8 marzo 2005

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8 de marzo de 2005 Nota: La siguiente información no representa ninguna posición oficial de la Secretaría de Agricultura Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) ni de industrias avícolas de los Estados Unidos o México tales como USAPEEC o la Unión Nacional de Avicultores. LO INVITAMOS A VISITAR NUESTRA PAGINA EN INTERNET http://www.usapeec-mx.org/ Resumen de noticias en esta actualización en relación al boletín previo de Septiembre de 2004 Cupos de Pierna y Muslo de Pollo para el periodo 2005-2007 fueron publicados en el Diario Oficial del 29 de diciembre de 2004 La Hoja de Requisitos Zoosanitaria ya no se cobra a partir del 1 de enero de 2005 Continua el debate del cobro de 290 pesos por tonelada de carne de importación de cualquier especie – reformas a la Ley Federal de Derechos y a la Ley de Sanidad Animal Publicación de la NOM-144 de la SEMARNAT sobre el uso de tarimas de madera en el Diario Oficial del 18 de enero del presente Cierre de la frontera de Reynosa a la importación de pierna y muslo de pollo congelado Rechazos de embarques de importación de carnes, particularmente carnes rojas Brote de Influenza Aviar de Baja Patogenicidad en Carolina del Norte Precio estimado para las importaciones de pierna y muslo de pollo a fin de evitar la sub- facturación del producto Carolina del Norte Debido a un brote de Influenza Aviar de baja patogenicidad, la SAGARPA/SENASICA ha corregido las hojas de requisitos sanitarios y prohibido las importaciones de carne cruda de ave para consumo humano directo, huevo de plato y fértil así como aves vivas del estado de Carolina del Norte desde febrero de 2005. Las materias primas avícolas para proceso térmico se pueden seguir importando. La importación de productos pre-cocidos y cocidos no se afectan con estas medidas.

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8 de marzo de 2005

Nota: La siguiente información no representa ninguna posición oficial de la Secretaría de Agricultura Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) ni de industrias avícolas de los Estados Unidos o México tales como USAPEEC o la Unión Nacional de Avicultores.

LO INVITAMOS A VISITAR NUESTRA PAGINA EN INTERNET

http://www.usapeec-mx.org/

Resumen de noticias en esta actualización en relación al boletín previo de Septiembre de 2004

Cupos de Pierna y Muslo de Pollo para el periodo 2005-2007 fueron publicados en el Diario Oficial del 29 de diciembre de 2004

La Hoja de Requisitos Zoosanitaria ya no se cobra a partir del 1 de enero de 2005 Continua el debate del cobro de 290 pesos por tonelada de carne de importación de cualquier

especie – reformas a la Ley Federal de Derechos y a la Ley de Sanidad Animal Publicación de la NOM-144 de la SEMARNAT sobre el uso de tarimas de madera en el Diario

Oficial del 18 de enero del presente Cierre de la frontera de Reynosa a la importación de pierna y muslo de pollo congelado Rechazos de embarques de importación de carnes, particularmente carnes rojas Brote de Influenza Aviar de Baja Patogenicidad en Carolina del Norte Precio estimado para las importaciones de pierna y muslo de pollo a fin de evitar la sub-

facturación del producto

Carolina del Norte

Debido a un brote de Influenza Aviar de baja patogenicidad, la SAGARPA/SENASICA ha corregido las hojas de requisitos sanitarios y prohibido las importaciones de carne cruda de ave para consumo humano directo, huevo de plato y fértil así como aves vivas del estado de Carolina del Norte desde febrero de 2005. Las materias primas avícolas para proceso térmico se pueden seguir importando. La importación de productos pre-cocidos y cocidos no se afectan con estas medidas.

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1. Cuáles son los principales mercados en México para pollo y pavo de los EEUU? Básicamente existen dos mercados/sectores para productos avícolas de importación en México: 1) Las áreas fronterizas para los muslos y piernas de pollo y carne de pavo para su venta al menudeo y 2) procesadoras de carne que utilizan pasta de ave (CMD) y muslos y piernas de pavo como materia prima. 2. Qué estados de los EEUU tienen prohibido exportar a México debido a la presencia de

enfermedades de las aves? SAGARPA levantó el embargo de varios estados afectados por IA de baja patogenicidad (IABP) a mediados de abril de 2004 debido a que USDA proporcionó información satisfactoria. Estos estados fueron: Maine, Virginia del Oeste, Virginia y Carolina del Norte. Asimismo, SAGARPA levantó también la prohibición de estados con la Enfermedad de Newcastle Exótico (EN): Carlifornia, Nevada, Arizona, y Texas. Como se presenta al principio del boletín, Carolina del Norte presento un brote de Influenza Aviar de baja patogenicidad y se encuentra nuevamente en la lista de estados cuarentenados desde febrero de 2005. Los nueve estados afectados IABP son: Connecticut, Pennsylvania, Nueva Jersey, Maryland, Delaware, Missouri, California, Texas y Carolina del Norte. Estos estados no pueden exportar productos de carne de ave cruda para venta al menudeo ni huevo para plato, incluyendo aves vivas y huevo fértil. Las importaciones de materias primas de ave (pastas y trozos de pavo) para su proceso térmico en México se permiten de estos estados bajo protocolos estrictos y sólo por las plantas de proceso, empacadoras y deshuesadoras aprobadas por la SAGARPA. La SAGARPA/SENASICA mantiene la cuarentena a las importaciones de cualquier tipo de carne de ave cruda, huevo y aves vivas en once condados del Estado de Texas debido al brote de Influenza Aviar de Alta Patogenicidad en el mes de febrero del 2004. Estos condados son: Gonzales, Guadalupe, Galdwell, Bastrop, Fayette, La Vaca, De Witt, Karnes, Wilson, Comal y Hays. Las importaciones de productos cocidos no son afectadas debido a estas enfermedades avícolas. 3. Se siguen tomando muestras para Salmonella y Listeria para productos cocidos y pre-

cocidos? SAGARPA suspendió acciones punitivas en el supuesto de encontrar Listeria en productos cocidos o precocidos importados. Inspectores fronterizos de la SAGARPA indican que se continúa con el muestreo de productos procesados a fin de realizar pruebas de laboratorio por Listeria. De acuerdo al protocolo vigente, a la SAGARPA únicamente le corresponde notificar a la Secretaria de Salud (SSA) de algún caso positivo que se pudiera presentar. En este caso, la Secretaria de Salud tiene la facultad de confiscar los lotes de productos afectados. A la fecha, la SAGARPA ni la SSA no ha emitido algún reporte publico sobre incidentes positivos de Listeria en productos cocidos importados de los Estados Unidos en alrededor de dos años.

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La SAGARPA/SENASICA en semanas recientes ha rechazado embarques de carne cruda de importación, en particular carne de res, debido principalmente a la presencia de hueso y a presentar productos en estado de descomposición. Como resultado de estos reportes, algunas plantas que han tenido un segundo rechazo han sido canceladas por la SENASICA y eliminadas de la lista de plantas de los EE.UU. elegibles para exportar a Mexico. Otras plantas se mantienen con un rechazo y sujetas a una inspección más estricta de acuerdo a lo establecido en la NOM-030. 4. Puedo importar muslos y piernas de pollo de los EEUU sin pagar arancel? Bajo el primer acuerdo bilateral de salvaguarda del TLCAN, sólo los importadores elegibles de la frontera pueden obtener certificados de importación libres del pago de arancel para importar muslos y piernas de pollo de los EEUU (libres de arancel). Las importaciones de muslos y piernas de pollo, más allá de las áreas fronterizas, están sujetas al pago del 59.3% de arancel de importación en el 2005. La siguiente tabla señala el nuevo periodo de eliminación de arancel de los años 2003 al 2007.

Periodo de eliminación de arancel de los años 2003 al 2007 - Toneladas y Porcentajes

80

90

100 101 102 103 104

0

20

40

60

80

100

120

Mile

s de

Ton

elad

as

10.0

20.0

30.0

40.0

50.0

60.0

70.0

80.0

90.0

100.0

% A

ranc

el

Únrecanen

Fuente: USAPEEC Mexico

0 0.0

Cupo de Importación 80 90 100 101 102 103 104 0

Arancel sobre lasimportaciones fuera del cupo

98.8 49.4 98.8 79.0 59.3 39.5 19.8 0.0

2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008

icamente los importadores seleccionados operando en las áreas fronterizas son elegibles para ibir cupos de importación libres del pago de arancel, con base al registro de importaciones

teriores (importadores tradicionales) y para los nuevos importadores dependiendo de la capacidad cuartos fríos de almacenaje o áreas de venta. Estos importadores fronterizos, comúnmente son

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cadenas de supermercados o distribuidores. De acuerdo con regulaciones internas, ellos deben vender el producto sólo dentro de la ciudad fronteriza en donde la Secretaria de Economia ha aprobado y asignado el cupo. A diferencia de asignaciones anteriores, la Secretaria de Economía asignara los cupos para todo el año y el decreto publicado el pasado 29 de diciembre establece los criterios de asignación y entrega de solicitudes para obtener los cupos libres de arancel en el 2005, 2006 y 2007. El pasado 25 de febrero del presente, la SHCP publico una resolución en el Diario Oficial que establece un precio estimado de 30 centavos de dólar de los Estados Unidos por libra en el caso de importaciones de pierna y muslo de pollo con el sobre arancel cupo del acuerdo bilateral de salvaguarda. El precio estimado busca eliminar practicas ilegales de comercio como la sub-facturación de los productos para evitar el pago del sobre-arancel cupo que es del 59.3% en el 2005. Las importaciones con cupo otorgados por la Secretaria de Economía a los importadores fronterizos, como se ha mencionado, ingresan libre de arancel. A finales del mes de enero del presente, la SAGARPA/SENASICA estableció cerrar la aduana de Reynosa como punto de ingreso para las importaciones de pierna y muslo de pollo congelado. Importadores fronterizos de Reynosa han solicitado a la SAGARPA la reapertura de la aduana para productos que sean comercializados y vendidos exclusivamente en dicha ciudad fronteriza. 5. Yo no estoy importando muslos y piernas de pollo, sino otras piezas de pollo crudo, pavo

entero, pavo en trozos y aún productos procesados de ave y productos de huevo: por ejemplo, nuguets, pateés, salchicha y cortes fríos. Puedo importar estos productos libres del pago de arancel?

Si, siempre y cuando cumpla con las regulaciones de importación de salud animal y de inocuidad alimentaria de la Secretaria de Agricultura de México (SAGARPA/SENASICA). Estas restricciones se señalan en las llamadas Hojas de Requisitos Zoosanitarios de Importación (HRZ) por tipos de productos: carne cruda para consumo humano directo (carne, pastas, vísceras y despojos); materias primas de ave para proceso térmico; carne precocida, cocida, ahumada y; carne cruda de ave en salmuera para consumo humano directo. Las importaciones actuales de carne de ave cruda para venta al menudeo deben ser originarias de estados no afectados por infuenza aviar de baja patogenicidad (IABP). Actualmente, las importaciones de carne de ave cruda para proceso (tratamiento térmico) no están sujetas a una prueba específica de influenza aviar (IA). Las plantas procesadoras de carne en México, deben ser aprobadas por la SENASICA para el proceso de materias primas de ave importadas. Las importaciones de productos completamente cocidos se permiten sin llevar a cabo ninguna prueba de IA. Es importante mencionar que a partir de este año las HRZ’s ya no tienen costo debido a los cambios de la Ley Federal de Derechos. A continuación damos a conocer el sitio web de SAGARPA/SENASICA en donde se pueden obtener copias de las HRZ’s.

http://senasicaw.senasica.sagarpa.gob.mx/hojaweb/Producto.asp Se adjunta tabla con resumen de los principales requisitos sanitarios por tipo de producto. Es probable que la SAGARPA/SENASICA imponga un cobro por la inspección de carne de cualquier especie importada mediante cambios a la Ley Federal de Sanidad Animal y a la Ley Federal de Derechos promovidos por el poder legislativo – Cámaras de Diputados y Senadores. El cobro propuesto por este derecho es de 290 pesos por tonelada y actualmente se revisan algunas propuestas debido al impacto desigual no únicamente relacionado con el valor de los embarques sino también con los diferentes tipos de inspección que se llevan a cabo. Por ejemplo existen diferentes niveles de riesgo sanitario asociado al tipo de producto específico de origen animal que ingrese a Mexico.

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6. Quiero importar pollo y carne obscura de pavo de los EEUU para proceso, puedo hacerlo? Si, a excepción de once condados de Texas. Como se mencionó anteriormente, la planta procesadora en México necesita también estar aprobada por SAGARPA, para identificarlas, puede consultar el sitio http://web2.senasica.sagarpa.gob.mx/xportal/dgsa/trser/Doc1273/ 7. Puedo importar productos de ave crudos de países diferentes a los Estados Unidos? México tiene un acuerdo de libre comercio con Chile, el cual ha estado funcionando plenamente desde 1998. Con la excepción de patos enteros, todas las importaciones de aves y productos avícolas canadienses fueron excluidas de las negocioaciones del TLCAN. México ha excluido el sector avícola de todos los otros Tratados de Libre Comercio. 8. Todavía tengo problemas para cruzar productos, como exportador de los Estados Unidos,

que debería hacer? Debido a cambios en los requisitos de importación, sugerimos que proporcionen información a la oficina de USAPEEC en Mexico tan detallada como sea posible cuando se presenten problemas en la frontera: tipo de producto, volumen, punto de entrada/frontera, detalles sobre el problema, nombre y datos del importador y de su agencia aduanal. Normalmente los problemas causados por la interpretación de los nuevos requisitos son resueltos de gobierno a gobierno por conducto de la Embajada de los Estados Unidos en la Ciudad de Mexico. 9. Qué requisitos de importación de México deben cumplir los exportadores de los EEUU? Los exportadores de los EEUU deben cumplir con los requisitos de tener plantas en los EEUU aprobadas por la SAGARPA para ser elegibles para la exportación de productos cárnicos de ave a México. Otros requisitos que deben cumplir los exportadores de los EEUU se relacionan con las regulaciones de salud animal, primordialmente certificaciones de Influenza Aviar y la NOM-030 referente al adecuado etiquetado de cajas y combos para su inspección. USDA/FSIS emite certificados de exportación con leyendas específicas en la sección de observaciones o carta membretada del USDA/FSIS, dependiendo si los productos son carne de ave cruda para su venta al menudeo, ingredientes (materia prima) de ave para proceso o productos totalmente cocidos. Los productos avícolas pre-empacados importados a México también deben cumplir con regulaciones de etiquetado especiales para el consumidor (en español) bajo la NOM-051. Las importaciones de jamones totalmente cocidos deben cumplir con la NOM-158 del 14 de agosto del 2003. Esta regla se implementó el 1º. de marzo del 2004. La mayoría de esta información está disponible en el sitio web de FSIS, Biblioteca de Exportaciones, México.

http://www.fsis.usda.gov/Frame/FrameRedirect.asp?main=/OFO/export/mexico.htm 10. Cuales son la nuevas reglas sobre tarimas y material de embalaje de madera? Los países miembros de la Organización de Protección de Plantas (sanidad vegetal) de Norteamérica (NAPPO) adoptaran gradualmente la imposición de medidas sanitarias a fin de prevenir la 5

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propagación de plagas a través del uso de pallets y materiales de embalaje de madera que no ha sido tratada. La SEMARNAT publico la NOM-144-SEMARNAT-2004, que establece las medidas fitosanitarias reconocidas internacionalmente para el embalaje de madera, que se utiliza en el comercio internacional de bienes y mercancías, el pasado 18 de enero del presente en el Diario Oficial. En Mexico, las nuevas reglas deben de entrar en vigor el 16 de septiembre del 2005, aun y cuando no se definido si la SAGARPA o SEMARNAT por medio de la PROFEPA serian las responsables de supervisar su cumplimiento en los puntos fronterizos. Esta es una norma que deben de cumplir todos los países miembros de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria y que por lo tanto afecta por igual a todas las exportaciones e importaciones de productos ya sean agropecuarios o de cualquier otro tipo y que usen los pallets o tarimas de madera como material de embalaje . 11. Cuáles son las principales dependencias en México encargadas de hacer cumplir los

requisitos de importación? Las dependencias nacionales que regulan las importaciones de productos avícolas son; la Secretaria de Economía (cupos para muslos y piernas de pollo) y la Secretaría de Agricultura (regulaciones en salud animal e inocuidad alimentaria). Las disposiciones de importación que asignaron el cupo para muslos y piernas de pollo para el 2005-2007 se publicaron en el diario Oficial de la Federación del 29 de diciembre del 2004. Se espera que en el futuro la Secretaría de Salud (SSA) se involucre más en las inspecciones y muestreo de productos cárnicos importados, incluyendo la carne de aves. Los protocolos y procedimientos de la Secretaría de Salud no se han emitido; sin embargo las reuniones con oficiales de la SAGARPA se continúan llevando a cabo para evitar la duplicidad de funciones de cada dependencia regulatoria. Los interesados en ser nuevos importadores deben obtener un registro tanto del Censo General de Importadores, así como del Censo Sectorial. Se debe cumplir con estos procedimientos ante la Secretaría de Hacienda (SHCP) a través de la Dirección General de Aduanas de México.

http://www.aduanas.gob.mx/webadunet/aga.aspx?Q=r21 A partir del 1º de enero del 2004, es un requisito para los importadores de carne de ave en el Censo General de Importadores y en el Censo Sectorial el enviar una carta oficial a la Aduana Mexicana, a fin de proporcionar los nombres de los agentes aduanales mexicanos contratados y autorizados por el importador. La SEMARNAT/PROFEPA ha publicado la NOM-144 sobre el uso de tarimas de madera que no representen riesgos sanitarios (ver pregunta 10). 12. Me sugeriría algunos sitios web de interes en el área avícola?

Estados Unidos de América (Inglés)

Consejo de Exportadores de Huevo y Aves de los EEUU http://www.usapeec.org/Consejo Americano del Huevo http://www.aeb.org/Consejo Nacional del Pollo http://www.eatchicken.com/Federación Nacional de Pavo http://www.eatturkey.com/Productores Unidos de Huevo http://www.unitedegg.org/Asociación Avícola y de Huevo de los EEUU http://www.poultryegg.org/USDA/FAS http://www.fas.usda.gov/Administración de Drogas y Alimentos (FDA por sus siglas en ingles) http://www.fda.gov/

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México (Español) Unión Nacional de Avicultores http://www.una.com.mx/Secretaría de Agricultura http://www.sagarpa.gob.mx/Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana

http://www.caaarem.org.mx/

USAPEEC MEXICO 8 de Marzo de 2005

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8 de Marzo de 2005 A) ARANCELES DE IMPORTACION Y CUPOS DE TLCAN

Producto Pierna y muslo de pollo crudo

Productos avícolas

crudos para su venta al menudeo

Productos avícolas

crudos para proceso

Productos totalmente

cocidos

Huevo de plato, LPE

y fértil

Aves vivas

Aranceles de Importación

N.A. CERO CERO CERO CERO CERO

Cupos de importación libres de arancel

102,000 TM 1/ NINGUNO NINGUNO NINGUNO NINGUNO NINGUNO

Arancel sobre las importaciones fuera del cupo

59.3% CERO CERO CERO CERO CERO

Precio estimado para importaciones fuera de cupo 2/

U.S. $0.30/kg NINGUNO NINGUNO NINGUNO NINGUNO NINGUNO

N.A. - No aplica LPE.- Libre Patógenos Específicos Productos avícolas crudos incluyen pollo, pavo pato, codorniz, ganso, faisán y la carne de otras aves de caza. 1/ Salvaguarda definitiva publicada el 25 de julio de 2003 en el Diario Oficial de la Federación. Las importaciones de muslos y piernas de pollo provenientes de los EEUU bajo el acuerdo de salvaguarda han estado funcionando apropiadamente hasta la fecha. El 29 de diciembre, el Gobierno Mexicano dio a conocer los cupos fronterizos para el 2005-2007. La Secretaria de Economía asigno a mediados de enero del presente el cupo anual y establece la normatividad para el 2006 y 2007. Para el 2005, el cupo anual es de 102,000 toneladas métricas. México incluyó importaciones de monturas de pollo de los EEUU en el acuerdo, ya que incluyen carne obscura predominantemente. 2/ Precio estimado publicado en la resolución de la SHCP en el Diario Oficial del 25 de febrero de 2005. Este precio estimado aplica para el calculo del sobre-arancel cupo de 59.3% para las importaciones que no entren con cupo de la Secretaria de Economía. Los cupos otorgados son libres de arancel conforme al acuerdo a la salvaguarda bilateral.

8

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B) REQUISITOS DE IMPORTACION SOBRE SALUD ANIMAL E INOCUIDAD ALIMENTARIA

Las importaciones de productos avícolas incluidos en la tabla siguiente pueden ingresar a México través de los siguientes puntos fronterizos (Ciudades y Estado): Ciudad Juarez, Chihuahua; Reynosa (excepto pierna y muslo de pollo congelado), Nuevo Laredo, Matamoros (excepto productos cocidos), Tamaulipas; Tijuana y Mexicali, Baja California; Colombia, Nuevo Leon; Manzanillo, Colima; San Luis Río Colorado, Nogales y Agua Prieta (excepto productos cocidos), Sonora; Puerto Morelos, Quintana Roo; Tuxpan, Veracruz; Piedras Negras (excepto productos cocidos), Coahuila Definición de las áreas fronterizas – Ver el mapa anexo Región Fronteriza Norte.- Todo el Estado de Baja California, todo el Estado de Baja

California Sur y una parte del Estado de Sonora. Franja Fronteriza Norte.- Esta comprende el territorio mexicano entre la línea internacional

con los Estados Unidos y una línea paralela de 20 kilómetros a partir del límite Internacional hacia el interior, incluyendo una porción del Estado de Sonora hacia el Golfo de México.

Región Fronteriza Sur.- El único mercado relevante para las importaciones de muslos y piernas de pollo y otra carne cruda de ave en esta región es Cancún. El producto debe ser inspeccionado en Puerto Morelos, Estado de Quintana Roo.

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RESUMEN DE REQUISITOS SANITARIOS 1/ Producto Pierna y

muslo de pollo crudo

Productos Avícolas Crudos para su venta al

menudeo

Productos Avícolas Crudos

para proceso

2/

Productos totalmente

cocidos

Huevo para mesa, LPE y fertilizados

Aves vivas

El Estado de Texas puede exportar 3/

NO NO SI SI NO NO

Nueve estados con IABP pueden exportar 4/

NO NO SI SI NO NO

Se requiere una certificación de que los camiones fueron lavados y desinfectados

SI SI SI NO SI SI

Se requiere flejar los camiones en el punto de origen

SI SI SI NO SI SI

Certificación de que el producto es apto para el consumo humano y que se comercializa libremente en los EEUU.

SI SI SI NO N.A. N.A.

Se requiere la prueba de Agar Gel

SI

SI

NO

NO

SI 5/

SI 5/

Se mezclan los productos de los estados afectados por IABP y IAAP de Texas.

NO NO NO SI NO NO

Están sujetos a la NOM-030 y al Artículo 24 de la Ley de Salud Animal sobre la inspección y los documentos de exportación y etiquetado.

SI

SI

SI

SI

N.A.

N.A.

N.A.- No aplica LPE .- Libre de Patógenos Específicos IABP.- Influenza Aviar de Baja Patogenicidad IAAP.- Influenza Aviar de Alta Patogenicidad Productos cárnicos avícolas incluyen, pollo, pavo, pato, codorniz, ganso, faisán y la carne de otras aves de caza. Nota: A mediados del mes de abril del 2004, SAGARPA eliminó la prohibición a los estados afectados por la EN: California, Nevada, Arizona y Texas. Y la prohibición a los siguientes estados con IABP: Maine, Virginia del Oeste, Virginia y Carolina del Norte (este estado ha sido nuevamente cuarentenado a partir de febrero de 2005). 1/ Para la carne de aves y los productos de huevo, visite el sitio de la Biblioteca de Exportación de USDA/FSIS de fecha 9 de junio de 2004.

http://www.fsis.usda.gov/Frame/FrameRedirect.asp?main=/OFO/export/mexico.htm 2/ Las importaciones sólo se aprueban si su destino son Plantas TIF y plantas procesadoras no clasificadas como TIF aprobadas por SAGARPA.

http://web2.senasica.sagarpa.gob.mx/xportal/dgsa/trser/Doc1273/ 3/ La SENASICA continúa prohibiendo la importación a cualquier tipo de carne de ave cruda, huevo y aves vivas del Estado de Texas a once condados vedados por el brote de Influenza Aviar de Alta Patogenicidad en el mes de

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febrero del 2004. Estos condados son: Gonzales, Guadalupe, Galdwell, Bastrop, Fayette, La Vaca, De Witt, Karnes, Wilson, Comal y Hays. A excepción de algunas bodegas en frontera, también se prohíbe el almacenamiento en bodegas de refrigeración y congelación del Estado de Texas. La SAGARPA aprueba maniobras de transferencia de cargas de camiones de los Estados Unidos a camiones Mexicanos en puntos aprobados en ciudades fronterizas del Estado de Texas. Se sugiere consultar que puntos son aprobados para realizar estas maniobras y que bodegas han sido autorizadas por la SAGARPA/SENASICA para almacenar productos con los agentes aduanales empleados por los importadores. 4/ Nueve estados siguen afectados por IABP: Connecticut, Pennsylvania, New Jersey, Maryland, Delaware, Missouri, Texas, Carolina del Norte (el más reciente a partir de Febrero de 2005) y California. Estos estados tampoco pueden almacenar productos crudos de ave. 5/ Las pruebas se deben llevar a cabo de forma trimestral. 8 de Marzo de 2005 USAPEEC MEXICO

Región Fronte

riza Norte Franja Fronte

riza Norte Región Fronteriza Sur - Cancún

Región Fronteriza Norte

Franja Fronteriza Norte

Región Fronteriza Sur - Cancun

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Glosario

CMD Carne Mecánicamente Deshuesada EEUU Estados Unidos de América EN Enfermedad de Newcastle Exótico FSIS Servicio de Inspección y Control Sanitario de los Alimentos HRZ Hoja de Requisitos Zoosanitarios IA Influenza Aviar IAAP Influenza Aviar de Alta Patogenicidad IABP Influenza Aviar de Baja Patogenicidad NOM Norma Oficial Mexicana OISA Oficina de Inspección de Sanidad Agropecuaria SAGARPA Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación SENASICA Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria SHCP Secretaría de Hacienda y Crédito Público SSA Secretaría de Salubridad y Asistencia TIF Tipo Inspección Federal TLCAN Tratado de Libre Comercio de América del Norte USAPEEC Consejo de Exportadores de Carne de Ave y Huevo de los Estados

Unidos de América USDA Departamento de Agricultura de los Estados Unidos

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