administración de justicia en el perú

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Dentro del tema de los problemas por los que atraviesa la Administración de Justicia en el Perú, es justo mencionar que éste fue siempre un tema que ocupó y preocupó desde hace muchos años a distintos juristas especializados en materia constitucional. Haciendo un poco de memoria, veremos que ésta problemática empezó a ser abordada con mayor realce en las postrimerías de la década del setenta, pudiéndose tener aproximaciones prácticas al arreglo de su realidad o contexto, y esto fue sin lugar a dudas gracias a la existencia de una Comisión de Reforma Judicial establecida al interior de la Corte Suprema de dicha época, lo cual nos sirve de ejemplo a seguir en la actualidad. Cabe mencionar que desde mucho tiempo atrás, la noción que se tenía sobre la verdadera Administración de Justicia era escasa y prácticamente su total funcionamiento provenía de los políticos poderosos, litigantes incautos, letrados en búsqueda del "quien da mas" y Jueces parcializados. Ello daba pues un tono esencialmente subjetivo y muy injusto o parcializado a las apreciaciones, lo que permitió descubrir algunos problemas existentes y palpables. Es entonces en la década de los ochenta que la problemática se extendió mucho mas y a pesar de la entrada en vigencia de la Constitución de 1979, y de la reforma sustantiva dispuesta por esa Carta Magna, la Administración de Justicia continuó siendo uno de los temas que provocaba mayores protestas por parte de la opinión pública, en cuanto a su manejo. Así las cosas, la lentitud en su actuar, el prevaricato, la elitización de la justicia y la corrupción entre los funcionarios, eran los síntomas mas evidentes y muy notorios de la problemática real. A ello se le sumo el surgimiento del fenómeno subversivo y la configuración de nuevas e intrincadas modalidades de corrupción, que contribuyeron a agravar el ya complicado y sombrío panorama; el desenlace es arto conocido: perjudicándola hasta la actualidad, pues hasta hoy se perciben los estragos de ésta, de manera muy lamentable por cierto. Subsisten hasta la actualidad, problemas deshonestos como la importunación de los Poderes Políticos, la falta de independencia, la ausencia de recursos y como ya lo dijimos: la corrupción de Jueces, Vocales y Fiscales. Posiblemente el talón de Aquiles del mal funcionamiento de la Administración de Justicia en nuestro Perú, sea la falta de independencia que ha demostrado a lo largo de la historia y su sometimiento al poder político desde tiempos bastante remotos y hasta la actualidad, lo cual tristemente no es desconocido.Estos males no han sido básicamente eliminados luego del golpe de Estado del 05 de abril del año 1992, aùn cuando una de las razones solicitadas para su ejecución fue la caótica situación de la Administración de Justicia y la necesidad de modificar tal panorama, que era quizás el tema de mayor importancia en esa época. En esta fase de reflexión, es preciso hacer un alto debiéndose indicar y dejar en claro que las innovaciones relativas al Poder Judicial tienen por principal objetivo: asegurar su autonomía. Es tanta la dimensión del daño que causa el ejercicio por malos gobiernos de la facultad de nombrar los Jueces, a los Vocales y a los Fiscales, que la previsión más elemental, y muy justificada por la evidencia de los

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BIEN JURIDICO PROTEGIDOEs la salud de la persona individualTIPICIDAD OBJETIVASujetos activo y pasivopueden ser cualquier persona.Eltipo objetivorequiere que el daño sea grave, que afecte con cierta magnitud lasalud de otra persona.Elcomportamiento típico,consiste en causar daño grave a otro en salud;cuando nos referimos “causar” debemos entender como sinónimo de “ producir ” undeterminado resultado, en este caso un daño a otro, lo cual se puede realizar tantopor acción como por omisión impropia.TIPICIDAD SUBJETIVASe requiere necesariamente el dolo de lesionar. No se admite la forma culposa.Esta es la diferencia fundamental, desde el punto de vista teórico, entre un delitode lesiones seguido de muerte y un homicidio.Tipos Legales de Lesión GraveLas que ponen en peligro inminente la vida de la victima (Art. 121. 1° del C.P.)Las que mutilan un miembro u órgano principal del cuerpo o lo hacen impropiopara su función, causan a una persona incapacidad para el trabajo, invalidez oanomalía psíquica permanente o la desfiguración de manera grave ypermanente (Art, 121. 2° del C.P.)Mutilación de un miembro u órgano principal del cuerpo o la inutilizaciónpara su funciónIncapacidad permanente para el trabajoInvalidezAnomalía psíquica permanenteDesfiguración grave permanenteLas que infieren cualquier otro daño a la integridad corporal o a la salud físicao mental de una persona (Art. 121. 3° del C.P.)Que requiera 30 o más días de asistencia o descanso, según prescripciónfacultativa.Cuando la víctima sea objeto de lesiones en el cumplimiento de sus funcionesSea miembro de la Policía Nacional del Perú,Sea miembro de las Fuerzas Armadas,Sea Magistrado del Poder Judicial oSea Magistrado del Ministerio Público. Grados de Desarrollo del Delito: Tentativa y ConsumaciónLa consumación exige que se cause un daño grave en la salud a otra persona. Al ser un delito de resultado, admite la tentativa.DOCTRINAConcepto de daño o lesión en el cuerpo ²:“Por daño en el cuerpo cabe entender a toda alteración en la estructura física delorganismo. Se afecta la anatomía del cuerpo humano, pudiendo tratarse delesiones internas (ruptura en órganos o tejidos internos) o externas (cortadurasvisibles, mutilaciones, contusiones quemaduras, manchas, pigmentaciones en lapiel, etc.) El delito consiste en alterar la integridad física de la propia víctima,siendo irrelevante que, en el caso concreto, se “mejore” el organismo. Quien por lafuerza somete a un individuo a una cirugía plástica, con el fin de corregir susdefectos físicos, sin lugar a dudas comete el delito de lesiones” Agravante del inciso 2 ³ Aunque se suele equiparar pérdida a inutilización o quedar impedido, por pérdida,no obstante, habría que entender la separación del órgano o miembro de lavíctima, equivale a desaparición […] la acción puede llevarse a cabo por mutilación o cualquier otro procedimiento, piénsese en la extirpación de un brazo.Inutilizar equivale a dejar privado de su función al órgano o miembro, pues aunsigue unido al cuerpo humano le es inservible al mismo, por lo que es suficientecon que la inutilidad sea tal que prácticamente su función sea nula o casi nula.JURISPRUDENCIADescripción física del delito de lesiones dolosas graves“Habiéndoseacreditado que el acusado lesionó dolosamente al agraviado encircunstancias que éste descendía del vehículo de su propiedad, con la finalidadde retirar un árbol que obstruía el paso, propinándole diversos golpes en distintaspartes del cuerpo, los que se encuentran acreditados con certificado Médico Legaldel que se desprende que, el antes mencionado, ha requerido de sesenta días deatención facultativa y sesenta días de incapacidad para el trabajo; debe graduarsela pena en atención a dichas circunstancias”Lesiones Graves y determinación judicial de la pena“Apreciándosedel Protocolo de Necropsia que las lesiones inferidas

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Dentro del tema de los problemas por los que atraviesa la Administracin de Justicia en el Per, es justo mencionar que ste fue siempre un tema que ocup y preocup desde hace muchos aos a distintos juristas especializados en materia constitucional. Haciendo un poco de memoria, veremos que sta problemtica empez a ser abordada con mayor realce en las postrimeras de la dcada del setenta, pudindose tener aproximaciones prcticas al arreglo de su realidad o contexto, y esto fue sin lugar a dudas gracias a la existencia de una Comisin de Reforma Judicial establecida al interior de la Corte Suprema de dicha poca, lo cual nos sirve de ejemplo a seguir en la actualidad.Cabe mencionar que desde mucho tiempo atrs, la nocin que se tena sobre la verdadera Administracin de Justicia era escasa y prcticamente su total funcionamiento provena de los polticos poderosos, litigantes incautos, letrados en bsqueda del "quien da mas" y Jueces parcializados. Ello daba pues un tono esencialmente subjetivo y muy injusto o parcializado a las apreciaciones, lo que permiti descubrir algunos problemas existentes y palpables.Es entonces en la dcada de los ochenta que la problemtica se extendi mucho mas y a pesar de la entrada en vigencia de la Constitucin de 1979, y de la reforma sustantiva dispuesta por esa Carta Magna, la Administracin de Justicia continu siendo uno de los temas que provocaba mayores protestas por parte de la opinin pblica, en cuanto a su manejo. As las cosas, la lentitud en su actuar, el prevaricato, la elitizacin de la justicia y la corrupcin entre los funcionarios, eran los sntomas mas evidentes y muy notorios de la problemtica real. A ello se le sumo el surgimiento del fenmeno subversivo y la configuracin de nuevas e intrincadas modalidades de corrupcin, que contribuyeron a agravar el ya complicado y sombro panorama; el desenlace es arto conocido: perjudicndola hasta la actualidad, pues hasta hoy se perciben los estragos de sta, de manera muy lamentable por cierto. Subsisten hasta la actualidad, problemas deshonestos como la importunacin de los Poderes Polticos, la falta de independencia, la ausencia de recursos y como ya lo dijimos: la corrupcin de Jueces, Vocales y Fiscales.Posiblemente el taln de Aquiles del mal funcionamiento de la Administracin de Justicia en nuestro Per, sea la falta de independencia que ha demostrado a lo largo de la historia y su sometimiento al poder poltico desde tiempos bastante remotos y hasta la actualidad, lo cual tristemente no es desconocido.Estos males no han sido bsicamente eliminados luego del golpe de Estado del 05 de abril del ao 1992, an cuando una de las razones solicitadas para su ejecucin fue la catica situacin de la Administracin de Justicia y la necesidad de modificar tal panorama, que era quizs el tema de mayor importancia en esa poca.En esta fase de reflexin, es preciso hacer un alto debindose indicar y dejar en claro que las innovaciones relativas al Poder Judicial tienen por principal objetivo: asegurar su autonoma. Es tanta la dimensin del dao que causa el ejercicio por malos gobiernos de la facultad de nombrar los Jueces, a los Vocales y a los Fiscales, que la previsin ms elemental, y muy justificada por la evidencia de los hechos, aconseja medidas ms radicales. Tenindose entonces que poner las barreras ms slidas para impedir a la mala poltica que se entrometa en el Poder Judicial, el Ministerio Pblico y viceversa.Es un claro ejemplo, que la designacin de Jueces por el Poder Ejecutivo no esta fundado en ningn principio de derecho poltico. Ya que a los gobiernos les interesa conservar esa atribucin que engrandece su dominio a sus anchas, pues los tiene manipulados y maniatados, con la firme promesa de hacerse cobro algn da por el favor de que fueron nombrados.As pues, es preciso mencionar que la Teora de la Separacin de Poderes esquema en el cual esta adscrita la Constitucin Poltica del Per ha aportado, sin embargo algunos elementos de Juicio importantes para el proyecto y operacin de la correcta Funcin Jurisdiccional.

Siendo as, es evidente que el rasgo especfico de la desconfianza en la Administracin de Justicia tiene que ver con su comercializacin, lo que lleva a sostener que la justicia tiene un precio: primero son los gastos legales que no incluyen la corrupcin; pero el segundo nivel esta compuesto por coimas y remuneraciones ilegales solicitados por los operadores del sistema, lo que en realidad son los sospechosos, que en la mayora de los casos son indispensables para alcanzar la justicia tristemente5.Debemos indicar tambin que la agenda o cuadernillo de cosas por hacer desde hoy hacia el futuro parece complicada. Sin embargo no queremos concluir este modesto artculo sin establecer antes una serie de objetivos o metas trazadas de manera optimista para mejorar la Administracin de Justicia en el Per; objetivos que han sido planteados tambin por la Comisin Andina de Juristas en el Contexto de la Regin Andina, y que a pesar de ser pocos, son bastante contundentes e importantes, para contribuir al gran cambio organizacional en nuestro pas, los que no deben quedar tan solo plasmados en papel, sino que por el contrario deben ser un aliciente para todos aquellos que s creemos.

En sntesis, la independencia del Poder Judicial no slo exige la ausencia en sus entraas de representantes directos de los otros poderes. Tambin requiere que no tenga vinculaciones en su origen con aquellos a quienes debe controlarse en la constitucionalidad de sus actos y decisiones, as como independencia adecuada y manejo propio en materia presupuestal, que no impida sus iniciativas concretas por imposicin de lmites cuantitativos va el Presupuesto General de la Repblica y su ejecucin por las autoridades gubemamentales.Para culminar esta reflexin, se hace necesario tener la conviccin de que si ponemos empeo y buen criterio, podremos contribuir mejorar la Administracin de Justicia en nuestra patria, pero el primer paso esta en nosotros los abogados: empecemos por ser sinceros, y asumamos las consecuencias al perder un caso ya sea por descuido o mala defensa y no empaemos mas la alicada imagen de nuestro empobrecido y muchas veces injustamente satanizado Poder Judicial, y muy sobre todo de aquellos honestos operadores jurisdiccionales que da a da imparten justicia de manera justa y transparente, que se esfuerzan porque sta llegue pronto a todos y cada uno de los ciudadanos, y que a toda costa intentan evitar el cumplimiento de aquel viejo aforismo "la justicia tarda pero llega".Atentamente.Fabiola Guerrero Chvez.

Mirko Maldonado:23 diciembre, 2010 en 17:25Hola,Les saludo cordialmente y a la vez les felicito. Me he leido todo el informe me parece genial, aplicar el anlisis econmico a una poltica pblica es lo mejor para determinar costes innecesarios de transaccin. Tambin he revisado la agenda 2011 y lo que me llama poderosamente la atencin es que no hayan desarrollado el tema de seguridad ciudadana. Y creo que eso no slo le compete a la PNP ni al MININTER sino que compete a todos, incluso a la sociedad civilmente organizada como las camaras de comercio, los colegios profesionales, las universidades a travs de sus centros de produccin como vosotros y otros.Y es ms a mayor crecimiento econmico del Pas mayor es la brecha de desigualdad e indice de delincuencia, ya que jmas la distribucin de la riqueza sera equitativa al menos no en Sudamerica. Se achanta a la PNP el rol protector del Estado cuando ya no lo es, hoy el estado es un Estado Promotor, donde el Privado tiene la primera preferencia en la iniciativa y en su defecto es el Estado quien puede hacerlo. Quizs con el tiempo sera la privatizacin de la polcia lo ms eficiente que hay, miremos las experiencias de algunos Pas de la UE y veremos como la policia autonomica vasca o los mozos de escuadra (policia autonomica catalana) son de lo ms eficientes y mejores pagados que la misma policia nacional espaolaEn fincreo que hay mucho por discutir y mucho pan por rebanar.Coordialmente,Mirko Maldonado-Melndez.Candidato a Doctor Universidad del Pas Vasco.Responder William Portnoi:12 enero, 2011 en 11:41Muy buen trabajo!La justicia en el Per es a mi entender la traba ms importante para permitir el desarrolo sostenido del pas a largo plazo y garantizar el clima de armona social indispensable para consolidarlo. Desarrollar esta tematica en este correo creo que lo prolongara demasiado.TODOS sus planteamientos son atinados.La separacin de la funciones judicial y administrativa es elemental. Los jueces deben juzgar y proveer el razonamiento de su sentencia. No deberan perder el tiempo en tantos temas de forma.Yo especialmente dara nfasis a la necesidad de implementar TECNOLOGIA en todo el aparato judicial y propondra una SISTEMATIZACION de la JURISPRUDENCIA a nivel nacional. Ambos elementos tendran un gran impacto en la coherencia, eficiencia y transparencia de la administracin de justicia.El tema de la tecnologa es muy amplio. Identificacin biomtrica, el uso de sistemas para el desarrollo de procesos que permitan hacerles seguimiento a distancia, organizar documentacin (material provatorio, normas legales aplicables, jurisprudencia vinculante, etc.), notificacin proactiva a los involucrados sobre plazos, videoconferencia y mucho ms.Qu bueno sera que personas capaces de hacer el tipo de informes que ustedes hacen ocupacen curules!Saludos,