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Secretaría Confederal de Formación para el Empleo Evaluación, acreditación, certificación Evaluación, acreditación, certificación de de Competencias Profesionales Competencias Profesionales adquiridas por adquiridas por experiencia laboral experiencia laboral o o vías no formales de formación vías no formales de formación RD 1224/ 2009 RD 1224/ 2009

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Page 1: adquiridas por experiencia laboral · Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad. 9. RD 797/1995 > directrices sobre los certificados de profesionalidad: la . experiencia

Secretaría Confederal de Formación para el Empleo

Evaluación, acreditación, certificaciónEvaluación, acreditación, certificación … …

dede Competencias ProfesionalesCompetencias Profesionalesadquiridas poradquiridas por

experiencia laboralexperiencia laboral oo

vías no formales de formaciónvías no formales de formación

RD 1224/ 2009RD 1224/ 2009

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“Quizá el logro de mayor relieve del movimiento sindical en su larga historia sea el haber conseguido establecer marcos jurídicos y convencionales donde se han anclado derechos subjetivos para millones de trabajadores del mundo. En el marco jurídico, además de los derechos ya no laborales sino sociales y universales (protección social), están también ancladas las bases de las relaciones laborales colectivas (libertad sindical, derecho de huelga, derecho al convenio colectivo, derechos de información y consulta, etc.). Los ataques permanentes a las relaciones laborales colectivas y la tendencia –no solo prédica- a la individualización de la relación entre trabajador y empresario constituyen hoy la brecha por la cual se quiere derruir la fortaleza del movimiento sindical, donde esta fortaleza existe, fundamentalmente en el mundo llamado desarrollado”.

José Mª Fidalgo “La reivindicación del trabajo como objetivo central del movimiento sindical”, en revista Gaceta Sindical, nº 11, Las relaciones laborales y los retos del sindicalismo, Madrid dic. 2008

Secretaría Confederal de Formación para el Empleo

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1. ¿Qué es?:

2. ¿un procedimiento aislado?:- definición elemental

- Forma parte de un sistema: SNCyFP- conjunto del sistema- catálogo: familias y niveles- adaptación de la formación al catálogo- equivalencias de la FP

3. El camino recorrido:- Europa: un somero repaso a una estrategia con recorrido - España: administración educativa versus administración laboral

4. ¿por qué y para qué?:- factores- objetivos

6. el camino por recorrer:- utilidad- igualdad

Secretaría Confederal de Formación para el Empleo

5. qué, como, cuando, requisitos y fases

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1. ¿qué es?

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Secretaría Confederal de Formación para el Empleo

Un procedimiento que:

Forma parte del sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional

…que los trabajadores hayamos conseguido a través de la experiencia laboral y/o la formación no formal y/o informal

Sirve para reconocer oficialmente las competencias y cualificación…

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2. ¿un procedimiento aislado?

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Ley 2/2006Orgánica de

Educación

Ley 56/2003

de Empleo

RD. CatálogoNacional de lasCualificaciones

Profesionales

RD.1538/2006Ordenación FP

del Sistema educativo

RD. 395/2007Formación

para el Empleo

RD. 34/2008 Certificados

Profesionalidad

Catálogo de Títulos

OM. DemandaOM. Oferta

Repertorio deCertificados

Ley 5/2002de las Cualificaciones y la FP

Ley 5/2002de las Cualificaciones y la FP

•RD 1558/2005 de Centros Integrados FP•RD 229/2008 Centros de Referencia Nacional FP

RD. 1224/09

Reconocimiento de las competencias

profesionales adquiridas por

experiencia laboral

Secretaría Confederal de Formación para el Empleo

+Información/Orientación

+Evaluación

Calidadsistema

el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesionalel Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesionalel Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional

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5

Secretaría Confederal de Formación para el Empleo

5 Niveles de Cualificación

Uni

vers

idad

Form

. Pro

fesi

onal

• Competencia en un conjunto reducido de actividades simples dentro de procesos normalizados

• Conocimientos y capacidades limitados.

• Competencia en actividades determinadas que pueden ejecutarse con autonomía

• Capacidad de utilizar instrumentos y técnicas propias• Conocimientos de fundamentos técnicos y científicos de la actividad y

del proceso

Competencia en actividades que requieren dominio de técnicas y se ejecutan con autonomía.

• Responsabilidad de supervisión de trabajo técnico y especializado• Comprensión de los fundamentos técnicos y científicos de las

actividades y del proceso.

AgrariaMarítimo-PesqueraIndustrias AlimentariasQuímicaImagen PersonalSanidadSeguridad y Medio AmbienteFabricación MecánicaInstalación y MantenimientoElectricidad y ElectrónicaEnergía y AguaTransporte y Mantenimiento de VehículosIndustrias extractivasEdificación y Obra CivilVidrio y CerámicaMadera, Mueble y CorchoTextil, Confección y PielArtes GráficasImagen y SonidoInformática y ComunicacionesAdministración y GestiónComercio y MarketingServicios Socioculturales y a la ComunidadHostelería y TurismoActividades Físicas y DeportivasArtes y Artesanías

S.N.C.yF.PS.N.C.yF.P.. Catalogo Nacional de las Cualificaciones

• Competencia en un amplio conjunto de actividades complejas• Diversidad de contextos con variables técnicas, científicas,

económicas u organizativas.• Responsabilidad de supervisión de trabajo y asignación de recursos.• Capacidades de innovación para planificar acciones desarrollar

proyectos, productos o servicios.

• Competencia en un amplio conjunto de actividades muy complejas, ejecutadas con gran autonomía

• Diversidad de contextos a menudo impredecibles• Planificación de acciones y diseño de productos, procesos o servicios • Responsabilidad en dirección y gestión.

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S.N.C.yF.PS.N.C.yF.P.. adaptación de la formación al catálogoadaptación de la formación al catálogo

MECMECCatálogo Catálogo

de TÍTULOS DE de TÍTULOS DE FORMACIÓN FORMACIÓN

PROFESIONALPROFESIONAL

CATÁLOGO CATÁLOGO NACIONAL NACIONAL

DE DE CUALIFICACIONESCUALIFICACIONES

MTASMTASRepertorio de Repertorio de

CERTIFICADOS DE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDADPROFESIONALIDAD

(Módulos Formativos (Módulos Formativos /Unidades formativas /Unidades formativas

Asociados a UC)Asociados a UC)

TÍTULOS FPGrado Medio

Grado Superior

Acreditaciones Parciales

(UC’s)

Programas de Cualificación Profesional

Inicial (Nivel 1)

Secretaría Confederal de Formación para el Empleo

CERTIFICADOSde

Profesionalidad

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cualificación 1

otra formación

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TÍTULO FP REGLADACERTIFICADO

PROFESIONALIDAD

MF1/UC1acreditación parcial

MF2/UC2acreditación parcial

S.N.C.yF.PS.N.C.yF.P.. equivalencias formación profesionalequivalencias formación profesional

cualificación 1

MF1/UC1acreditación parcial

MF2/UC2acreditación parcial

cual

ifica

ción

2

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3. El camino recorrido

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a) Instituciones Europeas

2000, Estrategia de Lisboa > UE impulsa adaptación educación/formación al objetivo central de promover una economía y una sociedad basadas en el conocimiento:

se reconocía la importancia del papel de la educación como

creación de centros de aprendizaje localespromoción de nuevas competencias básicas, en particular en las tecnologías

de la informacióntransparencia cada vez mayor de las cualificaciones.

Desde el 2000 se están adoptando decisiones –sobre educación, formación y cualificaciones- hasta llegar al reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral

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parte integral de las políticas económicas y socialesinstrumento para fortalecer la capacidad competitiva de Europagarantía para asegurar la cohesión de nuestras sociedades

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2001, Consejo “Educación”: Informe “sobre los futuros objetivos precisos de los sistemas de educación y formación”, de entre los que interesa destacar aquí

> estrategia que supere las barreras tradicionales entre las distintas etapas de la educación/formación formales y el aprendizaje formal e informal… con el reconocimiento del aprendizaje no formal e informal

facilitar acceso de todos/as a los sistemas de educación y formación…

2002/02 > CES, UNICE y CEEP -sindicatos/patronales europeas-

> reconocimiento y validación de competencias y cualificaciones… que los interlocutores sociales europeos consideran esencial, para lo que creen necesario profundizar en el diálogo, para facilitar la movilidad geográfica y ocupacional e incrementar la eficiencia de los mercados de trabajo…

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“Marco de acciones para el desarrollo permanente de competencias y cualificaciones”. 4 prioridades: recogemos una:

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2002/III Consejo Europeo, Barcelona > programa de trabajo “Educación y Formación 2010”

2002/XI Declaración de Copenhague –ministros europeos formación-por una mejor cooperación europea en materia de formación y enseñanza profesional y, entre otras prioridades, cita

promover el reconocimiento de competencias y cualificaciones, para lo que establece prioridades como desarrollar un conjunto de principios comunes, relativos a la validación de aprendizaje no formal e informal…

La Declaración de Copenhague -recogida un mes después por el Consejo de la Unión- ha ido marcando la política europea en esta materias.

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Mayo 2004 > Se establecen los principios europeos comunes para la determinación y convalidación de la educación no formal e informal:

Derechos individuales:

sistemas y enfoques para la determinación y convalidación de la educación no formal e informalofrecer orientación, asesoramiento e información sobre estos sistemas y enfoques

los procedimientos deben ser justos y transparentes y basarse en mecanismos adecuados de garantía de la calidad

carácter voluntario –para cada persona-acceso igualitario y trato equitativorespeto a los derechos y la intimidad de las personas

Obligaciones de los responsables:

Fiabilidad y confianza:

Credibilidad y legitimidad:los sistemas deben garantizar una participación equilibrada de todas las partes interesadasla evaluación ha de ser imparcialdeben garantizarse la competencia profesional de quienes llevan a cabo la evaluación

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El Consejo de la UE ha seguido estableciendo líneas de actuación –Maastricht 2004, Helsinki 2006, Burdeos 2008…- en relación con el aprendizaje no formal e informal

2008/12 > La Comisión Europea remite comunicación instituciones (Parlamento, Consejo, CES…) insistiendo en que queda mucho por hacer en la validación del aprendizaje no formal y considera una prioridad para el periodo 2009-2010 el desarrollo de estrategias de aprendizaje permanente, haciendo especial hincapié en la validación del aprendizaje no formal e informal y en la orientación.

2009/03 > La CES elabora una resolución sobre la FP Inicial y la continua para una estrategia europea para el empleo. Identifica en su resolución cinco prioridades de entre las que nos interesa destacar la 2ª:

Reconocimiento y validación de las aptitudes y habilidades, independientemente de la forma en que fueron adquiridos y su reconocimiento en la empresa.

2009/05 > el Consejo de la Unión define las áreas prioritarias en educación y formación 2009-2011 y señala: completar el proceso de aplicación de las estrategias nacionales de aprendizaje permanente, prestando especial atención a la validación de la enseñanza y la orientación no formal e informal.

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Las estrategias coordinadas para el empleoque promueve la U.E. se orientan hacia la obtención de una población activa cualificada. Una medida para favorecer la educación y la formación profesional y contribuir a la consecución de los objetivos de la cumbre de Lisboa del 2000

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Ámbito del SISTEMA EDUCATIVO:

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b) Administraciones Españolas

LOGSE 1990LOCE 2002LOE 2006…

han regulado el papel de la experiencia laboral como posibilidad de acceso a la Formación Profesional Específica, a través de pruebas y requisitos, de los que podían quedar exentos quienes acreditaran una experiencia laboral correspondiente…

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Ámbito de la ADMINISTRACIÓN LABORAL:

Plan FIP 1993 > Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad

RD 797/1995 > directrices sobre los certificados de profesionalidad: la experiencia laboral objeto de acreditación

RD 1506/2003 > se amplía la regulación de la acreditación a las vías no formales de formación

RD 942/2003 > determina condiciones básicas de las pruebas para la obtención de los Títulos de Técnico y Técnico superior de F.P. específicas

Sobre la base de ambos R.D., las CC.AA. han realizado convocatorias, “experimentales”, estableciendo procedimientos de evaluación y reconocimiento de competencias profesionales

la experiencia laboral adquiere un papel diferente:

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4. ¿por qué y para qué?

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Factores que motivan la norma

alto nivel de abandono del sistema educativo

acreditar la cualificación: ofrece nuevas oportunidades para evitar la exclusión social

Factores sociales:

envejecimiento población; incremento migracionesFactores demográficos:

la importancia de las nuevas tecnologías acentúa la apreciación de los conocimientos técnicos adquiridos por medios informales y no formales… la economía del conocimiento debe reflejarse en las empresas

Factores económicos/tecnológicos:

un gran número de actividades profesionales no cuentan con formación asociadaFactores laborales:

déficit de titulados medios de FP

acreditar su cualificación:mejora el acceso a los sistemas formales de educación y formaciónrepresenta una segunda oportunidad para el potencial de formación de cada persona

acreditar esa cualificación > neutraliza problemas en contextos de desempleomejora oportunidades en contexto de bonanza

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Objetivos de la norma

poner en valor competencia profesional (Art. 3.b)

Inserción e integración laboralLibre circulaciónProgresión personal y profesional

Facilitar

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5. Qué, como, cuando, requisitos y fases…

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¿Qué se podrá acreditar oficialmente con este procedimiento?

¿Cómo se realizará?:convocatorias: Gobiernos CC.AA. excepcional: Administración General del Estadosindicatos y empresarios más representativos podrán solicitar convocatorias

¿Cuando se harán estas convocatorias?:CC.AA. > un año de plazo para implantar el procedimiento

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unidades de competencia del CNC incluidas entítulos de FPcertificados de profesionalidad.

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nacionalidad españolaregistro de ciudadanía comunitaria

o tarjeta de familiar de ciudadano de la Uniónautorización de residencia y trabajo en España en vigor.

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Requisitos generales para participar en el procedimiento

• experiencia laboral: u.c. nivel I > mínimo de 1.200 horas trabajadasu.c. niveles II y III > 3 años, mínimo 2.000 horas trabajadas últimos 10 años 2 años

• formación: u.c. nivel I >. al menos 200 horas.u.c. niveles II y III > al menos 300 horas, últimos 10 años

mayores de 25 años que reúnan los requisitos

18 años cumplidos (u.c. nivel I)20 años (u.c. niveles II y III).

experiencia laboral y/o formación relacionada con las u.c. que se quieran acreditar.

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¿Qué fases tendrá el procedimiento?:

Asesoramiento: obligatorio (informe asesor no vinculante)

Evaluación: comprobación competencia profesional candidato

Acreditación: superado el proceso se expedirá acreditación de cada una de las u.c. demostradas, con validez y aplicación en todo el Estado.

> con métodos adecuados: observación en el puesto de trabajo, simulaciones, pruebas estandarizadas o entrevista profesional

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6. el camino por recorrer

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Derechocolectivo u objetivo

Derechocolectivo u objetivo

CualificaciónFormación

Experienciase

adquiere por

Derecho individual o subjetivo

Promoción ProfesionalClasificación Profesional

Carrera Profesional

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diálogo socialnegociación colectiva

Un derecho laboral

sirve para

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La intervención sindical evitó la existencia de dos procedimientos(uno por cada administración -la educativa y la laboral-) siendo obligatoria la creación de un único órgano de gestión.

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Conseguida la regulación legal de este derecho -RD 1224/2009-, hay que actuar con dos grandes referentes:

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utilidadigualdad

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• prioridades• instrumentos comunes: guías de evidencias, cuestionarios de

autoevaluación…• asesoramiento a través de Servicios Orientación propios de la

administración –SPE-• red de centros: para solicitud permanente (adultos sin ESO) y para la

evaluación convocatorias.• calendario de aplicación• difusión entre los usuarios

Desarrollo del R.D.: objeto de negociación en el marco del diálogo social

Negociando el Plan de implantación, desarrollo y aplicación del RD que contemple:

con el gobierno del Estadocon los de las CCAA -1 año para su implantación-.

referente Utilidad 1

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El arranque del sistema debería dar prioridad a las competencias relacionadas con:

los sectores de mayor demanda social(dependencia, educación infantil…)

los acuerdos alcanzados en la negociación colectiva

y la acreditación a trabajadores/as en paro.

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referente Utilidad 2

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importancia vital: intervenir desde la negociación colectiva (art. 10.5).

Si son posibles Convocatorias para colectivos específicos de un sector o empresa.Si es posible aplicar el procedimiento en los procesos de promoción, clasificación profesional, etc. del convenio correspondienteDefinir un Plan para evaluar la consecución de los objetivos que se hayan acordado para el sector o empresa.

Las organizaciones sectoriales deben analizar las posibilidades de aplicación del RD en su ámbito:

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referente Utilidad 3

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No olvidemos que el RD convierte a las administraciones autonómicas en sujeto de las convocatorias que deciden:

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el lugar en que se residacómo se haya adquirido la cualificaciónla situación profesional y económica en la que se encuentre el solicitantela competencia a reconocer.

Debemos plantear -Estado/CCAA- en las convocatorias mecanismos que velen por un derecho que debe ejercerse en condiciones de igualdad, al margen de

•las unidades de competencia que incluyen en las mismas •las tasas y sus cuantías y exenciones

referente Igualdad

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conocer y valorar este derechoproponer > RD objeto de negociación en el marco deldiálogo social, negociando un Plan de implantación, desarrollo y aplicación del mismoproponer en el arranque del sistema > prioridad a las competencias relacionadas con los sectores de mayor demanda social y las dirigidas a acreditar a trabajadores/as en paroproponer/acordar la aplicación del procedimiento tambiénen la negociación colectiva.plantear que las convocatorias garanticen la igualdad en el acceso al procedimiento

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El sindicato debePara terminar sinteticemos

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Acreditación Acreditación de de competencias profesionalescompetencias profesionalesadquiridas poradquiridas por

experiencia laboral o vías no formales de formación.

Regulación normativaRegulación normativa:: RD 1224/ 2009RD 1224/ 2009

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Preámbulo

Capítulo I: Objeto, concepto y finalidad

Capítulo II: Naturaleza y características del procedimiento de evaluación y acreditación

Capítulo III: Información y orientación e instrumentos de apoyo al procedimiento

Capítulo IV: Convocatoria e inscripción en el procedimiento

Capítulo V: Instrucción y resolución del procedimiento: Fases

Capítulo VI: Organización y gestión del procedimiento

Disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y finales.

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Preámbulo:Preámbulo:

…la gestión del sistema se descentraliza en las Comunidades Autónomas, a las que corresponderá la convocatoria y gestión de los procesos de evaluación y acreditación de competencias. Sin embargo la A.G.E. se reserva la capacidad de convocar estos procesos en supuestos excepcionales en los que

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«no pueda llevarse a cabo mediante mecanismos de cooperación o coordinación por requerir un grado de homogeneidad que sólo pueda asegurarse mediante atribución de un único titular, que forzosamente ha de ser el Estado, o, en fin, cuando sea necesario recurrir a un ente con capacidad para integrar intereses contrapuestos de diversas Comunidades Autónomas»

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CAPÍTULO ICAPÍTULO IObjeto, concepto y finalidadObjeto, concepto y finalidad

... evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación,…(art 1.1)

El procedimiento y los requisitos establecidos en este real decreto, así como los efectos de la evaluación y acreditación de competencias, tienen alcance y validez en todo el territorio del Estado. (art1.2)

(Vías no formales de formación: Procesos formativos no conducentes a acreditaciones oficiales).

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CAPÍTULO IICAPÍTULO IINaturaleza, y características del procedimiento…Naturaleza, y características del procedimiento…

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Principios del procedimiento:

Respecto de los derechos individuales: Igualdad de oportunidades en el acceso y transparencia del proceso de evaluación…

Fiabilidad: …criterios, métodos, e instrumentos que aseguren resultados comparables en todas las personas participantes, independientemente del lugar o momento en el que se desarrolle la evaluación de la competencia profesional.…/…

Participación: La definición, planificación y seguimiento del procedimiento serealizarán con la participación de los interlocutores sociales más representativos.Coordinación: Se garantizará la adecuada coordinación y complementariedad en las actuaciones de todas las partes responsables de su desarrollo, …

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El referente de la evaluación y la acreditación.

1. La evaluación y la acreditación tendrán como referentes las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales que estén incluidas en títulos de formación profesional y/o en certificados de profesionalidad

2. Para la evaluación de la competencia profesional en una determinada unidad de competencia, se tomarán como referentes las realizaciones profesionales, los criterios de realización y el contexto profesional…

3. Cada unidad de competencia será la unidad mínima de acreditación

…… CAPÍTULO IICAPÍTULO IINaturaleza, y características del procedimientoNaturaleza, y características del procedimiento

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…un servicio abierto y permanente

…facilitado por las Administraciones educativas y laborales. También … las Administraciones locales, los Agentes Sociales y otras entidades y organizaciones públicas y privadas.

CAPÍTULO III CAPÍTULO III -- Información y Orientación …Información y Orientación …

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La Administración General del Estado desarrollará fórmulas de cooperación y coordinación entre todos los entes implicados.

…una Plataforma de Información y Orientación……que formará parte del Sistema Integrado de Información y Orientación Profesional previsto en la Ley Orgánica 5/2002. ..

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CAPÍTULO IIICAPÍTULO III … Instrumentos de apoyoInstrumentos de apoyo

Los Mos. de Educación y Trabajo e Inmigración, en colaboración con las CCAA, elaborarán los instrumentos necesarios para optimizar el procedimiento y garantizar su homogeneidad y fiabilidad.

Un manual de procedimiento, que comprenderá:guía del candidato guía del asesorguía del evaluador

Cuestionarios de autoevaluación de las Unidades de Competencia

Guías de evidencias de las unidades de competencia como apoyo técnicopara realizar el proceso de evaluación

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CAP. IV CAP. IV –– quien hace las Convocatorias y que deben contener?quien hace las Convocatorias y que deben contener?

Las Administraciones competentes y en ellas constarán como mínimo:

a. las unidades de competencia que son objeto de evaluación, así como los títulos de formación profesional y/o certificados de profesionalidad en los que están incluidas.

b. los requisitos generales… y los requisitos específicos no académicosc. los lugares o medios para formalizar las inscripciones, así como los puntos específicos en

los que se facilitará la información y orientación a las que se refiere el artículo 8.d. los lugares en los que se desarrollará el procedimiento. e. El período de inscripción y los plazos de las distintas fases del procedimiento de

evaluación y acreditación.f. El procedimiento y los plazos para presentar reclamaciones al resultado de la evaluación de

las unidades de competencia.g. En el caso de que se limite el número de personas que podrán ser evaluadas, ese límite

deberá ser establecido en la convocatoria, atendiendo a las características socioeconómicas de la Administración convocante.

h. Los criterios de admisión en los casos en que se convoque un número máximo de personas a evaluar.

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… mayores de 25 años, que reúnan los requisitos de experiencia laboral o formativa… y que no puedan justificarlos… inscripción provisional... y justificación mediante prueba admitida en derecho.

Para facilitar la cualificación de personas adultas sin título de graduado en ESO, …se designarán Centros en que se podrá solicitar, en cualquier momento, su participación. Al menos una convocatoria anual, para obtener como mínimo una Cualificación de nivel I.

CAP. IV CAP. IV –– quien se puede presentar y como?quien se puede presentar y como?

Las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en cada ámbito territorial podrán solicitar convocatorias específicas …Se podrán realizar convocatorias para sectores o colectivos y de carácter suprautonómico, cuando las convocatorias autonómicas no lo garanticen…

Se podrán utilizar los permisos individuales de formación de acuerdo con lo que establezca el desarrollo del art. 12 del RD 395/2007.

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Español, comunitario o permiso residencia

18 años, para UC’s nivel I y 20 años para UC’s niveles II y III (en 2009 y 2010 19 cumplidos años para nivel II)

Justificar 3 años de experiencia laboral (mínimo 2000 horas) en 10 últimos años. 2 años (1200 h) para UC’s nivel I

En caso de formación, justificar 300 h en los 10 últimos años. Para nivel I, 200 h.

Mayores 25 años, sin documentación que acredite formación o experiencia: prueba admitida en derecho, validado por asesores/as para inscripción definitiva.

CAP. IV CAP. IV –– Requisitos de participación en el procedimientoRequisitos de participación en el procedimiento

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experiencia laboral:Asalariados: Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social,…, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación, Contrato de Trabajo o certificación de la empresa…, en la que conste…

Autónomos: Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social… con los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial. Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

Voluntarios o becarios: Certificación de la organización …en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.

vías no formales de formacióndocumento que acredite que se posee formación relacionada con las Uc’s que se pretendan

acreditar, en el que consten los contenidos y las horas de formación.

CAP. IV CAP. IV –– Justificación del historial profesional y/o formativoJustificación del historial profesional y/o formativo

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fase a): AsesoramientoEl asesoramiento será obligatorio… podrá realizarse de forma presencial o a través

de medios telemáticos,…

El asesor… realizará un informe orientativo sobre la conveniencia de que el candidato acceda a la fase de evaluación… tanto si es positivo como negativo, se traslada a la Comisión de Evaluación… Si el informe es negativo, se orienta para formación complementaria y centros

No obstante, dado que el contenido del informe del asesor no es vinculante, el candidato/a podrá decidir pasar a la fase de evaluación

CAP. V CAP. V -- Fases del procedimiento de evaluación y acreditaciónFases del procedimiento de evaluación y acreditación

INSCRIPCIÓN Los/as candidatos/as podrán inscribirse en cualquier convocatoria pública… (Extracto en BOE)

3 FASESa) Asesoramiento - b) Evaluación de la CP - c) Acreditación y Registro CP

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…comprobar si demuestra la competencia profesional requerida en las realizaciones profesionales en los niveles establecidos en los criterios de realización, y en una situación de trabajo, real o simulada, fijada a partir del contexto profesional.

se realizará analizando el informe del asesor y toda la documentación aportada por el candidato y, en su caso, recabando nuevas evidencias necesarias…

fase b): EvaluaciónEvaluación

Resultado en términos de: Demostrada / No demostrada

(?) La selección de los métodos se realizará de acuerdo con la naturaleza de la unidad de competencia… las características del candidato y los criterios para la evaluación recogidos en las guías de evidencia

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…se les expedirá una acreditación de cada una de las unidades de competencia demostradas

Cuando completen los requisitos para la obtención de un certificado de profesionalidad o un título de FP, la Administración competente le indicará los trámites necesarios para su obtención. Para títulos, se deberán cumplir requisitos acceso LOE.

La Administración competente transferirá los resultados a un registro, de carácter estatal, …por UC’s situado en el Servicio Público de Empleo Estatal al que tendrá acceso el Mº Educación… y las Administraciones educativas y laborales de las CC.AA.

fase c): Acreditación, expedición y registro de la CPAcreditación, expedición y registro de la CP

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La acreditación de una unidad de competencia adquirida por este procedimiento tiene efectos de acreditación parcial acumulable, de acuerdo con lo establecido en el artº 8.3 de la Ley 5/2002, con la finalidad de completar la formación conducente a la obtención del correspondiente título o certificado.

La Administración educativa reconocerá las unidades de competencia acreditadas, que surtirán efectos de convalidación de los módulos profesionales…

La Administración laboral reconocerá las unidades de competencia acreditadas, que surtirán efectos de exención de los módulos formativos asociados a las unidades de competencia de los certificados de profesionalidad…

CAP. V CAP. V -- Efecto de las acreditaciones obtenidasEfecto de las acreditaciones obtenidas

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CAP. VI CAP. VI –– Organización Organización y gestióny gestión del procedimiento…del procedimiento…

Estructuras organizativas responsablesEstructuras organizativas responsables

El Consejo General de la FP participará como órgano asesor y consultivo en el seguimiento yevaluación…

Las Administraciones públicas competentes garantizarán en la forma prevista en sus respectivos ámbitos territoriales, la participación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas

La A.G.E.Los Mos. de Trabajo e Inmigración y Educación constituirán una comisión interministerial para garantizar el cumplimiento de los principios, fines y funciones del procedimiento…

…información de todas las convocatorias de cada ámbito, intercambio de asesores y evaluadores, acuerdos, colaboración para elaborar guías de evidencia y resto documentación y y establecer, con las CCAA, la estructura organizativa prevista para las convocatorias en el art. 10.6

Las Comunidades Autónomas.En cada CC.AA. las administraciones educativa y laboral establecerán conjuntamente la

estructura organizativa responsable del procedimiento…

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Las administraciones responsables en su ámbito territorial… realLas administraciones responsables en su ámbito territorial… realizarán…izarán…planificarán, dirigirán y coordinarán… el procedimiento… velando por la calidad del mismo…facilitarán a la AGE los datos necesarios para el seguimiento y evaluación…designarán las comisiones de evaluación, determinarán las sedes de las distintas fases, habilitarán a los asesores y evaluadores y gestionarán su formación inicial y continua, establecerán el plan de calidad, custodiarán la documentación, acreditarán las UC’s de quienes superen la evaluación, registrarán las acreditaciones expedidas…

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……CAP. VI CAP. VI –– Organización yOrganización y gestión del procedimiento…gestión del procedimiento…

garantizarán la implantación y desarrollo del procedimientojunto a la AGE, habilitarán al personal necesario para garantizar el el asesoramiento y la evaluaciónfacilitarán a la AGE los datos necesarios para el seguimiento y evaluación…designarán las comisiones de evaluación, determinarán las sedes de las distintas fases, habilitarán a los asesores y evaluadores y gestionarán su formación inicial y continua, establecerán el plan de calidad, custodiarán la documentación, acreditarán las UC’s de quienes superen la evaluación, registrarán las acreditaciones expedidas…

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ASESOREStendrán las siguientes funciones: asesorar al candidato… elaborar un informe orientativo… colaborar con las comisiones de evaluación

EVALUADOREStendrán las siguientes funciones: concretar las actividades de evaluación… realizar la evaluación… evaluar a los candidatos

Habilitados por las Administraciones responsables en cada ámbito territorial …

…… CAP. VI CAP. VI –– Asesores, evaluadores y comisiones de evaluación…Asesores, evaluadores y comisiones de evaluación…

Requisitos: experiencia de al menos cuatro años como profesores…, formadores… o profesionales expertos…Superar un curso de formación específica No podrán actuar como asesores y en una misma convocatoria como evaluadores.

Requisitos: igual que los asesores

COMISIONES DE EVALUACIÓN: 5 miembros acreditados para evaluar: presidente, secretario y 3 vocales, garantizando la presencia de expertos del sector formativo y productivo (salvo excepciones). Presidente 6 años experiencia laboral o docente

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organizar el proceso de evaluación a través de un plan que incluya actividades, pruebas, gestión…

valorar la documentación aportada por los candidatos…

determinar métodos e instrumentos de evaluación…

evaluar la competencia profesional… recoger los resultados en un acta de evaluación y remitirla a la administración competente, con la propuesta de certificación…

resolver las reclamaciones…

informar al candidato y orientarle sobre las oportunidades para completar su formación… y obtener la acreditación completa de certificados y títulos…

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……CAP. VI CAP. VI –– Funciones Comisiones evaluación…Funciones Comisiones evaluación…

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……CAP. VI CAP. VI –– Centros autorizados para la evaluación Centros autorizados para la evaluación

Podrán ser autorizados por la Administración competente en cada ámbito territorial para desarrollar todas las fases:

Cuando sea necesario, la Administración competente, a instancia de la Comisión de Evaluación, podrá determinar otras sedes para la realización de algunas de las fases del procedimiento que cederán sus instalaciones y servicios… o podrá suscribir convenios, con empresas u otras entidades públicas o privadas, para utilizar otros centros que imparten formación profesional u otros espacios ubicados fuera de los centros docentes, cuando se considere adecuado.

Los Centros integrados públicos de FPlos Centros integrados privados concertados, que cuenten con la

correspondiente autorización administrativalos Centros de Referencia Nacional

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Los procedimientos… se dotarán de sistemas de gestión de calidad… que, para asegurar que se logren los objetivos y finalidades… contemplarán la evaluación de todos los aspectos que inciden en el procedimiento…

El proceso de evaluación y acreditación de la competencia será verificado a través de evaluaciones internas y auditorías externas que puedan contribuir a un proceso de mejora continua.

gestión de la calidad gestión de la calidad (adicional 1ª)

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Disposiciones adicionalesDisposiciones adicionales

Para participar en el procedimiento, los candidatos deberán abonar las tasasadministrativas que, en cada caso establezcan las Administraciones competentes…

Las Administraciones competentes dispondrán, estimando un nivel de ingresos por tasa, de recursos económicos para la realización….

la financiación la financiación ((adicional 2ª)

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Profesiones del área sanitaria de formación profesionalProfesiones del área sanitaria de formación profesional ((adicional 6ª)

Cuando las Administraciones competentes convoquen el procedimiento de evaluación de una unidad de competencia, que aún no esté incluida en algún títulode formación profesional o certificado de profesionalidad, se emitirá una acreditación de acuerdo con el anexo III B).

Dicha acreditación surtirá efectos de acreditación parcial acumulable cuando sea establecido el correspondiente título o certificado que la incluya.

Las convocatorias del procedimiento… en la familia profesional sanidad habrán de ajustarse a lo… que se acuerde entre el Mº Sanidad y las CCAA… tendente a garantizar la adecuada planificación de los recursos humanos del sistema de salud y el adecuado nivel formativo de los profesionales del área sanitaria.

esto traslada lo que entendemos como un derecho inherente a las personas al marco de las necesidades de planificación de las administraciones.

Las UC’s aun no incluidas en títulos o certificados…Las UC’s aun no incluidas en títulos o certificados… Disposición transitoria 2ª