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Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011. A PROPOSITO DE LA LEY NACIONAL DE SALUD MENTAL: NUEVOS ESCENARIOS Y DESAFIOS PARA LA FORMACION DE PSICOLOGOS AUTOR: MARTIN DE LELLIS [email protected] Graduado en psicología (Universidad de Buenos Aires), Profesor Titular Regular por concurso en la Cátedra Salud Pública y Salud Mental de la Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires. Realizó estudios en Ciencias Sociales (FLACSO Argentina), Políticas Sociales (PRONATASS/UBA) y egresó como Magíster en Administración Pública por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires. Director del Programa de Extensión “Creciendo sanos” (UBANEX, 2008-2011), “Escuelas Promotoras de Salud” y de la investigación “Evaluación de un Programa de Escuelas Promotoras de Salud” (Subsidio Ubacyt, P403). Consultor de Proyectos en el Area Salud financiados por Organismos públicos nacionales y Agencias Internacionales (OIT, UNICEF, OPS, ONUSIDA). Autor y coautor de diversas libroS tales como: “Psicología y salud pública”; “Psicología y políticas públicas de salud” “Medicina prepaga: políticas públicas y derecho a la salud”; “Modelo social de prácticas en salud”, “El factor humano en la Salud Pública. Una mirada psicológica dirigida hacia la salud colectiva”. Ha publicado numerosos capítulos de libros y artículos en revistas especializadas, y presentado ponencias en más de 150 eventos científicos del país y del extranjero. Actualmente se desempeña como Asesor de la Unidad Coordinadora de Salud Mental y Comportamientos Saludables del Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación. Premio de Investigación Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires, año 2008. Publicación: Revista Diálogos. Universidad de San Luis. Setiembre 2011 – Con referato- RESUMEN: La promulgación de la Ley Nacional de Salud Mental se inscribe en un proceso de recientes transformaciones políticas e innovaciones legislativas que impactan sobre el campo de la salud mental. Situado en dicho contexto, el análisis del contenido de la ley permite distinguir un conjunto de desafíos fundamentales que en el presente trabajo se resumen en: a) Integrar la política de adicciones y salud mental en el marco de las políticas generales de salud; b) Asegurar la vigencia de los derechos de las personas con trastornos mentales; c) Fortalecer la investigación epidemiológica como un insumo crítico para la toma de decisiones; d) Transformación del modelo de atención. El nuevo escenario planteado a partir de la sanción de la ley se constituye además en una oportunidad inédita para revisar las concepciones y prácticas que orientan la formación de los recursos humanos en el campo de la Salud Mental. Para tal fin, en el presente trabajo se analizan aspectos tales como la cantidad y distribución de psicólogos en Argentina, las tendencias hegemónicas en la formación y la relevancia de incorporar el actual marco de referencia normativo como contenido curricular, tanto al nivel de grado como de posgrado. Finalmente, se exponen algunas experiencias pedagógicas que ilustran la importancia de promover prácticas pre-profesionales situadas que constituyan nuevos escenarios de aprendizaje, en el cual puedan visualizarse y ejercerse competentemente roles indispensables para el futuro quehacer profesional.

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Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

A PROPOSITO DE LA LEY NACIONAL DE SALUD MENTAL: NUEVOS

ESCENARIOS Y DESAFIOS PARA LA FORMACION DE PSICOLOGOS

AUTOR: MARTIN DE LELLIS [email protected]

Graduado en psicología (Universidad de Buenos Aires), Profesor Titular Regular por concurso

en la Cátedra Salud Pública y Salud Mental de la Facultad de Psicología de la Universidad de

Buenos Aires. Realizó estudios en Ciencias Sociales (FLACSO Argentina), Políticas Sociales

(PRONATASS/UBA) y egresó como Magíster en Administración Pública por la Facultad de

Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires. Director del Programa de Extensión

“Creciendo sanos” (UBANEX, 2008-2011), “Escuelas Promotoras de Salud” y de la investigación

“Evaluación de un Programa de Escuelas Promotoras de Salud” (Subsidio Ubacyt, P403).

Consultor de Proyectos en el Area Salud financiados por Organismos públicos nacionales y

Agencias Internacionales (OIT, UNICEF, OPS, ONUSIDA). Autor y coautor de diversas libroS tales

como: “Psicología y salud pública”; “Psicología y políticas públicas de salud” “Medicina

prepaga: políticas públicas y derecho a la salud”; “Modelo social de prácticas en salud”, “El

factor humano en la Salud Pública. Una mirada psicológica dirigida hacia la salud colectiva”.

Ha publicado numerosos capítulos de libros y artículos en revistas especializadas, y presentado

ponencias en más de 150 eventos científicos del país y del extranjero. Actualmente se

desempeña como Asesor de la Unidad Coordinadora de Salud Mental y Comportamientos

Saludables del Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación. Premio de Investigación Facultad

de Psicología de la Universidad de Buenos Aires, año 2008.

Publicación: Revista Diálogos. Universidad de San Luis. Setiembre 2011 – Con referato-

RESUMEN:

La promulgación de la Ley Nacional de Salud Mental se inscribe en un proceso de recientes

transformaciones políticas e innovaciones legislativas que impactan sobre el campo de la salud

mental. Situado en dicho contexto, el análisis del contenido de la ley permite distinguir un

conjunto de desafíos fundamentales que en el presente trabajo se resumen en: a) Integrar la

política de adicciones y salud mental en el marco de las políticas generales de salud; b)

Asegurar la vigencia de los derechos de las personas con trastornos mentales; c) Fortalecer la

investigación epidemiológica como un insumo crítico para la toma de decisiones; d)

Transformación del modelo de atención. El nuevo escenario planteado a partir de la sanción de

la ley se constituye además en una oportunidad inédita para revisar las concepciones y

prácticas que orientan la formación de los recursos humanos en el campo de la Salud Mental.

Para tal fin, en el presente trabajo se analizan aspectos tales como la cantidad y distribución de

psicólogos en Argentina, las tendencias hegemónicas en la formación y la relevancia de

incorporar el actual marco de referencia normativo como contenido curricular, tanto al nivel

de grado como de posgrado. Finalmente, se exponen algunas experiencias pedagógicas que

ilustran la importancia de promover prácticas pre-profesionales situadas que constituyan

nuevos escenarios de aprendizaje, en el cual puedan visualizarse y ejercerse

competentemente roles indispensables para el futuro quehacer profesional.

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

1. EL NUEVO ESCENARIO: PROMULGACION DE LA LEY NACIONAL DE SALUD

MENTAL

Durante la última década se han producido algunos hitos relevantes en el campo de las

políticas públicas de salud mental y adicciones en la República Argentina.

Por un lado, la sanción de la Ley de Asistencia Primaria en Salud Mental Nª 25421

(vetada a través del decreto 465/01 en virtud de la restricción presupuestaria impuesta

a los gastos del Estado Nacional), el cual obliga a las instituciones prestadoras de salud

públicas y privadas a brindar asistencia primaria de salud mental a la población bajo su

responsabilidad, garantizando la supervisión y continuidad de las acciones y

programas.

Más recientemente se produce un nuevo hito de significación: la reglamentación en el

año 2008 de la Ley 24.788 de prevención del uso nocivo de alcohol, y la Resolución Nº

1179/10 que crea el Programa destinado a dar efectiva respuesta a uno de los

problemas endémicos en Argentina mediante una estrategia que combina acciones

regulatorias sobre la publicidad, control de los niveles de alcoholemia en conductores

de tránsito, estrategias de promoción de la salud orientada a grupos escolarizados y

fortalecimiento de la red sanitaria preventiva y asistencial que permita actuar sobre

este relevante problema sanitario.

En tercer término, el Decreto Nº 457/2010 que crea por decisión presidencial la

Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones (DNSMyA), hecho sin precedentes en

la historia de nuestro país. La relevancia de tal decisión puede dimensionarse si nos

atenemos a la asignación presupuestaria adjudicada y por la adhesión manifestada por

los referentes provinciales a las iniciativas programáticas que se han puesto en marcha

en el nivel central, tales como: a) Subprograma de atención primaria en salud mental

que da cumplimiento a la Ley de asistencia primaria en salud mental, b) Subprograma

de trastornos mentales severos; c) Subprograma de justicia, salud y derechos

humanos; d) Constitución de un sistema de vigilancia epidemiológica en salud mental;

e) Desarrollo de iniciativas en promoción de la salud y prevención de problemáticas

psicosociales emergentes; f) Desarrollo de acciones de regulación y fiscalización a

establecimientos públicos y privados de salud mental.

Cabe consignar también la sanción de la Ley 26529 que regula los derechos del

paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud, que si bien

plantea un tratamiento genérico del problema impacta directamente sobre la situación

de las personas con padecimientos mentales, pues establece entre otros aspectos el

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

derecho al trato digno y respetuoso, así como la garantía de la intimidad, la

confidencialidad, la autonomía de la voluntad y el acceso a la información sanitaria y la

interconsulta médica en caso de ser ello necesario .

Otro hito lo constituye la participación de representantes de nuestro país en Octubre

de 2010 en la firma del Consenso de Panamá, el cual significó una oportunidad de

ratificar en el plano internacional las líneas de trabajo que ya habían sido enunciadas

en la Declaración de Caracas y en los principios rectores de Brasilia, reforzando

aspectos tales como la importancia del enfoque de derechos y la necesidad de trabajar

resueltamente en torno a la meta de un continente libre de manicomios para la

siguiente década.

Finalmente, debemos señalar la importancia que ha tenido recientemente la

promulgación de la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26657.

Esta herramienta normativa, basada en los estándares de derechos humanos vigentes

en la materia, contribuye a la constitución de una agenda específica en Salud Mental,

fortalece el rol del Estado nacional y se inscribe como una herramienta poderosa para

emprender las reformas que son absolutamente prioritarias, y que sintéticamente se

condensan en: a) Integración de la política de adicciones en el marco de la política de

salud mental; b) Vigencia de derechos en las personas con trastornos mentales,

propiciando una más intensa articulación entre los organismos sanitarios y judiciales,

c) Transformación del modelo de atención, que incluye el cierre progresivo de los

manicomios y la habilitación de dispositivos asistenciales de base comunitaria

sustitutivos del régimen asilar; d) Aplicación del enfoque epidemiológico como un

insumo crítico para la toma de decisiones; e) Capacitación de los recursos humanos en

el campo de la salud mental, desplazando el eje profesional desde el modelo

restrictivo al modelo social expansivo.

En tanto resulta una herramienta de política pública, obliga a los actores que forman

parte del campo de la salud mental a sentar posición en referencia a lo que se propone

legislar y a la armonización de las normas preexistentes o por dictar que puedan

adecuarse al “espíritu” y no sólo a la letra de lo que la ley señala.

Aquí aparece con toda claridad el problema de la implementación de las normas, y de

los conflictos que deben atravesar las leyes (esta o cualquier otra) que, análogamente

a la presente, se propongan transformaciones que impactan en los actores

posicionados en un determinado campo social. Como bien señala Lorenzetti (2009),

puede suceder que aquellas normas que descansan en la formulación de objetivos

valorativos, avanzan en la exposición y caracterización del problema pero no en su

resolución. En tal sentido, cuando se trata de decidir acerca de cómo asignar los

medios para poner en práctica la ley o cómo persuadir u obtener el apoyo de quienes

resisten el cambio es necesario gestionar o atravesar un proceso de conflicto en la

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

arena política que se resuelve por vías harto complejas, y donde resulta fundamental

el análisis de las distintas cuotas de poder de que disponen los actores sociales.

En este caso particular, la ley ha desencadenado un proceso de discusiones,

enfrentamientos y/o conflictos que obligan a repensar la participación de los distintos

actores que pugnan por la consecución de sus intereses sectoriales en el campo de la

salud mental; estos llevan adelante transformaciones a partir de lo que allí está

normado, o bien intentan resistir cualquier modificación al statu quo ya sea no

cumpliéndola, trabando su reglamentación, o forzando la interpretación de su

contenido de acuerdo a sus propios intereses.

2. DESAFIOS AL QUEHACER PROFESIONAL

Veremos con mayor detalle el desarrollo de cada uno de los desafíos anteriormente

señalados en relación a la aplicación de la ley nacional de salud mental:

2.1. Integrar la política de adicciones y salud mental en el marco de las políticas

generales de salud

En su artículo 4º, la ley señala expresamente que “las adicciones deben ser abordadas

como parte integrante de las políticas de salud mental. Las personas con uso

problemático de drogas legales e ilegales tienen todos los derechos y garantías que se

establecen en la presente ley en su relación con los servicios de salud”.

No obstante, para analizar la importancia de esta cuestión y una somera referencia en

torno a la viabilidad de las acciones a encarar debemos hacer una breve referencia a la

historia reciente de las políticas públicas en adicciones en la República Argentina.

La temática de las adicciones se instala como cuestión social en la agenda pública hacia

mediados de los años 70, y atraviesa toda la década de los años 80. Las instituciones

que se crearon por esta fecha reprodujeron la concepción punitiva que resultaba

hegemónica en el plano internacional, vinculando el problema a lo que se consideraba

por entonces el control y represión del tráfico ilícito de sustancias, opacando así la

relevancia sanitaria que ya manifestaban los indicadores epidemiológicos respecto a la

mayor incidencia del consumo, especialmente en los sectores juveniles.

Esta perspectiva criminológica presentaba también connotaciones geopolíticas, ya que

el problema de las adicciones se asoció a la política de seguridad continental liderada

por Estados Unidos y a la persecución de sujetos individuales o colectivos que, más allá

de las fronteras nacionales, se hallaban potencialmente vinculadas al negocio del

narcotráfico.

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

Al centrarse sobre el consumo de drogas ilegales otros problemas epidemiológicos

relacionados con el uso nocivo de sustancias legales pasaron a ser naturalizados. Un

ejemplo de esto lo constituye el consumo excesivo de alcohol que, a la luz de las

evidencias epidemiológicas resaltaba aún como uno de los factores más gravitantes en

la morbilidad y mortalidad de la población general. No está de más señalar que, a su

vez, otras cuestiones que ya se insinuaban como importantes en términos de su

prevalencia general (por ej: adicción al tabaco o al juego) apenas movilizaban la

preocupación colectiva porque no eran consideradas siquiera como problemas de

salud pública.

Durante la década de los ´80 en ciertas jurisdicciones de nuestro país (por ej: Provincia

de Buenos Aires) y con el objetivo de ofrecer una respuesta a la problemática de la

adicción al consumo de sustancias psicoactivas se concreta institucionalmente la

creación de la Secretaría de Prevención y Asistencia de las Adicciones y se decide una

importante inversión de recursos asignada a la instalación de más de un centenar de

centros primarios de prevención, cuya integración al resto del sistema sanitario

continúa siendo una asignatura pendiente para las políticas sanitarias con orientación

territorial.

Por otro lado, las políticas de salud mental y adicciones han estado signadas por una

suerte de status marginal en el marco de las políticas generales de salud, que se ha

expresado en tres indicadores claves, las cuales requieren en la actualidad una

atención importante:

La menguada asignación presupuestaria que ha caracterizado al área salud

mental a nivel nacional, que apenas llegaba a un promedio de 0,02 % del

presupuesto nacional en el año 2009. Si tomamos en cuenta los datos

aportados por los distintos Estados provinciales a la encuesta aplicada por el

WHOAIMS (OMS. 2010), las inversiones que las 10 provincias argentinas

correspondientes a salud mental en el año 2007 (que autónomamente

establecen los estados provinciales), apenas sobrepasa el 2%, (variación entre

el 0,48 % en Catamarca y el 3% en Río Negro);

La distorsionada distribución del presupuesto asignado, pues al analizar la

distribución interna del gasto se observa en promedio que el 65% del mismo

está destinado a los hospitales psiquiátricos (variación entre 9% en Río Negro y

88% en San Juan).

La escasa inclusión de este componente en los programas generales de salud

(ej: SIDA, Materno Infantil, Cólera, Salud Sexual y procreación responsable),

tanto en la formulación del problema como también en la composición de los

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

planteles profesionales que serían incluidos para la implementación de dichos

programas sanitarios.

La conformación de un circuito paralelo de programas, servicios e instituciones

de salud mental que agudizan la fragmentación y falta de integración con las

políticas generales de salud. Así es como observamos una tendencia a

autonomizar enfoques que no pueden comprenderse si se disocian del plano

sanitario general, y pensar las problemáticas que plantean ciertas instituciones

(ej: monovalentes, centros de salud mental comunitaria) como si pudieran

comprenderse y resolverse en forma independiente de las políticas y sistemas

generales de salud.

2.2. Fortalecer la investigación epidemiológica como un insumo crítico para

la toma de decisiones

La investigación epidemiológica en salud mental ha estado casi ausente en la

preocupación de las agencias científicas y gubernamentales. Con excepción de algunas

iniciativas tales como la que se llevara a cabo en el ámbito del CONICET durante la

década del ´70, han sido escasas o nulas las investigaciones de carácter poblacional

emprendidas en el ámbito nacional.

Esto ha producido un circuito de retroacción negativa en lo que refiere a la instalación

de la salud mental como una cuestión de agenda pública, pues al no contar con datos

ni estimaciones confiables y actualizadas en torno a la magnitud y gravedad del

problema no se otorgaba al mismo el estatus de prioritario, lo que a su vez conspiraba

contra la posibilidad de obtener recursos que se asignen a investigaciones que logren

caracterizar el problema, y así sucesivamente.

La tendencia al aislamiento (propio y de terceros), ha sido entonces el denominador

común durante décadas, y se ha manifestado también en una baja participación de

investigaciones que pudieran aportar en la materia desde un enfoque epidemiológico

social cuyo objetivo pudiera ser el trazado de un mapa de las problemáticas de salud

mental más prevalentes. Importantes líneas de investigación que en otras partes del

mundo se han consolidado (por ejemplo, aquellas que se hallan abocadas a trabajar

sobre la temática del prejuicio y la discriminación hacia el enfermo mental) y que tan

relevante resulta en la actualidad no han sido suficientemente impulsadas en nuestro

medio.

Sin embargo, las evidencias epidemiológicas reunidas en todo el mundo y publicadas

en informes que han tenido importante difusión en la comunidad científica mundial

(OMS; 2001) alertan sobre el impacto que las nuevas morbilidades (a menudo con

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

características epidémicas) tienen sobre los servicios de atención. El citado Informe de

la OMS plantea la necesidad de situar en la agenda de los decisores sanitarios

mundiales tales problemáticas epidemiológicas e incrementar consiguientemente el

presupuesto específico en salud mental.

Paralelamente a todo este proceso, las problemáticas convocantes para los

especialistas en salud mental dejan de hallarse restringidas a lo que sucede en las

instituciones de encierro para pasar a considerarse como incluyente de muchas otras

situaciones que se plantean en el decurso de la vida cotidiana y que deben abordarse

prioritariamente en el primer nivel de atención (de Lellis, M. 2006): distinto tipo de

violencias, trastornos de ansiedad, alimentarios, uso y abuso de sustancias,

comportamientos autodestructivos, violencia intrahogareña, consecuencias

psicosociales en situaciones críticas de catástrofes o desastres.

Es a partir de las iniciativas gubernamentales y legislativas desarrolladas

recientemente en nuestro país y antes señaladas que se plantean indicios de revertir

esta situación: se constituye un grupo dedicado a la generación de un sistema de

vigilancia epidemiológica que articule con otros organismos generadores de

información en la materia y se consolida la información disponible que data de los

últimos años en el país y en América Latina, así como también se desarrollan

investigaciones poblacionales para caracterizar la situación epidemiológica de salud

mental de los adultos y se propone el fortalecimiento de las unidades generadoras de

información en los ámbitos provinciales y municipales.

Este esfuerzo se ha visto materializado en la producción de informes epidemiológicos

relativos a la estimación de prevalencias en salud mental, el consumo de alcohol, el

número de camas psiquiátricas, los indicadores de suicidio y la publicación de sendos

informes sobre el estado de situación en torno a la epidemiología de la salud mental

infanto-juvenil (Ministerio de Salud. 2010; 2011.) y advierten, basándose en diversos

antecedentes producidos en la región, en torno al crecimiento en la incidencia de

trastornos mentales en la República Argentina.

2.3. Asegurar la vigencia de los derechos de las personas con trastornos

mentales

Los artículos de la ley que componen el capítulo 7º enumeran los derechos que deben

ser socialmente reconocidos y protegidos en relación con el enfermo mental, y que

demandan al Estado asegurar su protección: derecho a recibir atención sanitaria

basada en la integración social y con sólidos fundamentos éticos y científicos, a

conservar y preservar la identidad, a recibir acompañamiento de sus familiares, a

acceder a la información sanitaria y/o clínica y a tomar decisiones relativas a su

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

tratamiento, a que las condiciones de la internación sean adecuadamente

supervisadas, a no ser identificado ni discriminado por su enfermedad, a no ser objeto

de investigaciones clínicas ni tratamiento experimental sin su consentimiento expreso,

a no hallarse sometido a trabajos forzados o no recibir remuneración alguna por ello.

Esta extensa inclusión de derechos en torno al enfermo mental cobra sentido también

en una dimensión histórica, ya que está precedida por muy importantes antecedentes

nacionales e internacionales (leyes, declaraciones, consensos) que señalan la

necesidad de proteger la vigencia de los derechos en las personas que se hallan en

situación de mayor vulnerabilidad, tal como es el caso de las personas con trastornos

mentales (Kraut, A. 1995).

El enfoque de derechos ya representa una perspectiva insoslayable para comprender y

dar solución a las problemáticas de salud mental (Di Nella, Y. 2011). Su potente

surgimiento en la última mitad del siglo XX ha resultado fundamental luego de que se

develaran las atrocidades cometidas durante el nazismo al cabo de la segunda guerra

mundial y otras flagrantes violaciones a los derechos de las personas con trastornos

mentales en situaciones de excepción. De hecho la cuestión de los derechos humanos

aplicados al campo de la salud (incluida la mental) sigue el curso de los movimientos

sociales y civiles que han incrementado la percepción social acerca de los derechos a

los cuales la humanidad considera posible acceder en los distintos estadios históricos.

Consolidada como una revisión de la tradicional perspectiva tutelar que protegía al

enfermo pero al precio de una profunda exclusión social (Rossetto, J; de Lellis, M.

2007), la perspectiva crítica de los derechos humanos se centra principalmente sobre

las más importantes amenazas a la vulneración de derechos de las personas con

trastornos mentales, pues allí se ponen al descubierto las consecuencias devastadoras

que tienen sobre los pacientes y sus familiares la internación indebida y prolongada:

exclusión de la vida social, pérdida de habilidades y destrezas, emergencia de nuevos

cuadros psicopatológicos que son consecuencia del abandono y la segregación.

A mediados de los años 60, cuando se manifiestan las violaciones a los derechos

humanos de las personas con trastornos mentales en quienes eran recluidos a

menudo de por vida en las Instituciones totales, la problemática de la atención

brindada en los hospicios monovalentes se instala como cuestión de agenda pública y

provocan una importante movilización social que impacta sobre los poderes públicos.

Se suceden entonces una serie ininterrumpida de recomendaciones y declaraciones

mundiales que no hacen más que reforzar la importancia que asume la perspectiva de

derechos en el concierto político mundial, y que de algún modo interpelan a los

decisores del área para introducir las reformas actualmente indispensables en los

modelos de atención (Saforcada, E; de Lellis, M.; Mozobancyk, S. 2010).

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

2.4. Transformación del modelo de atención

El capítulo V denominado modalidad de abordaje caracteriza en sus artículos 8º, 9º,

10º, 11º y 12º los aspectos centrales que deben ser tomados en cuenta en relación a la

transformación en el modelo de atención, pues aboga por los siguientes aspectos:

interdisciplinariedad, fortalecimiento de las acciones de base comunitaria y que

propendan a la promoción de redes y lazos sociales, apertura de dispositivos

asistenciales sustitutivos tales como las consultas ambulatorias, atención domiciliaria

supervisada, servicios para la promoción y la prevención y la habilitación de

prestaciones a través de instituciones de pequeña escala tales como los centros de día,

centros de capacitación laboral, microemprendimientos sociales y los hogares a cargo

de familias sustitutas.

A fin de contextualizar esta propuesta, resulta recomendable hacer una breve

referencia en torno a la historia más reciente de las políticas de salud mental en la

República Argentina.

Dada la consolidación del modelo asilar, que ha sido la respuesta hegemónica en

Occidente al problema de los trastornos mentales, los principales recursos de atención

desde el sector público se han concentrado en los dispositivos monovalentes. Si bien

estos se originaron con un propósito benefactor fueron sufriendo progresivamente un

desplazamiento de sus fines, lo cual ha conducido a resultados devastadores para los

pacientes, trabajadores y familiares (de Lellis, M. 2006).

A lo largo del período histórico reciente, la crisis del modelo asilar se manifiesta en

múltiples indicadores tales como el incremento de la internación indebida y

compulsiva, la prolongada institucionalización de los pacientes en centros de reclusión,

el debilitamiento de las redes de apoyo y sostén que proporcionan los grupos

primarios tales como la familia y el grupo de pares, el ausentismo y la insatisfacción

laboral, o bien las amenazas continuas a la identidad, que se plantearon de forma

extrema en el carácter de indocumentados que adquieren los numerosos pacientes

considerados bajo la categoría de NN.

A partir de la experiencia desarrollada en Italia con la sanción de la Ley 148 (Basaglia,

F. 1976), surge por entonces y de forma clara el imperativo de suprimir

definitivamente los manicomios y promover la instalación de dispositivos asistenciales

sustitutivos a las situaciones de encierro, de forma tal que permitan un pronóstico

sanitario más favorable y la posibilidad de revertir las condiciones de estigmatización.

Los procesos de reforma que se desencadenan por entonces atravesarán las tres

décadas finales del siglo veinte, y logran expresarse a la vez en muy importantes hitos

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

que ratifican el rumbo trazado en América Latina por la reforma italiana y las diversas

corrientes teóricas que en el resto del mundo impulsaron procesos similares, tales

como los que se desarrollaron en los EEUU y en el resto de los países europeos.

Esta situación ha llevado a que, desde hace más de veinte años se constate un

importante esfuerzo de parte de la comunidad científica internacional para denunciar

la aberrante situación planteada por las instituciones totales. Al mismo tiempo, se

constata la reiterada invocación a promover el fortalecimiento del componente de

salud mental en el primer nivel de atención, o bien la apertura de camas de

internación en servicios que integran los hospitales generales y así evitar la

cronificación de los pacientes con trastornos mentales.

La Declaración de Caracas, suscripta en el año 1990 por representantes de los países

de América Latina y el Caribe, y constituido ya en un hito en el proceso de reforma,

señala entre otros aspectos los siguientes principios:

a) “Art-. 1: “Que la reestructuración de la Atención Psiquiátrica ligada a la

Atención Primaria de la Salud permite la promoción de modelos alternativos

centrados en la comunidad y dentro de sus redes sociales”

b) Art-. 2: “Que la reestructuración de la Atención Psiquiátrica en la región implica

la revisión crítica del papel hegemónico y centralizado del hospital psiquiátrico

en la prestación de servicios”

c) Art-. 5: Que la capacitación del recurso humano en Salud Mental debe hacerse

apuntando a un modelo cuyo eje pasa por el servicio de salud comunitaria y

propicia la internación psiquiátrica en los hospitales generales, de acuerdo con

los principios rectores que fundamentan esta reestructuración“.

Nuestro país recoge tempranamente la inspiración de la Declaración de Caracas. Por

ejemplo unos años después de que se decide en la Provincia de Río Negro la sanción

de la Ley Nº 2440, comienza a manifestarse una voluntad de reforma plasmada en

diversas experiencias locales o regionales, (ej: reforma en el Hospital Neuropsiquiátrico

Liniers, Colonia Oliveros, Hospital Estéves) las cuales no alcanzaron finalmente a

integrarse en una concertada política federal, en parte también por la discontinuidad y

la persecución política desplegada por la dictadura militar.

Quince años después tal Declaración es ratificada a través de los Principios Rectores de

Brasilia, señalando la importancia de que todos los países de la región emprendan

procesos de reforma similares a los que fueran impulsados mediante la Declaración de

Caracas, pero Argentina ya no conserva el liderazgo que había desarrollado durante los

años 70 merced a experiencias como las que liderara Mauricio Goldenberg en el

Hospital General de Lanús. Al nivel nacional, el área de Salud Mental pierde peso

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

institucional conforme avanza el proceso de descentralización y/o transferencia de

facultades al nivel regional o local, con un presupuesto cada vez más mermado para

poder implementar sus políticas sectoriales.

En relación con el fortalecimiento del primer nivel de atención de acuerdo a la

estrategia de Atención Primaria de la Salud, diversos programas han desarrollado

esfuerzos concurrentes en torno a esta finalidad, tales como los programas que han

fortalecido la formación de los recursos humanos (ej: Salud social y comunitaria),

aquellos destinados a la prevención del cólera o a dar respuestas específicamente

dirigidas a la problemática de las poblaciones indígenas, pero sin que ello haya logrado

plasmar la jerarquización del componente de salud mental en el primer nivel de

atención aún hasta la actualidad.

3. LA FORMACION DE RECURSOS HUMANOS

3.1. Cantidad y distribución de psicólogos

La Ley Nacional de Salud Mental señala en su Capítulo IX, artículo 33, lo siguiente:

“Que la autoridad de aplicación debe desarrollar recomendaciones dirigidas a las

universidades públicas y privadas, para que la formación de los profesionales en las

disciplinas involucradas sea acorde con los principios, políticas y dispositivos que se

establezcan en cumplimiento de la presente ley, haciendo especial hincapié en el

conocimiento de las normas y tratados internacionales en derechos humanos y salud

mental. Asimismo, debe promover espacios de capacitación y actualización para

profesionales, en particular para los que se desempeñen en servicios públicos de salud

mental de todo el país”

La relevancia de hallar consignada en este artículo la cuestión de los recursos humanos

radica en que en último término toda norma que intente incidir sobre la realidad en la

cual opera es implementada por sujetos que las comprenden y toman decisiones en

contextos complejos, inciertos y determinados políticamente.

Dada esta constatación, cabe repensar una cuestión fundamental: están capacitados

los psicólogos para dar respuesta a los desafíos que plantea la promulgación de la Ley

Nº 26.657?

En líneas generales, existe un consenso bastante extendido respecto de que la

cantidad, distribución, calidad y diversificación de especializaciones de los psicólogos

que actualmente se forman en las instituciones públicas y/o privadas no responden a

las necesidades sanitarias de la población.

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

Algunas evidencias empíricas nos permiten reforzar la aseveración de que en ciertas

regiones del país se observa un marcado déficit de profesionales, mientras que en

otras áreas el recurso humano manifiesta una distorsiva sobreoferta que incide

negativamente sobre el mercado de trabajo profesional, y contribuye a la

precarización o al bajo reconocimiento salarial de la fuerza de trabajo.

Con respecto a la cantidad de psicólogos, Argentina ostenta una de las tasas de

psicólogo por habitante más alta de América Latina y probablemente del mundo. De

acuerdo a datos relevados en el año 2000 (Alonso, M. y Gago 2007), existía un total de

62.773 psicólogos en todo el país, superior a todos los países de América Latina y a la

gran mayoría de países pertenecientes al mundo desarrollado.

Con respecto a su distribución, y de acuerdo a los datos provistos por el estudio

nacional que trabajó con base en datos del INDEC (Alonso, M. y Gago 2007), cerca de

las tres cuartas partes de la fuerza de trabajo profesional (71,7%) está concentrado en

tres distritos del país, tal es el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la

Provincia de Buenos Aires y de Santa Fe.

3.2. Tendencias formativas

Dado este escenario de situación, es oportuno ahora revisar cuáles son las tendencias

que se plantean en la formación de recursos humanos en las carreras de psicología que

resultan preocupantes a la hora de pensar los nuevos contenidos de formación que

deben ser impartidos tanto en el nivel de grado como de posgrado.

Ha sido reiteradamente señalado en anteriores trabajos (Saforcada, E. 2000) que la

orientación seguida por las instituciones universitarias formadoras del recurso humano

han estado cooptadas de manera hegemonizante por el modelo clínico como instancia

legitimada por la comunidad profesional, obturando ello la introducción de otras

perspectivas teóricas y técnicas con mayor grado de transferencia al campo social así

como instancias de inserción profesional que trascendieran el contexto asistencial

dirigido a atender la enfermedad mental.

Subsisten además brechas en relación al diagnóstico de las necesidades asistenciales

que impactan sobre los servicios de salud y las respuestas consiguientes: los

programas de formación no han incorporado suficientemente el desafío de confrontar

al graduado con su futura inserción como profesional, dada la escasa proporción de

horas asignadas a las prácticas pre-profesionales o en servicio.

La enseñanza continúa siendo en su mayoría de carácter enciclopedista,

monodisciplinaria, basada en la reproducción acrítica y mnemotécnica de doctrinas

enunciadas de forma dogmática, y en las cuales el alumno no puede problematizar

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

adecuadamente sus condiciones de formulación y/o implementación.

En relación con la formación orientada hacia la clínica de los trastornos desde una

perspectiva psicopatológica, resulta comparativamente escasa la formación que

reciben los profesionales en temáticas tales como la estrategia de la atención primaria

de la salud, epidemiología, políticas públicas, sistemas y servicios de atención, reforma

de los modelos de atención, redes y planificación de servicios.

En apretada síntesis, pueden mencionarse algunos lineamientos que sirven como

punto de partida para pensar las políticas de recursos humanos, y dotarlas de un

mayor grado de adecuación a lo que plantea la presente ley.

a) Por un lado, profundizar el conocimiento de marcos teóricos y tecnológicos que

doten de mayor pluralismo la perspectiva de la psicología y fortalezcan la inserción

competente en distintos planos de intervención: individual, familiar, institucional y

comunitario.

b) En segundo lugar, incentivar una perspectiva sanitaria que recomponga todo el

proceso de salud/enfermedad/atención, comprendiendo ello las acciones protectivas

y/o promocionales y los distintos niveles de prevención específica: primaria,

secundaria y terciaria.

c) En tercer término, desarrollar un abordaje epidemiológico que permita a los

profesionales actuantes orientar la definición de prioridades y la formulación de

políticas públicas para actuar poblacionalmente sobre las problemáticas sanitarias.

3.3. El marco de referencia normativo

En relación al conocimiento específico de los marcos normativos que enmarcan y

orientan el quehacer profesional revisaremos diversas situaciones que pueden ilustrar

el carácter problemático del tema que nos ocupa.

En primer lugar, hay un problema principal que es el desconocimiento del tema en la

formación de pregrado, pues se constata una casi nula incorporación de marcos

normativos tales como la Ley 448 o la reciente Ley Nacional de Salud Mental en la

formación de grado del psicólogo.

En la tesis de doctorado realizada por Ernestina Rosendo (2009) y aplicada sobre los

graduados que trabajaban en el sector público se puso de manifiesto un

desconocimiento de la ley que rondaba en más de un 60 % de las personas

entrevistadas. En ese trabajo los profesionales señalan límites insalvables (por

ejemplo, las prácticas de trabajo instituidas, la personalidad de los profesionales, las

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

dificultades de interacción entre los profesionales de muy difícil resolución), pero

además consideraban poco razonable pretender la transformación del perfil

profesional de quienes tienen una extensa trayectoria de formación, experiencia y

desempeño en determinada línea de trabajo.

Según los datos relevados en dicho estudio, los profesionales presentaban más

expectativas de continuidad de lo establecido que ideas transformadoras e

instituyentes, y consideran que esto último debía ser reservado para los jóvenes que

recién ingresaban (o ingresarán) al sistema de salud. Como expresa textualmente la

autora, “No sólo analizan límites insalvables (las prácticas de trabajo instituidas

durante años, la personalidad de los profesionales, la carga fantasmática del pasado -

atributos de significados de riesgo respecto al trabajo comunitario provenientes de la

época del gobierno militar-, las dificultades de relación entre los profesionales

imposibles de resolución), sino que tampoco consideran razonable pretender la

transformación del perfil profesional de quienes tienen una extensa trayectoria de

formación, experiencia y desempeño en determinada línea de trabajo. Los

profesionales presentan más expectativas de continuidad de lo establecido que ideas

transformadoras e instituyentes. Consideran que esto último debe ser reservado para

los jóvenes que recién ingresan (o ingresarán) al sistema de salud. Parece entonces

factible afirmar las importantes dificultades que entraña una ley que se propone

transformar un modelo profesional instituido y legitimado como válido por la

comunidad profesional que lo porta” (Rosendo, E. 2010, pág.12.)

Tampoco aparecen referencias respecto al fortalecimiento de las estrategias

preventivas y comunitarias, y la interpretación que se hace de la ley se orienta más a

reforzar lo instituido que a pensar procesos instituyentes, sin proponerse

modificaciones respecto al propio quehacer profesional: “Por otra parte, la amplitud

teórica y pluralista de la ley, así como de los dispositivos legitimados para la atención,

habilita a que todos los profesionales –independiente de la disciplina y el marco teórico

que portan, así como las prácticas de trabajo que llevan adelante – tengan margen

para validar lo que hacen, sin necesidad de repensar ni introducir modificaciones

respecto al propio rol profesional. En el marco de la ley, los profesionales ubican,

legitiman y defienden la forma en que trabajan. Se vacía entonces de contenido la idea

de “reconversión”, afianzándose a su vez el perfil teórico y la modalidad de a abordaje

de la institución (de tratamiento psicoterapéutico, ambulatorio y predominantemente

individual)” (Rosendo, E. 2009, op.cit.pág.408 )

Complementariamente a tales evidencias, investigaciones acerca de los aspectos éticos

presentes en investigaciones no clínicas en el campo de la salud (Garbus, P; Solitario, R;

Stolkiner, A. 2008) releva las dificultades de aplicación de normas como el

consentimiento informado en aquellos casos en los cuales hay sustitución de derechos

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

(personas que atravesaron juicios de insanía). A partir de dicho relevamiento se

constata que, más que como garantía de los derechos de las personas, esta

herramienta parecería funcionar fundamentalmente como resguardo jurídico-legal de

los propios profesionales y/o investigadores.

En concordancia con lo anterior, en un reciente relevamiento realizado por la DNSMyA

sobre los egresados residentes en la ciudad de Buenos Aires que acudían al Ministerio

de la Nación durante junio del 2010 se indagó acerca del conocimiento que tenían

sobre documentos de referencia internacional tales como la Declaración de Caracas, la

estrategia de APS y la Convención Internacional para la lucha contra la discapacidad.

Los resultados fueron los siguientes: menos de un 10 % de la población encuestada

declaraba conocer la Declaración de Caracas, alrededor de un 20 % manifestaba su

reconocimiento de la Declaración de Alma Ata y sólo un 10 % de los principios para la

protección de los enfermos mentales y para el mejoramiento de la atención en salud

mental de las Naciones Unidas, mientras que la totalidad de los mismos admitía

desconocer la existencia de la Convención sobre los derechos de las personas con

discapacidad.

En síntesis, se refleja un escaso conocimiento acerca de los marcos normativos e

institucionales que deben ser tomados en cuenta para la orientación de las políticas

públicas y para establecer los marcos normativos que rigen para la protección de los

pacientes y también de los profesionales que brindan atención.

4. PRÁCTICAS SITUADAS Y NUEVOS ESCENARIOS DE APRENDIZAJE

La capacitación del personal de salud en el nivel de posgrado, no sólo en cuanto a

contenidos teórico-técnicos y metodológicos, sino también, en cuanto a aspectos

valorativos y actitudinales y al desarrollo de las habilidades profesionales necesarias

(comunicacionales, por ejemplo) para llevar adelante este nuevo tipo de

intervenciones son piezas clave del éxito de la reorientación de los servicios de salud.

Por ello resulta fundamental habilitar escenarios de aprendizaje que permitan al futuro

graduado aprender desde una práctica situada, facilitando el reconocimiento de los

contextos cambiantes, inciertos y complejos en los que se desenvuelve el accionar de

Instituciones de salud.

Un ejemplo de lo anterior se halla presente en la fundamentación de las prácticas profesionales en el marco de la formación de pregrado, las cuales han tratado de incentivarse en diversos ámbitos de formación durante el período reciente.

En la medida que guarda estrecha relación con lo propuesto por la ley y con la puesta

en marcha de la Dirección Nacional, de la cual ha obtenido un aval explícito y

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

facilidades institucionales para su realización, se expondrán brevemente los

fundamentos y los antecedentes que permiten contextualizar sendas propuestas

pedagógicas que se llevan a cabo en la Universidad de Buenos Aires, y que permiten

trazar una importante integración de la agenda académica con aquella que se plantea

en el escenario político y social.

4.1. Docencia, Extensión e Investigación Universitaria: el programa

Escuelas Promotoras de Salud

Durante el período comprendido entre los años 2000 a 2005 la Cátedra Salud Pública y

Mental desarrolló, como parte de su actividad formativa en el nivel de grado, Talleres

de Educación para la Salud en Instituciones educativas, que se abocaron a la

prevención de una variedad de problemáticas sanitarias consideradas prioritarias:

alcoholismo, tabaquismo, accidentes, prevención del HIV SIDA, nutrición saludable.

En virtud de que tales actividades resultaban a menudo fragmentadas y discontinuas,

se decidió la formulación e implementación de un Programa de extensión denominado

Escuelas promotoras de Salud, a realizarse en dos instituciones educativas emplazadas

respectivamente en San Isidro y Avellaneda. Para la formulación y puesta en marcha

de dicho programa se desarrolló un trabajo de capacitación interna del equipo de

Cátedra que se orientó a aprehender y acordar una visión común en torno a las

características y alcances del proyecto, y distintos subgrupos de trabajo profundizaron

el estudio de los ejes centrales que definen la presente estrategia: a) Desarrollo de una

propuesta de Educación para la Salud desde un enfoque integral; b) Ambientes

Saludables; c) Intersectorialidad.

Uno de los principales objetivos del programa fue dotar de continuidad a la labor

emprendida por la cohorte de alumnos que cursaba en cada cuatrimestre

correspondiente al dictado de la materia con aquella que se desarrollaba durante la

cohorte siguiente de alumnos durante el siguiente cuatrimestre, permitiendo la

sedimentación y enriquecimiento de los aprendizajes alcanzados, habilitando

oportunidades para el intercambio entre Instituciones educativas y Universidad.

Como ejemplo ilustrativo de ello, al inicio del Programa de la Cátedra realiza como

parte de la cursada un trabajo práctico o salida a terreno consistente en un

relevamiento diagnóstico ambiental y comunitario de las áreas vecinas a la Institución

educativa con la cual se establecieron los acuerdos de trabajo. Para cumplir con tal

finalidad, los alumnos tienen la oportunidad de analizar y debatir, como materiales

bibliográficos, documentos de trabajo que se gestaron para dar apoyo técnico y

difusión al Programa, elevándose los correspondientes informes a las autoridades

(directivos) de las Instituciones educativas.

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

Asimismo, cada uno de los estudiantes, aún cuando asumen una responsabilidad

fundamentalmente ligada a las características de la salida a terreno que corresponda a

la Comisión de Trabajos Prácticos en la que se halla inscrito, debe interiorizarse de lo

que la Cátedra en su conjunto está realizando a través de todas las comisiones de

trabajos prácticos que en cada cuatrimestre llevan a cabo el dictado de la materia. De

esta manera, se facilita un trabajo más integrado entre alumnos y docentes de la

Cátedra, que puede ser expuesto a la vez como un ejemplo cabal de lo que significa

una actividad planificada en el campo de la Salud Pública.

Durante el año 2007, luego que el Programa recibiera aprobación de la Secretaría de

Extensión, la Cátedra se abocó a la realización de un proceso diagnóstico participativo

con los distintos grupos que representan a la Institución, a fin de detectar los

problemas prioritarios y percibidos de salud. Este proceso que se realiza con una

variedad de estrategias y técnicas, concluyó en la elaboración de un diagnóstico

institucional, a partir del cual se logró trabajar en profundidad las problemáticas

sanitarias que los propios actores institucionales (ej: docentes, directivos, padres) han

percibido como prioritarias.

En dicho proceso diagnóstico se han establecido vínculos entre profesionales

universitarios y miembros de las instituciones educativas que han hecho factible

continuar exitosamente la marcha de las acciones emprendidas. Al mismo tiempo,

dicho vínculo permite ir construyendo conjuntamente la estrategia de intervención e

investigación, lo cual sirvió a la vez como un insumo para ajustar de forma permanente

los instrumentos utilizados (de Lellis, M; Da Silva, N; Dufy, D; Schittner, 2009).

Se da, por lo tanto, inicio formal al proyecto oportunamente presentado, el cual se

continúa con la realización durante el año 2008 y parte del 2009 de los talleres de

sensibilización dirigidos a docentes y preceptores de la Institución. Más tarde, y con

motivo de la salida a terreno que es requisito obligatorio para la acreditación de la

asignatura, se realizan talleres de discusión y reflexión con alumnos del nivel medio de

ambas Instituciones educativas.

En la implementación de este proyecto participan actores insertos de modo muy

distinto en la Institución escolar y en la propia Universidad: alumnos, maestros,

preceptores, directivos, estudiantes de grado, ayudantes docentes, auxiliares docentes

y profesores regulares.

Por ello resulta oportuno caracterizar el trabajo realizado con los mismos y su

consecuente articulación, destacándose a la luz de la presente caracterización la

complejidad que ello conlleva:

Los estudiantes de Psicología participan en la formulación, diseño e implementación

de actividades educativas (con la supervisión, evaluación y seguimiento de los

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

docentes que conforman el staff de la Cátedra), teniendo a su cargo no la elección de

un tema (habitualmente fijado por las prioridades acordado con los propios directivos)

pero sí las técnicas que se desarrollarán para su tratamiento y problematización. Ello

permite ligar el aprendizaje sobre distintas problemáticas de salud (ejemplos) con su

transmisión hacia audiencias prioritarias.

Los estudiantes de nivel secundario han sido los destinatarios directos de las

actividades educativas programadas en la Institución, en ellos se han promovido

habilidades sociales y cognitivas mediante la articulación del saber formal con el saber

informal propiciando ello mejores resultados, no sólo en cuanto la incorporación, sino

en tanto producción de conocimiento. Se estimuló la responsabilidad y la toma de

posición sobre sus acciones y pensamientos, propiciándose herramientas de

concientización y reflexión en torno a los problemas identificados .

Los docentes Universitarios pudieron experimentar la construcción de un espacio

nuevo de trabajo que posibilita la apertura del rol del psicólogo en el ámbito

educacional, mas allá de trabajar dentro de una institución. Se logró la articulación de

contenidos que atañen a la cátedra con herramientas informales con las que se pudo

llegar a la población que se prentendía. Se promovió la enseñanza de técnicas

relacionadas con la identificación de problemas con un enfoque sanitario, y la

formulación de una propuesta de promoción y educación para la salud adecuada a la

institución con la cual se efectuó la vinculación.

Los docentes de las escuelas hallaron oportunidades para la integración de la currícula

con herramientas hasta este momento no utilizadas, potenciando la incorporación de

contenidos curriculares y extracurriculares. Se logró la articulación entre los procesos

escolares tradicionales con formas novedosas de aproximar la enseñanza al facilitar la

apertura a programas externos (universitarios). Se logró suscitar interés fomentando la

participación en grupos de reflexión y visualización participativa y la elaboración de

estrategias para trabajar con la población adolescente.

Los directivos de las escuelas pudieron llevar adelante la articulación salud-educación

como motor de esta iniciativa promoviendo acciones sencillas, económicas,

productivas y que atañen a todos los actores de ambas instituciones (alumnos,

docentes, directivos), que permitieron reconcer una nueva forma de trabajo, así como

difundir los logros y proyectos a desarrollar en el futuro. Se promovieron espacios de

reflexión que permitieron revisar las estrategias y modalidades de gestión que llevan

adelante las instituciones educativas en relación a cuatro tópicos fundamentales:

La aprobación del Programa Escuelas Promotoras de Salud en el ámbito de la Facultad

de Psicología de la Universidad (por Resolución de su Consejo Directivo) así como la

inclusión de dicha propuesta en el Programa Educativo Institucional (PEI) de las

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

Instituciones con las cuales la Cátedra estableció un vínculo de trabajo sostenido en el

tiempo, hizo posible una mayor institucionalización del trabajo conjunto.

Se espera que la metodología e instrumentos elaborados y comprendidos en el

Programa, combinados de un modo flexible e integrado, permitan monitorear la

marcha del Programa y facilitar la evaluación integrada de las dimensiones centrales

que componen un proyecto de promoción de la salud en las escuelas: política escolar

de promoción de la salud, ambiente físico y psicosocial, comportamientos en salud de

la comunidad escolar, articulación con los servicios locales de salud y con

organizaciones de la comunidad.

En síntesis, todas las actividades de planeamiento, diseño y evaluación comprendidas

en el programa de extensión (incluyendo sus obstáculos y dificultades) es analizada y

evaluada en relación con los objetivos que se plantean en el dictado de la asignatura al

servicios de los distintos componentes de la política universitaria: docencia, extensión,

investigación.

4.2. Práctica profesional en Centros Sanitarios del Primer Nivel de

Atención: un enfoque preventivo y comunitario del trabajo en salud.

Una de las consecuencias positivas de la implementación de la estrategia de APS desde

el año 2000 a la fecha ha sido la importancia que han alcanzado los Centros de

Atención Primaria como ámbitos próximos a la vida cotidiana de la gente, a partir de

los cuales han podido incrementarse las redes intersectoriales que facilitan una

atención más integral de la población cubierta.

De acuerdo a la evaluación realizada por autoridades del Programa de Salud Social y

Comunitaria del Ministerio de Salud, la inserción del psicólogo en el equipo

interdisciplinario de salud ha resultado altamente satisfactoria y relevante, realizando

actividades preventivas y de base comunitaria en las Unidades Sanitarias.

La práctica de grado denominada “El psicólogo en el primer nivel de atención; un

enfoque preventivo y comunitario del trabajo en salud” postula la necesidad de

promover la inserción de estudiantes en un Centro Integrador Comunitario en el cual

se desempeñan graduados del Programa de Salud Social y Comunitaria del Ministerio

de Salud de la Nación, quienes a la vez asumen responsabilidades docentes como

tutores de la pasantía.

Dicha práctica profesional apunta hacia una transferencia de los marcos teóricos,

experiencias y prácticas adquiridas por los psicólogos formados en este nuevo modelo

de trabajo, a partir de su capacitación en el Programa de Salud Social y Comunitaria,

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

hacia jóvenes estudiantes de psicología, a partir de desempeñarse los primeros como

tutores de la pasantía.

Además de ofrecer las herramientas para el trabajo en salud comunitaria, comunes

para todos los profesionales que integran el equipo de salud, la formación de los

alumnos se completa con la aprehensión de conceptos y metodologías específicas del

área de la psicología social y comunitaria, necesarias para el desarrollo de

competencias del psicólogo que se desempeña en el primer nivel de atención desde

una perspectiva sanitarista.

Luego de diversas cohortes de alumnos que han efectuado su práctica en Centros

Integradores Comunitarios en los cuales se desarrollan acciones orientadas hacia el

fortalecimiento del componente de salud mental en el primer nivel de atención se ha

vuelto indispensable ampliar la inserción del psicólogo en actividades que le

permitieran reconocer aspectos relativos a la formulación e implementación de

políticas públicas de salud mental en el nivel central.

Así fue como se ha ido gestando durante los años 2008 a 2009 actividades tales como

entrevistas a funcionarios y responsables de programas en el nivel central. Durante el

año 2010, y a partir de la creación de la Dirección Nacional de Salud Mental y

Adicciones dichas actividades se llevaron a cabo en el ámbito de este organismo,

resultando propiciatorias para la formulación de una práctica profesional a

desarrollarse en cada uno de los subprogramas en los cuales se han organizado

actualmente las acciones programáticas.

A modo de recapitulación de ambas experiencias pedagógicas, resaltamos lo siguiente:

1. Permite la articulación entre programas de formación de recursos humanos en

el campo sanitario (en términos del impacto logrado en la inclusión de

profesionales) y la formación académico-universitaria en el nivel de pregrado.

2. Procesa y da respuesta a las demandas situadas en la agenda pública de la

autoridad sanitaria y/o educacional, con la que se plantea también en términos

de la agenda académica-científica, expresada por el interés y la voluntad de

suscribir un acuerdo conjunto de parte de la autoridad universitaria.

3. El alumno se inserta en los propios escenarios en los cuales se despliega el

trabajo comunitario (CIC, Centros de Salud, Escuela) pero desde el rol que le

asignan los tutores y coordinadores de la misma.

4. Habilita para la inclusión de los propios alumnos en los roles de observador y

también partícipes en actividades de educación para la salud, y permite la

transferencia de los conocimientos y habilidades propios de la de un programa

de formación cursado por graduados en Psicología con aquello que deben

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

aprender los alumnos de grado que cursan la asignatura de Salud Pública en el

propio escenario en el cual se despliega el trabajo sanitario (CIC, Centros de

Salud).

5. Se compromete a realizar una devolución a las autoridades que han ofrecido el

escenario institucional para la realización de la práctica profesional (Directores

de Centros de Salud, Directivos de las Escuelas participantes).

6. Para quienes se desempeñan como alumnos de la práctica profesional,

representa una inmejorable oportunidad para vincular de forma directa el rol

de un psicólogo en el primer nivel de atención, mientras que en el caso de las

Escuelas la inserción en programas orientados según una filosofía centrada en

la promoción de la salud más que en la asistencia a la enfermedad significó una

oportunidad para revisar las prácticas aprendidas e interiorizadas como tales

en el transcurso de la formación de posgrado.

7. Promueve competencias no convencionales para abordar las problemáticas

identificadas, tales como las actividades de aconsejamiento y/o consejería para

trastornos que, si bien no revisten gran severidad, constituyen una proporción

importante de las demandas de la población a los servicios de salud.

8. Fomenta el desarrollo de estrategias que impulsen la formación en áreas

críticas por la carencia de profesionales.

En síntesis, la inclusión del estudiante de Psicología en tales prácticas profesionales

ofrece una oportunidad inmejorable para la integración a una actividad de carácter

preventivo y comunitario, en la cual pueda visualizarse con claridad la importancia que

adquiere el rol del psicólogo en las instituciones públicas, integrados al equipo

interdisciplinario y en distintos niveles de acción: desde la promoción hasta los niveles

más específicos de prevención.

5. SINTESIS Y COMENTARIOS FINALES

La promulgación oficial de la Ley Nacional de Salud Mental manifiesta una decidida

voluntad de transformar un campo de prácticas que, surcado por tensiones políticas de

muy diverso tipo, se ha planteado como altamente refractario al cambio y a la postre

reforzador de situaciones en las cuales se manifiesta la violación sistemática de los

derechos humanos de las personas con trastornos mentales.

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

Aún cuando ya existen antecedentes de sanción legislativa en las provincias, la ley

nacional se constituye en una muy importante instancia para el referenciamiento de

las iniciativas desarrolladas en los niveles locales y en el posicionamiento de los actores

más relevantes respecto de las temáticas principales a resolver en el ámbito de

trabajo.

Su reglamentación se enfrentará sin duda al desafío de convertir en procedimientos

operativos eficaces aquello que se enuncia como principios axiológicos para guiar las

acciones en torno a la mejora del bienestar y la calidad de vida de las personas

asistidas.

En esta instancia de aplicación es donde suelen ponerse de manifiesto las dificultades

que entraña una ley que se propone transformar un modelo profesional instituido y

legitimado como válido por la comunidad profesional que lo porta.

Po ello subrayamos la necesidad de formular algunas recomendaciones para repensar

la formación de los recursos humanos de grado y de posgrado a la luz de lo normado

por la Ley, y que se sintetizan en las siguientes:

a) Ubicar al corpus de leyes vigentes a nivel federal como parte indisociable del

contexto normativo en el cual todo profesional debe anclar su práctica, y no

como una cuestión que sólo atañe a los expertos juristas en la materia,

evitando un sesgo excesivamente tecnicista de las leyes en cuestión.

b) Proponer una visión integral de los principales dilemas éticos y/o políticos que

están asociados a la implementación de la ley, y a la misma como una

herramienta en el proceso de formulación e implementación de las políticas

públicas.

c) Por último, promover una implicación del quehacer profesional que permita

tomar decisiones en escenarios institucionales ejercitando roles no

convencionales para el quehacer del psicólogo.

Todo ello implica revisar los contenidos y los escenarios de la formación; de allí que

hayamos considerado importante exponer dos experiencias pedagógicas en el cual los

futuros graduados desarrollan su implicación en escenarios complejos, inciertos y

cambiantes donde se planteará seguramente el futuro rol profesional.

La ley, entonces, podrá constituirse en una herramienta fundamental para revertir la

tendencia fragmentaria y enciclopedista de la actual formación de grado y de posgrado

de los profesionales que actúan o deberán actuar en el campo de la salud mental.

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

BIBLIOGRAFIA:

Alonso M.M., Gago P.T. (2007) Relevamiento sobre la formación y distribución de

Psicólogos en Argentina. Actualización a 2006. XII Congreso Argentino de Psicología.

San Luis.

Basaglia, F. (1973). La institución negada. Seix Barral. Barcelona.

de Lellis, Martín. (2006).Psicología y políticas públicas de salud. Paidós. Buenos Aires.

de Lellis, M; Da Silva, N; Dufy, D; Schittner, (2009). investigación evaluativa de una

estrategia de promoción de la salud en el ámbito escolar. Anuario de Investigaciones

de la Facultad de Psicología. Universidad de Buenos Aires. Marzo de 2009.

Di Nella, Yago. (2011). Psicología forense y derechos humanos. Koyatún. La Plata.

Di Nella, Yago. (2010).Dispositivos congelados. Koyatún. La Plata.

Garbus, P; Solitario, R; Stolkiner, A. (2009) Aspectos éticos en investigaciones no clínicas en el campo de la salud. Algunas consideraciones acerca del consentimiento informado en personas declaradas incapaces. Anuario de Investigaciones. Volumen XVI. Tomo I.

Kraut, A. (2005). Salud Mental y tutela jurídica. Buenos Aires: Editorial Rubinzal Culzoni.

Lorenzetti, R. (2009) Salud mental, legislación y derechos humanos en Argentina. En :

Cohen, H (Compilador). “Salud mental y derechos humanos. Vigencia de los

estándares internacionales. OPS. Buenos Aires.

Ministerio de Salud. Presidencia de la Nación. (2010).Estimación de la población

afectada de 15 años y más por trastornos mentales y del comportamiento en

Argentina.

Ministerio de Salud. (2011). Presidencia de la Nación. Perfil epidemiológico del

suicidio en Argentina. Algunas aproximaciones.

Organización Mundial de la Salud. (2001). Informe sobre Salud Mental: nuevos

conocimientos, nuevas esperanzas. Washington D.C.

Organización Mundial de la Salud. (2010). Instrumento de evaluación para sistemas de

salud mental. IESM-OMS. Versión 2.1. Salud Mental: Departamento de Evidencia e

Investigación de Salud Mental y Abuso de sustancias. Ginebra.

Rosendo, E. (2009). Satisfacción laboral, capacitación profesional y prácticas instituidas

de los profesionales de la salud mental: análisis de la viabilidad y factibilidad de la

aplicación de la Ley 448 de Salud Mental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Tesis

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

de doctorado. Presentado ante la Facultad de Medicina de l Universidad de Buenos

Aires. Instituto de Investigaciones Gino Germani, Universidad de Buenos Aires.

Mimeografiado.

Rosendo, E. (2010). Las leyes en el campo de la salud: entre la defensa de intereses

(corporativos y profesionales) y la regulación de las prácticas profesionales. El caso de

la Ley de Salud Mental Nº 448 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Instituto de la

Salud Juan Lazarte (UNR). Instituto de Investigaciones Gino Germani, Universidad de

Buenos Aires. Mimeografiado.

Rossetto, J. ; de Lellis, M. (2006). Los caminos de la reforma en Salud Mental. Revista

Medicina y Sociedad. Vol. 27. Nro.3. Setiembre de 2007.

Saforcada, E. (2000). Psicología sanitaria. Paidós. Buenos Aires.

Saforcada, E; de Lellis, M.; Mozobancyk, S. (2010). Psicología y salud pública. Paidós.

Buenos Aires.

ANEXO NORMATIVO

Declaración de Alma-Ata, resultado de la Conferencia Internacional sobre Atención

Primaria de la Salud. Organización Mundial de la Salud (OMS). 6 al 12 de septiembre de

1978.

Declaración de Caracas, Adoptado por la Conferencia Regional para la

reestructuración de la Atención Psiquiátrica en América Latina dentro de los Sistemas

Locales de Salud. Copatrocinado por la Organización Panamericana de la Salud (OPS-

OMS) y Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 14 de noviembre de 1990.

Principios de Brasilia. Adoptado por la Conferencia Regional para la Reforma de los

servicios de Salud Mental. “15 años después de Caracas”. Brasilia, Brasil, 9 de

noviembre de 2005.

Consenso de Panamá. Adoptado por la Conferencia Regional de Salud Mental “20 años

después de la Declaración de Caracas. La década del salto hacia la comunidad: por un

continente sin manicomios en el 2020. Ciudad de Panamá. Panamá, Octubre de 2010.

Principios para la Protección de los Enfermos Mentales y para el Mejoramiento de la

Atención de la Salud Mental. Asamblea General. Naciones Unidas – Resolución Nº

119. 46 Sesión. 1991.

Enviado para su publicación el 6 de junio de 2011.

Diez Principios Básicos de las Normas para la Atención de la Salud Mental.

Organización Mundial de la Salud. División de Salud Mental y Prevención del Abuso de

Sustancias. 1995.

Recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la

Promoción y Protección de los Derechos de la Personas con Discapacidad Mental

(Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Santiago de Chile, 4 de abril de 2001,

aprobado por la Comisión en su 111º Período).

Ley Nº 25.421/01. Asistencia Primaria en Salud Mental. Honorable Congreso de la

Nación. Programa de Asistencia Primaria de Salud Mental. Promulgada el 4 de abril de

2001.

Ley 26529. Derechos del paciente en su relación con los profesionales e instituciones

de salud. Honorable Congreso de la Nación. Promulgada el 19 de noviembre de 2009.

Ley Nacional de Salud Mental Nº 26657. Honorable Congreso de la Nación.

Promulgada el 2 de diciembre de 2010.

Decreto Presidencial 457/10. Anexo II. Administración Pública Nacional. 5 de abril de

2010.