aborto terapeútico

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Declaración Movimiento Gremial: Proyectos de Ley sobre despenalización del aborto Hoy, martes 13 de marzo, en el Senado se votan tres proyectos que hablan y se expresan sobre diversas circunstancias en las cuales se podría abortar en Chile. Estas son cuatro: 1) El caso en que no sea viable continuar con el embarazo porque podría atentar con la vida de la madre. 2) El caso en que el niño presente malformaciones congénitas que le impidan desarrollar su vida de una forma normal. 3) El caso de violaciones. 4) El caso de que la condición económica de la madre no permitirá que esta pueda sostenerlo en la sociedad Los casos anteriores como Movimiento Gremial no los entenderemos como aborto terapéutico aunque así se llame el proyecto de ley, dado que el aborto terapéutico es realizar un tratamiento médico estrictamente necesario para la salud de la madre y traiga como consecuencia secundaria y no deseada la muerte del feto. Dicho tratamiento, que es el verdadero aborto terapéutico, no esta penalizado por la ley chilena. Como Movimiento Gremial creemos, antes que todo, que se debe respetar la vida desde la concepción hasta la muerte natural. Las circunstancias anteriores que nos plantean los senadores es un atentado directo contra la dignidad de la persona humana, principal principio de nuestro movimiento, y es realizado al ser humano más indefenso que tenemos en la sociedad: el niño que se gesta en el vientre materno. Los cuatro casos que nos presentan en el proyecto de ley atienden a distintas causas por lo cual las respuesta a ellos son argumentos diferentes. 1) En el primer caso, cabe el aborto terapéutico correctamente especificado, pero no todo aborto que se realice bajo esta causal será aborto terapéutico. Entonces, hay que diferenciar entre a) los tratamientos que son por aborto terapéutico (ya explicado anteriormente) y b) los actos que van directamente a atentar la vida del feto. Los primeros (a) ya se encuentran acogidos y no penalizados en nuestra legislación, por lo que no cabe hacer discusión sobre ello. En los segundos (b), lo que NO se busca es intentar salvar al niño, sino que se obvia su vida para ayudar a la madre. Eso no estamos de acuerdo y no podemos aceptar que se tipifique como aborto terapéutico algo que no lo es. 2) Toda persona humana tiene una dignidad inalienable a su persona por el solo hecho de existir. Ninguna circunstancia puede modificar esto, es por eso que no existe enfermedad, malformación o discapacidad que valide el asesinato de una persona que posea dicha condición, eso lo incluye desde que es concebido hasta que muere. 3) Un niño concebido producto de una violación no es culpable del delito que se le cometió a su madre, por lo cual no debe pagar él o ella las consecuencias de este. Y, por otro lado, el daño psicológico de la madre sufrido por la violación no es justificación valida para matar a otro ser humano, ni mucho menos a su propio hijo. Además, existen diversos estudios que demuestran la existencia del síndrome post-aborto, el cual aparece un alto porcentaje de mujeres que realizan dicho aborto, el cual causa trastornos psicológicos que es precisamente una de las cosas que se busca evitar abortando. 4) No existe dinero que pueda pagar una vida humana, por lo que nunca será una razón de peso para justificar quitarla vida a una persona. Por otro lado, siempre existen otras alternativas que permitan al niño seguir viviendo y desarrollarse como persona en la sociedad. Movimiento Gremial 2012

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Declaración sobre Aborto Terapeútico

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Page 1: Aborto Terapeútico

Declaración Movimiento Gremial: Proyectos de Ley sobre despenalización del aborto

Hoy, martes 13 de marzo, en el Senado se votan tres proyectos que hablan y se expresan sobre diversas circunstancias en las

cuales se podría abortar en Chile. Estas son cuatro:

1) El caso en que no sea viable continuar con el embarazo porque podría atentar con la vida de la madre.

2) El caso en que el niño presente malformaciones congénitas que le impidan desarrollar su vida de una forma normal.

3) El caso de violaciones.

4) El caso de que la condición económica de la madre no permitirá que esta pueda sostenerlo en la sociedad

Los casos anteriores como Movimiento Gremial no los entenderemos como aborto terapéutico aunque así se llame el

proyecto de ley, dado que el aborto terapéutico es realizar un tratamiento médico estrictamente necesario para la salud de la

madre y traiga como consecuencia secundaria y no deseada la muerte del feto. Dicho tratamiento, que es el verdadero

aborto terapéutico, no esta penalizado por la ley chilena.

Como Movimiento Gremial creemos, antes que todo, que se debe respetar la vida desde la concepción hasta la muerte

natural. Las circunstancias anteriores que nos plantean los senadores es un atentado directo contra la dignidad de la persona

humana, principal principio de nuestro movimiento, y es realizado al ser humano más indefenso que tenemos en la sociedad:

el niño que se gesta en el vientre materno.

Los cuatro casos que nos presentan en el proyecto de ley atienden a distintas causas por lo cual las respuesta a ellos son

argumentos diferentes.

1) En el primer caso, cabe el aborto terapéutico correctamente especificado, pero no todo aborto que se realice bajo esta

causal será aborto terapéutico. Entonces, hay que diferenciar entre a) los tratamientos que son por aborto terapéutico (ya

explicado anteriormente) y b) los actos que van directamente a atentar la vida del feto. Los primeros (a) ya se encuentran

acogidos y no penalizados en nuestra legislación, por lo que no cabe hacer discusión sobre ello. En los segundos (b), lo que NO

se busca es intentar salvar al niño, sino que se obvia su vida para ayudar a la madre. Eso no estamos de acuerdo y no

podemos aceptar que se tipifique como aborto terapéutico algo que no lo es.

2) Toda persona humana tiene una dignidad inalienable a su persona por el solo hecho de existir. Ninguna circunstancia

puede modificar esto, es por eso que no existe enfermedad, malformación o discapacidad que valide el asesinato de una

persona que posea dicha condición, eso lo incluye desde que es concebido hasta que muere.

3) Un niño concebido producto de una violación no es culpable del delito que se le cometió a su madre, por lo cual no

debe pagar él o ella las consecuencias de este. Y, por otro lado, el daño psicológico de la madre sufrido por la violación no es

justificación valida para matar a otro ser humano, ni mucho menos a su propio hijo. Además, existen diversos estudios que

demuestran la existencia del síndrome post-aborto, el cual aparece un alto porcentaje de mujeres que realizan dicho aborto,

el cual causa trastornos psicológicos que es precisamente una de las cosas que se busca evitar abortando.

4) No existe dinero que pueda pagar una vida humana, por lo que nunca será una razón de peso para justificar quitarla

vida a una persona. Por otro lado, siempre existen otras alternativas que permitan al niño seguir viviendo y desarrollarse

como persona en la sociedad.

Movimiento Gremial 2012