3.11.a. encargada o encargado de comedor 3.11.b ......los y las técnicos de los centros de recursos...

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3.11.a. Encargada o encargado de comedor Regulado en Orden de 22-03-2000. Ejercicio de funciones por delegación del equipo directivo. Personal recolocado o perteneciente al claustro del propio centro Organizar el servicio de comidas y hacer el seguimiento de menús, con criterios de sostenibilidad y evitando el despilfarro de alimentos. Ejercer la jefatura del personal del Departamento de Educación adscrito a servicio de comedor, y la funcional del personal ajeno Seguimiento de cobros a comensales y control de fondos. Inventario del menaje y su reposición. Informar al OMR sobre el servicio de la empresa contratada y proponer las obras y mejoras de las instalaciones. Controlar la higiene de alimentos y locales y garantizar la recogida selectiva de todos los residuos Vigilancia del comedor en horario de funcionamiento (personal recolocado) Tareas de supervisión (presencial) y responsable de la convivencia Proponer al Observatorio para la Convivencia o Grupo dinamizador Bizikasi del centro iniciativas que ayuden a mejorar el clima. Alumnado de NEE con programa de autonomía: colaboración de Especialistas de Apoyo Educativo (evaluación psicopedagógica) 3.11.b. Profesorado del programa de actividades complementarias y extraescolares El horario personal de este profesorado será aprobado por la dirección del centro. El Programa ACEX se incluirá en el Programa de Actividades Docentes del PAC, La persona responsable del programa ACEX: grupo de referencia, participación en programas de formación del centro, coordinación con todo el profesorado, atención a las necesidades de formación derivadas de su responsabilidad en el proyecto. El profesorado deberá llevar a la práctica las actividades extraescolares diseña el programa, con la intervención directa del profesor o profesora responsable con los alumnos y alumnas que voluntariamente participen. La distribución horaria dentro de los siguientes mínimos: 10 horas por semana en horario escolar del centro. 20 horas por semana en horario extraescolar (de las cuales, como mínimo, 2 horas diarias al finalizar la jornada de clase de los alumnos o alumnas de la tarde. 3.11.d. Personal laboral docente y educativo El personal laboral docente y educativo se regirá por lo establecido en su convenio colectivo [Resolución de 21 de mayo de 2004] para cuya interpretación, estudio y vigilancia se ha constituido una comisión paritaria. Las direcciones de los centros deben garantizar el trabajo coordinado entre el personal docente y el educativo (logopedas, fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, especialistas de apoyo educativo, profesionales de los CRIs, profesionales mediadores en sordoceguera, coordinadores-as de sordos) en la planificación, coordinación y seguimiento del alumnado. Anualmente se envían orientaciones específicas sobre el funcionamiento de dicho personal y sobre la elaboración y tramitación de los calendarios. 3.11.e. Servicio de apoyo IBT-CRI Los y las técnicos de los Centros de Recursos para la Inclusión Educativa del alumnado con discapacidad visual trabajan para lograr la inclusión de este alumnado asesorando e interviniendo con todos los agentes de la comunidad educativa [Decreto 40/2005]. La intervención de este servicio se inicia desde el momento de la detección que puede provenir bien del propio centro educativo a través del Berritzegune o de las familias por derivación del servicio médico. En este último caso, la dirección del IBT-CRI informa al Berritzegune correspondiente. 3.11.f. Intérprete de lengua de signos La persona intérprete de lengua de signos traduce lo que el profesor o profesora ordinario/a en la práctica educativa comunica para hacerlo asequible al alumnado cuya lengua principal es el lenguaje de signos. Facilita al alumnado con sordera el acceso al currículo garantizando la comunicación con todos los agentes de la comunidad educativa. Colabora con el equipo docente y resto de profesionales que intervienen en el centro en la respuesta educativa al alumnado con sordera. Se coordinarse con el profesorado en la anticipación del temario y en las actividades de enseñanza- aprendizaje. Elabora el plan y memoria anual reflejando los acuerdos adoptados en el centro, en el aula y con el alumno o alumna con sordera, así como otros documentos e informes técnicos propios de su competencia profesional. Coordinarse con el asesor o asesora de NEE y/o con el coordinador o coordinadora para la correcta escolarización del alumnado con sordera. Realizar las actividades propias de la labor de guía-interprete con el alumnado con sordoceguera. 3.11.c. Atención a labores no docentes Biblioteca, audiovisuales, ayuda a dirección, gestión de calidad, normalización lingüística, dinamización TIC… Si un profesor/a solo se dedica a labores no docentes 30 h. (si comisión de servicios por motivos de salud, entonces 23 h.) Si dedica parte a actividad docente a estas labores, por cada reducción de 1 h. de clase, dedicará 1,5 h. a dichas tareas: permanencia en centro de 23 h. + ½ h. por cada hora dedicada a labores no docentes (máx. 30) Horario de biblioteca dirección, respetando derechos laborales

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3.11.a. Encargada o encargado de comedor

• Regulado en Orden de 22-03-2000. Ejercicio de funciones por delegación del equipo directivo. Personal recolocado o perteneciente al claustro del propio centro

• Organizar el servicio de comidas y hacer el seguimiento de menús, con criterios de sostenibilidad y evitando el despilfarro de alimentos.

• Ejercer la jefatura del personal del Departamento de Educación adscrito a servicio de comedor, y la funcional del personal ajeno

• Seguimiento de cobros a comensales y control de fondos.

• Inventario del menaje y su reposición.

• Informar al OMR sobre el servicio de la empresa contratada y proponer las obras y mejoras de las instalaciones.

• Controlar la higiene de alimentos y locales y garantizar la recogida selectiva de todos los residuos

• Vigilancia del comedor en horario de funcionamiento (personal recolocado)

• Tareas de supervisión (presencial) y responsable de la convivencia

• Proponer al Observatorio para la Convivencia o Grupo dinamizador Bizikasi del centro iniciativas que ayuden a mejorar el clima.

• Alumnado de NEE con programa de autonomía: colaboración de Especialistas de Apoyo Educativo (evaluación psicopedagógica)

3.11.b. Profesorado del programa de actividades complementarias y extraescolares

• El horario personal de este profesorado será aprobado por la dirección del centro.

• El Programa ACEX se incluirá en el Programa de Actividades Docentes del PAC,

• La persona responsable del programa ACEX: grupo de referencia, participación en programas de formación del centro, coordinación con todo el profesorado, atención a las necesidades de formación derivadas de su responsabilidad en el proyecto.

• El profesorado deberá llevar a la práctica las actividades extraescolares diseña el programa, con la intervención directa del profesor o profesora responsable con los alumnos y alumnas que voluntariamente participen.

• La distribución horaria dentro de los siguientes mínimos:

10 horas por semana en horario escolar del centro.

20 horas por semana en horario extraescolar (de las cuales, como mínimo, 2 horas diarias al finalizar la jornada de clase de los alumnos o alumnas de la tarde.

3.11.d. Personal laboral docente y educativo • El personal laboral docente y educativo se regirá por lo establecido en

su convenio colectivo [Resolución de 21 de mayo de 2004] para cuya interpretación, estudio y vigilancia se ha constituido una comisión paritaria.

• Las direcciones de los centros deben garantizar el trabajo coordinado entre el personal docente y el educativo (logopedas, fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, especialistas de apoyo educativo, profesionales de los CRIs, profesionales mediadores en sordoceguera, coordinadores-as de sordos) en la planificación, coordinación y seguimiento del alumnado.

• Anualmente se envían orientaciones específicas sobre el funcionamiento de dicho personal y sobre la elaboración y tramitación de los calendarios.

3.11.e. Servicio de apoyo IBT-CRI

• Los y las técnicos de los Centros de Recursos para la Inclusión Educativa del alumnado con discapacidad visual trabajan para lograr la inclusión de este alumnado asesorando e interviniendo con todos los agentes de la comunidad educativa [Decreto 40/2005].

• La intervención de este servicio se inicia desde el momento de la detección que puede provenir bien del propio centro educativo a través del Berritzegune o de las familias por derivación del servicio médico. En este último caso, la dirección del IBT-CRI informa al Berritzegune correspondiente.

3.11.f. Intérprete de lengua de signos

• La persona intérprete de lengua de signos traduce lo que el profesor o profesora ordinario/a en la práctica educativa comunica para hacerlo asequible al alumnado cuya lengua principal es el lenguaje de signos.

• Facilita al alumnado con sordera el acceso al currículo garantizando la comunicación con todos los agentes de la comunidad educativa.

• Colabora con el equipo docente y resto de profesionales que intervienen en el centro en la respuesta educativa al alumnado con sordera.

• Se coordinarse con el profesorado en la anticipación del temario y en las actividades de enseñanza- aprendizaje.

• Elabora el plan y memoria anual reflejando los acuerdos adoptados en el centro, en el aula y con el alumno o alumna con sordera, así como otros documentos e informes técnicos propios de su competencia profesional.

• Coordinarse con el asesor o asesora de NEE y/o con el coordinador o coordinadora para la correcta escolarización del alumnado con sordera.

• Realizar las actividades propias de la labor de guía-interprete con el alumnado con sordoceguera.

3.11.c. Atención a labores no docentes

Biblioteca, audiovisuales, ayuda a dirección, gestión de calidad, normalización lingüística, dinamización TIC…

Si un profesor/a solo se dedica a labores no docentes 30 h. (si comisión de servicios por motivos de salud, entonces 23 h.)

Si dedica parte a actividad docente a estas labores, por cada reducción de 1 h. de clase, dedicará 1,5 h. a dichas tareas: permanencia en centro de 23 h. + ½ h. por cada hora dedicada a labores no docentes (máx. 30)

Horario de biblioteca dirección, respetando derechos laborales