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Municipalidad de la Ciudad de Corrientes Autoridades Intendente Ing. Fabián Ríos Viceintendenta Dra. Ana María Pereyra Boletín Oficial Municipalidad de la Ciudad de Corrientes Secretaria de Coordinación General Arq. Irma del Rosario Pacayut Secretario de Economía y Finanzas Cr. Rodrigo Martín Morilla Secretario de Desarrollo Productivo y Economía Social Ing. Diego Victor Ayala Secretario de Infraestructura Arq. Daniel Aníbal Flores Secretario de Recursos Humanos y Relaciones Laborales Sr. Pedro Ramon Lugo Secretario de Planeamiento Urbano Arq. Daniel Bedran Secretario de Desarrollo Comunitario Dr. Félix Rolando Morando Secretario de Ambiente Dr. Felix María Pacayut Publicación Oficial Secretario de Transporte y Tránsito Dr. Gustavo Adolfo Larrea 25 de Mayo 1132 (W3400BCN) - Corrientes - Argentina - Tel: 03794 474725 Nº 2448 Corrientes, 23 de Octubre de 2015

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Municipalidad de la Ciudad de Corrientes Autoridades

Intendente Ing. Fabián Ríos Viceintendenta

Dra. Ana María Pereyra

Boletín Oficial Municipalidad de la Ciudad de Corrientes

Secretaria de Coordinación General

Arq. Irma del Rosario Pacayut

Secretario de Economía y Finanzas Cr. Rodrigo Martín Morilla

Secretario de Desarrollo Productivo

y Economía Social Ing. Diego Victor Ayala

Secretario de Infraestructura

Arq. Daniel Aníbal Flores

Secretario de Recursos Humanos y Relaciones Laborales Sr. Pedro Ramon Lugo

Secretario de Planeamiento Urbano

Arq. Daniel Bedran

Secretario de Desarrollo Comunitario Dr. Félix Rolando Morando

Secretario de Ambiente Dr. Felix María Pacayut

Publicación

Oficial Secretario de Transporte y Tránsito

Dr. Gustavo Adolfo Larrea

25 de Mayo 1132 (W3400BCN) - Corrientes - Argentina - Tel: 03794 474725

Nº 2448

Corrientes, 23 de Octubre de 2015

BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL N° 2448 Corrientes, 23 de Octubre de 2015.-

ORDENANZAS: N° 6344: Adhiere a la Ley Nacional N° 27.002 “Día Nacional de la Juventud” en Conmemoración de la

denominada Noche de los Lápices”. Res. N° 2479: Promulga la Ordenanza N° 6344. N° 6345: Impone el nombre de “DR. JUAN CARLOS BENITEZ SUAREZ” a Sala de Primeros Auxilios (SAPS) B° San Ignacio.- Res. N°2485: promulga la Ordenanza N° 6345.- N° 6347: Concede Uso de Suelo al inmueble ubicado en el B° berón de Astrada sobre la Avenida Maipú entre ex Vía Ferrocarril (Plazoleta J.M. de Llano) Sra. Carmen Eloísa Manfriniz. Res. N° 2503: promulga la Ordenanza N° 6347.- RESOLUCIÓN: N° 2469: Reconoce el gasto a favor de la Empresa AGUAS DE CORRIENTES.- DISPOSICIÓN: SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS: N° 1382: Autoriza la transferencia cuenta del banco de Corrientes S.A. a la Caja Municipal de Préstamos. JUZGADO DE FALTAS N° 2 Causa N° 6932/G/2015 C/ GUTIERREZ IVAN MARCOS. Causa N° 28247/Y/2015 C/ YUSTE JUAN IGNACIO. Causa N° 38676/S/2015 C/ SOTO BETINA PAOLA. Causa N° 33387/G/2015 C/ GALEANO MARIANO. Causa N° 37514/P/2015 C/ PARTHIMOS IVAN RODRIGO. JUZGADO DE FALTAS N° 4 EXPTE. N° 34739/B/2015 C/ BERNARDI EZEQUIEL MARTIN. EXPTE. N° 34743/B/2015 C/ BONY RAUL EDUARDO. EXPTE. N° 31150/M/2015 C/ MANCUELLO CELESTINO PABLO. EXPTE. N° 582/B/2011 C/ BORGET JOSE CARLOS. EXPTE. N° 13618/M/2012 C/ MORALES MAXIMILIANO ARIEL. RESOLUCIONES ABREVIADAS N° 2470: Exime pago del Inmueble, propiedad del Sr. Anibal, Isaac Gahona. N° 2471: Exime la clave comercial, cuya titularidad corresponde a la Sra. Adriana Verónica Wolfe. N° 2472: Exime al inmueble ubicado en el Barrio Concepción, perteneciente al Club Teléfono. N° 2473: Exime a los inmuebles ubicados en el Barrio Belgrano en la calle Estados Unidos y en la calle Dr. José R Gómez, perteneciente al Club Deportivo Juventus. N° 2474: Exime de impuestos Municipales a Inmuebles pertenecientes a jubilados y Pensionados Anexo I. N° 2475: Exime de impuestos municipales a Inmuebles pertenecientes a la fundación Familia de Nazaret. N° 2476: No hace lugar a lo solicitado por el Sr Marcelo Daniel Molina. N° 2477: No hace lugar al pago de las Contribuciones por servicios a la propiedad perteneciente al Centro de Jubilados y Pensionados. N° 2478: Exime de impuestos municipales a Jubilados y Pensionados. Anexo I. DISPOSICIONES ABREVIADAS: VICEINTENDENCIA: N° 423: Adjudica la contratación Directa a favor de BENITEZ RICARDO JAVIER. N° 425: Adjudica la contratación Directa a favor de CHEMES CESAR GABRIEL.

N° 427: Rectifica el Visto de la Disposición N° 403/15. N° 429: Adjudica la compra Directa a favor de SAPUCAY. N° 430: Rectifica el Visto de la Disposición N° 414/15. SECRETARIA DE DESARROLLO COMUNITARIO N° 37: Traslado a la agente Diana Isabel Quintana a la Sala de Atención Primaria de la Salud Pedro Blugerman. N° 38: Aprueba el pago por el F.P. a favor de LUIS. A. CUADRADO. N° 39: Aprueba el pago por el F.P. a favor de GRUPO LINDE GAS ARGENTINA S.A. N° 40: Adjudica la compra a favor de la firma CORRIENTES REFRIGERACIONES. SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS N° 1345: Aprueba el pago por el F.P. a favor de Diego José Sanz. N° 1346: Aprueba el pago por el F.P. a favor de Villegas Darío Oscar. N° 1347: Aprueba el pago por el F.P. de Diego Sanz. N° 1357: Suspende por razones de servicio la Licencia Anual Ordinaria/12 a la agente PODESTA MARIA ALICIA. N° 1358: Delega la Dirección de Asesoría Legal de la secretaría de economía y Finanzas al Dr. Carlos A. Meana Benítez. N° 1362: Aprueba el concurso de precios N° 441/15, adjudica la compra a favor de ESTACION DE SERVICIO VIRGEN DE ITATI. N° 1364: Autoriza el pago de viáticos a favor de Funcionarios de éste Municipio. N° 1365: Autoriza el pago de viático a favor del elenco estable Municipal. N° 1366: Aprueba el concurso de precios N° 443/15, adjudica la compra a favor de PREVISORA DEL PARANA S.R.L. N° 1370: Aprueba el concurso de precios N° 445/15, a favor de la firma ESTACION DE SERVICIO VIRGEN DE ITATI. N° 1371: Aprueba el pago de viático a favor de Funcionarios de éste Municipio. N° 1372: Autoriza el pago a favor de GIGARED S.A. N° 1373: Aprueba la rendición N° 18 del F.P. de la secretaría de Infraestructura. N° 1374: Aprueba la rendición N° 18 del F.P. de la secretaría de Ambiente.

ORDENANZA N° 6344 Corrientes, 01 de octubre de 2015 VISTO: La Constitución Nacional (art. 75° inc. 22, pactos internacionales sobre Derechos Humanos), Carta Orgánica Municipal art. 29° inc. 7, Y CONSIDERANDO: Que, en el marco del terrorismo de Estado impuesto por la última dictadura cívico militar (1976-1983), durante la madrugada del 16 de septiembre de 1976 miembros de las Fuerzas Armadas y policiales llevaron a cabo una operación que pasó a ser conocida como la “Noche de los lápices”. La misma implicó el secuestro y desaparición de estudiantes secundarios de La Plata. Estos jóvenes formaban parte de la Unión de estudiantes secundarios (UES), tenían una militancia activa comprometida con la transformación de la sociedad, con la justicia y contra la pobreza, y habían luchado en defensa del boleto estudiantil. Durante su secuestro, fueron sometidos a torturas y vejámenes en distintos centros clandestinos de detención. Sólo cuatro de ellos sobrevivieron, los restantes continúan desaparecidos. Que, unos de los objetivos más tenazmente buscado por la dictadura militar que gobernó entre 1976 y 1983, fue neutralizar a buena parte de la juventud y ganar a una porción para su propio proyecto reaccionario. Para los que no encajaban en sus esquemas, se aplicaban distintos métodos “preventivos”, desde el asesinato y la

desaparición, hasta la más refinadas formas de marginamiento social y psicológico, pasando, claro está, por la clásica y tradicional prisión. Que, la sociedad debe tener memoria de sus hechos, de sus héroes, de sus militantes y de los procesos que vivieron. Si estos quedaran en el olvido, seguramente un pedazo de nuestra historia estaría silenciado; y entonces un pedazo de nosotros no estaría. Los jóvenes que fueron secuestrados y desaparecidos eran chicos como los que hoy concurren a nuestras escuelas y que en pocos días celebrarán, con la alborada de la primavera, el esplendor de los años más audaces y fundamentales de la vida de todo ser humano. Que, no debemos dejar de valorar y recordar nuestros derechos y garantías constitucionales, a la par de aquellos deberes y obligaciones que se deben respetar y cumplir, valorando la libertad que permite gozarlos a unos y cumplir con otros. Que, éste día (16 de septiembre) debe servir para reflexionar sobre nuestro futuro y nuestro destino; porque el recuerdo y la memoria no sirven en sí mismos, sino para reafirmar que aquellos estudiantes y sus compañeros sostenían los valores de solidaridad, de amor al prójimo, de justicia social, de cultura para todos. Que, es necesario lograr una juventud que recupere los proyectos y sueños, capaz de defender la democracia, la convivencia, la lucha de ideas y el protagonismo para reconstruir el país en todas sus dimensiones. Que, por ello proponemos una serie de actividades que permitan: por un lado, repensar estos sucesos y a sus protagonistas desde un enfoque que les restituya su carácter activo como agentes de participación y transformación social; por otro lado, reflexionar en torno al proceso de construcción de la memoria colectiva sobre el terrorismo de Estado. Que, es facultad de este Honorable Cuerpo legislar en la materia. POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ART.-1°: ADHERIR a la Ley Nacional N° 27.002 “Día Nacional de la Juventud”, que Instituye el 16 de

Septiembre de cada año, como Día Nacional de la Juventud en Conmemoración de la denominada Noche de los Lápices. ART.-2°: ENCOMENDAR al departamento Ejecutivo Municipal la incorporación de la fecha a que se refiere al artículo 1°, en el calendario de actividades, planes, programas y campañas públicas. ART.-3°: DISPONER que a través del área que corresponda se organicen jornadas de reflexión y conmemoración en las escuelas secundarias alrededor de estos trágicos hechos ocurridos, dicha jornada podrá se instrumentada a través de: concursos literarios, monografías, proyección de películas, discusión alrededor de los derechos humanos y sociales; convocando a los estudiantes Secundarios y a los establecimientos Educativos de nivel Medio. ART.-4°: SE SUGIERE COMO EJES DE LA REFLEXIÓN Y DISCUSIÓN LOS SIGUIENTES TEMAS: -Derechos del estudiante Secundario. -Los jóvenes como protagonistas de la vida democrática. -Derechos Humanos en la Constitución Nacional. -El respeto mutuo; la valoración de la opinión ajena y de la crítica como pilares de un futuro de paz compartido. -Todo otro tema que haga a los derechos humanos y a la convivencia democrática. ART.-5°: FACULTAR al departamento Ejecutivo Municipal a la reglamentación de la presente. ART.-6°: LA presente Ordenanza será refrendada por el Secretario del Honorable Concejo Deliberante. ART.-7°: REMITIR la presente al departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. ART.-8°: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE. DADO EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A UN DIA DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE. Lic. ATALIVA G. LAPROVITTA Presidente Honorable Concejo deliberante Municipalidad de la Ciudad de Corrientes RICARDO JUAN BURELLA Secretario Honorable Concejo deliberante Municipalidad de la Ciudad de Corrientes VISTO: LA ORDENANZA N° 6344 SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL 01-10-2015. Y PROMULGADA: POR RESOLUCIÓN N° 2479 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL EL 19-10-2015. POR LO TANTO: CUMPLASE RESOLUCIÓN N° 2479 Corrientes, 19 de Octubre de 2015

VISTO: El expediente N° 708-C-2015 y agregado N° 738-C-2015, y la Ordenanza N° 6344, sancionada por el Honorable Concejo deliberante en fecha 01 de octubre de 2015; y CONSIDERANDO: Que, por la Ordenanza referenciada en el Visto el Honorable Cuerpo adhiere a la Ley Nacional N° 27.002 “Día Nacional de la Juventud” que instituye el 16 de septiembre de cada año, como Día Nacional de la Juventud en Conmemoración de la denominada Noche de los Lápices. Que, se dispone que se organicen jornadas de reflexión y conmemoración en las escuelas secundarias alrededor de estos trágicos hechos ocurridos, la que podrá ser a través de concursos literarios, monografías, proyección de películas, etc. Que, la secretaria de Coordinación General aconseja la promulgación de la Ordenanza. Que, en virtud de los fundamentos esgrimidos y en uso de las facultades conferidas, el departamento Ejecutivo Municipal, procede a dictar el presente acto administrativo. POR ELLO, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE. Artículo 1: Promulgar la Ordenanza N° 6344 de fecha 01 de octubre de 2015, atento las razones expuestas en los considerandos. Artículo 2: La presente Resolución será refrendada por la Señora Secretaria de Coordinación General. Artículo 3: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese. ROBERTO FABIÁN RÍOS Intendente Municipalidad de la Ciudad De Corrientes IRMA DEL ROSARIO PACAYUT Secretaria de Coordinación General Municipalidad de la Ciudad de Corrientes ORDENANZA N° 6345 Corrientes, 01 de Octubre de 2015 VISTO: La nota de solicitud de imponer con el nombre de Dr. JUAN CARLOS BENÍTEZ SUAREZ a la Sala de Primeros auxilios del Barrio San Ignacio, y; CONSIDERANDO:

Que, como homenaje y reconocimiento a su labor y compromiso con la comunidad como persona y en cumplimiento de su función pública. Que, el Dr. Juan Carlos Benítez Suarez, médico comunitario acompañó a la comunidad vecinal y brindó ayuda en los operativos de salud, en toda la Provincia de Corrientes y Provincias vecinas, por lo que ha obtenido numerosas distinciones. Que, fue Concejal de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes y también declarado ciudadano ilustre por el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes. POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ART.-1°: IMPONER el nombre de “DR. JUAN CARLOS BENÍTEZ SUAREZ” a la Sala de Primeros

Auxilio (SAPS), del Barrio San Ignacio de la Ciudad de Corrientes, por los motivos expuestos en los considerandos. ART.-2°: LA PRESENTE Ordenanza será refrendada por el Secretario del Honorable Concejo Deliberante. ART:-3°: REMITIR la presente al departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. ART.-4°: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE. DADO EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A UN DIA DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE. Lic. ATALIVA G. LAPROVITTA Presidente Honorable Concejo Deliberante Municipalidad de la Ciudad de Corrientes RICARDO JUAN BURELLA Secretario Honorable Concejo Deliberante Municipalidad de la Ciudad de Corrientes VISTO: LA ORDENANZA N° 6345 SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL 01-10-2015. Y PROMULGADA: POR RESOLUCIÓN N° 2485 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL EL 20-10-2015. POR LO TANTO. CUMPLASE. RESOLUCIÓN N° 2485 Corrientes, 20 de Octubre de 2015 VISTO: El Expediente N° 35-H-2015, y la Ordenanza N° 6345, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en fecha 01 de octubre de 2015; y

CONSIDERANDO: Que, por la Ordenanza referenciada en el Visto se dispone imponer el Nombre de “DR. JUAN CARLOS

BENÍTES SUAREZ, a la Sala de primeros Auxilios (SAPS) DEL BARRIO San Ignacio de la Ciudad de Corrientes. Que, se fundamente la misma, en la intención de brindar un homenaje y reconocimiento al Dr. Benítez Suarez, quien acompaño a la comunidad vecinal y brindo ayuda en operativos de salud, en toda la provincia de Corrientes y provincias vecinas. Que, la Secretaria de Coordinación General aconseja la promulgación de la Ordenanza. Que, en virtud de los fundamentos esgrimidos y en uso de las facultades conferidas, el Departamento Ejecutivo Municipal, procede a dictar el presente acto administrativo. POR ELLO, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE: Artículo 1: Promulgar la Ordenanza N° 6345 de fecha 01 de octubre de 2015, atento las razones expuestas en los considerandos. Artículo 2: La presente resolución será refrendada por la Señora Secretaria de Coordinación General de la Municipalidad. Artículo 3: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese. ROBERTO FABIÁN RÍOS Intendente Municipalidad de la Ciudad De Corrientes IRMA DEL ROSARIOPACAYUT Secretaria de Coordinación General Municipalidad de la Ciudad de Corrientes ORDENANZA N° 6347 Corrientes, 01 de Octubre de 2015 VISTO: Los expedientes N°s. 590-M-88; 753-M-93; 651-M-94; 451-H-2014; Y; CONSIDERANDO:

Que, a fojas 2, del expediente 451-M-2014, obra copia de la Ordenanza N° 2893/96, que el Honorable Concejo Deliberante, autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal otorgar el uso del inmueble ubicado en el Barrio Berón de Astrada sobre la Avenida Maipú entre Ex Vía del Ferrocarril y Avenida 3 de Abril. Que, la Señora Carmen Eloísa Manfriniz, requiere para la habilitación provisoria y la explotación del Kiosco, la autorización del municipio para ocupar el inmueble de propiedad municipal. Que, el Kiosco se halla construido en forma permanente, y es de uso habitual por los habitantes del lugar. Que,en ella se encuentran los planos debidamente aprobados por el cuerpo de bomberos. Que, en razón de la antigüedad del permiso de ocupación concedido, se otorgará el uso de suelo por el término de 10 (Diez) años, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, unido a los informes obrantes en el expediente. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ART.-1°: CONCEDER el USO DE SUELO del inmueble ubicado en el Barrio Berón de Astrada sobre la Avenida Maipú entre Ex Vía Ferrocarril y Avenida 3 de Abril (Plazoleta J.M. Llano) a la Señora CARMEN ELOISA MANFRINIZ, DNI N° 12.867.678; por el término de diez (10) años. ART.-2°: EL permiso de ocupación concedido, deberá computarse desde la promulgación de la presente. ART.-3°: QUEDA a salvo el derecho de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de requerir a la Señora Carmen Eloísa Manfriniz, la devolución del inmueble, cuando situaciones de interés público demanden su utilización; previa notificación fehaciente, y con una antelación de treinta (30) días hábiles a la entrega del inmueble libre de ocupantes. ART.-4°: LA presente Ordenanza será refrendada por el señor Secretario del Honorable Concejo Deliberante. ART.-5°: REMITIR la presente al departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. ART.-6°: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE. DADO EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A UN DIA DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE. Lic. ATALIVA G. LAPROVITTA Presidente Honorable Concejo Deliberante Municipalidad de la Ciudad de Corrientes RICARDO JUAN BURELLA Secretario Honorable Concejo Deliberante Municipalidad de la Ciudad de Corrientes VISTO. LA ORDENANZA N°6347 SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL 01-10-2015. Y PROMULGADA: POR RESOLUCIÓN N° 2503 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL EL 21-10-2015 POR LO TANTO: CÚMPLASE

RESOLUCIÓN N° 2503 Corrientes, 21 de Octubre de 2015. VISTO: El Expediente N° 451-H-2014, y la Ordenanza N° 6347, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en fecha 01 de octubre de 2015; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ordenanza referenciada en el Visto se dispone Conceder el Uso de Suelo del inmueble ubicado en el Barrio Berón de Astrada sobre la Avenida Maipú entre Ex Vía Ferrocarril y Avenida 3 de Abril (Plazoleta J.M. de Llano) a la Señora CARMEN ELOISA MANFRINIZ D.N.I. N° 12.867.678, por el término de diez (10) años. Que, por Ordenanza 2893/96 ese Honorable Cuerpo autorizó al departamento Ejecutivo a otorgar el uso del inmueble ubicado en el Barrio Berón de Astrada sobre la Avenida Maipú entre Ex Vía Ferrocarril y Avenida 3 de Abril (Plazoleta J.M. de Llano). Que , la Señora Carmen Eloísa Manfriniz solicitó la autorización del municipio para ocupar el inmueble de propiedad municipal para la explotación de un Kiosco que es de uso habitual de los habitantes del lugar. Que, la Secretaria de Coordinación General aconseja la promulgación de la Ordenanza Que, en virtud de los fundamentos esgrimidos y en uso de las facultades conferidas, el Departamento Ejecutivo Municipal, procede a dictar el presente acto administrativo. POR ELLO, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE: Artículo 1: Promulgar la Ordenanza N° 6347 de fecha 01 de octubre de 2015, ante las razones expuestas en los considerandos. Artículo 2: La presente Resolución será refrendada por la Señora Secretaria de Coordinación General de la Municipalidad. Artículo 3:Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese. ROBERTO FABIÁN RÍOS Intendente Municipalidad de la Ciudad De Corrientes IRMA DEL ROSARIOPACAYUT Secretaria de Coordinación General Municipalidad de la Ciudad de Corrientes

RESOLUCIÓN N° 2469 Corrientes, 16 de Octubre de 2015 VISTO: El Expediente N° 1452-A-2015, por el cual la Empresa aguas de Corrientes, solicita pago de conexión de agua y cloaca, y; CONSIDERANDO: Que el mencionado pago corresponde por la Unidad N° 10116369 (Obrador N° 1) alta nueva, Unidad N° 10110944 8SUM B° Fray J. de la Quintana) alta nueva, Unidad N° 10085109 (Plaza San Gerónimo Pruyas) alta nueva que no se hallaban incluidas en el padrón de pago mensual de la firma Aguas de Corrientes y la Unidad N° 10085819 (SAPS SAPUCAY) solo consumo (no alta), de acuerdo a lo manifestado a fs. 50. Que, a fojas 02 al 44, obra factura de la Empresa Aguas de Corrientes S.A. Que, a fojas 51, la Dirección General de Contabilidad ha realizado la reserva presupuestaria del gasto. Que, a fojas 54, Obra intervención la Dirección de Asesoría Legal de la Secretaría de economía y Finanzas. Que, el departamento Ejecutivo posee las facultades para el dictado de la presente resolución. POR ELLO. EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE: Artículo 1: Reconocer el gasto a favor de la Empresa AGUAS DE CORRIENTES, por servicios de conexión de agua y cloaca, conforme lo manifestado en los considerandos. Artículo 2: Encuadrar la presente erogación dentro de las Disposiciones que establece la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control, Contrataciones y Administraciones de los Bienes del Sector Público N° 5571-Art. 109° Inc. 3 apart. d) y el Art.86° y 87° del decreto N° 3056/04 Carta Orgánica Municipal Art. Inc.-22 y 33. Artículo 3: Autorizar a la Secretaría de Economía y Finanzas a emitir libramiento y orden de pago y a efectuar el pago correspondiente, previa verificación del cumplimiento de los recaudos legales, a favor de la Empresa AGUAS DE CORRIENTES S.A. C.U.I.T. N° 30-64516879-4, por la suma total de $ 16.880,43 (PESOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS), por lo precedentemente expresado. Artículo 4: La presente Resolución será refrendada por los Señores Secretarios de Desarrollo Comunitario, Infraestructuras y Ambiente. Artículo 5: regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese. ROBERTO FABIÁN RÍOS Intendente Municipalidad de la Ciudad De Corrientes IRMA DEL ROSARIO PACAYUT Secretaria de Coordinación General Municipalidad de la Ciudad de Corrientes

FELIX MARÍA PACAYUT Secretario de Ambiente Municipalidad de la Ciudad de Corrientes DANIEL ANÍBAL FLORES Secretario de Infraestructura Municipalidad de la Ciudad de Corrientes Cr. RODRIGO MARTIN MORILLA Secretario de Economía Y Finanzas Municipalidad de la Ciudad de Corrientes DISPOSICIÓN N° 1382 Corrientes, 19 de Octubre de 2015 VISTO: La resolución N° 56, de fecha 18 de diciembre de 2013; CONSIDERANDO: Que, la resolución N° 56/13, se Instituye el Sistema de Fondo Unificado o de caja Única de la Administración, de acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 5571 y sus reglamentaciones. Que, el Art. 76, de la Ley N° 5571. Que, mediante este instrumento se puede mantener una parte de los recursos depositados en el fondo unificado como recurso inmediatamente disponibles y con el resto, desarrollar una política combinada de inversión financiera y cobertura de la deuda pública a corto plazo. Que, por Resolución N° 1178 del 14 de Mayo de 2015, se facultó al señor Secretario de Economía y Finanzas a colocar fondos en la Caja Municipal de Préstamos. Que, se torna imprescindible realizar una transferencia por la suma de $ 1.000.000 (PESOS UN MILLÓN) desde cuenta N° 130614/03 del banco de Corrientes S.A. a la Caja Municipal de Préstamos. Que, el Secretario de Economía y Finanzas posee la facultad para el dictado de la presente norma. POR ELLO, EL SEÑOR SECRETARIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DISPONE: Artículo 1: Autorizar la transferencia por la suma de $ 1.000.000 (PESOS UN MILLÓN), desde la cuenta N° 130614/03 del banco de Corrientes S.A. a la Caja Municipal de Préstamos por lo expresado en los Considerandos. Artículo 2: Encuadrar la presente erogación dentro de las disposiciones que establece la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control, Contrataciones y Administración de los Bienes del Sector Público N° 5571-Art-76-y Resolución N° 56/13.-

Artículo 3: dar intervención a la Dirección General de tesorería. Artículo 4: regístrese, Comuníquese. Cúmplase y Archívese. Cr. RODRIGO MARTÍN MORILLA Secretario de Economía Y Finanzas Municipalidad de la Ciudad de Corrientes JUZGADO DE FALTAS N° 2 Causa N° 6932/G/2015 C/ GUTIERREZ IVAN MARCOS- que se tramita por ante éste Juzgado de Faltas N° 2, a mi cargo, a fin de hacerle saber que la suscripta a través del FALLO N° 875, de fecha 17/09/2015, resolvió: II°) INHABILITAR a GUTIERREZ IVAN MARCOS, D.N.I.N° 38.310.485, domiciliado en B° Independencia Mz. “B” 40 Viv. Casa 28, para conducir todo tipo de vehículo moto-propulsado, por el término de 90 días corridos a partir del 17/09/2015, por haber conducido en estado de ebriedad, según alcoholímetro 1,31 G/L, conforme al Art. 53 de la Ordenanza N° 2081-B.M. 378 y 1° de la Ordenanza 5466 B.M. 1472. Oficiar a la Dirección de Tránsito, Prensa Municipal y Boletín Municipal conforme al Art. 12° de la Ordenanza 2081-B.M. 378.- Dra. ANALIA E. PIAZZA LABAT DE LEIVA Juez de Faltas N° 2 Municipalidad de la Ciudad de Corrientes Causa N° 28247/Y/2015 C/ YUSTE JUAN IGNACIO que se tramita por ante éste Juzgado de Faltas N° 2, a mi cargo, a fin de hacerle saber que la suscripta a través del FALLO N° 834, de fecha 15/09/2015, Resolvió: II°) INHABILITAR a YUSTE JUAN IGNACIO, D.N.I.N° 34.297.696, domiciliado en Guido Spano N° 2481 de esta ciudad, para conducir todo tipo de vehículos moto-propulsado, por el término de 90 días corridos a partir del 15 de Septiembre de 2015, por haber conducido en estado de ebriedad, 1,67 G/L según test de alcoholimetría, conforme al Art. 53 de la Ordenanza N° 2081-B-M 378 y 1° de la Ordenanza 5466 B.M. 1472. Oficiar a la Dirección de Tránsito, Prensa Municipal y Boletín Municipal conforme al Art. 12° de la Ordenanza 2081-B.M. 378.- Dra. ANALIA E. PIAZZA LABAT DE LEIVA Juez de Faltas N° 2 Municipalidad de la Ciudad de Corrientes Causa N° 38676/S/2015 C/ SOTO BETINA PAOLA que se tramita por ante éste Juzgado de Faltas N° 2, a mi cargo, a fin de hacerle saber que la suscripta a través del FALLO N° 920, de fecha 29/09/2015, Resolvió: II°) INHABILITAR a SOTO BETINA PAOLA, D.N.I.N° 31.472.092, domiciliada en B° Laguna Seca 123 Viviendas Sector 47 Mz195 Casa N° 2 de esta ciudad, para conducir todo tipo de vehículo moto-propulsado, por el término de 90 días corridos a partir del 29/09/2015 , por haber conducido en estado de ebriedad, según alcoholímetro 2,17 g/l, conforme al art. 53 de la Ordenanza N° 2081-B.M. 378 y 1° de la Ordenanza 5466 B.M. 1472. Oficiar a la Dirección de Tránsito, Prensa Municipal y Boletín municipal conforme al Art. 12° de la Ordenanza 2081-B.M. 378. Dra. ANALIA E. PIAZZA LABAT DE LEIVA Juez de Faltas N° 2 Municipalidad de la ciudad de Corrientes

Causa N° 33387/G/2015 C/ GALEANO MARIANO QUE SE TRAMITA POR ANTE ÉSTE Juzgado de Faltas N° 2, a mi cargo, a fin de hacerle saber que la suscripta a través del FALLO N° 836, de fecha 15/09/2015, Resolvió : II°) INHABILITAR a GALEANO CONTRERAS MARIANO EXEQUIEL, D.N.I.N° 40.924.228, domiciliado en B° Playa Los Lobos Calle 2 y 5, para conducir todo tipo de vehículo automóvil propulsado, por el término de 90 días corridos a partir del 16 de Septiembre 2015, por haber conducido en estado de ebriedad según alcoholímetro 0,96 G/L, conforme al art. 53 de la Ordenanza 2081-B.M. 378 Oficiar a la Dirección de Tránsito, Prensa Municipal y Boletín Municipal conforme al Art. 12° de la Ordenanza 2081-B.M. 378. Dra. ANALIA E. PIAZZA LABAT DE LEIVA Juez de Faltas N° 2 Municipalidad de la Ciudad de Corrientes Causa N° 37514/P/2015 C/ PARTHIMOS IVAN RODRIGO que se tramita por ante éste Juzgado de Faltas N° 2, a mi cargo, a fin de hacerle saber que la suscripta a través del FALLO N° 964, de fecha 13/10/2015, Resolvió: II°) INHABILITAR a PARTHIMOS IVAN RODRIGO, D.N.I.N° 38.871.130, domiciliado en San Juan N° 2037, para conducir todo tipo de vehículo moto propulsado, por el término de 90 días corridos a partir del 13/10/2015, por haber conducido en estado de ebriedad según alcoholímetro 1,28 g/l, conforme al Art. 53 de la Ordenanza N° 2081- B.M: 378 y 1° de la Ordenanza 5466 B.M. 1472. Oficiar a la Dirección de Tránsito, Prensa Municipal y Boletín Municipal conforme al Art. 12° de la Ordenanza 2081-B.M. 378. Dra. ANALIA E. PIAZZA LABAT DE LEIVA Juez de Faltas N° 2 Municipalidad de la Ciudad de Corrientes JUZGADO DE FALTAS N° 4 EXPTE. N° 34739/B/2015-INFRACTOR: BERNARDI EZEQUIEL MARTIN, que tramita por ante éste Juzgado de Faltas N° 4, a mi cargo a los efectos de que comunicarle que se ha dictado el fallo N° 1233 que en su parte pertinente reza: “N° 1233, Corrientes, 05 de Octubre de 2015: “1°)…2°) DISPONIENDO la participación del condenado BERNARDI EZEQUIEL MARTIN-DNI 34.165.011, en la Escuela de Conducción. Ofíciese a sus efectos. 3°)…4°) INHABILITANDO a BERNARDI EZEQUIEL MARTIN-DNI 34.165.011, domiciliado en B° POMPEYA MEXICO N° 638, por el término de NOVENTA DIAS (90) desde el 05/10/2015 al 03/01/2016, para conducir todo tipo de vehículos moto-propulsados por haber conducido en estado de ebriedad conforme al Art. 53° de la Ordenanza N° 2081-BM 378. Comunicar a las Direcciones de Tránsito y Prensa Municipal para ser publicado en el Boletín Municipal, conforme al Art. 12° de la Ordenanza N° 2081-BM 378 modificado por la Ordenanza N° 5466 en su Art. 1°.5°) NOTIFÍQUESE…6°)

REGÍSTRESE. Dr. GUILLERMO E. GUTNISKY JUEZ Juzgado de Faltas N° 4 Municipalidad de la Ciudad De Corrientes EXPTE. N° 34743/B/2015- INFRACTOR: BONY RAUL EDUARDO que tramita por ante éste Juzgado de Faltas N° 4, a mi cargo a los efectos de que comunicarle que se ha dictado el fallo N° 1244 que en su parte pertinente reza: “N° 1244, Corrientes, 06 de Octubre de 2015: “1°)…2°) DISPONIENDO la participación del

condenado BONY RAUL EDUARDO-DNI 16.928.229, en la Escuela de Conducción. Ofíciese a sus efectos. 3°)…4°) INHABILITANDO a BONY RAUL EDUARDO-DNI 16.928.229, domiciliado en BOLIVAR N° 419, por el término de NOVENTA DIAS (90) desde el 06/10/2015 al 04/01/2016, para conducir todo tipo de

vehículos moto-propulsados por haber conducido en estado de ebriedad conforme al Art. 53° de la Ordenanza N° 2081-BM 378. Comunicar a las Direcciones de Tránsito y Prensa Municipal para ser publicado en el Boletín Municipal, conforme al Art. 12° de la Ordenanza N° 2081-BM 378 modificado por la Ordenanza N° 5466 en su Art. 1°.5°) NOTIFÍQUESE…6°) REGÍSTRESE. Dr. GUILLERMO E GUTNISKY JUEZ Juzgado de Faltas N° 4 Municipalidad de la Ciudad De Corrientes EXPTE. N° 31150/M/2015-INFRACTOR: MANCUELLO CELESTINO, que tramita por ante éste Juzgado de Faltas N° 4, a mi cargo a los efectos de que comunicarle que se ha dictado el fallo N° 1253 que en su parte pertinente reza: “N° 1253, Corrientes, 07 de Octubre de 2015: “1°)…2°)DISPONIENDO la

participación del condenado MANCUELLO CELESTINO PABLO-DNI 31.568.709, en la Escuela de Conducción. Ofíciese a sus efectos. 3°)…4°) INHABILITANDO a MANCUELLO CELESTINO PABLO-DNI 31.568.709, domiciliado en F.PIZARRO N° 3801, por el término de NOVENTA DIAS (90) desde el 07/10/2015 al 05/01/2016, para conducir todo tipo de vehículos moto-propulsados por haber conducido en estado de ebriedad conforme al Art. 53° de la Ordenanza N° 2081-BM 378. Comunicar a las Direcciones de Tránsito y Prensa Municipal para ser publicado en el Boletín Municipal, conforme al Art. 12° de la Ordenanza N° 2081-BM 378 modificado por la Ordenanza N° 5466 en su Art. 1°.5°) NOTIFÍQUESE…6°)

REGÍSTRESE. Dr. GUILLERMO E. GUTNISKY JUEZ Juzgado de Faltas N° 4 Municipalidad de la Ciudad De Corrientes EXPTE. N° 582/B/2011-INFRACTOR: BORGET JOSE CARLOS, que tramita por ante éste Juzgado de Faltas N° 4, a mi cargo a los efectos de que comunicarle que se ha dictado el fallo 1260/15 que en su parte pertinente reza: “N° 1260/15, Corrientes, 07 de Octubre de 2015: 1°)….,2°) DISPONIENDO la participación

del condenado BORGET JOSE CARLOS –DNI N° 16.357.981, en la Escuela de Conducción. Ofíciese a sus efectos. 3°) ….4°) INHABILITANDO a BORGET JOSE CARLOS –DNI 16.357.981, domiciliado en LAVALLE N° 3481, de esta Ciudad, por el término de NOVENTA DIAS (90) desde el 07/10/2015 al 05/01/2016, para conducir todo tipo de vehículos moto –propulsados por haber conducido en estado de ebriedad conforme al Art. 53° de la Ordenanza N° 2081 –BM 378. Comunicar a las Direcciones de Tránsito y Prensa Municipal para ser publicado en el Boletín Municipal , conforme al Art. 12° de la Ordenanza N° 2081-BM 378 modificado por la Ordenanza N° 5466 en su Art. 1°.5°) NOTIFÍQUESE…6°) REGÍSTRESE. Dr. GUILLERMO E. GUTNISKY JUEZ Juzgado de Faltas N° 4 Municipalidad de la Ciudad De Corrientes EXPTE. N° 13618/M/2012 –INFRACTOR: MORALES MAXIMILIANO ARIEL, que tramita por ante éste Juzgado de Faltas N° 4, a mi cargo a los efectos de que comunicarle que se ha dictado el fallo 1276/15 que en su parte pertinente reza: “N° 1276/15, Corrientes, 13 de Octubre de 2015: “1°)…2°) DISPONIENDO

la participación del condenado MORALES MAXIMILIANO ARIEL –DNI 26.994.975, en la escuela de Conducción. Ofíciese a sus efectos. 3°) INHABILITANDO a MORALES MAXIMILIANO ARIEL –DNI 26.994.975, domiciliado en B° L.SECA 244 VIV SEC E C 194, de ésta Ciudad, por el término de NOVENTA

DIAS (90) desde el 13/10/15 al 11/01/2016, para conducir todo tipo de vehículos moto- propulsados por haber conducido en estado de ebriedad conforme al Art. 53° de la Ordenanza N° 2081 –BM 378. Comunicar a las Direcciones de Tránsito y Prensa Municipal para ser publicado en el Boletín Municipal, conforme al Art. 12° de la Ordenanza N° 2081 –BM 378 modificado por la Ordenanza N° 5466 en su Art. 1°.4°) NOTIFÍQUESE…5°) REGÍSTRESE. Dr. GUILLERMO E. GUTNISKY JUEZ Juzgado de Faltas N° 4 Municipalidad de la Ciudad De Corrientes