3. ley 16.744- e- continua

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Disposiciones Legale y Administrativas de la Ley N °16.74

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Disposiciones Legales

y

Administrativas

de la Ley N °16.744

• ANTECEDENTES GENERALES• (Concepto riesgo – consecuencia)

• LOS ACCIDENTES DEL TRABAJO COMENZARON A MULTIPLICARSE HACE UNOS 200 AÑOS.

• PRIMERAS DISPOSICIONES LEGALES DE PREVENCION DE ACCIDENTES

• Gran Bretaña1802 Ley de protección de la salud y la moralidad de aprendices y

otros trabajadores de hilanderías y Fábricas .1833 Ley de Inspección Gubernamental.1844 Leyes de inspec. de fábricas; limitaba horario de trabajo de

niños.1844 Ley Fabril, Regulaba Las protecciones de las Maquinas

• Francia1841 Ley de Fabricas.1893 Ley de Seguridad Industrial.

• Alemania1869 Código Industrial.1878 Ley de Inspección de Fabricas.

• Bélgica1810 Ley de Minas y Fundiciones y Empresas Similares.

• Estados Unidos (Massachussets).1877 Primera Ley de Prevención de Accidentes en Fábricas.

• 1855 Código Civil

Si un Trabajador Sufría un accidente en el Trabajo, este Podía ser responsabilidad.

a) Del Trabajador ! Sin Indemnización

b) Caso Fortuito ! Sin Indemnización

c) Del Empleador (Tenia Que Ser Probado a Través De Un Juicio

Civil)

• 1865 Primer Código De Comercio

» Se Refería principalmente al Trabajador embarcado.(Si un Navegante sufría un accidente, el armador, debía hacer todo lo necesario para recuperarlo y devolverlo al país de origen.

• 1875 Código de Minería»Referido a la actividad Minera.

(Copia del Código de España)

• 1906 Ley de Silla»(Exigencia de Silla para cada Trabajador en todo el Comercio)

• 1916 1º Ley sobre Accidentes del Trabajo N° 3170

• 1924 2º Ley sobre Accidentes del Trabajo N° 4055

• 1940 Decreto Supremo N°655 “Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial”

• 1942 Ley que crea La Caja de Accidentes del Trabajo (Seguro Empresarial)

• 1945 Ley N° 8198• 1953 Ley N° 10.383 crea El Servicio

Nacional de Salud y El S.S.S.• 1968 D.F.L. N° 725 (Modificación Código

Sanitario Ley N° 16.585)• 1968 Ley 16.744 (Seguro Social Para

Trabajadores)

•SEGURO SOCIAL:SISTEMA QUE TIENE POR OBJETIVO PALIAR O ABOLIR LOS ESTADOS DE NECESIDAD EN QUE PUEDAN CAER LAS PERSONAS A CONSECUENCIA DE LOS RIESGOS SOCIALES.

•RIESGOS SOCIALES:SON LAS CONTINGENCIAS O EVENTUALIDADES QUE EL HOMBRE DEBE ENFRENTAR EN RELACIÓN A SU VIDA Y TRABAJO.

•ESTADO DE NECESIDAD:INSUFICIENCIA QUE AFECTA AL INDIVIDUO DENTRO DE SU MEDIO SOCIAL O CARENCIA DE BIENES Y SERVICIOS PARA UNA SUBSISTENCIA DIGNA.

•SEGURO SOCIAL:SISTEMA QUE TIENE POR OBJETIVO PALIAR O ABOLIR LOS ESTADOS DE NECESIDAD EN QUE PUEDAN CAER LAS PERSONAS A CONSECUENCIA DE LOS RIESGOS SOCIALES.

•RIESGOS SOCIALES:SON LAS CONTINGENCIAS O EVENTUALIDADES QUE EL HOMBRE DEBE ENFRENTAR EN RELACIÓN A SU VIDA Y TRABAJO.

•ESTADO DE NECESIDAD:INSUFICIENCIA QUE AFECTA AL INDIVIDUO DENTRO DE SU MEDIO SOCIAL O CARENCIA DE BIENES Y SERVICIOS PARA UNA SUBSISTENCIA DIGNA.

•1.-TEORÍA DE LA CULPA EXTRACONTRACTUAL.

EL QUE OCASIONA UN DAÑO DEBE INDEMNIZAR A LA VICTIMA POR ELLO.

EL EMPLEADOR ES CULPABLE, SIEMPRE Y CUANDO SE LE COMPRUEBE

2.- TEORÍA DE LA RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL.

DEL CONTRATO DE TRABSJO EMANA LA RESPONSABILIDAD DE RESPONDER POR LOS ACCIDENTES.

DE COMPROBARSE LA NO CULPABILIDAD DEL EMPLEADOR QUEDA LIBERADO DE PAGOS E INDEMNIZACIONES

3.- TEORÍA DEL RIESGO PROFESIONAL.

EL EMPLEADOR ES EL RESPONSABLE DE LO QUE LE SUCEDA AL TRABAJADOR, PORQUE AL FORMAR LA EMPRESA CREÓ LOS RIESGOS Y COMO SE BENEFICIA POR ELLO, DEBE RESPONDER POR LOS ACCIDENTES Y/O ENFERMEDADES PROFESIONALES.

ESTA TEORÍA PERMITE QUE EL EMPLEADOR CONTRATE UN SEGURO MERCANTIL POR LOS ACCIDENTES QUE PUDIERAN EXISTIR Y NO ERA EXIGIBLE AL 100% DE LOS TRABAJADORES.

•4.-TEORÍA DE RIESGO AUTORIDAD.•EL HECHO DE SER EL PATRON DE ALGUIEN, LE ASIGNA UNA RESPONSABILIDAD POR LOS RIESGOS DE ACCIDENTES Y ESTA RESPONSABILIDAD EMANA DEL CONTRATO DE TRABAJO.

•5.- TEORÍA DEL RIESGO SOCIAL.•ES LA MÁS VIGENTE Y ACTUAL.

•EL ACCIDENTE Y ENFERMEDAD PROFESIONAL ESTA ENFOCADO COMO UN PROBLEMA DE SEGURIDAD SOCIAL.

• 1° Ley N° 3170 (1916)

– Dio derecho a la Asistencia Medica y Económica– Fijó un Subsidio Basado en la Teoría del Riesgo Profesional– El Seguro no era Obligatorio para la Totalidad de los

Trabajadores– Excluyó los Accidentes por Negligencia del Trabajador (la

prueba era de cargo del empleador)– No Incluyó las Enfermedades Profesionales– El Accidentado debía Seguir yn Juicio Civil, contra El

Empleador para cobrar Indemnizaciones.– Solo las Empresas con mas de 10 Trabajadores debían

contratar un Seguro de Accidentes del Trabajo.

•2.- LEY Nº 4055 (1924)

INCLUYÓ LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES.

EL EMPLEADOR ERA EL RESPONSABLE POR LOS ACCIDENTES DEL TRABAJO.

DISMINUYE A 5 TRABAJADORES, LA OBLIGACIÓN DE TOMAR SEGURO.

OBLIGA A LOS EMPLEADORES A PAGAR LAS CUENTAS MÉDICAS, CUANDO TENÍAN MENOS DE 5 TRABAJADORES.

SUBSIDIO DEL 50% DE SALARIO Y PENSIONES.

FACULTAD DEL EMPLEADOR A TOMARSE SEGUROS CONTRA RIESGO PROFESIONAL DE TRABAJADORES.

CONSTITUYÓ UN FONDO DE GARANTÍAS.

LAS DENUNCIAS PARA COBRAR INDEMNIZACIONES, LAS SEGUÍAN LOS JUECES CIVILES.

LAS DENUNCIAS PARA COBRAR INDEMNIZACIONES, LAS SEGUÍAN LOS JUECES CIVILES.

OBLIGA A REGLAMENTAR LAS COSAS DONDE SE EMPLEARÁN MECANISMOS PROTECTORES PARA EL OBRERO O PREVENTIVAS DE LOS ACCIDENTES DEL TRABAJO, ASÍ COMO CONDICIONES DE HIGIENE Y SEGURIDAD A QUE ESTABA OBLIGADA LA INDUSTRIA.

CREÓ LA SECCIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO EN LA CAJA DE AHORRO ESTATAL (PARA REGULAR LAS TARIFAS DE LOS SEGUROS PRIVADOS).

• 3.- LEY Nº 8198 (1945)

– MEJORÓ LA PARTE ECONÓMICA DE LAS PRESTACIONES.– LE OTORGÓ REAJUSTABILIDAD A LAS PENSIONES.– AUMENTÓ LOS SUBSIDIOS AL 75%.– CREÓ FONDO DE GARANTÍA PARA PROTEGER A

TRABAJADORES QUE NO ESTABAN CUBIERTOS POR LA EMPRESA.

– LIBERA DE DERECHOS DE INTERNACIÓN A LOS ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (IMPORTABA LA CAJA Y LOS VENDÍA A INTERESADOS).

• 3.- LEY Nº 16.744 del 1º FEBRERO DE 1968.

“ESTABLECE NORMAS SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES”

• La Ley N° 16.744 nace como un seguro social, es un cuerpo legal que a la fecha tiene una vigencia de mas de 30 años, es decir ha habido varias generaciones de trabajadores afectos a sus normas y beneficios.

• Fue el primer cuerpo legal en aparecer en Latinoamérica.

• Basa sus principios fundamentales en la seguridad social.

• Su financiamiento no implica un costo para el trabajador.

PrincipiosPrincipios

Ley N° 16.744Ley N° 16.744

UniversalidadUniversalidad Integralida

dIntegralida

d

IgualdadIgualdad

SuficienciaSuficiencia

SolidaridadSolidaridadAutomaticidadAutomaticidad

Protección de la vida y salud del trabajador. Responsabilidad por el control de Riesgos. Instrucción, Entrenamiento y Capacitar en Tareas operacionales.Uso/Mantenimiento de Equipos y Herramientas.Disposiciones Legales.

Organismos Administradores de la

Ley

Organismos Administradores de la

Ley

I. N. PI. N. P

MutualesMutuales

Administración

Delegada

Administración

Delegada

Empresas con mas de 2000 trabajadores generalmente son organismos del estado como por ejemplo Codelco, Carabineros,

ENAP,etc..

Empresas con mas de 2000 trabajadores generalmente son organismos del estado como por ejemplo Codelco, Carabineros,

ENAP,etc..

F. pensionesF. pensionesA.FamiliarA.FamiliarF. de SaludF. de Salud

A .F .PA .F .P

Caja de compensacion

Caja de compensacion

FonasaFonasa

IsapresIsapres

ACHSACHS C. CH .CC. CH .C I. S. TI. S. T

Seguro social obligatorio contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Seguro social obligatorio contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Deberes y Obligaciones

Deberes y Obligaciones

Cuidarse

Adoptar medidas de

prevención

Asesoria en prevención de

riesgos

Informar el accidente

Investigar y

Confeccionar EL D.I.A.T.

Otorgar prestaciones

medicas y económicas

PrePre

Post Post

Trabajador

Trabajador

Empresa

Empresa

Organismos

Administradores

Organismos

Administradores

CARACTERISTICAS DE LA CARACTERISTICAS DE LA LEYLEY

Afiliación Automática.

Prevenir.

Otorgar Atención Médica.

Otorgar Prestaciones Económicas.

Rehabilitación.

Reeducar.

Ley Laboral:LEY 16744

Accidente del Trabajo:

“Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que le

produzca incapacidad o muerte”.

CONTINGENCIAS CUBIERTASCONTINGENCIAS CUBIERTAS

“ Los ocurridos en el trayecto directo de ida o regreso, entre la habitación y el

lugar de trabajo”.Accidente del Trayecto:

LEY 16744

Ida: Trabajo a la casa habitual

Regreso: Casa donde durmió la última noche y el lugar de trabajo”.

CONTINGENCIAS CUBIERTASCONTINGENCIAS CUBIERTASLEY 16744

Efecto Sistemático. Relación Evaluada. Causalidad.

Incapacidad/Muerte.

Enfermedad Profesional:•Es la causada de una manera

•directa por el ejercicio de la

•profesión o el trabajo que

•realiza una persona y que le

•produzca incapacidad o muerte.

Excepciones de Accidentes

Excepciones de Accidentes

Inducido intencionalmente por

el trabajador

Fuerza mayor extraña

Inducido intencionalmente por

el trabajador

Fuerza mayor extraña

Prestaciones del Prestaciones del SeguroSeguro

Prestaciones médicas.

Ley 16744Generali

dades:Prestaciones económicas.

Asesoría en Prevención de Riesgos.

Seguridad Industrial.Higiene Industrial.

Medicina del Trabajo.Capacitación.

BENEFICIOS

-100% por 52 Semanas.-Incapacidad Temporal

-De 1,5 a 15 S. base

Imp.

-30% adicional.

-Pensión de Supervivencia.

Subsidio

s

Indemnizacion

es

Pensiones

-Invalidez

Parcial

-Invalidez total 70%

-Gran Invalidez (requiere Ax)-Muerte

-70% del sueldo base

Imp.

-15-37,5%

-40-69,5% 35% del sueldo base

Imp.

ART.: Nº35 y D.S. Nº 109

Prestaciones del SeguroPrestaciones del SeguroLey 16744

Prestaciones Económicas:

Prestaciones Médicas: Curación Rehabilitación

•Cuota mortuoria•Cuota mortuoria

¿ A quién Protege la ley ?

Pirquineros, Artesanos indepen.

Los trabajadores por cuenta ajena.

Los funcionarios públicos.Los estudiantes.Los trabajadores

independientes.

Prestaciones del SeguroPrestaciones del SeguroLey 16744

PREVENCION DE PREVENCION DE RIESGOS RIESGOS

PROFESIONALESPROFESIONALES

OBLIGACIONES DEL ESTADO

Supervigilancia y fiscalización.Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad.

Ley 16744

•Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad.

•Aplicar variación de cotizaciones adicional.•Realizar actividades permanentes de prevención

de riesgos.

PREVENCION DE RIESGOS PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALESPROFESIONALES

Ley 16744

OBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES

Implantar Las Medidas De Prevención.Establecer Y Mantener Al Día Un Reglamento Interno De Higiene Y Seguridad.Proporcionar Gratuitamente A Los Trabajadores Equipos E Implementos De Protección Necesarios.Autorizar Asistencia A Exámenes De Control A Trabajadores Citados Por El Organismo Administrador.

Prevención De Riesgos Prevención De Riesgos ProfesionalesProfesionales

Ley 16744

Obligaciones De Las Empresas

• Cumplir con las normas e instrucciones.• Usar elementos de protección personal.• Acudir a exámenes médicos de control.

Prevención De Prevención De Riesgos Riesgos

ProfesionalesProfesionalesLey 16744Obligaciones De Los

Trabajadores

Reglamento Interno.

Las empresas deben

disponer para sus

trabajadores de un

reglamento que

contemple:

•Disposiciones generales.•Obligaciones.•Provisiones.•Sanciones

Prevención De Prevención De Riesgos Riesgos

ProfesionalesProfesionalesLey 16744

LEY N°16.744LEY N°16.744

D .S. N° 40 D .S. N° 40

D S. N° 594 D S. N° 594

D. S N° 109 D. S N° 109

D. S. N° 54 D. S. N° 54

D .S. N° 67 D .S. N° 67

D. S. N° 48D. S. N° 48

D. S N° 110 D. S N° 110

D .S. N° 101 D .S. N° 101

D. S. N° 03D. S. N° 03

D. S. N° 313

D. S. N° 313