3. situación tenencia y distribución de tierras
TRANSCRIPT
![Page 1: 3. Situación tenencia y distribución de tierras](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022051109/54a5c5b349795925738b4c37/html5/thumbnails/1.jpg)
3. Situación tenencia y distribución de tierras
![Page 2: 3. Situación tenencia y distribución de tierras](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022051109/54a5c5b349795925738b4c37/html5/thumbnails/2.jpg)
3. Situación tenencia y distribución de tierras
![Page 3: 3. Situación tenencia y distribución de tierras](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022051109/54a5c5b349795925738b4c37/html5/thumbnails/3.jpg)
Problemática de la tierra.• El proceso de saneamiento está inconcluso. De
106.751.723 has, se ha saneado 61.100.000 has (57,2%). 9 millones de has entre 1996-2005, y 52 millones entre 2006-2009.
• De 21.177.378 has de tierras fiscales identificadas, el 75,3% son tierras fiscales no disponibles (areas protegidas, concesiones forestales). De las 5.948.101 has disponibles, hay 4.641.748 has DISPONIBLES PARA DOTACIÓN. Pando(42,1), Sta. Cruz(25,4%), 24,1%(La Paz); que en su mayoría son tierras forestales.
• No se ha detectado “latifundios improductivos” de manera significativa, debido a que probablemente, las tierras distribuidas en gobiernos de facto, han sufrido procesos de parcelación, por la acción del mercado de tierras.
![Page 4: 3. Situación tenencia y distribución de tierras](https://reader033.vdocumento.com/reader033/viewer/2022051109/54a5c5b349795925738b4c37/html5/thumbnails/4.jpg)
•Estructuralmente, no se han generado las condiciones para una reforma agraria sustancial, debido a que la Constitución consagra los tres tipos de propiedad, en tanto cumplan la Función Social y la Económico-Social, garantiza los derechos propietarios particulares en TCOs, y señala un límite de 5.000 has para la propiedad agrícola, que no será aplicado retroactivamente.•Con ésta última disposición, se consolida la actual estructura de tenencia de la tierra y se renuncia a realizar alguna mínima reforma agraria. En éste contexto, el conjunto de políticas agrarias no cuenta con ningún sustento material, por lo que las teorías relativas a la “economía plural”, quedarán en el papel, pues en los hechos se impondrán los intereses materiales de la gran propiedad, que se traduce en la concentración de la tierra a expensas de la propiedad comunal y la pequeña propiedad campesina indígena.