acta pleno 2012 10-31. extraordinario

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID) BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA EL DÍA 31 DE OCTUBRE DE 2012. En Majadahonda, siendo las diez horas y cuarenta minutos del día treinta y uno de octubre de dos mil doce, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, habiendo asistido los señores que seguidamente se detallan, con el fin de celebrar sesión para la que habían sido previamente convocados. ALCALDE: D. NARCISO DE FOXÁ ALFARO CONCEJALES: Por el Grupo Municipal Popular: D. JOSÉ ANTONIO CARNEVALI RAMÍREZ Dª M. CARMEN MENÉNDEZ RODRÍGUEZ D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ Dª M. VICTORIA CRISTÓBAL ARAUJO D. JAVIER CABALLERO LÓPEZ D. JOSÉ ALBERTO SAN JUAN LLORENTE Dª LAURA NISTAL MARCOS Dª M. CRISTINA DURÁN URIBARRI Dª VERÓNICA MARÍA LIPPERHEIDE GUZMÁN Dª M. JOSÉ MONTÓN ROSAENZ Dª MARÍA FERNÁNDEZ DOBAO D. JUAN CARLOS DÍAZ RODRÍGUEZ Por el Grupo Municipal Socialista: D. BORJA LUIS CABEZÓN ROYO D. ZACARÍAS MARTÍNEZ MAILLO Dª MARÍA DEL SOCORRO MONTES DE OCA VERNAZA D. LUIS GREGORIO VENTURA SÁNCHEZ Por el Grupo Municipal UPYD: Dª CARMEN MADRIGAL TORREJÓN D. JAVIER GIL CACHO Dª M. LOURDES FERNÁNDEZ ALONSO Por el Grupo Municipal Izquierda Unida: D. JUAN SANTANA URIARTE Por el Grupo Municipal Centrista: Dª MERCEDES PEDREIRA DE VIVERO D. IGNACIO JOSÉ DEL RÍO MARRERO CONCEJALES QUE NO HAN ASISTIDO: D. Pablo García González. SECRETARIO GENERAL: D. Eulalio Ávila Cano INTERVENTOR: D. Julio Prinetti Márquez Presidió el acto el Sr. Alcalde D. Narciso de Foxá Alfaro y actuó como Secretario General D. Eulalio Ávila Cano. Declarado abierto el acto por la Presidencia, fueron tratados los siguientes asuntos:

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Resumen pleno extraordinario Octubre 2012.

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Page 1: Acta pleno 2012 10-31. extraordinario

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA EL DÍA 31 DE OCTUBRE DE 2012.

En Majadahonda, siendo las diez horas y cuarenta minutos del día treinta y uno de octubre de dos mil doce, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, habiendo asistido los señores que seguidamente se detallan, con el fin de celebrar sesión para la que habían sido previamente convocados.

ALCALDE: D. NARCISO DE FOXÁ ALFARO

CONCEJALES: Por el Grupo Municipal Popular: D. JOSÉ ANTONIO CARNEVALI RAMÍREZ Dª M. CARMEN MENÉNDEZ RODRÍGUEZ D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ Dª M. VICTORIA CRISTÓBAL ARAUJO D. JAVIER CABALLERO LÓPEZ D. JOSÉ ALBERTO SAN JUAN LLORENTE Dª LAURA NISTAL MARCOS Dª M. CRISTINA DURÁN URIBARRI Dª VERÓNICA MARÍA LIPPERHEIDE GUZMÁN Dª M. JOSÉ MONTÓN ROSAENZ Dª MARÍA FERNÁNDEZ DOBAO D. JUAN CARLOS DÍAZ RODRÍGUEZ Por el Grupo Municipal Socialista: D. BORJA LUIS CABEZÓN ROYO D. ZACARÍAS MARTÍNEZ MAILLO Dª MARÍA DEL SOCORRO MONTES DE OCA VERNAZA D. LUIS GREGORIO VENTURA SÁNCHEZ Por el Grupo Municipal UPYD: Dª CARMEN MADRIGAL TORREJÓN D. JAVIER GIL CACHO Dª M. LOURDES FERNÁNDEZ ALONSO Por el Grupo Municipal Izquierda Unida: D. JUAN SANTANA URIARTE Por el Grupo Municipal Centrista: Dª MERCEDES PEDREIRA DE VIVERO D. IGNACIO JOSÉ DEL RÍO MARRERO CONCEJALES QUE NO HAN ASISTIDO: D. Pablo García González. SECRETARIO GENERAL: D. Eulalio Ávila Cano INTERVENTOR: D. Julio Prinetti Márquez

Presidió el acto el Sr. Alcalde D. Narciso de Foxá Alfaro y actuó como

Secretario General D. Eulalio Ávila Cano. Declarado abierto el acto por la Presidencia, fueron tratados los siguientes

asuntos:

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

1.(146/12) APROBACIÓN INICIAL DEL PRESUPUESTO

GENERAL DE ESTE AYUNTAMIENTO PARA 2013 (3.1.1)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) MEMORIA de la Alcaldía-Presidencia, cuyo texto es el

siguiente: “SITUACIÓN ECONÓMICA ACTUAL Inmersos en la crisis económica mundial que comenzó

en 2008 en los Estados Unidos, y extendida por los países desarrollados de todo el mundo, en octubre de 2010 aparecieron señales claras de una posible guerra de divisas. En verano de 2011 la crisis sacudía las deudas soberanas de varios países.

El Banco Central Europeo (BCE) ha impuesto medidas de

austeridad y contención del gasto público, que han derivado en una situación de escasez de crédito y dificultad de acceso a financiación de empresas, consumidores y productores.

Recientemente, desde el FMI, se considera prioritario

restaurar el crecimiento en Europa y terminar con la plaga del desempleo. El temor de que la crisis europea pueda empeorar el escenario económico del Mundo ha obligado al propio FMI, en sus previsiones de otoño, a corregir a la baja los datos de crecimiento de la economía mundial de 2012 y 2013.

Así, este organismo estima que para 2013, el PIB mundial

crecerá en 2013 un 3,6%, porcentaje marcado por los incrementos previstos en los países emergentes del 5,6%, ya que el incremento en el conjunto de países desarrollados se reduce al 1,5%.

Dentro de la U.E., mientras que Reino Unido (1,1%)

Alemania (0,9%) y Francia (0,4%) incrementaran sus PIB, Italia verá reducido el suyo al -0,7% y España al -1,3%.

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Según el Instituto de la Economía Mundial, la UE-27 crecerá un 0,6% de media el próximo año, mientras que para este organismo, la economía española caerá un 1,1% en 2013.

MEDIDAS ECONÓMICAS EN EL REINO DE ESPAÑA El 27 de abril ha sido aprobada la Ley de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. El preámbulo de la ley considera la estabilidad

presupuestaria como base para impulsar el crecimiento y la creación de empleo en la economía española, para garantizar el bienestar de los ciudadanos, crear oportunidades a los emprendedores y ofrecer una perspectiva de futuro más próspera, justa y solidaria.

La salvaguarda de la estabilidad presupuestaria es

considerada un instrumento indispensable para lograr este objetivo, tanto para garantizar la financiación adecuada del sector público y los servicios públicos de calidad sobre los que descansa el sistema de bienestar, como para ofrecer seguridad a los inversores respecto a la capacidad de la economía española para crecer y atender nuestros compromisos.

La situación actual exige aplicar una política económica

contundente basada en dos ejes complementarios que se refuerzan: La consolidación fiscal, es decir, la eliminación del déficit público estructural y la reducción de la deuda pública, y las reformas estructurales.

Los tres objetivos de la Ley son garantizar la

sostenibilidad financiera de todas las Administraciones Públicas; fortalecer la confianza en la estabilidad de la economía española; y reforzar el compromiso de España con la Unión Europea en materia de estabilidad presupuestaria. El logro de estos tres objetivos contribuirá a consolidar el marco de la política económica orientada al crecimiento económico y la creación del empleo.

En este escenario han sido fijados los siguientes objetivos

para el periodo 2013-2015. El porcentaje de estabilidad presupuestaria será del 0% del PIB en los tres ejercicios; el límite de deuda de las Administraciones Públicas no podrá

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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superar 3,8 por ciento del PIB y la variación interanual del gasto no podrá superar el 1,7% en 2013 y 2014, y el 2,0% en 2015.

EL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA EN 2013 En materia de ingresos, se va a proponer la modificación

de las Ordenanzas Fiscales en dos sentidos. Por un lado la reducción del tipo de gravamen del

Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, del 0,5355 al 0,4850, de modo que compense el incremento de la Base liquidable que establecen las normas del impuesto. El efecto que se quiere evitar es el aumento de la presión fiscal al ciudadano que se deriva de la aplicación de la revisión catastral que sufrió el municipio en 2008, y que pocas unidades familiares vean modificado el recibo del impuesto en 2013.

Por otro lado, en la ordenanza fiscal que regula el

Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, se propone reducir el tipo de gravamen del 28% al 18%.

Con estas medidas como más significativas, el

presupuesto inicial de 2013, respecto al inicial de 2012, disminuirá un 5,11%.

En materia de gastos, el capítulo de personal, Capítulo I,

se reduce un 3,4% con respecto de 2012, ajustando los créditos a la previsión real.

El capítulo II, de gasto corriente en bienes y servicios,

aumenta un 5,3%, inferior al que debería deducirse del incremento del IBA y del incremento del IPC interanual estimado.

Entre las novedades del gasto corriente respecto del

ejercicio anterior se encuentra la consignación del mantenimiento del nuevo edificio para la policía local, que entrará en funcionamiento este próximo año, la renegociación a la baja de contratos de cuantías representativas y mínimas reducciones en la mayor parte del resto de los programas.

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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El capítulo III de gastos ve reducida su estimación sensiblemente empujado por las reducciones de los tipos de interés previstas.

El capítulo IV, de Transferencias corrientes, no sufre

variación. Con relación a las inversiones, se estimen en 551 mil

euros, y son financiadas casi en su totalidad por recursos de carácter corriente.

Por último, la amortización de préstamos aumenta un

74% en previsión de una posible amortización anticipada de préstamos, si las condiciones del mercado financiero lo aconseja.

Todo lo expuesto conforma un Presupuesto para 2013 en

el que sigue primando un control estricto del gasto, y la voluntad de que nuestros ciudadanos se vean afectados en la menor medida posible, por la contraria situación económica mundial. De la ejecución de este Presupuesto se espera que permita continuar la senda de rigor presupuestario por la que apuesta este equipo de gobierno, gracias a la cual se ha podido cambiar el signo negativo que presentaban las cuentas municipales desde el año 2005.”

B) Documento denominado “Presupuesto General 2013”

integrado por los documentos: - Resumen de Ingresos por categorías económicas - Resumen de Gastos por categorías económicas - Resumen por Área de Gastos - Partidas eliminadas - Presupuesto Municipal de Ingresos 2013: Resumen por

categorías económicas; capítulo y subconceptos; tipo de operación, capítulos, artículos y subconceptos.

- Presupuesto Municipal de Gastos 2013: Resumen por categorías económicas; Resumen por categorías económicas, áreas de gastos, políticas de gastos, programas y aplicaciones presupuestarias.

- Anexo de Inversiones - Créditos Ayuntamiento - Créditos PAMMASA

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- Objetivos, Actividades e Indicadores - Anexo de Personal C) Documento denominado “Liquidación del Presupuesto

2012”. D) Documento denominado “Avance de la Liquidación del

Presupuesto 2012”. E) Documento denominado “Presupuesto Patrimonio

Municipal de Majadahonda (PAMMASA) 2013. F) Documento denominado “Presupuesto Patronato Monte del

Pilar 2013” G) Documento denominado “Bases de Ejecución del

Presupuesto General 2012” H) Informe económico-financiero realizado por el Economista

Municipal de 9-10-2012. I) Informe del Interventor, de 22 de octubre de 2012, cuyo texto

es el siguiente:

“1. Normativa aplicable.

A) Normativa específica de Régimen Local.

• LRBRL: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

• TRBRL: Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

• TRLHL: Texto Refundido de Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo.

• RDR: Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el Régimen de las retribuciones de los funcionarios de Administración Local.

• RDP: Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que

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se desarrolla el Capítulo Primero del Título Sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.

• RLGEP: RD 1463/20007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el desarrollo de la LGEP, en su aplicación a las entidades locales.

• ICAL(n): Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local, aprobada por Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre.

• EPEELL: Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales

B) Normativa municipal

• RPAM: Reglamento de Procedimientos Administrativos Municipales, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en su sesión de 28 enero 1998 y modificado el 26 de mayo de 1999 y el 27 de junio de 2001 (ficha H-1).

C) Normativa Estatal

• LPGE-2012: Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.

• LGP: Ley 47/2003, de 26 de noviembre General Presupuestaria.

• LOEPSF: Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

• EBEP: Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público

• TRLS: RDL 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo.

D) Normativa Autonómica

• LSCM: Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid.

D) Otras disposiciones y documentos de referencia o de aplicación

• SEC-95: Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y

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Regionales, constituido como norma jurídica obligatoria en todos sus elementos y directamente aplicable a todos los estados miembros de la Unión Europea por el Reglamento (CE) 2223/96, de 25 de julio de 1996.

• MANUAL SEC-95: Manual de cálculo del déficit en Contabilidad Nacional adaptado a las Corporaciones Locales (1ª edición), confeccionado por la Intervención General del Estado en el marco de las actuaciones previstas en el “Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para asuntos económicos sobre mejora en la transparencia en el ámbito de la información económica y estadística proporcionada por el Gobierno”.

• PLPGE-2013: Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013

2.- Presupuesto General: contenido y anexos.

El Presupuesto General de la Entidad constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Entidad y sus Organismos Autónomos, y de los derechos que prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio, así como de las previsiones de ingresos y gastos de las Sociedades Mercantiles cuyo capital social pertenezca íntegramente a la Entidad Local. El Ayuntamiento ha de aprobar anualmente un Presupuesto único que "coincida con el año natural y que esté integrado por el de la Entidad y los de todos los Organismos y Empresas Locales con personalidad jurídica propia dependientes de aquella" (artículo 112.1 de la LRBRL). El Presupuesto General atenderá al cumplimiento del principio de estabilidad en los términos previstos en la LGEP (actualmente LOEPSF) y contendrá para cada uno de los Presupuestos que en él se integren: • Los estados de gastos, en los que se incluirán con la

debida especificación, los créditos necesarios para atender al cumplimiento de las obligaciones.

• Los estados de ingresos, en los que figurarán las estimaciones de los distintos recursos económicos a liquidar durante el ejercicio.

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• Las bases de ejecución, comunes para todas las entidades sujetas a la normativa presupuestaria y cuyos presupuestos se integren en el general.

De conformidad con el artículo 166 del TRLHL, al “Presupuesto General se unirán como anexos, los planes y programas de inversión y financiación que, para un plazo de cuatro años, podrán formular los Municipios". El contenido del Anexo de inversiones es el siguiente: “Por cada proyecto deberá especificarse, como mínimo. a) Código de identificación. b) Denominación de cada proyecto. c) Año de inicio y año de finalización previstos. d) Importe total previsto. e) Anualidad prevista para cada uno de los cuatro ejercicios. f) Tipo de financiación, determinando si se financia con recursos

generales o con ingresos afectados. g) Previsible vinculación de los créditos asignados. h) Órgano encargado de su gestión”. También se unirán como anexos al Presupuesto General los siguientes documentos: • Los programas anuales de actuación, inversiones y

financiación de las sociedades mercantiles de cuyo capital sea titular único o participe mayoritario la entidad local.

• El estado de consolidación del presupuesto de la propia entidad con el de todos los presupuestos y estados de previsión de sus organismos autónomos y sociedades mercantiles.

• El estado de previsión de movimientos y situación de la deuda comprensiva del detalle de operaciones de crédito o de endeudamiento pendientes de reembolso al principio del ejercicio, de las nuevas operaciones previstas a realizar a lo largo del ejercicio y del volumen de endeudamiento al cierre del ejercicio económico, con distinción de operaciones a corto plazo, a largo plazo, de recurrencia al mercado de capitales y realizadas en divisas o similares, así como las amortizaciones que se prevén realizar durante el mismo ejercicio.

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3.- Documentación.

El Presupuesto de cada uno de los Organismos Autónomos, integrante del General, propuesto inicialmente por el órgano competente de los mismos, será remitido para su aprobación a la Entidad Local de la que dependan. El Proyecto de Presupuesto General lo formará el Presidente de la Entidad, sobre la base de los Presupuestos y Estados de previsión a que se refiere el apartado anterior. Al mismo tiempo habrá de unirse la documentación señalada en el artículo 168 del TRLHL: • Memoria explicativa de su contenido y de las

principales modificaciones que presente en relación con el vigente.

• Liquidación del Presupuesto del ejercicio anterior y avance de la del corriente, referida al menos a seis meses del mismo.

• Anexo de Personal de la Entidad Local. • Anexo de las Inversiones a realizar en el ejercicio. • Informe económico-financiero, en el que se

expongan las bases utilizadas para la evaluación de los ingresos y de las operaciones de crédito previstas, la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles y los gastos de funcionamiento de los servicios y, en consecuencia, la efectiva nivelación del Presupuesto.

4.- Tramitación.

La tramitación del expediente se ajustará a las siguientes fases: a) Elevación al Pleno. El Proyecto de Presupuesto General,

informado por el Interventor y con los anexos y documentación complementaria, será remitido por el Presidente al Pleno de la Corporación antes del día 15 de octubre para su aprobación, enmienda o devolución

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(artículo 168 TRLHL y artículo 18.4 RDP).

b) Aprobación inicial. El órgano competente para la aprobación inicial es el Pleno de la Corporación (artículo 22.2.e, LRBRL), por mayoría simple de los miembros presentes (artículo 47.1 LRBRL). El acuerdo de aprobación, que será único, habrá de detallar los Presupuestos que integran el Presupuesto General, no pudiendo aprobarse ninguno de ellos separadamente.

c) Información Pública. Será por espacio de quince días

hábiles, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid, durante el cual los interesados podrán examinarlos y expresar reclamaciones ante el Pleno (artículo 169 TRLHL, artículo 20.1 RDP).

d) Resolución de todas las reclamaciones presentadas. El

Pleno dispondrá para resolverlas de un plazo de un mes (artículo 169 TRLHL y artículo 20.1 RDP).

e) Aprobación definitiva. El Presupuesto General se

considerará definitivamente aprobado si al término del periodo de exposición no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, se requerirá acuerdo expreso por el que se resuelvan las formuladas y se apruebe definitivamente (artículo 169 TRLHL y artículo 20.1 RDP).

La aprobación definitiva del Presupuesto General por el

Pleno de la Corporación habrá de realizarse antes del 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que debe aplicarse.

Si al iniciarse el ejercicio económico no hubiese entrado

en vigor el Presupuesto correspondiente, se considerará automáticamente prorrogado el del anterior, con sus créditos iniciales, sin perjuicio de las modificaciones que se realicen conforme a lo dispuesto en los artículos 177 a 179 del TRLHL y hasta la entrada en vigor del nuevo Presupuesto (artículo 169 TRLHL y artículo 21.1 RDP).

f) Publicación. El Presupuesto General definitivamente

aprobado será insertado en el Boletín Oficial de la

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Corporación, si lo tuviere y, resumido por Capítulos de cada uno de los Presupuestos que lo integren, en el de la Comunidad Autónoma de Madrid (169 TRLHL y artículo 20.3 RDP).

g) Remisión del Expediente y entrada en vigor. Del

Presupuesto General definitivamente aprobado se remitirá copia a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma. La remisión se realizará simultáneamente al envío al Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid (169 TRLHL y artículo 20.4 RDP).

El Presupuesto General entrará en vigor en el ejercicio

correspondiente, una vez publicado en la forma prevista en el artículo 169 TRLHL y en el artículo 20.3 del RDP.

5.- Análisis del proyecto de Presupuesto general.

5.1.- Plazo de presentación

La tramitación del presente Presupuesto se ha ajustado a los plazos establecidos en la norma, por lo que su aprobación definitiva, así como su entrada en vigor, previsiblemente tendrán lugar antes del comienzo del nuevo ejercicio. 5.2.- Contenido del proyecto

El Proyecto de Presupuesto General que se presenta en esta Intervención para su informe comprende los siguientes estados: a) El Presupuesto del Ayuntamiento. b) El Presupuesto del Organismo Autónomo “Patronato

Monte del Pilar”. c) El estado de previsión de gastos e ingresos de la Sociedad

Anónima de capital íntegramente municipal “PATRIMONIO MUNICIPAL DE MAJADAHONDA, S.A.” (PAMMASA).

El Estado de consolidación del Presupuesto del Ayuntamiento y

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de las entidades dependientes es el siguiente:

I.- Estado de Ingresos

Cap. Denominación Entidad Local Monte del Pilar PAMMASA Total Eliminaciones Consolidación

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

I IMPUESTOS DIRECTOS 39.690.293,00 0 0 39.690.293,00 160.000,00 39.530.293,00

II IMPUESTOS INDIRECTOS 840.000,00 0 0 840.000,00 0 840.000,00

III TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS

6.005.247,00 0 1.091.909,00 7.097.156,00 696.234,00 6.400.922,00

IV TRANSFERENCIAS CORRIENTES 17.267.387,00 919.448,00 156.480,00 18.343.315,00 919.448,00 17.423.867,00

V INGRESOS PATRIMONIALES 2.694.275,00 0 1.275.395,00 3.969.670,00 0 3.969.670,00

A1 OPERACIONES CORRIENTES 66.497.202,00 919.448,00 2.523.784,00 69.940.434,00 1.775.682,00 68.164.752,00

VI ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES

133.000,00 0,00 2.889.805,00 3.022.805,00 0,00 3.022.805,00

VII TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 60,00 0,00 0,00 60,00 0,00 60,00

A2 OPERACIONES DE CAPITAL 133.060,00 0,00 2.889.805,00 3.022.865,00 0,00 3.022.865,00

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS 66.630.262,00 919.448,00 5.413.589,00 72.963.299,00 1.775.682,00 71.187.617,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS 0,00

VIII ACTIVOS FINANCIEROS 30,00 0 0 30,00 0,00 30,00

IX PASIVOS FINANCIEROS 0,00 0 0 0,00 0 0,00

B1 OPERACIONES FINANCIERAS 30,00 0,00 0,00 30,00 0,00 30,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS 30,00 0,00 0,00 30,00 0,00 30,00

TOTAL PRESUPUESTO: 66.630.292,00 919.448,00 5.413.589,00 72.963.329,00 1.775.682,00 71.187.647,00

II.- Estado de Gastos

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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Cap. Denominación Entidad Local Monte del Pilar PAMMASA Total Eliminaciones Consolidación

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

I GASTOS DE PERSONAL 29.599.495,00 197.576,00 422.530,00 30.219.601,00 0 30.219.601,00

II GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS

29.747.976,00 721.872,00 1.281.880,00 31.751.728,00 856.234,00 30.895.494,00

III GASTOS FINANCIEROS 507.425,00 0,00 249.135,00 756.560,00 0 756.560,00

IV TRANSFERENCIAS CORRIENTES 2.163.165,00 0,00 0 2.163.165,00 919.448,00 1.243.717,00

A1 OPERACIONES CORRIENTES 62.018.061,00 919.448,00 1.953.545,00 64.891.054,00 1.775.682,00 63.115.372,00

VI INVERSIONES REALES 551.000,00 0 2.352.115,00 2.903.115,00 0 2.903.115,00

VII TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00 0 0 0,00 0 0,00

A2 OPERACIONES DE CAPITAL 551.000,00 0,00 2.352.115,00 2.903.115,00 0,00 2.903.115,00

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS 62.569.061,00 919.448,00 4.305.660,00 67.794.169,00 1.775.682,00 66.018.487,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS 0,00

VIII ACTIVOS FINANCIEROS 30,00 0 0 30,00 0 30,00

IX PASIVOS FINANCIEROS 3.719.000,00 0 0 3.719.000,00 0 3.719.000,00

B1 OPERACIONES FINANCIERAS 3.719.030,00 0,00 0,00 3.719.030,00 0,00 3.719.030,00 B) OPERACIONES FINANCIERAS 3.719.030,00 0,00 0,00 3.719.030,00 0,00 3.719.030,00

TOTAL PRESUPUESTO : 66.288.091,00 919.448,00 4.305.660,00 71.513.199,00 1.775.682,00 69.737.517,00

Las Bases de Ejecución del Presupuesto General son

comunes para todas las entidades sujetas a la normativa presupuestaria y cuyos presupuestos están integrados en el general, es decir el Ayuntamiento y el Patronato Monte del Pilar, con las especificidades que puedan derivar de sus normas fundacionales y de funcionamiento.

Cada Presupuesto de las entidades que se integran en la consolidación incluye los anexos y la documentación que, en términos generales, exige la normativa, no presentando ninguno déficit inicial.

La evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria con motivo de la aprobación inicial del Presupuesto General de este Ayuntamiento se estudiará en otro informe de Intervención con carácter independiente del presente, tal y como dispone el artículo 16 del RLGEP.

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6- Presupuesto del Organismo Autónomo Patronato Monte del Pilar.

El Presupuesto del Patronato Monte del Pilar ha sido propuesto por el órgano competente para ello, que es el Consejo Rector. A continuación se exponen los aspectos más significativos:

6.1.- Estructura presupuestaria.

La estructura presupuestaria adoptada por el Proyecto de Presupuesto se ajusta a la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales, dictada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 167 del TRLHL. 6.2.- Nivelación y equilibrio.

El importe total del Proyecto de Presupuesto del Patronato para el año 2013 asciende a 919.448,00€ tanto en el estado de Ingresos como en el estado de gastos, de acuerdo con los resúmenes por capítulos que se exponen a continuación:

I.- Ingresos:

INGRESOS POR CAPITULOS

Cap. Denominación 2013 2012 %

I IMPUESTOS DIRECTOS 0 0 0,00%

II IMPUESTOS INDIRECTOS 0 0 0,00%

III TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y 0 0 0,00%

IV TRANSFERENCIAS CORRIENTES 919.448,00 948.567,00 -3,07%

V INGRESOS PATRIMONIALES 0 0 0,00%

A1 OPERACIONES CORRIENTES 919.448,00 948.567,00 -3,07%

VI ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES 0 0 0,00%

VII TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0 0 0,00%

A2 OPERACIONES DE CAPITAL 0 0 0,00%

TOTAL OPERACIONES NO FINANCIERAS 919.448,00 948.567,00 -3,07%

VIII ACTIVOS FINANCIEROS 0 0 0,00%

IX PASIVOS FINANCIEROS 0 0 0,00%

TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS 0 0 0,00%

TOTAL PRESUPUESTO 919.448,00 948.567,00 -3,07%

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Los ingresos del Presupuesto del Patronato Monte del Pilar para 2013 son todos corrientes, de naturaleza no financiera y provienen en su totalidad de las aportaciones del Presupuesto del Ayuntamiento. Disminuyen un 3,07% respectos a los previstos en el Presupuesto anterior y se entienden suficientes para la financiación de los gastos.

No se han previsto para el ejercicio 2013 ingresos de

capital ni financieros. Los recursos generales, que ascienden también a

919.448,00€, entendiendo por tales aquellos que no están vinculados a la financiación específica de ningún gasto, son suficientes para la cobertura de los gastos sin financiación afectada.

II.- Gastos

GASTOS POR CAPITULOS

Cap Denominación 2013 2012 %

I GASTOS DE PERSONAL 197.576 197.576 0,00%

II GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 721.872 750.991 -3,88%

III GASTOS FINANCIEROS 0 0 0,00%

IV TRANSFERENCIAS CORRIENTES 0,00 0,00 0,00%

0,00%

A1 OPERACIONES CORRIENTES 919.448,00 948.567,00 -3,07%

VI INVERSIONES REALES 0 0 0,00%

VII TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0 0 0,00%

A2 OPERACIONES DE CAPITAL 0 0 0,00%

TOTAL OPERACIONES NO FINANCIERAS 919.448,00 948.567,00 -3,07%

VIII ACTIVOS FINANCIEROS 0 0 0,00%

IX PASIVOS FINANCIEROS 0 0 0,00%

TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS 0 0 0,00%

TOTAL PRESUPUESTO 919.448,00 948.567,00 -3,07%

Los créditos para gastos del presente Presupuesto, que ascienden también a 919.448,00€, son también de naturaleza corriente y por operaciones no financieras, no contando ninguno de ellos con financiación específica con cargo conceptos del estado de ingresos ni de aportaciones externas a esta entidad. Disminuyen en el mismo porcentaje de los ingresos

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(MADRID)

y, de la documentación de dicho Presupuesto, se deduce que garantizan suficientemente el mantenimiento de los servicios del organismo autónomo y de los gastos obligatorios.

El Presupuesto del “Patronato Monte del Pilar” para

2013 se encuentra nivelado, tanto respecto al total de los capítulos de ingresos y gastos, por lo que cumple con la nivelación exigida en el artículo 168.1 del TRLHL y 16.1 del RDP, como considerando únicamente las operaciones de naturaleza corriente.

La LOEPSF exige, asimismo, el cumplimiento de un

objetivo de estabilidad presupuestaria, que se mide en términos de “capacidad de financiación” conforme a las normas del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales. Aunque los conceptos económicos del Sistema de cuentas utilizados por la Contabilidad Nacional difieren de la estructura presupuestaria de las Entidades Locales, tanto en la sistemática de registro como en los criterios de devengo, esta Intervención considera que el Presupuesto del Patronato examinado cumple el objetivo de estabilidad presupuestaria, toda vez que los ingresos no financieros (Capítulos I a VII) son iguales a los gastos de igual naturaleza económica. Con independencia de lo anterior y como ya se ha dicho, la evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria con motivo de la aprobación inicial del Presupuesto General de este Ayuntamiento se estudiará a partir del los estado de consolidación que se confeccione a partir de todos los Presupuestos que integran el General, en otro informe de Intervención con carácter independiente del presente, tal y como dispone el artículo 16 del RLGEP.

Por tanto, el proyecto de Presupuesto del Patronato

Monte del Pilar para 2013 contiene, en términos generales, toda la documentación exigida por la Ley y cumple con las nivelaciones exigidas en la normativa. 7.- Estados de previsión de ingresos y gastos de la

sociedad mercantil de capital íntegramente

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municipal “Patrimonio Municipal de Majadahonda, S.A.” (PAMMASA)

Los Estados de previsión de ingresos y gastos de

PAMMASA serán objeto de aprobación previa al Pleno de la Corporación por la Junta General de la Sociedad. La previsión de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias de la sociedad, adaptada a la clasificación de ingresos y gastos del Presupuesto General del Ayuntamiento presenta el siguiente desglose:

I.- Ingresos

INGRESOS POR CAPITULOS

Cap. Denominación 2013 2012 %

I IMPUESTOS DIRECTOS 0 0 0,00%

II IMPUESTOS INDIRECTOS 0 0 0,00%

III TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS 1.091.909,00 969.480,00 12,63%

IV TRANSFERENCIAS CORRIENTES 156.480,00 171.570,00 -8,80%

V INGRESOS PATRIMONIALES 1.275.395,00 1.253.960,00 1,71%

TOTAL OPERACIONES CORRIENTES 2.523.784,00 2.395.010,00 5,38%

VI ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES 2.889.805,00 3.039.805,00 -4,93%

VII TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0 0 0,00%

TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL 2.889.805,00 3.039.805,00 -4,93%

TOTAL OPERACIONES NO FINANCIERAS 5.413.589,00 5.434.815,00 -0,39%

VIII ACTIVOS FINANCIEROS 0 0 0,00%

IX PASIVOS FINANCIEROS 0 0 0,00%

TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS 0 0 0,00%

TOTAL PRESUPUESTO 5.413.589,00 5.434.815,00 -0,39%

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(MADRID)

II.- Gastos

GASTOS POR CAPITULOS

Denominación 2013 2012 %

GASTOS DE PERSONAL 422.530,00 419.790,00 0,65%

GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 1.281.880,00 1.293.725,00 -0,92%

GASTOS FINANCIEROS 249.135,00 282.805,00 0,00%

TRANSFERENCIAS CORRIENTES 0 0 0,00%

0,00%

TOTAL OPERACIONES CORRIENTES 1.953.545,00 1.996.320,00 -2,14%

INVERSIONES REALES 2.352.115,00 2.502.115,00 0,00%

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0 0 0,00%

TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL 2.352.115,00 2.502.115,00 0,00%

TOTAL OPERACIONES NO FINANCIERAS 4.305.660,00 4.498.435,00 -4,29%

ACTIVOS FINANCIEROS 0 0 0,00%

PASIVOS FINANCIEROS 0 0 0,00%

TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS 0 0 0,00%

TOTAL PRESUPUESTO 4.305.660,00 4.498.435,00 -4,29%

III.- Nivelación

INGRESOS GASTOS % SUPERÁVIT CORRIENTE 570.239,00 398.690,00 43,03% SUPERÁVIT NO FINANCIERO 1.107.929,00 936.380,00 18,32%

SUPERÁVIT TOTAL 1.107.929,00 936.380,00 18,32%

8. Presupuesto del Ayuntamiento.

8.1.- Estructura presupuestaria

Los créditos consignados en el Estado de Gastos se clasifican con los siguientes criterios:

• Por unidades orgánicas • Por programas • Por categorías económicas

La aplicación presupuestaria, cuya expresión cifrada

constituye el crédito presupuestario, viene definida por la

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(MADRID)

conjunción de las clasificaciones orgánica, por programas y económica. El registro contable de los créditos presupuestarios, de sus modificaciones, así como de las operaciones de ejecución del gasto se realizará sobre la base de la aplicación presupuestaria antes definida.

Las previsiones incluidas en el Estado de Ingresos del

Presupuesto se clasifican por capítulos, artículos, conceptos y sub-conceptos.

Así pues, la estructura presupuestaria adoptada por el

Proyecto de Presupuesto se ajusta en términos generales a la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales, dictada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 167 del TRLHL.

8.2.- Nivelación Presupuestaria

La nivelación presupuestaria debe analizarse desde

distintos ámbitos exigidos por la normativa vigente y los necesarios para la realización del análisis económico. En consecuencia, se realizan las siguientes comparaciones:

• Previsiones de ingresos y créditos de gastos por

operaciones corrientes • Previsiones de ingresos y créditos de gastos por

operaciones no financieras • Previsiones totales del estado de ingresos y créditos

totales del estado de gastos

De las anteriores comparaciones se deducen los siguientes resultados:

2013 2012 % SUPERÁVIT CORRIENTE 4.479.141,00 2.136.986,00 109,60% SUPERÁVIT NO FINANCIERO 4.061.201,00 2.137.046,00 90,04%

SUPERÁVIT TOTAL 342.201,00 46,00 743815,22%

8.2.1.- Previsiones de ingresos y créditos de gastos por operaciones corrientes:

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Los anexos III y IV de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales, que desarrolla los códigos de las clasificaciones económicas de gastos e ingresos del presupuesto, distinguen, dentro de las operaciones no financieras, las operaciones corrientes (Capítulos I a IV del Estado de Gastos y Capítulos I a V del de Ingresos) de las operaciones de capital (restantes capítulos de los respectivos estados).

Siguiendo esta clasificación, el proyecto de Presupuesto

para el año 2013 del Ayuntamiento presenta el siguiente desglose:

Previsiones de ingreso por operaciones corrientes 66.497.202,00

Créditos de gasto por operaciones corrientes 62.018.061,00

Superávit corriente 4.479.141,00 8.2.3.- Previsiones de ingresos y créditos de gastos por

operaciones no financieras:

La Orden ministerial citada en el apartado anterior distingue, dentro de las clasificaciones económicas de gastos e ingresos, las operaciones no financieras (Capítulos I a VII de los Estados de Ingresos y Gastos) de las financieras (restantes capítulos de los respectivos estados).

Este criterio se utiliza para el cálculo de la

capacidad de financiación, según el MANUAL SEC-95, a efectos del cumplimiento por la entidad del objetivo de estabilidad presupuestaria previsto en el artículo 15 del RLGEP.

Como se ha dicho, la evaluación del cumplimiento

del objetivo de estabilidad presupuestaria con motivo de la aprobación inicial del Presupuesto General de este Ayuntamiento se estudiará en otro informe de Intervención con carácter independiente del presente, tal y como dispone el artículo 16 del RLGEP.

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Siguiendo esta clasificación, el proyecto de

Presupuesto para el año 2013 del Ayuntamiento, sin considerar los ajustes exigidos por la normativa, presenta el siguiente desglose:

INGRESOS NO FINANCIEROS 66.630.262,00

GASTOS NO FINANCIEROS 62.569.061,00

CAPACIDAD DE FINANCIACIÓN 4.061.201,00

8.2.1.- Previsiones totales del estado de ingresos y

créditos totales del estado de gastos:

El Proyecto de Presupuesto se presenta con superávit inicial, es decir, que el importe total de las previsiones de ingresos supera el total de créditos consignados para gastos, por un total de 342.201,00€; esto supone el cumplimiento de lo exigido en el artículo 165.4 del TRLHL.

Estado de ingresos 66.630.292,00

Estado de gastos 66.288.091,00

Superávit total 342.201,00

8.3. Estado de ingresos

Las bases utilizadas para el cálculo de las previsiones de ingresos se especifican en el informe económico financiero que, de acuerdo con el artículo 168.1.e) del TRLHL, forma parte de la documentación que acompaña al proyecto de Presupuesto.

Los ingresos totales del Presupuesto para 2013

disminuyen en un 5,11% respecto a los del ejercicio 2012. Presentan el siguiente desglose por capítulos, cuyas previsiones se comparan con del ejercicio anterior:

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INGRESOS POR CAPITULOS

Cap. Denominación 2013 2012 %

I IMPUESTOS DIRECTOS 39.690.293,00 39.144.318,00 1,39%

II IMPUESTOS INDIRECTOS 840.000,00 1.164.000,00 -27,84%

III TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS 6.005.247,00 6.714.747,00 -10,57%

IV TRANSFERENCIAS CORRIENTES 17.267.387,00 17.126.057,00 0,83%

V INGRESOS PATRIMONIALES 2.694.275,00 2.683.088,00 0,42%

A1 OPERACIONES CORRIENTES 66.497.202,00 66.832.210,00 -0,50%

VI ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES 133.000,00 130.000,00 2,31%

VII TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 60,00 60,00 0,00%

A2 OPERACIONES DE CAPITAL 133.060,00 130.060,00 2,31%

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS 66.630.262,00 66.962.270,00 -0,50%

VIII ACTIVOS FINANCIEROS 30,00 30,00 0,00%

IX PASIVOS FINANCIEROS 0,00 3.258.452,00 -100,00%

B1 OPERACIONES FINANCIERAS 30,00 3.258.482,00 -100,00%

B) OPERACIONES FINANCIERAS 30,00 3.258.482,00 -100,00%

TOTAL PRESUPUESTO 66.630.292,00 70.220.752,00 -5,11%

8.3.1.- Ingresos corrientes

Capítulo I: Impuestos directos

Las previsiones de este capítulo han sido calculadas

atendiendo a la evolución de los derechos reconocidos y la cobertura presupuestaria de los mismos en periodos anteriores, a las Ordenanzas Fiscales que están vigentes, así como a las modificaciones que se proyectan introducir en las mismas con vigencia para el ejercicio 2013.

En el caso concreto del concepto 113.00 “Impuesto sobre

bienes inmuebles de naturaleza urbana”, que es cuantitativamente el más significativo del capítulo, la previsión asciende a 29,8 millones de euros. Considerando el volumen de contribuyentes del padrón actual y la evolución de las bases liquidables del impuesto por aplicación de lo previsto en los artículos 67, 68 y 69 del TRLHL, esta previsión es el resultado de aplicar a las citadas bases un tipo del 0,4850%, en vez del 0,5355% actualmente vigente. La referencia a este nuevo porcentaje se encuentra en el expediente de modificación de Ordenanzas Fiscales de Impuestos para 2013, cuya aprobación

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(MADRID)

se somete al Pleno Corporativo en la misma sesión que el presente proyecto de Presupuesto.

En la nota de 5/10/2012 del Tesorero municipal, que

figura en el citado expediente de modificación de Ordenanzas fiscales, se estima que la disminución del tipo impositivo del IBI para 2013 prácticamente no producirá merma de recaudación en relación con el ejercicio anterior, dada la evolución anual de las bases imponibles prevista en la normativa tras la entrada en vigor de la última revisión catastral. Por tanto, cualquier hipotética variación en los importes que se recaudarán por este impuesto en el próximo ejercicio será consecuencia de la variación del número de liquidaciones de la matrícula anual, que en los años anteriores siempre ha sido positiva, y no del cambio normativo comentado.

Hay que recordar que en anteriores ejercicios ya se

aprobaron sucesivas disminuciones del tipo impositivo de este impuesto:

• En 2010 se redujo el tipo impositivo del 0,64%, entonces

vigente, al 0,60%, con efectos para el 2011. • En 2012 se redujo el tipo al 0,5355% para el 2012

Estas sucesivas disminuciones del tipo impositivo limitan

obviamente las posibilidades de liquidación de ingresos a través de este impuesto, el más importante en términos de capacidad recaudatoria y estabilidad a lo largo de los años.

La consecuencia de esta tendencia es la pérdida de peso

en el conjunto de la financiación del gasto corriente de los ingresos de carácter estable, dependiendo éste en mayor proporción de ingresos coyunturales.

Al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los

Terrenos de naturaleza Urbana le corresponde la segunda previsión de ingresos de mayor cuantía en este capítulo, aunque mucho menor que el comentado anteriormente. Ésta se recoge en el concepto 116.00 y asciende a 5,8 millones de euros, un 16% más que en el Presupuesto anterior.

Este impuesto depende la actividad en el mercado

inmobiliario, cuyas previsiones en términos generales no son

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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buenas para los próximos años; sin embargo, durante ese periodo ha tenido una evolución muy positiva.

Para el ejercicio 2013 perderá vigencia la reducción del

40% en los valores catastrales para el cálculo del incremento de valor en los inmuebles objeto de liquidación, como se explica en la citada nota de 5/10/2012 del Tesorero municipal. Por este motivo, en el expediente de modificación de Ordenanzas Fiscales de Impuestos para 2013 se propone una reducción del tipo de gravamen de este impuesto, fijándolo en el 18%, frente al 28% actualmente vigente, que compensará en buena parte el impacto sobre las liquidaciones de la pérdida de la reducción.

A pesar de ello, como se pone de manifiesto en la citada

nota del Tesorero y en el informe económico financiero que figura en el Presupuesto, si se considera la evolución del número de liquidaciones en los últimos ejercicios, que se exponen en el siguiente cuadro, esta modificación normativa redundará en un incremento recaudatorio para el próximo año:

Año Liquidado nº liquid. 2008 2.622.324,44 1.525 2009 4.404.180,23 1.867 2010 6.933.396,49 2.474 2011 6.822.034,66 1.800 2012 5.500.000,00 1.400 2013 5.890.000,00 1.400

Capítulo II: Impuesto indirectos La única previsión de este capítulo, que corresponde al

concepto 290.00 “Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras”, asciende a 840.000 euros, un 27,8% menos que el año anterior. Esta previsión se encuentra justificada en el informe económico financiero que acompaña al Presupuesto, con la cuantificación de los expedientes que se prevé que tengan entrada en la oficina liquidadora durante 2013.

Capítulo III: Tasas y otros ingresos Las previsiones de este capítulo corresponden, en su

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(MADRID)

mayoría, a recursos de carácter tributario y han sido calculadas atendiendo a la evolución de los derechos reconocidos y la cobertura presupuestaria de los mismos en periodos anteriores.

El total de las previsiones de este capítulo disminuye un

10,6% respecto al Presupuesto de 2012. Entre todas ellas destaca la disminución registrada en la previsión del concepto del concepto 323.00 “Tasa por licencias de apertura”, que alcanza un 35,7%; del mismo modo, la tasa por licencias urbanísticas, cuya previsión se incluye en el concepto 321.00 de este capítulo, registra una disminución equivalente en términos porcentuales a la que registra el ICIO.

Capítulo IV: Transferencias Corrientes Las previsiones de este capítulo, con exclusión de la

Participación en los Tributos del Estado (PIE), tienen en su mayoría la condición de ingresos vinculados a la realización de una actividad; a pesar de esto, tienen carácter repetitivo a lo largo de los años y suelen realizarse en un porcentaje elevado, aunque sea con cierto desfase temporal, por lo que, en función de la información que esta Intervención dispone a la hora de emitir el presente informe, podrían considerarse ajustadas.

Respecto a la PIE, concepto 420.00 del Estado de

ingresos, la previsión de nuestro Presupuesto para 2013 asciende a 12,67 millones de euros, que representa un aumento del 7,5% respecto a la previsión del ejercicio anterior.

De los créditos del PLPGE-2013 que financian las

entregas a cuenta por la PIE de los municipios en régimen de participación, como es el nuestro, se deduce un incremento aproximado del 19,63% respecto a las que se vienen realizando en 2012, por lo que podría deducirse que la previsión de ingresos en este concepto es muy conservadora. Sin embargo, la incertidumbre respecto a los plazos del reintegro de las cantidades derivadas de las liquidaciones negativas por la PIE de los años 2008 y 2009, aconsejan no incrementarla.

Capítulo V: Ingresos Patrimoniales Los ingresos previstos recogen, por un lado, los intereses

de depósitos bancarios producto de los excedentes de Tesorería

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

previstos para este ejercicio, que se entiende se recaudarán normalmente durante el mismo al estar ya concertados a través de los correspondientes instrumentos financieros. Por otro lado, se incluyen los derivados de las concesiones administrativas, así como el rendimiento de los arrendamientos de viviendas sociales que, al estar previstos en contratos firmes se entienden igualmente realizables durante el ejercicio.

En particular, los ingresos derivados del alquiler de

viviendas sociales, cuya previsión está recogida en el concepto 541.00 por importe de 195.000,00€, tienen naturaleza corriente, de acuerdo con la EPEELL y, en principio, como los restantes ingresos recogidos del capítulo V “Ingresos Patrimoniales”, constituyen recursos de destinados a financiar genéricamente las operaciones del estado de gastos del Presupuesto.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que el artículo

174.2,a) de la LSCM define, como fondos adscritos al Patrimonio Público del Suelo (PMS), los ingresos obtenidos en la gestión y disposición del patrimonio público de suelo. Como las referidas viviendas sociales son bienes adscritos al PMS, los recursos obtenidos de su arrendamiento son consecuencia de la gestión de los mismos y, por lo tanto, fondos adscritos al PMS.

Por tanto, la totalidad de los ingresos previstos por este

concepto debería, en principio, destinarse a los fines específicos establecidos en el artículo 176 de la LSCM, entre los cuales figuran las denominadas “actuaciones declaradas de interés social” (apartado d, del citado precepto). Estas actuaciones, a juicio de esta Intervención, no tendrían porqué estar comprendidas dentro de los créditos para gastos del capítulo VI “Inversiones reales”, ni del resto de operaciones de capital, porque no se exige tal condición por la LSCM, ni les alcanza la obligación de destino que impone el artículo 38.2 del TRLS, ya que los ingresos que nos ocupan derivan, como se ha dicho, de contratos de arrendamientos de bienes patrimoniales, por lo que no son ingresos de capital, ni provienen de la enajenación, gravamen de bienes y derechos de carácter patrimonial, como son los referidos en el artículo 5 del TRLHL, así como tampoco de la sustitución por dinero de los aprovechamientos urbanísticos, a que se refiere la letra b del apartado 1 del artículo 16 del TRLS.

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De cualquier manera, como en el presente proyecto de Presupuesto se prevé un superávit inicial por valor de 342.201,00€, que posibilita la no utilización de estos ingresos en la financiación genérica de los gastos generales, en la Base 60ª de Ejecución del Presupuesto se dispone que los ingresos previstos en este concepto están afectados a la financiación de gastos futuros, compatibles con el destino impuesto por la normativa. Esta circunstancia será objeto de comprobación cuando, por la vía procedente, se introduzcan los créditos presupuestarios para dichos gastos.

8.3.2.- Ingresos de capital

Son, según la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre,

por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales, los comprendidos en los Capítulos VI, VII. Sin embargo en el Presupuesto para 2013 sólo se prevén ingresos en el concepto 619.02 "Enajenación de viviendas sociales de La Sacedilla”, por valor de 135.675 euros; la singularidad de estas previsiones lleva a considerar que se recaudarán normalmente durante el ejercicio.

Generalmente estos ingresos se encuentran afectados a la

realización de determinados gastos, junto con otros ingresos del Presupuesto; dicha afectación podrá venir impuesta por la normativa, por los acuerdos adoptados, por los convenios suscritos o por la propia decisión del Ayuntamiento cuando apruebe el Presupuesto.

En este caso, los ingresos consignados tienen una doble

afectación impuesta por la normativa: • Urbanística, porque las viviendas sociales son

bienes integrados en el PMS y, consecuentemente, los ingresos derivados de su enajenación son “fondos adscritos” al mismo que deben destinarse a las finalidades especificas establecidas en el artículo 176 de la LSCM.

• Patrimonial, porque estos bienes tienen la condición de patrimoniales y el producto de su venta está sujeto a la prohibición de destino del artículo 5 del TRLHL, según el cual “los ingresos procedentes

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de la enajenación o gravamen de bienes y derechos que tengan la consideración de patrimoniales no podrán destinarse a la financiación de gastos corrientes (.....)”. Por esta razón, deben destinarse a la financiación de gastos de capital, que son los comprendidos en los capítulos VI, VII, VIII y IX del estado de gastos del Presupuesto.

Sin embargo, en el expediente presupuestario no consta

dicha afectación, ya que todas las inversiones consignadas en el Presupuesto, que alcanzan un total de 551.000€, están financiadas mayoritariamente por ingresos corrientes, con excepción de la consignada en la aplicación “007 1710 609.00 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general del programa de Parques y Jardines” por importe de 100.000,00€ que, según consta en el Anexo de Inversiones, está específicamente financiada por estos ingresos por igual cuantía. Por lo tanto, los restantes ingresos hasta completar la previsión consignada en este concepto, es decir 35.675,00€ deberán afectarse a la ejecución de inversiones compatibles con su naturaleza.

En este sentido, como en el presente proyecto de

Presupuesto se prevé un superávit inicial por valor de 342.201,00€, que posibilita la no utilización de estos ingresos en la financiación genérica de los gastos generales, en la Base 60ª de Ejecución del Presupuesto se dispone que los ingresos previstos en este concepto están afectados a la financiación de gastos futuros, compatibles con el destino impuesto por la normativa. Esta circunstancia será objeto de comprobación cuando, por la vía procedente, se introduzcan los créditos presupuestarios para dichos gastos.

8.4. Estado de gastos

Los créditos para gastos previstos en el Presupuesto de

2013 presentan un incremento del 3,3% respecto a las consignaciones iniciales del Presupuesto de 2012, de acuerdo con el siguiente desglose:

GASTOS POR CAPITULOS

Cap. Denominación 2013 2012 %

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GASTOS POR CAPITULOS

Cap. Denominación 2013 2012 %

I GASTOS DE PERSONAL 29.599.495,00 30.654.325,00 -3,44%

II GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 29.747.976,00 28.241.078,00 5,34%

III GASTOS FINANCIEROS 507.425,00 966.000,00 -47,47%

IV TRANSFERENCIAS CORRIENTES 2.163.165,00 2.161.562,00 0,07%

A1 OPERACIONES CORRIENTES 62.018.061,00 62.022.965,00 -0,01%

VI INVERSIONES REALES 551.000,00 0,00

VII TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00 0 0,00%

A2 OPERACIONES DE CAPITAL 551.000,00 0,00

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS 62.569.061,00 62.022.965,00 0,88%

VIII ACTIVOS FINANCIEROS 30,00 30 0,00%

IX PASIVOS FINANCIEROS 3.719.000,00 2.137.000,00 74,03%

B1 OPERACIONES FINANCIERAS 3.719.030,00 2.137.030,00 74,03%

B) OPERACIONES FINANCIERAS 3.719.030,00 2.137.030,00 74,03%

TOTAL PRESUPUESTO 66.288.091,00 64.159.995,00 3,32%

8.4.1 Gastos corrientes

Capítulo I: Gastos de Personal Los créditos contenidos en este capítulo financian las retribuciones anuales del personal, las de los cargos electos, las cargas sociales y los gastos de acción social a cargo del Presupuesto del Ayuntamiento. Los créditos totales de dicho capítulo experimentan una disminución del 3,4% respecto a los créditos iniciales que figuraban en el Presupuesto de 2012, que en el informe económico financiero se justifica por “el exceso de consignación” en este último año. Las retribuciones anuales del personal al servicio de las entidades locales dependen de lo que dispongan las Leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado, en su condición de normativa básica vinculante para todas las Administraciones Públicas. En este sentido, el artículo 22.Dos del PLPGE-2013 establece que “En el año 2013 las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar ningún incremento

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respecto a las vigente al 31 de diciembre de 2012, en términos de homogeneidad para los dos periodos de la comparación (…..) y sin tenerse en cuenta la reducción aprobada por el Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio (….)” . 8.4.2 Gastos corrientes en bienes y servicios En este apartado deben recogerse las previsiones para el normal funcionamiento de los servicios municipales, contemplándose los créditos necesarios para financiar las obligaciones derivadas de los compromisos de gastos de esta naturaleza adquiridos por la Corporación para este ejercicio que, en su mayoría, están relacionados en los oportunos documentos que acompañan al Presupuesto. Estos gastos experimentan un aumento del 5,3% respecto a los del Presupuesto del ejercicio anterior. En el informe económico financiero se relacionan las variaciones más significativas respecto al Presupuesto de 2012, comparando políticas de gasto y programas, en la clasificación funcional, y capítulos en la económica, especificándose que los créditos consignados son suficientes para atender las necesidades y compromisos previstos para el ejercicio de 2013. 8.4.3 Gastos Financieros En el Capítulo III se recogen los créditos que se estiman necesarios para atender a las obligaciones de esta naturaleza que derivan de los contratos suscritos de operaciones de crédito pendientes de reembolso durante el año 2013, que disminuye un 47,5% respecto al año anterior. La razón de esta disminución, según el informe económico financiero, está en el nuevo valor del EURIBOR que se ha considerado como referencia a la hora de calcular los costes financieros que se trasladan a estos créditos presupuestarios. 8.4.4 - Gastos de Capital

Los créditos consignados en los capítulos VI y VII están relacionados en el Anexo de Inversiones y, como se ha dicho, no cuentan con financiación específica. Algunos de ellos, en función de la denominación con la que aparecen en el documento presupuestario, podrían tener una

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financiación específica a través de los ingresos derivados de la enajenación de bienes integrantes del Patrimonio Público del Suelo. Estos serían los que recogen inversiones incluidas en los programas de medio ambiente, enseñanza preescolar y primaria y servicios sociales. 8.4.5 - Operaciones financieras Los gastos previstos en el capítulo IX están destinados a la amortización o reembolso de los pasivos financieros por operaciones de crédito a largo plazo vigentes y experimentan un incremento del 74% respecto al Presupuesto anterior. La razón de esta variación en los créditos previstos se relaciona con la posibilidad de amortizar anticipadamente algunas operaciones vigentes, con la finalidad de reducir la deuda financiera, siempre y cuando las condiciones del mercado financiero aconsejen dicha operación. 9.- CONCLUSIONES

9.1 Respecto a la nivelación del Presupuesto: • El Presupuesto se presenta formalmente con superávit

inicial. • Existe un superávit corriente. • La capacidad de financiación a efectos del cumplimiento

del objetivo de estabilidad presupuestaria es positiva, sin tener en cuenta las consolidaciones y ajustes exigidos por la normativa, que se figurarán en un informe específico.

9.3 Respecto al estado de gastos: • Los créditos de los capítulos de gastos se entienden

suficientes para la cobertura de las obligaciones que puedan derivarse del funcionamiento normal de la entidad.

En consecuencia se informa el presente Proyecto de Presupuesto General para el año 2013, en cumplimiento del artículo 4.1.g) del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, y de conformidad con el artículo 18.4 del Real Decreto 500/1990.”

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J) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Alcalde-Presidente de

22 de octubre de 2012, cuyo texto es el siguiente:

“A la vista de los documentos que forman parte del expediente, a tenor del artículo 22.2,e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar inicialmente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Majadahonda para el ejercicio 2013 que comprende los siguientes estados:

a) El Presupuesto del Ayuntamiento. b) El Presupuesto del Organismo Autónomo

“Patronato Monte del Pilar”. c) El estado de previsión de gastos e ingresos de la

Sociedad Anónima de capital íntegramente municipal “PATRIMONIO MUNICIPAL DE MAJADAHONDA, S.A.” (PAMMASA).

Segundo.- Aprobar el estado de consolidación de los presupuestos anteriores, así como sus Anexos de Personal e Inversiones, las Bases de Ejecución y la documentación complementaria.

Tercero.- Aprobar el techo del gasto computable para los ejercicios 2013, 2014 y 2015 del siguiente cuadro, de acuerdo con el Artículo 12 Regla de gasto de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad financiera

Conceptos 2012 2014 2015

A) Operaciones no financieras 62.022.965,00 61.769.534,00 62.569.061,00 63.546.611,00 64.736.797,00

Incrementos por cambios normativos 800.000,00

Intereses de la deuda -910.000,00 -450.000,00 -450.000,00 -400.000,00 -370.000,00

Gastos financiados con fondos finalistas -5.341.925,00 -4.600.387,00 -4.600.387,00 -4.650.357,00 -4.700.357,00

GASTOS COMPUTABLES 55.771.040,00 56.719.147,00 57.519.147,00 58.496.254,00 59.666.440,00

Incrementos interanuales 1,7% 3,1% 1,7% 2,0%

REGLA DE GASTO AYUNTAMIENTO

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Cuarto.- Ordenar la apertura de un periodo de

información Pública de quince días hábiles, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, plazo durante el cual los interesados podrán examinar el presente expediente y formular reclamaciones ante el Pleno, entendiendo que el Presupuesto General se considerará definitivamente aprobado si al término de dicho periodo de exposición no se hubiesen presentado reclamaciones al mismo.”

K) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 25 de octubre de 2012, favorable. El Sr. Presidente concede el uso de la palabra a la Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez, que agradece a los trabajadores del Ayuntamiento el trabajo que han realizado puesto que ha permitido que los Presupuestos se presenten al Pleno en tiempo y forma y, sobre todo, muestra su agradecimiento a los trabajadores de la Concejalía de Hacienda porque, después de haberlos terminado en el mes de julio y, como consecuencia de las normas legales que se dictaron, se han visto obligados a modificarlos en varias ocasiones. Sigue diciendo que, en este momento, se presenta al Pleno el Presupuesto de este Ayuntamiento para el próximo ejercicio aclarando que es la expresión cifrada conjunta y sistemática de las obligaciones que se pueden reconocer tanto en una entidad como en sus organismos autónomos y también los derechos que se pueden liquidar durante el correspondiente ejercicio. Añade que es un documento en el que se materializa y cuantifica el programa de gobierno anual y, a partir de ahora, trianual. Manifiesta que la situación económica encontrada, peor de la esperada, ha obligado al Gobierno de la Nación a adoptar unas medidas de ajuste para reducir el déficit, cumplir con los objetivos de estabilidad presupuestaria, alcanzar el impulso necesario para detener el avance desmedido del gasto y empezar a mejorar los índices de crecimiento que marcarán el inicio de la recuperación del terreno perdido en los últimos años de gobierno socialista.

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Continúa diciendo que el papel que las entidades locales prestan a la sociedad, en esta complicada coyuntura, es de suma trascendencia porque sus servicios son los que se encuentran más cerca de los ciudadanos y, para seguir manteniéndolos, los ayuntamientos llevan meses ajustando los gastos a sus necesidades reales y se ven favorecidos, por primera vez, por el esfuerzo de un Gobierno que desde el primer momento no ha dejado de adoptar medidas para dotar a las arcas municipales de instrumentos eficaces de gestión y todo ello dentro de un programa de reformas sustanciales en la administración. Indica además que, dentro de esas reformas, hay que tener en cuenta la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera que ha venido a desarrollar el mandato del artículo 135 de la Constitución Española garantizando una adaptación continúa y sistemática a la normativa europea y añade que los Presupuestos de 2013 son los primeros que se elaboran desde la aprobación de dicha ley. Aclara que ese nuevo marco normativo persigue garantizar la sostenibilidad financiera de las administraciones, fortalecer la confianza en la estabilidad de la economía española y reforzar el compromiso de España con la Unión Europea en materia de estabilidad presupuestaria. Manifiesta que los Presupuestos 2013-2015 se han elaborado bajo este paraguas de normativa estatal. Añade que el equipo de gobierno consiguió cerrar el Presupuesto del año anterior con un resultado positivo de 10 millones de euros, un remanente positivo de 2,5 millones de euros y, como todos recuerdan, se ha conseguido enjugar, en 7 años, un remanente negativo de 33 millones de euros. Añade que es obvio que no se pueden dar resultados cerrados sobre el ejercicio 2012 aunque puede adelantar, por los informes de Intervención y del Economista Municipal, que se esperan obtener saldos en esa misma línea. Sigue diciendo que los Presupuestos que se presentan son prudentes, reales y austeros y siempre van unidos a la realidad económica nacional que estamos viviendo porque nadie puede ser ajeno a esa realidad y el equipo de gobierno es sumamente sensible con ello. Añade que, cuando libremente se podía aumentar el gasto, ese aumento se ha hecho de forma racional y prudente y además el

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equipo de gobierno ha sido muy conservador con los ingresos para llevar a cabo unos Presupuestos equilibrados. Manifiesta que en este momento, y en base a la Ley de Estabilidad Presupuestaria antes indicada y con un techo en el gasto, se han elaborado los Presupuestos que se presentan a aprobación de la misma forma que en ocasiones anteriores, es decir, con rigor, austeridad y prudencia ajustándose siempre al techo de gasto que establece la Ley Orgánica 2/2012. Aclara que el Presupuesto de Ingresos asciende a 66.630.292 euros y el Presupuesto de Gastos a 66.288.091 euros. Indica que los ingresos totales del Presupuesto para 2013 disminuyen el 5,11% con respecto a 2012 y añade que los datos consignados en el capítulo I “impuestos directos” se han calculado según los periodos anteriores y las ordenanzas, el impuesto sobre bienes inmuebles se mantiene al mismo nivel de 2012 y, aunque se podrían aumentar los ingresos producto de los tipos diferenciados, la prudencia aconseja estimar dicha cantidad. Continúa diciendo que las plusvalías bajan del 28% al 18%, el impuesto de vehículos se reduce el 5,40% y el de actividades económicas el 20% lo que es un resultado lógico de la crisis económica actual. Añade que, en los impuestos indirectos, el ICIO ha sido presupuestado con unos ingresos de 840.000 euros y baja el 27,8% con respecto a 2012, previsión que se encuentra justificada en el informe económico-financiero. Indica que el capítulo III de tasas y otros ingresos disminuye el 10,6% respecto al Presupuesto del ejercicio 2012 y desaparecen los ingresos por reciclaje de envases cuya gestión recae en el concesionario del contrato de limpieza viaria y recogida de basuras. Aclara que, cuantitativamente, las tasas que más se reducen son las que afectan a las licencias de apertura que bajan el 35,7% y la de licencias urbanísticas que bajan el 27,8%.

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Manifiesta que los ingresos por tasas que más aumentan son las que afectan al aprovechamiento especial de compañías telefónicas y eléctricas. Continúa diciendo que, en el capítulo IV, las transferencias de los ingresos del Estado aumentan el 7,5% respecto a 2012 lo que supone unos 888.000 euros aproximadamente. Indica que en el capítulo V, pagos de intereses de depósitos, hay una previsión de 1,8 millones de euros por la reducción de las cantidades por la bajada de intereses y porque las cantidades depositadas son menores (bajada del 10% aproximadamente) pero esta reducción se ve compensada con unas mayores previsiones en los ingresos procedentes de concesiones administrativas y añade que siguen los mismos ingresos de capital. Aclara que los gastos totales se incrementan el 3,3% para 2013, se reducen para 2014 y se prevé un incremento para 2015. Sigue diciendo que el capítulo I disminuye el 3,4% respecto a 2012 y además no se estima variación para los ejercicios 2014 y 2015 a no ser que una normativa lo disponga. Manifiesta que el capítulo II aumenta el 5,3% debido básicamente al IVA, a las actualizaciones de precios, a la subida de precios de la energía, etc. Añade que el equipo de gobierno espera que en la Liquidación del ejercicio 201 no se produzca ningún gasto pendiente de aplicación. Aclara que se ha sido muy realista en todos los conceptos presupuestarios de ese capítulo como ha ocurrido con la tasa del Consorcio de Transportes o la tasa del servicio de extinción de incendios. Indica a continuación que las políticas de gasto que más se incrementan son Seguridad, Deportes, Medio Ambiente y Bienestar Comunitario (Servicios Sociales) cuyas dotaciones suben el 10%. Manifiesta que el capítulo III (gasto financieros) disminuyen sensiblemente por las previsiones del Euribor y además el Ayuntamiento cada vez paga menos por sus actuaciones de pasivo.

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Aclara, en cuanto al capítulo IV (transferencias corrientes), que se incrementa en la atención a las personas dependientes y se reduce la protección y mejora del medio ambiente y órganos de gobierno. Indica además que se consignan las inversiones más necesarias siendo todas (edificio Policía Local, renovación para ajustar los juegos infantiles a la legislación vigente, colegios públicos y centro de mayores) financiadas con recursos que ascienden a 501.000 euros. Continúa diciendo que este año, en el capítulo IX (amortizaciones de capital), además de poner la amortización de 1,85 millones de euros, se ha incrementado, por primera vez, en la cantidad de 1,87 millones de euros solo por si se diera la circunstancia de que, por la evolución de los mercados financieros, fuera necesario amortizar parte de la deuda. Indica seguidamente que los Presupuestos que se presentan a aprobación han sido elaborados partiendo de una situación económica no solo privilegiada y envidiable en sus cuentas y resultados económicos sino también en su buen hacer en la gestión municipal que, ante todo, ha sido responsable, con un control exhaustivo del gasto y teniendo siempre en cuenta que el fin del equipo de gobierno es atender las necesidades de los vecinos de Majadahonda y para ello ejerce una política de ahorro constante, responsabilidad y transparencia. Termina su intervención diciendo que los Presupuestos que se presentan a aprobación son equilibrados, reales y acordes a la situación económica que se está viviendo entendiendo siempre que su finalidad es el beneficio de todos los ciudadanos de Majadahonda. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, agradece el trabajo que ha realizado la Concejal Delegada de Hacienda y su equipo y también el del Sr. Interventor y técnicos de la Concejalía por el volumen de documentación que requiere presentar unos presupuestos en un municipio como Majadahonda que cuenta ya con 70.000 habitantes por lo que está claro que ya es una ciudad y no una aldea. Sigue diciendo que hay que ver qué Presupuestos se han elaborado y para qué pueden servir y también hay que preguntarse qué

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puede hacer este Ayuntamiento para hacer frente a la crisis económica en beneficio de sus vecinos y también qué está haciendo el equipo de gobierno del Partido Popular frente a la crisis económica más allá de decir en los medios de comunicación que ha conseguido superávit aunque entiende que siempre olvida decir que se ha conseguido gracias a los vecinos y al impuesto sobre bienes inmuebles que han pagado y añade que el equipo de gobierno dice que hay que seguir siendo austero a pesar del superávit que este Ayuntamiento tiene. Añade que en los momentos actuales, de grave crisis económica y social, es cuando se muestra la verdadera talla de los dirigentes políticos y su grupo se pregunta si el equipo de gobierno está contribuyendo a mitigar las consecuencias de la crisis y a sentar unas bases sólidas y estables para el futuro y también si está haciendo todo lo que se espera de un representante político en estos difíciles momentos para conocer de primera mano las necesidades reales de los vecinos de Majadahonda y pregunta además si tiene interés en conocerlos o prefiere seguir defendiendo la Majadahonda de fachada en lugar la Majadahonda real con sus problemas reales. Manifiesta que en este municipio hay necesidades, en muchos casos, muy graves y desde la perspectiva que mira de frente a la Majadahonda real y a los problemas reales de sus vecinos, considera que un Presupuesto que pretenda servir de manera eficaz a paliar los efectos más duros de la crisis económica, debería cumplir, al menos, los siguientes objetivos: contribuir y corregir los efectos más negativos de esta crisis en los ámbitos y colectivos que más la están padeciendo (Servicios Sociales, Educación y Sanidad principalmente) y no esconderse con la famosa frase que pronunció el Sr. Alcalde en el Pleno que fue “no son competencia nuestra”. Aclara que su grupo considera que es competencia de un Alcalde de una ciudad de 70.000 habitantes socorrer necesidades básicas. Manifiesta que también es necesario apostar, de forma clara y decidida, por el crecimiento y el empleo apoyando e invirtiendo en aquellos sectores que más contribuyen a ello como son comercio, emprendedores, jóvenes y formación para el empleo. Aclara que su grupo ya pidió el año pasado que el equipo de gobierno inviertiera en futuro y personalmente está seguro de que el Sr. Alcalde ha sido un buen padre y ha invertido mucho y bien en el futuro de sus hijos y por ello le pide que haga lo mismo con Majadahonda.

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Indica que también es necesario mantener y, si es posible, incrementar los estándares de calidad de los servicios públicos gestionando mejor los recursos disponibles. Continúa diciendo que se está hablando de unos Presupuestos Municipales que, además de rigurosos y creíbles en sus previsiones, deben ser generosos y sensibles a los problemas reales de un número cada vez mayor de nuestros vecinos y pide que el equipo de gobierno crea de verdad en las potencialidades que tenemos como municipio haciendo una apuesta clara de futuro por el crecimiento y el empleo y también que contemple medidas dirigidas a garantizar el bienestar de nuestros servicios públicos. Aclara que nada de lo que ha expuesto se ve reflejado en los Presupuestos que se presentan a aprobación inicial y la realidad es que van en la dirección opuesta. Manifiesta además que estos Presupuestos, al igual que ocurría con los Presupuestos de años anteriores en los que se ingresaba para pagar lo básico, son continuistas, es decir, son austeros a base de cuadrar con los mismos parámetros de siempre que son los de recortar en políticas sociales y en infraestructuras e inversiones que favorecen el crecimiento y el empleo. Aclara que, para su grupo, la tan manida austeridad se ha acabado convirtiendo, en manos del Partido Popular, en un fin en sí mismo y además le sirve de coartada para otros fines que nada tienen que ver con las políticas de austeridad y sí en cambio con otros objetivos más próximos a lo ideológico que a lo presupuestario. Manifiesta que la Ley de Estabilidad Presupuestaria determina que la austeridad no tiene otro sentido que servir de base para impulsar el crecimiento y la creación de empleo, para garantizar el bienestar de los ciudadanos, para crear oportunidades a los emprendedores y para ofrecer una perspectiva de futuro más próspera, justa y solidaria. Insiste en que los Presupuestos que se presentan no son realistas y aclara que con ello no quiere referirse a una falta de rigor o de credibilidad en sus previsiones de ingresos, lo que también se da en algunos casos, sino al hecho de que no reflejan ni atienden a los problemas reales de los ciudadanos de Majadahonda y realmente van

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“a piñón fijo” como si en este país y en este municipio, el tiempo se hubiera detenido y por ello considera que intentan reflejar una Majadahonda que ya no existe. Aclara que este municipio, pese a lo que el equipo de gobierno quiere hacer creer, no es distinto del resto de municipios españoles y realmente adolece de los mismos y serios problemas presupuestarios como son la brutal caída de los ingresos por falta de actividad económica y renta y lo más preocupante es que no están sentando las bases para posibilitar una recuperación sólida y duradera frente a futuras crisis ya que de esa forma se podría garantizar el bienestar de nuestros vecinos. Pregunta seguidamente, si realmente fueran tan buenas las cifras de las cuentas municipales y tan bajo el endeudamiento, por qué el equipo de gobierno no apuesta por el tipo de políticas que ha planteado en esta intervención como es invertir en sectores de futuro que garanticen estándares de calidad. A continuación considera necesario centrar la atención en los programas e inversiones dirigidas a la formación y al empleo de los jóvenes y desempleados con mayores dificultades para su integración en el mundo laboral, a los pequeños empresarios, comerciantes o emprendedores. Indica que, desde el punto de vista de su Grupo, al Partido Popular se le llena la boca de palabras de apoyo a los sectores a los que ha aludido anteriormente pero después eso no se traduce en nada y cree que es ahora, en la decisión política de un ayuntamiento como son los Presupuestos, donde se debe reflejar, de verdad, esa voluntad política y no se debe dejar pasar un año más la oportunidad de plasmarla. Continúa diciendo que se debe aprovechar el potencial de las finanzas del Ayuntamiento (casi 70 millones de euros) para invertir en sectores de futuro que beneficien a nuestros jóvenes titulados y a la mano de obra cualificada que hay en Majadahonda. Aclara que un gobierno que justifica el enorme esfuerzo fiscal que tienen que soportar nuestros vecinos (1.000 euros/habitante/año) para pagar gastos corrientes, no es el gobierno local que, desde el punto de vista de su grupo, merecen los majariegos y, frente a esta opción, el Presupuesto que presenta el Grupo Popular recoge 501.000 euros en inversiones reales (apenas 0,8% del Presupuesto total),

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1.869.000 euros en amortizaciones extraordinarias y pregunta si realmente la prioridad del equipo de gobierno es tener dinero y dedicarlo a amortizar deuda con los bancos en lugar de gastarlo en fines sociales y además pregunta si lo que pretende el equipo de gobierno es dar dinero a los bancos mientras aprieta a los funcionarios y trabajadores de este Ayuntamiento aprovechando los recortes que hace el Gobierno de la Nación. Indica seguidamente que en este Presupuesto se prevé una subida muy importante en la tasa por el servicio de extinción de incendios y pregunta si se prevé esa cantidad porque alguien haya dicho que Majadahonda se va a incendiar. Aclara que hace esta pregunta porque se pasa de abonar a la Comunidad de Madrid 1,3 millones de euros a 2,1 millones de euros (62% más). Manifiesta que las partidas destinadas a empleo, formación, comercio y consumo sufren una reducción global del 4,7% respecto a 2012, las personas dependientes bajan el 1,2%, los servicios complementarios de educación pasan a tener 0 euros, Juventud baja el 2,2%, la promoción del deporte el 4,3% menos, ayuda al comercio el 3,8% menos, rebajas a las que hay que unir las que provienen de los convenios suscritos con la Comunidad de Madrid en materia de empleo y desarrollo local que se han recortado el 25% sobre las cifras ya rebajadas del ejercicio 2012. Pregunta seguidamente qué le ocurre al equipo de gobierno con el Gobierno de la Comunidad de Madrid porque quita el 14% de las subvenciones que concedía para Servicios Sociales, el 5% para Seguridad, el 18% para Educación y también ha realizado rebajas en Empleo y sin embargo este Ayuntamiento cada vez da más dinero a la Comunidad como ocurre, por ejemplo, con la subida de la tasa que este Ayuntamiento tiene que pagar por el servicio de extinción de incendios. Indica que los precios públicos de Cultura y Juventud suben más del 40% pero las multas por infracciones bajan el 50%, el 60% o el 70% y por ello pregunta si el equipo de gobierno “tira la toalla” en el ámbito infractor pero cobra todo lo que puede al que va a utilizar los servicios de Cultura o de Juventud. Manifiesta que el Monte del Pilar es el patrimonio medioambiental de Majadahonda pero, a pesar de ello, sus dotaciones

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presupuestarias bajan el 3,1% y además no se hace caso a lo que determina su Plan Especial que es dedicar el 25% del Presupuesto pero realmente no se invierte nada. Sigue diciendo que su grupo cree que no se ha hecho un seguimiento de los contratos de seguridad y vigilancia, mantenimiento y limpieza y dice esto porque limpiar es recoger material “in situ” y no cambiar las bolsas vacías. A continuación pregunta por qué sigue vacante la plaza de Técnico de Gestión del Patronato. Indica que otra características de los Presupuestos que se presentan es que son no sociales y demuestran muy poca sensibilidad y preocupación por los más afectados por la crisis económica, es decir, los jóvenes, los pequeños empresarios y los parados de larga duración. Manifiesta que el vecino, cada vez más, quiere saber y exige que su dinero se destine, prioritariamente, a financiar partidas que le aseguren sus actuales cotas de bienestar pero no a costa de rebajar los niveles de igualdad y de solidaridad alcanzados que son el santo y seña de nuestro modelo de bienestar, y especialmente con aquellos que peor lo están pasando y que se están quedando atrás por circunstancias ajenas a su voluntad y dice esto porque esta crisis nos ha enseñado que cualquiera, y en cualquier momento, puede ser afectado por lo que entiende que el Ayuntamiento no puede desentenderse ni mirar hacia otro lado. Aclara que la aprobación de los Presupuestos desde los parámetros que ha indicado, supondría una contribución efectiva a la necesidad de cambiar la imagen negativa de las instituciones y de la política en general como algo ajeno a los problemas y preocupaciones de los ciudadanos y cree que aún estamos a tiempo de modificar esta tendencia. Considera seguidamente que cualquier presupuesto es la foto de quien los elabora puesto que reflejan sus preferencias, sus prioridades e incluso sus fobias y esto mismo ocurre con el Presupuesto que presenta el equipo de gobierno del Partido Popular y pregunta si sus prioridades son Bienestar Social, Salud y Familia, partidas a las que se deberían dedicar una parte importante de los esfuerzos del

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Ayuntamiento pero lo cierto es que esas partidas no solo no se incrementan sino que incluso disminuyen el 1,4%. Añade que Promoción Social sufre una disminución del 13,7% y la atención a personas dependientes el 1,2% y aclara que estas partidas apenas representan el 7% de los gastos municipales del Presupuesto y, si a ello se suma la importante rebaja de los convenios suscritos con la Comunidad de Madrid en ámbitos tan básicos como la dependencia y la violencia de género (14,1% respecto a lo ya rebajado del año anterior), todo el mundo puede tener una idea aproximada de lo que está diciendo. Indica que, para valorar la dimensión de esas partidas, basta con compararlas a las asignadas a jardines y limpieza que representan casi el 25% del Presupuesto lo que, para su grupo, demuestra las prioridades que tiene el equipo de gobierno a pesar de que se le llena la boca con la familia y la protección a la familia. Añade que es necesario ayudar a las familias con dificultades lo que hacen diversos ayuntamientos de la Comunidad de Madrid e incluso algunos gobernados por el Partido Popular han aprobado la exención del impuesto sobre bienes inmuebles para las familias que tengan todos sus miembros en paro y otros gobernados por el Partido Socialista han previsto la creación de puntos de información, asesoramiento y mediación para las familias que tengan problemas para afrontar el pago de sus hipotecas. Reitera que las partidas destinadas a medio ambiente, jardines y limpieza, suponen el 25% del total de los gastos de este municipio (se destinan 1 de cada 4 euros) y además estas partidas sufren un incremento del 5,1% con respecto al anterior ejercicio (1,8% del incremento global del Presupuesto de Gastos). Indica que esas partidas y cifras marcan una preferencia del Partido Popular por la fachada, el embellecimiento, la estética y la política del envoltorio y no de lo que pasa de cara a los ciudadanos. Reitera que, en global, en las partidas destinadas a Educación se produce una subida del 0,2% (3,1% por debajo del incremento global del Presupuesto de Gastos) lo que viene a ser la subida del impuesto sobre el valor añadido (IVA) que el Gobierno del Sr. Rajoy ha realizado, impuesto que la entonces Presidenta de la Comunidad de Madrid, Dª Esperanza Aguirre y el Presidente de la Nación, D. Mariano Rajoy, afirmaban que no iba a subirse.

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Destaca seguidamente la brutal rebaja de las partidas destinadas a enseñanza secundaria (81%), a servicios complementarios de educación (71,1%) y también la destinada a promoción educativa (7,6%). Indica que toda esta situación se ve agravada por la rebaja prevista en la transferencia, vía convenio, de la Comunidad de Madrid y que se refiere a las escuelas infantiles en la que se produce una bajada del 5,4% por lo que considera que el Partido Popular está haciendo “un papelón” tanto a nivel nacional, regional o municipal con la Educación. A continuación aclara que lo que propone el Grupo Municipal Socialista es una mejor gestión de los recursos disponibles y calidad democrática. Manifiesta que al principio de su intervención ha dicho que el equipo de gobierno no quiere invertir porque rompería su lema de superávit en los medios de comunicación porque esas inversiones generan gasto aunque el equipo de gobierno no entienda que invertir en futuro no es gastar sino sembrar y por ello su Grupo propone cosas que no generan ningún gasto como ocurre con las relaciones con el deporte y el aprovechamiento de las instalaciones deportivas porque su grupo está convencido que podrían ser mejor gestionados con los servicios actualmente disponibles y sin que se produzca ningún incremento del gasto. A continuación denuncia que, a pesar del incremento del 44,35% de las concesiones administrativas que supone una cuantía cercana a los 650.000 euros, su grupo sigue pensando que esas concesiones son un regalo del patrimonio municipal lo que ocurre, sobre todo, con algunas concesiones deportivas que su grupo viene denunciando desde hace año y medio. Manifiesta que otras iniciativas que se podrían llevar a cabo sin coste están relacionadas con las actividades deportivas que se desarrollan al aire libre y además propone otra iniciativa que tampoco supondrá coste como es la puesta en marcha de una red de voluntarios, iniciativa que ya figuraba en su programa electoral porque cree que este municipio debe aprovechar, al máximo, su enorme potencial humano y está convencido de que los vecinos están deseando prestar su apoyo activo a esa propuesta que, reitera, no supondrá coste para el

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Ayuntamiento dado el gran número de prejubilados de alta cualificación que seguramente prestarían una ayuda inestimable a nuestros jóvenes y potenciales emprendedores. Añade que este Ayuntamiento, desde el punto de vista de su grupo, debe implicarse, de forma activa, en la creación y mantenimiento de esa red de voluntarios lo que puede hacerse sin prácticamente coste y solo se necesitaría la cesión de un local y unos pequeños gastos de mantenimiento e incluso cree que no sería necesario contratar empleados públicos. Indica a continuación que se dedican 400.000 euros más (incremento del 5,1%) al programa referido a sistemas de información y su grupo propone que no se incrementen esas partidas por considerar que su cifra global, 1.375.701 euros, es más que suficiente para cumplir los objetivos fijados por este Ayuntamiento respecto a la informatización de los procedimientos administrativos. Considera seguidamente que deberían explorarse otras soluciones distintas a las actuales porque podrían suponer una reducción significativa de esta partida tanto en equipos como en programas o sistemas como puede ser a través del llamado cloud computing. Destaca seguidamente la disminución del 7,1% realizada en la partida de Participación Ciudadana (9240) y añade que al Partido Popular se le llena la boca de conceptos como transparencia, gobierno abierto, etc. pero la realidad es que actúa en dirección contraria a lo que manifiesta. Sigue diciendo que Participación Ciudadana baja el 7,1% excepto en el programa de publicidad y propaganda que sube el 55% (pasa de 26.000 euros a 41.000 euros) lo que para su grupo es un símbolo de lo que realmente preocupa al Grupo Popular. Termina su intervención diciendo que si el equipo de gobierno quiere invertir en la ciudad, debe contar con el Grupo Socialista y, si quiere invertir en sus vecinos, en sus profesores, en sus alumnos, en sus necesidades sanitarias y sociales, su grupo votará junto con el equipo de gobierno pero si quiere invertir en publicidad y petunias, el equipo de gobierno se quedará solo con sus 14 votos a favor en este Pleno Municipal.

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El Sr. Presidente indica que el Grupo Municipal Socialista sabe que las inversiones que figuran en el Presupuesto no son las inversiones reales porque, como todos saben, este Ayuntamiento siempre se actúa de la misma forma y es incorporarlas como créditos extraordinarios. Sigue diciendo que en la anterior legislatura se realizaron muchas más inversiones en este Ayuntamiento que en toda su historia y dice esto porque se invirtieron aproximadamente 80 millones de euros por el mismo procedimiento, es decir, apareciendo en el Presupuesto simplemente 500.000 euros y, aunque el Grupo Socialista conoce perfectamente esa forma de actuar, no ha dicho nada a los ciudadanos y por ello considera que una parte importante del discurso que ha realizado el Portavoz del Grupo Socialista se ha basado en algo que no es cierto. Aclara que este Ayuntamiento realiza muchas inversiones aunque es cierto que. en estos momentos, se están produciendo recortes porque las inversiones generan gasto corriente y añade que las inversiones que se realizan se verán en la segunda parte de esta legislatura porque, como ha dicho en diversas ocasiones, el procedimiento administrativo que hay que seguir para realizarlas es muy largo y precisamente por eso las inversiones se realizan con cargo a créditos extraordinarios, información que conoce perfectamente el Portavoz del Grupo Socialista por lo que, reitera, gran parte de su intervención se ha basado en algo que no es cierto. A continuación agradece al Portavoz del Grupo Municipal Socialista las ideas que ha dado durante su intervención y posiblemente algunas de ellas sean tenidas en cuenta por el equipo de gobierno pero no puede estar de acuerdo con lo que ha dicho respecto a temas deportivos porque Majadahonda tiene uno de los mejores ratios de instalaciones deportivas por habitante de España ya que tenemos pista de hielo, campos de golf, campos de atletismo, campos de rugby, siete polideportivos, dos piscinas cubiertas, etc. por lo que está claro que nuestra oferta deportiva es muy buena y a continuación destaca que todas esas instalaciones deportivas apenas cuestan dinero a los vecinos de Majadahonda porque casi todos esos servicios deportivos están externalizados. Termina su intervención preguntando al Grupo Municipal Socialista qué cree que cuesta más a este Ayuntamiento, el

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polideportivo Príncipe Felipe o el Gimnasio Físico y aclara que es el polideportivo Príncipe Felipe a pesar de que el Gimnasio Físico comienza a funcionar a las 7.30 de la mañana y cierra a las 11 de la noche y solo cierra dos días al año (Navidad y Año Nuevo), horarios que no tienen nada que ver con los del Polideportivo Príncipe Felipe. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, indica que ha examinado los Presupuestos que hoy se presentan y asegura que lo ha hecho con una actitud positiva y constructiva intentando buscar los aspectos positivos del mismo pero solo ha encontrado alguno porque cree que son unos Presupuestos malos, alejados de la realidad y de los problemas y necesidades de los vecinos y además recogen un montón de gastos absurdos por lo que su Grupo se ve obligado a votar en contra de los mismos. Sigue diciendo que anteriormente el Sr. Alcalde ha indicado que Unión Progreso y Democracia ha hablado de engordar los ingresos pero no es cierto y por ello le pide que le deje decir lo que desea y no ponga en su boca cosas que no ha dicho. Aclara que lo que ha dicho anteriormente es que existe un desfase entre el Presupuesto y su liquidación y que el equipo de gobierno no quiere reflejar, ningún año, la bajada del gasto real. Manifiesta que, una vez más, el equipo de gobierno sigue exprimiendo a los vecinos con impuestos para darles cada vez menos y peores servicios. Aclara que su grupo no se conforma con congelar el recibo del impuesto sobre bienes inmuebles en el máximo porque considera que el equipo de gobierno, durante 5 años, ha estado pidiendo un importante esfuerzo a los vecinos para sanear el agujero que dejó el Partido Popular en el año 2006 y, desde su punto de vista, ha llegado el momento de que el importe del recibo baje e insiste en que no es suficiente congelarlo. Añade que seguramente los años 2013 y 2014 serán los peores de la crisis económica actual y cree que este Ayuntamiento tiene que colaborar con los vecinos todo lo que pueda bajando el importe del recibo del impuesto sobre bienes inmuebles y no basta con congelarlo en el máximo. Considera seguidamente que el equipo de gobierno está siendo demasiado optimista en algunas de las previsiones que ha realizado y

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dice esto porque, por ejemplo, su grupo no considera realista que los ingresos por las plusvalías vayan a aumentar el 16% (800.000 euros más) porque este impuesto depende de la actividad inmobiliaria y las previsiones en ese sector para los próximos años no son buenas y además recuerda que este año finaliza la deducción por compra de vivienda habitual por lo que está claro que los vecinos comprarán vivienda antes de final de año por lo que está convencido de que el primer semestre de 2012 va a ser muy duro en la recaudación de ingresos por dicho impuesto. Reitera que la previsión de un aumento del 16% de los ingresos por Plusvalías es, desde el punto de vista de su grupo, excesivo. Manifiesta que ha sido incapaz de conocer si las previsiones del equipo de gobierno, respecto a los ingresos por tasas y precios públicos, son realistas o no y dice esto porque la gran mayoría de ellas presentan variaciones del 40%, del 60% e incluso, en algún caso, del 90% y además no tiene sentido que se sigan manteniendo ingresos muy altos en tasas por las que nunca se recauda nada. Aclara, respecto a los ingresos por transferencias, que la Comunidad de Madrid ha realizado grandes recortes puesto que va a dejar de ingresar a este Ayuntamiento la cantidad de 700.000 euros (14% menos que el año anterior) por lo que considera necesario que el equipo de gobierno se queje a la Comunidad de Madrid, aunque ambas entidades estén gobernadas por el mismo partido y además considera totalmente improcedente que se supriman los 551.000 euros del Plan PRISMA y el equipo de gobierno no pida otro Plan similar. Añade que también entiende que no se puede permitir que se reduzcan las transferencias para Servicios Sociales un 14%, para escuelas infantiles el 5,4%, para programas de empleo el 25%, para las BESCAM el 5%, etc. y su grupo no puede entender que la Comunidad de Madrid realice todas esas reducciones y el equipo de gobierno no haga nada e insiste en que lo que debería hacer es ir a la Comunidad de Madrid a pedir algo aunque sean del mismo partido político. Indica que este Presupuesto contiene las inversiones más tristes que su grupo ha visto aunque el equipo de gobierno, como siempre, ha dicho que se van a ir incorporando más pero lo cierto es que el Plan de Inversiones que se presenta en el Presupuesto es uno concreto y es bastante triste.

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Sigue diciendo que el equipo de gobierno no puede contar con su grupo para realizar inversiones similares a las realizadas en la anterior legislatura y dice esto porque de los 80 millones de euros que se invirtieron, 26 millones de euros se destinaron a la creación de una plaza y a peatonalizaciones absurdas. Aclara que el Plan de Inversiones que se presenta en este Presupuesto demuestra que el equipo de gobierno se ha quedado sin ideas y no tiene nada nuevo que ofrecer y por ello se limita a pasar otro año más sin realizar inversiones puesto que solo se recogen 551.000 euros para inversiones. Añade que la mitad de esa cantidad (277.000 euros) se van a destinar a amueblar el “monstruoso” edificio de la Policía Local y, aunque está claro que este servicio necesitaba nuevas instalaciones porque es una vergüenza la situación actual pero pregunta si realmente era necesario construir un edificio que solo en mobiliario va a costar 277.000 euros y pregunta si no se podría haber realizado unas instalaciones más modestas. Manifiesta que el resto de las inversiones que figuran en el Presupuesto son 100.000 euros en equipos informáticos y otros 200.000 euros en una inversión en la que su grupo sí está de acuerdo ya que es para arreglar los parques. A continuación pregunta al equipo de gobierno si cree que esas tres inversiones a las que ha aludido son las que realmente necesita Majadahonda. Sigue diciendo, respecto a los gastos, que en Recursos Humanos aumenta el gasto a pesar del esfuerzo excesivo que se está pidiendo a los funcionarios y aclara que ese aumento se debe al nuevo edificio de la Policía Local que en electricidad va a costar 175.000 euros anuales y 15.000 euros en agua y los 277.000 euros a los que anteriormente ha aludido destinados a mobiliario, costes todos ellos que para su grupo son excesivos. Añade que el aumento de los gastos de este servicio se deben también a la tasa que debemos abonar por el servicio de extinción de incendios que para 2013 va a ascender a 2.126.000 euros (61% más que en el año anterior) por lo que su grupo cree que o bien la Comunidad de Madrid está engañando a este Ayuntamiento o el equipo de gobierno no es serio con el Presupuesto porque en 2012 presupuestó la cantidad de 1.315.000 euros pero en 2011 los gastos realmente ascendieron a 1.462.000 euros por lo que, reitera, los datos no cuadran lo que se puede deber a que la Comunidad de Madrid “nos

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haya tomado el pelo” o el equipo de gobierno haya retrasado la tramitación de facturas de años anteriores. Indica que se recorta el Presupuesto destinado a Urbanismo lo que le parece bien por considerar que es una de las concejalías más grandes y por ello seguramente tuviera más gastos superfluos pero su grupo cree que se podría recortar aún mucho más porque aparecen partidas curiosas de las que seguramente se pueda prescindir como ocurre, por ejemplo, con la nueva partida que aparece en el programa Administración Vivienda y Urbanismo denominada “Otros gastos diversos” que asciende a 51.000 euros. Pregunta a continuación si realmente el equipo de gobierno cree necesario gastarse esa cantidad de dinero en algo que no se sabe qué es. Añade que le pareció muy bien ver en el Presupuesto una partida denominada “Fomento de la edificación protegida” pero después se dio cuenta de que realmente era un programa destinado exclusivamente a pagar competencias impropias como son los 628.000 euros que cuesta el alquiler de Juzgados y Guardia Civil lo que supone un aumento de 128.000 euros con respecto al año anterior. Aclara que esas dos competencias son totalmente impropias y corresponden a la Comunidad de Madrid y al Ministerio de Fomento y, aunque el equipo de gobierno aprobó una Moción presentada por su grupo para pedir a la Comunidad de Madrid que se haga cargo de esos gastos, no se ha hecho nada en ese sentido e incluso en 2013 se va a pagar más dinero por ellas. Considera que estos alquileres deben ser los únicos de España cuyo coste aument por lo que cree que la empresa propietaria de esos locales tiene un chollo con este Ayuntamiento. Indica a continuación que en el programa de Vías Públicas se reduce el 7% el contrato de conservación y mantenimiento lo que parecería bien a su grupo pero realmente la empresa adjudicataria de este contrato no hace nada y además ha intentado engañar a este Ayuntamiento en muchas ocasiones por lo que entiende que se debería rescindir totalmente la relación que mantenemos con esa empresa. Sigue diciendo que le ha sorprendido una noticia con la que el equipo de gobierno les ha despertado esta mañana y que se refiere al ahorro del 26% en el alumbrado público por lo que ha vuelto a revisar los Presupuestos y ha comprobado que ese ahorro no es cierto puesto que realmente esas partidas aumentan, en 2013, en la cantidad de

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104.000 euros (6,7% con respecto a lo presupuesto en el año anterior) y, aunque es cierto que ha subido el IPC y el IVA, los datos no cuadran lo que puede deberse a que la nota de prensa no sea cierta, o no sean ciertos los Presupuestos que presenta el equipo de gobierno. Manifiesta que en Medio Ambiente siguen apareciendo los mismos problemas de siempre ya que el Presupuesto de esta Concejalía aumenta el 5% y, como ha dicho el Portavoz del Grupo Socialista, pasa a representar el 24% de todo el gasto del Ayuntamiento y es la única en la que nunca se produce ningún recorte por lo que considera que este Ayuntamiento tiene “un monstruo” en Medio Ambiente que devora, de forma incontrolada, cada euro que se le da y además el equipo de gobierno sigue alimentándolo cada año sin que pase nada. Aclara que la electricidad del programa de Recogida de residuos y limpieza viaria, aumenta el 10%, el contrato de recogida de basuras aumenta en 480.000 euros (12,3% más), el contrato de limpieza viaria aumenta en 197.000 euros (5,4% más) y por ello pregunta qué está haciendo el equipo de gobierno porque se suponía que se iban a producir ahorros con el nuevo contrato y pregunta si en 2013 aparecerán facturas sin pagar de años anteriores. Indica a continuación que el gasto de las partidas de mantenimiento y conservación de parques asciende a 1.315.000 euros (120.000 euros más que en el ejercicio anterior, el 10,2%); el gasto en mantenimiento de los parques coincide con el gasto en personas dependientes de la Concejalía de Servicios Sociales y pregunta si al equipo de gobierno no le parece excesivo el gasto de conservación de parques y también si no cree que se podría ahorrar algo en ello. Manifiesta que se han presupuestado 650.000 euros para suministro de agua en los parques y, aunque esa cifra pueda parecer un disparate, está claro que no se ha presupuestado el gasto real porque en el año 2011 los gastos ascendieron a 924.000 euros y, para conocer el gasto de 2012, su grupo ha ido pidiendo las facturas que se han ido presentando y cree que va a superar el millón de euros. Aclara que el que se hayan presupuestado solo 650.000 euros da la razón a su grupo por decir que el Presupuesto que presenta el equipo de gobierno es irreal.

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Aclara que en “Otros suministros” aparecen presupuestadas las flores y árboles por un importe de 96.000 euros. Sigue diciendo que se supone que las partidas de Servicios Sociales solo van a ser recortadas el 1,4% pero lo cierto es que el recorte en servicios es mucho mayor porque el Presupuesto destinado a energía eléctrica aumenta el 20% y ese dinero se quita de la prestación de servicios. Aclara que no es casualidad la incidencia que durante este debate está haciendo sobre los gastos de luz de las distintas Concejalías y dice esto porque si el equipo de gobierno pusiera en marcha la Moción que su grupo presentó para sacar a concurso, de forma conjunta, la totalidad del suministro de luz del Ayuntamiento, está seguro que todas esas partidas podrían ser reducidas. Manifiesta además que se reducen 53.000 euros en los servicios destinados a jóvenes y mayores y 55.000 euros a las personas dependientes pero lo que más preocupa a su grupo de la Concejalía de Servicios Sociales, son programas como el de acción social cuyo Presupuesto aumenta lo que parece muy bien a su grupo pero la realidad es que disminuyen sus objetivos puesto que se propone atender a 200 vecinos menos, tramitar 500 expedientes menos, dar 10 ayudas menos y todo ello a pesar de que van a costar más dinero lo que considera totalmente inexplicable. Indica que, en promoción social, se pone como objetivo atender a 300 inmigrantes menos, el objetivo de atención a personas dependientes es atender a 55 mayores menos en sus viviendas, 10.000 horas menos de atención domiciliaria, 20 plazas menos en el servicio diurno de acompañamiento, etc. y todo ello a pesar de que solo se ha producido un pequeño recorte en el Presupuesto y por ello pregunta cómo pretende el equipo de gobierno que su grupo apoye el Presupuesto que presenta para 2013. Indica que se supone que el Presupuesto de Educación se mantiene pero no es cierto puesto que también se han realizado recortes. Añade que este año se ha previsto que la Comunidad de Madrid ingrese 90.000 euros más en convenios educativos por lo que está claro que el equipo de gobierno realiza recortes en otras partidas para que el Presupuesto se quede igual. Manifiesta que no hay novedades respecto al Presupuesto de la Concejalía de Deportes puesto que aumenta en 34.000 euros (1%) pero el suministro de luz aumenta el 35% (86.800 euros) y se reducen

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30.000 euros en mantenimiento por lo que un año más sube este Presupuesto pero solo para pagar la luz. Indica que en Cultura y Juventud se reduce el presupuesto mientras que los precios públicos de Cultura aumentan en 130.000 euros y además se eliminan las subvenciones en estas dos áreas mientras que, por ejemplo, la Concejalía de Comercio mantiene la subvención de 100.000 euros a los empresarios por la hora de parking gratuita y también se mantiene la de los mayores a pesar de que el 60% de la subvención se gasta en “comilonas”. Añade que se eliminan las subvenciones para pequeños proyectos de jóvenes que ascendían a 6.000 euros mientras que la Concejalía de Comunicación aumenta la partida de publicidad y propaganda el 55% y gasta 22.000 euros en otros gastos diversos que en esta Concejalía solo pueden destinarse a más publicidad y propaganda. Continúa diciendo a la Concejal Delegada de Economía y Hacienda que ellos dos casi nunca están de acuerdo pero en este caso le felicita por el Presupuesto de su Concejalía puesto que reduce el precio de sus contratos, dedica poco dinero a la realización de estudios externos y además ha creado un fondo de 1.900.000 euros para cancelar deuda de forma anticipada con lo que su grupo está de acuerdo si la situación del Ayuntamiento lo permite porque de esa forma se reducirán los intereses que hay que pagar por ella en 2013. Añade que Unión Progreso y Democracia es un partido diferente y por ello no solo dice las cosas que le parecen mal sino también las que se hacen bien. Aclara que su grupo se ofreció en el Pleno del mes de julio para que todos los grupos municipales presentaran propuestas sobre gastos que consideraban prescindibles evitando de esa forma tener que eliminar gastos fundamentales y hubiera sido más fácil para su grupo haber realizado esas propuestas en una reunión previa para que todos los grupos se hubieran puesto de acuerdo lo que hubiera permitido que todos votasen a favor del Presupuesto pero no se ha podido hacer así porque el equipo de gobierno no hizo caso a dicha Moción. Termina su intervención diciendo que el equipo de gobierno no va a contar nunca con el apoyo de su grupo para aprobar un Presupuesto en el que se exprime a los ciudadanos con impuestos, las

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inversiones dan pena y los servicios se recortan mientras se mantienen gastos superflúos. El Sr. Presidente indica que el equipo de gobierno no se ha quedado de brazos cruzados con la Comunidad de Madrid y no sabe si el Grupo Unión Progreso y Democracia conoce que España está viviendo una crisis sin precedentes y por ello todas las administraciones efectúan recortes. Aclara que el Plan PRISMA de Majadahonda no es distinto al de Las Rozas o Pozuelo y lo cierto es que todos esos municipios han sufrido recortes al igual que Majadahonda y, aunque todos protestan todo lo que pueden, se trata de un recorte generalizado por lo que los municipios tendrán que adaptarse a los nuevos tiempos. Sigue diciendo que al aludir a los gastos por el suministro de energía eléctrica, el Viceportavoz del Grupo Unión Progreso y Democracia no ha tenido en cuenta una variable en este tema y es que se crean zonas nuevas en los municipios y, en Majadahonda tenemos zonas nuevas como los 200.000 m2. en el polígono I+D, la zona de Roza Martín, etc., crecimiento de la ciudad del que se alegra para no quedarnos estancados como ocurre en otras muchas ciudades españolas y precisamente ese crecimiento es una de las razones por las que suben los gastos de electricidad y, si se quiere ser riguroso al elaborar el Presupuesto, es necesario incluir ese aumento en los gastos. A continuación indica que no es cierto que no haya municipios que no hayan pagado alquileres a otras administraciones y lo cierto es que muchos otros los están pagando como Las Rozas, Pozuelo, etc. y añade que, aunque está en contra de asumir competencias impropias, hay excepciones y una de esas es, por ejemplo, la Guardia Civil porque Majadahonda no contaría con Guardia Civil si el Ayuntamiento no hubiera puesto a su disposición los locales donde están ubicados porque la Compañía hubiera seguido en El Pardo y seguramente Majadahonda hubiera tenido que esperar muchos años hasta que se hubiera construido, como pedían muchos grupos municipales, el Cuartel de la Guardia Civil pero lo cierto es que en estos momentos contamos con la Unidad más grande de estas características de España lo que ha permitido un aumento en nuestra seguridad y una bajada de más del 20% del número de delitos que se producían y, concretamente en el último semestre, han bajado el 8%.

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Añade que personalmente está encantado y orgulloso por contar con la Guardia Civil en Majadahonda y está seguro de que nuestros vecinos están encantados de pagar esa competencia impropia. Manifiesta que Unión Progreso y Democracia tiene razón al decir que el edificio de la Policía Local es demasiado grande aunque cree que los edificios deben pensarse no para la función que van a desempeñar en el momento en que se construyen sino para la que puedan realizar durante toda la vida del edificio (50, 60 o 70 años) y recuerda lo que ocurrió con el actual edificio de Policía porque cuando se inauguró también se consideraba demasiado grande. Aclara que posiblemente se incluyan en este nuevo edificio servicios del Ayuntamiento que necesitan más espacio y cree que no es malo que sea grande porque permitirá prever los problemas de espacio que puedan surgir en el futuro. Termina su intervención indicando que el resto de temas serán contestados por la Concejal Delegada de Economía y Hacienda. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que el problema de hablar en tercer lugar está en que muchas de las cosas que iba a decir ya han sido indicadas con anterioridad. Sigue diciendo que estos Presupuestos que se presentan a aprobación vienen influenciados por tres grandes marcos porque es evidente la bestial crisis económica nacional con datos muy preocupantes como son que uno de cada cuatro españoles está en paro, el 21% de la población está bajo el umbral de la pobreza, se producen más de 500 desahucios diarios y hay un empobrecimiento generalizado de todos los ciudadanos; el segundo marco son las medidas de austeridad y las políticas de ajuste empleadas por el Gobierno Nacional mediante la llamada Ley de Estabilidad Presupuestaria por la que parece que se prima el pago de la deuda sobre el mantenimiento de los servicios. Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, esa Ley de Estabilidad Presupuestaria condiciona muchísimo este Presupuesto y también lo condicionan las políticas que se vienen aplicando. Sigue diciendo que el tercer marco es el déficit de la Comunidad de Madrid y la imposición de una serie de medidas de recortes

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generalizados en todos los servicios de su competencia y que tienen incidencia sobre todo en sanidad, en educación o en servicios sociales. Añade que los tres marcos a los que ha aludido condicionan el Presupuesto que se presenta para 2013 pero sobre todo está condicionado por las prioridades políticas que aplica el equipo de gobierno a la hora de gestionar este Presupuesto. Indica que es evidente que este Presupuesto nace marcado por un techo de gasto que vuelve a suponer un nuevo secuestro de la autonomía municipal y responde, sobre todo, a las políticas de ajuste a nivel nacional y de Comunidad de Madrid cuando debería ser, como han dicho los portavoces que le han precedido, un Presupuesto más acorde a la situación de crisis económica nacional y también, como es evidente, de Majadahonda. Añade que las políticas que ha venido aplicando, y sigue aplicando, el Partido Popular en este Presupuesto vienen marcadas por la situación de prácticamente bancarrota que tenía este Ayuntamiento en el año 2005 debido a las presuntas prácticas corruptas del anterior Alcalde y de algunos miembros del anterior equipo de gobierno y, en el otro lado, por la aplicación de una serie de políticas de austeridad y de recorte del gasto bastante importantes. Aclara que se eliminó un gasto superfluo y derrochador pero también se aplicó una falsa política de austeridad selectiva en la que se veía la reducción de gasto social, educativo o cultural y no una reducción en los grandes contratos de empresas que gestionan los servicios públicos privatizados de este Ayuntamiento y considera que este Presupuesto prosigue esa dolorosa senda. Sigue diciendo que en este Presupuesto se ve que gastos tan importantes como la recogida de residuos y limpieza viaria aumentan otro año más en casi el 10% a pesar de que se supone que se había sacado un contrato que reduciría esos gastos, parques y jardines vuelve a subir el 10,7% y recuerda que esos gastos de grandes empresas suponen casi el 60% de todos los gastos en servicios que tiene este Ayuntamiento. Indica que, por otro lado, se puede comprobar que el gasto social sigue bajando y, aunque este año las bajadas no son tan espectaculares como las producidas anteriormente, su grupo cree que ha llegado un momento en el que no se puede bajar más porque prácticamente se han quitado todos los servicios y cree que, en el futuro, va a ser muy difícil ver lo que se hacía en años anteriores en

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los que se reducía el gasto social el 10% o el 15% y dice esto porque es evidente que los porcentajes de reducción actuales son menores porque ya se ha prescindido de la prestación de muchos servicios y además muchas de esas bajadas en capítulos de las Concejalías vienen mitigadas por otras subidas que se producen en esos mismos capítulos y que tienen que ver, fundamentalmente, con un mayor gasto en los suministros de energía, de gas, etc. pero aunque esas reducciones no hayan sido tan espectaculares, Servicios Sociales baja para 2013, en su cómputo total excluyendo los gastos de Personal, el 4% y, por ejemplo, la asistencia a personas dependientes baja el 11% y la promoción social baja el 12%. Sigue diciendo que las partidas destinadas a Educación bajan, a nivel global, el 1% y se puede comprobar que se reducen servicios como ocurre para 2013 con el 50% del dinero que sufragaba el servicio de auxiliares de educación infantil de los colegios o la reducción que se produce en la prevención del fracaso escolar. Aclara que las partidas destinadas a Cultura se reducen el 2% lo que supone una reducción en sus actividades y también en las subvenciones a asociaciones culturales. Manifiesta que el Presupuesto de Juventud, a pesar de su exiguo presupuesto sigue bajando un 2,2% y en este caso se da el adiós definitivo a cualquier tipo de ayuda o subvención al destruido tejido asociativo juvenil que había en este municipio. Indica que todos los datos que ha facilitado podrían parecer normales en una política de austeridad porque no son muy pronunciados aunque algunos sí son espectaculares pero, como ha dicho anteriormente, vienen marcados porque mientras que se reducen los servicios, aumentan los pagos de suministros. Sigue diciendo que otra parte de este Presupuesto son los ingresos que tienen que ver con una política fiscal que se asienta en este Ayuntamiento, sobre todo, en la recaudación de los impuestos directos que vienen suponiendo el 60% de los ingresos totales. Aclara que, al hablar de impuestos directos, es necesario hablar de la gran subida del impuesto sobre bienes inmuebles que pese a su congelación en el importe del recibo, se sigue situando en los casi 30 millones de euros (45% del total de los ingresos municipales) y, como ya dijo en la Comisión Informativa, su grupo piensa que se va a seguir

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recaudando más dinero por este impuesto porque cree que en las previsiones no se ha tenido en cuenta el tipo diferenciado de las grandes empresas que supone que seguirá aumentando por lo que habrá que esperar a final de año para ver cómo se ha producido la recaudación. A continuación aclara que para su grupo es importante relacionar el “subidón” del impuesto sobre bienes inmuebles con el gasto social porque se ha visto que mientras que se subía el 110% dicho impuesto, los vecinos, a pesar del mayor esfuerzo que estaban realizando, veían que los servicios se les iban recortando o incluso algunos desaparecían y cree que incluso, en algunos momentos, se les estaba haciendo una especie de chantaje puesto que se les decía que si querían que se les congelara el importe del recibo del impuesto sobre bienes inmuebles, deberían renunciar a la prestación de determinados servicios. Añade que la esencia de los Presupuestos que se presentan es que los vecinos siguen pagando más dinero y siguen recibiendo menos servicios y cree que, una vez más, son antisociales e injustos puesto que se reducen a tener más impuestos, menos servicios públicos y más servicios públicos privatizados lo que provoca que muchos ciudadanos no puedan utilizarlos. Aclara que la política de concesiones de este Ayuntamiento hace que sus ingresos por este concepto, con algunos cánones más que controvertidos como el de cierto gimnasio o el de un bar por el que apenas se recaudan 2.000 euros, solo supongan el 1% de los ingresos totales y su grupo no sabe si ese es el gran eje de la “Majadahonda liberal” mediante el cual se pone el suelo público a disposición de empresas privadas que compiten, en desigualdad, con la iniciativa privada que tiene que pagar alquileres mucho más altos. Indica que con los precios de esas concesiones administrativas se excluye a un sector de la población que sigue pagando el impuesto sobre bienes inmuebles a un 110% más pero a cambio no puede acceder a esos servicios por lo que, reitera, el Presupuesto que se propone es tremendamente injusto. Sigue diciendo que los servicios que reciben los ciudadanos también tienen que ver con el Gobierno de la Comunidad de Madrid y aclara que estos Presupuestos reflejan a la perfección las políticas de

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recorte continuado del Gobierno Regional sobre servicios públicos. Añade que en años anteriores se veía cómo se iban reduciendo, paulatinamente, los ingresos que se recibían de la Comunidad de Madrid para hacerse cargo de lo que en este Ayuntamiento, en muchas ocasiones, no se quiere asumir como competencias a pesar de que son servicios a los vecinos y, más allá del debate de si las competencias son propias o impropias o existen duplicidades, el problema está en que los vecinos se están quedando sin servicios y dice esto porque para 2013 las transferencias se han vuelto a reducir el 28% en Igualdad, el 18% en Educación y el 18% en escuelas infantiles. A continuación indica que, aunque parece que en el Presupuesto han aumentando las transferencias en Educación, el informe económico-financiero refleja que bajan el 18% y también bajan el 77% las transferencias para Empleo y Desarrollo Local, se suprime el PRISMA no solo en su partida destinada a inversiones sino también en las que se hacían para gasto corriente. Recuerda que el Pleno, por unanimidad, acordó solicitar al Gobierno Regional el aumento de la partida del PRISMA destinada a gasto corriente pero su grupo no sabe si este Ayuntamiento lo solicitó o no y lo único que sabe es que la Comunidad de Madrid no solo no ha hecho caso a esa solicitud sino que directamente ha suprimido esas subvenciones del PRISMA. Indica que si la Comunidad de Madrid no cumple con sus transferencias, es necesario pedir esos ingresos o quizá, como este Ayuntamiento tiene un importante superávit, debemos ser los que tengamos que asumir ese papel de ente más cercano a los vecinos, de ente al que los vecinos acuden a reclamar la asunción de esos servicios que se han suprimido y por ello deberíamos asumir esas competencias de las que nos queremos deshacer porque su grupo cree que lo que interesa a todos los grupos políticos que integran esta Corporación es que nuestros vecinos reciban los mejores servicios posibles y que puedan acceder en igualdad de condiciones. Continúa diciendo que su grupo, otro año más, no está de acuerdo con el Presupuesto que se propone para 2013 porque sigue teniendo los mismos vicios de años anteriores y cree que es un Presupuesto que no es acorde con la mala situación económica que estamos sufriendo todos los ciudadanos y son profundamente antisociales porque, como siempre, priman el gasto en el servicio de recogida de basuras o en lo ornamental y no en lo que necesitan realmente los ciudadanos, vuelven a ser injustos porque, a pesar de

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seguir recogiendo la subida del impuesto sobre bienes inmuebles aunque se haya congelado el recibo, los vecinos no ven aumentados los servicios que reciben y, como ha dicho en ocasiones, no son tan austeros como el equipo de gobierno señala porque sigue aumentando el gasto en los grandes contratos y suministros. Termina su intervención indicando, respecto a la tasa por el servicio de extinción de incendios que tenemos que abonar a la Comunidad de Madrid, que su grupo se quedó corto al solicitar, hace unos meses, que este Ayuntamiento pidiera a la Comunidad de Madrid que cumpliera con sus obligaciones puesto que estábamos pagando una importante tasa, este año mucho mayor ya que en 2012 se van a pagar unos 3 millones de euros por los atrasos y en 2013 se sitúa en torno a 2,3 millones de euros por lo que su grupo está convencido de que es necesario solicitar a la Comunidad de Madrid, ya que Majadahonda cumple con el pago de esa tasa, que ella cumpla con sus obligaciones respecto al Servicio de Bomberos. El Sr. Presidente indica que es muy difícil cuadrar el círculo porque en este Ayuntamiento bajaron los ingresos tradicionales y, en 2008, solo se recibieron unos 10 millones de euros procedentes del urbanismo y cree que en los Presupuestos para 2013 se recogen unos ingresos de 1,5 millones de euros aproximadamente por lo que está claro que hay una gran diferencia y además han caído las transferencias del Estado y las de la Comunidad de Madrid por lo que es necesario hacer recortes, entre otras cosas, porque la intención del equipo de gobierno es bajar los impuestos a los vecinos. A continuación considera que los grupos de la oposición se están contradiciendo porque piden la bajada de impuestos pero también que se suban los gastos lo que, desde su punto de vista, va a suponer déficit y lleva a las administraciones públicas a la bancarrota que es lo que ha pasado en muchos municipios del sur de Madrid que tienen remanentes negativos de tesorería de 600 millones de euros y sin embargo en este Ayuntamiento criticaron muchísimo que un equipo de gobierno anterior creara un déficit de 33 millones de euros. Insiste en preguntar cómo se pueden bajar los impuestos sin hacer recortes y aumentar los gastos y, si el Grupo Izquierda Unida tiene la fórmula para ello porque ha ido a la escuela de hacer milagros, el equipo de gobierno no la tiene.

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Termina su intervención diciendo que el Portavoz de Izquierda Unida-Los Verdes ha olvidado decir que es posible que las concesiones administrativas paguen cánones más bajos que los alquileres que debe abonar la iniciativa privada pero también es cierto que se rigen por unos precios públicos que están por debajo de los que se abonan en el mercado libre y añade que le da igual lo que un ciudadano pueda abonar por una cerveza en un bar objeto de una concesión y recuerda que la adjudicación del bar del Bulevar Cervantes quedó desierta en varias licitaciones porque el canon que el Ayuntamiento pedía era muy elevado y añade que los cánones que tienen que abonar las concesiones administrativas son el resultado de un concurso público abierto. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que hablar en último lugar tiene el problema de que muchas de las cosas que iba a decir ya se han dicho. Sigue diciendo que le gusta oír las intervenciones del Sr. Alcalde como cuando ha dicho que el equipo de gobierno quiere bajar los impuestos pero su grupo piensa que no hace ningún esfuerzo para bajarlos. Manifiesta que el presupuesto es un documento anual en el que se dice a qué se van a destinar los recursos de los vecinos y, año tras año, su grupo tiene la sensación de que lo que se presenta al Pleno para aprobar nunca se va a cumplir y, al final del ejercicio, siempre comprueba que no se cumple. Sigue diciendo que este Presupuesto empieza mal puesto que la Memoria de la Alcaldía no dice toda la verdad ya que dice que la Plusvalía baja del 28% al 18% lo que, desde el punto de vista de su grupo, es engañar a los ciudadanos porque la bonificación del 40% existente hasta ahora va a desaparecer. Añade que el equipo de gobierno está diciendo que baja el tipo impositivo de dicho impuesto del 28% al 18% pero realmente lo que van a pagar los vecinos sube el 7,14% por lo que se van a ingresar 800.000 euros más y su grupo pregunta para qué se quieren esos 800.000 euros más si vienen diciendo que la situación económica de este Ayuntamiento es espléndida y a continuación pide que se explique por qué es necesario volver a pedir a los vecinos un nuevo esfuerzo.

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Indica que el capítulo II “Bienes y servicios” sube el 5% con respecto al inicial del ejercicio 2012 pero en el informe económico-financiero se dice que ese mismo capítulo baja el 7% con respecto a la liquidación del Presupuesto de 2012 lo que significa que se ha gastado muchísimo más dinero del inicialmente previsto y para su grupo sería importante conocer el motivo de ese mayor gasto. Manifiesta que su grupo siempre ha creído que el Sr. Alcalde era consciente del esfuerzo que habían realizado los vecinos para salvar las arcas municipales del agujero en que se encontraban pero está comprobando que no es así. Aclara que es cierto que baja el tipo impositivo del impuesto sobre bienes inmuebles pero los vecinos van a pagar el mismo importe que el año anterior porque esa bajada se produce para absorber la subida de tramo de la base imponible. Indica que su grupo deseaba bajar el importe del recibo de dicho impuesto aunque es cierto que el equipo de gobierno se comprometió a mantenerlo y, como el Partido Popular ganó las elecciones, lo mantiene pero no ha hecho lo mismo con las Plusvalías. Continúa diciendo que, en su conjunto, los ingresos por impuestos directos van a pasar de 38.144.000 euros de 2012 a 39.690.000 euros en 2013 lo que supone un 4,5% más y pregunta si eso es lo que el Grupo Popular entiende por bajada de impuestos. Manifiesta que su Grupo no entiende que se diga que se ha conseguido un resultado positivo de 1,5 millones de euros y sin embargo se siga exprimiendo a los vecinos, sobre todo en un momento de crisis como el que estamos viviendo y reitera su pregunta de para qué se quieren los 800.000 euros de más que se van a conseguir por la Plusvalía. Indica que su grupo no ve que los gastos se correspondan con los contratos recientemente aprobados y dice esto porque la recogida de basuras y limpieza viaria suben muchísimo cuando realmente el equipo de gobierno dijo que se iban a renegociar los contratos y que su coste bajaría una media del 10% y lo mismo ocurre con los gastos del alquiler de los locales de los Juzgados ya que se necesita más dinero para hacer frente al contrato suscrito.

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Continúa diciendo que, en una intervención anterior, el Sr. Alcalde ha dicho que estaba muy contento de que la Guardia Civil esté presente en Majadahonda y realmente su grupo también lo está pero considera necesario que los vecinos conozcan que este Ayuntamiento está pagando el local que utilizan a pesar de que hace bastantes años se les cedió un terreno para construir la Casa Cuartel que nunca se construye por lo que está claro que este Ayuntamiento ha dado a la Guardia Civil patrimonio que tiene retenido (la parcela cedida) y también dinero (alquiler que se paga por el local donde están ubicadas sus instalaciones). Aclara que se presupuestan unos gastos muy elevados para hacer frente a los pagos por el suministro de energía eléctrica y que será necesario estudiarlo en caso de que se confirmen los gastos y precisamente esos gastos de luz o de agua son los que hacen parecer que las partidas presupuestarias bajan mucho menos de lo que lo hacen en realidad y, por ejemplo, aunque no se note, han bajado todas las partidas presupuestarias de Empleo. Indica que en las partidas de “Otros gastos diversos”, gastos en los que todos están de acuerdo en que no son claros y no están definidos, se consignan unos 500.000 euros lo que supone un 0,8% del Presupuesto. Manifiesta que los objetivos para confeccionar este Presupuesto son sorprendentes y algunas Concejalías tienen los mismos que el año pasado porque, por ejemplo, saben que van a recibir las mismas visitas, van a elaborar los mismos documentos y van a realizar las mismas inspecciones y además lo saben con muchísima exactitud e incluso en algunos casos, como ha dicho el Viceportavoz del Grupo Unión Progreso y Democracia, bajan en el número de atenciones. Continúa diciendo que se suprimen las ayudas a desempleados quizá porque el equipo de gobierno considere que en Majadahonda no hay paro y por ello ha decidido no ayudar a los parados. Indica que a su grupo le preocupan los gastos del servicio de recogida de basuras y limpieza viaria por considerarlos muy grandes y cree que es de vital importancia conocer el motivo de su aumento para entender cómo se han hecho determinadas operaciones en los Presupuestos.

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Aclara que el servicio de recogida de basuras fue presupuestado, en el año 2011, en la cantidad de 3.800.000 euros y el de limpieza viaria en 3.600.000 euros. Añade que no se ha bajado la consignación de estos contratos a pesar de que lo dijo el Concejal Delegado de Medio Ambiente y dice esto porque se presupuestaron, en el año 2012, 3.900.000 euros para el contrato de recogida de basuras (casi 100.000 euros más que en 2011) y para la limpieza viaria 3.600.000 euros y en el Presupuesto para 2013 se han consignado 4.383.000 euros para la recogida de basuras y 3.874.000 euros para la limpieza viaria. Manifiesta que si a la suma de ambas cantidades, se le restan 105.000 euros que corresponden al Punto Limpio, se obtiene un total de 8.153.738 euros pero el precio de ambos servicios (recogida de basuras y limpieza viaria) según el nuevo contrato debería ser de 6.830.000 euros (la diferencia es de 1.323.638 euros) y por ello su grupo pregunta para qué se necesita esa cantidad de dinero teniendo en cuenta lo que ha subido ya el presupuesto de esos servicios. Indica que en esa diferencia no se han incluido las dos modificaciones a las que se alude en el informe del Economista Municipal puesto que ya habían sido incluidas en las diferencias entre 2012 y 2013 y añade que estas diferencias se producen entre el Presupuesto de 2013 y el contrato aprobado lo que preocupa muchísimo a su grupo. A continuación pregunta si esas diferencias se deben a deudas o no y recuerda que hace unos días el Concejal de Medio Ambiente dijo que en las facturas presentadas no figuraba, en caso de existir, ninguna deuda. Indica además que hay que esperar hasta final de año para ver qué ocurre con la cantidad de 1.323.638 euros y además su grupo considera muy preocupante que se presupueste esa cantidad de dinero de más en un contrato como el de la recogida de basuras cuando estamos en un periodo de crisis y de austeridad y de hecho la recogida, tratamiento y eliminación de residuos sube en el capítulo II el 11,5% y la limpieza viaria el 5% y pregunta por qué se producen esas subidas en las consignaciones si se rebajó el precio en los nuevos contratos. Indica además que las partidas destinadas a parques y jardines suben, en su capítulo II, el 7% y su grupo entiende que por ello es necesario reducir las consignaciones en Promoción social (baja el 11,3%), las subvenciones, las ayudas a dependencia, a los desempleados, a la defensa del consumidor y en el Presupuesto parece

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que esas consignaciones no bajan más porque suben mucho los costes de los suministros de energía eléctrica y agua. Continúa diciendo que otro tema importante para su grupo y que siempre ha defendido en todos los Presupuestos, es el remanente de tesorería. Aclara que cuando el remanente de tesorería era negativo siempre insistía para que fuera calculado con una consideración mucho más rigurosa de la dudosidad para el cobro de las liquidaciones antiguas pero el equipo de gobierno nunca hizo caso aunque su grupo sigue pensando que es necesario ser lo más realistas posible al calcular las previsiones y cree que ahora, cuando la situación económica no es tan dramática, se podrían utilizar criterios más rigurosos en ese aspecto. Aclara que su grupo no cree que la minusvalía de los valores a percibir con una antigüedad mayor de tres años debiera ser menor del 100% y cree que, si se realizara ese ejercicio de realismo considerando que las deudas mayores de tres años no van a ser abonadas, el remanente de tesorería volvería a ser negativo. Manifiesta que es imposible que su grupo pueda apoyar estos Presupuestos porque no son claros ni solidarios y añade que le gustaría hacer una pregunta y es por qué, con unos resultados económicos tan buenos según el equipo de gobierno, se quiere exprimir nuevamente a los vecinos y pregunta si es para ahorrar o para tener un saquito para mover dinero de una partida a otra a lo largo del ejercicio como ocurre con la consignación del servicio de recogida de basuras. Termina su intervención diciendo que su grupo esperará a ver cómo se desarrollan los acontecimientos a lo largo del ejercicio 2013 y, mientras tanto y aún sintiéndolo mucho, su grupo no va a aprobar el Presupuesto que se propone. El Sr. Presidente indica que decir que se bajen los impuestos es una irresponsabilidad porque los impuestos se deben bajar conociendo los gastos y dice esto porque se pueden bajar los 800.000 euros de ingresos que se van a recibir de más por el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos pero es necesario decir qué gastos se reducen por ese mismo valor. Sigue diciendo que el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos es muy especial y por ello el equipo de gobierno quiere

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repercutir la bajada de impuestos no en el dinero que gana una familia cuando vende su casa (impuesto de plusvalía) sino en los impuestos que, todos los años, pagan todos los ciudadanos de Majadahonda y por ello, como el Ayuntamiento necesita esos 800.000 euros de ingresos, no se baja el tipo impositivo de dicho impuesto aunque desea dejar claro que lo ha bajado lo que ha podido y, aunque le gustaría que nadie tuviera que pagar nada por ese impuesto, no es posible hacerlo porque el Ayuntamiento necesita recursos económicos. Manifiesta que el Grupo Municipal Centrista no debe hacer demagogia y pedir que se baje el impuesto de Plusvalías porque realmente lo que está pidiendo es que el equipo de gobierno suba las consignaciones de muchas partidas presupuestarias. Indica que el Grupo Centrista también ha sido demagógico al hablar del tema de la Guardia Civil y recuerda que anteriormente ha dicho que es cierto que este Ayuntamiento cedió un suelo para la construcción del Cuartel pero como el Gobierno de España nunca ha dicho que no vaya a construirlo, esa parcela sigue estando cedida y desea dejar claro que, en estos momentos, esa parcela no hace falta a este municipio. A continuación pide a los Grupos Municipales Centrista y Unión Progreso y Democracia que digan con claridad si quieren que el Ayuntamiento deje de pagar el alquiler del local que está utilizando la Guardia Civil lo que significa que se les echa de Majadahonda. Termina su intervención diciendo que hay muchos criterios para determinar el remanente de tesorería y el equipo de gobierno ha utilizado el que, en su momento, indicó la Cámara de Cuentas y cree que no se está equivocando porque los resultados que se están obteniendo coinciden con las previsiones que se han realizado y si realmente lo que quiere el Grupo Centrista es que este Ayuntamiento tenga remanente negativo de tesorería para poderlo criticar, debe decir que se utilice un artificio contable para conseguir los resultados que dicho grupo desea. A continuación el Sr. Presidente indica que no ha limitado el tiempo de duración de este primer turno de intervenciones y tampoco lo va a limitar en el segundo turno pero pide a los distintos portavoces que no repitan los argumentos utilizados en el primer turno y se

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ajusten lo máximo que puedan a los tiempos que marca el Reglamento Orgánico. La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez, indica al Portavoz del Grupo Municipal Socialista que, en muchas ocasiones, se ha discutido en el Pleno sobre el superávit y el Sr. Alcalde lo ha reflejado muy bien porque el equipo de gobierno elabora los presupuestos como la “famosa tarta” del Sr. Solchaga porque realmente solo se pueden realizar gastos por los ingresos que se tienen porque, como todos saben, los presupuestos tienen que estar equilibrados. Sigue diciendo que los 800.000 euros más de ingresos que se van a obtener por el impuesto de plusvalías, se van a destinar a seguir prestando servicios educativos, sociales y de sanidad teniendo en cuenta siempre las competencias municipales. A continuación dice que a los grupos de la oposición se les llena la boca pidiendo inversiones y diciendo que el equipo de gobierno no invierte aunque lo cierto es que, en 2013, se va a invertir, con cargo a gasto corriente, más de 500.000 euros pero también se van a realizar otras inversiones por muchos millones de euros con cargo a la incorporación de remanentes. Recuerda seguidamente que todas las inversiones son plurianuales y también que en la anterior legislatura se realizaron inversiones por 80 millones de euros y pregunta si al Grupo Municipal Socialista le parece poca cantidad y añade que en esta legislatura se va a actuar de la misma forma. Insiste en que esas inversiones se hacen con cargo a incorporaciones anuales de remanentes y las que figuran en el Presupuesto de 2013 son las que se van a realizar con recursos propios y ascienden a más de 500.000 euros. Indica, respecto a que los presupuestos no son realistas y no reflejan la realidad de Majadahonda, que el equipo de gobierno es consciente de la gran crisis económica que está padeciendo España y que fue creada por el Partido Socialista y a continuación deja claro que el equipo de gobierno del Partido Popular es muy sensible y por ello intenta paliarla en todo lo posible y añade que los Servicios Sociales Municipales intentan ayudar a todos los ciudadanos que lo demandan.

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Sigue diciendo que el Grupo Socialista debe decir dónde no están equilibrados los Presupuestos porque la realidad es que sí lo están y además prevén un pequeño superávit. Aclara que los Presupuestos que presenta el equipo de gobierno son reales y transparentes y por ello, en la Comisión Informativa de Hacienda, se dijo que el importe que se había consignado para la tasa por el servicio de extinción de incendios era más pequeña de la que ahora hay que pagar y por ello la consignación destinada a esa partida sube. Manifiesta que no puede referirse a todos y cada uno de los subconceptos que figuran en el Presupuesto y por ello se va a referir a la generalidad de los órganos de gobierno y aclara que la política de gasto ha subido en seguridad, en deportes y bienestar comunitario. A continuación pide al Portavoz del Grupo Socialista que no sea demagógico y diga que Majadahonda no tiene una presión fiscal de más de 1.000 euros porque en internet se puede comprobar lo que la Agencia Tributaria dice sobre la presión fiscal de los majariegos y también se puede comprobar lo que figura respecto a la presión fiscal que tienen los ciudadanos de Rivas Vaciamadrid, Fuenlabrada o Parla. Indica que no es cierto que los Presupuestos no hayan tenido calidad democrática porque se han debatido en todas las comisiones informativas, los grupos de la oposición han tenido la puerta abierta de su despacho para proponer iniciativas y comentar los Presupuestos pero ninguno ha acudido. Manifiesta a continuación que hace mucho tiempo que el Sr. Alcalde tenía claro que Majadahonda es una ciudad y no una aldea y por ello precisamente el equipo de gobierno, con su Alcalde a la cabeza, lleva el emblema de “Majadahonda excelente”. Seguidamente indica al Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, que siente que no haya encontrado nada positivo en los Presupuestos que se proponen y desea dejar claro que los Presupuestos para 2013 han sido elaborados con rigor y sobre todo son muy reales porque las previsiones de ingresos

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se han realizado en base a los estudios económicos-financieros que se han elaborado por primera vez. Sigue diciendo que en los Presupuestos que elabora el equipo de gobierno desde que el Sr. de Foxá es el Alcalde, los ingresos siempre se consignan con cantidades por debajo de las previsiones como lo demuestran las Liquidaciones de Presupuestos que se han aprobado desde el año 2007. Indica que en la tasa por el servicio de extinción de incendios se ha consignado todo el gasto real que tendrá en 2013. Aclara que el coste del servicio de suministro de agua ha subido, en 2012, en dos ocasiones y las cantidades que se consignan en el Presupuesto son reales. A continuación pide que todos los grupos municipales se pongan de acuerdo porque Unión Progreso y Democracia critica la ayuda que se concede a los comerciantes y el Grupo Municipal Socialista ha dicho que el equipo de gobierno no les ayuda. Insiste en que ningún miembro de los grupos de la oposición ha acudido a su despacho para presentar alguna iniciativa. Indica seguidamente al Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, que es cierto que los Presupuestos han sido elaborados teniendo en cuenta la crisis económica que padecemos y por ello se han aplicado medidas de austeridad y políticas de ajustes, no han “bailado” alrededor de la bajada de subvenciones de la Comunidad de Madrid y se han realizado basándose en unos resultados económicos importantes por lo que los Presupuestos no son restrictivos de forma exagerada. Añade que también se han basado en el techo de gasto que prevé la Ley de Estabilidad Presupuestaria y piensa que, gracias a dicha ley, muchos ayuntamientos de España comenzarán a poder pagar a sus proveedores y a sus trabajadores. Aclara que estos Presupuestos demuestran la gestión que tiene que hacer un ayuntamiento en época de crisis y por ello se ha planteado seguir dando los servicios que ya se venían prestando, no se han eliminado los servicios básicos como, por ejemplo, de Servicios Sociales que no ha aumentado el precio de los servicios que presta como el de teleasistencia, el SEDA sigue siendo gratuito, etc.

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Manifiesta que no es cierto que el equipo de gobierno haya subido los impuestos para enjugar el déficit de 33 millones de euros sino que se ha acatado un valor catastral y, desde hace unos años, se ha ido bajando el tipo impositivo para poder congelar el recibo del impuesto sobre bienes inmuebles. A continuación indica que ha llegado a la conclusión de que la Portavoz del Grupo Municipal Centrista desea que se fije el impuesto sobre bienes inmuebles en el 0,40 para que el ciudadano, al año siguiente, tenga que abonar un recibo el 25% más caro. Aclara que el equipo de gobierno está bajando el tipo impositivo de forma prudente para que cuando se llegue al final de la cuota a la que todos los años se imputa el 10% más, el ciudadano no sufra la subida del recibo. Añade que lo que pretende el Grupo Centrista no lo va a conseguir porque el equipo de gobierno es prudente y, de forma ecuánime, va a seguir bajando el tipo impositivo para que, cuando se acabe la revisión catastral, el ciudadano no tenga que sufrir la correspondiente subida. Sigue diciendo al Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, que el equipo de gobierno, desde hace años, ha eliminado todos los gastos que se consideraban superfluos y por ello los Presupuestos son austeros. Manifiesta que los Presupuestos se cumplen y, si el Grupo Centrista duda de ello, debe decirlo al Sr. Interventor porque, si no se cumplieran, la Cámara de Cuentas enviaría una notificación al Sr. Interventor para que acudiera a sus oficinas y además las Liquidaciones de los Presupuestos que se aprueban demuestran que los Presupuestos se cumplen. Aclara que, como ha dicho anteriormente el Sr. Alcalde, el Ayuntamiento necesita esos 800.000 euros de mayores ingresos que se van a recibir en el impuesto de plusvalías para intentar paliar la subida de impuestos y para congelar los recibos del impuesto sobre bienes inmuebles. Indica seguidamente que los presupuestos son previsiones de gastos e ingresos y por ello pueden modificarse a lo largo del ejercicio y es cierto que en las previsiones finales se ha producido una bajada respecto a los gastos previstos inicialmente. Añade que anteriormente se ha criticado que el equipo de gobierno subía el capítulo II y ahora,

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como los grupos de la oposición se han dado cuenta de que no ha subido al final del ejercicio y las previsiones finales son más bajas que las iniciales, también lo critican. A continuación recuerda que hay nuevas zonas en Majadahonda y que es necesario que cuenten con alumbrado público, hay que limpiarlas, recoger las basuras, etc. Termina su intervención indicando a la Portavoz del Grupo Municipal Centrista que lleva tiempo intentando detectar algún error en la forma de actuar del equipo de gobierno pero está convencida de que no va a conseguirlo porque el equipo de gobierno es muy transparente y añade que es cierto que, en determinados contratos, se producen unas revisiones de precios que aún no han sido presentadas por las empresas a las que afectan por lo que no existe ninguna factura en ese sentido pero el equipo de gobierno es muy realista y conservador al reflejar los gastos y por ello prevé un gasto que puede llegar al Ayuntamiento aunque reitera que todavía no se ha presentado ninguna factura en tal sentido. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica que su grupo no ha dicho nada durante este debate sobre los impuestos pero desea decir que no es malo pagar impuestos porque son elementos redistributivos e igualan. Sigue diciendo que está de acuerdo en que en Majadahonda se ha producido un importante crecimiento y en su intervención anterior ha querido constatarlo y ha dicho que los Presupuestos deben estar acordes a ese crecimiento. Manifiesta que no se ha referido anteriormente a la calidad democrática porque se hayan tratado los Presupuestos en las Comisiones Informativas lo que agradece al equipo de gobierno y tampoco porque la Concejal Delegada de Economía y Hacienda ofreciera su despacho para explicarles los Presupuestos. Indica también que en su intervención sobre la tasa por el servicio de extinción de incendios ha intentado informar a los vecinos de la subida tan brutal que ha sufrido dicha tasa.

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A continuación indica a la Concejal Delegada de Economía y Hacienda que, como lleva muchos años viviendo en Majadahonda, conoce, casi mejor que nadie, cómo funcionan las cuentas en este Ayuntamiento pero le pide que sea seria y reconozca que la crisis que estamos padeciendo en España, en Europa y en gran parte del mundo, no ha sido creada por el Partido Socialista y considera que decir eso es pura demagogia y además considera necesario que reconozca que no está diciendo la verdad y, si dicha Concejal Delegada lo desea, puede producirse un debate absurdo sobre quién firmó la Ley del Suelo del año 1998 de liberalización del suelo que, posteriormente, desembocó en una crisis inmobiliaria y en la burbuja inmobiliaria que hoy se padece porque, desde el punto de vista de su grupo, es lo que ha ido generando un brutal desempleo. Aclara que lo que su grupo pretende no es desequilibrar el superávit sino priorizar porque está intentando hacer ver al equipo de gobierno que se pueden priorizar otros gastos distintos que, desde su punto de vista, son los que más se acercan a las necesidades de los vecinos de Majadahonda. Destaca una vez más que en estos Presupuestos se realizan muchos recortes a los ciudadanos en lo básico. Sigue diciendo que en la documentación de los Presupuestos sobre los que se está discutiendo, solamente aparecen 501.000 euros para inversiones y pide al equipo de gobierno que diga a los vecinos en qué se va a invertir en 2013 y en esta legislatura porque no basta con decir que en la anterior legislatura se han invertido 80 millones de euros, petición que hace porque, reitera, su grupo solo ha visto que se van a invertir 501.000 euros y, si realmente se van a realizar más inversiones, el equipo de gobierno debe informar de ello a los grupos de la oposición y, si se hiciera así, tendrían la oportunidad de pronunciarse sobre ellas y decir si esas inversiones van a servir o no. Indica que el Sr. Alcalde anteriormente ha hablado de presupuestos en el I+D pero su grupo considera que debería de hablar de ignorar a los ciudadanos y de desconocer sus necesidades reales. Termina su intervención diciendo que si el equipo de gobierno enfocara estos Presupuestos para cubrir las necesidades reales de los ciudadanos, de los profesores, de las instalaciones sanitarias y de las instalaciones deportivas, es decir, de lo que realmente preocupa a los

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vecinos, podría contar con el apoyo del Grupo Socialista pero si no lo hace así, y muy a su pesar, no puede contar con su apoyo. El Sr. Presidente indica que es cierto que en la documentación del Presupuesto figura que las inversiones que se van a hacer ascienden a 501.000 euros pero todos los grupos municipales saben que todas las inversiones que se hacen en Majadahonda, se hacen en base a la incorporación de créditos extraordinarios. Aclara que lo que está mal no es lo que figura en la documentación del Presupuesto sino las consecuencias que saca el Grupo Socialista de dicha documentación. Añade que, para conocer las inversiones que va a realizar el equipo de gobierno en esta legislatura, basta con consultar su programa electoral e incluso se realizarán algunas otras que no figuran en dicho programa porque siempre surgen necesidades en esta ciudad. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, aclara que en el programa electoral del Partido Popular de Majadahonda aparecía el Metro pero su grupo no ve nada sobre ello en el Presupuesto. El Sr. Presidente aclara que en su programa electoral figuraba el Metro como inversión a realizar por la Comunidad de Madrid porque realmente esa inversión figuraba en el programa electoral de la Comunidad y añade que, mientras el Partido Socialista ha estado gobernando España lo que ha ocurrido hace tan solo un año, el Ministerio de Fomento no ha hecho nada a favor de que llegue el Metro a Majadahonda a pesar de que figuraba en el programa electoral del Partido Popular en la Comunidad de Madrid, de la anterior legislatura. Sigue diciendo que el entonces Ministro de Fomento, Sr. Blanco, firmó un convenio con la Comunidad de Madrid para que Majadahonda tuviera Metro pero realmente no se ha hecho nada durante cuatro años. Termina su intervención diciendo que va a entregar al Grupo Socialista todo el listado de inversiones que el equipo de gobierno

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considera beneficiosas para los ciudadanos y añade que, aunque se critica mucho el modelo ciudad del equipo de gobierno y se dice que no se piensa en los ciudadanos, etc., la realidad es que los ciudadanos de Majadahonda, en todas las elecciones que se celebran, dan su confianza, mayoritariamente, al Partido Popular y cree que será por algo y quizá no se la dan al Partido Socialista porque su modelo no es el que los ciudadanos quieren. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, indica a la Concejal Delegada de Hacienda que es totalmente falso que nadie haya acudido a su despacho para hablar de los Presupuestos porque lo cierto es que la Portavoz de su Grupo, Sra. Madrigal, en el turno de ruegos y preguntas del Pleno celebrado en el mes de julio, se ofreció para celebrar una reunión entre todos los grupos municipales para determinar los gastos que cada uno consideraba prioritarios y el equipo de gobierno no aceptó esa propuesta. Añade que, con posterioridad, los miembros de su grupo se han reunido con el equipo de gobierno para preguntar qué se incluía en cada una de las partidas que forman el Presupuesto y también pedían explicaciones de por qué algunas subían y otras bajaban y todo eso lo han hecho en las comisiones informativas por lo que no era necesario acudir al despacho de la Concejal Delegada y considera que el no acudir a su despacho no quiere decir que su grupo no se haya preocupado por conocer en profundidad el Presupuesto y tampoco que no hayan dicho si las propuestas que se hacían les parecían bien o mal. Aclara que su grupo ha dicho que los Presupuestos son malos porque reducen servicios a los vecinos, son malos para los intereses de los vecinos y también son malas las inversiones que se plantean. Manifiesta que, desde el punto de vista de su grupo, la Concejal Delegada de Hacienda pone los ingresos un poco por debajo de las previsiones reales porque tiene miedo de que sus propios compañeros de grupo sepan que hay dinero y comiencen a gastarlo de forma incontrolada. Indica que su grupo no tiene que ponerse de acuerdo con el Grupo Socialista en lo que se refiere a la ayuda que se concede a los comerciantes e insiste en que para su grupo, conceder 100.000 euros de ayuda a los comerciantes por la hora de aparcamiento gratuita, es una barbaridad.

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Continúa diciendo que su grupo considera necesario bajar el impuesto sobre bienes inmuebles para los años 2013 y 2014 y así lo ha venido diciendo de forma clara y le da igual cuándo se llegue al 0,4 porque la compensación del Catastro del 0,4 al 0,5 es menos porcentaje que del 0,9 al 0,10 por lo que, si se baja ahora, cuando lleguen los años 2015, 2016 y 2017, el porcentaje de subida en el recibo va a ser menor que si se congela ahora y eso lo sabe el equipo de gobierno. Manifiesta seguidamente que su grupo no quiere que este Ayuntamiento pague el alquiler del local de los Juzgados y si dejar de pagarlo significa que se vayan a ir, desea que se vayan. Indica que a su grupo sí le parece bien que la Guardia Civil esté en Majadahonda y lo que ha estado diciendo es que se debe intentar, al menos, que no suba el alquiler de los locales que utiliza la Guardia Civil porque cree que es el único local de España que, por contrato, tiene que subir su precio todos los años. Aclara que, en estos momentos, todos los alquileres de España bajan de precio menos el alquiler de estos locales. A continuación pide al Sr. Alcalde que informe a su grupo los datos tan buenos que se tienen sobre la delincuencia desde que la Guardia Civil está ubicada en Majadahonda y pregunta por qué el equipo de gobierno se niega siempre a reunir a todos los grupos municipales para hablar de temas de seguridad y pregunta por qué no se hace esa reunión en una Junta Local de Seguridad como viene pidiendo el Grupo Municipal Socialista. Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, el equipo de gobierno sí tapa gastos en las partidas de parques y jardines y dice esto porque en el año 2011, el equipo de gobierno gastó 1 millón de euros en el riego de parques y jardines y ahora solo se han presupuestado 650.000 euros y por ello pregunta si el equipo de gobierno pretende eliminar, en un solo año, la mitad de los jardines que tiene Majadahonda. Manifiesta seguidamente, respecto a los gastos por el suministro de energía eléctrica, que el equipo de gobierno, en su nota de prensa, dice que ha reducido el 23% los gastos de luz y añade que Majadahonda, en un solo año, no va a crecer el 23% y pregunta si es

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que el equipo de gobierno cree que, en 2013, todo el mundo va a venir a vivir aquí porque, aunque el equipo de gobierno dice que ha reducido los gastos el 23%, la realidad es que esos gastos, en el Presupuesto suben el 6% y su grupo puede aceptar que ese porcentaje de subida se deba al incremento del IPC y del IVA pero pregunta dónde está el 23% de recorte de dichos gastos y pregunta también si es que Majadahonda va a aumentar el 23% en un solo año. Aclara que el equipo de gobierno ha dicho que los gastos suben por la subida del IPC y del IVA pero, si a esas cantidades se le descuentan las subidas brutales que se recogen en el Presupuesto por el suministro de energía eléctrica porque en años anteriores el equipo de gobierno no reconocía las cifras a las que ascendían esos gastos de luz, las cifras no cuadran. A continuación manifiesta que su grupo quiere dejar claro que el equipo de gobierno no está bajando ningún impuesto sino que los están congelando en el máximo y aclara que su grupo tampoco ha ido a la escuela de hacer milagros pero, si el equipo de gobierno escuchara un poco más las propuestas que realiza, quizá las cosas se podrían hacer un poco mejor. Aclara que la propuesta que su grupo realiza es eliminar los gastos superfluos y pregunta al Sr. Alcalde si puede comprometerse a eliminar, por ejemplo, los 51.000 euros en otros gastos diversos de la Concejalía de Urbanismo, a no pagar la cantidad de 1 millón de euros más del contrato de recogida de basuras, a reducir los gastos por consumo de agua de parques y jardines y su mantenimiento, a eliminar gastos en publicidad y propaganda, los gastos por compra de flores y árboles, a poner en marcha la moción que su grupo presentó sobre transparencia en la contratación que permitiría reducir el coste de todos los contratos, las subvenciones cuyos gastos son poco razonables y aumentar las destinadas a Cultura y Juventud. Indica que el equipo de gobierno no acepta esas propuestas porque el modelo de ciudad del equipo de gobierno es totalmente distinto al de su grupo y está claro que al Grupo Popular no le gusta el modelo de Unión Progreso y Democracia y lo mismo ocurre al revés. Termina su intervención diciendo que desea dejar claro que su grupo no quiere que el Ayuntamiento gaste 500.000 euros en pagar el alquiler de los locales de los Juzgados y si el no pagarlo supone que se vayan, su grupo está de acuerdo en que se vayan.

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El Sr. Presidente pregunta si Unión Progreso y Democracia dice lo mismo para los locales que utiliza la Guardia Civil. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia aclara que, si realmente los datos sobre la delincuencia son tan buenos desde que la Guardia Civil está en Majadahonda, su grupo considera que, al menos, se debería intentar negociar con el propietario de los locales que utilizan para que no suba el precio del alquiler que, reitera, está subiendo todos los años. Añade que su grupo sí está de acuerdo en pagar el alquiler de los locales que utiliza la Guardia Civil. El Sr. Presidente pregunta por qué Unión Progreso y Democracia está de acuerdo con pagar unos alquileres y otros no cuando realmente ambos corresponden a competencias impropias. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia indica que su grupo no renuncia a exigir que la administración que, en cada caso, tenga la competencia reintegre el dinero que este Ayuntamiento esté pagando por esos alquileres y, si no queda otro remedio, entiende que Majadahonda necesita a la Guardia Civil y por ello está de acuerdo en que se abone el alquiler de los locales que utiliza pero no está de acuerdo en pagar el alquiler de los locales que utilizan los Juzgados. El Sr. Presidente indica que hasta este momento, Unión Progreso y Democracia no ha sido claro en su postura y considera necesario que diga si quiere que se quite o no la subvención que se concede al pequeño comercio del centro de Majadahonda. El Vicepresidente de Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, aclara que su grupo quiere quitar la hora de parking gratis que cuesta a los vecinos 100.000 euros.

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El Sr. Presidente manifiesta que este Ayuntamiento concede una subvención a los comerciantes del centro de Majadahonda. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, aclara que su grupo está de acuerdo en conceder la subvención de 18.000 euros a los comerciantes pero, reitera, no está de acuerdo con la de 100.000 euros para la hora de parking gratuita porque cree que es una barbaridad. El Sr. Presidente insiste en preguntar si Unión Progreso y Democracia quiere quitar la subvención de 50.000 euros que este Ayuntamiento concede a los comerciantes para que la gasten en lo que crean mejor. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, reitera que su grupo está de acuerdo en mantener la subvención de 18.000 euros a los comerciantes pero no en la de 100.000 euros para la hora de parking gratuita. El Sr. Presidente pregunta si Unión Progreso y Democracia quiere dejar la subvención que se concede a los comerciantes en 18.000 euros. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, indica que si la alternativa es conceder una subvención de 100.000 euros para una hora de parking gratuita, su grupo quiere quitar dicha subvención. El Sr. Presidente indica que si Unión Progreso y Democracia quiere que se eliminen los gastos de 50.000 euros aproximadamente que cuesta la adquisición de flores, debe decirlo. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, aclara que su grupo desea que se eliminen esos gastos por compra de flores y la comida de 40.000 euros de los

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mayores y también desea que se dejen de presentar facturas como las de parques y jardines de 100.000 euros por la adquisición de árboles y flores como las del año 2007. El Sr. Presidente indica que el equipo de gobierno está de acuerdo con los Presupuestos que ha elaborado porque realmente tiene un modelo de ciudad distinto al de Unión Progreso y Democracia y por ello es posible que dicho grupo cuente con 3 concejales en esta Corporación y el Grupo Popular cuente con 14 porque recuerda que Majadahonda tiene una población de 70.000 habitantes y esos 70.000 ciudadanos apuestan, de momento, por el modelo de ciudad del Partido Popular. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, recuerda al Sr. Alcalde que el Partido Popular perdió 2 concejales en las últimas elecciones y un 10% de los votos. El Sr. Presidente recuerda al Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia que el Partido Popular cuenta con más del 50% de los votos de los ciudadanos de Majadahonda a pesar de haber subido los impuestos y recuerda, una vez más, que Unión Progreso y Democracia cuenta con 3 concejales y el Partido Popular con 14 concejales. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, recuerda que su partido ha pasado de 0 a 3 concejales y el Partido Popular de 16 a 14 concejales. El Sr. Presidente indica que hay que esperar a ver por qué apuestan los ciudadanos en las próximas elecciones, si es por un modelo de ciudad quitando todas las flores del municipio, por no tener el centro de la ciudad de la forma que lo tenemos lo que se debe, entre otros motivos, a las subvenciones que se conceden al comercio del centro de la ciudad y, como a Unión Progreso y Democracia le gusta hacer comparaciones, desea que se compare la situación actual del centro de Majadahonda con, por ejemplo, el de Las Rozas, el de Pozuelo o el de Boadilla.

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Termina su intervención diciendo que, desde su punto de vista, en esta sesión plenaria se han aclarado muchas cosas y dice esto porque ya era hora de que Unión Progreso y Democracia definiera su postura. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, aclara que su grupo siempre ha dejado claras sus ideas y, añade que no ha ido a la escuela de hacer milagros y cree mucho más en hacer milagros progresivos como lo demuestra la propuesta que ha realizado para generar más ingresos y que se tratará en el Pleno ordinario que se celebrará a continuación. Sigue diciendo que, en muchas ocasiones, el equipo de gobierno dice que su grupo pide desbocar el gasto, no generar ingresos, etc. pero desea aclarar que lo que viene proponiendo su grupo, desde hace tiempo, es que se suba el tipo diferenciado para las grandes empresas lo que puede generar importantes ingresos para este municipio. Manifiesta que, en puntos posteriores, se debatirá sobre la política fiscal de tasas y ordenanzas, política que en ocasiones no es coherente porque piensa que también se podrían actualizar IPC’s y pregunta por qué los coches más contaminantes tienen congelado el impuesto de vehículos. Indica que cuando se debatió la Cuenta General de 2011, su grupo no tenía los mismos datos sobre la caída de los ingresos urbanísticos que el equipo de gobierno sobre todo comparándolos con el bestial aumento de la recaudación que se había producido vía impuesto sobre bienes inmuebles. Considera seguidamente que las transferencias del Estado (Participación en los tributos del Estado) no han caído en el Presupuesto para 2013 sino que realmente han aumentado el 7,5% aunque está de acuerdo en quizá sea necesario volver a abrir un debate que parece que ha sido olvidado a pesar de que parecía que los dos grandes partidos de este país lo defendían, y es elaborar una adecuada Ley de Financiación Municipal que permita a los municipios tener lo que les corresponde para asumir las competencias que les corresponden y las que asumen aunque no les correspondan porque es necesario prestar esos servicios a los ciudadanos. Añade que ese

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debate debe reabrirse y entiende que la Ley de Estabilidad Presupuestaria parece que ha olvidado la reforma de la Ley de Haciendas Locales que permita que los municipios cuenten con unos buenos ingresos para funcionar. Continúa diciendo que es cierto que el eje principal del Grupo Popular es la “Majadahonda excelente” y decir que este municipio tiene una presión impositiva inferior a otros municipios aludiendo, entre otros, a Rivas Vaciamadrid pero su grupo considera interesante ver lo que reciben los vecinos de dicho municipio y cree que, en muchas ocasiones, el equipo de gobierno se olvida, por ejemplo, de las prestaciones educativas que tienen los vecinos de Rivas Vaciamadrid, las que tienen los jóvenes porque recuerda que en ese municipio existen 4 Casas de la Juventud y lo mismo ocurre con las políticas sanitarias o de participación ciudadana aunque no cree que éste sea el foro adecuado para discutir esos temas. Añade que su grupo está convencido de que los compañeros del Grupo Popular que integran la Corporación de Rivas Vaciamadrid recibirán la misma contestación que en este Ayuntamiento reciben los grupos de la oposición y es que en ese municipio Izquierda Unida cuenta con la mayoría absoluta que le han concedido sus vecinos. Añade que si se quiere ir hacia una “Majadahonda excelente”, será necesario cambiar porque, desde el punto de vista de su grupo, lo que se hace es ir hacia una “Majadahonda excluyente” y dice esto porque los grandes eslóganes que pagaron todos los vecinos a una empresa privada acabaron siendo un determinado programa político que se refería a una “Majadahonda familiar” pero en la actual “Majadahonda familiar” se ve cómo se reduce el gasto social, el educativo o el cultural, se eliminan o recortan los programas de auxiliares de educación infantil de los que se benefician más de 4.000 niños, los de prevención del fracaso escolar, las ayudas a las familias y, a pesar de la crudeza de la crisis actual, se sigue manteniendo la escasa ayuda a emergencia social, etc. y el resumen de todo esto podría ser que solo uno de cada cuatro euros de este Presupuesto va dirigido a lo que el equipo de gobierno considera gasto de interés social en el que se incluye el deporte, el consumo, el comercio, etc. Indica que también se ve cómo, en el eje nuevo de “Majadahonda transparente”, la participación ciudadana se sigue cercenando y además se eliminan, al máximo, las pocas subvenciones de las que disfrutaba el tejido asociativo municipal y, por ejemplo, los

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jóvenes no van a recibir ni siquiera los escasos 6.000 euros de subvención que recibían. Añade que él participó, hace muchos años, en el movimiento asociativo juvenil y consideraba envidiable el que existía hace 10 años del que no queda nada en estos momentos y realmente solo funcionan una o dos asociaciones que eran las mismas que recibían esa subvención y una de ellas realizaba un campamento de cooperación en el Magreb. Añade que también se siguen reduciendo las ayudas a los clubs deportivos, etc., por lo que parece que el tejido social tampoco tiene encaje en el modelo de ciudad del Partido Popular. Continúa diciendo que “Majadahonda excelente” no deja de ser un eslogan propagandístico y lo cierto es que en el Presupuesto que se propone aumentan las partidas destinadas a publicidad y propaganda lo que parece que es importante para el equipo de gobierno y añade que parece que se va a llegar a la “Majadahonda de dos velocidades” en las que un ciudadano va en su todoterreno pagando los mismos impuestos que los demás y lleva a sus hijos a un colegio privado concertado y acude a unas concesiones administrativas privatizadas para hacer deporte o para tomarse una cerveza frente al otro ciudadano que ve cómo sus colegios públicos se van deteriorando poco a poco por la antigüedad que tienen, va perdiendo las becas de comedor, no puede acceder a los servicios deportivos concertados y los que quedan de gestión municipal se van deteriorando con el tiempo y no se arreglan y, si se arreglan, es para privatizarlos, etc. pero lo cierto es que ambos ciudadanos pagan el mismo impuesto sobre bienes inmuebles y también han sufrido el aumento bestial de dicho impuesto. Termina su intervención diciendo que, como su grupo cree que los Presupuestos que se proponen ahondan en ese modelo de ciudad excluyente, no los va a apoyar. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que cada vez que al Sr. Alcalde no le gusta algo que dicen los grupos de la oposición, dice que están haciendo demagogia pero lo cierto es que no es así y su grupo, al menos, intenta ser realista. Sigue diciendo que el Sr. Alcalde ha comentado que bajar los impuestos no es serio y que deben mirarse los gastos pero su grupo cree que debería hacerse al revés, es decir, hay que estudiar dónde se

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pueden reducir gastos para tratar de no subir los impuestos a los vecinos y dice esto porque, como ha indicado en muchas ocasiones, los vecinos de Majadahonda llevan mucho tiempo pagando muchos impuestos y, cuando se dice a ciudadanos de otros municipios el impuesto sobre bienes inmuebles que se paga aquí, éstos piensan que es una barbaridad porque, por ejemplo, una vivienda de 85 m2. paga 600 euros y puede enseñar al Sr. Alcalde, cuando quiera, el recibo que lo demuestra. El Sr. Presidente pide a la Portavoz del Grupo Centrista que le muestre ese recibo porque cree que lo que ha dicho no es cierto. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, sigue diciendo que parece que el equipo de gobierno tiene la sensación, respecto al impuesto de plusvalías, de que hay que esquilmar a los ciudadanos que se vayan de Majadahonda pero lo cierto es que muchos ciudadanos vinieron a Majadahonda en los años setenta y se convirtieron en propietarios de viviendas grandes pero ahora, al jubilarse, no puede mantener los gastos que le suponen y vende esa vivienda para comprarse otra más pequeña y cree que el equipo de gobierno no debe estar metiendo la mano en el bolsillo de esos ciudadanos de la forma en que se hace actualmente porque recuerda que esos vecinos han estado un recibo del impuesto sobre bienes inmuebles muy elevado y ahora, al vender la casa, además de lo que ha estado pagando, debe pagar una plusvalía muy elevada y además recuerda, para que se tenga en cuenta, que el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos (plusvalías) es potestativo y muchos ayuntamientos no lo han establecido. Sigue diciendo que su grupo no quiere echar a la Guardia Civil de Majadahonda y tampoco a los Juzgados pero desea, como depende del Ministerio de Defensa, sea ese Ministerio el que pague el dinero que Majadahonda paga por el alquiler de sus instalaciones y, si el dinero para los locales de los Juzgados fue transferido por el Ministerio de Justicia a la Comunidad de Madrid al transferirle las competencias, el alquiler de los locales que utiliza debe ser pagado por la Comunidad de Madrid porque cree que cada administración debe pagar los gastos que son de su competencia y no está de acuerdo en que este Ayuntamiento pague gastos que corresponden a otras administraciones. Añade que el Ministerio de Defensa tiene que pagar

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los locales donde está ubicada la Guardia Civil y la Comunidad de Madrid los locales que utilizan los Juzgados y además recuerda que este Ayuntamiento cedió terrenos a esas administraciones para que construyan los edificios que necesitan y, de hacerlo, ya no sería necesario pagar alquileres. Insiste en que no tiene ningún sentido que los vecinos de Majadahonda hagan frente a gastos que corresponden a otras administraciones. Indica a continuación que su grupo no desea que el remanente de tesorería sea negativo sino que los ingresos que se contabilicen sean reales porque viene viendo, desde hace unos años, cómo aumentan las deudas de dudoso cobro como ha ocurrido con el gran aumento que se ha producido último año y supone que es posible que haya sido por la crisis económica y por los problemas económicos que tienen los ciudadanos y por ello pide, en estos momentos en que el Ayuntamiento no tiene agobios económicos, que se haga un cálculo más preciso para ver cuántos morosos no van a poder ser cobrados y está convencida de que serán muchos más de los previstos. Recuerda seguidamente a la Concejal Delegada de Economía y Hacienda que, cuando les entregó los Presupuestos, les dijo que las explicaciones de las Concejalías se realizarían en las comisiones informativas y eso es lo que se ha hecho y en esas comisiones los grupos de la oposición plantearon las dudas y preguntas que estimaron convenientes y desea dejar claro que la mayoría de los concejales del Grupo Popular dijeron que no sabían a qué se iba a destinar el dinero previsto en la partida denominada “Otros gastos diversos” e incluso algún concejal delegado recibió en ese momento la información de que contaba con 15.000 euros menos en esa partida. Reitera que los grupos de la oposición preguntaron en las comisiones informativas y el equipo de gobierno contestó de una determinada forma y ahí fue donde precisamente el Concejal Delegado de Medio Ambiente dijo que no había deudas porque no había facturas pero su grupo cree que esa Concejalía debe saber si existen o no revisiones de precio y a cuánto pueden ascender. A continuación manifiesta que a su grupo le interesa muchísimo conocer por qué sube el presupuesto del servicio de recogida de basuras en 1.323.000 euros a pesar de la elevada bajada de precio del contrato. Aclara que su grupo ha estudiado el Presupuesto y ha visto que los ingresos por plusvalías suben 800.000 euros y pregunta, si los

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gastos ascienden a 500.000 euros, para qué se quieren los 300.000 euros restantes y también si son para pagar deuda. Además pregunta si el equipo de gobierno va a decir a los ciudadanos que va a meter la mano en sus bolsillos para pagar deuda sin saber si realmente se va a pagar o no y añade que todos saben que el precio del suelo, que es lo que grava la plusvalía, ha bajado con respecto al que tenía en el año 2008 por lo que, reitera, no tiene sentido cobrar más al vecino por dicho impuesto porque la referencia para calcular la plusvalía es el precio del suelo del año 2008 y no el que tiene en el año 2013. A continuación indica que es cierto que su grupo quiere que baje el tipo impositivo del impuesto sobre bienes inmuebles al 0,40 porque prefiere que los vecinos tengan su dinero hasta que llegue el momento de que ese impuesto suba lo que tenga que subir porque quizá ya no haya crisis en el año 2015 y quizá entonces los vecinos prefieran pagar lo que les corresponda pero está convencida de que en estos momentos prefieren tener ellos el dinero a que lo tenga el Ayuntamiento por lo que pide que el equipo de gobierno deje a los vecinos hacer lo que quieran con esa diferencia de dinero y, cuando ya no se pueda bajar más el tipo impositivo, será necesario explicar a los ciudadanos lo que ocurre pero considera imprescindible hacerlo en ese momento por lo que está claro que el Grupo Centrista y el Popular tienen formas distintas de ver las cosas. Manifiesta además que las zonas verdes no tienen nada que ver con el servicio de recogida de basuras. Sigue diciendo que su grupo, en ningún momento, ha dicho que los Presupuestos no se cumplen sino que los Presupuestos iniciales del ejercicio 2012 no van a tener nada que ver con la Liquidación del Presupuesto de dicho ejercicio y que esa liquidación va a ser mucho más alta que las previsiones iniciales por lo que está claro que el equipo de gobierno no cumple lo que prevé. Añade que el Presupuesto que se presenta para 2013 sube un 5% con respecto al de 2012 y baja respecto a los datos que figuraban en la Liquidación por lo que está claro que ese desfase es el que demuestra que se ha gastado mucho más dinero del presupuestado y está convencida de que en el Presupuesto para 2013 volverá a pasar lo mismo y además se dejan cantidades sin explicar para después realizar modificaciones de crédito para pagar facturas como la de hace unos días de 90.000 euros.

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Indica seguidamente que los intereses de la deuda también bajan 700.000 euros y añade que el equipo de gobierno ha dicho que, si fuera necesario, reducirá la deuda pero, si no lo fuera, no la devolverá y su grupo cree que si no es necesario no debe reducirse deuda porque de esa forma podrían rebajarse los impuestos a los vecinos. Termina su intervención diciendo que su grupo no va a apoyar la propuesta de Presupuestos que presenta el equipo de gobierno. El Sr. Presidente aclara que no es ninguna novedad que el Grupo Centrista no apoye los Presupuestos porque lo lleva haciendo 20 años a pesar de que seguramente alguno de esos Presupuestos fuera bueno. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, aclara que, en todos esos años, ningún Presupuesto presentado por el equipo de gobierno ha sido bueno para su grupo. El Sr. Presidente aclara que la situación económica actual de este Ayuntamiento es envidiable dentro de la Comunidad de Madrid y realmente somos un modelo en la elaboración de los Presupuestos y en contar con superávit desde hace 7 años a pesar de la crisis económica. Sigue diciendo que está totalmente de acuerdo con una parte del discurso del Grupo Centrista y es que el dinero está mejor en manos de los ciudadanos que en las del Ayuntamiento pero cree que la política del Grupo Centrista va al revés y considera que todo lo que dice son incongruencias. Añade que todos los grupos municipales deben ser responsables y estudiar qué gastos se pueden reducir según el modelo de ciudad que se desea. Aclara que realmente los gastos suben aún sin hacer nada porque sube el IVA, la luz, el capítulo I aunque este año ha subido menos, etc. y sin embargo las aportaciones del Estado bajan aunque para 2013 se haya presupuestado más dinero pero a veces es necesario devolverlo, las aportaciones de la Comunidad de Madrid bajan, los ingresos por impuestos y tasas relacionados con el urbanismo también bajan, se congela el impuesto sobre bienes inmuebles que tienen que abonar los ciudadanos y por eso ha preguntado al Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes a qué escuela de hacer milagros ha ido porque el equipo

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de gobierno no sabe qué puede hacer sino recortar los gastos y lo único que los grupos de la oposición piden es que se creen más escuelas infantiles y otras muchas cosas. Insiste en que el equipo de gobierno está haciendo un modelo de Presupuestos que debería ser utilizado en la mayoría de los ayuntamientos de la Comunidad que, como ha dicho anteriormente, tienen remanentes negativos en 600 millones de euros. A continuación indica a la Portavoz del Grupo Centrista que está harto de incongruencias y dice esto porque el equipo de gobierno también prefiere que el alquiler de los locales de la Guardia Civil sean pagados por el Ministerio del Interior, que los alquileres de los Juzgados sean pagados por el Ministerio de Justicia y que todos los gastos que figuran en el Presupuesto no sean pagados por nuestros ciudadanos pero lo cierto es que es necesario preguntarse qué ocurrirá si esas administraciones no pagan esos alquileres porque, entre otras cosas, recuerda que un municipio colindante a Majadahonda está dispuesto a construir un Cuartel para la Guardia Civil por lo que seguramente se irían a ese otro municipio y Majadahonda se quedaría sin sus servicios. Pregunta seguidamente al Grupo Centrista si estaría dispuesto a pagar el precio de los alquileres si las administraciones competentes no los pagan. Indica a la Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia que ella no forma parte del equipo de gobierno y por ello no conoce las gestiones que, como Alcalde, realiza todos los días y para realizar esa gestión ha escrito cartas, ha mantenido reuniones con el Consejo de Interior de la Comunidad de Madrid, se ha reunido con la Guardia Civil, ha presionado en las prioridades de cuarteles de España, etc. y cree que los grupos de la oposición no pueden dudar de esas gestiones sin saber si se hacen o no. A continuación pregunta, en el caso de que las administraciones competentes no paguen los gastos de alquileres de los locales, si los grupos de la oposición estarían dispuestos a que el Ayuntamiento los abonara.

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Termina su intervención concediendo a la Concejal Delegada de Economía y Hacienda el uso de la palabra para que, en dos minutos, cierre el debate de este punto del Orden del día. La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez, indica al Portavoz del Grupo Municipal Socialista que no va a seguir discutiendo si realmente cree que el Sr. Aznar es quien tiene la culpa de la actual crisis económica. Sigue diciendo al Viceportavoz del Grupo Unión Progreso y Democracia que siente que ambos tengan distinto modelo de ciudad pero lo cierto es que los tienen según ha explicado anteriormente el Sr. Alcalde. Manifiesta al Portavoz del Grupo Izquierda Unida-Los Verdes que después de este debate se hablará de los impuestos, entre otros, del impuesto sobre bienes inmuebles y recuerda que ha indicando anteriormente que 1 de cada 4 euros de los ingresos del Presupuesto se va a destinar a interés social y por ello le pregunta si esa cantidad le parece pequeña porque realmente supone el 25% del Presupuesto y con el resto se tienen que hacer frente a los gastos de saneamiento, infraestructuras, mantenimiento, limpieza viaria, recogida de basuras, gastos que supone la atención a los ciudadanos, etc. y aún así este Ayuntamiento puede ahorrar para congelar los impuestos a los ciudadanos. Indica a continuación a la Portavoz del Grupo Centrista que no hay nada peor que mezclar cosas que no tienen nada que ver y dice esto porque el equipo de gobierno ya ha dicho que, con los 800.000 euros más que se van a obtener por el impuesto de plusvalías, se va a intentar bajar el tipo impositivo de los impuestos para ayudar a los vecinos y, desde su punto de vista, la deuda no tiene nada que ver con este tema porque realmente con la deuda no se pueden bajar los impuestos. Aclara que este año se han incluido en el Presupuesto 1.800.000 euros aproximadamente para amortizar deuda pero, reitera, con ese dinero no se puede bajar ningún tipo de impuestos. Termina su intervención aclarando que estos Presupuestos van a satisfacer las necesidades de nuestros ciudadanos de forma eficiente, eficaz, económica y sensata adecuando los ingresos y los gastos a los objetivos de la política de estabilidad y sostenibilidad financiera.

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Sometido este asunto a votación, la Corporación, por trece (13) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular y diez (10) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, ACUERDA: Primero.- Aprobar inicialmente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Majadahonda para el ejercicio 2013 que comprende los siguientes estados:

a) El Presupuesto del Ayuntamiento. b) El Presupuesto del Organismo Autónomo “Patronato

Monte del Pilar”. c) El estado de previsión de gastos e ingresos de la Sociedad

Anónima de capital íntegramente municipal “PATRIMONIO MUNICIPAL DE MAJADAHONDA, S.A.” (PAMMASA).

Segundo.- Aprobar el estado de consolidación de los presupuestos anteriores, así como sus Anexos de Personal e Inversiones, las Bases de Ejecución y la documentación complementaria.

Tercero.- Aprobar el techo del gasto computable para los ejercicios 2013, 2014 y 2015 del siguiente cuadro, de acuerdo con el Artículo 12 Regla de gasto de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad financiera

Conceptos 2012 2014 2015

A) Operaciones no financieras 62.022.965,00 61.769.534,00 62.569.061,00 63.546.611,00 64.736.797,00

Incrementos por cambios normativos 800.000,00

Intereses de la deuda -910.000,00 -450.000,00 -450.000,00 -400.000,00 -370.000,00

Gastos financiados con fondos finalistas -5.341.925,00 -4.600.387,00 -4.600.387,00 -4.650.357,00 -4.700.357,00

GASTOS COMPUTABLES 55.771.040,00 56.719.147,00 57.519.147,00 58.496.254,00 59.666.440,00

Incrementos interanuales 1,7% 3,1% 1,7% 2,0%

REGLA DE GASTO AYUNTAMIENTO

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Cuarto.- Ordenar la apertura de un periodo de información Pública de quince días hábiles, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, plazo durante el cual los interesados podrán examinar el presente expediente y formular reclamaciones ante el Pleno, entendiendo que el Presupuesto General se considerará definitivamente aprobado si al término de dicho periodo de exposición no se hubiesen presentado reclamaciones al mismo. 2.(147/12) APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA

MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES DE IMPUESTOS PARA 2013 (8.2)

Antes de comenzar a tratar este punto del Orden del día, el Grupo Municipal Centrista entrega al Sr. Alcalde una enmienda a este punto 2 del orden del día y que se refiere a la modificación de la Ordenanza nº 4 del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana cuyo texto es el siguiente:

“La situación económica actual y la falta de financiación hace

cada vez más difícil la venta de viviendas en nuestro municipio que no olvidemos es la última solución para muchas familias, inmersas en la crisis, que han perdido sus empleos y además tienen que vender sus casas para trasladarse a otras más pequeñas al no poder afrontar los gastos de la actual.

Por ello, para amortiguar la injusticia de aplicar un impuesto para el incremento de valor de unos terrenos que en realidad han sufrido una disminución y para evitar que el próximo año esa injusticia sea mayor, nuestro grupo solicita que el tipo impositivo se reduzca al 16,8% en lugar de al 18% propuesto en este expediente y con esta enmienda conseguir que se mantenga la presión fiscal del año anterior en lugar de experimentar una subida del 7% con respecto a 2012.”

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Seguidamente se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) MOCIÓN de la Concejal Delegada de Hacienda de 27 de

julio de 2012, cuyo texto es el siguiente: “Tramítese el expediente reglamentario para la modificación y

actualización de las Ordenanzas Fiscales correspondientes al ejercicio 2013.

Incorpórense las diferentes propuestas de modificación

realizadas por los distintos departamentos municipales.” B) INFORME del Técnico de Gestión y del Tesorero

Municipal, de 24 de septiembre de 2012, con el Vº Bº de la Concejal Delegada de Economía y Hacienda, cuyo texto es el siguiente: “El presente documento contiene las propuestas de modificación de las Ordenanzas Fiscales de impuestos para su entrada en vigor en el ejercicio 2013, conforme los criterios que se han dictado desde la Concejalía de Hacienda. La modificación afecta: A) A la Ordenanza nº 2 del Impuesto sobre Bienes

Inmuebles de Naturaleza Urbana, artículo 6 y más concretamente al tipo de gravamen que experimenta una reducción desde el tipo actual del 0,5355 al 0,485, no se alteran los tipos diferenciados. Conforme a las estimaciones realizadas sobre los bienes de naturaleza residencial en el padrón del impuesto para este año, esta diferencia compensaría el incremento de la Base Liquidable que sufren los mismos como consecuencia de la disminución del importe de la reducción que establece las Normas de este impuesto.

B) A la Ordenanza nº 4 del Impuesto sobre el Incremento

del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

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1.- En el artículo 5 punto b, sobre bonificaciones, donde dice “… se entenderá como vivienda habitual…” pasará a redactarse de la siguiente manera: “Se entiende como vivienda habitual …” todo ello para evitar interpretaciones al respecto. 2.- En el articulo 6 punto 3 relativo a la modificación de los valores catastrales, y la reducción en la base imponible del impuesto por este hecho durante un periodo de tiempo, habiendo concluido este periodo temporal, se extingue este apartado hasta la próxima revisión catastral; Así el punto 4 de este articulo pasara a denominarse punto 3. 3.- En el artículo 7, Habiéndose terminado la reducción por revisión de los valores catastrales cuya ponencia se realizó en el año 2007, el tipo de gravamen del artículo 7, que actualmente está fijado en el 28% de la base imponible, se reduce para el ejercicio siguiente a un 18%, compensando así en gran medida la reducción antes mencionada. De esta forma, en el supuesto de mantenerse el número de transmisiones y el resto de los elementos que influyen en la liquidación, implica un incremento de un siete por ciento sobre las cantidades consignadas en el presupuesto vigente.

C) A la Ordenanza Fiscal nº 5 del Impuesto sobre

Construcciones. Instalaciones y Obras. 1. El Real Decreto Ley 19/2012 de medidas urgentes de

liberalización del comercio y de determinados servicios, ha modificado en su disposición final primera, la Ley Reguladora de Haciendas Locales, y consecuentemente debe alterarse el apartado primero de este artículo quedando redactado ahora de la siguiente manera:

“El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es un tributo indirecto cuyo hecho imponible está constituido por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, o para la que se exija presentación de declaración responsable o comunicación previa, siempre que la expedición de la licencia o la actividad de control corresponda al ayuntamiento de la imposición.”

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En otro sentido el apartado numero 2 de este articulo desaparece, al modificarse el hecho imponible del apartado 1. 2.- En el artículo 2, apartado dos, por las mismas razones que las del apartado 1 del artículo 1, la redacción del apartado quedará ahora de la siguiente manera: “En el supuesto de que la construcción, instalación u obra no sea realizada por el sujeto pasivo contribuyente tendrán la condición de sujetos pasivos sustitutos del contribuyente quienes soliciten las correspondientes licencias o presenten las correspondientes declaraciones responsables o comunicaciones previas o quienes realicen las construcciones, instalaciones u obras.” El sustituto podrá exigir del contribuyente el importe de la cuota tributaria satisfecha”. 3.-En desarrollo del artículo 103.2.d del RDL 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Las Haciendas Locales que señala la posibilidad de establecer “una bonificación de hasta el 50 % a favor de las construcciones instalaciones u obras referentes a las viviendas de protección oficial”, el Pleno de esta Corporación introdujo en artículo 4.c de la Ordenanza del IBI, una bonificación a determinadas clases de construcciones protegidas, todo ello según la definición del Real Decreto 801/2005 por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008 para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda.

Señala en su informe de 28 de mayo de 2012 en Arquitecto Municipal, que se ha aprobado una nueva reglamentación en el Decreto 74/2009, de 30 de julio, en el que se da una nueva calificación urbanística del suelo protegido, Reglamento de viviendas con protección pública de la Comunidad de Madrid, artículo 4:

“Calificación urbanística del suelo. Sobre el suelo residencial destinado expresamente por el

planeamiento urbanístico a la construcción de vivienda de protección oficial, vivienda con protección pública de hasta 110 metros cuadrados construidos, vivienda con protección pública básica o vivienda con protección pública de forma genérica, sólo podrá promoverse vivienda con protección pública sujeta al precio básico y su superficie máxima será de 110 metros cuadrados construidos, salvo que este destinada a familia numerosa, en cuyo caso

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podrá tener una superficie ,mayor de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable y con el límite de 150 metros cuadrados construidos.”

Así, las denominaciones de la vivienda sujeta a bonificación contempladas en la Ordenanza municipal deben modificarse pasando a denominarse de la siguiente manera:

- Vivienda de protección oficial (VPO). - Vivienda de protección pública básica (VPPB). - Vivienda de protección pública genérica (VPP). - Vivienda de protección pública de hasta 110 metros. En ese informe propone que “dado que la más

restrictiva de las calificaciones es la de VPPB, ésta se bonificará con un 50%, un 40% a la VPP y con un 30% al resto”.

D) A la Ordenanza nº 6, del Impuesto sobre Actividades Económicas. 1.- El art. 87.2.a. del RDL 2/2004 señala la posibilidad de establecer “una bonificación de hasta el 50 % de la cuota correspondiente, para quienes inicien el ejercicio de cualquier actividad empresarial y tributen por cuota municipal, durante los cinco años de actividad siguientes a la conclusión del segundo periodo impositivo de desarrollo de aquella”. El artículo 5, Bonificaciones y Reducciones, apartado 3 la recogió indicando que se concederá una bonificación del 50% de la cuota correspondiente, para quienes inicien el ejercicio de cualquier actividad empresarial y tributen por cuota municipal durante los 5 años de actividad siguientes a la conclusión del segundo período impositivo de desarrollo de la misma.

A lo largo de estos años ninguna pequeña empresa ha solicitado esta bonificación, recordemos que sólo se benefician de la mismas aquellas que facturan más de un millón de euros, por la Concejalía se considera que este beneficio no ha alcanzado el objetivo que justificó su establecimiento por lo que se propone su supresión. Visto el expediente administrativo y la legislación vigente, se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente Propuesta de modificación de las Ordenanzas Fiscales de impuestos:

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PRIMERO.- APROBAR de forma provisional las siguientes modificaciones a las Ordenanzas Fiscales: 1º.-Se modifica el tipo de gravamen para los bienes inmuebles urbanos establecido artículo 6.1 de la Ordenanza nº 2 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, quedando establecido en 0,485. 2º.- Se introducen las siguientes modificaciones a la Ordenanza nº 4 del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana:

a.- Se da una nueva redacción al artículo 5 punto b, “Se

entiende como vivienda habitual aquella en que figure empadronado el causante. Si por motivos de edad o salud justificara que lo estuviera en una residencia de mayores autorizada, tendrá esta consideración la vivienda donde previamente hubiera residido”.

b.- Se suprime el artículo 6.3 pasándose a denominar como número 3 el señalado como 4.

c.- Se modifica el tipo de gravamen señalado en el artículo 7 fijándose en 18 %.

3º. Se modifica la Ordenanza Fiscal nº 5 del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras en los siguientes artículos.

a.- Se altera la redacción del art. 1 que pasa a ser la siguiente: “1. El hecho imponible está constituido por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, o para la que se exija presentación de declaración responsable o comunicación previa, siempre que la expedición de la licencia o la actividad de control corresponda al Ayuntamiento”.

b.- El artículo 2, el apartado segundo queda redactado

de la siguiente forma: “En el supuesto de que la construcción, instalación u obra no sea realizada por el sujeto pasivo contribuyente tendrán la condición de sujetos pasivos sustitutos

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del contribuyente quienes soliciten las correspondientes licencias o presenten las correspondientes declaraciones responsables o comunicaciones previas o quienes realicen las construcciones, instalaciones u obras.

El sustituto podrá exigir del contribuyente el importe de

la cuota tributaria satisfecha”. c.- El artículo 4, punto C) queda redactado de la

siguiente manera: “Una bonificación del 50 por ciento en las obras de construcción de viviendas de protección oficial. Esta bonificación alcanzará este porcentaje a aquellas calificadas como de protección pública básica, un 40 por ciento para las de protección pública genérica y un 30 para el resto de viviendas de protección pública definidas en el Decreto de la Comunidad de Madrid 74/2009, de 30 de julio o Norma que le sustituya. En el supuesto de promociones mixtas que incluyan locales o viviendas libres y viviendas de las señaladas, el porcentaje de bonificación se aplicará a la parte de la cuota correspondiente a las construcciones, instalaciones u obras destinadas estrictamente a estas últimas. Se deberá a aportar por el interesado un desglose del presupuesto en el que se determine razonablemente el coste que supone la construcción de unas y otras viviendas En el caso de que no fuese posible su desglose, a efectos de la bonificación se prorrateará el presupuesto en proporción a sus respectivas superficies. En todo caso será necesario aportar copia de la calificación provisional de las viviendas”.

4º.- Se suprime el artículo 5 de la Ordenanza nº 6, del Impuesto sobre Actividades Económicas. SEGUNDO- EXPONER el presente acuerdo de modificación en el tablón de anuncios durante un plazo de treinta días dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si trascurrido el plazo no se sido presentadas, se entenderá definitivamente aprobado este acuerdo provisional. La entrada en vigor se producirá el día 1 de enero de 2013. TERCERO- PUBLICAR el anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en un diario de los de mayor difusión de la provincia.

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CUARTO- FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos

documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.”

C) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Técnico de Gestión y

del Tesorero Municipal con el Vº Bº de la Concejal Delegada de Economía y Hacienda de 18 de octubre de 2012, que modifica la propuesta que realizó con fecha 24 de septiembre de 2012, cuyo texto es el siguiente: “Con fecha 24 de septiembre de 2012, se elevó propuesta de modificación de Ordenanzas Fiscales para su entrada en vigor el 1 de enero de 2013. Dentro de ésta se encontraba la modificación de diversos artículos de la Ordenanza Fiscal nº 5 del Impuesto sobre Construcciones. Instalaciones y Obras. No obstante, con fecha 18 de octubre de 2012 se ha emitido informe por la Jefa de Recaudación e Inspección, cuya copia se adjunta, en la que recomienda la modificación del artículo 5 de esta Ordenanza con el objeto de mejorar la gestión de este impuesto amparado en el art. 103.1 del RDL 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: “Cuando se conceda la licencia preceptiva o se presente la declaración

responsable o la comunicación previa o cuando, no habiéndose solicitado, concedido o denegado aún aquella o presentado éstas, se inicie la construcción, instalación u obra, se practicará una liquidación provisional a cuenta, determinándose la base imponible: a. En función del presupuesto presentado por los interesados, siempre que hubiera sido visado por el colegio oficial correspondiente cuando ello constituya un requisito preceptivo. b. Cuando la ordenanza fiscal así lo prevea, en función de los índices o módulos que ésta establezca al efecto.

“Una vez finalizada la construcción, instalación u obra, y teniendo en cuenta su coste real y efectivo, el Ayuntamiento, mediante la oportuna comprobación administrativa, modificará, en su caso, la base imponible a que se refiere el apartado anterior practicando la correspondiente liquidación definitiva, y exigiendo del sujeto pasivo o reintegrándole, en su caso, la cantidad que corresponda”.

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Por este motivo se ve necesaria la modificación de la propuesta realizada inicialmente y que se encuentra en fase de tramitación con el fin de incorporar la sugerencia realizada. Visto el expediente administrativo y la legislación vigente, se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente Propuesta de modificación de las Ordenanzas Fiscales de impuestos: PRIMERO.- APROBAR de forma provisional las siguientes modificaciones a las Ordenanzas Fiscales: 1º.-Se modifica el tipo de gravamen para los bienes inmuebles urbanos establecido artículo 6.1 de la Ordenanza nº 2 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, quedando establecido en 0,485. 2º.- Se introducen las siguientes modificaciones a la Ordenanza nº 4 del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana:

a.- Se da una nueva redacción al artículo 5 punto b, “Se

entiende como vivienda habitual aquella en que figure empadronado el causante. Si por motivos de edad o salud justificara que lo estuviera en una residencia de mayores autorizada, tendrá esta consideración la vivienda donde previamente hubiera residido”.

b.- Se suprime el artículo 6.3 pasándose a denominar como número 3 el señalado como 4.

c.- Se modifica el tipo de gravamen señalado en el artículo 7 fijándose en 18 %.

3º. Se modifica la Ordenanza Fiscal nº 5 del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras en los siguientes artículos.

a.- Se altera la redacción del art. 1 que pasa a ser la siguiente: “1. El hecho imponible está constituido por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención

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de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, o para la que se exija presentación de declaración responsable o comunicación previa, siempre que la expedición de la licencia o la actividad de control corresponda al Ayuntamiento”.

b.- El artículo 2, el apartado segundo queda redactado de

la siguiente forma: “En el supuesto de que la construcción, instalación u obra no sea realizada por el sujeto pasivo contribuyente tendrán la condición de sujetos pasivos sustitutos del contribuyente quienes soliciten las correspondientes licencias o presenten las correspondientes declaraciones responsables o comunicaciones previas o quienes realicen las construcciones, instalaciones u obras.

El sustituto podrá exigir del contribuyente el importe de

la cuota tributaria satisfecha”.

c.- El artículo 4, punto C) queda redactado de la siguiente manera: “Una bonificación del 50 por ciento en las obras de construcción de viviendas de protección oficial. Esta bonificación alcanzará este porcentaje a aquellas calificadas como de protección pública básica, un 40 por ciento para las de protección pública genérica y un 30 para el resto de viviendas de protección pública definidas en el Decreto de la Comunidad de Madrid 74/2009, de 30 de julio o Norma que le sustituya. En el supuesto de promociones mixtas que incluyan locales o viviendas libres y viviendas de las señaladas, el porcentaje de bonificación se aplicará a la parte de la cuota correspondiente a las construcciones, instalaciones u obras destinadas estrictamente a estas últimas. Se deberá a aportar por el interesado un desglose del presupuesto en el que se determine razonablemente el coste que supone la construcción de unas y otras viviendas En el caso de que no fuese posible su desglose, a efectos de la bonificación se prorrateará el presupuesto en proporción a sus respectivas superficies. En todo caso será necesario aportar copia de la calificación provisional de las viviendas”.

d.- Se da una nueva redacción al artículo 8, “Régimen de

declaración e ingreso” cuyo texto es el siguiente:

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“1.- El impuesto se exigirá en régimen de autoliquidación. Los sujetos pasivos están obligados a practicar autoliquidación por el impuesto, en el impreso habilitado al efecto por la Administración municipal, y a abonarla, en cualquier entidad colaboradora autorizada, previamente a la retirada de la licencia concedida y en aquellos casos en que no es necesaria licencia deberán aportar copia de la autoliquidación abonada e el momento de presentación de la declaración responsable o comunicación previa. En todo caso se deberá haber presentado la autoliquidación abonada, dentro del plazo máximo de un mes contado a partir del momento en que se inicie la construcción, instalación u obra, incluso cuando no se hubiere solicitado, concedido o denegado aún dicha licencia o no se hubiera presentado declaración responsable o comunicación previa, sin que el pago realizado conlleve ningún tipo de presunción o acto declarativo de derechos a favor de aquellos

“2.-La autoliquidación presentada tendrá carácter

provisional, determinándose la base imponible de esta autoliquidación provisional de la siguiente forma:

“a) Para las Construcciones e instalaciones que requieran licencia de obra y cuyo titular no sea una Administración Pública, se tomará la mayor de las dos cantidades siguientes:

“a.1 El importe del presupuesto de ejecución material visado por el colegio profesional correspondiente.

“a.2 El importe resultante de aplicar el anexo 1 de esta

ordenanza y que constituye unos criterios de estimación provisional de los costes mínimos de ejecución material.

“b) Para las construcciones e instalaciones que requieran licencia de obra y cuyo titular sea una Administración Pública, la base imponible estará constituida por el presupuesto de ejecución de la obra, visado por el colegio profesional correspondiente.

“c) Para las construcciones e instalaciones que no requieran licencia de obra la base imponible estará constituida por el presupuesto presentado de ejecución material. En caso

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

de que no aportarse éste, el coste de ejecución de la obra podrá determinarse por los técnicos municipales.

“3.- Cuando se modifique el proyecto de la construcción,

instalación u obra y hubiese incremento de su presupuesto, una vez aceptada la modificación por la Administración municipal, los sujetos pasivos deberán presentar autoliquidación complementaria por la diferencia entre el presupuesto inicial y el modificado con sujeción a los plazos, requisitos y efectos indicados en los apartados anteriores.”

e.- Se introduce el siguiente Anexo I:

“Costes mínimos de referencia general por tipo de edificación para instalaciones, construcciones y obras que requieran licencia de obra y cuyo titular no sea una Administración Pública.

AÑO  2013 

COSTES DE REFERENCIA GENERAL Coste de ejecución material (1)  

(€/m2 construido) 

RESIDENCIAL 

Unifamiliares 

Aisladas 557,18 

Adosadas o pareadas 514,05 

De protección oficial 470,93 

Colectivas De promoción privada 

537,63 

De protección oficial 489,33 

 Dependencias 

Vivideras en sótano y bajo cubierta 

431,83 

No vivideras en sótano y bajo cubierta 

326,60 

OFICINAS Formando parte de un edificio  

431,83 

En edificio aislado, naves 446,20 

INDUSTRIAL En edificios industriales 

403,65 

En naves industriales 299,58 

COMERCIAL Locales comerciales en edificios 

354,20 

Grandes centros comerciales 643,43 

GARAJE En Planta baja 

243,80 

En Planta semisótano o primer sótano  285,20 

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Pleno extraordinario 31-10-2012

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

En resto de plantas de sótano 365,70 

INSTALACIONES DEPORTIVAS 

Al aire libre 

Pistas y pavimentos especiales58,08 

Piscinas 431,83 

Servicios 512,33 

Con graderíos 162,73 

Con graderíos cubiertos 299,58 

Cubiertas Polideportivos 

756,70 

Piscinas 811,90 

ESPECTACULOS Y OCIO 

Discotecas, salas de juego, cines… 663,55 

Teatros 946,45 

EDIFICIOS RELIGIOSOS 

Integrados en residencial 649,75 

En edificio exento 1.026,38 

EDIFICIOS DOCENTES 

Guarderías, colegios, institutos… 679,08 

Universidades, centros de investigación, museos… 1.214,40 

EDIFICIOS SANITARIOS 

Consultorios, dispensarios 622,15 

Centros de salud, ambulatorios 704,38 

Hospitales, laboratorios 1.324,80 

HOSTELERIA 

Hoteles, balnearios, residencia de ancianos… 868,83 

Hostales, pensiones 651,48 

Restaurantes 779,70 

Cafeterías 649,75 

(1) Comprende el gasto de ejecución + costes indirectos. No incluye beneficio industrial ni gastos generales de la coordinación de los  diferentes oficios 

“Notas:

“1. En caso de superficies no vivideras a las que no se les haya asignado un uso determinado, se les asignará el valor del uso principal.

“2. En caso de existir edificios con diferentes usos, se valorarán éstos de forma independiente, según los módulos anteriores.

“3. En la intervención en edificios ya construidos, y para los casos de rehabilitación de instalaciones y acabados, se les aplicará los mismos módulos que para la obra nueva, si bien el importe se corregirá con la aplicación del coeficiente del 0,65.”

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4º.- Se suprime el artículo 5 de la Ordenanza nº 6, “del Impuesto sobre Actividades Económicas. SEGUNDO- EXPONER el presente acuerdo de modificación en el tablón de anuncios durante un plazo de treinta días dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si trascurrido el plazo no se sido presentadas, se entenderá definitivamente aprobado este acuerdo provisional. La entrada en vigor se producirá el día 1 de enero de 2013. TERCERO- PUBLICAR el anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en un diario de los de mayor difusión de la provincia.

CUARTO- FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.”

D) INFORME de la Técnico de Control Interno y del Sr.

Interventor, de 22 de octubre de 2012, cuyo texto es el siguiente:

“I.- NORMATIVA APLICABLE

• Constitución Española de 1978 (CE). • Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del

Régimen Local (LBRL). • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por

el que se aprueba el texto refundido de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL).

• Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT).

• Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. (LOEP).

• RD 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el desarrollo de la LGEP, en su aplicación a las entidades locales (RLGEP).

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(MADRID)

• Real Decreto 1684/90, de 20 de diciembre, Reglamento General de Recaudación (RGR).

II.- LAS ORDENANZAS FISCALES REGULADORAS DE IMPUESTOS LOCALES

El modelo previsto en la CE de financiación de las entidades locales está basado en los principios generales de autonomía para la gestión de sus propios intereses (artículo 137) y en la suficiencia financiera de las mismas, a través del establecimiento de tributos propios y de la participación en los tributos del Estado (artículo 142).

La potestad tributaria de las entidades locales se

circunscribe al cuadro de titularidades y competencias que delimita el artículo 133 de la CE, que se reproduce en el artículo 4 de la LGT, en virtud del cual, la potestad originaria para establecer tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante Ley, atribuyéndose a las entidades locales la facultad para establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes.

La LBRL recoge dichos principios de distribución

competencial y jerarquía normativa en su artículo 106, que textualmente dice:

1. Las Entidades locales tendrán autonomía para establecer y exigir tributos de acuerdo con lo previsto en la legislación del Estado reguladora de las Haciendas Locales y en las leyes que dicten la Comunidades Autónomas en los supuestos expresamente previstos en aquélla.

2. La potestad reglamentaria de las Entidades locales en materia tributaria se ejercerá a través de Ordenanzas fiscales reguladoras de sus tributos y Ordenanzas generales de gestión, recaudación e inspección. Las Corporaciones locales podrán emanar disposiciones interpretativas y aclaratorias de las mismas.

3. Es competencia de las Entidades locales la gestión, recaudación e inspección de sus tributos propios, sin perjuicio de las delegaciones que puedan otorgar a favor de las Entidades locales de ámbito superior o de las respectivas Comunidades Autónomas, y de las fórmulas de colaboración con otras Entidades locales, con las Comunidades Autónomas o con el Estado, de acuerdo con lo que establezca la legislación del Estado.

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El TRLHL, que es la norma base del sistema de financiación local, con el fin de hacer efectiva la materialización de los principios constitucionales, atribuye a las entidades locales determinadas facultades normativas a través de sus propias ordenanzas, dentro de un modelo denominado de “corresponsabilidad fiscal”.

Así pues, en el ámbito tributario y dentro materia

reservada a la imposición local, el TRLHL distingue dos tipos de impuestos municipales:

• Impuestos obligatorios:

Son el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el

Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Estos impuestos son de obligatoria exigencia en todos los municipios, sin necesidad de que el Ayuntamiento apruebe una ordenanza reguladora de los mismos, ya que los elementos esenciales para su gestión y liquidación se encuentran en la propia Ley.

No obstante, el TRLHL permite que, respecto a estos

impuestos, los Ayuntamientos puedan fijar determinados aspectos relevantes, debiendo en este caso aprobar la correspondiente Ordenanza fiscal, de acuerdo con el artículo 15.2 que establece que “(...) los Ayuntamientos que decidan hacer uso de las facultades que les confiere la presente Ley en orden a la fijación de los elementos necesarios para la determinación de las respectivas cuotas tributarias, deberán acordar el ejercicio de tales facultades, y aprobar las oportunas Ordenanzas fiscales.”

• Impuestos voluntarios:

Son el Impuesto sobre Construcciones,

Instalaciones y Obras y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Estos impuestos son de exigencia voluntaria por parte de los Ayuntamientos, debiendo, si desean exigirlos, aprobar la correspondiente Ordenanza fiscal, conforme a lo establecido en el artículo 15.1 del TRLHL, según el cual “(.....) las Entidades locales deberán acordar la

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imposición y supresión de sus tributos propios, y aprobar las correspondientes Ordenanzas fiscales reguladoras de los mismos”.

Análogamente, los Ayuntamientos tienen atribuida la

facultad de modificar las Ordenanzas fiscales que previamente hubieran aprobado y se encontraran vigentes.

De este modo la Ley reconoce la existencia de un ámbito

de decisión de los órganos de gobierno municipal respecto a sus tributos, en aplicación del principio constitucional de autonomía local, complementado con la participación en los ingresos del Estado, que dependen de política fiscal estatal.

Todo lo anterior se circunscribe en el mencionado modelo

de responsabilidad fiscal compartida que tiene como único objetivo lograr la suficiencia financiera de las entidades locales, garantía constitucional de su funcionamiento y de la viabilidad económica de su actividad, de cara a sus administrados y a aquellas personas físicas o jurídicas con las que entablen relaciones contractuales o, en general, de índole económica.

III.-MODIFICACIONES PROPUESTAS

El informe del Sr. Tesorero Municipal de 24 de septiembre de 2012 propone las siguientes modificaciones:

A) A la Ordenanza nº 2 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, artículo 6 y más concretamente al tipo de gravamen que experimenta una reducción desde el tipo actual del 0,5355 al 0,485, no se alteran los tipos diferenciados. Conforme a las estimaciones realizadas sobre los bienes de naturaleza residencial en el padrón del impuesto para este año, esta diferencia compensaría el incremento de la Base Liquidable que sufren los mismos como consecuencia de la disminución del importe de la reducción que establece las Normas de este impuesto. B) A la Ordenanza nº 4 del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. 1.- En el artículo 5 punto b, sobre bonificaciones, donde dice “… se entenderá como vivienda habitual…” pasará a redactarse de la siguiente manera: “Se

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entiende como vivienda habitual …” todo ello para evitar interpretaciones al respecto. 2.- En el articulo 6 punto 3 relativo a la modificación de los valores catastrales, y la reducción en la base imponible del impuesto por este hecho durante un periodo de tiempo, habiendo concluido este periodo temporal, se extingue este apartado hasta la próxima revisión catastral; Así el punto 4 de este articulo pasara a denominarse punto 3. 3.- En el artículo 7, Habiéndose terminado la reducción por revisión de los valores catastrales cuya ponencia se realizó en el año 2007, el tipo de gravamen del artículo 7, que actualmente está fijado en el 28% de la base imponible, se reduce para el ejercicio siguiente a un 18%, compensando así la reducción antes mencionada y logrando con este cambio una estabilidad que compensa la cuota del Impuesto a abonar por el contribuyente. C) A la Ordenanza Fiscal nº 5 del Impuesto sobre Construcciones. Instalaciones y Obras. 1. El Real Decreto Ley 19/2012 de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, ha modificado en su disposición final primera, la Ley Reguladora de Haciendas Locales, y consecuentemente debe alterarse el apartado primero de este artículo quedando redactado ahora de la siguiente manera: “El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es un tributo indirecto cuyo hecho imponible está constituido por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, o para la que se exija presentación de declaración responsable o comunicación previa, siempre que la expedición de la licencia o la actividad de control corresponda al ayuntamiento de la imposición.” En otro sentido el apartado numero 2 de este articulo desaparece, al modificarse el hecho imponible del apartado 1. 2.- En el artículo 2, apartado dos, por las mismas razones que las del apartado 1 del artículo 1, la redacción del apartado quedará ahora de la siguiente manera: “En el supuesto de que la construcción, instalación u obra no sea realizada por el sujeto pasivo contribuyente tendrán la condición de sujetos pasivos sustitutos del contribuyente quienes soliciten las correspondientes licencias o presenten las correspondientes declaraciones responsables o

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comunicaciones previas o quienes realicen las construcciones, instalaciones u obras.” El sustituto podrá exigir del contribuyente el importe de la cuota tributaria satisfecha”. 3.-En desarrollo del artículo 103.2.d del RDL 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Las Haciendas Locales que señala la posibilidad de establecer “una bonificación de hasta el 50 % a favor de las construcciones instalaciones u obras referentes a las viviendas de protección oficial”, el Pleno de esta Corporación introdujo en artículo 4.c de la Ordenanza del IBI, una bonificación a determinadas clases de construcciones protegidas, todo ello según la definición del Real Decreto 801/2005 por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008 para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda.

Señala en su informe de 28 de mayo de 2012 en Arquitecto Municipal, que se ha aprobado una nueva reglamentación en el Decreto 74/2009, de 30 de julio, en el que se da una nueva calificación urbanística del suelo protegido, Reglamento de viviendas con protección pública de la Comunidad de Madrid, artículo 4:

“Calificación urbanística del suelo. Sobre el suelo residencial destinado expresamente por el

planeamiento urbanístico a la construcción de vivienda de protección oficial, vivienda con protección pública de hasta 110 metros cuadrados construidos, vivienda con protección pública básica o vivienda con protección pública de forma genérica, sólo podrá promoverse vivienda con protección pública sujeta al precio básico y su superficie máxima será de 110 metros cuadrados construidos, salvo que este destinada a familia numerosa, en cuyo caso podrá tener una superficie ,mayor de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable y con el límite de 150 metros cuadrados construidos.”

Así, las denominaciones de la vivienda sujeta a bonificación contempladas en la Ordenanza municipal deben modificarse pasando a denominarse de la siguiente manera:

- Vivienda de protección oficial (VPO). - Vivienda de protección pública básica (VPPB). - Vivienda de protección pública genérica (VPP). - Vivienda de protección pública de hasta 110 metros. En ese informe propone que “dado que la más restrictiva de las

calificaciones es la de VPPB, ésta se bonificará con un 50%, un 40% a la VPP y con un 30% al resto”. D) E) A la Ordenanza nº 6, del Impuesto sobre Actividades Económicas. 1.- El art. 87.2.a. del RDL 2/2004 señala la posibilidad de establecer “una bonificación de hasta el 50 % de la cuota correspondiente, para quienes inicien el ejercicio de cualquier actividad empresarial y tributen por cuota

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municipal, durante los cinco años de actividad siguientes a la conclusión del segundo periodo impositivo de desarrollo de aquella”. El artículo 5, Bonificaciones y Reducciones, apartado 3 la recogió indicando que se concederá una bonificación del 50% de la cuota correspondiente, para quienes inicien el ejercicio de cualquier actividad empresarial y tributen por cuota municipal durante los 5 años de actividad siguientes a la conclusión del segundo período impositivo de desarrollo de la misma.

A lo largo de estos años ninguna pequeña empresa ha solicitado esta bonificación, recordemos que sólo se benefician de la mismas aquellas que facturan más de un millón de euros, por la Concejalía se considera que este beneficio no ha alcanzado el objetivo que justificó su establecimiento por lo que se propone su supresión.

En relación con las modificaciones propuestas, se

informa lo siguiente: El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un impuesto

directo, real, de gravamen patrimonial que, como ya se ha dicho, tiene carácter obligatorio. Su gestión es compartida, de forma que la denominada gestión catastral y la inspección corresponden a los órganos competentes de la Administración del Estado (Dirección General del Catastro del Ministerio de Economía y Hacienda) y la gestión tributaria, que comprende las funciones de liquidación, recaudación, revisión de actos dictados en vía de gestión tributaria, así como las funciones de reconocimiento y denegación de bonificaciones y exenciones, corresponden a los Ayuntamientos.

La anterior distribución competencial respecto a la

gestión del impuesto tiene igualmente su reflejo en las distintas competencias que las Administraciones involucradas ostentan respecto al establecimiento de los elementos o requisitos necesarios para su liquidación. Así este Ayuntamiento puede fijar, por medio de la correspondiente ordenanza fiscal, entre otras cosas, los tipos de gravamen, dentro de los límites establecidos en el artículo 72 TRLRHL.

Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana : dispone el artículo 104 del TRLRHL que el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana es un tributo directo, que grava el incremento de valor que experimenten dichos terrenos y se ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la

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propiedad de los terrenos por cualquier título o de la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, sobre los referidos terrenos. Además es un impuesto de carácter potestativo que, en caso de acordar su imposición, sus elementos deben ser regulados mediante las correspondientes Ordenanzas Fiscales. El tipo de gravamen es uno de los elementos susceptibles de regulación mediante las Ordenanzas Fiscales, con los límites que establece el artículo 108 del TRLRHL. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: Se trata de un impuesto de carácter potestativo e indirecto que grava cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, o para la que se exija presentación de declaración responsable o comunicación previa, siempre que la expedición de la licencia o la actividad de control corresponda al ayuntamiento de la imposición. Regulados sus elementos mediante Ordenanzas fiscales, las modificaciones que se proponen en cuanto a las bonificaciones sobre la cuota del impuesto se realizan al amparo del artículo 103.2 d) TRLRHL. Impuesto sobre actividades económicas: El impuesto sobre actividades económicas es un tributo directo y obligatorio, el Ayuntamiento de Majadahonda, haciendo uso de las facultades que le confiere la Ley en orden a la fijación de los elementos necesarios para la determinación de las respectivas cuotas tributarias puede, conforme al artículo 88.2.a) suprimir las bonificaciones potestativas de esta naturaleza que contienen las Ordenanzas Fiscales vigentes.

Por tanto, a juicio de esta Intervención, las

modificaciones propuestas por el Sr. Tesorero respetan los límites establecidos en la Ley.

IV- PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA MODIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS FISCALES:

El TRLHL, en su artículo 17 fija el procedimiento para el establecimiento, supresión y ordenación de tributos y para la

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fijación de los elementos necesarios en orden a la determinación de las respectivas cuotas tributarias, así como las aprobaciones y modificaciones de las correspondientes Ordenanzas Fiscales. Este procedimiento se estructura en dos fases:

• Aprobación, publicación y exposición de los acuerdos

provisionales:

Para la adopción del acuerdo provisional es necesario el voto favorable de la mayoría del Pleno la Corporación, no requiriéndose mayoría cualificada alguna, tras la modificación de la LBRL por la Ley 57/2003 de Modernización del Gobierno Local.

El acuerdo provisional se expondrá en el tablón de

anuncios de la Entidad durante treinta días como mínimo, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

La Ley recoge además de la exposición pública en el

tablón de anuncios, otras dos modalidades de publicidad de los acuerdos y ordenanzas provisionales.

a) General: Es la que deben llevar a cabo todas las

Entidades Locales en el respectivo Boletín Oficial de la Provincia o, en su caso, de la Comunidad Autónoma uniprovincial.

b) Especial: Es la que deben efectuar los Ayuntamientos de población superior a 10.000 habitantes, en uno de los diarios de los de mayor difusión de la Provincia.

• Aprobación y publicación de los acuerdos definitivos:

Finalizado el período de exposición pública, las

Corporaciones Locales adoptarán los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la Ordenanza, su derogación o las modificaciones a que se refiera el acuerdo provisional.

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En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

Los acuerdos y los textos definitivos de las

Ordenanzas Fiscales, aprobados expresa o tácitamente, han de ser publicados íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia o, en su caso, de la Comunidad Autónoma uniprovincial. Como garantía adicional de la efectividad del principio de la publicidad, el apartado 5º del artículo 17 del TRLHL ordena a las entidades locales con población superior a 20.000 habitantes que las Ordenanzas Fiscales sean editadas por las mismas y, en todo caso, que se faciliten copias a quienes lo soliciten.

• Entrada en vigor:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo

107.1 de la LBRL, y en el artículo 17.4 del TRLHL: Las Ordenanzas Fiscales entran en vigor con su

publicación en los términos previstos en la Ley, comienzan a aplicarse en la fecha indicada en las mismas o, en su defecto, en el momento de su entrada en vigor y permanecen vigentes durante el tiempo expresamente previsto en las mismas o, en su defecto, hasta su derogación expresa.

• Impugnación de los acuerdos:

A tenor de lo dispuesto en el artículo 19.1 del

TRLHL, contra los acuerdos definitivos de aprobación de Ordenanzas fiscales y sus respectivos textos no puede interponerse otro recurso que el contencioso-administrativo, en los plazos y forma previstos en la Ley de dicha Jurisdicción.

• Ámbito de aplicación de las Ordenanzas Fiscales:

Viene delimitado en el artículo 107.2 de la LBRL,

en virtud del cual, las Ordenanzas obligan en el territorio de la respectiva Entidad Local y se aplican conforme a los

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principios de residencia efectiva y de territorialidad, según los casos.”

E) INFORME del Secretario General nº 319/12, de 23 de

octubre de 2012, cuyo texto es el siguiente: “1.- Conforme a lo establecido en el artículo 106 de la

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).

“1.- Las entidades locales tendrán autonomía para establecer

y exigir tributos de acuerdo con lo previsto en la legislación del Estado reguladora de las Haciendas Locales y en las leyes que dicten las Comunidades Autónomas en los supuestos expresamente previstos en aquélla.

2.- La potestad reglamentaria de las Entidades Locales en

materia tributaria se ejercerá a través de Ordenanzas Fiscales reguladoras de sus tributos propios y de Ordenanzas Generales de gestión, recaudación e inspección. Las Corporaciones Locales podrán emanar disposiciones interpretativas y aclaratorias de las mismas.”

2.- En lo que se refiere a la modificación de

Ordenanzas Fiscales, debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 16.1 párrafo último del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales de 5 de marzo de 2004: “Los acuerdos de modificación de dichas Ordenanzas deberán contener la nueva redacción de las normas afectadas y las fechas de su aprobación y del comienzo de su aplicación.”

3.- Tramitación: Tanto en el caso de imposición de tributos como en

los de aprobación y modificación de Ordenanzas Fiscales rige lo dispuesto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales de 5 de marzo de 2005:

“1. Los acuerdos provisionales adoptados por las

Corporaciones Locales para el establecimiento, supresión y ordenación de tributos y para la fijación de

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los elementos necesarios en orden a la determinación de las respectivas cuotas tributarias, así como las aprobaciones y modificaciones de las correspondientes ordenanzas fiscales, se expondrán en el tablón de anuncios de la Entidad durante treinta días, como mínimo, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

2. Las entidades locales publicarán, en todo caso, los

anuncios de exposición en el boletín oficial de la provincia, o, en su caso, en el de la Comunidad Autónoma uniprovincial. Las diputaciones provinciales, los órganos de gobierno de las entidades supramunicipales y los ayuntamientos de población superior a 10.000 habitantes deberán publicarlos, además, en un diario de los de mayor difusión de la provincia, o de la Comunidad Autónoma uniprovincial.

3. Finalizado el periodo de exposición pública, las

corporaciones locales adoptarán los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la ordenanza, su derogación o las modificaciones a que se refiera el acuerdo provisional. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.

4. En todo caso, los acuerdos definitivos a que se refiere el

apartado anterior, incluyendo los provisionales elevados automáticamente a tal categoría, y el texto íntegro de las ordenanzas o de sus modificaciones, habrán de ser publicados en el Boletín Oficial de la Provincia o, en su caso, de la Comunidad Autónoma uniprovincial, sin que entren en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.

5. Las diputaciones provinciales, consejos, cabildos

insulares y, en todo caso, las demás entidades locales cuando su población sea superior a 20.000 habitantes, editarán el texto íntegro de las ordenanzas fiscales reguladoras de sus tributos dentro del primer cuatrimestre del ejercicio económico correspondiente.

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En todo caso, las entidades locales habrán de expedir copias de las ordenanzas fiscales publicadas a quienes las demanden.”

4.- Conforme a lo establecido en el artículo 107.1 de la

Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local de 2-4-85 (según la redacción dada por la disposición adicional primera, apartado 1, de la L.H.L.):

“Las Ordenanzas fiscales reguladoras de los tributos locales

comenzarán a aplicarse en el momento de su publicación definitiva en el “Boletín Oficial” de la Provincia, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma uniprovincial salvo que en las mismas se señale otra fecha.”

5.- El acuerdo de modificación de las Ordenanzas debe

contener la nueva redacción de las normas afectadas y las fechas de su aprobación y el comienzo de su aplicación, conforme exige el art. 16.1 párrafo tercero de la L.H.L.

Finalmente, en cuanto a la tramitación, es la misma

que para la aprobación de Ordenanzas Fiscales o imposición de tributos. Por lo tanto, me remito a lo dispuesto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales de 5 de marzo de 2004 transcrito en el presente informe.

6.- Bajo las consideraciones, condicionamientos y

observaciones expuestas, se ajusta la propuesta al ordenamiento jurídico.”

F) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda de 25 de octubre de 2012, favorable. El Sr. Presidente propone debatir conjuntamente los dos puntos del Orden del día que se refieren a modificación de Ordenanzas, uno de ellos para impuestos y el otro para tasas (puntos 2 y 3) pero la votación, en los puntos que corresponda, se realizará de forma

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individual, ACORDÁNDOSE, por unanimidad, por asentimiento de todos los concejales, dicha propuesta. La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez, indica que la modificación de ordenanzas fiscales que se propone ha seguido dos principios fundamentales, equilibrio y rigurosidad. Aclara que, ante la finalización de la bonificación por la revisión catastral, se ha bajado el tipo de gravamen de las plusvalías hasta equilibrarlas intentando que el coste de las mismas quede al mismo nivel de años anteriores y ese mismo equilibrio se ha aplicado al impuesto sobre bienes inmuebles bajando unas décimas su tipo impositivo dejándolo a los mismos valores que en años anteriores. Sigue diciendo que el otro principio que se ha seguido es la rigurosidad ya que se han matizado y eliminado algunos conceptos y preceptos que otros años habían podido llevar a confusión y que eran o venían a ser obsoletos. Indica que también se ha aplicado rigurosidad en lo que se refiere al ajuste en las tasas que han sido actualizadas por primera vez tras la realización de un trabajoso estudio de costes. Aclara que las modificaciones que se realizan afectan al tipo impositivo del impuesto sobre bienes inmuebles (pasa del 0,53 al 0,48) para congelar el recibo y además no se alteran los tipos diferenciados porque, desde el año 2008, eran del 0,64 y pasa al 0,48. Indica, respecto al impuesto de plusvalías, que se cambia el artículo 5.b) y donde dice “se entenderá como vivienda habitual” debe decir “se entiende como vivienda habitual”, cambio que se ha realizado para evitar interpretaciones erróneas que han dado lugar a unas cuantas sentencias y también el apartado 4, que se refiere a la modificación de los valores catastrales, pasa a ser el apartado 3 puesto que se acaba la reducción y añade que se equilibra ese impuesto y se baja del 28% al 18%. Continúa diciendo que se adaptan las ordenanzas a las leyes superiores en lo que se refiere al impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras y añade que, como dijo en la correspondiente comisión informativa, el Decreto 74/2009 aprobó un cambio en la nomenclatura de la clasificación urbanística del suelo protegido pasando las viviendas a denominarse de forma diferente y así la

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vivienda de protección oficial se denomina VPO, la vivienda de protección pública básica VPPB y la de protección genérica VPP. Aclara que la vivienda de protección pública sujeta al precio básico tendrá una superficie máxima de 110 m2. y si va destinada a familias numerosas tendrá 150 m2. Manifiesta que existía una bonificación del 50% en el impuesto sobre actividades económicas y, hace años, se recogió una bonificación de la cuota correspondiente para los que iniciaran el ejercicio de cualquier actividad empresarial que solo pudiera tributar en Majadahonda. Añade que, en todos estos años, ninguna pequeña empresa ha solicitado esa bonificación porque solo se pueden beneficiar las empresas que facturan más de 1 millón de euros y solo tributan en Majadahonda pero lo normal es que una empresa que facture más de ese millón de euros, lo haga a nivel nacional. Aclara que lo que se ha tenido en cuenta en este impuesto ha sido la rigurosidad y la actualización de los preceptos que venían a ser obsoletos ya que se ha demostrado que ninguna empresa, a lo largo de los años, ha pedido esa bonificación por lo que está claro que no ha demostrado ninguna utilidad. Indica seguidamente que se modifican dos tasas que han sido sugeridas por los responsables municipales a los que les afectan directamente y son la propuesta de rectificación parcial de las tasas por utilización privativa de la vía pública y se añade, a la ya existente en 2012, la ocupación con vallas de obra en viales y zonas de tránsito de vehículos. Continúa diciendo que la otra tasa que se modifica es la que se refiere a la expedición de documentos y añade que, para las modificaciones que se han realizado, se ha seguido el criterio fijado por el estudio de costes que ha realizado la Secretaría General y que obra en el expediente. Termina su intervención diciendo que en este último caso se han actualizado las tasas a sus costes reales. El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Maillo, indica a la Concejal Delegada de Economía y Hacienda, desde la cordialidad y la relación cordial tanto política como personal que mantienen, que su grupo no se encuentra cómodo visitando despachos

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de los concejales delegados porque considera que existe un principio de buena fe política y su grupo no desea vulnerarlo y espera que el equipo de gobierno tampoco lo vulnere porque cree que lo que ha expuesto la citada Concejal, en el debate del anterior punto del Orden del día, no es cierto. Sigue diciendo que en estos dos puntos del Orden del día se presentan a aprobación la modificación de tasas e impuestos, temas muy sensibles para los ciudadanos por lo que conviene no hacer mucha demagogia sobre ellos. Indica que cualquier ciudadano que lleve viviendo en Majadahonda unos cuantos años tendrá cautela al oír hablar de modificación porque generalmente las modificaciones que se realizan significan, en el juego dialéctico del Partido Popular, subir los impuestos aunque se obligado, como ocurre con el impuesto sobre bienes inmuebles, a dejarlo como está. Aclara que el equipo de gobierno puede decir lo que quiera pero la modificación que se propone supone una subida de impuestos. Aclara que a continuación va a expresar diversas frases como “subir los impuestos es un disparate colosal” y pregunta si el equipo de gobierno sabe que esa frase la dijo el actual Presidente del Gobierno, Sr. Rajoy y también pregunta si sabe que el Sr. Rajoy dijo las siguientes frases “subir los impuestos solo servirá para retrasar la salida de la crisis”, “el mayor esfuerzo no debe recaer en los ciudadanos”; la Secretaria General del Partido Popular, Sra. de Cospedal dijo las frases “nunca se ha salido de la crisis en España subiendo los impuestos” y “el Partido Popular es partidario de bajar los impuestos” y el actual Ministro de Hacienda, Sr. Montoro, dijo “no compartimos que como solución a la crisis haya que subir los impuestos”. Manifiesta que hoy precisamente se ha aprobado en la Comunidad de Madrid la implantación del euro por receta sanitaria por lo que está claro que el Partido Popular dice una cosa pero hace otra totalmente distinta y lo mismo ocurre en este Ayuntamiento y en todas las instituciones gobernadas por dicho partido ya que suben los impuestos a pesar de decir lo contrario y también dicen que la crisis la tienen que pagar los de siempre, es decir, los ciudadanos. Aclara que y en el programa electoral con el que se presentó el Partido Popular en Majadahonda se dice que se van a congelar los impuestos pero

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realmente no se congelan y el único que se congela es el impuesto sobre bienes inmuebles porque no le queda otro remedio pero, como ha recalcado anteriormente la Portavoz del Grupo Centrista, el impuesto sobre plusvalías no se congela porque, aunque se baja el tipo de gravamen del 28% al 18% como consecuencia de la disminución de las deducciones, sube realmente el 7% por lo que está claro que las modificaciones que se realizan suponen subidas de impuestos. Indica seguidamente que la promesa del Partido Popular era bajar los impuestos y así lo dijo el actual Alcalde, el actual Presidente del Gobierno Sr. Rajoy, el actual Ministro de Hacienda Sr. Montoro, el actual Presidente de la Comunidad de Madrid Sr. González, etc. y considera que se debe explicar a los ciudadanos que cuando acudan al Ayuntamiento a pedir un certificado de empadronamiento a partir del 1 de enero de 2013, van a tener que pagar 7 euros a pesar de que ese certificado se pide para escolarizar a los niños, para el DNI y para todo tipo de trámites administrativos por lo que está claro que el Partido Popular hace lo contrario de lo que dice y sube los impuestos cuando ha dicho que los iba a bajar. Termina su intervención diciendo que la tasa que se cobra por los bastanteos de poder pasa de 23 euros a 46 euros y el certificado del callejero pasa a costar 10 euros por lo que reitera que modificar los impuestos para el Partido Popular es subirlos. El Sr. Presidente indica que el principio de buena fe política se debe tener para todo y dice esto porque el Partido Popular de Majadahonda solo dijo que iba a congelar el tipo impositivo del impuesto sobre bienes inmuebles y nunca dijo que no iba a subir los impuestos y cuestión distinta es que no quiera subirlos. Añade que el equipo de gobierno siempre ha hecho lo que ha dicho. Sigue diciendo que las tasas no son impuestos sino que, según la ley, deben cubrir el coste del servicio y lo que ha ocurrido en épocas de bonanza, en este Ayuntamiento y en otros muchos, es que muchos servicios “se estaban regalando” pero ahora no se puede actuar así y realmente el que recibe el servicio tiene que pagarlo porque en los servicios que cubren las tasas participan muchos funcionarios que producen gastos. Añade que el bastanteo de poder se realiza para las empresas y el coste va a pasar de 23 euros a 46 euros porque realmente la tasa que se había establecido no cubría el coste de los

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servicios y por tanto “se estaba regalando” a empresas dinero cuando no debía ser así. Termina su intervención insistiendo en que las circunstancias han cambiado y el “gratis total” no existe porque estamos en otro escenario distinto y, hasta que eso no se asuma, se pueden producir las mismas barbaridades que están ocurriendo en algunas instituciones y, si se siguiera con esas políticas anteriores, los gastos se dispararían como ocurrió cuando el Partido Socialista estaba en el poder. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, indica que su grupo iba a abstenerse en este punto del Orden del día y en el siguiente porque tiene intención de presentar alegaciones pensando que el equipo de gobierno podría aceptar alguna pero teniendo en cuenta la experiencia del año anterior en la que ni siquiera razonó los motivos por los que no las apoyaban, su grupo ha decidido votar en contra porque cree, como es la costumbre del equipo de gobierno, que ni siquiera escuchará lo que su grupo proponga. Sigue diciendo que está de acuerdo con la bajada del tipo impositivo de las plusvalías del 28% al 18% para compensar la desaparición de la bonificación que existía en años anteriores aunque realmente, a pesar de esa bajada, dicho impuesto subirá un poco pero su grupo va a esperar a ver cómo funciona este impuesto el primer año y, en función de lo que ocurra, presentará propuestas para retocarlo al año que viene si fuera necesario. Aclara que con lo que su grupo no está de acuerdo es con congelar el recibo del impuesto sobre bienes inmuebles porque durante cinco años se ha pedido un gran esfuerzo a los vecinos para sanear las cuentas y cree que ha llegado el momento de que se produzca una bajada en el recibo que pagan, al menos en los años 2013 y 2014 porque van a ser los peores años de la crisis y por ello considera imprescindible ayudar a las familias e insiste en que en esos dos años, el importe del recibo debería bajar y no solamente quedarse congelado en el máximo. Continúa diciendo que su grupo no está de acuerdo en la subida que se va a realizar en las tasas por prestación de servicios como ocurre, por ejemplo, con la que se refiere a los certificados de

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empadronamiento que va a pasar de 1,8 euros a 7 euros, subida que considera excesiva porque realmente va a afectar a 1.324 vecinos que piden esos certificados no por gusto sino porque los necesitan para alimentar la propia burocracia de la administración por lo que, reitera, su grupo no entiende esa subida sobre todo cuando en el informe del propio servicio se recomienda cobrar 2 euros pero, a pesar de ello, el equipo de gobierno sube su precio a 7 euros. Aclara que tampoco está de acuerdo con la nueva tasa por emisión de certificados del callejero que pasa de no costar nada a costar 10 euros cuando el propio servicio recomienda cobrar 3 euros. Indica que su grupo entiende que esos certificados no pueden ser gratis pero no está de acuerdo con la subida tan espectacular que se propone y pregunta para qué pagan impuestos los ciudadanos si las tasas que pagan tienen que cubrir el coste de los servicios que reciben. Termina su intervención aclarando que su grupo está de acuerdo con realizar subidas de tasas pero siempre de forma controlada y propone hacer caso a las cantidades que propone el servicio porque supone que son los que más entienden de esas cuestiones.

El Sr. Presidente indica que los impuestos afectan a temas

generales del Ayuntamiento y las tasas a servicios y ciudadanos concretos y, por ejemplo, los impuestos se pagan para realizar la limpieza del municipio, la recogida de basuras, para el arreglo de las calles, etc. y las tasas a servicios concretos e insiste en que ha llegado el momento de que un vecino pague el coste del servicio que necesita.

Continúa diciendo que está totalmente de acuerdo con Unión

Progreso y Democracia en bajar los impuestos siempre que se pueda porque recuerda que todos los demás ingresos que tiene el Ayuntamiento han bajado y el equipo de gobierno sigue intentando adelgazar la administración, política contraria a la del Partido Socialista, pero considera que todo debe tener un límite porque, por la crisis, se han recibido menos ingresos y por ello se están realizando recortes pero los grupos de la oposición continúan pidiendo más gastos y nunca están de acuerdo con los recortes que se realizan, forma de actuar que respeta porque cada grupo municipal tiene su modelo de ciudad y nunca podrán ponerse de acuerdo en ese modelo pero insiste en preguntar cómo quieren los grupos de la oposición que

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actúe porque, como ha dicho anteriormente, los miembros del equipo de gobierno no han ido a la escuela de hacer milagros.

Continúa diciendo que el equipo de gobierno va a hacer algo

más que bajar el tipo impositivo del impuesto sobre bienes inmuebles al 0,40 pero los grupos de la oposición deben dejar que lo haga cuando corresponda porque, de no hacerlo así, se producirá déficit.

Termina su intervención aclarando que este Ayuntamiento lleva

siete años realizando recortes y por ello cada vez es más difícil realizar más pero está de acuerdo en sentarse con los grupos de la oposición para ver si pueden ponerse de acuerdo en otros recortes para bajar los impuestos pero siempre que la mayoría de los ciudadanos, y no pequeños grupos, esté de acuerdo.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que para conocer si la mayoría de los ciudadanos está de acuerdo en determinados recortes, será necesario realizar un referéndum.

Sigue diciendo que en este caso se está planteando la aprobación

inicial de la modificación de Ordenanzas Fiscales por lo que su grupo, como casi todos los años, presentará bastantes alegaciones y sugerencias porque, desde su punto de vista, estas ordenanzas, una vez más, son decepcionantes y cree que no se utilizan al máximo las herramientas de que dispone este Ayuntamiento de cara a la fiscalidad municipal para asegurar una mayor progresividad.

Aclara que su grupo echa en falta algunas propuestas de las que

se hablará en la sesión ordinaria que se celebrará a continuación como puede ser el IBI social, el IBI diferenciado, otras formas de generar ingresos y tasas y seguramente temas de coherencia respecto a la actualización de algunos impuestos porque no entiende por qué no se actualizan algunos impuestos o tasas al IPC como ocurre, por ejemplo, con el impuesto sobre circulación de vehículos y especialmente el impuesto para los vehículos más contaminantes.

Termina su intervención reiterando que su grupo presentará

alegaciones durante el periodo de exposición pública de esta modificación de Ordenanzas Fiscales para intentar lograr con sus propuestas que esos impuestos sean más progresivos y justos.

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El Viceportavoz del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río,

indica que su grupo ha presentado una enmienda al punto 2 del orden del día de esta sesión referida a la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza nº 4 del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, enmienda que entiende que deberá ser sometida a votación antes de votar el contenido de la propuesta de este expediente.

Sigue diciendo que su grupo ha pensado que era necesario presentar esta enmienda pero aún está más convencido después de asistir al debate sobre la aprobación inicial del Presupuesto del ejercicio 2013 y dice esto porque cuando se ha preguntado por qué se subía la previsión de ingresos por el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos en 800.000 euros, el equipo de gobierno ha contestado que era porque no se podía subir el impuesto sobre bienes inmuebles y por ello pregunta al Sr. Alcalde, si es tan amigo de contar toda la verdead, por qué en el programa electoral con el que se presentó a las elecciones no dijo que no se iba a subir el impuesto sobre bienes inmuebles pero a cambio iba a subir el de plusvalías o que no iba a subir los impuestos cada año pero iba a esperar a los ciudadanos que vendieran sus viviendas. Insiste en que en el programa electoral del Partido Popular solo se dijo que no se iba a subir el impuesto sobre bienes inmuebles pero no lo que ha dicho la Concejal Delegada de Economía y Hacienda y es que, para no subir el impuesto sobre bienes inmuebles, se iba a subir el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos, impuesto que también afecta a todos los ciudadanos porque debe abonarse cuando se haga una transferencia de vivienda por lo que no es como una tasa. Continúa diciendo que el impuesto de plusvalías siempre ha llevado el tópico de que gravaba los rendimientos que obtiene el propietario al vender su vivienda pero lo cierto es que la burbuja inmobiliaria se ha pinchado hace 4 ó 5 años y pregunta al Sr. Alcalde si conoce a alguien que venda su vivienda para especular porque lo cierto es que la vivienda se vende porque su propietario se cambia de casa aunque puede haber “tiburones” comprando gangas, y además ese impuesto lo paga también el ciudadano al que le ejecutan la hipoteca de su vivienda y las plusvalías en Majadahonda son ya muy elevadas y el año que viene aún suben el 7% más.

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Indica en que es cierto que el impuesto de plusvalías, en un año, no afecta a la totalidad de los vecinos pero sí es una losa para el que tiene necesidad de vender su vivienda por encontrarse en una mala situación económica. Recuerda a continuación que su grupo había presentado, en marzo de 2012, una Moción para pedir que se bajara el tipo impositivo de las plusvalías porque este impuesto debe gravar el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana pero desde el año 2008, cuando entra en vigor la nueva revisión catastral, no se ha producido ningún incremento sino una bajada del valor de los terrenos aunque realmente los precios que se están aplicando en este impuesto se hacen sobre una base catastral cuyo valor no se corresponde con el actual por lo que se produce una doble injusticia ya que, reitera, se está aplicando un impuesto que no debería aplicarse en los últimos años porque no se ha producido ningún incremento en el valor de los terrenos pero se repercute en el momento en que se produce una transferencia de vivienda. Aclara que su grupo trató de explicar todo este tema en marzo de 2012 pero casi ningún grupo municipal lo entendió aunque, por las palabras del Sr. Alcalde en ese debate, su grupo mantuvo la esperanza de que su propuesta se iba a tener en consideración en la modificación de ordenanzas que ahora se propone pero, lejos de bajar ese impuesto, el equipo de gobierno lo sube el 7%. Continúa diciendo que no está pidiendo que este impuesto se baje al 16% sino al 16,8% para que no suba respecto al año anterior y pregunta, después de oír en el debate del Presupuesto que se prevé conseguir superávit y que van a destinarse 1,9 millones de euros a deuda, etc., por qué se fuerza tanto a los ciudadanos porque si el aumento de gastos, sin considerar la deuda, ascendía a 500.000 euros, por qué se van a pedir a los ciudadanos 800.000 euros y además pregunta para qué se quieren los 300.000 euros de diferencia que se van a obtener por la subida del impuesto sobre plusvalías. Indica seguidamente que, desde el punto de vista de su grupo, los ingresos por los impuestos deben ser lo más ajustados posible. Termina su intervención diciendo respecto a la modificación de ordenanzas de tasas que, como se trata de una aprobación inicial, su

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grupo se abstendrá en la votación y añade que la enmienda que su grupo ha presentado, debe votarse antes de la aprobación del punto 2 del orden del día de esta sesión y, si no se aprueba, su grupo no votará a favor de dicho punto del orden del día. El Sr. Presidente aclara que el equipo de gobierno también está de acuerdo en bajar todos los impuestos aunque considera que hay que hacerlo de forma responsable. Sigue diciendo que al Viceportavoz del Grupo Municipal Centrista se le ha llenado la boca de decir que hay que bajar los impuestos y, concretamente, el de plusvalías pero ha olvidado decir qué gastos va a bajar aunque realmente debería ser lo primero que debía haber dicho. Añade que es muy fácil para los grupos de la oposición decir que hay que bajar los impuestos pero después critican muchísimo si se producen 30 millones de euros de déficit, no se pueden pagar las nóminas de los trabajadores o este Ayuntamiento tiene que endeudarse como se ven obligados a hacer otros ayuntamientos. Aclara que el Grupo Centrista no ha dicho qué gastos hay que bajar porque no tiene responsabilidades en el Ayuntamiento y además no está de acuerdo en la defensa que dicho grupo ha realizado sobre este impuesto pero sí está de acuerdo en que todos los impuestos tienen que bajar y, si alguno no debe bajar lo suficiente, ese debe ser el de plusvalías porque el valor catastral es el 50% del valor real de la vivienda y precisamente por ello las alegaciones que se presentan contra este impuesto nunca prosperan porque las viviendas en Majadahonda han bajado muy poco de valor y nunca el 50%. Insiste en que la política del Grupo Popular no es subir impuestos pero, reitera, si es necesario recaudar 800.000 euros más, debe hacer en el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos. Termina su intervención aclarando que el equipo de gobierno bajará el tipo impositivo del impuesto sobre plusvalías cuando pueda hacerlo y añade que los grupos de la oposición no deben decir que se bajen los ingresos, que se suban los gastos y pedir que no haya déficit. La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez, indica al Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, que no ha

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mentido y, para ser rigurosa, desea decirle que la única persona que ha acudido a su despacho para comentarle todo aquello en que su grupo no estaba de acuerdo en los Presupuestos, ha sido la Portavoz del Grupo Unión Progreso y Democracia e insiste en que ningún miembro del Grupo Socialista acudió a su despacho. Sigue diciendo que si en 2013, el recibo del impuesto sobre bienes inmuebles va a quedar como el del año 2012, eso quiere decir que no se suben los impuestos sino que se baja el tipo impositivo que es precisamente lo que ha hecho el equipo de gobierno. Manifiesta que el impuesto sobre plusvalías se baja 10 puntos (pasa del 18% al 16,8%) y, como todos saben, la Ley General Tributaria dice que las tasas deben ajustarse a los costes de los servicios y que éstos son voluntarios. Aclara que le ha parecido bien la propuesta del Viceportavoz de Unión Progreso y Democracia en el sentido de esperar, con prudencia, a ver si con esa bajada de 10 puntos se recaudan las cantidades previstas. Aclara que el equipo de gobierno no va a bajar más el tipo impositivo del impuesto sobre bienes inmuebles porque al año siguiente, cuando se llegue al 0,40, la subida sería enorme. Manifiesta que el equipo de gobierno intentará llegar al 0,40 cuando se acabe la subida del 10% que, como todos saben, se produce todos los años con motivo de la revisión catastral. Añade que cuando se acabe ese periodo, los recibos no tienen por qué subir. Continúa diciendo al Portavoz de Izquierda Unida-Los Verdes, que puede presentar las alegaciones que estime oportunas y el equipo de gobierno las estudiará con rigurosidad. Manifiesta al Viceportavoz del Grupo Centrista, que en ningún momento el Sr. Alcalde ha mentido a los vecinos porque dijo que se iba a congelar el recibo del impuesto sobre bienes inmuebles y lo ha hecho y añade que en Majadahonda no han bajado los precios de las viviendas lo que se puede comprobar consultando elidealista.com o cualquier otra página web. Indica que el Catastro ha estado revisando los valores catastrales de Majadahonda e insiste en que, mayoritariamente, los precios de las viviendas no han bajado. Termina su intervención diciendo que el superávit de 1.800.000 euros no puede destinarse a bajar ningún impuesto y solo se pueden

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bajar si se reciben mayores ingresos por las ordenanzas fiscales y, para poder congelar el impuesto sobre bienes inmuebles, se han tenido que obtener unos mayores ingresos de 800.000 euros por lo que el Grupo Centrista debe decir de dónde se pueden bajar gastos por esa cantidad y quizá entonces el equipo de gobierno pueda comenzar a plantearse la bajada del tipo impositivo del impuesto sobre plusvalías. El Sr. Presidente desea dejar claro que la razón por la que todavía no se baja el importe del recibo del impuesto sobre bienes inmuebles no se debe solamente a la bajada del tipo impositivo sino a razones de responsabilidad y añade que, a medida que el equipo de gobierno baje los gastos de forma sostenible y adelgace la administración y no al revés como dice el Grupo Centrista, irá bajando el impuesto sobre bienes inmuebles y, si tiene que bajar dicho impuesto por debajo del 0,40 mediante subvenciones o de cualquier otra forma, lo hará pero insiste en la necesidad de adelgazar a la administración. Sometida a votación la enmienda presenta por el Grupo Municipal Centrista, QUEDA RECHAZADA al resultar trece (13) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Popular, dos (2) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Centrista y ocho (8) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida-Los Verdes. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por trece (13) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular, nueve (9) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia y Centrista y una (1) abstención correspondiente al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, ACUERDA:

PRIMERO.- APROBAR de forma provisional las siguientes modificaciones a las Ordenanzas Fiscales:

1º.- Se modifica el tipo de gravamen para los bienes inmuebles urbanos establecido artículo 6.1 de la Ordenanza nº 2 del

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Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, quedando establecido en 0,485. 2º.- Se introducen las siguientes modificaciones a la Ordenanza nº 4 del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana:

a.- Se da una nueva redacción al artículo 5 punto b, “Se

entiende como vivienda habitual aquella en que figure empadronado el causante. Si por motivos de edad o salud justificara que lo estuviera en una residencia de mayores autorizada, tendrá esta consideración la vivienda donde previamente hubiera residido”.

b.- Se suprime el artículo 6.3 pasándose a denominar como

número 3 el señalado como 4. c.- Se modifica el tipo de gravamen señalado en el artículo 7

fijándose en 18 %.

3º.- Se modifica la Ordenanza Fiscal nº 5 del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras en los siguientes artículos.

a.- Se altera la redacción del art. 1 que pasa a ser la siguiente: “1. El hecho imponible está constituido por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, o para la que se exija presentación de declaración responsable o comunicación previa, siempre que la expedición de la licencia o la actividad de control corresponda al Ayuntamiento”.

b.- El artículo 2, el apartado segundo queda redactado de la

siguiente forma: “En el supuesto de que la construcción, instalación u obra no sea realizada por el sujeto pasivo contribuyente tendrán la condición de sujetos pasivos sustitutos del contribuyente quienes soliciten las correspondientes licencias o presenten las correspondientes declaraciones responsables o

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comunicaciones previas o quienes realicen las construcciones, instalaciones u obras.

El sustituto podrá exigir del contribuyente el importe de la cuota tributaria satisfecha”.

c.- El artículo 4, punto C) queda redactado de la siguiente

manera: “Una bonificación del 50 por ciento en las obras de construcción de viviendas de protección oficial. Esta bonificación alcanzará este porcentaje a aquellas calificadas como de protección pública básica, un 40 por ciento para las de protección pública genérica y un 30 para el resto de viviendas de protección pública definidas en el Decreto de la Comunidad de Madrid 74/2009, de 30 de julio o Norma que le sustituya. En el supuesto de promociones mixtas que incluyan locales o viviendas libres y viviendas de las señaladas, el porcentaje de bonificación se aplicará a la parte de la cuota correspondiente a las construcciones, instalaciones u obras destinadas estrictamente a estas últimas. Se deberá a aportar por el interesado un desglose del presupuesto en el que se determine razonablemente el coste que supone la construcción de unas y otras viviendas En el caso de que no fuese posible su desglose, a efectos de la bonificación se prorrateará el presupuesto en proporción a sus respectivas superficies. En todo caso será necesario aportar copia de la calificación provisional de las viviendas”.

d.- Se da una nueva redacción al artículo 8, “Régimen de

declaración e ingreso” cuyo texto es el siguiente:

“1.- El impuesto se exigirá en régimen de autoliquidación. Los sujetos pasivos están obligados a practicar autoliquidación por el impuesto, en el impreso habilitado al efecto por la Administración municipal, y a abonarla, en cualquier entidad colaboradora autorizada, previamente a la retirada de la licencia concedida y en aquellos casos en que no es necesaria licencia deberán aportar copia de la autoliquidación abonada e el momento de presentación de la declaración responsable o comunicación previa. En todo caso se deberá haber presentado la autoliquidación abonada, dentro del plazo máximo de un mes contado a

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partir del momento en que se inicie la construcción, instalación u obra, incluso cuando no se hubiere solicitado, concedido o denegado aún dicha licencia o no se hubiera presentado declaración responsable o comunicación previa, sin que el pago realizado conlleve ningún tipo de presunción o acto declarativo de derechos a favor de aquellos “2.-La autoliquidación presentada tendrá carácter provisional, determinándose la base imponible de esta autoliquidación provisional de la siguiente forma:

“a) Para las Construcciones e instalaciones que

requieran licencia de obra y cuyo titular no sea una Administración Pública, se tomará la mayor de las dos cantidades siguientes:

“a.1 El importe del presupuesto de ejecución material

visado por el colegio profesional correspondiente. “a.2 El importe resultante de aplicar el anexo 1 de esta

ordenanza y que constituye unos criterios de estimación provisional de los costes mínimos de ejecución material.

“b) Para las construcciones e instalaciones que requieran

licencia de obra y cuyo titular sea una Administración Pública, la base imponible estará constituida por el presupuesto de ejecución de la obra, visado por el colegio profesional correspondiente.

“c) Para las construcciones e instalaciones que no

requieran licencia de obra la base imponible estará constituida por el presupuesto presentado de ejecución material. En caso de que no aportarse éste, el coste de ejecución de la obra podrá determinarse por los técnicos municipales.

“3.- Cuando se modifique el proyecto de la construcción, instalación u obra y hubiese incremento de su presupuesto, una vez aceptada la modificación por la Administración municipal, los sujetos pasivos deberán presentar

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autoliquidación complementaria por la diferencia entre el presupuesto inicial y el modificado con sujeción a los plazos, requisitos y efectos indicados en los apartados anteriores.”

e.- Se introduce el siguiente Anexo I:

“Costes mínimos de referencia general por tipo de

edificación para instalaciones, construcciones y obras que requieran licencia de obra y cuyo titular no sea una Administración Pública.

AÑO  2013 

COSTES DE REFERENCIA GENERAL Coste de ejecución material (1)  

(€/m2 construido) 

RESIDENCIAL 

Unifamiliares 

Aisladas 557,18 

Adosadas o pareadas 514,05 

De protección oficial 470,93 

Colectivas De promoción privada 

537,63 

De protección oficial 489,33 

 Dependencias 

Vivideras en sótano y bajo cubierta 

431,83 

No vivideras en sótano y bajo cubierta 

326,60 

OFICINAS Formando parte de un edificio  

431,83 

En edificio aislado, naves 446,20 

INDUSTRIAL En edificios industriales 

403,65 

En naves industriales 299,58 

COMERCIAL Locales comerciales en edificios 

354,20 

Grandes centros comerciales 643,43 

GARAJE 

En Planta baja 243,80 

En Planta semisótano o primer sótano  285,20 

En resto de plantas de sótano 365,70 

INSTALACIONES DEPORTIVAS 

Al aire libre 

Pistas y pavimentos especiales58,08 

Piscinas 431,83 

Servicios 512,33 

Con graderíos 162,73 

Con graderíos cubiertos 299,58 

Cubiertas Polideportivos 

756,70 

Piscinas 811,90 

ESPECTACULOS Y  Discotecas, salas de juego, cines… 663,55 

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OCIO Teatros 

946,45 

EDIFICIOS RELIGIOSOS 

Integrados en residencial 649,75 

En edificio exento 1.026,38 

EDIFICIOS DOCENTES 

Guarderías, colegios, institutos… 679,08 

Universidades, centros de investigación, museos… 1.214,40 

EDIFICIOS SANITARIOS 

Consultorios, dispensarios 622,15 

Centros de salud, ambulatorios 704,38 

Hospitales, laboratorios 1.324,80 

HOSTELERIA 

Hoteles, balnearios, residencia de ancianos… 868,83 

Hostales, pensiones 651,48 

Restaurantes 779,70 

Cafeterías 649,75 

(1) Comprende el gasto de ejecución + costes indirectos. No incluye beneficio industrial ni gastos generales de la coordinación de los  diferentes oficios 

“Notas:

“1. En caso de superficies no vivideras a las que no se les haya asignado un uso determinado, se les asignará el valor del uso principal.

“2. En caso de existir edificios con diferentes usos, se valorarán éstos de forma independiente, según los módulos anteriores.

“3. En la intervención en edificios ya construidos, y para los casos de rehabilitación de instalaciones y acabados, se les aplicará los mismos módulos que para la obra nueva, si bien el importe se corregirá con la aplicación del coeficiente del 0,65.”

4º.- Se suprime el artículo 5 de la Ordenanza nº 6, “del Impuesto sobre Actividades Económicas.

SEGUNDO- EXPONER el presente acuerdo de modificación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, tablón de anuncios y en un diario de los de mayor difusión de la provincia durante un plazo de treinta días dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si trascurrido el plazo no se sido presentadas, se entenderá

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definitivamente aprobado este acuerdo provisional. La entrada en vigor se producirá el día 1 de enero de 2013.

TERCERO.- FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.

3.(148/12) APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA

MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES DE TASAS PARA 2013 (8.2)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes:

A) MOCIÓN de la Concejal Delegada de Hacienda de 27 de

julio de 2012, cuyo texto es el siguiente: “Tramítese el expediente reglamentario para la modificación y

actualización de las Ordenanzas Fiscales correspondientes al ejercicio 2013, relativas a las Tasas municipales.

Incorpórese las diferentes propuestas de modificación realizadas por los distintos departamentos municipales.”

B) INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Tesorero

y el Técnico de Gestión y del Sr. Tesorero, de 24 de septiembre de 2012, con el VºBº de la Concejal Delegada de Economía y Hacienda, cuyo texto es el siguiente:

“De acuerdo con las directrices de la Concejalía de Economía y Hacienda de este Ayuntamiento, se pretende modificar y actualizar las Ordenanzas Fiscales, relativas a las Tasas Municipales.

El presente documento contiene:

La propuesta de rectificación parcial de las tasas por utilización privativa vía pública, del epígrafe b del artículo 4 de la ordenanza fiscal número 16, incluyendo un nuevo texto y según el informe del Servicio de Obras, Mantenimiento y Actividades.

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La propuesta de modificación al alza de las tasas por expedición de documentos y más concretamente, la tasa por certificado de empadronamiento recogida en la ordenanza fiscal nº 15, articulo 5, apartado d, y se propone además la creación de una nueva tasa por expedición de certificado de callejero hasta ahora inexistente, y que se incluiría en la ordenanza fiscal nº 15, articulo 5, apartado d.

En el mismo sentido que la anterior, se pretende la modificación al alza de la tasa por expedición de bastanteo de poderes que realiza la Secretaria General municipal recogida también en la ordenanza fiscal nº 15, articulo 5, apartado d. Por lo expuesto se propone por parte del Departamento de Gestión Tributaria la adopción de la siguiente Resolución:

PRIMERO.- APROBAR provisionalmente la actualización y modificación de las siguientes ordenanzas fiscales en sus artículos correspondientes a cuotas y tarifas:

A.- Ordenanza Fiscal nº 16, artículo 4, epígrafe b) la propuesta se materializa en los siguientes apartados: - Suprimir el texto “vallas de obra” del punto 1 del

epígrafe b), que quedaría como sigue: Mercancías, materiales de construcción, escombros u

otros, por cada m2 o fracción al día 0,90 euros. - Modificar el punto 3 del epígrafe b), que quedaría como

sigue: Vallado de obras: • En aceras y zonas de  tránsito peatonal en general: El  importe 

de la tasa se obtendría de aplicar la fórmula  

T = V x CT x Cs, Siendo: T: es el importe de la tasa V: 1,50€

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CT: el coeficiente por tiempo Cs: el coeficiente por situación

En base a las siguientes tablas:

• En Viales y zonas de tránsito de vehículos en general: 

Por cada metro cuadrado o fracción al día 0,80 euros. Cuando la ocupación afecte parcialmente a plazas de estacionamiento de vehículos, se contabilizará la superficie total de la plaza que quede inutilizada.

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A los efectos del cómputo del periodo de ocupación, y si no existe comunicación previa por parte del solicitante, se aplicarán las siguientes fechas:

- Inicio: 7 días después de la fecha de concesión del permiso o, en su defecto, de la fecha que figura en el registro de entrada de la solicitud. - Final: 7 días antes de la comunicación de terminación de la obra o de la solicitud de licencia de primera ocupación. En los casos en que no exista solicitud u otra documentación que acredite el periodo de ocupación, éste se determinará por otros métodos deductivos que se consideren adecuados por los Servicios Técnicos municipales. B.- Ordenanza fiscal nº 15, articulo 5, punto 3, apartado d), se modifica según el estudio de costes realizado por Secretaría quedando de la siguiente manera: d. Bastanteo de poderes por Secretaria General o Servicios Jurídicos 46.23€ C.- Ordenanza fiscal nº 15, articulo 5, punto 3, apartado e 2), se modifica según el estudio de costes realizado por Secretaría, y que obra en el expediente, quedando de la siguiente manera:

e2. Certificado de empadronamiento 7 € D.- Ordenanza fiscal nº 15, artículo 5, punto 3, apartado e), según la recomendación de Secretaria y su estudio de costes que obra en el expediente, se incluye un nuevo texto en este articulo y apartado que se denominara e4 Certificado de Callejero quedando de la siguiente manera: e4. Certificado de Callejero 10 € SEGUNDO.-EXPONER el presente acuerdo de modificación en el tablón de anuncios durante un plazo de treinta días dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si trascurrido el plazo no se ha presentado reclamaciones, se

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entenderá definitivamente aprobado el acuerdo provisional. La entrada en vigor se producirá al día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

TERCERO.-PUBLICAR el anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en un diario de los de mayor difusión de la provincia.

CUARTO.- FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.

Este expediente deberá remitirse a la Secretaria General y a la Intervención Municipal, para su preceptivo informe.”

C) INFORME del Sr. Interventor de 22 de octubre de 2012, cuyo texto es el siguiente:

“1. NORMATIVA APLICABLE • Constitución Española de 1978 (CE). • Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del

Régimen Local (LBRL). • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el

que se aprueba el texto refundido de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL).

• Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT).

• Real Decreto 1684/90, de 20 de diciembre, Reglamento General de Recaudación (RGR).

• Reglamento de procedimientos administrativos municipales, modificado por el Ayuntamiento Pleno en su sesión de 27 de junio de 2000 (RPAM; ficha H-11).

2. LAS ORDENANZAS FISCALES REGULADORAS DE LAS TASAS LOCALES.

Las tasas son tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local, así como por la prestación de servicios públicos o

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la realización de actividades administrativas de competencia local que se refieran, afecten o beneficien de modo particular a los sujetos pasivos, exigiéndose en este último supuesto que se produzca alguna de las circunstancias siguientes: • Que no sean de solicitud o recepción voluntaria para los

administrados; a estos efectos no se considera voluntaria la solicitud o la recepción por parte de los administrados cuando venga impuesta por disposiciones legales o reglamentarias, o cuando los bienes, servicios o actividades requeridos sean imprescindibles para la vida privada o social del solicitante.

• Que no se presten o realicen por el sector privado, esté o no establecida su reserva a favor del sector público conforme a la normativa vigente.

Se entenderá que la actividad administrativa o servicio afecta o se refiere al sujeto pasivo cuando haya sido motivada directa o indirectamente por él mismo, en razón de que sus actuaciones u omisiones obliguen a las entidades locales a realizar de oficio actividades o a prestar servicios por razones de seguridad, salubridad, de abastecimiento de la población o de orden urbanístico, o cualesquiera otras. El artículo 20 del TRLHL, siguiendo los criterios marcados por la Sentencia del Tribunal Constitucional 185/95, efectúa una relación de supuestos que podrán ser gravados mediante tasas, bien porque se refieran a la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local (apartado 3º), bien porque sean supuestos de prestación de servicios o de realización de actividades administrativas de competencia local (apartado 4º); ambos listados son meramente enunciativos no agotando los posibles supuestos que, de acuerdo con el espíritu de la citada sentencia, podrían incluirse como tales. Para la fijación de los importes de las tasas debe tenerse en cuenta la siguiente distinción:

A. Tasas por la prestación de un servicio o por la

realización de una actividad: la base imponible global de la tasa se establecerá respetando los siguientes límites:

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• Máximo: No podrá exceder, en su conjunto, del coste real o previsible del servicio o actividad de que se trate o en su defecto del valor de la prestación recibida.

• Mínimo: La Ley 8/89, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos dispone en su artículo 7, que las tasas tenderán a cubrir el coste del servicio o de la actividad que constituya su hecho imponible.

Para la determinación del coste real o previsible del

servicio o actividad se tomará en consideración, por un lado, los costes directos e indirectos que contribuyen a la formación del coste total del servicio o de la actividad, incluso los de carácter financiero, amortización del inmovilizado y generales que sean de aplicación, y, por otro, los costes necesarios para garantizar el mantenimiento y un desarrollo razonable del servicio o actividad, debiéndose calcular con arreglo al presupuesto y proyecto aprobado por el órgano.

B. Tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento

especial del dominio público local; los importes se fijarán de acuerdo con las siguientes reglas: • Como regla general, tomando como referencia el

valor que tendría en el mercado la utilidad derivada de dicha utilización o aprovechamiento, en el supuesto de que los bienes afectados no fuesen de dominio público.

• En los supuestos de licitación pública, no se aplica la regla anterior, si no que el importe de la tasa vendrá determinado por el valor económico de la proposición que resulte adjudicataria.

• Por último, cuando se trate de utilizaciones privativas o aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, vuelo o subsuelo de las vías públicas municipales, a favor de empresas explotadoras de servicios que afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario, el importe de la tasa consistirá en el 1,5 % de los ingresos brutos que obtengan anualmente en cada término municipal las referidas empresas.

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La fijación o modificación de las cuotas de las tasas deberá fundamentarse en los resultados de un estudio técnico-económico, en el que se deberán relacionar y cuantificar los elementos de coste del servicio o actividad, los rendimientos estimados de las cuotas propuestas y, por comparación entre aquellos, la situación de equilibrio o déficit; no obstante, siempre con la salvedad de las tasas por aprovechamiento especial o utilización privativa del dominio público local, en las que las ordenanzas fiscales podrán fijar los criterios y parámetros necesarios para definir el valor de mercado de la utilidad derivada (art. 24, 1º).

A este respecto, conviene recordar lo dispuesto en el artículo 25 del TRLHL, según el cual “Los acuerdos de establecimiento de tasas por la utilización privativa o aprovechamiento especial de dominio público o para financiar total o parcialmente los nuevos servicios deberán adoptarse a la vista de informes técnico-económicos en los que se ponga de manifiesto el valor de mercado o la previsible cobertura del coste de aquellos respectivamente”. 3. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA

MODIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS FISCALES: El TRLHL, en su artículo 17 fija el procedimiento

para el establecimiento, supresión y ordenación de tributos y para la fijación de los elementos necesarios en orden a la determinación de las respectivas cuotas tributarias, así como las aprobaciones y modificaciones de las correspondientes Ordenanzas Fiscales. Este procedimiento se estructura en dos fases:

• Aprobación, publicación y exposición de los acuerdos

provisionales: Para la adopción del acuerdo provisional es necesario el voto favorable de la mayoría del Pleno la Corporación, no requiriéndose mayoría cualificada alguna. El acuerdo provisional se expondrá en el tablón de anuncios de la Entidad durante treinta días como mínimo, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el

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expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

La Ley recoge además de la exposición pública en el tablón de anuncios, otras dos modalidades de publicidad de los acuerdos y ordenanzas provisionales.

b) General: Es la que deben llevar a cabo todas las

Entidades Locales en el respectivo Boletín Oficial de la Provincia o, en su caso, de la Comunidad Autónoma uniprovincial.

c) Especial: Es la que deben efectuar los Ayuntamientos de población superior a 10.000 habitantes, en uno de los diarios de los de mayor difusión de la Provincia.

• Aprobación y publicación de los acuerdos definitivos: Finalizado el período de exposición pública, las Corporaciones Locales adoptarán los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la Ordenanza, su derogación o las modificaciones a que se refiera el acuerdo provisional. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional. Los acuerdos y los textos definitivos de las Ordenanzas Fiscales, aprobados expresa o tácitamente, han de ser publicados íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia o, en su caso, de la Comunidad Autónoma uniprovincial. Como garantía adicional de la efectividad del principio de la publicidad, el apartado 5º del artículo 17 del TRLHL ordena a las entidades locales con población superior a 20.000 habitantes que las Ordenanzas Fiscales sean editadas por las mismas y, en todo caso, que se faciliten copias a quienes lo soliciten.

• Entrada en vigor:

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.1 de la LBRL, y en el artículo 17.4 del TRLHL: Las Ordenanzas Fiscales entran en vigor con su publicación en los términos previstos en la Ley, comienzan a aplicarse en la fecha indicada en las mismas o, en su defecto, en el momento de su entrada en vigor y permanecen vigentes durante el tiempo expresamente previsto en las mismas o, en su defecto, hasta su derogación expresa.

• Impugnación de los acuerdos: A tenor de lo dispuesto en el artículo 19.1 del TRLHL, contra los acuerdos definitivos de aprobación de Ordenanzas fiscales y sus respectivos textos no puede interponerse otro recurso que el contencioso-administrativo, en los plazos y forma previstos en la Ley de dicha Jurisdicción.

• Ámbito de aplicación de las Ordenanzas Fiscales: Viene delimitado en el artículo 107.2 de la LBRL, en virtud del cual, las Ordenanzas obligan en el territorio de la respectiva Entidad Local y se aplican conforme a los principios de residencia efectiva y de territorialidad, según los casos.

4. ESTUDIO DE LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS

El Sr. Tesorero Municipal, en informe propuesta del 24 de septiembre de 2012, propone la modificación de las siguientes ordenanzas fiscales: • Ordenanza fiscal número 15 reguladora de la Tasa por

expedición de documentos. • Ordenanza fiscal número 16 reguladora de la Tasa por

utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.

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Las modificaciones que se proponen vienen motivadas por la introducción distintos epígrafes en el hecho imponible en el aprovechamiento del dominio público local y en el incremento de costes en la prestación de determinadas actividades administrativas, permaneciendo invariable el porcentaje de cobertura de costes que en su día sirvieron de base para el cálculo de las tarifas, según consta en el mencionado informe propuesta del tesorero Municipal. En términos generales, dichas modificaciones se ajustan a lo dispuesto en la normativa citada.”

D) INFORME de Secretaría General nº 320/12, de 23 de octubre,

cuyo texto es el siguiente:

“1.- Conforme a lo establecido en el artículo 106 de la Ley

7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).

“1.- Las entidades locales tendrán autonomía para establecer y

exigir tributos de acuerdo con lo previsto en la legislación del Estado reguladora de las Haciendas Locales y en las leyes que dicten las Comunidades Autónomas en los supuestos expresamente previstos en aquélla.

2.- La potestad reglamentaria de las Entidades Locales en materia

tributaria se ejercerá a través de Ordenanzas Fiscales reguladoras de sus tributos propios y de Ordenanzas Generales de gestión, recaudación e inspección. Las Corporaciones Locales podrán emanar disposiciones interpretativas y aclaratorias de las mismas.”

2.- En lo que se refiere a la modificación de Ordenanzas

Fiscales, debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 16.1 párrafo último del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales de 5 de marzo de 2004: “Los acuerdos de modificación de dichas Ordenanzas deberán contener la nueva redacción de las normas afectadas y las fechas de su aprobación y del comienzo de su aplicación.”

3.- Tramitación:

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Tanto en el caso de imposición de tributos como en los de aprobación y modificación de Ordenanzas Fiscales rige lo dispuesto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales de 5 de marzo de 2005:

“1. Los acuerdos provisionales adoptados por las Corporaciones Locales para el establecimiento, supresión y ordenación de tributos y para la fijación de los elementos necesarios en orden a la determinación de las respectivas cuotas tributarias, así como las aprobaciones y modificaciones de las correspondientes ordenanzas fiscales, se expondrán en el tablón de anuncios de la Entidad durante treinta días, como mínimo, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. 3. Las entidades locales publicarán, en todo caso, los anuncios de exposición en el boletín oficial de la provincia, o, en su caso, en el de la Comunidad Autónoma uniprovincial. Las diputaciones provinciales, los órganos de gobierno de las entidades supramunicipales y los ayuntamientos de población superior a 10.000 habitantes deberán publicarlos, además, en un diario de los de mayor difusión de la provincia, o de la Comunidad Autónoma uniprovincial. 3. Finalizado el periodo de exposición pública, las corporaciones locales adoptarán los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la ordenanza, su derogación o las modificaciones a que se refiera el acuerdo provisional. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario. 4. En todo caso, los acuerdos definitivos a que se refiere el apartado anterior, incluyendo los provisionales elevados automáticamente a tal categoría, y el texto íntegro de las ordenanzas o de sus modificaciones, habrán de ser publicados en el Boletín Oficial de la Provincia o, en su caso, de la Comunidad Autónoma uniprovincial, sin que entren en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación. 5. Las diputaciones provinciales, consejos, cabildos insulares y, en todo caso, las demás entidades locales cuando su población sea superior a 20.000 habitantes, editarán el texto íntegro de las ordenanzas fiscales reguladoras de sus tributos dentro del primer cuatrimestre del ejercicio económico correspondiente.

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En todo caso, las entidades locales habrán de expedir copias de las ordenanzas fiscales publicadas a quienes las demanden.”

4.- Conforme a lo establecido en el artículo 107.1 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local de 2-4-85 (según la redacción dada por la disposición adicional primera, apartado 1, de la L.H.L.):

“Las Ordenanzas fiscales reguladoras de los tributos locales comenzarán a aplicarse en el momento de su publicación definitiva en el “Boletín Oficial” de la Provincia, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma uniprovincial salvo que en las mismas se señale otra fecha.”

5.- El acuerdo de modificación de las Ordenanzas debe

contener la nueva redacción de las normas afectadas y las fechas de su aprobación y el comienzo de su aplicación, conforme exige el art. 16.1 párrafo tercero de la L.H.L. Las relativas a tasas y precios públicos deberán contener el correspondiente estudio económico de costes del servicio correspondiente o sus actualizaciones, o bien la actualización del valor del mercado de los bienes según se trate de la regulación relativa a prestación de servicio u ocupación del dominio público.

Finalmente, en cuanto a la tramitación, es la misma que

para la aprobación de Ordenanzas Fiscales o imposición de tributos. Por lo tanto, me remito a lo dispuesto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales de 5 de marzo de 2004 transcrito en el presente informe.

6.- Bajo las consideraciones, condicionamientos y

observaciones expuestas, se ajusta la propuesta al ordenamiento jurídico.”

E) INFORME del Técnico de Gestión Tributaria y del Tesorero Municipal, de 25 de octubre de 2012, rectificando error material del expediente de modificación de las Ordenanzas Fiscales, relativas a las Tasas Municipales, cuyo texto es el siguiente:

“Habiéndose detectado una serie de errores materiales a la hora de la transcripción del informe de fecha 10 de

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septiembre del Arquitecto Técnico del Servicio de Obras, Mantenimiento y Obras y en virtud del Art 105 .2 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común que dice “las administraciones publicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento de oficio o a instancia de los interesados , los errores materiales , de hecho o aritméticos existentes en sus actos” ; El punto A del expediente de modificación de las Ordenanzas Fiscales, relativas a las Tasas Municipales, quedara de la siguiente manera:

A.- Ordenanza Fiscal nº 16, artículo 4, epígrafe b)

apartado 3: la propuesta se materializa en el siguiente apartado:

Vallado de obras: En aceras y zonas de tránsito peatonal en general: El importe de la tasa se obtendrá de aplicar la siguiente fórmula: T=V x CT x CS, siendo: T = el importe de la tasa V = 1,50 € CT = coeficiente por tiempo CS = coeficiente por situación se determina con base en las siguientes tablas: COEFICIENTE CT

TIPO DE OBRA

DURACIÓN EN MESES 3 6 9 12 15 18 >18

Obra nueva en general 1 1 1,5 2,5 5 10 20 Obra nueva con más de 1 planta bajo rasante

1 1 1 2 5 10 20

Obra de rehabilitación o restauración integral o refuerzo estructural general

1 1 1,5 2,5 5 10 20

Obra de rehabilitación o restauración parcial o refuerzo estructural localizado

1 1,5 2,5 5 10 20 20

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Obra de restauración o ampliación en altura

1 1 1,5 2,5 5 10 20

Obra en locales comerciales

1 2,5 5 10 20 20 20

COEFICIENTE CS

Obras en el casco 1,0 Obras en zonas del primer ensanche 0,9 Obras en barrios periféricos 0,8 Obras en zonas rústicas 0,2

Casetas de obra, por cada metro cuadrado o fracción al mes 1,46 euros. Instalación de Grúas de obra, por cada metro cuadrado o fracción al mes 1,46 euros. Solicitud de corte de calle, al día 102,15 euros. Reserva de espacio y señalización. Estará constituida por la suma de la tasa fija más la tasa variable:

a.- Tasa fija: 36,09 €/día b.- Tasa variable, Por cada m2 o fracción 0,31

€/día, en zonas peatonales y 0,82 €/día en viales o plazas de aparcamiento. Cuando la ocupación afecte parcialmente a plazas de estacionamiento de vehículos, se contabilizará la superficie total de la plaza que quede inutilizada.

La señalización será por cuenta del solicitante, previa aprobación de la Policía Municipal y del Servicio de Infraestructuras. En Viales y zonas de tránsito de vehículos en general: Por cada metro cuadrado o fracción al día 0,80 euros.

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

Cuando la ocupación afecte parcialmente a plazas de estacionamiento de vehículos, se contabilizará la superficie total de la plaza que quede inutilizada. A los efectos del cómputo del periodo de ocupación, y si no existe comunicación previa por parte del solicitante, se aplicarán las siguientes fechas: - Inicio: 7 días después de la fecha de concesión del permiso o, en su defecto, de la fecha que figura en el registro de entrada de la solicitud. - Final: 7 días antes de la comunicación de terminación de la obra o de la solicitud de licencia de primera ocupación. En los casos en que no exista solicitud u otra documentación que acredite el periodo de ocupación, éste se determinará por otros métodos deductivos que se consideren adecuados por los Servicios Técnicos municipales.”

F) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 25 de octubre de 2012, favorable. Este punto se debatió conjuntamente con el punto 2 del orden del día, por lo que su debate figura en dicho punto. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por trece (13) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular, siete (7) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales Socialista y Unión Progreso y Democracia y tres (3) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, ACUERDA: PRIMERO.- APROBAR provisionalmente la actualización y modificación de las siguientes ordenanzas fiscales en sus artículos correspondientes a cuotas y tarifas:

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

A.- Ordenanza Fiscal nº 16, artículo 4, epígrafe b) apartado 3: la propuesta se materializa en el siguiente apartado:

Vallado de obras: En aceras y zonas de tránsito peatonal en general: El importe de la tasa se obtendrá de aplicar la siguiente fórmula: T=V x CT x CS, siendo: T = el importe de la tasa V = 1,50 € CT = coeficiente por tiempo CS = coeficiente por situación se determina con base en las siguientes tablas: COEFICIENTE CT

TIPO DE OBRA

DURACIÓN EN MESES 3 6 9 12 15 18 >18

Obra nueva en general 1 1 1,5 2,5 5 10 20 Obra nueva con más de 1 planta bajo rasante

1 1 1 2 5 10 20

Obra de rehabilitación o restauración integral o refuerzo estructural general

1 1 1,5 2,5 5 10 20

Obra de rehabilitación o restauración parcial o refuerzo estructural localizado

1 1,5 2,5 5 10 20 20

Obra de restauración o ampliación en altura

1 1 1,5 2,5 5 10 20

Obra en locales comerciales

1 2,5 5 10 20 20 20

COEFICIENTE CS

Obras en el casco 1,0

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

Obras en zonas del primer ensanche 0,9 Obras en barrios periféricos 0,8 Obras en zonas rústicas 0,2

Casetas de obra, por cada metro cuadrado o fracción al mes 1,46 euros. Instalación de Grúas de obra, por cada metro cuadrado o fracción al mes 1,46 euros. Solicitud de corte de calle, al día 102,15 euros. Reserva de espacio y señalización. Estará constituida por la suma de la tasa fija más la tasa variable:

a.- Tasa fija: 36,09 €/día b.- Tasa variable, Por cada m2 o fracción 0,31

€/día, en zonas peatonales y 0,82 €/día en viales o plazas de aparcamiento. Cuando la ocupación afecte parcialmente a plazas de estacionamiento de vehículos, se contabilizará la superficie total de la plaza que quede inutilizada.

La señalización será por cuenta del solicitante, previa aprobación de la Policía Municipal y del Servicio de Infraestructuras. En Viales y zonas de tránsito de vehículos en general: Por cada metro cuadrado o fracción al día 0,80 euros. Cuando la ocupación afecte parcialmente a plazas de estacionamiento de vehículos, se contabilizará la superficie total de la plaza que quede inutilizada. A los efectos del cómputo del periodo de ocupación, y si no existe comunicación previa por parte del solicitante, se aplicarán las siguientes fechas:

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

- Inicio: 7 días después de la fecha de concesión del permiso o, en su defecto, de la fecha que figura en el registro de entrada de la solicitud. - Final: 7 días antes de la comunicación de terminación de la obra o de la solicitud de licencia de primera ocupación. En los casos en que no exista solicitud u otra documentación que acredite el periodo de ocupación, éste se determinará por otros métodos deductivos que se consideren adecuados por los Servicios Técnicos municipales.”

B.- Ordenanza fiscal nº 15, articulo 5, punto 3, apartado d), se modifica según el estudio de costes realizado por Secretaría quedando de la siguiente manera: d. Bastanteo de poderes por Secretaria General o Servicios Jurídicos 46.23€ C.- Ordenanza fiscal nº 15, articulo 5, punto 3, apartado e 2), se modifica según el estudio de costes realizado por Secretaría, y que obra en el expediente, quedando de la siguiente manera: e2. Certificado de empadronamiento 7 € D.- Ordenanza fiscal nº 15, artículo 5, punto 3, apartado e), según la recomendación de Secretaria y su estudio de costes que obra en el expediente, se incluye un nuevo texto en este artículo y apartado que se denominara e4 Certificado de Callejero quedando de la siguiente manera: e4. Certificado de Callejero 10 € SEGUNDO.-EXPONER el presente acuerdo de modificación en el tablón de anuncios durante un plazo de treinta días dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si trascurrido el plazo no se ha presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo provisional. La entrada en vigor se producirá al día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

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(MADRID)

TERCERO.-PUBLICAR el anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en un diario de los de mayor difusión de la provincia.

CUARTO.- FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.

Y no habiendo más asuntos que tratar el Sr. Presidente levantó la sesión siendo las trece horas y veinticinco minutos del día treinta y uno de octubre de dos mil doce, en prueba de lo cual se levanta el presente acta que firma el Sr. Presidente en unión de mí, el Secretario, que doy fe. EL PRESIDENTE EL SECRETARIO