2014.
IV. Informe Auditor Externo.
V. Nombramiento de Auditor Externo y fi jación de emolumentos y designación de Suplente.
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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
VI. Elección de Junta Directiva para el periodo 2015-2017.
VII. Aplicación de Resultados y distribución de dividendos.
VIII. Varios.
Si por falta de quórum, la Junta no pudiese realizarse en la fecha indicada, se convoca por segunda vez el día cuatro de mayo del mismo año, en el mismo lugar y con la misma agenda. En este caso, el quórum para la Junta General Ordinaria, bastará con cualquier número de ac-cionistas presentes o representados legalmente para formar quórum y las decisiones se tomarán por la mayoría de votos presentes.
San Salvador, 18 de marzo del 2015.
CARLOS EDUARDO OÑATE MUYSHONDT,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F048086-2
REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS
AVISO
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.
COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en km 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 694801, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CIN-CUENTA Y DOS 84/100 DOLARES (US $91,652.84) NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS 84/100 DOLARES.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
SANTA TECLA, jueves 12 de febrero de 2015.
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,
MERCEDES ELIZABETH CHACON DE VARELA,
SUBGERENTE DE AGENCIA.
AGENCIA MINI BANCO BANCA EMPRESARIAL.
3 v. alt. No. C010502-2
AVISO
EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S.A.
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósitos a Plazo Fijo # 20280059414 de Agencia Autopista Sur, emitido el día 03/12/2008 a un plazo de 180 días el cual
devenga una tasa de interés anual del 1.25%, solicitando la reposición de dicho certifi cado, por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, 17 de marzo de 2015.
KRISTYA ISELA ACEVEDO,
CONTROL DE CALIDAD, DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F047389-2
AVISO DE COBRO
A V I S O
De conformidad con el artículo 142 de las Disposiciones Generales de Presupuesto vigente.
SE HACE SABER: Que a esta Unidad de Desarrollo Humano Departamental, se ha presentado la señora Adela del Carmen Corado vda. de Morán, mayor de edad con Documento Único de Identidad número 00306082-1, extendido en San Salvador, San Salvador el día veintitrés de noviembre del año dos mil diez, con domicilio en Colonia Las Ar-cas, Polígono 38, Armenia, Departamento de Sonsonate, solicitando se le permita fi rmar los documentos respectivos y cobrar la cantidad de UN MIL ONCE 22/100 DÓLARES ($1,011.22) en concepto de Sa-larios detallado así: salario base $817.62, sobresueldo por el cargo de Subdirector $145.20 y sobresueldo por trabajar en áreas rurales distantes y de difi cil acceso $48.40; correspondiente al período del uno al veintio-cho de febrero del año dos mil quince, que a su fallecimiento ocurrido el día quince de febrero de dos mil quince, dejó pendiente de cobro su hermano, señor José Celauro Corado Lima, cuando se desempeñaba en el cargo de Docente Nivel Dos, Subcategoría 1C y de Subdirector del Complejo Educativo "Cantón El Coco" (10256), según los siguientes datos: Partidas 22, 58 y 64; Subnúmeros 1872, 50 y 1332 del Acuerdo de Refrenda y Reorganización de Personal Docente No. 02-0001, de fecha 05 de enero de 2015, Cifras Presupuestarias: 2015-3100-3-05-01-21-1-51101 y 2015-3100-3-05-01-21-1-51104.
Lo anterior se pone en conocimiento del público, para que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a hacer uso de éste, a más tardar dentro de los tres días subsiguientes a la última publicación de este aviso.
Coordinadora de la Unidad de Desarrollo Humano del Ministerio de Educación, en el Departamento de Santa Ana, a los dieciséis días del mes de marzo de dos mil quince.
INGENIERA TANYA RAQUEL PIMENTEL DE MELENDEZ,
COORDINADORA DE DESARROLLO HUMANO
DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN, SANTA ANA.
3 v. 1v. c/3 d. No. F047556 -2
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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
TÍTULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado,
JOSÉ FRANCISCO VELASQUEZ GÓMEZ, mayor de edad, Abogado
del Domicilio de esta Ciudad, Departamento de San Miguel, portador de
su Tarjeta de Abogado número Dos cero dos nueve cuatro; en su calidad
de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de la señora:
BLANCA DALIA PADILLA VIUDA DE ZELAYA, solicitando se le
extienda TÍTULO MUNICIPAL A FAVOR de su representada; sobre
un terreno de naturaleza urbana, situado en la segunda calle Oriente
y la Octava Av. Sur del Barrio Roma de esta Ciudad, de Ciudad Ba-
rrios, Departamento de San Miguel, con una Capacidad Superfi cial de
DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES PUNTO NOVENTA Y SIETE
METROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes:
AL ORIENTE: mide once metros noventa centímetros colinda con la
señora Dora Álvarez, cerco de alambre de por medio; AL NORTE:
mide veintiséis metros dieciocho centímetros, colinda con el señor Juan
Francisco Carballo Cáceres, calle pública de por medio ; AL PONIEN-
TE: mide ocho metros con noventa y nueve centímetros, colinda con la
señora Ana Graciela Trejo, calle pública de por medio. AL SUR: mide
veintiocho metros con veintiún centímetros en tres tiros: El primero de
poniente a oriente mide diez metros con setenta centímetros; el segundo
de norte a sur mide dos metros con setenta y cinco centímetros y el tercero
de poniente a oriente de catorce metros con setenta y seis centímetros
colindando con propiedad del señor Rigoberto Zelaya. Actualmente en
el inmueble descrito se encuentra construida una casa que mide ocho
metros de largo por ocho metros de ancho, paredes de adobe revestida de
ladrillo y techo de teja, y la titulante la adquirió por Compra Verbal que
le hizo el señor: DAVID TREJO; en el año de mil novecientos setenta, el
referido inmueble no es dominante ni sirviente, no está en proindivisión
con nadie o de ajena pertenencia y lo valora en la suma de DIEZ MIL
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Lo que hago del conocimiento público para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de Ciudad Barrios, Departamento de San
Miguel, a los veintitrés días del mes de febrero de dos mil quince.-
RENE WILFREDO GÓMEZ ESCOBAR, ALCALDE MUNICIPAL.
FLOR ESTELA RIVAS DE QUINTANILLA, SECRETARIA
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C010468-2
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2015141498
No. de Presentación: 20150213620
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CECILIA
DOLORES MARTÍNEZ OLMEDO, en su calidad de REPRESENTAN-
TE LEGAL de NEUROLAB, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: la palabra NEUROLAB y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS MEDICOS. Clase: 44.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos
mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintitrés de febrero del año dos mil quince.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010471-2
No. de Expediente: 2014139606
No. de Presentación: 20140209591
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CLAUDIA
MARCELA VELASCO ZARAGOZA, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras MALACATE BARBER CLUB y
diseño donde la palabra Barber se traduce al castellano como Barbero,
que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE BARBERIA, PELU-
QUERIA Y DE BELLEZA EN GENERAL. Clase: 44.
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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
La solicitud fue presentada el día siete de noviembre del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de enero del año dos mil quince.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010472-2
No. de Expediente: 2013126689
No. de Presentación: 20130183864
CLASE: 37.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de GENE-
RAL MOTORS LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
CADILLAC
Consistente en: la palabra CADILLAC, que servirá para: AM-
PARAR: SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, REPARACIÓN,
REVISIÓN DE AUTOMOTORES, MOTORES DE VEHÍCULOS
AUTOMOTORES Y PARTES DE AUTOMOTORES. Clase: 37.
La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de enero del año dos mil quince.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010486-2
No. de Expediente: 2014139266
No. de Presentación: 20140209067
CLASE: 45.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSE
FRANCISCO GUERRERO CHACON, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra DUOLEX y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE ASESORÍA JURÍDICA, ABOGACÍA
Y NOTARIADO. Clase: 45.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de octubre del año
dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
seis de noviembre del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010498-2
No. de Expediente: 2015141869
No. de Presentación: 20150214288
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSUE
VLADIMIR RIVERA MARTÍNEZ, en su calidad de REPRESEN-
TANTE LEGAL de T-COMUNICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
DIARIO
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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: T-COMUNICO, S.A. DE C.V.,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión T-COMUNICO y diseño, que servirá
para: AMPARAR: COMPRA Y VENTA DE REPUESTOS Y ACCE-
SORIOS PARA CELULARES. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil
quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de marzo del año dos mil quince.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010500-2
No. de Expediente: 2015141807
No. de Presentación: 20150214195
CLASE: 37.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RI-
CARDO SOSA ORELLANA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
GLOBAL SERVICES
Consistente en: las palabras GLOBAL SERVICES, que se traducen
al castellano como Servicios Global, que servirá para: AMPARAR:
INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE CON-
DOMINIOS, RESIDENCIALES Y OFICINAS. Clase: 37.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de febrero del año dos
mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de marzo del año dos mil quince.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010505-2
No. de Expediente: 2015141806
No. de Presentación: 20150214194
CLASE: 45.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RI-
CARDO SOSA ORELLANA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
Consistente en: las palabras GLOBAL SECURITY y diseño que
se traducen al castellano como Seguridad global, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE SEGURIDAD INTEGRAL. Clase: 45.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de febrero del año dos
mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de marzo del año dos mil quince.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010506-2
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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
No. de Expediente: 2015141780
No. de Presentación: 20150214152
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS AN-
TONIO SURIANO SIU SHI, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
Consistente en: la expresión YOI y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: SERVICIOS DE DISEÑO Y DESARROLLO DE EQUIPO
INFORMÁTICO Y DE SOFTWARE, INCLUYENDO: SOFTWARE
[APLICACIÓN] PARA TELÉFONOS Y DISPOSITIVOS MÓVILES.
Clase: 42.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de febrero del año
dos mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de marzo del año dos mil quince.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMÍ PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010508-2
No. de Expediente: 2015141618
No. de Presentación: 20150213811
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
PASTRANA PALOMO, de nacionalidad SALVADOREÑA; ANGEL A
AMANDA MARTÍNEZ MONGE, de nacionalidad SALVADOREÑA;
JORGE ALBERTO OVIEDO MACHUCA, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA; ROBERTO OSWALDO LOPEZ SALAZAR, de nacio-
nalidad SALVADOREÑA y BRENDA JACKELYNE RODRIGUEZ
HERCULES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en calidad de PRO-
PIETARIOS, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras CORO RENACER y diseño, que servirá
para: AMPARAR ENTRETENIMIENTO MUSICAL. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año
dos mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dos de marzo del año dos mil quince.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010548-2
REPOSICIÓN DE PÓLIZA DE SEGUROS
AVISO
MAPFRE La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del pú-
blico en general, que se ha presentado CARLOS EDUARDO SAADE
HASBUN del domicilio de SAN SALVADOR, solicitando reposición de
su póliza de seguro de vida 90010026 emitida el 11/01/1990. Si dentro
de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se
presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 16 de marzo de 2015.
ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,
RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.
3 v. alt. No. C010469-2
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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2008075210
No. de Presentación: 20080107282
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de SHIN
NIPPON SEITETSU KABUSHIKI KAISHA (NIPPON STEEL COR-
PORATION), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de
la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la expresión NIPPON STEEL, la palabra STEEL
se traduce al castellano como ACERO, que servirá para: AMPARAR:
ALEACIONES DE METAL COMÚN; ALUMINIO; PAPEL ALUMI-
NIO; ALAMBRE DE ALUMINIO; BOLAS DE ACERO; CAJAS DE
METAL COMÚN; SOPORTES DE METAL PARA CONSTRUIR;
LATÓN, EN BRUTO O SEMI-FORJADO; ALEACIONES PARA
SOLDADURA; BARRAS DE METAL PARA SOLDAR; TABLAS DE
METAL PARA CONSTRUCCIÓN; ACCESORIOS DE CONSTRUC-
CIÓN O PARA MUEBLE DE PLATA-NÍQUEL; CONSTRUCCIONES
DE METAL; EMPALMES DE CABLE DE METAL, NO ELÉCTRI-
COS; HIERRO FUNDIDO, EN BRUTO O SEMI-FORJADO; ACERO
FUNDIDO; METALES COMUNES, EN BRUTO O SEMI-FORJADOS;
CONTENEDORES DE METAL PARA ALMACENAJE; CONTENE-
DORES DE METAL PARA TRANSPORTE; COBRE, EN BRUTO
O SEMI-FORJADO; VALLAS PROTECTORAS DE METAL PARA
CAMINOS; ACCESORIOS DE METAL PARA CONSTRUCCIÓN;
BRIDAS DE METAL (COLLARES); MOLDES DE FUNDICIÓN DE
METAL; ESTRUCTURA DE METAL PARA CONSTRUCCIÓN;
SOLDADURA DE ORO; EQUIPO (HARDWARE). DE METAL, PE-
QUEÑO; INDIO (METAL PLATEADO); LINGOTES DE METALES
COMUNES; MINERALES DE HIERRO; HIERRO, EN BRUTO O
SEMI-FORJADO; ALAMBRE DE HIERRO; VIGUETAS DE METAL;
PLOMO, EN BRUTO O SEMI-FORJADO; REVESTIMIENTO DE
METAL (PARA CONSTRUCCIÓN); CUBIERTAS METÁLICAS
DE ALCANTARILLADO; TUBOS MÚLTIPLE DE METAL PARA
TUBERÍAS; MATERIALES METÁLICOS PARA VÍAS PERMANEN-
TES DE VÍAS FÉRREAS FUNICULARES; METALES EN FORMA
DE POLVO; NÍQUEL; NIOBIO; NUECES DE METAL; PILARES
DE METAL PARA CONSTRUCCIÓN; CUBIERTAS PARA TUBO
DE METAL; POSTES DE METAL; SOPORTES DE METAL; ATA-
DURAS FERROVIARIAS DE METAL; RIELES DE METAL; MA-
TERIAL FERROVIARIO DE METAL; PUNTOS FERROVIARIOS;
DURMIENTES FERROVIARIOS DE METAL; INTERRUPTORES
FERROVIARIOS; MATERIALES DE REFUERZO DE METAL
PARA CONSTRUCCIÓN; RIMEROS DE HOJAS DE METAL;
LÁMINAS Y PLACAS DE METAL; ALEACIÓN DE ESTAÑO DE
BAÑO DE PLATA; SOLDADURA DE PLATA; MANGUITOS DE
ENCHUFE (EQUIPO (HARDWARE) DE METAL); ALAMBRE DE
METAL PARA SOLDAR; RESORTES (EQUIPO (HARDWARE)
DE METAL); ALEACIONES DE ACERO; CONSTRUCCIONES DE
ACERO; TUBERÍAS DE ACERO; LAMINAS DE ACERO; TIRAS
DE ACERO; ACERO, EN BRUTO O SEMI-FORJADO; ALAMBRE
DE ACERO; GRADAS (ESCALERAS) DE METAL; CUELLOS
PARA TAPONES DE METAL; TAPONES DE METAL; BANDA-
BISAGRAS DE METAL; TANTALIO (METAL); ESTAÑO; PAPEL
DE ESTAÑO; HOJALATA; ENVASES DE HOJALATA; TITANIO;
HIERRO DE TITANIO; TOMBAC (ALEACIÓN DE COBRE Y
ZINC); ENREJADO DE METAL; TUBOS DE METAL; TUNGSTE-
NO; GIRA DISCOS (FERROVIARIO); VANADIO; BARRAS DE
METAL PARA SOLDAR; ALAMBRE DE GASA; ALAMBRE DE
METAL COMÚN; ALAMBRE DE ALEACIONES COMUNES DE
METAL, EXCEPTO ALAMBRE PARA FUNDIR; CUERDA DE
ALAMBRE; ZIRCONIO; BARRAS DE ACERO; FILAMENTOS DE
ACERO; CABLES DE ACERO; FORMAS DE ACERO; ALAMBRE
DE METAL PARA SOLDAR; PLACA PESADA; HOJAS Y ROLLOS
DE ACERO ENROLLADAS CALIENTES; HOJAS Y ROLLOS DE
ACERO ENROLLADAS EN FRÍO; HOJAS Y ROLLOS DE ACERO
LIBRES DE ESTAÑO; LAMINAS DE ACERO ELÉCTRICAS; LA-
MINAS Y ROLLOS GALVANIZADOS. Clase: 06.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dos
mil ocho.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de enero del año dos mil quince.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010474-2
No. de Expediente: 2015141078
No. de Presentación: 20150212669
CLASE: 09, 18, 25, 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
Mizuno Corporation, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: un diseño identifi cado como Runbird Logo, que
servirá para: AMPARAR: CASCOS PARA RECEPTOR DE BÉIS-
BOL (CATCHER); CASCOS CONTRA GOLPES DE BÉISBOL;
CASCOS DE BATEO DE SOFTBOL; ACCESORIOS DE CASCO
DE PROTECCIÓN PARA DEPORTES QUE SE ADHIEREN A
LOS CASCOS, A SABER, PROTECTORES BUCALES, ALMO-
HADILLAS PARA OREJAS, PROTECTORES PARA CUELLO,
CORREAS DE LA BARBILLA, MASCARILLAS, ALMOHADILLAS
DE MANDIBULA Y PROTECCIONES PARA LOS OJOS. Clase: 09.
Para: AMPARAR: CUERO Y PIEL, A SABER, PIEL ARTIFICIAL,
PIELES DE PELETERIA, PIELES VENDIDAS A GRANEL, PIEL
SINTÉTICA; BOLSAS, A SABER, BOLSAS DE DEPORTE PARA
TODO USO, MOCHILAS, BOLSAS DE LONA, PORTAFOLIOS,
BOLSAS DE LONA CON RUEDAS, RIÑONERAS, BOLSAS PARA
GIMNASIO, BOLSOS TIPO TOTE Y DE VIAJE; MOCHILAS (KNAP
SACKS), MALETINES; MORRALES; ESTUCHES PORTÁTILES
PARA UTENSILIOS COSMÉTICOS VENDIDOS VACIOS; ACCE-
SORIOS DE METAL PARA BOLSAS DE DEPORTE PARA TODO
USO, MOCHILAS, BOLSAS DE LONA, RIÑONERAS, BOLSOS
PARA GIMNASIO, BOLSOS TIPO TOTE, BOLSOS DE VIAJE,
MOCHILAS (KNAP SACKS) Y MORRALES; MARCOS DE CAR-
TERA; PARAGUAS Y SOMBRILLAS; BASTONES; ACCESORIOS
DE METAL PARA BASTONES; MANGOS PARA BASTONES;
MANTAS PARA CABALLOS; ROPA PARA ANIMALES; SOM-
BRILLAS DE GOLF. Clase: 18. Para: AMPARAR: PRENDAS DE
VESTIR, A SABER, CALZONCILLOS, PANTALONES CORTOS,
CALCETINES, PANTALONES, CAMISAS, SUDADERAS, ABRI-
GOS, CAMISETAS INTERIORES, CALZONCILLOS, CAMISAS,
SUÉTERES DE CUELLO ALTO, CALZONES DE BAÑO, CHAQUE-
TAS INCLUYENDO: CHAQUETAS RESISTENTES AL VIENTO,
MEDIAS, CHALECOS, GORROS, MUÑEQUERAS, SOMBREROS,
CAMISETAS SIN MANGAS, SOSTENES DEPORTIVOS, BRAGAS
[ROPA INTERIOR], GORRAS, VISERAS Y GUANTES, LIGAS, LI-
GUEROS, TIRANTES, CINTURONES, CALZADO INCLUYENDO:
ZAPATOS DEPORTIVOS, ZAPATOS DEPORTIVOS ESPECIALES,
ZAPATOS DE BÉISBOL, ZAPATOS DE VOLEIBOL, ZAPATOS DE
FÚTBOL, ZAPATOS DE GOLF, TRAJES DE DISFRACES, ROPA DE
DEPORTES ESPECIALES, A SABER, UNIFORMES DEPORTIVOS
Y CAMISAS DE DEPORTE, PANTALONES CORTOS PARA DE-
PORTE, CAMISETAS, GUANTES PARA ESQUIAR, PANTALONES
DE DESLIZAMIENTO DE BÉISBOL, CAMISAS DE BÉISBOL,
CHAQUETAS DE BÉISBOL, CAMISAS DE VOLEIBOL, CAMISAS
PARA CORRER, CHAQUETAS PARA CORRER, PANTALONES
PARA CORRER, Y VESTIMENTA PARA JUDO Y KARATE, A
SABER, ALBORNOCES. Clase: 25. Para: AMPARAR: EQUIPO
DE BÉISBOL, A SABER, GUANTES DE BÉISBOL Y MITONES,
GUANTES DE BATEO DE BÉISBOL, GUARDIAS PARA PIERNA
DEL RECEPTOR (CATCHER), BATES DE BÉISBOL, ESTUCHES
Y BOLSAS ADAPTADAS ESPECIFICAMENTE PARA MASCARI-
LLAS PROTECTORAS DEL RECEPTOR (CATCHER), PROTEC-
TORES DE PECHO DEL RECEPTOR (CATCHER); CANILLERAS;
EQUIPO DE GOLF, A SABER, BOLSAS DE GOLF, PALOS DE GOLF,
MANGOS DE PALOS DE GOLF, SOPORTES (TEE) DE BOLA DE
GOLF, COBERTORES DE CABEZA PARA GOLF, ESTUCHES DE
PELOTAS DE GOLF, ESTUCHES PARA PALOS DE GOLF, PELO-
TAS DE GOLF, GUANTES DE GOLF; MAQUINAS Y APARATOS
DE JUEGO, A SABER, MÁQUINAS DE SALÓN DE JUEGOS,
MAQUINAS DE VIDEOJUEGOS, MAQUINAS DE JUEGOS LCD,
MAQUINAS DE VIDEOJUEGOS DOMESTICOS, MAQUINAS DE
PINBALL HORIZONTALES (MAQUINAS DE JUEGO KORINTO), Y
UNIDADES PORTÁTILES PARA JUEGOS ELECTRÓNICOS; SETS
DE JUEGO GO; JUEGOS DE AJEDREZ JAPONÉS; TARJETAS DE
JUEGO DE VERSOS (UTAGARUTA); DADOS; JUEGOS DE DADOS
JAPONESES (SUGOROKU); TAZAS PARA DADOS; JUEGOS DE
DAMAS CHINAS; JUEGOS DE AJEDREZ; JUEGOS DE DAMAS;
TRUCOS DE MAGIA; JUEGOS DE DOMINO; JUEGOS DE CARTAS;
JUEGOS PARA CARTAS (HANAFUDA); JUEGOS DE ROMPECA-
BEZAS MAHJONG; EQUIPOS DE BLLAR; JUGUETES, A SABER,
FIGURAS DE ACCIÓN, JUGUETES DE ACCIÓN ELECTRÓNICOS,
JUGUETES ELECTRÓNICOS DE APRENDIZAJE; MUÑECAS;
JUGUETES PARA MASCOTAS; ACEITE PARA EL CUIDADO
DE GUANTE DE BÉISBOL, ALMOHADILLAS PARA GOLPE DE
GUANTES DE BÉISBOL, ENVOLTURAS PARA GUANTE DE BÉIS-
BOL, MAZOS PARA DAR FORMA A LOS GUANTES DE BÉISBOL,
MASCARILLAS PARA RECEPTOR (CATCHER), TOBILLERAS,
RODILLERAS PARA USO DEPORTIVO, PROTECTORES DE
RODILLA PARA USO DEPORTIVO, CORREA PARA BARBILLA,
EMPUÑADORAS DE BATE DE BÉISBOL, BATES DE BÉISBOL,
BOLSAS PARA BATES DE BÉISBOL; CABEZAS DE PALOS DE
GOLF; CERA PARA ESQUÍS; APAREJOS DE PESCA; MAQUINAS
DE JUEGOS DE ENTRETENIMIENTO Y APARATOS PARA USO
EN PARQUES DE ATRACCIONES (EXCEPTO LAS MAQUINAS
PARA SALÓN DE VIDEOJUEGOS) A SABER, ATRACCIONES Y
VUELTAS EN PARQUES DE DIVERSIONES Y DE FERIAS, AR-
TÍCULOS DEPORTIVOS, A SABER, MUÑEQUERAS CON PESO
PARA EL EJERCICIO, GUANTES DE FUTBOL, ROPA PARA
JUDO Y KARATE, A SABER, GUANTES, PROTECTORES PARA
CABEZA, Y CANILLERAS, PELOTAS DE VOLEIBOL, PELOTAS
DE BÉISBOL, GUANTES DE BÉISBOL, BATES DE BÉISBOL, PA-
LOS DE GOLF, RAQUETAS DE TENIS, GUANTES DE HOCKEY,
GUANTES DE ESGRIMA, GUANTES DE GOLF, MASCARILLAS
DE DEPORTE, A SABER, DE BÉISBOL, SOFTBALL, FÚTBOL,
HOCKEY SOBRE HIELO, HOCKEY SOBRE CÉSPED Y KARATE,
GAFAS PARA INMERSIÓN Y ESQUI Y ALMOHADILLAS PRO-
TECTORAS DEPORTIVAS, A SABER, ALMOHADILLAS PARA
EL CODO, LA MANO, LA CANILLA, EL HOMBRO, Y PATADA
DE KARATE. Clase: 28.
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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos
mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de enero del año dos mil quince.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIÉRREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010475-2
No. de Expediente: 2015141079
No. de Presentación: 20150212670
CLASE: 09, 18, 25, 28.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
Mizuno Corporation, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO,
MIZUNO
Consistente en: la papabra MIZUNO, que servirá para: AMPA-
RAR: CASCOS PARA RECEPTOR DE BEISBOL (CATCHER);
CASCOS CONTRA GOLPES DE BÉISBOL; CASCOS DE BATEO
DE SOFTBOL; ACCESORIOS DE CASCO DE PROTECCION PARA
DEPORTES QUE SE ADHIEREN A LOS CASCOS, A SABER,
PROTECTORES BUCALES, ALMOHADILLAS PARA OREJAS,
PROTECTORES PARA CUELLO, CORREAS DE LA BARBILLA,
MASCARILLAS, ALMOHADILLAS DE MANDÍBULA Y PROTEC-
CIONES PARA LOS OJOS. Clase: 09. Para: AMPARAR: CUERO Y
PIEL, A SABER, PIEL ARTIFICIAL, PIELES DE PELETERIA, PIELES
VENDIDAS A GRANEL, PIEL SINTETICA; BOLSAS, A SABER,
BOLSAS DE DEPORTE PARA TODO USO, MOCHILAS, BOLSAS
DE LONA, PORTAFOLIOS, BOLSAS DE LONA CON RUEDAS,
RIÑONERAS, BOLSAS PARA GIMNASIO, BOLSOS TIPO TOTE
Y DE VIAJE; MOCHILAS (KNAP SACKS), MALETINES; MORRA-
LES; ESTUCHES PORTATILES PARA UTENSILIOS COSMETICOS
VENDIDOS VACIOS; ACCESORIOS DE METAL PARA BOLSAS
DE DEPORTE PARA TODO USO, MOCHILAS, BOLSAS DE LONA,
RIÑONERAS, BOLSOS PARA GIMNASIO, BOLSOS TIPO TOTE,
BOLSOS DE VIAJE, MOCHILAS (KNAP SACKS) Y MORRALES;
MARCOS DE CARTERA; PARAGUAS Y SOMBRILLAS; BASTO-
NES; ACCESORIOS DE METAL PARA BASTONES; MANGOS
PARA BASTONES; MANTAS PARA CABALLOS; ROPA PARA
ANIMALES; SOMBRILLAS DE GOLF. Clase: 18. Para: AMPARAR:
PRENDAS DE VESTIR, A SABER, CALZONCILLOS, PANTALONES
CORTOS, CALCETINES, PANTALONES, CAMISAS, SUDADE-
RAS, ABRIGOS, CAMISETAS INTERIORES, CALZONCILLOS,
CAMISAS, SUETERES DE CUELLO ALTO, CALZONES DE BAÑO,
CHAQUETAS INCLUYENDO: CHAQUETAS RESISTENTES AL
VIENTO, MEDIAS, CHALECOS, GORROS, MUÑEQUERAS, SOM-
BREROS, CAMISETAS SIN MANGAS, SOSTENES DEPORTIVOS,
BRAGAS [ROPA INTERIOR], GORRAS, VISERAS Y GUANTES,
LIGAS, LIGUEROS, TIRANTES, CINTURONES, CALZADO IN-
CLUYENDO: ZAPATOS DEPORTIVOS, ZAPATOS DEPORTIVOS
ESPECIALES, ZAPATOS DE BEISBOL, ZAPATOS DE VOLEIBOL,
ZAPATOS DE FUTBOL, ZAPATOS DE GOLF, TRAJES DE DISFRA-
CES, ROPA DE DEPORTES ESPECIALES, A SABER, UNIFORMES
DEPORTIVOS Y CAMISAS DE DEPORTE, PANTALONES COR-
TOS PARA DEPORTE, CAMISETAS, GUANTES PARA ESQUIAR,
PANTALONES DE DESLIZAMIENTO DE BEISBOL, CAMISAS DE
BEISBOL, CHAQUETAS DE BEISBOL, CAMISAS DE VOLEIBOL,
CAMISAS PARA CORRER, CHAQUETAS PARA CORRER, PANTA-
LONES PARA CORRER, Y VESTIMENTA PARA JUDO Y KARATE,
A SABER, ALBORNOCES. Clase: 25. Para: AMPARAR: EQUIPO
DE BEISBOL, A SABER, GUANTES DE BEISBOL Y MITONES,
GUANTES DE BATEO DE BEISBOL, GUARDIAS PARA PIERNA
DEL RECEPTOR (CATCHER), BATES DE BEISBOL, ESTUCHES
Y BOLSAS ADAPTADAS ESPECIFICAMENTE PARA MASCARI-
LLAS PROTECTORAS DEL RECEPTOR (CATCHER), PROTEC-
TORES DE PECHO DEL RECEPTOR (CATCHER); CANILLERAS;
EQUIPO DE GOLF, A SABER, BOLSAS DE GOLF, PALOS DE GOLF,
MANGOS DE PALOS DE GOLF, SOPORTES (TEE) DE BOLA DE
GOLF, COBERTORES DE CABEZA PARA GOLF, ESTUCHES DE
PELOTAS DE GOLF, ESTUCHES PARA PALOS DE GOLF, PELO-
TAS DE GOLF, GUANTES DE GOLF; MAQUINAS Y APARATOS
DE JUEGO, A SABER, MAQUINAS DE SALON DE JUEGOS,
MAQUINAS DE VIDEOJUEGOS, MAQUINAS DE JUEGOS LCD,
MAQUINAS DE VIDEOJUEGOS DOMESTICOS, MAQUINAS DE
PINBALL HORIZONTALES (MAQUINAS DE JUEGO KORINTO), Y
UNIDADES PORTATILES PARA JUEGOS ELECTRONICOS; SETS
DE JUEGO GO; JUEGOS DE AJEDREZ JAPONES; TARJETAS DE
JUEGO DE VERSOS (UTAGARUTA); DADOS; JUEGOS DE DADOS
JAPONESES (SUGOROKU); TAZAS PARA DADOS; JUEGOS DE
DAMAS CHINAS; JUEGOS DE AJEDREZ; JUEGOS DE DAMAS;
TRUCOS DE MAGIA; JUEGOS DE DOMINO; JUEGOS DE CARTAS;
JUEGOS PARA CARTAS (HANAFUDA); JUEGOS DE ROMPECA-
BEZAS MAHJONG; EQUIPOS DE BILLAR; JUGUETES, A SABER,
FIGURAS DE ACCION, JUGUETES DE ACCIÓN ELECTRONICOS,
JUGUETES ELECTRÓNICOS DE APRENDIZAJE; MUÑECAS;
JUGUETES PARA MASCOTAS; ACEITE PARA EL CUIDADO
DE GUANTE DE BEISBOL, ALMOHADILLAS PARA GOLPE DE
GUANTES DE BEISBOL, ENVOLTURAS PARA GUANTE DE BEIS-
BOL, MAZOS PARA DAR FORMA A LOS GUANTES DE BEISBOL,
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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
MASCARILLAS PARA RECEPTOR (CATCHER), TOBILLERAS,
RODILLERAS PARA USO DEPORTIVO, PROTECTORES DE
RODILLA PARA USO DEPORTIVO, CORREA PARA BARBILLA,
EMPUÑADURAS DE BATE DE BEISBOL, BATES DE BEISBOL,
BOLSAS PARA BATES DE BEISBOL; CABEZAS DE PALOS DE
GOLF; CERA PARA ESQUIS; APAREJOS DE PESCA; MAQUINAS
DE JUEGOS DE ENTRETENIMIENTO Y APARATOS PARA USO
EN PARQUES DE ATRACCIONES (EXCEPTO LAS MAQUINAS
PARA SALON DE VIDEOJUEGOS) A SABER, ATRACCIONES Y
VUELTAS EN PARQUES DE DIVERSIONES Y DE FERIAS, AR-
TICULOS DEPORTIVOS, A SABER, MUÑEQUERAS CON PESO
PARA EL EJERCICIO, GUANTES DE FUTBOL, ROPA PARA
JUDO Y KARATE, A SABER, GUANTES, PROTECTORES PARA
CABEZA, Y CANILLERAS, PELOTAS DE VOLEIBOL, PELOTAS
DE BEISBOL, GUANTES DE BEISBOL, BATES DE BEISBOL, PA-
LOS DE GOLF, RAQUETAS DE TENIS, GUANTES DE HOCKEY,
GUANTES DE ESGRIMA, GUANTES DE GOLF, MASCARILLAS
DE DEPORTE, A SABER, DE BEISBOL, SOFTBALL, FUTBOL,
HOCKEY SOBRE HIELO, HOCKEY SOBRE CESPED Y KARATE,
GAFAS PARA INMERSIÓN Y ESQUI Y ALMOHADILLAS PRO-
TECTORAS DEPORTIVAS, A SABER, ALMOHADILLAS PARA
EL CODO, LA MANO, LA CANILLA, EL HOMBRO, Y PATADA
DE KARATE. Clase: 28.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos
mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dos de febrero del año dos mil quince.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010476-2
No. de Expediente: 2014138092
No. de Presentación: 20140206655
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de NISSIN
FOODS HOLDINGS CO., LTD., de nacionalidad JAPONESA, solici-
tando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra NISSIN y diseño, que servirá para:
AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE
DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS,
HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS,
SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUE-
VOS; LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS
COMESTIBLES; SOPAS INCLUYENDO: SOPAS INSTANTÁNEAS,
SOPAS DE FIDEOS INSTANTÁNEOS, SOPAS DE FIDEOS; PRE-
PARACIONES PARA HACER SOPAS, CALDO, CONCENTRADOS
DE CALDO, CONSOMÉ, CONSOMÉ CONCENTRADO; MEZCLAS
SECAS PARA SOPAS, ALGAS PROCESADAS Y EN CONSERVA,
PRODUCTOS CÁRNICOS PROCESADOS Y EN CONSERVA; Y
MARISCOS PROCESADOS Y EN CONSERVA. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de enero del año dos mil quince.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010477-2
No. de Expediente: 2014137298
No. de Presentación: 20140205144
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PEPSICO,
INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de
la MARCA DE PRODUCTO,
SILVER TAZOS
Consistente en: las palabras SILVER TAZOS, que al idioma caste-
llano se traduce como plata, que servirá para: AMPARAR: ARROZ;
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TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA, INCLUYENDO: PALOMITAS DE MAÍZ Y MANÍ CONFITADOS, EXCLUYENDO: CONFITERÍA CONGELADA; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); RE-FRIGERIOS QUE CONSISTEN PRINCIPALMENTE DE: HARINA, GRANOS, MAÍZ, CEREALES, ARROZ, PRODUCTOS VEGETALES O COMBINACIÓN DE LOS MISMOS ENTRE ELLOS, CHIPS DE MAÍZ, FRITURA DE MAÍZ, CHIPS DE TORTILLA, CHIPS DE PITA, CHIPS DE ARROZ, PASTELITOS DE ARROZ Y PRODUCTOS DE PASTEL DE ARROZ, GALLETAS DE ARROZ, GALLETAS SALADAS, CRACKERS, PRETZELS, PALOMITAS DE MAÍZ, SALSAS: SALSAS PARA UNTAR REFRIGERIOS, BARRAS DE REFRIGERIOS. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de febrero del año dos mil quince.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010478-2
No. de Expediente: 2015141130
No. de Presentación: 20150212761
CLASE: 29, 30, 31.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de HERDEZ, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
BUFI Consistente en: la palabra BUFI, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; EX-TRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCI-DAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29. Para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARA-CIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTE-LERIA Y CONFITERIA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30. Para: AMPARAR: GRANOS Y PRODUCTOS AGRICOLAS,
HORTICOLAS Y FORESTALES, NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ANIMALES VIVOS; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALI-ZAS Y LEGUMBRES FRESCAS; SEMILLAS; PLANTAS Y FLORES NATURALES; ALIMENTOS PARA ANIMALES; MALTA. Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dos mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de febrero del año dos mil quince.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010479-2
No. de Expediente: 2015141074
No. de Presentación: 20150212665
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PEPSICO, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
ESTA NAVIDAD ESPERA LO INESPERADO
Consistente en: las palabras ESTA NAVIDAD ESPERA LO INES PERADO, que servirá para: AMPARAR: AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS. Clase: 32.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil quince.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010480-2
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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
No. de Expediente: 2015140915
No. de Presentación: 20150212339
CLASE: 07.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO
de KAESER KOMPRESSOREN SE, de nacionalidad ALEMANA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
i.Comp
Consistente en: la expresión i.Comp, que servirá para: AMPARAR:
COMPRESORES (MAQUINAS). Clase: 07.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de enero del año dos
mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de enero del año dos mil quince.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010481-2
No. de Expediente: 2013127871
No. de Presentación: 20130186134
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FERNANDO
ANTONIO BENITEZ PINEDA, en su calidad de APODERADO de
COLGATE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
SUAVITEL PEACH HARMONY
Consistente en: las palabras SUAVITEL PEACH HARMONY,
traducido al castellano como: suavitel armonía de durazno, que servirá
para: AMPARAR: SUAVIZANTES PARA LA ROPA. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de junio del año dos mil trece.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010483-2
No. de Expediente: 2015141075
No. de Presentación: 20150212666
CLASE: 33.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Constella-
tion Brands U.S. Operations, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
MONDAVI
Consistente en: la palabra MONDAVI, que servirá para: AMPA-
RAR: BEBIDAS ALCOHÓLICAS (EXCEPTO CERVEZA), INCLU-
YENDO VINOS. Clase: 33.
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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos
mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de enero del año dos mil quince.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010487-2
No. de Expediente: 2015141146
No. de Presentación: 20150212779
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société
des Produits Nestlé S. A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO,
JUGOSO AL SARTEN
Consistente en: las palabras JUGOSO AL SARTEN, que servirá
para: AMPARAR: SALSAS; SALSA DE SOYA; KETCHUP; PRO-
DUCTOS PARA AROMATIZAR O SAZONAR LOS ALIMENTOS,
ESPECIAS COMESTIBLES, CONDIMENTOS, SALSA PARA EN-
SALADA, MAYONESA; MOSTAZA; VINAGRE. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dos
mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dos de febrero del año dos mil quince.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIÉRREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010490-2
No. de Expediente: 2014137579
No. de Presentación: 20140205602
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de GLAXO
GROUP LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO,
ROTAHALER
Consistente en: la palabra ROTAHALER, que servirá para: AM-
PARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS MÉDICOS Y QUIRÚR-
GICOS, PARTES Y ACCESORIOS DE LOS PRODUCTOS ANTES
MENCIONADOS. Clase: 10.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de febrero del año dos mil quince.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010491-2
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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
No. de Expediente: 2015141073
No. de Presentación: 20150212664
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
BORYUNG PHARMACEUTICAL CO., LTD., de nacionalidad CO-
REANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
DIARAKOR
Consistente en: la palabra DIARAKOR, que servirá para: AMPA-
RAR: SUSTANCIAS FARMACÉUTICAS PARA LA PREVENCIÓN Y
TRATAMIENTO DE LA HIPERTENSIÓN; CÁPSULAS PARA MEDI-
CAMENTOS; FÁRMACOS PARA USO MÉDICO; PREPARACIONES
QUÍMICAS PARA PROPÓSITOS MÉDICOS; PREPARACIONES
FARMACÉUTICAS; PREPARACIONES DIAGNÓSTICAS PARA
USO MÉDICO Y ANTIHIPERTENSIVOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos
mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dos de febrero del año dos mil quince.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010492-2
No. de Expediente: 2013127870
No. de Presentación: 20130186133
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FERNANDO
ANTONIO BENITEZ PINEDA, en su calidad de APODERADO de
COLGATE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
SUAVITEL ARMONIA DE DURAZNO
Consistente en: las palabras SUAVITEL ARMONIA DE DURAZ-
NO, que servirá para: AMPARAR: SUAVIZANTES PARA LA ROPA.
Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de junio del año dos mil trece.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010493-2
No. de Expediente: 2013128992
No. de Presentación: 20130187993
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FERNANDO
ANTONIO BENITEZ PINEDA, en su calidad de APODERADO de
Colgate-Palmolive Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
LADY SPEED STICK FRESCO
Consistente en: las palabras LADY SPEED STICK FRESCO,
traducida al castellano la palabra Lady es dama, Speed como Rápido
y Stick es Barra, que servirá para: AMPARAR: DESODORANTE Y
ANTITRANSPIRANTE PARA USO PERSONAL. Clase: 03.
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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de agosto del año dos mil trece.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010494-2
No. de Expediente: 2014136944
No. de Presentación: 20140204383
CLASE: 18.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JUAN JOSE
FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO
de LINKINVEST, INC., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra monett y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTOS DE CUERO E IMITACIONES DE CUERO;
TALES COMO: PIELES DE ANIMALES; BAÚLES Y MALETAS;
PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES; FUSTAS Y GUARNI-
CIONERIA; BILLETERAS, MONEDEROS, BOLSOS, CARTERAS,
BOLSAS DE CUERO PARA LLEVAR NIÑOS, BOLSAS PARA
HERRAMIENTAS, BOLSAS DE MALLA; BOLSAS PARA LA COM-
PRA, BOLSAS DE VIAJE, PORTA DOCUMENTOS, MOCHILAS,
MORRALES, RIÑONERAS, MALETINES, VALIJAS DE CUERO;
CORREAS DE CUERO; PARASOLES; BOZALES, RIENDAS PARA
CABALLO, FUNDAS DE SILLAS DE MONTAR PARA CABALLOS,
ESTRIBERAS; CAJAS DE FIBRA VULCANIZADA; FORRO DE
CUERO PARA CALZADO, CORDONES DE CUERO. Clase: 18.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de julio del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintitrés de octubre del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010497-2
No. de Expediente:2014138404
No. de Presentación:20140207435
CLASE: 01.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado GLORIA
PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODERA-
DO de DISAGRO DE GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de
nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras FertiREPOLLO y diseño, que servirá
para: AMPARAR: PRODUCTOS QUIMICOS DESTINADOS A LA
INDUSTRIA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA, ABONO PARA
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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
LAS TIERRAS, PRODUCTOS QUIMICOS DESTINADOS A CON-
SERVAR LOS ALIMENTOS Y PRODUCTOS FERTILIZANTES.
Clase: 01.
La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año
dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de septiembre del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010499-2
No. de Expediente: 2015141732
No. de Presentación: 20150214068
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CARLOS
MAURICIO ARRIAZA RODRIGUEZ, en su calidad de APODERA-
DO de LABORATORIOS VIZCAINO, SOCIEDAD ANONIMA, de
nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
TIAREL
Consistente en: la palabra TIAREL, que servirá para: AMPARAR
MEDICAMENTOS Y PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA
USO HUMANO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año
dos mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de marzo del año dos mil quince.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047381-2
No. de Expediente: 2014138815
No. de Presentación: 20140208211
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO
ROBERTO GUERRA ROMERO, en su calidad de APODERADO de
MERCEDES MEMBREÑO DE RAMIREZ, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
AGUA DE COCO MAR & MAR
Consistente en: las palabras AGUA DE COCO MAR & MAR, que
servirá para: AMPARAR: BEBIDAS, AGUA DE COCO ENVASADA.
Clase: 32.
La solicitud fue presentada el día ocho de octubre del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de octubre del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047574-2
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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
ACEPTACION DE HERENCIA
LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, iniciadas por la Licenciada LOURDES YANIRA CARPIO SANDOVAL, en su calidad de Apoderada General Judicial de ALMA MARLENE RIVERA VENTURA, GUILLERMO ANTONIO RIVERA BARAHONA, conocido por GUILLERMO BARAHONA RIVERA y JOSE ROBERTO RIVERA JIMENEZ; y en las que se ha mostrado parte también el Licenciado JOSE ORLANDO MENDOZA CAMPOS, quien interviene como Apoderado General Judicial de YESENIA MELISSA RIVERA RIVERA, en la sucesión del causante, señor JESUS ANTONIO RIVERA MARTINEZ, expediente clasifi cado bajo el número de referen-cia 495-14-CVDV-2CM1, se ha proveído resolución por este Tribunal, a las catorce horas treinta y un minutos del día trece de febrero de dos mil quince, mediante la cual se ha tenido por aceptada interinamente, de parte de los aludidos señores, en su calidad de hijos sobrevivientes del causante, JESUS ANTONIO RIVERA MARTINEZ, de setenta y dos años de edad, transportista, divorciado, del domicilio de esta ciudad y de este departamento de nacionalidad Salvadoreña.
A los aceptantes se les confi ere Interinamente la Administración y Representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que se crea con derecho a la sucesión, se presente a este Juzgado a deducirlo dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, Santa Ana, a las catorce horas treinta y un minutos del día trece de febrero de dos mil quince.- LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.- LIC. CARLOS MAX QUINTANA RAMOS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010416-3
ADRIAN HUMBERTO MUÑOZ QUINTANILLA, JUEZ INTERINO DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las once horas y cuarenta minutos este día, se han declarado Herederos Ab-intestato, con Benefi cio de Inventario de la causante MARIA DO-ROTEA MEJIA, quien falleció a las dieciocho horas del día veintitrés de septiembre del mil novecientos ochenta y tres, siendo su último domicilio Alegría, departamento de Usulután, de parte de los señores ELSO ASCENCIO MEJIA y PABLO MEJIA en representación del
derecho hereditario que le correspondía a su madre JOSEFINA MEJIA, conocida también como JOSEFINA MEJIA CORCIO y JOSEFINA MEJIA CORCIOS, ésta en calidad de hermana de la causante: Confi -riéndole a los aceptantes de las diligencias de Aceptación de Herencia la Administración y Representación Legal Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Santiago de María, a los nueve días del mes de marzo del año dos mil quince.- LIC. ADRIAN HUMBERTO MUÑOZ QUINTANILLA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA INTERINO.- LICDA. SANDRA ELIZABETH GOMEZ GARAY, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010426-3
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas cuarenta y cinco minutos del día diecinueve de noviembre del año dos mil diez. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada por la señora FRANCISCA GARCIA, fallecida el día siete de octubre del año de mil novecientos sesenta y siete, en Santa Catarina Masahuat, siendo ese el lugar de su último domicilio de parte del señor EPIFANIO TADEO GARCIA, en concepto de hijo de la mencionada causante.
Se ha conferido al aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas del día diez de enero del año dos mil once.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F046831-3
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve horas con diez minutos del día cinco de marzo del corriente año, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que al fallecer dejó la causante señora ANA PAULA FLORES, fallecida el día diez de diciembre de mil novecientos sesenta y cuatro, en el Hospital San Juan de Dios de la Ciudad de San Miguel,
DE TERCERA PUBLICACIÓN
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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
siendo la ciudad de San Rafael Oriente de este Distrito, Departamento de San Miguel su último domicilio, de parte del señor SALOMON ISMAEL PORTILLO FLORES, de cincuenta y cuatro años de edad, profesor, del domicilio de El Tránsito, Departamento de San Miguel, con Documento Único de Identidad número cero dos nueve uno dos seis seis dos-nueve, y Número de Identifi cación Tributaria un mil ciento veintiocho-ciento veinte mil quinientos cincuenta y nueve-cero cero uno-cinco, en su concepto de hijo de la causante.- Nómbrasele al aceptante en el carácter dicho Administrador y Representante Interino de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores de la herencia.- Publíquense los edictos de ley.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las nueve horas con veinte minutos del día cinco de marzo de dos mil quince.- LIC. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. DINA AHOLIBAMA GONZALEZ DE QUINTANILLA, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F046838-3
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas veinte minutos del día once de febrero de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora Zoila Erlinda Tejada, conocida por Erlinda Mirón y Zoila Erlinda Mirón Tejada, quien fue de sesenta y cinco años de edad, fallecida el día cuatro de marzo de dos mil dos, siendo el municipio de San Miguel el lugar de su último domicilio, de parte del señor Yeriz Balmore Mirón, en calidad de hijo de la causante; confi riéndose en el carácter indicado la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, la cual será ejercida conjuntamente con el señor Julio César Mirón Reyes, en calidad de hijo de la causante.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL; San Miguel: a las catorce horas veintidós minutos del día once de febrero de dos mil quince.- LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F046891-3
LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Soyapango.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del once de noviembre de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora Teodolinda Flores
de Domínguez; en calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que correspondían a la señora Olivia Edith Guadrón Peréz, como hija de la causante; de la herencia intestada que a su defunción dejó Marta Alicia Pérez y Pérez conocida por Marta Alicia Pérez Pérez y como Marta Alicia Pérez, quien fue de treinta y dos años de edad, soltera, Cosmetóloga, del domicilio de Soyapango, originaria de San Cristóbal, Departamento de Cuscatlán, hija de Efraín Pérez o José Efraín Pérez y María Olivia Pérez viuda de Pérez, de nacionalidad salvadoreña, quien falleció el día seis de octubre de dos mil.
Se confi ere a la aceptante la representación y administración INTE-RINA de la herencia con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten dentro del término de ley, a este Juzgado a deducir en legal forma sus derechos.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas quince minutos del once de noviembre de dos mil catorce.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F046904-3
LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-PARTAMENTO DE MORAZAN.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las quince horas de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de MARIO EDGARDO AMAYA BLANCO, de cuarenta y tres años de edad, jornalero, del domicilio de Sociedad, Departamento de Morazán, con DUI número 05407002-3 y NIT número 1323-090371-101-3; de la herencia que en forma intestada dejó la causante MARIA HIPOLITA BLANCO, conocida por MARIA HIPOLITA BLANCO VENTURA, MARIA HIPOLITA BLANCO DE AMAYA y por HIPOLITA BLANCO, quien fue de sesenta y cinco años de edad, casada, de ofi cios domésticos, originaria de Sociedad, Departamento de Morazán, hija de ANDRES BLANCO y PETRONA VENTURA; quien falleció a las veintitrés horas y cero minutos del día veintiuno de agosto del dos mil catorce, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de la ciudad de San Miguel; siendo su último Sociedad, Departamento de Morazán; en concepto de hijos de la referida cau-sante.- Confi érasele al referido aceptante en la calidad expresada, la administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, departamento de Morazán, a las quince horas y cinco minutos del día dieciocho de febrero de dos mil quince.- LIC. ISIDRO ENRIQUE MO-RENO BENAVIDES, JUEZ 1°. DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F046908-3
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LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL
SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas quince
minutos del día diez de los corrientes, se ha tenido por aceptada expre-
samente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada
por la señora Rafaela Bargas, conocida por Rafaela Vargas. Rafaela del
Carmen Vargas y por Rafaela Vargas viuda de Padilla, fallecida el día
veinticuatro de marzo de mil novecientos setenta, en esta ciudad, siendo
esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte del señor Carlos
Edmundo Flores conocido por Carlos Edmundo Bocanegra Flores, en
concepto de Heredero Testamentario con Benefi cio de inventario que ha
sido declarado en la parte o derecho que le correspondía a la causante
Berta Padilla conocida por Berta Padilla Vargas, en su calidad de hija en
la sucesión intestada que a su defunción dejó la señora Rafaela Bargas,
conocida por Rafaela Vargas, Rafaela del Carmen Vargas y por Rafaela
Vargas viuda de Padilla, y como sesionario de los derechos hereditarios
que les correspondían a las señoras María Josefi na Padilla Vargas co-
nocida por María Josefi na Padilla y María Magdalena Padilla viuda de
Planas, en su calidad de hijas de la referida causante.
Y se ha conferido al aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.-
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las diez horas quince
minutos del día diez de marzo del dos mil quince.- LIC. LUIS ANTONIO
BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL, SUPLENTE.- LICDA.
CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F046940-3
KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA QUINTO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL (3), DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolu-
ción de este Juzgado de las once horas y veinte minutos del día nueve
de marzo de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario de parte del señor MANUEL DE JESÚS
ALEMÁN CRUZ, mayor de edad, profesor, del domicilio de Soyapango,
departamento de San Salvador, la herencia intestada que a su defunción
dejó el causante señor JOSÉ ANTONIO CRUZ ALEMÁN conocido por
JOSÉ ANTONIO ALEMÁN CRUZ, quien a la fecha de su defunción
era de sesenta y tres años de edad, soltero, de nacionalidad salvadoreña,
originario del municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador,
quien falleció en esta ciudad el día veinte de febrero de dos mil seis;
aceptación que hace el señor MANUEL DE JESÚS ALEMÁN CRUZ
en su calidad de hermano y como cesionario de los derechos hereditarios
que le correspondían a los señores MARÍA JOSEFA ALEMÁN CRUZ
conocida por MARÍA JOSEFA ALEMÁN y JULIO CESAR ALEMÁN
CRUZ conocido por JULIO CESAR ALEMÁN, como hermanos del
mencionado causante, Arts. 988 ordinal 3° y 1162 del Código Civil.
Y SE LE HA CONFERIDO al aceptante la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restriccio-
nes de los curadores de la Herencia Yacente, Art. 480 Código Civil.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este tribunal a ejercerlo en el término de QUINCE DÍAS,
contados a partir del siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL: San Salvador, a las doce horas del día nueve de marzo
de dos mil quince.- LICDA. KARLA MARÍA REGINA MURCIA
CARRILLO, JUEZA QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL
(3).- LICDA. TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES RUBIO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F046961-3
ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a
las ocho horas y treinta minutos del día veintiséis de enero de dos mil
quince, en las Diligencias Varias Civiles de Aceptación de Herencia,
marcadas bajo la referencia 2731-DVC-14, promovidas por el Licen-
ciado TOMAS EDMUNDO VILLALTA AGUILAR, en calidad de
Apoderado General Judicial y Especial del señor JOSHUA NATHAN
CASTILLO PAGUAGA, actuando en calidad de asignatario sustituto
de los derechos que le correspondían a la señora AIDA MARINA
EDILBURGA PAGUAGA DE CASTILLO conocida por AIDA
MARINA PAGUAGA, se ha tenido por ACEPTADA expresamente
y con benefi cio de inventario; la herencia testamentaria dejada por
la causante señora JULIA AURORA VILLATORO DE PAGUAGA
conocida por JULIA DE PAGUAGA, quien fue de noventa y cinco
años de edad, de ofi cios del hogar, originaria de San Salvador, hija de
JULIO VILLATORO y ELOISA LOPEZ, a su defunción ocurrida a las
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cero horas con cinco minutos del día veintiséis de abril de dos mil seis,
siendo su último domicilio Setenta y Nueve Avenida Norte, número
quinientos veinticuatro, Colonia Escalón, Zona Once, San Salvador;
por parte del señor JOSHUA NATHAN CASTILLO PAGUAGA, en
calidad de asignatario sustituto de los derechos que le correspondían a
la señora AIDA MARINA EDILBURGA PAGUAGA DE CASTILLO
conocida por AIDA MARINA PAGUAGA, habiéndose conferido la
administración y representación interina de la referida sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; por
lo que se CITA a todos los que se crean con derecho a la herencia para
que dentro del término de ley, se presenten a este Tribunal a deducir su
derecho. Art.1163 Código Civil.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de
San Salvador, Juez Tres. San Salvador, a las once horas y diez
minutos del día veintiséis de enero de dos mil quince. LIC. ANA
MARIA CORDON ESCOBAR, JUZGADO SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES.- LIC.
ANA CECILIA FIGUEROA ALMENDARES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F046967-3
DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE
DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por sentencia dictada por este juzgado, a las ocho
horas del día dieciséis de diciembre de dos mil catorce, se revocó la
declaratoria de heredero del licenciado Oscar Armando Zaldaña Lazo,
como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a la
señora Socorro Mercedes Meléndez como hermana del causante señor
José Rafael Meléndez, dictada a las doce horas y treinta minutos del
día veinte de noviembre de dos mil siete, en el juicio sumario civil
ventilado en este juzgado, bajo la referencia 6-SC-07, y se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
Intestada dejada a su defunción por el causante señor JOSÉ RAFAEL
MELENDEZ, ocurrida el día catorce de octubre de dos mi dos, en esta
ciudad, lugar de su último domicilio, de parte del señor OSCAR AR-
MANDO ZALDAÑA LAZO, en calidad de cesionario de los derechos
hereditarios que le correspondían al señor JULIO CESAR RIVERA
MELENDEZ, como hijo del causante; y se ha conferido al aceptante,
la administración y la representación Interinas de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas
con treinta minutos del día veintiséis de febrero de dos mil quince.- DRA.
DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLEN-
TE.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047017-3
JOSÉ SALOMON ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.-
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas
con cinco minutos del día veintisiete de febrero del año dos mil quince,
en las diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasifi cadas
con el NUE: 00429-15-CVDV-1CM1/35-03; se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de JOSÉ ISAAC
VANEGAS RAMOS, de veintinueve años de edad, Mecánico en En-
derezado y Pintura, del domicilio de la ciudad y departamento de San
Miguel, con Documento Único de Identidad número: Cero tres millones
trescientos cuarenta y tres mil seiscientos doce- cinco, y con Número
de Identifi cación Tributaria Mil doscientos diecisiete- Trescientos mil
novecientos ochenta y cinco- Ciento doce- cuatro; en calidad de hijo
sobreviviente de la causante ELSA CONSUELO RAMOS BONILLA,
a su defunción ocurrida el día veinticuatro de agosto del año dos
mil catorce, a la edad de sesenta y cuatro años, Doméstica, Soltera,
originaria de Concepción de Oriente, departamento de La Unión, del
domicilio de la ciudad y Departamento de San Miguel, de Nacionalidad
Salvadoreña, hija de Justo Ramos y de Graciela Bonilla; siendo esta
jurisdicción su último domicilio; y se le ha conferido al aceptante la
administración y representación interina de la sucesión, con las facul-
tades y restricciones de los curadores de la herencia Yacente que regula
el Artículo 480 Código Civil. Cítese a los que se crean con derecho a
la herencia para que se presenten a este Juzgado dentro de los quince
días subsiguientes después de la última publicación de este edicto.
Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley.-
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Mi-
guel, a las once horas con treinta y cinco minutos del día veintisiete de
febrero del año dos mil quince. LIC. JOSÉ SALOMON ALVARENGA
VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE
SAN MIGUEL.- LICDA. MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F048470-3
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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
TÍTULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE CHILTIUPAN,
DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.
HACE SABER: Que a estas ofi cinas se ha presentado el Licenciado
MAURICIO ERNESTO FIGUEROA PAZ, mayor de edad, Abogado, del
domicilio de Soyapango, departamento de San Salvador, con Documento
Único de Identidad número cero cero novecientos sesenta y ocho mil
doscientos setenta y nueve - cuatro, actuando en su calidad de Apoderado
General Judicial de la señora MARTHA LUZ DIAZ GARCIA, de cuarenta
años de edad, Ama de casa, del domicilio de Chiltiupán, departamento de
La Libertad, portadora de su Documento Único de Identidad número cero
cero cuatro ocho seis ocho seis seis - dos y con Número de Identifi cación
Tributaria cero cinco cero cinco - cero dos uno uno siete cuatro - uno cero
uno - cero, solicitando a favor de su representada Título de Propiedad de
un solar urbano, situado en el Barrio Santo Domingo, calle La Ronda,
sin número, de esta población, Departamento de La Libertad, de una
extensión superfi cial de DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO PUNTO
VEINTISIETE METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos
siguientes: AL NORTE, veinte metros con solar de ÁNGEL DIAZ
RIVERA; AL ORIENTE, veinte metros ochenta y ocho centímetros, con
solar de TOMÁS ARNULFO GIRÓN y BARTOLO MORA ZEPEDA;
AL SUR, veintinueve metros con solar de MARIA DIAZ OLAIZOLA
HOY DE MARTINEZ, TERESA DE JESÚS DIAZ DE QUIJADA y
CARMEN DIAZ RIVERA; y AL PONIENTE, veintidós metros con
solar de MARIA GUADALUPE DIAZ DE GARCIA. El predio descrito
no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena
pertenencia ni está en proindivisión con nadie, y lo adquirió por compra-
venta verbal que le hiciere su abuelo señor FELICIANO IRENE DÍAZ,
conocido por FÉLIX DÍAZ, ya fallecido, quien a su vez lo adquirió por
compraventa que le hiciera el señor Lucio Cortez, también fallecido,
según Documento de Compraventa inscrito bajo el número uno, folios
del uno al cuatro, de Libro de Inscripciones de Documentos Privados
que se llevó en esta Alcaldía Municipal en el año de mil novecientos
setenta y cinco.
Alcaldía Municipal de Chiltiupán, departamento de La Libertad,
diecinueve de diciembre de dos mil catorce. JORGE LUIS DÍAZ MO-
RALES, ALCALDE MUNICIPAL.- BR. NORA DEL CARMEN LEÓN
DE IRAHETA, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C010434-3
RAFAEL ANTONIO TEJADA PONCE, Alcalde Municipal del Muni-
cipio de Tejutla, Departamento de Chalatenango, al Público en general:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor
ANGELINO FLORES MANCIA, solicitando Título de Propiedad a
favor del señor JOSÉ ANGELINO FLORES AGUILAR, de un Inmueble
de naturaleza rústica, ubicado en el lugar llamado antes El Salitrillo, hoy
Caserío El Cortez, del Cantón Concepción, Jurisdicción de Tejutla, De-
partamento de Chalatenango, que adquirió por venta que le hizo el señor
Angelino Flores Mancía, en Escritura Pública, otorgada en la Ciudad de
Tejutla, Departamento de Chalatenango, a las diecisiete horas del día
quince de diciembre del año dos mil catorce, ante los ofi cios notaria-
les del licenciado Oscar Roberto Villarán Nochez, de una Extensión
superfi cial de QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO PUNTO DOCE
METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:
AL ORIENTE: Se mide un tiro en línea curva de diecinueve metros,
colindando con terreno del señor NELSON EDGARDO LEON PEÑA.
AL SUR: se mide un tiro de veinticuatro metros, colindando con terreno
del señor: NELSON EDGARDO LEON PEÑA. AL PONIENTE: se mide
un tiro de diecinueve metros con sesenta centímetros, colindando con
terreno de SANTOS FLORES MANCIA, Y AL NORTE: se mide un tiro
de treinta y dos metros con ochenta centímetros, colindando con terrenos
de MARCOS FLORES MANCIA: en el terreno anteriormente descrito
se encuentra construida una casa de paredes de adobe y techo teja; de
quince metros de largo por ocho metros de ancho, dicho inmueble tiene
una servidumbre de entrada de un metro ochenta centímetros de ancho
por treinta y siete metros de largo.- Que según Certifi cación Catastral
extendida por el Jefe de la Delegación de Catastro del Centro Nacional
de Registro (CNR), del Departamento de Chalatenango; "la zona no se
encuentra catastrada", pero que certifi ca la situación Física y Jurídica
del Inmueble anteriormente descrito; que el Inmueble en referencia no
es sirviente ni dominante con servidumbre alguna, el mismo no está
en proindivisión con nadie y que el precio lo estima en CINCO MIL
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal: Tejutla, Departamento de Chalatenango, trece
de marzo del año dos mil quince.- LIC. RAFAEL ANTONIO TEJADA
PONCE, ALCALDE MUNICIPAL.- LICDA. YENNY YAMILET
RIVAS RIVAS, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F046955-3
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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
TITULO SUPLETORIO
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que con fecha doce de diciembre de dos mil
catorce, se presentó a este juzgado la Licenciada Patricia Esmeralda
Granados Chávez, de treinta y cuatro años de edad, Abogada, del do-
micilio de San Miguel, con carné de Abogado número quince mil dos-
cientos dos; y con número de Identifi cación Tributaria un mil doscientos
quince guión trescientos un mil doscientos dos guión ciento uno guión
ocho; solicitando se le extienda a favor de su representado señor Fredis
Antonio Ticas Martínez, de sesenta y dos años de edad, Agricultor en
Pequeño, del domicilio del Departamento de San Miguel, con Documento
Único de Identidad Número cero dos millones ciento cincuenta y ocho
mil doscientos ochenta y ocho guión nueve; Título Supletorio de un
Inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón Joya de Ventura
de la Jurisdicción San Jorge, de este Distrito, Departamento de San
Miguel, de la capacidad superfi cial de TRES MIL CUATROCIENTOS
SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS; CUYOS LINDEROS y
conlindantes son los siguientes AL NORTE; con terreno de Guillermo
Rivas; AL ORIENTE: con terreno de Manuel Aparicio; AL PONIEN-
TE: con terreno de Olga Rosibel Chávez de Granados, camino de por
medio y AL SUR: con terreno de Oscar Candelario Granados Calderón;
lo adquirió por compra que le hizo al señor OSCAR CANDELARIO
GRANADOS CALDERON, que no tiene cargas ni derechos reales de
ajena pertenencia, ni lo posee en proindivisión con nadie, y lo valúa en la
cantidad de OCHO MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.-
LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las
diez horas del día seis de enero de dos mil quince.- LICDA. DINORA
DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA. LICDA. INGRID VANESSA VÁSQUEZ BARAHONA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010441-3
ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER. Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
Marcos Ulices Vanegas Lazo, Abogado, del domicilio de la ciudad de
Comacarán, departamento de San Miguel, como Apoderado General
Judicial de la señora María Electina Acosta Villatoro, quien es mayor
de edad, solicitando título supletorio de un terreno de naturaleza rústica,
situado en el Cantón Gueripe, Jurisdicción de Concepción de Oriente,
de este Distrito Judicial, departamento de La Unión, de la capacidad
superfi cial de Diez mil dieciséis punto siete metros cuadrados, de las
medidas y linderos siguientes: al Norte, mide ochenta y cuatro punto
sesenta metros, colinda con Salvador Avelar, al Poniente, mide ciento un
metros, colinda con Salvador Avelar, al Oriente, está compuesto de dos
tramos primer tramo de norte a sur mide treinta y ocho metros, colinda
en este tramo con Concepción Avelar, segundo tramo mide noventa y
dos punto cincuenta metros colinda con Regina Avelar, y al Sur, mide
ochenta y ocho metros colinda con Perfecto Morán, por el rumbo oriente
por derecho de Concepción Avelar, existe una vereda en parte y en parte
camino que sirve de acceso al inmueble que se pretende titular. Valúa
dicho inmueble en la cantidad de Cuatro mil dólares de los Estados
Unidos de América, y lo adquirió por compra informal hecha al señor
Saturnino Canales Avelar, en el año de mil novecientos ochenta y cuatro
y formalizado por compraventa de posesión material el día veinticuatro
de junio del año dos mil catorce.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los diez días del mes de febrero del año dos mil
quince.- LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.
LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047006-3
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2014140604
No. de Presentación: 20140211464
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SARA
ELIZABETH MARTÍNEZ MARTÍNEZ, en su calidad de APODE-
RADO GENERAL JUDICIAL de INTERNATIONAL PHARMA-
CEUTICAL SUPPLIERS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: INTERPHARMAS, S. A. DE C. V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
INTERPHARMAS
Consistente en: la palabra INTERPHARMAS, que servirá para:
IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA CONSULTORIA
RELACIONADA CON RUBRO FARMACEUTICO, ASISTENCIA
Y ASESORIA A PERSONAL MEDICO.
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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año
dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de enero del año dos mil quince.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010438-3
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2011113314
No. de Presentación: 20110158460
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE DA-
NIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, en su calidad de APODERADO
de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE
EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD
COMERCIAL,
MAS QUE LUCES, MILLONES DE
SUEÑOS
Consistente en: las palabras MAS QUE LUCES, MILLONES
DE SUEÑOS, que servirá para: LLAMAR LA ATENCION DEL PU-
BLICO CONSUMIDOR SOBRE LA PROMOCIÓN DE EVENTOS
ABIERTOS AL PUBLICO DE FUEGOS ARTIFICIALES, MUSI-
CALIZACIÓN Y ENTRETENIMIENTO PARA EL PUBLICO EN
GENERAL.
La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de enero del año dos mil quince.-
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010435-3
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Sociedad ALDUVI, S.A. de C.V., convoca
a sus accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONIS-
TAS, la cual se celebrará en primera convocatoria a las diez horas del
día doce de abril de dos mil quince, en Avenida Arcos del Carmen # 14,
Residencial El Carmen, Km. 10 carretera a Santa Tecla, Santa Tecla, La
Libertad.
AGENDA
1- Verifi cación del Quórum y fi rma del acta de asistencia.
2- Lectura y aprobación del Acta anterior.
3- Lectura de la memoria de labores de la Junta Directiva, año
2014.
4- Presentación de los Estados Financieros, año 2014.
5- Informe del Auditor Externo.
6- Aprobar o improbar la Memoria de Labores, Balance General,
Estado de Resultados y el Estado de Cambios del Patrimo-
nio.
7- Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus hono-
rarios para el año 2015.
8- Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y que
sea de competencia de esta Junta, conforme a la Ley o al
Pacto Social.
El quórum para celebrar esta Junta, en primera convocatoria, es
la mitad más una de las acciones con derecho a voto y las resoluciones
se tomarán por mayoría de los votos presentes.
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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
En caso de no haber quórum a la hora y fecha de la Convocatoria,
se convoca a los accionistas a celebrar en segunda fecha de Convocatoria
la referida Junta General Ordinaria en el mismo lugar, a las once horas
del día doce de abril de dos mil quince, y la Junta se celebrará con las
acciones con derecho a voto presentes y las resoluciones se tomarán por
mayoría de los votos presentes.
San Salvador, dieciséis de marzo de dos mil quince.
LIC. CARLOS MAURICIO DURÁN MORALES
DIRECTOR PRESIDENTE
3 V. alt. No. C010417-3
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de SOCIEDAD COOPERATIVA SACERDOTAL
LTDA, "ARS", por este medio convoca a todos los socios a Junta Or-
dinaria que se celebrará el 20 de abril del presente año, a las 9: a.m.; en
el Hospital " La Divina Providencia."
La Agenda a desarrollar es la siguiente;
1- Determinación del quórum.
2- Apertura o cierre de la sesión según quórum
3- Lectura y seguimiento del acta anterior.
4- Informe del Tesorero, Gerente, Consejo de Vigilancia y
Auditor
5- Nombramiento del auditor Fiscal y Financiero
6- Proposiciones de la Directiva en Funciones.
7- Asuntos Varios.
8- Cierre de la sesión.
Si a la hora indicada, no se pudiera celebrar sesión por falta de
QUORUM, se pospondrá a una hora después de este mismo día y se
celebrará con el número de accionistas presentes.
San Salvador, 17 de marzo de 2015.
LIC. CARLOS FRANCISCO MEJIA RECINOS,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C010442-3
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de COSMETICOS Y MODAS, S.A. DE C.V., con
domicilio en San Salvador, convoca a los accionistas a Junta General
Ordinaria, misma que se realizará a las diez horas del día Viernes 24
de Abril de dos mil quince en el Salón de usos múltiples ubicado en la
ofi cina Central, la cual se encuentra en la Alameda Dr. Manuel Enrique
Araujo No. 3528, Colonia San Benito, San Salvador. Los temas a tratar
serán los siguientes:
I. Establecimiento de Quórum.
II. Lectura del Acta de la sesión de Junta General Anterior.
III. Memoria de Labores de la Junta Directiva correspondiente
al año 2014.
IV. Balance General al 31 de Diciembre de 2014, Estados de
Resultados del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2014 y
Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de Diciembre de
2014.
V. Informe del Auditor Externo.
VI. Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal y fi jación de
honorarios.
VII. Aplicación de Utilidades y Distribución de Dividendos.
VIII. Varios.
Para contar con el quórum legal, deberán estar presentes o repre-
sentados accionistas que tengan doscientos cincuenta mil una acciones
y las resoluciones serán válidas si se toman por la mayoría de los votos
presentes o representados.
De no haber quórum en la fecha y hora anteriormente indicada, por
este medio se convoca para celebrar dicha junta, con la misma Agenda,
en el lugar señalado, el día Lunes veintisiete de abril del año dos mil
quince, a las once horas, con el número de acciones que estén presentes o
representadas y las resoluciones en esta segunda convocatoria se tomarán
por la mayoría de votos presentes.
San Salvador, 16 de Marzo de 2015.
LIC. ROBERTO ALESSANDRO MOLINA BARRIOS,
DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. F046888-3
CONVOCATORIA
Teatros de El Salvador, Sociedad Anónima de Capital Variable, con-
voca a sus Accionistas, para celebrar Junta General Ordinaria. El día
veintiuno de Abril del año dos mil Quince, a las quince horas en primera
convocatoria, sesión que se celebrará en las ofi cinas de nuestra Sociedad,
ubicadas en Prolongación Calle Arce Número un mil novecientos Veinte,
primera planta, Colonia Flor Blanca de esta Ciudad, el quórum será
de cuarenta y cinco mil Acciones. Si no hubiera quórum, esta junta se
celebrará en segunda convocatoria, en el mismo lugar y día señalados,
a las dieciséis horas.
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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
AGENDA:
1- ESTABLECER QUÓRUM;
2- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR;
3- INFORME DEL AUDITOR;
4- ANÁLISIS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL
2014;
5- NOMBRAMIENTO JUNTA DIRECTIVA, EJERCICIO
2015-2020;
6- NOMBRAMIENTO Y ASIGNACIÓN DE HONORARIOS
DE AUDITOR EXTERNO;
7- VARIOS.
San Salvador, 2 de marzo, del 2015.
Dr. JORGE ALBERTO HERRERA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F046924-3
CONVOCATORIA PARA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE
ACCIONISTAS
El Auditor Externo de la sociedad DUKE ENERGY INTER-
NATIONAL EL SALVADOR, SOCIEDAD EN COMANDITA POR
ACCIONES DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse DUKE
ENERGY INTERNATIONAL EL SALVADOR, S. EN C. DE C.V.,
del domicilio de la ciudad de Antiguo Cuscatlán, departamento de La
Libertad, por este medio CONVOCA a sus accionistas para que concurran
a la Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará el día treinta
(30) del mes de abril del año dos mil quince (2015), a las diez horas
(10:00am), en las instalaciones del Hotel Hilton Princess, Salón Bristol,
ubicadas en Avenida Las Magnolias y Boulevard del Hipódromo, San
Salvador.
La agenda a tratar es la siguiente:
1) Establecimiento del quórum.
2) Nombramiento de Presidente y Secretario de la sesión.
3) Presentación de memoria de labores de la Administración de
la Sociedad, del balance general, el estado de resultados, el
estado de cambios en el patrimonio y el informe del auditor
externo, correspondientes al ejercicio económico del año 2014,
a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las
medidas que se juzguen oportunas.
4) Nombramiento del Auditor Externo para el año 2015 y fi jación
de emolumentos.
5) Nombramiento del Auditor Fiscal para el año 2015 y fi jación
de emolumentos.
6) Aplicación de resultados.
7) Cualquier otro asunto que pueda conocerse conforme a la
Ley o al pacto social.
La Junta General Ordinaria se tendrá por legalmente reunida, en
primera convocatoria, al encontrarse presentes o representadas por lo
menos la mitad más una de todas las acciones que conforman el capital
social, y las resoluciones serán válidas si son tomadas por la mayoría de
los votos presentes. En caso de no haber quórum para realizar la sesión en
primera convocatoria, por esta misma, se convoca a los accionistas para
celebrar la Junta General Ordinaria en segunda convocatoria, el día uno
(1) del mes de mayo del año dos mil quince (2015), a la misma hora y en
el mismo lugar que se ha señalado para la primera convocatoria. Para la
segunda convocatoria, la Junta General se integrará con cualquiera que
sea el número de acciones presentes o representadas.
Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, a los diecinueve
días del mes de febrero del año dos mil quince.
LIC. LUIS ALFREDO SILIÉZAR CARDONA,
PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA
Y REPRESENTANTE LEGAL.
DELOITTE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F046925-3
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la "FUNDACION HERBERT DE SOLA",
por este medio convoca a sus miembros para celebrar Junta General
Ordinaria de Socios, la que se llevará a cabo a las diez horas del día
Miércoles quince de Abril del dos mil quince, en las ofi cinas situadas
en Boulevard Constitución número trescientos treinta y nueve, Colonia
Escalón de esta ciudad. En dicha Junta General se conocerán los puntos
de la siguiente agenda:
1.- Establecimiento del quórum
2.- Lectura del acta de la sesión anterior
3.- Elección de los Miembros Propietarios y Suplentes de la
Junta Directiva
4.- Conocer de la Memoria de los actos realizados por la Junta
Directiva y los Estados Financieros Auditados correspondien-
tes al período comprendido del primero de Enero al treinta y
uno de Diciembre del año dos mil catorce.
5.- Nombramiento del Auditor Externo
6.- Reformas de los Estatutos de la Fundación
7.- Cualquier otro asunto de interés para la Fundación.
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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
El quórum de asistencia requerido para que pueda instalarse la Junta
General Ordinaria en el lugar, día y hora señalados será de por lo menos
la mitad más uno de todos sus socios; y las resoluciones se adoptarán con
la mitad más uno de los votos presentes. Si no tuviere lugar la reunión
en la hora indicada, por falta de la debida concurrencia, se les convoca
por segunda vez a las once horas del mismo día y lugar señalados y en
tal caso, la Junta General Ordinaria se considerará legalmente instalada
con el número de socios que asistan y las resoluciones se adoptarán con
la mitad más uno de los votos de los miembros presentes.
San Salvador, diez de marzo del dos mil quince.-
CELINA DE SOLA JOKISCH,
PRESIDENTA.
3 v. alt. No. F046932-3
SUBASTA PÚBLICA
LICENCIADO RENE CRUZ ARANIVA, JUEZ DE LO LABORAL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: AL PUBLICO para los efectos de ley, que por
resolución proveída por este Tribunal a las doce horas con treinta minutos
del día catorce de julio de dos mil catorce, en el Juicio Ejecutivo Civil
promovido por el licenciado Oscar Armando Zaldaña Lazo, en su carác-
ter de Apoderado General Judicial del señor Oscar Armando Zaldaña
Padilla, en contra de los señores JULIA ISAELA CALERO CHICAS y
SALVADOR ARQUIMIDES CALERO AQUINO, reclamando capital
adeudado e intereses, se ordenó la VENTA EN PUBLICA SUBASTA
del bien embargado, en fecha que oportunamente se señalará, sobre
los derechos proindivisos propiedad de los demandados, respecto de
los inmuebles a subastárselos que se describen a continuación: I) un
inmueble de naturaleza urbana, situado en Calle Vieja Nuevo Sitio del
Niño porc. Dos (desm.) lote número cincuenta y uno, Cantón El Jabalí,
jurisdicción de San Juan Opico, La Libertad, cuya descripción técnica es
la siguiente: AL NORTE: ocho punto cero Cero metros, AL SUR: nueve
punto cero cero metros, AL ORIENTE: ocho punto cero cero metros
y AL PONIENTE: tres punto noventa y un metros. El inmueble antes
descrito tiene una extensión superfi cial de SESENTA Y UN METROS
CUADRADOS, inscrito a favor de Ana Yancy Rivera Díaz y Salvador
Arquímides Calero Aquino, bajo la matrícula número TRES CERO
CERO CINCO CUATRO CINCO SIETE UNO - CERO CERO CERO
CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta
Sección del Centro; y II) un inmueble de solar rústico y construcciones
que contiene, marcado con el número dos, polígono J, del Asentamiento
Comunitario número siete de la Hacienda San Andrés, Jurisdicción
de San Juan Opico, La Libertad, cuya descripción comenzando por
el vértice Noroeste mide y linda: al NORTE, rumbo Norte, setenta y
nueve grados, cuarenta y tres punto un minutos Este y distancia de ocho
punto sesenta y tres metros, con solar número cuatro del polígono J; al
ORIENTE, en dos tramos, ambos rumbo Sur, el primero, trece grados,
ocho punto siete minutos Oeste y distancia de quince punto noventa y
dos metros; el segundo ochenta y ocho grados, seis punto nueve minutos
Este y distancia de treinta y cinco punto cincuenta y seis metros, ambos
lindan con solar número tres del polígono J; al SUR, en tres tramos, todos
rumbo Sur, el primero veintitrés grados, cincuenta y siete punto siete
minutos Oeste y distancia de catorce punto setenta y siete metros, con
Casco de la Hacienda, calle de por medio; el segundo, cuarenta y cuatro
grados quince punto cuatro minutos Oeste y distancia de veintisiete punto
veintitrés metros, con Casco de la Hacienda, Bocacalle, Asentamiento
Comunitario El Pastorcillo, calle de por medio; el tercero, cuarenta y
nueve grados cincuenta y cuatro punto cuatro minutos Oeste y distancia
de diecisiete punto setenta y siete metros, con Asentamiento Comuni-
tario El Pastorcillo, calle de por medio; al PONIENTE, rumbo Norte,
nueve grados cuatro punto cinco minutos Este y distancia de cincuenta
y ocho punto dos metros, con solar número uno del polígono J, todos
los solares colindantes, pertenecen a la misma Hacienda San Andrés y
fueron o son propiedad del Instituto Salvadoreño de Transformación
Agraria. El inmueble antes descrito tiene una extensión superfi cial de
MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO PUNTO SESENTA ME-
TROS CUADRADOS equivalente a un mil ochocientos quince punto
once varas cuadradas, inscrito a favor de Julia Isaela Calero Chicas y
Salvador Arquímides Calero Aquino a la matrícula número TRES CERO
CERO CINCO CUATRO CINCO SIETE CUATRO - CERO CERO
CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Cuarta sección del Centro.
LIBRADO en el Juzgado de lo Laboral: Santa Tecla, doce horas
con treinta y cinco minutos del catorce de julio de dos mil catorce.- LIC.
RENE CRUZ ARANIVA, JUEZ DE LO LABORAL. LICDA. MIRNA
MARGARITA DIAZ DE DOMINGUEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047019-3
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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS
BANCO PROCREDIT, S.A.
AVISA: Que se ha presentado a nuestra Agencia Santa Tecla, parte
interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado de Depósito
a Plazo Fijo No. 25548 de la cuenta No. 0202-01-003129-5 extendido
por nuestra institución el 22 de enero de 2013 a nombre de Carlos
Kattan Zablah, por un monto de Un Mil Doscientos 00/100 Dólares,
(US $1,200.00) a 720 días plazo, a una tasa de interés del 3.00%
Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de reposición
del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código
de Comercio vigente.
En caso de que en treinta días después de la tercera y última publi-
cación del presente aviso, el Banco no recibiere reclamo alguno respecto
a éste, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 16 de marzo del dos mil quince.
YESSENIA HERNANDEZ,
JEFE BACK-OFFICE CENTRALIZADO.
3 v. alt. No. C010421-3
AVISO
COMEDICA DE R. L.
COMUNICA: Que se ha presentado el propietario del Certifi cado
de Deposito a Plazo Fijo No. 68892 por la cantidad de US$ 3,585.79
a un plazo de 180 días en Agencia CENTRO FINANCIERO, ubicada
en INTERSECCION ENTRE BOULEVARD CONSTITUCION Y
ALAMEDA JUAN PABLO SEGUNDO, FRENTE A GASOLINERA
ESSO, solicitando reposición de dicho Certifi cado.
Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los
efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después
de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna,
se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador,16 de marzo 2015.
COMEDICA DE R.L.
VERONICA CERNA,
JEFE DE AGENCIA,
AGENCIA CENTRO FINANCIERO.
3 v. alt. No. F047016-3
AVISO
De conformidad a lo establecido en el artículo 932 del Código de Co-
mercio, DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL SUR, S.A. DE
C.V., al público en general.
HACE SABER: Que el accionista LUZ DE MARIA AVALOS
DE TEJADA, del domicilio de Santa Tecla, identifi cado con su DUI N°
00604587-0, ha informado sobre el extravío del Certifi cado de Acciones
de su propiedad Nominativo, N° 7423 Serie: Única, registrado en el nú-
mero de folio 3143 por 245 acciones, correspondiente a esta sociedad,
En razón de lo anterior, el referido accionista ha solicitado la
reposición del Certifi cado extraviado. De no recibirse oposición alguna
dentro del plazo de 30 días contados a partir del último día de publicación
del presente aviso, se procederá a la reposición solicitada.
Santa Tecla, a los doce días del mes de marzo del año dos mil
quince.
ROBERTO MIGUEL GONZALEZ FLORES,
GERENTE GENERAL.
3 v. alt. No. F047069-3
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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
TÍTULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado la señora
JUANA FRANCISCA DURAN RAFAELANO, en calidad de Poseedora
de Buena Fe de un inmueble de naturaleza urbana, a fi n de iniciar dili-
gencias pertinentes para obtener TITULO MUNICIPAL DE DOMINIO,
a su favor, de inmueble que es de naturaleza urbana, situado en Cuarta
Calle Oriente, casa número veinte, Barrio El Carmen, de la Ciudad de
San Lorenzo, Departamento de San Vicente, de una extensión superfi cial
de SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA
CENTIMETROS CUADRADOS, EQUIVALENTES A CIENTO DOCE
PUNTO OCHENTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS, de las medidas
y colindancias siguientes: AL NORTE, partiendo del vértice Nor Poniente
está formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia: Tramo
uno: Sur ochenta y seis grados un minuto diecisiete segundos Este, con
una distancia de tres punto cero metros, colindando con calle principal
y con Gregoria Bonilla de Cubías; AL ORIENTE, partiendo del vértice
Nor oriente está formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia:
Tramo uno: Sur cuatro grados seis minutos diez segundos Oeste, con
una distancia de veintidós punto noventa y un metros, colindando con
Victoria Ponce de Cubías, y con pared de sistema mixto, propiedad de la
colindancia de por medio; AL SUR, partiendo del vértice Sur oriente está
formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia: Tramo uno:
Sur ochenta y ocho grados cincuenta y cinco minutos y seis segundos
Oeste, con una distancia de tres punto cuarenta y siete metros, colindando
con Blanca Estela Rosa Durán, pared de sistema mixto, del colindante
de por medio; y AL PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente está
formado por tres tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo
uno: Norte tres grados veintiún minutos cuarenta y cuatro segundos
Este, con una distancia de dieciocho metros; Tramo dos: Sur ochenta y
ocho grados cincuenta y un minutos dieciséis segundos Este, con una
distancia de cero punto noventa y cinco metros; Tramo tres: Norte un
grado ocho minutos cuarenta y cuatro segundos Este, con una distancia
de cinco punto cero metros, colindando con Blanca Teresa Bautista y
con pared de sistema mixto de por medio del colindante, así se llega al
vértice Nor Poniente, que es punto donde se inició esta descripción. Que
el inmueble descrito lo valora en la cantidad de SEIS MIL DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Que la persona adquirió el
terreno antes descrito, por venta que le hiciera el señor José Concepción
Ponce, quien lo poseyó por muchos años consecutivos, que sumados al
tiempo en que lo han poseído sus anteriores nudos propietarios, suman
más de treinta años. El inmueble no es dominante, ni sirviente, no tiene
cargas, ni derechos de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con
nadie, que desde la adquisición de dicho terreno lo ha poseído de buena
fe, en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida.
Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-
tes.
Alcaldía Municipal de San Lorenzo, departamento de San Vicente,
a cinco días del mes de diciembre del año dos mil catorce.- FIDENCIO
ADILIO GUZMAN ACEVEDO, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC.
SERGIO DANILO CUBIAS PINO, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F046894-3
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2014140499
No. de Presentación: 20140211166
CLASE: 42.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCISCO
JOSE PRADO CALLES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de GRUPO OCTO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: GRUPO OCTO, S. A. DE C. V., de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
IT Roadmap
Consistente en: la palabra IT Roadmap, que se traducen al castellano
como It Hoja de Ruta, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE
SOFTWARE, DESARROLLO DE SISTEMAS, CONSULTORÍA DE
SISTEMAS Y SOFTWARE, SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TECNO-
LÓGICOS, ASÍ COMO SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO
EN DICHOS ÁMBITOS. Clase: 42.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de diciembre del año
dos mil catorce.
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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de enero del año dos mil quince.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010413-3
No. de Expediente: 2014140492
No. de Presentación: 20140211158
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCISCO
JOSE PRADO CALLES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de GRUPO OCTO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: GRUPO OCTO, S. A. DE C. V., de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión OCTO y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE SOFTWARE, DESARROLLO DE SISTE-
MAS, CONSULTORIA DE SISTEMAS Y SOFTWARE, SERVICIOS
CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS, ASI COMO SERVICIOS DE
INVESTIGACION Y DISEÑO EN DICHOS AMBITOS. Clase: 42.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de diciembre del año
dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Uni-
dad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San
Salvador, seis de enero del año dos mil quince.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010414-3
No. de Expediente: 2015141574
No. de Presentación: 20150213756
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CRISTINA
BONILLA PECCORINI, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
Consistente en: las palabras MATEA ZALA, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIO PROFESIONAL DE DISEÑO. Clase: 42.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de febrero del año dos
mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de febrero del año dos mil quince.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F046907-3
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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
No. de Expediente: 2015141571
No. de Presentación: 20150213750
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALEJANDRO
JAVIER CARIAS BONILLA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS.
Consistente en: la palabra LOBBY y diseño, se traduce al castellano
como: vestíbulo, que servirá para: AMPARAR: SERVICIO DE RES-
TAURANTE QUE CONSISTE EN PREPARACIÓN DE ALIMENTOS
Y BEBIDAS PARA EL CONSUMO. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de febrero del año dos
mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de febrero del año dos mil quince.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047052-3
No. de Expediente: 2014139899
No. de Presentación: 20140210044
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ
MANUEL ARGUELLO RODEZNO, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de CABLE COLOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad HON-
DUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
PRESTADITO
Consistente en: la palabra PRESTADITO, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE PRESTAMOS DE CONSUMO Y EN
EFECTIVO. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día veinte de noviembre del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de diciembre del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047061-3
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2015140911
No. de Presentación: 20150212334
CLASE: 29.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JEAN
CLAUDE KAHN SALOMÓN, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de AQUACORPORACION DE EL SALVADOR, SO-
CIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
AQUACORPORACION DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., AQS,
S.A. DE C.V., AQUACORP DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras BOCA PLATA y diseño, que servirá
para: AMPARAR: PESCADO, PRODUCTOS A BASE DE PESCADO.
Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de enero del año dos
mil quince.
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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de enero del año dos mil quince.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010412-3
No. de Expediente: 2014138916
No. de Presentación: 20140208392
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL
WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de
RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANÓ-
NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de
la MARCA DE PRODUCTO.
GRANMASTER
Consistente en: la palabra GRANMASTER, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS QUÍMICOS PARA USO EN LA AGRI-
CULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA; ABONO PARA
EL SUELO; FERTILIZANTES Y PRODUCTOS FERTILIZANTES.
Clase: 01.
La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de febrero del año dos mil quince.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010415-3
No. de Expediente: 2015140964
No. de Presentación: 20150212408
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado EDNA CAROLINA LÓPEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO de Comercializadora de Lácteos y Derivados, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras Nutri Lety y diseño, que servirá para: AMPARAR: LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS, INCLUYENDO SUERO DE LECHE Y FÓRMULA LÁCTEA NO DE USO MÉDICO, MEZCLA DE PRODUCTOS LÁCTEOS CON GRASA VEGETAL. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de febrero del año dos mil quince.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010422-3
No. de Expediente: 2014140342
No. de Presentación: 20140210891
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ MANUEL ARGUELLO RODEZNO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de FARMALFA INTERNATIONAL SAS, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
GESTANE
Consistente en: la palabra GESTANE, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS; PRODUCTOS HIGIÉNI-
COS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUS-
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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
TANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO,
ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS
PARA PERSONAS O ANIMALES; EMPLASTOS; MATERIAL PARA
EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRO-
DUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS,
HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de enero del año dos mil quince.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010436-3
No. de Expediente: 2015140698
No. de Presentación: 20150211655
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SCARLET
GRACIELA SILHY DE SILHY, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra Scarlett y diseño, que servirá para:
AMPARAR CARTERAS. Clase: 18.
La solicitud fue presentada el día siete de enero del año dos mil
quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de enero del año dos mil quince.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010437-3
No. de Expediente: 2015140652
No. de Presentación: 20150211537
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SARA
ELIZABETH MARTÍNEZ MARTÍNEZ, en su calidad de APODERADO
GENERAL JUDICIAL de INTERNATIONAL PHARMACEUTICAL
SUPPLIERS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que
se abrevia: INTERPHARMAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
COAGULESS
Consistente en: la palabra COAGULESS, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE USO HUMANO.
Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día seis de enero del año dos mil
quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de enero del año dos mil quince.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010439-3
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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
No. de Expediente: 2015140819
No. de Presentación: 20150212049
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SARA ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODE-RADO de INTERNATIONAL PHARMACEUTICAL SUPPLIERS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INTERPHARMAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
ZOPIDREAM Consistente en: la palabra ZOPIDREAM, donde la palabra DREAM se traduce al idioma castellano como Sueño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE USO HUMANO, ESPECIALMENTE UN SEDANTE HIPNÓTICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de enero del año dos mil quince.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010440-3
No. de Expediente: 2014138305
No. de Presentación: 20140207225
CLASE: 02.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de KATIVO CHEMICAL INDUSTRIES, S.A., de nacionalidad PANA-MEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras PROTECTO FULL COVER; las cuales se traducen al castellano como PROTECTO COBERTURA TOTAL, que servirá para: AMPARAR: PINTURAS, BARNICES, LACAS; PRO-
DUCTOS ANTIOXIDANTES Y PRODUCTOS PARA CONSERVAR LA MADERA; MATERIAS TINTÓREAS; MORDIENTES; RESINAS NATURALES EN BRUTO; METALES EN HOJAS Y EN POLVO PARA PINTORES, DECORADORES, IMPRESORES Y ARTISTAS. Clase: 02.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de septiembre del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de septiembre del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F046981-3
No. de Expediente: 2014138306
No. de Presentación: 20140207226
CLASE: 02.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de KATIVO CHEMICAL INDUSTRIES, S.A., de nacionalidad PANA-MEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
PROTECTO 1-2-3
Consistente en: expresión PROTECTO 1-2-3, que servirá para: AMPARAR: PINTURAS, BARNICES, LACAS; PRODUCTOS AN-TIOXIDANTES Y PRODUCTOS PARA CONSERVAR LA MADERA; MATERIAS TINTÓREAS; MORDIENTES; RESINAS NATURALES EN BRUTO; METALES EN HOJAS Y EN POLVO PARA PINTORES, DECORADORES, IMPRESORES Y ARTISTAS. Clase: 02.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de septiembre del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de septiembre del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F046983-3
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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Marzo de 2015.
No. de Expediente: 2014137678
No. de Presentación: 20140205820
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de So-ciedad anónima abierta "Cordiant", de nacionalidad RUSA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra Cordiant y diseño, que servirá para: AMPARAR: CARCASAS, VÁLVULAS DE CUBIERTAS DE NEU-MÁTICOS PARA VEHÍCULO; CÁMARAS DE AIRE PARA NEU-MÁTICO; RUEDAS DE VEHÍCULO; EQUIPOS PARA REPARAR CÁMARAS DE AIRE; PARCHES DE CAUCHO ADHESIVOS PARA REPARAR CÁMARAS DE AIRE; DISPOSITIVOS ANTIDERRA-PANTES PARA CUBIERTAS DE NEUMÁTICOS DE VEHÍCULO, CADENAS PARA LLANTAS; CONTRAPESOS PARA EQUILI-BRAR RUEDAS DE VEHÍCULOS; TUBULARES PARA CICLOS Y BICICLETAS; NEUMÁTICOS PARA CICLOS, BICICLETAS Y VEHÍCULOS; CUBIERTAS DE NEUMÁTICOS PARA VEHÍCULO; CLAVOS PARA NEUMÁTICO. Clase: 12.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de agosto del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de febrero del año dos mil quince.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047025-3
No. de Expediente: 2015140634
No. de Presentación: 20150211516
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE MANUEL ARGUELLO RODEZNO, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de H. Lundbeck A/S, de nacionalidad DANESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
PROGRESS IN MIND Consistente en: las palabras PROGRESS IN MIND que se traducen al castellano como Progreso en mente, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; VACUNAS; PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y SUSTANCIAS PARA LA PREVENCIÓN Y EL TRATAMIENTO DE TRASTORNOS Y EN-FERMEDADES EN, GENERADOS A PARTIR DE O QUE ACTÚAN SOBRE EL SISTEMA NERVIOSO CENTRAL; PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y SUSTANCIAS PARA LA PREVENCIÓN Y EL TRATAMIENTO DE TRASTORNOS Y ENFERMEDADES EN, GENERADOS A PARTIR DE O QUE ACTÚA EN EL CEREBRO; PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACÉUTICAS QUE AC-TÚAN SOBRE EL SISTEMA NERVIOSO CENTRAL; ESTIMULAN-TES DEL SISTEMA NERVIOSO CENTRAL; PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACÉUTICAS PARA LA PREVENCIÓN Y EL TRATAMIENTO DE TRASTORNOS Y ENFERMEDADES PSIQUIÁ-TRICAS Y NEUROLÓGICAS; PREPARACIONES FARMACÉUTI-CAS Y SUSTANCIAS PARA LA PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER Y EL TRASTORNO, LA DEPRESIÓN, EL TRASTORNO DE ESTADO DE ÁNIMO, PSICOSIS, APOPLEJÍA, ANSIEDAD, EPILEPSIA, ESCLEROSIS MÚLTIPLE, PORFIRIA, ENFERMEDAD Y EL TRASTORNO DE HUNTING-TON, EL INSOMNIO, LA ENFERMEDAD Y EL TRASTORNO DE PARKINSON, LA ESQUIZOFRENIA, EL TRASTORNO BIPOLAR Y ENFERMEDAD, ONCOLOGÍA, DOLOR, EL ALCOHOLISMO Y LA DEPENDENCIA; PREPARACIONES, SUSTANCIAS, REACTIVOS Y AGENTES PARA FINES DE DIAGNÓSTICO Y MÉDICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día cinco de enero del año dos mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de enero del año dos mil quince.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047058-3
No. de Expediente: 2015140984
No. de Presentación: 20150212428
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE MANUEL ARGUELLO RODEZNO, en su calidad de APODERADO
DIARIO
OFI
CIAL S
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ARA CONSULT
A
NO TIEN
E VALI
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GAL
136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406
de FARMAMEDICA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-
DUCTO,
IBUGRIPAL Consistente en: la palabra IBUGRIPAL, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos
mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de enero del año dos mil quince.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047060-3
No. de Expediente: 2014139904
No. de Presentación: 20140210050
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PIERO
ANTONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO
de COMPAÑIA DE JARABES Y BEBIDAS GASEOSAS LA MARI-
POSA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: AGUA
PURA, AGUAS MINERALES, INCLUYENDO CON SABOR A FRU-
TAS; AGUAS CON GAS; AGUAS GASEOSAS; BEBIDAS A BASE
DE MALTA; JUGOS DE FRUTAS Y ZUMOS DE FRUTAS; OTRAS
BEBIDAS SIN ALCOHOL; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES
PARA ELABORAR BEBIDAS. Clase: 32.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del año
dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de noviembre del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047065-3
No. de Expediente: 2014140279
No. de Presentación: 20140210773
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PIERO ANTONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de FAES FARMA, S. A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
KADITUR Consistente en: la palabra KADITUR, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMEN-TOS NUTRICIONALES PARA SERES HUMANOS Y ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGI-CIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día diez de diciembre del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de diciembre del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047066-3
Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.
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