consideraciones - sistema de información legislativa

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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Martín Orozco Sandoval, Senador de la República para la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión e Integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 8 numeral 1, fracción 11, del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta Soberanía, documento que contiene proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes : CONSIDERACIONES El Comité de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad hace referencia a algunos aspectos positivos, como la aprobación de la Ley Federal para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y la adopción de los programas nacionales en materia de derechos humanos, discapacidad y no discriminación. Asimismo, el Comité aborda dentro de los principales ámbitos de preocupación temas tales como igualdad y no discriminación; mujeres con discapacidad; niños y niñas con discapacidad; accesibilidad; situaciones de riesgo y emergencias humanitarias; acceso a la justicia; libertad y seguridad de la persona; tortura y malos tratos; explotación, violencia y abuso; integridad personal; libertad de desplazamiento y nacionalidad; derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad; respeto del hogar y de la familia; educación; salud; trabajo y empleo; nivel de vida adecuado y protección social; participación en la vida política y pública, entre otros. Se estima que mil millones de personas en todo el mundo viven con una discapacidad, y el 80% de ellos viven en países en desarrollo, el acceso a la 1

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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad.

Martín Orozco Sandoval , Senador de la República para la LXIII Legislatura del

Congreso de la Unión e Integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción

Nacional, con fundamento en el artículo 8 numeral 1, fracción 11, del Reglamento

del Senado de la República, someto a la consideración de esta Soberanía,

documento que contiene proposición con punto de acuerdo al tenor de las

siguientes:

CONSIDERACIONES

El Comité de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad hace

referencia a algunos aspectos positivos, como la aprobación de la Ley Federal para

la Inclusión de las Personas con Discapacidad y la adopción de los programas

nacionales en materia de derechos humanos, discapacidad y no discriminación.

Asimismo, el Comité aborda dentro de los principales ámbitos de preocupación

temas tales como igualdad y no discriminación; mujeres con discapacidad; niños y

niñas con discapacidad; accesibilidad; situaciones de riesgo y emergencias

humanitarias; acceso a la justicia; libertad y seguridad de la persona; tortura y malos

tratos; explotación, violencia y abuso; integridad personal; libertad de

desplazamiento y nacionalidad; derecho a vivir de forma independiente y a ser

incluido en la comunidad; respeto del hogar y de la familia; educación; salud; trabajo

y empleo; nivel de vida adecuado y protección social; participación en la vida política

y pública, entre otros.

Se estima que mil millones de personas en todo el mundo viven con una

discapacidad, y el 80% de ellos viven en países en desarrollo, el acceso a la

1

Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad.

tecnología es fundamental para ayudar a hacer realidad la participación plena e

igualitaria de las personas con discapacidad. Con el tema «Desarrollo Sostenible:

La promesa de la tecnología», el Día Internacional de este año examinará esta

cuestión en el contexto de la agenda para el desarrollo después de 2015.

En México de acuerdo con cifras del INEGI en 2010, 5.7 millones de personas

padecen alguna discapacidad, cifra que equivale a 5.1%1 de la población total en

el país (112 millones de mexicanos). De las personas que presentan alguna

discapacidad, 47.7% son hombres y 52.3% mujeres2.

Por cifras del INEGI para 2012, en el país existían 31 .5 millones de hogares, de

ellos 6.1 millones reportan que existe al menos una persona con discapacidad; es

decir, en 19 de cada 100 hogares vive una persona que presenta alguna dificultad,

incrementando al 6.6% de la población que manifestó tener algún tipo de

discapacidad.

1 INEGI {2010) Censo de Población y Vivienda 2010. Tabulados básicos. Cuestionario Ampliado. Disponible en:

http:/ /www.inegi.org.mx/sistemas/TabuladosBasicos/Default. aspx?c=27303&s=est INEGI {2010) Encuesta Nacional de Ingresos y

Gastos de los Hogares, http:/ /www .inegi. org.mx/est/contenidos/Proyectos/encuestas/hogares/regula res/enigh/presentacion .aspx

2 1 [DOC] discapqcidadO.doc-lnegi www. inegi.org.mx/inegi/contenidos/espanol/ . ../discapacidadO.doc Formato de archivo: Microsotl

Word - Vista rápida En México 5.1% de;; la población total son personas con discapacidad .. .. ampliado [1] , en México hab itan alrededor

de 112 millones de personas. De ellas, aproximadamente 5.7 millones (ó 5.1 % de la población total) reportan tener. ... 'Las personas con

discapacidad en México, una visión a12010 http://www.inegi .org.mx/

2

Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad.

La población con discapacidad en el país está formada principalmente por adultos

mayores, es decir, personas de 60 años y más, así como adultos entre los 30 y los

59 años.

Los adultos mayores son el grupo de edad que tiene mayor porcentaje de

representación en la población con discapacidad, aproximadamente 31 de cada

1 00; lo cual constituye una proporción cinco veces más alta que entre los adultos,

14 veces más que entre los jóvenes y 16 veces más que entre los niños.

El 58 por ciento de las personas con discapacidad tienen limitaciones para moverse

y le siguen las discapacidades para ver, oír, trastornos mentales, del habla o de

comunicación, así como las limitantes para el auto cuidado personal.

Las mujeres con discapacidad son las menos involucradas porque sólo 18.3 por

ciento de ellas participa en una actividad económica, frente a 42.3 por ciento de

hombres con discapacidad y 35.5 por ciento de aquellas sin discapacidad.

La cuantificación de la discapacidad y sus determinantes permite visibilizar a un

sector de la población joven que enfrenta contextos de exclusión y de

discriminación que violentan sus derechos3.

En 2014, de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de la Dinámica

Demográfica (ENADID), poco más de 674 mil jóvenes declararon tener mucha

3 Organización Mundial de la Salud [OMS) (2014) . Discapacidad. Proyecto de acción mundial de la OMS sobre discapacidad 2014-2021:

Mejor salud para todas las personas con discapacidad. Informe de la Secretaría. EB134/16. Recuperado el 27 de febrero de 2015 de: http:/ /apps.who.int/gb/ebwha/pdf_files/EB134/B134_16-sp.pdf e Instituto Mexicano de la Juventud [lmjuve) (2014). Programa Nacional de Juventud (Pro juventud) 2014-2018

3

Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad.

dificultad o no poder hacer alguna de las actividades consideradas básicas del

funcionamiento humano.

Ellos son personas con discapacidad y representan 2. 2% de la población de entre

15 y 29 años de edad que residen en el país. La Organización Mundial de la Salud

(OMS) afirma que lo que sucede en una etapa de la vida afecta y se ve afectado

por lo que acontece en otras; de allí la importancia de distinguir a los jóvenes que,

si bien no viven con discapacidad, tienen dificultades leves o moderadas para

realizar al menos una de las actividades básicas.

Los datos de la ENADID 2014 revelan que 6.6% de la población de entre 15 y 29

años del país vivían con esta condición , lo cual equivale a alrededor de un millón

969 mil jóvenes con limitación en la actividad.

En 2014, del total de la población con discapacidad del país, 9.4% tienen entre 15

y 29 años de edad; por su parte, son jóvenes 12.4% de las personas con limitación

que residen en México. Las dificultades para ver (aunque use lentes) son las más

reportadas entre los jóvenes, tanto por los que tienen limitación (56.2%) como por

los que viven con discapacidad (44.6%), mientras que las relativas al cuidado

personal (bañarse, vestirse o comer) son las menos frecuentes entre ambos grupos

de la población 1 y 16.4 por ciento, respectivamente. Los problemas originados

durante el nacimiento (44.5%) o por enfermedad (39.0%) son los principales

detonantes de discapacidades entre los jóvenes.

4

Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad.

Aunque en menor medida, también lo son de las limitaciones, 29.4 y 37.1 %,

respectivamente4.

Respecto de los grupos en situación de vulnerabilidad, nuestra nación ha avanzado

de manera importante en la sensibilización y apoyo de los mismos, para alcanzar

la equidad y la igualdad de oportunidades, en particular de las personas con

discapacidad. Para ello, han sido necesarios ajustes a los marcos legales y políticas

concretas que posibiliten alcanzar verdaderamente niveles de igualdad e inclusión

para su desarrollo, tanto en los hechos como de derecho en los distintos ámbitos

del quehacer humano, ya sea desde la educación, el laboral, entre otros.

Debemos reconocer que en México se ha avanzado en la adopción de legislación,

políticas públicas, protocolos y directrices con el propósito de promover y proteger

los derechos de las personas con discapacidad, ya con la creación de la Ley

General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (2011) y su

Reglamento; el Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las

Personas con Discapacidad 2014-2018; y el Programa Nacional de Trabajo y

Empleo para las Personas con Discapacidad 2014-2018.

La Ley General para la !inclusión de las Personas con Discapacidad, tiene por objeto

reglamentar en lo conducente el artículo 1 o de la Constitución General de la

República, estableciendo las condiciones en las que el Estado deberá promover,

4 Consulte este documento en la Sala de Prensa deiiNEGI, en el sitio: www.inegi.org.mx/sistemas/sa/adeprensa/

S

Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad.

proteger y asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades

fundamentales de las personas con discapacidad, asegurando su plena inclusión a

la sociedad en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades y

mandata el establecimiento de políticas públicas necesarias para su ejercicio. La

observancia de la ley corresponde a las dependencias, entidades paraestatales y

órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal, Organismos

constitucionales . autónomos, Poder Legislativo, Poder Judicial, el Consejo, Los

Gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios en el ámbito de sus

respectivas competencias, así como las personas físicas o m orales de los sectores

social y privado que presten servicios a las personas con discapacidad.

De igual forma, se establecen las facultades del Titular del Poder Ejecutivo para

establecer políticas públicas, instruir la instrumentación de acciones que garanticen

la inclusión social y económica de las personas con discapacidad, incluir en el

Presupuesto de Egresos de la Federación los recursos para la implementación y

ejecución de las políticas públicas, entre otras; estableciendo las acciones que

deben llevar a cabo las dependencias federales particularmente en la elaboración

de programas nacionales a cargo del Gobierno federal, Estados y Municipios,

Secretaría de Salud, Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Secretaría de

Educación, Secretaría de Comunicaciones y Trasportes, Secretaría de Desarrollo

Social y la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, los que se hicieron

consistir en:

6

Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad.

1. Gobierno Federal, Estados y Municipios, en coordinación con Consejo,

./ Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de Personas con

Discapacidad. ~ublicado 30-04-2014 DOF

2. Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

./ Programa nacional de trabajo y empleo para las personas con discapacidad;

publicado 28-04-2014 DOF.

3. Secretaría de Salud .

./ Programas de salud pública para la orientación, prevención, detección,

estimulación temprana, atención integral o especializada, rehabilitación y

habilitación, para las diferentes discapacidades; (Diseñar, ejecutar y evaluar)

./ Programas de educación, capacitación, formación y especialización para la

salud en materia de discapacidad;

4. Secretaría de Educación .

./ Programa para la Educación Especial (diseño, ejecución y evaluación)

./ Programa para la educación especial e impulsar la inclusión de las personas

con discapacidad; (diseño, ejecución y evaluación)

./ Programa nacional de becas educativas y becas de capacitación para

personas con discapacidad en todos los niveles del Sistema Educativo

Nacional; (establecer)

./ Programas de formación y certificación de intérpretes, estenógrafos del

español y demás personal especializado en la difusión y uso conjunto del

español y la Lengua de Señas Mexicana; (Diseñar e implementar)

5. Secretaría de Comunicaciones y Trasportes.

7

Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad .

./ Programas que garanticen a las personas con discapacidad, la accesibilidad,

seguridad, comodidad, calidad y funcionalidad en los medios de transporte

público aéreo, terrestre y marítimo; (Establecer)

./ Programas y campañas de educación vial, cortesía urbana y respeto hacia

las personas con discapacidad en su tránsito por la vía y lugares públicos,

así como para evitar cualquier tipo de discriminación en el uso del transporte

público aéreo, terrestre o marítimo; (Promover);

6. Secretaría de Desarrollo social.

./ Programas para la prestación de servicios de asistencia social para personas

con discapacidad en situación de pobreza, abandono o marginación,

incluidos servicios de capacitación, asistencia financiera y servicios de

cuidados temporales; (establecer)

7. COMISIÓN NACIONAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE

./ Programas y acciones que garanticen el otorgamiento de apoyos

administrativos, técnicos, humanos y financieros, requeridos para la práctica

de actividades físicas y deportivas a la población con discapacidad, en sus

niveles de desarrollo popular, nuevos valores, prospectos, alto rendimiento

de primera fuerza y juveniles, máster y paralímpico; (Formular y aplicar)

Se reconoce el avance en la elaboración y publicación del Programa nacional de

trabajo y empleo para las personas con discapacidad; publicado 28-04-2014 OOF y

del Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con

Discapacidad 2014-2018, retoma las obligaciones previstas en la Ley para la

Inclusión de las Personas con Discapacidad, programa cuyo objetivo es incorporar

8

Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad.

los derechos de las personas con discapacidad en los programas o acciones de la

administración pública, para lo cual es invaluable la participación de los sectores

gubernamental, económico y de la sociedad civil, para que las personas con

discapacidad no sólo tengan acceso al empleo formal, sino también al autoempleo,

vía la generación de microempresas, a través de financiamientos públicos, que sean

ofrecidos con facilidades reales, bajo reglas de operación transparentes y viables y

con recursos significativos. ·

El programa antes mencionado se realizará a través del Consejo Nacional para el

Desarrollo y la inclusión de las personas con discapacidad (CONADIS)5,

advirtiéndose el primer obstáculo que se traduce dificultad para acceder a la

información total y transparente, basta consultar su portal o página oficial, donde se

observan la cantidad de programas publicados en las que incluyen a personas con

discapacidad sin embargo se desconoce en Aguascalientes la implementación

y ejecución de los mismos, así como las reglas de operación, ni mucho menos

los resultados obtenidos de ellos.

Esto, solo por mencionar el caso de la CONADIS, ya que el resto de los portales

de las Secretarías obligadas en la ley y en el programa para el diseño, ejecución y

evaluación de programas no se encuentran publicados en los portales oficiales, ni

5 http://conadis.gob.mx/ programasPublicos.php

9

Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad.

mucho menos se ha dado la difusión para que todas las personas tengan acceso a

la información de manera clara, oportuna y transparente.

Para el caso concreto de la Ciudad Aguascalientes, es necesario se, publiquen,

difundan ejecuten y evalúen los programas con reglas claras y trasparentes de

operación de programas que se pongan en marcha por las dependencias de los

tres niveles de gobierno en el respectivo ámbito de sus competencias pues dicho

sea de paso- no se puede hablar de programas de desarrollo social e inclusión de

personas con discapacidad, el reparto de televisores y tabletas electrónicas, es

necesario que cada una de las Secretarías obligadas en el la Ley, por conducto de

las Delegaciones Federales en el Estado de Aguascalientes, diseñen, difundan,

ejecuten y evalúen los programas nacionales para las personas con discapacidad y

faciliten el acceso a los mismos.

Por lo que se refiere al rubro de accesibilidad como derecho universal se

encuentra garantizado en el la Ley General, pero debemos decir que el hecho de

que se encuentre en la ley, no resuelve el problema para las personas con algún

tipo de discapacidad -temporal o permanente- ya que la realidad es que la gran

mayoría de los edificios y espacios públicos no cuentan con la infraestructura

adecuada para su acceso; en los espacios para recreación, en restaurantes,

aquellos lugares destinados a la cultura, a la educación públicas o privada, parques,

viviendas, trasporte público y los destinados a prestar algún tipo de trabajo.

Las personas con discapacidad me han referido insistentemente que la verdadera

problemática no son sus limitaciones, sino las barreras del entorno físico o social,

10

Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad.

que cancela su derecho de inclusión social, por lo que es necesario insistir en la

necesidad para desplazarse libremente en sus hogares o viviendas, entorno urbano,

hacer pleno uso de los sistemas de transporte público terrestre, aéreo o marítimos,

todo tipo de instalaciones públicas o privadas, ya que cuando pretenden incluso

hacer uso de taxi, son ignorados por algunos de los prestadores de servicios sin

que tampoco existan sanciones para quienes cometen este tipo de conductas.

En conclusión, para el rubro de accesibilidad es necesario que se establezcan

estrategias y se ejecuten las acciones en los tres niveles de gobierno a fin de contar

con diagnósticos y estadísticas que sean publicados de forma periódica y

trasparente, asumiendo compromisos para actualizar o elaborar normas

regulatorias, para lograr un entorno físico o social accesible, adoptando

medidas y ajustes razonables para eliminar y erradicar los obstáculos en

instalaciones públicas y privadas, y aplicando el diseño universal, de acuerdo a las

necesidades específicas de las personas con discapacidad, con el apoyo del

Instituto Nacional de Estadística y Geografía, para cuantificar e identificar los

espacios públicos en el Estado de Aguascalientes que incumplen con las reglas de

accesibilidad.

Que decir de la armonización legislativa, si bien es cierto el Programa Nacional y la

Ley General establecen los principios mínimos a considerar en otros cuerpos

legales, me referiré al rubro de la inclusión laboral de las personas con

discapacidad.

11

Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad.

El Censo 201 O reportó que 14% de la población con discapacidad ocupada no

recibe ingresos por su trabajo, 18.7% gana menos de un salario mínimo mensual

(SMM); 24.9% de uno a menos de 2 SMM; 16.5% de 2 a menos de 3 SMM; 11 .2%

de 3 a menos de 5 SMM; 5% de 5 a menos de 1 O SMM y sólo 2%, 1 O y más SMM.

Sólo 7% de las personas con discapacidad reciben más de 5 SMM y

aproximadamente 44% ganan al mes menos de $3,448 pesos o de $3,268 pesos,

dependiendo de la zona geográfica.

En cuanto a las prestaciones laborales y sociales, tenemos que además de los

ingresos por trabajo, el Censo 201 O, indicó que del conjunto de población con

discapacidad asalariada sólo 51.3% tiene prestaciones, porcentaje bajo en

relación con el de su contraparte sin discapacidad (68.2 por ciento) ; 43 de cada 100

asalariados con discapacidad gozan del derecho a aguinaldo, 42 de cada 100 a

servicio médico, 35 de cada 100 a vacaciones con goce de sueldo, 30 de cada 100

reciben ahorro para el retiro, 23 de cada 100, reparto de utilidades y 12 de cada

100, otras prestaciones.

Por lo anterior, el Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las

Personas con Discapacidad 2014-2018, buscó garantizar que en principio

como mínimo el 3% de las vacantes laborales existentes en la administración

pública sean destinadas a la contratación de personas con discapacidad; siendo

que en estados como Aguascalientes, la Ley de lntegraciónón Social y Productiva

de Personas con Discapacidad establece para el sector público la obligación de

contar con un mínimo de 2% de la planta laboral con personas con Discapacidad y

12

Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad.

para el sector privado sólo la mención de que -procurarán- un mínimo de 2% de su

planta laboral a personas con discapacidad, por lo que es necesario en principio

armonizar la legislación local para igualar el porcentaje mínimo del 3% que

establece el programa nacional, así como para que también sea obligatorio para el

sector privado.

Ahora no basta con garantizar el 3% de la planta laboral para personas con

discapacidad, sino que también sean trabajos que cumplan con los requisitos

mínimos que establece el artículo 11 de la Ley General para la Inclusión de las

Personas con Discapacidad, de tal modo que garanticen un trabajo digno y bien

remunerado, -a propósito de esto- resaltar que las personas con discapacidad son

las que tienen mayor gasto para trasladarse-.

Por lo anterior, se requiere hacer un esfuerzo conjunto entre los tres niveles de

gobierno así como personas físicas y morales que presten algún tipo de bien o

servicio que garanticen a través de infraestructura la libre movilidad (accesibilidad)

de la población.

Del mismo modo, tenemos que adecuar los ordenamientos jurídicos locales para

atender las recomendaciones internaciones, pues no basta reconocer los derechos

de las personas con discapacidad, sino ser vigilantes y sancionar a quienes

incumplan con el mandato legal.

13

Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de este Pleno, la

siguiente Proposición con:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- Proposición con punto de acuerdo por el que respetuosamente se

exhorta a la Secretaría de Salud, Secretaría del Trabajo y Previsión Social,

Secretaría de Educación, Secretaría de Comunicaciones y Trasportes,

Secretaría de Desarrollo Social y la Comisión Nacional de Cultura Física y

Deporte, para que en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley General para la

Inclusión de las Personas con Discapacidad y diseñen, ejecuten y evalúen los

programas a que se encuentran obligadas conforme lo siguiente::

1. Secretaría de Salud .

./ Programas de salud pública para la orientación, prevención, detección,

estimulación temprana, atención integral o especializada, rehabilitación y

habilitación, para las diferentes discapacidades; (Diseñar, ejecutar y evaluar)

./ Programas de educación, capacitación, formación y especialización para la

salud en materia de discapacidad;

2. Secretaría de Educación .

./ Programa para la Educación Especial (diseño, ejecución y evaluación)

./ Programa para la educación especial e impulsar la inclusión de las personas

con discapacidad; (diseño, ejecución y evaluación)

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Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad .

../ Programa nacional de becas educativas y becas de capacitación para

personas con discapacidad en todos los niveles del Sistema Educativo

Nacional; (establecer)

../ Programas de formación y certificación de intérpretes, estenógrafos del

español y demás personal especializado en la difusión y uso conjunto del

español y la Lengua de Señas Mexicana; (Diseñar e implementar)

3. Secretaría de Comunicaciones y Trasportes .

../ Programas que garanticen a las personas con discapacidad, la accesibilidad,

seguridad, comodidad, calidad y funcionalidad en los medios de transporte

público aéreo, terrestre y marítimo; (Establecer)

../ Programas y campañas de educación vial, cortesía urbana y respeto hacia

las personas con discapacidad en su tránsito por la vía y lugares públicos,

así como para evitar cualquier tipo de discriminación en el uso del transporte

público aéreo, terrestre o marítimo; (Promover);

4. Secretaría de Desarrollo social.

../ Programas para la prestación de servicios de asistencia social para personas

con discapacidad en situación de pobreza, abandono o marginación,

incluidos servicios de capacitación, asistencia financiera y servicios de

cuidados temporales; (establecer)

5. COMISIÓN NACIONAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE .

../ Programas y acciones que garanticen el otorgamiento de apoyos

administrativos, técnicos, humanos y financieros, requeridos para la práctica

de actividades físicas y deportivas a la población con discapacidad, en sus

15

Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad.

niveles de desarrollo popular, nuevos valores, prospectos, alto rendimiento

de primera fuerza y juveniles, máster y paralímpico; (Formular y aplicar)

SEGUNDO. Se exhorte respetuosamente a las Secretarías de Desarrollo

Social y Trabajo y Previsión Social, para que por conducto de sus

Delegaciones Federales en el Estado de Aguascalientes, 1). difundan, ejecuten

y transparenten en el Estado de Aguascalientes el Programa Nacional para el

Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad 2014-2018; y el

Programa Nacional de Trabajo y Empleo para las Personas con Discapacidad

2014-2018, haciendo públicas las reglas de operación de conformidad con la Ley

General Para la Inclusión de Personas con Discapacidad; y 2). Para que las

Secretarías de Desarrollo Social y Trabajo y Previsión Social presenten un informe

pormenorizado de los programas hechos llegar a las personas discapacitadas en

el Estado de Aguascalientes y sus Municipios, así como las personas beneficiadas

con estos desde su publicación en el DOF al mes de septiembre de 2Q15.

TERCERO. Se exhorta respetuosamente al Congreso del Estado de

Aguascalientes, para que: 1) Legisle en materia de accesibilidad universal que

garanticen infraestructura adecuada no sólo en edificios nuevos, sino también en

los existentes, en los que se presten servicios públicos y privados; 2) Establecer en

el ámbito de su competencia el Órgano que tendrá a su cargo el control, vigilancia,

evaluación y aplicación de sanciones para quienes incumplan con las obligaciones

previstas en la Ley de Integración Social y Productiva de Personas con

Discapacidad para el Estado de Aguascalientes; y 3) Para que lleve a cabo la

16

Proposición con punto de acuerdo que exhorta a

diversas autoridades a dar cumplimiento a lo dispuesto

en la Ley General para la Inclusión de las Personas con

Discapacidad.

armonización legislativa para incrementar el mínimo porcentaje de personas con

discapacidad en la plantilla laboral , tanto en el sector público como en el privado; y

CUARTO. Al Instituto Nacional de Estadística y Geografía para que en términos

de la Ley General para la Inclusión de /as Personas con Discapacidad, incluya en

el Censo correspondiente la recopilación de datos relacionados con la

cuantificación de edificios públicos y los privados que presten algún tipo de

servicio, de donde se desprenda el número de aquellos que cumplen y /os que no,

con /as instalaciones que garanticen el acceso libre de /as personas con

discapacidad.

QUINTO.- Se solicita respetuosamente al Comisión Estatal de Derechos

Humanos del Estado de Aguascalientes, para que por conducto de su titular,

difunda información sobre los derechos de las personas con discapacidad y vigile

el respeto a sus derechos, así como para fomentar y difundir la cultura de denuncias

o quejas por violación a los Derechos de las Personas con Discapacidad en el

Estado de Aguascalientes y sus Municipios.

Dado en el Salón de Sesiones del Senado de la República, a los veintiséis días del

mes de octubre de dos mil quince.

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17