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ACTA 698 Pág.1 ACTA 698 ----- En la ciudad de Bahía Blanca a los diecinueve días del mes de junio de dos mil trece se reúne el Consejo Superior Universitario de la Universidad Nacional del Sur en sesión ordinaria bajo la Presidencia de la Sra. Vicerrectora María del Carmen VAQUERO y con la presencia de los siguientes miembros Consejeros: César LOMBARDI; Silvina MARFIL; María Teresa GONZALEZ; Mario ARRUIZ; Andrea CASTELLANO; Miguel Angel CANTAMUTTO; Adriana LISTA; Marcela CAPOBIANCO; Sebastian ARRUIZ; Juan SLAGTER; Romualdo VERA; Florencia GUARISTE; Marina JAUGE; Tomás GIL; Sofía FERRACUTTI; Gonzalo ACOSTA; Andrés RAMALLO; María MONTERO; Cristian KREBER; Juan ARRIOLA y la presencia de los siguientes Directores Decanos: Ricardo SABBATINI; Daniel TANZOLA; Sheldy OMBROSI; Néstor ORTEGA; Guillermo KALOCAI; Andres BOUZAT y Marcelo VILLAR.--------------------------------------------------------------------------------------------------------- ----- Actúa como Secretario el Dr. Diego Duprat.-------------------------------------------------------------------- ----- Siendo las 18:20hs. comienza la sesión.-------------------------------------------------------------------------- Punto 1°: Informes de la Sra. Vicerrectora de la UNS. Sra.VICERRECTORA: En cuanto a informes quiero comentarles que ante el pedido de juicio académico del Profesor Montezanti, el apeló y apeló también ante la resolución de la Asamblea Universitaria de que era causal de inhabilitación el hecho de haber pertenecido al servicio de inteligencia en la época del proceso, en el día de ayer a las 14:00hs. llegó la sentencia, al respecto les va a informar el Secretario Diego Duprat. SGCSU: El tema se estuvo estudiando en la Comisión de Interpretación y Reglamento en el día de hoy, les comento que la parte resolutiva de la sentencia dice: “Declarar que no es pasible de revisión judicial la resolución AU-17/11 de la Universidad nacional del Sur deviniendo en abstracto pronunciarse sobre las cuestiones planteadas por al actor, Montezanti y rechazar la pretensión intentada con costas”. En el artículo 2º dice: “Dejar sin efecto la medida cautelar autorizada”, ya que se había suspendido el proceso de juicio académico, “atento a lo resuelto precedentemente debiéndose cursar la comunicación del caso una vez que esta sentencia haya pasado en autoridad de cosa juzgada”. Debido a que había dudas sobre el alcance de este artículo, que hoy lo estuvimos discutiendo, miembros de la Comisión de Interpretación y Reglamento me han pedido pedirle un dictamen al Asesor Letrado de la UNS, por dos motivos, uno para que nos diga en qué estado está el pedido de juicio académico, el que fue suspendido por una medida cautelar; y segundo término para que aclare o nos explique cuál es el alcance de ese punto 2º en cuanto a la medida cautelar. En lo personal pienso que lo mejor va a ser, y en esto había consenso, pedir una aclaratoria a la misma Cámara para que precise cuál es el alcance de esa medida, por lo que si hay consenso con esta vía se lo haré saber al asesor letrado. CANTAMUTTO: Sobre este tema me preocupó mucho la situación de la imagen de esos afiches que se pusieron y me pareció bien lo que se hizo desde Rectorado de llamar la atención para evitar que ocurran ese tipo de procesos de descalificación de personas, pero, lo que más me preocupó es que en la forma de descalificar a la persona se utilizó el uniforme militar como una forma de menosprecio, creo que eso es también criticable porque es el mismo uniforme militar que usaron muchos de los libertadores y de personajes célebres del país y que contribuyeron al país, se puso un poco en menosprecio en esta actitud de lo que hicieron estos afiches. En contra de ese tipo de manejos, apruebo que se haya, desde el Rectorado, pedido que se quiten los afiches por la persona que se vio involucrada pero también hay que tener en cuenta que se estaba de alguna manera menospreciando una institución pública como es el sistema militar, si bien puede ser que dentro de los militares haya habido gente que actuó en forma mal o épocas que actuaron mal pero se usó el uniforme de una manera de desprestigiar a esa persona, como lista nunca hemos aceptado ninguna clase de escrache, busqué si había una traducción de escrache pero parece que no hay un término hispano pero bueno hay que repudiarlo porque no es la forma en la cual nos

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ACTA 698

----- En la ciudad de Bahía Blanca a los diecinueve días del mes de junio de dos mil trece se reúne el Consejo Superior Universitario de la Universidad Nacional del Sur en sesión ordinaria bajo la Presidencia de la Sra. Vicerrectora María del Carmen VAQUERO y con la presencia de los siguientes miembros Consejeros: César LOMBARDI; Silvina MARFIL; María Teresa GONZALEZ; Mario ARRUIZ; Andrea CASTELLANO; Miguel Angel CANTAMUTTO; Adriana LISTA; Marcela CAPOBIANCO; Sebastian ARRUIZ; Juan SLAGTER; Romualdo VERA; Florencia GUARISTE; Marina JAUGE; Tomás GIL; Sofía FERRACUTTI; Gonzalo ACOSTA; Andrés RAMALLO; María MONTERO; Cristian KREBER; Juan ARRIOLA y la presencia de los siguientes Directores Decanos: Ricardo SABBATINI; Daniel TANZOLA; Sheldy OMBROSI; Néstor ORTEGA; Guillermo KALOCAI; Andres BOUZAT y Marcelo VILLAR.--------------------------------------------------------------------------------------------------------- ----- Actúa como Secretario el Dr. Diego Duprat.-------------------------------------------------------------------- ----- Siendo las 18:20hs. comienza la sesión.--------------------------------------------------------------------------

Punto 1°: Informes de la Sra. Vicerrectora de la UNS. Sra.VICERRECTORA: En cuanto a informes quiero comentarles que ante el pedido de juicio académico del Profesor Montezanti, el apeló y apeló también ante la resolución de la Asamblea Universitaria de que era causal de inhabilitación el hecho de haber pertenecido al servicio de inteligencia en la época del proceso, en el día de ayer a las 14:00hs. llegó la sentencia, al respecto les va a informar el Secretario Diego Duprat. SGCSU: El tema se estuvo estudiando en la Comisión de Interpretación y Reglamento en el día de hoy, les comento que la parte resolutiva de la sentencia dice: “Declarar que no es pasible de revisión judicial la resolución AU-17/11 de la Universidad nacional del Sur deviniendo en abstracto pronunciarse sobre las cuestiones planteadas por al actor, Montezanti y rechazar la pretensión intentada con costas”. En el artículo 2º dice: “Dejar sin efecto la medida cautelar autorizada”, ya que se había suspendido el proceso de juicio académico, “atento a lo resuelto precedentemente debiéndose cursar la comunicación del caso una vez que esta sentencia haya pasado en autoridad de cosa juzgada”. Debido a que había dudas sobre el alcance de este artículo, que hoy lo estuvimos discutiendo, miembros de la Comisión de Interpretación y Reglamento me han pedido pedirle un dictamen al Asesor Letrado de la UNS, por dos motivos, uno para que nos diga en qué estado está el pedido de juicio académico, el que fue suspendido por una medida cautelar; y segundo término para que aclare o nos explique cuál es el alcance de ese punto 2º en cuanto a la medida cautelar. En lo personal pienso que lo mejor va a ser, y en esto había consenso, pedir una aclaratoria a la misma Cámara para que precise cuál es el alcance de esa medida, por lo que si hay consenso con esta vía se lo haré saber al asesor letrado. CANTAMUTTO: Sobre este tema me preocupó mucho la situación de la imagen de esos afiches que se pusieron y me pareció bien lo que se hizo desde Rectorado de llamar la atención para evitar que ocurran ese tipo de procesos de descalificación de personas, pero, lo que más me preocupó es que en la forma de descalificar a la persona se utilizó el uniforme militar como una forma de menosprecio, creo que eso es también criticable porque es el mismo uniforme militar que usaron muchos de los libertadores y de personajes célebres del país y que contribuyeron al país, se puso un poco en menosprecio en esta actitud de lo que hicieron estos afiches. En contra de ese tipo de manejos, apruebo que se haya, desde el Rectorado, pedido que se quiten los afiches por la persona que se vio involucrada pero también hay que tener en cuenta que se estaba de alguna manera menospreciando una institución pública como es el sistema militar, si bien puede ser que dentro de los militares haya habido gente que actuó en forma mal o épocas que actuaron mal pero se usó el uniforme de una manera de desprestigiar a esa persona, como lista nunca hemos aceptado ninguna clase de escrache, busqué si había una traducción de escrache pero parece que no hay un término hispano pero bueno hay que repudiarlo porque no es la forma en la cual nos

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tenemos que manejar, hay métodos como el juicio académico, tenemos infinidad de situaciones para llevar a cabo esos temas. Simplemente quería manifestar esta situación que creo que nos molesta a la mayoría. Punto 2°: Comunicaciones ingresadas. ----- Se tratan las siguientes comunicaciones ingresadas:

1- Expte. 940/84- Incrementa el monto de la caja chica de la Secretaría General Técnica, llevándolo a la suma de pesos veinte mil ($20000,-), a partir del 1° de junio de 2013. (R- 570/13)

2- Expte. 246/13- Acepta la renuncia del agente no docente Julio Quel, a partir del 1° de abril de

2013, al cargo Categoría 4 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales en la Dirección de Intendencia, para acogerse a los beneficios jubilatorios. (R- 262/13)

3- Expte. 245/13- Incrementa el monto de la caja chica del Departamento de Geología, llevándolo a

la suma de pesos siete mil quinientos ($7500,-), a partir del 1° de abril de 2013. (R- 270/13) Punto 3°: Consideración del Acta 697 del 5 de junio de 2013.

----- Se aprueba por unanimidad el Acta 697.------------------------------------------------------------------------- Punto 4:

Bahía Blanca, 12 de junio de 2013. COMISION DE ENSEÑANZA Esta Comisión recomienda autorizar las siguientes designaciones de Profesores Ordinarios: Departamento de Ingeniería Química: Expte.1719/13: (REVALIDA) Designa al Dr. Daniel Eduardo DAMIANI, en un cargo de Profesor Titular con dedicación Exclusiva en las asignaturas “Laboratorio de Procesos Químicos” (Código: 6218) y “Catálisis Ambiental” (Código: 6065). DURAN TANZOLA BARBERO SANCHEZ VISCIARELLI ORTEGA GONZALEZ MARFIL Expte.1720/13: Designa a la Dra. Lidia QUINZANI, en un cargo de Profesor Titular con dedicación Exclusiva en las asignaturas “Mecánica de Fluidos” (Código: 6216) y “Laboratorio de Fenómenos de Transporte” (Código: 6217). TANZOLA SANCHEZ ORTEGA GONZALEZ MARFIL REARTES Departamento de Ciencias de la Administración: Expte.1519/13:

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Designa al Cr. Claudio Marcelo GENOVESE, en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple en la asignatura “Introducción a la Administración” (Código: 1660). TANZOLA SANCHEZ ORTEGA GRUNFELD RAMALLO VISCIARELLI DURAN MARFIL REARTES ----- Se aprueba por unanimidad.--------------------------------------------------------------------------------------- Punto 5: Expte. 819/2013 Bahía Blanca, 22 de mayo de 2013 COMISIONES DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO Y DE ENSEÑANZA VISTO: La resolución del Consejo Departamental de Derecho CD-55/2013 que propone otorgar a la Dra. Aída Rosa Kemelmajer de Carlucci el título de Doctora Honoris Causa de la Universidad Nacional de Sur;

La designación de la comisión ad hoc en la sesión plenaria del Consejo Superior Universitario

del 10 de abril de 2013 (nota CSU-11/2013), y su dictamen posterior, La resolución CSU-563/12 que establece el procedimiento de entrega del título doctor honoris

causa de la UNS; y

CONSIDERANDO: Que el dictamen de la comisión ad hoc avala de forma unánime la propuesta de otorgamiento de la máxima distinción a la Dra. Aída Rosa Kemelmajer de Carlucci por considerarla “como una de las juristas argentinas de mayor reconocimiento académico nacional e internacional” y su dedicado “compromiso con la constitucionalización del derecho privado”; Que la Dra. Aída Rosa Kemelmajer de Carlucci fue distinguida y premiada no sólo en el ámbito académico por sus alumnos de la Universidad Nacional de Cuyo y con los títulos de Honoris Causa, y profesora Honoraria de diversas Universidades Nacionales e Internacionales, sino también por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación como “Mujer destacada en el ámbito Nacional” (1992);

Que la Dra. Aída Rosa Kemelmajer de Carlucci es autora de un gran aporte científico, cultural y social con reconocimiento nacional e internacional demostrado en sus numerosos antecedentes académicos, obras, centenares de publicaciones, participaciones activas en paneles de Congresos, y todo tipo de eventos académicos y sociales celebrados en nuestro país y en el exterior;

Que su intachable trayectoria profesional como Conjuez de la justicia Federal de Mendoza,

Conjuez de la Justicia Provincial de Mendoza y Ministra de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza dio lugar al reconocimiento nacional e internacional de sus fallos, produciendo cientos de comentarios y sirviendo de gran aporte a la doctrina;

Que de su extenso currículum vitae surge su total dedicación a la docencia e investigación y muy

especialmente su generoso aporte y colaboración con esta alta casa de estudios siendo que forma parte de la carrera de Especialización en Derecho de Familia, Niñez y Adolescencia, aprobado por resolución AU 25/11, integrando su comité Académico y siendo docente de la misma;

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Que su labor como la principal impulsora y defensora del Proyecto de Código Civil y Comercial Unificado de la Nación 2012 consagra su aporte al derecho como jurista desde su perspectiva constitucional y humanista;

Por ello; EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE: Artículo 1°) Otorgar el título de Doctor Honoris Causa de la Universidad Nacional del Sur a la Dra. Aida Rosa KEMELMAJER DE CARLUCCI. Artículo 2°) De forma. Por Comisión de Interpretación: KREBER SILBERMAN ARRIOLA CASTELLANO M. ARRUIZ S. ARRUIZ LOMBARDI Por Comisión de Enseñanza: BOUZAT SANCHEZ ORTEGA VISCIARELLI MARFIL BARBERO TANZOLA GONZALEZ BOUZAT: Este dictamen tiene muchas firmas, quiere decir que la mayoría de los Consejeros lo ha visto, ya estuvo en el Consejo Superior Universitario cuando hicimos el sorteo de los miembros del jurado. La historia del presente pedido se inició el año pasado en el Departamento de Derecho a pedido de la Profesora Titular de “Derecho de Familia” Victoria Pellegrini, se inició antes de la entrada en vigencia del nuevo reglamento, por lo tanto se tuvo que adaptar ya que quería que salga con la nueva reglamentación la cual entró en vigencia en el mes de octubre y esto se había presentado en el mes de agosto. Se hicieron todos los pasos, vino al Consejo Superior, volvió al departamento, volvió al Consejo Superior donde se hizo el sorteo de la Comisión, dictaminó la Comisión de expertos y ahora está en condiciones de ser aprobada con muchas firmas, tanto de la Comisión de Interpretación y Reglamento como de la Comisión de Enseñanza. Para quienes no la conocen, la Dra. Aida Rosa Kemelmajer de Carlucci es la jurista argentina más prestigiosa y de mayor calidad, creo que es indudable, se destacó enormemente en sus obras teóricas pero también fue durante muchos años jueza de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza y desde ese Tribunal Supremo provincial estableció doctrinas que después fueron recetadas en todo el país, lo más importante de la trayectoria, al menos desde mi punto de vista, yo no soy un experto en Derecho Privado pero aquí hay Consejeros, a los que les cederé la palabra y que pueden decir más que yo, pero lo más importante de la trayectoria académica e intelectual de la Dra. Kemelmajer es que fue quien se ocupó de colocar en la agenda y resolver una cuestión que no estaba resuelta en el derecho argentino y que es el problema de la constitucionalización del derecho privado y básicamente del derecho de familia, en derecho privado, el Código Civil Argentino, tanto el Civil como el de Comercio se promulgaron en la Década de los ’50, en la misma época en que se promulgó la constitución, sin embargo la Constitución estaba fundada en determinados principios liberales, reconocimiento de ciertos derechos y el Código Civil estaba fundado en otros principios más antiguos, más tradicionales del Código francés, de la ápoca Napoleón Bonaparte, durante muchos años el derecho constitucional iba por un lado y el derecho privado iba por otro, de modo tal que teníamos muchísimos derechos reconocidos en la constitución y en el derecho privado no funcionaba, el derecho de las mujeres, el derecho de los niños, a partir de la nueva constitución del año 1994 y la incorporación de los derechos de todos los tratados internacionales de derechos civiles y políticos de derechos humanos, hubo una expansión de los derechos individuales en la argentina y la Dra. Kemelmajer fue, no voy a decir que fue la única pero sí que fue la persona que se ocupó de compatibilizar, de bajar esos principios de derechos humanos y dar las pautas de cómo colocarlos en nuestras instituciones del derecho privado y eso parece una tarea fácil pero no tiene nada de fácil y no solo requiere de un gran conocimiento del derecho y de una gran destreza técnica sino que también requiere de la capacidad de generar convicción para convencer a los juristas que ese es el camino porque el derecho de familia es un derecho tradicionalmente muy conservador, machista, muy influenciado en sus contenidos por ciertas doctrinas muy tradicionales de la Iglesia Católica y no tenemos

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que olvidarnos que por ejemplo, el derecho al divorcio vincular en la Argentina, lo decretó la Corte Suprema de Justicia en la Década del ’80 porque los legisladores no tenían consenso para establecer el divorcio vincular y hoy no pasaron 30 años y tenemos el matrimonio igualitario, entonces, si a mí alguien me preguntaba la Década del ’80 me parecía que en 20 o 30 años en la Argentina podía haber matrimonio igualitario yo hubiera dicho que no, de ninguna manera y sin embargo lo tuvimos y no es casualidad, lo tuvimos porque cambiaron las normas constitucionales, se incorporaron los derechos humanos pero también personas se encargaron de bajar todo ese contenido normativo a nuestras instituciones de todos los días, el Código Civil son las leyes que regulan la convivencia diaria, el Código Civil iba por un lado y la Constitución por otro, yo creo que lo más valioso de la Dra. kemelmajer es que juntó esas dos cosas, que a muchos le puede parecer algo obvio y muy sencillo pero no lo es, ni desde el punto de vista técnico ni desde el punto de vista social de imponer determinados criterios, nuevos paradigmas para entender las relaciones entre derecho civil y los derechos constitucionales. ARRUIZ M.: La iniciativa de otorgar el laudo a la Dra. Kemelmajer parte de la Profesora Titular de la materia de Derecho de Familia y razones no le faltan para haber propuesto tal título y han sido muy bien explicadas por el Sr. Decano del Departamento de Derecho. En estos tiempos, en lo que tal vez abusamos demasiado de la especialidad quisiera destacar que la Dra. Kemelmajer de Carlucci fue exactamente lo contrario de la cuestión relativa de refugiarse en una especialidad de la ciencia que uno cultiva, la Dra. Kemelmajer de Carlucci estuvo en un tribunal con una competencia amplísima que es el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Mendoza que no retacea ninguna competencia, debe ocuparse, este como cualquier Superior Tribunal de cualquier provincia de todo caso que pueda plantearse en cualquier fuero de jurisdicción de la Provincia y eso la llevó a que realmente cultivara votos sobre cantidades de materias del derecho, no dejó materia del derecho por profundizar, no dejó un voto por cambiar el paradigma en cantidad de oportunidades, yo diría que si nuestros alumnos de derecho tuvieran que señalar a un jurista que intervino en mayor cantidad de asignaturas yo creo que no dudarían ellos, siempre en cada materia tuvieron uno y bastante más votos de ella en ese recordado tribunal y esto nos lleva a la convicción de que el paradigma de la excesiva especialidad lo tenemos que reverlo y la Dra Kemelmajer de Carlucci merece ser distinguida como se propone hacerlo y merece que tengamos en cuenta esta enseñanza que ella nos ha legado, sin duda el conocimiento es tan vasto que nadie puede tener la suma del conocimiento de cualquier disciplina pero no tenemos que abusar de la especialidad y tenemos que cultivarlo porque cuando nos especializamos demasiado perdemos la vista en conjunto de la asignatura que estamos cultivando, simplemente quería hacer ese reconocimiento de la Dra. Aida Kemelmajer de Carlucci ya que hay sobradas razones para otorgarle el Doctorado Honoris Causa. LOMBARDI: Hablar de la Dra. kemelmajer de Carlucci de alguna manera es hablar y coincido con el Decano Bouzat en que tal vez sea la jurista más importante que tiene la República Argentina hoy viva. Yo lo que quiero destacar más allá de lo que se dijo es que tengo el gusto de conocerla y realmente una de las cosas que más destaco de ella es que de alguna manera nunca se olvidó de la función docente, realmente es una persona que más allá de ser una jurista, haber sido Juez del Tribunal Superior de la Corte Suprema de Mendoza, nunca olvidó su tarea docente, basta leer algún fallo de la Corte Suprema de Justicia de Mendoza para darse cuenta de que es docente, la Doctora en cada fallo desarrolla todas las alternativas, todas las doctrinas, todos los antecedentes del tema, realmente es un gusto para el que de alguna manera tiene una inclinación y le gusta el derecho leer un fallo del que haya votado la Dra. Kemelmajer de Carlucci pero más allá de eso, insisto en su función docente, nosotros estamos en la Universidad y yo creo que ella, tal vez, más allá de que académicamente creo que es una persona de primera línea y una de las mejores juristas de la República Argentina creo que estando en la Universidad lo que quiero destacar es eso y además su generosidad porque a su vez no solamente que cumple con la función docente sino que siempre ha sido muy generosa con nuestra Universidad, siempre dispuesta a colaborar, a brindar su conocimiento a los demás, por eso yo creo que realmente coincido plenamente con el otorgamiento del Doctorado Honoris Causa, creo que es muy merecido y creo que es muy importante sobre todo porque nosotros dentro de poco tiempo vamos a ser sede de las Jornadas Nacionales del Derecho Civil, dentro de aproximadamente dos años y medio y es el evento de derecho privado más importante de la República Argentina, nos van a visitar los juristas más importantes del Derecho Privado de la República Argentina y

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la Dra. Kemelmajer de Carlucci siempre fue una persona que alentó estas jornadas y me interesa destacarlo porque de alguna manera tenemos que tener presente esta situación que va a ser muy importante para nuestra Universidad. Me congratulo de poder otorgar esta distinción a la Dra. Kemelmajer de Carlucci. ARRUIZ S.: Adhiero a las palabras de los Consejeros que me precedieron simplemente quería comentarles para que se tenga presente que además de toda esta gran trayectoria que ha desarrollado la Dra. Kemelmajer de Carlucci hoy en día también tenemos la posibilidad de que fuera a cristalizarse, tal vez, en un ordenamiento que es el nuevo proceso del Código Civil y Comercial de la Nación en la cual integró la Comisión Transformadora junto con los otros dos Ministros que forman parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que son el Dr. Lorenzetti y la Dra. Hayton de Lorazco y en ese sentido se puede observar y el día de mañana, si esto se aprueba, va a ser Ley en nuestra República, la impronta de la Dra Aida Kemelmajer de Carlucci en este sentido que comentaba el Consejero Bouzat, en el sentido de inspirar cambios en los paradigmas, inspirar la protección, la amplitud del derecho privado, la constitucionalización y la posibilidad de ampliar los derechos de todos los habitantes. Por último también quería hacer mención al aporte, la colaboración que ha realizado desde siempre la Dra. Kemelmajer de Carlucci desde la Fundación de nuestro Departamento de Derecho en la UNS, yo recuerdo, cuando era estudiante, el 1º Congreso Internacional del Derecho de la Familia, fue uno de los eventos más importantes que desarrolló el Departamento de Derecho desde su fundación hasta ese momento, hemos hecho otros también bastantes importantes y semejantes pero ya desde ese entonces, en ese período de inicio del Departamento, ya a la Dra. Kemelmajer de Carlucci teníamos el honor de tenerla como huésped y como esa vez la hemos tenido en varias oportunidades más y actualmente la Dra. Aida Kemelmajer de Carlucci forma parte del plantel docente activo y permanente de la Especialización en Derecho de Familia, Infancia y Adolescencia, es una nueva especialización que comenzamos a dictar este año y con una matrícula bastante importante, cerca de 43 personas donde hay tres abogados funcionarios que están cursando esa especialización de la cual forma parte del Comité Académico esta profesora que le agradecemos una vez más toda su colaboración y que contamos con ella, es por eso que nos alegra poder estar proponiendo este Doctorado Honoris Causa. Sra.VICERRECTORA: Después de escuchar a los cuatro Consejeros que nos han ilustrados muy bien a quienes no estamos en el Area yo creo que realmente es muy merecido el doctorado y la honramos y nos honra a esta Universidad otorgarle el Título de Doctor Honoris Causa. Es muy merecido y muy importante la relación que tiene con el Departamento de Derecho y con la Universidad en sí. ----- Se aprueba por unanimidad.--------------------------------------------------------------------------------------- Punto 6: Expte.1133/2013

Bahía Blanca, 12 de junio de 2013. COMISION DE ENSEÑANZA VISTO: Las resoluciones del Consejo Departamental de Humanidades DH-633/12 y DH-145/1 relacionadas con el llamado a concurso aprobado por Res. CSU-412/11; y CONSIDERANDO: Que la reglamentación vigente (Res.CSU-229/08) no hace mención explícita a esta circunstancia particular; Que conforme a nuestro criterio ambos postulantes se ven igualmente perjudicados ante cualquiera de las resoluciones departamentales mencionadas;

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Esta Comisión interpreta que debería quedar supeditado el mecanismo de designación a las consideraciones de índole académico y/o administrativo del Departamento de Humanidades y por ello, recomienda ratificar o rectificar la Res. DH-145/13. LISTA VILLAR GRUNFELD RAMALLO MARTINEZ SANCHEZ KALOCAI DURAN TANZOLA --------------------------------------------- Expte.1133/2013

Bahía Blanca, 12 de junio de 2013. COMISION DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO y DE ENSEÑANZA VISTO: La Res. DH-145/13 mediante la que el Consejo Departamental de Humanidades propone la designación del Prof. Lucas BRODERSEN en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple en la asignatura “Inglés como Lengua Extranjera, Niveles IA, IB, IIA y IIB”; y CONSIDERANDO: Que constan los dictámenes de la Dirección General de Asuntos Jurídicos; Que el llamado a concurso se realiza para dos (2) cargos de Profesor Adjunto, con lo cual se debe interpretar implícitamente que se destinan a dos personas distintas; Que el jurado ha establecido un orden de mérito; Que el Consejo Departamental propone la designación del Prof. Lucas Brodersen, según Res. DH-145/13; Que el Reglamento de Concursos de Profesores, en su art. 46 – inc. a) establece “designar al o a los candidatos de mayores méritos de acuerdo con el orden establecido por el jurado o declarar el concurso desierto…”; Esta Comisión recomienda:

Designar al Prof. Lucas BRODERSEN (Leg: 12.118 – DNI: 28.147.563) en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple en la asignatura “Inglés como lengua extranjera, Niveles IA, IB, IIA y IIB” (Códigos 81, 82, 83 y 84), el término de cinco (5) años, conforme a lo establecido por el artículo 17° del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur.

Por Interpretación: CASTELLANO KREBER VERA S.ARRUIZ SLAGTER GUARISTE ARRIOLA GENOVESE SILBERMAN LOMBARDI Por Enseñanza: OROZCO BARBERO

SGCSU: Este punto se refiere a un concurso de lengua extranjera que hasta la semana pasada tenía dos dictámenes que provenía de un dictamen que se había confeccionado en la Comisión de Interpretación y Reglamento pero que fue avalado por dos Consejeros de la Comisión de Enseñanza y otro dictamen que en realidad no estaba en claro si era un dictamen para ser tratado en el plenario o era una recomendación hacia el Departamento. De todas maneras hicimos ambas cosas, pusimos el dictamen en el orden del día y hablamos con la Directora Decana del Departamento de Humanidades mostrándole el dictamen, el mismo solicitaba aclaraciones sobre una resolución, hoy vino la Directora Decana con una resolución nueva del Departamento de Humanidades y le aclaró unos puntos al dictamen es por esa razón que se agregó el dictamen de hoy donde dice que teniendo en cuenta lo informado en la resolución del Departamento de

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Humanidades se recomienda designar al profesor Lucas Brodersen en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple en la asignatura Inglés como Lengua Extranjera Niveles IA, IB, IIA y IIB. CASTELLANO: Si no entendí mal el dictamen que está en el temario sobre tablas sería una incorporación al segundo dictamen. SGCSU: Sí. CASTELLANO: Yo propondría, si la Comisión está de acuerdo, eliminar el segundo considerando porque hace una referencia a una cuestión de fondo que entiendo que fue motivo de discusión en la Comisión de Enseñanza y que en realidad no deberíamos resolver en esta instancia. Cuando vimos el expediente en la Comisión de Interpretación y Reglamento nos encontramos con una propuesta de designación que realiza el Departamento de Humanidades para este docente en una resolución que estaba tomada en el ámbito de su competencia, el jurado había dictaminado que este docente este segundo en el orden de mérito, es decir que el proceso a través del cual el Departamento de Humanidades arribaba a esa propuesta de designación y era para nosotros absolutamente regular, había habido una solicitud de la persona que había salido en primer lugar en el orden de mérito para que se la designara en los dos cargos objeto del llamado, el Consejo Departamental de Humanidades resolvió a favor de asignar un cargo a cada uno y llegó al Consejo Superior Universitario con una propuesta de designación como llegan la mayoría de las propuestas de designación de profesores ordinarios, entonces en la Comisión entendíamos que, estando firme la resolución porque no había un recurso que impugnara contra la resolución del Departamento de Humanidades, lo único que podía hacer en el Consejo Superior es designar a la persona que el Consejo Departamental proponía, no entendíamos esta posibilidad que aparentemente se vislumbra del primer dictamen de la Comisión que quedó sin efecto en el que de alguna manera de oficio el Consejo Superior le estaba preguntando a un Departamento si ratificaba o rectificaba una resolución, eso no lo hacemos con ningún Departamento y creo que no se puede hacer en ningún caso, ni con el Departamento de Humanidades ni con ningún otro, creo que, uno podría revocar una resolución si existiera alguna irregularidad o fuera tomada fuera de competencia o existiera un recurso como podría haber sido el caso si la persona que había salido en primer lugar en el orden de mérito hubiera solicitado que se revocara la decisión del Consejo Departamental. Como sé que independientemente de esto es lo que miramos en la Comisión de Interpretación y Reglamento, se avanzó en las dos Comisiones, en la cuestión que generó una situación difícil de resolver respecto a si se podía interpretar que dos cargos eran uno para cada uno o si era un único concurso, yo creo que esa discusión la tendremos que tener después y hacer propuestas de modificación del reglamento de concursos. Yo tengo una posición tomada al respecto pero entiendo que no ha sido tan clara la situación para otros Consejeros y entonces habrá que discutirlo más adelante pero creo que ahora lo único que puede hacer el Consejo es designar, a mí no me convence hacer mención de que nosotros solicitamos la ratificación o rectificación de la resolución pero si se quiere agregar no me voy a oponer pero sí sería conveniente que en el dictamen que nosotros hicimos se elimine el considerando segundo porque en realidad no fundamenta a la parte resolutiva ya que hay que resolver y designarlo porque el departamento solicita que se lo designe y no hay ninguna irregularidad en la decisión que tomó el Consejo Departamental de Humanidades. OMBROSI: No puede estar la semana pasada cuando se trató el tema en la Comisión pero sí estuve en la reunión en que se comenzó a tratar el tema. En primer lugar quiero decir que estoy de acuerdo en sacar ese considerando porque dice que el llamado se realiza para cubrir dos cargos de Profesor Adjunto con lo cual se debe interpretar implícitamente que se destinan a dos personas distintas, es completamente falso, en ningún lado lo dice en el reglamento, inclusive en el Departamento de Matemática constantemente se designa de esa forma, en el mismo hay muchas materias como por ejemplo el área 1 que es un área de servicio, donde tenemos 5 o 6 cursos de la asignatura Análisis Matemático I en el primer cuatrimestre y así sucesivamente, en más de una ocasión y por supuesto que siempre que sea una dedicación simple ya que si es una dedicación exclusiva entonces sí podemos decir que por la dedicación exclusiva solamente una sola persona puede ser designada por la incompatibilidad de los cargos. Creo que si se vota este dictamen sí se debe sacar ese considerando porque me parece que es erróneo porque no hay nada que diga

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que implícitamente alguien no pueda ocupar dos cargos si es que los hay. Desde el punto de vista de la aclaración si se hacía o no, el mismo Departamento hasta lo que vi yo, revocó una decisión porque primero designó a la docente que estaba en el primer lugar en los dos cargos y después por alguna razón, porque la persona que salió segundo presentó un recurso, se modificó. Nosotros, en el Departamento de Matemática, por alguna razón desde hace 25 años, ya que no se pudo encontrar la reglamentación que lo avale, la persona que se inscribe a un cargo con dedicación simple, si hay dos cargos menciona de antemano que ocuparía ambos cargos o tres, dentro de la incompatibilidad, entonces en el llamado a inscripción cuando pasa por el departamento ya se establece que esa persona ocuparía dos cargos y si hubiera tres cargos también y si el primero quiere solo un cargo el segundo puede obtener si quiere los dos cargos que quedan. Yo entiendo que esta situación es injusta para el docente desde el punto de vista ético o a mí me parece que la persona al solicitar los dos cargos al haber salido primero tiene derecho a obtener los dos cargos porque no hay nada que diga que no, entiendo que para el docente que salió segundo como nadie le dijo de antemano que la primer postulante iba a pretender los dos cargos puede ser de alguna manera un mal momento. Desconozco cuanta competencia tenemos para revocar una decisión de un Departamento que es la de designar uno en cada cargo, creo que la docente que salió en primer lugar si quiere los dos cargos los ha ganado. ARRUIZ S.: Yo entiendo lo que manifiesta el Consejero Ombrosi no estoy convencido de que esa sea la interpretación correcta pero lo cierto es que en este caso no tenemos necesidad de discutir eso en esta oportunidad por eso me parece saludable eliminar ese considerando y después si en algún plazo se llega a plantear o tal vez en una propuesta de modificación de reglamento sí tiene sentido discutir sobre eso pero en esta instancia lo que me parece importante para comprender que no necesitamos discutir sobre eso es que si esa persona se hubiera sentido agraviada, se hubiera sentido que quedó primera y no le dieron los dos cargos, para que nosotros podamos resolver sobre eso tendría que haber interpuesto un recurso ante el Consejo Superior y ahí sí hubiéramos discutido sobre el tema pero como la docente consintió esta decisión del Consejo Departamental no necesitamos ponernos a discutir sobre ese tema simplemente se designa a los dos porque llegó a esta instancia consentido por ambas partes, el Departamento designó a la docente en ambos cargos y cuando lo dejó sin efecto el Consejo Departamental la docente no cuestionó la decisión y lo consintió, por esa razón no es necesario. Sí es un tema pendiente que tenemos que resolver para más adelante y si se llega a presentar algún otro caso, razón por la cual adhiero al pedido de que se elimine ese considerando para no pronunciarnos anticipadamente sobre ese tema. CAPOBIANCO: Con respecto al dictamen de la Comisión de Enseñanza en el considerando donde dice que “considerando que la reglamentación vigente CSU-229/08, no hace mención explícita a esta circunstancia en particular” y la verdad que no queda autocontenido en el dictamen porque no se entiende a que circunstancia particular hace referencia. SGCSU: Ese dictamen no va a ser motivo de votación. Les aclaro cuáles son los dictámenes que están para tratamiento, un dictamen es el de Comisión de interpretación y Reglamento sin el segundo considerando y se le incorporaría en los vistos el dictamen que está como Punto 1º en el temario sobre tablas. CAPOBIANCO: El dictamen de la Comisión de Enseñanza queda sin efecto. SGCSU: Los firmantes de ese dictamen lo retiran porque ya tuvieron la respuesta por parte del Departamento de Humanidades. CAPOBIANCO: Con respecto al dictamen que se va a tratar estaría de acuerdo en eliminar el segundo considerando. En lo que me quedan dudas es con respecto a la situación que recién mencionaba el Consejero Ombrosi, es verdad que yo también entendía tal cual él lo mencionaba que no habría ningún impedimento para que la persona que quedó en primer lugar sea designada en ambos cargos, de hecho creo que en el Departamento de Matemática se han tratado situaciones similares. Creo que es un tema que tendríamos que pronunciarnos en algún momento porque ha sido un tanto confuso todo. En este caso

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a mí también me parece un poco injusto para la persona que quedó en el primer lugar sobre todo porque no entiendo a qué reglamentación se atiene el Consejo Departamental para hacer lugar al pedido de la persona que quedó en el segundo lugar cuando postula que debe ser designado, eso no me queda claro. LOMBARDI: Yo quería hacer dos observaciones al tema ya que fue muy conversado y yo soy firmante del dictamen pero indudablemente hay una cuestión no resuelta o por lo menos que debiéramos atender en algún momento porque yo ponía como una situación hipotética que en este caso si no hubiera sido un solo llamado sino que hubieran sido dos llamados nosotros hubiéramos designado al primero en los dos cargos, es decir, que en definitiva pareciera ser que esto depende del manejo que tenga el Departamento, no me parece muy adecuada esa alternativa, esto se podría direccionar, tendría que existir una reglamentación más clara en este aspecto porque sino supóngase que yo, como departamento pretendo favorecer eventualmente a alguien y sé que tiene los antecedentes para ser designado, ¿qué haría? llamo a dos concursos entonces hay una situación allí que no parece muy justa o que nosotros tendríamos que atender más allá de este caso que yo creo que está bien resuelto pero en el fondo aparece lo que sostenía el Consejero Ombrosi como una cuestión que indudablemente me inquieta, porque en definitiva digo, como puede ser que nosotros no tengamos claro esta reglamentación y que esto sea producto de una decisión del propio Departamento en cuanto a decir que si yo llamo a este concurso como lo unifiqué esta persona tendrá un solo cargo en cambio si este mismo concurso hubieran sido dos concursos al mismo tiempo con el mismo jurado hubiera podido ser designada la persona, obviamente que técnicamente no es lo mismo porque son dos concursos y no uno solo entonces se tendría que haber sorteado dos temas, más allá del mismo jurado, creo que ese punto no está resuelto, ese es el aspecto más de fondo que yo quiero señalar porque en el fondo, si bien este tema está bien resuelto hay una cuestión de fondo que no la está y que es el tema del llamado, de la posibilidad de la manipulación de los llamados en función de esta alternativa que no debiera ser así, es decir, o nos ponemos de acuerdo que se pueden tener los dos cargos de Profesor en la misma asignatura o creamos una incompatibilidad para eso, en el fondo esa es la cuestión que hay que resolver no puede ser que dependamos de la decisión discrecional de cada Departamento. El otro aspecto que es otra cuestión y en la que no coincido tanto con la Consejera Castellano es que yo creo que el Consejo Superior no es una especie de escribanía que aprobamos lo que nos mandaron de cada Consejo Departamental, es decir se hace un control de legalidad del procedimiento cuando designamos a un docente, por algo tenemos facultad de designación, este tema se debatió el otro día y se debatió en el tema de la Dra. Girotti también, ¿cuáles son las facultades que nosotros tenemos como Consejo Superior cuando designamos a un Profesor?, ¿cuál es nuestra tarea?, para mí nuestra tarea es hacer un control de legalidad de los procedimientos, si yo advierto que hay un procedimiento que está mal hecho, que es nulo, yo como Consejo Superior, como órgano superior que designo tengo la posibilidad de decir que está mal hecho, no es que yo tengo que aprobar porque viene con una resolución del Consejo Departamental yo tengo que tener la posibilidad de controlar si ese procedimiento está bien, eventualmente en lo que no me puedo poner es a analizar impugnaciones fuera de término, ese tipo de cuestiones no puedo hacer, pero supongamos que una impugnación no fue atendida, ¿ustedes designarían a un docente cuando advierten que en el expediente administrativo hay una impugnación que no está resuelta?, yo creo que no lo designaríamos porque eso es lo que tenemos que hacer, controlar el expediente y controlar que se hayan cumplido todos los procedimientos y en la medida que se hayan cumplido todos los procedimientos ahí designamos. CASTELLANO: Quiero aclarar que yo exactamente apuntaba a eso, que viendo que no había irregularidades ni en la forma en que el Departamento de Humanidades había tomado la decisión ni en el procedimiento del concurso. Coincido con el Consejero Lombardi en que no somos una escribanía y que tenemos que mirar todos los procedimientos. VILLAR: Yo fui un poco uno de los impulsores en la Comisión de Enseñanza de que revisáramos este tema porque se advertía en el expediente ciertas diferencias, si uno toma el expediente la primera resolución del Consejo Departamental de Humanidades le otorgaba los dos cargos a la primera postulante en el orden de mérito, después a raíz de la solicitud del segundo postulante y estoy de acuerdo con la Consejera Capobianco que sin ningún fundamento solicita que le otorguen el segundo cargo a él

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basándose en ninguna reglamentación porque no había nada que lo avalara, que dijera que el segundo en el orden de mérito le correspondía el segundo cargo, creo, a mí criterio que hay bastantes malas interpretaciones tanto por los postulantes como por miembros no docentes de la Universidad como por docentes o integrantes del Consejo Departamental de Humanidades. Creo que lo más razonable es que terminemos con este tema de alguna forma y que nos plantemos seriamente en solucionar este problema porque creo que lo más importante para la Universidad debería ser que el que gana un concurso o quien está primero en el orden de mérito es el que debería ser primero designado, no importa si en el concurso hay un, dos o tres cargos, como decía el Consejero Ombrosi, tenemos que ponernos de acuerdo en eso pero lo que debería primar es que el que gana el concurso tiene el derecho a ser designado en el o los cargos que gana porque para eso ganó un concurso sino no hagamos más concursos e inscribamos a los postulantes y hagamos un sorteo y que gane cualquiera. ARRUIZ M.: Creo que lo atinente a resolver la cuestión que planteó el Consejero que me precedió en el uso de la palabra estamos todos de acuerdo en que es muy compleja, muy espinosa y además no está comprometida en el tema que tenemos que resolver, esta cuestión no la podemos resolver en el seno de esta discusión, esta cuestión requiere, primero realizar un proyecto en donde eventualmente rectifiquemos, aclaremos, superemos alguna ambigüedad, superemos alguna oscuridad que pueda presentar el reglamento de concurso que tenemos aprobado, pero tiene que haber un proyecto en donde se escriba qué vamos a entender, que es lo que consideramos más correcto y después será debatido en las Comisiones que correspondan y recién después se presentará en el plenario pero no podemos, con motivo de resolver esta cuestión que nos compromete ese punto comenzar a debatirlo, para resolver esta cuestión no es necesario abordar esta otra, tan compleja, tan espinosa situación, por eso yo propondría que por el momento suprimiéramos, como se ha propuesto, ese considerando que compromete una opinión sobre lo que hay que debatir total no afectará para nada la parte resolutiva de este dictamen y por supuesto nos debemos comprometer en todas las Comisiones que correspondan a presentar los proyectos, a hacer los debates y saldar esta cuestión que es ambigua o está confusa o está mal reglamentada o lo que sea. VERA: Me llama la atención lo que dijeron recién con respecto a que hubo errores de docentes y no docentes yo supongo que debe ser por lo que se hablaba de cómo se llama a concurso y demás, los no docentes no hacemos lo que queremos respondemos a órdenes que nos dan vía reglamentos, no inventamos nada, siempre está supervisado por las autoridades. CAPOBIANCO: ¿Hubo dictamen del Asesor Letrado?. SGCSU: Sí, hubo. OMBROSI: Con respecto a lo que manifestaba el Consejero Mario Arruiz entiendo perfectamente que la discusión de fondo no puede ser establecida hoy en este plenario, pero, cuando vayamos a cambiar tengan cuidado como la cambian porque el Departamento de Matemática funciona muy bien con este sistema, tenemos muchos cargos y de lo contrario tendríamos muchos concursos. Otra cuestión que quiero decir es que si bien hoy se está tratando un tema puntual, no deja de ser, desde mi punto de vista, sin tener intención de generar en el Departamento de Humanidades ningún tipo de problemática ni de querer cambiarles la decisión, no veo la justificación de la decisión porque si nosotros tratamos esto, lo aprobamos, designamos a Brodersen, no sé porqué se lo designa, porque si hubiese sido un solo cargo y él protesta es lo mismo, ¿por qué le han sacado un cargo a la otra docente? , ella pidió los dos cargos. SGCSU: El tema fue resuelto por el Departamento de Humanidades. OMBROSI: ¿La docente lo aceptó?. KREBER: No impugnó y lo aceptó.

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ARRUIZ M.: La explicación que nos solicita el Consejero Ombrosi es muy simple, si toma los dos cargos ahí tenemos el problema a resolver, si toma uno no tenemos problema a resolver, si luego se modifica la resolución y la designan en un solo cargo y no cuestiona la resolución es como sino hubiera tomado los dos cargos. OMBROSI: Pero la docente pidió los dos cargos y se la nombró en los dos cargos. CAPOBIANCO: Coincido con el Consejero Ombrosi porque me parece que estamos ratificando un acto del Consejo Departamental que no está basado en ninguna cuestión reglamentaria que lo sustente por más que entiendo que la docente interesada no ha interpuesto recurso, no estoy de acuerdo con ratificar la decisión del Consejo departamental. SGCSU: Pero la resolución del Departamento está fundada. CAPOBIANCO: ¿Está fundada pero en base a que reglamento?. SGCSU: Les explico que es lo que se va a votar. Votamos el dictamen de la Comisión de Interpretación y reglamento, agregando el visto del tema que se encuentra en el temario sobre tablas, que tiene en cuenta la resolución nueva del departamento de Humanidades, se quita el segundo considerando y se agrega el considerando que está sugerido en el nuevo dictamen que está referido en la nueva resolución del Consejo Departamental de Humanidades. ----- Se aprueba por mayoría con 22 votos a favor y 5 abstenciones (Consejeros Capobianco, Villar, Ombrosi, Montero y Ramallo).------------------------------------------------------------------------------------------ Punto 7: Expte.3075/2012

Bahía Blanca, 12 de junio de 2013. COMISION DE ENSEÑANZA VISTO: La resolución del Consejo Departamental de Biología, Bioquímica y Farmacia CDBByF-249/2013 solicitando autorización para contratar a la Dra. María Donata PRADO FIGUEROA, docente jubilada, en los términos del art. 18° del Estatuto de la UNS; y CONSIDERANDO: Que la Dra. Prado Figueroa ha presentado la renuncia al cargo presentado de Profesor Asociado con dedicación Exclusiva para acogerse a los beneficios jubilatorios a partir del 01/11/12; Que es necesario su apoyo en el posgrado por su experiencia en “Ultraestuctura y Biología Celular Animal” y es la única docente a cargo del dictado de clases y toma de exámenes de la mencionada asignatura;

Que la Dirección de Registro y Control de la Dirección General de Personal procedió al bloqueo de un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple;

Que la Dirección de Programación y Control Presupuestario de la Dirección General de Economía y Finanzas informa que la erogación resulta factible presupuestariamente;

Por ello, esta Comisión recomienda:

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Artículo 1º: Autorizar al Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia a contratar a la docente jubilada Dra. María Donata PRADO FIGUEROA en los términos del Art. 18° del Estatuto de la UNS para cumplir funciones docentes en dicho departamento, desde el 1º de julio de 2013 y hasta el 30 de setiembre de 2013, percibiendo una remuneración equivalente a un cargo de Profesor Asociado con dedicación Simple sin antigüedad. Artículo 2°: Afectar la erogación que demande el presente contrato al crédito originado por el bloqueo de un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple, transfiriendo dichos fondos de la Partida Principal 1 – Personal Permanente a la Partida Principal 2 – Personal Temporario del citado departamento. MARFIL TANZOLA VISCIARELLI GRUNFELD

TANZOLA: En la parte resolutiva en el artículo 1º la remuneración es equivalente a un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple. ----- Se aprueba por unanimidad.----------------------------------------------------------------------------------------

Punto 8: Expte. 1482/2013.

Bahía Blanca, 12 de junio de 2013.

COMISIÓN DE ENSEÑANZA VISTO: La Res. GD-105/13 en la que el Consejo Departamental de Geología solicita autorización para contratar bajo la modalidad de locación de servicios, al Ing. Juan Eduardo ESQUIAGA para cumplir funciones docentes en el dictado del curso “Estudio de Impacto Ambiental”; y CONSIDERANDO: Que la propuesta del curso de grado “Estudio de Impacto Ambiental” está destinado a los alumnos de la Licenciatura en ciencias Geológicas y de la Tecnicatura Universitaria en Medio Ambiente; Que el tema de curso impactará positivamente en los alumnos, pues tomarán conocimiento de aspectos legales del ejercicio de la profesión; Que la Dirección de Programación y Control Presupuestario informa que la erogación resulta factible presupuestariamente; Por ello, esta Comisión recomienda: Artículo 1º: Autorizar al Departamento de Geología a efectuar un contrato de locación de servicios con el Ing. Juan Eduardo ESQUIAGA para cumplir funciones docentes en el dictado del curso “Estudio de Impacto Ambiental”, desde el 1º al 5 de julio de 2013. Artículo 2º: Por el cumplimiento de sus funciones, se le abonará al Ing. Esquiaga, una suma fija por única vez de Mil veinte Pesos ($ 1.020). Artículo 3º: Se afectará la erogación a los fondos para la contratación de profesores externos, distribuidos por Res.CSU-139/13 – Centro de Costos 556, Fuente de Financiamiento 16. TANZOLA DURAN BOUZAT REARTES VISCIARELLI VECCHIOTTI SANCHEZ RAMALLO LISTA GRUNFELD MARFIL

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CAPOBIANCO: En general cuando se hacen contrataciones para este tipo de cursos yo he visto que se ponen funciones docentes, ¿se podría aclarar más sobre qué tipo de funciones docentes equivalentes tiene este contrato?. SGCSU: Cuando se pone el equivalente es sobre todo para mantener el salario, este contrato es de cinco días y es una suma fija y por única vez. ----- Se aprueba por unanimidad.---------------------------------------------------------------------------------------

Punto 9: Expte. 1370/2013.

Bahía Blanca, 12 de junio de 2013.

COMISIÓN DE ENSEÑANZA VISTO: La Res. GD-104/13 en la que el Consejo Departamental de Geología solicita autorización para contratar bajo la modalidad de locación de servicios, a la Lic. María Elena PALACIOS para cumplir funciones docentes en el dictado del curso “Aspectos Legales del Ejercicio de la Geología”; y CONSIDERANDO: Que la propuesta del curso de grado “Aspectos Legales del Ejercicio de la Geología” está destinado a los alumnos de la Licenciatura en Ciencias Geológicas de la Tecnicatura Universitaria en Medio Ambiente; Que la docente propuesta posee amplia experiencia en la temática; Que el tema del curso impactará positivamente con los alumnos, pues tomarán conocimiento de aspectos legales del ejercicio de la profesión; Que la Dirección de Programación y Control Presupuestario informa que la erogación resulta factible presupuestariamente; Por ello, esta Comisión recomienda: Artículo 1º: Autorizar al Departamento de Geología a efectuar un contrato de locación de servicios con la Lic. María Elena PALACIOS para cumplir funciones docentes en el dictado del curso “Aspectos Legales del Ejercicio de la Geología”, desde el 1º al 5 de julio de 2013. Artículo 2º: Por el cumplimiento de sus funciones, se le abonará a la Lic. Palacios, una suma fija por única vez de Mil trescientos sesenta Pesos ($ 1.360). Artículo 3º: Se afectará la erogación a los fondos para la contratación de profesores externos, distribuidos por Res.CSU-139/13 – Centro de Costos 556, Fuente de Financiamiento 16. LISTA GRUNFELD MARFIL REARTES TANZOLA BOUZAT DURAN VECCHIOTTI VISCARELLI RAMALLO SANCHEZ ----- Se aprueba por unanimidad.---------------------------------------------------------------------------------------

Punto 10: Expte. 1501/2013.

Bahía Blanca, 12 de junio de 2013.

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COMISIÓN DE ENSEÑANZA VISTO: La resolución del Consejo Departamental de Derecho (Res. CD-172/2013) solicitando una asignación complementaria para el Abog. Sebastián Gabriel ARRUIZ para cumplir funciones de Coordinador General de Posgrado del Departamento de Derecho; y CONSIDERANDO: Que el Departamento de Derecho ha designado al Abog. Arruiz como Coordinador General de Posgrado del Departamento de Derecho;

Que la Dirección General de Personal – Área Registro y Control informa que se encuentra disponible un cargo de Asistente con dedicación Semiexclusiva vacante para afrontar la erogación solicitada procediendo al bloqueo del mismo; Que la Dirección de Programación y Control Presupuestario dictamina que lo solicitado es presupuestariamente factible; Por ello, esta Comisión recomienda: Artículo 1º: Otorgar una asignación complementaria al Abog. Sebastián Gabriel ARRUIZ, equivalente a un cargo de Asistente con dedicación Semiexclusiva, para cumplir funciones de Coordinador General de Posgrado del Departamento de Derecho, a partir de la presente resolución hasta el 31 de diciembre de 2013. Artículo 2º: Reconocer los servicios prestados por el docente desde el 2 de mayo de 2013 hasta la fecha de la presente resolución. Artículo 3º: Afectar la erogación al crédito proveniente del bloqueo de un cargo de Asistente con dedicación Semiexclusiva transfiriéndose los fondos al Inciso 1, Partida Principal 2. SANCHEZ VISCIARELLI TANZOLA REARTES GRUNFELD MARFIL CAPOBIANCO: En el Departamento de Ciencias e ingeniería de la Computación, en el cual yo presto funciones como docente, quien se encarga de las cuestiones generales de Posgrado es el Secretario, entonces quería consulta que pasa en el Departamento de Derecho, ¿cómo están destinadas las funciones de los Secretarios? Y, ¿por qué es necesario contratar en forma especial un Coordinador de Posgrado?. Sra. VICERRECTORA: ¿Tiene Secretaría de Posgrado el Departamento de Derecho?. BOUZAT: No. Este año pusimos en marcha dos nuevas especializaciones, tenemos una Maestría y otra especialización más en Derecho Penal y nos interesa que el Coordinador sea un docente en primer lugar porque además de hacer todas las tareas de Coordinación está haciendo el trabajo vinculado con la información para las categorizaciones en la CONEAU que es un trabajo que excede el conocimiento de cualquier empleado administrativo por más categoría que tenga, en este momento nosotros ya tenemos la carrera de especialización en Derecho de Familia ya está acreditada como proyecto y la carrera de especialización en Derecho Empresario tuvo una observación de la CONEAU que se contestó y creo que va a ser aprobado pero en el futuro cuando empecemos a entregar los primeros títulos ya vamos a tener que acreditarlos como carrera y Sebastian Arruiz está trabajando además de la coordinación de las actividades está trabajando en ese punto, es por eso que necesitamos un docente que conozca el tema. CAPOBIANCO: ¿Son Posgrados Académicos o Profesionales?.

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BOUZAT: Estas dos especializaciones son de perfil profesional, tenemos un posgrado académico que es una maestría. CAPOBIANCO: Mi objeción y por eso quiero aclarar la razón de mis consultas es porque cuando yo participaba en la Asamblea Universitaria muchas veces se preguntaba cuando se creaban posgrados nuevos sobre todo de tipo profesional si esto iba a significar una erogación de fondos por parte de la Universidad y muchas veces cuando se crea la carrera nueva lo que dice el miembro informante o cuando se está presentando esta cuestión se compromete un poco a que el posgrado no signifique una erogación adicional para la Universidad, es por eso mi preocupación respecto a que en este caso se estaba afectando un cargo docente para estas cuestiones. El tema quedó un poco aclarado con la información de que no hay un secretario y es necesario para la acreditación así que sería una situación excepcional respecto a eso. Sra.VICERECTORA: La mayoría de los Departamentos tienen Secretarías de Posgrado. VILLAR: En línea con lo que manifestaba la Consejera Capobianco creo que bloquear un cargo docente para abonar una asignación complementaria es atribución de un Departamento Académico ahora lo que implicaría esto es que le sobran cargos docentes porque si pueden usar cargos docentes para hacer tareas de coordinación cuando otros departamentos lo que hacemos es asignarles tareas extras a nuestros docentes para que hagan las acreditaciones y para que hagan todas las coordinaciones de los posgrados me parece que de alguna forma está diciendo que le sobran cargos docentes. Por otra parte, si bien es atribución del departamento, si vamos a designar un Coordinador de Posgrado debería ser al menos alguien que tenga experiencia y que tenga formación de posgrado, cada Departamento Académico puede hacer lo que quiera pero me parece que como Universidad deberíamos contemplar de que de la misma forma que para dictar un Curso de Posgrado un docente tiene que tener título de Posgrado para coordinar un posgrado con más razón tendría que saber lo que es un posgrado y no creo que cualquier docente esté al tanto de lo que es un posgrado cuando lo único que hizo fue una carrera de grado. CASTELLANO: Me parece un poco apresurada la conclusión que saca el Consejero Villar respecto del porque un Departamento usa un cargo para cumplir una determinada función le sobra, el otro día, creo que si no me equivoco fue un caso en el Departamento de Ingeniería Química, pagamos una asignación complementaria para una Coordinación de Tutores y ahí a nadie se le ocurrió plantear que al Departamento de Ingeniería Química le sobran cargos docentes como le debe pasar a todos los Departamentos uno prioriza que cosas son las que quiere hacer o las que puede hacer primero, está claro que todo, con lo que tenemos, no se puede hacer pero me parece que en un Departamento nuevo en el que el apoyo del desarrollo del posgrado es muy importante, yo participé de la creación del Departamento en su momento y había muy bajas expectativas respecto de las posibilidades de desarrollo académico y de posgrado, es cierto lo que en parte dijo el Consejero Villar respecto de la formación de posgrado, el Departamento de Derecho tiene muy pocos docentes con los posgrados concluidos pero me consta que en la persona que están proponiendo designar que tiene experiencia y que no hizo una carrera de grado como dice el Consejero Villar en todo caso después se puede ampliar analizando los antecedentes pero creo que eso es competencia del Consejo Departamental que es quien está proponiendo a la persona y que considera que es la persona que reúne el perfil adecuado para desempeñar esa función. BOUZAT: Quiero aclarar al Consejero Villar que no nos sobran cargos y en todo caso le puedo decir que faltan cargos en otro lado y que es por eso que tenemos que hacer este tipo de ingeniería, las cosas hay que hacerlas en el momento que hay que hacerlas, en este momento el Departamento de Derecho tiene algunos cargos vacantes por profesores que se jubilaron y contratamos personal pero en este momento se tiene que priorizar esa tarea y en todo caso la tarea docente la cubrimos de otra manera, la conclusión de que entonces le sobran cargos es una conclusión falaz que en todo caso habría que estudiarla y no decir que como bloquea un cargo para hacer una asignación complementaria para cumplir una función que la tenemos que cumplir entonces le sobra, aclaro que no nos sobra nada. En segundo lugar también es falaz que para ser Coordinador de Posgrado hay que tener título de posgrado, Sebastián Arruiz está cursando

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una maestría, no sé cuando la va a terminar pero para coordinar un curso de posgrado lo que hay que hacer es tener ganas de trabajar y saber hacerlo y Sebastián Arruiz tiene esas dos condiciones, sabe hacer el trabajo que tiene que hacer y lo va a hacer porque tiene ganas, entonces eso es lo que nosotros priorizamos, no una cuestión formal de que si tiene título de posgrado o no, seguramente los docentes que tienen título de posgrado no van a hacer ese trabajo. VILLAR: Quería aclarar a la Consejera Castellano que la diferencia con el Departamento de Ingeniería Química es que bloqueó un cargo docente para generar tutorías para los alumnos y no bloquear un cargo docente para Coordinar un Posgrado que es pago. CAPOBIANCO: Yo no quiero entrar a juzgar una cuestión sobre el mérito académico de la persona eso se lo dejo al Departamento, a mí lo que me preocupa es que se estén usando recursos de la Universidad que son para abonar cargos docentes para tareas de coordinación eso es un poco la preocupación, sobre la cuestión que fue explicada parcialmente con el tema de que no tienen otro Secretario pero no me parecería sano que esta cuestión se prolongue en el tiempo y que estemos el año que viene haciendo este mismo tipo de designación para atender grados profesionales ya que se están destinando recursos docente de la Universidad que me parece deben ser necesitados para otras cuestiones como bien decía el Consejero Villar. CASTELLANO: Seguramente los que llevan más tiempo en el Consejo recordarán que hace varios años se autorizaba a todos los departamentos a transformar, para poder tener más apoyo de gestión, cargos docentes en cargos de autoridad y muchos cargos que hoy están ocupando, más allá de los Secretarios Académicos en los Departamentos fueron creados con esa modalidad, eran cargos docentes que se modificaron para convertirlos en cargos de autoridad. SGCSU: Se pasa a votar el dictamen. ----- Se aprueba por mayoría con 8 abstenciones (Consejeros Arruiz Sebastian, Arruiz Mario, Villar, Kreber, Capobianco, Arriola, Cantamutto y Señas).------------------------------------------------------------------ Punto 11: Expte. 2238/1998.

Bahía Blanca, 12 de junio de 2013.

COMISIÓN DE ENSEÑANZA VISTO: La resolución CSU-331/2001 por la que se establece que el diploma del título “Especialista en Gestión de la Calidad” será suscripto por el cargo de Secretario General de Ciencia y Tecnología en el lugar que correspondería al Director Decano del Departamento; La nota de la Dirección de Control de Títulos y Certificaciones y de la Dirección de Títulos y Egresados informando que se ha implementado la resolución R-1948/2012 a fin de cumplimentar los requerimientos de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria del Ministerio de Educación, razón por la cual se plantea la necesidad de establecer en carreras de posgrado con enfoque interdisciplinario, una única Unidad Académica que debe suscribir los diplomas de los egresados; y CONSIDERANDO: Que la Universidad Nacional del Sur adoptó las disposiciones Nº 21 y 22/2009 de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria del Ministerio de Educación, acerca de la implementación de un nuevo Sistema Informático para tramitar las legalizaciones de Diplomas y Certificados Analíticos de Estudio;

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Que como consecuencia se dictó el acto administrativo que fija los componentes de los Diplomas de esta Casa de Estudios y en tal sentido se modificó la resolución R-613/2002 a través de la resolución R-1948/2012; Que de acuerdo a lo establecido por resolución R-1948/2012 se detallan los componentes básicos que deben contener los Diplomas y que entre ellos figura Especificación de la Unidad Académica; Que por tal motivo es conveniente unificar a que Unidad Académica corresponde la rúbrica de los diplomas de la carrera “Especialización en Gestión de la Calidad”; Que la carrera en cuestión fue presentada a acreditación por la Universidad Nacional del Sur, en la tercer convocatoria que realizó la CONEAU en el área ciencias Aplicadas; Que el Consejo Coordinador de la carrera de posgrado “Especialización en Gestión de la Calidad”, en su reunión del 22 de marzo de 2013 da conformidad para que los Diplomas correspondientes a la carrera en cuestión sean rubricados por el Director Decano del Departamento de Ingeniería; Que según lo informado por la Dirección de Títulos y Egresados tanto la autoridad de Gestión de la Secretaría General Académica como de la Secretaría General de Ciencia y Tecnología, interpretan que los diplomas deben ser refrendados por el Director/a Decano/a del Departamento de Ingeniería, ya que la carrera fue acreditada por la CONEAU a través de dicho Departamento Académico por resolución 1275/2012; Que el Consejo Superior Universitario, aprobó en su reunión del …de 2013, lo dictaminado por su Comisión de Enseñanza; POR ELLO; EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Establecer que los diplomas correspondientes a la carrera “Especialista en Gestión de la Calidad”, serán suscriptos por el Director Decano del Departamento de Ingeniería. ARTÍCULO 2º: Establecer como Unidad Académica de la carrera Especialización en Gestión de la Calidad al Departamento de Ingeniería. ARTÍCULO 3º: Registrar en los sistemas informáticos dependientes de la Secretaría General Académica lo establecido en el artículo 2 de la presente resolución, a fin de adecuar las bases de datos correspondientes. ARTÍCULO 4º: De forma. DURAN VECCHIOTTI RAMALLO SANCHEZ TANZOLA BOUZAT MARFIL

OMBROSI: ¿Quería saber cómo se dio este tema?, hay una Comisión coordinadora y ¿esta lo decidió?. ORTEGA: Esto lo decidió la Comisión Coordinadora y de hecho después que la Comisión Coordinadora lo decidió me enteré que lo tenía que firmar. Este es un tema que se venía discutiendo desde el año pasado sobre quién era el que iba a firmar los diplomas y por lo que me comentaron la discusión giraba a cuál de los Departamentos podía ser y como el posgrado es netamente profesional el motivo fundamental en el

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cual recayó en el Departamento de Ingeniería fue que si l posgrado es netamente profesional la idea es que fuera un Departamento con perfil profesional. OMBROSI: Lo importante es que la mayoría de los docentes son del departamento de Matemática esperemos que después no me soliciten los cargos. ----- Se aprueba por unanimidad.---------------------------------------------------------------------------------------

Punto 12: Expte. 1070/2012.

Bahía Blanca, 12 de junio de 2013. COMISIÓN DE ENSEÑANZA

VISTO: La resolución CSU-310/2012 por la que se derogan las resoluciones R-473/2010; R-796/2010 y CSU-736/2010 y se aprueba el procedimiento para solicitud de reconocimiento de equivalencias de asignaturas y prácticas de grado a llevar a cabo en Instituciones de Educación Superior Extranjeras; La nota de la Secretaría General Académica solicitando se especifique un único procedimiento y metodología para el otorgamiento de equivalencias a las actividades académicas que realizan los alumnos de la UNS en Instituciones Extranjeras, y asimismo determinar si las equivalencias otorgadas por las resoluciones derogadas deben ajustarse a la normativa en vigencia; y CONSIDERANDO: Que en el anexo 1 de la resolución citada en el visto se establece el Procedimiento de equivalencias entre asignaturas o prácticas realizadas por alumnos de la UNS en otras Instituciones de Educación Superior extranjeras; Que en el artículo 7 del citado Procedimiento se establece que los Departamentos Académicos girarán a la Dirección de Registro y Contralor de la Dirección General de Alumnos y Estudio el reconocimiento de asignaturas por equivalencia consignando la documentación pertinente; Que es necesario establecer pautas que especifiquen la metodología para la Carga en el Sistema Informático de Gestión Académica (SIU GUARANI) de las calificaciones y fechas de las asignaturas realizadas en una Institución de Destino a fin de reglamentar y sistematizar su ejecución asegurando que se realice bajo condiciones controladas, cumpliendo con todas las reglamentaciones aplicables y con los requerimientos académicos; Que es de suma importancia determinar lo citado en el considerando anterior ya que impacta directamente en el promedio de los alumnos y egresados de esta Casa de Estudio; Que la Dirección General de Sistemas de Información, analizó la incorporación de las Asignaturas realizadas por los alumnos de la UNS en Instituciones de Educación Superior en el Exterior con Convenio vigente o por Programa de Movilidad, dictaminando que es factible registrar las mismas en el sistema informático de Gestión Académica (SIU GUARANI) como equivalencias internas por simultaneidad entre carreras; Que en tal sentido resulta imprescindible contar con el acto administrativo que fije un único procedimiento y metodología para el otorgamiento de equivalencias a las actividades académicas que realizan los alumnos en Instituciones Extranjeras; POR ELLO; EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:

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ARTÍCULO 1º: Derogar la Resolución CSU-310/2012. ARTÍCULO 2°: Aprobar el Procedimiento para la solicitud de reconocimiento de equivalencias de asignaturas curriculares, optativas y prácticas de grado a realizar por alumnos de la UNS en Instituciones de Educación Superior en el Exterior con Convenio vigente o por programa de movilidad que corre como Anexo 1 de la presente resolución. ARTÍCULO 3º: Aprobar la metodología para incorporar las calificaciones obtenidas en una Institución de Destino a la historia académica de los alumnos de la UNS que corre como anexo 2 de la presente resolución. ARTÍCULO 4°: Aprobar la Tabla de Equivalencias de Calificaciones entre la Universidad Nacional del Sur y distintas Instituciones de Destino que corre como anexo 3 de la presente resolución. ARTÍCULO 5°: Aprobar el Modelo de Contrato de Estudios que corre como anexo 4 de la presente resolución. ARTÍCULO 6°: A los efectos del Cálculo del Promedio el mismo se realizará de acuerdo a lo establecido en el artículo 1, artículo 2 y artículo 3 de la Resolución CSU-827/2002. ARTÍCULO 7º: Dar por válidos los procedimientos de solicitud y otorgamiento de equivalencias entre las asignaturas curriculares, optativas o prácticas realizadas por alumnos de la UNS en Instituciones de Educación Superior en el Exterior, así como su registro informático y cálculo de promedio de la historia académica de alumnos y egresados, incorporados al sistema SIU GUARANI antes de la vigencia de la presente resolución. ARTÍCULO 8º:Pase a la Secretaría General Académica, a la Dirección General de Alumnos y Estudio, a todos los Departamentos de la UNS y a la Subsecretaría de Relaciones Internacionales a todos sus efectos. Cumplido; archívese.

DURAN RAMALLO LISTA BARBERO VECCHIOTTI BOUZAT VISCIARELLI TANZOLA MARFIL GONZALEZ ORTEGA SANCHEZ

ANEXO I PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE EQUIVALENCIAS DE ASIGNATURAS CURRICULARES, OPTATIVAS Y PRÁCTICAS DE GRADO A REALIZAR POR ALUMNOS DE LA UNS EN OTRAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN EL EXTERIOR CON CONVENIO VIGENTE O POR PROGRAMA DE MOVILIDAD 1. Alcance: El presente mecanismo se aplicará en aquellos casos en que los alumnos de las distintas unidades académicas de la UNS soliciten equivalencias con asignaturas curriculares, optativas y prácticas de grado aprobadas en otras Instituciones de Educación Superior Extranjeras que en el presente reglamento denominaremos Institución de Destino. 2. El solicitante deberá ser alumno regular de alguna de las carreras de grado dependientes de la UNS. 3. La Institución de Destino deberá tener un Convenio vigente con la UNS o ser parte de un programa de movilidad al cual la UNS esté asociado a través de un convenio vigente que ampare la movilidad.

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4. Con anterioridad a la realización de la movilidad, se deberá confeccionar un Contrato de Estudios (en el anexo 4 se presenta un contrato modelo. Se podrán aceptar otros formatos siempre y cuando conste la información requerida en dicho Anexo) entre el Departamento de la UNS cabecera de la carrera del alumno, previa consulta a los Departamentos involucrados en el dictado de las asignaturas, el cual será refrendedado por el coordinador institucional de la UNS (Autoridad de Gestión de la Subsecretaría de Relaciones Internacionales). 5. Una vez que el estudiante inicia sus actividades académicas en la Institución de Destino, podrá modificar la selección de asignaturas en caso de que sea necesario, para lo cual volverá a solicitar el aval de los coordinadores académicos e institucionales de ambas instituciones, en el espacio del contrato de estudios destinado a tal fin (Modificaciones al contrato de estudios propuesto originalmente). 6. A su regreso, el estudiante presentará la siguiente documentación a su Departamento Académico: -Certificado Analítico emitido por la Dirección de Despacho y Certificaciones dependiente de la Dirección General de Alumnos y Estudio de la UNS, actualizado, en el que consten plan de estudios en el que está inscripto, listado de asiganturas y trabajos prácticos aprobados. -Certificado original, emitido por la Institución de Destino, que acredite el nombre de la/s asignatura/s aprobada/s, la fecha, la calificación obtenida por el alumno y detalle del sistema de calificación (escala, nivel de aprobación, etc.).

-Programa Analítico de cada asignatura aprobada en la Institución de Destino en el que se listen, contenidos, modalidad de cursado (presencial, semi-presencial, a distancia), porcentaje de actividad experimental y carga horaria total. 7. Habiéndose constatado la aprobación, en la Institución de Destino, de las asignaturas curriculares, optativas y prácticas de grado previstas en el Contrato de Estudio, el Departamento Cabecera de la carrera del alumno, podrá otorgar las equivalencias de las asignaturas de acuerdo al procedimiento descripto en el siguiente ítem 8 y en el anexo 2 de la presente resolución. 8. Los Departamentos Académicos girarán a la Dirección de Registro y Contralor de la Dirección General de Alumnos y Estudio, el reconocimiento de asignaturas por equivalencia con la siguiente documentación respaldatoria: a) Pedido de reconocimiento de equivalencias. b) Certificado donde consten las asignaturas que realizó, el alumno como estudiante visitante con su correspondiente calificación. c) La escala de calificaciones firmada y sellada por la Institución de Destino. d) Si correspondiere, se deberán adjuntar traducidos al español, la documentación detallada en b) y c). e) Resolución del Consejo Departamental por la que se resuelve otorgar equivalencias, detallando si las mismas son completas o parciales. En el caso de resolverse que una equivalencia se reconoce de manera parcial, es decir que está supeditada a la aprobación de temas o habilidades consideradas fundamentales que no estén en el programa que aprobó el alumno en la Institución de Destino; una vez cumplida dicha aprobación de temas o habilidades, el Consejo Departamental deberá emitir una nueva resolución en la que conste que el alumno aprobó la evaluación complementaria, razón por la cual se le otorga la correspondiente equivalencia completa. f) En la resolución de Consejo Departamental deberán consignarse todos los datos de las asignaturas realizadas en una Institución de Destino, a saber: la denominación de la/s asignatura/s realizada/s de acuerdo al Contrato de Estudio, las calificacion/es de la/s asignatura/s aprobada/s en el extranjero en la escala de calificaciones empleadas en la UNS, teniendo en cuenta la tabla de equivalencias de calificaciones que corre como anexo 3 de la presente resolución. Dicha Tabla será de aplicación obligatoria por parte de todos los Departamentos Académicos de la UNS.

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g) Si el sistema de calificaciones de la Institución de Destino no estuviera contemplado en dicha tabla, la Secretaría General Académica a través de la Subsecretaría de Relaciones Internacionales confeccionará y aprobará la tabla de equivalencias de calificaciones correspondiente. h) Si las notas de las asignaturas aprobadas en el extranjero resultaran números decimales, las calificaciones de dichas asignaturas en la resolución deberán consignarse en números enteros siguiendo el método de redondeo. El cual se aplicará de la siguiente manera: si el decimal fuera de 0 a 4 se redondeará al número entero próximo inferior, si el decimal fuera de 5 a 9 se redondeará al número entero próximo superior. i) Se consignarán en la Resolución de Consejo Departamental, las calificaciones de las asignaturas aprobadas en el extranjero cuando se trate de una equivalencia unívoca, esto es la equivalencia entre una asignatura aprobada en una Institución de Destino por una asignatura de su Departamento Académico de origen. j) Se consignarán en la Resolución de Consejo Departamental, las calificaciones de las asignaturas aprobadas en el extranjero cuando se trate de una equivalencia no unívoca, esto es la equivalencia entre varias asignaturas aprobadas en una Institución de Destino por una o más asignaturas de su Departamento Académico de origen. ANEXO 2 METODOLOGIA PARA INCORPORAR LAS CALIFICACIONES OBTENIDAS EN UNA INSTITUCIÓN DE DESTINO A LA HISTORIA ACADÉMICA DE LOS ALUMNOS DE LA UNS. 1) Objetivo: Establecer una metodología para la Carga en el Sistema Informático de Gestión Académica (SIU GUARANI) de las calificaciones y fechas de las asignaturas realizadas en una Institución de Destino a fin de reglamentar y sistematizar su ejecución asegurando que se realice bajo condiciones controladas, cumpliendo con todas las reglamentaciones aplicables y con los requerimientos académicos. 2) Alcance: La presente metodología permitirá implementar el otorgamiento de equivalencias con origen unívoco o no unívoco en asignaturas realizadas en una Institución de Destino a asignaturas curriculares, optativas o prácticas del plan de estudio correspondiente. 3) Desarrollo: La presente metodología operativa se implementará teniendo en cuenta las siguientes pautas generales: 3.1 Se utilizará la Carrera Extracurricular, por tratarse de asignaturas que no pertenecen a la currícula del plan de estudio por el cual cursa la carrera un alumno de la UNS. 3.1.1En la Dirección de Registro y Contralor de la Dirección General de Alumnos y Estudio: a) Se codificará y dará de alta las asignaturas Extracurricular Internacional I, Extracurricular Internacional II, Extracurricular Internacional III, Extracurricular Internacional IV, Extracurricular Internacional V …n b) Se dará de alta estas Asignaturas para cada uno de los Departamentos Académicos a fin de poder generar las correspondientes Actas de Examen. c) Se deberá registrar los Pedidos de Extracurricular para el alumno en cuestión, para estas asignaturas de acuerdo a la cantidad de asignaturas que hubiera cursado y aprobado en el exterior como alumno internacional, previa solicitud del alumno en el Departamento Académico correspondiente. 3.1.2 En los Departamentos Académicos se realizará la gestión de generación de actas de examen de acuerdo al siguiente detalle: a) Se deberá crear Mesa de Examen. b) Se deberá generar las Actas de Examen c) Se deberá imprimir las Actas de Examen sin Notas d) Se deberá cargar las Actas de Examen

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e) Se deberá imprimir Actas de Examen con Notas de acuerdo a lo establecido en el artículo 1 de la presente resolución f) Se deberá cerrar las Actas de Examen g) La fecha del acta de examen deberá coincidir con la fecha de la resolución del Consejo Departamental por la que se otorgó equivalencia completa entre una Asignatura Extracurricular Internacional aprobada en la Carrera Extracurricular, y la/s asignatura/s curriculares, optativas o prácticas, perteneciente/s al plan de estudio por el cual cursa la carrera un alumno de la UNS. h) Las actas deberán ser firmadas por la Autoridad de Gestión del Departamento Académico, a saber el Director Decano, Vicedirector Decano o el Secretario Académico. Si por alguna razón dichas Autoridades estuvieran imposibilitadas de suscribir las actas, el Consejo Departamental respectivo determinará quién los reemplazará. Asimismo la Autoridad de Gestión que firme el Acta deberá ser incorporada al Tribunal que se registra en la Mesa de Examen. A partir de ese momento tendrá disponible el Acta de Examen en su perfil en Guaraní 3W y podrá cargar las calificaciones a través de dicha aplicación. i) En el caso que una Asignatura Extracurricular Internacional no diera origen a una equivalencia con la/s asignatura/s curriculares, optativas o prácticas, perteneciente/s al plan de estudio por el cual cursa la carrera un alumno de la UNS, la misma será considerada y registrada en la Historia Académica correspondiente como Asignatura No Curricular y no se computará para el cálculo del promedio. Asimismo tendrá la fecha con la que se registró la Mesa de Examen que será la que corresponda a la Resolución de Consejo Departamental que reconozca la misma como Asignatura No Curricular. 3.1.3 En la Dirección de Registro y Contralor de la Dirección General de Alumnos y Estudio: a) Se deberá registrar el otorgamiento de la/s equivalencia/s interna/s unívoca o no unívoca, por simultaneidad entre carreras, de tipo Q, esto es Equivalencia, entre las Asignaturas: Extracurricular Internacional I, Extracurricular Internacional II, Extracurricular Internacional III…n, aprobadas en la carrera Extracurricular, y la/s asignatura/s curriculares, optativas o prácticas, perteneciente/s al plan de estudio por el cual cursa la carrera un alumno de la UNS, quedando de esta manera incorporadas las equivalencias en la Historia Académica respectiva. b) La fecha de la equivalencia corresponderá a la fecha de la Resolución del Consejo Departamental por la que se resuelve otorgar una equivalencia. c) Sólo se registrarán las equivalencias completas, no pudiéndose registrar las equivalencias parciales, ya que el reconocimiento por equivalencias deberá ser integral

ANEXO 3 TABLA DE EQUIVALENCIA DE CALIFICACIONES

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UNS

Arge

ntina

Méxic

o

Estad

os

Unido

s

Cana

Quebec Austral

ia

Reino

Unido

Francia Españ

a

Perú Colo

mbia

Uru

guay

Pa

ra

gu

ay

10 9.5-10

A+, A

A+,A 95-100%

85-100%

75-100%

16 - 20 9.5-10 18-20

4.8-5

11-12 5 EXC

9 8.5-9.4

A-,B+ A-,B+ 85-94% 80-84% 72-74% 15– 15.9

8.5-9.4

17 4.3-4.7

9-10 4 DIST.

8 7.5-8.4

B,B-,C+

B,B-,C+

75-84% 75-79% 70-71% 14 – 14.9

7.5-8.4

14-16 3.8-4.2

8 MB

7 6.5-7.4

C C 65-74% 70-74% 65-69% 13-13.9 6.5-7.4

13 3.5-3.7

6-7 3 B

6 6-6.4 C- C- 55-64% 65-69% 60-64% 12 – 12.9

5.5-6.4

12 3.2-3.4

5 B

5 D+ D+ 45-54% 60-64% 50-59% 11-11.9 5-5.4 11 3.1 4 2 AP 4 D,D- D,D- 40-44% 50-59% 40-49% 10-10.9 3 3 AP 3 2.5-

5.9 E E 25-39% 41-49% 25-39% 7-9.9 2.5-

4.9 7-10 2.5-

2.9 2 1

DES-AP

2 1.5-2.4

F F 15-24% 30-40% 15-24% 4-6.9 1.5-2.4

4-6.9 1.5-2.4

1

1 0.5-1.4

1-14% 1-29% 1-14% 1-3.9 1-1.4 1-3.9 0.1-1.4

0 0 0% 0% 0% 0 0 0 0 0 0

Universidad Nacional del Sur (Argentina)

Universidad Mayor de San Simón (Bolivia)

Universidad de Chile

10 95-100 7 9 85-94 6.5-6.9 8 75-84 6-6.4 7 65-74 5.5-5.9 6 55-64 5-5.4 5 51(1)-54 4.5-4.9 4 - 4(1)-4.4 3 25-50 2.5-3.9 2 15-24 1.5-2.4 1 0.5-14 0.5-1.4 0 0 0

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Universidad Nacional del Sur (Argentina)

Universidad Autónoma de Yucatán (México)

10 95-100 9 85-94 8 75-84 7 65-74 6 60(1)-64 5 - 4 - 3 25-59 2 15-24 1 05-14 0 0 Universidad Nacional del Sur (Argentina)

Universidad Estadual de Londrina (Brasil)

Universidad Federal de Viçosa (Brasil)

Universidad de Ciencias Aplicadas (Austria)

10 9,5-10 95-100 91-100%/A 9 8,5-9,4 85-94 81-90%/B 8 7,5-8,4 75-84 71-80%/C 7 6,5-7,4 65-74 60-70%/D 6 6(1)-6,4 60(1)-64 50(1)-59%E 5 - - - 4 - - - 3 2,5-5,9 25-59 0-49%/F 2 1,5-2,4 15-24 - 1 0,5-1,4 05-14 - 0 0 0 - (1) Nota mínima de aprobación

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ANEXO 4 MODELO CONTRATO DE ESTUDIO Contrato de estudios - Compromiso previo de reconocimiento académico

Convenio: Año:

Datos del Estudiante

Nombre completo:

Apellido Nombre

Pasaporte/DNI:

Universidad de Destino

País:

Datos de la Universidad Destino

Área de Estudio:

Universidad Destino:

Dirección:

Código Postal - Ciudad Estado

Coordinador Institucional:

Nombre y Apellido Correo Electrónico

Teléfono (con clave internacional,

nacional)

Fax (con clave internacional, nacional)

Secretario Académico:

Nombre y Apellido Correo Electrónico

Teléfono (con clave internacional,

nacional)

Fax (con clave internacional, nacional)

Tiempo de Estancia en la Universidad Destino

Desde: Hasta:

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Asignaturas a cursar en la Universidad Destino

Universidad Destino: País:

Materias Código Denominación Carga horaria

1

2

3

4

5

6

7

Asignaturas a reconocer en la Universidad Nacional del Sur

Materias Código Denominación Carga horaria

1

2

3

4

5

6

7

Secretario Académico Aclaración Fecha

Modificaciones al contrato de estudios propuesto originalmente

Universidad Destino: País:

Materias Anuladas

Materias Añadidas

Conformidad del Estudiante El estudiante beneficiario del Programa se compromete a cursar el programa de estudios acordado durante el período de movilidad establecido desde el del mes de hasta el del mes de

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. El beneficiario deberá comunicar de inmediato a la Universidad todo cambio en el programa propuesto originalmente, que estará sujeto a la aprobación de los coordinadores de las respectivas Universidades (Origen/Destino). El beneficiario se compromete a contratar un seguro de vida, accidente y enfermedad por el período que dure su estancia en el extranjero, que en adición brinde cobertura durante los viajes de ida y regreso. Todos estos gastos correrán por su propia cuenta en caso de que no se contemplen expresamente en el Programa de Movilidad. Asimismo, se compromete a regresar a su Universidad de Origen finalizado el período de movilidad.

Lugar y Fecha

Nombre y Firma del estudiante

SGCSU: Este tema llegó a la Comisión como una reforma a la resolución 310/12 porque había nuevas Universidades y nuevos parámetros, en realidad al ser una mega reforma era muy difícil leerlo porque no se sabía que estaba vigente de la vieja resolución que era lo nuevo y se complicaba por lo tanto se decidió que vuelva el tema a la Secretaría General Académica y que deroguen la anterior y que hagan una nueva resolución unificada para que quede más clara. SABATINI: Cuando vi el dictamen me pareció bien pero hay dos puntos que estuvimos viendo junto a Laura Benedetti y la Secretaria de Extensión del Departamento de Agronomía y nos pareció que sería bueno modificarlo, como creo que hay interés que esto se apruebe y que no vuelva a Comisión yo voy a plantear una modificación y si están de acuerdo se modifica. Como introducción al tema acá estamos hablando de equivalencia que se le otorgan a alumnos que participan de movilidades o de intercambios en Universidades del exterior, para el Departamento de Agronomía que ha empezado hace tres o cuatro años es muy importante este tema, yo he podido participar de estos dos últimos años en un proyecto que se llama Tiuning Internacional de innovación educativa y ahí uno entiende que las grandes universidades desarrolladas tienen mucho intercambio y promueve mucho la movilidad estudiantil de grado y en eso nosotros estamos creciendo, hay otras Universidades de nuestro país que están más desarrolladas, tales como la del Litoral o la UBA, nosotros estamos creciendo por diversos programas por los cuales estamos teniendo muchos alumnos, en el Departamento de Agronomía ya tenemos varios que están yendo al exterior y cada vez se inscriben más pero lo que tenemos que hacer como Universidad y eso está claro, es hacer un esfuerzo muy grande para poder limitar todas las cuestiones burocráticas que hace que esos alumnos cuando vuelvan les reconozcan las materias, se les haga una equivalencia de las notas y demás, esta explicación es una introducción para que entiendan el porqué de la modificación, la misma se refiere a dos puntos, uno es en la tabla que hace referencia en el punto g) y que es el anexo III en el cual hay una tabla y después hay otras tablas por debajo, en las columnas figuran los países en el anexo III y lo que quiero decir es que un alumno va al exterior se saca una nota allá pero como en el mundo existen un montón de escalas que si bien parece una tontería no lo es, a nosotros nos pasó el año pasado que a algunos alumnos le tardaron seis meses en otorgarles el título por el tema de que como se había sacado una nota de 8,50 no se sabía si era un 8 o un 9 hasta que se aprobó en el Consejo Superior, entonces en esa tabla queríamos que se quiten los países que están arriba y que sea una tabla general para que cualquier Universidad pueda adaptarse, incluso en un mismo país las Universidades tienen distintas escalas. La otra propuesta es que se eliminen los cuadros de abajo porque el cuadro de abajo es desprolijo ya que en la otra página figura la Universidad Autónoma de Yucatán cuando México aparece en la tabla inicial, la propuesta es que se considere solamente la primer tabla, se eliminen los países y que se elimine los otros cuadros, esto es para que se haga referencia a eso y que cualquier país que calificó de esa forma se lo considere entre esos puntos, en realidad sería poner una categoría en vez un país, eso es para que si un alumno va a un país que no es México pero que tiene el mismo sistema se adapta directamente de la tabla, ese es el objetivo. La otra modificación es de redacción y es en el punto siguiente, sería en el inciso

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g) que dice “si el sistema de calificaciones de la institución de destino no estuviera contemplado en dicha tabla la Secretaría General Académica a través de la Subsecretaría de Relaciones Internacionales”, esta no depende de esa Secretaría, “confeccionará y aprobará la tabla de equivalencias de calificaciones correspondiente”, no queda claro ahí quién es el que definitivamente aprueba, es decir va a tener que ir al Consejo Superior, ¿quién va a hacer el que va a aprobar?, nosotros proponíamos modificar de la siguiente manera: “si el sistema de calificaciones e institución de destino no tuviera contemplando dicha tabla se delega en el Rectorado, a través de la Secretaría General Académica la confección y aprobación de la tabla de equivalencias de calificaciones correspondientes, creo que ese era el espíritu por lo que me comentó el Consejero Villar que estuvo en la reunión, en definitiva nosotros queremos que sea Rectorado quien defina la equivalencia porque es más fácil de llegar, la cuestión es que si se pasa por el Consejo Superior se demora mucho y sucede que un alumno llega y necesita esa equivalencia porque se tiene que recibir y esta sería una forma directa, en realidad por lo que entendí era el espíritu pero no quedó bien redactado, esa equivalencia iría a la Secretaría General Académica y con el certificado de Rectorado le cargarían la nota en el SIU Guaraní. ----- Se le otorga la palabra a Graciela Ovejero.---------------------------------------------------------------------- OVEJERO: Es real lo que ha manifestado el Decano, el espíritu es ese, que se emita por Rectorado toda resolución que sea nueva y que no esté contemplada en esta tabla de equivalencia de calificaciones pero sí también detrás de esto esté a cargo, en la confección de la tabla, la Subsecretaría de Relaciones Internacionales que es la que trabaja formalmente en lo que son los convenios, los convenios marcos que se firman y la que trabaja directamente con las Universidades de otros países, que se emita a través de la Secretaría General Académica de Rectorado o la Subsecretaría de Relaciones Internacionales no deja de ser el Rectorado pero sí, la confección de la tabla propiamente dicha, esté a cargo de la Subsecretaría porque es la que trabaja directamente con los convenios no así la Secretaría General Académica, sí justamente para cuidar a nivel académico las calificaciones, el espíritu es ese, que sea Rectorado, en el primer borrador habíamos puesto que sea a través de la Subsecretaría de Relaciones Internacionales y los Consejeros de la Comisión de Enseñanza consideraban que debería ser en conjunto Relaciones Internacionales con Secretaría General Académica, ese es el espíritu de lo que se quiere decir allí y que no está tan bien redactado. Con respecto al punto de las tablas de equivalencias de calificaciones la primer tabla que está es la que estaba en la resolución que se estaría derogando que tiene algunas correcciones porque tenía algunos errores en los números y las otras que se agregaron que parecen distintas son las que ya se aprobaron en este último año a través de Rectorado, lo que se hizo fue agregar esas tablas que ya estaban aprobadas por resoluciones de Rectorado para que quedaran todas contenidas en esta nueva resolución. El tema de sacar las Universidades como por ejemplo manifestaba el Decano de la Universidad de Yucatán, desde lo administrativo no nos parece posible porque esa Universidad propiamente tiene esa escala de calificaciones y podría haber otra Universidades en ese mismo país que tenga otra escala de calificaciones muy diferente, lo hemos confeccionado de esa manera porque es como se está trabajando, con esas escalas de calificaciones. CASTELLANO: Yo lo que quería decir es que me parecía que no se podía sacar los nombres de las Universidades porque yo entendí que si uno no distingue el país hay equivalencias que no son tales porque por ejemplo para Australia una nota entre el 85 y el 100% es un diez mientras que para el reino Unido es entre 75 y el 100%, lo que abunda en este caso no creo que genere un problema, yo lo dejaría así. CANTAMUTTO: Se podría poner algo como que los países que figuran en la columna son casos indicativos, como casos orientativos, es decir no hacerlo taxativo sino que la escala se pueda utilizar para otras Universidades que sean iguales, que ese encabezamiento no sea algo mandatario sino como casos indicativos. Sra.VICERRECTORA: Que sean equivalentes, es decir que si aparecen otras Universidades que tienen ese rango sea equivalente.

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SABATINI: ¿Cuál es el miedo?, el miedo de que esto figure así como está es que en el futuro digan que está la Universidad de Yucatán entonces el Consejo Superior va a tener que aprobar todas las Universidades, encambio si se dice que es indicativo está bien, el temor es que quede como antecedente de que para cada Universidad el Consejo Superior va a tener que aprobar las escalas de notas. OVEJERO: Va a ser a través de Rectorado. SABATINI: Que se deje así y se agregue que es indicativo, con eso estoy de acuerdo, que el punto g) sea más amplio. ORTEGA: Para que sea más amplio Rectorado debe elegir que dependencia es la que debe decidir. SABATINI: Está bien porque la firma de la Secretaria General Académica no es suficiente, tiene que ser Rectorado o Consejo Superior. ARRUIZ M.: Creo que es útil dejar establecido que con determinada Universidad la equivalencia va a ser la que dejamos establecida en la tabla para que no haya punto de discusión sobre esa Universidad ahora, por supuesto no podemos suprimir en esta tabla la referencia de determinados países porque está visto que si tengo una calificación por porcentaje el porcentaje es distinto para Reino Unido, para Australia u otro país según se ve en las tablas que estamos por aprobar. Creo que sí habría que dejar establecido que se aprueba específicamente esta tablas de equivalencias para los países y para las Universidades que se señalan en cada caso sin perjuicio que estas tablas se apliquen analógicamente para otros países, para otras Universidades en función de la similitud que presenten su modo de calificación con los modos de calificación de los casos ya aprobados. SGCSU: ¿Qué hacemos cuando no hay casos análogos?. KREBER: Que sea Rectorado quien apruebe la tabla de equivalencia. SGCSU: Entonces quedaría de la siguiente manera: “que la tabla que se indica en el punto f) es indicativa y aplicable a casos análogos o redacción similar” y el punto g) quedaría de la siguiente manera: “que si el sistema de calificación de la institución de destino no estuviera contemplado en dicha tabla el Rectorado confeccionará la tabla”. ----- Se aprueba por unanimidad con las modificaciones propuestas.--------------------------------------------- Punto 13: Expte. 2124/1998.

Bahía Blanca, 12 de junio de 2013.

COMISIÓN DE ENSEÑANZA VISTO: La nota de la Dirección de Control de Títulos y Certificaciones y de la Dirección de Títulos y Egresados informando que se ha implementado la resolución R-1948/2012 a fin de cumplimentar los requerimientos de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria del Ministerio de Educación, razón por la cual se plantea la necesidad de establecer en carreras de posgrado con enfoque interdisciplinario, una única Unidad Académica que debe suscribir los diplomas de los egresados; y CONSIDERANDO: Que la Universidad Nacional del Sur adoptó las disposiciones nº 21 y 22/2009 de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria del Ministerio de Educación, acerca de la implementación de un nuevo Sistema Informático para tramitar las legalizaciones de Diplomas y Certificados Analíticos de Estudio;

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Que como consecuencia se dictó el acto administrativo que fija los componentes de los Diplomas de esta Casa de Estudios y en tal sentido se modificó la resolución R-613/2002 a través de la resolución R-1948/2012; Que de acuerdo a lo establecido por resolución R-1948/2012 se detallan los componentes básicos que deben contener los Diplomas y que entre ellos figura la Especificación de la unidad académica; Que por tal motivo es conveniente establecer a qué unidad académica corresponde la rúbrica de los diplomas de las carreras de posgrado dependientes de más de un departamento académico; Que la Secretaría General de Posgrado y Educación Continua, en su calidad de Organismo Académico es la encargada de organizar, coordinar, supervisar y evaluar las actividades de posgrado; Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del…. 2013, lo dictaminado por su Comisión de Enseñanza. POR ELLO; EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE: ARTICULO 1: Derogar las resoluciones CSU-320/1998 y CSU-727/1998.- ARTICULO 2: Establecer que los diplomas correspondientes a la carreras de posgrado dependientes de más de un departamento académico sean suscriptos por la Autoridad de Gestión de la Secretaría General de Posgrado y Educación Continua, salvo en el caso en que expresamente por acuerdo de los departamentos involucrados, se declare un departamento cabecera. ARTICULO 3: Establecer como unidad académica de las carreras de posgrado dependientes de más de un departamento académico a la Secretaría General de Posgrado y Educación Continua y por ende como responsable de las correspondientes estadísticas. ARTICULO 4: Registrar en los sistemas informáticos dependientes de la Secretaría General Académica lo establecido en el artículo 3 de la presente resolución, a fin de adecuar las bases de datos correspondientes. ARTICULO 5: Comuníquese a los departamentos académicos a sus efectos. LISTA GRUNFELD VISCIARELLI BOUZAT RAMALLO SANCHEZ GONZALEZ ORTEGA MARFIL BARBERO VECCHIOTTI REARTES ----- Se aprueba por unanimidad.--------------------------------------------------------------------------------------- Punto 14: Expte. 1150/13 Bahía Blanca, 12 de junio de 2013. COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO Visto: El Proyecto de Convenio Marco de Colaboración entre la EPF-Ecole D´Ingenieurs, Francia y la Universidad Nacional del Sur, elevado por la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y

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Considerando: Que la suscripción del convenio es conveniente para ambas instituciones; Que cuenta con el aval del Consejo Departamental del Departamento de Ingeniería Eléctrica y

Computadoras mediante Resolución DIEC-146/13 de fs.11; Que consta el dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº 7838 de fs. 6;

Estas comisiones recomiendan: Autorizar la suscripción del Convenio Marco entre la EPF-Ecole D´Ingenieurs, Francia y la

Universidad Nacional del Sur. Por Enseñanza: LISTA MARFIL GRUNFELD PERAZZO SÁNCHEZ VILLAR KALOCAI SILBERMAN TANZOLA Por Interpretación y Reglamento: RODRÍGUEZ VERA GENOVESE LUCANERA MONTERO

----- Se aprueba por unanimidad.--------------------------------------------------------------------------------------- Punto 15: Expte. 692/13 Bahía Blanca, 12 de junio de 2013.

COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO Visto: El Proyecto de Convenio Marco de Cooperación entre TELECOM BRETAGNE, Francia y la Universidad Nacional del Sur, elevado por la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y Considerando:

Que la suscripción del convenio es conveniente para ambas instituciones; Que cuenta con el aval del Consejo Departamental del Departamento de Ingeniería Eléctrica y

Computadoras mediante Resolución DIEC-138/13 de fs.7; Que consta el dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº 7806 de fs. 4;

Estas comisiones recomiendan: Autorizar la suscripción del Convenio Marco entre TELECOM BRETAGNE, Francia y la

Universidad Nacional del Sur.

Por Enseñanza: RAMALLO OMBROSI SLAGTER VILLAR TANZOLA VISCIARELLI BARBERO MARFIL KALOCAI SÁNCHEZ REARTES OROZCO DURÁN Por Interpretación y Reglamento: LUCANERA ARRIOLA CASTELLANO VERA CARRICA

----- Se aprueba por unanimidad.--------------------------------------------------------------------------------------- Punto 16: Expte. 1459/13 Bahía Blanca, 12 de junio de 2013. COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO

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Visto: El Proyecto de Convenio Marco de Cooperación entre el Instituto Josef Stefan International Posgraduate School y el Institute of Metals and Technology, Eslovenia y la Universidad Nacional del Sur, elevado por la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y Considerando:

Que la suscripción del convenio es conveniente para ambas instituciones; Que cuenta con el aval del Consejo Departamental del Departamento de Ingeniería Resolución

CDI-122/13 de fs.5; Que consta el dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº 7781 de fs. 4;

Estas comisiones recomiendan:

Autorizar la suscripción del Convenio Marco de Cooperación entre el Instituto Josef Stefan International Posgraduate School y el Institute of Metals and Technology, Eslovenia y la Universidad Nacional del Sur. Por Enseñanza: RAMALLO KALOCAI VILLAR LISTA MARFIL BARBERO DURÁN SÁNCHEZ SLAGTER TANZOLA OROZCO Por Interpretación y Reglamento: LUCANERA ARRIOLA CASTELLANO VERA CARRICA ----- Se aprueba por unanimidad.--------------------------------------------------------------------------------------- Punto 17º

Expte. 391/13 Bahía Blanca, 12 de junio de 2013

COMISIÓN DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS. INSTITUTOS, BECAS, SUBSIDIOS Y EXTENSION VISTO: La resolución CSU-132/13 por la que se crea una pasantía interna para desempeñar tareas en la Subsecretaría de Relaciones Internacionales dependiente de la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y CONSIDERANDO: Que la misma está destinada a colaborar con tareas de apoyo en actividades del Curso de Español para Extranjeros;

Que la convocatoria se realizó en el ámbito de la citada Secretaría y de la misma formaron parte alumnos de todas las carreras de la Universidad;

Que de acuerdo a lo establecido por dicha resolución, la Comisión Evaluadora se formó con representantes de la Secretaría y de todos los Departamentos Académicos; Que se trata de una excepción a lo dispuesto al Régimen de Pasantías aprobado por resolución CSU-466/09 que establece que el Consejo Departamental correspondiente efectuará la designación del pasante (inciso c- Anexo I), dado que el proceso de inscripción, selección y designación se llevó a cabo en el ámbito de la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento;

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Que consta el Acta elaborada por dicha Comisión, luego de un análisis pormenorizado de los antecedentes de los inscriptos y priorizando un perfil acorde a la función a desempeñar; Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del..., lo aconsejado por la Comisión de Investigaciones Científicas y Tecnológicas, Institutos, Becas, Subsidios y Extensión; POR ELLO, EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO R E S U E L V E ARTÍCULO 1º: Designar a la Srta. Paula Elizabeth Fainstein (DNI 33.108.078) para desarrollar una pasantía interna para desempeñar tareas en la Subsecretaría de Relaciones Internacionales, con carga horaria de diez (10) horas semanales, durante nueve (9) meses y con una asignación estímulo mensual equivalente a un cargo de Ayudante B, con dedicación Simple. ARTÍCULO 2º: La pasante interna designada deberá colaborar con tareas de apoyo en actividades del Curso de Español para extranjeros. ARTÍCULO 3º: La presente pasantía será financiada con fondos provenientes del Centro de Costos 380 (Cooperación Internacional). ARTÍCULO 4º: Se designa como tutor de la mencionada pasantía a la Trad. Laura Benedetti, Subsecretaria de Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional del Sur, la que deberá informar sobre las actividades de la pasante de acuerdo al reglamento vigente. ARTÍCULO 5º: Pase a la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento para su conocimiento y notificación a la interesada. Gírese a las Direcciones de Economía y Finanzas y Personal a sus efectos. Tome razón el Departamento de Humanidades. Cumplido, archívese.- TANZOLA GONZALEZ MARFIL MONTERO: Mirando el orden del día nos pareció que esta designación era la misma que habíamos consultado la otra vez y que se había designado sin concurso y por eso volvió a la Comisión, si era la misma alumna queremos preguntar ¿qué cambió?, ¿por qué por excepción? y además dice en el considerando que el concurso lo realizó la Secretaría y la pregunta es ¿por qué lo organizó la Secretaría y no el Departamento?. CASTELLANO: Se habla de un curso de español que se supone que es docencia entonces mi pregunta es ¿cuáles son las tareas de apoyo?, porque si va a realizar una tarea docente este no es el mecanismo, ya que primero debería pasar por el Departamento de Humanidades o tal vez las tareas de apoyo sean administrativas y en ese caso se superpone con un cargo no docente. MONTERO: Este dictamen es prácticamente el mismo de la otra vez y solamente se agregó un considerando y este no explica porque se da la excepción. KREBER: Si fuera una excepción debería estar en el artículo 1º cuando es un caso que se prorroga en el tiempo, la excepción se refiere a que en el reglamento de pasantías interna nuestro dice que la designación establece que es el Consejo Departamental quien hace la convocatoria y en este caso la excepción es porque la convocatoria fue desde la Secretaría, dado que el proceso de selección y designación no la hizo un departamento. Las pasantías internas que se designan en la Universidad provienen de dos modos, a través de una Secretaría o una Dirección que delega a un departamento por la cercanía o por lo que sea la convocatoria del pasante dando el perfil y demás o en este caso que lo hizo todo la Secretaría porque no hay un departamento específico sobre el que recaiga la selección y en el considerando dice como se

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realizó la convocatoria por eso es la excepción, no se refiere a una excepción en cuanto al tiempo ni el monto que debería figurar en la parte resolutiva. CAPOBIANCO: Yo comparto las dudas de los Consejeros que me precedieron en la palabra en particular con la Consejera Montero. En primer lugar yo cheque con actas anteriores y es efectivamente la misma persona que la otra vez, en principio podía ser que haya pasado por todo un proceso de selección y justamente resulte elegida por sus méritos la misma persona pero de cualquier manera me gustaría que se aclarara cuál fue el proceso de selección que se pasó. En segundo lugar otras de las cuestiones que me trajo muchas dudas es el tema sobre qué tipo de funciones va a cumplir esta persona ya que dice que la pasante deberá colaborar con tareas de apoyo en actividades de curso de español para extranjeros, no se especifica si son funciones de carácter docente o no docente, en cualquiera de los dos casos me parece que si son funciones de carácter docente esta pasantía está encubriendo un poco lo que sería un cargo docente que debería ser tramitado por otros canales y si fuera funciones de carácter no docente tampoco me parece que es la manera de llamarlo. Se puede discutir pero me gustaría que se aclarare qué tipo de funciones son las que va a realizar esta persona y qué mecanismo se usó para realizar la selección. Con respecto al porqué del motivo de excepción yo un poco entendí lo mismo que manifestaba el Consejero Kreber que era porque en lugar de ser desde un Departamento se había hecho la selección desde una Secretaría pero de cualquier manera no sé si esto es correcto porque como decíamos si está cumpliendo funciones docentes tal vez debería haberse asignado a un departamento que sea el encargado de monitorear, elegir, juzgar sobre el mérito académico de la persona porque hay una razón por las cuales las pasantías están asignadas a departamentos y hay todo un reglamento de pasantías, por ejemplo se designa como tutor de la pasantía a Laura Benedetti y también en el reglamento de pasantías se establece específicamente cuáles son las condiciones que debe reunir un tutor, desconozco si esta persona las cumple o no pero me parece que hay puntos sobre las que querría más aclaraciones. ARRUIZ M.: La circunstancia de que intervenga determinado órgano de nuestra Universidad no puede eso solo constituir un supuesto de excepción para no aplicar un régimen para resolver lo que sea, me da la impresión que todos los órganos de nuestra universidad deben aplicar los mismos reglamentos para tomar las mismas decisiones, si se trata de designar a un pasante y hay un reglamento para designar un pasante cualquiera fuera el órgano que intervenga entiendo que debería aplicar ese reglamento, las excepciones las deberíamos conceder en función de las circunstancias particulares del caso, tal vez existan pero no se dan cuenta de ellas en este dictamen, por eso considero que debería analizarse un poco más el tema así no veo que estén dadas las condiciones para aprobarlo porque insisto, cada vez que una Unidad Académica designa un pasante aplica este reglamento, alguna vez habrá habido alguna excepción por la urgencia de designar un pasante pero acá no veo que constituya excepción suficiente para que en vez de intervenir una Unidad Académica intervenga una Secretaría sea la que sea. MILANESI: Primero voy a explicar el proceso de selección, el proceso de selección según el reglamento de pasantías establece que la Unidad donde se va a desempeñar el pasante intervengan más dos miembros, es decir un tribunal que son los que llevan a cabo la selección, en lo que respecta a esta pasantía, la Comisión que se encargó de llevar a cabo la selección estuvo compuesta por la Traductora Laura Benedetti y se convocó a miembros que designaron las diferentes Unidades Académicas, formalmente acudieron diez u once representantes de los 16 Departamentos que se convocaron y obran las firmas en el acta de designación del pasante. Con respecto a si la tutora reúne o no las características, sí las reúne para poder ser tutora, independientemente de su cargo como funcionaria dentro de la administración de la Universidad ella también es docente del Programa de Idiomas, es Profesora Adjunta con dedicación semiexclusiva. En lo que respecta a las funciones que debe desempeñar la persona designada realmente no son funciones de docencia y de hecho se había observado eso en el mes de febrero justamente, es decir, en realidad son funciones de apoyo, de apoyo a los chicos que puntualmente vienen a aprender el idioma español y básicamente actividades culturales, de vinculación con el medio, de acompañamiento y demás pero no va a dictar clases bajo ningún concepto, inclusive esa fue la premisa y sobre esa premisa se realizó la selección, en el expediente obran todas las constancias del tema.

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Sra.VICERRECTORA: ¿Es un caso semejante a las pasantías internas que tiene la Subsecretaría con el tema de recibir, atender, acompañar a los estudiantes extranjeros?. MILANESI: Esos dos alumnos están con una beca, esta es una pasantía. Las condiciones están todas establecidas en el expediente, no se quiso destinar a un departamento porque en realidad no se sabía de qué departamento iba a ser la persona seleccionada. KREBER: Con respecto a las pasantías internas primero se crea en el Consejo Superior y en esa resolución se fijan las pautas de cómo se va a llamar o dónde se está creando la pasantía y después viene una segunda resolución donde nosotros designamos a la persona, en este caso estamos en la segunda resolución fíjense que en el visto se menciona la Resolución CSU132/13 por la cual se crea una pasantía para desempeñar tareas en la Subsecretaría, yo busqué esa resolución justamente para ver en qué términos nosotros ya la habíamos aprobado y convocado y lo que ponemos es en el artículo 1º es autorizar la creación de la pasantía con una duración de 9 meses y una carga horaria de 10 horas y están los requisitos, estas son las cuestiones que siempre miramos en la Comisión y en el plenario, es decir que cumpla en cuanto al reglamento, también ponemos cuál es la asignación estímulo, qué tipo de perfil de pasante se requiere, en este caso se dice estudiante avanzado de quinto año de carreras de la UNS, como no especifica la carrera eso es lo que fundamentaba en que no se delegaba a un Departamento Académico, con un perfil acorde a las funciones a desempeñar, muy buen desempeño académico, promedio mínimo de 7, conocimientos avanzados de idioma extranjero, flexibilidad horaria para realizar tareas de mañana y de tarde, explica las tareas y en el artículo 2º dice que las elección del pasante estará a cargo de una Comisión evaluadora integrada por un representante propuesto por cada Unidad Académica y un representante de la Secretaría de Relaciones Institucionales y Planeamiento, en el artículo 3º se dice dónde se va a imputar la erogación y el artículo 4º que se difunda el llamado en toda la Universidad. Esto siempre se fundamenta en la primera resolución que nosotros emitimos por ahí pasó el tiempo y las dudas surgieron después pero de esta resolución o este proyecto de resolución no hay ninguna contradicción con el origen que nosotros ya votamos, por lo tanto no me parece que no se pueda aprobar. En cuanto a la excepción a mí ya me queda claro y por eso lo señalaba del porque no se había hecho desde una Unidad Académica específica sino desde la Secretaría. CAPOBIANCO: ¿Podrías leer las tareas?. KREBER: Las tareas dice: “El pasante desarrollará apoyo a las actividades que exceden al dictado del curso de español para extranjeros en lo referente a la organización de actividades culturales para que los estudiantes logren los créditos requeridos y en el curso de cultura argentina realizar un acompañamiento lingüístico a las producciones escritas de trabajo que deben presentar los estudiantes en sus distintas materias curriculares”. Es lo que explicaba Milanesi es lo que excedía a la tarea docente pero a su vez a la realización de organización de actividades culturales para que lo estudiantes logren los créditos requeridos. CASTELLANO: Mi duda era si había un trámite excepcional a lo mejor lo deberíamos haber explicitado en ese momento yo reconozco que a mí se me pasó, entiendo que las pasantías tienen que estar coordinadas en su proceso con un departamento, yo no sé si del artículo que leyó el Consejero Kreber se desprende tan claramente que no iba a haber un departamento que siguiera el proceso, yo me voy a abstener porque no lo veo muy claro, entiendo que también es responsabilidad del Consejo Superior por no haberlo explicitado y haber autorizado no la excepción, no hubiera estado de acuerdo con eso, si implícitamente con esa resolución que leyó él estábamos autorizándola fue un error, yo creo que estas actividades tienen que quedar en manos de un Departamento. KALOCAI: Quiero hacer referencia a una cuestión posiblemente la Consejera Capobianco lo recuerdo porque lo mencionamos en un dictamen de la Asamblea Universitaria hace unos dos años con respecto a las asignaciones de estímulo para las pasantías, la observación en ese momento era la siguiente, de acuerdo a la interpretación que hacíamos de la ley de pasantías la asignación de estímulo corresponde al

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escalafón mínimo o al valor mínimo dentro del escalafón en el que se van a desempeñar determinadas tareas. Gastón Milanesi decía que no es una actividad docente lo que debo suponer que es no docente y entonces yo no sé si el Consejo Superior atendió en estos dos años a esta observación de la Asamblea Universitaria pero si así lo hubiera hecho y si efectivamente la observación era correcta tal vez la equiparación con un cargo de Ayudante B no sea lo correcto. ORTEGA: Cuando fui Consejero en la gestión anterior del Secretario de Relaciones Internacionales para mí se aprobó un cargo exactamente igual que este y si mal no recuerdo yo fui testigo de una charla muy similar a este. Hay antecedentes en la misma Secretaría para mí no es la primera vez que se genera este tipo de concursos de esta manera. CAPOBIANCO: Coincido con lo manifestado por la Consejera Castellano me parece que este tipo de pasantías deberían estar en manos de un departamento. No soy especialista en el tema pero me parece que este tema está más vinculado con la temática del Departamento de Humanidades dado que es un tema de idiomas, no sé bien porque no puede asignarse a ese Departamento. VERA: Recordando lo que dijeron los Consejeros Kalocai y ortega sí hubo casos en años anteriores, hará dos o tres años atrás pero quería dejar claro que por lo que están diciendo de las funciones ninguna de esas funciones son del personal no docente, por lo tanto esto claramente cae en una función docente o en un acompañamiento o asesoría. ------ se aprueba por unanimidad con 13 votos a favor, 6 abstenciones y 8 votos en contra.------------------- Punto 18º

Expte. 68/11 Bahía Blanca, 12 de junio de 2013

COMISIÓN DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS. INSTITUTOS, BECAS, SUBSIDIOS Y EXTENSION VISTO: El Programa IAESTE (Internacional Association for the Exchange of Students for Technical Experience) que, mediante un régimen de reciprocidad, convoca a estudiantes de carreras de grado técnicas y/o científicas a inscribirse para realizar pasantías rentadas en el exterior; y CONSIDERANDO: Que para la Convocatoria 2012/2013 nuestra Universidad ofertó trece plazas para dicho intercambio, a través de los Departamentos de Ingeniería, Química, Ingeniería Química, Ciencias e Ingeniería de la Computación, Agronomía, Ingeniería Eléctrica y de Computadoras y Biología, Bioquímica y Farmacia;

Que en virtud de esto y hasta el momento se logró la aceptación de los alumnos Fernando Andrés PÉREZ CIFUENTES, del Departamento de Ingeniería, Sofía SCHLICHTER, del Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia, y Rodrigo Gustavo LEMA del Departamento de Ingeniería Química de nuestra Universidad para desarrollar pasantías en Knorr-BRemse GmbH, Austria, UGent – Dept of Chemical Engineering, Bélgica, y Iggesund Paperboard AB, Suecia, respectivamente; Que en la búsqueda de concretar esta experiencia enriquecedora para nuestros alumnos, se decidió otorgarles una ayuda para enfrentar parte del costo de los pasajes;

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del….., lo dictaminado por su Comisión de Investigaciones Científicas y Tecnológicas, Institutos, Becas y Subsidios;

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POR ELLO; EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO R E S U E L V E: ARTÍCULO 1°: Aprobar el otorgamiento de un subsidio de PESOS SEIS MIL ($ 6.000,00) a los alumnos de nuestra Universidad que se detallan en el Anexo I, quienes realizarán pasantías en el exterior en el marco del Programa IAESTE (Internacional Association for the Exchange of Students for Technical Experience). Dicho subsidio está destinado a solventar parte de los gastos de pasajes. ARTÍCULO 2°: Afectar la erogación detallada en el artículo 1° al Centro de Costos 380, fondos reservados para Cooperación Internacional. ARTÍCULO 3º: Pase a la Dirección General de Economía y Finanzas para su conocimiento y demás efectos. Tomen razón la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento y los Departamentos de Ingeniería, Biología, Bioquímica y Farmacia e Ingeniería Química. Cumplido, archívese. SANCHEZ ORTEGA VISCIARELLI ANEXO I ALUMNO Documento Lugar de

destino Departamento

Período L.U. Monto

PÉREZ CIFUENTES, Fernando Andrés

33.799.697 AUSTRIA Ingeniería 01/09/2013 – 28/02/2014

85102

$ 6.000,00

SCHLICHTER, Sofía

34.377.492 BÉLGICA Biología, Bioquímica y Farmacia

22/07/2013 – 30/09/2013

87654

$ 6.000,00

LEMA, Rodrigo Gustavo

33.956.932 SUECIA Ingeniería Química

19/08/2013 – 28/02/2014

85086

$ 6.000.00

----- Se aprueba por unanimidad.--------------------------------------------------------------------------------------- Punto 19: Expte. X-44/13 Bahía Blanca, 12 de junio de 2013 COMISIÓN DE INVESTIGACIONES TECNOLOGICAS Y CIENTIFICAS. INSTITUTOS, BECAS, SUBSIDIOS Y EXTENSION

VISTO: La nota presentada por la Secretaría General de Bienestar Universitario y su Consejo Asesor, solicitando se otorguen subsidios de comedor a los alumnos de la UNS para el corriente año; CONSIDERANDO: Que los subsidios de comedor forman parte del canon que debe abonar el concesionario del Comedor Universitario de la UNS que conforme lo establecido en el contrato de concesión, con vigencia hasta el 03/07/2013, es de 1.000 mensuales; Que la cantidad de menús a otorgar a los alumnos becados hasta el 03/07/2013 es de 123 por alumnos, siendo 75 el total de alumnos. Por lo que el total de menús a otorgar es de 9.225;

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Que la cantidad de menús en concepto de canon hasta el 03/07/13 es de 6.100 menús por lo que correspondería abonar al actual concesionario la cantidad de 3.125, a razón de $ 10 el menú;

Que el actual concesionario del Comedor Universitario, DIEGO ORFILA FERMANI Y HECTOR ARIEL GONNET SH presentará una factura mensual, si correspondiera, la cual será abonada por la Tesorería de la UNS;

Que la Secretaría General d Bienestar Universitario llevará un control de las comidas que se expiden mensualmente;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE: ARTÍCULO 1°: Otorgar un Subsidio Comedor a los alumnos detallados en el Anexo, consistente en un almuerzo y una cena diarios en el Comedor Universitario, de lunes a viernes y almuerzo los días sábado desde el 1/03/2013 hasta el 30/11/2013 inclusive. ARTÍCULO 2°: Destinar la suma de PESOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 31.250.-) correspondiente a la cantidad de 3.125 menús (diferencia entre el total de menú de las becas comedor y el canon de 1.000 menús mensuales hasta el 03/07/2013). ARTÍCULO 3°: El actual concesionario del Comedor Universitario, DIEGO ORFILA FERMANI Y HECTOR ARIEL GONNET S.H. presentará una factura mensual, la cual será abonada por la Tesorería de la UNS. ARTÍCULO 4°: El gasto deberá afectarse al Inciso 5 de la Secretaría General de Bienestar Universitario. TANZOLA ORTEGA SANCHEZ GONZALEZ MARFIL BARBERO Anexo – Res. CSU-

Registro Apellido y Nombre 96385 ABRANCHUK SANTIAGO

94481 AGUILAR MARA JANET

92734 ALARCON DANIELA TAMARA

87204 ARISTA MARILENA

90685 AYAPE JUAN IGNACIO

94730 BERGER ENZO SEBASTIAN

81264 BERTI PECHIN ORNELA VANINA

85207 BERTO ANDREINA MARIA

87506 BLANCO FERREYRO IMANOL

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79835 BONEU FEDERICO EMANUEL

84539 BRAVO DANIEL ELIAS

89200 CAMPOS SANTIAGO

102830 CASABONNE ALEJANDRO

97717 CASANOVA TESAN DAHIANA TAMARA

101946 CHAVEZ GALLETTI ROBERTO JAVIER

81037 CHIOSSO LLORCA EZEQUIEL MARCOS

91222 CICCONE CARLOS SEBASTIAN

88829 CORBATTA BARRETO NICOLAS PABLO

102453 DE DIOS MACARENA BEATRIZ

92543 DE BENEDICTIS MARIANELA

98139 DI FULVIO MAURICIO EDUARDO

95620 ESTRADA ROA ANSELMO IVAN

99319 FERREYRA CALARCO NICOLAS

103211 FIGUEREDO PAREDES FACUNDO

80027 FRITZ LAURA JESICA

93549 GARCIA CINTIA GABRIELA

97544 HANSEN GIULIANA PAULA

87171 HOURTICOLOU MARCOS GONZALO

78032 HOVEN MARIA LAURA

100396 LAFFEUILLADE LUCIA MANUELA

98065 LANDA VALDERRAMA HAROLD AUGUST

85285 LEPEZ VANINA INES

93994 LOPEZ ANA LUZ

101391 MACCARRONE STRAZZERI LUCIA

101923 MARTIN ANTONELA

91799 MEIRIÑO JOSE LUIS

ACTA 698 Pág.41

103334 MOLINA EROS ALEXIS

98099 MOLINA MARIO OSCAR

91100 MORALES MARIANELA ESTEFANIA

92921 MOYANO PAULA EUGENIA

87421 NIEVA ESTEBAN GABRIEL

77755 NIEVAS ROSANA CRISTINA

100013 NUÑEZ LORENA

81729 OJEDA BRUNO EMANUEL

99517 OLIVIERI NAUM YAMILE SOLEDAD

102016 OVIEDO CARLOS EMANUEL

101740 PALACIO PENTUCCI PABLO EZEQUIE

92433 PERALES JUAN CARLOS

93013 PEREYRA LETICIA GUILLERMINA

85911 PEREZ VICTOR JAVIER

101449 PILLA ERDOCIA MARIA GENESIS

89207 POBLETTE ADRIAN

102095 POBLETTE CRISTIAN

102081 QUIROGA PALMIERI ALDANA EILEEN

92562 QUISPE MAYTE MILENKA

94416 RODRIGUEZ CAMILA

101037 ROJAS ELVA EDITH

74674 SAIEG LAURA YANET

90606 SAINZ GABRIELA FERNANDA

85665 SALERNO MARTIN ERNESTO

98922 SARABIA JESUS RUBEN ANTONIO

88739 SASSACK SEBASTIAN RICARDO

83476 SAVOY ANDRE AGUSTIN ALFREDO

ACTA 698 Pág.42

103062 SEGOVIA JOAQUIN

92903 SLIPEK DAIANA CAMILA

97188 TOMASEVICH PATRICIA MICAELA

98983 TORRES SIMON ALBERTO

82889 TRIPODI MARIA CAROLINA

80617 VARGAS JULIO CESAR

102036 VERNA MELINA

94850 VILLAR ROCIO

102200 VOGEL EVELYN GISELLE

92648 VOGEL LEONELA BERENICE

78891 ZORATTI MARIANELA

102938 ZUÑIGA MELINA AYELEN

SGCSU: El considerando lo sacaría porque me parece que el procedimiento es obvio ya que se paga contra factura o ¿cómo se va a pagar?. El considerando dice que presentará factura si correspondiera. KREBER: Es porque factura lo que consume, hay que señalar cuál es el mecanismo, es la única beca que no se le paga a los alumnos y no se le paga al concesionario y no por el total sino por lo consumido real, por eso se señala el mecanismo. SGCSU: Y si en el artículo 3º pusiéramos presentar la factura mensual con los menús que correspondan. PERUZZI: Las becas se otorgan al mes de noviembre y se le puso hasta el 3 y el concesionario lo tiene que contar hasta esa fecha y nosotros no podemos saber el precio de la concesión, del día 3 en adelante cuando tengamos el precio se hará una resolución para que se pague la segunda mitad del año. CASTELLANO: ¿Estamos controlando que estos alumnos que tienen becas efectivamente consumen el menú?, ¿hay algún ticket que ellos entregan al concesionario? Porque podría pasar que nosotros le pagamos el monto y si los alumnos no van a almorzar le estamos pagando igual. PERUZZI: Hay un mecanismo con un llavero que se le otorga a cada estudiante que recibe la beca, lo pasa a retirar por la Secretaría de Bienestar Universitario y con eso acredita en un sistema que pasó ese día y de ese sistema tomamos nosotros la lectura de la cantidad de menús otorgado todos los meses. ----- Se aprueba por unanimidad.--------------------------------------------------------------------------------------- Punto 20: Expte. 2259/11 Bahía Blanca, 12 de junio de 2013

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COMISIÓN DE INVESTIGACIONES TECNOLOGICAS Y CIENTIFICAS. INSTITUTOS, BECAS, SUBSIDIOS Y EXTENSION VISTO:

El Programa destinado a Jóvenes Docentes de la UNS, mediante el cual se asignan ayudas económicas para la realización de Pasantías en Centros de Investigación de primer nivel; y CONSIDERANDO:

Que la resolución CSU-476/11 establece los importes máximos a otorgar en ese concepto; Que el presupuesto aprobado por resolución CSU-139/13 para el mencionado programa

permitiría un incremento del 20% en los valores establecidos; Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del…, lo dictaminado por su de la

Comisión de Investigaciones Científicas, Tecnológicas, Institutos, Becas, Subsidios y Extensión; Por ello,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Modificar la resolución CSU-467/11 estableciendo en doce mil pesos ($ 12.000) el importe máximo para cada una de las ayudas económicas destinadas a solventar gastos de traslado y/o estadía que demanden la realización de las Pasantías en Centros de Investigación del exterior.

ARTÍCULO 2º: En el caso de pasantías que se lleven a cabo en el país, el importe máximo a solicitar en concepto de estadía podrá ser de tres mil pesos ($ 3.000) mensuales.

ARTÍCULO 3º: Pase a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología y a la Dirección General de Ciencia y Tecnología. Cumplido, archívese.

TANZOLA MARFIL GRUNFELD

----- Se aprueba por unanimidad.--------------------------------------------------------------------------------------- Punto 21: Expte. X-53/2013

Bahía Blanca, 12 de junio de 2013

COMISIÓN DE ECONOMÍA, FINANZAS Y EDIFICIOS Esta comisión aconseja tomar conocimiento del informe sobre la gestión realizado por el Sr. Auditor Externo del Servicio de Obra Social de la UNS entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2013 sobre los siguientes estados: de Situación Patrimonial y de Recursos y Gastos. KREBER OROZCO TANZOLA CARRICA ALVAREZ RODRÍGUEZ LUCANERA

----- Se aprueba por unanimidad.---------------------------------------------------------------------------------------

ACTA 698 Pág.44

Punto 22: Expte. 1797/99

Bahía Blanca, 12 de junio de 2013. COMISION DE ECONOMIA, FINANZAS Y EDIFICIOS Visto: La nota presentada por la Directora de la Escuela de Agricultura y Ganadería, elevada por la Secretaría General Técnica, solicitando una ayuda económica para el alumno Octavio Caspe, quien concurre a dicha Escuela con el fin de participar en las Olimpíadas Internacionales de Biología a realizarse en Berna, Suiza; y Esta Comisión recomienda:

1. Otorgar una ayuda económica al alumno Octavio Caspe, de pesos Dos Mil Quinientos ($2.500,-) para asistir a las Olimpíadas Internacionales de Biología a realizarse en Berna, Suiza.

2. Afectar la erogación al CC 423 – Programa Subsidio para Asistencia Académica.

KREBER CASTELLANO LUCANERA GIL CARRICA TANZOLA RODRIGUEZ FALAPPA

----- Se aprueba por unanimidad.--------------------------------------------------------------------------------------- Punto 23: Expte. 1184/2013. Bahía Blanca, 13 de junio de 2013.

COMISIÓN DE ECONOMIA, FINANZAS Y EDIFICIOS

Esta Comisión aconseja dar de baja a los bienes detallados a fs.18/21 del rubro informática por tratarse de equipos obsoletos, de antigüedad que supera los quince años de adquisición, con el deterioro que obedece al uso. Transferir a la Secretaría General Académica el mobiliario y otros bienes para el desarrollo de tareas académicas en sedes del Programa PEUZO, que corre detallado a fs. 36 a 62 de las presentes actuaciones. KREBER TANZOLA CARRICA RODRIGUEZ LUCANERA ----- Se aprueba por unanimidad.--------------------------------------------------------------------------------------- Punto 24: Expte. 1680/13

Bahía Blanca, 12 de junio de 2013

COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO

VISTO: El proyecto de convocatoria y cronograma electoral para la renovación del estamento “Alumnos” en los cuerpos colegiados de la UNS; y CONSIDERANDO:

ACTA 698 Pág.45

Que corresponde llevar a cabo el acto eleccionario para renovar los representantes de los Alumnos en los cuerpos colegiados de gobierno de esta Universidad en virtud de la caducidad que se producirá en sus mandatos;

Que los artículos 25°, 36°, 37°, 38°, 39°, 40°, 41°, 42°,43°, 50°, 51°, 52°, 54°, 55° inc. d), 66°, 67°, 68° el Estatuto de esta Universidad constituyen las fuentes que regulan este evento;

Que la convocatoria actual tiene como finalidad cubrir el período estatutario 2013-2014;

Que es necesario establecer el cronograma de actos pre y post-electorales; Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del , lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

POR ELLO, EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE: ARTÍCULO 1°: Convocar a elecciones para el día viernes 1 de noviembre de 2013 en el horario de 10 a 18 hs. a los integrantes del estamento “Alumnos” de la Universidad Nacional del Sur, para elegir representantes que integrarán los órganos de gobierno durante el período estatutario 2013-2014. Asamblea Universitaria: veinticuatro (24) representantes titulares y veinticuatro (24) suplentes. Consejo Superior Universitario: nueve (9) representantes titulares y nueve (9) suplentes. Consejos Departamentales: cuatro (4) representantes titulares y cuatro (4) suplentes. ARTÍCULO 2°: Las elecciones se realizarán de acuerdo a lo establecido por el Estatuto de la Universidad y sus modificatorias, así como por el Reglamento Electoral vigente (resolución CSU-207/2013) ARTÍCULO 3°: Aprobar el Cronograma Electoral 2013 que corre como Anexo de la presente resolución. ARTÍCULO 4°: Tome razón la Junta Electoral. Pase a la Secretaría General Académica, a las Direcciones Generales de Personal, de Alumnos y Estudio y a los Departamentos Académicos para su conocimiento. Dése al Boletín Oficial y a la Dirección General de Sistemas de Información para su publicación en la página Web de la UNS. Cumplido, archívese.

KREBER ARRUIZ, M. MONTERO SILBERMAN

GENOVESE LUCANERA VERA

CRONOGRAMA ELECTORAL ELECCIONES 2013 Sábado 10 de Agosto Cierre del registro electoral.

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Miércoles 14 de Agosto La Dirección General de Personal y la Dirección de Alumnos y Estudios entregan a la Junta Electoral (JE) los listados para la confección de los padrones provisorios. Resolución CSU 207/2013, Artículos 5º y 7º al 11º. Viernes 16 de Agosto Los Directores de los departamentos académicos y la SGT comunican a la JE el nombre de los coordinadores designados. Resolución CSU 207/2013, Artículo 24º.

Jueves 22 de Agosto al Miércoles 28 de Agosto a las 12:00 hs.

• Exhibición de los padrones provisorios • La JE recibe pedidos de modificaciones a los padrones (impugnaciones, observaciones, tachas e

inclusiones) Jueves 29 de Agosto La JE resuelve sobre los pedidos de modificaciones a los padrones recibidos. Viernes 30 de Agosto Los alumnos que hayan pedido modificaciones a los padrones se notifican de las resoluciones tomadas por la JE. Lunes 2 de Septiembre La JE envía a los Departamentos Académicos el listado de mesas que deberán constituir para que designen a las autoridades de mesa. Este listado deberá ser devuelto a la JE (con las notificaciones correspondientes) hasta el 01 de Octubre. Lunes 2 de Septiembre al Martes 3 de Septiembre a las 12:00 hs. La JE recibe apelaciones interpuestas por las resoluciones tomadas sobre las solicitudes de modificaciones a los padrones presentadas por los alumnos. Miércoles 4 de Septiembre El CSU toma conocimiento de lo resuelto por la JE, trata las apelaciones ingresadas si las hubiera y las comunica a la JE para la confección de los padrones definitivos. Jueves 12 de Septiembre Exhibición de los padrones definitivos

Jueves 12 de Septiembre al Jueves 19 de Septiembre a las 10:00 hs. Recepción de listas de candidatos.

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Ver Resolución CSU 207/2013, Artículo 20º

Jueves 26 de Septiembre al Miércoles 02 de Octubre Exhibición de listas de candidatos provisorias.

Jueves 26 de Septiembre al Viernes 04 de Octubre a las 10:00 hs. La JE recibe observaciones e impugnaciones interpuestas a candidatos y/o listas. Lunes 07 de Octubre La JE se expide sobre observaciones e impugnaciones interpuestas. Notifica a los interesados. Miércoles 9 al Jueves 10 de Octubre La JE recibe las apelaciones interpuestas por los candidatos y/o listas para presentarlas ante el CSU. Viernes 11 de Octubre La JE eleva al CSU las observaciones e impugnaciones presentadas, las resoluciones adoptadas y las apelaciones interpuestas respecto de los candidatos y/o listas. Miércoles 16 de Octubre El CSU se expide sobre lo actuado por la JE y oficializa listas de candidatos. Viernes 18 de Octubre Exhibición de listas de candidatos definitivas. Viernes 01 de Noviembre COMICIO Lunes 04 de Noviembre al 04 de Diciembre de 2013 La JE recibe justificaciones por la no emisión del voto. Ver Resolución CSU 207/2013, Artículos 12º al 14º Viernes 08 de Noviembre de 2013 La JE comunica al CSU el resultado de las elecciones. Viernes 15 de Noviembre de 2013 La JE realiza el acto de proclamación de los candidatos electos. ----- Se aprueba por unanimidad.---------------------------------------------------------------------------------------

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KREBER: Con respecto al Punto 23º es así la parte resolutiva, ya que si damos de baja los bienes no los transferimos a la Secretaría General Académica. Creo que son bienes que están ahí y les damos de baja directamente porque no es lo que habíamos escrito en el dictamen original. CAPOBIANCO: Son dos fojas distintas con temas diferentes. SGCSU: Algunos bienes son bajas definitivas, sobre todo en el rubro de informática ya que son obsoletos los equipos y la transferencia de mobiliario que serían de utilidad para el desarrollo académico. ------ Se tratan los siguientes tema sobre tablas:

Punto 2: Bahía Blanca, 19 de junio de 2013.

COMISION DE ENSEÑANZA Esta Comisión recomienda autorizar las siguientes designaciones de Profesores Ordinarios: Departamento de Derecho: Expte. 335/07: (REVÁLIDA) Designa a la Abog. Carolina Paula DUPRAT, en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple en la asignatura “Derecho de familia y sucesiones” (Código: 9016). MARFIL OROZCO RAMALLO SANCHEZ Expte. 3747/06: (REVÁLIDA) Designa al Abog. José Luis Manuel ARES, en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple en la asignatura “Derecho procesal penal” (Código: 9049). MARFIL TANZOLA VILLAR MARTINEZ SLAGTER Expte. 3748/06: (REVÁLIDA) Designa al Abog. Eduardo Alfredo D´EMPAIRE, en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple en la asignatura “Derecho procesal penal” (Código: 9049). MARFIL TANZOLA VILLAR MARTINEZ SLAGTER Expte. 3480/06: Designa al Dr. Diego Arturo Jaime DUPRAT, en un cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva en la asignatura “Derecho societario” (Código: 9047). MARFIL SANCHEZ BARBERO RAMALLO OROZCO SLAGTER Departamento de Ingeniería: Expte. 1763/13: Designa a la Dra. Raquel René AVELDAÑO, en un cargo de Profesor Titular con dedicación Exclusiva en las asignaturas “Hormigón I” (Código: 5241) y “Diseño de Estructuras Hidráulicas” (Código: 5115). MARFIL SANCHEZ JAUGE RAMALLO GONZALEZ SLAGTER TANZOLA

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Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia: Expte. 1744/13: Designa al Dr. Sixto Raúl COSTAMAGNA, en un cargo de Profesor Asociado con dedicación Exclusiva en las asignaturas “Parasitología Clínica” (Código: 1302) y “Epidemiología” (Código: 1080). MARFIL SANCHEZ JAUGE RAMALLO GONZALEZ SLAGTER TANZOLA ------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.----------------------------------------------------------------------- Punto 3: Bahía Blanca, 19 de junio de 2013. COMISION DE ENSEÑANZA Esta Comisión recomienda autorizar los siguientes llamados a concurso/reválida para cubrir los siguientes cargos: Departamento de Física: Expte. 1539/13: (REVÁLIDA) Un (1) cargo de Profesor Asociado con dedicación Exclusiva, en la asignatura “Electromagnetismo II” (Código: 3023), con el siguiente jurado: Jurado Titular: Dr. Celso ALDAO; Dr. Eduardo CASELLI; Dr. Norberto CASTELLANI. Jurado Suplente: Dr. Salvador GIL; Dr. Jorge REYNA ALMANDOS; Dr. Daniel VEGA. *Cargo ocupado por el Dr. Walter Cravero. MARFIL SANCHEZ SLAGTER VILLAR Expte. 1550/13: Un (1) cargo de Profesor Asociado con dedicación Exclusiva, en la asignatura “Física I” (Código: 3051), con el siguiente jurado: Jurado Titular: Dr. Salvador GIL; Dr. Roberto RIVAROLA; Dr. Norberto CASTELLANI. Jurado Suplente: Lic. Luis OCHOA; Dr. Gustavo SANCHEZ SARMIENTO; Dr. Alfredo JUAN. MARFIL SANCHEZ SLAGTER VILLAR TANZOLA RAMALLO Expte. 1549/13: (REVÁLIDA) Un (1) cargo de Profesor Asociado con dedicación Exclusiva, en la asignatura “Física Ondulatoria” (Código: 3210), con el siguiente jurado: Jurado Titular: Dr. Salvador GIL; Dr. Alberto SOMOZA; Dr. Norberto CASTELLANI. Jurado Suplente: Lic. Luis OCHOA; Dr. Gustavo SANCHEZ SARMIENTO; Dr. Alfredo JUAN. *Cargo ocupado por el Dr. Sergio Vera.

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MARFIL SANCHEZ SLAGTER ORTEGA TANZOLA RAMALLO GONZALEZ Departamento de Humanidades: Expte. 1704/13: Un (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación Exclusiva, en la asignatura “Didáctica y Práctica Docente de Nivel Superior” (Código: 4980), con el siguiente jurado: Jurado Titular: Dr. Luis PORTA; Dra. Viviana MANCOVSKY; Mg. Fabiana TOLCACHIER. Jurado Suplente: Mg. Agueda Marcela SOSA; Dra. Silvia GRINBERG; Psic. Roberto ELGARTE. MARFIL SANCHEZ SLAGTER VILLAR MARTINEZ OROZCO Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia: Expte. 1085/13: (REVÁLIDA) Un (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación Exclusiva, en las asignaturas “Biología General” (Código: 1031), “Biología de la Conservación” (Código: 1034), “Biología Básica” (Código: 1026), con el siguiente jurado: Jurado Titular: Dra. Estela LOPRETTO; Dra. Alda GONZALEZ; Dra. Emma CASANAVE. Jurado Suplente: Dra. Sara SANCHEZ; Dr. Raúl ALZOGARAY; Dra. Elisa PARODI. *Cargo ocupado por Sergio Zalba. MARFIL SANCHEZ SLAGTER VILLAR MARTINEZ OROZCO ------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.----------------------------------------------------------------------- Punto 4: Expte. 3834/09

Bahía Blanca, 19 de junio de 2013.

COMISIÓN DE ENSEÑANZA VISTO:

La necesidad de establecer en carreras de posgrado con enfoque interdisciplinario, una única Unidad Académica que suscriba los diplomas de los egresados a los efectos de cumplimentar los requerimientos de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria del Ministerio de Educación;

Que en la resolución AU-15/09 por la que se crea la carrera de Especialista en Gestión de la

Tecnología y la Innovación no se especifica qué unidad académica suscribirá los títulos y será responsable de los aspectos organizativos que hacen al dictado de la carrera; y CONSIDERANDO: Que la Universidad Nacional del Sur adoptó las disposiciones Nº 21 y 22/2009 de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria del Ministerio de Educación, acerca de la implementación de un nuevo Sistema Informático para tramitar las legalizaciones de Diplomas y Certificados Analíticos de Estudio;

ACTA 698 Pág.51

Que como consecuencia se dictó el acto administrativo que fija los componentes de los Diplomas de esta Casa de Estudios y en tal sentido se modificó la resolución R-613/2002 a través de la resolución R-1948/2012; Que de acuerdo a lo establecido por resolución R-1948/2012 se detallan los componentes básicos que deben contener los Diplomas y que entre ellos figura Especificación de la Unidad Académica; Que por tal motivo es conveniente especificar a qué Unidad Académica corresponde la rúbrica de los diplomas de la carrera Especialización en Gestión de la Tecnología y la Innovación; Que la carrera de Especialista en Gestión de la Tecnología y la Innovación fue creada a iniciativa del Departamento de Economía de la UNS, (Res CDE 258/2009) tal como consta en la Res AU 15/2009; Que la carrera en cuestión fue presentada ante la CONEAU para su acreditación provisoria como proyecto por la Universidad Nacional del Sur, a través del Departamento de Economía; Que la designación de los profesores responsables del dictado de los cursos y seminarios fue realizada en todos los casos por el CDE, como así también la de los tutores responsables de la supervisión de los trabajos finales integradores (Res CDE 352/11 y CDE 023/12), Que para el dictado de la carrera se contó con financiamiento del Programa para promover la innovación productiva, Convocatoria GTEC 2008, Préstamo BIRF 7599/AR y el Departamento de Economía fue responsable de la gestión, administración y rendición de los fondos, Que el Comité de Dirección de la Carrera de posgrado “Especialización en Gestión de la Tecnología y la Innovación”, en su reunión del 30 de mayo de 2013 da conformidad para que los Diplomas correspondientes a la carrera en cuestión sean rubricados por el Director Decano del Departamento de Economía; Que el Consejo Superior Universitario, aprobó en su reunión del…de 2013, lo dictaminado por su Comisión de Enseñanza; POR ELLO; EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Establecer que los diplomas correspondientes a la carrera “Especialista en Gestión de la Tecnología y la Innovación”, serán suscriptos por el Director Decano del Departamento de Economía. ARTÍCULO 2º: Establecer como Unidad Académica de la carrera Especialización en Gestión de la Tecnología y la Innovación al Departamento de Economía. ARTÍCULO 3º: Registrar en los sistemas informáticos dependientes de la Secretaría General Académica lo establecido en el artículo 2 de la presente resolución, a fin de adecuar las bases de datos correspondientes. ARTÍCULO 4º: De forma. TANZOLA BARBERO OROZCO FALAPPA MARFIL ------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.-------------------------------------------

ACTA 698 Pág.52

------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.----------------------------------------------------------------------- Punto 5: Expte. 1564/2013 Bahía Blanca, 19 de junio de 2013 COMISIÓN DE ENSEÑANZA

Visto: El Estatuto de la Universidad Nacional del Sur y la Resolución 139/2011 del Ministerio de Educación; y Considerando:

Que la carrera de Licenciatura en Ciencias Biológicas se encuentra incluida en los alcances de la mencionada Resolución 139/2011;

Que es necesario adecuar el Plan de Estudios de la Licenciatura en Ciencias Biológicas en cuanto

a contenidos mínimos, carga horaria y perfil profesional a las exigencias de la Resolución 139/2011; Que la carrera de Licenciatura en Ciencias Biológicas se encuentra en proceso de autoevaluación

con fines de acreditarla en los términos de la Ley Nº 24521 (LES); Que la Comisión Curricular de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Biológicas elaboró un

nuevo Plan de Estudios teniendo en cuenta las pautas de la mencionada Resolución; Que por la Resolución BBF 255/2013, el Consejo Departamental de Biología, Bioquímica y

Farmacia aprobó el Plan de Licenciatura en Ciencias Biológicas que consta como Anexo de dicha Resolución;

Que se solicita que el Nuevo Plan de Estudios entre en vigencia a partir del primer cuatrimestre

de 2014; Que constan los controles pertinentes de la Dirección General de Alumnos y Estudios (Dirección

de Registro y Contralor) conforme a lo establecido por resolución CSU-101/2006;

Por ello la Comisión de Enseñanza recomienda: APROBAR el Plan de Estudios de la Licenciatura en Ciencias Biológicas. TANZOLA SÁNCHEZ VILLAR MARFIL SLAGTER OROZCO RAMALLO

------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.-----------------------------------------------------------------------

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Punto 6: Expte. 1540/13

Bahía Blanca, 19 de junio de 2013. COMISION DE ENSEÑANZA VISTO: La Res. CD-181/13 en la que el Consejo Departamental de Derecho solicita autorización para contratar bajo la modalidad de locación de servicios, a la Dra. Patricia Marcela LLERENA para cumplir funciones docentes en el dictado de la asignatura “Derecho Penal Económico y Leyes Penales Especiales”; y CONSIDERANDO:

Que consta el informe de la Dirección de Registro y Control de la Dirección General de Personal sobre el bloqueo de un cargo de Profesor Titular con dedicación Simple que dará origen a los fondos necesarios para afrontar lo solicitado; Que la Dirección de Programación y Control Presupuestario informa que la erogación resulta factible presupuestariamente; Por ello, esta Comisión recomienda: Artículo 1º: Autorizar al Departamento de Derecho a efectuar un contrato de locación de servicios con la Dra. Patricia Marcela LLERENA para cumplir funciones docentes en el dictado de la asignatura “Derecho Penal Económico y Leyes Penales Especiales”, desde el 1º de junio de 2013 y por el término de tres (3) meses. Artículo 2º: Por el cumplimiento de sus funciones, se le abonará a la Dra. Llerena, en concepto de honorarios, una suma fija de Dieciséis mil doscientos Pesos ($ 16.200) que serán abonados en cuotas iguales de Cinco mil cuatrocientos Pesos ($ 5.400) cada una. Artículo 3º: Se afectará la erogación a los fondos provenientes del bloqueo de un cargo de Profesor Titular con dedicación Simple, transfiriéndose la partida del Inciso 1.1 al Inciso 3 de dicho departamento. OROZCO BARBERO SANCHEZ MARFIL

CAPOBIANCO: ¿Por qué dice funciones docentes nuevamente?, BOUZAT: Es una Profesora de una carrera de Especialización y un Curso de Posgrado en Derecho Penal y Económico. CAPÒBIANCO: ¿Por qué no se la contrata como profesora, para cumplir esas funciones?. BOUZAT: Funciones docentes para el dictado de la asignatura. CASTELLANO: Se puede poner la función. CAPOBIANCO: Se debería uniformar. Sra.VICERRECTORA: En algunos casos dice contrato solamente y en otro contrato de locación de servicio. CAPOBIANCO: eso e slo que me llama la atención.

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CASTELLANO: se puede poner perfectamente la función de Profesor pero hay dos situaciones de contratos, en algunos casos se le paga con factura y se le hace un contrato de locación de servicio y en el otro caso se le abona con un cargo equivalente de profesor con dedicación simple. Sra.VICERRECTORA: Ahora está claro pero en ambos casos debe figurar que va a ser docente o profesor en una asignatura. ------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.----------------------------------------------------------------------- Punto 7: Expte. 1569/13

Bahía Blanca, 19 de junio de 2013. COMISION DE ENSEÑANZA VISTO: La resolución del Consejo Departamental de Agronomía CD-127/13 solicitando autorización para contratar a la Ing. Agr. Graciela Teresa VERGARA para el dictado de la asignatura “Agrometeorología” (Código 505) del Área Producción Vegetal; y CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Registro y Control de la Dirección General de Personal, informa sobre el bloqueo de un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple para afrontar lo solicitado;

Que la Dirección de Programación y Control Presupuestario de la Dirección General de Economía y Finanzas informa que la erogación resulta factible presupuestariamente;

Por ello, esta Comisión recomienda: Artículo 1º: Autorizar al Departamento de Agronomía para contratar a la Ing. Agr. Graciela Teresa VERGARA para el dictado de la asignatura “Agrometeorología” (Código 505) del Área Producción Vegetal con una remuneración equivalente a un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple, a partir del 3 de agosto de 2013 y hasta el 2 de agosto de 2014 inclusive. Artículo 2º: La erogación que demande la presente contratación se financiará con el crédito proveniente del bloqueo de un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple, transfiriendo dichos fondos de la Partida Principal 1 – Personal Permanente a la Partida Principal 2 – Personal Temporario. MARFIL SLAGTER ORTEGA SANCHEZ MARTINEZ ------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.----------------------------------------------------------------------- Punto 8: Expte. 1563/13

Bahía Blanca, 19 de junio de 2013. COMISION DE ENSEÑANZA

ACTA 698 Pág.55

VISTO: La resolución del Consejo Departamental de Geografía y Turismo DGyT-119/2013 solicitando autorización para contratar a la Dra. Silvia SANTARELLI, docente jubilada, en los términos del art. 18° del Estatuto de la UNS; y CONSIDERANDO: Que la asignatura “Metodología de la Investigación Geográfica y Turística” para la Licenciatura en Turismo cuenta con una importante demanda por parte de los alumnos;

Que la Dirección de Registro y Control de la Dirección General de Personal procedió al bloqueo de un cargo de Profesor Titular con dedicación Exclusiva;

Que la Dirección de Programación y Control Presupuestario de la Dirección General de Economía y Finanzas informa que la erogación resulta factible presupuestariamente;

Por ello, esta Comisión recomienda: Artículo 1º: Autorizar al Departamento de Geografía y Turismo a contratar a la docente jubilada Dra. Silvia SANTARELLI en los términos del Art. 18° del Estatuto UNS para cumplir funciones docentes en el dictado de la asignatura “Metodología de la Investigación Geográfica y Turística” (Código 3813) de la carrera Licenciatura en Turismo desde el 1º de julio y hasta el 31 de diciembre de 2013, percibiendo una remuneración equivalente a un cargo de Profesor Titular con dedicación simple sin antigüedad, suma que se incrementará con el SAC y estará sujeta a los descuentos fijados por Ley. Artículo 2º: Afectar la erogación que demande el presente contrato al crédito originado por el bloqueo de un cargo de Profesor Titular con dedicación Exclusiva, transfiriendo dichos fondos de la Partida Principal 1 – Personal Permanente a la Partida Principal 2 – Personal Temporario. MARFIL RAMALLO SANCHEZ ORTEGA JAUGE BARBERO ------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.-----------------------------------------------------------------------

Punto 9: Expte. 1541/13

Bahía Blanca, 19 de junio de 2013. COMISION DE ENSEÑANZA VISTO: La Res. CD-180/13 en la que el Consejo Departamental de Derecho solicita autorización para contratar bajo la modalidad de locación de servicios, al Mg. Máximo Emiliano SOZZO para cumplir funciones docentes en el dictado de la asignatura “Criminología”; y CONSIDERANDO:

Que consta el informe de la Dirección de Registro y Control de la Dirección General de Personal sobre el bloqueo de un cargo de Profesor Titular con dedicación Simple que dará origen a los fondos necesarios para afrontar lo solicitado; Que la Dirección de Programación y Control Presupuestario informa que la erogación resulta factible presupuestariamente;

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Por ello, esta Comisión recomienda: Artículo 1º: Autorizar al Departamento de Derecho a efectuar un contrato de locación de servicios con el Mg. Máximo Emiliano SOZZO para cumplir funciones docentes en el dictado de la asignatura “Criminología”, desde el 1º de agosto al 31 de diciembre de 2013. Artículo 2º: Por el cumplimiento de sus funciones, se le abonará el Mg. Sozzo, en concepto de honorarios, una suma fija de Veintisiete mil Pesos ($ 27.000) que serán abonados en cinco (5) cuotas iguales de Cinco mil cuatrocientos Pesos ($ 5.400) cada una. Artículo 3º: Se afectará la erogación a los fondos provenientes del bloqueo de un cargo de Profesor Titular con dedicación Simple, transfiriéndose la partida del Inciso 1.1 al Inciso 3 de dicho departamento. VILLAR TANZOLA MARFIL GONZALEZ JAUGE SANCHEZ ORTEGA

------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.-----------------------------------------------------------------------

Punto 10: Expte. 1558/13.

Bahía Blanca, 19 de junio de 2013. COMISION DE ENSEÑANZA VISTO: La resolución del Consejo Departamental de Geología GD-118/13 que propone el pago de una asignación complementaria a la Dra. Gabriela FERRACUTTI, por cumplir funciones en la atención de alumnos y toma de exámenes en la asignatura “Relevamiento Geológico” de la Licenciatura en Ciencias Geológicas; y CONSIDERANDO:

Que consta el informe de la Dirección de Registro y Control de la Dirección General de Personal sobre el bloqueo de un cargo de Profesor Asociado con dedicación Exclusiva que dará origen a los fondos necesarios para afrontar lo solicitado; Que la Dirección de Programación y Control Presupuestario informa que la erogación resulta factible presupuestariamente; Por ello, esta Comisión recomienda: Artículo 1°: Otorgar a la Dra. Gabriela FERRACUTTI una asignación complementaria equivalente a la diferencia de haberes entre un cargo de Asistente con dedicación Exclusiva y un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Exclusiva para cumplir funciones docentes en la atención de alumnos y toma de exámenes en la asignatura “Relevamiento Geológico” (Cód. 4440) de la Licenciatura en Ciencias Geológicas reconociendo los servicios prestados por desde el 1º al 31 de diciembre de 2012 y desde el 13 de febrero hasta el 21 de marzo de 2013. Artículo 2°: La erogación se financiará con el crédito proveniente del bloqueo de un cargo de Profesor Asociado con dedicación Exclusiva, transfiriendo dichos fondos de la Partida Principal 1 – Personal Permanente a la Partida Principal 2 – Personal Temporario.

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KALOCAI MARFIL SANCHEZ OROZCO JAUGE SLAGTER TANZOLA BARBERO ------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.-----------------------------------------------------------------------

Punto 11: Expte. 1755/13.

Bahía Blanca, 19 de junio de 2013. COMISION DE ENSEÑANZA VISTO: La Res.DCS-194/13 por la que el Consejo Departamental de Ciencias de la Salud propone la designación de la Dra. Rosana ONOCKO CAMPOS como Profesora Visitante para el dictado del Seminario Integrador de la Maestría en Salud Colectiva y la capacitación de docentes y alumnos; y CONSIDERANDO: Que la Dra. Onocko Campos cuenta con un prestigioso currículum en el área de Salud Colectiva; Por ello, esta Comisión aconseja: Artículo 1°: Designar a la Dra. Rosana ONOCKO CAMPOS, Profesora Visitante a cargo del dictado del Seminario Integrador de la Maestría en Salud Colectiva, así como la capacitación de docentes y alumnos del Departamento de Ciencias de la Salud. Artículo 2°: De forma. TANZOLA OROZCO MARFIL SLAGTER ORTEGA ------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.----------------------------------------------------------------------- Punto 12: Expte. 1743/13 Bahía Blanca, 19 de junio de 2013. COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO Visto: El Proyecto de Convenio Marco de Cooperación entre G&L Group, de la ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Universidad Nacional del Sur, elevado por la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y Considerando:

Que la suscripción del convenio es conveniente para ambas instituciones, habilitando en tal sentido la cooperación entre ambas;

Que cuenta con el aval del Consejo Departamental del Departamento de Ingeniería Eléctrica y

Computadoras mediante Resolución DIEC-157/13 de fs.7;

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Que consta el dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº 7880 de fs. 10; Estas comisiones recomiendan:

Autorizar la suscripción del Convenio Marco de Cooperación entre G&L Group, de la ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Universidad Nacional del Sur. Por Enseñanza: BARBERO SÁNCHEZ SLAGTER MARFIL Por Interpretación y Reglamento: CASTELLANO GUARISTE VERA LOMBARDI BUCALÁ GIL MONTERO

------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.----------------------------------------------------------------------- Punto 13: Expte. 1486/13 Bahía Blanca, 19 de junio de 2013.

COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO Visto: El Proyecto de Convenio Marco de Cooperación entre Jeju National University, Jeju, República de Corea y la Universidad Nacional del Sur, elevado por la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y Considerando:

Que la suscripción del convenio es conveniente para ambas instituciones, habilitando en tal sentido la cooperación entre ambas;

Que cuenta con el aval de la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento

mediante nota de fs.11; Que consta el dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº 7874 de fs.

10; Estas comisiones recomiendan:

Autorizar la suscripción del Convenio Marco de Cooperación entre Jeju National University, Jeju, República de Corea y la Universidad Nacional del Sur. Por Enseñanza: TANZOLA RAMALLO OROZCO BARBERO VILLAR MARFIL SLAGTER Por Interpretación y Reglamento: CASTELLANO GUARISTE VERA MONTERO GIL BUCALÁ

CANTAMUTTO: ¿Quién lo propone?. MILANESI: Esto lo promocionó la secretaría porque surge en ocasión de un Congreso en el que fue la docente Laura Benedetti e hizo los contactos con la Universidad de Corea. ------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.-----------------------------------------------------------------------

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Punto 14: Expte. 1641/13 Bahía Blanca, 19 de junio de 2013.

COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO Visto: El Proyecto de Convenio Marco de Cooperación entre L´ Université Du Québec Á Montréal, Canadá y la Universidad Nacional del Sur, elevado por la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y Considerando:

Que la suscripción del convenio es conveniente para ambas instituciones; habilitando en tal sentido la cooperación entre ambas;

Que cuenta con el aval de la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento

mediante nota de fs.16; Que consta el dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº 7863 de fs.

14;

Estas comisiones recomiendan: Autorizar la suscripción del Convenio Marco de Cooperación entre L´ Université Du Québec Á

Montréal, Canadá y la Universidad Nacional del Sur.

Por Enseñanza: MARTÍNEZ MARFIL VILLAR SLAGTER BARBERO Por Interpretación y Reglamento: CASTELLANO GUARISTE VERA MONTERO BUCALÁ LOMBARDI

------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.-----------------------------------------------------------------------

Punto 15: Expte. 1675/13 Bahía Blanca, 19 de junio de 2013.

COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO Visto: El Proyecto de Convenio Marco de Cooperación entre Google Argentina SRL, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Universidad Nacional del Sur, elevado por la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y Considerando:

Que la suscripción del convenio es conveniente para ambas instituciones; habilitando en tal sentido la cooperación entre ambas;

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Que cuenta con el aval de la Directora Decana del Departamento de Economía mediante nota de fs.19;

Que consta el dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº 7876 de fs. 27

y 28; Estas comisiones recomiendan:

Autorizar la suscripción del Convenio Marco de Cooperación entre Google Argentina SRL, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Universidad Nacional del Sur. Por Enseñanza: RAMALLO BARBERO MARTÍNEZ ARRUIZ VILLAR OROZCO MARFIL GONZÁLEZ JAUGE SLAGTER Por Interpretación y Reglamento: CASTELLANO GUARISTE MONTERO VERA LOMBARDI GIL ARRUIZ

MILANESI: Se debería quitar la Ciudad Autónoma de Buenos Aires porque es con la sede central. ------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.-----------------------------------------------------------------------

Punto 16:

Expte. 1487/13 Bahía Blanca, 19 de junio de 2013.

COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO Visto: El Proyecto de Convenio Marco de Cooperación entre la National Chiao Tung University, Taiwan y la Universidad Nacional del Sur, elevado por la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y Considerando:

Que la suscripción del convenio es conveniente para ambas instituciones; habilitando en tal sentido la cooperación entre ambas;

Que cuenta con el aval de la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento

mediante nota de fs.7; Que consta el dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº 7860 de fs. 6;

Estas comisiones recomiendan:

Autorizar la suscripción del Convenio Marco de Cooperación entre National Chiao Tung University, Taiwan y la Universidad Nacional del Sur. Por Enseñanza: Martínez marfil villar slagter Ramallo sánchez Por Interpretación y Reglamento: CASTELLANO GUARISTE MONTERO VERA LOMBARDI BUCALÁ ARRUIZ ------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.-------------------------------------------

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------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.----------------------------------------------------------------------- Punto 17: Expte. 1452/13 Bahía Blanca, 19 de junio de 2013.

COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO Visto: El Proyecto de Convenio Marco de Cooperación entre la Ecole Nationale Superieure des Mines de ST- Etienne, Francia y la Universidad Nacional del Sur, elevado por la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y Considerando:

Que la suscripción del convenio es conveniente para ambas instituciones, habilitando en tal sentido la cooperación entre ambas;

Que cuenta con el aval del Consejo Departamental del Departamento de Ingeniería Eléctrica y de

Computadoras mediante Resolución DIEC-147/13 de fs.7; Que consta el dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº 7855 de fs. 6;

Estas comisiones recomiendan:

Autorizar la suscripción del Convenio Marco de Cooperación entre Ecole Nationale Superieure des Mines de ST- Etienne, Francia y la Universidad Nacional del Sur.

Por Enseñanza: RAMALLO OROZCO BARBERO SLAGTER JAUGE SÁNCHEZ Por Interpretación y Reglamento: CASTELLANO GUARISTE MONTERO VERA LOMBARDI BUCALÁ ARRUIZ

------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.----------------------------------------------------------------------- Punto 18: Expte. 2335/12.

Bahía Blanca, 19 de junio de 2013. COMISION DE ESTABLECIMIENTOS SECUNDARIOS Y TERCIARIOS VISTO: La resolución del Consejo de Enseñanza Media y Superior CEMS-57/13 solicitando autorización para proceder al llamado a concurso ordinario para la cobertura de dos cargos de Vicedirector de la Escuela de Ciclo Básico Común, y propone la designación del Jurado que actuará en el mencionado concurso; y CONSIDERANDO: Que la propuesta se ajusta a los términos de la Res. CSU-378/12 – Reglamento de Concursos para la cobertura de cargos directivos de la EMUNS;

Por ello, esta Comisión recomienda:

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Artículo 1º: Autorizar el llamado a concurso para la cobertura de dos (2) cargos de Vicedirector de

la Escuela de Ciclo Básico Común, con el siguiente jurado:

Profesor Ordinario del Departamento de Humanidades – Área Ciencias de la Educación: Titular: Mg. Marta NEGRIN Suplente: Mg. Elda MONETTI – Mg. María Cecilia BOREL Profesor ordinario del Departamento de Humanidades Titular: lic. Norma CROTTI Suplentes: Lic. Laura RODRÍGEZ – Mg. Claudia MARINSALTA Artículo 2º: Como tercer miembro del Jurado, se propone a la Directora de la Escuela de Ciclo Básico Común, Mg. Alicia Susana BRUNNER en carácter de Titular y a la Directora de la Escuela de Agricultura y Ganadería, Mag. Graciela PEZZUTTI en carácter de Suplente. Artículo 3º: De forma.

SANCHEZ GONZALEZ

------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.-----------------------------------------------------------------------

Punto 19: Expte. X-30/09

Bahía Blanca, 19 de junio de 2013 COMISIÓN DE POSGRADO

Visto: Las Resoluciones CDBBYF- 15/13 y CDBBYF- 16/13 del Consejo Departamental de Biología, Bioquímica y Farmacia, la Res. GD- 109/13 del Consejo Departamental de Geología y la Res. CDCIC- 91/13 del Consejo Departamental de Ciencias e Ing. De la Computación, solicitando la designación de representantes titulares y suplentes de los respectivos Departamentos en la Comisión de Estudios de Posgrados Académicos; y Considerando: Que es necesario reemplazar a los representantes del Dpto de Biología, Bioquímica y Farmacia debido a las renuncias de los miembros anteriores, Dres. Morelli y Cubitto; Que es necesario renovar los suplentes de los Departamentos de Geología y de Ciencias e Ingeniería de la Computación; Esta Comisión recomienda:

1. Aceptar las renuncias de la Dra. Susana Morelli como representante titular y de la Dra. María Amelia Cubitto como representante suplente, ambas del Departamento de Biología Bioquímica y Farmacia.

2. Designar al Dr. Sergio Zalba como representante titular y a la Dra. Mónica Ilincheta como representante suplente del Dpto. de Biología, Bioquímica y Farmacia ante la Comisión de Posgrado de la Secretaría Gral de Posgrado y Educación Continua.

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3. Designar a la Dra. Silvina Marfil como representante titular y al Dr. Eduardo Dominguez como

representante suplente del Dpto. de Geología ante la Comisión de Posgrado de la Secretaría Gral de Posgrado y Educación Continua.

4. Designar al Dr. Iván Chesñevar como representante titular y a Ignacio Ponzoni como

representante suplente del Dpto. de Cs. e Ing. de la Computación ante la Comisión de Posgrado de la Secretaría Gral. de Posgrado y Educación Continua.

SLAGTER MARTINEZ KALOCAI BARBERO GONZALEZ TANZOLA

------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por mayoría con la abstención de la Consejera Marfil el dictamen.--------------------------

Punto 20: Expte. 2048/10

Bahía Blanca, 19 de junio de 2013 COMISIÓN DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS. INSTITUTOS, BECAS, SUBSIDIOS Y EXTENSION

VISTO: La Resolución Nº CSU-267/13 por la que se establece la nómina de los estudiantes de grado que

fueron seleccionados para realizar movilidades en el marco del Programa ARFITEC (ARgentina Francia Ingenieros TECnología);

La Resolución Nº CSU-265/13 por la que se otorga un subsidio para gastos de pasajes y

movilidad.; La Resolución Nº CSU-266/13 por la que se aprueba el otorgamiento de un subsidio único como

complemento para los alumnos que no puedan cubrir los gatos extras originados por la Resolución General AFIP 3450/2013; CONSIDERANDO: Que en virtud de esto último y de acuerdo al Procedimiento de Selección de Solicitudes de Ayuda Económica del Programa ARFITEC 2013, aprobado como Anexo de la Resolución Nº CSU-266/2013, la alumna Julieta VECCHIOTTI (LU Nº 89349) presentó una nota ante la Subsecretaría de Relaciones Internacionales, en la que solicita dicha ayuda;

Que la Subsecretaría de Relaciones Internacionales dio intervención a la Secretaría General de

Bienestar Universitario para que realice el respectivo análisis socio-económico de la alumna; Que el Programa ARFITEC se enmarca en el Eje Estratégico 2 – Gestión de la Calidad

Académica del Plan Estratégico Institucional aprobado por Resolución Nº CSU-325/12; Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del , lo dictaminado por su

Comisión de Investigaciones Científicas, Tecnológicas, Institutos, Becas, Subsidios y Extensión;

POR ELLO, EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:

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ARTÍCULO 1°: Otorgar un subsidio único de Cinco mil Pesos ($ 5.000,00) a la alumna Julieta VECCHIOTTI (LU Nº 89349) destinados a complementar gastos extras originados en la realización de su movilidad a UTC, Compiegne, Francia, en el marco del Programa ARFITEC (ARgentina Francia Ingenieros TECnología). ARTÍCULO 2°: Afectar los fondos correspondientes a la ejecución del Art. 1º al Centro de Costos 380. ARTÍCULO 3º: pase a la Dirección General de Economía y Finanzas para su conocimiento y demás efectos. Tome razón el Departamento de Ingeniería Química. Cumplido, archívese. RAMALLO SLAGTER MARFIL SANCHEZ ORTEGA ------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.-----------------------------------------------------------------------

Punto 21: Expte. 1302/2006

Bahía Blanca, 17 de junio de 2013.

COMISION DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO VISTO: La resolución CSU-107/2013 que conforma la Junta Electoral de la UNS por el período 2012-2013; y CONSIDERANDO: Que se mantienen los representantes de los estamentos de Profesores, Docentes Auxiliares y No Docentes designados por resolución CSU-107/2012 que fueron designados por el período 2012-2013; Que de acuerdo al Reglamento Electoral de la UNS (Res. CSU-207/13) corresponde designar a los representantes del estamento de alumnos (artículo 2 del Anexo I); Que fueron consultadas las listas de alumnos, a través de sus apoderados; Que la representación no docente propuso al Sr. Ignacio Castaño para el período 2013-2014;

Que el Consejo Superior Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión del…………. lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento; POR ELLO; EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Constituir la Junta Electoral para el período estatutario 2013-2014 conforme al siguiente detalle: Representante de los Profesores: Titular: Ida Clara Bonini (Lista Integración)-Presidente. Titular: Silvia Morresi (Línea Phi) - Vicepresidente Suplente: Ana Tablar (Lista Blanca)

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Suplente: Noemí Andreucetti (Lista Universidad) Representante de los Docente Auxiliares: Titular: Sebastián Arruiz (Lista Auxiliares en Línea Phi) Titular: Paula Carlaván (Lista Auxiliares del Sur) Representante de los No Docentes: Titular: Ignacio Castaño (Lista Azul) Suplente: Nelly José (Lista Celeste.) Representante de los Alumnos: Titular: Alan Francia (Lista Unidad) Suplente: Juan Virdis (MNR Desafíos) Titular: Francisco Vivallo Eceiza (Lista Generación) Suplente: Albertina Seri Medei (Lista Generación) ARTÍCULO 2º: Pase a la Junta Electoral y por su intermedio comuníquese a los interesados, a la Dirección General de Personal y a la Dirección de Alumnos y Estudios. Tomen razón la Asamblea Universitaria, los Departamentos Académicos y el CEMS. Cumplido; archívese. KREBER MONTERO GUARISTE JAUGE

------ Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.------------------------------------------- ------ Se aprueba por unanimidad el dictamen.-----------------------------------------------------------------------

Punto 22: Expte. 1150/1995

Bahía Blanca, 17 de junio de 2013.

COMISION DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO VISTO:

La resolución CSU-260/13 y su anexo; y CONSIDERANDO: Que la resolución CSU-260/13 fue aprobada el 22 de mayo y registrada el 23 de mayo del corriente año; Que el art. 4º de la mencionada resolución dispone que el plazo para la inscripción de aspirantes a ingresar a la Escuela de Ciclo Básico Común en el año 2014 se realizará durante la segunda quincena del mes de junio del año 2013; Que el art. 12 del Anexo de la resolución CSU-260/13 modificó lo dispuesto por el art. 7 del Reglamento de Ingreso a la Escuela de Ciclo Básico Común aprobado por resolución CSU-564/11 de 6º año de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria de la UNS; Que el cambio propuesto por el nuevo reglamento de ingreso no permite la elección de turno a los alumnos provenientes del 6º año de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria, modificando tal situación, a pocos días del comienzo de la inscripción para el ingreso a la Escuela de Ciclo Básico Común;

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Que las familias de los alumnos provenientes del 6º año de la Escuela de Enseñanza Inicial u Primaria a esta altura del año, han programado sus actividades en función de la posibilidad de elegir el turno al cual accederán sus hijos en la Escuela de Ciclo Básico Común; Que, por esta sola vez, y en atención al momento del año en que se aprobó el reglamento de ingreso a la Escuela de Ciclo Básico Común, se considera conveniente suspender, por el año 2013, la aplicación de lo dispuesto por el art. 12 del anexo de la resolución CSU-260/13, permitiendo que los alumnos provenientes de 6º año de la Escuela de Enseñanza Inicial y primaria de la UNS puedan elegir el turno al cuál desean ingresar en la Escuela de Ciclo Básico Común;

POR ELLO, EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Suspender la aplicación de lo dispuesto por el art. 12 del Reglamento de Ingreso a la Escuela de Ciclo Básico Común, aprobado por la resolución CSU-260/13 respecto a los alumnos que en el año 2013 estén cursando el 6º año de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria de la U.N.S. y que cumplan las condiciones para ingresar a la Escuela de Ciclo Básico Común de la U.N.S., quienes podrán inscribirse en el turno que elijan. ARTÍCULO 2º: Pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento. Gírese al CEMS y, por su intermedio, a la Escuela de Ciclo Básico Común y a la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria. Remítase al Boletín Oficial. Cumplido; archívese. KREBER BUCALÁ MONTERO SGCSU: Este dictamen es por este año y para los alumnos que este año están en 6º año, está en estudio en la Comisión el planteo general de los padres. CANTAMUTTO: ¿El CEMS que opinó?. KREBER: El reglamento se aprobó hace poco y como allí se establecían ciertos cambios y dada la inminente inscripción de este año era lo más lógico mantener las mismas condiciones a los alumnos que están en 6º año es por eso que se hace esta Cláusula transitoria, está en estudio en la Comisión la otra cuestión presentada hacia el reglamento. Sra.VICERRECTORA: había padres que ya habían organizado su vida en función de que los alumnos ya están en 6º año y si hace la excepción para esos casos solamente. CANTAMUTTO: Estuvo la presidenta del CEMS y nos explicó un proyecto y tomamos la decisión en base a eso. ARRUIZ S.: Me quedé pensando con el tema anterior de la Junta Electoral, faltan los representantes suplentes de Auxiliares creo que ya están designados, son las personas que estaban en la junta anterior. Con respecto a este tema que se está tratando lo que sucedió es que cuando aprobamos este reglamento algunos se nos pasó por alto esta situación, no nos dimos cuenta, sé que estuvo con tiempo el proyecto, tuvimos la oportunidad de leerlo pero la verdad es que a varios se nos pasó por alto esta situación de que estábamos cambiando la regla en esta instancia, personalmente desconocía que había una regla diferente y sobre esto no nos detuvimos cuando debatimos este reglamento en aquella oportunidad. Lo cierto es que, tal como lo señalaba el Consejero kreber en este momento parecía que había bastante consenso en la Comisión de Interpretación y Reglamento en la cual estaba la Presidenta del CEMS pero no hizo una nota formal ni acompañó un dictamen que se haya agregado al expediente pero lo cierto es que hubo un

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consenso en la Comisión en el sentido de que en este momento parecía un cambio repentino que tal vez la gente que ya está a mitad del año, cursando el ciclo en 6º año parecía un cambio que le podía dificultar alguna organización privada para el año que viene, en eso tuvimos amplio consenso, lo que señalaba el Consejero Kreber es que estamos re pensando el reglamento definitivo y que algunos consideramos que en realidad deberíamos modificar esto definitivamente pero no queríamos entrar en esa discusión ahora porque de hecho hay un recurso en trámite de parte de los padres de las escuelas primarias contra ese aspecto del reglamento y está pendiente de resolución, esa cuestión va a meritar una discusión más profunda y allí hay ciertas posiciones encontradas pero en este tema puntual al menos parecía que había intención de resolver lo que tenemos en esta instancia y después seguir discutiendo el resto. La semana pasada tendría que haber comenzado la inscripción para el año que viene y por motivo de este mal entendido están suspendidas las inscripciones por el momento hasta que se pueda resolver esta cuestión. CASTELLANO: Cabe señalar que queda pendiente la resolución de un recurso de los padres en el que existen claramente en la Comisión posiciones divididas, yo entiendo que cuando nosotros modificamos la resolución respecto al ingreso no debatimos las razones por las cuáles la estábamos modificando, en realidad nos concentramos más en la cuestión de la modalidad del ingreso, de cuántas vacantes iban a realizarse por sorteo, cuántas por examen y al menos como dice el Consejero Sebastián Arruiz para nosotros fue inadvertido el cambio y entendemos que como quedó hoy está generando una situación que a nuestro entender es injusta, en la resolución del recurso, que será una discusión que tendremos que tener después debatiremos los argumentos por los cuales algunos creemos que el régimen debe quedar como estuvo hasta ahora para todos los estudiantes y otros opinan que deben prevalecer esta modificación pero no es lo que estamos discutiendo ahora. VILLAR: Algunos de los padres que están aquí presentes me solicitaron que si podía pedir la palabra al Cuerpo en nombre de ellos. SGCSU: Sí tengo una lista de Consejeros que solicitaron la palabra y después se la damos a ellos. CANTAMUTTO: Yo quiero manifestar mi protesta por los procedimientos, porque vino la Presidenta del CEMS, nos estuvo explicando un sistema de ingreso que estuvo muy debatido en la Comisión, lo aprobamos y luego surge un cambio, yo no he visto en la resolución que haya habido alguna entidad o grupo o instancia que promueva este cambio, es como si adentro del seno de la Comisión de Interpretación y Reglamento hubiera padres que se vieran afectados, yo considero que tendría que haber venido la Presidenta del CEMS y haber figurado los motivos, las razones por las cuales en el tratamiento previo hay cosas que no se consideraron y que nos impulsó a equivocarnos supuestamente cuando nos decidimos y por lo cual ahora nos tenemos que retractar. SGCSU: La Presidenta del CEMS está al tanto. CANTAMUTTO: Que esté al tanto es casi una cuestión bastante informal, tiene que venir con una nota y con una justificación porque después de haber estado motivándonos para que tomemos una decisión y después en menos de una sesión nos están pidiendo que lo cambiemos, creo que es un poco desprolijo y merecería algo más sólido que estos considerandos que hay en el dictamen porque pareciera que un grupo de padres forma la Comisión de Interpretación y Reglamento y quiere que sus hijos mantengan un horario y elaboran este dictamen ya que no hay una reseña de qué es lo que está impulsando hacer este cambio de resolución, me parece desprolijo. ARRUIZ M. : El tema que se trata es algo más simple, entiendo la preocupación del Consejero Cantamutto pero cada vez que se modifica el derecho el derecho es por esencia mutable y esto es derecho y se trata de un reglamento, cada vez que se modifica el derecho la vida avanza y hay que establecer normas de derecho transitorio para poder de alguna manera compatibilizar el derecho que se fue con el derecho que se viene y la verdad es que cuando se estableció este reglamento no nos preocupamos de establecer un derecho transitorio, es decir, como compatibilizar el derecho que se fue con el derecho que

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viene respecto de esta cuestión ¿por qué?, porque como señaló la Consejera Castellano nos concentramos en otras cuestiones realmente muy trascendentes, esta cuestión también es transcendente pero muchos Consejeros reconocemos que no advertimos la trascendencia de esta cuestión y quedó entonces sin establecer ese derecho transitorio, lo que propicia esta resolución es suplir eso que faltó, el derecho transitorio respecto de esta cuestión en particular. Ahora bien, existe un recurso planteado por una cantidad muy importante de padres de estas escuelas que debería estar resuelto al momento que comenzara a hacerse la inscripción que por el momento se suspendió, nos incumbe a nosotros tener resuelto ese recurso antes de que comience la inscripción porque si no lo resolviéramos estaríamos denegándoles el derecho a tener una decisión respecto de ese recurso, la verdad que ese recurso se está tratando a nivel de la Comisión de Interpretación y Reglamento, si mal no recuerdo en estos momentos pasó a Asesoría Letrada para tener su opinión antes de emitir un dictamen definitivo, nos parecía conveniente esta vez dedicarle todo el tiempo necesario para adaptar una decisión adecuada y no podemos llevar adelante una inscripción sin resolver este recurso o cuanto menos descomprimir el problema que plantea ese recurso con relación a la inscripción que se empieza a hacer ahora, es por ese motivo esta norma de derecho transitorio, esta norma lo que trata es de descomprimir esta situación, de alguna manera reconocer que cuanto menos el recurso que han planteado los padres cobra gravital trascendencia, tiene una razón innegable en esta emergencia, después veremos el otro recurso, tenemos que analizarlo, tratarlo con mucha profundidad, después veremos si también lo que trasciende de esta inscripción, las inscripciones que vendrán si los padres tienen o no razón, pero este dictamen trata de descomprimir esta situación, reconocer que indudablemente, indiscutiblemente, los padres tienen razón con relación a esta inscripción, la del año próximo tendremos tiempo de analizarla, de resolver el recurso, eventualmente modificar o no la resolución. En cuanto a la intervención que le ocupo a la Presidente del CEMS, ella estuvo en las últimas reuniones, en todas, en la Comisión de Interpretación y Reglamento se está tratando este tema y estuvo en todas, creo que no hubo una reunión de esta Comisión que no le hayamos destinado una parte importante del tiempo a esta cuestión y Graciela Pezzutti estuvo presente y por supuesto no tengo una nota para decirles que ella consideraba que esto era una resolución atinada pero se puede decir que todos los que estuvimos en la Comisión de Interpretación y Reglamento sabemos que estuvo allí, que propicia esta decisión. Sra:VICERRECTORA: ¿Esto fue un pedido de los padres?, ¿cómo vino el tema para que se lo trate en el Consejo Superior?. ARRUIZ M.: Hay un recurso de los padres a consideración del Consejo Superior, es un recurso contra una decisión del Consejo Superior, está siendo intensamente debatido ese recurso y pasó al Asesor Letrado, tenemos que tomar una decisión sobre ese recurso y la queremos tomar con mucha responsabilidad y el tiempo que no le dedicamos la vez pasada ahora sí dedicárselo porque la vez pasada estuvimos tratando temas importantes, este también lo era pero todos nos podemos equivocar o no ya que no tenemos una decisión final sobre eso pero lo cierto es que esta resolución descomprime, resuelve el problema, supera la emergencia y la hemos adoptado de la forma en que les he comentado. SGCSU: Solicitaron la palabra los padres pero cabe aclarar que tiene que ser sobre este tema en particular y no sobre el recurso ya que no está bajo tratamiento. LOMBARDI: Lo que dice el Consejero Mario Arruiz yo quiero aclararlo porque no coincido plenamente con lo que ha dicho, en principio no debiéramos mezclar el tema del recurso con esta decisión, si esa es la idea de lo que dijo el Consejero Mario Arruiz coincido pero creo que tenemos que aclarar que esta decisión no se vincula al recurso, el recurso va por más en definitiva, nosotros estamos tomando una decisión de derecho técnicamente transitorio en la medida que se advierte una situación especial y se expone con la Presidente del CEMS esa situación y frente a la cuestión urgente se propone esta resolución pero que nadie mal interprete esto como un anticipo de futuras decisiones porque precisamente lo que estamos haciendo es tomar una decisión exclusivamente para esta situación transitoria de 6º año, no significa que nos estamos pronunciando ni estamos prejuzgando sobre la situación de fondo que es precisamente la norma del reglamento que establece que no existirá esa

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posibilidad, en principio se respeta el turno pero no la posibilidad de elección de turno como existía hasta ahora, eso debe quedar claro porque si no estamos generando falsas expectativas y me parece que tenemos que ser claros en que este es un tema, probablemente un poco en línea con la sorpresa del Consejero Cantamutto, yo creo que no podemos obviar que hubo una determinada circunstancia que llevó a esto, seríamos demasiados ingenuos pensar que no hay un circunstancia que nos lleva a tomar esta decisión porque tal vez no se profundizó el análisis y hoy se trata de atender a la emergencia de esta forma pero para que quede claro es una salida circunstancial no de fondo, no decide sobre la cuestión, no implica que si se apoya esta postura signifique que estamos apoyando la postura de fondo respecto del cambio de ese artículo del reglamento. SGCSU: No crea antecedente. KREBER: Primero quiero decir que este tema es sobre tablas entiendo que formalmente le hemos dado sobre tablas porque ya lo discutimos. Lo que dijo el Consejero Lombardi es muy importante, es una cláusula, entiendo la sorpresa del Consejero Cantamutto pero en realidad nos faltó en la resolución anterior después de haber aprobado el reglamento, que fue muy extenso y muy discutido y nos concentramos quizás solamente en la parte de la modalidad y demás, le faltó una cláusula transitoria que de haber estado sin duda la hubiéramos aprobado también porque entendíamos las razones de cercanía con esta inscripción, es una cuestión obvia de que si eso modificaba las condiciones previo a la tan inminente inscripción sin dudas era razonable una cláusula transitoria como la que estamos proponiendo ahora por lo tanto esto lo que hace es completar la resolución 260/13. Después está el recurso que se está comenzando a discutir en la Comisión y que tendrá una resolución sobre la cuestión de fondo que va bastante más allá de lo que plantea esta cláusula transitoria pero es importante decir que de ninguna manera esta resolución sienta ningún precedente ni ninguna cuestión vinculante sobre el recurso que está en trámite sino que viene a completar la resolución 260/13 y que nuestro error quizás fue cuando aprobamos esa resolución no haber incorporado de pleno esta cláusula transitoria, de haber sido así seguramente no estaríamos tratando este tema. Cabe señalar que el tema está en el temario sobre tablas con razones de urgencia porque la inscripción debió haber comenzado este lunes por lo tanto está suspendida, si se espera hasta la próxima sesión que sería el 3 de julio estaríamos posponiendo y bastante la inscripción, al aprobarse este proyecto tienen una semana para poder hacer publicidad y comenzar el día lunes recién de julio con la inscripción, esa es la razón de la discusión en este sentido y todos los que estuvimos en la Comisión de Interpretación y Reglamento estos días podemos decir que la Presidente del CEMS estuvo y trabajó con nosotros en el sentido de completar la resolución 260/13 con esta Cláusula transitoria, después nos abocaremos al tratamiento que será bastante discutido, donde podremos tener posiciones encontradas o no sobre la cuestión de fondo y que es la resolución 260/13 en particular o en totalidad o lo que sea pero la tendremos que discutir a futuro con otra resolución. REPRESENTANTE DE LOS PADRES: Agradezco por darnos la palabra y que sabemos que este no es nuestro ámbito natural como papás, cabe señalar que ya seguimos los caminos que nos corresponden institucionales, pasamos por todas las instancias que corresponden, como papás respetamos la escuela de nuestros hijos, hablamos con los Directivos de la Escuela de Educación Inicial y Primaria, hablamos en una entrevista conjunta donde fuimos más padres de los que estamos hoy presentes aquí al CEMS para hablar con la Presidente del CEMS y citamos a esa reunión a la Directora de la Escuela de Ciclo Básico porque nos llamó la atención enterarnos, como papás de la Escuela de Educación Inicial y Primaria en general no como papás de los alumnos de 6º año que están egresando, tomar conocimiento de una resolución que en el orden familiar y personal modifica tanto nuestra situación por la página de la Universidad, que es un acceso público y que no fuéramos notificados por los Directivos de la escuela de nuestros hijos que cambiaba las condiciones en las que ellos pasan de la escuela primaria al Ciclo Básico, porque ellos en realidad pasan, ellos en realidad no egresan de ningún lado, ellos ya son alumnos de la escuela desde que ingresan a la escuela en la sala de 3 por sorteo, la cual es una condición bastante diferenciable de los alumnos que ingresan por sorteo o por examen o como vaya a ser a partir de ahora, situación sobre la cual no opinamos como papás, esa es una cuestión institucional si los alumnos ingresan por sorteo, por examen, tenemos totalmente claro que no es resorte nuestro, nosotros estamos acá

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solamente en defensa de lo que consideramos que es un derecho para nuestros hijos por lo que significa la confianza legítima, que creemos que es legítima, que nosotros tenemos hacia la institución, cuando inscribimos a nuestros hijos había determinadas normativas, nosotros sabíamos fehacientemente, porque era la normativa vigente al momento de ingresar, que nuestros hijos si ingresaban al turno mañana o al turno tarde en el jardín al acceder al nivel secundario podían elegir turno y eso se hace así desde hace 15 o 18 años, yo entiendo perfectamente lo que dijo el Consejero que esto es una cláusula transitoria, que es una cuestión de urgencia, no tenemos ninguna intención de obstaculizar la inscripción al ingreso del Ciclo Básico que es una de las cosas que se han dicho pero seguro que vamos a velar por lo que consideramos que es el derecho de nuestros hijos, la escuela de ciclo básico tiene 10 divisiones de primer año, la escuela primaria representa dos de esas divisiones, históricamente los alumnos de la escuela primaria ingresaban automáticamente al turno que querían, obviamente que creo que el 99,9% iba al turno mañana, por las actividades, por un montón de cuestiones los alumnos y las familias preferimos el turno mañana pero esa era la normativa que a nosotros la escuela nos aseguró en el momento que inscribimos a nuestros hijos y eso es lo que reclamamos y nada más, no queremos ser ningún obstáculo para nada, entonces, en esto de la cláusula transitoria lo entendemos perfectamente y en lo que no acordamos y por eso el recurso, que ya me avisó que no lo podemos discutir acá, apunta al alcance de esa cláusula transitoria, esto que se trata hoy deja al alcance de esta cláusula transitoria solo a los alumnos que egresan este año de 6º año, los papás pedimos el mismo derecho para todos los alumnos que están en la escuela en este momento y que si se va a hacer este año que se haga a partir de la cohorte ingresante el próximo año a la primera sala de la escuela, es una cuestión de no seguir discriminando. Esta situación tiene historia para nosotros como papás porque ya hace dos años hubo un proyecto que sí salió del CEMS, no alcanzó a llegar al Consejo Superior, donde se intentaba hacer esto mismo, modificar el acceso de nuestros alumnos al Ciclo Básico, los papás nos reunimos hablamos con las autoridades, fuimos a una reunión del CEMS y el CEMS, que como Cuerpo para nosotros es una autoridad, más allá de que hayan cambiado algunas de las figuras que estaban en ese momento, el CEMS en ese momento, por unanimidad, como cuerpo nos garantizó que esta modificación se iba a hacer a partir de la cohorte ingresante del año que viene, nosotros no tenemos motivos para desconfiar de la palabra del CEMS, confiamos plenamente y nos quedamos tranquilos y nos fuimos tranquilos a nuestra casa y estuvimos dos años tranquilos, entonces imagínense nuestra sorpresa al ver en la página de la Universidad que había cambiado todo y que no se había cumplido con la palabra que había dado el CEMS, en esta misma reunión que tuvimos hace unos días con la Directora de la Escuela de Ciclo Básico y con la Presidente del CEMS ellas manifestaron esto que se dijo por ahí de que en realidad en virtud de la magnitud de la modificación que significa empezar con un ingreso por sorteo, habían minimizado estos cambios que se había hecho de la forma que accedían nuestros alumnos al Ciclo Básico pero que ellas nos mostraban toda su buena disposición para interceder por nosotros, nos pidieron que presentáramos una nota o un pedido, que es lo que hicimos, que seguramente esto iba a salir así, lo que sucedió es que no nos fuimos tranquilos porque nos pasó una vez que nos cambiaron el discurso a la mitad, entonces es por eso que estamos hoy acá porque esta gestión la venimos siguiendo desde el principio y no es, Consejero Cantamutto, que los papás seamos parte de la Comisión lo único que hacemos es informarnos y nos informamos porque están los derechos de nuestros hijos y de nosotros como familia de por medio, me parece que es un derecho que nos asiste como papás. El recurso no es de los papás de 6º año solamente sino que es de los papás de la toda la escuela, el alcance de esta cláusula transitoria la vamos a discutir. ARRUIR M.: Está claro que los Consejeros tenemos que resolver sobre ese recurso, tan claro está que si en este momento entráramos a tratar ese recurso, a arriesgar opiniones estaríamos incurriendo en un error grave, el error grave en el que incurriríamos es que estaríamos prejuzgando, prejuzgar es juzgar antes de tiempo, ninguna autoridad debe decidir antes del momento que tiene que decidir porque si adelanta la decisión es posible que esa decisión se adopte sin tener todos los elementos de juicio que debe tener como los restantes miembros de un Cuerpo Colegiado al momento que se adopte esa decisión, es por eso que, y entiendo el esfuerzo que hizo la representante de los padres para no tratar el recurso pero la verdad es que con el mayor de los respetos quiero señalar esto, porque es legítimo que lo haga pero en realidad lo que nos comenta son todas cuestiones atinentes al recurso, creo que están de acuerdo los padres en esta decisión, como muy gráficamente lo dijo, queremos que esta decisión sea mucho más amplia, esa

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amplitud, esa mayor o menor amplitud está a consideración de este Cuerpo, se está debatiendo con mucha responsabilidad, discúlpennos que nos califiquemos como responsables pero lo cierto de lo que quiero decirles es que le dedicamos mucho tiempo al tema, lo enviamos al Asesor Letrado porque queremos tener mucho cuidado sobre el alcance de lo que la representante de los padres refirió sobre los derechos que le asisten a las familias, queremos analizar hasta si realmente son verdaderos derechos, intereses legítimos, hay una serie de categorías sobre derechos pero no quiero entrar a debatir por lo que les digo. Por eso, en mi nombre, yo no puedo hablar por los demás Consejeros quiero señalarles a los padres que respetuosamente han venido a conversar con nosotros que estamos tratando ese tema pero no podemos seguir conversando ahora, no podemos adelantar ahora la decisión porque si adelantáramos la decisión prejuzgaríamos, deberíamos apartarnos de la decisión y lo que debemos hacer es esperar a reunir todos los elementos, dar todos los debates, tener como corresponde en estos casos un dictamen del Asesor Letrado y luego adoptar nuestra decisión y esa decisión, obviamente van a tener conocimiento los padres porque esa decisión se va a adoptar en una reunión de este Consejo Superior y después si están de acuerdo estará todo bien y si no les parece correcto porque no les satisface las expectativas ellos sabrán las alternativas que tienen al respecto, pero lo claro es que ahora no debemos adelantar la decisión sino que tenemos que seguir responsablemente trabajándolo en Comisión y adoptar la decisión cuando corresponda. ----- Siendo las 21:00hs se retira el Consejero Lombardi.---------------------------------------------------------- CASTELLANO: Quiero proponer una modificación, nosotros a la mañana en la Comisión acordamos que en el último considerando solo iba a decir: “que en atención al momento, por esta sola vez, habíamos acordado” porque eso establecía un condicionamiento respecto del recurso. Quería solicitar además que se pase a votar. CANTAMUTTO: Yo veo que el tema va a avanzando y entiendo las razones que se exponen pero estoy seguro que esta resolución es imperfecta, no tiene claramente los motivos que impulsan que se tome por lo tanto desde mi punto de vista me voy a abstener porque está mal elaborado, si hubo un organismo técnico, un grupo de técnicos, que nos asesoraron, nos indujeron a que generáramos el reglamento que hicimos y después en menos de quince días se dan cuenta que hay errores eso debería figurar en la resolución, debería estar asumido por quienes nos empujaron a que tomáramos la decisión. Creo que hay errores de quienes nos estuvieron asesorando en esto es por eso que me abstengo. ORTEGA: Se debería agregar un considerando explicando esa cuestión. CANTAMUTTO: Si pero hay que escribirlo pero no es fácil. KREBER: No es fácil porque no podemos poner que fue un error. CANTAMUTTO: Fue un error de quienes nos asesoraron. Sra:VICERRECTORA: ¿Por qué no ponemos lo de la Cláusula transitoria?. ARRUIZ M.: No, porque eso puede impactar sobre la decisión del recurso. SGCSU: Yo propongo modificar el artículo 4º que es el plazo de inscripción y que ya está vencido, estuve conversando con la presidente del CEMS y se propone hacer difusión el año que viene y que la inscripción sea del 1 al 12 de julio. ----- Se aprueba por mayoría con dos abstenciones (Consejeros Cantamutto y Señas).------------------------

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Punto 23: Expte. 478/85

Bahía Blanca, 17 de junio de 2013.

COMISION DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO

VISTO: El Reglamento de Juicios Académicos de la UNS (resolución R-545/92) y su modificatoria (resolución CSU-22/97) que establecen la conformación anual del Tribunal Universitario; y CONSIDERANDO: Que la reglamentación prevé la confección de una lista de quince Profesores Eméritos o Consultos, o Profesores por Concurso, que tengan una antigüedad en la docencia universitaria de por lo menos diez años; Que los Departamentos Académicos fueron consultados a fin de proceder a la renovación del Tribunal constando sus respuestas en el expediente; Que los Departamentos de Economía, Física, Ciencias e Ingeniería de la Computación, Ingeniería Eléctrica y de Computadoras no cuentan con docentes que reúnan los requisitos reglamentarios para postularse como miembros del Tribunal; Que los postulantes propuestos reúnen los requisitos establecidos por la reglamentación;

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su sesión del……….., lo dictaminado por su Comisión Interpretación y Reglamento;

POR ELLO, EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Designar a los siguientes profesores para integrar la nómina prevista en el Reglamento de Juicios Académicos (artículo 6 de la resolución CSU-22/97):

1. Dr. Hugo Laborde (Departamento de Agronomía) 2. Dra. Norma Giusto (Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia) 3. Dr. Guillermo Ribichini (Departamento de Derecho) 4. Lic. Ilda Ferrera (Departamento de Geografía y Turismo) 5. Dr. Pedro Maiza (Departamento de Geología) 6. Dr. Daniel Villar (Departamento de Humanidades) 7. Ing. Lucio Iurman (Departamento de Ingeniería) 8. Dr. Pablo Andrés Panzone (Departamento de Matemática) 9. Dr. Julio César Podestá (Departamento de Química) 10. Dr. Enrique Vallés (Departamento de Ingeniería Química)

ARTÍCULO 2º: Pase a la Secretaría General Académica y por su intermedio, comuníquese a todos los involucrados. Tomen razón los Departamentos Académicos. Dése al Boletín Oficial. Cumplido; archívese. BUCALÁ MONTERO KREBER S. ARRUIZ GUARISTE VERA CASTELLANO ALVÁREZ

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KREBER: Esto ha traído tantos inconvenientes en estos últimos tiempos que tal vez haya que modificar la resolución original pero en función de que esto se debe hacer todos los años, la nómina tiene que ser de quince, dice de diez porque hay departamentos que no cuentan en su plantel docente con los requisitos, lo que pasa que el hecho de que sea una persona pro cada Departamento es un acuerdo nuestro de que así lo fuere para garantizar la conformación de ese tribunal y que todos los departamentos Académicos tengan su representante, tenemos la suerte que tenemos 16 Departamentos, pero son 15 porque el Departamento de Ciencias de la Salud no intervendría porque por su reciente creación no tiene los requisitos, eso se acordó en su momento en la Comisión de Interpretación y Reglamento cuando esto salió pero es un acuerdo de la Comisión, no es algo que reglamente específicamente esa resolución entonces yo sugiero que ahora designemos a estos diez miembros pero que la nómina tiene que ser de 15, entonces si algún departamento repite no importa pero la nómina debe ser de 15, no sea cosa que cuando haya un juicio académico y sorteemos el tribunal estemos en incumplimiento de la resolución original que da validez a ese tribunal porque temíamos una nómina de 10 y no de 15. Sra.VICERRECTORA: ¿Por no ta recibieron las propuestas?. A mí me extraña que algunos Departamentos no tengan docentes que cumplan los requisitos. KREBER: Tienen pero a los docentes que se les propone no aceptaron integrar el tribunal. Sra.VICERRECTORA: Habría que poner esa cuestión porque pareciera que estos Departamentos ninguno tiene un profesor en condiciones. CAPOBIANCO: Yo tenía esa duda e iba a preguntar porque en e mi departamento hay profesores Titulares en condiciones entonces si se aclara eso queda mejor. SGCSU: En algunos Departamentos no hay. Sra.VICERRECTORA: Entonces se debe aclarar eso. KREBER: En algunos departamentos no hay docentes en esas condiciones y en otros los profesores no aceptaron. En definitiva me parece que ese considerando está demás porque no es que la reglamentación, la 22/97 diga que tiene que ser un docente por Departamento dice solamente que deben ser 15 miembros después quiénes son no importa solo que por un acuerdo nuestro por tratar de hacer una distribución equitativa nuestra acordamos uno por Departamento pero no creo que en la resolución deba figurar nuestro acuerdo. Mi propuesta es que se saque ese considerando y que se vuelva a convocar para incorporar cinco miembros más como lo establece el reglamento. CAPOBIANCO: Considero que dado todas las cuestiones que se han planteado y el tema de los profesores que falta me parece que es mejor que el tema vuelva a Comisión para completar la nómina. ----- Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.-------------------------------------------- ----- Se aprueba por unanimidad la vuelta del dictamen a Comisión.--------------------------------------------- Punto 24: Expte. 3674/11

Bahía Blanca, 5 de junio de 2013.

COMISION DE PERSONAL VISTO: La Resolución CSU-261/11 que otorga a la docente Graciela Piervittori (Legajo 4608) por excepción al artículo 32 de la Res. CU- 44/94 (largo tratamiento de salud) licencia con goce de haberes a

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partir del 29 de septiembre de 2011 en un cargo de Secretaria Nivel Superior No Universitario, con carácter interino, en la Escuela Superior de Comercio “Prof. Prudencio Cornejo”; y CONSIDERANDO: Que la Resolución CSU- 261/11 otorga una licencia hasta el 31 de diciembre de 2012 con el goce integro de haberes o hasta el otorgamiento del beneficio jubilatorio por parte de la jurisdicción provincial; Que en la Resolución CSU-261/11 se solicita a la docente las constancias fehacientes referidas al inicio del trámite jubilatorio en la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires; Que a fs. 34 del expediente citado en la referencia el Sr. Héctor Guillermo Goyeche en carácter de esposo de la docente Graciela Piervittori solicita la prórroga de la licencia con goce integro de haberes; Que el tratamiento de la licencia debe tener carácter de excepción dado, que la docente se halla comprendida en el art. 33 del Régimen de Licencia vigente para el personal docente de los establecimientos de educación media dependientes del CEMS, correspondiéndole justificar con el 50% de haberes, a partir del 1 de enero y hasta el 31 de julio de 2013; Que a fs. 38 del Expte. 3574/11 obra la constancia de trabajo del Organismo Artísticos del Sur Instituto Cultural de la Pcia. de Buenos Aires en la que informa que la docente posee una incapacidad del 70%; POR ELLO; EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO R E S U E L V E: ARTÍCULO 1º.- Prorrogar, por excepción la licencia otorgada a la docente Graciela Piervittori (Legajo 4608) por artículo 32º del Régimen de Licencia del Personal Docente del CEMS, con goce íntegro de haberes, en un cargo de Secretaria Nivel Superior No Universitario, con carácter interino, en la Escuela Superior de Comercio “Prof. Prudencio Cornejo”, a partir del 1 de enero de 2013 y hasta el otorgamiento por parte del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires de la Jubilación. ARTÍCULO 2º.- Solicitar a la agente Graciela Piervittori, que en forma semestral informe a la Dirección de Retenciones y Previsión Social de la Universidad Nacional del Sur, los avances en el tramite jubilatorio. ARTÍCULO 3º.- De forma. VERA CAPOBIANCO

----- Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.-------------------------------------------- ----- Se aprueba por unanimidad el dictamen.------------------------------------------------------------------------

Punto 25: Expte. 1566/13.

Bahía Blanca, 19 de junio de 2013. COMISION DE PERSONAL VISTO:

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La solicitud de licencia por vía de excepción al Art. 50 de la Res.CU-044/94 (Asuntos Particulares) del Régimen de Licencias del Personal Docente dependiente del CEMS, sin goce de haberes, presentada por el Prof. Jorge Ricardo KOMAÑSKI, en la Escuela Superior de Comercio; y CONSIDERANDO: Que el Prof. Komañski solicita licencia, por vía de excepción, al art.50 del Régimen de Licencias, en tres (3) horas cátedras interinas del Espacio Curricular “Matemática Financiera” en Tercer año Segunda División (3º B) – Nivel Polimodal, de la Escuela Superior de Comercio, desde el 2 de mayo de 2013 y hasta el 21 de mayo de 2013 inclusive; Que el Prof. Komañski se desempeñó con carácter suplente en las horas que solicita la licencia desde el 20/3/2001 hasta el 09/03/2009 y con carácter interino, desde el 07/09/2011 hasta la fecha; Que el docente reúne las condiciones de antigüedad general en las EMUNS y específica en las horas en cuestión para acceder a la titularización en las mismas, pero no cumple con la condición de poseer en ellas una antigüedad inmediata anterior de dos (2) años en forma ininterrumpida, motivo por el cual solicita la consideración por vía de excepción, para que se le otorgue la licencia por razones particulares, sin goce de haberes, por un período de veinte días; Que el agente, a la vez, se desempeña en el mismo establecimiento en seis (6) horas, con carácter titular, en “Matemática Financiera” y seis (6) horas, con carácter interinas, en “Sistemas de Información”, en las cuales ya se le ha otorgado la licencia por la misma causal por encuadrarse reglamentariamente; Que cuenta con el aval del Consejo de Enseñanza Media y Superior (Res.CEMS-048/13); Artículo 1°: Otorgar licencia sin goce de haberes por vía de excepción en el art. 50 de la Res.CU-044/94 (Asuntos Particulares), al docente Prof. Jorge Ricardo KOMAÑSKI a partir el 2 de mayo hasta el 21 de mayo de 2013 inclusive, en tres (3) horas cátedra con carácter interino del Espacio Curricular “Matemática Financiera”, en Tercer año Segunda, división (3º B) – Nivel Polimodal, de la Escuela Superior de Comercio “Prof. Prudencio Cornejo”. Artículo 2°: De forma. VERA CASTELLANO

----- Se aprueba por unanimidad el tratamiento del tema sobre tablas.-------------------------------------------- ----- Se aprueba por unanimidad el dictamen.------------------------------------------------------------------------ ----- Siendo las 21:15hs finaliza la sesión.---------------------------------------------------------------------------