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2019 Coihueco Escuela Agroecológica Las Islas 01/03/2019 REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA

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2019

Coihueco

Escuela Agroecológica Las Islas

01/03/2019

REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA

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CORPORACIÓN EDUCACIONAL MERCEDES FREIRE FUENTES ESCUELA AGROECOLÓGICA LAS ISLAS

REGLAMENTO INETRNO Y DE CONVIVENCIA

2019

FUNDAMENTACIÓN

Toda organización humana requiere de principios y normas básicas para la regulación de la convivencia, para asegurar a los participantes que ésta se dé en un plano de respeto y tolerancia. Mayormente estos principios cobran importancia cuando se trata de personas en formación, personas que se encuentran en diferentes grados de desarrollo de las habilidades sociales, según sea la edad, niños de transición mayor. Es decir, niños cuyas características físicas, sociales y emocionales son muy diferentes, niños y niñas cuyas motivaciones para actuar cambian conforme cambia la edad y que por ende requieren de tratamientos diferentes.

El presente manual debe asegurar en primera instancia la solución de conflictos mediante la palabra o el diálogo, como primera herramienta. Asegurando la educación de la conducta y desarrollando las competencias sociales necesarias para la vida, como son la tolerancia, el respeto, la solidaridad, la responsabilidad, el autocontrol y la autodisciplina. Como medidas alternativas para casos extremos, en los que la conversación no basta, se enuncia conductas que son prohibidas, estratificadas por su nivel de gravedad, un plan de procedimientos y sanciones.

El presente manual de convivencia tiene por finalidad regular y promover el Proyecto Educativo Institucional, para efectos de lograr una convivencia pacífica y democrática entre los diferentes agentes educativos directos, reconociendo sus deberes, derechos y el compromiso con la función educadora, establecida en la misión y visión del establecimiento.

OBJETIVOS

Promover y desarrollar en los miembros de la comunidad escolar principios que contribuyan a establecer una sana convivencia.

Establecer procedimientos claros y expeditos para abordar y solucionar conflictos relacionados con la convivencia al interior del colegio.

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Promover y desarrollar a través del Comité de Convivencia Escolar actividades preventivas, de desarrollo de habilidades sociales, alfabetización emocional, competencias parentales, tendientes a mejorar la convivencia.

CONCEPTO

Todo miembro de la comunidad escolar, merece desenvolverse en un ambiente grato y de respeto hacia su persona y la actividad que realiza. Así como también tiene la obligación de brindar al resto de la comunidad, el mismo respeto que recibe.

Se entiende por comunidad escolar a los alumnos y alumnas, padre, madres, apoderados, asistentes de la educación, profesionales de la educación, directivos y sostenedores.

I. LA COMUNIDAD ESCOLAR

Artículo 1º. Derechos y deberes de la comunidad educativa. Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo principios de respeto y tolerancia.

Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los derechos denunciados.

II. COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Artículo 1º El encargado de la convivencia escolar de la comunidad educativa será el Representante Legal de La Sociedad Educacional del establecimiento educacional.

Artículo 2º Existirá un comité de convivencia escolar, el cual estará integrado por

a) Directora. b) Representante del alumnado. c) Representante de padres y apoderados. d) Representante de asistentes de la educación.

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Artículo 3º El comité tendrá las siguientes funciones:

a) Proponer e implementar medidas y procedimientos para contribuir a un clima escolar sano.

b) Diseñan planes de prevención de convivencia escolar. c) Difundir el manual de convivencia del establecimiento.

III. CONSEJO DISCIPLINARIO

Artículo 1º Existirá un consejo de disciplina. El cual será citado las veces que se estime conveniente por la dirección.

a) El consejo de disciplina lo componen el cuerpo de profesores del establecimiento y Sostenedores.

b) La función del consejo disciplinario será la de proporcionar información sobre el desempeño de los alumnos al interior de la sala y sugerir medidas sobre sanciones y/o procedimientos a seguir, en casos de faltas graves y muy graves de los alumnos.

IV. LOS ALUMNOS

Su bienestar y desarrollo físico, psicosocial, intelectual, medioambiental y moral, son el objetivo y última razón de ser de toda la organización y de toda acción pedagógica. Su participación en la comunidad escolar no puede limitarse a la simple recepción de los conocimientos y a la participación en actividades que se organizan para ellos. Están llamados a encauzar la misma labor educativa de acuerdo a sus reales inquietudes y expectativas, participando activamente en aquellas actividades de su elección en forma más directa y personal.

Artículo 1º deberes de los alumnos

a) Conocer el Proyecto Educativo del colegio, el Manual de Convivencia y el Reglamento interno de evaluación y promoción.

b) Cumplir con la jornada pedagógica asignada para cada nivel de enseñanza básica, establecida por el Colegio, basadas en los planes y programas de Ministerio de Educación.

c) Respetar a sus pares y al personal que lo atiende: Rectoría, Profesores, Educadoras, Técnicos, Inspectores, personal de servicio. Demostrando un trato cortés y un lenguaje respetuoso.

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d) Responsabilizarse en el cuidado de sí mismo en protección e higiene. e) Responsabilizarse en el cuidado del medio en protección e higiene. f) Cuidar sus pertenencias, desligando al colegio de toda responsabilidad

en caso de pérdidas. g) Cumplir responsablemente con sus deberes escolares, (tareas, trabajos,

estudio, presentaciones, etc.), útiles, cuadernos de asignatura, horarios, según corresponda.

h) Respetar el conducto regular ante situaciones problemáticas, El Profesor jefe es la primera instancia.

i) Privilegiar ante todo, el diálogo, la empatía y la colaboración ante cualquier situación.

j) Respetar y acatar los principios y normas que distinguen la tendencia confesional cristiana evangélica del establecimiento.

k) Informar a cada inspector de ciclo del establecimiento de su estado de salud, accidente o incidente que le haya ocurrido tanto en el trayecto como al interior del colegio.

l) Contar con una libreta de comunicaciones. m) Cumplir con el uso del uniforme establecido:

Damas: Zapatillas negras, Medias blancas, polera Verde Pistacho o blanca, polar verde. Buzo institucional, Cotona Beige

Varones: Zapatillas negras, Medias blancas, polera Verde Pistacho o blanca, polar verde. Buzo institucional, Cotona Beige

Se solicita el uso de prendas en un diseño tradicional, sin atender a modas o tendencias que modifiquen el uniforme. El incumplimiento de los deberes del alumno constituye una falta cuya gravedad queda sujeta al presente reglamento.

Artículo 2º Derechos de los alumnos

a) Participar en un ambiente grato y de responsabilidad que favorezca el desarrollo integral de su personalidad.

b) Recibir de parte del personal docente, co-docente y administrativo un trato respetuoso

c) Ser considerado y escuchado en sus opiniones.

d) Recibir una preparación adecuada a su edad en lo que se refiere a los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos para Educación. Basados, además, en el principio de experiencias vivenciales, que enriquezcan el proceso de aprendizaje.

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e) Contar con la infraestructura mínima necesaria, contemplada por el ministerio de educación para el desarrollo de sus actividades escolares

f) Trato diferenciado, contemplado en el manual de evaluación y promoción, para alumnas embarazadas y madres.

g) Usar las dependencias y materiales del Colegio.

h) Recibir atención; inmediata de primeros auxilios, en caso de lesiones, heridas u otro tipo de emergencia.

i) En caso de accidente, los alumnos quedan sujetos al seguro escolar contemplado en la Ley 16.764 Decreto 313. ARTÍCULO 3.

j) Ser informado de las causas o motivos de la sanción que afecte a su persona como asimismo de las anotaciones registradas en el libro de clases.

k) Solicitar el calendario de reprogramación de pruebas en Dirección, según lo establecido en el reglamento de evaluación y promoción.

l) Solicitar reevaluación cuando existan necesidades especiales de aprendizajes, previa certificación de especialistas que lo avalen.

Artículo 3º Faltas al Manual de Convivencia Las faltas pueden ser leves, graves y muy graves:

Son Faltas Leves

a) El uso del cabello largo en los varones. Se exigirá un corte tradicional que mantenga en todo momento el rostro despejado y el uso de tinturas no tradicionales.

b) Traer pintura en el rostro y uñas en damas y varones. c) Presentarse al colegio desaseado, pelo largo, con maquillaje, aros u

otros elementos incrustados en la piel. d) Mal uso del uniforme e) Traer objetos de valor al colegio como joyas, mp3, mp4, celulares y

otros similares. (el colegio no se responsabiliza por pérdidas o robos) f) Presentarse sin sus materiales, cuadernos y libros u otros solicitados por

los docentes. g) No respetar los conductos regulares del colegio en situaciones

problemáticas dadas. h) No ingresar puntualmente al inicio de la jornada y al regreso del recreo. i) Interrumpir reiteradamente las clases. j) Ensuciar la sala, patios, pasillos y baños del colegio. k) No portar libreta de comunicaciones.

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Cualquier falta leve puede constituir una falta grave o muy grave si es que se presenta en forma reiterada, es decir que representa un patrón conductual y en tales casos la sanción será sancionada como falta grave o muy grave según lo decida el presente reglamento

Son faltas graves

a) Negarse a realizar el trabajo asignado por el profesor correspondiente. b) Provocar daños en la propiedad privada, ya sea de sus compañeros, de

personal del colegio o del establecimiento educacional. c) Faltar a las evaluaciones o pruebas sin justificación. (contemplado en el

reglamento de promoción y evaluación) d) No reponer daños provocados a la propiedad privada de compañeros o

profesores o del colegio. e) Sustraer objetos ajenos tanto de los compañeros como del colegio.

Situación a evaluar por autoridad presente y competente (profesor jefe, Rector).

f) Reducir objetos sustraídos a compañeros, docente o codocentes con la intención de robar.

g) Copiar en las evaluaciones utilizando o no, elementos simples (torpedos) o electrónicos.

h) Usar celulares, agendas digitales, equipos musicales en clases. i) Presentar conductas reñidas con la moral y buenas costumbres en

clases o patio. j) Tener mal comportamiento en las salidas a terreno o en eventos en

representación del colegio. k) Tener un mal comportamiento en actos cívicos matinales o en actos

oficiales, fuera o dentro del colegio. l) Faltar a un desfile, habiendo sido citado previamente. m) Faltar a un evento extraescolar, habiendo existido compromiso previo. n) Abandonar la sala de clases sin autorización. o) Provocar desorden en actividades de aula o de patio. p) Ingresar al colegio material pornográfico de cualquier índole. q) No respetar los símbolos patrios. r) Instigar a otro, participar u ocultar a otros que participen en abuso

sexual en dependencias del colegio.

Son faltas muy graves

a) Portar elementos corto punzantes (Cuchillos, punzones, navajas, etc.), elementos contundentes (cadenas, bastones, palos que induzcan a la agresión, etc.), armas, tanto dentro del colegio como en el trayecto entre casa y colegio.

b) Abandonar el colegio (fugarse) antes de la hora de salida c) Confabular o concertarse para la realización de actos ilícitos (robos,

agresiones, etc.).

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d) Portar y usar sustancias explosivas., bromas químicas. (Situación a evaluar por autoridad presente y competente: profesor jefe, Rector, Consejo Directivo)

e) Abusar deshonestamente de sus compañeros hablando o mostrando material pornográfico de cualquier índole, tocando sus partes íntimas, sometiendo por la fuerza (caricias, besos). En relación a delitos sexuales enmarcados en la ley 19.927 de enero 2004 sobre abuso sexual, violación, estupro, incesto, sodomía, pornografía infantil, utilización de niños y niñas para la prostitución.

f) Tener relaciones sexuales al interior del establecimiento. g) El engaño, fraude o trampa utilizando documentos o certificados

médicos que conllevan una justificación para subir una nota, justificar una falta a una evaluación o una inasistencia.

h) Promover ideologías contradictorias a la formación valórica cristiana del Colegio reflejada en el P.E.I, tanto en lo político, religioso (sectas) y filosófico.

Son faltas muy graves relacionadas con maltrato escolar

a) Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazas u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad escolar.

b) Agredir físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa. c) Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad

educativa. d) Amedrentar, amenaza, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse

de algún miembro de la comunidad educativa. e) Discriminar a un miembro de la comunidad educativa por: condición

social, condición económica, religión, pensamiento político, filosófico, ascendencia étnica, nacionalidad, orientación sexual, discapacitada, defecto físico, nombre y cualquier otra circunstancia.

f) Amenazar, atacar o injuriar o desprestigiar a un integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, Facebook, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

g) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar.

h) Provocar o simular agresiones con el fin de grabarlas y difundirlas por Internet.

i) Obtener grabaciones de algún miembro de la comunidad y/o publicarlas en Internet, con el fin de avergonzar o dañar a la otra persona.

j) Realizar acoso o ataques de connotación sexual, aun cuando sean a modo de juego, aún cuando estos no sean constitutivos de delito.

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k) Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aún cuando no se haga uso de ellos

l) Portar, vender, comprar distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas o de uso médico; o encontrarse bajo sus efectos, ya sea en el establecimiento educacional como fuera de él, en actividades coordinadas por éste.

Nota: Las faltas graves relacionadas con agresiones escolares son extensivas para todos los miembros de la Comunidad Escolar.

Artículo 4º Procedimientos

1- Ante cualquier falta leve cometida por algún alumno:

a) Se Llamará a entrevista al o los alumnos involucrados, realizada por el profesor correspondiente.

b) Se buscará solución mediante el diálogo y los acuerdos. c) Se registrará en el libro de clases si es necesario. d) Se comunicará al apoderado y al profesor jefe. e) Si existe daño a la propiedad privada o del colegio se deberá proceder a

la citación del apoderado para solicitar reposición.

2- Si la falta es grave o muy grave:

a) Se establecerán las responsabilidades mediante entrevistas de alumnos involucrados y testigos.

b) Se avisará a los apoderados correspondientes. c) Se registrará en el libro de clases. d) Si existe daño a la propiedad privada o del colegio se deberá proceder a

la citación del apoderado para solicitar reposición. e) Si existen daños graves a la integridad de alguna persona se deberá:

I. Solicitar atención médica. II. Dar aviso al apoderado del afectado.

III. Dar aviso a carabineros (investigaciones o SENAME.) IV. Dar aviso al departamento provincial de educación. V. Convocar consejo de profesores extraordinario.

f) La sanción se deberá comunicar en un plazo que no exceda a una semana.

g) Si es necesario, para asegurar el bienestar de los alumnos, se podrá aplicar suspensiones temporales a los involucrados.

h) Las sanciones a faltas muy graves deben ser vistas y resueltas por el consejo directivo previa consulta al consejo de profesores. (si procede).

i) Las cancelaciones y las condicionalidades de matrícula serán resueltas por un concejo directivo previa consulta al consejo de profesores.

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j) El consejo directivo estará compuesto por el: Rector, Sostenedores y Representantes de Padres y Apoderados, según lo requiera cada caso en particular.

Artículo 5º Criterios de aplicación

Toda medida debe tener en primera instancia un carácter preventivo, luego formativo. Respetando la integridad de todos los involucrados y teniendo en consideración que nadie es culpable hasta que no existan indicios claros de que así es y de que existen criterios de aplicación de las sanciones:

a) La edad, etapa de desarrollo de los involucrados. b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño provocado. c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:

a. La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores b. El carácter vejatorio o humillante del maltrato. c. Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando

el rostro. d. Haber obrado a solicitud de un tercero, bajo soborno o

recompensa. e. Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento.

d) La conducta anterior del responsable. e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u

otra. f) La discapacidad o indefensión del afectado.

Artículo 6º. Sanciones

Para faltas leves

a) Dialogo personal y grupal, acuerdo y compromiso. b) Amonestación verbal. c) Amonestación escrita (libro de clases). d) Llamado a apoderado.

Para faltas Graves y muy graves

a) Registro en el libro de clases. b) Llamado a apoderados. c) Suspensión de uno a tres días de clases. d) Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de

reforzamiento, educación o control de conductas contrarias a la convivencia escolar).

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e) Asistencia a programas de preventivos de consumo de drogas o alcohol. f) Servicios comunitarios a favor del colegio, tales como apoyo escolar a

alumnos menores, ayudantía a profesores, ayudantía en biblioteca, entre otras iniciativas.

g) Suspensiones temporales de clases. h) Condicionalidad de matrícula. i) No renovación del contrato de matrícula. j) Cancelación anticipada del contrato de matrícula. Esto solo con

antecedentes debidamente fundamentados y luego de haber agotado las instancias anteriores o ante un hecho grave que justifique la medida o que ponga en riesgo el bienestar de algún miembro de la comunidad escolar.

k) Si la falta es de algún apoderado se tomarán las medidas para exigir cambio de apoderado y la prohibición de ingreso al colegio del inculpado.

l) Sanciones penales si proceden.

Artículo 7º situaciones especiales

a) Atrasos a. Los alumnos que llegan atrasados al inicio de la jornada o posterior

al recreo, deberán solicitar pase de ingreso en Rectoría, previa presentación de libreta de comunicaciones.

b. Al quinto atraso, se citará al apoderado a firmar libro de control y cada cinco atrasos, el alumno será suspendido por una jornada.

b) Inasistencia a. Los Alumnos que no asistan al colegio deben ser justificados

personalmente por el apoderado, antes de la inasistencia o al momento de reintegrarse al colegio.

b. El apoderado que no justifique oportunamente las inasistencias de su pupilo puede ser sancionado pos incumplimiento hacia sus obligaciones.

c. El certificado médico representa valor justificativo por si sólo. d. Si existiese alguna evaluación o fecha de entrega de trabajos en el

momento de la inasistencia, operará el reglamento de evaluación y promoción vigente.

e. La inasistencia reiterada será vista por el reglamento de evaluación y promoción en cuanto a lo relacionado con el porcentaje mínimo de asistencia necesario para aprobar el año escolar y reprogramación de evaluaciones.

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c) Alumnos condicionales

Los alumnos que se encuentren en situación de condicional deben mostrar un cambio significativo de su conducta o por lo menos disposición al cambio, lo cual debe expresarse en una hoja de vida limpia, un buen rendimiento escolar, responsabilidad frente a sus deberes escolares y apoyo decidido del apoderado. Si esto no ocurre. Se cancelará la matrícula para el periodo siguiente. Dicha situación será evaluada por el consejo disciplinario.

d) Giras de estudio

a) En cuanto al comportamiento de los alumnos en Giras de Estudio o salidas a terreno prolongadas, estos queda sujetos de igual modo, al reglamento interno del colegio, sobretodo en lo que se refiere a porte y consumo de cigarros, bebidas alcohólicas, drogas, conductas reñidas con la moral, agresión a compañeros o profesores, obstaculización de las actividades programadas por actos deliberados, etc.

b) Queda prohibido abandonar los lugares de alojamiento, reunión o de actividades programadas sin autorización del profesor.

c) Quedan prohibidos actos de desorden que interfieran con el bienestar de los compañeros o de la comunidad circundante.

d) Queda prohibido el ingreso a los lugares de alojamiento de personas ajenas a la delegación.

e) Los alumnos deben respetar las indicaciones de la persona que está a cargo del grupo, en cuanto a los horarios de las actividades programadas.

f) El alumno o alumna que haya presentado incumplimiento permanente al reglamento interno durante el año escolar, puede ser suspendido de una gira de estudio previo informe del profesor(a) jefe.

g) Los alumnos y profesores quedan sujetos a las normas impuestas por los lugares a los cuales visitan (hoteles, restoranes, aduanas, centros comerciales o de recreo, etc.).

h) Cualquier destrozo a la propiedad privada durante la actividad debe ser reparada por el o los causantes.

i) Es responsabilidad del profesor encargado velar por el cumplimiento del manual de convivencia durante la actividad y de impartir sanciones si es que proceden.

j) Es de responsabilidad del profesor encargado coordinar todos los asuntos que se desprendan de la gira de estudio. Debe comunicar con 1 mes de antelación a la dirección del colegio: Cantidad de alumnos que asisten, personas a cargo, lugares a visitar, lugar de alojamiento, fecha de salida y llegada y 2 teléfonos de contacto.

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e) Salidas a terreno

a) Los alumnos deben asistir a las salidas a terreno con su uniforme completo (o con buzo de acuerdo a la actividad a realizar) y en buen estado.

b) Los alumno que no traigan algún material de trabajo necesario para la salida, deberán permanecer en el colegio con una actividad asignada.

c) Los alumnos en salidas a terreno quedan sujetos al manual de convivencia de la misma forma que estuvieran dentro del colegio.

d) Cualquier abandono de las actividades a realizar y de los lugares visitados será interpretado como fuga de clases.

e) Los alumnos que no presente un comportamiento acorde pueden ser marginados parcial o totalmente de las salidas a terreno realizadas durante el año. Esto dependiendo de la falta cometida.

f) Porte, Consumo y micro tráfico de drogas y alcohol

a) Los alumnos sorprendidos portando o consumiendo drogas (entendiendo drogas como cualquier sustancia que interfiera con el normal funcionamiento de los sentidos), dentro o en las proximidades del colegio, haciendo uso del uniforme, deberán ser retirados del colegio por sus apoderados.

b) La dirección informará a los organismos correspondientes: Departamento Provincial de Educación, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o SENAME, según corresponda.

c) Será Rectoría, el estamento encargado de recopilar todos los antecedentes en primera instancia. Podría, eventualmente intervenir organismos exteriores, calificados y autorizados (carabineros y/o investigaciones)

d) Será el consejo directivo quien, a la luz de los antecedentes, aplicará la sanción respectiva. Esto sin prejuicio de si existe sanción penal.

e) Los apoderados que sean informados por Rectoría, orientación o profesor jefe sobre sospechas de consumo de drogas o alcohol, tienen la responsabilidad y obligación de consultar a un profesional competente (psicólogo, medico) a fin de esclarecer la situación y prestar una ayuda oportuna si se requiere. Como así mismo de aplicar el tratamiento sugerido por el especialista. Esto avalado por certificados médicos.

f) Los alumnos que sean sorprendidos comercializando drogas o alcohol dentro o en las proximidades del colegio o que despierten comportamientos sospechosos, serán interrogados y revisados en sus pertenencias, por Rectoría. De encontrárseles evidencias serán

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notificados: Los apoderados, autoridades educacionales, autoridades policiales y médicas si fuera necesario. La sanción será vista por el consejo disciplinario.

g) Si el alumno se niega a que sus pertenencias sean revisadas o que requiera una revisión más profunda será llamado su apoderado quien se hará cargo de la situación. Se entenderá en este caso que el alumno tiene responsabilidad en el porte de sustancias prohibidas.

V.- LOS APODERADOS

Artículo 1º Deberes de los Apoderados:

a) Conocer y acatar las normas y reglamentos del Colegio, tanto las referidas al manual de convivencia como al reglamento de evaluación y promoción. Siendo el primer responsable sobre el desempeño de su pupilo.

b) Cumplir con las normas para los alumnos referidas a documentación para matrícula.

c) Velar por el bienestar general de su pupilo en lo referido a la presentación personal, materiales requeridos, cumplimiento de los horarios, apoyo en el desempeño académico, conducta, consulta a especialistas en necesidades educativas especiales cuando se requiera y la posterior aplicación del tratamiento señalado, necesidades médicas, etc.

d) Responsabilizarse del traslado de su hijo o pupilo desde el hogar al Colegio y viceversa.

e) Responsabilizarse por la reposición de cualquier daño ocasionado por el alumno a las dependencias, artefactos, mobiliario y otros bienes pertenecientes al Colegio, cuya reparación, reposición o pago del deterioro, no excederá los 3 días hábiles.

f) Realizar reclamos, sugerencias o consultas siguiendo el conducto regular, de la siguiente forma:

a. Profesor Jefe: calendarios de evaluación, planes y programas de estudios.

b. Rectoría: Problemas de disciplina, inasistencia, atrasos, uniforme, agresiones hacia el pupilo.

c. Psicopedagogía: necesidades educativas especiales. Reevaluaciones.

d. Orientación: Dificultades de adaptación, personalidad. Becas, programas de apoyo social.

No se aceptará vulneración del conducto regular.

g) Asistir a todas las reuniones a que se les cite con puntualidad, sean éstas a nivel de curso, dirección o Sostenedores, dada la importancia que tienen en el proceso educativo de sus hijos o pupilos.

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h) Revisar diariamente los cuadernos, libros y libreta de comunicaciones a fin de enterarse sobre la marcha del proceso formador.

Articulo 2º Derecho de los apoderados

a) El Apoderado tendrá el derecho a ser escuchado y atendido cuando lo solicite, en relación a reclamos, inquietudes o sugerencias, de acuerdo a la necesidad que tenga, al horario de atención de los docentes o directivos. Existe en dirección un libro de sugerencias y reclamos para ser usado por padres y/o apoderados.

b) Recibir para sus hijos, por parte del colegio, el cumplimiento de los objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios, contemplados por el ministerio de educación para los diferentes niveles.

c) Ser informado oportunamente del proceso Enseñanza Aprendizaje de su hijo (a).

d) Participar de las reuniones de apoderados mensuales. e) Aportar ideas y sugerencias que faciliten el desarrollo de planes de la

enseñanza. f) Ser representado por una directiva elegida democráticamente tanto al

interior del curso como a nivel de colegio (sub centro y Centro general de padres)

g) Solicitar el desarrollo del Plan de Trabajo del CG padres y Sub-centros. h) Ser informado y conocer el destino de los fondos de Tesorerías recaudados

por los sub-centros y centro general de padres. i) Ser orientado (en caso que lo requiera) desde el punto de vista educativo

para enfrentar adecuadamente conductas problemáticas de su hijo. j) Ser informado y orientado en caso de problemas de desarrollo o de

aprendizaje de su hijo.

Artículo 3º Faltas de los apoderados

a) Faltar a cualquier punto contemplado en los deberes del apoderado. b) Ejercer violencia física, psicológica, sobre su pupilo. El Colegio tiene la

obligación legal de dar aviso a los organismos pertinentes cualquier hecho de violencia intrafamiliar o sospecha de éste.

c) La inasistencia del alumno sin previo aviso. d) Fumar y consumir bebidas alcohólicas dentro del colegio o en las

inmediaciones, en actividades familiares que éste organice. e) Serán considerados Apoderados no gratos, aquellos apoderados que

tengan disconformidad en el que hacer educativo y no sigan los conductos regulares para manifestar su descontento (director académico de cada ciclo, Rectoría) y contaminen la sana convivencia, entorpecer el quehacer educativo y/o dañar la imagen del colegio.

f) Vituperar, desacreditar y difamar a la persona jurídica del colegio como al cuerpo directivo, docente y asistentes de la educación.

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g) Mal uso de dineros recaudados por sub centros o Centro general de padres.

h) Insultos y trato vejatorio a los trabajadores de este establecimiento Educacional.

i) Agredir verbalmente, gestualmente y físicamente a un alumno de este colegio, que haya participado de algún pleito entre pares, sin considerar mediación del profesor o inspector.

j) Apoderados que no cumplan el reglamento interno del colegio, haciendo caso omiso a sus disposiciones constituyendo un agravio a la Dirección, una mofa al consejo general de profesores y un quiebre en la sana convivencia escolar.

k) enviar al niño cuando presente enfermedades infecto-contagiosas (rubéola, varicela, etc.) o enfermedades extoparasitarias (pidulles, pediculosis, etc.) el colegio suspenderá temporalmente al alumno a fin de que realice el tratamiento médico necesario y se reintegre al colegio sin riesgo de contagio para el resto de los alumnos y profesores.

Artículo 4º Sanciones a los apoderados:

El consejo directivo será el responsable de evaluar las faltas Leves, Graves y Muy graves cuando un apoderado contravenga este reglamento. Se procederá de la siguiente manera:

a) Falta leve, Se considerará una falta leve aquella que siendo una desobediencias a las disposiciones del presente reglamento, no produzca daño a la propiedad privada, ya sea del colegio o de otros apoderados ni a la integridad de las personas miembros de la comunidad escolar. En este caso la sanción será verbal, aplicada por dirección.

b) Falta Grave, Será considerada una falta grave cuando se constate daño a la propiedad privada de algún miembro de la comunidad escolar. En este caso la amonestación será por escrito y con copia a al Departamento provincial de educación. Las faltas leves reiteradas, constituyen una falta grave.

c) Falta Muy Grave, Será considerada una falta muy grave cuando exista daño, o intento de dañar, la integridad física, psicológica, emocional, y moral de algún miembro de la comunidad escolar. La sanción será por escrito, con copia al Departamento Provincial de Educación. El consejo disciplinario determinará la sanción, pudiendo ser ésta: Prohibición para ingresar al colegio, (cambio de apoderado), condicionalidad de matrícula, cancelación del contrato de matrícula y aviso a organismos externos como OPD, SENAME, carabineros o investigaciones si procede.

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VI.- LOS PROFESORES:

ARTÍCULO 1° : Los profesores confeccionarán: Plan anual Reglamentos Internos y Proyectos Educativos que la Escuela requiera para su mejor funcionamiento y buen desarrollo curricular.

ARTÍCULO 2° : El profesorado deberá disminuir el nivel de repitencia y

deserción de los alumnos. ARTÍCULO 3° : El profesorado deberá mejorar el proceso de Lecto-

Escritura y cálculo. ARTÍCULO 4° : Desarrollar y orientar el sentido vocacional de los

alumnos. ARTÍCULO 5° : Desarrollar encada curso y de acuerdo al nivel que

corresponda los siguientes planes especiales: a.- Alcoholismo b. Valores Nacionales c.- Prevención motora postural. d.- Prevención de riesgo y accidentes escolares e.- Salud escolar ARTÍCULO 6° : Resaltar actividades paraacadémicas que fija el

calendario escolar Regional de Educación de la Octava Región.

ARTÍCULO 7° : El día lunes las actividades se iniciaran con un acto

en el que se destacará una fecha de consideración histórica, efeméride u otra materia de orden estrictamente educacional.

ARTÍCULO 8° : El profesorado deberá ayudar al alumno para que

progrese en la conquista de su condición humana, creando un ambiente en que su personalidad se desenvuelva en libertad interior y confianza en sí mismo.

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ARTÍCULO 9° : El profesor deberá mantener al día los documentos relacionados con la identificación y marcha pedagógica del curso.

ARTÍCULO 10° : El profesor comunicará al apoderado del alumno

mediante la libreta de comunicaciones la perdida de herramienta o material de trabajo que este provoque.

ARTÍCULO 11° : Los docentes participaran activamente en

Microcentros para realizar intercambio de experiencias en bien del quehacer Pedagógico.

ARTÍCULO 12° : Queda prohibido al personal Docente del

establecimiento: a.- Faltar al trabajo sin la debida autorización. b.- Abandonar su puesto de trabajo sin el debido

permiso de su superior. c.- Llegar atrasado. d.-Presentarse al trabajo en estado de intemperancia o

en estado no adecuado a su labor. e.- Causar daño voluntario al establecimiento. f.- Efectuar comercio dentro del colegio con fines de

lucro personal. g.- Distraer al resto del personal, de sus labores

correspondientes. ARTÍCULO 13° : Cada profesor deberá firmar su hora de llegada y de

salida de su jornada de trabajo. ARTÍCULO 14° : Los profesores deberán planificar, supervisar y evaluar

el proceso Enseñanza- Aprendizaje. ARTÍCULO 15° : Los docentes están obligados a cumplir horarios

establecidos en su contrato laboral de acuerdo al Estatuto Docente y de acuerdo al Reglamento Interno.

VII.- NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGO HIGIENE Y SEGURIDAD. ARTÍCULO 1° : El profesor de turno, se hará responsable de realzar

el aseo general del establecimiento.

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ARTÍCULO 2° : La manipuladora de la escuela deberá cumplir con las normas de higiene y presentación y los utensilios que en ella se usan y además mantener limpio todos los alrededores de la cocina.

ARTÍCULO 3° : La manipuladora deberá usar siempre su uniforme,

consistente en: delantal, pechera, gorro y mascarilla. ARTÍCULO 4° : La manipuladora deberá mantener el aseo de manos,

uñas cortas, limpias y sin pintura, evitando cualquier tipo de joyas. Además debe contar con su vacuna antitífica al día, si corresponde.

ARTICULO 5° : Los jardines de la escuela deberán ser cultivados y

mantenidos por cada curso. ARTÍCULO 6° : El aseo de las salas de clases se mantendrá con la

cooperación de los alumnos de cada curso. ARTÍCULO 7° : Se velará que en el establecimiento no exista peligro

para el alumno, como enchufes en mal estado, alambres y clavos que puedan provocar un accidente o cualquier objeto que signifique algún riesgo para los niños.

ARTÍCULO 8° : Se mantendrá un botiquín con los medicamentos

necesarios y esenciales para los primeros auxilios, esto en caso de alguna eventualidad con los alumnos.

ARTÍCULO 9° : Los profesores supervisarán a los alumnos en el aseo

del colegio y en los recreos sin hacerse responsables de los problemas por juegos incorrectos.

ARTÍCULO 10° : Por falta de auxiliar en la escuela; los apoderados

deberán cooperar en el aseo general una vez al mes del establecimiento.

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Cualquier situación que no se encuentren contemplada en el presente reglamento será resuelta por el consejo directivo.

Coihueco, 1 de Marzo de 2019.

Yuri Ángela Muñoz Hernández

Rep. Legal Corporación Educacional Mercedes Freire Fuentes