consideraciones - sistema de información legislativa
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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad.
Martín Orozco Sandoval , Senador de la República para la LXIII Legislatura del
Congreso de la Unión e Integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción
Nacional, con fundamento en el artículo 8 numeral 1, fracción 11, del Reglamento
del Senado de la República, someto a la consideración de esta Soberanía,
documento que contiene proposición con punto de acuerdo al tenor de las
siguientes:
CONSIDERACIONES
El Comité de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad hace
referencia a algunos aspectos positivos, como la aprobación de la Ley Federal para
la Inclusión de las Personas con Discapacidad y la adopción de los programas
nacionales en materia de derechos humanos, discapacidad y no discriminación.
Asimismo, el Comité aborda dentro de los principales ámbitos de preocupación
temas tales como igualdad y no discriminación; mujeres con discapacidad; niños y
niñas con discapacidad; accesibilidad; situaciones de riesgo y emergencias
humanitarias; acceso a la justicia; libertad y seguridad de la persona; tortura y malos
tratos; explotación, violencia y abuso; integridad personal; libertad de
desplazamiento y nacionalidad; derecho a vivir de forma independiente y a ser
incluido en la comunidad; respeto del hogar y de la familia; educación; salud; trabajo
y empleo; nivel de vida adecuado y protección social; participación en la vida política
y pública, entre otros.
Se estima que mil millones de personas en todo el mundo viven con una
discapacidad, y el 80% de ellos viven en países en desarrollo, el acceso a la
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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad.
tecnología es fundamental para ayudar a hacer realidad la participación plena e
igualitaria de las personas con discapacidad. Con el tema «Desarrollo Sostenible:
La promesa de la tecnología», el Día Internacional de este año examinará esta
cuestión en el contexto de la agenda para el desarrollo después de 2015.
En México de acuerdo con cifras del INEGI en 2010, 5.7 millones de personas
padecen alguna discapacidad, cifra que equivale a 5.1%1 de la población total en
el país (112 millones de mexicanos). De las personas que presentan alguna
discapacidad, 47.7% son hombres y 52.3% mujeres2.
Por cifras del INEGI para 2012, en el país existían 31 .5 millones de hogares, de
ellos 6.1 millones reportan que existe al menos una persona con discapacidad; es
decir, en 19 de cada 100 hogares vive una persona que presenta alguna dificultad,
incrementando al 6.6% de la población que manifestó tener algún tipo de
discapacidad.
1 INEGI {2010) Censo de Población y Vivienda 2010. Tabulados básicos. Cuestionario Ampliado. Disponible en:
http:/ /www.inegi.org.mx/sistemas/TabuladosBasicos/Default. aspx?c=27303&s=est INEGI {2010) Encuesta Nacional de Ingresos y
Gastos de los Hogares, http:/ /www .inegi. org.mx/est/contenidos/Proyectos/encuestas/hogares/regula res/enigh/presentacion .aspx
2 1 [DOC] discapqcidadO.doc-lnegi www. inegi.org.mx/inegi/contenidos/espanol/ . ../discapacidadO.doc Formato de archivo: Microsotl
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de 112 millones de personas. De ellas, aproximadamente 5.7 millones (ó 5.1 % de la población total) reportan tener. ... 'Las personas con
discapacidad en México, una visión a12010 http://www.inegi .org.mx/
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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad.
La población con discapacidad en el país está formada principalmente por adultos
mayores, es decir, personas de 60 años y más, así como adultos entre los 30 y los
59 años.
Los adultos mayores son el grupo de edad que tiene mayor porcentaje de
representación en la población con discapacidad, aproximadamente 31 de cada
1 00; lo cual constituye una proporción cinco veces más alta que entre los adultos,
14 veces más que entre los jóvenes y 16 veces más que entre los niños.
El 58 por ciento de las personas con discapacidad tienen limitaciones para moverse
y le siguen las discapacidades para ver, oír, trastornos mentales, del habla o de
comunicación, así como las limitantes para el auto cuidado personal.
Las mujeres con discapacidad son las menos involucradas porque sólo 18.3 por
ciento de ellas participa en una actividad económica, frente a 42.3 por ciento de
hombres con discapacidad y 35.5 por ciento de aquellas sin discapacidad.
La cuantificación de la discapacidad y sus determinantes permite visibilizar a un
sector de la población joven que enfrenta contextos de exclusión y de
discriminación que violentan sus derechos3.
En 2014, de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de la Dinámica
Demográfica (ENADID), poco más de 674 mil jóvenes declararon tener mucha
3 Organización Mundial de la Salud [OMS) (2014) . Discapacidad. Proyecto de acción mundial de la OMS sobre discapacidad 2014-2021:
Mejor salud para todas las personas con discapacidad. Informe de la Secretaría. EB134/16. Recuperado el 27 de febrero de 2015 de: http:/ /apps.who.int/gb/ebwha/pdf_files/EB134/B134_16-sp.pdf e Instituto Mexicano de la Juventud [lmjuve) (2014). Programa Nacional de Juventud (Pro juventud) 2014-2018
3
Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad.
dificultad o no poder hacer alguna de las actividades consideradas básicas del
funcionamiento humano.
Ellos son personas con discapacidad y representan 2. 2% de la población de entre
15 y 29 años de edad que residen en el país. La Organización Mundial de la Salud
(OMS) afirma que lo que sucede en una etapa de la vida afecta y se ve afectado
por lo que acontece en otras; de allí la importancia de distinguir a los jóvenes que,
si bien no viven con discapacidad, tienen dificultades leves o moderadas para
realizar al menos una de las actividades básicas.
Los datos de la ENADID 2014 revelan que 6.6% de la población de entre 15 y 29
años del país vivían con esta condición , lo cual equivale a alrededor de un millón
969 mil jóvenes con limitación en la actividad.
En 2014, del total de la población con discapacidad del país, 9.4% tienen entre 15
y 29 años de edad; por su parte, son jóvenes 12.4% de las personas con limitación
que residen en México. Las dificultades para ver (aunque use lentes) son las más
reportadas entre los jóvenes, tanto por los que tienen limitación (56.2%) como por
los que viven con discapacidad (44.6%), mientras que las relativas al cuidado
personal (bañarse, vestirse o comer) son las menos frecuentes entre ambos grupos
de la población 1 y 16.4 por ciento, respectivamente. Los problemas originados
durante el nacimiento (44.5%) o por enfermedad (39.0%) son los principales
detonantes de discapacidades entre los jóvenes.
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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad.
Aunque en menor medida, también lo son de las limitaciones, 29.4 y 37.1 %,
respectivamente4.
Respecto de los grupos en situación de vulnerabilidad, nuestra nación ha avanzado
de manera importante en la sensibilización y apoyo de los mismos, para alcanzar
la equidad y la igualdad de oportunidades, en particular de las personas con
discapacidad. Para ello, han sido necesarios ajustes a los marcos legales y políticas
concretas que posibiliten alcanzar verdaderamente niveles de igualdad e inclusión
para su desarrollo, tanto en los hechos como de derecho en los distintos ámbitos
del quehacer humano, ya sea desde la educación, el laboral, entre otros.
Debemos reconocer que en México se ha avanzado en la adopción de legislación,
políticas públicas, protocolos y directrices con el propósito de promover y proteger
los derechos de las personas con discapacidad, ya con la creación de la Ley
General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (2011) y su
Reglamento; el Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las
Personas con Discapacidad 2014-2018; y el Programa Nacional de Trabajo y
Empleo para las Personas con Discapacidad 2014-2018.
La Ley General para la !inclusión de las Personas con Discapacidad, tiene por objeto
reglamentar en lo conducente el artículo 1 o de la Constitución General de la
República, estableciendo las condiciones en las que el Estado deberá promover,
4 Consulte este documento en la Sala de Prensa deiiNEGI, en el sitio: www.inegi.org.mx/sistemas/sa/adeprensa/
S
Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad.
proteger y asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades
fundamentales de las personas con discapacidad, asegurando su plena inclusión a
la sociedad en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades y
mandata el establecimiento de políticas públicas necesarias para su ejercicio. La
observancia de la ley corresponde a las dependencias, entidades paraestatales y
órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal, Organismos
constitucionales . autónomos, Poder Legislativo, Poder Judicial, el Consejo, Los
Gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios en el ámbito de sus
respectivas competencias, así como las personas físicas o m orales de los sectores
social y privado que presten servicios a las personas con discapacidad.
De igual forma, se establecen las facultades del Titular del Poder Ejecutivo para
establecer políticas públicas, instruir la instrumentación de acciones que garanticen
la inclusión social y económica de las personas con discapacidad, incluir en el
Presupuesto de Egresos de la Federación los recursos para la implementación y
ejecución de las políticas públicas, entre otras; estableciendo las acciones que
deben llevar a cabo las dependencias federales particularmente en la elaboración
de programas nacionales a cargo del Gobierno federal, Estados y Municipios,
Secretaría de Salud, Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Secretaría de
Educación, Secretaría de Comunicaciones y Trasportes, Secretaría de Desarrollo
Social y la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, los que se hicieron
consistir en:
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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad.
1. Gobierno Federal, Estados y Municipios, en coordinación con Consejo,
./ Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de Personas con
Discapacidad. ~ublicado 30-04-2014 DOF
2. Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
./ Programa nacional de trabajo y empleo para las personas con discapacidad;
publicado 28-04-2014 DOF.
3. Secretaría de Salud .
./ Programas de salud pública para la orientación, prevención, detección,
estimulación temprana, atención integral o especializada, rehabilitación y
habilitación, para las diferentes discapacidades; (Diseñar, ejecutar y evaluar)
./ Programas de educación, capacitación, formación y especialización para la
salud en materia de discapacidad;
4. Secretaría de Educación .
./ Programa para la Educación Especial (diseño, ejecución y evaluación)
./ Programa para la educación especial e impulsar la inclusión de las personas
con discapacidad; (diseño, ejecución y evaluación)
./ Programa nacional de becas educativas y becas de capacitación para
personas con discapacidad en todos los niveles del Sistema Educativo
Nacional; (establecer)
./ Programas de formación y certificación de intérpretes, estenógrafos del
español y demás personal especializado en la difusión y uso conjunto del
español y la Lengua de Señas Mexicana; (Diseñar e implementar)
5. Secretaría de Comunicaciones y Trasportes.
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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad .
./ Programas que garanticen a las personas con discapacidad, la accesibilidad,
seguridad, comodidad, calidad y funcionalidad en los medios de transporte
público aéreo, terrestre y marítimo; (Establecer)
./ Programas y campañas de educación vial, cortesía urbana y respeto hacia
las personas con discapacidad en su tránsito por la vía y lugares públicos,
así como para evitar cualquier tipo de discriminación en el uso del transporte
público aéreo, terrestre o marítimo; (Promover);
6. Secretaría de Desarrollo social.
./ Programas para la prestación de servicios de asistencia social para personas
con discapacidad en situación de pobreza, abandono o marginación,
incluidos servicios de capacitación, asistencia financiera y servicios de
cuidados temporales; (establecer)
7. COMISIÓN NACIONAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE
./ Programas y acciones que garanticen el otorgamiento de apoyos
administrativos, técnicos, humanos y financieros, requeridos para la práctica
de actividades físicas y deportivas a la población con discapacidad, en sus
niveles de desarrollo popular, nuevos valores, prospectos, alto rendimiento
de primera fuerza y juveniles, máster y paralímpico; (Formular y aplicar)
Se reconoce el avance en la elaboración y publicación del Programa nacional de
trabajo y empleo para las personas con discapacidad; publicado 28-04-2014 OOF y
del Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con
Discapacidad 2014-2018, retoma las obligaciones previstas en la Ley para la
Inclusión de las Personas con Discapacidad, programa cuyo objetivo es incorporar
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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad.
los derechos de las personas con discapacidad en los programas o acciones de la
administración pública, para lo cual es invaluable la participación de los sectores
gubernamental, económico y de la sociedad civil, para que las personas con
discapacidad no sólo tengan acceso al empleo formal, sino también al autoempleo,
vía la generación de microempresas, a través de financiamientos públicos, que sean
ofrecidos con facilidades reales, bajo reglas de operación transparentes y viables y
con recursos significativos. ·
El programa antes mencionado se realizará a través del Consejo Nacional para el
Desarrollo y la inclusión de las personas con discapacidad (CONADIS)5,
advirtiéndose el primer obstáculo que se traduce dificultad para acceder a la
información total y transparente, basta consultar su portal o página oficial, donde se
observan la cantidad de programas publicados en las que incluyen a personas con
discapacidad sin embargo se desconoce en Aguascalientes la implementación
y ejecución de los mismos, así como las reglas de operación, ni mucho menos
los resultados obtenidos de ellos.
Esto, solo por mencionar el caso de la CONADIS, ya que el resto de los portales
de las Secretarías obligadas en la ley y en el programa para el diseño, ejecución y
evaluación de programas no se encuentran publicados en los portales oficiales, ni
5 http://conadis.gob.mx/ programasPublicos.php
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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad.
mucho menos se ha dado la difusión para que todas las personas tengan acceso a
la información de manera clara, oportuna y transparente.
Para el caso concreto de la Ciudad Aguascalientes, es necesario se, publiquen,
difundan ejecuten y evalúen los programas con reglas claras y trasparentes de
operación de programas que se pongan en marcha por las dependencias de los
tres niveles de gobierno en el respectivo ámbito de sus competencias pues dicho
sea de paso- no se puede hablar de programas de desarrollo social e inclusión de
personas con discapacidad, el reparto de televisores y tabletas electrónicas, es
necesario que cada una de las Secretarías obligadas en el la Ley, por conducto de
las Delegaciones Federales en el Estado de Aguascalientes, diseñen, difundan,
ejecuten y evalúen los programas nacionales para las personas con discapacidad y
faciliten el acceso a los mismos.
Por lo que se refiere al rubro de accesibilidad como derecho universal se
encuentra garantizado en el la Ley General, pero debemos decir que el hecho de
que se encuentre en la ley, no resuelve el problema para las personas con algún
tipo de discapacidad -temporal o permanente- ya que la realidad es que la gran
mayoría de los edificios y espacios públicos no cuentan con la infraestructura
adecuada para su acceso; en los espacios para recreación, en restaurantes,
aquellos lugares destinados a la cultura, a la educación públicas o privada, parques,
viviendas, trasporte público y los destinados a prestar algún tipo de trabajo.
Las personas con discapacidad me han referido insistentemente que la verdadera
problemática no son sus limitaciones, sino las barreras del entorno físico o social,
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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad.
que cancela su derecho de inclusión social, por lo que es necesario insistir en la
necesidad para desplazarse libremente en sus hogares o viviendas, entorno urbano,
hacer pleno uso de los sistemas de transporte público terrestre, aéreo o marítimos,
todo tipo de instalaciones públicas o privadas, ya que cuando pretenden incluso
hacer uso de taxi, son ignorados por algunos de los prestadores de servicios sin
que tampoco existan sanciones para quienes cometen este tipo de conductas.
En conclusión, para el rubro de accesibilidad es necesario que se establezcan
estrategias y se ejecuten las acciones en los tres niveles de gobierno a fin de contar
con diagnósticos y estadísticas que sean publicados de forma periódica y
trasparente, asumiendo compromisos para actualizar o elaborar normas
regulatorias, para lograr un entorno físico o social accesible, adoptando
medidas y ajustes razonables para eliminar y erradicar los obstáculos en
instalaciones públicas y privadas, y aplicando el diseño universal, de acuerdo a las
necesidades específicas de las personas con discapacidad, con el apoyo del
Instituto Nacional de Estadística y Geografía, para cuantificar e identificar los
espacios públicos en el Estado de Aguascalientes que incumplen con las reglas de
accesibilidad.
Que decir de la armonización legislativa, si bien es cierto el Programa Nacional y la
Ley General establecen los principios mínimos a considerar en otros cuerpos
legales, me referiré al rubro de la inclusión laboral de las personas con
discapacidad.
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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad.
El Censo 201 O reportó que 14% de la población con discapacidad ocupada no
recibe ingresos por su trabajo, 18.7% gana menos de un salario mínimo mensual
(SMM); 24.9% de uno a menos de 2 SMM; 16.5% de 2 a menos de 3 SMM; 11 .2%
de 3 a menos de 5 SMM; 5% de 5 a menos de 1 O SMM y sólo 2%, 1 O y más SMM.
Sólo 7% de las personas con discapacidad reciben más de 5 SMM y
aproximadamente 44% ganan al mes menos de $3,448 pesos o de $3,268 pesos,
dependiendo de la zona geográfica.
En cuanto a las prestaciones laborales y sociales, tenemos que además de los
ingresos por trabajo, el Censo 201 O, indicó que del conjunto de población con
discapacidad asalariada sólo 51.3% tiene prestaciones, porcentaje bajo en
relación con el de su contraparte sin discapacidad (68.2 por ciento) ; 43 de cada 100
asalariados con discapacidad gozan del derecho a aguinaldo, 42 de cada 100 a
servicio médico, 35 de cada 100 a vacaciones con goce de sueldo, 30 de cada 100
reciben ahorro para el retiro, 23 de cada 100, reparto de utilidades y 12 de cada
100, otras prestaciones.
Por lo anterior, el Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las
Personas con Discapacidad 2014-2018, buscó garantizar que en principio
como mínimo el 3% de las vacantes laborales existentes en la administración
pública sean destinadas a la contratación de personas con discapacidad; siendo
que en estados como Aguascalientes, la Ley de lntegraciónón Social y Productiva
de Personas con Discapacidad establece para el sector público la obligación de
contar con un mínimo de 2% de la planta laboral con personas con Discapacidad y
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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad.
para el sector privado sólo la mención de que -procurarán- un mínimo de 2% de su
planta laboral a personas con discapacidad, por lo que es necesario en principio
armonizar la legislación local para igualar el porcentaje mínimo del 3% que
establece el programa nacional, así como para que también sea obligatorio para el
sector privado.
Ahora no basta con garantizar el 3% de la planta laboral para personas con
discapacidad, sino que también sean trabajos que cumplan con los requisitos
mínimos que establece el artículo 11 de la Ley General para la Inclusión de las
Personas con Discapacidad, de tal modo que garanticen un trabajo digno y bien
remunerado, -a propósito de esto- resaltar que las personas con discapacidad son
las que tienen mayor gasto para trasladarse-.
Por lo anterior, se requiere hacer un esfuerzo conjunto entre los tres niveles de
gobierno así como personas físicas y morales que presten algún tipo de bien o
servicio que garanticen a través de infraestructura la libre movilidad (accesibilidad)
de la población.
Del mismo modo, tenemos que adecuar los ordenamientos jurídicos locales para
atender las recomendaciones internaciones, pues no basta reconocer los derechos
de las personas con discapacidad, sino ser vigilantes y sancionar a quienes
incumplan con el mandato legal.
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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de este Pleno, la
siguiente Proposición con:
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO.- Proposición con punto de acuerdo por el que respetuosamente se
exhorta a la Secretaría de Salud, Secretaría del Trabajo y Previsión Social,
Secretaría de Educación, Secretaría de Comunicaciones y Trasportes,
Secretaría de Desarrollo Social y la Comisión Nacional de Cultura Física y
Deporte, para que en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley General para la
Inclusión de las Personas con Discapacidad y diseñen, ejecuten y evalúen los
programas a que se encuentran obligadas conforme lo siguiente::
1. Secretaría de Salud .
./ Programas de salud pública para la orientación, prevención, detección,
estimulación temprana, atención integral o especializada, rehabilitación y
habilitación, para las diferentes discapacidades; (Diseñar, ejecutar y evaluar)
./ Programas de educación, capacitación, formación y especialización para la
salud en materia de discapacidad;
2. Secretaría de Educación .
./ Programa para la Educación Especial (diseño, ejecución y evaluación)
./ Programa para la educación especial e impulsar la inclusión de las personas
con discapacidad; (diseño, ejecución y evaluación)
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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad .
../ Programa nacional de becas educativas y becas de capacitación para
personas con discapacidad en todos los niveles del Sistema Educativo
Nacional; (establecer)
../ Programas de formación y certificación de intérpretes, estenógrafos del
español y demás personal especializado en la difusión y uso conjunto del
español y la Lengua de Señas Mexicana; (Diseñar e implementar)
3. Secretaría de Comunicaciones y Trasportes .
../ Programas que garanticen a las personas con discapacidad, la accesibilidad,
seguridad, comodidad, calidad y funcionalidad en los medios de transporte
público aéreo, terrestre y marítimo; (Establecer)
../ Programas y campañas de educación vial, cortesía urbana y respeto hacia
las personas con discapacidad en su tránsito por la vía y lugares públicos,
así como para evitar cualquier tipo de discriminación en el uso del transporte
público aéreo, terrestre o marítimo; (Promover);
4. Secretaría de Desarrollo social.
../ Programas para la prestación de servicios de asistencia social para personas
con discapacidad en situación de pobreza, abandono o marginación,
incluidos servicios de capacitación, asistencia financiera y servicios de
cuidados temporales; (establecer)
5. COMISIÓN NACIONAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE .
../ Programas y acciones que garanticen el otorgamiento de apoyos
administrativos, técnicos, humanos y financieros, requeridos para la práctica
de actividades físicas y deportivas a la población con discapacidad, en sus
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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad.
niveles de desarrollo popular, nuevos valores, prospectos, alto rendimiento
de primera fuerza y juveniles, máster y paralímpico; (Formular y aplicar)
SEGUNDO. Se exhorte respetuosamente a las Secretarías de Desarrollo
Social y Trabajo y Previsión Social, para que por conducto de sus
Delegaciones Federales en el Estado de Aguascalientes, 1). difundan, ejecuten
y transparenten en el Estado de Aguascalientes el Programa Nacional para el
Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad 2014-2018; y el
Programa Nacional de Trabajo y Empleo para las Personas con Discapacidad
2014-2018, haciendo públicas las reglas de operación de conformidad con la Ley
General Para la Inclusión de Personas con Discapacidad; y 2). Para que las
Secretarías de Desarrollo Social y Trabajo y Previsión Social presenten un informe
pormenorizado de los programas hechos llegar a las personas discapacitadas en
el Estado de Aguascalientes y sus Municipios, así como las personas beneficiadas
con estos desde su publicación en el DOF al mes de septiembre de 2Q15.
TERCERO. Se exhorta respetuosamente al Congreso del Estado de
Aguascalientes, para que: 1) Legisle en materia de accesibilidad universal que
garanticen infraestructura adecuada no sólo en edificios nuevos, sino también en
los existentes, en los que se presten servicios públicos y privados; 2) Establecer en
el ámbito de su competencia el Órgano que tendrá a su cargo el control, vigilancia,
evaluación y aplicación de sanciones para quienes incumplan con las obligaciones
previstas en la Ley de Integración Social y Productiva de Personas con
Discapacidad para el Estado de Aguascalientes; y 3) Para que lleve a cabo la
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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a
diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad.
armonización legislativa para incrementar el mínimo porcentaje de personas con
discapacidad en la plantilla laboral , tanto en el sector público como en el privado; y
CUARTO. Al Instituto Nacional de Estadística y Geografía para que en términos
de la Ley General para la Inclusión de /as Personas con Discapacidad, incluya en
el Censo correspondiente la recopilación de datos relacionados con la
cuantificación de edificios públicos y los privados que presten algún tipo de
servicio, de donde se desprenda el número de aquellos que cumplen y /os que no,
con /as instalaciones que garanticen el acceso libre de /as personas con
discapacidad.
QUINTO.- Se solicita respetuosamente al Comisión Estatal de Derechos
Humanos del Estado de Aguascalientes, para que por conducto de su titular,
difunda información sobre los derechos de las personas con discapacidad y vigile
el respeto a sus derechos, así como para fomentar y difundir la cultura de denuncias
o quejas por violación a los Derechos de las Personas con Discapacidad en el
Estado de Aguascalientes y sus Municipios.
Dado en el Salón de Sesiones del Senado de la República, a los veintiséis días del
mes de octubre de dos mil quince.
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