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DIVISION: INVESTIGACION Y DESARROLLO DE PRODUCTOS PROYECTO: BIF DESGRAVAMEN GERENTE DE PROYECTO: URSULA BRESANI FICHA DE PRODUCTO Elaborado por: Investigación y Desarrollo de Productos. Fecha: <21/04/11> Ficha de Producto - Contenido Slip de Cotización (adjunto) Definiciones del Producto – Unidad de Negocios. Anexo 1. Definiciones de Formalización. Anexo 2. Definiciones de Cobranza. Anexo 3. Definiciones de Comisiones. Anexo 4. Definiciones de Liquidación de Siniestros. Anexo 5. Definiciones de Servicio al Cliente. Anexo 6. Definiciones de Soporte Tecnológico. Anexo 7. Definiciones de Contabilidad. Anexo 8. Procedimientos. (adjuntos) Notas Adicionales. Ficha de Producto. 1

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Ficha de Producto

DIVISION: INVESTIGACION Y DESARROLLO DE PRODUCTOS

PROYECTO: BIF DESGRAVAMEN

GERENTE DE PROYECTO: URSULA BRESANIFICHA DE PRODUCTO

Elaborado por: Investigacin y Desarrollo de Productos.

Fecha:

Ficha de Producto - Contenido

Slip de Cotizacin (adjunto)

Definiciones del Producto Unidad de Negocios.

Anexo 1. Definiciones de Formalizacin.

Anexo 2. Definiciones de Cobranza.

Anexo 3. Definiciones de Comisiones.

Anexo 4. Definiciones de Liquidacin de Siniestros.

Anexo 5. Definiciones de Servicio al Cliente.

Anexo 6. Definiciones de Soporte Tecnolgico.

Anexo 7. Definiciones de Contabilidad.

Anexo 8. Procedimientos. (adjuntos)

Notas Adicionales.

Definicin del Producto U.N.

1. Datos Generales

Ramo Tcnico> VIDA -DESGRAVAMEN

Cdigo de Producto y Nombre del producto DESGRAVAMEN BIF

Tipo de Seguro DESGRAVAMEN sin IGV (Saldo Inicial, Insoluto y Convenios)

Canal de Venta Banco Interamericano de Finanzas

Vigencia Por el periodo del crdito

Moneda Soles (S/.) o su equivalente en Moneda Extranjera US$

Prima Neta Anualizada

Estimada 2010 S/.

Cantidad de Asegurados al final del ao 2010 Estimado. Stock

2. Contratante

CANAL, Persona Jurdica Banco Interamericano de Finanzas3. Asegurados.

Clientes del CONTRATANTE (personas naturales) que se encuentren en buenas condiciones de salud, en plena actividad econmica, que mantengan saldos deudores en los registros del CONTRATANTE derivados de crditos otorgados, que debern tener un inters asegurable y que sean aprobados por LA COMPAA segn su poltica de Suscripcin.

4. Descripcin de Planes, Coberturas y Primas.

PLAN 1:

Muerte natural

Muerte accidental

PLAN 2:

Muerte natural

Muerta accidental

Invalidez total y permanente por accidente

PLAN 3:

Muerte natural

Muerta accidental

Invalidez total y permanente por accidente

Invalidez total y permanente por enfermedad

PLAN 4 :Muerte natural

Muerta accidental

Invalidez total y permanente por accidente

Invalidez total y permanente por enfermedad

Desamparo Familiar Sbito

Indemnizacin adicional por Renta estudiantil

Indemnizacin adicional por muerte del Asegurado en accidente areoTASAS

Total tasa se carga a la cobertura principal

4.1 Tarifario: Tasas x Plan

DESGRAVAMEN SALDO INICIAL S/. o US$ (TASA BRUTA)

TITULAR 0.56%o

TITULAR + 11.10%o

TITULAR + 21.66%o

DESGRAVAMEN SALDO INSOLUTO S/. o US$ (TASA BRUTA)

TITULAR HASTA 70 AOS0.56%o

TITULAR + 11.10%o

TITULAR DE 71 A 75 AOS1.66%o

TITULAR + 21.66%o

DESGRAVAMEN CONVENIOS S/. O US$ (TASA BRUTA)

TITULAR HASTA 75 AOS0.56%o

Tasas Brutas Incluye Derecho de Emisin

Tasas no afectas a IGV (Vida)

Tasa Mensual

Tarjeta de Crdito

Tasas Brutas Incluye Derecho de Emisin e IGV

Tasas afectas a IGV (Vida)

Tasa Mensual

4.2 Recargos por sobremortalidad.

No Aplica

4.3 Descuentos y/o Recargos y/o Promociones.

No Aplica

4.4 Primas Mnimas.

No Aplica

4.5 Perodo de Gracia.

30 das

4.6 Perodo de Carencia.

No Aplica

4.7 Devolucin de Primas.

No Aplica

4.8 Trmite para la Devolucin de Primas.

No Aplica5. Solicitud y/o Certificado de Seguro.

EMBED Word.Document.8 \s FACTURACION:

De acuerdo a los saldos proporcionados por EL CONTRATANTE mediante listados mensuales.

Adjuntar el modelo de Condiciones Particulares y Sumario de Condiciones Generales de ser necesario5.1 Deducibles.

No Aplica

5.2 Participacin de Utilidades:

Comisiones:

6.5% sobre las primas netas a cliente

PU: 50% de las utilidades

Utilidad = 60% de las Primas Netas Pagadas Siniestros Pagados y en Reservas Comisiones

Nota: Se aplica arrastre de prdida

5.3 Exclusiones:

LA COMPAA estar eximida de cualquier obligacin, en caso de que el fallecimiento o invalidez del (os) Asegurado (s) ocurra en las siguientes circunstancias:

a) Cuando participen como conductores o acompaantes en carreras de automviles, bicicletas, lanchas a motor o avionetas o en carreras de entrenamiento.

b) Lesiones o Fallecimiento a consecuencia de un accidente areo devenido de un viaje o vuelo en vehculo areo de cualquier clase, as como operaciones o viajes submarinos; excepto como pasajero en uno operado por una empresa de transporte areo comercial, sobre una ruta establecida para el transporte de pasajeros sujeto a itinerario.

c) Cuando sobrevenga como consecuencia directa de accin de guerra (civil o internacional) declarada o no, estando el Asegurado en campaa, as como por intervencin en duelo concertado.

d) Cuando sea resultado de suicidio o intento de suicidio.

e) Cuando sea consecuencia de intervencin directa (autor) o indirecta (cmplice) del Asegurado en actos delictuosos o terroristas.

f) Sndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida.

g) Cuando se produzcan en situacin de embriaguez o mientras el Asegurado se encuentre bajo la influencia de drogas o sonambulismo.

h) Como consecuencia de una condicin o enfermedad o accidentes graves y/o crnicas preexistentes a la contratacin de la Pliza.

i) Como consecuencia de fisin o fusin nuclear o radioactividad, sean en forma directa o indirecta.

Definicin de Preexistencia:

Cualquier lesin, enfermedad, dolencia o condicin de alteracin del estado de salud del Asegurado, diagnosticadas por un profesional mdico o conocidas por el Contratante o Asegurado, con anterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la pliza. Es obligacin del Asegurado declarar las preexistencias.

Exclusiones aplicables a Invalidez Total y Permanente por Accidente o Enfermedad:

1) Abuso de alcohol o de drogas.

2) Tratamientos mdicos, fisioterapeuticos, quirrgicos o anestsicos.

3) A consecuencia de los riesgos comprendidos en el Condicionado Particular de esta Pliza referidos a Exclusiones

No obstante, de indicarse dentro de las exclusiones de la pliza, el suicidio o intento de suicidio; LA COMPAA pagar la suma asegurada a los beneficiarios, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubieran transcurridos tres (3) aos completos e ininterrumpidos desde la fecha de contratacin del seguro, desde su rehabilitacin o desde el aumento del capital asegurado. En este ltimo caso el plazo se considerar slo para el pago del incremento del capital asegurado.

PROCEDIMIENTO EN CASO DE RECLAMOS:

Los reclamos podrn ser presentados: 1) En cualquier oficina de EL CONTRATANTE; 2) Comunicndose a LA COMPAA al 411-3000 - Anexo 3 (atencin las 24 horas) 3) En el rea de Atencin al Cliente de la Compaa, con domicilio en Av. Las Begonias 475, Piso 2, San Isidro, Lima.

Se deber consignar la siguiente informacin:

Nombre y datos del usuario reclamante (nombres y apellidos, nmero de documento de identidad, direccin, telfono y correo electrnico), descripcin y fecha del incidente que origina el reclamo.

Nombre del agraviado, nmero de documento de identidad, direccin, telfono y correo electrnico.

Producto contratado con EL CONTRATANTE.

El Asegurado podr presentar los reclamos durante la vigencia del presente Seguro de Desgravamen. El plazo de atencin de un reclamo no exceder de treinta (30) das contados a partir de la fecha de recepcin del mismo.

PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTROS:

La COMPAA se reserva el derecho de requerir al o los Beneficiario(s) cualquier documento o informacin adicional en original o copia legalizada, en caso las circunstancias especficas as lo ameriten.

La falta de cumplimiento de alguna o de todas las obligaciones y formalidades sealadas en el presente artculo, salvo que se demostrare la imposibilidad de cumplir, hace perder todo derecho a la indemnizacin, pues queda entendido y convenido que su estricto y total cumplimiento es esencial a los efectos de este Seguro, no pudiendo en caso alguno el Asegurado o sus Beneficiarios, alegar como excusa del incumplimiento, la ignorancia, olvido o error de la existencia de la Pliza o del desconocimiento de las obligaciones que imponen sus condiciones.

En caso de siniestro, los deudos debern acercarse a cualquier oficina de EL CONTRATANTE y presentar los siguientes documentos segn sea el caso:

Muerte Natural

Copia simple del Documento Oficial de Identidad (D.O.I.) del ASEGURADO. Certificado de Defuncin, en original o copia certificada.

Acta o Partida de Defuncin, en original o copia certificada.

Estado de cuenta del prstamo a la fecha del siniestro.

Certificado de Seguro firmado por el ASEGURADO, de ser necesario se solicitar solicitud de afiliacin DPS. Historia Clnica foliada y fedateada del ASEGURADO. Informes Mdicos adicionales y/o ampliatorios a requerimiento de la Compaa para aquellos casos que el monto de la indemnizacin sea igual o superior a US$ 3,000 dlares o su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio venta promedio ponderado publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP en el Diario El Peruano.Adicionalmente, en caso de Muerte Accidental

Copia Certificada del atestado o informe policial completo

Protocolo de necropsia, de haberse realizado

Resultado de examen toxicolgico y alcoholemia, de haberse realizado. Dosaje etlico, en caso de accidente de trnsitoInvalidez Total y Permanente por Accidente

Copia simple del Documento Oficial de Identidad (D.O.I.) del ASEGURADO

Copia Certificada del atestado o informe policial completo.

Estado de cuenta del prstamo a la fecha del siniestro.

Certificado de Seguro firmado por el ASEGURADO.

Dosaje etlico, en caso de accidente de trnsito.

Dictamen de Invalidez de la Comisin Mdica Evaluadora de Incapacidades emitido por MINSA, ESSALUD o EPS o Junta de Mdicos. Historia Clnica foliada y fedateada del ASEGURADO.Invalidez Total y Permanente por Enfermedad

Copia simple del Documento Oficial de Identidad (D.O.I.) del ASEGURADO Estado de cuenta del prstamo a la fecha del siniestro.

Certificado de Seguro firmado por el ASEGURADO.

Dictamen de Invalidez de la Comisin Mdica Evaluadora de Incapacidades emitido por MINSA, ESSALUD o EPS o Junta de Mdicos. Historia Clnica foliada y fedateada del ASEGURADO.NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS DEBERAN SER ENTREGADOS EN ORIGINAL O COPIA LEGALIZADA.LA COMPAA se reserva el derecho de requerir al o los Beneficiario(s) cualquier documento o informacin adicional en original o copia legalizada, en caso las circunstancias especficas as lo ameriten.

Autorizacin para acceder a Historia Clnica: El Asegurado autoriza expresamente a la Compaa, en los casos de fallecimiento e invalidez total y permanente a causa de accidente y/o enfermedad a acceder a su historia clnica en cualquier centro de salud privado pblico, en el momento que lo requiera.

La Compaa emplear su red de auditora mdica, sobre esta autorizacin, actuando pro activamente en facilitar y/o agilizar la satisfaccin de los documentos necesarios para la liquidacin. Estas gestiones sern informadas formalmente.

Las pruebas del fallecimiento o invalidez que contengan los datos exactos sobre la causa del deceso o invalidez del Asegurado, legalizadas, debern ser presentadas en la oficina de LA COMPAA, a lo sumo dentro de un ao de producido el deceso.

PLAZO PARA EL PAGO DE SINIESTROS:

El plazo mximo para el pago de siniestros es de setenta y dos (72) horas contadas a partir de la presentacin de la documentacin completa sustentatoria del evento.

6. Beneficiarios.

Banco Interamericano de Finanzas para las plizas de Saldo insoluto. Para las plizas de saldo inicial, el beneficiario es el Banco Interamericano de Finanzas por el saldo insoluto y los herederos legales por la diferencia entre el saldo incial y el saldo insoluto.7. Polticas de Suscripcin.

REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD:

Hasta 55 aos de edad:

Hasta USD 200,000

A

USD 200,001 a ms

A + B

Desde 56 aos y hasta 64 aos:

Hasta USD 150,000

A

USD 150,001 a ms

A + B

Desde 65 aos y hasta 70 aos (69 aos y 364 das):

Hasta USD 120,000

A

USD 120,001 a ms

A + B

Desde 70 aos y hasta 72 aos (71 aos y 364 das):

Hasta USD 30,000

A

(Cesantes Essalud)

Con:

A: Declaracin personal de salud

B: Considera lo siguiente:

Examen mdico

Hemograma Completo

Glucosa sangunea en ayunas

Examen completo de orina

Creatinina

cido rico en la sangre

HIV (ELISA)

Bilirrubinas, GPT,GOT y GGTP

Perfil de lpidos (Colesterol total, Triglicridos, HDL, LDL.)

Velocidad de sedimentacin globular

Antigeno prostatico (para hombres mayores de 50 aos)

ECG de Esfuerzo

La radiografia de Torax se requerir slo para los casos que sea necesario, cuando presente alguna enfermedad pulmonar, problemas circulatorios, fumadores etc; estos casos seran evaluados por el mdico auditor de LA COMPAA.

Montos mayores a USD 500,000, estn bajo los siguientes requerimientos:

Ser preciso obtener informacin sobre la situacin moral y financiera del Asegurado para lo cual debern presentar la declaracin jurada de impuesto a la renta de los ltimos dos aos y completar el cuestionario financiero confidencial. Adicionalmente, debern presentar el Cronograma de pagos y Proyecto de escritura.

Estn bajo los requerimientos de LA COMPAA.

IMPORTANTE:

Los capitales mayores a US$ 500,000.00 van a consulta del Reasegurador.

Los recargos mayores a 125% van a consulta del Reasegurador.

Los casos en donde Asegurados entre 66 y 70 aos de edad soliciten crditos mayores a US$ 50,000 van a consulta del Reasegurador.

Los casos en donde Asegurados entre 71 y 72 aos de edad soliciten crditos mayores a US$ 30,000 van a consulta del Reasegurador.

Los plazos de respuesta son:

24 horas: Solicitudes sin requerimientos adicionales

72 horas: Cuando los ASEGURADOS necesitan pasar exmenes por cuenta de LA COMPAA por capital (completos)

96 horas: Cuando los ASEGURADOS necesitan pasar exmenes por cuenta de LA COMPAA por capital (completos + adicionales)

72 horas: En caso se envian en consulta al Reasegurador cuando los casos presentan riesgos agravados y/o capitales superiores a US$ 500,000.00

8. Polticas de Renovacin.

> Renovacin mensual por el periodo total del crdito.9. Calculo de Reserva.

Anexo 1. Definiciones de Formalizacin:

1.1 Tipo de Emisin / Registro de datos de Plizas / Impresin / Despacho o Entrega / Archivo.

Tipo de Emisin:

- Emisin Individual (Plizas Individuales)

- Emisin Colectiva (Certificados Indivi.)

- Emisin en Grupo (Pliza en Grupo)

Responsable de Registro de datos de Pliza:- Emite Rimac

- Emite Canal

- Emite Corredor

Responsable de Imprimir Pliza:- Imprime Pliza Rimac

- Imprime Pliza Canal/

- Imprime Pliza Corredor

Responsable de Despacho o Entrega de Pliza:

- Despacha Rimac/Courier

- Despacha Canal

- Despacha Corredor

Responsable de archivar documentos de Pliza/Solicitud/Certificado:- Archiva Rimac

- Archiva Canal

- Archiva Corredor

1.2 Envo de Informacin (Declaracin) y Forma de Emisin.

Forma de declaracin:

- E-mail / Certificado (Fsico)

- Formato Excel

- Va Tramas

Frecuencia de declaracin:

- Diario

- Semanal

- Mensual

Va de envo de Informacin:- Certificado (Fsico)

- Va Correo

- Va FTP

Forma de Emisin:

- Emisin Manual

- Emisin Automtica x Trama

1.3 Plataforma de Emisin Rimac.

Plataforma Emisin:

- Acsel/x

- Web Vehculos

- Web Salud

- Clper

- As/400 Macsi

- As/400 Vida Individual

- Especifique Otra:

1.4 Oferta de Servicio:

Especifique la oferta de Servicio en la emisin, impresin y despacho de la pliza (si es que aplica).

1.5 Notas Adicionales y Requerimiento del rea:

Especifique observaciones adicionales al producto y los requerimientos para la salida a produccin de este producto.

Anexo 2. Definiciones de Cobranzas:

2.1 Responsable de Pago (Paga Factura).

Cliente Asegurado del Canal (persona Natural)2.2 Forma de Pago y Periodo de Pago de los Contratantes y Asegurados.

Forma de Pago:

- Contado

- Financiado

- Cuotas

Frecuencia de Pago:

- Mensual

- Trimestral

- Semestral

- Anual

- Pago Unico

Documento de Cobro:

- Liquidaciones

- Cupones

- Cargo en Cuenta

Se Imprime Documento Sunat:- Boleta de Venta (a solicitud del cliente)- Factura

- Nota de Crdito

2.3 Recaudador y Va de cobro.

Recaudo de Primas: - Recauda Rimac

- Recauda Canal

Va de cobro de Primas:- Cargo en Cta. de Cliente

- Cargo en Tarjeta de Crdito

- Pago Efectivo

- Agentes recaudadores (Wong,Bcos,etc) Periodo de va de cobro:- Mensual mes adelantado.(Nace pagado)

- Mensual mes vencido.

Comisin de Cobranza:> No Aplica2.4 Forma de Pago y Periodo de Pago del recaudador Canal.

Forma de Pago Recaudador: - Abono en Cta. Rimac

- Pago en Caja Rimac

Periodo de Pago Recaudador: - Mensual Contra Factura Rimac

- Mensual (Mes vencido)

2.5 Forma de cancelacin de primas.

Tipo de Cancelacin:

- Automtica REM

- Remesa manual

- Facturacin Individual/Grupal

2.6 Oferta de Servicio:

Especifique la oferta de Servicio en la aplicacin y cobranza. Sistema aplica al da siguiente los documentos emitidos por Formalizacin siempre y cuando migren al Acsel. Dos das a partir de la fecha en que Formalizacin termine la emisin de la declaracin2.7 Notas Adicionales y Requerimiento del rea:

Especifique observaciones adicionales al producto y los requerimientos para la salida a produccin de este producto.

> EL SISTEMA NO DEBE GENERAR FACTURAS CONSIDERANDO QUE ES UN PRODUCTO SIN IGV.

Anexo 3. Definiciones de Comisiones:

3.1 Corredor y Porcentaje de Comisin.

> Euromundo Corredores de seguros: 10 % aplicado sobre la prima neta del cliente. A partir del 28.09.12, la comisin ser 11%3.2 Comisiones de Canal, Forma de pago, Periodo de pago y Responsable.

Comisin BIF = 6.5% sobre la prima neta del cliente + GROSS UPForma de pago = Contra Factura Mensual

Responsable de pago de comisiones = Cobranzas

3.3 Comisin Soporte de Negocios Tercero. No Aplica Operador Externo:

- Aon Affinity

- Crawford

- Warranty Group

- Especifique Otro:

Especifique Comisin:3.4 Oferta de Servicio:

Comercial: Responsable de validar las comisiones.

Cobranzas: 3 das para ingresar la factura al registro de compras Acsel y enviar a caja.

La factura debe ser enviada con los vistos buenos de Jos Luis Cordano y Negocios segn corresponda.3.4 Notas Adicionales y Requerimiento del rea:

Especifique observaciones adicionales al producto y los requerimientos para la salida a produccin de este producto.

Anexo 4. Definiciones de Liquidacin de Siniestros.

4.1 Cdigo Ramo Tcnico y Descripcin.

Ramo 71 Vida - Desgravamen4.2 Cdigo de producto y Descripcin.

Producto AS/400 = 0627

Producto Acsel/x = 8737

Producto Desgravamen BIF4.3 Siniestralidad y Cantidad de Siniestros esperado.

30% prima neta

4.4 Recopilacin de Documentos y Conformidad pago de Siniestros.

Responsables:

- Rimac- Canal- Operador Externo:

- Aon Affinity

- Crawford

- Warranty Group

- Especifique Otro:

4.5 Registro de Siniestros.

Plataforma de Registro:

- Acsel/x

- As/400 Macsi

- As/400 Vida Individual

- SRAM

- Especifique Otro:

4.6 Forma de Pago.

Forma de Pago:

- Cheque: - Entrega en caja Rimac

4.7 Oferta de Servicio:

Especifique la oferta de Servicio en la liquidacin del siniestro.4.5 Notas Adicionales y Requerimiento del rea:

Especifique observaciones adicionales al producto y los requerimientos para la salida a produccin de este producto.

Anexo 5. Definiciones de Atencin al Cliente.

6.1 Modelo de Atencin.

Canal de atencin para Consultas y Servicios:

- Telefnico - Rimac

411-3000- Canal

- Tercero

- Especifique otro:

- Personal: No Aplica- Rimac

- Canal

- Tercero

- Especifique otro:

Central de Emergencia:

- Call Center Rimac

No Aplica- Call Center Canal

- Call Center Tercero

- Especifique otro:

> Nro. de Telefnico de Canal/Tercero: 6133000 anx 3156 Persona de contacto de Canal/Tercero: Hugo Salinas Nro. de Euromundo Corredores

: 2224911 / 4405491 Persona de contacto Euromundo

: Nestor Gomez Celular y RPM

: 999373537 / #861841 Responsables de Producto Rimac:- Ejecutivo Comercial: D. Benavides / Miguel Mori- Unidad de Negocios: Ursula Bresani- Ejecutivo de Servicios: Paola Motta6.2 Plataforma (Tecnolgica) de Consulta de Asegurados.

Plataforma de Consulta:

Acsel/x

AS/400

Clipper

REL VUC

Web SALUD

Web Vehculos

Especifique Plataforma de Consulta de Canal/Tercero:

Especifique Frecuencia de actualizacin de informacin:

6.3 Oferta de Servicio:

Especifique la oferta de Servicio en las Plataformas de Atencin al Cliente. Nivel de Servicio: > Especifique % de Llamadas atendidas y tiempo de atencin

> Dentro de los 20 Primeros segundos se atiende el 90%

6.4 Notas Adicionales y Requerimiento del rea:

Especifique observaciones adicionales al producto y los requerimientos para la salida a produccin de este producto.

6.5 Procedimiento de Atencin Telefnica.

Especifique los procedimientos de atencin si el producto aplica.

Anexo 6. Definiciones de Soporte Tecnologico.

6.1 Plataforma de Desarrollo.

Indicar Plataforma:

- Oracle - Acsel/x

- AS/400 Individual

- AS/400 Macsi

- Clipper Salud

- Web SALUD

- Web Vehculos

- Especifique otra: 6.2 Cdigo de Producto.

Especifique Cdigo de producto:- Producto Desgravamen BIF

Ramo Desgravamen

Compaa = 01

Sistema Origen = 10 Macsi.

Producto Remoto = 0627

Producto Acsel/x = 87376.3 Numero de Pliza.

Convenios Soles 242807Convenios Dlares 242810

TC Nuevo Soles 232802

TC Dlares 232803 Saldo Inicial Soles 238408Saldo Inicial Dlares 238409Saldo Insoluto Soles 238406Saldo Insoluto Dlares 238407Saldo Insoluto Dlares 242809

..6.4 Tipo de Pliza.

Especifique Tipo de Pliza:

- Individual (Pliza Individual x Aseg.)

- Colectiva (Certificado Individual x Aseg.)- Grupo (Pliza en Grupo x Declaracin)6.5 Particularidades del producto.

Producto con devolucin de Prima:

Si:

No: Especifique inicio y fin de vigencia: Empieza con el desembolso del crdito y hasta el perodo total del mismo Periodo de Pago:

- Mensual

- Trimestral

- Semestral

- Anual

- Pago nico

Edad Limite del asegurado:CONVENIOSPara Fallecimiento e Invalidez

Edad mnima de ingreso =18 aos

Si Monto asegurado < =a $30,000 , Edad mxima de ingreso 71 aos + 364 das

Si Monto asegurado es > a $30,000, Edad mxima de ingreso 69 aos + 364 dasEdad mxima de permanencia 79 aos + 364 dasMonto mximo a asegurar:

Si es a Saldo Inicial: $ 500 000Si es a Saldo Insoluto: $ 750 000TARJETA DE CRDITO

Para Fallecimiento e Invalidez

Edad mnima de ingreso

= 18 aos

Edad mxima de ingreso Saldo Insoluto = 74 aos y 364 das

Edad mxima de permanenciaSaldo Insoluto = 79 aos y 364 dasMonto mximo a asegurar: $ 50 000SALDO INICIAL

Para Fallecimiento e Invalidez

Edad mnima de ingreso =18 aos

Si Monto asegurado < =a $30,000 , Edad mxima de ingreso 71 aos + 364 das

Si Monto asegurado es > a $30,000, Edad mxima de ingreso 69 aos + 364 das

Edad mxima de permanencia 79 aos + 364 dasMonto mximo a asegurar:

$ 500 000SALDO INSOLUTOPara Fallecimiento e Invalidez

Edad mnima de ingreso =18 aos

Si Monto asegurado < =a $30,000 , Edad mxima de ingreso 71 aos + 364 das

Si Monto asegurado es > a $30,000, Edad mxima de ingreso 69 aos + 364 das

Edad mxima de permanencia 79 aos + 364 dasMonto mximo a asegurar:

$ 750 000 Beneficiarios :

- Declaracin de Herederos

- Herederos Legales

- Canal

Reserva de Riesgos en Curso:- Standard

- Manual

- Nuevo

6.6 Datos Particulares o Detalles para configuracin.

Se anexa Archivo con Campos de Detalle para su configuracin.6.7 Calculo de Prima

Especifique por plan de seguro el monto que ser enviada en el campo de Prima en trama: Ejem..

Segn cuadro de tasas del punto 4.1Prima = Suma Asegurada * Tasa /10006.8 Diseo de Estructura para la transferencia de informacin y Reglas de Validacin.

Anexo 7. Definiciones de Contabilidad.

7.1 Ramo Contable.

71 Vida - Desgravamen

7.2 Producto exonerado de IGV:

Si:

No:

Nota . Solo Aplica a productos de Vida y de emisin Individual por asegurado a personas Naturales.

7.3 Imprime Documento Sunat.:

Especifique si se o Imprime Documentos SUNAT:

Boleta de Vta slo a solicitud del Asegurado7.4 Cuentas contables.

Activo y Pasivo

: 7104 Ganancias Y Perdidas: 747.5 Diferimiento de primas?

No Aplica7.6 Primas con Cobertura Gratuita?

Si:

No: Especifique Monto o Porcentaje de regalo7.7 Cuenta con descuento de primas?Si:

No: Especifique Monto o Porcentaje de Descuento.Notas Adicionales

CONSIDERACIONES PARA EL BUEN LLENADO DE LA DPS

Para el correcto llenado de la DPS se debe tener en cuenta lo siguiente:

Las DPS solo pueden ser llenadas de puo y letra por el ASEGURADO, no sern vlidas aquellas que no cumplan con esta precisin, tampoco se aceptarn que stas sean completadas por terceros (representantes legales, apoderados u otros) No dejar ningn recuadro de informacin requerida en blanco.

Contestar todas las preguntas

No deber usarse distinta letra ni distinto color de tinta

No debe de tener correcciones ni borrones.

La solicitud y la DPS tienen que ser firmadas por el asegurado con la misma firma que figura en el DNI

Cualquier respuesta afirmativa, deber ser acompaada con la informacin necesaria (fechas, severidad, tratamiento, N ataques, fecha del ltimo si lo hubo, nombre del mdico tratante, hospital, resultados, estado actual), lo que servir para la evaluacin del riesgo con mayor precisin.

La DPS siempre deber consignar la fecha de llenado y firma del (la) cliente.

La DPS y toda la documentacin adicional debe ser legible y llenada con letra clara.

La DPS tiene una validez de 45 das.1Ficha de Producto.

_1410168427.docBANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS

Pliza Desgravamen

Saldo Insoluto Dlares 238407

Saldo Insoluto Soles 238406

Saldo Inicial Dlares 238409

Saldo Inicial Soles 238408

Condiciones Particulares

Contratante: BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS, en adelante EL CONTRATANTE

Direccin: Av. Ricardo Rivera Navarrete 600.

Distrito : SAN ISIDRO

Ciudad: LIMA

Telfono: 611-3000

RUC

: 20101036813

La presente pliza ampara bajo las coberturas establecidas en la misma, a los clientes de EL CONTRATANTE que han cumplido con los requisitos del seguro y han sido aceptados por LA COMPAA.

LA COMPAA comunicar diariamente a EL CONTRATANTE la lista de personas cuya cobertura ha sido rechazada, entendindose que toda persona no mencionada en dicha comunicacin se considera cubierta por la presente Pliza.

Por lo tanto, el no haber cumplido con los requisitos exigidos para la inclusin en la cobertura del seguro y no obstante haber sido declarado como Asegurado y realizado el pago de la prima del seguro respectivo, no implica en forma alguna la aceptacin por parte de LA COMPAA.

En consecuencia, si se presentase el reclamo de un siniestro que no haya sido aceptado por LA COMPAA, este ser rechazado y se proceder a la devolucin de las primas pagadas, sin considerar intereses financieros alguno.

Asimismo, en caso de siniestro, no ser necesario que el Asegurado siniestrado figure en la declaracin del mes en que sucedi dicho siniestro ni pague la prima correspondiente al mencionado mes, gozando de cobertura por la presente pliza siempre que haya venido siendo declarado regularmente a LA COMPAA hasta el mes inmediato anterior a la fecha del siniestro.

Los Asegurados contarn con cobertura automtica desde la fecha de desembolso del crdito, siempre y cuando el Seguro de Desgravamen haya sido aceptado por LA COMPAA; hasta la fecha de la primera declaracin a LA COMPAA.

LIMITE DE EDAD :

Lmites de Ingreso

Saldo Insoluto / Monto Inicial

Saldo Insoluto / Monto Inicial

(desde el 19/04/2010)

Edad de Ingreso

70 (72 para sumas aseguradas hasta US$ 30,000)

69 y 364 das (71 y 364 das para sumas aseguradas hasta US$ 30,000)

Edad de Permanencia

74 y 364 das

79 y 364 aos

Lmites de Ingreso

Saldo Insoluto / Monto Inicial

(desde el 28/09/2012)

Edad de Ingreso

71 y 364 das

Edad de Permanencia

79 y 364 aos

RIESGOS CUBIERTOS:

A) Coberturas Principales:

Muerte natural,

Muerte accidental

Invalidez total y permanente por enfermedad

Invalidez total y permanente por accidente

B) Coberturas Adicionales

Indemnizacin adicional por Renta Estudiantil en caso de fallecimiento de Titular y/o Cnyuge, siempre que el desgravamen sea mancomunado.

Ser requisito indispensable que a la fecha de ocurrencia del siniestro, ambos sean ASEGURADOS de la COMPAA.

Esta cobertura estar sujeta a que el ASEGURADO cuente al menos con un hijo menor a 25 aos. La suma asegurada es un total de US$ 2,000 independientemente del nmero de hijos menores a 25 aos que existieran al momento del siniestro.

Indemnizacin adicional por muerte del ASEGURADO en accidente areo: La suma asegurada es US$ 8,000. Los Beneficiarios de esta cobertura son los Herederos Legales del ASEGURADO.

Desamparo Familiar Sbito: Cobertura sujeta a la muerte accidental del Titular y su Cnyuge en un mismo evento. La suma asegurada es US$ 10,000. Los Beneficiarios de esta cobertura son los Herederos Legales del ASEGURADO.

NOTA: Las (3) coberturas precedentes descritas son coberturas adicionales y las indemnizaciones correspondientes a dichas coberturas sern pagadas por LA COMPAA EN UNA SOLA OCASIN, considerando un slo evento por ASEGURADO, independientemente del nmero de crditos que pudiera tener vigentes en el BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS. Las coberturas descritas NO SERAN PAGADAS por cada Seguro de Desgravamen que hubiera sido contratado por el ASEGURADO, sino EN UNA SOLA OCASIN.

SUMA ASEGURADA:

El Seguro de Desgravamen cubre el Saldo Insoluto y/o Saldo Inicial del Crdito, de acuerdo a la Pliza contratada, a la fecha de fallecimiento del ASEGURADO por Muerte Natural o Accidental, as como tambin en caso de Invalidez Total y Permanente por Accidente o Enfermedad. En el caso de Invalidez Total y Permanente por Accidente o Enfermedad se considerar como suma asegurada el Saldo Insoluto y/o Saldo Inicial, segn el plan que tenga el ASEGURADO con el CONTRATANTE a la fecha de emisin del Dictamen de Invalidez de la Comisin Mdica Evaluadora de Incapacidades emitido por MINSA, ESSALUD o EPS.

Para el Seguro de Desgravamen que cubre el monto inicial de la deuda. Los beneficiarios sern EL CONTRATANTE, por el monto del saldo insoluto de la deuda, y la diferencia existente entre el monto inicial y el saldo insoluto de la deuda corresponder a los Beneficiarios Accesitarios que se hayan indicado en la Solicitud de Seguro.

SUMA ASEGURADA MAXIMA POR PRESTATARIO:

Saldo Inicial

Saldo Insoluto

Suma asegurada Mxima

$ 500,000

$ 750,000

En caso de siniestro de un ASEGURADO con deuda contraida con EL CONTRATANTE y mantiene una o ms lneas de crdito o crditos, todos aseguradas bajo la Pliza de Desgravamen, solo se indemnizar hasta US$ 750,000 por todas las lneas de crdito, independientemente del nmero de crditos que mantenga el ASEGURADO.

En caso EL CONTRATANTE tuviese un prstamo por un monto mayor para un cliente, se podr solicitar cobertura con una comunicacin especfica.

Todo prstamo mayor a US$ 500,000.00 su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio venta promedio ponderado publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP en el Diario El Peruano; deber ser consultado con el Reasegurador a efectos de su aprobacin. El plazo de respuesta a EL CONTRATANTE en estos casos no ser mayor a 72 horas, luego de contar con todos los resultados de los exmenes mdicos.

DESCRIPCIN DEL INTERS ASEGURADO:

Cancelacin de la suma asegurada en caso se produzca alguno de los riesgos cubiertos.

SUSCRIPCION:

1. Se otorga una lnea de suscripcin automtica equivalente como mximo al 20% del monto original del crdito hasta un tope de US$ 30,000 sobre clientes que ya tengan prstamos desembolsados y Seguro de Desgravamen aprobado por LA COMPAA de acuerdo a la poltica de suscripcin vigente.

Esta condicin est sujeta a los siguientes criterios:

Estos incrementos debern ser aprobados por un periodo no mayor al restante para la finalizacin del crdito inicialmente aprobado.

Que el Asegurado no tenga un recargo mayor al 100% en la suscricin del crdito original.

A partir del 30.04.08 se procede a realizar la siguiente modificacin:

1.Se otorga una lnea de suscripcin automtica equivalente como mximo al 25% del monto original del crdito hasta un tope de US$ 30,000 sobre clientes que ya tengan prstamos desembolsados y Seguro de Desgravamen aprobado por LA COMPAA de acuerdo a la poltica de suscripcin vigente.

Esta condicin est sujeta a los siguientes criterios:

Estos incrementos debern ser aprobados por un periodo no mayor al restante para la finalizacin del crdito inicialmente aprobado.

Que el Asegurado no tenga un recargo mayor al 100% en la suscripcin del crdito original.

2. Los Asegurados cuyas solicitudes de crdito con montos inferiores a US$10,000 o su equivalente en moneda nacional, siempre y cuando sean menores a 65 aos, tendrn cobertura automtica sin necesidad de presentar su Declaracin Personal de Salud. En caso de siniestro, las enfermedades preexistentes se encuentran amparadas por el seguro hasta un monto de US$ 10,000 su equivalente en moneda nacional, no obstante lo indicado en el acpite h de las Exclusiones de la presente Pliza.

3. Los Asegurados que cuenten con depsitos a plazo por un mnimo de US$ 50,000 a los cules se les otorgue una Cuenta Corriente con lnea de crdito de hasta US$ 15,000 no necesitarn presentar Declaracin Personal de Salud ni Exmenes Mdicos para gozar de cobertura por la presente pliza. La edad lmite de ingreso es de 74 aos y 364 dias y la edad lmite de permanencia es de 79 aos y 364 das. En caso de siniestro para crditos hasta US$ 15,000 o su equivalente en moneda nacional, las enfermedades preexistentes se encuentran amparadas por el seguro, no obstante lo indicado en el acpite h de las Exclusiones de la presente Pliza.

4. Los Asegurados con rango de edad entre los 65 y 70 aos estarn exonerados de presentar Declaracin Personal de Salud hasta un monto de US$ 7,500. En caso de siniestro, las enfermedades preexistentes se encuentran amparadas por el seguro hasta un monto de US$ 7,500 su equivalente en moneda nacional, no obstante lo indicado en el acpite h de las Exclusiones de la presente Pliza.

5. Los Asegurados con rango de edad entre los 70 y 72 aos estarn exonerados de presentar Declaracin Personal de Salud hasta un monto de US$ 2,000. En caso de siniestro para crditos hasta US$ 2,000 o su equivalente en moneda nacional, las enfermedades preexistentes se encuentran amparadas por el seguro, no obstante lo indicado en el acpite h de las Exclusiones de la presente Pliza.

6. Si el Asegurado suscribi Declaracin Personal de Salud hace mas de seis meses, por por alguna operacin crediticia, por lo cual se origina cumulo de prestamos, excediendo el monto de Aprobacin Automtica, convenido para los Programas de Seguros, suscribir Declaracin Personal de Salud solo si el incremento supera el 50% de la lnea de crdito inicial en forma anual, esto para tarjetas de crdito. En tal sentido, se estara considerando evaluaciones independientes por tipo de operacin.

Cabe resaltar que ni las Tarjetas de Crdito ni la Cuenta Interamericana generan cmulos.

7. Si el Asegurado no suscribi Declaracin Personal de Salud, en su oportunidad, dado que la operacin solicitada era menor o igual a la establecida como limite de aprobacin automtica, debe llenar Declaracin Personal de Salud slo si el incremento de la lnea supera la condicin de Aprobacin Automtica, ya que de lo contrario se estara exonerando una clusula que se basa en los propios limites establecidos para EL CONTRATANTE, pues este tipo de cliente nunca presento Declaracin Personal de Salud.

8. Se aceptarn exmenes mdicos realizados en el extranjero siempre y cuando estos sean los solicitados por LA COMPAA y sean realizados en una institucin hospitalaria o laboratorio legalmente establecido, sean recientes y no tengan una antigedad mayor a 6 meses y cuyos costos sean asumidos por el Asegurado.

9. Las Declaraciones Personales de Salud tendrn una validez de 6 meses desde la fecha de su firma por parte del Asegurado para ser aceptadas por el rea de Suscripcin de LA COMPAA.

Las aceptaciones de los seguros (por correo y por carta) tienen una vigencia maxima de 6 meses.

Los exmenes mdicos realizados por LA COMPAA tienen una vigencia maxima de 6 meses.

Las aceptaciones con recargo superiores al 100% sobre la tasa, slo se les otorgar el seguro por saldos insolutos.

10. En el caso de sumas aseguradas mayores a US$ 500,000 los Asegurados debern presentar la siguiente informacin financiera:

a. Cuestionario Financiero, segn formato de LA COMPAA.

b. Cronograma de pago.

c. Declaraciones de impuestosde los dos ltimos aos.

d. Copia del proyecto de escritura.

e. Documentacin adicional que sustente ingresos.

11. En el caso de sumas aseguradas de hasta US$ 750,000 los Asegurados debern llenar una Declaracin Personal de Salud simple, realizarse exmenes mdicos completos y entregar informacin financiera completa.

De igual manera EL CONTRATANTE se compromete a proporcionar semanal, quincenal o mensualmente la relacin de Asegurados incluidos bajo esta modalidad, consignando la siguiente informacin para su registro y control:

- D.N.I.

- Nombres y Apellidos

- Fecha de Nacimiento

- Monto del Crdito

12. LA COMPAA comunicar por e-mail a EL CONTRATANTE el resultado en un trmino mximo de cuarentiocho (48) horas con relacin los clientes que se encuentren aprobados o no, a efecto de su inclusin en la Pliza y se encargara de la coordinacin de aquellos Clientes que debern pasar las pruebas mdicas para su evaluacin.

13. Mensualmente el BIF proporcionar a LA COMPAA la relacin de crditos aprobados, a efectos de proceder con la inclusin en la Pliza.

14. Una vez efectuadas las pruebas, el laboratorio enviar los resultados, los cuales sern analizados por el Mdico Auditor y/o suscriptor de LA COMPAA, este procedimiento se realiza aproximadamente en cuarenta y ocho (48) horas, siendo comunicado a EL CONTRATANTE en este lapso de tiempo

15. La coordinacin de las Pruebas Mdicas sern realizadas por nuestro Ejecutivo de servicios, con los clientes y los Laboratorios respectivos.

16. LA COMPAA proporcionar la cantidad de Declaraciones de Salud que EL CONTRATANTE estime necesario.

17. Las pruebas se podrn realizar en las instalaciones del Laboratorio indicado. En caso el cliente lo requiera, el laboratorio podr acercarse a su domicilio, previa coordinacin de las partes, siempre y cuando no sea necesario la prueba de Esfuerzo.

En el caso de provincias, el cliente deber acercarse al laboratorio indicado.

18. Condiciones para la aprobacin automtica en caso de Asegurados fumadores, en caso de que el consumo diario de cigarrillos sea:

Menor a 6: No habr recargo.

De 6 a 9 se aplicarn los siguientes recargos en la tasa:

Menor de 34 aos: 25%

De 34 hasta 45 aos: 25%

De 46 aos a ms: 25%

De 10 en adelante, deber ser evaluado por LA COMPAA.

19. Las aceptaciones con recargo mdico aseguran la cobertura de fallecimiento e invalidez del cliente sobreprimado, si ste ocurriera a causa de la enfermedad que declar y por la cual se le aplic el recargo.

20. Todas las Aseguradas menores de 40 aos que se encuentren en estado de gestacin de hasta 7 meses y 30 das, sern incluidas sin recargo al Seguro de Desgravamen, simpre y cuando su estado de salud sea ptimo. La ASEGURADA deber completar la DPS y presentar Cuestionario de Embarazo, en el formato de LA COMPAA, y la ltima ecografa; ambos documentos firmados por su gineclogo tratante. En aquellos casos en que la solicitante se encuentre por encima de esta edad, deber ser evaluada.

El Contratante ser responsable del correcto archivo de las Declaraciones Personales de Salud que no requieran ser remitidas para Suscripcin, poniendo a disposicin de LA COMPAIA estos documentos en cualquier momento en que sean solicitados, con un plazo de entrega no mayor a 48 horas.

A partir del 28.09.12 se procede a realizar la siguiente modificacin:

1. Los Asegurados cuyas solicitudes de crdito con montos inferiores a US$15,000 o su equivalente en moneda nacional, siempre y cuando sean menores a 65 aos, tendrn cobertura automtica sin necesidad de presentar su Declaracin Personal de Salud. En caso de siniestro para crditos hasta US$ 15,000 o su equivalente en moneda nacional, las enfermedades preexistentes se encuentran amparadas por el seguro, no obstante lo indicado en el acpite h de las Exclusiones de la presente Pliza.

2. Los Asegurados con rango de edad entre los 65 y 70 aos estarn exonerados de presentar Declaracin Personal de Salud hasta un monto de US$ 10,000. En caso de siniestro para crditos hasta US$ 10,000 o su equivalente en moneda nacional, las enfermedades preexistentes se encuentran amparadas por el seguro, no obstante lo indicado en el acpite h de las Exclusiones de la presente Pliza.

DECLARACION:

El CONTRATANTE presentar una relacin de saldos adeudados al ltimo da de cada mes, dentro de los primeros 15 das posterior al mes que se declare.

FACTURACION:

De acuerdo a los saldos proporcionados por EL CONTRATANTE mediante listados mensuales.

EXCLUSIONES:

LA COMPAA estar eximida de cualquier obligacin, en caso de que el fallecimiento o invalidez del (os) Asegurado (s) ocurra en las siguientes circunstancias:

a) Cuando participen como conductores o acompaantes en carreras de automviles, bicicletas, lanchas a motor o avionetas o en carreras de entrenamiento.

b) Lesiones o Fallecimiento a consecuencia de un accidente areo devenido de un viaje o vuelo en vehculo areo de cualquier clase, as como operaciones o viajes submarinos; excepto como pasajero en uno operado por una empresa de transporte areo comercial, sobre una ruta establecida para el transporte de pasajeros sujeto a itinerario.

c) Cuando sobrevenga como consecuencia directa de accin de guerra (civil o internacional) declarada o no, estando el Asegurado en campaa, as como por intervencin en duelo concertado.

d) Cuando sea resultado de suicidio o intento de suicidio.

e) Cuando sea consecuencia de intervencin directa (autor) o indirecta (cmplice) del Asegurado en actos delictuosos o terroristas.

f) Sndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida.

g) Cuando se produzcan en situacin de embriaguez o mientras el Asegurado se encuentre bajo la influencia de drogas o sonambulismo.

h) Como consecuencia de una condicin o enfermedad o accidentes graves y/o crnicas preexistentes a la contratacin de la Pliza.

i) Como consecuencia de fisin o fusin nuclear o radioactividad, sean en forma directa o indirecta.

Definicin de Preexistencia:

Cualquier lesin, enfermedad, dolencia o condicin de alteracin del estado de salud del Asegurado, diagnosticadas por un profesional mdico o conocidas por el Contratante o Asegurado, con anterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la pliza. Es obligacin del Asegurado declarar las preexistencias.

Exclusiones aplicables a Invalidez Total y Permanente por Accidente o Enfermedad:

1) Abuso de alcohol o de drogas.

2) Tratamientos mdicos, fisioterapeuticos, quirrgicos o anestsicos.

3) A consecuencia de los riesgos comprendidos en el Condicionado Particular de esta Pliza referidos a Exclusiones

No obstante, de indicarse dentro de las exclusiones de la pliza, el suicidio o intento de suicidio; LA COMPAA pagar la suma asegurada a los beneficiarios, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubieran transcurridos tres (3) aos completos e ininterrumpidos desde la fecha de contratacin del seguro, desde su rehabilitacin o desde el aumento del capital asegurado. En este ltimo caso el plazo se considerar slo para el pago del incremento del capital asegurado.

PROCEDIMIENTO EN CASO DE RECLAMOS:

Los reclamos podrn ser presentados: 1) En cualquier oficina de EL CONTRATANTE; 2) Comunicndose a LA COMPAA al 411-3000 - Anexo 3 (atencin las 24 horas) 3) En el rea de Atencin al Cliente de la Compaa, con domicilio en Av. Las Begonias 475, Piso 2, San Isidro, Lima.

Se deber consignar la siguiente informacin:

Nombre y datos del usuario reclamante (nombres y apellidos, nmero de documento de identidad, direccin, telfono y correo electrnico), descripcin y fecha del incidente que origina el reclamo.

Nombre del agraviado, nmero de documento de identidad, direccin, telfono y correo electrnico.

Producto contratado con EL CONTRATANTE.

El Asegurado podr presentar los reclamos durante la vigencia del presente Seguro de Desgravamen. El plazo de atencin de un reclamo no exceder de treinta (30) das contados a partir de la fecha de recepcin del mismo.

PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTROS:

La COMPAA se reserva el derecho de requerir al o los Beneficiario(s) cualquier documento o informacin adicional en original o copia legalizada, en caso las circunstancias especficas as lo ameriten.

La falta de cumplimiento de alguna o de todas las obligaciones y formalidades sealadas en el presente artculo, salvo que se demostrare la imposibilidad de cumplir, hace perder todo derecho a la indemnizacin, pues queda entendido y convenido que su estricto y total cumplimiento es esencial a los efectos de este Seguro, no pudiendo en caso alguno el Asegurado o sus Beneficiarios, alegar como excusa del incumplimiento, la ignorancia, olvido o error de la existencia de la Pliza o del desconocimiento de las obligaciones que imponen sus condiciones.

Se deber comunicar la ocurrencia del siniestro al CONTRATANTE.

El plazo para el reclamo de siniestros podr ser realizado como mnimo dentro de treinta (30) das de la ocurrencia del mismo, sin embargo; el plazo mximo para la presentacin de los reclamos estar sujeto a lo establecido por la ley.

Muerte Natural

Copia simple del Documento Oficial de Identidad (D.O.I.) del ASEGURADO.

Certificado de Defuncin, en original o copia certificada.

Acta o Partida de Defuncin, en original o copia certificada.

Estado de cuenta del prstamo a la fecha del siniestro.

Certificado de Seguro firmado por el ASEGURADO, de ser necesario se solicitar solicitud de afiliacin DPS, desde Enero del ao 2009.

Historia Clnica foliada y fedateada del ASEGURADO.

Informes Mdicos adicionales y/o ampliatorios a requerimiento de la Compaa

Invalidez Total y Permanente por Accidente

Copia simple del Documento Oficial de Identidad (D.O.I.) del ASEGURADO

Copia Certificada del atestado o informe policial completo.

Estado de cuenta del prstamo a la fecha del siniestro.

Certificado de Seguro firmado por el ASEGURADO para seguros vigentes desde Enero del ao 2009.

Dosaje etlico, en caso de accidente de trnsito.

Dictamen de Invalidez de la Comisin Mdica Evaluadora de Incapacidades emitido por MINSA, ESSALUD o EPS o Junta de Mdicos.

Invalidez Total y Permanente por Enfermedad

Copia simple del Documento Oficial de Identidad (D.O.I.) del ASEGURADO

Estado de cuenta del prstamo a la fecha del siniestro.

Certificado de Seguro firmado por el ASEGURADO para seguros vigentes desde Enero del ao 2009.

Dictamen de Invalidez de la Comisin Mdica Evaluadora de Incapacidades emitido por MINSA, ESSALUD o EPS o Junta de Mdicos.

Historia Clnica foliada y fedateada del ASEGURADO.

A partir de enero del 2009, el CONTRANTANTE es responsable del envo de los Certificados, debidamente firmados por EL ASEGURADO, a LA COMPAA para su custodia. Este requisito es de carcter obligatorio para el pago de los siniestros.

NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS DEBERAN SER ENTREGADOS EN ORIGINAL O COPIA LEGALIZADA.

LA COMPAA se reserva el derecho de requerir al o los Beneficiario(s) cualquier documento o informacin adicional en original o copia legalizada, en caso las circunstancias especficas as lo ameriten.

Autorizacin para acceder a Historia Clnica: El Asegurado autoriza expresamente a la Compaa, en los casos de fallecimiento e invalidez total y permanente a causa de accidente y/o enfermedad a acceder a su historia clnica en cualquier centro de salud privado pblico, en el momento que lo requiera.

La Compaa emplear su red de auditora mdica, sobre esta autorizacin, actuando pro activamente en facilitar y/o agilizar la satisfaccin de los documentos necesarios para la liquidacin. Estas gestiones sern informadas formalmente.

Las pruebas del fallecimiento o invalidez que contengan los datos exactos sobre la causa del deceso o invalidez del Asegurado, legalizadas, debern ser presentadas en la oficina de LA COMPAA, a lo sumo dentro de un ao de producido el deceso.

PLAZO PARA EL PAGO DE SINIESTROS:

El plazo mximo para el pago de siniestros es de setenta y dos (72) horas contadas a partir de la presentacin de la documentacin completa sustentatoria del evento.

MONTO DE LA PRIMA Y MODO DE CLCULO:

Tasa o factor mensual aplicado sobre el saldo principal de la deuda, el cual se encuentra publicado en el tarifario de EL CONTRATANTE.

FORMA DE PAGO DE LA PRIMA:

Se cobrar mensualmente en funcin del saldo del principal de la deuda, la cual se incluir dentro de la cuota del crdito.

RESOLUCIN DEL CONTRATO:

El Contrato de Seguro, a decisin expresa de la COMPAA, podr quedar resuelto perdiendo el CONTRATANTE y/o ASEGURADO todo derecho emanado de la Pliza, a partir de la fecha en que se incurran las siguientes causales:

a. Reclamacin fraudulenta o apoyada en documentos o declaraciones falsas.

b. Si las prdidas o daos o gastos del siniestro fueran causados por un acto y/u omisin intencional, proveniente de dolo o culpa grave del ASEGURADO y/o de los BENEFICIARIOS del ASEGURADO.

c. El incumplimiento de las obligaciones y cargas de la ENTIDAD FINANCIERA y/o ASEGURADO previstas en la Pliza.

d. Por mala fe probada en la presentacin de cualquier reclamo para ser cubierto bajo el seguro materia del presente contrato.

e. En caso el ASEGURADO haya recibido el Beneficio de alguna de las Coberturas hasta el nmero mximo de eventos posibles.

f. A partir del aniversario del seguro que siga a la fecha en que el ASEGURADO cumpla la edad lmite de permanencia sealada en las Condiciones Particulares o Certificado de la presente Pliza.

Asimismo, tanto el ASEGURADO, el CONTRATANTE y/o LA COMPAA podrn resolver sin expresin de causa el presente contrato, mediante comunicacin escrita con firma legalizada que se cursar con no menos de treinta (30) das naturales de anticipacin. La resolucin no afecta los derechos devengados a favor del ASEGURADO durante la vigencia de la Pliza.

Terminada la vigencia de la presente Pliza de Seguro, sea anticipada o no, cesar toda responsabilidad de LA COMPAA de los riesgos que asume y sta no tendr obligacin alguna respecto de los siniestros que ocurran con posterioridad a la fecha de trmino.

Sin perjuicio de que EL ASEGURADO y EL CONTRATANTE tienen pleno conocimiento de la resolucin en mrito a la presente clusula, LA COMPAA comunicar por escrito a la BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS y/o a EL ASEGURADO, la resolucin de la pliza que se hubiere producido.

MECANISMOS DE SOLUCIN DE CONTROVERSIAS:

LA COMPAA, los Asegurados o Beneficiarios y EL CONTRATANTE se someten a la jurisdiccin que seale las normas generales establecidas en el Cdigo Procesal Civil para el caso que se pretenda resolver un conflicto ante el Poder Judicial.

DERECHO DE INDEMNIZACIN:

Las comunicaciones cursadas por el Asegurado a EL CONTRATANTE, por aspectos relacionados con el contrato de seguros, tienen el mismo efecto que si se hubieren dirigido a LA COMPAA. Asimismo, los pagos realizados por el Asegurado a EL CONTRATANTE se consideran abonados a LA COMPAA.

LA COMPAA es responsable frente a EL CONTRATANTE y/o Asegurado de la cobertura contratada, y de todos los errores u omisiones en que incurra EL CONTRATANTE con motivo de la comercializacin de la Pliza.

El Asegurado tendr derecho a solicitar copia de la Pliza a LA COMPAA y de recibirla dentro de quince (15) das calendario desde la fecha de recepcin de la solicitud.

En este Seguro de Desgravamen no aplica deducibles, franquicias y similares a cargo del Asegurado y/o EL CONTRATANTE.

El Asegurado autoriza expresamente a LA COMPAA, en los casos del fallecimiento e invalidez total y permanente por enfermedad o accidente, a acceder a su historia clnica de salud en cualquier centro de salud privado o pblico en el momento que lo requiera.

COBERTURA SUJETA AL DESEMBOLSO O ACTIVACIN DEL PRSTAMO MATERIA DE LA OPERACIN.

CLAUSULA ADICIONAL:

A partir del 01 de Diciembre 2003, se procede a aceptar la transferencia de cartera de clientes que mantenan crditos hipotecarios del Citibank.

CLAUSULA DE PAGO DE PRIMAS:

En consideracin a lo dispuesto en la Resolucin SBS 630/97, referente al reglamento para la financiacin de primas de los Contratos de Seguros y no obstante lo que se diga en contrario en las Condiciones Generales de la pliza, la presente Pliza se emite bajo el rgimen general que se seala en dicha resolucin, bajo las siguientes condiciones:

1. El pago de la prima slo surtir efecto cancelatorio a partir del da y hora en que LA COMPAA o la empresa autorizada a realizar la cobranza perciba efectivamente el importe correspondiente, cancelando el recibo o el documento de financiamiento. Carece de validez el recibo cancelatorio que no se encuentre debidamente sellado y firmado por el representante de LA COMPAA o la empresa autorizada a realizar la cobranza.

2. Los corredores de seguros estn prohibidos de cobrar primas o extender documentos de financiamiento o recibos de pago a cuenta LA COMPAA. Cualquier pago hecho por EL CONTRATANTE y/o Asegurado al corredor se tiene por no efectuado, mientras el importe no hubiera ingresado efectivamente al departamento de Caja de LA COMPAA o empresa autorizada a realizar la cobranza como se seala en el prrafo precedente.

3. Si las partes convinieran el pago de la prima en forma fraccionada, LA COMPAA tendr derecho a percibir el inters de ley.

4. La falta de pago de la prima es causal de resolucin automtica del contrato de seguro, quedando el Asegurado excluido de cobertura a partir de la fecha de incumplimiento, sin necesidad de previo aviso o declaracin judicial.

5. En caso de resolucin del contrato por falta de pago de la prima LA COMPAA tiene el derecho de cobrar la prima devengada por el perodo corrido de cobertura hasta la fecha de resolucin incluyendo intereses, tributos o gastos originados por la emisin de la pliza, aplicando la tabla de perodo corto que figura en esta Pliza.

6. Queda claramente convenido que la aceptacin por EL CONTRATANTE y/o Asegurado de letras de cambio representativas de las cuotas convenidas para el pago fraccionado de la prima o su refinanciacin en su caso no constituir novacin de la obligacin original. Tales letras de cambio, slo una vez pagadas constituirn recibo cancelatorio para EL CONTRATANTE y/o Asegurado de las cuotas vencidas.

7. Los cheques y otras rdenes de pago, slo surtirn efecto cancelatorio a partir del da efectivo de pago de dichos documentos.

8. La prima total resultante de la financiacin conjunta de dos o ms plizas constituye una obligacin indivisible y, por ende EL CONTRATANTE y/o Asegurado no podr imputar pagos parciales o desagregados a uno o ms de los seguros que componen dicha financiacin.

EL CONTRATANTE y/o Asegurado no podr compensar su deuda por concepto de primas con las obligaciones de LA COMPAA provenientes de siniestros, notas de abono y/o devoluciones pendientes; sin la expresa y previa aceptacin de LA COMPAA.

ANEXO - CLIENTE

DESGRAVAMEN SALDO INICIAL S/. O US$ (TASA BRUTA)

TITULAR

0.56%o

TITULAR + 1

1.10%o

TITULAR + 2

1.66%o

DESGRAVAMEN SALDO INSOLUTO S/. O US$ (TASA BRUTA)

TITULAR HASTA 70 AOS

0.56%o

TITULAR DE 71 A 79 AOS Y 364 DAS

1.66%o

TITULAR + 1

1.10%o

TITULAR + 2

1.66%o

DESGRAVAMEN CONVENIOS

TITULAR HASTA 79 AOS Y 364 DAS

0.56%o

ANEXO - BIF

A partir del 28.09.12

Nota: Las Tasa Neta al Banco es la tasa que cobra la Aseguradora descontando la comisin de EL CONTRATANTE, as como los derechos de emisin (3%) e IGV de la comisin (18%).

REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD:

Hasta 55 aos de edad:

Hasta USD 200,000

A

USD 200,001 a ms

A + B

Desde 56 aos y hasta 64 aos:

Hasta USD 150,000

A

USD 150,001 a ms

A + B

Desde 65 aos y hasta 70 aos (69 aos y 364 das):

Hasta USD 120,000

A

USD 120,001 a ms

A + B

Desde 70 aos y hasta 72 aos (71 aos y 364 das):

Hasta USD 30,000

A

(Cesantes Essalud)

Con:

A: Declaracin personal de salud

B: Considera lo siguiente:

Examen mdico

Hemograma Completo

Glucosa sangunea en ayunas

Examen completo de orina

Creatinina

cido rico en la sangre

HIV (ELISA)

Bilirrubinas, GPT,GOT y GGTP

Perfil de lpidos (Colesterol total, Triglicridos, HDL, LDL.)

Velocidad de sedimentacin globular

Antigeno prostatico (para hombres mayores de 50 aos)

ECG de Esfuerzo

La radiografia de Torax se requerir slo para los casos que sea necesario, cuando presente alguna enfermedad pulmonar, problemas circulatorios, fumadores etc; estos casos seran evaluados por el mdico auditor de LA COMPAA.

Montos mayores a USD 500,000, estn bajo los siguientes requerimientos:

Ser preciso obtener informacin sobre la situacin moral y financiera del Asegurado para lo cual debern presentar la declaracin jurada de impuesto a la renta de los ltimos dos aos y completar el cuestionario financiero confidencial. Adicionalmente, debern presentar el Cronograma de pagos y Proyecto de escritura.

Estn bajo los requerimientos de LA COMPAA.

IMPORTANTE:

Los capitales mayores a US$ 500,000.00 van a consulta del Reasegurador.

Los recargos mayores a 125% van a consulta del Reasegurador.

Los casos en donde Asegurados entre 66 y 70 aos de edad soliciten crditos mayores a US$ 50,000 van a consulta del Reasegurador.

Los casos en donde Asegurados entre 71 y 72 aos de edad soliciten crditos mayores a US$ 30,000 van a consulta del Reasegurador.

Los plazos de respuesta son:

24 horas: Solicitudes sin requerimientos adicionales

72 horas: Cuando los ASEGURADOS necesitan pasar exmenes por cuenta de LA COMPAA por capital (completos)

96 horas: Cuando los ASEGURADOS necesitan pasar exmenes por cuenta de LA COMPAA por capital (completos + adicionales)

72 horas: En caso se envian en consulta al Reasegurador cuando los casos presentan riesgos agravados y/o capitales superiores a US$ 500,000.00

CLAUSULA DE INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE:

Se considera Invalidez Total y Permanente causada por Enfermedad o Accidente, el hecho que el ASEGURADO antes de cumplir la edad lmite de permanencia sealada en las Condiciones Particulares de la presente Pliza sufra una perdida o disminucin de su fuerza fsica o intelectual que le produzca un menoscabo igual o superior al 70% de su capacidad de trabajo, siempre que tal incapacidad sea reconocida por una comisin medica conformada por tres profesionales de la medicina debidamente colegiados, cuando menos uno de ellos designado por LA COMPAA, y que esta incapacidad haya existido de modo continuo durante un tiempo no menor de 6 meses consecutivos,

Se define capacidad de trabajo, como la capacidad del ASEGURADO para realizar los actos esenciales de cualquier ocupacin para la cual este razonablemente preparado de acuerdo con su educacin, capacitacin o experiencia.

Esta cobertura queda sujeta a las condiciones que siguen:

a) El ASEGURADO o sus representantes legales debern denunciar por escrito a LA COMPAA la existencia de la Invalidez; obligndose a suministrar las pruebas correspondientes facilitando cualesquier elemento de comprobacin as como prestar las facilidades, de ser necesario, para la realizacin de exmenes mdicos que sern practicados por los mdicos que LA COMPAA designe.

b) El dictamen de invalidez ser segn normas para la evaluacin y calificacin del grado de invalidez del Sistema Privado de Pensiones (regulado por la resolucin N 232-98-EF/SAFP y sus normas modificatorias y complementarias).

c) En caso de Accidente se considerar configurada la Invalidez por Accidente cuando se presenten las situaciones previstas en la siguiente Tabla:

TABLA DE INDEMNIZACIONES POR INVALIDEZ PERMANENTE TOTAL

Estado absoluto e incurable de alienacin mental que no permitiera al ASEGURADO ningn trabajo u ocupacin por el resto de su vida

100%

Lesin incurable de la mdula espinal que determinase la invalidez total y permanente

100%

Prdida total de la visin bilateral

100%

Prdida completa por amputacin o prdida completa de la funcin de los dos brazos o de ambas manos

100%

Prdida completa por amputacin o prdida completa de la funcin de las dos piernas o de ambos pies

100%

Prdida completa por amputacin o prdida completa de la funcin de un brazo y de una pierna o de una mano y una pierna

100%

Prdida completa por amputacin o prdida completa de la funcin de una mano y de un pie o de un brazo y un pie

100%

d) Exclusiones aplicables a Invalidez Total y Permanente por Accidente o Enfermedad:

1) Abuso de alcohol o de drogas.

2) Tratamientos mdicos, fisioterapeuticos, quirrgicos o anestsicos.

3) A consecuencia de los riesgos comprendidos en el Condicionado Particular de esta Pliza referidos a Exclusiones

e) El riesgo de Invalidez, aqu previsto, dejar automticamente de quedar cubierto por LA COMPAA en los siguientes casos:

1. Por falta de pago de la prima.

2. A partir del aniversario del seguro que siga a la fecha en que el ASEGURADO cumpla la edad lmite de permanencia sealada en las Condiciones Particulares de la presente Pliza

Comisiones:

6.5% sobre las primas netas a cliente

PU: 50% de las utilidades

Utilidad = 60% de las Primas Netas Pagadas Siniestros Pagados y en Reservas Comisiones

Nota: Se aplica arrastre de prdida

San Isidro, 28 de setiembre del 2012

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CONTRATANTE

RIMAC SEGUROS

______________________________________________________________

De acuerdo con el Art. 341 de la ley 26702, agradeceremos devolver una copia de la presente a La Compaa debidamente firmada por el Asegurado.

CompaaRimac Internacional Compaa de Seguros y Reaseguros S.A.

(en adelante LA COMPAA)

Asegurado Clientes del Contratante (personas naturales o personas naturales con negocio) que se encuentren en buenas condiciones de salud al momento de ingresar al seguro, en plena actividad econmica o jubilados, que mantengan saldos deudores en los registros del Contratante derivados de crditos otorgados, que debern tener un inters asegurable y que sean aprobados por LA COMPAA segn su poltica de Suscripcin.

Moneda Dlares Americanos (US$) o su equivalente en Moneda Nacional (S/.)

Beneficiario EL CONTRATANTE, el cual mantiene una relacin econmica con el Asegurado.

Fecha de inicio

del seguro Fecha de desembolso del crdito.

La cobertura del Seguro de Desgravamen se inicia desde el momento en que el prstamo haya sido desembolsado por EL CONTRATANTE al Asegurado, extendindose hasta la cancelacin del monto total de la deuda, siendo requisito que el Asegurado se encuentre en todo momento al da en sus pagos y que EL CONTRATANTE haya abonado a LA COMPAA la prima correspondiente.

Vigencia Del 28 de setiembre 2012 al 28 de setiembre del 2013

1

6

_1410168447.docBANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS

Pliza Desgravamen TC Nuevo Soles N 232802

TC Dlares N 232803

Condiciones Particulares

Contratante:BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS, en adelante EL CONTRATANTE

Direccin:Av. Ricardo Rivera Navarrete 600.

Distrito :SAN ISIDRO

Ciudad:LIMA

Telfono:611-3000

RUC

:20101036813

La presente pliza ampara bajo las coberturas establecidas en la misma, a los clientes de EL CONTRATANTE que han cumplido con los requisitos del seguro y han sido aceptados por LA COMPAA.

LA COMPAA comunicar diariamente a EL CONTRATANTE la lista de personas cuya cobertura ha sido rechazada, entendindose que toda persona no mencionada en dicha comunicacin se considera cubierta por la presente Pliza.

Por lo tanto, el no haber cumplido con los requisitos exigidos para la inclusin en la cobertura del seguro y no obstante haber sido declarado como Asegurado y realizado el pago de la prima del seguro respectivo, no implica en forma alguna la aceptacin por parte de LA COMPAA.

En consecuencia, si se presentase el reclamo de un siniestro que no haya sido aceptado por LA COMPAA, este ser rechazado y se proceder a la devolucin de las primas pagadas, sin considerar intereses financieros alguno.

Asimismo, en caso de siniestro, no ser necesario que el Asegurado siniestrado figure en la declaracin del mes en que sucedi dicho siniestro ni pague la prima correspondiente al mencionado mes, gozando de cobertura por la presente pliza siempre que haya venido siendo declarado regularmente a LA COMPAA hasta el mes inmediato anterior a la fecha del siniestro.

Los Asegurados contarn con cobertura automtica desde la fecha de desembolso del crdito, siempre y cuando el Seguro de Desgravamen haya sido aceptado por LA COMPAA; hasta la fecha de la primera declaracin a LA COMPAA.

LIMITE DE EDAD:

Lmites de Ingreso

Tarjetas de Crdito

Edad de Ingreso

75 aos (74 aos y 364 das)

Edad de Permanencia

79 y 364 das

RIESGOS CUBIERTOS:

A) Coberturas Principales:

Muerte natural,

Muerte accidental

Invalidez total y permanente por enfermedad

Invalidez total y permanente por accidente

B) Coberturas Adicionales

Indemnizacin adicional por Renta Estudiantil en caso de fallecimiento de Titular y/o Cnyuge, siempre que el desgravamen sea mancomunado.

Ser requisito indispensable que a la fecha de ocurrencia del siniestro, ambos sean ASEGURADOS de la COMPAA.

Esta cobertura estar sujeta a que el ASEGURADO cuente al menos con un hijo menor a 25 aos. La suma asegurada es un total de US$ 2,000 independientemente del nmero de hijos menores a 25 aos que existieran al momento del siniestro.

Indemnizacin adicional por muerte del ASEGURADO en accidente areo: La suma asegurada es US$ 8,000. Los Beneficiarios de esta cobertura son los Herederos Legales del ASEGURADO.

Desamparo Familiar Sbito: Cobertura sujeta a la muerte accidental del Titular y su Cnyuge en un mismo evento. La suma asegurada es US$ 10,000. Los Beneficiarios de esta cobertura son los Herederos Legales del ASEGURADO.

NOTA: Las (3) coberturas precedentes descritas son coberturas adicionales y las indemnizaciones correspondientes a dichas coberturas sern pagadas por LA COMPAA EN UNA SOLA OCASIN, considerando un slo evento por ASEGURADO, independientemente del nmero de crditos que pudiera tener vigentes en el BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS. Las coberturas descritas NO SERAN PAGADAS por cada Seguro de Desgravamen que hubiera sido contratado por el ASEGURADO, sino EN UNA SOLA OCASIN.

SUMA ASEGURADA:

El Seguro de Desgravamen cubre el Saldo Insoluto de la Tarjeta de Crdito a la fecha de fallecimiento del ASEGURADO por Muerte Natural o Accidental, as como tambin en caso de Invalidez Total y Permanente por Accidente o Enfermedad. En el caso de Invalidez Total y Permanente por Accidente o Enfermedad se considerar como suma asegurada el Saldo Insoluto a la fecha de emisin del Dictamen de Invalidez de la Comisin Mdica Evaluadora de Incapacidades emitido por MINSA, ESSALUD o EPS.

SUMA ASEGURADA MAXIMA POR PRESTATARIO:

Tarjetas de Crdito

Suma asegurada Mxima

$ 50,000

En caso EL CONTRATANTE tuviese un prstamo por un monto mayor para un cliente, se podr solicitar cobertura con una comunicacin especfica.

DESCRIPCIN DEL INTERS ASEGURADO:

Cancelacin de la suma asegurada en caso se produzca alguno de los riesgos cubiertos.

SUSCRIPCION:

1. Se otorga una lnea de suscripcin automtica equivalente como mximo al 20% del monto original del crdito hasta un tope de US$ 30,000 sobre clientes que ya tengan prstamos desembolsados y Seguro de Desgravamen aprobado por LA COMPAA de acuerdo a la poltica de suscripcin vigente.

Esta condicin est sujeta a los siguientes criterios:

Estos incrementos debern ser aprobados por un periodo no mayor al restante para la finalizacin del crdito inicialmente aprobado.

Que el Asegurado no tenga un recargo mayor al 100% en la suscricin del crdito original.

2. Los Asegurados cuyas solicitudes de crdito con montos inferiores a US$20,000 o su equivalente en moneda nacional, siempre y cuando sean menores a 65 aos, tendrn cobertura automtica sin necesidad de presentar su Declaracin Personal de Salud. En caso de siniestro para crditos hasta US$ 20,000 o su equivalente en moneda nacional, las enfermedades preexistentes se encuentran amparadas por el seguro, no obstante lo indicado en el acpite h de las Exclusiones de la presente Pliza.

3. Los Asegurados con rango de edad entre los 65 y 70 aos estarn exonerados de presentar Declaracin Personal de Salud hasta un monto de US$ 10,000. En caso de siniestro para crditos hasta US$ 10,000 o su equivalente en moneda nacional, las enfermedades preexistentes se encuentran amparadas por el seguro, no obstante lo indicado en el acpite h de las Exclusiones de la presente Pliza.

4. Los Asegurados con rango de edad entre los 70 y 72 aos estarn exonerados de presentar Declaracin Personal de Salud hasta un monto de US$ 2,000. En caso de siniestro para crditos hasta US$ 2,000 o su equivalente en moneda nacional, las enfermedades preexistentes se encuentran amparadas por el seguro, no obstante lo indicado en el acpite h de las Exclusiones de la presente Pliza.

5. En el caso de tarjetas de crdito y las lneas de crdito adicionales que entregue EL CONTRATANTE mediante la modalidad de lnea paralela estn exonerados de la presentacin de Declaracin Personal de Salud hasta por una suma asegurada de US$10,000. En caso de siniestro para crditos hasta US$ 10,000 o su equivalente en moneda nacional, las enfermedades preexistentes se encuentran amparadas por el seguro, no obstante lo indicado en el acpite h de las Exclusiones de la presente Pliza.

6. Si el Asegurado suscribi Declaracin Personal de Salud hace ms de seis meses, por alguna operacin crediticia, por lo cual se origina cumulo de prstamos, excediendo el monto de Aprobacin Automtica, convenido para los Programas de Seguros, suscribir Declaracin Personal de Salud solo si el incremento supera el 50% de la lnea de crdito inicial en forma anual, esto para tarjetas de crdito. En tal sentido, se estara considerando evaluaciones independientes por tipo de operacin.

Cabe resaltar que ni las Tarjetas de Crdito ni la Cuenta Interamericana generan cmulos.

En cuanto a incrementos de lneas para Tarjetas Platinium o Signature, queda inalterable, que esta categora de clientes, estn eximidos de suscribir Declaracin Personal de Salud hasta la suma de US$ 20,000. Esto slo para casos de incremento de lnea de tarjeta de crdito en forma masiva y sin contacto directo con el cliente. En caso el cliente solicite una ampliacin justificada de su tarjeta de crdito ser necesario el llenado de la Declaracin Personal de Salud.

7. Si el Asegurado no suscribi Declaracin Personal de Salud, en su oportunidad, dado que la operacin solicitada era menor o igual a la establecida como limite de aprobacin automtica, debe llenar Declaracin Personal de Salud slo si el incremento de la lnea supera la condicin de Aprobacin Automtica, ya que de lo contrario se estara exonerando una clusula que se basa en los propios limites establecidos para EL CONTRATANTE, pues este tipo de cliente nunca presento Declaracin Personal de Salud.

8. Se aceptarn exmenes mdicos realizados en el extranjero siempre y cuando estos sean los solicitados por LA COMPAA y sean realizados en una institucin hospitalaria o laboratorio legalmente establecido, sean recientes y no tengan una antigedad mayor 6 meses y cuyos costos sean asumidos por el Asegurado.

9. Las Declaraciones Personales de Salud tendrn una validez de 6 meses desde la fecha de su firma por parte del Asegurado para ser aceptadas por el rea de Suscripcin de LA COMPAA.

Las aceptaciones de los seguros (por correo y por carta) tienen una vigencia mxima de 6 meses.

Los exmenes mdicos realizados por LA COMPAA tienen una vigencia mxima de 6 meses.

Las aceptaciones con recargo superiores al 100% sobre la tasa, slo se les otorgar el seguro por saldos insolutos.

10. LA COMPAA comunicar por e-mail (va fax) a EL CONTRATANTE el resultado en un trmino mximo de cuarentiocho (48) horas con relacin los clientes que se encuentren aprobados o no, a efecto de su inclusin en la Pliza y se encargara de la coordinacin de aquellos Clientes que debern pasar las pruebas mdicas para su evaluacin.

11. Mensualmente el BIF proporcionar a LA COMPAA la relacin de crditos aprobados, a efectos de proceder con la inclusin en la Pliza.

12. Una vez efectuadas las pruebas, el laboratorio enviar los resultados, los cuales sern analizados por el Mdico Auditor y/o suscriptor de LA COMPAA, este procedimiento se realiza aproximadamente en cuarenta y ocho (48) horas, siendo comunicado a EL CONTRATANTE en este lapso de tiempo

13. La coordinacin de las Pruebas Mdicas sern realizadas por nuestro Ejecutivo de servicios, con los clientes y los Laboratorios respectivos.

14. LA COMPAA proporcionar la cantidad de Declaraciones de Salud que EL CONTRATANTE estime necesario.

15. Las pruebas se podrn realizar en las instalaciones del Laboratorio indicado. En caso el cliente lo requiera, el laboratorio podr acercarse a su domicilio, previa coordinacin de las partes, siempre y cuando no sea necesario la prueba de Esfuerzo.

En el caso de provincias, el cliente deber acercarse al laboratorio indicado.

16. Condiciones para la aprobacin automtica en caso de Asegurados fumadores, en caso de que el consumo diario de cigarrillos sea:

Menor a 6: No habr recargo.

De 6 a 9 se aplicarn los siguientes recargos en la tasa:

Menor de 34 aos: 25%

De 34 hasta 45 aos: 25%

De 46 aos a ms: 25%

De 10 en adelante, deber ser evaluado por LA COMPAA.

17. Las aceptaciones con recargo mdico aseguran la cobertura de fallecimiento e invalidez del cliente sobreprimado, si ste ocurriera a causa de la enfermedad que declar y por la cual se le aplic el recargo.

18. Todas las Aseguradas menores de 40 aos que se encuentren en estado de gestacin de hasta 7 meses y 30 das, sern incluidas sin recargo al Seguro de Desgravamen, siempre y cuando su estado de salud sea ptimo. La ASEGURADA deber completar la DPS y presentar Cuestionario de Embarazo, en el formato de LA COMPAA, y la ltima ecografa; ambos documentos firmados por su gineclogo tratante. En aquellos casos en que la solicitante se encuentre por encima de esta edad, deber ser evaluada.

El Contratante ser responsable del correcto archivo de las Declaraciones Personales de Salud que no requieran ser remitidas para Suscripcin, poniendo a disposicin de LA COMPAIA estos documentos en cualquier momento en que sean solicitados, con un plazo de entrega no mayor a 48 horas.

DECLARACION:

El CONTRATANTE presentar una relacin de saldos adeudados al ltimo da de cada mes, dentro de los primeros 15 das posterior al mes que se declare.

FACTURACION:

De acuerdo a los saldos proporcionados por EL CONTRATANTE mediante listados mensuales.

EXCLUSIONES:

LA COMPAA estar eximida de cualquier obligacin, en caso de que el fallecimiento o invalidez del (os) Asegurado (s) ocurra en las siguientes circunstancias:

a) Cuando participen como conductores o acompaantes en carreras de automviles, bicicletas, lanchas a motor o avionetas o en carreras de entrenamiento.

b) Lesiones o Fallecimiento a consecuencia de un accidente areo devenido de un viaje o vuelo en vehculo areo de cualquier clase, as como operaciones o viajes submarinos; excepto como pasajero en uno operado por una empresa de transporte areo comercial, sobre una ruta establecida para el transporte de pasajeros sujeto a itinerario.

c) Cuando sobrevenga como consecuencia directa de accin de guerra (civil o internacional) declarada o no, estando el Asegurado en campaa, as como por intervencin en duelo concertado.

d) Cuando sea resultado de suicidio o intento de suicidio.

e) Cuando sea consecuencia de intervencin directa (autor) o indirecta (cmplice) del Asegurado en actos delictuosos o terroristas.

f) Sndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida.

g) Cuando se produzcan en situacin de embriaguez o mientras el Asegurado se encuentre bajo la influencia de drogas o sonambulismo.

h) Como consecuencia de una condicin o enfermedad o accidentes graves y/o crnicas preexistentes a la contratacin de la Pliza.

i) Como consecuencia de fisin o fusin nuclear o radioactividad, sean en forma directa o indirecta.

Definicin de Preexistencia:

Cualquier lesin, enfermedad, dolencia o condicin de alteracin del estado de salud del Asegurado, diagnosticadas por un profesional mdico o conocidas por el Contratante o Asegurado, con anterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la pliza. Es obligacin del Asegurado declarar las preexistencias.

Exclusiones aplicables a Invalidez Total y Permanente por Accidente o Enfermedad:

1) Abuso de alcohol o de drogas.

2) Tratamientos mdicos, fisioterapeuticos, quirrgicos o anestsicos.

3) A consecuencia de los riesgos comprendidos en el Condicionado Particular de esta Pliza referidos a Exclusiones

No obstante, de indicarse dentro de las exclusiones de la pliza, el suicidio o intento de suicidio; LA COMPAA pagar la suma asegurada a los beneficiarios, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubieran transcurridos tres (3) aos completos e ininterrumpidos desde la fecha de contratacin del seguro, desde su rehabilitacin o desde el aumento del capital asegurado. En este ltimo caso el plazo se considerar slo para el pago del incremento del capital asegurado.

PROCEDIMIENTO EN CASO DE RECLAMOS:

Los reclamos podrn ser presentados: 1) En cualquier oficina de EL CONTRATANTE; 2) Comunicndose a LA COMPAA al 411-3000 - Anexo 1 (atencin las 24 horas) 3) En el rea de Atencin al Cliente de la Compaa, con domicilio en Av. Las Begonias 475, Piso 2, San Isidro, Lima.

Se deber consignar la siguiente informacin:

Nombre y datos del usuario reclamante (nombres y apellidos, nmero de documento de identidad, direccin, telfono y correo electrnico), descripcin y fecha del incidente que origina el reclamo.

Nombre del agraviado, nmero de documento de identidad, direccin, telfono y correo electrnico.

Producto contratado con EL CONTRATANTE.

El Asegurado podr presentar los reclamos durante la vigencia del presente Seguro de Desgravamen. El plazo de atencin de un reclamo no exceder de treinta (30) das contados a partir de la fecha de recepcin del mismo.

PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTROS:

La COMPAA se reserva el derecho de requerir al o los Beneficiario(s) cualquier documento o informacin adicional en original o copia legalizada, en caso las circunstancias especficas as lo ameriten.

La falta de cumplimiento de alguna o de todas las obligaciones y formalidades sealadas en el presente artculo, salvo que se demostrare la imposibilidad de cumplir, hace perder todo derecho a la indemnizacin, pues queda entendido y convenido que su estricto y total cumplimiento es esencial a los efectos de este Seguro, no pudiendo en caso alguno el Asegurado o sus Beneficiarios, alegar como excusa del incumplimiento, la ignorancia, olvido o error de la existencia de la Pliza o del desconocimiento de las obligaciones que imponen sus condiciones.

Se deber comunicar la ocurrencia del siniestro al CONTRATANTE.

El plazo para el reclamo de siniestros podr ser realizado como mnimo dentro de treinta (30) das de la ocurrencia del mismo, sin embargo; el plazo mximo para la presentacin de los reclamos estar sujeto a lo establecido por la ley.

Muerte Natural

Copia simple del Documento Oficial de Identidad (D.O.I.) del ASEGURADO.

Certificado de Defuncin, en original o copia certificada.

Acta o Partida de Defuncin, en original o copia certificada.

Estado de cuenta del prstamo a la fecha del siniestro.

Certificado de Seguro firmado por el ASEGURADO, de ser necesario se solicitar solicitud de afiliacin DPS, desde Enero del ao 2009.

Historia Clnica foliada y fedateada del ASEGURADO.

Informes Mdicos adicionales y/o ampliatorios a requerimiento de la Compaa

Invalidez Total y Permanente por Accidente

Copia simple del Documento Oficial de Identidad (D.O.I.) del ASEGURADO

Copia Certificada del atestado o informe policial completo.

Estado de cuenta del prstamo a la fecha del siniestro.

Certificado de Seguro firmado por el ASEGURADO para seguros vigentes desde Enero del ao 2009.

Dosaje etlico, en caso de accidente de trnsito.

Dictamen de Invalidez de la Comisin Mdica Evaluadora de Incapacidades emitido por MINSA, ESSALUD o EPS o Junta de Mdicos.

Invalidez Total y Permanente por Enfermedad

Copia simple del Documento Oficial de Identidad (D.O.I.) del ASEGURADO

Estado de cuenta del prstamo a la fecha del siniestro.

Certificado de Seguro firmado por el ASEGURADO para seguros vigentes desde Enero del ao 2009.

Dictamen de Invalidez de la Comisin Mdica Evaluadora de Incapacidades emitido por MINSA, ESSALUD o EPS o Junta de Mdicos.

Historia Clnica foliada y fedateada del ASEGURADO.

A partir de enero del 2009, el CONTRANTANTE es responsable del envo de los Certificados, debidamente firmados por EL ASEGURADO, a LA COMPAA para su custodia. Este requisito es de carcter obligatorio para el pago de los siniestros.

NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS DEBERAN SER ENTREGADOS EN ORIGINAL O COPIA LEGALIZADA.

LA COMPAA se reserva el derecho de requerir al o los Beneficiario(s) cualquier documento o informacin adicional en original o copia legalizada, en caso las circunstancias especficas as lo ameriten.

Autorizacin para acceder a Historia Clnica: El Asegurado autoriza expresamente a la Compaa, en los casos de fallecimiento e invalidez total y permanente a causa de accidente y/o enfermedad a acceder a su historia clnica en cualquier centro de salud privado pblico, en el momento que lo requiera.

La Compaa emplear su red de auditora mdica, sobre esta autorizacin, actuando pro activamente en facilitar y/o agilizar la satisfaccin de los documentos necesarios para la liquidacin. Estas gestiones sern informadas formalmente.

Las pruebas del fallecimiento o invalidez que contengan los datos exactos sobre la causa del deceso o invalidez del Asegurado, legalizadas, debern ser presentadas en la oficina de LA COMPAA, a lo sumo dentro de un ao de producido el deceso.

PLAZO PARA EL PAGO DE SINIESTROS:

El plazo mximo para el pago de siniestros es de setenta y dos (72) horas contadas a partir de la presentacin de la documentacin completa sustentatoria del evento.

MONTO DE LA PRIMA Y MODO DE CLCULO:

Tasa o factor mensual aplicado sobre el saldo Insoluto de la deuda, el cual se encuentra publicado en el tarifario de EL CONTRATANTE.

FORMA DE PAGO DE LA PRIMA:

Se cobrar mensualmente en funcin del saldo del Insoluto de la deuda, la cual se incluir dentro de la cuota del crdito.

RESOLUCIN DEL CONTRATO:

El contrato de seguro, a decisin expresa de LA COMPAA, podr quedar resuelto perdiendo EL CONTRATANTE y/o Asegurado todo derecho emanado de la Pliza, a partir de la fecha en que se incurra en las siguientes causales:

a. Reclamacin fraudulenta o apoyada en documentos o declaraciones falsas.

b. Si las prdidas o daos o gastos del siniestro fueran causados por un acto y/u omisin intencional, proveniente de dolo o culpa grave del ASEGURADO y/o de los BENEFICIARIOS del ASEGURADO.

c. El incumplimiento de las obligaciones y cargas de la ENTIDAD FINANCIERA y/o ASEGURADO previstas en la Pliza.

d. Por mala fe probada en la presentacin de cualquier reclamo para ser cubierto bajo el seguro materia del presente contrato.

e. En caso el ASEGURADO haya recibido el Beneficio de alguna de las Coberturas hasta el nmero mximo de eventos posibles.

f. A partir del aniversario del seguro que siga a la fecha en que el ASEGURADO cumpla la edad lmite de permanencia sealada en las Condiciones Particulares o Certificado de la presente Pliza.

Asimismo, tanto el ASEGURADO, el CONTRATANTE y/o LA COMPAA podrn resolver sin expresin de causa el presente contrato, mediante comunicacin escrita con firma legalizada que se cursar con no menos de treinta (30) das naturales de anticipacin. La resolucin no afecta los derechos devengados a favor del ASEGURADO durante la vigencia de la Pliza.

Terminada la vigencia de la presente Pliza de Se