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Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires | LVIII Circular 3341 2014 23 INFORMACIÓN Convocatoria a Asamblea Extraordinaria Examen de Práctica Notarial Reserva de salas de escrituras Pautas para la utilización del servicio Feria Dirección de Asuntos Legales Bares notables de Buenos Aires Fundación Colegio de Escribanos Estudio de títulos Comisión de Escribanos Referencistas de junio JURISPRUDENCIA Compilación de la Esc. Angélica G. E. Vitale CAPACITACIÓN Recursos registrales Ciudad de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires REQUERIMIENTOS Requerimiento Requerimiento II Requerimiento III Extravío de hoja de protocolo SANCIONES Suspensiones CAJA NOTARIAL Actualizaciones Haberes de jubilados, pensionados y aporte mínimo

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Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires | LVIII

Circular 33412014 23

INFORMACIÓN

Convocatoria a Asamblea Extraordinaria

Examen de Práctica Notarial

Reserva de salas de escriturasPautas para la utilización del servicio

FeriaDirección de Asuntos Legales

Bares notables de Buenos AiresFundación Colegio de Escribanos

Estudio de títulosComisión de Escribanos Referencistas

de junio

JURISPRUDENCIACompilación de laEsc. Angélica G. E. Vitale

CAPACITACIÓNRecursos registralesCiudad de Buenos Airesy Provincia de Buenos Aires

REQUERIMIENTOSRequerimiento

Requerimiento II

Requerimiento III

Extravío de hoja de protocolo

SANCIONESSuspensiones

CAJA NOTARIAL

ActualizacionesHaberes de jubilados, pensionados y aportemínimo

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Circular Nº 3341 JJuunniioo 220011442

INFORMACIÓN

Convocatoria a Asamblea Extraordinaria

Primera citación: 18:00 h

Segunda citación: 19:00 h

El Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, en cumplimientode lo dispuesto por el artículo 27 del Estatuto en vigor, ha resuelto convocar a AsambleaExtraordinaria para el jueves 26 de junio de 2014, a las 18:00 horas (primera citación) y a las19:00 horas (segunda citación), la que tendrá lugar en el salón Gervasio A. de Posadas de lasede de la Av. Callao 1542 de esta ciudad, a fin de tratar el siguiente

ORDEN DEL DÍA:

1°) Designación de dos asambleístas para que, con uno de los Secretarios, labren y apruebenel acta, que firmarán con el Presidente.

2°) Consideración del Proyecto de Presupuesto del Colegio de Escribanos de la Ciudad deBuenos Aires – Período 1° de julio de 2014 a 30 de junio de 2015.

3°) Consideración del Proyecto de Presupuesto de la Caja Notarial Complementaria deSeguridad Social (Ley 21.205 Modif. por la Ley 23.378) – Período 1° de julio de 2014 a 30 dejunio de 2015.

Archivo de Protocolos Notariales

Cronograma de entrega de protocolos 2009La entrega de los protocolos correspondientes al año 2009 se deberá realizar en la sede delArchivo de Protocolos Notariales de Alsina 2280. Se ruega a los escribanos respetar las pautasy el cronograma de entrega que se detallan en los siguientes links:

Cronograma

Pautas para la entrega

Aquellos colegas que estén interesados podrán retirar copia de los presupuestos delunes a viernes de 9 a 17 h por el Departamento de Comunicaciones, Av. Las Heras 1833,1º piso.

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Circular Nº 3341 JJuunniioo 220011443

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Por razones de estricta seguridad, se recuerda a los escribanos que las salas de escriturasfueron habilitadas por el Colegio para facilitar la labor de los escribanos pero, fundamentalmen-te, para brindar un espacio alternativo a las escribanías en términos de seguridad.

No obstante, es importante que se tenga en consideración que es difícil delegar en el personaldel Colegio la atención e identificación de personas que -como requirentes- sólo conoce el escri-bano que los convoca.

Por ello y con el fin de velar por la seguridad de todos lo que integran la institución, se recuerdarespetar las pautas a seguir para utilizar este servicio:

Se ruega tener en cuenta estos requisitos, a fin de evitar inconvenientes al personal del Colegioy colaborar con las estrictas medidas de seguridad que redundan en beneficio de todos.

Para mayor información, comunicarse al Departamento de Secretaría al 4809-7109.

• La reserva deberá efectuarse por nota o personalmente en el Departamento deSecretaría (Av. Las Heras 1833, 1º piso) o completando el formulario que figura acontinuación, con una anticipación de tres días. Haga clic aquí para acceder a la reser-va de Salas

• Deberá indicarse el nombre del escribano solicitante, la fecha, el horario, el tipo deoperación a realizarse y la cantidad de personas que participarán. En caso de que hayadisponibilidad de salas en la fecha y horario solicitados, recibirá un mail de confirma-ción de reserva y posteriormente será contactado por personal del Colegio para ajus-tar detalles del servicio requerido.

• Por cuestiones de seguridad, el escribano deberá informar la cantidad de personasque participarán de la operación, adjuntando nombre, apellido y DNI de cada una deellas. En caso de no cumplir con este requisito, aquellos acompañantes que no hayansido debidamente detallados en la nota o formulario de reserva no podrán ingresar alas salas de escrituras.

• Se solicita a los escribanos ser estrictos con la puntualidad y presentarse en el hora-rio pautado. Los requirentes no podrán ingresar a la sala de espera del 6º piso hastatanto el escribano se presente en el Colegio.

Circular Nº 3341 JJuunniioo 220011444

Reserva de salas de escrituras Pautas para la utilización de este servicio

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Circular Nº 3341 JJuunniioo 220011445

Fundación Colegio de Escribanos

Bares notables de Buenos Aires La Fundación Colegio de Escribanos invita a los escribanos a recorrer algunos de los baresdeclarados "notables" por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para conocer sus orígenes,tradiciones, rituales y ceremonias del café. La salida será el día martes 1º de julio a las 17.30 hdesde la puerta del Colegio de Av. Callao 1542 y el regreso se estima a las 21 h al mismo punto.

Estos bares se encuentran llenos de leyendas y anécdotas de personajes urbanos, además deconstituir parte de la identidad cultural porteña. Durante el recorrido se visitarán las siguientesconfiterías:

• Las Violetas, en Almagro

• El Bar de Cao, en San Cristóbal

• Homero Manzi y Café Margot, en Boedo

• Seddon, en San Telmo

• Café de Los Angelitos, en Balvanera

Costo: $ 60 para los adherentes a la Fundación /$ 120 para los no adherentes.

Informes e inscripción: Fundación Colegio de Escribanos, Av. Callao 1542, 1° piso de 10 a15.30 h. Teléfono: 4809-7141 / [email protected]

Por cuestiones de organización, los interesados deberán inscribirse previamente; hasta el díalunes 30 de junio, sin excepciones.

Dirección de Asuntos Legales

Feria

El Colegio de Escribanos resolvió fijar la feria de la Dirección de Asuntos Legales desde el 21de julio hasta el 1º de agosto de 2014, ambas fechas inclusive, a fin de que coincida con la feriajudicial tradicionalmente prevista por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, en su carácter de Tribunal de Superintendencia del Notariado.

Art. 28 del Reglamento de Actuaciones Sumariales, publicado en el Boletín Oficial de laCiudad de Buenos Aires N° 1719, del 25/6/03

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Circular Nº 3341 JJuunniioo 220011446

CAJA NOTARIAL

Actualizaciones

Haberes de jubilados, pensionados y aporte mínimo

De acuerdo con lo resuelto por la Asamblea Extraordinaria del 27 de junio de 2013,los haberes de jubilados y pensionados se incrementaron en un 10% desde el 1ºde junio.

Por tal motivo:

• el haber mínimo jubilatorio previsional se incrementó a la suma de $16.531,02.

• el haber de las pensiones queda fijado en un 75% de ese monto.

• el aporte mínimo previsional es de $ 1.653 (de conformidad con el art. 13 dela Ley 21.205).

Comisión de Escribanos Referencistas

Estudio de títulosA solicitud de la Comisión de Escribanos Referencistas, se sugiere que, en las escrituras detransferencia, se citen las escrituras de reglamento de copropiedad y administración con susrespectivas modificaciones si las hubiere, individualizando la mayor cantidad de datos posi-bles tales como número de escritura, de folio, fecha, registro, escribano autorizante, entreotra información.

De esta manera, se facilita la tarea de realización de estudio de títulos y se evitan pérdidasinnecesarias de tiempo, costos extras y demás inconvenientes.

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Circular Nº 3341 JJuunniioo 220011447

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Circular Nº 3341 JJuunniioo 220011448

REQUERIMIENTOS

Requerimiento

La escribana Marta Fabiana Goses, matrícula Nº 4358, titular del registro notarial Nº 1738,comunicó al Colegio que:

“…el día 3 de abril del corriente suscribió un poder especial de venta una persona que seidentificó como Víctor Jorge Caballero Jiménez y exhibió un DNI número 23.602.511,facultando a Hernán Lucero DNI 26.666.543 y Diego Martín Barrione DNI 26.655.193, avender un inmueble ubicado en la Ciudad de Buenos Aires frente a calle Valle 42, lo quese instrumentó por escritura número 33 pasada al folio 76 del registro a mi cargo.Asimismo me solicitó una segunda copia de la escritura del consignado inmueble, la quefue tramitada e inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble. Tanto el poder como lasegunda copia fueron retiradas de la escribanía por el interesado. Que el día 13 de mayodel corriente se presentaron en la escribanía dos personas a los efectos de otorgar unpoder especial de venta identificándose como Arnoldo Jorge Beider y Rita Olga Da Gracaexhibiendo sus DNI números 4.397.282 y 4.834.134, respectivamente, facultando aMacarena Lucía Redal Mancienlli, DNI 34.717.954, a vender un inmueble ubicado en laCiudad de Buenos Aires frente a la calle Cossio 5895/97 esquina Fonrouge 396, lo que seinstrumentó por escritura número 55 pasada al folio 154 del registro a mi cargo. Asimismome solicitaron una segunda copia de la escritura del consignado inmueble. Que ciertosindicios de los comparecientes me hicieron sospechar de una posible sustitución de per-sona. Que antes de expedir primera copia del poder y continuar el pedido al Archivo delColegio de Escribanos, dada las sospechas de que quienes habían requerido lo referidono eran quienes decían ser, decidí investigar y tratar de ubicar a quien sería el verdaderopropietario. Contacté con él y el día 14 de mayo del corriente el verdadero titular de domi-nio se apersonó en mi escribanía con su DNI y obviamente no era la misma persona queel día anterior se había presentado a otorgar el poder especial de venta ni pedido desegunda copia de escritura. Ante tales hechos comparé ambas situaciones y habría cone-xión entre ellas, lo que también me haría sospechar que en el caso de Caballero Jiménezhabría una sustitución de persona”. La escribana también informa que realizó la denunciapertinente, resultando sorteado el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 31 yla Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 1, para intervenir en la causa N° I-01-28128, caratulada: “N.N. s/ falsificación de documentos públicos”.

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Circular Nº 3341 JJuunniioo 220011449

Requerimiento IIEl escribano Alberto G. López Coello, matrícula Nº 3443, titular del Registro Notarial Nº 1556,hace saber:

“1) que existen en circulación segundas copias de los títulos de propiedad correspondientes alas fincas calle Montañeses 2832/34 de la CABA, de titularidad de Isabel Virginia Fernández(Mat. FR 16-12169) y calle Bulnes 1456 de la CABA, de titularidad de Walter Hugo Lavore yNélida Garrido (Mat. 18-2986). 2) Que asimismo se hallan en circulación dos poderes especia-les de venta, supuestamente otorgados por Walter Hugo Lavore y Nélida Garrido, respecto a losinmuebles calle Bulnes 1456 (folio 63/2014) y Bulnes 1448/50 (folio 61/2014) y, un tercer poderespecial de venta (folio 65/2014) supuestamente otorgado por Isabel Virginia Fernández res-pecto al inmueble calle Montañeses 2832/34 de esta Ciudad. Que en todos los casos se presu-me que dichos instrumentos fueron obtenidos y otorgados por quienes sustituyeron la personadel verdadero titular de dominio. Que existe al respecto, denuncia penal que tramita ante elJuzgado Criminal y Correccional Federal Nº 12, Secretaría Nº 24, causa 4642/14. Asimismo endicha causa se ha puesto en conocimiento que circularía DNI apócrifo a nombre de NaumGampel, DNI 4.131.556, como también que las gestiones que originaron el otorgamiento dedichos instrumentos fueron iniciadas por la inmobiliaria Meriva Propiedades de esta Ciudad”.

Requerimiento III

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 106, a cargo del Dr. Alberto S.Pestalardo, Secretaría única, sito en Lavalle 1212, piso 1°, de esta Ciudad, en los autos caratu-lados: “Miguel Sotomayor, María del Pilar c/ Zumstein, Matthias s/ medidas precautorias, art. 233del Código Civil”, solicita a los escribanos de la demarcación que informen todos los actos jurí-dicos celebrados por el señor Matthias Zumstein, DNI 93.789.523, desde el año 2007 hasta elpresente.

Extravío de hoja de protocolo

El Colegio informa que en los expedientes acumulados Nros. 476/13 y 1565-13, se ha tomadoconocimiento del extravío de la siguiente documentación del Registro Notarial Nº 1094, a cargodel escribano Arturo Balassanian:

Folio Nº 314, numeración pre impresa A 071530574, del Protocolo correspondiente al año 2011,que formaba parte de la escritura Nº 118 de Poder General de Administración del 27-6-11, pasa-das a los folios 313 al 315.

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SANCIONES

Suspensiones

El Consejo Directivo del Colegio de Escribanos resolvió la aplicación de las siguientessanciones disciplinarias:

• Eduardo Rodolfo LARRONDE, titular del Registro Notarial N° 1330, Matrícula N° 3650de esta ciudad, veinte (20) días de suspensión, efectiva desde el 6 al 25 de junio de2014, ambas fechas inclusive.

• Jorge Alberto IBAÑEZ, titular del Registro Notarial N° 2936, Matrícula N° 864 de estaciudad, veinticinco (25) días de suspensión, efectiva desde el 13 de junio hasta el 7 dejulio de 2014, ambas fechas inclusive.

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JURISPRUDENCIA

Estos extractos tienen un valor meramente orientativo y no son vinculantes con el Colegiode Escribanos. Para una mejor comprensión del contenido, consulte la fuente.

Compilación a cargo de la Esc. Angélica G. E. Vitale

REIVINDICACIÓNDemanda contra el comprador en comisión. Interversión del títuloFallo 117.718 – CNCiv., sala B, 25/10/2013 – C., N. N. s/quiebra c. O., E. Z. s/reivindicación.La Ley, 10/4/2014.

En forma terminante, el fallo dice que el pago de impuestos y servicios es insuficiente para con-siderar que el reconviniente realizó actos posesorios excluyentes e inequívocos que signifiquenla interversión de título y el desconocimiento del carácter de propietario de aquél en nombre delcual compro “en comisión”, siendo que quien lo hace en ese carácter obra en nombre propio ypor cuenta ajena, convirtiéndose en un comisionista.

Nota a fallo: “Demanda de desalojo y juicio de reivindicación”, por Américo Atilio Cornejo

FONDO DE COMERCIOAcción intentada por el comprador con el fin de resolver el contrato y recuperar la seña entre-gada al firmar el boleto. Sentencia que declara la extinción por mutuo acuerdo. Facultades deljuez. Verdad jurídica objetiva. Actuación de intermediario y obligaciones de las partes.Procedencia parcial de la acción.Fallo 117.726 – CNCom., sala B, 3/10/2013 – Oliverio, Judith Fernanda y otro c. Expon S.A.y otros s/ordinario. La Ley, 16/4/2014.

Debe ser confirmada la sentencia que declaró resuelto un contrato de fondo de comercio pordesinterés de las partes y condenó a las accionadas a reintegrar el importe entregado en con-cepto de seña, pues, aún cuando no fue invocada por la actora esa causal de resolución, tam-

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El Colegio de Escribanos no se hace responsable por los contenidos o notas

autorales

Av. Callao 1542, Ciudad de Buenos AiresTel.: 4809-7000 | e-mail: [email protected]

Redacción, edición y armado

Departamento de Comunicaciones

DOCTRINA“La propiedad horizontal en el nuevo Código Civil y Comercial”, por Héctor Pérez Bourbon. ElDerecho, 6/3/2014.

“Oponibilidad erga omnes de las transmisiones de derechos reales por causa de muerte”, porCarlos A. Azize. La Ley, 4/4/2014.

“Atenuación equitativa de la indemnización en el Proyecto de Código”, por Matilde M. Zavala deGonzález. La Ley, 31/3/2014.

“La irretroactividad de la Ley Procesal Penal”, por Ignacio Racca. El Derecho, 1/4/2014.

“Sucursales radicadas en la República Argentina –art. 118, Ley 19.550-. Asignación de capital.Viabilidad de formación de activos de libre disponibilidad en el extranjero”, por Federico FrachiaSabaris. El Derecho, 1/4/2014.

poco puede incurrirse en un rigorismo formal que implique dar prevalencia a la interpretación delas normas procesales por sobre la necesidad de acordar primacía a la verdad jurídica objetiva,ya que, de otro modo, se vulneraría la exigencia del adecuado servicio de justicia que garantizala Constitución Nacional.

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