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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019 1 ACTA 2448 Sesión Ordinaria de la Junta Directiva del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, celebrada el 31 de octubre del 2019. Al ser las 3:20 p.m. da inicio en la Sala de Sesiones del Colegio de Enfermeras de Costa Rica. Presentes: Dra. Tamara Molina Marcial _____________________________ Presidenta Dra. Olga Castro Vargas ______________________________ Fiscal Dr. Carlos Humberto Mora Acuña ______________________________ Vocal I Dra. Pamela Praslin Guevara _______________________________ Vocal II Dra. Amalia Guerrero Herrera ______________________________ Vocal III (Se retira a las 8:36 p.m. por asuntos familiares.) Dr. José Humberto Reyes Castillo _______________________________ Vocal IV Dra. Carmen Lizbeth Molina Campos___________________________ Secretaria Preside: Dra. Tamara Molina Marcial. Secretaria: Dra. Carmen Lizbeth Molina Campos Ausentes sin justificación: Dra. Carmen González Murillo _____________________________ Tesorera ARTÍCULO 1: Se abre la sesión verificando que se cuenta con el quórum requerido por ley. ARTÍCULO 2: Aprobación Orden del día 1- Comprobación de quórum. 2- Aprobación del Orden del Día.

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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

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ACTA 2448

Sesión Ordinaria de la Junta Directiva del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, celebrada el 31 de octubre del 2019. Al ser las 3:20 p.m. da inicio en la Sala de Sesiones del Colegio de Enfermeras de Costa Rica. Presentes:

Dra. Tamara Molina Marcial _____________________________ Presidenta Dra. Olga Castro Vargas ______________________________ Fiscal Dr. Carlos Humberto Mora Acuña ______________________________ Vocal I

Dra. Pamela Praslin Guevara _______________________________ Vocal II Dra. Amalia Guerrero Herrera ______________________________ Vocal III (Se retira a las 8:36 p.m. por asuntos familiares.)

Dr. José Humberto Reyes Castillo _______________________________ Vocal IV Dra. Carmen Lizbeth Molina Campos___________________________ Secretaria

Preside: Dra. Tamara Molina Marcial.

Secretaria: Dra. Carmen Lizbeth Molina Campos Ausentes sin justificación: Dra. Carmen González Murillo _____________________________ Tesorera ARTÍCULO 1: Se abre la sesión verificando que se cuenta con el quórum

requerido por ley.

ARTÍCULO 2: Aprobación Orden del día

1- Comprobación de quórum.

2- Aprobación del Orden del Día.

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3- Capacitación continua para profesionales en Enfermería a nivel Nacional.

4- Aprobación Acta 2447.

5- Registro de Maestrías.

6- Observaciones al Protocolo de Adiquisición de bienes y

servicios del CECR.

7- Se recibe a los(as) miembros de la Comisión de Enfermería Extrahospitalaria, Tema: Presentación del proyecto de Enfermería Extrahospitalaria, a las 4:30 p.m.

8- Análisis de las Asociaciones adscritas al CECR y los

acuerdos tomados por la Junta Directiva.

9- Lectura de Correspondencia

Asuntos internos

Asuntos externos

10- Asuntos de Presidencia. 11- Asuntos de Fiscalía 12- Asuntos de Miembros.

13- Asuntos varios

ACUERDO 1: SE APRUEBA EL ORDEN DEL DÍA. ACUERDO TOMADO EN

FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS PRESENTES.

ARTÍCULO 3: Capacitación continua para profesionales en Enfermería a nivel Nacional.

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Inciso 3.1 Dr. Humberto Reyes: a raíz que existen muchas necesidades, y específicamente hablamos de certificación, la gente dice que como se van a certificar si no tienen esa capacitación y no están las empresas que den el aval del Colegio. Inciso 3.1.2 Dra. Amalia Guerrero: en la web si han metido el curriculum, pide que el Colegio profesional en el que estamos inscritos avala la certificación. Inciso 3.1.3 Dr. Humberto Reyes: es un tema para discutir, siempre y cuando el Colegio dé la armas para que las personas se certifiquen sin que esto implique derogación grande de dinero, mi propuesta es, uno abrir la capacitación a nivel nacional, hay que ver si gratuita o con un costo, el

presupuesto existe según lo que nos dice la Dra. Tamara Molina, pero que no sea sectorizada, sino que el Colegio se abra a nivel nacional, de diferentes lugares, qué se busca? que las personas tengan esta capacitación continua, todos los días aprender, y segundo quienes serán los instructores, en alianza con la Unidad de Desarrollo Profesional, invitar a los(as) enfermeros(as) a nivel nacional y crear una malla curricular y que los cursos que tienen se revisen y ver que cumpla los objetivos, y que esa persona pase a ser un facilitador del Colegio y como se tiene que pagar entonces obviamente manejarlo con la Unidad de Desarrollo en tema de presupuesto, qué hacemos, dar capacitación a los(as) enfermeros(as) de Costa Rica y abrir una bolsa de empleos. Inciso 3.1.4 Dra. Tamara Molina: la Unidad de Desarrollo abrió una plaza que se llama enfermero(a) de docencia para capacitación continua, para los básicos, pero los que menciona el Dr. Humberto, es donde vamos a requerir lo que se propone, me parece muy buena la idea, hay presupuesto. Inciso 3.1.5 Dr. Humberto Reyes: en cursos básicos como primeros auxilios, RCP básico, avanzado, electro, que trae cuatro niveles, se puede contratar a cuatro personas, esto saldría más barato que comprar cada curso, contratando a alguien de planta, esta es mi propuesta, la capacitación continua en dos modalidades, beneficiando al Colegio y da fuente de empleo. Inciso 3.1.6 Dra. Carmen Lizbeth Molina: sería compra de servicios profesionales, no contratar una persona, quien tenga expertis y ver el contenido del curso.

Inciso 3.1.7 Dra. Olga Castro: algo importante es que las capacitaciones dadas por el Colegio son reconocidas.

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Inciso 3.1.8 Dr. Humberto Reyes: si eso se busca que sean títulos reconocidos. Inciso 3.1.9 Tamara Molina: la Unidad de Desarrollo tenía tres plazas, cada una de ochocientos mil colones, eliminamos estas tres plazas, con un valor aproximadamente de dos millones y algo, e hicimos una donde fueran enfermeros(as) de educación para capacitación continua en estos temas que son básicos, eliminamos dos plazas. Inciso 3.1.10 Dra. Olga Castro: la idea era reforzar la Unidad de Desarrollo, en educación, en la revista, el curso de Ética, la investigación, reforzando la Unidad, ya no quedaba todo recargado en la Dra. Rebeca Molina y el Colegio quería que fuera uno de los primeros en dar trabajo a los enfermeros(as), se

veían dos cosas con esto, este era el objetivo. Inciso 3.1.11 Dra. Tamara Molina: este enfermero(a) va a dar capacitación a todo el país, pero va vinculado a la Unidad de Desarrollo. Inciso 3.1.12 Dra. Carmen Lizbeth Molina: no es una persona de planta, es contratar servicios profesionales. Inciso 3.1.13 Dr. Humberto Reyes: una es la contratación para reforzar a la Unidad de Desarrollo en temas específicos, y debe existir un reglamento porque al ser capacitaciones gratuitas se tiene que aprovechar el curso. Inciso 3.1.14 Dra. Tamara Molina: y queda en el entendido que si falla nunca más participará de forma gratuita, tienen que cumplir, a menos que justifique. Inciso 3.1.15 Dr. Humberto Reyes: hay un tema con esto, de qué forma esos cursos pueden salir de interés institucional, porque es difícil, el trabajo, las obligaciones en cursos es complicado. La CCSS y las instituciones son los primeros interesados, estamos capacitando para la unidad específica donde trabaja esa persona. Inciso 3.1.16 Dra. Tamara Molina: algo importante, no así los congresos, es el apoyo para la Unidad de Desarrollo, el congreso valga lo que valga se tiene que pagar, pero capacitaciones gratuitas para los(as) compañeros(as), pero no así los congresos.

Inciso 3.1.17 Dr. Carlos Mora: no podemos de alguna forma, periódicamente, o cada seis meses enviar a los Directores de Hospitales, públicos y privados un recordatorio de la importancia de las capacitaciones, se verán beneficiados,

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para que traten de ser más condescendientes con los(as) compañeros(as), para ver de que forma acomodan las vacaciones o de alguna otra forma. Inciso 3.1.18 Dra. Carmen Lizbeth Molina: tengo entendido que eso es interés personal, las cartas donde se pueden enviar, es a las educadoras en servicio. ACUERDO 2: A) LA JUNTA DIRECTIVA APRUEBA LA PROPUESTA DE

OFRECER CAPACITACIÓN CONTINUA GRATUITA A LOS PROFESIONALES

EN ENFERMERÍA A NIVEL NACIONAL. B) TRASLADAR ESTE ACUERDO A

LA UNIDAD DE DESARROLLO PROFESIONAL DEL COLEGIO DE

ENFERMERAS DE COSTA RICA PARA QUE CON CARÁCTER DE URGENCIA

REALICE LA PROGRAMACIÓN DE LOS TEMAS A DESARROLLAR Y QUE

ELABORE EL PERFIL DE LA PERSONA A CONTRATAR PARA IMPARTIR

LAS CAPACITACIONES. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD

DE LAS(OS) MIEMBROS PRESENTES.

ARTÍCULO 4: Aprobación Acta 2447.

Inciso 4.1 Se deja constancia en el Acta que la Dra. Tamara Molina Marcial Presidenta, Dra. Olga Castro Vargas Fiscal, Dra. Carmen Lizbeth Molina Campos Secretaria, Dra. Amalia Guerrero Herrera Vocal III y Dr. Humberto Reyes Castillo Vocal IV enviaron las observaciones y confirmaron la revisión correspondiente del acta.

ACUERDO 3: SE APRUEBA EL ACTA NO. 2447 DEL 24 DE OCTUBRE DEL

2019 CON LAS MODIFICACIONES DE FORMA Y FONDO (ORTOGRAFÍA Y

GRAMÁTICA), NO SE MODIFICARON LOS ACUERDOS EN FIRME. ACUERDO

TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS

PRESENTES.

ARTICULO 5: Registro de Maestrías

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Fecha 29 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-UDP-

492-19, suscrito por la Dra. Rebeca Molina Chaves, Coordinadora de la Unidad

de Desarrollo Profesional, del Colegio de Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Se

traslada los siguientes expedientes para registro de Maestrías.

SOLICITUDES

# NOMBRE LICENCIA INSCRIPCION UNIVERSIDAD OBSERVACIONES

1 Melania Medina Pineda

10848 Maestría en Administración de Servicios de Servicios

Santa Lucía

Académica

Afín

60 Créditos

2 Gabriela Cubero García

3906 Maestría Profesional en Gerencia en Enfermería

Hispanoamericana

Profesional

Propia

66 Créditos

3 Heizel Elieth López Martínez

12169

Maestría Profesional en Enfermería Ginecológica, Obstétrica y Perinatal

UCR

Profesional

Propia

60 Créditos

ACUERDO 4: A) SE APRUEBA EL REGISTRO AL GRADO DE MAESTRÍA EN

ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD, DE LA DRA. MELANIA

MEDINA PINEDA, LICENCIA E- 10848. B) SE APRUEBA EL REGISTRO AL

GRADO DE MAESTRÍA PROFESIONAL EN GERENCIA EN ENFERMERÍA, DE

LA DRA. GABRIELA CUBERO GARCÍA, LICENCIA E-3906. C) SE APRUEBA

EL REGISTRO AL GRADO DE MAESTRÍA PROFESIONAL EN ENFERMERÍA

GINECOLÓGICA, OBSTÉTRICA Y PERINATAL, DE LA DRA. HEIZEL ELIETH

LÓPEZ MARTÍNEZ, LICENCIA E-12169. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR

UNANIMIDAD DE LAS (OS) MIEMBROS PRESENTES.

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ARTICULO 6: Observaciones al Protocolo de Adiquisición de bienes y servicios del CECR. Inciso 6.1 Dra. Tamara Molina: hace quince días se les pasó el protocolo para que lo revisaran, tenemos que tomar el acuerdo al respecto para la aprobación con las modificaciones.

PROTOCOLO DE ADQUISICION DE BIENES

Y SERVICIOS

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA

RICA

2019

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TABLA DE CONTENIDOS

1. INTRODUCCION .......................................................................................................... 8

1.1 MISIÓN .................................................................................................................. 9

1.2 ALCANCE ............................................................................................................... 9

2. POLÍTICAS Y NORMAS .............................................................................................. 9

2.1 PRINCIPIOS DE CONTRATACIÓN Y COMPRAS ............................................. 9

2.2 CONFLICTO Y COEXISTENCIA DE INTERESES, INHABILIDADES E

INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR .......................................................... 10

2.3 DIRECCION ADMINISTRATIVA ...................................................................... 12

2.4 COTIZACIÓN U OFERTA402210989 ................................................................. 12

2.5 MECANISMOS DE CONTRATACIÓN Y COMPRA ........................................ 13

2.6 ELABORACIÓN DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS .............................. 14

2.7 ELECCIÓN DEL PROVEEDOR .......................................................................... 15

2.8 REGISTRO DE PROVEEDORES ........................................................................ 16

2.9 ANTICIPOS A CONTRATISTAS Y PROVEEDORES ...................................... 16

2.10 CAUSALES PARA EL RETIRO O EXCLUSIÓN DEL REGISTRO DE

PROVEEDORES ............................................................................................................. 17

3. PROCEDIMIENTO DE COMPRAS ............................................................................ 17

4. PROCEDIMIENTO PARA EL RECIBO DE MERCANCÍAS Y SERVICIOS: ......... 19

5. PROCEDIMIENTO PARA EL ARCHIVO DE CONTRATOS

ADMINISTRATIVOS: ........................................................................................................ 20

5.1 PROPÓSITO .............................................................................................................. 20

5.2 ALCANCE ................................................................................................................. 20

5.3 JUSTIFICACIÓN ....................................................................................................... 20

5.4 PROCESO DE ARCHIVO DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS ................... 20

ANEXOS .............................................................................................................................. 21

Anexo 01. ......................................................................................................................... 21

Anexo 02 .......................................................................................................................... 22

Anexo 03. ......................................................................................................................... 23

Anexo 04. ......................................................................................................................... 24

1. INTRODUCCION

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El presente protocolo tiene por objeto guiar el desarrollo de las actividades que

se ejecutan en la Gestión Administrativa (Contratación y Compras), así como

fijar políticas, normas, procedimientos, pautas de seguimiento, evaluación y

control.

1.1 MISIÓN

Administrar los recursos del Colegio de Enfermeras de Costa Rica garantizando

un esquema de contratación que asegure la prestación de servicios dentro de

estándares de calidad, eficiencia y oportunidad estableciendo la mejor relación

precio/beneficio. Se vela por la eficiente prestación de los servicios

administrativos, la preservación y adecuado uso de los inventarios buscando

optimizar su utilización.

1.2 ALCANCE

La gestión inicia cuando se genera una necesidad de recursos físicos en las

diferentes áreas del Colegio de Enfermeras de Costa Rica. La gestión finaliza

cuando se entregan los recursos solicitados y el cliente interno aprueba la

recepción de lo solicitado.

2. POLÍTICAS Y NORMAS

2.1 PRINCIPIOS DE CONTRATACIÓN Y COMPRAS

Las contrataciones realizadas por el Colegio de Enfermeras de Costa Rica

deben regirse bajo los principios de Buena Fe, Transparencia, Economía,

Calidad en los Servicios Contratados, Oportunidad, Responsabilidad,

Pertinencia, Selección Objetiva de los Proveedores y Disminución del Riesgo

Jurídico, para optimizar los recursos con los que cuenta. Estos principios se

definen así:

Buena Fe: las partes deben proceder de buena fe en todas sus actuaciones, y los

contratos obligarán no sólo a lo pactado expresamente en ellos, sino a todo lo que

corresponda a su naturaleza, según la ley, la costumbre o la equidad.

Transparencia: la contratación debe realizarse con objetividad, reglas claras y

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conocidas y con oportunidad para que los interesados conozcan los documentos,

conceptos y decisiones.

Economía: los recursos destinados para la contratación deben ser administrados

adecuadamente en medios, tiempo y gastos de tal manera que se logre la mayor

eficiencia y eficacia.

Calidad en los Servicios Contratados: asegurar la calidad y oportunidad de

aquellos bienes o servicios que son prestados por medio de proveedores.

Oportunidad: tanto los funcionarios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, así

como los proveedores o terceros deben desarrollar las actividades de los procesos

de contratación y compras dentro de los plazos acordados.

Responsabilidad: los funcionarios y demás personas que intervengan en la

planificación, tramitación, celebración, ejecución y liquidación de los contratos,

tienen la obligación de proteger los derechos del Colegio de Enfermeras de Costa

Rica, del Proveedor y del medio ambiente que puedan verse afectados por el

desarrollo del contrato.

Pertinencia y Selección Objetiva: garantizar un registro de proveedores acorde

con las necesidades de la organización y asegurar que la escogencia de las

propuestas sean las más favorables para el Colegio de Enfermeras de Costa Rica.

Disminución Riesgo Jurídico: la compra o contratación de productos o servicios

se debe ajustar permanentemente a las disposiciones legales vigentes.

El Colegio de Enfermeras de Costa Rica efectuará las contrataciones en

condiciones de pago y precios justos acordes con las leyes de oferta y demanda

imperantes en el mercado.

Las contrataciones y compras se deben realizar con aquellos proveedores que

aseguren el mantenimiento, calidad, oportunidad, solvencia, soporte y garantías

del producto, obra o servicio.

La gestión de contratación debe apoyarse en las herramientas tecnológicas que le

permitan desarrollar mayor eficiencia administrativa, mejores oportunidades de

negocio y de información.

2.2 CONFLICTO Y COEXISTENCIA DE INTERESES, INHABILIDADES E

INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR

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Los miembros de la Junta Directiva, representantes legales, y empleados del

Colegio de Enfermeras de Costa Rica deberán evitar que surja conflicto o

coexistencia real de intereses, incluyendo aquellos conflictos aparentes que

puedan empañar la imagen de la misma. Se entenderá que existe conflicto de

intereses cuando:

En la decisión esté involucrado directa o indirectamente un interés dirigido a la

obtención de posibles beneficios personales a favor de un funcionario, de sus

parientes (dentro del tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad o único

civil) o de cualquier otro tercero con el cual tenga una relación personal,

profesional o económica que resulten incompatibles con los intereses del Colegio

de Enfermeras de Costa Rica.

Se acepten dádivas o beneficios de cualquier clase provenientes de terceros que

tengan o puedan tener relaciones o negocios con Colegio de Enfermeras de Costa

Rica.

Coexistencia de intereses: se entenderá que hay coexistencia de intereses cuando

el desarrollo o cumplimiento de las funciones y/o actividades que competen a los

miembros de la Junta Directiva, representantes legales, o empleados puedan tener

como efecto la obtención de posibles beneficios personales en su favor, de sus

parientes dentro del tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad o único

civil, o de cualquier otro tercero con el cual tenga una relación personal,

profesional o económica, así dicho interés no resulte incompatible con los

intereses del Colegio de Enfermeras de Costa Rica.

Revelación del conflicto o coexistencia de intereses: cuando un directivo o

administrador, se encuentre o crea encontrarse en una situación de conflicto o

coexistencia de intereses, deberá comunicar dicha circunstancia en forma

inmediata a la Presidencia o la Junta Directiva según el caso, dejar constancia

escrita de la misma y abstenerse de participar en las acciones vinculadas,

reuniones y en la toma de decisiones del caso. Cuando un empleado se encuentre

en una situación eventual de conflicto de intereses deberá comunicar dicha

circunstancia en forma inmediata a su superior y deberá abstenerse de ejecutar la

decisión o actividad que genere el conflicto. Será obligación general el informar a

la Administración de cualquier situación que pudiera constituir, siquiera

aparentemente, un conflicto de interés.

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El Administrador y los empleados del Colegio de Enfermeras de Costa Rica

deberán actuar con la diligencia y lealtad debida, comunicando las situaciones

donde existan conflictos de intereses, observando el deber de confidencialidad y

utilizar razonablemente los activos sociales, para los fines y servicios destinados.

2.3 DIRECCION ADMINISTRATIVA

La Dirección Administrativa tiene la responsabilidad de orientar los procesos de

contratación que lleven a la selección de las propuestas más favorables para los intereses

del Colegio de Enfermeras de Costa Rica.

La persona Director Administrativo será el encargado de velar por el

cumplimiento de las etapas del ciclo compras según lo dispuesto en los actos

administrativos en los casos donde la Dirección Administrativa y el proveedor por

razones de obediencia tenga que separarse de lo autorizado, debe manifestar

por escrito todo acto que atente contra el cumplimento del diseño y ejecución de

lo dispuesto en este protocolo y remitir copia a la Fiscalía.

Son funciones de la Dirección:

Dar seguimiento a los procesos detallados en este protocolo, garantizar que los

procesos de contratación y compras sean óptimos y transparentes.

Revisar la compra de bienes y la contratación de servicios, que superen los niveles

de atribución individual y proceder con los ajustes necesarios.

Definir estrategias, acciones y correctivos tendientes a las soluciones de

inconvenientes presentados en el desarrollo de la actividad de contratación y

compra.

Reunirse periódicamente con los departamentos involucrados con las compras de

manera de realizar un trámite expedito y ágil para la compra y adquisición de

bienes y servicios.

Presentar un informe anual a la Junta Directiva para ser presentado en la

Asamblea General.

2.4 COTIZACIÓN U OFERTA

Toda cotización u oferta debe tener incluida la unidad de medida, cantidad, precio,

forma de pago, fecha límite de entrega, garantías y condiciones especiales, por

escrito.

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Las cotizaciones para comprar bienes y servicios deben tener una fecha máxima

de expedición de 30 días calendario.

El número de cotizaciones requeridas para realizar la compra de bienes o la

contratación de servicios es:

De 1 cotización cuando el bien o servicio sea provisto por casa matriz o

representante de marca en el País.

De 1 a 2 cotizaciones cuando el bien o servicio sea muy específico.

De 3 o más cotizaciones cuando sea un bien o servicio común.

2.5 MECANISMOS DE CONTRATACIÓN Y COMPRA

El Colegio de Enfermeras de Costa Rica tiene establecidos los siguientes

mecanismos para realizar la compra de bienes y la contratación de servicios.

Estos mecanismos se han definido teniendo en cuenta los criterios y las

necesidades de los clientes internos del Colegio de Enfermeras de Costa Rica.

Tipo Salario Mínimo Vigente (SMV) Mecanismos de

Contratación

Para comprar bienes Hasta ¼ del SMV Pago en efectivo por caja

chica – pago contra factura.

Para comprar bienes Más de ¼ de SMV Con orden de compra– pago

contra factura.

Para contratar servicios Hasta ¼ de SMV Pago en efectivo por caja

chica – pago contra factura.

Para contratar servicios Más ¼ hasta 3 ½ de SMV Con orden de compra – pago

contra factura.

Para contratar servicios Más 3 ½ SMV Contrato, pólizas

Notas:

Es importante aclarar que toda compra de bienes o servicios de hasta 2 SMV será

aprobado por Dirección Administrativa.

Toda compra de bienes o servicios de hasta 5 SMV, será aprobado por la

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Presidencia del Colegio, y en caso de un procedimiento de emergencia, la

Presidencia con Autorización de la Fiscalía podrá hacer compras iguales a 10

salarios mínimos hasta por una sola vez por evento.

Las compras de bienes o servicios de hasta 10 SMV debe ir respaldada por

acuerdo de Junta Directiva.

En los casos de compras de servicios que sean de mayores de ¢5 millones de

colones se deberá evaluar la supervisión de un profesional especialista en el

campo respectivo para que avalúe y periódicamente informe de los avances

respectivos.

Cuando las compras son de bienes la factura hace la función de contrato para

hacer valer las respectivas garantías.

SMV tomado como base es de ¢309.000.00 mil colones para el año 2019 este

variara año con año.

La Presidencia y Fiscalía, con base a la confianza y confidencialidad de la

información que se trata en sus departamentos, se encuentran en capacidad de

elegir a su criterio las contrataciones por Servicios Profesionales que sean

urgentes; toda vez que estas respondan a las necesidades del Colegio, tomando en

cuenta la capacidad presupuestaria para la contratación.

2.6 ELABORACIÓN DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

La contratación de obras o servicios superiores o iguales a los 3 ½ SMV deben

estar respaldadas por un contrato escrito, el acuerdo de Junta Directiva y la

orden de compra. Cuando el valor no supere este monto, pero las negociaciones

exijan condiciones especiales o cuando el desarrollo del trabajo lo requiera, se

deberá suscribir un contrato, decisión que será responsabilidad del Director

Administrativo.

Pasos para la confección del Contrato Administrativo:

Verificar si la Compra o Servicio cumple con alguno de los dos requerimientos

necesarios para la confección de Contrato Administrativo (Que el monto sea

mayor a 3 ½ SMV o que por las condiciones especiales lo requiera).

Junto con la Oferta formal proveeduría solicita al Proveedor:

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a. Copia de Personería Jurídica.

b. Copia de Cédula Jurídica o Cédula Física.

c. Documento haciendo constar que está inscrito en el Ministerio de Hacienda

como proveedor del producto o servicio ofertado.

d. Constancia de CCSS e INS indicando estar al día en sus obligaciones.

e. Dependiendo de los servicios Póliza de Riesgos del trabajo y Póliza de

Responsabilidad Civil.

f. Referencias de clientes.

Proveeduría verifica que los documentos estén correctos en vigencia y validez y

corrobora las referencias, informa y muestra la información a la Dirección

Administrativa, para su visto bueno y proceder a la elaboración del contrato.

Seguidamente Proveeduría procede a coordinar con los abogados de Asesoría

Externa la confección del contrato en cuestión, y realiza las consultas que se

consideren para cada caso en particular.

Una vez la asesoría externa haya confeccionado el contrato respectivo es remitido

a proveeduría quien lo discutirá con la Dirección Administrativa, para ser remitido

al proveedor del servicio para que lo revise y se pronuncie al respecto y dado el

caso firme el contrato.

En caso de existir alguna duda o ajuste al respecto, la Dirección Administrativa,

coordinará con la asesoría legal externa con el fin de evaluar si es posible o no

realizar los ajustes solicitados, si es posible se procede para la firma respectiva.

La Dirección Administrativa, coordina con Presidencia su respectiva firma.

La Dirección Administrativa da el visto bueno a Proveeduría para empezar con la

respectiva adquisición de bienes o Servicios.

La Dirección Administrativa realiza el archivo correspondiente al Contrato.

2.7 ELECCIÓN DEL PROVEEDOR

Una vez recibidas las ofertas, el encargado de proveeduría debe realizar un

análisis de las cotizaciones elaborando un cuadro comparativo de las

propuestas, en este comparativo se debe especificar la fecha de elaboración y

debe estar firmado.

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El análisis de las cotizaciones debe realizarse de manera objetiva, teniendo en

cuenta la exigencia de los requisitos, la calidad, garantía, la agilidad, la

eficiencia, planeación, programación y oportunidad.

Una vez realizado el cuadro comparativo, se reúne con la Dirección

Administrativa y la Coordinación Contable- Financiera para verificar la

disponibilidad de fondos y procede a confeccionar un oficio, en donde se

exponen todos los por menores de la compra, se evalúa y se remite a

Presidencia para aprobación de Junta Directiva de donde se espera la

aprobación final por medio de un acuerdo.

2.8 REGISTRO DE PROVEEDORES

El Colegio de Enfermeras de Costa Rica cuenta con un Registro de Proveedores

que se encuentra disponible en la base de datos de Sotfland. El registro está

conformado con los proveedores a quienes se ha comprado bienes y servicios.

Todo proveedor que desee ingresar al registro de Proveedores debe ser persona

natural o persona jurídica registrada ante Tributación.

Los proveedores que estén interesados en ingresar al registro de Proveedores

deben presentar los siguientes documentos:

Copia de Personería Jurídica.

Copia de Cédula Jurídica o Cédula Física.

Certificado de labores a las que se dedica (Inscritas en Tributación).

Cuentas bancarias Simpe y corriente.

Certificación de CCSS e INS indicando estar al día.

Dependiendo de los servicios Póliza de Riesgo y Póliza de Responsabilidad Civil.

Referencias.

Facturación electrónica o inscripción en régimen simplificado.

2.9 ANTICIPOS A CONTRATISTAS Y PROVEEDORES

El Colegio de Enfermeras de Costa Rica podrá autorizar el pago de anticipos a

Contratistas, Proveedores, según las necesidades a solicitud de los mismos.

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El valor del anticipo no puede ser superior al 50% del contrato. Los anticipos

deben quedar establecidos dentro del contrato y en caso de ser mayor a ¢5

millones de colones el proveedor deberá de presentar garantía de cumplimiento

emitida por un banco.

Una vez autorizado el anticipo, se debe coordinar con la Dirección Administrativa

para su visto bueno e informar al área de Contabilidad para que se realice el

trámite correspondiente.

El responsable de Proveeduría debe controlar que dichos anticipos se ejecuten

dentro de las fechas y plazos fijados en el contrato.

Mensualmente el área de Contabilidad debe generar y entregar a la Dirección

Administrativa con copia a proveeduría un reporte de anticipos con los saldos

pendientes.

2.10 CAUSALES PARA EL RETIRO O EXCLUSIÓN DEL REGISTRO DE

PROVEEDORES

Entregar documentación falsa al Colegio de Enfermeras de Costa Rica para el

ingreso, permanencia en el registro o como respaldo de los servicios prestados y

facturados.

Ofrecer comisión o cualquier dádiva a algún funcionario del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica para la asignación de contrataciones.

Incumplir reiteradamente (más de 2 veces) con las obligaciones establecidas en la

contratación.

Realizar cobros indebidos.

Hacer mal uso de la información, formularios o documentación a la cual se tenga

acceso durante su permanencia en el Colegio de Enfermeras de Costa Rica.

Prestarse para conductas irregulares en la contratación o pago de los servicios

solicitados por el Colegio de Enfermeras de Costa Rica.

Ocultar información en relación con los vínculos familiares o comerciales con

funcionarios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica.

3. PROCEDIMIENTO DE COMPRAS

Se determina una necesidad de suplencia en algún departamento del Colegio de

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Enfermeras de Costa Rica.

El colaborador que tiene la necesidad por medio de un correo electrónico hace la

solicitud de suplencia a proveeduría.

El encargado de proveeduría realiza la solicitud de cotización por lo menos a tres

proveedores.

Se elabora el cuadro comparativo se reúne con la Dirección Administrativa y la

Coordinación Contable, para verificar viabilidad financiera y se emite un oficio,

firmado por la Dirección Administrativa que será remitido a la Presidencia para

aprobación o para su presentación a Junta Directiva.

Y en los casos que proceda la Junta Directiva da la aprobación final que es

respaldada por un acuerdo.

La secretaría de Junta Directiva envía vía correo electrónico el acuerdo, la

Dirección Administrativa, con copia al encargado de Proveeduría, y jefatura

contable, para dar inicio con la solicitad al respectivo proveedor.

El encargado de proveeduría elabora la Orden de Compra y es enviada al

proveedor.

Si el proveedor es de crédito se solicita el servicio para satisfacer la necesidad, si

es de contado se tramita el respectivo pago para satisfacer la necesidad.

Cuando el proveedor entrega lo solicitado, el encargado de proveeduría hace una

revisión física, para verificar que todo lo solicitado está correcto.

Si no es correcto se hace la devolución y no se recibe la factura, si todo es

correcto se recibe la factura, para tramite de pago.

El encargado de proveeduría escanea la factura como respaldo de la compra y se

guarda en la orden de compra en el sistema de Sotfland.

Una vez ingresado el producto el encargado de proveeduría procede a incluir

dentro de los documentos, en físico la factura, orden de compra, cotizaciones y

cualquier documento adicional que respalde la compra.

Los días viernes el encargado de proveeduría pasa a contabilidad las facturas con

sus respectivos documentos adjuntos para que sean procesados, el asistente

contable firma un documento de respaldo que entrega al encargado de

proveeduría.

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4. PROCEDIMIENTO PARA EL RECIBO DE MERCANCÍAS Y SERVICIOS: El recibo de mercadería se hace en la Oficina de Proveeduría, siendo suministros

para el mantenimiento del Edificio se hace por la puerta trasera de ingreso al

auditorio, donde se encuentra la Oficina de mantenimiento, en la parte de atrás del

auditorio.

Para el recibo de la mercadería se procede a la revisión minuciosa de cada

artículo, desempacándolo y revisando que esté en las condiciones y cantidades

pactadas y que no venga con defectos de fábrica visibles es decir debe de venir en

óptimas condiciones.

Se verifica cantidades, que la factura venga en los términos legales

correspondientes y que tenga la garantía de acuerdo a los artículos adquiridos, en

el caso de mercadería perecedera se deberá de chequear la caducidad de los

productos uno por uno.

Dado el caso que el proveedor traiga mercadería de menos o en condiciones no

óptimas para el Colegio de Enfermeras de Costa Rica no se recibirá el pedido

hasta que venga en las condiciones y cantidades correspondientes.

Toda la mercadería recibida debe ser almacenada de inmediato en su lugar

correspondiente e ingresada al inventario de sistema inmediatamente.

Para los bienes como activos y otros de mayor duración, se revisa la factura que

especifique de manera correcta la garantía del producto solicitada por el Colegio

de Enfermeras de Costa Rica, esto se solicita cuando los bienes adquiridos sean de

larga duración y van hacer ingresados al sistema de activos para el proceso de

depreciación respectivo.

En el caso de adquisición de contratos por servicios, referentes a las diversas

necesidades del Colegio como mantenimiento o construcción u otros en los que

corresponda a contratos, se contempla la garantía escrita detallada en el contrato y

de acuerdo al caso se requiere que sea supervisado por un profesional en el

campo, el cual dará el visto bueno para desembolso y/o finalización de las obras

correspondientes, de acuerdo al contrato vigente entre las partes.

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5. PROCEDIMIENTO PARA EL ARCHIVO DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS:

5.1 PROPÓSITO

Proporcionar un modelo de archivo que permita una correcta y adecuada

clasificación y ordenación de los contratos administrativos del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica.

5.2 ALCANCE

Este procedimiento de archivo aplica directamente para la Dirección

Administrativa, quién es la responsable de llevar el control y archivo adecuado

de los contratos administrativos.

5.3 JUSTIFICACIÓN

El Colegio de Enfermeras de Costa Rica elabora contratos administrativos con

diferentes empresas u organizaciones, para garantizar el cumplimiento de los

trabajos y obligaciones acordadas. Actualmente se cuenta con un archivo físico y

digital de los contratos actuales. en dos ampos: contratos vigentes y contratos no

vigentes, están ordenados alfabéticamente con su etiqueta respectiva. Esto

permite facilitar el archivo y su búsqueda.

Asimismo, se lleva un registro digital en Excel con los alcances e información

más relevante de los contratos, como, por ejemplo: condiciones, aumentos

anuales, fechas de renovación, vigencia, etc. Todos los contratos vigentes o no

vigentes, se encuentran escaneados y colocados en carpetas separadas.

5.4 PROCESO DE ARCHIVO DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

Los contratos pasan por diferentes etapas desde que son elaborados, hasta su

archivo respectivo:

Una etapa inicial, que nace de una necesidad del CECR por adquirir un servicio o

producto. Definida y aprobada la empresa u organización, se inicia con la

elaboración del contrato administrativo, el cual debe ser revisado por la Dirección

Administrativa, Asesoría Legal, para su aprobación por parte de la Junta

Directiva. Una vez aprobado, es firmado por la Presidencia del CECR.

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Una segunda fase, donde el contrato es entregado a la Dirección Administrativa

para el recibido (ver anexo 01) y respectivo archivo. Primeramente, el contrato se

escanea y se archiva digitalmente, luego se añade la información más relevante en

un archivo de Excel.

Por último, se diseña una etiqueta, y se agrega un apartado en el ampo de

contratos vigentes en este caso. Una vez que la empresa finalice su objetivo

satisfactoriamente, se traslada el contrato al ampo de contratos no vigentes.

ANEXOS

Anexo 01. Registro entrega de contratos administrativos.

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Nombre empresa u organización Contrato/addemdum Entregado por Recibido por Fecha

Registro entrega de contratos administrativos

Colegio de Enfermeras de Costa Rica

Ciencia, Compromiso y Humanismo

Anexo 02. Ejemplo de registro de ampo, contratos vigentes.

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Anexo 03. Ejemplo de registro de ampo, contratos vigentes/ Contratos no

vigentes.

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Anexo 04. Ejemplo de registro alfabético de contratos administrativos.

ACUERDO 5: A) LA JUNTA DIRECTIVA APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL

PROTOCOLO DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL COLEGIO DE

ENFERMERAS DE COSTA RICA. B) TRASLADAR ESTE ACUERDO A LA

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO PARA EL NUEVO TIRAJE DE

25 EJEMPLARES. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE

LAS (OS) MIEMBROS PRESENTES.

ARTICULO 7: Se recibe a los(as) miembros de la Comisión de Enfermería Extrahospitalaria, Tema: Presentación del proyecto de Enfermería Extrahospitalaria, a las 4:30 p.m.

Inciso 7.1 Al ser las 4:55 p.m. ingresa el Dr. Juan Diego Sevilla, Dr. Álvaro Hernández y el Dr. Andrés González. Inciso 7.1.2 Dra. Carmen Lizbeth Molina: da la bienvenida.

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Inciso 7.1.3 Dr. Andrés González: vamos a dejar el objetivo de la Comisión y lo que se plantea trabajar (hace presentación).

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Inciso 7.1.4 Dr. Álvaro Hernández: la idea que les quiero vender es llevar el perfil de enfermero a otro nivel. Una de las cosas es que el enfermero ahorita está como un don nadie, lo que quiero es darle más respaldo. Ahora me inclino al punto de brindar un servicio más especializado. Hay muchos puntos de diferentes áreas que se quieren adueñar de este perfil. Podemos dar un nuevo cambio o una nueva vida a lo que se está dando ahorita, Caja-Colegio. A nivel internacional hay asociaciones de enfermeros que lo que hace es que se crean alianzas, para buscar nuevas oportunidades laborales y motivar. Inciso 7.1.5 Dr. Andrés González: ya se está coordinando con la Unidad de Desarrollo poder dar estas capacitaciones. Queremos hacer un perfil extrahospitalario a los(as) enfermeros(as) náuticos para que en un año y medio poder tener ese perfil. Inciso 7.1.6 Dr. Humberto Reyes: ¿cómo creen ustedes que vamos a ganar ese espacio, sino tenemos el contacto médico? Inciso 7.1.7 Dr. Andrés González: como profesional tenemos la limitación ámbito-legal, lo vamos profesionalizando al enfermero, dándole las herramientas. El enfermero puede ejecutar una acción, porque el protocolo no está hecho para el médico si no para el personal de enfermería. Inciso 7.1.8 Dra. Tamara Molina: ¿en relación con los congresos internacionales, hablaron sobre los cuatro tipos de extrahospitalario,

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aeromédico, esto tienen que capacitarse o se pueden traer personas para dar esta capacitación a los enfermeros? Inciso 7.1.9 Álvaro Hernández: sí, se puede traer estas capacitaciones, con todo certificado. Inciso 7.1.10 Dr. Carlos Mora: ¿cuándo inició esta comisión? Inciso 7.1.11 Dr. Álvaro Hernández: en marzo de este año. Inciso 7.1.12 Dr. Carlos Mora: aparte de este proyecto ¿tienen otros más?

Inciso 7.1.13 Dr. Andrés González: hemos estado trabajando, pero básicamente nos hemos enfocado en la parte educativa, con la Unidad de Desarrollo, el primer curso se dará el 15, 16 y 17 de noviembre 2019 con un grupo de enfermeros de la Cruz Roja. Inciso 7.1.14 Dra. Tamara Molina: quisiera acompañarlos en esa capacitación, quiero felicitarlos, me quito el sombrero, es una comisión donde veo el trabajo, esta es la capacitación que daremos a los(as) enfermeros(as) de forma gratuita, felicitarles en nombre de la Junta Directiva y de los Enfermeros(as) del país, porque el trabajo que hacen es excelente. Inciso 7.1.15 Dr. Andrés González: es importante, esto será gratuito. Inciso 7.1.16 Dr. Humberto Reyes: me gustaría ser parte de esta comisión de ser posible, soy Máster en Salud Mental y si así lo tienen a bien me gustaría que me adoptaran en su Comisión. Inciso 7.1.17 Dra. Tamara Molina: reitero mi felicitación, muchas gracias por su visita. Inciso 7.1.18 Dra. Carmen Lizbeth Molina: felicitarles también. Inciso 7.1.19 Se retiran a las 5:37 p.m.

ARTICULO 8: Análisis de las Asociaciones adscritas al CECR y los acuerdos tomados por la Junta Directiva.

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Inciso 8.1 Dra. Tamara Molina: El Lic. Diego Moya me ha comentado que los(as) enfermeros(as) están haciendo asociaciones, está la de Salud Mental, Epidemiología, y otras más, veo que esto es totalmente desvinculante del Colegio, pero me doy cuenta que el Colegio ha pagado la inscripción de esas asociaciones, esto para mi es preocupante, en lo personal no estoy de acuerdo con esto, le voy a pedir a la Dr. Olga Castro como Fiscal que lo revise y lo que quiero que quede claro es que las asociaciones como son desvinculantes del Colegio, qué pasa, se les está dando un presupuesto que no debería de ser, y está por acuerdos, yo quiero decir que no estoy de acuerdo con esto. ACUERDO 6: A) LA JUNTA DIRECTIVA ACUERDA A PARTIR DE ESTA

FECHA 31 DE OCTUBRE 2019 NO PATROCINAR LA INSCRIPCIÓN DE

NINGUNA ASOCIACIÓN DE ENFERMERÍA DE NINGUNA ESPECIALIDAD. B)

TRASLADAR ESTE ACUERDO A LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DEL

COLEGIO Y A LA ASESORÍA LEGAL DE LA EMPRESA ALTIUS LEX PARA LO

QUE CORRESPONDA. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE

LAS (OS) MIEMBROS PRESENTES.

ARTICULO 9: Lectura de Correspondencia

CORRESPONDENCIA FINANCIERO CONTABLE

A) Fecha 29 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

FC095-2019, suscrito por la Licda. Kathia Chinchilla Fernández, Coordinadora

del Dpto. Financiero Contable, del Colegio de Enfermeras de Costa Rica.

Asunto: Invertir en nuevo CDP para el Colegio. Lunes 04 de noviembre del

2019, se vencerá un Certificado de Depósito a Plazo que se encuentra en el

Banco de Costa Rica.

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ACUERDO 7: A) ACUSO DE RECIBO DE OFICIO CECR-FC095-2019,

SUSCRITO POR LA LICDA. KATHIA CHINCHILLA FERNÁNDEZ,

COORDINADORA DEL DPTO. FINANCIERO CONTABLE, DEL COLEGIO DE

ENFERMERAS DE COSTA RICA EN RELACIÓN CON INVERTIR EN NUEVO

CDP PARA EL COLEGIO. B) LA JUNTA DIRECTIVA APRUEBA INVERTIR EN

UN CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO EN EL BANCO DE COSTA RICA,

CUENTA BANCARIA DEL COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA, A

UN PLAZO DE SEIS MESES CON UNA TASA DE INTERÉS DEL 6.90%.

ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS

PRESENTES.

B) Fecha 29 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

FC096-2019, suscrito por la Licda. Kathia Chinchilla Fernández, Coordinadora

del Dpto. Financiero Contable, del Colegio de Enfermeras de Costa Rica.

Asunto: Invertir en un nuevo CDP para CECR-BENEFICIOS.

ACUERDO 8: A) ACUSO DE RECIBO DE OFICIO CECR-FC096-2019,

SUSCRITO POR LA LICDA. KATHIA CHINCHILLA FERNÁNDEZ,

COORDINADORA DEL DPTO. FINANCIERO CONTABLE, DEL COLEGIO DE

ENFERMERAS DE COSTA RICA EN RELACIÓN CON INVERTIR EN NUEVO

CDP PARA EL CECR-BENEFICIOS. B) LA JUNTA DIRECTIVA APRUEBA

INVERTIR EN UN CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO EN EL BANCO DE

COSTA RICA, CUENTA BANCARIA DEL COLEGIO DE ENFERMERAS DE

COSTA RICA, A UN PLAZO DE SEIS MESES CON UNA TASA DE INTERÉS

DEL 6.90%. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS(OS)

MIEMBROS PRESENTES.

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CORRESPONDENCIA COMITÉS, COMISIONES Y TRIBUNALES

C) Fecha 25 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-CDR-

002-2019, suscrito por el Dr. Otto Calvo Quirós, Coordinador de la Comisión

del Deporte, Recreación y Actividad Física del Colegio de Enfermeras de Costa

Rica. Asunto: Representación de Junta Directiva. Por este medio y

agradeciendo su consideración, me permito informarles que el pasado jueves 24

de octubre, la comisión sesionó para definir la programación de actividades

deportivas y recreativas a desarrollarse en los próximos meses, con el objetivo

de fortalecer el deporte y la salud tanto a los(as) colegiados(as) como a sus

familiares. En virtud de lo anterior, solicitamos respetuosamente un

representante de la Junta Directiva, y un miembro de la Unidad de

Comunicación del Colegio, para que se integren a la comisión.

ACUERDO 9: ACUSO DE RECIBO DE OFICIO CECR-CDR-002-2019,

SUSCRITO POR EL DR. OTTO CALVO QUIRÓS, COORDINADOR DE LA

COMISIÓN DEL DEPORTE, RECREACIÓN Y ACTIVIDAD FÍSICA DEL

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA. SE INFORMA QUE SE

INTEGRARÁN A LA COMISIÓN LA DRA. TAMARA MOLINA MARCIAL

PRESIDENTA, LA DRA. AMALIA GUERRERO HERRERA VOCAL III DE

JUNTA DIRECTIVA Y EL SR. RODNY ARIAS ALVARADO DE LA UNIDAD DE

COMUNICACIÓN DEL COLEGIO. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR

UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS PRESENTES.

D) Fecha 25 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

SMPERIT-60-2019, suscrito por la Dra. Jessica Castillo Esquivel, Coordinadora

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del Comité de Salud de la Mujer y Perinatología, del Colegio de Enfermeras de

Costa Rica. Asunto: Por este medio y debido a que se necesita realizar un envió

de un oficio del Comité a todas y todos los enfermeros obstetras del país, les

solicitamos amablemente la autorización para que los compañeros del

Departamento de Soporte Técnico nos puedan facilitar de la base de datos del

Colegio, los correos electrónicos de todos los colegiados con especialidad en

Obstetricia.

ACUERDO 10: ACUSO DE RECIBO DE OFICIO CECR-SMPERIT-60-2019,

SUSCRITO POR LA DRA. JESSICA CASTILLO ESQUIVEL, COORDINADORA

DEL COMITÉ DE SALUD DE LA MUJER Y PERINATOLOGÍA, DEL COLEGIO

DE ENFERMERAS DE COSTA RICA. LA JUNTA DIRECTIVA NO APRUEBA LA

SOLICITUD DE FACILITAR DE LA BASE DE DATOS LOS CORREOS

ELECTRÓNICOS DE TODOS LOS COLEGIADOS CON ESPECIALIDAD EN

OBSTETRICIA. POR EL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD Y APEGADOS A

LA LEY 8968 DE PROTECCIÓN DE LA PERSONA FRENTE AL

TRATAMIENTO DE SUS DATOS PERSONALES, SE LES OFRECE LA

ALTERNATIVA DE ENVIAR EL DOCUMENTO A LA JUNTA DIRECTIVA PARA

QUE COORDINE CON EL DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA DEL

COLEGIO EL ENVÍO DEL DOCUMENTO A TODOS(AS) LOS(AS)

COLEGIADOS(AS) OBSTETRAS. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR

UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS PRESENTES.

E) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-CPQ-

013-2019, suscrito por la Dra. Ernestina Aguirre Vidaurre, Coordinadora

Comisión Permanente de Enfermería Perioperatoria del Colegio de Enfermeras

de Costa Rica. Asunto: Solicitud de espacio en la designación de espacio para el

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Congreso. En relación al acuerdo de Junta Directiva, del 24 de octubre del

2019, Acta No. 2447, que a la letra dice:

ACUERDO: A) ACUSO DE RECIBO DE OFICIO CECR-CPQ-012-2019, SUSCRITO POR LA DRA.

ERNESTINA AGUIRRE VIDAURRE, COORDINADORA DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE

ENFERMERÍA PERIOPERATORIA, DEL COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA. LA JUNTA

DIRECTIVA APRUEBA OTORGAR DOS ESPACIOS A LA COMISIÓN PERMANENTE DE

ENFERMERÍA PERIOPERATORIA PARA LA DRA. GLORIANA GUTIÉRREZ GALAGARZA Y EL DR.

MAURICIO PARRALES PARA PARTICIPAR DEL II CONGRESO NACIONAL DE ENFERMERÍA

PERIOPERATORIA A REALIZARSE EL PRÓXIMO 4, 5 Y 6 DE NOVIEMBRE, EN EL HOTEL

BARCELÓ SAN JOSÉ. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS

PRESENTES.

Primeramente, agradecerles por la oportunidad de los dos espacios designados

para participar en el Congreso de Enfermería Perioperatoria; sin embargo, dado

que el Dr. Mauricio Parrales, participa como organizador del Congreso, ya

cuenta con su espacio, por lo que solicito respetuosamente la asignación del

espacio a otro integrante de la Comisión. Asimismo, sería importante designar a

un sustituto, en caso de que la persona asignada no pueda participar.

ACUERDO 11: A) ACUSO DE RECIBO DE OFICIO CECR-CPQ-013-2019,

SUSCRITO POR LA DRA. ERNESTINA AGUIRRE VIDAURRE,

COORDINADORA COMISIÓN PERMANENTE DE ENFERMERÍA

PERIOPERATORIA DEL COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA. LA

JUNTA DIRECTIVA APRUEBA ASIGNAR UN ESPACIO PARA ASISTIR AL

CONGRESO DE ENFERMERÍA PERIOPERATORIA A LA DRA. JENNY

PORRAS MARÍN LICENCIA E-3235. EL ESPACIO DESIGNADO NO ES

TRANSFERIBLE. B) TRASLADAR ESTE ACUERDO A LA UNIDAD DE

DESARROLLO PROFESIONAL PARA LO QUE CORRESPONDA. ACUERDO

TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS

PRESENTES.

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CORRESPONDENCIA COVFOM

F) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B60-148-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada el expediente de

la Dra. B.B.M. Lic. E- el cual solicita el Beneficio en Vida por 60 años

cumplidos, de acuerdo al Capítulo V, Artículo 10, punto 3 del Reglamento para

el Régimen de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica,

para la respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 12: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 60 AÑOS

CUMPLIDOS, DE ACUERDO AL CAPÍTULO V, ARTÍCULO 10, PUNTO 3 DEL

REGLAMENTO PARA EL RÉGIMEN DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS DEL

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA DE LA DRA. B.B.M. LICENCIA

E- POR UN MONTO DE ¢102.352,00 (CIENTO DOS MIL TRESCIENTOS

CINCUENTA Y DOS COLONES CON CERO CÉNTIMOS), SEGÚN TABLA

ACTUARIAL. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS

MIEMBROS PRESENTES.

G) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B60-149-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada el expediente del

Dr. D.H.A. Lic. E- el cual solicita el Beneficio en Vida por 60 años cumplidos, de

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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

34

acuerdo al Capítulo V, Artículo 10, punto 3 del Reglamento para el Régimen de

Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, para la

respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 13: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 60 AÑOS

CUMPLIDOS, DE ACUERDO AL CAPÍTULO V, ARTÍCULO 10, PUNTO 3 DEL

REGLAMENTO PARA EL RÉGIMEN DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS DEL

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA DEL DR. D.H.A. LICENCIA E-

POR UN MONTO DE ¢156.759,00 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL

SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE COLONES CON CERO CÉNTIMOS),

SEGÚN TABLA ACTUARIAL. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR

UNANIMIDAD DE LAS MIEMBROS PRESENTES.

H) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B60-150-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada el expediente del

Dr. M.R.A. Lic. E- el cual solicita el Beneficio en Vida por 60 años cumplidos, de

acuerdo al Capítulo V, Artículo 10, punto 3 del Reglamento para el Régimen de

Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, para la

respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 14: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 60 AÑOS

CUMPLIDOS, DE ACUERDO AL CAPÍTULO V, ARTÍCULO 10, PUNTO 3 DEL

REGLAMENTO PARA EL RÉGIMEN DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS DEL

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA DEL DR. M.R.A LICENCIA E-

POR UN MONTO DE ¢363.573,00 (TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL

QUINIENTOS SETENTA Y TRES COLONES CON CERO CÉNTIMOS), SEGÚN

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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

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TABLA ACTUARIAL. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE

LAS MIEMBROS PRESENTES.

I) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B60-151-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada el expediente de

la Dra. S.S.E. Lic. E- el cual solicita el Beneficio en Vida por 60 años cumplidos,

de acuerdo al Capítulo V, Artículo 10, punto 3 del Reglamento para el Régimen

de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, para la

respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 15: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 60 AÑOS

CUMPLIDOS, DE ACUERDO AL CAPÍTULO V, ARTÍCULO 10, PUNTO 3 DEL

REGLAMENTO PARA EL RÉGIMEN DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS DEL

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA DE LA DRA. S.S.E. LICENCIA

E-2266 POR UN MONTO DE LA ¢719.232,00 (SETECIENTOS DIECINUEVE

MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS COLONES CON CERO CÉNTIMOS),

COLONES CON CERO CÉNTIMOS), SEGÚN TABLA ACTUARIAL. ACUERDO

TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS MIEMBROS PRESENTES.

J) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B60-152-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada el expediente de

la Dra. M.G.O. Lic. E- el cual solicita el Beneficio en Vida por 60 años

cumplidos, de acuerdo al Capítulo V, Artículo 10, punto 3 del Reglamento para

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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

36

el Régimen de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica,

para la respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 16: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 60 AÑOS

CUMPLIDOS, DE ACUERDO AL CAPÍTULO V, ARTÍCULO 10, PUNTO 3 DEL

REGLAMENTO PARA EL RÉGIMEN DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS DEL

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA DE LA DRA. M.G.O. LICENCIA

E-POR UN MONTO DE ¢91.207,00 (NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS

SIETE COLONES CON CERO CÉNTIMOS), SEGÚN TABLA ACTUARIAL.

ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS MIEMBROS

PRESENTES.

K) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B60-153-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada el expediente de

la Dra. B.R.R.M. Lic. E- el cual solicita el Beneficio en Vida por 60 años

cumplidos, de acuerdo al Capítulo V, Artículo 10, punto 3 del Reglamento para

el Régimen de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica,

para la respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 17: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 60 AÑOS

CUMPLIDOS, DE ACUERDO AL CAPÍTULO V, ARTÍCULO 10, PUNTO 3 DEL

REGLAMENTO PARA EL RÉGIMEN DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS DEL

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA DEL DRA. B.R.R.M LICENCIA

E- POR UN MONTO DE ¢91.207,00 (NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS

SIETE COLONES CON CERO CÉNTIMOS), SEGÚN TABLA ACTUARIAL.

ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS MIEMBROS

PRESENTES.

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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

37

L) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B60-154-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada el expediente de

la Dra. Z.F.V.P. Lic. E- el cual solicita el Beneficio en Vida por 60 años

cumplidos, de acuerdo al Capítulo V, Artículo 10, punto 3 del Reglamento para

el Régimen de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica,

para la respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 18: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 60 AÑOS

CUMPLIDOS, DE ACUERDO AL CAPÍTULO V, ARTÍCULO 10, PUNTO 3 DEL

REGLAMENTO PARA EL RÉGIMEN DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS DEL

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA DE LA DRA. Z.F.V.P.

LICENCIA E-POR UN MONTO DE ¢848.668,00 (OCHOCIENTOS CUARENTA

Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO COLONES CON CERO

CÉNTIMOS), SEGÚN TABLA ACTUARIAL. ACUERDO TOMADO EN FIRME

POR UNANIMIDAD DE LAS MIEMBROS PRESENTES.

M) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B60-155-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada el expediente de

la Dra. N.B.S. Lic. E- el cual solicita el Beneficio en Vida por 60 años

cumplidos, de acuerdo al Capítulo V, Artículo 10, punto 3 del Reglamento para

el Régimen de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica,

para la respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 19: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 60 AÑOS

CUMPLIDOS, DE ACUERDO AL CAPÍTULO V, ARTÍCULO 10, PUNTO 3 DEL

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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

38

REGLAMENTO PARA EL RÉGIMEN DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS DEL

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA DE LA DRA. N.B.S. LICENCIA

E-POR UN MONTO DE ¢210.305,00 (DOSCIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS

CINCO COLONES CON CERO CÉNTIMOS), SEGÚN TABLA ACTUARIAL.

ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS MIEMBROS

PRESENTES.

N) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B60-156-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada el expediente de

la Dra. C.M.A.M. Lic. E- el cual solicita el Beneficio en Vida por 60 años

cumplidos, de acuerdo al Capítulo V, Artículo 10, punto 3 del Reglamento para

el Régimen de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica,

para la respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 20: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 60 AÑOS

CUMPLIDOS, DE ACUERDO AL CAPÍTULO V, ARTÍCULO 10, PUNTO 3 DEL

REGLAMENTO PARA EL RÉGIMEN DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS DEL

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA DE LA DRA. C.M.A.M.

LICENCIA E-3015 POR UN MONTO DE ¢332.792,00 (TRESCIENTOS

TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS COLONES CON CERO

CÉNTIMOS), SEGÚN TABLA ACTUARIAL. ACUERDO TOMADO EN FIRME

POR UNANIMIDAD DE LAS MIEMBROS PRESENTES.

Ñ) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B60-157-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

39

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada el expediente de

la Dra. R.W.V.P. Lic. E- el cual solicita el Beneficio en Vida por 60 años

cumplidos, de acuerdo al Capítulo V, Artículo 10, punto 3 del Reglamento para

el Régimen de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica,

para la respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 21: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 60 AÑOS

CUMPLIDOS, DE ACUERDO AL CAPÍTULO V, ARTÍCULO 10, PUNTO 3 DEL

REGLAMENTO PARA EL RÉGIMEN DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS DEL

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA DE LA DRA. R.W.V.P.

LICENCIA E- POR UN MONTO DE ¢253.649,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA

Y TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE COLONES CON CERO

CÉNTIMOS), SEGÚN TABLA ACTUARIAL. ACUERDO TOMADO EN FIRME

POR UNANIMIDAD DE LAS MIEMBROS PRESENTES.

O) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B60-158-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada el expediente de

la Dra. Z.H.R.I. Lic. E- el cual solicita el Beneficio en Vida por 60 años

cumplidos, de acuerdo al Capítulo V, Artículo 10, punto 3 del Reglamento para

el Régimen de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica,

para la respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 22: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 60 AÑOS

CUMPLIDOS, DE ACUERDO AL CAPÍTULO V, ARTÍCULO 10, PUNTO 3 DEL

REGLAMENTO PARA EL RÉGIMEN DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS DEL

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA DE LA DRA. Z.H.R.I.

LICENCIA E- POR UN MONTO DE ¢173.232,00 (CIENTO SETENTA Y TRES

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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

40

MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS COLONES CON CERO CÉNTIMOS),

SEGÚN TABLA ACTUARIAL. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR

UNANIMIDAD DE LAS MIEMBROS PRESENTES.

P) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B60-159-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada el expediente de

la Dra. V.A.N.M. Lic. E- el cual solicita el Beneficio en Vida por 60 años

cumplidos, de acuerdo al Capítulo V, Artículo 10, punto 3 del Reglamento para

el Régimen de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica,

para la respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 23: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 60 AÑOS

CUMPLIDOS, DE ACUERDO AL CAPÍTULO V, ARTÍCULO 10, PUNTO 3 DEL

REGLAMENTO PARA EL RÉGIMEN DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS DEL

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA DE LA DRA. V.A.N.M.

LICENCIA E- POR UN MONTO DE ¢1.000.000,00 (UN MILLÓN DE COLONES

CON CERO CÉNTIMOS), SEGÚN TABLA ACTUARIAL. ACUERDO TOMADO

EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS MIEMBROS PRESENTES.

Q) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B60-160-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada el expediente de

la Dra. R.V.N. Lic. E-el cual solicita el Beneficio en Vida por 60 años cumplidos,

de acuerdo al Capítulo V, Artículo 10, punto 3 del Reglamento para el Régimen

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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

41

de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, para la

respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 24: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 60 AÑOS

CUMPLIDOS, DE ACUERDO AL CAPÍTULO V, ARTÍCULO 10, PUNTO 3 DEL

REGLAMENTO PARA EL RÉGIMEN DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS DEL

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA DE LA DRA. R.V.N. LICENCIA

E-POR UN MONTO DE ¢608.524,00 (SEISCIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS

VEINTICUATRO COLONES CON CERO CÉNTIMOS), SEGÚN TABLA

ACTUARIAL. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS

MIEMBROS PRESENTES.

R) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B60-161-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada el expediente de

la Dra. G.R.M. Lic. E-el cual solicita el Beneficio en Vida por 60 años

cumplidos, de acuerdo al Capítulo V, Artículo 10, punto 3 del Reglamento para

el Régimen de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica,

para la respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 25: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 60 AÑOS

CUMPLIDOS, DE ACUERDO AL CAPÍTULO V, ARTÍCULO 10, PUNTO 3 DEL

REGLAMENTO PARA EL RÉGIMEN DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS DEL

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA DE LA DRA. G.R.M. LICENCIA

E- POR UN MONTO DE ¢661.717,00 (SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL

SETECIENTOS DIECISIETE COLONES CON CERO CÉNTIMOS), SEGÚN

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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

42

TABLA ACTUARIAL. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE

LAS MIEMBROS PRESENTES.

S) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-BF-33-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada expediente de la

Dra. L.M.C.M. Lic. E- de Beneficio por Fallecimiento, de acuerdo Capítulo V del

Reglamento para el Régimen de Mutualidad y Subsidios del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica, artículo 10, inciso b, punto 1, para la respectiva

aprobación de Junta Directiva.

Motivo: Se aprueba beneficio por fallecimiento, cumple con los requisitos,

quedando pendiente la beneficiaria: T.S.T. con un 50%, para un total pendiente

de ser otorgado de ₡ 3.000.000,00 (tres millones de colones exactos). Ya que

según despacho de acuerdo del día 05 de julio del año en curso, acta 2433, se

aprobó el beneficio en vida por los 75 años cumplidos por un monto de

¢2.000.000,00 (dos millones de colones exactos).

Se aprueba un monto de ₡3.000.000,00 (tres millones de colones exactos)

Nombre del beneficiario % Monto

M.E.L.M. 50 ¢3.000.000,00

ACUERDO 26: SE APRUEBA EL BENEFICIO POR FALLECIMIENTO, DE

ACUERDO CAPÍTULO V DEL REGLAMENTO PARA EL RÉGIMEN DE

MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS DEL COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA

RICA, ARTÍCULO 10, INCISO B, PUNTO 1 DE QUIEN EN VIDA FUE LA DRA.

L.M.C.M. LICENCIA: E- A SU BENEFICIARIA M.E.L.M. POR UN MONTO DE

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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

43

¢3.000.000,00 (TRES MILLONES DE COLONES CON CERO CÉNTIMOS).

ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS MIEMBROS

PRESENTES.

T) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B75-161-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada expediente de la

Dra. L.B.O. Lic. E-la cual solicita Beneficio en Vida por 75 años cumplidos,

aprobado en la Asamblea General Extraordinaria llevada a cabo el día del 25 de

agosto del 2018, y Publicado en la Gaceta N°. 51, del 13 de marzo del 2019,

pág. 52. Para la respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 27: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 75 AÑOS

CUMPLIDOS, APROBADO EN LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

LLEVADA A CABO EL DÍA 25 DE AGOSTO DEL 2018, Y PUBLICADO EN LA

GACETA N°. 51, DEL 13 DE MARZO DEL 2019, PÁG. 52 A LA DRA. L.B.O.

LIC. E- POR UN MONTO DE ¢2.000.000.00 (DOS MILLONES DE COLONES

EXACTOS). ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS

MIEMBROS PRESENTES.

U) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B75-162-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada expediente de la

Dra. M.S.M.E. Lic. E- la cual solicita Beneficio en Vida por 75 años cumplidos,

aprobado en la Asamblea General Extraordinaria llevada a cabo el día del 25 de

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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

44

agosto del 2018, y Publicado en la Gaceta N°. 51, del 13 de marzo del 2019,

pág. 52. Para la respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 28: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 75 AÑOS

CUMPLIDOS, APROBADO EN LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

LLEVADA A CABO EL DÍA 25 DE AGOSTO DEL 2018, Y PUBLICADO EN LA

GACETA N°. 51, DEL 13 DE MARZO DEL 2019, PÁG. 52 A LA DRA.

M.S.M.E. LIC. E- POR UN MONTO DE ¢2.000.000.00 (DOS MILLONES DE

COLONES EXACTOS). ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE

LAS MIEMBROS PRESENTES.

V) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B75-163-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada expediente de la

Dra. R.P.L. Lic. E- la cual solicita Beneficio en Vida por 75 años cumplidos,

aprobado en la Asamblea General Extraordinaria llevada a cabo el día del 25 de

agosto del 2018, y Publicado en la Gaceta N°. 51, del 13 de marzo del 2019,

pág. 52. Para la respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 29: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 75 AÑOS

CUMPLIDOS, APROBADO EN LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

LLEVADA A CABO EL DÍA 25 DE AGOSTO DEL 2018, Y PUBLICADO EN LA

GACETA N°. 51, DEL 13 DE MARZO DEL 2019, PÁG. 52 A LA DRA. R.P.L.

LIC. E-540 POR UN MONTO DE ¢2.000.000.00 (DOS MILLONES DE

COLONES EXACTOS). ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE

LAS MIEMBROS PRESENTES.

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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

45

W) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B75-164-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada expediente de la

Dra. R.S.M.A. Lic. E- la cual solicita Beneficio en Vida por 75 años cumplidos,

aprobado en la Asamblea General Extraordinaria llevada a cabo el día del 25 de

agosto del 2018, y Publicado en la Gaceta N°. 51, del 13 de marzo del 2019,

pág. 52. Para la respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 30: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 75 AÑOS

CUMPLIDOS, APROBADO EN LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

LLEVADA A CABO EL DÍA 25 DE AGOSTO DEL 2018, Y PUBLICADO EN LA

GACETA N°. 51, DEL 13 DE MARZO DEL 2019, PÁG. 52 A LA DRA. R.S.M.A.

LIC. E- POR UN MONTO DE ¢2.000.000.00 (DOS MILLONES DE COLONES

EXACTOS). ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS

MIEMBROS PRESENTES.

X) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B75-165-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada expediente de la

Dra. M.H.N.G. Lic. E- la cual solicita Beneficio en Vida por 75 años cumplidos,

aprobado en la Asamblea General Extraordinaria llevada a cabo el día del 25 de

agosto del 2018, y Publicado en la Gaceta N°. 51, del 13 de marzo del 2019,

pág. 52. Para la respectiva aprobación de Junta Directiva.

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ACUERDO 31: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 75 AÑOS

CUMPLIDOS, APROBADO EN LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

LLEVADA A CABO EL DÍA 25 DE AGOSTO DEL 2018, Y PUBLICADO EN LA

GACETA N°. 51, DEL 13 DE MARZO DEL 2019, PÁG. 52 A LA DRA.

M.H.N.G. LIC. E- POR UN MONTO DE ¢2.000.000.00 (DOS MILLONES DE

COLONES EXACTOS). ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE

LAS MIEMBROS PRESENTES.

Y) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio CECR-

COVFOM-B75-166-2019, suscrito por la Dra. Alba Carranza Ramírez,

Coordinadora del Comité de Vigilancia del Fondo de Mutualidad, del Colegio de

Enfermeras de Costa Rica. Asunto: Por este medio, se traslada expediente de la

Dra. R.L.M.E. Lic. E- la cual solicita Beneficio en Vida por 75 años cumplidos,

aprobado en la Asamblea General Extraordinaria llevada a cabo el día del 25 de

agosto del 2018, y Publicado en la Gaceta N°. 51, del 13 de marzo del 2019,

pág. 52. Para la respectiva aprobación de Junta Directiva.

ACUERDO 32: SE APRUEBA EL BENEFICIO EN VIDA POR 75 AÑOS

CUMPLIDOS, APROBADO EN LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

LLEVADA A CABO EL DÍA 25 DE AGOSTO DEL 2018, Y PUBLICADO EN LA

GACETA N°. 51, DEL 13 DE MARZO DEL 2019, PÁG. 52 A LA DRA. R.L.M.E.

LIC. E- POR UN MONTO DE ¢2.000.000.00 (DOS MILLONES DE COLONES

EXACTOS). ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS

MIEMBROS PRESENTES.

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CORRESPONDENCIA EXTERNA

Z) Fecha 23 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva nota suscrita por el

Sr. Fermín Carrillo, Director General, del Instituto Superior de Estudios

Psicológicos, ISEP Formación. Asunto: Por la presente, nos complace invitarle

al evento organizado por el Instituto Superior de Estudios Psicológicos de

España y su representación en Costa Rica, que se celebrará en el Colegio

Profesional de Psicólogos de Costa Rica, el próximo 13 de noviembre de 2019

entre las 8.30 y las 18.00. Este evento, lleva el nombre de “Ier Simposio

iberoamericano de psicología Forense y Organizacional del Instituto Superior

d'Estudis Psicológics de España”.

El objetivo del mismo es la formación y actualización de profesionales en

derecho, salud mental, y auxiliares de justicia en temas de actualidad, los

cuales permitirán mejor ejecución en las labores judiciales. Dentro de este

evento tendremos el conversatorio “Justicia restaurativa, salud mental un reto

de formación y de los Tribunales de Justicia” y la participación desde México

del Phd. Eric García López, quien cuenta con Doctorado en Psicopatología

Forense y periodo docente del Doctorado en Neurociencia por la Universidad

Complutense de Madrid. Postdoctorado en Evolución y Cognición Humana, en

la Unidad Asociada al Instituto de Física Interdisciplinar y Sistemas Complejos

de la Universidad de les Illes Balears, entre muchos otros. En forma simultánea

tendremos de Perú al Dr. Cristhian Martín Rodríguez Neyra, quien impartirá el

tema Estrategias e innovaciones en psicología educativa y organizacional. El

objetivo de la participación del Dr. Rodríguez es que los Estudiantes, docentes y

cuerpo administrativo de la Universidad desarrollen el repertorio de

herramientas profesionales practicas e inéditas de intervención en diferentes

áreas de la psicología organizacional. De similar forma cerraremos con un

conversatorio que llamaremos “Tele- trabajo una nueva oportunidad para Costa

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Rica”. Dado el interés que puede despertar y la importancia de este, para los y

las funcionarios y estudiantes de la Universidad, hacemos formal invitación a

este evento que creemos que les puede interesar y pueden aportar al desarrollo

profesional de los colaboradores de la institución. Nos gustaría contar con su

apoyo para la divulgación de este evento internacional, dentro de la

Universidad. El valor del evento para la institución es de 70 dólares con

almuerzo para sus asociados, contamos con parqueo para 35 automóviles y

seguridad privada. A todos los participantes se les otorgara una certificación

por participación del ISEP.

ACUERDO 33: A) ACUSO DE RECIBO DE NOTA SUSCRITA POR EL SR.

FERMÍN CARRILLO, DIRECTOR GENERAL, DEL INSTITUTO SUPERIOR DE

ESTUDIOS PSICOLÓGICOS, ISEP FORMACIÓN. SE APRUEBA LA

DIVULGACIÓN EN LA PÁGINA WEB DEL COLEGIO DE ENFERMERAS DE

COSTA RICA DEL “IER SIMPOSIO IBEROAMERICANO DE PSICOLOGÍA

FORENSE Y ORGANIZACIONAL DEL INSTITUT SUPERIOR D'ESTUDIS

PSICOLÓGICS DE ESPAÑA” A REALIZARSE 13 DE NOVIEMBRE DE 2019

ENTRE LAS 8.30 Y LAS 18.00. B) TRASLADAR ESTE ACUERDO A LA

UNIDAD DE COMUNICACIÓN DEL COLEGIO PARA LO QUE CORRESPONDA.

ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS MIEMBROS

PRESENTES.

AA) Fecha 25 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva Oficio ASOCOEE

– COC – 035 – 2019, suscrito por el Sr. Brad Gustavo Herrera Esquivel, de la

Universidad Latina de Costa Rica. Asunto: Colaboración Material Audiovisual.

Es grato dirigirnos a ustedes con el mayor de los respetos y admiraciones por la

disposición y el apoyo mostrado para con esta organización, que al igual que

este Colegio, busca el alto desarrollo profesional. Mencionamos que como

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estrategia para visibilizar este Congreso de alto impacto Académico y Científico

tanto para profesionales como estudiantes de Enfermería, surge en la Comisión

Organizadora la expectativa de obtener colaboración de parte del Colegio, para

la realización de una nota periodística en formato audiovisual, a diferentes

miembros de la comisión, en sus instalaciones o donde se considere oportuno,

para proyectar e invitar a la comunidad virtual del Colegio de Enfermeras de

Costa Rica, a dicho evento. En caso de obtener una favorable respuesta, la

organización está en disposición de programar día, hora y lugar de acuerdo a la

disponibilidad del departamento de Mercadeo del Colegio.

ACUERDO 34: A) ACUSO DE RECIBO DE OFICIO ASOCOEE – COC – 035 –

2019, SUSCRITO POR EL SR. BRAD GUSTAVO HERRERA ESQUIVEL, DE LA

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA. SE TRASLADARÁ LA SOLICITUD A

LA UNIDAD DE COMUNICACIÓN PARA QUE CONJUNTAMENTE COORDINEN

LA FECHA Y HORA DE REALIZACIÓN DE LA NOTA PERIODÍSTICA EN LAS

INSTALACIONES DEL COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA. B)

TRASLADAR ESTE ACUERDO A LA UNIDAD DE COMUNICACIÓN DEL

COLEGIO PARA LO QUE CORRESPONDA. ACUERDO TOMADO EN FIRME

POR UNANIMIDAD DE LAS MIEMBROS PRESENTES.

BB) Fecha 25 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva nota suscrita por

la Dra. Ana Zelmira Porras Salas, Licencia E-3522. Asunto: Reciban un cordial

saludo, a la vez para solicitar de la manera más atenta una beca para asistir al

II Congreso Nacional de Enfermería Perioperatoria, que se llevará a cabo el 4,5 y

6 de noviembre de 2019.

ACUERDO 35: ACUSO DE RECIBO DE NOTA SUSCRITA POR LA DRA. ANA

ZELMIRA PORRAS SALAS, LICENCIA E-3522. SE LE INFORMA QUE YA LOS

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CUPOS PARA EL CONGRESO NACIONAL DE ENFERMERÍA

PERIOPERATORIA ESTÁN COMPLETOS. ACUERDO TOMADO EN FIRME

POR UNANIMIDAD DE LAS MIEMBROS PRESENTES.

CC) Fecha 25 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva nota suscrita por

la Dra. Milagro Ramírez Fernández, Licencia E-6136. Asunto: Reciban un

cordial saludo, a la vez para solicitar de la manera más atenta una beca para

asistir al II Congreso Nacional de Enfermería Perioperatoria, que se llevará a

cabo el 4,5 y 6 de noviembre de 2019.

ACUERDO 36: ACUSO DE RECIBO DE NOTA SUSCRITA POR LA DRA.

MILAGRO RAMÍREZ FERNÁNDEZ, LICENCIA E-6136. SE LE INFORMA QUE

YA LOS CUPOS PARA EL CONGRESO NACIONAL DE ENFERMERÍA

PERIOPERATORIA ESTÁN COMPLETOS. ACUERDO TOMADO EN FIRME

POR UNANIMIDAD DE LAS MIEMBROS PRESENTES.

DD) Fecha 25 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva nota suscrita por

la Dra. Milagro Ramírez Fernández, Licencia E-6136. Asunto: Reciban un

cordial saludo, a la vez para solicitar de la manera más atenta, información

correspondiente de las y los colegiados que se encuentran desempleados a la

fecha, en especial del Cantón Central de San José. Dicha información es

requerida como insumo para la formulación, del proyecto de capacitación en

Emprendedurismo para Enfermeros.

ACUERDO 37: ACUSO DE RECIBO DE NOTA SUSCRITA POR LA DRA.

MILAGRO RAMÍREZ FERNÁNDEZ, LICENCIA E-6136. SE APRUEBA LA

ENTREGA DE LA CANTIDAD DE COLEGIADOS(AS) QUE SE ENCUENTRAN

DESEMPLEADOS EN EL CANTÓN CENTRAL DE SAN JOSÉ. B) TRASLADAR

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NOTA SUSCRITA POR LA DRA. MILAGRO RAMÍREZ FERNÁNDEZ AL

DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA PARA QUE ENTREGUE LA CANTIDAD

DE COLEGIADOS DESEMPLEOS DEL DEL CANTÓN CENTRAL DE SAN

JOSÉ. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS

MIEMBROS PRESENTES.

EE) Fecha 28 de octubre 2019, se recibe para Junta Directiva nota suscrita por

la Dra. Stephanie Marcela Barrantes Bejarano, cédula # 6 0365 0236. Asunto:

Yo Stephanie Marcela Barrantes Bejarano, licencia 13196, como Enfermera

Profesional y laboro como Auxiliar de Enfermería en el Hospital San Juan de

Dios desde el 2007, en el área de medicinas. Solicito de manera respetuosa, se

valore si se me puede becar para el Curso de Adicciones que se realizará en el

mes de noviembre, ya que es a fin con la maestría que recién finalicé en Salud

Mental y Psiquiatría y que me graduaré el 10 de diciembre del 2019 a las 2 pm.

Me gustaría que se dieran cuenta que vengo realizando trabajo en escuelas de

bien social, donde se imparten charlas educativas tanto a padres y a docentes

(donde se tratan temas de afectación emocional, patologías crónicas, adicciones

y cómo actuar ante estas situaciones de emergencia (escuelas de Hatillo,

Paracito y de Dulce Nombre de Coronado) y otras que están pendientes por

impartir; para que la población en general y los centros educativos hagan

consciencia de la necesidad de la inclusión de un enfermero en los sistemas de

educación y demostrar a los demás colegas que existen diferentes campos

donde se puede trabajar la enfermería.

Inciso 9.1 Dr. Humberto Reyes: en relación con esta nota, me abstengo en la

decisión de la toma de este acuerdo ya que es una persona ligada a mí.

Votación:

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A favor: Dra. Tamara Molina Marcial Presidenta, Dra. Olga Castro Vargas Fiscal, Dr. Carlos Mora Acuña Vocal I, Dra. Pamela Praslin Guevara Vocal II, Dra. Amalia Guerrero Herrera Vocal III, Dra. Carmen Lizbeth Molina Campos Secretaria. Se recusa: Dr. Humberto Reyes Castillo Vocal IV.

ACUERDO 38: A) ACUSO DE RECIBO DE NOTA SUSCRITA POR LA DRA.

STEPHANIE MARCELA BARRANTES BEJARANO, CÉDULA # 6 0365 0236.

SE LE INFORMA QUE SE APRUEBA OTORGAR BECA PARA ASISTIR AL

CURSO DE ADICCIONES. B) TRASLADAR ESTE ACUERDO A LA UNIDAD DE

DESARROLLO PROFESIONAL PARA LO QUE CORRESPONDA. VOTACIÓN: A

FAVOR: DRA. TAMARA MOLINA MARCIAL PRESIDENTA, DRA. OLGA

CASTRO VARGAS FISCAL, DR. CARLOS MORA ACUÑA VOCAL I, DRA.

PAMELA PRASLIN GUEVARA VOCAL II, DRA. AMALIA GUERRERO

HERRERA VOCAL III, DRA. CARMEN LIZBETH MOLINA CAMPOS

SECRETARIA. SE RECUSA: DR. HUMBERTO REYES CASTILLO VOCAL IV.

ACUERDO TOMADO EN FIRME.

ARTICULO 10: Asuntos de Presidencia.

Inciso 10.1 Dra. Tamara Molina: presenta correo electrónico en relación con el caso de la colegiada Mayra Wong Araya Licencia E-728 en relación con solicitud para el uso exclusivo del Salón principal del Club para el 29 noviembre 2019. (Da lectura).

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ACUERDO 39: A) ACUSO DE RECIBO DE CORREO ELECTRÓNICO

SUSCRITO POR LA DRA. MAYRA WONG ARAYA LICENCIA E-728. LA JUNTA

DIRECTIVA APRUEBA EL PRÉSTAMO DEL SALÓN PRINCIPAL DEL CENTRO

DE RECREO PARA EL DÍA VIERNES 29 DE NOVIEMBRE 2019 PARA

REALIZAR ACTIVIDAD CON ENFERMERAS PENSIONADAS. B) TRASLADAR

ESTE ACUERDO AL SR. MARIO BARAHONA ASISTENTE ADMINISTRATIVO

DEL CENTRO DE RECREO PARA LO QUE CORRESPONDA. ACUERDO

TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS

PRESENTES.

Inciso 10.2 Dra. Tamara Molina: Presenta correo electrónico suscrito por la Dra. Ivannia Calderón Licencia E-7427 en relación con solicitud para utilizar el Club en un cumpleaños para 40 personas. (Da lectura).

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ACUERDO 40: A) ACUSO DE RECIBO DE CORREO ELECTRÓNICO

SUSCRITO POR LA DRA. IVANNIA CALDERÓN LICENCIA E-7427. SE

APRUEBA EL INGRESO AL CENTRO DE RECREO PARA 30 PERSONAS

MÁXIMO, EL DÍA DOMINGO 15 DE DICIEMBRE 2019 UTILIZANDO LOS

CINCO CARNÉ Y CINCO INVITADOS MÁS, LAS OTRAS VEINTE PERSONAS

DEBEN CANCELAR UN MONTO DE ¢2000 (DOS MIL COLONES CON CERO

CÉNTIMOS) CADA UNO. B) TRASLADAR ESTE ACUERDO AL SR. MARIO

BARAHONA ASISTENTE ADMINISTRATIVO DEL CENTRO DE RECREO

PARA LO QUE CORRESPONDA. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR

UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS PRESENTES.

Inciso 10.3 Dra. Tamara Molina: presenta correo electrónico suscrito por la Dra. Susan Zúñiga Jiménez Licencia E-17984 en relación con solicitud para el ingreso al Centro de Recreo para 15 invitados el día 03 noviembre 2019. (Da lectura).

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ACUERDO 41: A) ACUSO DE RECIBO DE CORREO ELECTRÓNICO

SUSCRITO POR LA DRA. SUSAN ZÚÑIGA JIMÉNEZ LICENCIA E-17984. LA

JUNTA DIRECTIVA APRUEBA EL INGRESO AL CENTRO DE RECREO PARA

15 PERSONAS EL DÍA DOMINGO 03 DE NOVIEMBRE 2019. B) TRASLADAR

ESTE ACUERDO AL SR. MARIO BARAHONA ASISTENTE ADMINISTRATIVO

DEL CENTRO DE RECREO PARA LO QUE CORRESPONDA. ACUERDO

TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS

PRESENTES.

Inciso 10.4 Dra. Tamara Molina: presenta correo electrónico suscrito por la Dra. Maricel Rodríguez Chinchilla Licencia E-12879 en relación con solicitud para el ingreso al Centro de Recreo para una actividad con 30 personas adultas mayores. (Da lectura).

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ACUERDO 42: A) ACUSO DE RECIBO DE CORREO ELEECTRÓNICO

SUSCRITO POR LA DRA. MARICEL RODRÍGUEZ CHINCHILLA LICENCIA E-

12879. LA JUNTA DIRECTIVA APRUEBA EL INGRESO AL CENTRO DE

RECREO PARA 30 PERSONAS EL DÍA 30 DE NOVIEMBRE 2019. B)

TRASLADAR ESTE ACUERDO AL SR. MARIO BARAHONA ASISTENTE

ADMINISTRATIVO DEL CENTRO DE RECREO PARA LO QUE

CORRESPONDA. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE

LAS(OS) MIEMBROS PRESENTES.

Inciso 10.5 Dra.Tamara Molina: presenta correo electrónico suscrito por la Dra. Rosa Chaverri Acosta de Vigilancia de la Salud Área Rectora de Salud de Atenas, en relación con solicitud de la Sala de capacitación del Centro de Recreo para el día 18 diciembre 2019. (da lectura).

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ACUERDO 43: A) ACUSO DE RECIBO DE CORREO ELECETRÓNICO

SUSCRITO POR LA DRA. ROSA CHAVERRI ACOSTA DE VIGILANCIA DE LA

SALUD ÁREA RECTORA DE SALUD DE ATENAS. LA JUNTA DIRECTIVA

APRUEBA EL USO DE LA SALA DE CAPACITACIÓN DEL CENTRO DE

RECREO PARA EL DÍA 18 DICIEMBRE 2019 DE 8:00 A.M. A 4:00 P.M.

PARA 20 PERSONAS DE LAS COLEAMMIS Y REPRESENTANTES DE LA

CHEAMMIN DEL HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA Y DE LA REGIÓN

CENTRAL NORTE DEL MINISTERIO DE SALUD Y DE LA CAJA

COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL. B) TRASLADAR ESTE ACUERDO AL

SR. MARIO BARAHONA ASISTENTE ADMINISTRATIVO DEL CENTRO DE

RECREO PARA LO QUE CORRESPONDA. ACUERDO TOMADO EN FIRME

POR UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS PRESENTES.

Inciso 10.6 Dra. Tamara Molina: presenta correo electrónico suscrito por la Dra. Judith Baltodano, ella solicita la posibilidad de que sus familiares ingresen al Club sin que ella esté presente. (Da lectura).

ACUERDO 44: ACUSO DE RECIBO DE CORREO ELECTRÓNICO SUSCRITO

POR LA DRA. JUDITH BALTODANO RIZO. SE LE INFORMA QUE SE DEBE

SOLICITAR AUTORIZACIÓN A LA JUNTA DIRECTIVA SI DESEA QUE SUS

FAMILIARES INGRESEN EN ALGUNA FECHA ESPECÍFICA AL CENTRO DE

RECREO SIN QUE SU PERSONA ESTÉ PRESENTE. ACUERDO TOMADO EN

FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS PRESENTES.

Inciso 10.7 Dra. Tamara Molina: presenta Oficio CECR-ADM-216-2019 en relación con el contrato de servicios profesionales para la remodelación del comedor del edificio central. (Da lectura).

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ACUERDO 45: ACUSO DE RECIBO DE OFICIO CECR-ADM-216-2019

SUSCRITO POR EL LIC. SERGIO ZAMORA SÁENZ DIRECTOR

ADMINISTRATIVO DEL COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA EN

RELACIÓN CON EL CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA LA

REMODELACIÓN DEL COMEDOR DEL EDIFICIO CENTRAL. ACUERDO

TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS

PRESENTES.

Inciso 10.8 Dra. Tamara Molina manifiesta: en relación con el caso de la colegiada Illiory Vargas, ella no se presenta en la audiencia, quien habla es la doctora, ella no va a la sesión, pero la doctora habla y expone todo lo que dice el documento, tengo mi criterio y creo que deben escucharlo todos.

Inciso 10.8.1 Dra. Olga Castro: de acuerdo con lo que estuve leyendo hay un niño que está complicado.

Inciso 10.8.2 Dra. Tamara Molina: pero creo que deben escuchar los audios.

Inciso 10.8.3 Dra. Carmen Lizbeth Molina: lo que escuché es que la doctora refiere que eran tres niños, hay un niño complicado, hasta la vacuna de hepatitis B hay que volver a ponérsela, si se le apaga la incubadora se expone al niño a una encefalopatía. Lo que me hace actuar es en defensa de los recién nacidos, un niño que inicia fototerapia, no se le puede quitar, esta enfermera está actuando de manera negligente, es un niño vulnerable e indefenso.

Inciso 10.8.4 Dra. Tamara Molina: hay que tomar una medida, cuando somos enfermeros nos dedicamos a la atención de nuestros pacientes, la escuchamos aquí y fue clara cuando dijo que le molesta la luz, ella tiene que tener una amonestación, el problema son los cinco años para mí.

Inciso 10.8.5 Dr. Carlos Mora: tengo un hijo que tuvo un problema, y estuvo en fototerapia, se utilizó otra técnica no convencional, pero me llama la atención algo, hay un fallo por el proceso administrativo, no supieron canalizar esto, hay un vicio a nivel administrativo, se da énfasis mucho a la declaración del médico y no a la familia, no se ve ninguno poniendo la queja, el médico

incurre en algo ilegal. Mi propuesta es que se le suspenda acatando las indicaciones del Tribunal de Ética, darle una suspensión de un mes como obstetra y que continúe trabajando como licenciada 1, los niños ya tenían problemas antes de esto, no hay estudio forense, no hay investigación administrativa que sopese la sanción de cinco años, no hay juicio previo para

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que se determine la gravedad en lo que incurrió la profesional obstetra, seguiría yo las instrucciones de la comisión.

Inciso 10.8.6 Dra. Olga Castro: esto que el Dr. Carlos está diciendo, retirar la Maestría de Obstetricia no lo podemos hacer, lo que podemos hacer es retirar la licencia, lo que otorgan las universidades no podemos retirarlo nosotros, cuando nosotros nos incorporamos, hacemos un juramento, parte del juramento es cumplir con todas las normas y leyes del Colegio y del país, esto es una negligencia porque ya se le había llamado la atención en otras oportunidades, y si se hace una, dos o tres veces es negligencia. Creo que a ninguno de nosotros le gustaría tener un(a) bebé y que dependa de la fototerapia y que un profesional se la apague, no solo se debe ver lo de la compañera si no los bebés, si los dejaron en manos de ella e incumplió, cómo nos vamos a favor de la compañera si ella incumplió, si tienen ya problemas los dejamos desamparados.

Inciso 10.8.7 Dra. Amalia Guerrero: no es lo mismo la necesidad del sol natural a la fototerapia.

Inciso 10.8.8 Dr. Carlos Mora: de acuerdo con esto, pero si no hay nada por la parte legal, hablamos de un médico con un criterio, pero no un debido proceso.

Inciso 10.8.9 Dra. Amalia Guerrero: pero estamos nosotros como Colegio.

Inciso 10.8.10 Dra. Tamara Molina: pienso que tenemos que tomar una decisión, el tema se ha hablado claramente, sabemos los pros y los contras, sabemos que hay una compañera que está en este proceso, que no entiendo por qué la parte administrativa del Hospital no ha tomado acción legal, pero como Colegio tomemos una decisión y votémoslo.

Inciso 10.8.11 Dra. Pamela Praslin: ¿qué dijeron las jefaturas?

Inciso 10.8.12 Dra. Olga Castro: dijeron que habían iniciado el proceso administrativo y continuarían con el proceso.

Inciso 10.8.13 Dra. Tamara Molina: pero ya prescribió, tomemos la decisión como Junta Directiva, ¿qué vamos a hacer con la compañera?

Inciso 10.8.14 Dra. Amalia Guerrero: estoy de acuerdo con la sanción.

Inciso 10.8.15 Dra. Tamara Molina: estoy de acuerdo, pero cinco años es demasiado.

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Inciso 10.8.16 Dra. Pamela Praslin: ¿el Tribunal de Ética en qué se basó para dictaminar que este tiempo le correspondía?

Inciso 10.8.17 Dra. Tamara Molina: se hizo la evaluación y dan el criterio de un mes en su totalidad.

Inciso 10.8.18 Dra. Pamela Praslin: ¿pero qué parámetros utilizan? ¿el formulario que hacen para decir que de acuerdo con lo que hizo, se dará este tiempo?

Inciso 10.8.19 Dra. Olga Castro: ellos dijeron que el hecho es gravísimo y se basan en los criterios de los especialistas, una vez con el criterio claro del error

que cometió y por qué lo cometió y que ella lo admite, ella no dice en ningún momento que lo lamenta o que no lo volverá hacer, solo dijo que a ella le molesta la luz y que a los bebés nada les pasará.

Inciso 10.8.20 Dra. Pamela Praslin: ¿entonces el Tribunal de Ética dice que por la falta gravísima le corresponde un mes?

Inciso 10.8.21 Dra. Olga Castro: ellos dan la recomendación y nosotros tomamos la decisión, por eso solicitamos asesoría de obstetras y neonatólogos, para ver esto.

Inciso 10.8.22 Dra. Amalia Guerrero: propongo que sea por lo menos un año.

Inciso 10.8.23 Dr. Humberto Reyes: analicé el caso, fui al área de sala de partos y neonatología, este caso es difícil, tomando el punto de vista mencionado, en enfermería, en gran parte nosotros mismos nos serruchamos el piso, pero no quiero ser responsable de un suicidio más, desde mi especialidad de Salud Mental la gente se esta suicidando, en Costa Rica las situaciones son difíciles, no quiero ser responsable de que esta señora se quede sin trabajo, no apoyo la suspensión de la licencia por un mes si no que su jefatura aplique el debido proceso, y una vez esto pase vemos que decisión tomamos, porque cuando hablamos de suspender la licencia le decimos que se queden sin comida, su familia sin alimento, no quiero ser responsable de un suicidio más en Costa Rica, no digo que ella hizo bien o hizo mal, pero su jefatura inmediata es quien debe ver esto, mi posición es que su jefatura tome su decisión y de acuerdo al debido proceso tomar una decisión después, pero no apoyo la decisión de suspender un mes.

Inciso 10.8.24 Dra. Carmen Lizbeth Molina: nosotros no podemos dar orden a la jefatura.

Inciso 10.8.25 Dra. Olga Castro: es que ya el tiempo de la jefatura venció.

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Inciso 10.8.26 Dra. Pamela Praslin: ¿se le puede realizar castigo por el mismo caso dos veces?

Inciso 10.8.27 Dra. Olga Castro: no, si ya se inició el proceso nosotros no lo hacemos, si la jefatura dice que no ha iniciado nosotros iniciamos.

Inciso 10.8.28 Dra. Pamela Praslin: pero entonces si ya le prescribió ¿entonces qué pasa?

Inciso 10.8.29 Dra. Olga Castro: es que se inició, pero no se terminó.

Inciso 10.8.30 Dra. Pamela Praslin: a ella le hacen el debido proceso, la investigación, ¿el castigo se da e interviene la Fiscalía?

Inciso 10.8.31 Dra. Olga Castro: no, si ellos habían iniciado la investigación y le dan una sanción entonces tengo que ver que sanción es.

Inciso 10.8.32 Dra. Tamara Molina: creo que hay que tomar una decisión, lo que puedo entender es que la parte administrativa lo dejó así, falló, no van a seguir en el proceso, pero no podemos negar que hay una responsabilidad de la compañera, y todos la escuchamos que apagó las lámparas, eso merece una sanción, estoy de acuerdo en lo que propuso el Tribunal de Ética y Moral, un mes y esperar si el Hospital o donde ella está siguen el proceso, pero podemos darle tres meses.

ACUERDO 46: A) EN RESPUESTA AL RECURSO DE REVOCATORIA

PRESENTADO POR LA MSC. ILLIORY VARGAS CAMPOS LICENCIA E-8966,

LA JUNTA DIRECTIVA ACUERDA LA SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA POR

UN PERIODO DE TRES MESES. SE LE RECOMIENDA NO VOLVER A

LABORAR EN SERVICIOS DE NEONATOLOGÍA. DEBE HACER ENTREGA DE

SU LICENCIA EN LA FISCALÍA DEL COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA

RICA EN LOS SIGUIENTES OCHO DÍAS HÁBILES. B) NOTIFICAR ESTE

ACUERDO A LA JEFATURA DEL LUGAR DE TRABAJO, A LA DIRECCIÓN

REGIONAL CENTRAL SUR Y A LA DRA. MARCELA MÉNDEZ MATA. EN EL

MOMENTO DE TOMAR ESTE ACUERDO NO SE ENCONTRABA PRESENTE

LA DRA. AMALIA GUERRERO HERRERA VOCAL III DE JUNTA DIRECTIVA.

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ACUERDO TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS

PRESENTES.

ARTICULO 11: Asuntos de Fiscalía.

Inciso 11.1 Dra. Olga Castro: presenta Oficio CECR-FISCALIA-540-2019 en relación con el caso de la declaratoria por lesividad contra la colegiada Adriana Zúñiga Valverde. (da lectura).

29 de octubre 2019

CECR-FISCALÍA-540-2019

Doctoras

Miembros de Junta Directiva

Colegio de Enfermeras de Costa Rica

Asunto: Declaratoria de Lesividad Adriana Zúñiga Valverde

Estimados (as) señores (as):

Reciban un cordial saludo por parte de la Fiscalía del Colegio de Enfermeras de Costa

Rica.

Adjunto el proyecto de acuerdo para la declaratoria de lesividad de la licencia de Adriana

Zúñiga Valverde:

ACUERDO No. ___________________ La Junta Directiva del Colegio de Enfermeras

de Costa Rica, en atención a regulado en el numeral 173 de la Ley General de la

Administración Pública, declara como lesivo el acto de incorporación al Colegio

profesional de la señora Adriana Zúñiga Valverde, licencia No. 5150, con base en las

siguientes consideraciones:

ANTECEDENTES

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71

I. El 8 de junio del año 1991, la señora Adriana Zúñiga Valverde, obtuvo el

certificado de High School, proveniente de la institución Costa Rica Academy

(Escuela Académica de Costa Rica).

II. La señora Zúñiga Valverde fue incorporada como Enfermera Profesional al

Colegio de Enfermeras de Costa Rica el 9 de enero del año 2001, con licencia

E-5150.

III. Mediante oficio No. CECR-FISCALÍA-238-2014, de fecha 14 de octubre de

2014, el Fiscal del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, Dr. Erick Madrigal

Rivera, solicitó a la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad del

Ministerio de Educación Pública, verificar el título de Bachiller en Educación

Media de la señora Zúñiga.

IV. Mediante oficio DEAC-RVCT-1229-2014, de fecha 13 de noviembre de 2014,

recibido el 21 de noviembre 2014 en el Colegio de Enfermeras de Costa Rica,

remitido por la M.Sc. Lilliam Mora Aguilar del Departamento de Evaluación

Académica y Certificación de la Dirección de Gestión y Evaluación de la

Calidad, en respuesta al Fiscal del Colegio de Enfermeras de Costa Rica

indicó:

“Me permito informarle que la copia del Certificado de High

School, emitido por la Escuela Académica de Costa Rica, a

nombre de Zúñiga Valverde Adriana, cédula 1 0845 0814 y la

copia del Diploma emitido por Costa Rica Academy no pueden

ser verificados en esta Dirección por cuanto; ninguno de los dos

son equivalentes al título de Bachiller en Educación Media”

V. Que Mediante oficio No. CECR-FISCALIA-426-2015, de fecha 11 de diciembre

2015, el Fiscal del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, Dr. Erick Madrigal

Rivera, solicitó a la M.Sc. Lilliam Mora Aguilar del Departamento de

Evaluación Académica y Certificación de la Dirección de Gestión y

Evaluación de la Calidad, verificar nuevamente la inscripción del título de

Bachiller en Educación Media de la Señora Zúñiga Valverde.

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72

VI. Mediante oficio No. DEAC-RVCT-0085-2016, de fecha 11 de enero de 2016,

recibido el 28 de enero en el Colegio de Enfermeras de Costa Rica, remitido

por la Licda. Marta Isabel Rojas Aguilar, Jefe de la Unidad de

Reconocimientos y Certificación de la Dirección de Gestión y Evaluación de

la Calidad, en respuesta al Fiscal del Colegio de Enfermeras de Costa Rica

indicó:

“(…) me permito indicarle que, es menester informar que las

instituciones privadas reconocidas por el Ministerio de

Educación Pública, que imparten currículo de estudios

estadounidense y nacional a sus estudiantes, funcionan con doble

titulación: “High School Diploma” para todos los estudiantes

que cursen y aprueben hasta el duodécimo grado y “Bachiller en

Educación Media” para los estudiantes que además, optan y se

matriculan para la aplicación de las Pruebas Nacionales de

Bachillerato y las aprueban, cumpliendo así el requisito para

graduarse de bachilleres bajo las normas costarricenses.

El Colegio “Costa Rica Academy (Escuela Académica de Costa

Rica), es una institución privada reconocida por el Ministerio de

Educación Pública de Costa Rica, que brinda a los estudiantes

un programa con currículo extranjero; estadounidense y el

nacional. Así entonces, después de haber cursado seis años de

secundaria, todos, los alumnos que concluyen y aprueban hasta

el duodécimo grado reciben el “High School Diploma”. Si el

estudiante desea optar por el Bachiller en Educación Media,

debe además cursar el Ciclo Diversificado, aplicar y aprobar las

Pruebas Nacionales de Bachillerato en Educación Media.

En el caso de interés, la señorita Adriana Zúñiga Valverde no

optó por estas pruebas, ya que, eligió solamente cursar estudios

con el currículo estadounidense al final del cual, le certifican el

“High Shool Diploma” emitido por la “Costa Rica Academy”,

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73

por lo que no cuenta con el Bachiller en Educación Media

costarricense”

VII. Mediante oficio No.CECR-FISCALIA-32-2016, de fecha 01 de febrero 2016,

el Fiscal del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, Dr. Erick Madrigal Rivera,

solicitó a la Licda. Marta Isabel Rojas Aguilar de la Unidad de

Reconocimientos y certificación, de la Dirección de Gestión y Evaluación de

la Calidad, certificar si la señora Zúñiga Valverde, tiene inscrito el diploma de

Bachillerato en Educación Media, en el Ministerio de Educación Pública de

Costa Rica e indicar: “(…) si el título de “High School Diploma” emitido por

la “Costa Rica Academy” se puede considerar un título admisible para poder

continuar y cursar una carrera universitaria a nivel público o privado en

Costa Rica.”

VIII. Mediante oficio No. DEAC-RVCT-0203-2016, de fecha 04 de febrero de

2016, recibido el 19 de febrero en el Colegio de Enfermeras de Costa Rica,

remitido la Licda. Marta Isabel Rojas Aguilar de la Unidad de

Reconocimientos y certificación, de la Dirección de Gestión y Evaluación de

la Calidad, en respuesta al señor Fiscal del Colegio de Enfermeras de Costa

Rica reitero en todos los extremos lo expuesto en el oficio DEAC-RVCT-

0085-2016 y además indicó:

“(…) SI el estudiante desea optar por el Bachiller en Educación

Media, debe además cursar el Ciclo Diversificado, aplicado y

aprobar las Pruebas Nacionales de Bachillerato en Educación

Media.”

“Así mismo, le reitero que, el “High School Diploma” de la

señorita Zúñiga Valverde, no es equiparable al Título de

Bachiller en Educación Medía, siendo este el requisito

indispensable para cursar una carrera Universitaria a nivel

público o privado en nuestro país.”

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74

Los Colegios Profesionales como entes públicos no estatales que son, encomendados para

realizar funciones públicas en tres momentos puntuales, la habilitación para el ejercicio

de la profesión, la fiscalización del ejercicio profesional y por último en la aplicación del

régimen disciplinario. Siendo la habilitación del ejercicio de la profesión una de las

competencias delegadas por Ley, en las cuales el Colegio de Enfermeras de Costa Rica

ejerce una actividad pública de relevancia.

De acuerdo a lo anterior, en el artículo 7 inciso 8) del Reglamento de Incorporación del

Colegio de Enfermeras de Costa Rica, publicado en Diario La Gaceta Nº 132 del lunes 15

de julio del año 2019 y el artículo 13 inciso d) del Reglamento de la Ley Orgánica del

Colegio de Enfermeras de Costa Rica Decreto Ejecutivo Nº 37286-S, claramente señalan

que uno de los requisitos para optar por la habilitación para el ejercicio de la profesión es

la presentación del original y copia del título de finalización de estudios secundarios,

mismos que, no se estarían demostrando con el documentos aportado por la señora

Adriana Zúñiga Valverde, en el tanto por la modalidad de estudios viene acreditar

únicamente el sistema anglosajón y no el sistema nacional.

La Procuraduría General de la República, tratándose del procedimiento a partir del cual

se instruye la anulación de un acto declaratorio de derechos subjetivos, partiendo del

principio de intangibilidad de los actos propios de la Administración, ha señalado, al

igual que lo indicado por la Sala Constitucional, que la potestad que tiene la

Administración para anular en vía administrativa los actos declaratorios de derechos es

excepcional por cuanto tales actos se encuentran protegidos por el principio

constitucional de intangibilidad de los actos propios, que deriva del texto del artículo 34

de la Constitución Política y que prohíbe a la Administración volver sobre sus propios

actos sin antes haber planteado ante la autoridad judicial competente el respectivo

proceso de lesividad para la anulación del acto viciado.

Es así como los derechos subjetivos constituyen un límite respecto de las potestades de

revocación o modificación de los actos administrativos, pues la Administración no puede

emitir un acto y con posterioridad dictar otro contrario al primero, en menoscabo de

derechos subjetivos, sin perjuicio claro está, de que plantee el respectivo proceso de

lesividad ante el juez contencioso administrativo.

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75

Sin embargo, excepcionalmente –como se indicó-, la Administración puede anular en vía

administrativa ese acto declaratorio de derechos, siguiendo el procedimiento establecido

en el numeral 173 de la Ley General de la Administración Pública y con el cumplimiento

de los requisitos formales ahí dispuestos.

El artículo 173 indicado, establece que para que una nulidad pueda ser declarada en vía

administrativa además de absoluta, debe ser evidente y manifiesta. Por lo tanto, no

cualquier grado de invalidez faculta a la Administración para la anulación de un acto

declaratorio de derechos en vía administrativa, sino únicamente aquel que produce una

nulidad tan grosera y patente que no requiere del pronunciamiento calificado del juez.

Esa línea de pensamiento quedó plasmada en la sentencia 2002-12054 de las 9:03 horas

del 20 de diciembre de 2002 en la que la Sala Constitucional indicó:

“No cualquier grado de invalidez o nulidad autoriza a un ente u

órgano público para decretar la anulación oficiosa de un acto

administrativo declaratorio de derechos para un administrado,

dado que, el ordenamiento jurídico administrativo exige que

concurran ciertas características o connotaciones específicas y

agravadas que la califiquen. La nulidad que justifica la revisión

de oficio debe tener tal trascendencia y magnitud que debe ser, a

tenor de lo establecido en el numeral 173, párrafo 1°, de la Ley

General de la Administración Pública, “evidente y manifiesta”.

Lo evidente y manifiesto es lo que resulta patente, notorio,

ostensible, palpable, claro, cierto y que no ofrece ningún

margen de duda o que no requiere de un proceso o esfuerzo

dialéctico o lógico de verificación para descubrirlo,

precisamente, por su índole grosera y grave. En tal sentido,

basta confrontar el acto administrativo con la norma legal o

reglamentaria que le dan cobertura para arribar a tal conclusión,

sin necesidad de hermenéutica o exégesis ninguna. Es menester

agregar que el numeral 173 de la Ley General de la

Administración Pública no crea una suerte de bipartición de las

nulidades absolutas, siendo algunas de ellas simples y otras

evidentes y manifiestas, sino lo que trata de propiciar es que en el

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supuesto de las segundas sea innecesario o prescindible el

análisis profundo y experto del juez contencioso-administrativo

para facilitar su revisión en vía administrativa.”(la negrita no

pertenece al original)

También la Procuraduría General de la República, ha distinguido el proceso judicial de

lesividad -regla para declarar cualquier tipo de nulidad sea absoluta o relativa- del

procedimiento en vía administrativa que queda reservado únicamente para atacar las

nulidades evidentes y manifiestas. En ese sentido en el dictamen C-128-2008 del 21 de

abril de 2008 indicó al respecto:

“Consecuentemente, nos encontramos ante dos vías distintas. La

primera regulada en el artículo 173 de repetida cita, que se

refiere única y exclusivamente a la hipótesis de una nulidad

absoluta “evidente y manifiesta”, para cuya declaración debe

observarse el correspondiente procedimiento ordinario, al cabo

del cual la Administración podría declarar la nulidad, en caso de

ser afirmativo el dictamen preceptivo de este órgano. Será

entonces resorte exclusivo de la Administración consultante, la

valoración previa del tipo de invalidez que vicia los actos

administrativos en examen y con base en ello, también la

determinación del procedimiento aplicable para su anulación.

La segunda vía, regulada en los artículos dichos del Código

Procesal Contencioso Administrativo, puede llevar a que el Juez

de esta materia anule el acto cuestionado, en cuyo caso, no es

necesario que deba ir precedido por un procedimiento

administrativo ordinario, sino que basta la declaratoria

fundamentada de lesividad por parte del órgano superior

jerárquico supremo correspondiente (que en este caso sería el

Concejo Municipal), de que dicho acto es lesivo a los intereses

públicos, para luego proceder a la interposición de la demanda

correspondiente. En la cual, aquí sí, esa Municipalidad puede

solicitar al Juez todas las medidas cautelares (artículos 19 a 30

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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

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del referido Código) que estime conveniente para salvaguardar

los bienes demaniales e intereses públicos y locales cuya tutela le

es confiada por el ordenamiento jurídico.”

Es claro entonces que el primer aspecto que debe revisarse para concluir si es válida la

anulación de un acto declarativo de derechos en vía administrativa es la naturaleza de la

nulidad que se pretende declarar, pues únicamente las que sean absolutas, evidentes y

manifiestas justifican el actuar de la Administración en vía administrativa.

Así las cosas, cuando se requiera anular un acto declaratorio de derecho subjetivos a los

administrados, debe ajustarse inexorablemente a los procedimientos legales establecidos

en la Ley General de la Administración Pública, y el Código Procesal Contencioso

Administrativo.

Como regla general, la Administración puede declarar la nulidad absoluta de un acto

propio creador de derechos, que cuenta con una presunción iuris tantum de legalidad, que

en virtud de su condición sujeta al principio favor acti, por el cual se presume legítimo,

eficaz y por lo tanto ejecutorio, es decir, obliga al inmediato cumplimiento aunque otro

sujeto discrepe sobre su legalidad, requiere la necesidad de acudir a la jurisdicción

contencioso administrativa, a fin de deducir una pretensión de lesividad, que implica una

previa declaración de que el acto es lesivo a los intereses públicos, o de otra naturaleza,

conforme a lo establecido en el bloque legal que rige el proceso, constituyéndose así en

una garantía al administrado que tiene un derecho derivado de un acto administrativo, de

que este no será suprimido sin un juicio previo con todas las garantías de un proceso

judicial.

Al existir una contravención directa a lo establecido en el ordenamiento jurídico, a fin de

habilitar a una Licenciada en Enfermería, como Enfermera Profesional, se logra

comprobar la inexistencia del requisito base para la condición de profesional en

enfermería susceptible de ser objeto de habilitación para el ejercicio de la profesión, lo

cual provoca la nulidad absoluta del acto a través del cual se materializa la incorporación

al Colegio de Enfermeras de Costa rica de la señora Zúñiga Valverde, misma que data del

año 2001, lo cual, nos coloca dentro de los supuestos de lesividad discutibles a través del

proceso judicial contencioso administrativo.

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Si bien la señora Zúñiga Valverde cuenta con el reconocimiento de su grado de

licenciatura académica por parte de la UCR, se logra comprobar de las consultas

realizadas por parte de la Fiscalía de la Corporación a la unidad de Reconocimientos y

Certificación y a la Dirección de Gestión y Evaluación de Calidad del Ministerio de

Educación Pública, que la señora Zúñiga Valverde no cuenta con el Bachiller en

Educación Media Costarricense, no se logró tener por demostrado que cursó el Ciclo

Diversificado para aplicar y aprobar las Pruebas Nacionales de Bachillerato en Educación

Media contando con un título homólogo expedido en Educación Media por el Ministerio

de Educación Pública.

La señora Zúñiga Valverde, fue destinataria de un acto administrativo nulo, por cuanto se

ha logrado comprobar la inexistencia de cumplimiento de requisitos necesarios para la

habilitación como profesional en enfermería, lo que provoca la nulidad de su

incorporación a esta Corporación, y consecuentemente, la necesaria declaración de la

disconformidad de la conducta administrativa por medio de la cual se confiere el derecho

a la señora Zúñiga Valverde, de contar con su habilitación para el ejercicio de la

enfermería, acto este que resulta ser nulo y contrario al bloque de legalidad que convalida

los estudios de la demandada y por ende, resulta procedente su anulación por medio de la

declaratoria de lesividad como administrativamente se señala y como, posteriormente se

deberá confirmar en el respectivo proceso plenario.

Conforme lo preceptuado por la Sala Constitucional en el voto No.5483 – 1995, existe un

interés público superior que debe proteger el Colegio de Enfermeras de Costa Rica y es

garantizar un principio de igualdad en todos aquellos profesionales habilitados para el

ejercicio en enfermería, al menos en cuanto a los requisitos mínimos de formación

educativa para el cumplimiento del conocimiento necesario para el adecuado

desenvolvimiento social y profesional.

En la especie se tiene por no comprobado el título que garantice la formación en

educación media de la señora Zúñiga Valverde, y con ello no se tienen por cumplidos los

requisitos exigidos por esta Corporación y por ende, es nula la inscripción al Tomo 4,

Folio 237, Licencia 5150.

Sin otro particular por el momento.

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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

79

Atentamente,

FISCALÍA

Dra. Olga Castro Vargas, Licda. Fiscal

MLC/OCV/NZP

ACUERDO 47: ACUSO DE RECIBO DE OFICIO CECR-FISCALIA-540-2019

SUSCRITO POR LA DRA. OLGA CASTRO VARGAS FISCAL DEL COLEGIO DE

ENFERMERAS DE COSTA RICA RESPECTO A LA DECLARATORIA DE

LESIVIDAD CONTRA LA COLEGIADA ADRIANA ZÚÑIGA VALVERDE

LICENCIA E-5150. EN EL MOMENTO DE TOMAR ESTE ACUERDO NO SE

ENCONTRABA PRESENTE LA DRA. AMALIA GUERRERO HERRERA VOCAL

III DE JUNTA DIRECTIVA. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR

UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS PRESENTES.

ARTICULO 12: Asuntos de miembros.

Inciso 12.1 Dra. Carmen Lizbeth Molina manifiesta: tenemos que tomar un acuerdo para que se informe al Lic. Sergio Zamora que el ingreso máximo al Club es de 30 personas.

ACUERDO 48: A) SE INFORMA A LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA QUE LA

JUNTA DIRECTIVA APRUEBA QUE EL INGRESO MÁXIMO AL CENTRO DE

RECREO ES DE 30 PERSONAS POR COLEGIADO PARA ACTIVIDADES

ESPECIALES DEL COLEGIADO(A). NO SE DEBE AUTORIZAR A MÁS DE

TRES COLEGIADOS POR FECHA. B) TRASLADAR ESTE ACUERDO AL SR.

MARIO BARAHONA ASISTENTE ADMINISTRATIVO DEL CENTRO DE

RECREO PARA LO QUE CORRESPONDA. EN EL MOMENTO DE TOMAR

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Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

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ESTE ACUERDO NO SE ENCONTRABA PRESENTE LA DRA. AMALIA

GUERRERO HERRERA VOCAL III DE JUNTA DIRECTIVA. ACUERDO

TOMADO EN FIRME POR UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS

PRESENTES.

Inciso 12.2 Dr. Carlos Mora manifiesta: en relación con la renovación de las licencias, hay personas que me han dicho lo mismo, sobre qué por qué no se le da la oportunidad de pagar dos meses antes del vencimiento de la licencia tomando en consideración la fecha de vencimiento.

Inciso 12.2.1 Dra. Olga Castro: los casos que han venido, se los aprobamos. Inciso 12.2.2 Dr. Carlos Mora: es que en plataforma indican que no pueden. Inciso 12.2.3 Dr. Humberto Reyes: sin importar de donde vengan no es problemática, esto es administración. ACUERDO 49: A) LA JUNTA DIRECTIVA APRUEBA QUE LA RENOVACIÓN

DE LA LICENCIA DE LOS(AS) COLEGIADOS(AS) SE PUEDA REALIZAR CON

DOS MESES DE ANTICIPACIÓN ANTES DE LA FECHA DE SU

VENCIMIENTO. B) TRASLADAR ESTE ACUERDO A LA DIRECCIÓN

ADMINISTRATIVA Y A PLATAFORMA DE SERVICIOS DEL COLEGIO PARA

LO QUE CORRESPONDA. EN EL MOMENTO DE TOMAR ESTE ACUERDO NO

SE ENCONTRABA PRESENTE LA DRA. AMALIA GUERRERO HERRERA

VOCAL III DE JUNTA DIRECTIVA. ACUERDO TOMADO EN FIRME POR

UNANIMIDAD DE LAS(OS) MIEMBROS PRESENTES.

Inciso 12.3 Dra. Carmen Lizbeth Molina: quisiera realizar una observación en

esto se ha fallado, ahora escuché al Dr. Carlos Mora pedir informe a la Comisión Extrahospitalaria, en lo que respecta a comisión según la ley tienen que rendir informes trimestrales y apenas estamos a dos meses del inicio de esta gestión del nuevo periodo y para pedir informes tiene que pasar por un acuerdo de Junta Directiva y yo como secretaria no he revisado esto, si

Page 81: Acta No. 2448, 31 Octubre 2019 · 2020-04-30 · Acta No. 2448, 31 Octubre 2019 3 Inciso 3.1 Dr. Humberto Reyes: a raíz que existen muchas necesidades, y específicamente hablamos

Acta No. 2448, 31 Octubre 2019

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hablamos de respeto me estaría faltando el respeto a mi como secretaria de Junta Directiva, no me parece que pida informes sin haberlo comunicado. Inciso 12.3.1 Dr. Carlos Mora: no fue mi intensión, hay cosas donde usted tiene mucha experiencia, no fue con intensión, fue nada más para conocimiento mío personal, giré la indicación, comuniqué a la presidenta la acción que iba a tomar, para saber cómo trabaja cada comisión, es saber qué hace cada comisión, no necesito aprobación para esto creo, solo es para conocer, no es para otro dato, porque quiero participar en varias comisiones, saber objetivos, en que trabajan, y poder incorporarme a estas, pero si cometí alguna falta si le pido las disculpas.

Inciso 12.3.2 Dra. Olga Castro: si yo voy a tomar una decisión, como miembro es diferente a ser miembro de Junta Directiva, si voy a pedir un informe a las comisiones tiene que ir con acuerdo de junta. Inciso 12.3.3 Dr. Carlos Mora: correcto, pido las disculpas del caso, no lo sabía.

ARTICULO 13: Asuntos varios

Inciso 13.1 No se presentaron asuntos varios.

Se levanta la sesión a las veintiuna horas con quince minutos.

Dra. Tamara Molina Marcial, MSc. Dra. Carmen Lizbeth Molina Campos, MSc. PRESIDENTA SECRETARIA

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