desalojo- dra. yolanda perez bucacar
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IV Taller 2009 Dra. YOLANDA N. PÉREZ BUACAR
IV Taller 2009 Dra. YOLANDA N. PÉREZ BUACAR
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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Desalojo Desalojo
el
Error En el encuadre
De la acción De recupero
Rechazo de la acciónRechazo de la acción
implica
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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PROTECCIÓN DE LA PROPIEDADEN LA LEGISLACIÓN ARGENTINAPROTECCIÓN DE LA PROPIEDADEN LA LEGISLACIÓN ARGENTINA
DOMINIO
POSESIÓN
TENENCIA
Uso
ACCIONES
Reivindicatoria – art.2758 CC -
posesorias
interdictos
Desalojo
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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DESALOJO(Arts. 676 bis y 677 CPCC PROV BS AS)
DESALOJO(Arts. 676 bis y 677 CPCC PROV BS AS)
DESAHUCIO
“Es un juicio de conocimiento, de naturaleza sumaria, para que devuelvan la cosa detentada,
poniéndola a disposición de quien tiene legítimo derecho”
Dr. Guadalberto Lucas SosaDra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana
Basso
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desalojodesalojo
Procedimiento Especial
NO CUESTIONA
DOMINIO POSESIÓN
SOLO PRETENDE LA
RESTITUCIÓN DE LA TENENCIARESTITUCIÓN DE LA TENENCIA
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
ni
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tenencia
LOCACIÓN
COMODATO
En una RELACIÓN LABORAL cuando la vivienda es parte de la retribución. Ej.: casero, portero, cuidador, kiosco del hall de cine, etc.
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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DESALOJODESALOJO
Contra
Intruso(676 bis del CPCC Prov. Bs.As.)
Tenedor
Precario (solo en prov. De Bs. As.)
No recibe de nadie la tenencia. Entra al inmueble en forma clandestina o violenta
Tiene un título de préstamo dado por un familiar o amigo.
Comodato sin pautar duración (Art.2285 CC).
Apoderado a quien se revoca el poder. Tutor o curador cesante en su cargo
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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DESALOJO DE LA CONCUBINA(1)
DESALOJO DE LA CONCUBINA(1)
SITUACIÓN DE HECHO QUE NO CREA RELACIÓN JURÍDICA
NO ES INTRUSAES TENEDORA
PRECARIA(después de ser intimada)
No entró
subrepticiamente
por la fuerza
por acto unilateral
No tiene derecho legítimo sobre la propiedad
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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DESALOJO DE LA CONCUBINA(2)
DESALOJO DE LA CONCUBINA(2)
El concubinato no da Derecho Sucesorio
Muerte del concubino
1° - Se requiere la devolución de la propiedad
De no restituirse:
2° - Pasa a ser Retención Indebida Injustificable
a la
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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DESALOJO POR CESACIÓN DE COMODATODESALOJO POR CESACIÓN DE COMODATO
El demandado puede alegar
Relación laboral
Ser donatario
Ser inquilino
INTERVERSIÓN DE TÍTULOSINTERVERSIÓN DE TÍTULOS
El DESALOJO prospera contra un tenedor que NO ha intervertido título
Repele el DESALOJO si un intruso dice tener la posesión más de un año (ius possessionis). En este caso la demanda por desalojo es rechazada.
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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Propietario que transfiere Título habiendo perdido la Posesión
Acciona por REIVINDICACIÓN
Habiéndose escriturado, nunca se tuvo la Posesión
No se puede Reivindicar – Arts. 2756 y 2758 CC- (nunca se perfeccionó el Dominio)
No se puede accionar por Desalojo – Art. 3270 CC-
Si es comprador con Boleto y usurpan el inmueble
Puede demandar por Desalojo pendiente la Escritura
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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CONDÓMINOSCONDÓMINOS
DEBE OBSERVARSE
1° Si se trata de un contrato vencido
Puede demandar por Desalojo cualquiera de los Condóminos
Para demandar por Desalojo requiere el consentimiento de todos
2° Si se trata de un contrato
no vencido
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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Legitimación activa
Legitimación activa Propietario
Poseedor
Usufructuario
Usuario
Locador
El administrador de la sucesión no requiere autorización judicial ni consentimiento unánime de todoslos herederos porque es un mero acto conservatorio
Propietario
Poseedor
Usufructuario
Usuario
Locador
El administrador de la sucesión no requiere autorización judicial ni consentimiento unánime de todoslos herederos porque es un mero acto conservatorio
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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Legitimación pasiva
Legitimación pasiva
Locador
Sublocador
Tenedor
Intruso
Si adquiere con Boleto de CVpendiente la Escritura, puede demandar por Desalojo
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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FUERZA PÚBLICA y ALLANAMIENTO de DOMICILIO forzando cerraduras
Requerir médico y ambulancia para traslado de enfermo
Comparecencia de médico
Prolijo inventario de bienes de los desalojados que hubieren quedado y designar depositarios al actor con facultad de traslado a un depósito
SI HAY MENORES: en ausencia de mayores, intervención de asistente social asignado a la comisaría que intervenga, concretando el traslado de los mismos a un establecimiento a disponer por el defensor de menores
Si hay animales domésticos: se requiera un ente público protector de animales o la perrera
Se deje constancia del estado de conservación del inmueble
Si los demandados por desalojo prolongan con osadía mediante dilaciones insostenibles en sede civil, remitir a sede penal por Usurpación del inmueble
El plazo varía en cada provincia. Se computa desde la Sentencia firme de 2° Inst.-Suspensiones inadmisibles-
El plazo varía en cada provincia. Se computa desde la Sentencia firme de 2° Inst.-Suspensiones inadmisibles-
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Acumulación al proceso de desalojoAcumulación al proceso de desalojo
Daños y Perjuicios
Consignación y reconocimiento de calidad de inquilino
Ejecución de alquileres
Reivindicación
Simulación
Daños y Perjuicios por ocupación indebida
Desalojo de sublocatarios
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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