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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México VIGÉSIMA PRIMERA ÉPOCA 19 DE DICIEMBRE DE 2019 No. 245 Í N D I C E Este ejemplar se acompaña de un anexo electrónico ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Jefatura de Gobierno Aviso por el cual se da a conocer el Manual Administrativo de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México con número de registro MA-17/181019-D-JGCDMX-01/010119 3 Secretaría de Gobierno Aviso por el cual se da a conocer el enlace electrónico en donde podrán ser consultados su Manual Administrativo y diversos Manuales de Integración y Funcionamiento 4 Secretaría de Administración y Finanzas Programa General de Regularización Fiscal mediante el cual se condonan totalmente los adeudos de los accesorios generados por el impuesto predial, respecto de aquellos inmuebles que se hubieran construido bajo la modalidad de régimen de propiedad en condominio 6 Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación Aviso mediante el cual se dan a conocer las modificaciones a las Reglas de Operación del programa social, “Ciberescuelas en Pilares, 2019” 10 Aviso mediante el cual se dan a conocer las modificaciones a las Reglas de Operación del programa social, “Educación para la Autonomía Económica en Pilares, Ciudad de México 2019” 14 Continúa en la Pág. 2

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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México

VIGÉSIMA PRIMERA ÉPOCA 19 DE DICIEMBRE DE 2019 No. 245

Í N D I C E Este ejemplar se acompaña de un anexo electrónico

9 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA

CIUDAD DE MÉXICO

Jefatura de Gobierno

Aviso por el cual se da a conocer el Manual Administrativo de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México

con número de registro MA-17/181019-D-JGCDMX-01/010119 3

Secretaría de Gobierno

Aviso por el cual se da a conocer el enlace electrónico en donde podrán ser consultados su Manual

Administrativo y diversos Manuales de Integración y Funcionamiento 4

Secretaría de Administración y Finanzas

Programa General de Regularización Fiscal mediante el cual se condonan totalmente los adeudos de los

accesorios generados por el impuesto predial, respecto de aquellos inmuebles que se hubieran construido bajo la

modalidad de régimen de propiedad en condominio 6

Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación

Aviso mediante el cual se dan a conocer las modificaciones a las Reglas de Operación del programa social,

“Ciberescuelas en Pilares, 2019” 10

Aviso mediante el cual se dan a conocer las modificaciones a las Reglas de Operación del programa social,

“Educación para la Autonomía Económica en Pilares, Ciudad de México 2019” 14

Continúa en la Pág. 2

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2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

Índice

Viene de la Pág. 1

Secretaría de las Mujeres

Acuerdo por el que se crea el sistema de datos personales denominado, “Sistema de Datos Personales

Documental de la Atención y Prevención de las Unidades Territoriales de Atención Lunas” 20

Acuerdo por el que se modifica el sistema de datos personales denominado, “Sistema de Datos Personales de

Constancias para Beneficios Fiscales” 23

Instituto de Vivienda

Aviso por el que se dan a conocer los días inhábiles para la atención al público 26

Alcaldía en Iztapalapa

Aviso por el cual se da a conocer la dirección electrónica donde podrá ser consultado el Manual Específico de

Operación del Comité Técnico de Administración de Documentos, con número de registro MEO-322/261119-

OPA-IZP-9/010519 27

Alcaldía en La Magdalena Contreras

Aviso por el cual se da a conocer el alta del centro generador “Centro Acuático Mictle la Olla” así como la

inclusión de Claves, Conceptos, Unidades de Medida, y Cuotas de Aprovechamientos por el uso o

aprovechamiento de bienes del dominio público o por la prestación de servicios en el ejercicio de funciones de

derecho público y productos por la prestación de servicios de derecho privado 28

Alcaldía en Xochimilco

Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de Operación de la acción social, “Carrera Atlética del Pavo

Cachetón 5 Km”, para el ejercicio 2019 29

Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de Operación de la acción social para el ejercicio 2019,

denominada, “Revitalizar y Fortalecer la Economía en los Embarcaderos de Xochimilco” 32

CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

Secretaría de Administración y Finanzas.- Licitación Pública Nacional, número SAF/DGAYF/DRMAS/LPN-

30001105-008-2019.-Convocatoria No. 008.- Contratación del servicio de mensajería ordinaria 40

Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas.- Licitación Pública Nacional, número

LPI-35C001-04-2019.- Contratación del servicio integral para la organización de actos conmemorativos y de

orden social, así como congresos y convenciones 42

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3

JEFATURA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 122,

Apartado A, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, numerales 1 y 4, 32, Apartado C,

numeral 1, incisos a) y b) y 33, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, 3, fracción I, 4, 7, 10,

fracciones II, XXI y XXII y 12 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de

México; 6, 13 y 16 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y

CONSIDERANDO

Que el Lineamiento Cuarto General para el Registro de los Manuales Administrativos y Específicos de Operación de las

Dependencias, Órganos, Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México; así como de las Comisiones,

Comités, Institutos y cualquier otro Órgano Administrativo Colegiado o Unitario que constituya la Administración Pública

de la Ciudad de México, establece que los Órganos de la Administración Pública deberán elaborar, aprobar y validar su

Manual Administrativo, y una vez obtenido su registro ante la Coordinación General de Evaluación, Modernización y

Desarrollo Administrativo, deberán hacer la publicación del mismo.

Que mediante oficio número SAF/CGEMDA/0017/2019 de fecha 18 de octubre de 2019, se obtuvo el registro número MA-

17/181019-D-JGCDMX-01/010119, emitido por la Coordinación General de Evaluación, Modernización y Desarrollo

Administrativo, por lo que se emite el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL

MANUAL ADMINISTRATIVO DE LA JEFATURA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO CON

NÚMERO DE REGISTRO MA-17/181019-D-JGCDMX-01/010119.

ÚNICO. - Se da a conocer el Manual Administrativo de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México con número de

registro MA-17/181019-D-JGCDMX-01/010119, en su versión digitalizada.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO.- El presente aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación.

TERCERO.- Se deja sin efectos el aviso y Manual Administrativo publicado el 28 de noviembre de 2018 en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México con número de registro MA-25/221118-D-JGCDMX-38/011217.

Dado en la Residencia Oficial de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, a los veintiocho días del mes de octubre

de dos mil diecinueve.

LA JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

(Firma)

DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO

(El documento se anexa en archivo electrónico)

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4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

LICENCIADA ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ, Secretaria de Gobierno de la Ciudad de México, con

fundamento en los artículos 33 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, 11 fracción I, 13, 16 fracción I, 20 y

26 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Administración Pública de la Ciudad de México; 7 fracción I y 20 del

Reglamento interior del Poder Ejecutivo y la Administración Pública de la Ciudad de México; los lineamientos Cuarto

fracción VIII, y Décimo Segundo de los Lineamientos Generales para el Registro de los Manuales Administrativo y

Específicos de Operación de las Dependencias, Órganos, Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México;

así como de las Comisiones, Comités, Institutos y cualquier otro Órgano Administrativo Colegiado o Unitario que

constituya la Administración Pública de la Ciudad de México,

CONSIDERANDO

I. Que el Lineamiento Cuarto fracción VIII y el Décimo Segundo de los Lineamientos Generales para el Registro de los

Manuales Administrativos y Específicos de Operación de las Dependencias, Órganos, Entidades de la Administración

Pública de la Ciudad de México; así como de las Comisiones, Comités, Institutos y cualquier otro Órgano Administrativo

Colegiado o Unitario que constituya la Administración Pública de la Ciudad de México; establecen que los Órganos de la

Administración Pública y los Órganos Administrativos tendrán que publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México,

los Manuales que hayan obtenido su registro ante la Coordinación General de Evaluación, Modernización y Desarrollo

Administrativo en los plazos establecidos en los citados Lineamientos.

II. Que mediante oficio SAF/CGEMDA/0420/2019 de fecha 04 de diciembre de 2019, la Coordinación General de

Evaluación, Modernización y Desarrollo Administrativo, adscrita a la Secretaría de Administración y Finanzas, hizo del

conocimiento que el Manual Administrativo de la Secretaría de Gobierno se le otorgó el número MA-39/041219-D-

SEGOB-11/010119.

III. Que mediante oficio SAF/CGEMDA/0173/2019 de fecha 05 de noviembre de 2019, la Coordinación General de

Evaluación, Modernización y Desarrollo Administrativo, adscrita a la Secretaría de Administración y Finanzas, hizo del

conocimiento que el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia de la Secretaría de Gobierno se

le otorgó el número MEO-287/051119-D-SEGOB-11/010119.

IV. Que mediante oficio SAF/CGEMDA/0172/2019 de fecha 05 de noviembre de 2019, la Coordinación General de

Evaluación, Modernización y Desarrollo Administrativo, adscrita a la Secretaría de Administración y Finanzas, hizo del

conocimiento que el Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité de Obras de la Secretaría de Gobierno se le

otorgó el número MEO-286/051119-D-SEGOB-11/010119.

V. Que mediante oficio SAF/CGEMDA/0346/2019 de fecha 25 de noviembre de 2019, la Coordinación General de

Evaluación, Modernización y Desarrollo Administrativo, adscrita a la Secretaría de Administración y Finanzas, hizo del

conocimiento que el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Administración de Riesgos y Evaluación de

Control Interno Institucional de la Secretaría de Gobierno se le otorgó el número MEO-319/251119-D-SEGOB-11/010119.

VI. Que mediante oficio SAF/CGEMDA/0441/2019 de fecha 05 de diciembre de 2019, la Coordinación General de

Evaluación, Modernización y Desarrollo Administrativo, adscrita a la Secretaría de Administración y Finanzas, hizo del

conocimiento que el Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de la

Secretaría de Gobierno se le otorgó el número MEO-334/051219-D-SEGOB-11/010119.

Por lo que tengo a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL ENLACE ELECTRÓNICO EN DONDE PODRÁN SER

CONSULTADOS EL MANUAL ADMINISTRATIO Y DIVERSOS MANUALES DE INTEGRACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Se da a conocer el:

1. MANUAL ADMINISTRATIVO.

2. MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA.

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5

3. MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ DE OBRAS.

4. MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS Y

EVALUACIÓN DE CONTROL INTERNO INSTITUCIONAL.

5. MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE

DOCUMENTOS.

Todos ellos de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.

Su consulta en versión digitalizada puede hacerse en el siguiente enlace electrónico URL oficial:

https://www.secgob.cdmx.gob.mx/secretaria/marco-normativo

TRANSITORIOS

Primero. Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para su debida observancia y aplicación.

Segundo. El presente aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Tercero. La responsable del contenido del enlace en la Secretaría de Gobierno es la Lic. Mónica Archundia Martínez,

Directora Ejecutiva de Análisis Informativo, con domicilio en Plaza de la Constitución No. 1, colonia Centro Histórico,

Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06000, Ciudad de México; y el teléfono 53458000 ext. 8124.

Ciudad de México a 11 de diciembre de 2019

SECRETARIA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ

(Firma)

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6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

PROGRAMA GENERAL DE REGULARIZACIÓN FISCAL MEDIANTE EL CUAL SE CONDONAN

TOTALMENTE LOS ADEUDOS DE LOS ACCESORIOS GENERADOS POR EL IMPUESTO PREDIAL,

RESPECTO DE AQUELLOS INMUEBLES QUE SE HUBIERAN CONSTRUIDO BAJO LA MODALIDAD DE

RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO

LUZ ELENA GONZÁLEZ ESCOBAR, Secretaria de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, en ejercicio de

la facultad que me confiere el artículo 105 del Código Fiscal de la Ciudad de México, y con fundamento en los artículos 1°,

numerales 4 y 5, 3º, numerales 1 y 2, 16, apartado E, 21, apartado A, numeral 5 y 33, numeral 1, de la Constitución Política

de la Ciudad de México; 1º, 2º, 20, fracción IX y 27, fracciones III, VIII y XLIX, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y

de la Administración Pública de la Ciudad de México; 6°, 7°, fracciones II, III y último párrafo, 9°, fracción I, 11 y 126, del

citado Código Fiscal de la Ciudad de México; Vigésimo Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforma, adiciona y

deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México el 31 de diciembre de 2018 y 1°, 7º, fracción II y 28, fracción IX, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de

la Administración Pública de la Ciudad de México, y

C O N S I D E R A N D O

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 126 del Código Fiscal de la Ciudad de México, están obligadas al pago

del Impuesto Predial, las personas físicas y las morales que sean propietarias del suelo o del suelo y las construcciones

adheridas a él, independientemente de los derechos que sobre las construcciones tenga un tercero. Los poseedores también

estarán obligados al pago del Impuesto Predial por los inmuebles que posean, cuando no se conozca al propietario o el

derecho de propiedad sea controvertible.

Que en términos de lo establecido en el artículo 11 del citado Código Tributario Local, son accesorios de las contribuciones

los recargos, las sanciones, los gastos de ejecución y la indemnización a que se refiere el artículo 37 del citado

ordenamiento jurídico, los cuales participan de la naturaleza de la suerte principal.

Que los actos y procedimientos de la Administración Pública de la Ciudad de México, deben atender los principios de

innovación, atención ciudadana, gobierno abierto y plena accesibilidad con base en diseño universal, simplificación,

agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia, proporcionalidad, buena fe, integridad, imparcialidad,

honradez, lealtad, eficiencia, profesionalización y eficacia; respetando los valores de dignidad, ética, justicia, lealtad,

libertad y seguridad.

Que el artículo 9º de la Constitución Política de la Ciudad de México, prevé en su apartado E, que toda persona tiene

derecho a una vivienda adecuada para sí y su familia, adaptada a sus necesidades.

Que el proceso de crecimiento urbano aunado a las necesidades especiales de los centros de población, ha provocado que la

mayor opción de oferta habitacional sea a través de desarrollos inmobiliarios condominales, horizontales, verticales o

mixtos, que en el caso de la Ciudad de México ha ido en crecimiento en los últimos años.

Que uno de los factores que ha impedido la regularización fiscal de inmuebles construidos bajo el régimen de propiedad en

condominio, es que los contribuyentes que acuden a solicitar la individualización de cuentas prediales, no se encuentran en

posibilidad de cubrir los adeudos generados por concepto de Impuesto Predial en las cuentas catastrales de origen o

procedencia, cuyos montos por las características propias del inmueble son muy elevados, además de no corresponder a la

realidad al existir unidades de propiedad exclusiva, en tal situación, resulta necesario facilitar el cumplimiento de sus

obligaciones fiscales, con la finalidad de regularizar su situación.

Que el artículo 105 del Código Fiscal de la Ciudad de México faculta a la Secretaría de Administración y Finanzas, para

establecer programas generales de regularización fiscal para los contribuyentes en los que se podrán contemplar, en su caso,

la condonación total o parcial del pago de contribuciones, multas, gastos de ejecución y recargos, así como facilidades

administrativas.

Que el artículo Vigésimo Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del

Código Fiscal de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 31 de diciembre de 2018,

dispone que la Secretaría de Administración y Finanzas implementará un Programa General de Regularización Fiscal de la

Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2019, consistente en la condonación al 100% de los adeudos de los accesorios

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7

generados por el Impuesto Predial, respecto de aquellos inmuebles que se hubieran construido bajo la modalidad del

Régimen de Propiedad en Condominio hasta antes del 31 de diciembre de 2015, motivo por el cual he tenido a bien expedir

el siguiente:

PROGRAMA GENERAL DE REGULARIZACIÓN FISCAL MEDIANTE EL CUAL SE CONDONAN

TOTALMENTE LOS ADEUDOS DE LOS ACCESORIOS GENERADOS POR EL IMPUESTO PREDIAL,

RESPECTO DE AQUELLOS INMUEBLES QUE SE HUBIERAN CONSTRUIDO BAJO LA MODALIDAD DE

RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO

Primero.- El presente Programa tiene por objeto apoyar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones

fiscales, mediante la condonación del 100% de los accesorios generados por el adeudo del Impuesto Predial, pagando

únicamente la suerte principal del adeudo y su actualización, respecto de aquellos inmuebles construidos bajo la modalidad

del régimen de propiedad en condominio hasta antes del 31 de diciembre de 2015, independientemente de que cuenten o no

con cuentas prediales individualizadas, por cada unidad privativa.

Segundo.- Para acceder al beneficio fiscal previsto en este Programa, los interesados deberán presentarse a más tardar el 31

de diciembre de 2019, en el módulo que para tal efecto establezca la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial, ubicado

en calle Dr. Lavista número 144, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, en esta Ciudad, cumpliendo con los siguientes

requisitos:

a) Solicitud por escrito en términos de lo dispuesto por los artículos 430 y 432 del Código Fiscal de la Ciudad de México;

misma que deberá estar dirigida al titular de la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial y ser presentada por el

Administrador del Condominio, acreditándose a través de su nombramiento registrado ante la Procuraduría Social de la

Ciudad de México; el Comité de Vigilancia; o el representante común designado por la totalidad de los condóminos o, en su

defecto, por el que figure en primer término dentro de las promociones que se presenten.

Adicionalmente, a efecto de tener certeza sobre las personas y los inmuebles, quien presente la solicitud deberá exhibir lo

siguiente:

I. Identificación Oficial vigente con fotografía (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional).

II. Escritura de Transmisión de Propiedad correspondiente.

III. Croquis de localización con orientación al norte, anotando los nombres de las calles circundantes y marcando distancias

en metros a la esquina más próxima.

b) En caso de que no se cuente con cuentas prediales individualizadas, aunado a lo referido en el inciso anterior se deberá

presentar:

I. Identificación Oficial vigente con fotografía (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional), de cada uno de los

condóminos que habiten el Inmueble.

II. Escritura de Transmisión de Propiedad correspondiente, por cada condominio.

c) Asimismo, se deberá presentar el formato denominado “Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial”

(boleta predial) respecto de los bimestres de los cuales solicita la condonación. Tratándose de los supuestos previstos en el

numeral Cuarto deberá presentar el pago del Impuesto Predial y su actualización conforme a las bases determinadas por la

Subtesorería de Fiscalización.

d) El condominio debe ser preponderantemente de uso habitacional y en caso de contar con un uso distinto, éste no deberá

rebasar el 30% de la superficie total de construcción existente en la planta baja del inmueble, en cuyo caso, deberá

presentarse escrito bajo protesta de decir verdad, en el que se manifieste lo anterior.

e) Escritura de la Constitución del Régimen de Propiedad en Condominio, en trámite de inscripción o inscrita ante el

Registro Público de la Propiedad y de Comercio, con sus respectivos anexos: Constancia de Alineamiento y Número

Oficial, Memoria Descriptiva y Tabla de Valores e Indivisos, en su caso.

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8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

f) Presentar la manifestación o aviso de construcción y terminación de obra o el Registro de Obra Ejecutada o regularización

de construcción, en su caso.

g) En su caso, copia certificada del acuerdo que recaiga al escrito de desistimiento emitido por la autoridad que conozca del

medio de defensa, a que hace referencia el numeral Sexto del presente Programa.

En caso de que la autoridad advierta la omisión de alguno de los requisitos requerirá por escrito al promovente a fin de que

en un plazo de 10 días hábiles cumpla con el requisito omitido y una vez subsanado el requerimiento, procederá conforme al

párrafo siguiente. En caso de no subsanarse la omisión en dicho plazo, la solicitud se tendrá por no presentada.

Una vez integrado el expediente, y en un plazo no mayor a 5 días hábiles el personal de dicho módulo realizará todas las

gestiones tendientes para acreditar el cumplimiento de los requisitos señalados en el presente Programa, sellando de recibido

el escrito de solicitud, precisando la fecha y asentando que el contribuyente cumple con la totalidad de requisitos

establecidos en el presente numeral, con el cual acudirá a la Administración Auxiliar “Módulo Central”, ubicado en calle

Doctor Lavista número 144, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06720 o, en caso de que se encuentre en alguno

de los supuestos establecidos en el punto Cuarto de este Programa, ante la Subtesorería de Fiscalización, en donde aplicará

la condonación respectiva. En cualquier caso, el solicitante contará con un plazo máximo de 10 días para realizar el pago,

contados a partir de la fecha de recepción del escrito de solicitud.

Tercero.- Una vez que el contribuyente cuente con el recibo de pago o líneas de captura en las que conste la condonación a

que se hace referencia en el presente Programa, se deberá entregar, mediante escrito, el original y copia del mismo para

continuar con el trámite de individualización de cuentas en el módulo de atención de la Subtesorería de Catastro y Padrón

Territorial.

En caso de ser procedente, se realizará la individualización de las cuentas condominales dentro de un plazo que no deberá

exceder de 40 días hábiles, contados a partir de la recepción del recibo de pago debidamente integrado al expediente.

El solicitante perderá los beneficios a que hace referencia el presente Programa cuando, habiendo transcurridos los plazos a

que hace referencia el numeral Segundo, no hubiera presentado ante la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial el

recibo de pago o las líneas de captura antes citadas para continuar con el trámite de individualización de cuentas, en cuyo

caso, dicha Subtesorería deberá emitir y notificar personalmente la resolución respectiva, la cual deberá hacer del

conocimiento de las Subtesorerías de Administración Tributaria y de Fiscalización según corresponda, para que apliquen el

importe pagado conforme al artículo 47 del Código Fiscal de la Ciudad de México y continúen con los correspondientes

procesos, respecto del adeudo pendiente.

Cuarto.- Tratándose de créditos fiscales respecto de los cuales se haya solicitado y convenido anteriormente su pago a

plazos, se encuentre en proceso de auditoría, determinado o tengan instaurado el procedimiento administrativo de ejecución,

deberán acudir a la Subtesorería de Fiscalización, sita en Dinamarca, número 84, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc,

C.P. 06600, donde deberá exhibirse copia de la solicitud presentada ante la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial,

para la aplicación de la condonación prevista en el presente Programa.

Quinto.- Las personas que se acojan a la condonación establecida en este Programa y que proporcionen documentación o

información falsa o la omitan, con el propósito de gozar indebidamente de la condonación, perderán los beneficios que se les

hubieren otorgado en relación con el adeudo o adeudos de que se trate, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas

y penales a que haya lugar.

En virtud de lo anterior, la condonación no implica resolución favorable al contribuyente, quedando a salvo las facultades de

vigilancia y comprobación de las autoridades fiscales, las que podrán ejercer directamente sobre los contribuyentes o

responsables solidarios y expedir la resolución por la que se determine el crédito fiscal e imponer las multas que

correspondan, independientemente del delito en que incurran.

Sexto.- Cuando se haya controvertido la procedencia del cobro de los créditos correspondientes por medio de algún recurso

administrativo, ante el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, ante el Poder Judicial de la Federación o

ante cualquier autoridad, los interesados para obtener la condonación a que se refiere este Programa, deberán desistirse de

los medios de defensa que hayan interpuesto y para acreditar lo anterior, deberán presentar ante la autoridad fiscal encargada

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9

de aplicar el presente Programa, copia certificada del acuerdo que recaiga al escrito de desistimiento emitido por la

autoridad que conozca del medio de defensa.

Asimismo, no procederán dichos beneficios cuando los contribuyentes cuenten con denuncias o querellas presentadas por la

autoridad fiscal a que hace referencia el Título Cuarto del Libro Cuarto del Código Fiscal de la Ciudad de México.

Séptimo.- Conforme a lo establecido en el artículo 297, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Ciudad de México, no

procederá la acumulación de los beneficios fiscales establecidos en este Programa con cualquier otro beneficio de los

establecidos en dicho ordenamiento legal, respecto de un mismo concepto y ejercicio fiscal.

Octavo.- La condonación que se confiere en el presente Programa no otorga a los beneficiarios el derecho a devolución o

compensación alguna.

Noveno.- La Tesorería de la Ciudad de México instrumentará lo necesario para el debido cumplimiento del presente

Programa.

Décimo.- La interpretación del presente Programa para efectos administrativos y fiscales corresponderá a la Secretaría de

Administración y Finanzas.

T R A N S I T O R I O S

Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, para su debida observancia y aplicación.

Segundo.- El presente Programa surtirá sus efectos a partir del día siguiente a su publicación y hasta el 31 de diciembre de

2019.

Dado en la Ciudad de México, a los 05 días del mes de noviembre de 2019.

LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

(Firma)

LUZ ELENA GONZÁLEZ ESCOBAR

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10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Doctora Rosaura Ruiz Gutiérrez, Secretaria de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México con

fundamento en los Artículos 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4 Apartado A, 8, 33,

Transitorio Trigésimo de la Constitución Política de la Ciudad de México; 3 Fracción II, 11 Fracción I, 14, 16 Fracción VII,

18 y 32 inciso A) de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de la Administración Pública de la Ciudad de México; 124 y 129

de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México;

47 y 48 de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal; 1, 4, 6, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de

Desarrollo Social para el Distrito Federal; 7 Fracción VII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la

Administración Pública de la Ciudad de México; y 1 del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la

Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2019, he tenido a bien emitir el siguiente:

AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE

OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL “CIBERESCUELAS EN PILARES, 2019”

En la página 55, párrafo sexto,

Dice:

3.3.2 Población que será beneficiada:

Para Ciberescuelas en PILARES y en Estaciones de Policías

Para poder apoyar a los jóvenes y policías que demanden el servicio brindado a través de las Ciberescuelas, se requiere del

apoyo de beneficiarios facilitadores de servicios, como lo son talleristas, docentes y monitores que se encontrarán

distribuidos en cada uno de los PILARES y en Estaciones de Policía. En este último caso se utilizarán solo docentes. Estas

figuras recibirán un apoyo social a través de diferentes ministraciones. En este sentido, se beneficiarán a 1,352 beneficiarios

facilitadores de servicios (docentes, talleristas y monitoras o monitores) para las 150 Ciberescuelas que se instalarán en las

16 alcaldías durante 2019 en los PILARES y las 35 en los sectores de policías.

Debe decir:

Para poder apoyar a los jóvenes y policías que demanden el servicio brindado a través de las Ciberescuelas, se requiere del

apoyo de beneficiarios facilitadores de servicios, como lo son talleristas, docentes y monitores que se encontrarán

distribuidos en cada uno de los PILARES y en Estaciones de Policía. En este último caso se utilizarán solo docentes. Estas

figuras recibirán un apoyo social a través de diferentes ministraciones. En este sentido, se beneficiarán hasta 1,352

beneficiarios facilitadores de servicios (docentes, talleristas y monitoras o monitores) para las 150 Ciberescuelas que se

instalarán en las 16 alcaldías durante 2019 en los PILARES y las 35 en los sectores de policías.

En la página 56, párrafo tercero,

Dice:

4.1.3 Con este programa social se busca promover el ejercicio del derecho a la educación, a través de 150 Ciberescuelas

instaladas en la Ciudad de México y de 35 Ciberescuelas en Sectores de la Policía, contando para la atención de dicha

población con la participación de 1,352 beneficiarios facilitadores de servicios que fungirán como docentes, asesores y

talleristas que colaborarán con la implementación del programa social.

Debe decir:

4.1.3 Con este programa social se busca promover el ejercicio del derecho a la educación, a través de 150 Ciberescuelas

instaladas en la Ciudad de México y de 35 Ciberescuelas en Sectores de la Policía, contando para la atención de dicha

población con la participación de hasta 1,352 beneficiarios facilitadores de servicios que fungirán como docentes, asesores

y talleristas que colaborarán con la implementación del programa social.

Párrafo quinto,

Dice:

4.2. Objetivos específicos

...

2) Otorgar apoyos económicos a 1,352 beneficiarios facilitadores de servicios que fungirán como docentes, monitoras o

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11

monitores y talleristas que colaborarán con la implementación del programa social para la impartición de asesorías y la

realización de diversas actividades en las Ciberescuelas.

Debe decir:

2) Otorgar apoyos económicos hasta 1,352 beneficiarios facilitadores de servicios que fungirán como docentes, monitoras o

monitores y talleristas que colaborarán con la implementación del programa social para la impartición de asesorías y la

realización de diversas actividades en las Ciberescuelas.

Último párrafo,

Dice:

4.3.2 La trascendencia de este programa social reside en la inclusión y acceso al desarrollo educativo, mediante la

disposición de bienes y servicios educativos, que a la vez, propicien el ejercicio del derecho a la educación a través de

asesorías presenciales, a distancia y talleres a hasta 162,750 usuarios, preferentemente jóvenes de entre 15 y 29 años y

policías adscritos a los 35 sectores de policías en donde se instalarán las Ciberescuelas. Al mismo tiempo, el programa

representa también un apoyo para los 1,352 beneficiarios facilitadores de servicios que participarán en SU implementación

al otorgarles un apoyo social.

Debe decir:

4.3.2 La trascendencia de este programa social reside en la inclusión y acceso al desarrollo educativo, mediante la

disposición de bienes y servicios educativos, que a la vez, propicien el ejercicio del derecho a la educación a través de

asesorías presenciales, a distancia y talleres a hasta 162,750 usuarios, preferentemente jóvenes de entre 15 y 29 años y

policías adscritos a los 35 sectores de policías en donde se instalarán las Ciberescuelas. Al mismo tiempo, el programa

representa también un apoyo para hasta 1,352 beneficiarios facilitadores de servicios que participarán en SU

implementación al otorgarles un apoyo social.

En la página 57, párrafo séptimo,

Dice:

V. METAS FÍSICAS

...

De las y los beneficiarios facilitadores de servicios

1) Selección de 1,352 beneficiarios facilitadores de servicios que colaborarán con la implementación del programa social

(docentes, monitoras o monitores, y talleristas) para la impartición de asesorías, talleres y la realización de diversas

actividades en las Ciberescuelas. Dichos facilitadores de servicios recibirán un apoyo social como contraprestación. La

selección se llevará a cabo por medio de los criterios establecidos en las presentes Reglas de Operación y de acuerdo con la

normatividad vigente aplicable.

Debe decir:

1) Selección de hasta 1,352 beneficiarios facilitadores de servicios que colaborarán con la implementación del programa

social (docentes, monitoras o monitores, y talleristas) para la impartición de asesorías, talleres y la realización de diversas

actividades en las Ciberescuelas. Dichos facilitadores de servicios recibirán un apoyo social como contraprestación. La

selección se llevará a cabo por medio de los criterios establecidos en las presentes Reglas de Operación y de acuerdo con la

normatividad vigente aplicable.

Párrafo último,

Dice:

6.1 El Monto total autorizado

El monto destinado para el Programa Social durante el ejercicio fiscal 2019 es de 105,703,000 (Ciento cinco millones

setecientos tres mil pesos 00/100 M:N) el que está sujeto a la disponibilidad presupuestal de la Secretaría de Educación,

Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México y deberá ser entregado en varias ministraciones.

Debe decir:

6.1 El Monto total autorizado

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12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

El monto destinado para el Programa Social durante el ejercicio fiscal 2019 es de $99,535,000 (noventa y nueve millones

quinientos treinta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) el que está sujeto a la disponibilidad presupuestal de la Secretaría de

Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México y deberá ser entregado en varias ministraciones.

En la página 58, párrafo primero,

Dice:

6.2 Monto unitario anual por persona

El monto unitario anual por persona será asignado a cada uno de los 1,352 beneficiarios facilitadores de servicios

(docentes, monitoras o monitores, y talleristas) que impartirán asesorías, talleres y la realización de diversas actividades

durante el ejercicio fiscal 2019, en las 150 Ciberescuelas de PILARES ubicadas en las 16 alcaldías de la Ciudad de México

y para las 35 Ciberescuelas ubicadas en los Sectores Policiacos. La asignación se realizará de la siguiente manera:

Para beneficiarios facilitadores de servicios que colaborarán en Ciberescuelas

Periodo marzo-diciembre 2019

Tipo de Monto mensual Cantidad de Total de Pago total por las 9

beneficiario por beneficiario personas ministraciones ministraciones

Docentes $9,000.00 136 10 $12,240,000.00

Monitores $7,000.00 19 10 $1,330,000.00

155 $13,570,000.00

Para beneficiarios facilitadores de servicios que colaborarán en Ciberescuelas

Periodo marzo-diciembre 2019

Tipo de Monto mensual Cantidad de Total de Pago total por las 10

beneficiario por beneficiario personas ministraciones ministraciones

Talleristas $8,400.00 12 10 $1,008,000.00

12

$1,008,000.00

Para beneficiarios facilitadores de servicios que colaborarán en Ciberescuelas

Periodo abril-diciembre 2019

Tipo de Monto mensual Cantidad de Total de Pago total por las 9

beneficiario por beneficiario personas ministraciones ministraciones

Docentes $9,000.00 675 9 $54,675,000.00

Talleristas $8,000.00 270 9 $19,440,000.00

Monitores $7,000.00 135 9 $8,505,000.00

1,080 $82,620,000.00

Para beneficiarios facilitadores de servicios que colaborarán en Sectores Policiacos

Periodo abril-diciembre 2019

Tipo de Monto mensual Cantidad de Total de Pago total por las 10

beneficiario por beneficiario personas ministraciones ministraciones

Docentes $9,000.00 105 9 $8,505,000.00

105

$8,505,000.00

Pago total de beneficiarios facilitadores $105,703,000.00

Total de personas beneficiarias facilitadoras 1,352

Debe decir:

6.2 Monto unitario anual por persona

El monto unitario anual por persona será asignado a cada uno de los hasta 1,352 beneficiarios facilitadores de servicios

(docentes, monitoras o monitores, y talleristas) que impartirán asesorías, talleres y la realización de diversas actividades

durante el ejercicio fiscal 2019, en las 150 Ciberescuelas de PILARES ubicadas en las 16 alcaldías de la Ciudad de México

y para las 35 Ciberescuelas ubicadas en los Sectores Policiacos. La asignación se realizará de la siguiente manera:

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13

Figura Costo

Docentes $ 9,000.00

Monitores $ 7,000.00

Talleristas 1 $ 8,400.00

Talleristas 2 $ 8,000.00

Docentes Sectores $ 9,000.00

Figura Mar. Abr. May. Jun. Jul. Ago. Sep. Oct. Nov. Dic.

Docentes 131 834 821 817 855 852 874 879 916 916

Monitores 19 141 139 139 139 140 152 151 154 154

Talleristas 1 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12

Talleristas 2

232 228 226 255 262 262 267 270 270

TOTAL 162 1,219 1,200 1,194 1,261 1,266 1,300 1,309 1,352 1,352

Figura Presupuesto Presupuesto

Remanente asignado ejercido

Docentes $75,420,000.00 $71,055,000.00 $4,365,000.00

Monitores $9,835,000.00 $9,296,000.00 $539,000.00

Talleristas 1 $1,008,000.00 $1,008,000.00 $0.00

Talleristas 2 $19,440,000.00 $18,176,000.00 $1,264,000.00

TOTAL $105,703,000.00 $99,535,000.00 $6,168,000.00

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO. Las presentes modificaciones a las Reglas de Operación, entrarán en vigor a partir de la fecha de su

publicación.

Ciudad de México, a 09 de diciembre de dos mil diecinueve

DRA. ROSAURA RUIZ GUTIÉRREZ

(Firma)

SECRETARIA DE EDUCACIÓN, CIENCIA,

TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

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14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Doctora Rosaura Ruiz Gutiérrez, Secretaria de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México con

fundamento en los Artículos 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4 Apartado A, 8, 33,

Transitorio Trigésimo de la Constitución Política de la Ciudad de México; 3 Fracción II, 11 Fracción I, 14, 16 Fracción VII,

18 y 32 inciso A) de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de la Administración Pública de la Ciudad de México; 124 y 129

de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México;

47 y 48 de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal; 1, 4, 6, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de

Desarrollo Social para el Distrito Federal; 7 Fracción VII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la

Administración Pública de la Ciudad de México; y 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el

Ejercicio Fiscal 2019, he tenido a bien emitir el siguiente:

AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE

OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL “EDUCACIÓN PARA LA AUTONOMÍA ECONÓMICA EN

PILARES, CIUDAD DE MÉXICO 2019”

En la página 25, párrafo noveno,

Dice:

3.3.3 La población beneficiada del Programa Social

De manera directa 905 beneficiarios facilitadores de servicios y 122,250 usuarios de los servicios, principalmente mujeres

jefas de familia y todas las personas que lo soliciten, con acciones educativas y talleres para el fortalecimiento económico,

los cuales se brindarán en los 150 PILARES.

Debe decir:

De manera directa a 818 beneficiarios facilitadores de servicios y 122,250 usuarios de los servicios, principalmente mujeres

jefas de familia y todas las personas que lo soliciten, con acciones educativas y talleres para el fortalecimiento económico,

los cuales se brindarán en los 150 PILARES.

En la página 26, párrafo noveno,

Dice:

4.1.5 Metas

Otorgar 905 apoyos económicos a beneficiarios facilitadores de servicios que fungirán como jefas de taller, monitoras o

monitores y talleristas que participarán en la implementación del programa social para la impartición de talleres y la

realización de diversas actividades en los PILARES de la Ciudad de México y en colonias, pueblos y barrios con mayor

índice de vulnerabilidad, que habiten en esta misma Ciudad.

Debe decir:

Otorgar 818 apoyos económicos a beneficiarios facilitadores de servicios que fungirán como jefas de taller, monitoras o

monitores y talleristas que participarán en la implementación del programa social para la impartición de talleres y la

realización de diversas actividades en los PILARES de la Ciudad de México y en colonias, pueblos y barrios con mayor

índice de vulnerabilidad, que habiten en esta misma Ciudad.

En la página 27, párrafo segundo,

Dice:

IV.2. Objetivos Específicos

4.2.1 Conjunto de Acciones diversas que se realizarán para alcanzar el objetivo general del programa social

1)Formación y capacitación de 905 beneficiarios facilitadores de servicios para la vinculación con comunidad, entre enero y

marzo de 2019 (tres meses).

2) Durante el 2019, integrar un equipo de 150 jefas de taller, 150 monitoras o monitores, 600 talleristas y 5 apoyos técnicos,

para integrar 150 equipos que participarán en los PILARES Ciudad de México.

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15

Debe decir:

1)Formación y capacitación de 818 beneficiarios facilitadores de servicios para la vinculación con comunidad.

2) Durante el 2019, integrar 150 equipos que participarán en los PILARES Ciudad de México.

Párrafo décimo,

Dice:

V. Meta Física Resultados esperados

5.1 Meta de cobertura de la población objetivo

Se tiene proyectado beneficiar hasta 122,250 (usuarios) en hasta 150 PILARES instalados en las 16 Alcaldías de la Ciudad

de México, en donde se instrumentará “EDUCACIÓN PARA LA AUTONOMÍA ECONÓMICA EN PILARES CIUDAD

DE MÉXICO 2019”, así como a 905 beneficiarios facilitadores de servicios (150 jefas de taller, 150 monitoras o monitores,

600 talleristas y 5 apoyos técnicos.)2

Debe decir:

Se tiene proyectado beneficiar hasta 122,250 (usuarios) en hasta 150 PILARES instalados en las 16 Alcaldías de la Ciudad

de México, en donde se instrumentará “EDUCACIÓN PARA LA AUTONOMÍA ECONÓMICA EN PILARES CIUDAD

DE MÉXICO 2019”, así como 818 beneficiarios facilitadores de servicios.

En la página 28, párrafo segundo,

Dice:

VI. Programa Presupuestal

6.1 Presupuesto Total Autorizado para 2019

$ 65,200,000.00 (sesenta y cinco millones doscientos mil pesos 00/100 M.N.)

Debe decir:

$ 56,491,000.00 (cincuenta y seis millones cuatrocientos noventa y un mil pesos 00/100 M.N.)

Párrafo tercero,

Dice:

6.2 Monto unitario Anual por beneficiarios facilitadores deservicios

El monto total autorizado es de $ 65,200,000.00 (sesenta y cinco millones doscientos mil pesos 00/100 M,N,) durante el

ejercicio fiscal 2019; el cual se ejercerá de la siguiente manera:

Para beneficiarios facilitadores de servicios que colaborarán en PILARES

Periodo abril-diciembre 2019

Tipo de Monto mensual Cantidad de Total de Pago total por las 9

beneficiario por beneficiario personas ministraciones ministraciones

Jefas de taller $9,000.00 150 9 $12,150,000.00

Talleristas $8,000.00 600 9 $43,200,000.00

Monitores $7,000.00 150 9 $9,450,000.00

$64,800,000.00

Para beneficiarios facilitadores de servicios que colaborarán en PILARES

Periodo marzo-diciembre 2019

Tipo de Monto mensual Cantidad de Total de Pago total por las 10

beneficiario por beneficiario personas ministraciones ministraciones

Apoyos técnicos $8,000.00 5 10 $400,000.00

$400,000.00

Pago de beneficiarios facilitadores en PILARES (Abril-Diciembre) $64,800,000.00

Pago de beneficiarios facilitadores en PILARES (Marzo-Diciembre) $ 400,000.00

Pago TOTAL de beneficiarios facilitadores $65,200,000.00

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16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

Debe decir:

El monto total autorizado es $ 56,491,000.00 (cincuenta y seis millones cuatrocientos noventa y un mil pesos 00/100

M.N.) durante el ejercicio fiscal 2019; el cual se ejercerá de la siguiente manera:

Tipo de beneficiario Monto mensual por beneficiario

Jefas de Taller $9,000.00

Talleristas $8,000.00

Monitores $7,000.00

Apoyos Técnicos $8,000.00

Figura Mar. Abr. May. Jun. Jul. Ago. Sep. Oct. Nov. Dic.

Jefas de Taller

138 137 146 146 146 143 142 142 142

Talleristas

390 470 494 520 513 509 499 531 531

Monitores

139 136 145 147 142 142 140 140 140

Apoyos Técnicos 5 5 5 5 5 5 5 5 5 5

TOTAL 5 672 748 790 818 806 799 786 818 818

Figura Presupuesto Ejercido

Jefas de taller $11,538,000.00

Talleristas $35,656,000.00

Monitores $8,897,000.00

Apoyos Técnicos $400,000.00

$56,491,000.00

En la página 39, párrafo segundo,

Dice:

XI.2. Indicadores de Gestión y de Resultados

11.2.1.En congruencia con la metodología de Presupuesto Basado en Resultados empleada a nivel nacional, y adoptada por

el Gobierno de la Ciudad de México, para la construcción de los indicadores se seguirá la Metodología de Marco Lógico

(MML),[…]

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Nivel de

objetivo Objetivo Indicador

Fórmula de

Cálculo

Tipo de

Indicador

Unidad de

Medida Desagregación

Medios de

Verificación

Unidad

Responsable Supuesto Meta

Actividad 1

Captación

de jefas

de Taller

prestador

as de

Servicios

Porcentaje de

jefas de taller

prestadoras de

servicios

(Número de

jefas de taller

prestadoras de

servicios

/Número de

jefas de taller

planificadas en

la meta)x 100

(Trimestral)

Cobertura Porcentaje

Reporte de

Jefas de Taller

captadas para el

trabajo en los

PILARES

desagregadas

por edad, sexo

y demarcación

territorial

Sistema de

Información

Estadística del

Programa

Dirección de

Educación

Inclusiva

Intercultural

Bilingüe a

través de la

Subdirección

de Educación

para la

Autonomía

Económica

Las personas de

las 16 alcaldías

de la Ciudad de

México se

interesan en

convertirse en

Jefas de Taller

beneficiarias

prestadoras de

servicios

150 Jefas

de Taller

Actividad 2

Captación

de

Monitores

prestador

es de

servicios

Porcentaje de

monitores

prestadores de

servicios

(Número de

monitores

prestadores de

servicios /

Número de

monitores

planificados en

la meta)x100

(Trimestral)

Cobertura Porcentaje

Reporte de

monitores

prestadores de

servicios

desagregados

por edad, sexo

y demarcación

territorial

Sistema de

Información

Estadística del

Programa

Dirección de

Educación

Inclusiva

Intercultural

Bilingüe a

través de la

Subdirección

de Educación

para la

Autonomía

Económica

Las personas de

las 16 alcaldías

de la Ciudad de

México se

interesan en

convertirse en

monitores

beneficiarios

prestadores de

servicios

150

monitores

Actividad 3

Captación

de

talleristas

prestador

es de

servicios

Porcentaje de

talleristas

prestado-res de

servicios

(Número de

talleristas

prestadores de

servicios /

Número de

talleristas

planificados en

la meta)x100

(Trimestral)

Cobertura Porcentaje

Reporte de

talleristas

prestadores de

servicios

desagregados

por edad, sexo

y demarcación

territorial

Sistema de

Información

Estadística del

Programa

Dirección de

Educación

Inclusiva

Intercultural

Bilingüe a

través de la

Subdirección

de Educación

para la

Autonomía

Económica

Las personas de

las 16 alcaldías

de la Ciudad de

México se

interesan en

conver-tirse en

talleristas

beneficiarios

prestadores de

servicios

600

talleristas

Debe decir:

XI,2, Indicadores de Gestión y de Resultados

11,2,1, En congruencia con la metodología de Presupuesto Basado en Resultados empleada a nivel nacional, y adoptada por el Gobierno de la Ciudad de México,

para la construcción de los indicadores se seguirá la Metodología de Marco Lógico (MML), […]

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Nivel de

objetivo Objetivo Indicador

Fórmula de

Cálculo

Tipo de

Indicador

Unidad de

Medida Desagregación

Medios de

Verificación

Unidad

Responsable Supuesto Meta

Actividad

1

Captación

de jefas de

Taller

prestadoras

de

Servicios

Porcentaje de

jefas de taller

prestadoras

de servicios

(Número de jefas

de taller

prestadoras de

servicios

/Número de jefas

de taller

planificadas en

la meta)x 100

(Trimestral)

Cobertura Porcentaje

Reporte de

Jefas de Taller

captadas para el

trabajo en los

PILARES

desagregadas

por edad, sexo

y demarcación

territorial

Sistema de

Información

Estadística del

Programa

Dirección de

Educación

Inclusiva

Intercultural

Bilingüe a través

de la

Subdirección de

Educación para

la Autonomía

Económica

Las personas de

las 16 alcaldías

de la Ciudad de

México se

interesan en

convertirse en

Jefas de Taller

beneficiarias

prestadoras de

servicios

Hasta 146

Jefas de

Taller

Actividad

2

Captación

de

Monitores

prestadores

de servicios

Porcentaje de

monitores

prestadores

de servicios

(Número de

monitores

prestadores de

servicios /

Número de

monitores

planificados en

la meta)x100

(Trimestral)

Cobertura Porcentaje

Reporte de

monitores

prestadores de

servicios

desagregados

por edad, sexo

y demarcación

territorial

Sistema de

Información

Estadística del

Programa

Dirección de

Educación

Inclusiva

Intercultural

Bilingüe a través

de la

Subdirección de

Educación para

la Autonomía

Económica

Las personas de

las 16 alcaldías

de la Ciudad de

México se

interesan en

convertirse en

monitores

beneficiarios

prestadores de

servicios

Hasta 147

monito-res

Actividad

3

Captación

de

talleristas

prestadores

de servicios

Porcentaje de

talleristas

prestado-res

de servicios

(Número de

talleristas

prestadores de

servicios /

Número de

talleristas

planificados en

la meta)x100

(Trimestral)

Cobertura Porcentaje

Reporte de

talleristas

prestadores de

servicios

desagregados

por edad, sexo

y demarcación

territorial

Sistema de

Información

Estadística del

Programa

Dirección de

Educación

Inclusiva

Intercultural

Bilingüe a través

de la

Subdirección de

Educación para

la Autonomía

Económica

Las personas de

las 16 alcaldías

de la Ciudad de

México se

interesan en

convertirse en

talleristas

beneficiarios

prestadores de

servicios

Hasta 531

talleristas

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO. Las presentes modificaciones a las Reglas de Operación, entrarán en vigor a partir de la fecha de su

publicación.

Ciudad de México, a 09 de diciembre de 2019

Dra. Rosaura Ruiz Gutiérrez

(Firma)

Secretaria de Educación, Ciencia,

Tecnología e Innovación de la Ciudad de México

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20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

SECRETARÍA DE LAS MUJERES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Maestra Gabriela Rodríguez Ramírez, titular de la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México, con fundamento en

lo dispuesto en los artículos 6, apartado A, Fracción II y 16, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos; 7, inciso E de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 2, 3, fracciones I y II, 4, 11,

fracción I, 16, fracción XII, 37 y Vigésimo Primero Transitorio de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la

Administración Pública de la Ciudad de México; 6, 7, 13, 14, 14 bis, 15, 16, 28, 30, 31, 32, 33 y 54 de la Ley de Acceso de

las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México; 1, 2, 6, fracciones XIV, XV y XVII, de la Ley de

Operación e Innovación Digital para la Ciudad de México; 6, fracciones XII y XXII, 6, fracción XII, 186 y 191 de la Ley de

Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 1, 2, 3, fracciones II, IX,

XXXIV y XXXVI, 9, 16, fracción I, 21, fracción III, 17, 21, 22, 23 fracción XII, 25, 26, 36, 37 fracción I y II, 38, 40, 41,

46, 49 y 50 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México; artículo

1, 3, fracción IX, 11, 12, 30, fracciones VI y VII, 31, 32, 33, 34, 37, 38 y 40 de la Ley de Archivos del Distrito Federal;

artículos 1º y 203, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y

los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México; y

C O N S I D E R A N D O

Que la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, es el

ordenamiento legal que tiene por objeto establecer las bases, principios, derechos, obligaciones y procedimientos que

regulan la protección y tratamiento de los datos personales en posesión de los Sujetos Obligados.

Que en términos del artículo 36 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad

de México, corresponde a cada Sujeto Obligado determinar, a través de su titular la creación, modificación o supresión de

Sistemas de Datos Personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión

de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, la integración, tratamiento y protección de los datos personales está a cargo

de los entes públicos, debiendo publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la creación, modificación o supresión

de los Sistemas de Datos Personales.

Que el artículo Vigésimo Primero Transitorio, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la

Ciudad de México, señala la extinción del Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México, transfiriendo las funciones

asignadas a la Secretaria de las Mujeres de la Ciudad de México.

Que la prevención es el conjunto de acciones que deberán llevar a cabo las instituciones que conforman la Administración

Pública de la Ciudad de México, para evitar la comisión de delitos y otros actos de violencia de género contra las mujeres y

niñas, atendiendo a los posibles factores de riesgo; en tal contexto es a través de las Unidades Territoriales de Atención

Lunas, que brindan los servicios integrales y multidisciplinarios en materia; que se encuentran ubicadas dentro de las 16

Alcaldías de la Ciudad de México; por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DENOMINADO “SISTEMA

DE DATOS PERSONALES DOCUMENTAL DE LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LAS UNIDADES

TERRITORIALES DE ATENCIÓN LUNAS”.

ÚNICO. - Atendiendo a los principios de seguridad, licitud, confidencialidad y certeza en el tratamiento de datos personales

de las mujeres y niñas involucradas en la atención y prevención de los servicios multidisciplinarios e integrales que prestan

las Unidades Territoriales de Atención Lunas, a dichas personas. En términos de lo dispuesto por la Ley de Protección de

Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México y en sus Lineamientos Generales de Protección

de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, se crea el Sistema de Datos Personales

Documental de la Atención y Prevención de las Unidades Territoriales de Atención Lunas; al tenor de los siguientes

términos:

A) Finalidad o finalidades y usos previstos: registro y seguimiento de la información proporcionada para la atención y

prevención de las mujeres y niñas que, por la violencia de género, atienden las Unidades Territoriales de Atención Lunas.

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21

B) Normativa aplicable:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución Política de la Ciudad de México.

Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México,

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.

Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.

Transferencias:

Sujetos Obligados de la Ciudad de México.

Órganos Jurisdiccionales Locales y Federales.

Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

Auditoría Superior de la Ciudad de México.

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

Órganos de Control.

Órganos Político Administrativos.

C) Personas físicas o grupos de personas sobre las que se recaben o traten datos Personales: mujeres y niñas que

residen o transitan en la Ciudad de México, probable persona generadora de violencia de género.

D) Estructura Básica del Sistema de Datos Personales y la descripción de los tipos de datos incluidos:

a.- Datos Identificativos: nombre, fecha de nacimiento, edad, sexo, domicilio, teléfono, nacionalidad, estado civil, CURP,

RFC, Clave de Elector y ocupación.

b.- Datos electrónicos: correo electrónico.

c.- Datos de tránsito y movimientos migratorios: información sobre situación migratoria y en su caso documento con el

que lo acredita y estancia legal en el país.

d.- Datos patrimoniales: ingresos mensuales.

e.- Datos especialmente protegidos (sensibles): serán considerados los datos de los menores de edad o discapacitados

permanentes mismos que sean proporcionados por las mujeres, así como origen étnico, pertenecía a la comunidad

LGBTTTI, grupo vulnerable y hechos de violencia.

f.- Datos jurisdiccionales: tipo de juicio, juzgado, expediente, carpeta de investigación, averiguación previa, o cualquier

otro documento que sea de carácter legal.

g.- Datos de relaciones familiares: parentesco, nombre y edad del dependiente económico.

h.- Datos de carácter obligatorio: domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos en la Ciudad de México.

E) Instancias Responsables del tratamiento del Sistema de Datos Personales: Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de

México a través de la Dirección de Atención y Prevención a la Violencia.

Usuarios: Jefatura de Unidad Departamental de Atención y Prevención y Líderes Coordinadores de Proyectos de Atención

y Prevención en las Unidades Territoriales de Atención en las Unidades Territoriales de Atención Lunas en: Álvaro

Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa,

Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan, Venustiano Carranza y Xochimilco.

F). Áreas ante las que podrán ejercerse los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO):

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22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia de la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México.

Dirección de correo electrónico: [email protected]

El titular de los datos personales, podrá ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y Oposición, así como la

revocación del consentimiento en términos de lo establecido en el Titulo Tercero de la LPDPPSOCDMX, en la Unidad de

Transparencia de la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México, sita Av. Morelos número 20, Colonia Centro,

Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06000, Ciudad de México; o a través del Sistema INFOMEX (www.infomex.org.mx), la

Plataforma Nacional de Transparencia (www.plataformadetransparencia.org.mx) o a través de Tel-INFO al 56364636.

G) Nivel de Seguridad: alto.

TRANSITORIOS

PRIMERO. - En cumplimiento al artículo 37 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos

Obligados de la Ciudad de México, publíquese el presente Acuerdo por el que se crea, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México.

SEGUNDO. Se instruye al Enlace en materia de Datos Personales que notifique la publicación del presente Acuerdo al

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la

Ciudad de México, dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación del mismo; en la Gaceta Oficial de la Ciudad

de México, para los efectos legales y administrativos a que haya lugar.

TERCERO. - Se instruye al Responsable del Sistema de Datos Personales documental de la Atención y prevención de

las Unidades Territoriales de Atención Lunas para que, en un término de diez días hábiles siguientes a la publicación del

presente en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, realice el registro del Sistema en el Registro Electrónico de Sistemas

de Datos Personales.

CUARTO. - El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México.

Ciudad de México, a 09 de diciembre dos mil diecinueve.

(Firma)

____________________________________________

MTRA. GABRIELA RODRÍGUEZ RAMÍREZ

TÍTULAR DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23

SECRETARÍA DE LAS MUJERES

MAESTRA GABRIELA RODRÍGUEZ RAMÍREZ, TITULAR DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES

DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con fundamento en lo que disponen los artículos 6, apartado A fracción II y 16, párrafo

segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 7, apartado E y 33, numeral 1, de la

Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 2, 3, fracciones I y II, 4, 11, fracción I, 16, fracción XII, 37 y

Vigésimo Primero Transitorio de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de

México; 1, 2, 6, fracciones XIV, XV y XVII, de la Ley de Operación e Innovación Digital para la Ciudad de México; 6,

fracciones XII y XXII, 186 y 191 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de

la Ciudad de México; 1, 2, 3, fracciones II, IX, XXXIV y XXXVI, 9, 16, fracción I, 17, 21, fracción III, 22, 23 fracción XII,

25, 26, 36, 37 fracción I y II, 38, 40, 41, 46, 49 y 50 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos

Obligados de la Ciudad de México; artículo 1, 3, fracción IX, 11, 12, 30 fracciones VI y VII, 31, 32, 33, 34, 37, 38 y 40 de

la Ley de Archivos del Distrito Federal, artículos 281 y 297 del Código Fiscal de la Ciudad de México; Acuerdo por el que

se aprueban los Formatos de Manifestación Bajo Protesta de Decir Verdad para la Obtención de los Beneficios Fiscales

precisados en los artículos 281 y 282 del Código Fiscal de la Ciudad de México y en la Resolución de carácter General

mediante la cual se condona parcialmente el pago del impuesto predial; Resolución por la que se validan los Lineamientos

que deben cumplir los Contribuyentes para hacer efectivas las reducciones de contribuciones a que se refiere el Capítulo XI,

del Título Tercero, del Libro Primero del Código Fiscal de la Ciudad de México, en las Administraciones Tributarias o

Auxiliares, en su caso, ante el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México, el día 1º de junio de 2018; el Aviso por que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las

Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la

Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el día 30 de abril de 2019 y los Lineamientos

para la Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México; y

C O N S I D E R A N D O

Que la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México es el ordenamiento

legal que tiene por objeto establecer las bases, principios, derechos, obligaciones y procedimientos que regulan la protección

y tratamiento de los datos personales en posesión de los Sujetos Obligados.

Que en términos del artículo 36 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad

de México, corresponde a cada Sujeto Obligado determinar, a través de su titular la creación, modificación o supresión de

Sistemas de Datos Personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión

de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, la integración, tratamiento y protección de los datos personales está a cargo

de los entes públicos, debiendo publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la creación, modificación o supresión

de los Sistemas de Datos Personales.

Que el artículo Vigésimo Primero Transitorio, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la

Ciudad de México, señala la extinción del Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México, transfiriendo las funciones

asignadas a la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México.

Que el 29 de marzo de 2012, se inscribió en el Registro Electrónico de Sistema de Datos Personales, el Sistema de Datos

Personales de Constancias para Beneficios Fiscales del entonces Instituto de las Mujeres del Distrito Federal.

Que en fecha 16 de octubre de 2015, salió publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, hoy Ciudad de México, la

modificación de los Sistemas de Datos Personales, del extinto Instituto de las Mujeres del Distrito Federal, dentro de los que

se encontraba el Sistema de Datos Personales de Constancias para Beneficios Fiscales; por lo que he tenido a bien emitir el

presente:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DENOMINADO

“SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE CONSTANCIAS PARA BENEFICIOS FISCALES”.

ÚNICO.- Atendiendo a los principios de seguridad, licitud, confidencialidad y certeza en el tratamiento de datos personales

de las usuarias involucradas en la emisión de la constancia para obtener beneficios fiscales, como una reducción que

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24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

contempla el artículo 281 del Código Fiscal de la Ciudad de México, dentro de la economía de las mujeres contribuyentes,

jefas de hogar y madres solteras con dependientes económicos menores de edad, o mayores de 18 a 25 años que se

encuentren estudiando o en su caso cuenten con alguna discapacidad permanente. En términos de lo dispuesto por la Ley de

Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México y en sus Lineamientos, se

modifica el Sistema de Datos Personales de Constancias para Beneficios Fiscales , al tenor de los siguientes términos:

A) Finalidad y uso previsto: elaborar la constancia que emite la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México, a las

mujeres solicitantes que cumplan con los requisitos previstos en la normatividad aplicable y que asistan personalmente a las

Unidades Territoriales de Atención LUNAS; para que puedan continuar con el trámite del beneficio fiscal.

B) Normativa aplicable: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Constitución Política de la Ciudad de México

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México

Código Fiscal de la Ciudad de México

Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.

Resolución por la que se validan los Lineamientos que deben cumplir los Contribuyentes para hacer efectivas las

reducciones de contribuciones a que se refiere el Capítulo XI, del Título Tercero, del Libro Primero del Código Fiscal de la

Ciudad de México, en las Administraciones Tributarias o Auxiliares, en su caso, ante el Sistema de Aguas de la Ciudad de

México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el día 1º de junio de 2018,

Gaceta y Resolución por la que se validan los Lineamientos presentados por el Instituto de las Mujeres del Distrito Federal.

Transferencia del Sistema de Datos Personales:

Sujetos Obligados de la Ciudad de México.

Órganos Jurisdiccionales Locales y Federales.

Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

Auditoría Superior de la Ciudad de México.

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

Órganos de Control.

Órganos Político Administrativos.

C) Personas Físicas o grupos de personas sobre las que se recaben o traten datos personales: mujeres contribuyentes,

propietarias de un inmueble en la Ciudad de México, que de forma presencial acudan a las Unidades Territoriales de

Atención LUNAS, que consideren necesario acreditar su circunstancia personal, como separada, jefa de hogar o madre

soltera.

D) Estructura Básica del Sistema de Datos Personales y la descripción de los tipos de datos incluidos:

a. Datos Identificativos: nombre, domicilio, identificación oficial, número o folio nacionalidad, fecha de vencimiento del

documento y actividad autorizada a realizar, domicilio, CURP, teléfono.

b. Datos electrónicos: correo electrónico.

c. Datos de tránsito y movimientos migratorios: información sobre situación migratoria y en su caso documento con el

que lo acredita y estancia legal en el país.

d. Datos patrimoniales: número de escritura pública, número de boleta predial del año en curso o propuesta de valor

catastral emitida por la Secretaría de Administración y Finanzas, o número de boleta de pago de derechos por el suministro

de agua del año en curso.

e. Datos especialmente protegidos (sensibles): serán considerados los datos de los menores de edad o discapacitados

permanentes mismos que sean proporcionados por las solicitantes.

f. Datos jurisdiccionales: tipo de juicio, juzgado, expediente, en su caso actor o demandado.

g. Datos de relaciones familiares: parentesco, nombre y edad del dependiente económico, tipo de comprobante de

estudios, centro escolar que lo emite y/o tipo de discapacidad y ente que acredita la discapacidad.

h. Datos de carácter obligatorio: domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos en la Ciudad de México.

E) Instancia Responsable del Tratamiento del Sistema de Datos Personales: Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de

México, a través de la Dirección de Atención y Prevención a la Violencia en correspondencia con las Unidades Territoriales

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25

de Atención Luna en: Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa, Cuauhtémoc, Gustavo A.

Madero, Iztacalco, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan, Venustiano Carranza y

Xochimilco.

Usuarias: las Jefas de Unidad Departamental de Atención y Prevención y Líderes Coordinadores de Proyectos de las

Unidades Territoriales de Atención Lunas, en: Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa,

Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac,

Tlalpan, Venustiano Carranza y Xochimilco.

F) Áreas ante las que podrán ejercerse los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO):

Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia de la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México.

Dirección de correo electrónico: [email protected]

El titular de los datos personales, podrá ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y Oposición, así como, la

revocación del consentimiento en términos de lo establecido en el Titulo Tercero de la LPDPPSOCDMX, en la Unidad de

Transparencia de la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México, sita Av. Morelos número 20, Colonia Centro,

Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06000, Ciudad de México; o a través del Sistema INFOMEX (www.infomex.org.mx), la

Plataforma Nacional de Transparencia (www.plataformadetransparencia.org.mx) o a través de Tel-INFO al 56364636.

F) Nivel de Seguridad: alto.

TRANSITORIOS

PRIMERO. - En cumplimiento al artículo 37 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos

Obligados de la Ciudad de México, publíquese el presente Acuerdo Modificatorio en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México.

SEGUNDO. Se instruye al Enlace en materia de Datos Personales que notifique la publicación del presente Acuerdo al

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la

Ciudad de México, dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México,

para los efectos legales y administrativos a que haya lugar.

TERCERO. - Se instruye al Responsable del Sistema de Datos Personales de Constancias para Beneficios Fiscales para

que, en un término de diez días hábiles siguientes a la publicación del presente en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México,

realice la modificación de dicho Sistema en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales.

CUARTO. - El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México.

Ciudad de México, a 09 de diciembre dos mil diecinueve.

(Firma)

_____________________________________________

MTRA. GABRIELA RODRÍGUEZ RAMÍREZ

TÍTULAR DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

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26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Lic. Anselmo Peña Collazo, Director General del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México, con fundamento en

los artículos; 2, 3, fracciones I, III Y XII; y 54 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la

Ciudad de México; 1, 3, 5, 11, 71, fracción IX, 73, 74 y 89 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de

México; y décimo fracciones I, XII y XIII del Decreto que Crea el Instituto de Vivienda del Distrito Federal, y demás

disposiciones legales aplicables; y

CONSIDERANDO

Que la actuación de la Administración Pública de la Ciudad de México ante los particulares se encuentra regulada en la Ley

de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, ordenamiento que establece para las actuaciones y diligencias del

orden administrativo, la obligación de ser ejecutadas en días y horas hábiles, señalando como inhábiles, entre otros, aquellos

en que se suspendan de manera general las labores de las Dependencias, Delegaciones, Órganos Desconcentrados o

Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Con base en lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, la Administración Pública

de la Ciudad de México es Centralizada, Paraestatal, Desconcentrada y Descentralizada, formando parte de ésta última el

Instituto de Vivienda de la Ciudad de México.

Asimismo el 18 de enero de 2019, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de

Gobierno de la Ciudad de México, emitió el Acuerdo por el que se suspenden los Términos Inherentes a los Procedimientos

Administrativos ante la Administración Pública de la Ciudad de México, durante los días que se indican.

Por consiguiente, el H. Consejo Directivo del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México, mediante acuerdo

INVI126EXT3476 emitido en su Centésimo Vigésima Sexta Sesión Extraordinaria de fecha diez de diciembre de dos mil

diecinueve, autorizó la suspensión de actividades relacionadas con la atención al público en el Instituto de Vivienda de la

Ciudad de México por el periodo del 16 de Diciembre de 2019 al 02 de Enero de 2020.

He tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES PARA LA ATENCIÓN AL PÚBLICO EN

EL INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CORRESPONDIENTES AL MES DE

DICIEMBRE DEL EJERCICIO 2019 Y ENERO 2020.

PRIMERO.- Se consideran inhábiles para los efectos de atención al público en el Instituto de Vivienda de la Ciudad de

México los días, 20, 23, 24, 26, 27, 30 y 31 de diciembre de 2019 y 2 de enero de 2020, así como los demás días de

descanso obligatorio previstos por la Ley Federal de Trabajo en su artículo 74.

SEGUNDO.- Cualquier actuación o promoción realizada ante el Instituto de Vivienda de la Ciudad de México en alguno de

los días considerados como inhábiles por el presente Acuerdo, surtirá efectos el primer día hábil siguiente.

TERCERO.- El presente Aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México.

Ciudad de México a 18 de diciembre de 2019

(Firma)

________________________________________

Lic. Anselmo Peña Collazo

Director General del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27

ALCALDÍA IZTAPALAPA

MTRO. GUILLERMO ROCHA RAMOS, Director General de Administración en Iztapalapa, con fundamento en los

artículos 33, 52 y 53 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 21, 31 fracción X, 75 de la Ley Orgánica de

Alcaldías de la Ciudad de México, 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; así como en el

Lineamiento Décimo Segundo de los Lineamientos Generales para el Registro de los Manuales Administrativos y

Específicos de Operación de las Dependencias, Órganos, Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México;

así como de las Comisiones, Comités, Institutos y cualquier otro Órgano Administrativo Colegiado o Unitario que

constituya la Administración Pública de la Ciudad de México, acuerdo por el cual se delega al titular de la Dirección

General de Administración, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México número 57 de fecha 25 de marzo de

2019, y de conformidad con el Registro MEO-322/261119-OPA-IZP-9/010519, otorgado por la Coordinación General de

Evaluación, Modernización y Desarrollo Administrativo de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de

México, mediante oficio número SAF /CGEMDA/0356/2019, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DONDE PODRÁ SER

CONSULTADO EL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO DE

ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DE LA ALCALDÍA IZTAPALAPA, CON NÚMERO DE REGISTRO

MEO-322/261119-OPA-IZP-9/010519.

Único. El Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de la Alcaldía

Iztapalapa, con número de registro MEO-322/261119-OPA-IZP-9/010519, otorgado por la Coordinación General de

Evaluación, Modernización y Desarrollo Administrativo de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de

México, mediante oficio número SAF /CGEMDA/0356/2019, queda para consulta pública en la siguiente dirección:

http://www.iztapalapa.cdmx.gob.mx/link/?a=MEO_COMITE&n=1

TRANSITORIOS

PRIMERO. Publíquese el presente Aviso, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para su debida observancia y

aplicación.

SEGUNDO. Se designa como responsable del enlace electrónico a la ciudadano CESAR RAFAEL TZINTZUN VERA,

Coordinador de Informática, el cuál puede ser localizado en la Sede de la Alcaldía Iztapalapa, ubicada en Aldama no. 63,

esquina con Ayuntamiento, colonia Barrio San Lucas, código postal 09000, con número telefónico 56861762.

Ciudad de México a los once días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.

MTRO. GUILLERMO ROCHA RAMOS

(Firma)

DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION EN

LA ALCALDÍA IZTAPALAPA

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28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS

PATRICIA JIMENA ORTIZ COUTURIER, ALCALDESA EN LA MAGDALENA CONTRERAS, con fundamento en

los artículos 1°, 2°, 12°, 21 apartado D, y 53 de la Constitución de la Ciudad de México; 1, 2, 6, 7, 16, 20, 29, 30, 31 y 35 de

la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 303 y 308 del Código Fiscal de la Ciudad de México; 19, 23, 33, 34,

35 y 36 de las Reglas Para el Control y Manejo de los Ingresos que se Recauden por Concepto de Aprovechamientos y

Productos que se Asignen a las Dependencias, Alcaldías y Órganos Desconcentrados que los Generen, Mediante el

Mecanismo de Aplicación Automática de Recursos, Publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, No. 17, de

fecha 24 de enero de 2019, emito el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL ALTA DEL CENTRO GENERADOR “CENTRO ACUATICO

MICTLE LA OLLA” ASI COMO LA INCLUSIÓN DE CLAVES, CONCEPTOS, UNIDADES DE MEDIDA, Y

CUOTAS DE APROVECHAMIENTOS POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DEL DOMINIO

PÚBLICO O POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL EJERCICIO DE FUNCIONES DE DERECHO

PÚBLICO Y PRODUCTOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE DERECHO PRIVADO.

Clave de Concepto Concepto Unidad de

Medida

Cuota

2019

TIPO DE USO

CENTRO ACUATICO LA OLLA

1 2 3 INSTALACIONES PARA

EVENTOS DIVERSOS

1 2 3 1 EVENTOS CULTURALES,

SOCIALES Y DEPORTIVOS

1 2 3 1 5 RENTA DE SALON PARA

FIESTAS (FINES NO

COMERCIALES)

EVENTO 4,000.00 APROVECHAMIEMTO

2 2 1 3 ARTES MARCIALES

2 2 1 3 4 KARATE DO PERSONA/MES 100.00 PRODUCTO

2 2 6 BAILE Y DANZAS

2 2 6 3 HAWAIANO PERSONA/MES 121.00 PRODUCTO

2 2 6 7 DANZA REGIONAL PERSONA/MES 154.00 PRODUCTO

2 2 6 8 BAILE DE SALÓN PERSONA/MES 154.00 PRODUCTO

2 3 1 2 DEPORTES ACUÁTICOS

2 3 1 2 3 2 NATACIÓN DOS VECES POR

SEMANA

PERSONA/MES 183.00 PRODUCTO

2 3 1 2 3 4 NATACIÓN CUATRO VECES POR

SEMANA

PERSONA/MES 272.00 PRODUCTO

** Cuando proceda de acuerdo a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a la cuota se le deberá adicionar el I.V.A.

Transitorios

Primero. - Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para su debida observancia y aplicación.

Segundo. - El presente Aviso surtirá efectos el día siguiente al de su publicación.

Ciudad de México, a los 13 días del mes de diciembre del 2019.

(Firma)

ALCALDESA DE LA MAGDALENA CONTRERAS

PATRICIA JIMENA ORTIZ COUTURIER

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29

ALCALDÍA XOCHIMILCO

José Carlos Acosta Ruíz, Alcalde en Xochimilco, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 35 fracción I de la Ley

Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 3, fracción I; 4, fracción XIII; 7, 39, 42 C; fracción I y XVI; se adicionan las

fracciones XVII y XVIII; recorriéndose a las subsecuentes del artículo 42 C de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito

Federal; y se reforma el artículo 128 y se adicionan los párrafos octavo, noveno, décimo, décimo primero y décimo segundo

al artículo 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, prestaciones y Ejercicio de Recursos de la

Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2019, y

CONSIDERANDO

Que el objetivo de seguir impulsando el deporte competitivo, se llevará a cabo una acción denominada Carrera Atlética del

Pavo Cachetón de 5 KM, con la finalidad de contribuir a que los atletas sigan teniendo un buen desarrollo en su disciplina,

así como un estilo de vida saludable, en donde el contenido va de acuerdo a los Lineamientos de Acciones Institucionales de

Desarrollo Social (Acciones Sociales) 2019, publicado en la página del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la

Ciudad de México el día 04 de septiembre de 2019, en el que emito el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA ACCIÓN SOCIAL

“CARRERA ATLÉTICA DEL PAVO CACHETÓN 5 KM” PARA EL EJERCICIO 2019, A CARGO DE LA

ALCALDÍA XOCHIMILCO

1. Nombre de la acción.

Carrera Atlética del Pavo Cachetón 5km

2. Tipo de Acción social.

De Eventos

3. Entidad responsable. Alcaldía Xochimilco, a través de la Dirección General de Desarrollo Social como coordinadora de las Acciones Sociales, y

la Jefatura de la Unidad Departamental de Actividades Deportivas como el área operativa y ejecutora de la Acción.

4. Diagnóstico

4.1. Antecedentes.

Se tiene registro desde el año 2013 en el que se otorga de premiación un pavo a los principales ganadores de cada categoría.

Lo único que cambia por año es el número de pavos que se otorgan, lo cual depende del presupuesto asignado.

4.2. Problema o necesidad social que atiende la acción.

La Alcaldía de Xochimilco, tomando en cuenta los barrios y pueblos de la demarcación, pretende fortalecer en forma social

y deportiva a los atletas de la demarcación. De acuerdo al Módulo de Práctica Deportiva y Ejercicio Físico (MOPRADEF),

realizado por el INEGI en noviembre del 2018, el porcentaje de la población de 18 y mas años de edad activa físicamente

mantiene un porcentaje menor a lo que se observa desde noviembre del 2013, siendo menos de la mitad de la población la

que realiza la práctica de algún deporte o ejercicio físico en su tiempo libre.

De acuerdo a lo anterior la Acción Social pretende disminuir el porcentaje de las personas inactivas físicamente, sobre todo

en la población vulnerable de la demarcación, promoviendo el deporte físico y competitivo, y de acuerdo al anterior estudio,

impulsar el deporte entre las mujeres, ya que se muestra un porcentaje bajo.

4.3. Definición de la población objetivo y beneficiaria.

La población objetivo es toda aquella que practica alguna disciplina dentro y fuera de las instalaciones deportivas de la

Alcaldía de Xochimilco, los cuales son alrededor de 1000 atletas, tomando en cuenta a la población que participa en eventos

deportivos realizados por la alcaldía. Alrededor de 1300 personas participan en dichos eventos en los que la mayoría son de

18 a 39 años de edad, teniendo mayor participación masculina.

Se beneficiaran a 80 atletas, sin importar sexo, género, discapacidad, condición social, identidad indígena, religión, formas

de pensar y orientación o preferencia sexual, personas migrantes, víctimas de violaciones a los derechos humanos o de la

comisión de delitos, personas en situación de calle, personas privadas de su libertad, personas que residen en instituciones

de asistencia social y personas afrodescendientes.

4.4. Justificación y análisis de alternativas.

Este tipo de actividad física puede servir como el eje sobre el cual gire un estilo de vida activo y saludable. El hecho de

incentivar a la población, los induce a la práctica de ejercicio físico el cual a su vez hace promoción a una vida saludable,

así como reduce el abandono de la misma.

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30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

4.5. Análisis de similitudes y coordinación con acciones o programas sociales del gobierno Central de la Ciudad de

México y/o Alcaldías.

Esta Acción Social no tiene similitudes y/o coordinación con acciones o Programas Sociales del Gobierno de la Ciudad de

México y/o Alcandías.

4.6. Participación Social.

Como lo menciona la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y de acuerdo a lo establecido por la Ley de

Participación Ciudadana del Distrito Federal, la sociedad podrá participar activamente en la planeación, programación,

implementación y evaluación de los programas y acciones de desarrollo social.

Participante Etapa en la que participa Forma de

participación

Modalidad

Debe tener

conocimiento en la

actividad física.

Ser un deportista activo. En las Carreras

Atléticas.

A través de: Asociaciones Deportivas,

Clubes, Escuelas Técnico Deportivas,

todos los Grupos Sociales que

practiquen algún deporte.

5. Objetivos generales y específicos.

Objetivo General

De acuerdo con el recurso presupuestal se pretende beneficiar a aproximadamente 80 atletas que destaquen en la

competencia, con un pavo.

Lo que busca alcanzar este programa, es contribuir a que los atletas sigan teniendo un buen desarrollo en su disciplina.

El objetivo general es garantizar la correcta aplicación de los derechos sociales universales, incluyendo a los grupos

vulnerables de la demarcación, para que tengan un buen desarrollo deportivo.

Objetivos Específicos

Se busca elevar el nivel; calidad y desarrollo del deporte: fomentando la sana competencia, la recreación, así como la

integración y convivencia deportiva.

6. Metas.

Tener una afluencia mayor a los mil corredores, en la que se pueda otorgar 80 pavos a los 8 primeros lugares de cada

categoría.

Las siguientes categorías son: Juvenil de 12 a 17, Libre de 18 a 39, Máster de 40 a 49, Veteranos de 50 a 59 y Veteranos

Plus de 60 años en adelante en ambas ramas (femenil y varonil), llevándose a cabo el 22 de diciembre de 2019 a las 08:00

hrs., como salida será del Estadio Valentín González del Centro Deportivo Xochimilco, Francisco Goitia, Redención,

Acueducto y la meta a Estadio Valentín González.

7. Presupuesto.

Para esta Acción se otorgo un presupuesto de $80,000. (Ochenta mil pesos 00/100 M.N.), para el ejercicio 2019.

8. Temporalidad.

Esta acción social se implementa una vez al año en el mes de diciembre.

9. Criterios de elegibilidad y requisitos de acceso.

Una vez publicada la convocatoria el atleta tendrá que dirigirse a la Unidad Departamental de Actividades Deportivas, a

hacer su registro y tendrá que presentar identificación oficial (INE O CURP)

10. Difusión.

Se difunde la convocatoria a través de las redes sociales de la Alcaldía, se coloca publicidad en los deportivos de los

pueblos y en los principales deportivos de Tlalpan y Tláhuac. Se entregan volantes entre los corredores.

11. Padrón de Beneficiarios o listado de identificación de personas beneficiarias.

Las acciones sociales que impliquen una transferencia directa, monetaria o en especie, deberán integrar un padrón completo

de beneficiarios, idéntico al mandatado por el capítulo seis del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el D.F. Así,

deberá contener, al menos, los siguientes campos:

I. Nombre completo

II. Lugar y fecha de nacimiento;

III. Sexo

IV. Edad

V. Pertenencia étnica

VI. Grado máximo de estudios

VII. Tiempo de residencia en la Ciudad de México

VIII. Domicilio

IX. Ocupación

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31

X. Datos de los padres o tutores, en su caso, y

XI. Clave Única de Registro de Población.

En todo caso, los padrones de beneficiarios de las acciones sociales de transferencias monetarias o en especie deberán

atenerse a lo dispuesto por la normativa aplicable y a los criterios emitidos por las autoridades competentes para los

programas. La misma normativa será aplicable a las transferencias que se realicen a facilitadores de servicios o promotores

que atiendan a la población. Estos últimos, a su vez, reportarán o estimarán el volumen final de población beneficiaria.

12. Criterios de exigibilidad, inconformidad, rendición de cuentas.

Las personas que consideren que han sido vulneradas en sus derechos en el acceso o ejecución de la Acción Social podrán

interponer queja por escrito, ante las siguientes instancias:

- La Unidad Responsable de la operación de la Acción Social en la sede de la Alcaldía de Xochimilco, que emitirá una

resolución de conformidad con el artículo 44 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.

-En caso de que la Unidad de Actividades Deportivas no resuelva la queja, las personas beneficiarias podrán presentar sus

quejas en la Dirección General de Desarrollo Social de la Alcaldía Xochimilco.

- En caso de que la dependencia no resuelva la queja, se podrá acudir con la Procuraduría Social de la Ciudad de México, o

bien registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarla a la

Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente.

13. Evaluación y monitoreo

De acuerdo con el Art. 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, las evaluaciones constituyen procesos de

aplicación de un método sistemático que permite conocer, explicar y valorar al menos, el diseño, la operación, los resultados

y el impacto de la política y programas de Desarrollo Social. Las evaluaciones deberán detectar sus aciertos y fortalezas,

identificar sus problemas y, en su caso, formular las observaciones y recomendaciones y fortalecimiento.

La evaluación externa podrá ser realizada en cualquier momento durante la implementación o posteriormente por el Consejo

de Evaluación del Desarrollo Social.

Nivel de

objetivo

Objetivo Indicador Fórmula de

cálculo Unidad

de medida

Unidad

de

medida

Frecuencia/P

eriodo de

cálculo

Meta Medios de

Verificació

n

Propósito Mayor

número de

participantes

Número de

participantes

N. de inscritos/N.

de

participantes*100

Persona Anual Increment

o en la

participaci

ón de

deportistas

No. de

inscripcion

es

Componen

te

-Solventar

acciones en

beneficio del deporte. -

Incentivar a

deportistas

Número de

participantes

N. de inscritos/N.

de

participantes*100

Persona Anual Increment

o en la

participaci

ón de

deportistas

No. de

inscripcion

es

TRANSITORIOS

Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Segundo.- Este aviso entra en vigor a partir de la fecha de la publicación.

Ciudad de México, a 06 de diciembre de 2019.

ALCALDE EN XOCHIMILCO

(Firma)

JOSÉ CARLOS ACOSTA RUÍZ

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32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

ALCALDÍA XOCHIMILCO

José Carlos Acosta Ruíz, Alcalde en Xochimilco, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 35 fracción IV de la Ley

Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones,

Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; y

CONSIDERANDO

Con la finalidad de cumplir el objetivo de la Acción Social que va dirigida a los prestadores de servicios turísticos de ésta

Alcaldía Xochimilco que se encuentran asociados por el instrumento jurídico de Acta Constitutiva y con motivo de

fomentar el crecimiento de los ingresos locales, el empleo pleno, productivo y el trabajo decente para todos, mediante la

entrega de carro de golf, he tenido a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA ACCIÓN SOCIAL

PARA EL EJERCICIO 2019, A CARGO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO, DENOMINADA “REVITALIZAR

Y FORTALECER LA ECONOMÍA EN LOS EMBARCADEROS DE XOCHIMILCO”.

1. Nombre de la acción: Revitalizar y Fortalecer la economía en los embarcaderos de Xochimilco.

2. Tipo de acción social: Entrega en especie por única ocasión.

3. Entidad Responsable: Alcaldía en Xochimilco, a través de la Dirección General de Turismo y Fomento Económico.

4. Diagnóstico

4.1. Antecedentes

La Dirección General de Turismo y Fomento Económico, realiza por única ocasión la Acción Social “Revitalizar y

Fortalecer la economía en los embarcaderos de Xochimilco”, la cual pretende atender a mujeres y hombres inscritos en el

padrón de prestadores de servicios turísticos que se encargan de proporcionar al turista nacional y extranjero servicios

denominados “recorridos turísticos” en trajinera; dicha Acción Social fortalecerá y reactivará la economía del sector

mencionado, al ofrecerles una estrategia integral de desarrollo turístico, extendiendo la oferta fuera del radio de los

embarcaderos.

La acción social “Revitalizar y Fortalecer la economía en los embarcaderos de Xochimilco” se originó por la baja afluencia

registrada en los 10 embarcaderos de la Alcaldía Xochimilco y por lo tanto la derrama económica de la región se vio

afectada considerablemente, situación que se derivó por la contingencia ocurrida en el mes de septiembre del año 2019, en

el Canal Turístico “Embarcadero de Nativitas” ubicado en Calle del Mercado s/n, esquina Hermenegildo Galeana.

Según estadísticas de afluencia en embarcaderos y atención de módulos de información turística, Xochimilco recibe

aproximadamente dos millones de visitantes anuales, por lo cual es uno de los principales lugares turísticos para los

visitantes nacionales y extranjeros; por todo lo anterior es imperioso reactivar la economía y el desarrollo en beneficio de

miles de familias, que su economía gira en torno a la prestación de servicios turísticos.

4.2. Problema o necesidad social que atiende la acción.

De acuerdo a la encuesta INEGI Intercensal del 2015, la Alcaldía Xochimilco contaba con 415 933 habitantes de los cuales

el 48.0% de esta población es del sexo masculino (199 513) cuya edad mediana es de 30 años, mientras que el 52.0%

corresponde al sexo femenino (216 420) con edad mediana de 30 años.

Respecto a la distribución por edades, en la Alcaldía Xochimilco el grupo de los 20 a 24 años de edad representa el grupo

con mayor población con un 8.8% en este rango de 20 a 24 años (en el que se encuentra mayor población) la distribución es

de 9.4% hombres y 8.2% en mujeres.

El 97.57% de ellos son ocupantes de hogares familiares, el 53.37% forman parte de hogares nucleares, el 42.80% de

hogares ampliados, el 1.16% de hogares compuestos y un 2.67% no se especifica.

Según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, INEGI, 2013 en Xochimilco 176 246 dentro de la PEA, lo cual

represente un 93.9%

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33

La Población Ocupada (SEDECO 2013), según su nivel de ingresos donde el mayor valor en porcentaje lo representa la

población que cuenta con un ingreso de más de 1 hasta 2 salarios mínimos con un 24%, seguido de: más de 2 hasta 3

salarios mínimos con el 19%, más de 3 hasta 5 salarios mínimos con 9.7% y hasta un salario mínimo con el 9.6% se tiene un

porcentaje de no recibe ingresos o no especificado de 3.6%

Xochimilco y la capacidad productiva de su población es alta, pero necesita generar opciones de empleo, ya que de acuerdo

al CONEVAL en el indicador de coeficiente de GINI municipal, Xochimilco presenta un grado de alta desigualdad

económica.

Cabe mencionar que según indicadores de la ONU- Habitat 2015 dentro de la dimensión 02 de infraestructura de desarrollo,

Xochimilco presenta indicadores de debilidad en la longitud de transporte masivo; la longitud de transporte público de alta

capacidad, basado en tecnologías, calidad y desempeño óptimos es muy débil. Esta condición dificulta la movilidad,

conectividad e integración del territorio, y disminuye la productividad, sustentabilidad y calidad de vida; por lo tanto los

visitantes viajeros no podrían acceder a las rutas turísticas diseñadas a través de medios de transporte público masivo.

Dentro de la misma Longitud de transporte masivo. La longitud de Fatalidades de tránsito. El número anual de accidentes

mortales de tráfico por cada 100 mil habitantes es muy sólido. Esto significa que el municipio tiene características

aceptables de diseño, control de tráfico y seguridad vial, lo que reduce riesgos asociados a la movilidad.

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34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

Por lo anterior el uso de los vehículos propuestos como medio de transporte hacia las rutas diseñadas para la acción

“Revitalizar y Fortalecer la economía en los embarcaderos de Xochimilco” es viable y seguro, ya que se cuenta con la

infraestructura vial e indicadores de seguridad para los ocupantes y servirá para concretar el fin de extender la influencia y

derrama económica, beneficiando no solo al sector de prestadores de servicios turísticos en los embarcaderos, si no a los

productores, comercios, artesanos y proyectos eco turísticos receptores en las distintas regiones de la Alcaldía.

Igualmente, los módulos de información turística ubicados en 5 de los 10 embarcaderos, reportan una demanda de oferta

turística más allá de la experiencia del “Paseo en trajinera” que termina con el recorrido por los canales turísticos y

ecológicos, Xochimilco es Patrimonio Cultural y Natural de la Humanidad, también por su Centro Histórico; el cual se

pretende desarrollar junto con 9 rutas como nodos de desarrollo turístico que amplíen la oferta hacia zonas de montaña,

pueblos, barrios y colonias que ofrezcan experiencias al visitante y de esta forma extender la derrama económica hacia otras

regiones de la Alcaldía.

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35

La acción social “Revitalizar y Fortalecer la económica en los embarcaderos de Xochimilco”, será dirigida a los prestadores

de servicios turísticos en embarcaderos que cumplan con los requisitos para acceder a ella, serán beneficiados a través de la

donación de un “Carro de Golf”, para que se ofrezca una oferta turística innovadora al turista nacional y extranjero que

visita los embarcaderos, para acercarlos a la extensa propuesta turístico-cultural de Xochimilco, creando rutas que resalten

toda la variedad de elementos que existe y con ello fortalecer la economía de toda la región.

Los recorridos que ofrecerán los “Carros de Golf” se implementarán en la zona centro y en seis de los catorce pueblos que

conforman Xochimilco. Los pueblos son Santa María Tepepan, San Gregorio Atlapulco, Santiago Tulyehualco, Santa María

Nativitas, Santa Cruz Acalpixca y Cuemanco.

Recorridos que se realizaran a través de 9 rutas establecidas, siendo estas:

No. Ruta Recorrido Descripción

1 Madre Tierra Centro - Santa María Nativitas En este recorrido se conocerá la

historia del centro y la Iglesia San

Bernardino, se podrá deleitar con los

aromas y sabores de las hortalizas

frescas y platillos típicos que ofrecen

los mercados centrales. Finalmente se

visitarás uno de los mercados de

plantas más emblemáticos Madre

Selva.

2 Prehispánica Santa Cruz Acalpixca - Santa

María Nativitas

En este recorrido se conocerá los

vestigios más antiguos de la

civilización xochimilca, visitarás una

fábrica deshidratadora, conocerás una

casa de dulces cristalizados, el Centro

y Parroquia de Santa Cruz Acalpixca,

cuna de los dulces cristalizados,

visitarás el Museo Arqueológico.

3 Ruta Ecológica Axolotl Cuemanco En este recorrido se conocerá el

CIBAC Centro de Investigaciones

Biológicas y Acuícolas de Cuemanco

de la UAM que es hogar de miles de

ajolotes, se conocerá la historia de la

Pista de Canotaje y el parque

Ecoturístico Michmani.

4 Centro de Historia y Tradición Centro - San Juan En este recorrido se conocerá la

Parroquia de San Juan, su historia e

importancia religiosa, se recorrerá los

mercados, Jardines, Casa del Arte, y

se conocerá la historia de la Parroquia

de San Bernardino, se visitará una

tradicional pulquería.

5 Historia, Gastronomía y Dulces

Típicos

Santiago Tulyehualco - Santa Cruz

Acalpixca

Este recorrido será un deleite al

paladar, se visitará una fábrica de

amaranto y se conocerá el proceso

desde su siembra hasta la elaboración

de la alegría, visitaremos una casa de

dulce cristalizado y conoceremos el

museo arqueológico.

Page 36: ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICOdata.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/82edb5fed… · 19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

No. Ruta Recorrido Descripción

6 Chinampa Autentica San Gregorio - Santa Cruz

Acalpixca

En este recorrido se vivirá una

experiencia agroturística conociendo y

participando en el proceso de cultivo,

conocerás la Iglesia de San Gregorio

Atlapulco, degustaras dulces

cristalizados y visitaras el Museo

arqueológico.

7 Elixir de los Dioses Centro - Santa María Tepepan En este recorrido se visitará las

pulquerías más emblemáticas la

Alcaldía Xochimilco, La Botijona,

Templo de Diana y No más no llores,

además de pasar por los famosos

machetes, quesadillas de dimensiones

inimaginables y delicioso sabor.

Igualmente tendremos oportunidad de

comprar hortalizas frescas de

chinampa en los mercados

tradicionales y de conocer el centro de

Xochimilco y uno de nuestros

pueblos, Tepepan.

8 Gastronomía Puente Urrutia San Gregorio En este recorrido se vivirá una

experiencia gastronómica, visitaras la

Chinampa del Abuelo un lugar

tranquilo donde podrás deleitarte con

los aromas y sabores de los platillos

típicos de la región.

9 Dolores Olmedo Santa María Tepepan En este recorrido se visitara el Museo

Dolores Olmedo, recinto artístico que

resguarda la colección más grande de

obras de Diego Rivera y Frida Kahlo,

conocerás la iglesia de Santa María

Tepepan.

4.3. Definición de la población objetivo y beneficiaria.

Población Potencial: De una población económicamente activa de un total de 176 246 el 41.93% son Comerciantes y

trabajadores en servicios diversos, según la Encuesta Intercensal 2015 y el Anuario Estadístico y Geográfico de la Ciudad

de México 2017.

El sector de prestación de servicios turísticos en embarcaderos que actualmente agremia a 379 prestadores dueños de

trajineras que operan los tradicionales recorridos por Canales turísticos y ecológicos, así como el total de prestadores de

servicios adicionales como venta de alimentos, músicos, astilleros, limpieza, mantenimiento, etc. y su rango de influencia

ampliado a familiares y dependientes económicos, productores agrícolas, fábricas, artesanos y demás prestadores receptores

del turismo que será captado y trasladado a bordo de los vehículos entregados en donación hacia las distintas regiones que

contemplan las rutas diseñadas.

Población Objetivo: Serán prestadores de servicios turísticos en embarcaderos

Población Beneficiaria: Los 283 Prestadores de Servicios Turísticos que respalden su actividad bajo la modalidad de “Acta

Constitutiva” bajo cualquiera de las figuras legales de asociacionismo aplicable a territorio nacional.

4.4. Justificación y análisis de alternativas.

La Acción Social “Revitalizar y Fortalecer la economía en los embarcaderos de Xochimilco” se planea por la contingencia

suscitada al interior del canal turístico y que fue del conocimiento de la opinión pública a nivel local, nacional e

internacional el pasado mes de septiembre del 2019 y que impactó en el decrecimiento de la actividad turística afectando

con ello la derrama económica de la demarcación, por lo cual se dará en donación un “Carro de Golf” a los embarcaderos

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 37

de esta Alcaldía. De igual forma se diseña una estrategia integral de desarrollo turístico con la implementación de rutas que

parten de los embarcaderos hacia distintos puntos de interés turístico y cultural de la Alcaldía, ampliando la oferta turística y

la derrama económica hacia otras regiones.

4.5. Análisis de similitudes y coordinación con acciones o programas sociales del gobierno Central de la Ciudad de

México y/o Alcaldías.

Los prestadores de servicios a través del Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México (FONDESO), serán

apoyados con el programa “Créditos Para Prestadores de Servicios Turísticos”, a partir del mes de octubre 2019.

La Secretaría de Turismo a través del Programa Turismo de Barrio retoma las rutas diseñadas para promoverlas en sus

distintas plataformas.

4.6. Participación Social.

La Dirección General de Turismo y Fomento Económico, realizará la entrega del “Carro de Golf” a través de Acta de

Donación, suscrita por las autoridades correspondientes de la Alcaldía Xochimilco, donde el prestador de servicio se

comprometerá a:

1. Dar el mantenimiento preventivo y correctivo del carro de golf recibido.

2. Llevar a cabo la bitácora de servicio, la cual será revisada mensualmente por personal operativo de la Dirección General

de Turismo y Fomento Económico.

3. Respetar las rutas establecidas.

4. Dar el uso correcto al carro de golf.

5. Respetar la cuota de recuperación que será no mayor a $50.00 (cincuenta pesos 00/100 m.n.) por persona.

6. Llevar un álbum fotográfico.

5. Objetivos Generales y Específicos.

Objetivo General: Fomentar el crecimiento de los ingresos locales, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para

todos.

Objetivo Específico: Que los ingresos de los prestadores de servicios turísticos represente crecimiento al aumentar la

afluencia de los visitantes nacionales y extranjeros situación que se reflejará en la mejora de las condiciones de vida.

6. Metas

Para el ejercicio 2019 se otorgará por única ocasión un carro de golf a 10 Representantes Legales de Prestadores de

Servicios Turísticos de los embarcaderos de la Alcaldía Xochimilco, siendo estos: Zacapa, Nuevo Nativitas, Belem,

Caltongo, Fernando Celada y Cuemanco, debidamente conformados bajo la modalidad de “Acta Constitutiva”, con un total

de población beneficiada de 283 prestadores.

7. Presupuesto

Se tiene autorizado un presupuesto de $4´000,0000.00 (Cuatro millones de pesos 00/100 M.N.) que se conforman de la

siguiente manera: 1 Carro de Golf por prestador de servicio dando un total de 10 entregados y su ministración se realizará

en una solo exhibición.

8. Temporalidad

Se realizará la entrega en el mes de diciembre de 2019, por única ocasión.

9. Criterios de elegibilidad y requisitos de acceso.

Como lo establece la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la exigibilidad es el derecho de las y los habitantes, a

través de un conjunto de normas y procedimientos, de garantizar que los derechos sociales sean progresivamente exigibles

en el marco de las diferentes políticas y programas y de la disponibilidad presupuestal con que se cuente.

Los requisitos, derechos, obligaciones y procedimientos se encuentran escritos en un cartel, en la entrada de la Dirección

General de Turismo y Fomento Económico, ubicada en Calle Pino No. 36, Barrio San Juan, Xochimilco.

El Órgano Interno de Control estará presente en la entrega del Carro de Golf, verificando que la entrega se haga directa a los

beneficiarios. En caso de que se corrobore que el beneficiario proporcione u omita información, documentos y

declaraciones falsas se suspenderá de inmediato el trámite del apoyo.

Los mecanismos para acceder a la Acción Social “Revitalizar y Fortalecer la economía en los embarcaderos de Xochimilco”

es a petición o solicitud de la Asociación interesada, se recibirá su expediente correspondiente siempre y cuando cumplan en

tiempo y forma lo que se establece en los lineamientos de operación.

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38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

En ningún caso las y los servidores públicos podrán solicitar recursos, brindar trato preferencial o proceder de manera

diferente establecidos en los lineamientos.

Se realizará un análisis de los expedientes de cada asociación, considerando: Acta Constitutiva que cumpla con las

especificaciones jurídicas aplicables, fecha de conformación, número de integrantes determinado que el 29% son mujeres y

el 71% son hombres que la conforman, las actualizaciones correspondientes, por lo que la Alcaldía de Xochimilco, a través

de la Dirección General de Turismo y Fomento Económico, determinará a quien o a quienes otorgará el apoyo, consistente

en: 1 carro de golf de 11 plazas.

Causará baja de la Acción Social el Representante Legal:

a) Que no presente en tiempo y forma la documentación.

b) Que entregue documentación apócrifa.

Requisitos de Acceso:

1. Ser prestador de servicio.

2. Estar registrado en el padrón de Prestadores de Servicios Turísticos.

3. Ser representante legal de prestadores de servicios.

4. Presentar copia de IFE

5. Presentar copia de CURP

6. Presentar copia del Acta Constitutiva.

El prestador de servicio interesado, deberá entregar su documentación en las oficinas de la Dirección General de Turismo y

Fomento Económico, ubicadas en Calle Pino No. 36, Bo. San Juan, Xochimilco. Tel. 56 76 08 10, en un horario de 9:00 a

14:00 hrs., de lunes a viernes.

10. Difusión

Los Lineamientos de Operación de la Acción Social “Revitalizar y Fortalecer la economía en los embarcaderos de

Xochimilco” se darán a conocer a través de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la página web y redes sociales de la

Alcaldía.

11. Padrón de Beneficiarios o listado de identificación de personas beneficiarias.

El expediente correspondiente, estará bajo resguardo en los archivos de la Dirección General de Turismo y Fomento

Económico, ubicada en Calle Pino No. 36, Barrio San Juan, Xochimilco, Tel. 56760810 ,

12. Criterios de exigibilidad, inconformidad, rendición de cuentas.

Para cualquier queja o aclaración el área responsable de su recepción y seguimiento será la Dirección General de Turismo y

Fomento Económico la cual se ubica en Calle Pino No. 36, Bo. San Juan, teléfonos: 56 76 08 10.

En caso de que la Dirección General no resuelva la queja, se podrá acudir a la Procuraduría Social de la Ciudad de México o

bien registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quién deberá turnarla a la

Procuraduría Social para su debida investigación.

Y a las Oficinas del Órgano Interno de Control en la Alcaldía Xochimilco, ubicada en Gladiolas No. 161, Planta Baja,

Barrio San Pedro, Xochimilco, C.P. 16090, Tel. 53340600 Ext. 3756.

13. Evaluación y Monitoreo.

NIVEL DE

OBJETIVO OBJETIVO INDICADOR

FORMULA DE

CALCULO

UNIDAD

DE

MEDIDA

FRECUENCIA/

PERIODO DE

CALCULO

META

MEDI

OS DE

VERIF

ICACI

ÓN

Propósito Incrementar

los ingresos

Eficacia (Cantidad de

usuarios/afluencia

en Módulos)*100

Persona Mensual 80% Supervi

sión

Componente Utilización

del carro de

golf

Eficiencia (No. de

recorridos x día /

No. de afluencia

en personas)*100

Recorrido Mensual 80% Registro

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19 de diciembre de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 39

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO.- Este aviso entra en vigor a partir de la fecha de su publicación.

Ciudad de México a 11 de Diciembre de 2019.

ALCALDE EN XOCHIMILCO

(Firma)

JOSE CARLOS ACOSTA RUIZ

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CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

SECRETARÍA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS

CONVOCATORIA DE LICITACIÓN

Licitación Pública Nacional

Convocatoria: 008

El C. Pedro Enrique Castillo Silva, Director de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios en la Secretaría de Administración y Finanzas, responsable de la

Licitación Pública Nacional, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y a los artículos, 26, 27 inciso a), 28, 30

fracción I, 32, 36, 37, 38, 39, 39 Bis y 43 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 129 Fracción IX del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de

la Administración Pública de la Ciudad de México, convoca a las personas interesadas físicas y morales a participar en la Licitación Pública Nacional No.

SAF/DGAyF/DRMAS/LPN-30001105-008-2019, relativa a la contratación del servicio de “Mensajería Ordinaria para la Secretaría de Administración y Finanzas

de la Ciudad de México”, de conformidad con lo siguiente:

No. de Licitación Costo de

las Bases

Fecha límite

para

adquirir

bases

Junta de

aclaración de

bases

Primera etapa

presentación y

apertura de

propuestas

Segunda etapa

Acto de fallo

Licitación Pública Nacional No.

SAF/DGAyF/DRMAS/LPN-30001105-008-2019 $ 3,000.00 23/12/2019

24/12/2019 26/12/2019 27/12/2019

9:00 9:00 10:00

Partida Descripción de los Servicios Unidad de Medida

Única Mensajería Ordinaria para la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México Servicio

Los servidores públicos responsables de la Licitación son los CC. Pedro Enrique Castillo Silva, Director de Recursos Materiales, Abastecimientos y

Servicios, Luis Alberto Zetina Romero, Subdirector de Recursos Materiales Abastecimientos y Servicios y Leticia Rodríguez López, Jefa de la Unidad

Departamental de Compras y Control de Materiales.

Las bases de la Licitación Pública, se encuentran disponibles en Internet en las siguientes páginas: www.tianguisdigital.cdmx.gob.mx y

www.finanzas.cdmx.gob.mx y para su consulta y venta en las oficinas de la Convocante, ubicadas en Dr. Lavista número 144, acceso 2. sótano, Col.

Doctores, C.P. 06720, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, los días 19, 20 y 23 de diciembre de 2019, con el siguiente horario de 09:00 a 15:00 horas

y de 16:30 a 18:00 horas.

El pago de las bases será a través de ventanilla bancaria a la cuenta 00101258122 de la Institución Bancaria, Scotiabank Inverlat, S.A., a favor del

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO/SECRETARÍA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS/TESORERÍA DE LA CIUDAD DE

MÉXICO y con la siguiente referencia 09010513 y Clave del Registro Federal del Contribuyente del interesado, o en el domicilio de la convocante, a

través de cheque certificado o de caja expedido por Institución Bancaria, a favor de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO/SECRETARIA DE

ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS/TESORERÍA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Cubrir el costo de las bases es un requisito para participar en la Licitación.

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Los eventos previstos de los distintos actos de la licitación como: la junta de aclaración de bases; presentación y apertura del sobre que contenga la

documentación legal y administrativa, propuesta técnica y económica, así como el Acto de Fallo, se efectuarán en la Sala de Juntas de la Dirección de

Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios, ubicada en Dr. Lavista número 144, acceso 2. sótano, Col. Doctores, C.P. 06720, Alcaldía Cuauhtémoc,

Ciudad de México.

El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será en español.

La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será en pesos mexicano.

Las condiciones de pago serán conforme se establece en las bases de licitación.

No se otorgarán anticipos para la prestación del servicio.

El presente evento no se realiza bajo la cobertura de algún tratado.

Las características de los servicios están establecidas en las bases de licitación.

Para el presente evento no se aceptará participación conjunta.

No podrán participar las personas físicas y morales que se encuentren en los supuestos de Artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

CIUDAD DE MÉXICO, A 13 DE DICIEMBRE DE 2019

(Firma)

PEDRO ENRIQUE CASTILLO SILVA

DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES, ABASTECIMIENTOS Y SERVICIOS

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GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

SECRETARÍA DE PUEBLOS Y BARRIOS ORIGINARIOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS RESIDENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL

L.C. Ramón Avilés Cordero, Director Ejecutivo de Administración y Finanzas en la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas

Residentes de la Ciudad de México, en observancia a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad

con los artículos 26, 27 inciso A), 28, 30 fracción I, 32, 33, 34, 36, 43 y 49 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y artículo 129 fracciones IX, X, XIV,

XXI del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, convoca a todos los interesados a participar en la

Licitación Pública Nacional Presencial Número LPI-35C001-04-2019, correspondiente a la contratación del “SERVICIO INTEGRAL PARA LA

ORGANIZACIÓN DE ACTOS CONMEMORATIVOS Y DE ORDEN SOCIAL, ASÍ COMO CONGRESOS Y CONVENCIONES PARA LA SECRETARÍA

DE PUEBLOS Y BARRIOS ORIGINARIOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS RESIDENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO”, siendo la Dirección Ejecutiva

de Administración y Finanzas, quien lleve a cabo el procedimiento, de acuerdo a lo siguiente:

COSTO DE LAS BASES

FECHA LÍMITE PARA JUNTA DE PRESENTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DEL

ADQUIRIR LAS BASES ACLARACIONES APERTURA DE LAS FALLO

PROPUESTAS

$1,000.00 23/12/19

24/12/19 26/12/19 27/12/19

12:00 HORAS 12:00 HORAS 14:30 HORAS

NÚMERO DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA

1

SERVICIO INTEGRAL PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTOS

CONMEMORATIVOS Y DE ORDEN SOCIAL, ASÍ COMO CONGRESOS Y

CONVENCIONES PARA LA SECRETARÍA DE PUEBLOS Y BARRIOS

ORIGINARIOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS RESIDENTES DE LA CIUDAD DE

MÉXICO

SERVICIO SERVICIO

Las bases de la Licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Materiales, Abastecimiento y

Servicios de la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas en la Secretaría Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes de la Ciudad

de México, ubicada en Av. Fray Servando Teresa de Mier número 198, 7° piso, Colonia Cuauhtémoc, C.P. 06090, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México,

Teléfono: 11-02-65-00 ext. 6512, los días 19, 20 y 23 de diciembre de 2019, en un horario de 10:00 a 14:00 hrs.

La forma de pago es mediante cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, expedido por Institución Bancaria ubicada

en la Ciudad de México o Área Metropolitana.

La Junta de Aclaraciones, la Presentación y Apertura de las Propuestas, así como la Notificación del Fallo se llevarán a cabo en la Sala de Juntas de la Dirección

de Administración y Finanzas ubicada en Av. Fray Servando Teresa de Mier número 198, 7° piso, Colonia Cuauhtémoc, C.P. 06090, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad

de México.

Esta Licitación no se realizará bajo la cobertura de Tratados.

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El idioma en que deberán presentarse las propuestas será español.

No se otorgarán anticipos.

Lugar de realización del servicio, como se indica en las bases.

El pago se realizará: Dentro de los 20 días naturales posteriores a la presentación de la factura debidamente requisitada.

El servidor público responsable de la licitación es el L.C. Ramón Avilés Cordero, Director Ejecutivo de Administración y Finanzas, Director Ejecutivo de

Administración y Finanzas, de la Secretaría Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes de la Ciudad de México. De conformidad con lo

establecido por los artículos 1, 3 fracción II, 37, 41, 129 fracciones IX, X, XXI y 238 fracción V, VIII y XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la

Administración Pública de la Ciudad de México, así como a los objetivos y funciones indicadas en el Manual Administrativo de la Oficialía Mayor para la ahora

Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Materiales, Abastecimiento y Servicios, faculta al Lic. Omar Saud Salvador Hernández, titular del área indicada

respectivamente, para que presida y realice indistintamente, los actos y juntas relativas a la presente licitación.

Los plazos señalados en la convocatoria, se computarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

El tipo de moneda en que deberán presentarse las propuestas será: Peso mexicano (Moneda Nacional).

No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

Ciudad de México, a 13 de diciembre del 2019

(Firma)

L.C. RAMÓN AVILÉS CORDERO DIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

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44 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de diciembre de 2019

DIRECTORIO

Jefa de Gobierno de la Ciudad de México

CLAUDIA SHEINBAUM PARDO

Consejero Jurídico y de Servicios Legales

NÉSTOR VARGAS SOLANO

Director General Jurídico y de Estudios Legislativos

JUAN ROMERO TENORIO

Director de Estudios Legislativos y Trámites Inmobiliarios

GUILLERMO CRUCES PORTUGUEZ

Subdirector de Proyectos de Estudios Legislativos y Publicaciones

RICARDO GARCÍA MONROY

Jefe de Unidad Departamental de la Gaceta Oficial y Trámites Funerarios SAID PALACIOS ALBARRÁN

INSERCIONES

Plana entera ...................................................................................... $ 2,024.00

Media plana ...................................................................................... $ 1,088.50

Un cuarto de plana .............................................................................. $ 677.50

Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad Departamental de la Gaceta Oficial, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n,

Col. 10 de Mayo, C.P. 15290, Demarcación Territorial Venustiano Carranza, Ciudad de México.

Consulta en Internet

www.consejeria.cdmx.gob.mx

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Impresa por Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V.

Calle General Victoriano Zepeda No. 22, Col. Observatorio C.P. 11860,

Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Ciudad de México.

Teléfono: 55-16-85-86 con 20 líneas.

www.comisa.cdmx.gob.mx

(Costo por ejemplar $73.00)