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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 1 PERIODICO OFICIAL TOMO CXL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 NÚM. 85 SUMARIO SECRETARÍA DE FINANZAS Y TESORERÍA GENERAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS CONVOCATORIA PÚBLICA ESTATAL.- CONCURSO NO. 48056001-029-03 D.A.S. 29/03.- REFERENTE A LA ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE CÓMPUTO PARA EL CONSEJO DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO...................................................................................................... 3-4 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL COMITÉ ESTATAL DE NOMENCLATURA ESCOLAR.. 5-8 COMISIÓN ELECTORAL NUEVO LEÓN ACUERDO REFERENTE A LAS SUSTITUCIONES Y NUEVAS INTEGRACIONES DE LAS MESAS AUXILIARES DE CÓMPUTO DE BUSTAMANTE, DR. ARROYO, GUADALUPE Y MIER Y NORIEGA, N.L.............................................................................................................................................................. 9-12 ACUERDO REFERENTE A LA ACREDITACIÓN DE OBSERVADORES ELECTORALES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL 2003.......................................................................................................... 13-16 ACUERDO REFERENTE A LA SOLICITUD DE REMOCIÓN DEL COMISIONADO SUPLENTE DE LA COMISIÓN MUNICIPAL ELECTORAL DE GENERAL BRAVO, N.L......................................................... 17-24 R. AYUNTAMIENTO DE ITURBIDE, N.L. PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO...................................................................................... 25-161 Visite la Página del PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO: http://general.nl.gob.mx/ListadoPeriodico

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Page 1: 085 POE XCONTENIDO 30 DE JUNIO DE 2003 · periodico oficial monterrey, nuevo león, lunes 30 de junio de 2003 pagina 5 josÉ martÍnez gonzÁlez, secretario de educaciÓn en el estado

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 1

PERIODICO OFICIAL

TOMO CXL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 NÚM. 85

SUMARIO

SECRETARÍA DE FINANZAS Y TESORERÍA GENERAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS CONVOCATORIA PÚBLICA ESTATAL.- CONCURSO NO. 48056001-029-03 D.A.S. 29/03.- REFERENTE A LA ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE CÓMPUTO PARA EL CONSEJO DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO...................................................................................................... 3-4

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL COMITÉ ESTATAL DE NOMENCLATURA ESCOLAR.. 5-8

COMISIÓN ELECTORAL NUEVO LEÓN ACUERDO REFERENTE A LAS SUSTITUCIONES Y NUEVAS INTEGRACIONES DE LAS MESAS AUXILIARES DE CÓMPUTO DE BUSTAMANTE, DR. ARROYO, GUADALUPE Y MIER Y NORIEGA, N.L.............................................................................................................................................................. 9-12 ACUERDO REFERENTE A LA ACREDITACIÓN DE OBSERVADORES ELECTORALES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL 2003.......................................................................................................... 13-16 ACUERDO REFERENTE A LA SOLICITUD DE REMOCIÓN DEL COMISIONADO SUPLENTE DE LA COMISIÓN MUNICIPAL ELECTORAL DE GENERAL BRAVO, N.L......................................................... 17-24

R. AYUNTAMIENTO DE ITURBIDE, N.L. PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO...................................................................................... 25-161 Visite la Página del PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO: http://general.nl.gob.mx/ListadoPeriodico

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 2 AVISOS JUDICIALES Y GENERALES.................................................................................... 162-172 AVISO NOTARIAL DE LA NOTARÍA PÚBLICA No. 116 MONTERREY, N.L., SUCESIÓN TESTAMENTARIA A BIENES DE LA SEÑORA MARIA EUDOXIA MARTINEZ VILLARREAL 2ª. Y ÚLTIMA PUBLICACIÓN DE 2 SOLICITADAS........................................................................................... 162 AVISO DE REDUCCIÓN DE CAPITAL SOCIAL DE LA EMPRESA PROVEEDORA DE DULCERÍAS REGIOMONTANA, S. DE R.L. DE C.V. 2ª. PUBLICACIÓN DE 3 SOLICITADAS.................................... 163 CONVOCATORIA PÚBLICA PARA SUBASTA No. DPM 3/2003 DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, N.L................................................................................................................................. 164 CONVOCATORIA DE REMATE DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y TESORERÍA MUNICIPAL DE GUADALUPE, NUEVO LEÓN.................................................................................................................... 165 JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL SÉPTIMO DISTRITO JUDICIAL DR. ARROYO, N.L., EDICTO EXPEDIENTE No. 225/2003............................................................................................... 166 JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 1ER. EDICTO EXPEDIENTE JUDICIAL NÚMERO 861/1994................................................................... 167 JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 2° EDICTO EXPEDIENTE JUDICIAL NÚMERO 1056/2002.......................................................................... 168 JUZGADO MENOR GUADALUPE, N.L., 3ER. EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 0521/2003................. 169 JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 3ER. EDICTO EXPEDIENTE JUDICIAL NÚMERO 0862/2001. JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 3ER. EDICTO NÚMERO DE EXPEDIENTE 802/2002..................................................................................................................................................... 170 JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 3ER. EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 0871/2001. JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 3ER. EDICTO NÚMERO DE EXPEDIENTE 659/2002..................................................................................................................................................... 171 JUZGADO OCTAVO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 3ER. EDICTO EXPEDIENTE JUDICIAL NÚMERO 972/2002. JUZGADO NOVENO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 3ER. EDICTO EXPEDIENTE JUDICIAL NÚMERO 612/2001..................................................................................................................................................... 172

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 3

GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEON

SECRETARIA DE FINANZAS Y TESORERIA GENERAL DEL ESTADO DIRECCION DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS DE LA SUBSECRETARIA

DE ADMINISTRACION

CONVOCATORIA PUBLICA ESTATAL El Gobierno del Estado de Nuevo León, a través de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, en cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 5, 21, 23, 25, 26 y demás relativos a la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios para la Administración Pública de Nuevo León, en debida concordancia con el artículo 8º inciso d) de la Ley de Egresos para el año 2003, CONVOCA a participar en los siguiente concurso:

No. De Concurso Conceptos Requeridos Capital Contable Mínimo Requerido

Fecha Límite de

Inscripción

Fecha y Hora de Junta de

Aclaraciones

Fecha y Hora Presentación y Apertura de Propuestas

Costo de las Bases

48056001-029-03 D.A.S. 29/03

Adquisición de equipo de computo para el Consejo de Seguridad Publica del Estado.

$ 500,000.00 11/ Julio /03 a

las 13:00 hrs.

14/ Julio /03 a las 13:00 hrs.

17/ Julio /03 a las 13:00 hrs.

$ 2,500.00

$ 2,300.00 Compranet

Nota: La descripción de los equipos así como las demás especificaciones y condiciones se señalan dentro de las Bases de los Concursos. I. INSCRIPCION DE PARTICIPANTES: Los interesados deberán acudir a solicitar su inscripción en las oficinas de la Dirección de Adquisiciones y Servicios ubicadas en el 4to. Piso de la Biblioteca Central (Fray Servando Teresa de Mier) sita en la calle Gral. Zuazua No. 655 Sur zona centro en Monterrey, Nuevo León, a partir de la fecha de publicación de la presente Convocatoria, de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas. II. AL MOMENTO DE LA INSCRIPCION LOS INTERESADOS DEBERAN ENTREGAR LA SIGUIENTE

DOCUMENTACION: a) Registro vigente en el Padrón de Proveedores de Gobierno del Estado. b) Escritura Pública Constitutiva y/o Poder ratificado ante Notario (para actos de Administración),con que

acredite la personalidad que ostenta el representante de la empresa para participar en el concurso e identificación oficial con fotografía.

c) Documentación que compruebe el capital contable mínimo requerido, deberá acreditarse con la

declaración correspondiente al ejercicio fiscal de 2001 ó 2002. d) Declaración bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en los supuestos del artículo 34 de la Ley

de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios para la Administración Pública del Estado de Nuevo León.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 4 La Convocante, con base en la información presentada por los interesados, procederá a la inscripción de aquellos que cumplan con los requisitos señalados, previo pago del costo de las Bases, reservándose el derecho de verificar la información proporcionada por los participantes en cualquier etapa del proceso. La Convocante, con base en el análisis comparativo de las proposiciones admitidas y en sus propios presupuestos y programa base, previa opinión del Comité para el Control de Operaciones Patrimoniales emitirá un dictamen que servirá como fundamento para el fallo mediante el cual se adjudicarán los equipos requeridos a los participantes que reúnan las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la Convocante y que garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de los equipos objeto de la presente Convocatoria. Los interesados que se inscriban por Compranet deberán enviar a la Convocante copia del comprobante del pago, antes del evento de Junta de Aclaraciones, además deberá de señalar el nombre del Representante Legal.

A T E N T A M E N T E Monterrey, Nuevo León, a 30 de Junio del 2003.

SECRETARIA DE FINANZAS Y TESORERIA GENERAL DEL ESTADO

C.P. J. RAUL HORCASITAS VARELA

DIRECTOR DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS DE LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN

RÚBRICA

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 5 JOSÉ MARTÍNEZ GONZÁLEZ, SECRETARIO DE EDUCACIÓN EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 1, 4, 5, 16 FRACCIÓN IV, 23 BIS, FRACCIONES I, II Y IX DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN; 1, 3 FRACCIÓN II Y 90 FRACCIÓN VIII DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO; 1, 2, 3, 4, 6 FRACCIÓN I Y VIII, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN; Y

C O N S I D E R A N D O: PRIMERO.- Que el procedimiento para establecer la nomenclatura a las escuelas de sistema educativo estatal se ha sujetado a lo dispuesto en un documento federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 1941; en un acuerdo presidencial publicado en el Diario Oficial el 5 de abril de 1983 y en una circular emitida por la Secretaría de Educación Pública el 17 de enero de 1985. SEGUNDO.- Que a fin de unificar criterios en la aplicación de los lineamientos que respecto a la nomenclatura escolar lleva a cabo el Comité Estatal se emite el presente acuerdo. En virtud de las consideraciones y fundamentos de derecho antes expuestos, he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O 1.- El objetivo del presente acuerdo es asignar los nombres a las escuelas oficiales y dar reconocimiento oficial al que propongan los particulares, mismas que deberán de pertenecer al Sistema Educativo Estatal. 2.- Para llevar a cabo el objetivo del presente acuerdo, se deberá establecer un Comité Estatal de Nomenclatura Escolar que estará integrado de la siguiente forma: a) Presidente Secretario de Educación en el Estado. b) Secretario Técnico Director de Planeación e Investigación Educativa. c) Secretario de Actas Coordinador de Estadística. d) Vocales Subsecretario de Educación Básica. Director de Vinculación Social. Director de Servicios Educativos. Descentralizados. Presidente de la Sociedad Neoleonesa de Historia, Geografía y Estadística. Presidente de la Asociación Estatal de Cronistas de Nuevo León.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 6 Los cargos desempeñados en el Comité Estatal de Nomenclatura Escolar, tendrán el carácter de honoríficos, por lo que no percibirán remuneración alguna con motivo de su función.

3.- El Comité, de acuerdo a las comisiones internas que establezca el presidente del mismo, tendrá las siguientes funciones: a) Recibir y estudiar las propuestas que le hagan llegar las escuelas oficiales y particulares a través

de la Dirección de Planeación e Investigación Educativa. b) Dictaminar sobre la nomenclatura de las escuelas. c) Procurar que en ningún caso se repitan las nomenclaturas y si actualmente existe reiteración en

la denominación de Centros Educativos proponer la solución a esta circunstancia, sujetándose en lo dispuesto en el presente acuerdo.

d) Integrar los expedientes de las propuestas y proporcionar la información referente a las nomenclaturas registradas.

e) Avisar oportunamente de las nomenclaturas aprobadas a los proponentes y al director o titular del Centro Educativo.

f) Elaborar el acta correspondiente al término de las sesiones de trabajo que celebre. 4.- El Presidente del Comité tendrá voto de calidad en caso de empate, al someter a la consideración de los integrantes del órgano colegiado la votación de una propuesta; asimismo, la Secretaría de Educación convocará a través de la Dirección de Planeación e Investigación Educativa a los miembros del comité a las sesiones de trabajo. 5.- Pueden presentar propuestas de nomenclatura para los centros educativos: a) El Ejecutivo Estatal. b) El Secretario de Educación en el Estado. c) El Comité Estatal. d) Las Asociaciones de Padres de Familia. e) Los Consejos Estatal, Municipales y Escolares de Participación Social. f) El Personal Directivo y Docente de cada Centro Escolar. g) La Sociedad Neoleonesa de Historia, Geografía y Estadística. h) La Asociación Estatal de Cronistas de Nuevo León. i) Las Asociaciones y Sociedades Civiles que auspicien escuelas particulares o los propietarios de

las mismas. j) Los Cronistas Municipales. k) Las Presidencias Municipales.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 7 6.- El Secretario Técnico del Comité, mediante escrito, solicitará a las escuelas que carezcan de nomenclatura que envíen sus propuestas, las que deberán reunir los requisitos que se señalan en el presente Acuerdo. 7.- El plazo para que las escuelas envíen sus propuestas será por lo menos quince días antes de que se celebre la Sesión del Comité, en caso de no existir propuesta alguna, será el propio Comité quien asignará la nomenclatura al centro educativo de que se trate. 8.- En caso de que las propuestas presentadas fueran desechadas por no reunir los requisitos exigidos, el Secretario de Educación en el Estado y Presidente del Comité, escuchando la opinión de los demás integrantes, asignarán el nombre a la escuela correspondiente. 9.- Las propuestas deberán contener los siguientes requisitos: a) El registro de la clave en el catálogo de centros de trabajo de la Coordinación de Estadística, del

Centro Educativo correspondiente así como el domicilio o ubicación del mismo. b) La terna de alternativas para la denominación que se propone, conteniendo en cada caso el

nombre de algún personaje destacado en el desarrollo de la comunidad en el campo de la educación, la cultura y las ciencias, de una fecha, lugar, suceso o hecho histórico así como un símbolo nacional. En caso de que se proponga a un personaje se deberá anexar la biografía y la documentación necesaria que asegure al Comité un mayor conocimiento de la persona o de los fundamentos de los hechos históricos.

c) A la propuesta se deberán anexar los datos de la persona física o moral que hace la propuesta. d) Siguiendo el criterio establecido en el Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la

Federación en fecha 09 de Diciembre de 1941, firmado por el entonces Presidente de la República General Manuel Avila Camacho, en ningún caso y cualesquiera que sean los méritos que concurran, se impondrá en vida de persona alguna, su nombre a ninguna Institución Educativa, dependiente del Sistema Educativo Estatal.

10.- Las escuelas de los niveles de preescolar, primaria y secundaria de nueva creación, de turnos vespertinos y nocturnos, deberán llevar el nombre de la escuela que funcione en el turno matutino, siempre y cuando sean del mismo nivel educativo, en caso contrario podrán presentar sus propuestas al Comité de acuerdo con los requisitos que se señalan en el presente Acuerdo. 11.- El presidente del Comité convocará a junta de trabajo cada vez que se requiera tratar asuntos de su competencia y en caso de ausencia de éste será suplido por el Secretario Técnico en sus funciones. Las convocatorias deberán remitirse a los Integrantes del Comité con un término mínimo de tres días hábiles de anticipación señalando día, hora y lugar determinados para su celebración y anexando además el orden del día. 12.- El quórum se cumplirá con la asistencia de la mitad más uno de los integrantes del Comité, quienes tendrán el mismo derecho de voz y voto fungiendo como moderador el presidente del Comité y en caso de ausencia de éste, el Secretario Técnico. 11.- Los dictámenes emitidos por el Comité tendrán el carácter de irrevocables y deberán ser firmados por el Presidente y el Secretario Técnico.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 8 El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de la fecha de su publicación en el periódico oficial del estado y las asignaciones de nomenclatura en trámite se deberán sujetar a los presentes lineamientos. Dado en el despacho del C. Secretario de Educación en el Estado, en la ciudad de Monterrey, Nuevo León a 05-cinco de Junio de 2003-dos mil tres.

EL C. SECRETARIO DE EDUCACIÓN EN EL ESTADO

LIC. JOSÉ MARTÍNEZ GONZÁLEZ RÚBRICA

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Monterrey, Nuevo León, a 23-veintitrés de junio de 2003-dos mil tres. Vista para resolver la propuesta que presenta al Pleno de este organismo el Comisionado Ciudadano Secretario, señor Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, respecto de la designación de los integrantes de las Mesas Auxiliares de Cómputo que se instalarán en el proceso electoral de 2003-dos mil tres; cuanto más consta, convino y debió verse, y.

RESULTANDO PRIMERO: Que conforme a la Ley Electoral del Estado, en el año 2003-dos mil tres deberán celebrarse en nuestra entidad los comicios electorales, donde se postularán los candidatos a Gobernador, Diputados por el Principio de Mayoría Relativa, así como los integrantes de las planillas para la renovación de los 51-cincuenta y un Ayuntamientos en el Estado de Nuevo León. SEGUNDO: Que la Comisión Estatal Electoral, de acuerdo a sus facultades y obligaciones, deberá designar a los integrantes de las Mesas Auxiliares de Cómputo y removerlos cuando hubiere lugar a ello, tomando en cuenta lo previsto por la Ley Electoral del Estado. TERCERO: Que la Comisión Estatal Electoral, para efecto de llevar a cabo el cabal cumplimiento de lo establecido en nuestra legislación electoral, se emitieron dos convocatorias a la ciudadanía en general, la primera en fecha 24-veinticuatro de marzo y la segunda en fecha 28-veintiocho de abril del presente año, mediante las cuales se les convocaba a participar en la integración de las Mesas Auxiliares de Cómputo, a que se refiere el artículo 93 bis de la Ley Electoral del Estado, mismas que serán integradas en cada municipio de la entidad, por tres ciudadanos y un suplente común, los cuáles llevarán a cabo exclusivamente el cómputo parcial de las elecciones de Diputados y Gobernador, debiéndose de integrar treinta días antes del día de la elección, en la inteligencia de que en los municipios de Monterrey, San Nicolás de los Garza, Guadalupe, Apodaca, General Escobedo, San Pedro Garza García y Santa Catarina, se designarán tantas Mesas Auxiliares de Cómputo como Distritos Electorales contengan.

Evaluadas que fueron las propuestas por parte de los integrantes de esta Comisión Estatal Electoral, para determinar si los candidatos reúnen los requisitos contenidos en el artículo 71 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León, a excepción de lo previsto en la fracción V inciso a del mencionado numeral, auxiliándose para tal efecto de la Dirección de Organización y Estadística Electoral, de conformidad con lo establecido por el artículo 89 fracción IV de la Ley Electoral del Estado.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 10 CUARTO: Que en fecha 6-seis de junio de 2003-dos mil tres, el Pleno de este organismo electoral aprobó la designación de los candidatos que integrarán las Mesas Auxiliares de Cómputo en cada municipio de la entidad, los cuales reunieron todos y cada uno de los requisitos contenidos en el artículo 71 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León. QUINTO: Que se recibieron renuncias por escrito de ciudadanos que fueran designados como integrantes de Mesas Auxiliares de Cómputo, por el Pleno de este organismo en fecha a 6-seis de junio de 2003-dos mil tres; en tal virtud, para realizar las remociones respectivas y designar a los nuevos integrantes de las Mesas Auxiliares de Cómputo correspondientes, se toma en consideración las solicitudes presentadas con motivo de las convocatorias emitidas por la Comisión Estatal Electoral, y que cumplan con los requisitos previstos por la Ley Electoral del Estado.

CONSIDERANDO PRIMERO: Que los artículos 42, 43 y 45 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, entre otras disposiciones, en cuanto a la preparación de la elección y la jornada electoral establece que:

• La organización de las elecciones es una función estatal que se ejerce bajo los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, certeza, e independencia y se lleva a efecto por un órgano, la Comisión Estatal Electoral, independiente y autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios. La ley determinará las funciones e integración de dicho órgano, mismo que estará formado por ciudadanos del Estado;

• La Ley Electoral del Estado, reglamentaria de la Constitución, regulará y garantizará el desarrollo de los procesos electorales; el ejercicio del sufragio; los derechos, obligaciones, organización y funciones de los partidos, asociaciones políticas y organismos electorales; la preparación, desarrollo, vigilancia, cómputo y calificación de las elecciones; el procedimiento de lo contencioso electoral; y en general las demás disposiciones relativas al proceso electoral.

SEGUNDO: Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley Electoral del Estado, los organismos electorales, tienen entre otros fines, contribuir al desarrollo de la vida democrática y al fortalecimiento del sistema de partidos políticos; garantizando el cumplimiento de los principios rectores del proceso electoral, contenidos en la Constitución Política del Estado; además de garantizar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de las obligaciones que les impone esta Ley; así como garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado, así como de los Ayuntamientos de los municipios de la entidad; garantizando que los actos y resoluciones electorales de su competencia, se sujeten al principio de legalidad; asimismo, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio y por la imparcialidad de los organismos electorales.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 11 TERCERO: Que en virtud de las renuncias presentadas y de conformidad con lo previsto por los artículos 1, 3, 81 fracción XV, 93 bis, 93 bis I y 93 bis II de la Ley Electoral del Estado, se propone al Pleno de este organismo electoral, la sustitución y designación de los ciudadanos que integrarán las Mesas Auxiliares de Cómputo, en los términos siguientes:

Anterior integración de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Bustamante Distrito Puesto Nombre Vigésimo primer Presidente José Antonio Hernández González Secretario Rosa Elva Rivera Torres Vocal Zulema Margarita Barajas García Suplente Isaías Soberano Gómez Propuesta de integración de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Bustamante Distrito Puesto Nombre Vigésimo primer Presidente José Antonio Hernández González Secretario Rosa Elva Rivera Torres Vocal Zulema Margarita Barajas García Suplente Adrián Hernández Esquivel Anterior integración de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Dr. Arroyo Distrito Puesto Nombre Vigésimo Sexto Presidente Agoberto Enrique Puente Secretario Edna Edith Moreno Carranza Vocal María Esther Barbosa Luna Suplente Juan Raymundo Cortés Moncada Propuesta de integración de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Dr. Arroyo Distrito Puesto Nombre Vigésimo Sexto Presidente Agoberto Enrique Puente Secretario Edna Edith Moreno Carranza Vocal Juan Raymundo Cortés Moncada Suplente Juana Pedraza Medrano Anterior integración de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Guadalupe Distrito Puesto Nombre Décimo Cuarto Presidente Marina González Cerda Secretario María de la Luz Estupiñán Herrera Vocal María Guadalupe Rangel Abundis Suplente María Antonia Miroslava Garza González Propuesta de integración de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Guadalupe Distrito Puesto Nombre

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 12

Décimo Cuarto Presidente Marina González Cerda Secretario María de la Luz Estupiñán Herrera Vocal María Antonia Miroslava Garza González Suplente Jorge Antonio Garza González Anterior integración de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Mier y Noriega Distrito Puesto Nombre Vigésimo Sexto Presidente Clemente Beltrán Méndez Secretario Jesús Vargas Ramírez Vocal Esther Rocha Zúñiga Suplente Gerardo Facundo Mendoza Propuesta de integración de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Mier y Noriega Distrito Puesto Nombre Vigésimo Sexto Presidente Clemente Beltrán Méndez Secretario Esther Rocha Zúñiga Vocal Gerardo Facundo Mendoza Suplente Pedro Briones Tristán

Debiéndose de notificar el presente acuerdo a los partidos políticos acreditados para los efectos legales a que hubiere lugar.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, es de resolverse y se resuelve:

PRIMERO: Se aprueba la remoción y designación de los ciudadanos que integrarán las Mesas Auxiliares de Cómputo, en los términos descritos en el considerando cuarto del presente acuerdo. SEGUNDO: Se ordena la publicación del presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, para los efectos legales a los que haya lugar. TERCERO: Notifíquese, dentro del término de Ley, el presente acuerdo a los partidos políticos y coaliciones acreditados, para los efectos legales a que haya lugar. CUARTO: El presente proyecto de acuerdo se propone por parte del Comisionado Ciudadano Secretario Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, al Pleno de este organismo para su revisión y aprobación en su caso. Hecho lo anterior, se aprueba por unanimidad, firmando para su debida constancia los Comisionados Ciudadanos que integran el quórum de ley de la presente Sesión Extraordinaria, Lic. José Roble Flores Fernández, en su carácter de Presidente; Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, en su carácter de Secretario; Q.F.B. Célica Luz Hinojosa Caballero, en su carácter de Primer Vocal; Dr. Pablo Adolfo Longoria Treviño, quien fungió con el carácter de Segundo Vocal y Dr. José Gonzalo Mitre Salazar, quien fungió como Tercer Vocal.- Conste. RÚBRICAS

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 13

Monterrey, Nuevo León, a 23-veintitrés de junio de 2003-dos mil tres. El Comisionado Ciudadano Presidente, Lic. José Roble Flores Fernández, da cuenta a los Comisionados Ciudadanos que integran el Pleno de la Comisión Estatal Electoral, las solicitudes de acreditación de ciudadanos como Observadores Electorales a participar en los actos de preparación y desarrollo del proceso electoral, así como de los que se lleven a cabo el día de la jornada electoral para las elecciones del 06-seis de julio del año 2003-dos mil tres; cuanto más consta, convino y debió verse, y.

RESULTANDO PRIMERO: Que de acuerdo a lo establecido por la Constitución Política del Estado de Nuevo León, así como en la Ley Electoral del Estado de Nuevo León, es derecho exclusivo de los ciudadanos mexicanos participar como Observadores Electorales de los actos de preparación y desarrollo electoral, así como de los que se lleven a cabo el día de la jornada electoral y de los efectuados hasta la declaración de validez de las elecciones, en la forma y términos que establezca la Comisión Estatal Electoral para cada proceso electoral. SEGUNDO: La Comisión Estatal Electoral, en cumplimiento a las disposiciones de la Ley Electoral del Estado, acordó en sesión ordinaria, en fecha 13-trece de junio de 2002-dos mil dos, la determinación de los requisitos exigidos por el artículo 11 de la Ley Electoral del Estado, que deberán atender los ciudadanos mexicanos en la presentación de toda solicitud a realizar para obtener la acreditación como Observador Electoral. TERCERO: Para el efecto del cumplimiento del resultando anterior, el Pleno de la Comisión Estatal Electoral en su sesión extraordinaria de fecha 05-cinco de noviembre de 2002-dos mil dos, aprobó la convocatoria pública dirigida a la ciudadanía para participar como Observador Electoral en el proceso electoral del 2003, donde se elegirán al Gobernador, Ayuntamientos de la entidad y Diputados al H. Congreso del Estado. CUARTO: Que a la fecha, de acuerdo al informe emitido por la Dirección de Capacitación Electoral de este organismo electoral, 31-treinta y un ciudadanos que solicitaron su acreditación como Observador Electoral, han cumplido con todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Ley Electoral del Estado, y.

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CONSIDERANDO

PRIMERO: Que esta Comisión Estatal Electoral, es competente para conocer y resolver todas aquellas cuestiones relativas a garantizar el cumplimiento de los principios rectores del proceso electoral, contenidos en los artículos 42, 43 y 45 de la Constitución Política de nuestro Estado; 1, 11, 65, 66, 68, 81 fracciones I y XXXV y demás relativos de la Ley Electoral del Estado. SEGUNDO: Que conforme a la Ley Electoral del Estado, en el año 2003-dos mil tres deberán celebrarse en nuestra entidad los comicios electorales, donde se postularán los candidatos a Gobernador, Diputados al Congreso del Estado, así como los integrantes de las planillas para la renovación de los 51-cincuenta y un Ayuntamientos en el Estado de Nuevo León. TERCERO: Que en los términos de los artículos 11 fracción III y 12 de la Ley Electoral del Estado, la Comisión Estatal Electoral otorgará la acreditación de Observador Electoral a aquellos ciudadanos que satisfagan los requisitos establecidos en el capítulo “De los Observadores Electorales” y que habiendo solicitado la acreditación, cumplieron con la exhibición de la documentación requerida, y además asistieron al curso de preparación e información impartido por la Dirección de Capacitación Electoral, por lo que se propone aprobar las solicitudes presentadas y acreditar a los ciudadanos siguientes, como Observador Electoral, continuando con el número de observador registrado:

NOMBRE ORGANIZACIÓN 114. Blanca Rosa Colina Torres COPARMEX* 115. Elvia Limas Canales COPARMEX* 116. Rosario Lizeth Garza Flores COPARMEX* 117. Diego Ben Akiba Jiménez Rueda COPARMEX* 118. José Reynario Siller Rojas COPARMEX* 119. Francisco Martín Torres Castillo COPARMEX* 120. Chiristian Lizbeth Díaz Pulido COPARMEX* 121. Susana Plancarte Martínez COPARMEX* 122. Tomás González Moreno COPARMEX* 123. Francisco González Sánchez COPARMEX* 124. Romel Gómez Samaniego COPARMEX* 125. Nicolás Borjas Ramírez COPARMEX* 126. Raúl Muñoz Guerra COPARMEX* 127. Alicia López Sánchez CCINLAC** 128. Orlando Tomás Solís Salinas CCINLAC** 129. Juan Ignacio Durán Reza CCINLAC** 130. Hipólito García Chapa CCINLAC** 131. Alicia Cristina Moncayo Garza CCINLAC**

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132. Silvia Enriqueta Pérez Alvarado CCINLAC** 133. Tomás Solís Garza CCINLAC** 134. Eduardo Javier Dávila Treviño CCINLAC** 135. Miguel Álvarez Tostado Villarreal CCINLAC** 136. Jesús Ángel Elizondo González CCINLAC** 137. Joaquín Néstor Pérez Saucedo CCINLAC** 138. Rubén Antonio Martínez Rodríguez CCINLAC** 139. Raúl Jaime Quintero González CCINLAC** 140. Martha Elva Gámez Martínez CCINLAC** 141. Alfredo Díaz Pérez CCINLAC** 142. Rubén Alejandro González Calderón CCINLAC** 143. Alfredo Jaime Rivera Moreno CCINLAC** 144. Nora Idalia Gámez Villalobos CCINLAC** 145. Miguel Alberto Sánchez Hatz CCINLAC** 146. Alfredo Sada Díaz de León CCINLAC**

* Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) ** Consejo Cívico de Instituciones de Nuevo León, A.C. (CCINLAC)

CUARTO: Los ciudadanos acreditados como Observadores Electorales, podrán ejercer las actividades que señala el artículo 11 de la Ley Electoral del Estado, debiéndose expedir las acreditaciones correspondientes y notificándose a los ciudadanos mencionados en el considerado anterior, para los efectos legales a que hubiere lugar. QUINTO: Los Observadores Electorales debidamente acreditados, que hagan uso indebido de su acreditación o no se ajusten a las disposiciones establecidas en el presente Acuerdo, se harán acreedores a las sanciones que al efecto establece el artículo 290 de la Ley Estatal Electoral, independientemente de las establecidas en el artículo 417 fracción XVII del Código Penal del Estado de Nuevo León. SEXTO: Debiéndose publicar el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, para los efectos a que hubiere lugar.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y razonado se resuelve: PRIMERO: En los términos de los artículos 11 y 12 de la Ley Electoral del Estado, se aprueban las solicitudes presentadas y se acreditan como Observadores Electorales del proceso electoral del Estado a celebrarse el 06-seis de julio de 2003-dos mil tres, a los ciudadanos descritos en el Considerando Tercero del presente acuerdo, en consecuencia. SEGUNDO: Los ciudadanos acreditados, podrán ejercer las actividades que señala el artículo 11 de la Ley Electoral del Estado. TERCERO: Expídase las acreditaciones correspondientes, para los efectos legales conducentes.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 16 CUARTO: Los Observadores Electorales debidamente acreditados que hagan uso indebido de su acreditación o no se ajusten a las disposiciones establecidas en el presente acuerdo, se harán acreedores a las sanciones que al efecto establece el artículo 290 de la Ley Estatal Electoral, independientemente de las establecidas en el artículo 417 fracción XVII del Código Penal del Estado de Nuevo León. QUINTO: Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, para los efectos legales a que hubiere lugar. SEXTO: El presente proyecto de acuerdo se propone al Pleno de este organismo para su revisión y aprobación. Hecho lo anterior, se aprueba por unanimidad, firmando para su debida constancia los Comisionados Ciudadanos que integran el quórum de ley de la presente Sesión Ordinaria, Lic. José Roble Flores Fernández, en su carácter de Presidente; Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, en su carácter de Secretario; Q.F.B. Célica Luz Hinojosa Caballero, en su carácter de Primer Vocal; Dr. Pablo Adolfo Longoria Treviño, quien fungió como Segundo Vocal, y Dr. José Gonzalo Mitre Salazar, quien fungió como Tercer Vocal.- Conste. RÚBRICAS

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 17 Monterrey, Nuevo León, a 23-veintitrés de junio de 2003-dos mil tres. Visto para aprobar por el Pleno de este organismo, el dictamen emitido por la Comisión Especial Dictaminadora relativa a la integración y funcionamiento de las 51-cincuenta y un Comisiones Municipales Electorales a instalarse con motivo del proceso electoral a celebrarse en el año 2003-dos mil tres; cuanto más consta, convino y debió verse, y. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

RESULTANDO

PRIMERO: Que en cumplimiento con el artículo 81 fracción XV de la Ley Electoral del Estado, la Comisión Estatal Electoral deberá designar a los integrantes de las Comisiones Municipales Electorales y de las Mesas Auxiliares de Cómputo y removerlos cuando hubiere lugar a ello. SEGUNDO: Para el logro de los objetivos planteados en el resultando anterior, y en ejercicio de sus atribuciones, en fecha 21-veintiuno de octubre de 2002-dos mil dos, el Pleno de la Comisión Estatal Electoral, acordó la integración de la Comisión Especial Dictaminadora, integrada por los Comisionados Ciudadanos Q.F.B. Célica Luz Hinojosa Caballero, Lic. José Roble Flores Fernández, Ing. Juan Francisco Llaguno Farías y como suplente, Dr. José Gonzalo Mitre Salazar; cuyas funciones son las de recibir las propuestas de candidatos, formuladas por la ciudadanía en general, para la integración de las Comisiones Municipales Electorales a instalarse en los 51-cincuenta y un municipios en que se compone el Estado de Nuevo León, además deberá de evaluarlas juntamente con los representantes de los partidos políticos, quienes manifestarán las consideraciones que estimen pertinentes sobre si los candidatos reúnen los requisitos contenidos en el artículo 71 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León; así como proponer al Pleno de la Comisión Estatal Electoral, las remociones y en su caso, las sustituciones de los Comisionados Ciudadanos Municipales, conforme al procedimiento establecido para ello. TERCERO: Con motivo del oficio número CME-GB/38/03de fecha 29-veintinueve de mayo de 2003-dos mil tres, suscrito por los C.C. Rogelio Alanís Alanís, Eleazar González Elizondo, Analí Guajardo González, Graciela García González y Sandra Vallejo, en su carácter de Presidente, Secretario, Vocal, Jefe de Oficina y Secretaria, respectivamente de la Comisión Municipal Electoral de Gral. Bravo, Nuevo León, el cual contiene una notificación dirigida al titular de la Dirección de Organización y Estadística Electoral de la Comisión Estatal Electoral, la cual a letra dice:

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COMISION MUNICIPAL ELECTORAL // GENERAL BRAVO, N.L. // OFICIO CME-GB/38/03 // 27 de mayo del 2003 // ING. JOSE ALBERTO RODRÍGUEZ RAMÍREZ // Director de Organización y Estadística Electoral. // De la Comisión Estatal Electoral. // PRESENTE.- // Por este medio y de la manera mas atenta le notifico que el C. Pedro Rafael Salas Martínez, suplente de esta Comisión Municipal Electoral, insiste en mantener una actitud negativa con la que constantemente entorpece el desarrollo de las actividades de ésta Comisión. // De lo anterior, le comunico que acude a estas instalaciones y que a veces humilla a la jefa de oficina y a la secretaria. De manera muy grosera les solicita copia de todos los comprobantes de gastos que aquí se erogan y de las actas circunstanciadas y documentos despachados y recibidos por ésta Comisión que con anterioridad se han enviado y aceptado. Por otra parte, no quiso firmar la hoja de gastos que se comprobaron en el mes de abril, asimismo, ordena que no se le moleste en su casa, señalando que él vendrá a firmar cuando quiera y le sobre tiempo y determina hasta un plazo de 5 días sin que se le moleste. Además, sus alumnos afirman que los regaña diciéndoles que no saben ni expresarse al igual que los empleados de al Comisión Estatal Electoral y Comisión Municipal Electoral a la Jefa de Oficina y a la Secretaria, les comentó con palabras soesas lo siguiente: No saben el alacrán que se echaron encima”. // Por lo anteriormente expuesto le reiteramos que el C. Pedro R. Salas Martínez, constituye un obstáculo para el adecuado desarrollo de las actividades de ésta Comisión Municipal Electoral y que además infiltra información de ésta Comisión a los miembros del partido a que pertenece y que constantemente se comunica con la dirigente del comité de campaña.- // Notificación del C. Pedro Rafael Salas Martínez, Comisionado Suplente de al Comisión Municipal Electoral de General Bravo, N.L. // Rúbricas.

Dado su contenido fue remitido a la Comisión Especial Dictaminada que conforme al

artículo 78 bis II del Reglamento de la Comisión Estatal Electoral y de la Comisiones Municipales Electorales del Estado de Nuevo León, ordeno a admitir a trámite, y correr el traslado de ley al C. Salas Martínez, así como a los partidos políticos para que manifestaran lo que corresponda a derecho.

CUARTO: Con fecha 11-once de junio de 2003-dos mil tres, compareció el C. Pedro Rafael Salas Martínez, en su carácter de Comisionado Ciudadano Suplente de la Comisión Municipal Electoral de Gral. Bravo, a fin de presentar 2-dos escritos dirigido el primero a la Comisión Especial Dictaminadora y el segundo al Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, Comisionado Ciudadano Secretario de la Comisión Estatal Electoral, para el efecto de dar contestación al procedimiento instaurado en su contra coincidiendo el contenido de ambos escritos, los cuales a la letra dicen:

// PEDRO RAFAEL SALAS MARTÍNEZ, mexicano, mayor de edad, casado, maestro frente a grupo, sin adeudos fiscales y con domicilio convencional para oír y recibir notificaciones, el ubicado en la calle Maclovio Herrera número 3324 de la Colonia Nueva Madero en esta Ciudad, ante Usted con el debido respeto comparezco a exponer. // A las 18:00 horas aproximadamente del día 09 de Junio del año que transcurre, se me notifico por la C. GRACIELA GARCÍA GONZÁLEZ, un instructivo de la Comisión Especial Dictaminadora, de la Comisión Estatal Electoral Nuevo León, en el que se me informa respecto a una queja o solicitud de remoción presentada por los comisionados Presidente, Secretario y Vocal, Jefe de Oficina y Secretaria de la Comisión Municipal de General Bravo, Nuevo León, motivo por el cual con fundamento en el artículo 78 Bis II, del Reglamento de la Comisión Estatal Electoral y de las demás Comisiones Municipales Electorales del Estado de Nuevo León, me permito dar contestación a dicho libelo de queja, defendiendo mis derechos de la siguiente manera: //

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CONTESTACIÓN A LAS MANIFESTACIONES DE QUEJA QUE SE HACEN EN EL OFICIO CME-GB/38/O3 DEL 27 DE MAYO DE 2003. // Es totalmente falso que el suscrito haya tenido y pretenda mantener una actitud negativa con la que pudiera entorpecer el desarrollo de las actividades de la Comisión Municipal Electoral en General Bravo Nuevo León. De igual manera es falso que el suscrito "a veces" haya humillado a la jefa de oficina y a la secretaria de dicha dependencia. De igual manera, es falso que el suscrito de manera grosera haya solicitado copia de todos los comprobantes de gastos que se erogan en la referida comisión y de las actas circunstanciadas y demás documentos que se mencionan, falso que me haya negado a firmar la hoja de gastos que dicen haberse comprobado en el mes de Abril, falso que se les haya expresado que no me molestaran en mi casa (para conocimiento de Ustedes mi domicilio particular), falso que se les haya expresado que el suscrito iría a firmar cuando quisiera y me sobrara tiempo y que haya determinado un plazo de 5 días sin que se me molestara. Así mismo, es totalmente falso que el suscrito haya regañado a mis alumnos (que nada tiene que ver el desarrollo de mi trabajo para la Secretaría de Educación Pública, con relación a las actividades y funciones inherentes a la Comisión Municipal Electoral), diciéndoles supuestamente que no sabían expresarse al igual que los empleados de la Comisión Estatal Electoral y Comisión Municipal Electoral, siendo falso también que el suscrito le haya comentado con palabras soeces ni de ninguna otra forma "no saben el alacrán que echaron encima". Es falso que el compareciente sea un obstáculo para el adecuado desarrollo de las actividades de la Comisión Municipal Electoral y falso que haya infiltrado información de la Comisión al partido que supuestamente pertenezco y falso que tenga comunicación con la dirigente del comité de campaña. // Todo lo expresado en dicho escrito de queja o solicitud de remoción es falso, pues debo aclarar y dejar establecido a esta Comisión Especial Dictaminadora que el suscrito tengo la Profesión de Maestro de Educación Primaria, Secundaria y Normal Superior, que siempre me dirijo con todas las personas de una manera respetuosa y correcta, pues son principios que como persona y maestro he adquirido, por lo que pido se les arroje la carga de la prueba a los inconformes para que demuestren sus falsas afirmaciones, debiendo tomar en cuenta esta Autoridad que no se acompaño ningún elemento de prueba con las que justifiquen los motivos de inconformidad que exponen en su queja, pero lo mas grave para un servidor es el hecho de que quienes se quejan no expresan en que consiste supuestamente mi actitud negativa de entorpecer el desarrollo de las actividades de la Comisión Municipal Electoral en general Bravo Nuevo León, no expresa tampoco la hora, día, lugar y frases de supuesta humillación en contra de la jefa de oficina y secretaria de dicha Comisión, no expresando tampoco el día, hora y lugar en que supuestamente regañe a mis alumnos con las falsas expresiones que se transcriben, con lo cual se me deja en un estado de indefensión, ya que se me priva de dar contestación en forma mas completa a las falsas imputaciones que se hacen a mi persona; y además, debo dejar también claramente establecido que no pertenezco a ningún partido político lo cual hago del conocimiento bajo protesta a decir verdad, y esta afirmación que hacen quienes se quejan deberán acreditarla, por lo cual impugno de falso todo lo manifestado en el escrito al cual doy contestación. No omito mencionar que el suscrito como miembro de la Comisión Municipal Electoral, antes de firmar cualquier acta de dicha dependencia, ya sea recibida o extendida, es mi obligación verificarla pues de lo contrario faltaría a mi función y podría incurrir en alguna responsabilidad, lo cual siempre he manifestado de una manera correcta, pero ello de ninguna manera implica un entorpecimiento al funcionamiento respecto al desarrollo de la Comisión Municipal Electoral, si no por el contrario que ese desarrollo sea de una manera legal y democrático. // Por lo expuesto, a esta Comisión Especial Dictaminadora, le pido: // ÚNICO.- Me tengan con este escrito dando contestación al escrito de queja o solicitud de remisión que presenta los miembros de la Comisión Municipal Electoral de General bravo Nuevo León y defendiendo mis derechos en los términos que ya lo deje expuesto en el texto de este libelo. En su oportunidad se declare improcedente la queja o solicitud de remoción presentada indebidamente en mi contra y se apliquen en contra de los inconformes las sanciones que les pudieran corresponder. Autorizo para oír y recibir notificaciones e imponerse de los autos a los Señores Licenciados Elivorio Rodríguez González, Ricardo Ruiz Gaspar, Elizabeth Rentería Revilla y Reyna Leticia Castro Ávalos. // PROTESTO LO NECESARIO // Monterrey, Nuevo León a 11 de Junio de 2003 // Rúbricas.-------------------------------------------------------------

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En virtud de lo anterior, esta Comisión Especial Dictaminadora procede a la formulación de los razonamientos siguientes:

CONSIDERANDO PRIMERO: Que de acuerdo con el artículo 68 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León, la Comisión Estatal Electoral, es un organismo público de carácter permanente, independiente en sus decisiones y autónomo en su funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya integración fue aprobada por el H. Congreso del Estado, en fecha 26-veintiséis de diciembre de 2001-dos mil uno. SEGUNDO: Que la Comisión Estatal Electoral tiene entre otros fines contribuir al desarrollo de la vida democrática y al fortalecimiento del sistema de partidos políticos, garantizando el cumplimiento de los principios rectores del proceso electoral; de igual manera, asegurar que los actos y resoluciones electorales de su competencia se sujeten al principio de legalidad; asimismo, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio y coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura democrática; así como la preparación, dirección, organización y vigilancia de los procesos electorales, de conformidad con los artículos 66 fracciones I, IV, V y VI y 68 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León. TERCERO: Que al crearse por este organismo electoral, la Comisión Especial Dictaminadora que conoce sobre la integración y funcionamiento de las 51-cincuenta y un Comisiones Municipales Electorales a instalarse con motivo del proceso electoral a celebrarse en el año 2003-dos mil tres, se le asignan entre otras, las facultades y obligaciones de proponer al Pleno de la Comisión Estatal Electoral, las remociones y en su caso las sustituciones de los Comisionados Ciudadanos Municipales, conforme al procedimiento establecido para ello en los artículos 78 bis I a 78 bis V del Reglamento de la Comisión Estatal Electoral y de la Comisiones Municipales Electorales del Estado de Nuevo León, en consecuencia. CUARTO: Ahora bien, los integrantes de la Comisión Especial Dictaminadora, consideran conforme a las constancias existentes que obran en el sumario que nos ocupa, así como las existentes en los archivos de esta Comisión Estatal Electoral relacionas con la Comisión Municipal Electoral de Gral. Bravo, Nuevo León, encontrando las siguientes constancias que se describen a continuación: En primer término encontramos con motivo de la renuncia del C. Gilberto Cavazos Escamilla, al cargo de Comisionado Ciudadano Presidente de la Comisión Municipal Electoral de Gral. Bravo, Nuevo León, que esta Comisión Especial Dictaminadora propuso al Pleno de este organismo electoral en fecha 11-once de abril de 2003-dos mil tres, de la reserva integrada para tal efecto la designación como suplente, del C. Pedro Rafael Salas

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 21 Martínez, y una vez aprobada la designación, rindió su protesta de ley, y se incorporó a la Comisión Municipal Electoral. En fecha 1º-primero de mayo de 2003-dos mil tres, obra oficio número CME-GB/02/03, de fecha 1º-primero de mayo de 2003-dos mil tres, dirigido al titular de la Dirección de Organización y Estadística Electoral, Ing. José Alberto Rodríguez Ramírez, donde se le hace de su conocimiento, la actitud que ha tomado el Comisionado Suplente, Pedro Rafael Salas Martínez, insistiendo en mantener una actitud negativa para trabajar en equipo y con un constante deseo de entorpecer el desarrollo de las actividades en general. En fecha 3-tres de mayo de 2003-dos mil tres, se recibió comunicación por parte de la C. Martha Calderón Cantú, en su carácter de ex-coordinadora de campaña en el proceso interno del PRI, donde refiere que el C. Profesor Pedro Salas Martínez, se desempeñó como Secretario de la casilla número 418, en el barrio norte de este municipio (Gral. Bravo) en la elección interna del Partido Revolucionario Institucional del pasado 9-nueve de febrero del presente año, y actualmente desempeña el cargo de suplente en la Comisión Municipal Electoral. A fin de conocer las razones y motivos del Comisionado Suplente Salas Martínez, en fecha 9-nueve de mayo de 2003-dos mil tres, este organismo electoral, llevó a cabo una comunicación vía telefónica con el C. Pedro Salas Martínez, por conducto del área operativa legal de la Dirección de Organización y Estadística Electoral, en la que el Lic. Bruno Refugio Carrillo Medina, al hacerle del conocimiento de los 2-dos oficios mencionados en párrafos precedentes, manifestó en primer término con relación al trabajo que el creía que no estaba tomando una mala actitud, ya que era necesario hacer las actividades de una manera mas formal, que por esa razón solicitaba la documentación en mención, pero que de ninguna manera en forma grosera, manifestando además que no fue secretario de casilla, que iba a ser, pero que su documentación no llegó, razón por la cual no realizó dicha actividad en el proceso interno; al concluir la llamada y al estarse elaborando el acta circunstancia con motivo de la platica sostenida, se recibió una llamada telefónica por parte de la Presidente del Comité Municipal de Partido Revolucionario Institucional en Gral. Bravo, Nuevo León, motivada por una comunicación realizada con el Comisionado Suplente Salas Martínez, comentándole al respecto: que le parecía injusto el hecho de que la Comisión Estatal Electoral no valorara el trabajo realizado por el C. Pedro Salas Martínez en la Comisión Municipal, expresándole que ella lo conocía bien porque era compañera de trabajo en alguna escuela y que en efecto, él iba a ser secretario de la casilla 418 en el barrio norte de Gral. Bravo, pero que no llegó a desempeñar dicha función en las pasadas elecciones internas, ya que la documentación correspondiente nunca llegó o algo similar, diciéndole que la llamada era solamente de trabajo, concluyendo la llamada expresándole que por el momento las cosas permanecían en el mismo estado y que el seguimiento a dicho asunto únicamente deberá de ser tratado por las partes en conflicto; circunstancia la anterior que se hizo constar en el acta de fecha 9-nueve de mayo de 2003-dos mil tres. Finalmente encontramos la comunicación realizada en fecha 29-veintinueve de mayo de 2003-dos mil tres, por parte de los C.C. Rogelio Alanís Alanís, Eleazar González Elizondo, Analí Guajardo González, Graciela García González y Sandra Vallejo, en su carácter de

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 22 Presidente, Secretario, Vocal, Jefe de Oficina y Secretaria, respectivamente de la Comisión Municipal Electoral de Gral. Bravo, Nuevo León, misma que diera motivo al presente procedimiento por parte de esta Comisión Especial, donde entre otras cosas reiteraron que el Comisionado Salas Martínez, insiste en mantener una actitud negativa con la que constantemente entorpece el desarrollo de las actividades de esa Comisión, solicitando en forma grosera copia de todos los comprobantes de gastos que aquí se erogan y de las actas circunstanciadas, así como documentos despachados y recibidos por esa Comisión que con anterioridad se han enviado y aceptado, negándose a firmar la hoja de gastos de comprobantes del mes de abril, ordenando que no se le moleste en su casa, señalando que él vendrá a firmar cuando quiera y le sobre tiempo y determina hasta un plazo de 5 días sin que se le moleste, comentándole a la Jefa de Oficina y a la Secretaria, con palabras soeces lo siguiente: “No saben el alacrán que se echaron encima”, lo cual constituye un obstáculo para el adecuado desarrollo de las actividades de esa Comisión Municipal Electoral y que además infiltra información de esa Comisión a los miembros del partido a que pertenece y que constantemente se comunica con la dirigente del comité de campaña. Elementos de prueba los anteriores consistentes en documentales públicas que tienen valor probatorio pleno conforme a lo establecido por los artículos 262 fracción I, 262 bis fracción I y 267 segundo párrafo de la Ley Electoral del Estado, que producen en el ánimo de los miembros de esta Comisión Especial Dictaminadora, que efectivamente la conducta desplegada por el Comisionado Ciudadano Suplente de la Comisión Municipal Electoral de Gral. Bravo, el C. Pedro Salas Martínez, motiva una causa grave y suficiente para la remoción del C. Salas Martínez de su encargo, tomando en cuenta para ello las siguientes consideraciones: Es de observarse que conforme a lo preceptuado en el Capítulo Tercero del Título Tercero, las Comisiones Municipales Electorales son los organismos que, bajo la dependencia de la Comisión Estatal Electoral, ejercen en los municipios las funciones de preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral, las decisiones se tomarán con el voto de la mayoría de sus integrantes, implicando además la obligación para el Comisionado Suplente quien deberá de concurrir a todas las sesiones, a fin de que se entere de las resoluciones y acuerdos tomados, actividades las anteriores que deben de desarrollar los Comisionados dentro de un ámbito de trabajo armonioso, en razón a las acciones en que se ven involucrados los principios rectores de todo proceso electoral, los cuales en ocasiones debido a las presiones propias del trabajo se vean afectados, sin embargo, el tolerar actitudes y conductas como la que el Comisionado Salas Martínez despliega en contra del resto de los miembros de la Comisión, al dirigirse en sus solicitudes en forma grosera, humillando a la secretaria y jefe de oficina, sin existir motivo alguno, denotando actitudes negativas de compañerismo para desarrollar la función electoral, lo que traduce el lugar de trabajo, en un lugar hostil; por otra parte, es de observarse que el Comisionado Salas Martínez, como lo expresan los miembros de la Comisión Municipal lleva una constante comunicación con la dirigente del comité de campaña, circunstancia la anterior que queda corroborada, al hacerle de su conocimiento el presente procedimiento y la existencia de los documentos presentados con respecto de su persona, admitiendo en forma tácita pertenecer o ser simpatizante de un partido político, siendo en este caso, el Revolucionario Institucional, toda vez que, él mismo

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 23 expresó “que por motivo de que no llegó su acreditación, no pudo ser secretario en la casilla 418 ubicada en el barrio norte de Gral. Bravo”; por lo que a juicio de esta Comisión Especial, se considera que en su función puede verse comprometida su imparcialidad, más aún que dicha circunstancia se encuentra robustecida con la llamada telefónica de la C. Odelia Rodríguez Cantú, quien refirió ser la Presidente del Comité Directivo Municipal del Partido Revolucionario Institucional, en el municipio de Gral. Bravo, quien confirmó que él iba a ser secretario de la casilla 418 en el barrio norte de Gral. Bravo, pero que no llegó a desempeñar dicha función en las pasadas elecciones internas, ya que la documentación correspondiente nunca llegó o algo similar, según se desprende del acta circunstanciada de fecha 9-nueve de mayo pasado. No siendo de tomarse en cuenta las argumentaciones de defensa hechas valer por el Comisionado Salas Martínez, toda vez que, las circunstancias de modo, tiempo y lugar a que aduce, se corroboran de sobremanera por lo expresado en párrafos anteriores; además de que a juicio de esta Comisión Especial la causa grave para su remoción, lo constituye la manifestación reiterada por parte de los integrantes de la Comisión Municipal Electoral, en el sentido de que el C. Pedro Salas Martínez mantiene una actitud negativa para trabajar en equipo, y dada la cercanía de la jornada electoral, es indispensable la disposición y concentración en los trabajos electorales, por parte de todos los integrantes del organismo municipal electoral; por ende, son válidos los argumentos esgrimidos por los miembros de la Comisión Municipal Electoral de Gral. Bravo, tomando en consideración para ello lo previsto por el artículo 72 parte final del primer párrafo de la Ley Electoral del Estado, que contempla la remoción de los Comisionados a solicitud de la propia Comisión, en consecuencia aplicando por analogía dicho principio que se encuentra plasmado en los artículos 78 bis I al 78 bis V del Reglamento de la Comisión Estatal Electoral y de la Comisiones Municipales Electorales del Estado de Nuevo León, en relación al artículo 81 fracción XV de la Ley Electoral del Estado, en tal virtud esta Comisión Especial, arriba a la conclusión de proponer al Pleno la remoción del Comisionado Suplente, C. Pedro Salas Martínez, sustituyéndolo con la lista de reserva que se tiene para dicho efecto, proponiendo al C. José Antonio Hernández Miranda, para la nueva integración de la Comisión Municipal Electoral de Gral. Bravo, Nuevo León, como suplente; por lo que la nueva conformación queda en los términos siguientes:

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 24 Gral. Bravo Presidente: Rogelio Alanís Alanís Secretario: Eleazar González Elizondo Vocal: Analí Guajardo González Suplente: José Antonio Hernández Miranda

Por lo anteriormente expuesto, fundado y razonado, es de resolverse y se resuelve: PRIMERO: Se declara procedente la petición formulada por los integrantes de la Comisión Municipal de Gral. Bravo, Nuevo León, relativa a la remoción del C. Pedro Salas Martínez, como Comisionado Ciudadano Municipal Suplente de Gral. Bravo, Nuevo León, así como la nueva integración de la Comisión Municipal Electoral de Gral. Bravo, Nuevo León; propuesta por la Comisión Especial Dictaminadora, por las razones y en los términos descritos en el considerando cuarto de la presente resolución. SEGUNDO: Notifíquese a las partes dentro del término de Ley el presente acuerdo, así como a los partidos políticos acreditados, para los efectos legales a que haya lugar. TERCERO: El presente acuerdo se propone por parte de la Comisión Especial Dictaminadora que conoce sobre la integración y funcionamiento de las 51-cincuenta y un Comisiones Municipales Electorales, por conducto de la Comisionada Ciudadana Q.F.B Célica Luz Hinojosa Caballero, al Pleno de este organismo para su revisión y aprobación en su caso. En virtud de lo anterior, se aprueba por unanimidad, firmando para su debida constancia los Comisionados Ciudadanos que integran el quórum de ley de la presente Sesión Extraordinaria, Lic. José Roble Flores Fernández, en su carácter de Presidente; Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, en su carácter de Secretario; Q.F.B. Célica Luz Hinojosa Caballero, en su carácter de Primer Vocal; Dr. Pablo Adolfo Longoria Treviño, quien fungió con el carácter de Segundo Vocal y el Dr. José Gonzalo Mitre Salazar, quien fungió como Tercer Vocal.- Conste.-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - RÚBRICAS

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PLAN MUNICIPAL DE ORDENAMIENTO

TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO ITURBIDE, NUEVO LEÓN 2000-2020

R. Ayuntamiento de Iturbide 1997 – 2000

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PLAN MUNICIPAL DE ORDENAMIENTO

TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO ITURBIDE, NUEVO LEÓN 2000-2020

R. Ayuntamiento de Iturbide 1997 – 2000

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Contenido Pág. INTRODUCCIÓN ................................................................................................... 1I. NIVEL ANTECEDENTES ................................................................................... 3

1. Bases Jurídicas 2. Delimitación Municipal ................................................................................ 53. Definición de los Objetivos y Alcances del Plan por Realizar ...................... 64. Diagnóstico del Municipio y del Centro de Población ................................ 8

4.1. Análisis del Medio Físico Natural 4.1.1. Ubicación 4.1.2. Clima 4.1.3. Topografía .................................................................................... 94.1.4. Geología 4.1.5. Edafología .................................................................................... 104.1.6. Hidrología .................................................................................... 124.1.7. Vegetación y Usos del Suelo ....................................................... 134.1.8. Síntesis del Medio Físico Natural ............................................... 194.1.9. Riesgos y Vulnerabilidad ............................................................ 21

4.2. Marco Socioeconómico ......................................................................... 244.2.1. Evolución de Población y Distribución de los Asentamientos Humanos

4.3. Perfil Sociodemográfico ......................................................................... 264.3.1. Estructura de la Población por

por Grupo de Edad 4.3.2. Educación .................................................................................... 274.3.3. Disponibilidad de Servicios .......................................................... 284.3.4. Distribución de la Población por Actividad Económica, Empleo, Desempleo Abierto y Encubierto y Niveles de Ingreso ........... 304.3.5. La Base Económica ..................................................................... 334.3.6. Proyecciones de la Población ..................................................... 37

4.4. Infraestructura y Servicios .................................................................... 404.4.1. Agua, Drenaje y Saneamiento 4.4.2. Energía Eléctrica ......................................................................... 41

4.5. Equipamiento 4.6. Comunicaciones y Transportes ............................................................ 454.7. Diagnóstico y Pronóstico Integrado ................................................... 46

4.7.1. De Municipio .............................................................................. 474.7.2. De Centro de Población

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II. NIVEL NORMATIVO .......................................................................................... 49

1. Objetivos 1.1. De Centro de Población 1.2. Municipales

2. Horizontes de Planeación 2.1. Municipales

3. Normas y Criterios de Desarrollo Urbano ................................................... 503.1. Municipales

3.1.1. Usos del Suelo Interurbano 3.1.2. Infraestructura Interurbana ......................................................... 543.1.3. Vialidad Interurbana .................................................................... 573.1.4. Transporte Interurbano ............................................................. 593.1.5. Equipamiento Interurbano 3.1.6. Control Ambiental

III. NIVEL ESTRATÉGICO ...................................................................................... 611. Área Normativa del Plan 2. Estrategia de Ordenamiento Territorial Municipal

2.1. Política de Ordenamiento 2.2. Política de Crecimiento ....................................................................... 622.3. Política de Mejoramiento .................................................................... 2.4. Política de Conservación 632.5. El Marco Socioeconómico

2.5.1. Educación .................................................................................. 642.5.2. Salud .......................................................................................... 652.5.3. Vivienda y Servicios ................................................................... 66 2.5.4. Empleo ....................................................................................... 67

2.6. Estructura Territorial (Urbana – Rural) .............................................. 682.7. Estructura Propuesta de Ordenamiento Territorial ........................ 692.8. Sistemas de Localidades .................................................................... 702.9. Centros de Población Prioritarios ...................................................... 722.10. Usos y Destinos del Suelo Interurbano 2.11. Infraestructura Interurbana ................................................................ 772.12. Vialidad Interurbana 2.13. Transporte Interurbano

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2.14. Equipamiento Interurbano 783. Etapas de Desarrollo .................................................................................... 79

3.1. Ordenamiento Territorial Municipal ..................................................... 81 IV. NIVEL PROGRAMÁTICO DE CORRESPONSABILIDAD ................................. 85

1. Programas y Proyectos municipales 1.1. De Promoción de Actividades Económicas 1.2. De Sistemas de Enlace Interurbano 1.3. De Equipamiento y Servicios Rurales .................................................. 861.4. De Aprovechamiento, Conservación, Desarrollo

y Regeneración de Recursos Naturales ................................................ 87

1.5. De Dotación de Infraestructura 1.6. De Centros de Población Estratégicos 881.7. De Desarrollo Agropecuario

1.8. De Marco Socioeconómico ................................................................... 89V. NIVEL INSTRUMENTAL .................................................................................... 92

1. Instrumentos Jurídicos 1.1. Disposiciones Legales .......................................................................... 931.2. Permisos ................................................................................................ 1.3. Inspecciones y Controles ...................................................................... 941.4. Leyes y Reglamentos ............................................................................ 951.5. Decretos de Aprobación, Publicación y Registro del Plan

2. Instrumentos de Operación Administrativa del Plan .................................. 972.1. Catastro Municipal 2.2. Dirección de Planeación Urbana Municipal ........................................ 982.3. Registro Público de la Propiedad ......................................................... 992.4. Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas

VII. PLANOS ......................................................................................................... 100Créditos .................................................................................................... 127

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Lista de Cuadros Pág. Cuadro 1: Resumen de Pendientes ........................................................ 9 Cuadro 2: Uso del Suelo, Superficie y Porcentaje ................................... 15Cuadro 3: Año, Predio, Uso Actual, Superficie Total y Solicitada para

Cambio de Uso del Suelo. Período 1988 – 2000 ..................... 18

Cuadro 4: Evaluación de la Población 1950 – 2000 ................................ 24Cuadro 5: Integración Territorial 1995 ................................................... 25Cuadro 6: Principales Localidades según el Tamaño

de la Población 1995 ............................................................. 25

Cuadro 7: Principales Características de la Población por Grupo de Edad ................................................................

27

Cuadro 8: Capacidad de Leer y Escribir e Índice de Alfabetización 1995 ...........................................................

28

Cuadro 9: Vivienda y Servicios 1995 ..................................................... 29Cuadro 10: Distribución de la Población Ocupada

por Sector de Actividad 1990 ................................................. 31

Cuadro 11: Empleo e Ingreso .................................................................... 32Cuadro 12: Unidades de Producción Rurales y Superficies

según Municipio ..................................................................... 34

Cuadro 13A: Unidades de Producción Rurales con Actividades de Cría y Explotación de Animales .........................................

35

Cuadro 13B: Existencia de Cabezas de Ganado y Participación Respecto al Estado .................................................................

35

Cuadro 14: Participación de la Actividad Económica Industrial Extractiva Manufacturas, Comercio y Servicios 1994 .............................

36

Cuadro 15: Proyecciones de la Población 2000 - 2020 ............................ 39Cuadro 16: Estimación de la Demanda de Agua Potable ......................... 41Cuadro 17: Equipamiento Escolar 1998 ................................................... 42Cuadro 18: Equipamiento Escolar e Inscripciones según Localidad 1998 .. 43Cuadro 19: Equipamiento de Salud ........................................................... 44Cuadro 20: Localidad, Población 1995 y Equipamiento Actual ................. 44Cuadro 21: Longitud en Kilómetros de la Red Carretera por Tipo de Camino

y Estado Superficial según Municipio ........................ 45

Cuadro 22: Nombre y Longitud en Kilómetros de los Caminos de Terracería 1998 ........................................

46

Cuadro 23: Estimación de Demandas de Equipamiento Urbano ................ 48

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Cuadro 24: Distancia de Aislamiento para las Instalaciones de Almacenamiento, Recibo y/ó Distribución de Energético .......

53

Cuadro 25: Dotación de Litros de Agua Potable por Habitante al Día ....... 55Cuadro 26: Normas Básicas de la Estructura Vial ..................................... 58Cuadro 27: Sistema Normativo de Equipamiento Urbano ......................... 60Cuadro 28: Clasificación de Áreas de Zonificación Primaria .................... 69Cuadro 29: Sistema de Localidades .......................................................... 71Cuadro 30: Clasificación de Usos del Suelo por Zonas ............................. 73Cuadro 31: Matriz de Compatibilidad de Usos y Destinos del Suelo ......... 76Cuadro 32: Centros SERUC tipo de Servicio, Población Actual

y Equipamiento Actual ............................................................ 79

Cuadro 33: Centros SERUC tipo de Servicios y Equipo Propuesto ............ 79Cuadro 34.1: Resumen por Etapa, Atributo, Impacto

y Medidas de Mitigación ......................................................... 83

Cuadro 34.2: Resumen por Etapa, Atributo, Impacto y Medidas de Mitigación .........................................................

84

Lista de Gráficas Gráfica 1: Estructura de la población por Grupo de Edad ........................ 26Gráfica 2: Unidades de Producción Rurales Sin derechos

Sobre la Tierra y Tenecia de la Tierra .....................................

34

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Lista de Planos Pág.Plano 1: División Geoestadística Municipal ......................................... 101 Plano 2: Climas ................................................................................... 102 Plano 3: Temperaturas Medias Anuales ............................................... 103 Plano 4: Precipitación Total Anual ........................................................ 104 Plano 5: Fisiografía .............................................................................. 105 Plano 6: Topografía ............................................................................. 106 Plano 7: Geología ................................................................................ 107 Plano 7ª: Símbolos Geológicos ............................................................. 108 Plano 8: Edafología .............................................................................. 109 Plano 9: Cuencas Hidrológicas ............................................................ 110 Plano 10: Corrientes y Cuerpos de Agua ................................................ 111 Plano 11: Sistema de Carreteras y Caminos .......................................... 112 Plano 12: Vegetación y Uso de Suelo ..................................................... 113 Plano 13: El Municipio y Sus Localidades .............................................. 114 Plano 14: Uso Potencial Pecuario .......................................................... 115 Plano 15: Uso Potencial Agrícola ........................................................... 116 Plano 16: Aprovechamiento Forestal ..................................................... 117 Plano 17: Equipamiento Educativo y de Salud ....................................... 118 Plano 18: Áreas de Interés para Conservación Ecológica ....................... 119 Plano 19: Esquema de un Plan Vial ....................................................... 120 Plano 20: Carretera de Enlaces Turísticos ............................................. 121 Plano 21: Vialidad Propuesta ................................................................ 122 Plano 22: Centros SERUC Propuestos ................................................... 123 Plano 23: Sistema de Localidades Intermunicipales .............................. 124 Plano 24: Carta Síntesis ........................................................................ 125 Plano 25: Reverso de Carta Síntesis ...................................................... 126

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INTRODUCCIÓN El Plan Municipal de Iturbide, Nuevo León, se inscribe en el Sistema Estatal de Planeación del Desarrollo Urbano, y es congruente con las políticas, metas, estrategias y lineamientos establecidos en el Programa Nacional de Desarrollo Urbano 1995-2000 y en el Plan Estatal de Desarrollo Urbano Nuevo León 2020. En los términos del Artículo 87 de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, tiene por objeto el ordenamiento, conservación, mejoramiento, crecimiento y regulación de los asentamientos humanos en el territorio del municipio. Su objetivo fundamental es coadyuvar a mejorar el nivel y calidad de vida de la población, en un contexto de desarrollo equilibrado, normado por criterios de equidad, sustentabilidad, respeto al patrón de asentamientos humanos y preservación del patrimonio cultural. El Plan Municipal de Iturbide parte del análisis del medio natural y del perfil socio-demográfico y económico de la población. Iturbide se localiza en la Subregión Sur del Estado. Esta subregión conformada por 7 municipios: Galeana, Doctor Arroyo, Aramberri, Mier y Noriega, General Zaragoza, Rayones e Iturbide, se caracteriza por presentar los niveles de vida más bajos del Estado. El Municipio de Iturbide cuenta con una población menor a los cinco mil habitantes y se encuentra en un proceso de disminución gradual de su población, con menos de dos mil habitantes en la cabecera municipal y el resto más del 86 %, disperso en 54 pequeñas localidades. El municipio presenta problemas de comunicación, infraestructura e insuficiencia de equipamientos y servicios. Asimismo, existen escasas oportunidades de empleo y de acceso a niveles superiores de educación, lo cual explica el éxodo de la población. La economía de Iturbide se basa en la agricultura, la ganadería y la explotación de sus recursos forestales. Las manufacturas, el comercio y los servicios están poco desarrollados. Entre las restricciones más fuertes que limitan su crecimiento se cuentan la escasa base poblacional, el bajo nivel de capacitación de sus recursos humanos, la informalidad en los mercados laborales que dificulta la adaptación de la población a los horarios y disciplina, que prevalecen en el sector formal de la economía; la dificultad de accesos por vía terrestre, y la desarticulación entre las localidades del municipio y con el resto del Estado. La disminución gradual de la población sugiere aplicar políticas de arraigo, entre las que se propone el fortalecimiento de la cabecera municipal con infraestructura, servicios y equipamientos, tanto escolares como de salud. con ello podría fungir como polo de atracción demográfica del propio municipio, y a la vez reducir la dispersión que se observa actualmente.

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Se recomienda dar especial atención a la inversión en recursos humanos: educación, salud, servicios y vivienda; con el fin de acelerar el proceso de desarrollo económico y social de la población. La visión al futuro destaca el potencial turístico que ofrece la belleza del paisaje de montaña y bosques, el clima agradable, su suelo apto para la práctica de la agricultura, la ganadería y la explotación silvícola y forestal. Asimismo, se señala la posibilidad de desarrollar la micro y pequeña industria, en ramas específicas relacionadas con la explotación de sus recursos naturales, como son el procesamiento y conservación de la manzana y los productos cárnicos; y la fabricación de productos de madera. De acuerdo a lo previsto en la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, el Plan se somete a la consulta pública y democrática, a efecto de recoger las aspiraciones, demandas y propuestas de la población, las cuales al término del período de consulta serán incorporadas a este documento.

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I. NIVEL ANTECEDENTES 1. Bases Jurídicas

El Plan de Desarrollo Urbano del Municipio de Iturbide, Nuevo León, se fundamenta en lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 27, Párrafo Tercero; 73 Fracción XXIX-C y 115 Fracción V, de acuerdo a los cuales: “La Nación se reserva el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público; tomar las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; y preservar y restaurar el equilibrio ecológico;” Prescribe... “la concurrencia del Gobierno Federal, de los Estados y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias en materia de asentamientos humanos”. Y otorga a “los municipios la facultad, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal”. Estas disposiciones son refrendadas por la Constitución Política del Estado de Nuevo León, en los Artículos 23, Párrafos Cuarto, Sexto, Séptimo y Octavo; 28 y 131, Fracción III; y reglamentadas por las siguientes leyes. Federales: Ley General de Asentamientos Humanos, Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 12 Fracción IV; 15, 16, 17, 18, 19, 27, 28, 31, 32, 35, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 51, 53, 54, 55, 56, 57 y 60; Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, Artículos 1, 2, 3, 4, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 19, 19 bis, 20 bis 4; Ley Agraria, Artículos 1, 2, 8, 9, 10, 82, 87,88 y 89; y Ley Forestal, Artículos 1, 2, 3, 5, 7 y 40.

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Estatales: Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, inciso B, Fracciones I y II; 10, Fracciones XII, XIII, XIV, XVII, XVIII; 11, Fracciones I, II, III, IV, VI, VII, VIII, X, XI, XV, XXIII y XXIX; 13, 32, 33, 34, 35, 36, Fracción IV; 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 46, 47, 48, 52, 87, 88, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 123, 123, 125, 126, 128, 134, 143, 144, 145, 146, 176, 188, 189, 190, 192, 208, 209, 210, 211, 265, Tercero y Cuarto Transitorios. Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente del Estado de Nuevo León, Artículos 1, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 12, 15, 16, 17, 18, 19, 30, 21, 22, 23, 24, 31, 34, 35, 36, 37, 42, 43, 45, 46, 66, 67, 75, 83, 85, 86, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 106, 107, 109, 112, 113, 114, 120 y el Tercero Transitorio; Ley de la Administración Pública del Estado de Nuevo León, Artículos 1, 2, 4, 14, 15 y 22. Municipales: Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal, Artículos 1, 2, 4, 10 y 26 Inciso a, Fracciones I, II, IV, IX y XII; 70, 122, 123 y 165. El fin último de las leyes es mejorar el nivel y calidad de vida de la población urbana y rural, en un contexto de desarrollo regional y urbano equilibrado, normado por criterios de equidad, sustentabilidad, respeto al patrón de asentamientos humanos y preservación del patrimonio cultural. Las leyes otorgan especial énfasis a contar con una zonificación adecuada, la dotación suficiente y oportuna de infraestructura; a prevenir, atender y controlar riesgos y contingencias ambientales; y a ordenar el aprovechamiento de la propiedad inmobiliaria. Asimismo establecen las modalidades en que deben darse la concurrencia y participación de los tres órdenes de gobierno en relación constante con los diversos actores sociales; la congruencia que debe guardar el Plan Municipal de Desarrollo Urbano con otros documentos de planeación federales y estatales; con las atribuciones del municipio en la planeación del desarrollo regional y urbano; y con su instrumentación y participación ciudadana, como fuerza impulsora del desarrollo.

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2. Delimitación Municipal

El Municipio de Iturbide, Nuevo León, se ubica en la Subregión Sur del Estado de Nuevo León. Sus colindancias son: Al norte con los Municipios de Rayones, Galeana y Linares; al sur con el Municipio de Aramberri; al este con los Municipios de Linares, Aramberri y el Estado de Tamaulipas; y al oeste con el Municipio de Galeana. Iturbide abarca un área de 700.061 km2, que equivalen al 1.09% de la superficie estatal. De acuerdo a los datos preliminares del XII Censo General de Población y Vivienda, en el mes de febrero del 2000 se contaba con 3,464 habitantes, que representan el 1.51% de la población del Estado de Nuevo León, con una densidad de 5 habitantes por km2. Ver Plano 1: Iturbide, División Geoestadística Municipal.

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3. Definición de los Objetivos y Alcances del Plan Objetivo General del Plan

Formular un instrumento jurídico que de acuerdo con el Artículo 87 de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano, permita llevar a cabo el ordenamiento, conservación, mejoramiento, crecimiento y regulación de los asentamientos humanos en el territorio del Municipio de Iturbide, a fin de elevar la calidad de vida de la población, mediante el fomento y generación de empleos. Además se pretende identificar las áreas de oportunidad que tiene el municipio en cuanto a su ubicación, infraestructura instalada, suelo con potencial para el desarrollo urbano y agropecuario; así como las acciones que se deberán llevar a cabo para el aprovechamiento de esas áreas de oportunidad.

Alcances del Plan

El documento en términos de planeación busca cubrir la totalidad del territorio municipal a fin de plantear una estrategia integral que atienda a toda la población; y con un enfoque intermunicipal, aprovechar la interacción natural de Iturbide con los municipios colindantes. La estructura temática del plan se basa en los alcances específicos contenidos en la legislación estatal de la materia, mediante cinco niveles de planeación: Antecedentes, Normativo, Estratégico, Programático y de Corresponsabilidad; e Instrumental. En el Nivel Antecedentes se lleva a cabo un diagnóstico y se determina la problemática de los asentamientos humanos, las condiciones de todo el territorio municipal, y se establece un diagnóstico y pronóstico integrado para determinar las estrategias a realizar. En el Nivel Normativo se definen los objetivos de desarrollo urbano para los centros de población, de acuerdo a sus características físicas, recursos naturales, disponibilidad de infraestructura y potencialidad de desarrollo; así como los parámetros y la normatividad para el ordenamiento territorial del municipio. En el Nivel Estratégico se definen las políticas para el ordenamiento territorial, una estructura territorial y un sistema de localidades, con el objeto de definir las localidades en las que deberán concentrarse los equipamientos de orden comunitario que habrán de servir a la población, así como la forma en que habrán de cubrir el déficit de infraestructura que presenta el municipio actualmente. Como parte de las estrategias se definen las etapas de desarrollo urbano que orienten los programas y acciones municipales, así como los proyectos estratégicos que comprenden obras de infraestructura y equipamiento urbano en el marco de un sistema de localidades de acuerdo a su cantidad de población, el cuál tiene como propósito integrar territorialmente al municipio. En el Nivel Programático y de Corresponsabilidad Sectorial se describen los siete programas que permitirán impulsar el desarrollo urbano y económico, mediante proyectos municipales y acciones de gobierno, para ser ejecutadas por el municipio directamente, en coordinación con el Estado y la Federación, o mediante concertación con particulares y otros agentes involucrados en su implementación.

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El Nivel Instrumental señala los instrumentos de carácter legal y administrativo con que se deberá operar el plan, así como el proceso a seguir para su validez jurídica a fin de que cumpla con su misión de orientar el crecimiento urbano municipal.

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4. Diagnóstico del Municipio y del Centro de Población 4.1. Análisis del Medio Físico Natural

4.1.1. Ubicación Las coordenadas geográficas en las que se encuadra el Municipio de Iturbide son:

24°23’20” de Latitud Norte 99°47’00” de Longitud Oeste24°50’45” de Latitud Norte 99°58’30” de Longitud Oeste24°53’28” de Latitud Norte 99°47’00” de Longitud Oeste24°25’00” de Latitud Norte 99°41’30” de Longitud Oeste

Las coordenadas geográficas y ubicación de la cabecera municipal son1: Latitud Norte: 24°43’; Longitud Oeste: 99°54’ y su altitud es de 1460 msnm. 4.1.2. Clima Los principales tipos climáticos dentro del Municipio de Iturbide son2: Grupo de climas templados C, con subgrupos de climas semicálidos (A)C, tipos semicálidos subhúmedos con lluvias en verano, agrupa los subtipos menos húmedos de los semicálidos subhúmedos, porcentaje de lluvia invernal entre 5 y 10.2. Representado por la fórmula climática (A)C (Wo), se localiza en una franja de norte a sur al este del municipio. Subgrupos de climas templados C, tipos templados subhúmedos con lluvias en verano, agrupa los subtipos menos húmedos de los templados subhúmedos, porcentaje de precipitación invernal entre 5 y 10.2. Representado por la fórmula climática C (Wo) y se localiza al norte y sur del municipio. Grupo de climas secos B, tipos de climas semisecos BS1, subtipos semisecos semicálidos, con lluvias en verano, porcentaje de precipitación invernal entre 5 y 10.2, invierno fresco. Representado por la fórmula climática BS1hw y localizado al este y sur del municipio. La temperatura media anual en el municipio es de 17.5°C, la más fría es de 16.2°C, y la más alta observada es de 18.6°C. La isoterma en el municipio se presenta de 18oC a 20oC con predominancia de 20°C. Las isoyetas se presentan con una variación de 600 - 800 mm distribuidos en el municipio. Respecto a la precipitación, en el día más extremo fue de 1005.2 mm. Ver Planos 2: Climas; 3: Temperaturas Medias Anuales; y 4: Precipitación Total Anual.

4.1.3. Topografía El Municipio de Iturbide presenta una serie de topoformas muy irregulares debido a que está dentro de la Región Fisiográfica de la Sierra Madre Oriental, siendo por lo tanto en su mayoría una zona serril con fuertes elevaciones y pendientes. Para este municipio se determinó la presencia de los siguientes tipos de pendiente:

1 Fuente: INEGI Carta Topográfica Escala 1:50,000. 2 Fuente: Datos obtenidos de la Estación Meteorológica 19–018 Los Herreras, Nuevo León.

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Áreas con pendiente tipo T-1 (0-2%), localizadas en una pequeñísima área correspondiente a lo que fue un vaso de laguna; en la actualidad son terrenos de cultivo al centro del municipio, de la Cabecera Municipal de Iturbide al suroeste. Áreas con pendiente tipo T-2 (2-7%), localizadas sobre los márgenes de arroyos, por lo general en pequeñas franjas que bordean a estos escurrimientos. Áreas con pendiente tipo T-3 (7-15%), localizadas sobre las faldas de la mencionada sierra, y en pequeños rodales distribuidos desde la porción centro-sur del municipio. Áreas con pendientes tipo T-4 (15% y más), que se localizan sobre todo el municipio en lo que corresponde a la Sierra Madre Oriental.

CUADRO 1

Resumen de Pendientes

Pendiente Porcentaje Ubicación dentro del Municipio

T-1 62 Centro, centro norte y centro sur

T-2 12 Este

T-3 9 Oeste

T-4 17 Oeste

Ver Planos 5: Fisiografía; y 6: Topografía.

4.1.4. Geología La geología del municipio se caracteriza por presentar rocas de origen sedimentario, así como unas pequeñas áreas de rocas ígneas que emergieron en épocas geológicas antiguas y quedaron al descubierto al retirarse las aguas marinas de la actual placa continental. En general los tipos de rocas que existen en el área son rocas sedimentarias, como caliza, caliza-lutita, conglomerados, lutitas-areniscas y suelos de origen aluvial; y rocas ígneas, como el granito.

− Conglomerados (G1): Son una unidad formada por cantos rodados, unidos fuertemente por un cemento calizo, arcilloso. Está ubicada sobre terreno con ligeras ondulaciones al oeste y suroeste, predominando hacia el centro-este, norte y sur del municipio. Esta unidad es producida por las serranías que se presentan hacia el suroeste del municipio.

− Lutitas areniscas (G2): Son una unidad de rocas no consolidadas, las cuales al ser expuestas a la intemperie se erosionan fácilmente por el efecto de intemperización, produciéndose una gravilla fina, que es generada también por el resquebrajamiento fácil de

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la lajilla y desmoronamiento de la arenisca al contacto con el medio ambiente. Esta unidad se presenta hacia la porción este, sureste y noreste del municipio.

− Calizas-lutitas (G3): Son una asociación presente dentro de la Sierra Los Picachos, menos consolidada y con mayor agrietamiento y permeabilidad. Su ubicación en dicha sierra es hacia la porción suroeste.

− Calizas (G4): Son rocas bien consolidadas, poco fracturadas y con baja permeabilidad. Este tipo de roca se ubica dentro de lo que corresponde a la Sierra Los Picachos, hacia la porción suroeste.

− Suelo aluvial (G5): Está formado por el arrastre de ríos y arroyos de diversas partículas de arcilla limo y arena hacia las partes bajas del terreno. Estas unidades se ubican por sobre todo el municipio en pequeñas áreas, pero siendo más predominante hacia la porción centro-este y este.

− Granito (G6): Es roca ígnea de intrusiva ácida y colores grises, con estructura granuda de grano grueso formado de cuarzo, feldespatos, plagioclasa ácida y biotita como minerales esenciales; se ubican pequeñas unidades dentro de la Sierra Los Picachos hacia la porción oeste.

Ver Planos 7: Geología; y 7-A: Símbolos Geológicos.

4.1.5. Edafología La edafología presente en el Municipio de Iturbide es de suelos típicos de climas templados, aunque igualmente se encuentra en climas semiáridos. La vegetación existente es en su mayoría de bosque y chaparral, pero también es característica la vegetación de matorral submontano. En estas zonas existe una mayor precipitación y se consideran áreas de recarga de mantos acuíferos, ya sea por infiltración o por corrientes superficiales. La mayor parte de los suelos son delgados y de textura media, o con subsuelos duros y poco permeables. En términos generales los suelos se agrupan en cuatro grandes grupos:

− Suelos orgánicos de fase lítica (S1). Están clasificados en base a la profundidad de sus capas existentes, las cuales son menores a 50.00 cm, motivo por el cual no son aptos para el uso agrícola, pero clasifican como de alta a mediana aptitud para el desarrollo urbano, con una serie de limitaciones. Este tipo de suelos se presenta por todos los puntos cardinales del municipio, correspondientes a lo que es la Sierra Madre Oriental.

− Suelos orgánicos (S2). Con la presencia de rendzinas, castañozem y regosoles, éstos últimos con muy baja concentración de materia orgánica; asociados al litosol de texturas medias, su formación es residual y se ubican preferentemente en taludes de pendientes bajas en lo que corresponde a la Sierra Madre Oriental. Su aptitud para el uso agrícola, así como para el desarrollo urbano es de moderada a baja, ya que son suelos frágiles y de poca profundidad. Se encuentran ubicados en pequeños manchones al centro y sur, siendo en este último punto donde se presentan en forma más extendida.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 44 − Suelos granulares sueltos y suelos dispersivos (S3). Los suelos granulares sueltos

son generalmente arenosos, en los que la presencia de un flujo de agua puede provocar transportación de partículas, creando huecos que aumentan de tamaño con el paso del tiempo y llegan a ocasionar daños estructurales en las construcciones, a descubrir instalaciones que van bajo tierra o provocar hundimientos, cuarteaduras o derrumbes violentos. También es probable que se produzca un fenómeno contrario, debido a la inestabilidad del suelo y que se generen levantamientos de las construcciones. Son considerados moderadamente bajos para el desarrollo urbano. Los suelos dispersivos presentan características parecidas a las anteriores, pero en menor grado. Estos suelos se presentan en pequeños rodeles, principalmente bordeando arroyos al centro y sur del municipio.

− Suelos expansivos (S4). Son los que se caracterizan porque al estar secos se agrietan y se vuelven muy duros, pero al estar húmedos son barrosos y se anegan en la superficie por tener drenaje deficiente. Estas características provocan hundimientos irregulares en las construcciones, así como cuarteaduras en las paredes. En general, todas las obras realizadas sobre este tipo de suelos llegan a sufrir daños y si no se toman las medidas adecuadas para prevenirlos, pueden resultar no aptos para el desarrollo urbano.

Este tipo de suelo se presenta en una pequeñísima porción al sureste de la cabecera municipal en lo que corresponde a lo que fue un cuerpo de agua, el cual se desecó y actualmente se utiliza para fines agrícolas.

Las claves S1, S2, etc., representan la jerarquía de aptitudes en términos de sustentabilidad del recurso suelo. Se utilizan en correlación con el resto de los elementos considerados para obtener la aptitud para el desarrollo urbano. Ver Plano 8: Edafología.

4.1.6. Hidrología El Municipio de Iturbide se encuentra ubicado en la Región Hidrológica No. 25 (San Fernando-Soto La Marina), Cuenca del Río San Fernando, Subcuenca R. Limón, la cual tiene un área de 1,755.00 km2. Hidrología Superficial La principal corriente superficial que cruza a este municipio es la del Río Pablillo, la cual incrementa su gasto en los alrededores de las cuevas por la presencia de algunos manantiales. El gasto estimado es superior a los 500.00 l.p.s. El Río Pablillo es permanente y su dirección preferencial es hacia el noroeste. El Río de Saucillo también es permanente y es un afluente del Pablillo. El Río Pablillo constituye la principal fuente de aportación para la Presa Cerro Prieto, por lo tanto, es importante mantener esta fuente de abasto en buenas condiciones, sobre todo en la calidad del agua, evitando la contaminación del subsuelo al defecar al aire libre. Otro río del municipio son el Río Santa Rosa, que cruza la cabecera municipal es intermitente, llevando flujos importantes sólo en época de lluvias. Y el Río Madroño, que atraviesa en el sur con escurrimientos hacia el Río Pablillo.

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Hidrología Subterránea La cabecera municipal se abastece de un pozo que tiene una capacidad instalada de 25 H.P. para 9.0 l.p.s., además de una toma de manantial para aproximadamente 5.0 l.p.s. Las comunidades cuentan con toma de manantiales para abastecimiento de agua, sobre todo al sur del municipio, por ser abundantes y aportes importantes del Río Pablillo. Las Formaciones Aurora y Cupido del Cretácico Inferior, que se observan en el Plano 7 de Geología, presentan condiciones de tipo arrecifal, por lo tanto constituyen un acuífero de tipo confinado muy importante. El agua de lluvia se infiltra a las formaciones y descarga en forma de manantiales, aprovechando zonas de debilidad en las rocas. Características de Unidad de Material Unidad de material no consolidado con posibilidades medias.- Lo constituyen conglomerados de edad terciaria y suelo aluvial del cuaternario. El conglomerado se forma por clastos derivados de calizas, cienita y pedernal. Los suelos aluviales varían en su granulometría de arcilla a grava. Estos sedimentos se consideran de permeabilidad media, la explotación se realiza por medio de pozos y norias cuyos niveles estáticos oscilan entre 1.00 y 20.00 metros, los diámetros de tubería de descarga varían de 2.50 a 2.77 cm, aunque los gastos de algunos de ellos son menores a la capacidad de la descarga. Los usos a que se destinan son el pecuario, doméstico y riego. Unidad de material consolidado con posibilidades bajas.- Los materiales que componen la unidad la constituyen la secuencia de yeso, caliza, caliza-lutita, lutita arenisca, limonita y arenisca, de las formaciones del Jurásico Superior y el Cretácico Superior. La baja permeabilidad que existe por su alto contenido arcilloso, la posición estructural que las hace funcionar como zonas de recarga; su estratificación delgada e intercalada con lutita y marga. El agua es tolerable y su uso es pecuario y doméstico. Unidad de material no consolidado con posibilidades bajas.- Éstas por lo general forman lagunas efímeras en época de lluvia. Las constituyen suelos lacustres cuyos componentes principales son las arcillas y depósitos evaporíticos. Estos materiales se han considerado en esta unidad debido a su característica de ser completamente impermeable. Ver Planos 9: Cuencas Hidrológicas; y 10: Corrientes y Cuerpos de Agua.

4.1.7. Vegetación y Uso del Suelo Vegetación La vegetación predominante en la zona es de bosque esclerófilo de encinos. Este tipo vegetativo queda localizado en laderas expuestas hacia el este de la Sierra Madre Oriental, se le encuentra adyacente al bosque escleroaciculifolio, al matorral alto

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subinerme, al matorral crasirosulifolio espinoso y al bosque aciculiescuamifolio. Esta comunidad vegetal se caracteriza por la presencia de árboles medianos, de 8.00 a 15.00 m de altura, deciduos por un período breve y con hojas esclerotizadas o duras. Las principales especies que constituyen este tipo de vegetación son: Encino memelito (Quercus laceyi), encino blanco (Quercus fusiformis, quercus canbyi, quercus polymorpha, quercus diversifolia, quercus reticulata), nogalillo (Juglans spp.), nogal morado (Hicoria pecan), laurel (Litsea glaucesens), monilla (Ungnadia speciosa), madroño (Arbutus arizonica), lentrisco (Rhus andrieuxii). Por lo que respecta a gramíneas, las más abundantes son las diferentes especies de camalote (Paspalum spp.), zacate cola de alacrán (Microchloa kunthii) y las diferentes especies de bromus (Bromus spp.). Algunas de las principales especies características del municipio son:

Nombre Común Nombre Científico

Pino blanco Pinus pseudostrobus

Pino chino Pinus teocote

Helecho Adiantum sp.

Paixtle Tillandsia usneoides

Hierba del pollo Commelina sp.

Lechuguilla Agave lechuguilla

Magüey Agave aspesvinia

Encino Quercus piolymorpha

Encino Quercus rysophylla

Granjeno Celtis pallida

Madroño Arbutus xalapensis

Chaparro prieto Acacia spp.

Amicia Amicia zygomeris

Se presenta también una serie de herbáceas y enredaderas. Con respecto a especies en status dentro del municipio predominan el Chemal (Dioon edulis) y además algunas cactáceas. Uso del Suelo Por la ubicación de este municipio en la Provincia Fisiográfica de la Sierra Madre Oriental, la cual presenta altas elevaciones y climas templados, así como diversas exposiciones al sol, la vegetación que aquí predomina es la de bosque, matorral y chaparral, además de pastos y la agricultura, pero en menor proporción.

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CUADRO 2 Uso del Suelo, Superficie y Porcentaje

Uso del Suelo Superficie (ha) Porcentaje

Total de Municipio3 70,060.00 100.00

Agricultura 1,102.00 1.57

Pecuario 530.10 0.75

Urbano4 124.80 0.17

Forestal 68,303.10 97.49

Descripción de los Usos del Suelo Presentes en el Municipio A continuación se describen las clasificaciones de agricultura, pastizal, así como las asociaciones de bosques y matorrales presentes en el municipio.

− Agricultura de temporal.- Se clasifica como tal a la agricultura de todos aquellos terrenos donde el ciclo vegetativo de los cultivos que se siembran depende del agua de lluvia. Estos cultivos son: Anuales, que permanecen en el terreno un tiempo variable pero no mayor de un año y sus principales ciclos de cultivo al año son primavera-verano y otoño-invierno. Y los cultivos permanentes, que son muy escasos y ocupan áreas muy pequeñas, por lo que no son representados en cartografía. Las áreas agrícolas se localizan al norte, centro y sur del municipio. Son prioritarias de conservación, por lo que se consideran no aptos para el desarrollo urbano.

− Pastizal natural.- Estas áreas por lo general van asociados a matorrales y en muy pequeñas porciones por lo que no son representativas en cartografía.

− Pastizal inducido.- Es aquel que surge cuando es eliminada la vegetación original que lo dominaba. Este pastizal puede aparecer como consecuencia de desmontes de cualquier tipo de vegetación; también puede establecerse en áreas agrícolas abandonadas o bien como producto de áreas que se incendian con frecuencia. Se localizan al centro y sur del municipio. Las áreas de pastizales son prioritarias en cuanto a conservación de suelos,

3 Fuente: Síntesis Geográfica del Estado de Nuevo León, INEGI, 1986. 4 Incluyendo Fondo legal.

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por lo que se consideran poco aptos para el desarrollo urbano y no aptos cuando se ubican en pendientes fuertes.

− Bosque de encino-pino, bosque de pino y bosque de pino-encino.- Este tipo de vegetación se localiza al norte, centro-este y sur del municipio y está representado por las series de asociaciones antes mencionadas. Las áreas de bosque son consideradas de preservación, pero factibles a ser aprovechados de manera sustentable con programas de manejos que ayuden y eviten la pérdida de los bosques en el municipio. No son aptos para el desarrollo urbano.

− Matorral submontano.- Con vegetación formada principalmente por elementos inermes y caducifolios en un breve período del año; se encuentran generalmente entre los límites de matorrales áridos y bosques de encino. La asociación presente es el matorral subinerme, comunidad compuesta por plantas espinosas o inermes cuya proporción de unas a otras es mayor de 30% y menor de 70%. Este tipo de matorral se localiza disperso en pequeñas áreas al norte y centro.

− Matorral desértico rosetófilo.- Tipo de vegetación dominada por especies con hoja en roseta que se desarrollan perfectamente sobre suelo somero de origen sedimentario. Las asociaciones más frecuentes en este tipo de vegetación son: Matorral rosulifolio espinoso que es la asociación de plantas con hojas dispuestas en roseta, carnosas y espinosas, como magueyes y lechuguilla. Y el matorral inerme que es la comunidad formada por más del 70% de plantas sin espinas, como hojasen y hierba del burro. Se encuentran localizados sobre la porción centro-oeste. Las áreas de matorral son las más factibles de ser utilizadas para el uso urbano.

− Chaparral.- Asociación de encinos bajos, generalmente densos, acompañados a menudo por manzanita (Acrostaphykus sp.) y otras especies arbustivas. Comúnmente se encuentran en la zona de contacto del clima templado subhúmedo local. Fisonómicamente se diferencia del resto de la vegetación que la rodea. Este tipo de vegetación se localiza hacia el centro del municipio. Las áreas donde se presenta el chaparral son susceptibles de preservación, no de manera rigurosa, pero sí con ciertas reservas. No son aptos para el desarrollo urbano.

Ver Planos 14 Uso Potencial Pecuario; y 15 Uso Potencial Agrícola. Fauna Silvestre Propia de la Región Fisiográfica Sierra Madre, la fauna silvestre conforma una diversidad alta y dinámica, tanto de aves como de mamíferos, conjuntada por elementos residentes y migratorios. Dentro de las especies de aves más comunes en el área se encuentran las siguientes:

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Nombre Común Nombre Científico Aura Cathartes aura

Gavilán Accipiter striatus Águila cola roja Buteo jamaicensis

Cernícola Falco sparverius Paloma de collar Columba fasciata Paloma huilota Zenaida macroura

Paloma arroyera Leptotila verreauxi Vencejo Aeronautes saxatalis

Saltapared Thryothorus ludovicianus Cotorra serrana Rhynchopsitta terrisi

Loro tamaulipeco Amazona viridigenalis Perlita Polioptila caerulea

Tangara roja Piranga flava Gorrión Spizella passerina

Asimismo, las diferentes asociaciones de vegetación permiten el desarrollo de una comunidad mastozoológica diversa e importante que incluye:

Nombre Común Nombre Científico Coyote Canis latrans

Zorra gris Urocyon cinereoargenteus Oso negro Ursus americanus Cacomixtle Bassariscus astutus

Coatí Nasua narica Zorrillo moteado Spilogale putorius

Jabalí Dicotyles tajacu Venado cola blanca Odocoileus virginianus

Ardilla arbórea Sciurus hallen, Sciurus Níger Tlacuache Didelphys virginiana

Conejo Sylvilagus spp.

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Este municipio cuenta con especies en status o de protección especial, como el oso negro (Ursus americanus), cuya condición la establece la NOM-059-ECOL.-94. Ésta determina las especies y subespecies de flora y fauna, silvestres y acuáticas, en peligro de extinción, amenazadas, raras y las sujetas a protección especial, y establece las especificaciones para su protección. Ver Plano 18 Áreas de Interés para Conservación Ecológica. Modificaciones al Uso del suelo Se incluyen en este punto los datos obtenidos5 de las solicitudes de cambio de uso, llevadas a cabo en el período comprendido en 1989-1994 en este municipio, de lo que se obtuvo que se realizaron únicamente 2 solicitudes que comprenden 315.00 ha, las cuales fueron para llevar a cabo actividad de aprovechamiento forestal. Esto deja ver que en el territorio municipal continúa la expansión y desarrollo de esta actividad, aunque lentamente.

CUADRO 3

Año, Predio, Uso Actual, Superficie Total y Solicitada para Cambio de Uso del Suelo. Período 1988–20006

Superficie (ha)

Año / Predio Uso del Suelo Actual

Total del Predio Solicitada para Cambio del Uso

1989-1990

Santa Inés Forestal N.D. 138.00

Ejido San Francisco de las Adjuntas

Forestal

2,679.00

177.00

Total 315.00 Ver Plano 12: Vegetación y Uso del Suelo.

5 Ver Cuadro 3. 6 Fuente: SEMARNAP Delegación Federal de Nuevo León, Subdelegación de Recursos Naturales 2000 y Zamarripa Elizondo, A. Biól. Tesina Cambios de Uso del Suelo y Aprovechamientos Forestales en el Estado de Nuevo León, en el Período 1988-1994, Fac. de Ciencias Biológicas, U.A.N.L. 1998.

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4.1.8. Síntesis del Medio Físico Natural Se realizó el análisis de medio físico natural con el objetivo de definir los parámetros para determinar la aptitud del suelo para el desarrollo urbano en el municipio, y se observa que de la totalidad del territorio (70,060.00 ha), un porcentaje no considerable es para el área urbana; el 90% del suelo es rústico y con características de montaña, pero en términos de calidad del suelo y otras variables para el desarrollo urbano, el 7% presenta características de aptitud para el mismo. La porción mencionada que representa el 90% del municipio, que corresponde a la Sierra Madre, es considerada natural protegida y por lo tanto debe ser conservada, así como las áreas de escurrimiento. Los suelos son los denominados líticos y regosoles calcáreos, de formación residual y poco profundos (menos de 50.00 cm), con texturas limo-arenosas, con una consistencia friable y color café oscuro. Su drenaje es interno medio, con pedregosidad moderada y Ph de 6.9. Las pendientes son fuertes e irregulares, variando éstas desde los 7 hasta 40% o más; la altitud sobre el nivel del mar varía de 1,400.00 a 2,200.00 m. Este municipio se encuentra comprendido entre los grupos de climas templados a secos (A)C y BS según el sistema de Köppen modificado por Enriqueta García, con una precipitación pluvial que varía de los 800.00 a 1,000.00 mm al año y una temperatura media anual que oscila entre de los 16 y 20°C. Criterios de Sustentabilidad Los parámetros utilizados para el análisis de medio físico natural en términos de sustentabilidad permitieron determinar la aptitud del suelo, para así obtener su mejor aprovechamiento. Las bases del análisis se fundamentan en las características físico-biológicas. Este municipio está ubicado en la región denominada Sierra Madre y las condiciones en términos de sustentabilidad se señalan a continuación: Para el recurso suelo se identifican:

− Suelos poco profundos y con pendientes de moderadas a fuertes.

− Proceso erosivo de suelos de textura muy fina por acción del viento ocasional y su falta de adherencia ante la falta de humedad.

Para el recurso de vegetación se identifican:

− Vegetación secundaria por actividad pecuaria de pastoreo excesivo, lluvias escasas, actividades agrícola y de temporal.

− Disminución de superficie boscosa de 8% entre 1970 y 1990.

− Superficie con bosques pino/encino principalmente existentes hasta 1993.

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Para el recurso agua se identifican:

− Macizo Serrano con la mayor capacidad de dotación de agua dulce de todo el Estado, por las formaciones geológicas de Agua Nueva, La Casita y La Aurora.

Aptitud del Suelo En términos de costo de urbanización de acuerdo al tipo de suelo, y lo mencionado relativo a la sustentabilidad, en donde el aprovechamiento será racional, se tiene la siguiente clasificación en cuanto a su aptitud:

− Aptitud Alta para el Uso Urbano.- Aquí los costos de urbanización serán menores, con base en la calidad de suelo, características geológicas y accesibilidad, entre las más importantes..

− Aptitud Mediana para el Uso del Suelo.- Se incrementa el costo al anterior, la calidad del suelo es menor y no se alteran otros usos que dan la oportunidad de actividades productivas.

− Aptitud Baja.- Por ser un suelo con topografía con pendiente menor del 2%, los costos en la urbanización además de la calidad de suelo se incrementa con respecto a los anteriores, por lo cual quedan en esta categoría. A esto se refiere los suelos comprendidos en la Laguna Santa Rosa que actualmente se encuentra seca, con una superficie aproximada de 300.00 ha, y otra porción localizada al sur del Ejido Camarones con una superficie aproximada de 220.00 ha.

− Aptitud Baja con Serias Limitaciones.- Son áreas alteradas con daños ecológicos que además presentan suelos de tipo expansivo, lo cual incrementaría el costo de las infraestructuras.

− No Aprovechables para Uso Urbano.- Se refiere a las áreas con la condición de suelo aluvial, el cual no es apto para el desarrollo urbano. En esta clasificación se encuentra también la zona de preservación con áreas de vegetación protegida, en base a lo que señala la NOM-059-ECOL.-94, la cual determina las especies y subespecies de flora y fauna silvestres y acuáticas en peligro de extinción, amenazadas, raras y las sujetas a protección especial, y que establece las especificaciones para su protección. También las áreas donde se ubican ríos, arroyos y áreas con pendientes superiores al 40% se clasifican como no aprovechables.

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4.1.9. Riesgos y Vulnerabilidad Los riesgos a los que es susceptible el Municipio de Iturbide, de acuerdo a la clasificación que señala la Ley de Protección Civil del Estado de Nuevo León, son: a) Riesgos Hidrometeorológicos y Geológicos El primer tipo de riesgos es provocado por fenómenos meteorológicos, como las tormentas y huracanes, y que causan problemas o daños a instalaciones; contaminación de fuentes de abasto; destrucción parcial y total de las obras de captación, conducción y tratamiento; y paralización de la operación de las instalaciones debido a daños, entre otros. Los riesgos geológicos se refieren a deslaves o derrumbes, los cuales afectan principalmente los tramos carreteros. En el municipio existen escurrimientos naturales en cuyo tramo, al ocurrir algún fenómeno meteorológico extraordinario, pueden afectar de manera inmediata a la zona urbana y a varios cruces carreteros del territorio municipal. Algunos ríos y arroyos presentes en el municipio son El Pablillo, que se dirige hacia el noroeste; y El Saucillo y El Santa Rosa, los cuales cruzan la cabecera municipal. Los caminos y carreteras son áreas susceptibles a los escurrimientos naturales, pues éstos pueden llegar a causar que las zonas habitacionales dependientes de esa vialidad queden incomunicadas y se encuentren en situación de riesgo por una venida inesperada. b) Riesgos Químico-tecnológicos Estos tipos de riesgos son los generados por empresas o infraestructura que manejan y/o conducen sustancias peligrosas, o que generen riesgo en su funcionamiento. En el tramo de la carretera a la cabecera municipal rumbo a Galeana, se ubica una gasera, instalación construida con los métodos establecidos de seguridad, pero por su ubicación cercana a la concentración de viviendas y de población se considera como riesgo de explosión y generadora de incendios. c) Riesgos Sanitario-ecológicos Los riesgos de este tipo son los provocados principalmente, por la contaminación del agua y del suelo, problemas de saneamiento; y tienen un impacto negativo en el medio ambiente. Estos riesgos existen también en los escurrimientos naturales y en el entorno de las zonas de localización de estos sitios y repercuten en el subsuelo, por lo cual las fuentes de abasto de agua son susceptibles a este riesgo y hace necesario el considerar este factor para que no afecte a la población.

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Se encuentra en proceso constructivo una planta de tratamiento7. Esta instalación debe de considerarse de riesgo por los residuos que se derivarán cuando entre en funcionamiento y por la disposición y manejo del agua resultante del tratamiento. Los cambios de uso de suelo llevados a cabo en el municipio, señalados en el Cuadro 3 de manera puntual, son causantes de daños ecológicos por el impacto ambiental generado por el desmonte, limpieza y otras acciones realizadas en los predios, sin llevar a cabo acciones de mitigación. Recientemente han ocurrido incendios forestales, de los cuales se mencionan los suscitados en los últimos tres años8:

Año

Incendios Registrados

Hectáreas Afectadas

1998 4 919.00

1999 --- ---

2000 3 7.00

d) Riesgos Socio-organizativos Tienen su origen en las actividades de las concentraciones humanas, y en el mal funcionamiento de algún sistema de subsistencia que proporciona servicios básicos. Entre las calamidades de este tipo destacan los desplazamientos tumultuarios, las concentraciones masivas de personas en locales o áreas poco idóneas; y los accidentes terrestres, aéreos y fluviales que llegan a producirse por fallas técnicas y humanas, y que por su magnitud o tipo pueden afectar a parte de la sociedad. Se pueden incluir aquí también las carreteras, por estar dependiendo de la capacidad humana. En el municipio se localizan una pista aérea, con una longitud no mayor de 800.00 m, la cual se ubica al norte de la cabecera municipal, que se usa de manera supleatoria en las áreas que corresponden a la unidad deportiva. Para este tipo de instalaciones se señala en los Criterios de Desarrollo Urbano, una zona de resguardo de 5,000.00 m, respecto de la cabecera municipal, lo cual no se cumple en esta infraestructura.

7 Comisión Nacional del Agua, Gerencia Estatal, Unidad de Programación, 1996. 8 Fuente: Delegación Federal de SEMARNAP en N.L., Subsecretaría de Recursos Naturales. Centro Estatal de Control de Incendios Forestales, al 19 de Junio del 2000.

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La Carretera Linares – Iturbide – Galeana, que atraviesa la cabecera municipal, por lo sinuoso de su diseño en su sección transversal, representa uno de los riesgos de este tipo más importantes, en vista de que atraviesa el tramo del municipio con más concentración de población y el tipo de tránsito que fluye en él es de todo tipo, incluyendo el de vehículos pesados que en algunas ocasiones puede transportar sustancias peligrosas. La ubicación de estos riesgos se aprecia en la Carta Síntesis. e) Control de Riesgos El Reglamento de Protección Civil, el cual debe ser aprobado por el R. Ayuntamiento y publicado en el Periódico Oficial del Estado, tiene como objetivo regular las acciones que en materia de protección civil se lleven a cabo en el municipio, siendo su observancia de carácter obligatorio para las autoridades, organismos, dependencias e instituciones de carácter público, social o privado y en general por todas las personas que por cualquier motivo residan, habiten, o transiten en el municipio. El reglamento contiene en su capitulación los elementos para definir, regular y programar las actividades de apoyo con las cuales se instrumenta la ejecución de los planes de protección en el municipio. De lo dispuesto en este reglamento, más específico es el Programa Municipal de Protección Civil, ya que es el instrumento de ejecución de los planes de protección. Es en éste en donde se precisarán las acciones a realizar, se determinarán los responsables y se establecerán los plazos para su cumplimiento, de conformidad con los recursos y medios disponibles. El Municipio de Iturbide, como autoridad responsable de mantener las condiciones de seguridad bajo control, ha presentado una denuncia9 en materia ambiental dirigida a la atención del recurso suelo.

9 Fuente: Procuraduría Federal de la Protección del Medio Ambiente, Delegación Estatal, Coordinación Administración y de Apoyo, 1995.

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4.2. Marco Socioeconómico

4.2.1. Evolución de la Población y Distribución de los Asentamientos Humanos El Municipio de Iturbide, con una población de 3,464 habitantes distribuidos en una superficie territorial de 700.061 km2, ha venido perdiendo posición relativa respecto a la población del Estado durante los últimos 50 años, registrando incluso una disminución en el número de habitantes durante la última década. Ver Cuadro 4. La distribución de los asentamientos humanos en 1995 según tamaño de la localidad se presenta en el Cuadro 5, en el cual se aprecia que Iturbide contaba con 55 localidades, siendo la mayor la cabecera municipal, con sólo 1,858 habitantes, equivalentes al 52.75 por ciento de la población municipal; 2 localidades en el rango de 100 a 500 habitantes, con el 8.26 por ciento de la población; y 52 pequeñas localidades, todas menores de 100 habitantes, donde radicaba el 38.98 por ciento restante de la población.

CUADRO 4

Evolución de la Población 1950 – 2000

1950 1960 1970 1980 1990 1995 2000

Población 2,641 2,987 3,345 3,839 3,638 3,522 3,434

Tasa de Crecimiento (%) 1/ 1.24 1.18 1.34 -0.55 -0.56 -0.39

Participación respecto a la Población Estatal (%)

0.36 0.28 0.20 0.15 0.12 0.10 0.09

Densidad de la Población Habitantes por km2

4 4 5 5 5 5 5

1/ Respecto al período anterior. El cálculo de las tasas de crecimiento toma en cuenta el tiempo transcurrido entre el levantamiento de la información en cada período. Fuente: Preparado con información de los Censos Generales de Población 1950 – 1990; INEGI; Conteo de Población y Vivienda 1995, INEGI y Resultados Preliminares del XII Censo General de Población y Vivienda.

El Plano 13, El Municipio y sus Localidades, da idea de la dispersión de las localidades de Iturbide en el territorio. El Cuadro 6 presenta las 3 localidades más importantes por el tamaño de su población en 1995: Iturbide con menos de 3,000 habitantes; y la Purísima y el Madroño, cada una con una población menor a los 200 habitantes.

CUADRO 5

Integración Territorial 1995

Tamaño de la Localidad Localidades Población

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(habitantes) Número % Número %

Totales 55 100.00 3,522 100.00

1 – 49 42 76.36 632 17.94

50 – 99 10 18.18 741 21.04

100 – 499 2 3.64 291 8.26

500 – 999 -- 0.00 -- 0.00

1000 – 1999 1 1.82 1,858 52.75

Población en localidades mayores de 15,000 hab.

0 0.00 0 0.00

Población en localidades de 2,500 a 14,999 hab.

0 0.00 0 0.00

Población en localidades menores de 2,500 hab.

55 100.00 3,522 100.00

Fuente: Preparado con base en información del INEGI, Conteo de Población y Vivienda 1995

CUADRO 6

Principales Localidades según el Tamaño de la Población 1995

Localidad Población

Iturbide 1858

La Purísima 160

Madroño 131

Fuente: Preparado con base en información del INEGI, Conteo de Población y Vivienda 1995.

Dentro del Sistema de Ciudades Regional, Iturbide se inscribe en el área de influencia de Linares, cuya cabecera se localiza a 50 kilómetros. Hacia esta ciudad se desplazan los habitantes del municipio para satisfacer sus necesidades de educación, salud, recreación y abasto a nivel secundario y terciario.

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4.3. Perfil Sociodemográfico

4.3.1. Estructura de la Población por Grupo de Edad Del total de la población de Iturbide, el 50.4 por ciento son hombres y el 49.6 por ciento mujeres10. En la Gráfica 1 se muestra la estructura de la población por grupo de edad y sexo en 1995; en tanto que el Cuadro 7 permite comparar los rasgos más relevantes de estos grupos, con los registrados en Nuevo León el mismo año.

GRÁFICA 1

Fuente: Elaborada con base en información del INEGI, Conteo de Población y Vivienda 1995.

Destaca una mayor proporción de niños menores de 14 años y de personas en la tercera edad (60 años y más), y una menor participación de la población en edad de trabajar (12 años y más), que se explica por el éxodo de la población por motivos de educación o empleo.

CUADRO 7 10 Según Resultados Preliminares, XII Censo General de Población y Vivienda 2000, INEGI.

8.3

2.4

3.8

4.1

3.9

4.1

4.6

5.7

7.0

9.3

10.2

12.6

11.1

12.7

6.2

2.6

3.5

3.1

4.5

4.3

5.5

7.1

8.2

9.3

9.7

13.1

10.7

12.3

65 Y MAS AÑOS

60 - 64 AÑOS

55 - 59 AÑOS

50 - 54 AÑOS

45 - 49 AÑOS

40 - 44 AÑOS

35 - 39 AÑOS

30 - 34 AÑOS

25 - 29 AÑOS

20 - 24 AÑOS

15 - 19 AÑOS

10 - 14 AÑOS

5 - 9 AÑOS

0 - 4 AÑOS

0.02.04.06.08.010.012.014.016.0Hombres

0.0 2.0 4.0 6.0 8.0 10.012.014.016.0Mujeres

Grupo deedad

Porcientos

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Principales Características de la Población por Grupo de Edad11

Porcentaje de Población Nuevo León Iturbide

De 0 a 14 años 30.86 31.47 30.24 36.26 36.44 36.08

Menor de 30 años 62.99 63.64 62.33 63.11 63.00 63.22

De 12 años y más 75.34 74.80 75.88 71.73 71.10 72.39

Económicamente Activa 1/ 56.25 74.32 38.54 51.16 N.D. N.D.

Población de 15 y más 69.14 64.49 65.11 63.74 63.56 63.92

Población de 60 años y más 6.53 6.16 6.89 9.79 10.73 8.81

Población de 65 años y más 4.34 4.04 4.65 7.28 8.33 6.19

Edad Mediana (Años) 23 23 23 22 22 22

Edad Promedio (Años) 26 26 27 27 27 26

1/ Estimado para Iturbide con base en la participación porcentual en localidades de Nuevo León menores de 10,000 habitantes, según INEGI, Conteo de Población y Vivienda, Resultados Definitivos. Fuente: Preparado con base en información del INEGI, Conteo de Población y Vivienda 1995, Resultados Definitivos.

4.3.2. Educación El Cuadro 8 ofrece información para 1995 del Municipio de Iturbide y el Estado, sobre la población de 6 a 14 años y de 15 años y más, con aptitud para leer y escribir y condición de alfabetización respectivamente; los indicadores correspondientes expresados en por ciento; y la posición de Iturbide respecto al resto de los municipios del Estado. Se observa que la proporción de la población con aptitud para leer y escribir en el grupo de 6 a 14 años supera al promedio estatal, y lo coloca en la posición 17 con relación a los 51 municipios del Estado. Sin embargo, en el grupo de 15 años y más, la proporción de la población analfabeta se sitúa casi 7 puntos abajo del promedio estatal y ocupa el lugar 44. El avance logrado en la aptitud para leer y escribir de la población de 6 a 14 años, en comparación con la de 15 años y más, resulta alentadora y es muestra de la importancia que dan los residentes de Iturbide a la preparación de los más jóvenes.

CUADRO 8 Capacidad de Leer y Escribir e Índice de Alfabetización 1995

11 Estimado para Iturbide con base en la participación porcentual en localidades de Nuevo León menores de 10,000 habitantes, según los Resultados Definitivos del Conteo de Población y Vivienda 1995, INEGI.

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Nuevo León Iturbide

Población de 6 a 14 años 646,137 746

Sabe leer y escribir 601,712 701

Porcentaje 93.12 93.97

Posición Relativa 1/ 17

Población de 15 años y más 2,452,203 2,232

Alfabeta 2,355,657 1,994

Porcentaje 96.06 89.34

Posición Relativa 1/ 44

1/ Con relación a los 51 municipios. Fuente: Con base en INEGI, Conteo de Población y Vivienda 1995, Resultados Definitivos.

4.3.3. Disponibilidad de Servicios La disponibilidad de servicios, al igual que los niveles de educación e ingreso, constituye uno de los indicadores más importantes para medir la calidad de vida de la población. La situación que prevalecía en Iturbide en 1995, en lo referente a los servicios de drenaje sanitario, agua potable y energía eléctrica, se ilustra en el Cuadro 9. Los rasgos más relevantes son los siguientes:

• El 67.2% de las viviendas particulares habitadas; y el 67.9% de sus ocupantes no disponían de drenaje.

• El 14.3% de las viviendas y el 13.2% de sus ocupantes carecían de agua entubada.

• El 8.2% de las viviendas y el 7.2% de sus ocupantes no disponían de energía eléctrica.

En comparación con la situación que se observa en los otros municipios del Estado, los indicadores de disponibilidad de agua entubada y energía eléctrica corresponden a los niveles promedio, colocándose en las posiciones 29 y 35 respectivamente. En lo que atañe a la disponibilidad de drenaje, ocupa el lugar 46, clasificándose entre los municipios donde se observan mayores déficits.

CUADRO 9

Vivienda y Servicios 1995

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Viviendas Ocupantes

Número % Número %

Total 815 100.00 3,522 100.00

Viviendas particulares habitadas 814 99.88 3,498 99.32

Disponibilidad de drenaje 265 32.52 1,101 31.26

Con drenaje conectado a red 1 0.12 5 0.14

Drenan a fosa séptica 255 31.29 1,066 30.27

Drenan a río 1 0.12 2 0.06

Drenan a grieta 8 0.98 28 0.80

No disponen de drenaje 548 67.24 2,393 67.94

No especificaron disponibilidad 1 0.12 4 0.11

Disponibilidad de agua

Con agua entubada 696 85.40 3,029 86.00

Dentro de la vivienda 144 17.67 560 15.90

Dentro del predio 544 66.75 2,434 69.11

De llave pública o hidrante 8 0.98 35 0.99

No disponen de agua 117 14.36 465 13.20

No especificaron disponibilidad 1 0.12 4 0.11

Disponibilidad de energía eléctrica

Disponen de energía eléctrica 746 91.53 3,240 91.99

No disponen de energía eléctrica 67 8.22 254 7.21

No especificaron disponibilidad 1 0.12 4 0.11

Fuente: Con base en INEGI, Conteo de Población y Vivienda 1995.

La carencia de drenaje, constituye uno de los problemas más serios por sus implicaciones en la salud de la población y en la preservación del medio ambiente. El agua es escasa y se extrae de pozos y manantiales los cuales se agotan en épocas de sequía prolongada. La insuficiencia en la disponibilidad del líquido opera en detrimento de la salud de la población, a lo cual se agregan unos servicios de salud insuficientes por la escasez de médicos, instrumental, medicamentos y transporte oportuno en casos de emergencia; y a pesar de que por la disponibilidad de energía eléctrica se sitúa en el

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promedio de los municipios del Estado, en opinión de sus residentes, constituye un problema grave. Para extender la cobertura de servicios, se está llevando a cabo un programa de letrinización; y se proyecta emprender programas de electrificación mediante energía solar en las comunidades rurales; de pavimentación de caminos rurales vecinales; y de introducción de las redes de drenaje en la cabecera municipal. Prácticamente toda la población del municipio tiene acceso al servicio de gas butano. Existen casetas telefónicas en Santa Rosa, Peñitas Camarones, Madroño, San Francisco y Purísima; y en materia de telecomunicaciones, se recibe la señal de televisión pre-pagada SKY y se dispone de fibra óptica, con lo que es posible el acceso al Internet.

4.3.4. Distribución de la Población por Actividad Económica, Empleo, Desempleo Abierto y Encubierto y Niveles de Ingreso De acuerdo a la información disponible para 1990, la mayor parte de la población del municipio se ocupaba en el sector primario con el 68.7%, principalmente en actividades agropecuarias. Los servicios constituían la segunda fuente de empleo con el 17.4 por ciento, entre los que destacan los servicios comunales y sociales; y los servicios personales y de mantenimiento. El sector industrial daba empleo al 9.7 por ciento y el comercio al 4.3 por ciento restante. (Véase el Cuadro 10.)

CUADRO 10 Distribución de la Población Ocupada por Sector de Actividad 1990

Sector de Actividad Número de Habitantes

%

Sector Primario 505 46.93 Agricultura, Ganadería, caza y pesca 505 46.93

Industria Extractiva 9 0.84 Minería 9 0.84

Industria de transformación 326 30.30

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Manufacturas 116 10.78 Electricidad y agua 8 0.74 Construcción 202 18.77

Comercio 63 5.86 Comercio 63 5.86

Servicios 162 15.06 Transporte y comunicaciones 27 2.51 Servicios financieros --- --- Administración Pública y Defensa 32 2.97 Servicios Comunales y Sociales 52 4.83 Servicios profesionales y técnicos 4 0.37 Servicios de restaurantes y hoteles 9 0.84 Servicios personales, mantenimientos y otros

38 3.53

No especificado 11 1.02 Total 1076 100.00

Fuente: INEGI, Nuevo León, XI Censo General de Población y Vivienda, Resultados Definitivos.

Las principales características del empleo y los mercados laborales en el mismo año, se ilustran en el Cuadro 11, destacando las siguientes:

• Escasez de empleos remunerados;

• Baja participación en los mercados de trabajo de la población en edad de trabajar, en particular de la población femenina;

• Alto índice de desempleo encubierto según se desprende de la participación relativa de la población ocupada que trabaja sin remuneración, y la que percibió ingresos inferiores al mínimo respecto a la población ocupada, que en conjunto equivale al 60.0 por ciento.

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• Ingreso promedio equivalente a 1.67 salarios mínimos que corresponde al lugar 44 entre los municipios de Nuevo León ordenados de mayor a menor, y que se clasifica como muy bajo; ingreso mediano de 1.44 salarios mínimos12, que lo sitúa en el lugar 43 y clasifica como bajo13, niveles que se clasifican como muy bajo y bajo, y que sitúan al municipio en los lugares 44 y 43 respectivamente.

CUADRO 11 Empleo e Ingreso 1990

Indicadores de Empleo Indicadores de Ingreso

% Veces el Salario Mínimo Población Ocupada %

Población de 12 años y más

100.00 Total 100.00

Hombres 51.62 No percibió ingresos 31.09 Mujeres 48.38 0.01 – 0.50 6.43 Pob. Ec. Activa 43.40 0.51 – 1.00 12.43 Tasa de participación hombres

76.51 1.00 – 2.00

35.70

Tasa de participación mujeres

8.08 2.00 – 3.00

9.19

Ocupados 97.91 3.00 – 5.00 4.00 Hombres 98.10 5.00 – 10.00 1.26 Mujeres 95.96 10.00 y más 0.21 Desocupados 2.09 Ingreso promedio 1.67 Hombres 1.90 Ingreso mediano 1.44 Mujeres 4.04 Índice de Informalidad 31.09

1/ Calculados sobre la población que declaró ingresos 2/ Corresponde a la población que trabajó sin percibir ingresos. Fuente: Preparado con información del INEGI, XI Censo General de Población y Vivienda 1990.

12 Los indicadores fueron calculados sobre la población ocupada que declaró haber percibido ingresos. 13 El ingreso mediano es el nivel en el que se acumula el cincuenta de la población que percibe ingresos.

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Los rasgos anteriores caracterizan a las economías de subsistencia, orientadas al autoconsumo, escasamente monetizadas y con mercados laborales informales. Cabe destacar, que por la informalidad en el mercado laboral que reflejan los altos índices de población sin remuneración y escasamente remunerada, Iturbide se coloca en el tercer lugar entre los municipios del Estado, superado sólo por Mier y Noriega y General Zaragoza.

4.3.5. La Base Económica La base económica de Iturbide se sustenta en el sector primario. Según cifras del VII Censo Agrícola-Ganadero de 1991, Iturbide contaba con 442 unidades de producción rurales distribuidas en una superficie de 43,273.00 ha, de las cuales 384 desarrollaban actividades agropecuarias o forestales y 58 se dedicaban a otras actividades. El Cuadro 12, muestra la distribución según uso del suelo de las unidades de producción. De la superficie que ocupan, 1.7% se destina a labor; 95.9% corresponde a pasto natural, agostadero o enmontada; 2.4% está cubierta por bosque o selva; y 0.3% se encuentra sin vegetación. La Gráfica 2 ofrece información sobre las características de las unidades de producción rurales y la superficie que ocupan, según derechos sobre la tierra y régimen de tenencia. Del total de las unidades, el 60.4% son ejidos, el 36.2% son particulares y el 5.6% son mixtas. En cuanto a la superficie, 8.4% corresponde a ejidos, el 85.9% a particulares y el 5.6% a unidades mixtas. Se practica la agricultura de riego y de temporal. En los cultivos cíclicos, sobresale por su contribución a la producción de maíz y frijol; y en los perennes, en la producción de manzana y nuez encarcelada. En la ganadería se crían y explotan todas las especies de ganado, incluyendo aves, conejos y colmenas, y se distingue especialmente por la existencia de cabezas de ganado caprino, bovino y equino. (Véanse los Cuadros 13A y 13B.)

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CUADRO 12 Unidades de Producción Rurales y Superficiales según Municipio 1991

Superficie Total en Hectáreas

Unidades de Producción

Rurales

Total

De labor Sólo con

pasto natural, agostadero o enmontada

Con bosque

o selva

Sin

vegetación

Nuevo León 54,877 4380833.30 899649.89 3394518.13 52748.95 33916.34

Estructura de la Superficie según uso (%)

100.00

20.54

77.49

1.20

0.77

Iturbide 442 43273.39 733.517 41489.00 1036.00 14.87

Estructura de la Superficie según uso (%)

100.00

1.70

95.88

2.39

0.03

Participación Porcentual respecto al Estado

0.81

0.99

0.08

1.22

1.96

0.04

Fuente. INEGI, Nuevo León, VII Censo Agrícola y Ganadero, 1991.

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GRÁFICA 2

CUADRO 13A Unidades de Producción Rurales con Actividad de Cría y Explotación de Animales

Unidades de Producción Rurales de Ganado

Total Bovino Porcino Caprino Ovino Equino Aves de

Corral

Conejos y Colmenas

Nuevo León 36,607 31,726 14,914 12,176 5,419 21,764 24,604 1,897

Iturbide 314 217 100 24 29 291 313 33

Participación porcentual

0.86

0.68

0.67

0.20

0.54

1.34

1.27

1.74

Fuente: INEGI, Nuevo León VII Censo Agrícola y Ganadero, 1991.

CUADRO 13B Existencia de Cabezas de Ganado y Participación Respecto al Estado

Nuevo León Iturbide

Ganado Número de cabezas

% Número de cabezas

%

Bovino 694,319 100.00 4,485 0.65

Porcino 175,381 100.00 964 0.55

Caprino 523,806 100.00 7,257 1.39

Ovino 102,546 100.00 334 0.33

IITURBIDE 1994: UNIDADES DE PRODUCCION RURALESSEGUN DERECHOS SOBRE LA TIERRA Y TENENCIA DE LA TIERRA

Particular 16036.2%

Ejidal 26760.4%

Mixto 153.4%

Particular 37,185 85.9%

Ejidal 3,654 8.4%Mixto 2,434 5.6%

Fuente: Nuevo León, VII Censo Agricola-Ganadero, Resultados Definitivos

UNIDADES: 442 SUPERFICIE: 43273.387 HAS.

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Equino 90,085 100.00 1,777 1.97

Fuente: INEGI, Nuevo León VII Censo Agrícola y Ganadero, 1991.

En la actividad forestal destaca la producción maderable de pino y encino; y en las actividades de recolección, obtiene productos derivados de la leña, la lechuguilla, el barbasco, la resina y la candelilla. Dentro de las manufacturas, la principal actividad se relaciona con la fabricación de muebles y productos de madera, que cuenta con 52 establecimientos comerciales al menudeo, para abastecer a la población de los productos más indispensables; y entre los servicios, la rama de hotelería y restaurantes es la más importante. Según se observa en el Cuadro 14, la contribución de las actividades de los sectores secundario y terciario al valor agregado censal bruto estatal, es poco significativa.

CUADRO 14 Participación en la Actividad Económica

Industria Extractiva, Manufacturas, Comercio y Servicios 1994

Unidades Económicas

Personal Ocupado

Remuneraciones al personal ocupado

Miles de pesos

Valor Agregado Censal Bruto

Miles de pesosIndustria Extractiva

Nuevo León Total 67.0 2502 62222.3 94847.7 Iturbide --- --- --- ---

Manufacturas Nuevo León Total 9682.0 248930 6716268.4 16272987.6 Iturbide * 86 467.9 446.9

Participación Porcentual 0.03 0.01 0.00

31 Productos alimenticios, bebidas y tabaco

* 2 15.1

33 Industrias madereras y productos de madera

* 84 467.9 431.5

Comercio Nuevo León Total 9682.0 248830 6716268.4 16272387.6 Iturbide 52 82 284.5 364.6 01 Comercio al por mayor --- --- --- --- 02 Comercio al por mayor 52 82 284.5 364.6

Servicios Nuevo León Total 29947.0 155295.0 3173204.6 66035455.8

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Iturbide 8 12 37.3 47.0 Participación porcentual 0.03 0.01 0.00 0.00 82 Servicios de alquiler y administración de bienes inmuebles

* 1 8.8 1.9

83 Servicios de alquiler de bienes muebles

* 1 2.4 2.6

93 Restaurantes y hoteles * 7 26.1 32.4

95 Servicios profesionales, técnicos, especializados, incluye prestados a empresas

* 1 0.5

96 Servicios de reparación y mantenimiento

* 2 9.6

--- Cero. * Menos de 3 establecimientos. Fuente: INEGI, Nuevo León, Censos Económicos 1994, datos 1993.

Conclusiones El análisis del marco socio-económico permite caracterizar a Iturbide como un municipio rural en proceso gradual de despoblamiento, el cual se explica por un nivel de vida bajo, carencias de los servicios más elementales, precarios servicios de salud y escasas oportunidades de educación y empleo. Entre las restricciones más fuertes que enfrenta para su desarrollo, se cuentan su escasa base poblacional y económica; la falta de integración territorial tanto hacia su interior, como hacia el resto del Estado; sus carencias de servicios, equipamientos e infraestructura y las comunicaciones deficientes. Lo anterior se conjuga con lo accidentado del terreno y lo disperso de su población. Con una economía actual de subsistencia orientada al autoconsumo, presenta posibilidades interesantes de desarrollo con base en las actividades agropecuaria, silvícola y forestal; y en el desarrollo de la agro-industria, principalmente en la fabricación de muebles y productos de madera; y en la conservación y empaque de productos cárnicos. La estrategia de desarrollo sugiere aplicar medidas para consolidar a la cabecera municipal con el propósito de arraigar y concentrar a la población.

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4.3.6. Proyecciones de la Población Las proyecciones de la población para Iturbide que se presentan en el Cuadro 15, corresponden a diferentes escenarios de crecimiento demográfico. Las versiones A-C y M-C elaboradas para el Plan Estatal de Desarrollo Urbano Nuevo León 2020, con base 1995, suponen un crecimiento alto y medio de la población de acuerdo a una estrategia de desconcentración de la actividad económica fuera del Área Metropolitana de Monterrey, lo cual permitiría una distribución más equilibrada de los asentamientos humanos y la consolidación de un sistema de ciudades y localidades más articulado. Las versiones A-C y M-C ajustadas, toman en cuenta los resultados preliminares del Censo de Población levantado en febrero pasado, en los cuales se observó un descenso notable en la tasa de crecimiento de la población a nivel nacional, estatal y municipal, el cual se explica por el efecto conjunto de una disminución en la tasa de fecundidad y un aumento de la emigración hacia el extranjero. Finalmente, la Proyección B, extrapola la tendencia observada en el período 1995-2000, continuando la tendencia a una disminución gradual de la población, lo cual hacia el año 2020 significaría la pérdida del 7.6 por ciento de la población actual. En el caso de Iturbide, los diferentes escenarios llevan a una población hacia el año 2020, que fluctuará entre márgenes muy estrechos: 3,200 a 4,000 habitantes en el municipio; y de 1,800 a 2,300 habitantes en la cabecera municipal. Ello significa en el caso de la estimación más alta, un incremento menor a los 600 habitantes respecto a los existentes en febrero pasado en el municipio; y de alrededor de 300 habitantes para la cabecera municipal. En consecuencia, los retos derivados del incremento poblacional en materia de suelo, vivienda, servicios y equipamientos, serán poco significativos, razón por la cual, el esfuerzo deberá orientarse a:

• Lograr una mayor articulación del municipio tanto hacia su interior como hacia el exterior, como resultado del mejoramiento de las comunicaciones y del transporte;

• Extender las redes de distribución de agua potable, drenaje y energía eléctrica;

• Ampliar la cobertura de los servicios básicos de agua, drenaje y energía eléctrica a un mayor número de hogares y usuarios;

• Mejorar las viviendas;

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• Dotar de los equipamientos necesarios principalmente a la cabecera municipal y proporcionar un servicio de calidad a la población, principalmente en materia de educación y salud.

• Impulsar el desarrollo económico y la generación de empleos productivos mediante un aprovechamiento más eficiente de los recursos naturales; el desarrollo de la micro-industria en ramas vinculadas con sus recursos naturales como son los productos alimenticios y los derivados de la madera; y

• De realizarse los proyectos carreteros propuestos en el Plan Estatal de Desarrollo Urbano Nuevo León 2020, se desarrollará el potencial turístico que ofrece la zona.

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CUADRO 15 Proyecciones de la Población 2000 – 2020

2000 2003 2005 2010 2015 2020 Proyección A-C 2 /

Población Municipio 6/ 3,464 3,621 3,653 3,747 3,850 3,958Tasa de Crecimiento 5/ (%) 1.39 0.44 0.51 0.54 0.55Cabecera Municipal 1,917 1,962 1,993 2,080 2,176 2,279Tasa de Crecimiento 5/ (%) 0.72 0.79 0.86 0.91 0.93

Proyección A-C Ajustada 3/ Población Municipio 3,464 3,516 3,548 3,639 3,739 3,844Tasa de Crecimiento 5/ (%) 0.47 0.44 0.51 0.54 0.55Cabecera Municipal 1,917 1,905 1,935 2,020 2,113 2,213Tasa de Crecimiento 5/ (%) - 0.19 0.79 0.86 0.91 0.93

Proyección M-C 2 / Población Municipio 6/ 3,464 3,582 3,597 3,632 3,666 3,699Tasa de crecimiento 5/ (%) 1.05 0.21 0.19 0.19 0.18Cabecera Municipal 1,909 1,941 1,962 2,016 2,072 2,130Tasa de crecimiento 5/ (%) 0.52 0.55 0.54 0.55 0.55

Proyección M-C Ajustada 3/ Población Municipio 3,464 3,489 3,503 3,538 3,571 3,603Tasa de crecimiento 5/ (%) 0.22 0.21 0.19 0.19 0.18Cabecera Municipal 1,909 1,890 1,911 1,964 2,018 2,074Tasa de crecimiento 5/ (%) - 0.30 0.55 0.54 0.55 0.55

Proyección B 4/ Población 3,464 3,421 3,394 3,328 3,264 3,201Tasa de crecimientoe (%) - 0.39 - 0.39 - 0.39 - 0.39 - 0.39Cabecera Municipal 7/ 1,917 1,853 1,852 1,848 1,845 1,843Tasa de crecimientoe (%) - 1.04 - 0.05 - 0.04 - 0.03 - 0.02

1/ Cifras al 2000, INEGI, XII Censo General de Población y Vivienda 2000, Resultados Preliminares. 2/ Proyecciones desconcentradas preparadas para el Plan Estatal de Desarrollo Urbano, Nuevo León 2020, base 1995. 3/ Proyecciones ajustadas con los resultados preliminares del Censo, consideran constantes las tasas de crecimiento promedio anual de las versiones originales. 4/ Supone una disminución gradual de la población a una tasa constante. 5/ Tasa de crecimiento promedio anual (geométrica). 6/ Las cifras del año 2000, corresponen a las estimadas en las proyecciones. 7/ Supone una mayor concentración de la población en la Cabecera Municipal.

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4.4. Infraestructura y Servicios

Los servicios urbanos básicos: agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, y recolección, tratamiento y disposición de residuos sólidos, presentan rezagos importantes según se comentó en el capítulo anterior. Los problemas centrales de los servicios básicos, se refieren a sus coberturas, que excluyen a una porción importante de la población y a su baja calidad. Ambos problemas tienen un impacto negativo importante, tanto en la calidad de vida de la población, como en la conservación del medio ambiente, derivado de las restricciones de presupuesto y de la dispersión de la población en gran número de pequeñas localidades.

4.4.1. Agua, Drenaje y Saneamiento El agua como recurso fundamental para la vida humana, así como el drenaje, son elementos esenciales para la salud pública y para un ambiente limpio. Constituyen los satisfactores más demandados por la población y su dotación tiene un efecto muy importante en la elevación de sus condiciones de vida. Es insoslayable y prioritario ampliar, las coberturas de acceso al agua entubada y al saneamiento. Actualmente la población se abastece de agua mediante la extracción del líquido de 3 pozos profundos y manantiales con una capacidad anual de 144,473.00 M3, distribuidos según ilustra el Plano 10. Gran parte de la población es servida mediante camiones pipa o toma el agua de aljibes contaminados, de grave riesgo para la salud. La escasez de mantos acuíferos ha llevado a una sobreexplotación de los pozos existentes, lo cual aunado a la carencia de redes de distribución, se ha traducido en problemas de abastecimiento. De acuerdo a la normatividad para regiones con clima templado, se considera un consumo diario de 125.00 litros por habitante, de lo cual resulta un consumo anual de 158,045.00 m3 anuales, cifra que comparada con la capacidad anual de extracción de los 3 pozos, resulta en un déficit actual de 13,572.00 M3 anuales. Para solucionar satisfactoriamente el abasto de agua, existen problemas de escasez de recursos y de capacidad técnica, debido a la orografía del terreno y a la dispersión de los poblados. El fecalismo al aire libre, que representa la carencia del servicio de alcantarillado, constituye una amenaza grave para la salud tanto en la cabecera municipal, como en las localidades. El problema de saneamiento de agua subsiste debido a que las aguas residuales descargan en ríos y arroyos sin previo tratamiento. Asimismo, es necesario contar con recursos para la recolección de basura, toda vez que actualmente es quemada generando contaminación del medio ambiente. Se recomienda elaborar estudios técnicos y de factibilidad con la participación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Nuevo León y la Comisión Nacional del Agua, tanto para el abasto del agua, como para definir la ubicación de los rellenos sanitarios. Asimismo, es necesario emprender campañas para difundir entre la población métodos para el saneamiento del agua.

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CUADRO 16 Estimación de la Demanda de Agua Potable

Municipio y Región

Consumo Diario14 l/hab

Volumen Anual 2000

M3/Año

Consumo 2003

M3/Año

Consumo 2010

M3/Año

Consumo 2020

M3/Año Municipio de

Iturbide 125 158,045 160,438 175,370 175,370

Cabecera Municipal

125 N.D. 86,932 92,160 100,977

Fuente: Comisión Nacional del Agua

4.4.2. Energía Eléctrica La red de energía eléctrica es insuficiente y actualmente se está llevando a cabo un programa de electrificación mediante energía solar para extender el servicio a un mayor número de poblados y de habitantes.

4.5. Equipamiento

El Municipio de Iturbide cuenta con equipamiento urbano para los rubros de educación, salud, abasto, deporte, administración publica y servicios urbanos. Educación y Cultura: Existen en la cabecera 2 jardines de niños, 2 escuelas primarias y una escuela secundaria. Las localidades que cuentan.con escuela primaria en el área rural son Buena Vista, La Colorada, Santa Rosa, La Luz, Madroño, Los Pinos, La Purísima, San Antonio de las Peñitas, Santa Inés, Los Sauces, San Antonio de Cuevas y Agua de En Medio. Los alumnos inscritos en escuela en el período 1997-199815, fueron en preescolar 123, 492 en primaria y en secundaria 171. Iturbide cuenta con dos unidades de educación preescolar, 14 primarias y una secundaria. La mayor parte de la población escolar se concentra en la cabecera municipal; y el mayor número de escuelas y alumnos corresponde al nivel de educación primaria. (Ver Cuadro 17.)

CUADRO 17 Equipamiento Escolar 1998

Número de Unidades

Número de Alumnos

Preescolar 2 106 En la cabecera municipal 2 106

14 De acuerdo a la normatividad para regiones con clima templado. 15 Fuente: INEGI, Anuario Estadístico 1998.

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En las localidades Primarias 14 450 En la cabecera municipal 2 270 En las localidades 12 180 Secundarias 1 169 En la cabecera municipal 1 169 En las localidades

Fuente: Secretaría de Educación Pública

El Cuadro 18 ilustra la distribución por localidad de las escuelas primarias y el número de alumnos inscritos en 1998. Fuera de la cabecera municipal, sólo dos escuelas, localizadas en La Purísima y San Antonio de Peñitas, registraron una inscripción superior a los 20 alumnos en ese año. El resto de las escuelas se caracterizó por su escaso alumnado. De acuerdo a la normatividad, no se aprecia un déficit en el número de primarias; se requieren dos secundarias generales y una telesecundaria; y sería conveniente dotar al municipio de una preparatoria en la cabecera municipal (Ver Cuadro 18 y Cuadro 20). No obstante, cabe señalar que dadas las características especiales del municipio: dispersión de la población y estructura de la población por edades, compuesta especialmente por niños y personas mayores, la estimación del déficit actual y de las demandas futuras, deberá afinarse con un estudio que incorpore la estructura de la población por grupo de edad, una vez que se den a conocer las cifras definitivas del XII Censo General de Población y Vivienda.

CUADRO 18 Equipamiento Escolar e Inscripción según Localidad 1998

Localidad Número de Unidades

Número de Alumnos

Iturbide 2 270 Buenavista 1 10 La Colorada 1 15 Santa Rosa 1 10 La Luz 1 19 Madroño 1 13

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Los Pinos 1 11 La Purísima 1 33 San Antonio de Peñitas 1 24 Santa Inés 1 10 Los Sauces 1 8 San Antonio de Cuevas 1 17 Agua de En Medio 1 10

Fuente: Secretaría de Educación Pública.

Salud: Iturbide sólo cuenta con dos unidades auxiliares de salud localizadas en La Purísima y El Madroño, un centro de salud rural a población dispersa y una unidad móvil. (Ver Cuadro 19.) Las unidades auxiliares de salud cuentan sólo con un pasante; el centro de salud rural disperso es una casa o un cuarto donde se lleva al paciente, en espera de ser recogido por la unidad móvil, la cual no está suficientemente equipada para proporcionar los servicios de emergencia, en casos de enfermedad grave. Al no disponer de hospital, los habitantes de Iturbide que requieren de estos servicios deben ser trasladados a Linares, que se encuentra a 50.00 km. Esta situación explica el que la población demande servicios de salud de calidad con carácter prioritario, según se detectó en la consulta popular.

CUADRO 19 Equipamiento de Salud

Unidades de Salud según Tipo Hospital Unidad

Auxiliar de Salud

Centro de Salud Rural

Disperso

Unidad Móvil

Municipio de Iturbide 2 1 1 Cabecera Municipal 1 1

El Madroño 1 La Purísima 1

Fuente: Secretaría de Salud.

Abasto: Existen pequeñas tiendas de abarrotes, un restaurante y una bodega comercial de Diconsa.

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Deportes: En el casco urbano del municipio se localiza una Unidad Deportiva equipada con un salón polivalente. Además existen 2 canchas de voleibol de usos múltiples en las localidades rurales. Administración Pública y Servicios Urbanos: En la cabecera municipal se localiza el Palacio Municipal, donde se desarrollan las actividades relativas a la administración pública.

CUADRO 20 Localidad, Población 1995 y Equipamiento Actual

Población Tipo de Equipamiento Actual Localidad Actual PE P S UM UAS CSRD1 Iturbide 1858 2 2 1 1 1 2 La Purísima 160 1 1 3 Madroño 131 1 1 4 San Antonio Repeñitas 92 1 5 Santa Rosa 85 1 6 La Colorada 84 1 7 Buena Vista 84 1 8 Santa Inés 67 1 9 San Antonio de Cuevas 63 1 10 La Luz 50 1 11 Agua de Enmedio 43 1 12 Los Sauces 32 1 13 Los Pinos 19 1 T o t a l 2 14 1 1 2 1

Nomenclatura: PE = Preescolar, P = Primaria, S = Secundaria, UM = Unidad Móvil, UAS = Unidad Auxiliar de Salud, CSRD = Centro de Salud Rural Disperso.

4.6. Comunicaciones y Transportes

El Municipio de Iturbide cuenta con 9 oficinas postales de las cuales 3 son de las consideradas agencias y 6 del tipo instituciones públicas que ofrecen el servicio, tales como expendios comerciales como DICONSA, LICONSA y otros16. El volumen de la correspondencia expedida y recibida del servicio interior en 1998 hubo 172 expedidas y 1,274 recibidas. Respecto al volumen de la correspondencia expedida del servicio internacional el total de expedida fue de 4858 y el de recibida 1836. El servicio telefónico recientemente (Septiembre) cambió de modalidad de servicio el cual era dado a través de casetas y operadora a un servicio automático de larga distancia lo cual es una condición que favorece a este municipio, aun así el número de líneas en funcionamiento es muy limitado. En el servicio de comunicación privado de onda corta en el municipio existía en diciembre 31 de 1998 un usuario de este tipo, de acuerdo a los datos de SCT Nuevo León; dicho servicio puede ser radiocomunicación por teléfono o de radio móvil de Muy Alta Frecuencia (VHF) y Ultra Alta Frecuencia (UHF).

16 Fuente: Anuario Estadístico del Estado de Nuevo León. INEGI. Edición 1999.

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Respecto a las señales recibidas de las estaciones televisoras locales la trasmisión es muy limitada y se observó que predominan en algunas viviendas la conexión a través de antenas parabólicas. Comunicación Aérea: Respecto a la comunicación aérea el municipio únicamente cuenta con una pista improvisada que se localiza en las canchas de la Unidad Deportiva de la Cabecera Municipal con lo cual no se cumple con las normas de diseño de este tipo de instalaciones. La longitud aproximada de la pista es de 600 m. Vialidad: La vialidad municipal se basa en la carretera a Linares.

CUADRO 21 Longitud en Kilómetros de la Red Carretera por Tipo de Camino y Estado

Superficial según Municipio 1998 Total

Municipio Troncal Federal

AlimentadorasEstatales 1/

Caminos Rurales

Pavimentada Pavimentada Revestida Terracería60.3 16.8 --- 0.5 43.0

Fuente: Centro SCT Nuevo León. Sistema de Caminos Nuevo León, 1998. 1/ También conocidas como carreteras secundarias, tienen como propósito servir de acceso a las carreteras troncales, no se cuenta información por tipo de camino (pavimentada, revestida y terracería).

El estado físico de la carretera a Linares es bueno, es de una sección para dos carriles. Caminos: Por ser este municipio una franja extendida su vialidad en general sigue esa conformación por lo sinuoso de su topografía la mayor parte de su vialidad corresponde a caminos de terracería en el cuadro anexo se señalan los caminos y las longitudes de los mismos.

CUADRO 22

Nombre y Longitud en Kilómetros de los Caminos de Terracería 1998

Nombre del Camino Longitud en km Iturbide – Los Pinos 9.0 Iturbide – El Saucillo 5.0 Gachupines – Las Delicias – Galeana 8.0 El Saucillo – La Providencia – San Antonio – Peñitas

13.0

Iturbide – La Laguna de Santa Rosa 7.0 Cuevas - Purísima 9.0 Purísima – Santa Inés 19.0 Santa Inés – La Luz 16.0 Congregación Camarones – Benito Juárez 15.0 El Marrubial 2.0 Congregación Camarones – Cuevas – Entronque

28.0

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Fuente: Croquis anexo del Plan Municipal de Desarrollo 1997 – 2000, Iturbide, N.L., Enero de 1998.

El estado físico de estos caminos es malo en general, tanto por su estado físico como por su traza que se distribuye sobre la sierra con pendientes muy elevadas en tramos que pueden ser interrumpidos por deslaves, además de que la sección corresponde únicamente para dos carriles y en pocos lugares hay oportunidad de retorno. Las demandas recogidas de la población respecto a este medio son considerables ya que se han quedado incomunicados en algunas ocasiones afectando a las comunidades ubicadas fuera de la cabecera municipal. Ver Plano 11: Sistema de Carretera y Caminos.

4.7. Diagnóstico y Pronóstico Integrado

La ubicación del Municipio de Iturbide y las características del medio natural presentan la disyuntiva de conservar su status rural con actividad agropecuaria o explorar el desarrollo de actividades industriales con base en la transformación de sus recursos naturales y el turismo. La evolución de la población en los últimos años señala el despoblamiento del municipio, si no se mejoran las condiciones de vida y se toman medidas para impulsar el desarrollo de los habitantes. Es necesario definir estrategias para aprovechar las ventajas que presenta la zona por su posición geográfica y las características paisajísticas de su orografía, para propiciar el desarrollo de un corredor turístico que detone el crecimiento económico y social de los tres municipios. El Cuadro 16 estima las necesidades de agua potable previstas de acuerdo a las proyecciones de la población17 para el período 2000-2020; y el Cuadro 23, las necesidades de equipamiento para el mismo período, de acuerdo a la proyección de la población A-C.

4.7.1. De Municipio La Región Sierra Madre en el Plan Estatal de Desarrollo Urbano de Nuevo León 2020 es clasificada como de expulsión demográfica y el Municipio de Iturbide, que forma parte de esta región. La tendencia poblacional en el sentido decreciente que se produjo de 1970 a 1990 y que ha continuado en la década de 1990 al 2000, permite pensar que este decrecimiento demográfico puede ser sostenido, dado que la anterior tendencia obedecía a la situación de crisis que ha vivido el País, obligando a la población a emigrar a los municipios colindantes como son Galeana y Linares, y aún más allá al Área Metropolitana de Monterrey y los Estados Unidos de Norteamérica, en busca de trabajo temporal algunas veces y en forma definitiva en otras. Si no se toman medidas para atender a la población, este puede continuar catalogado como de expulsión demográfica. El equipamiento urbano, la dotación de los servicios, principalmente el de drenaje sanitario, pavimentación y programas de apoyo a la vivienda,

17 IBID.

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son los aspectos que hay que mejorar o implementar en el municipio para disminuir esta tendencia. El resto de las localidades rurales se encuentran deficientes en una integración vial, tanto en trazo como en estado físico; esto aunado a su carácter de municipio de montaña, impide comunicación para actividades productivas, así como a las de abastecimiento y dotación de servicios.

4.7.2. De Centro de Población No obstante que no se prevé un fuerte crecimiento poblacional, se requiere hacer un esfuerzo para dotar gradualmente de los servicios básicos, a los asentamientos humanos del casco urbano que actualmente carecen de ellos. El crecimiento previsto para la cabecera municipal se orienta hacia el norte y este de la cabecera municipal.

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CUADRO 23 Estimación de Demandas de Equipamiento Urbano

Subsistema

Unidad Básica

Hab./

Unidad

Terreno

por Unidad

Construcción

por Unidad

Año

m2 m2 2000 2003 2010 2020 Población Estimada 3,464 3,516 3,639 3,844

Educación Inicial 9 cunas 1500 80 50 2 2 2 3 Preescolar 1 aula 770 212 83 4 5 5 5 Primaria 1 aula 240 390 117 14 15 15 16 Secundaria 1 aula 1160 500 125 3 3 3 3 Telesecundaria 1 aula 2325 250 125 1 2 2 2 Bachillerato 1 aula 3330 755 175 1 1 1 1

Cultura Biblioteca 30.00 m2 2100 2.5 1 2 2 2 2 Auditorio 200 butacas 4800 6 1.7 1 1 1 1 Centro Social 200.00 m2 4000 2 1 1 1 1 1 Museo 60.00 m2 9960 2 1 0 0 0 0 Casa de la Cultura 130.00 m2 9100 2 1 0 0 0 0 Salud Unidad Médica 1 consultorio 1065 190 75 3 3 3 4 Clínica 2 consultorios 2130 190 75 2 2 2 2 Urgencias 4 camas 5000 50 30 1 1 1 1 Asistencia Casa Cuna 9 cunas 4500 100 50 1 1 1 1 Social Hogar de Ancianos 10 camas 2500 40 20 1 1 1 1 Velatorio 1 capilla 10000 450 150 0 0 0 0 Comercio Tienda 30.00m2 80 2 1 43 44 45 48 Mercado 10 puestos 1200 28 15 3 3 3 3 Centro Comercial 100.00 m2 10000 2.5 1 0 0 0 0 Abastos Rastro 50.00 m2 6650 6.5 1 1 1 1 1 Central de Abasto 400.00 m2 6640 15 1.5 1 1 1 1 Recreación Cine 50 butacas 5000 4.8 1.2 1 1 1 1 Ferias 500.00 m2 5000 1 0.3 1 1 1 1 Deporte Centro Deportivo 2000.00 m2 4000 2 0.06 1 1 1 1 Gimnasio 200.00 m2 4000 1.7 1 1 1 1 1 Alberca 200.00 m2 4000 1.7 1 1 1 1 1

Comunicaciones Correo 40.00 m2 400 2.5 1 9 9 9 10 Telégrafo 50.00 m2 2500 2.5 1 1 1 1 2 Teléfono 100 líneas 3000 42 0.2 1 1 1 1 Transporte Autobús 1 andén 8000 330 80 0 0 0 0 Camiones de Carga 5 bodegas 10000 1000 210 0 0 0 0 Servicios Comandancia 50.00 m2 8250 2.5 1 0 0 0 0 Urbanos Cementerio 100 fosas 2800 5.2 0.2 1 1 1 1 Basurero 1000.00 m2 5000 1 Variable 1 1 1 1 Gasolinera 9 bombas 5000 175 45 1 1 1 1 Adm. Reclusorio 40 celdas 10000 100 28 0 0 0 0 Pública Juzgado Civil 40.00 m2 8000 2 1 0 0 0 0

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II. NIVEL NORMATIVO

1. Objetivos • Determinar las estrategias municipales de ordenamiento del territorio y de

desarrollo urbano para mitigar el impacto del desarrollo urbano. • Definir las normas que sustentarán las políticas que se deben implementar en

cada una de las zonas en que se divide el municipio de acuerdo con su potencial, la infraestructura requerida y los criterios de sustentabilidad del desarrollo y el respeto al equilibrio ecológico.

1.1. De Centro de Población El objetivo general para la Cabecera Municipal de Iturbide, considerada como el centro de población del municipio, será disponer de la infraestructura, equipamiento y servicios necesarios, a fin de prestar atención a las localidades con menor rango de población de su municipio. Los objetivos particulares para las localidades que gravitan en torno a la cabecera municipal son:

• Consolidar y reforzar los servicios urbano - rurales, a fin de satisfacer las principales necesidades de la población que vive en las diferentes localidades del municipio.

• Ampliar la infraestructura y vialidad entre las localidades, para evitar el aislamiento de asentamientos humanos.

1.2. Municipales • Consolidar la relación intermunicipal entre las localidades así como con las

localidades y centros de población de municipios aledaños.

2. Horizontes de Planeación 2.1. Municipales De acuerdo con la propuesta del Plan Estatal de Desarrollo Urbano Nuevo León 2020, el marco demográfico constituye la base para la programación del desarrollo urbano en el Estado, y en base al crecimiento de la población, se definirán estrategias y programas en el contexto de un sistema de localidades que estructure el territorio municipal.

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Los plazos para llevar a cabo las obras y acciones determinadas por la estrategia de desarrollo urbano, para dar vigencia al Plan Municipal de Desarrollo Urbano, constituyen el horizonte de planeación. En concordancia con el Plan Estatal mencionado, en términos de corto, mediano y largo plazo anualizado, el horizonte de planeación municipal considerado es:

a) Corto plazo al año 2003; b) Mediano plazo el 2010; y c) Largo plazo el 2020.

A fin de establecer congruencia del presente plan con la planeación estatal, se asumen tres horizontes de planeación que son:

• Corto Plazo al año 2003 como año terminal. • Mediano Plazo al año 2010 como año terminal. • Largo Plazo al año 2020 como año terminal.

Lo anterior se define con el objetivo de orientar los esfuerzos del municipio conjuntamente con los estatales, a fin de crear las condiciones que permitan su desarrollo.

3. Normas y Criterios de Desarrollo Urbano Las siguientes normas y criterios han sido adoptados del Programa Nacional de Desarrollo Urbano 1990-1994, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 14 de agosto de 1990. Estos criterios son orientaciones complementarias, no supletorias, de los reglamentos de seguridad estructural y de construcción vigente en cada entidad federativa. 3.1. Municipales 3.1.1. Usos del Suelo Interurbano Ocupación del Territorio No se debe permitir el desarrollo urbano en terrenos con las siguientes características:

• Aluviones naturales recientes, profundos o superficiales, o todo tipo de relleno artificial en barrancos; y terraplenes en general, no consolidados.

• Antiguos brazos o lechos secos de ríos o lagos. • Faldas de cerros que presenten estratos y fracturas, orientadas en la misma

dirección de sus pendientes, observando además en su material una frágil cohesión susceptible al deslizamiento o derrumbe.

• Sísmicos.

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No se debe permitir el desarrollo urbano en:

• Zonas con pozos naturales o artificiales, cuevas, cavernas o minas, o con serios problemas de hundimiento o alta comprensibilidad.

• Al pie de taludes artificiales, en el margen mínimo de seguridad señalado anteriormente.

• Terrenos inestables con conflictos dados por sus características de expansión, colapso, granulación suelta, dispersión de material, corrosión o alto contenido orgánico.

• Áreas susceptibles a derrumbes o deslizamientos, sobre o al pie de laderas, cuyo material sea poco coherente y de adherencia frágil, con tendencia al desprendimiento por intensas lluvias, sobresaturación hidráulica, sobrepeso, dejando una franja mínima de seguridad de 25.00 m entre las bases de éstas y el desarrollo urbano.

• No se debe permitir el desarrollo urbano en zonas con relieve muy accidentado o con pendiente mayores al 35%.

• En el interior u orillas de los lechos de los lagos, lagunas y presas; en los cauces de ríos, arroyos y canales. La prohibición incluye el estricto respeto a la franja de protección, determinada por el registro máximo de caudal en sus superficies o secciones en los últimos 20 años y con una distancia mínima de 15.00 m de esta cota.

• Terrenos localizados por debajo de 5.00 m de altura como mínimo, a partir de la cota de máximo crecimiento hidráulico indicado anteriormente; en el caso de ríos que desarrollen más de 20.00 m de sección o cuerpos hidráulicos estáticos con un radio promedio mayor a los 40.00 m, dados en sus períodos de estabilización promedio.

• Aguas abajo o al pie de la cortina de una presa, en terrenos localizados por debajo del nivel hidráulico máximo señalado en los puntos anteriores, y susceptibles a constantes y prolongadas inundaciones.

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• Terrenos sobre depresiones del relieve, altamente inundables por

impermeabilización de suelo durante períodos intensos o constantes de lluvias, o terrenos pantanosos.

Previa determinación precisa de sus límites, no se deberá permitir desarrollo urbano en cualquier tipo de preservación ecológica, agrológica de primer y segundo orden de productividad, bancos de material, zonas de extracción mineral y petrolera o de recarga hidráulica.

Regulación General de los Usos del Suelo Para definir la compatibilidad entre los diversos usos del suelo urbano, se deberán considerar los siguientes criterios: a) Se deberán aislar, a una distancia mínima de 10.00 m, o reubicar a aquellos usos urbanos que produzcan las siguientes afectaciones molestas a las construcciones y habitantes de las áreas circunvecinas:

• Más de 65 dB entre las 8 y las 22 horas, o bien 30 dB entre las 22 y las 8 horas.

• Radiaciones externas de más de 30ºC. • Más de 500 lumenes con luz continua, o bien 200 lumenes con intermitente. • Polvos y humos que ensucien paramentos y cubiertas de las construcciones

aledañas. • b) Cualquier uso habitacional deberá estar alejado como mínimo a: • 50.00 m de cualquier ducto de petróleo o sus derivados. • 30.00 m de una vía férrea. • 10.00 m de una vialidad primaria de acceso controlado. • 100.00 m de un canal de desagüe a cielo abierto. • 30.00 m de una línea de transmisión eléctrica de alta tensión.

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• 25.00 m de zonas industriales pesadas o semipesadas, o zonas de

almacenaje a una escala de bajo riesgo. • 50.00 m de zonas industriales o de almacenamiento de alto riesgo. • 10.00 m de zonas industriales ligeras y/o medianas. • 30.00 m de talleres de reparación de maquinaria o transporte pesado. • 10.00 m de complejos patrimoniales históricos no integrados al desarrollo

urbano. • 20.00 m de preservaciones agrológicas o ecológicas. • 1,000.00 m de la cabecera de una pista de aeropuerto de mediano y largo

alcance. Usos Industriales y Ductos a) Todo tipo de usos industriales o almacenaje de gran escala con características de alto

riesgo y/o contaminación, deberá localizarse en zonas o corredores industriales diseñados para ese fin. Deberán contar con una franja perimetral de aislamiento para el conjunto, con un ancho determinado según análisis y normas técnicas ecológicas, que no deberá ser menor de 25.00 m. Todo tipo de planta aislada o agrupada, deberá estar bardeada. En la franja de aislamiento no se permitirá ningún tipo de desarrollo urbano, pudiéndose utilizar para fines forestales, de cultivo, ecológicos o recreación pasiva informal, sin permitir estancias prolongadas o numerosas de personas.

b) Las áreas industriales en general, y en particular las emisoras de altos índices de contaminación atmosféricas, deberán emplazarse a sotavento de las localidades, para facilitar la eliminación de contaminantes y riesgos.

c) En el caso de productos altamente inflamables, explosivos y/o tóxicos, que son extraídos, transformados, almacenados o distribuidos, se deberá prever reservas territoriales en las instalaciones de sus plantas, para alojar su máximo crecimiento y capacidad de producción y/o almacenamiento según sus proyectos iniciales, e incluyendo las franjas de protección de acuerdo con los análisis y normas técnicas ecológicas.

d) En el caso de plantas de explosivos o productos extremadamente letales al ser humano, están prohibidas para instalarse en los interiores de los centros de población y deberán distanciarse a:

• 1,700.00 m como mínimo de cualquier uso urbano. • 1,000.00 m de una vía de ferrocarril de paso.

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• 500.00 m de una carretera con transporte continuo de paso. e) En el caso de plantas de recibo y/o distribución de energéticos o derivados del

petróleo, las distancias de aislamiento mínimo para el resguardo del desarrollo urbano se explican en el Cuadro 24.

CUADRO 24 Distancia de Aislamiento para las Instalaciones de Almacenamiento, Recibo y/o

Distribución de Energético

Área Distancia (m) Para recibo de líquidos y gases: Poliducto y autotanques (autotransporte) y carrostanques (ferrocarril).

50.00 a 500.00

Para operación: Llenaderas de autotanques y carrotanques. 50.00 a 500.00Para almacenamiento: Llenaderas de tambores de 10,000 barriles. 35.00 a 150.00Estacionamiento de autotanques. 35.00

f) En el caso de plantas de almacenamiento de derivados del petróleo, entre 100 y 30,000 barriles, las distancias de resguardo mínimas para el desarrollo urbano, varían de acuerdo al nivel de riesgo de los diversos productos, entre 75.00 y 400.00 m.

g) Con respecto a ductos y poliductos transportadores de derivados del petróleo, no se permitirá el desarrollo urbano sobre su sección y trayecto de derecho de vía dado su carácter de zona federal. No se permitirá el tránsito no controlado de transportes o maquinaria pesada sobre su tendido, ni la excavación a cualquier profundidad cercana a la tubería. Si por algún motivo se requiere de la instalación cercana de una red de infraestructura urbana, o la construcción de una vía o dispositivo vial cercano al tendido, se deberá obligatoriamente concertar y coordinar su proyecto y construcción bajo la supervisión de PEMEX. La distancia mínima de resguardo a usos urbanos a partir del eje de la tubería será de 35.00 m.

h) En los ductos, las estaciones de recompresión (gases), rebombeo (líquidos) o control, estarán espaciadas a un mínimo de 12.00 km y a un máximo de 30.00 km. Toda estación deberá tener un área de aislamiento con un radio mínimo de 300.00 m, no permitiendo ningún tipo de uso urbano en su interior. Todo tipo de ducto que pase cercano a un asentamiento humano deberá construirse con tuberías de láminas de acero según las especificaciones de PEMEX, y con un control extraordinario de sus soldaduras de unión.

i) No se permitirá ningún uso urbano en un radio mínimo de 15.00 m, desde el eje de cada bomba de expendio de gasolina. La distancia mínima entre depósitos subterráneos de combustible a una vía férrea, ducto de derivados del petróleo o línea de transmisión de alta tensión de energía eléctrica será de 30.00 m.

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3.1.2. Infraestructura Interurbana Infraestructura de Agua y Drenaje a) En la captación hidráulica para usos urbanos se deberán prever las siguientes medidas:

• Controlar el uso y cobertura de fertilizantes y pesticidas para no contaminar o alterar la calidad de los cuerpos hidráulicos.

• No se debe permitir descargar aguas residuales sin tratamiento previo directamente sobre cualquier cuerpo hidráulico.

• No se debe permitir captaciones de agua debajo de una descarga residual, aún cuando éstas sean tratadas.

• El agua captada antes de su conducción y/o distribución a un centro de población, deberá ser potabilizada.

b) Para el tendido de la red hidráulica de distribución se deberán considerar los siguientes criterios:

• No se debe permitir ningún tipo de desarrollo urbano o dotación hidráulica arriba de la cota piezométrica máxima determinada por el sistema de distribución. En el caso de existir algún tipo de uso urbano arriba de esta cota, se deberá reubicar o consolidar su crecimiento dotándolo sólo de un tanque regulador para su uso exclusivo.

• Todo tendido hidráulico deberá ser subterráneo y alojado en una zanja. Sólo en casos excepcionales se usará tubería de acero en desarrollos superficiales. Cuando el agua tenga propiedades incrustantes se deberá estabilizar desde su captación para evitar daños en la tubería e instalaciones.

• La distancia mínima de separación entre la tubería hidráulica principal y la sanitaria, telefónica o eléctrica, deberá ser de 2.50 m. Toda tubería hidráulica se tenderá por encima de la sanitaria, a una distancia mínima de 0.50 m.

• En zonas sujetas a fenómenos naturales cíclicos, las plantas potabilizadoras y de tratamiento de aguas residuales deberán contar con plantas auxiliares de energía, independientes del suministro eléctrico normal. En zonas inundables o de fuertes lluvias, los rellenos posteriores al tendido de las redes deberán tener una compactación equivalente a la del terreno en que se instalan.

c) Para la dotación de litros de agua potable por habitante al día, se deberán manejar los parámetros presentados en el cuadro siguiente.

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CUADRO 25 Dotación de Litros de Agua Potable por Habitante al Día

Número de habitantes tros por día Cálido Templad

o Frío

2,500 a 15,000 150 125 100 15,000 a 30,000 175 150 125 30,000 a 70,000 200 200 150 70,000 a 150,000 250 225 175 150,000 y más 300 250 200

d) Para el tendido de la red sanitaria se deberán considerar los siguientes criterios:

• Para el cálculo del gasto de desecho, se considerará el 75% de la dotación hidráulica señalada en el punto anterior por las pérdidas de consumo, adicionando los gastos industriales, pluviales y si es el caso, las filtraciones freáticas.

• Los albañales de servicio se deberán colocar uno por cada predio hacia el colector de la zona, previendo pendientes mínimas del 2%, además de un registro en el interior del predio en su lindero frontal y con mínimas de 0.40 por 0.60 m, por 0.90 m de profundidad.

• Para la protección del tendido del paso vehicular, deberá haber una profundidad mínima de 0.70 m, entre nivel de piso y lomo superior de tubería, en diámetros de hasta 0.45 m. Para diámetros mayores la profundidad deberá ser hasta de 1.20 m.

e) Todo tipo de planta de tratamiento deberá estar cercada en su perímetro y alejada por lo menos a 500.00 m de cualquier cuerpo hidráulico importante, para evitar su contaminación. Se deberán emplazar en las partes más bajas del poblado para facilitar la conexión y operación de los colectores convergentes a ellas. No se deberán construir en suelos freáticos inmediatos y si es el caso, hacer las obras necesarias para garantizar que no se produzcan filtraciones. Se deberá prohibir cualquier uso recreativo en sus instalaciones o en su entorno inmediato. Se deberá separar por lo menos a 100.00 m de tiraderos de desechos sólidos. Infraestructura de Energía Eléctrica a) Para el tendido de las líneas de energía eléctrica se deberán considerar los siguientes criterios:

• Las alturas mínimas para tendido de líneas sobre postes deberán ser de 7.50 m en baja tensión y 10.50 m en alta tensión. La separación máxima entre postes deberá ser de 30.00 m. La altura mínima de acometida

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eléctrica a predio deberá ser de 5.50 m, con un desarrollo máximo de línea de 30.00 m.

b) Para el tendido y distribución de luminarias de alumbrado público, se deberán considerar los siguientes criterios:

• La altura mínima permisible de luminarias deberá ser de 4.80 m, y la máxima de 12.00 m, y su espaciamiento mínimo deberá ser de 25.00 m. La intensidad lumínica mínima deberá ser de 2.15 luxes.

3.1.3. Vialidad Interurbana a) No se permitirá desarrollo urbano sobre la superficie de derecho de vía en vialidades

regionales. Solamente se permitirán servicios carreteros en edificios, puentes o garitas de revisión de cobro de cuotas.

b) Toda circulación de los sistemas viales regionales y urbanos deberá alojar un sistema integral de señalización para conductores y peatones, con carácter informativo, preventivo y restrictivo de sus movimientos. El sistema se deberá basar en elementos verticales y horizontales fijos, pintados, luminosos, fosforescentes o eléctricos.

c) En función a los volúmenes vehiculares, se deberán prever tramos y dispositivos de desaceleración vehicular en las conexiones de acceso de vialidad regional a urbana, independientemente de que éstas aumenten, mantengan o disminuyan sus secciones viales. El mínimo tramo de desaceleración será de 250.00 m de largo.

d) Los libramientos deben canalizar una alta proporción de transportes de paso evitando al máximo la introducción indiscriminada de vehículos, en especial pesados, al interior de la mancha urbana. No obstante, su construcción no debe ser un obstáculo para el desarrollo urbano, ni un estímulo para su crecimiento desordenado. Las conexiones del libramiento se deberán controlar y articular al sistema vial primario del poblado.

e) Las terminales y centrales de autotransporte de carga y ómnibuses de pasajeros foráneos, deberán instalarse en las derivaciones entre un libramiento y la vialidad primaria local. También a través de la jerarquización y trayectorias viales urbanas se deberá canalizar el autotransporte de carga hacia las zonas industriales o de gran almacenamiento, y el de pasajeros foráneos hacia los sistemas de transporte público urbano.

f) La estructura vial de los centros de población, de acuerdo con la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado indica las normas habituales de estructuración vial en el Cuadro 26.

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CUADRO 26 Normas Básicas de la Estructura Vial

Vialidad Primaria Vialidad Secundaria Concepto Acceso

Controlado Principales Colectoras Subcolectoras Locales

Derecho de vía

56.00 m mínimo

37.00 m mínimo

24.00 m mínimo

15.00 m mínimo

12.00 m mínimo

Calle lateral 12.00 m a cada lado

Ancho de carriles

3.00 – 3.30 m 3.00 – 3.30 m 3.00 m 3.00 m 3.00 m

Ancho de banquetas

3.50 m mínimo

3.50 m mínimo

3.00 m mínimo

2.00 m mínimo

3.00 m mínimo

Separación entre vías

Camellón de 4.00 m

250 m

Número de carriles

Central 4 – 8

Un sentido 4 - 6

Un sentido 2 – 4

Un sentido 2 – 4

Un sentido 3

Lateral 3 Doble sentido

4 – 6

Doble sentido 2 – 3

Doble sentido 2

Doble sentido 2

Velocidad de proyecto

80.00 km/h 60.00 km/h 60.00 km/h 50.00 km/h 40.00 km/h

Velocidad de operación

80.00 km/h 60.00 km/h 60.00 km/h 50.00 km/h 40.00 km/h

Velocidad de demanda

60.00 km/h 40.00 km/h 40.00 km/hr 30.00 km/h 20.00 km/h

• Los derechos de vía, ancho, la inclusión de calle lateral, el ancho de

banquetas y la separación entre vías corresponde a las Normas Básicas de Vialidad que se mencionan en el Artículo 124 de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado.

• La longitud máxima para calles con retorno es de 125.00 m con retorno mínimo de 22.00 m de diámetro.

• Los demás caminos o vías de comunicación y transporte de personas y bienes tendrán la anchura que dispongan las leyes Federales, Estatales o bien por acuerdos con la autoridad competente.

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3.1.4. Transporte Interurbano a) El diseño de trayectos de transporte público urbano se formulará de acuerdo a la legislación federal aplicable y las estrategias de carácter regional, diseñadas por el Gobierno del Estado, conjuntamente con el Consejo Estatal del Transporte en Nuevo León.

3.1.5. Equipamiento Interurbano Regulación de Equipamientos a) La regulación de equipamientos se deberá establecer con base en los criterios indicados en el Cuadro 27, considerando la relación del rango de población de las localidades b) Para apoyar la estructuración de las localidades se aplicarán los Criterios de Integración del Equipamiento para centro SERUC. c) La dosificación de equipamiento por jerarquía de los centros SERUC, así como las previsiones de suelo para la ubicación, se efectuarán de acuerdo a lo que indica el cuadro mencionado, establecido por el Sistema Normativo de Equipamiento Urbano de la SEDUE.

3.1.6. Control Ambiental Las normas de control ambiental aplicables serán las derivadas de la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente Estatal y el Reglamento de la misma ley.

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CUADRO 27 Sistema Normativo de Equipamiento Urbano

Terreno / Unidad Const. Subsistema Unidad básica Hab./Unidad m2

Educación Inicial 9 cunas 1500 80 50 Prescolar 1 aula 770 212 83 Primaria 1 aula 240 390 117 Secundaria 1 aula 1160 500 125 Telesecundaria 1 aula 2325 250 125 Bachillerato 1 aula 3330 755 175

Cultura Biblioteca 30.00 m2 2100 2.5 1 Auditorio 200 butacas 4800 6 1.7 Centro Social 200.00 m2 4000 2 1 Museo 60.00 m2 9960 2 1 Casa de la Cultura 130.00 m2 9100 2 1

Salud Unidad médica 1 consultorio 1065 190 75 Clínica 2 consultorio 2130 190 75 Urgencias 4 camas 5000 50 30

Asistencia Social Casa Cuna 9 cunas 4500 100 50 Hogar de Ancianos 10 camas 2500 40 20 Velatorio 1 capilla 10000 450 150

Comercio Tienda 30.00 m2 80 2 1 Mercado 10 puestos 1200 28 15 Centro Comercial 100.00 m2 10000 2.5 1

Abastos Rastro 50.00 m2 6650 6.5 1 Central de Abasto 400.00 m2 6640 15 1.5

Recreación Cine 50 butacas 5000 4.8 1.2 Ferias 500.00 m2 5000 1 0.3

Deporte Centro Deportivo 2000.00 m2 4000 2 0.06 Gimnasio 200.00 m2 4000 1.7 1 Alberca 200.00 m2 4000 1.7 1

Comunicaciones Correo 40.00 m2 400 2.5 1 Telégrafo 50.00 m2 2500 2.5 1 Teléfono 100 líneas 3000 42 0.2

Transporte Autobús 1 andén 8000 330 80 Camiones de Carga 5 bodegas 10000 1000 210

Servicios Urbanos Comandancia 50.00 m2 8250 2.5 1 Cementerio 100 fosas 2800 5.2 0.2 Basurero 1000.00 m2 5000 1 Variable Gasolinera 9 bombas 5000 175 45

Administración Reclusorio 40 celdas 10000 100 28 Pública Juzgado Civil 40.00 m2 8000 2 1

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III. NIVEL ESTRATÉGICO

1. Área Normativa del Plan El área sobre la que se normará el presente documento es el territorio municipal (70,060.00 ha), en congruencia con la legislación estatal vigente en esta materia. El plan es de observancia general y se ha formulado como instrumento para la administración del ordenamiento territorial y el desarrollo urbano, así como herramienta de apoyo para el desarrollo municipal, económico y humano en el municipio. Las estrategias y acciones desarrolladas en este capítulo se derivan del objetivo general para el municipio y los objetivos particulares definidos para las localidades principales, a fin de garantizar el vínculo y congruencia entre éstos y las acciones.

2. Estrategia de Ordenamiento Territorial Municipal La estrategia de ordenamiento territorial tiene por objeto la distribución equilibrada y sustentable de la población y de las actividades económicas en el territorio municipal y para lograrlo se establecen políticas de ordenamiento, crecimiento, mejoramiento y conservación de las diferentes áreas del municipio y sus localidades. 2.1. Política de Ordenamiento Para fines de una planeación con criterios de sustentabilidad la política de ordenamiento se sustentará en los postulados que establecen las Leyes de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y la de Equilibrio Ecológico del Estado, para cubrir los enfoques urbano y ecológico respectivamente. Política de Ordenamiento Territorial Ésta se aplicará en todo el territorio municipal y se sustentará en dos conceptos expresados en la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León (LOTDUNL): La Zonificación Primaria y el Sistema de Localidades en el municipio. El primero permitirá delimitar en grandes zonas el suelo urbanizable y el que deberá ser preservado, siguiendo con criterios de sustentabilidad derivados de las políticas de ordenamiento ecológico, a fin de impulsar las actividades productivas, tanto industriales como agropecuarias. Mientas que el sistema de localidades permitirá establecer una jerarquía para llevar los servicios de educación, salud, recreación, cultura y comercio, de forma racional. Política de Ordenamiento Ecológico La política de ordenamiento ecológico se aplicará en todo el territorio municipal, a fin de asegurar que las medidas que se establezcan desalienten el crecimiento desordenado, mitiguen el impacto del desarrollo urbano y sirvan de base para implementar estrategias urbanas con criterios de sustentabilidad, para aprovechar racionalmente los recursos y oportunidades que el territorio municipal ofrece. 2.2. Política de Crecimiento

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En el Municipio de Iturbide, la política de crecimiento se aplicará a una localidad: La cabecera municipal, por su ubicación con respecto a otros asentamientos humanos y la población que la habita; se propone como un centro de equipamiento menor. Su función principal es proporcionar servicios diversos para el bienestar social a la población, además de ser elemento fundamental para estructurar las áreas urbanizables definidas en la zonificación primaria. 2.3. Política de Mejoramiento Esta política se aplicará bajo los enfoques urbano y ecológico. El primero de acuerdo con la LOTDUNL, se considera como toda acción tendiente a reordenar o renovar las zonas de un centro de población de incipiente desarrollo o que sean deterioradas física o funcionalmente. En el aspecto urbano esta política se aplicará para dar mantenimiento y restitución del pavimento, las edificaciones y las plazas públicas en la cabecera municipal. El mejoramiento ecológico es aplicable a aquellas áreas que han sufrido deterioro considerable en su forma natural o utilidad original, y cuya existencia es de vital importancia para el desarrollo de la comunidad y el impulso a las actividades agropecuarias. En Iturbide, las principales áreas que requieren de esta política son los escurrimientos pluviales, por lo que es necesario formular programas de mejoramiento para el Río Pablillo. 2.4. Política de Conservación Política de Conservación Urbana La política de conservación urbana se define como la acción de mantener y preservar en buen estado la infraestructura, equipamiento, vivienda y servicios urbanos de los centros de población, incluyendo sus valores históricos y culturales. Política de Conservación Ecológica Esta política es aplicable principalmente a aquellas áreas que tienen valor ecológico o agropecuario, por su alto índice de productividad y porque son factor importante para el equilibrio ecológico y la preservación del medio ambiente en el municipio. Por la importancia que tienen los cuerpos de agua en Iturbide, se aplicarán políticas de conservación ecológica en márgenes de ríos y arroyos, y en las zonas de actividad agropecuaria y donde se ubica la Sierra Madre, comprendida en el municipio. 2.5. El Marco Socio-Económico Los recursos humanos constituyen la columna vertebral sobre la cual se articula la estrategia para lograr ventajas competitivas. De ahí el planteamiento de conferir la más alta prioridad a la inversión en capital humano, lo cual se traduce en: educación, salud,

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vivienda y servicios para la población; y en asegurar la generación de empleos productivos y remunerados para arraigar a la población. Las estrategias se orientan a conseguir tres objetivos básicos:

• Elevar la calidad de vida; • Atenuar las asimetrías del desarrollo tanto hacia el exterior como hacia el interior; • Sentar las bases de una comunidad más justa y participativa;

Para lograr estos objetivos, es necesario incorporar a la población a los beneficios del desarrollo y desarrollar áreas de oportunidad en forma deliberada, con base en la transformación de los recursos naturales y de las actividades agropecuarias y forestales que actualmente se realizan en el municipio. Las estrategias y programas que se bosquejan requieren para su instrumentación, del concurso de todos los organismos y agentes involucrados tanto en el proceso de planeación como en la realización de los programas y proyectos. Asimismo, se requiere hacer un esfuerzo para establecer un mayor compromiso y participación de los sectores privado y social; y paralelamente, mejorar los mecanismos de coordinación, control y administración del desarrollo.

2.5.1. Educación En el aspecto educativo, es necesario hacer un esfuerzo por elevar la calidad de la educación a nivel primaria y secundaria; y dar acceso a los jóvenes a la educación media superior. Con ello se pretende preparar a los jóvenes para incorporarse a la fuerza de trabajo, ya sea en el propio municipio o en otras localidades, de forma que la brecha que actualmente se observa en los niveles de capacitación, se vaya cerrando. Para lograr lo anterior, es necesario revisar los planes de estudio y homologar la calidad de la enseñanza que se imparte en las escuelas del municipio, con la que se da en el Área Metropolitana de Monterrey y en otros municipios que se distinguen por la calidad de su educación. Asimismo se requiere crear una cultura del aprendizaje en toda la comunidad; y prestar mayor atención a la formación cívica, especialmente de los niños y jóvenes. En los niveles de educación primaria y secundaria, la educación deberá enfatizar el aprendizaje del español, el inglés y las matemáticas; y al mismo tiempo desarrollar los valores y conciencia social del niño, mediante cursos de ética, civismo, conservación del medio ambiente, racionalidad en el uso de los recursos no renovables, y primeros auxilios entre otros. Asimismo, deberá alentarse entre los estudiantes, la creatividad, la iniciativa, el espíritu de investigación, la participación en grupos de trabajo y familiarizarlo con el uso de los equipos de cómputo. La educación deberá ser lo suficientemente diversificada y flexible como para permitir a los jóvenes el desarrollo de una amplia gama de actividades. Se recomienda prestar especial atención a la difusión de métodos adecuados para la práctica de las actividades agropecuarias y la explotación de los recursos forestales; y al desarrollo de habilidades gerenciales y administrativas para impulsar la micro y pequeña empresa.

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Los programas educativos deberán orientarse a: • Lograr una educación de calidad, con la cual los jóvenes puedan mejorar su

productividad y ampliar sus posibilidades de empleos remunerados. • Crear una cultura del aprendizaje entre toda la población. • Formar ciudadanos conscientes de sus derechos y obligaciones, con un profundo

sentido de cohesión social que apunte al logro de una sociedad más justa y participativa..

• Fomentar la investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías y procesos productivos.

Entre los programas que deberán evaluarse para su formulación e instrumentación, se proponen tres grandes líneas de acción:

Revisión continua de los planes de estudio con el propósito de adecuarlos a los avances tecnológicos y a las demandas del mercado laboral Dentro de esta línea se inscriben los siguientes programas: • Diseño de nuevos planes de estudio. • Experimentación de los nuevos planes mediante su instrumentación en escuelas

piloto. • Vincular a las instituciones educativas con las empresas para incorporar en los

planes de estudio las materias técnicas y conocimientos que se demandan en el mercado de trabajo.

• Capacitación continua del personal docente.

Creación de una Cultura del Aprendizaje Esta línea de acción comprende la realización de campañas y programas orientados a: • Difundir el uso de las computadoras mediante la dotación de equipos

estratégicamente distribuidos en la cabecera municipal y en las localidades. • Promover la ciencia, la cultura y las artes y el deporte a través de eventos

especiales;.y realizar campañas de extensión cultural.

Desarrollo Regional, Investigación y Desarrollo Elaborar un programa de apoyos y de incentivos fiscales para alentar la investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías y procesos de producción orientados a la explotación racional y sustentable de los recursos naturales del municipio. Promover el desarrollo de proyectos de incubadoras de empresas que utilicen los recursos regionales y locales, con el concurso de las instituciones de educación superior del estado. 2.5.2. Salud

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El objetivo central es: una sociedad sana física y mentalmente. Revisten especial relevancia los aspectos de preservación del medio ambiente, nutrición, deporte, higiene en el trabajo, salud mental, salud y calidad de vida de las personas de la tercera edad, combate a las adicciones; e introducción de los servicios básicos en la cabecera municipal y en las localidades. Se propone a las dependencias oficiales, instituciones privadas, comisariados ejidales y ciudadanos distinguidos, el contribuir y participar en el desarrollo de programas relacionados con los siguientes temas: • Salud Reproductiva • Nutrición y salud • Salud escolar • Deporte para la salud • Seguridad e higiene en el trabajo • Salud mental • Salud y calidad de vida para las personas de la tercera edad • Combate a las adicciones • Salud ambiental • Control sanitario • Preservación del medio ambiente • Saneamiento en zonas contaminadas • Prevención de emergencias ambientales

2.5.3. Vivienda y Servicios Estrechamente vinculado con el desarrollo físico y mental, resulta el mejorar la calidad de las viviendas. El derecho a una vivienda digna y decorosa está previsto en nuestra Carta Magna, sin embargo, las condiciones que prevalecen actualmente dejan mucho que desear. Es necesario reforzar los programas de mejoramiento a la vivienda que se están llevando a cabo actualmente. Emprender programas de autocostrucción; y extender los servicios de agua, drenaje y energía eléctrica a un mayor número de habitantes. Asimismo, durante el proceso de consulta se detectó que existe un problema de irregularidad en la tenencia de la tierra. En este contexto se proponen los siguientes programas: Regularización de la tenencia de la tierra y reubicación de asentamientos localizados en zonas de alto riesgo o de preservación ecológica: Este programa comprende los aspectos jurídicos, de gestoría y de trabajo social que requiere la

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regularización de la tenencia de la tierra; y la labor de convencimiento para la reubicación de la población que habita en zonas de alto riesgo para su integridad física. Programa de introducción de servicios, autoconstrucción y mejoramiento a la vivienda: Este programa se llevará a cabo con el apoyo de brigadas de profesionistas que se integrarían a otros de diferentes disciplinas en las áreas de educación y salud, con el propósito de difundir los métodos de construcción y mejoramiento de vivienda, conjuntamente con los programas de extensión educativa y de salud. Dentro de este programa, se contempla la integración de un banco de materiales de construcción con la participación de los propios beneficiarios. Servicios de orientación sobre proveedores, materiales, especificaciones y precios: Con el propósito de contribuir a mejorar la calidad de las viviendas y abaratar su costo. Programa de Financiamiento: Orientado a ampliar los recursos destinados al mejoramiento de viviendas mediante la gestión ante la SEDESOL y las autoridades competentes de apoyos crediticios, dotación de materiales y asesoría técnica para el mejoramiento de las viviendas.

2.5.4. Empleo En materia de empleo, el reto que se plantea es incorporar a la vida productiva a gran parte de la población que actualmente se encuentra en estado de desempleo encubierto, según señala la alta participación de la población ocupada que no percibe ingresos o escasamente remunerada. El desafío exige actuar en dos direcciones: Por un lado, articular un conjunto de programas orientados al desarrollo social y productivo con atención prioritaria a los grupos marginados; y por el otro, impulsar la creación de nuevas empresas principalmente orientadas a la conservación o procesamiento de alimentos (manzana y carne); y a la producción y comercialización de muebles y otros productos de madera; y eventualmente, al realizarse los proyectos carreteros previstos en el Plan Estatal de Desarrollo Urbano, Nuevo León 2020, en la promoción e impulso de los servicios al turismo. Las estrategias para el desarrollo social y productivo con atención prioritaria a los grupos marginados, se basan en programas orientados a: • Apoyar la formación de micro y pequeñas empresas. Estos programas incluyen la

investigación de proyectos y la identificación de nichos de mercado regionales y locales que apoyen el surgimiento de nuevas empresas. Entre sus subprogramas se cuentan los servicios de extensionismo para promover la formación de empresas; prestar asistencia técnica y financiera; y desarrollar habilidades administrativas y gerenciales entre los pequeños empresarios.

• Programas de capacitación para el trabajo, orientados a incorporar al trabajo productivo a la población económicamente activa ocupada en actividades informales y escasamente remuneradas.

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• Promoción al desarrollo productivo de la mujer, comprende programas tendentes a incorporar a la fuerza productiva a las mujeres de los grupos de población de escasos recursos, entre los que se incluye la capacitación para el trabajo; asesoría y apoyo técnico en materia de administración y organización; y servicios de vinculación de mercados.

• Integración a los mercados laborales de las personas de la tercera edad, aprovechando sus conocimientos y experiencias en actividades adecuadas a su edad.

• Servicios de empleo: Este programa incluye la asesoría legal para solucionar conflictos y dirimir controversias que se susciten entre trabajadores y empleadores; e integrar una bolsa de trabajo que vincule a oferentes y demandantes en el mercado laboral.

Sus resultados serán de especial relevancia para la retroalimentación a los programas de educación, la revisión de las normas de seguridad e higiene en el trabajo, y la orientación de los estudiantes hacia los oficios y profesiones con mayor demanda y remuneración. Acceso al Crédito: La escasez de recursos financieros para el desarrollo, es una de las restricciones más importantes. En este sentido, es necesario orientar y apoyar a los ejidatarios, pequeños propietarios y micro empresarios en sus gestiones para acceder a créditos para la compra de implementos agrícolas, semillas y ganado; maquinaria, equipo o capital de trabajo. 2.6. Estructura Territorial (urbano-rural) La consideración de una propuesta de estructura territorial urbano-rural en el municipio se basa en la distribución de la superficie de usos urbano y rural que tendrá el suelo, definiendo con ello una zonificación primaria en los términos del Artículo 101 de la LOTDUNL, el cual menciona que las autoridades municipales administrarán el desarrollo urbano, los asentamientos humanos y el ordenamiento territorial de su territorio, mediante la zonificación primaria siguiente:

I.- Áreas urbanas o urbanizadas; II.- Áreas de reserva para el crecimiento urbano o urbanizable; y, III.- Áreas de preservación natural.

Las zonas urbanas son aquellas que por la concentración de población deben considerarse como tales; las urbanizables son las que tienen aptitud para este fin de acuerdo con el diagnóstico del medio natural antes presentado. Las de preservación natural se definen en función de la actividad agropecuaria que en ellas se realiza o por encontrarse en estado natural. En términos de áreas urbanas, solamente la cabecera municipal tendrá la categoría de zona urbana. El resto de las localidades tendrán un status de rurales, independientemente de la determinación de uso predominante que se especifique para la zona, bien sea urbanizable o de preservación natural.

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2.7. Estructura Propuesta de Ordenamiento Territorial En base a lo anterior se propone una estructura de ordenamiento territorial sustentada en una zonificación primaria de 7 zonas delimitadas en función de sus características de aptitud del suelo y potencial para el desarrollo. La denominación que reciben estas zonas es simplemente de identificación y no refleja necesariamente una jerarquía de las localidades al interior de las mismas o entre las diferentes zonas. En este sentido, la definición de las 7 zonas tiene por objeto de establecer una organización territorial que facilite la prestación de servicios y ubicación de equipamiento a las localidades dispersas en el municipio, y eficientar la administración del desarrollo urbano. Estas zonas constituyen la zonificación primaria cuya clasificación responde a lo establecido en el Artículo 101 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado, distribuyéndose como sigue:

CUADRO 28 Clasificación de Áreas de Zonificación Primaria

Clave Denominación Aprovechamiento de

Áreas Superficie

(hectáreas) Porcentaje

% R - 1 La Colorada Preservación 22,800.00 32.70 R– 2 Cabecera mpal. Urbano – rural 700.00 1.01 R– 3 Corredor Turístico Turístico 620.00 0.90 R – 4 El Saucillo Agricultura 25,900.00 37.10 R – 5 El Madroño Praderas cultivadas 19,800.00 28.29

Ver Plano 24: Carta Síntesis. 2.8. Sistema de Localidades Con el objeto de establecer un nivel de jerarquías entre localidades del municipio y las de otros municipios colindantes, que permita ubicar el equipamiento menor propio de las zonas rurales para dar atención a la comunidad y facilitar los vínculos de comunicación vial entre ellas, se propone un sistema que incluye la cabecera municipal y cinco localidades menores y su relación con los municipios colindantes. Respecto a la cabecera municipal, se reconoce el vínculo de ésta con las de Saltillo, Coah., Matehuala, S.L.P. y Linares, N.L. y las localidades menores de los municipios colindantes con los que se estructura la relación entre los asentamientos humanos dispersos, tanto en el Municipio de Iturbide, como con los de Galeana y Rayones. El criterio usado para la selección de estas localidades fue que contarán al menos con tres de los componentes del desarrollo urbano: Equipamiento Educativo; Equipamiento de Salud; Comercio Especializado, Vias de enlace y Fuentes de Trabajo.

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Se manifiesta el interés de sostener un ordenamiento en las localidades que teniendo semejanzas en sus necesidades y por sus cortas distancias se apoyarían una a otras simultáneamente. Estas localidades se seleccionaron por su ubicación estratégica para poder servir al desarrollo de la población que polariza; Así como sus potencialidades propias de su entorno. Ver Cuadro 29 y Planos 22: Centros SERUC Propuestos; y 23 Sistema de Localidades Intermunicipales.

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Insertar Cuadro 29: Sistema De Localidades

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2.9. Centros de Población Prioritarios En el apartado de equipamientos, el Plan Estatal de Desarrollo Urbano Nuevo León 2020 considera la Cabecera Municipal de Galeana con categoría de Centro Urbano con equipamientos Concentrados (SERUC) por tener una población de entre 2,500 y 5,000 habitantes. Estas condicionantes superiores de planeación, y dado el nivel de servicios administrativos prestados, hacen que la Cabecera Municipal de Iturbide sea un Centro de Población Prioritario. El Plan Estatal de Desarrollo Urbano menciona que existe una baja dinámica de crecimiento en la Subregión Altiplano y de la Sierra, y para contrarrestarla recomienda “Garantizar la dotación de los servicios básicos a la población rural y mejorar su integración regional”. Para fines de planeación municipal, y para hacer efectiva esa recomendación, se consideran importantes por el nivel que ocupan en el sistema de localidades y la influencia que ejercen sobre los asentamientos humanos dentro de la zona en que se ubican, las localidades de Santa Rosa, La Purísima y El Madroño. Estos centros prioritarios se propone incrementar y rehabilitar sus equipamientos, sus servicios, sus carreteras, etc., se le dará mayor impulso al desarrollo de sus potencialidades en base a su extensión y producción forestal, agropecuaria y minero. 2.10. Usos y Destinos del Suelo Interurbano Para fines de ordenamiento territorial, la clasificación de los usos y destinos del suelo interurbano se definirá en función del potencial de cada una de las áreas definidas en la zonificación primaria, de acuerdo al Artículo 114, que clasifica y define los usos y destinos del suelo en las siguientes categorías de usos del suelo:

I.- Permitidos o predominantes. II.- Condicionados y sujetos a licencia especial. III.- Complementarios o compatibles. IV.- Prohibidos.

El estudio y análisis detallado de los poblados dada su ubicación, población y equipamientos actuales nos determinan una marcada influencia de polarización en algunos de ellos, que por lo mismo se buscarán consolidarse como polos importantes para la concentración de servicios y equipamiento. La Sierra Madre Oriental que funge como una barrera física dividiendo al municipio en dos grandes sub-regiones norte y sur, que interactúan entre sí, con similares características que se tendrán que intensificar y apoyar para lograr un desarrollo sustentable. Teniendo muy en cuenta la vocación y potencialidad natural de cada una de las zonas para lograr un desarrollo sustentable. Los estudio analíticos realizados en cuanto a usos del suelo en todo el municipio, arrojan números que demuestran que se debe incrementar la presencia de asesores y nuevas tecnologías que permitan que los nuevos cultivos sean redituables al municipio y al estado. La clasificación de usos del suelo definirá el uso predominante en cada una de las áreas; se incluye además la densidad de vivienda permitida de acuerdo a la clasificación presentada en el Artículo 104 de la misma Ley.

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CUADRO 30 Clasificación de Usos del Suelo por Zonas

Clave Denominación Aprovechamiento de Áreas

Densidad Tipo

Vivienda/ha

R – 1 La Colorada Preservación A 1

R – 2 Cabecera mpal. Urbano – rural A 1

R – 3 Corredor turístico Turístico A 1

R – 4 El Saucillo Agricultura B 5

R – 5 El Madroño Praderas cultivadas B 5

La dosificación de los usos permitidos o predominantes, condicionados y sujetos a licencia especial, los complementarios o compatibles y finalmente los prohibidos, se presentan en la Matriz de Compatibilidad.

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Matriz de Compatibilidad de Usos y Destinos del Suelo La Matriz de Compatibilidad de Usos y Destinos del Suelo es donde se definen los usos del suelo de acuerdo a sus funciones, géneros y subgéneros, y dependiendo de la zonificación propuesta podrán ser permitidos, condicionados o compatibles y prohibidos. Descripción para la Consulta 1er. Paso: Localice sobre la Carta Síntesis el predio motivo del análisis o consulta, la zona donde se localiza su predio cuenta con una clave (por ejemplo R - 1), con la que se identifica las zonas secundarias en que se dividió el municipio según el uso del suelo o densidad. Ya identificada la clave, se identificará si se trata de una zona específica, o zona habitacional o de conservación. 2do. Paso: La Matriz de Compatibilidad de Usos y Destinos del Suelo se ha dividido en cinco conceptos:

a) Preservación b) Urbano – rural c) Turístico d) Agricultura e) Praderas cultivadas

Con lo anterior y la clave identificada se podrá posicionar en la parte superior de cada hoja de la matriz donde se encuentran las claves de las zonas secundarias, localizando la columna correspondiente, la consulta se hace en sentido vertical, hacia abajo; ahí de acuerdo a símbolos identificará los usos permitidos, condicionados o prohibidos. En el lado izquierdo de la matriz encuentra la clasificación de usos de suelo que es factible llevar a cabo o no en el predio que ha motivado la consulta. Las zonas tendrán los usos y destinos del suelo de acuerdo con las siguientes categorías18: I.- PERMITIDOS O PREDOMINANTES: los que en una zona determinada son o está previsto que sean predominantes, con las condiciones y requisitos normales, y los que con referencia a éstos y, además, entre sí, sean complementarios y compatibles. II.- CONDICIONADOS Y SUJETOS A LICENCIA ESPECIAL: aquellos que por sus características de funcionamiento, frecuencia con que se presentan o especialidad y siendo complementarios de los predominantes presentan algún modo o grado de incompatibilidad que pueda evitarse o reducirse con el cumplimiento estricto de condiciones y requerimientos específicos que a esos efectos fije la autoridad competente y por lo mismo a juicio de ésta puedan permitirse en la zona respectiva, principalmente cuando se trate de solucionar problemas de servicios públicos o de acciones de interés general o por causa de utilidad pública. El incumplimiento de esas condiciones y

18 Definiciones de acuerdo con el Artículo 114 de la Ley De Ordenamiento Territorial de Los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, publicada en el Periódico Oficial del Estado de fecha 3 de marzo de 1999.

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requerimientos dejará sin efectos la autorización de uso de suelo y consecuentemente, procederá la aplicación de las medidas de seguridad y sanciones correspondientes. III.- COMPLEMENTARIOS O COMPATIBLES: son aquellos que apoyan y complementan al uso o destino predominante para su mejor desempeño y que pueden coexistir sin interferencias, es decir, ni son necesarios ni obstaculizan el uso predominante en la zona. IV.- PROHIBIDOS: los que contravengan lo dispuesto en esta Ley, planes, programas y disposiciones reglamentarias en materia de ordenación y regulación del desarrollo urbano, asentamientos humanos u ordenamiento territorial; u otros ordenamientos jurídicos y que por ello no se permiten en las zonas secundarias correspondientes. Ver Cuadro 31: Matriz de Compatibilidad de Usos y Destinos del Suelo.

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Insertar aquí Cuadro 31 Matriz de Compatibilidad.

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2.11. Infraestructura Interurbana La infraestructura interurbana se considera como destino, es decir son los fines públicos a que se dedican determinadas áreas y edificaciones, por lo que consideraremos destinos a la vialidad, el transporte y el equipamiento interurbanos. 2.12. Vialidad Interurbana Los destinos de la vialidad se definen de acuerdo al Artículo 113 y según su función en: autopistas, carreteras, libramientos, caminos rurales, brechas, puentes, pasos a desnivel, vados, etc. Autopistas El Plan Estatal de Desarrollo Urbano Nuevo León 2020 tiene previsto la construcción de una autopista (Macro Arco Vial), que integraría Linares, China-Bravo, Sabinas Hidalgo, incluyendo a Doctor Coss, Los Aldamas, Melchor Ocampo, General Treviño, Iturbide, Galeana, Parás, Vallecillo y Bustamante. En su tramo por el Municipio de Iturbide beneficiaría en primera instancia a la cabecera y progresivamente al resto del municipio. En el esquema del Plan Vial Estatal se tiene considerada la Carretera Interserrana, que atravesaría el Estado de norte – sur. El Municipio de Iturbide se verá beneficiado por la influencia de esa carretera, mas no atravesará directamente al mismo. Otro proyecto es el de Carreteras de Enlaces Turísticos, que rectificará la traza actual de la Carretera a Linares, enlazando Iturbide, Galeana y Rayones, así como a otros centros de población de la región. Ver Plano 19: Esquema de un Plan Vial; 20: Carretera de Enlaces Turísticos; y 21: Vialidad Propuesta.

2.13. Transporte Interurbano El Transporte interurbano del Municipio de Iturbide está en función de la legislación federal, por lo que las estrategias para mejorar el transporte de pasajeros deberán ser establecidas por el Gobierno Estatal y Federal. Participando asimismo el Consejo Estatal del Transporte. Estrategias desde el Punto de Vista Socioeconómico Para elevar la calidad de vida:

• Formar capital humano, dando prioridad en educación, salud y vivienda.

• Beneficiar a la población que viven en condiciones de pobreza extrema.

• Incrementar la capacidad para atraer inversiones y generar empleos productivos.

• Respetar y proteger los derechos de la población, especialmente de

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los grupos más vulnerables: Niños, mujeres, ancianos y minusválidos.

• Crear un entorno social que propicie su desarrollo físico, intelectual y espiritual; y formar una cultura cívica, participativa y con alto sentido de cohesión social.

Para fortalecer al Municipio de Iturbide: • Desarrollar cooperativas y de

asociación con base en el aprovechamiento de sus recursos naturales: Agrícolas, ganaderos, minerales, y forestales, para impulsar el desarrollo de ramas industriales, como la conservación de alimentos y de productos cárnicos; y la fabricación de muebles.

• Conferir especial atención a elevar el nivel de educación y a proporcionar servicios de salud de calidad.

• Llevar a cabo acciones gestión y coordinación para el desarrollo más eficiente.

2.14. Equipamiento Interurbano En el pronóstico, en base a las proyecciones de población formuladas en el Cuadro 23, se determinó el equipamiento que se requerirá en el municipio. Se pueden apreciar las unidades básicas de equipamiento que se deben cubrir para los escenarios de población esperada para el municipio, señalados los requerimientos en el Cuadro 15. Por la ubicación de Galeana, podrá dar servicio en cuestión de equipamiento y servicios a Iturbide y Rayones (terminando la carretera en ejecución), logrando de esta manera un sistema de codependencia o complementariedad y apoyo entre si, ya que la distancia hacia Galeana de Iturbide y Rayones es menor que de esta localidades hacia Linares, N.L., Montemorelos, N. L., y Saltillo, Coah., que son a los centros donde recurren en busca de los satisfactores de los que se carecen. Interesa prioritariamente lograr que todos los habitantes de las localidades del municipio cuenten con los servicios básicos indispensables, tanto de salud como de educación y

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recreación. Los centros SERUC (Servicios Rurales Concentrados) resolverá esta problemática, así como fortalecerá el desarrollo de todas las comunidades que logren polarizar. Se pretende establecer el panorama o escenario real para lograr la mejoría sustancial, con lo que tendremos la superación educacional que se fortalecerá con los equipamientos que se requieran implementar. Los centros SERUC se determinaron con el objetivo de que se ofrezca una efectiva y pronta funcionalidad en el orden de satifacer los requerimientos de equipamiento y servicio. Ver Planos 17: Equipamiento Educativo y de Salud, 22: Centros SERUC Propuestos y 23: Sistema de Localidades Intermunicipales.

CUADRO 32

Centros SERUC, Tipo de Servicio, Población Actual y Equipamiento Actual

Localidad – Centros Tipo de Población 1/ Equipamiento Actual SERUC Servicio PE P S CS

Cabecera mpal. A 2167 2 5 1 2 Madroño C 1355 9 Iturbide 3522 2 14 1 2

1/ Datos correspondientes al Conteo de 1995, INEGI, y en cada SERUC se incluye la población de las localidades del área de influencia. Nomenclatura: PE = Preescolar, P = Primaria, S = Secundaria, CS = Centro de Salud.

Se cuenta con otro tipo de servicio como son Unidades Móvil y un Centro de Salud Rural Dispersa en la cabecera municipal y una Unidad Auxiliar de Salud en El Madroño y en la Purísima. En la Purísima se cuenta con Telesecundaria y en la cabecera municipal con un albergue para 40 estudiantes de secundaria, con edad entre 12 y 15 años. Los recursos para la administración de este albergue provienen del Gobierno del Estado.

CUADRO 33

Centros SERUC, Tipo de Servicio y Equipamiento Propuesto

Región Localidad – Centros Tipo de Equipamiento Propuesto SERUC Servicio PE P S CS 2 Iturbide A 3 1 1 1 5 Madroño C 1 1 1

Nomenclatura: PE = Preescolar, P = Primaria, S = Secundaria, CS = Centro de Salud.

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En resumen se obtuvo que 1 Centro SERUC Tipo “A”, cuenta con más de 2000 habitantes con equipamiento de salud y educación básico; y 1 Centro SERUC Tipo “C” con más de 1000 habitantes, con equipamiento de salud y educación básico.

3. Etapas de Desarrollo Las etapas de desarrollo se establecen según los horizontes de planeación establecidos para normar las acciones derivadas de las estrategias, es decir: Corto plazo al año 2003, mediano plazo al año 2010 y largo plazo al año 2020. Las estrategias se concretizan en programas que se detallan en el Nivel Programático y se llevarán acabo durante estas etapas preestablecidas. Las estrategias definidas se deberán cubrir en base a dichas etapas. Se mencionan a continuación las principales líneas estratégicas y los plazos establecidos para su consecución. En el Corto plazo (al año 2003):

• Formulación de instrumentos legales en materia de ecología y desarrollo urbano. • Conclusión de todas aquellas estrategias que se refieren a la organización de la

administración y formulación de programas y proyectos e inicio de los mismos. • Saneamiento y establecimiento de mecanismos de control y vigilancia de los

escurrimientos pluviales, definidos para este efecto. • Introducción de servicios de infraestructura domiciliaria estimada para este período. • Construcción de los equipamientos estimados para este período. • Es de vital importancia que al final de este plazo, el presente documento sea

revisado y enriquecido con aquellos aspectos que refuercen los objetivos en lo general y lo particular.

En el Mediano plazo (al año 2010): • Pavimentación y mantenimiento de vialidad urbana en las localidades que en este

período experimenten un desarrollo urbano de importancia. • Construcción y rehabilitación de carreteras y caminos propuestos en la Carta de

Ordenamiento Territorial.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 113

• Introducción de servicios de infraestructura domiciliaria estimada para este período. • Construcción de los equipamientos estimados para este período y mantenimiento

del existente. • Continuación con las acciones derivadas de programas y proyectos iniciados

durante el corto plazo. • Consolidación del sistema de localidades en lo referente a equipamiento y vialidad. • Formulación de programas que refuercen y garanticen la consecución de los

objetivos planteados en el plan. • Evaluación cualitativa y cuantitativa de las metas alcanzadas durante el período

que concluye. • Revisión del plan de ordenamiento territorial que se encuentre vigente a la fecha.

En el largo plazo (al año 2020) • Introducción de servicios de infraestructura domiciliaria estimada para este período. • Construcción de los equipamientos estimados para este período. • Evaluación cualitativa y cuantitativa de las metas alcanzadas durante el período de

ejecución del plan. 3.1. Ordenamiento Territorial Municipal La Carta de Ordenamiento Territorial Municipal es el instrumento jurídico que sintetiza las estrategias definidas en el plan. Ésta en combinación con la Matriz de Compatibilidades orientan la dosificación de usos del suelo, indicando además el uso predominante en cada zona. Se indican además las densidades de vivienda para cada zona definida. Con la regulación del suelo expresada en la Carta de Ordenamiento Territorial y la consecución de los objetivos durante los escenarios asumidos, se dará paso en forma paulatina al ordenamiento territorial municipal que se ha preconcebido. La Carta de Ordenamiento Territorial sirve como herramienta de apoyo para la autoridad y de guía para las acciones de los particulares en lo que respecta a las modalidades, tanto de usos del suelo como densidades.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 114

Medidas de Mitigación para Impactos Ambientales Potenciales en las Áreas de Expansión Urbana La Cabecera Municipal de Iturbide posee una infraestructura general acorde a sus necesidades específicas de servicios públicos como son: Agua potable, drenaje sanitario (en proceso constructivo), energía eléctrica, alumbrado público, centros educativos, de salud y recreación. Para este efecto se deberán considerar los coeficientes de ocupación del suelo, que es el porcentaje de la superficie ocupada por la zona urbana del municipio. Los impactos generados por la expansión urbana, así como la acción de mitigación que requerirán, se describen someramente en el siguiente cuadro, según el atributo perjudicado y/o modificado. Otro criterio que se debe considerar en la identificación de impactos ambientales a mitigar son los factores derivados de la capacidad de expansión urbana que va a tener el municipio, en vista que la población ha crecido muy lentamente a través de estas últimas décadas. Aprovechamiento Racional y Sustentable de los Recursos y Oportunidades Las recomendaciones para lograr un desarrollo sustentable son:

• Impulsar la generación de circuitos y zonas productivas.

• Elevar la proporción de los recursos originados en estos sectores en la inversión y en infraestructura.

• Moderar las tasas actuales de explotación de los recursos naturales renovables y no renovables, a través de la elevación, de la eficiencia y la generación de sustitutos adecuados, para reducir el uso intensivo de materias primas naturales con escaso valor agregado.

El concepto de desarrollo sustentable debe tender a un esquema de desarrollo que considere al ser humano como centro o eje de toda estrategia, en la cual el mejoramiento de la calidad de vida se dé con eficiencia productiva y de manera armónica con la preservación de los recursos naturales.

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Cuadro 34.1 Resumen por Etapa, Atributo, Impacto y Medidas de Mitigación

Etapa Atributo Impacto Ocasional Medidas de Mitigación Exposición de la tierra del suelo removido, pudiéndose presentar erosión eólica. Pérdida del suelo orgánico.

En lo posible establecer barreras zonales de vegetación nativa para reducir el embate eólico. Enriquecer el suelo con materia orgánica para optimizar el desarrollo de arborización, utilizando la tierra removida.

Compactación del suelo en los tramos de ampliación, áreas de trabajo y acarreo de materiales.

Se deberán organizar los movimientos de maquinaria y vehículos durante las obras.

Suelo

Residuos sólidos producto de las obras.

Su disposición en sitios autorizados.

Aire: Se verá afectado en calidad y claridad por la generación de tolvaneras.

Las barreras rompevientos serán esenciales para contener las tolvaneras.

Prep

arac

ión

Del

Siti

o

Ambiente Ruido: Generado por la maquinaria utilizada.

Efecto que deberá ser reducido con el mantenimiento mecánico de vehículos, y en grado extremo, por el uso de silenciadores.

Se afectará la calidad del aire por la emisión de gases.

La verificación y mantenimiento de los vehículos para disminuir al mínimo los emisores contaminantes

Aire Producción de polvos que alteran su calidad y cantidad.

En lo posible realizar los trabajos en fase húmeda.

Microclima

Disminución de la humedad y aumento de la temperatura por la remoción de la vegetación en las áreas de construcción.

Se deberán respetar los árboles nativos de talla superior a los 6.00 m y se arborizarán estratégicamente los espacios requeridos.

Con

stru

cció

n

Flora

Desmonte de sitios específicos para realizar los trazos de las nuevas áreas de desarrollo.

Se deberá implementar un programa masivo de arborización en áreas afectadas, con plantas nativas y/o de ornato en las áreas afectadas para evitar erosión y asegurar la continuidad de las especies.

Continúa

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 116 Continuación

Cuadro 34.2 Resumen por Etapa, Atributo, Impacto y Medidas de Mitigación

Etapa Atributo Impacto Ocasional Medidas de Mitigación

Fauna

Se ahuyentarán especies faunísticas por el disturbio humano y ruidos provocados por los trabajadores.

El desarrollo o ampliaciones deberán realizarse sectorialmente para no alterar grandes áreas en una sola ocasión. Mantenimiento constantes y verificación a los vehículos para reducir ruidos y gases.

Suelo

Excavación y remoción de suelos para la expansión del desarrollo urbano.

Se usará la misma tierra de las excavaciones para nivelación de terreno. En caso de excedentes será utilizada en el sitio, como auxiliar de construcción o de relleno.

Con

stru

cció

n

Agua

Contaminación producto de aguas residuales y desechos sólidos.

Ejecutar acciones de prevención con sistemas de tratamiento de aguas para su reciclaje posterior y tenerla disponible para sistemas de riego.

Cuando entre en operación la planta de tratamiento, las descargas de aguas tratadas estarán de acuerdo a lo que determinan las Normas Oficiales Mexicanas, descargando una calidad de agua apta para el uso agrícola. Se dispondrá previo a canalización y obra de descuadra adecuada al río.

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IV. NIVEL PROGRAMATICO Y DE CORRESPONSABILIDAD SECTORIAL

PROGRAMA: De Promoción de Actividades Económicas Plazo Corresponsabilidad

Clave Programa Subprograma Proyecto por Realizar Acción Corto Medio Largo 2000-2003 2003-2010 2010-2020 Sector Sector

P-1 Alianza Público-Privada Corporación Promotora del Desarrollo

Retomar Planteamiento del PEDU X M E P

Municipal de Nuevo León 2020 para formar una corporación para el desarrollo municipal de carácter público y privado. PROGRAMA: Sistemas de Enlace Vial Interurbano Plazo Corresponsabilidad

Clave Programa Subprograma Proyecto por Realizar Acción Corto Medio Largo 2000-2003 2003-2010 2010-2020 Sector Sector

V-1 Autopistas V-1a Estudio vial de Macro Proyecto

Estudio vial y de impacto ambiental

integral con Carretera Interserrana del tramo Municipal X E

Autopistas V-1b Construcción de Macro Arco Vial Construcción de carretera X X E

V -2 Caminos V-2a Camino de Iturbide-San Francisco Rehabilitación X M E

V - 3 Pavimentación y

recarpeteo en calles: V-3a Calles en la cabecera municipal 20% Rehabilitación X M E

V - 4 Transporte Mejoramiento del servicio Adquisición de unidades X P

Cabecera Mpal. -La Purísima y Madroño Eficientar X M P

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 118

PROGRAMA: De Equipamiento y Servicios Rurales Plazo Corresponsabilidad

Clave Programa Subprograma Proyecto por Realizar Acción Corto Medio Largo 2000-2003 2003-2010 2010-2020 Sector Sector

E-1 Servicios de Equipamiento

1a. Espacios para Educación y

Esc. de Capacitación para el trabajo

Rural. cultura en Cabecera Municipal.

Coordinación Municipio - Estado X X M E S

1b. Espacios para Salud y la Asist.

Coordinación Municipio - Estado X X M E S

Social en la Cabecera Municipal.

Mejoramiento de Salon cultural

Coordinación Municipio - Estado X X M E SP

E-2 Servicios de Equipamiento

2a. Espacios Básicos para la

Coordinación Municipio - Estado X X M E S

Rural Concentrado Educación y la Cultura La Purísima

2b. Espacios Básicos para la Salud y Formulación y coordinación X X M E S

Asistencia Social en La Purísma Municipal - Estatal

2.c Espacios Básicos para el Formulación y coordinación X M E S

deporte en Cabecera Municipal Municipal - Estatal

E - 3 Abasto 1a. Gasolinera Construcción de Gasolinera M E P Cabecera municipal.

E - 4 Riesgos y Vulnerabilidad

1a. Elaboración de Programa Formulación del programa X M e PS

de Contingencias y definición de acciones y compromisos.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 119 PROGRAMA: De Aprovechamiento, Conservación, Desarrollo y Regeneración de Recursos Naturales Plazo Corresponsabilidad

Clave Programa Subprograma Proyecto por Realizar Acción Corto Medio Largo 2000-2003 2003-2010 2010-2020 Sector Sector

A-1 Ordenamiento ecológico

1a. Reglamento de equilibrio ecológico Formular, aprobar y

y de protección al ambiente. Publicar. X ME P

1b. Control de la contaminación del agua Estudio de la calidad del X EF S

agua en escurrimientos y subsuelo.

1c. Protección de especies de la flora Mecanismos de vigilancia X F S

C20 y fauna en status y control. PROGRAMA: De Dotación de Infraestructura. Plazo Corresponsabilidad

Clave Programa Subprograma Proyecto por Realizar Acción Corto Medio Largo 2000-2003 2003-2010 2010-2020 Sector Sector

I-1 Agua 1a. Dotación a viviendas con déficit

Construcción de líneas de conducción X E

1b. Mejoramiento del servicio

Perforación y Equipto en Las Alazanas. X E

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PROGRAMA: De Centros de Población Estratégicos Plazo Corresponsabilidad

Clave Programa Subprograma Proyecto por Realizar Acción Corto Medio Largo 2000-2003 2003-2010 2010-2020 Sector Sector

C-1 Planeación del Desarrollo

Plan de Centro de Población de Iturbide Elaboración, Aprobación X M E P S

Urbano-Rural (Cabecera Municipal) y Publicación

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PROGRAMA: De Desarrollo Agropecuario Plazo Corresponsabilidad

Clave Programa Subprograma Proyecto por Realizar Acción Corto Medio Largo 2000-2003 2003-2010 2010-2020 Sector Sector

AP-1 Impulso al Campo 1a. Preservación de los Rec. naturales Promoción X X MEF PS

AP-2 Kilo x Kilo Apoyo p/el incremento de productividad

de maíz, trigo, cebada y frijol. Municipio X X S

AP-3 Equipamiento Rural Elevar el ingreso neto, la producción Municipio X X

Fomento Agrícola, Fomento Pecuario, Municipio

AP-4 Ganado mejor Elevar la calidad genética y la

produc. de los inventarios ganaderos Municipio X X S

Incrementar la productividad en las

superficies bajo riego Municipio X X S

AP-6 Sistemas de Información

Coordinación de actividades

Unificación de los procesos de

información agropecuaria Municipio X X

AP-7 Recuperación de suelos

Programa de Ferti-irrigación en

salinas áreas que enfrentan problemas de Municipio X X X X

sanidad y salinidad

SIMBOLOGIA: F = FEDERAL, E = ESTATAL, M= MUNICIPAL, P = SECTOR PRIVADO, S = SECTOR SOCIAL.

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PROGRAMAS DEL MARCO SOCIOECONÓMICO: DESARROLLO DE LOS RECURSOS HUMANOS Y ELEVACIÓN DEL NIVEL DE VIDA

PROGRAMAS DEL SECTOR PROGRAMA 2000 CORRESPONSABILIDAD SECTOR PRIVADO

PROGRAMA EMPRESAS PROGRAMA Y LÍNEA DE ACCIÓN FEDERACIÓN ESTADO MUNICIPIO DESCENTRALIZADAS METAS Y OTRAS INSTITUCIONES DE LOS SECTORES PRIVADO Y SOCIAL

Educación Revisión de los planes y programas Secretaría de Educación Secretaría de Educación. Presidencia Municipal Sector Académico Revisión, instrumentación

de calidad de estudio. Pública. Sector Empresarial de programas piloto y diseño de metodologías de evaluación.

Establecimiento de centros de Secretaría de Comuni- Secretaría de Desarrollo Presidencia Municipal Cámaras Centros piloto funcionando

telecomunicaciones. caciones y Transportes. Urbano y Obras Públicas. Comisariados Ejidales en los centros SERUC Asociaciones Civiles

Desarrollo del personal docente. Secretaría de Educación Secretaría de Educación Presidencia Municipal Instituciones Académicas Cursos continuos

Pública. Pública. Maestros Asociaciones Civiles

Programa de construcción y Secretaría de Desarrollo Secretaría de Educación Presidencia Municipal Asociaciones de Mejorar las instalaciones

mantenimiento de escuelas. Social. Pública. Maestros y de Padres existentes y disminuir el Secretaría de Desarrollo de Familia déficit actual. Urbano y Obras Públicas.

Programas de formación cívica Secretaría de Educación Secretaría de Desarrollo Presidencia Municipal Medios de Difusión Desarrollar la conciencia

y cultural. Pública. Humano. Asociaciones de de cohesión social, respon- Secretaría de Salubridad Secretaría de Educación Maestros y de Padres sabilidad y participación entre y Asistencia Pública. Pública. de Familia la población; y elevar su Secretaría de Salud. nivel cultural.

Programas de Preservación del Secretaría del Medio Secretaría de Desarrollo Presidencia Municipal Asociaciones de Racionalizar el uso de

medio ambiente y de desarrollo Ambiente, Recursos Urbano y Obras Públicas. Ecologistas los recursos no renovables; sustentable. Naturales y Pesca. Secretaría de Educación Medios de Difusión preservar el medio ambiente; Pública. Asociaciones de conservar la flora y fauna Secretaría de Salud. Maestros y de Padres naturales; y evitar la desapa- Secretaría de Desarrollo de Familia rición de especies en peligro Humano. Comunidades Ejidales y de extinción. Propietarios de Unidades de Producción agropecuarias y forestales

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V. NIVEL INSTRUMENTAL

El proceso de planeación se concluye con la administración del Plan Municipal de Desarrollo Urbano. Esto se logra haciendo uso de los diferentes instrumentos jurídicos y administrativos de que dispone tanto el Gobierno Estatal, como el municipio. La Constitución Federal y Estatal dan sustento a una gran cantidad de instrumentos para operar el plan, pero en algunos casos es necesario considerar que si se requiere modificarlos o adecuarlos, según las atribuciones municipales o las exigencias expresadas por la sociedad en las consultas públicas que por ley deben realizarse previamente a la aprobación del Plan Municipal de Desarrollo Urbano. En este capítulo se enumeran los instrumentos jurídicos y administrativos necesarios para la puesta en marcha y operación del plan.

1. Instrumentos Jurídicos Se consideran instrumentos jurídicos aquellos que sustentados en las disposiciones contenidas en Leyes y Reglamentos superiores tales como: La Ley General de Asentamientos Humanos, La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y el Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y demás disposiciones aplicables en la materia que permitan la aplicación del plan. El plan en sí es un instrumento jurídico, cuyo principal objetivo es que la autoridad disponga de un documento que sirva de referencia para su toma de decisiones en la conciliación del interés particular, con el interés general de la sociedad en la ordenación del territorio municipal, la gestión de recursos y la promoción de la inversión privada. Con la aprobación de este instrumento jurídico, el Ayuntamiento de Iturbide podrá hacer uso de las atribuciones que le confiere la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado, puesto que el Artículo 8° transitorio de la misma ley especifica que: “los ayuntamientos se sujetarán a los lineamientos que expida la Comisión Estatal de Desarrollo Urbano hasta en tanto no expidan sus respectivos planes de desarrollo urbano ordenamiento territorial o asentamientos humanos”, a fin de ejercer tales atribuciones, la administración del desarrollo urbano en el Municipio de Iturbide se sustentará en las siguientes disposiciones legales e instrumentos jurídicos. 1.1. Disposiciones Legales Las disposiciones legales que dan sustento al plan son de carácter Federal, Estatal y Municipal y son las siguientes: Federales

• La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. • Ley General de Asentamientos Humanos. • Ley General de Equilibrio Ecológico y de Protección al Medio Ambiente.

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Estatales • Constitución Política del Estado de Nuevo León. • Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo

Urbano del Estado. • Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Nuevo León. • Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León. • Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Nuevo León.

Municipales • Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal.

1.2. Permisos El Artículo 115 Constitucional confiere las atribuciones al municipio para otorgar permisos y licencias. La Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado faculta a los ayuntamientos en su artículo 12, Fracciones: XVI.- Autorizar o negar, con base en el plan municipal de desarrollo urbano, planes de los centros de población, planes parciales, de sus reglamentos, y demás disposiciones de carácter general, las licencias para ejecutar obras de urbanización, usos y cambios de usos del suelo y edificaciones, así como construcciones en los centros de población y en el territorio municipal; XVII.- Autorizar o negar, con base en el plan municipal de desarrollo urbano, planes de los centros de población, planes parciales, de sus reglamentos, y demás disposiciones de carácter general, las licencias de fusiones, parcelaciones, subdivisiones y relotificaciones de predios y lotes.”

El Artículo 13 de la misma ley faculta al Presidente para que por sí o a través de los titulares de las áreas de desarrollo urbano en las dependencias municipales que correspondan ejercer las siguientes atribuciones: I.- Ejecutar directamente o a través del personal habilitado en los términos de esta ley, del reglamento orgánico del ayuntamiento correspondiente y demás disposiciones legales aplicables, las atribuciones que le sean conferidas en materia de desarrollo urbano, asentamientos humanos y ordenamiento territorial.” 1.3. Inspecciones y Controles La inspección y control sobre la implementación del plan se reflejan en los programas y obras de urbanización, construcción y servicios que realicen tanto el sector público como el privado. La vigilancia y control de éstas recae en la administración en la Administración Municipal y el Gobierno del Estado de acuerdo a los siguientes artículos y fracciones de La Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado.

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Artículo 12.- En la ejecución y cumplimiento de la presente ley, corresponderá al ayuntamiento las siguientes atribuciones: I.- Elaborar, aprobar, administrar, ejecutar y vigilar el cumplimiento de los planes de desarrollo urbano, asentamientos humanos u ordenamiento territorial municipales, de centros de población, o parciales derivados de éstos, así como los reglamentos y ordenamientos aplicables a la materia; XVIII.- Autorizar la incorporación o reincorporación a las redes de infraestructura del centro de población las áreas o predios donde deban ejecutarse obras de urbanización; XIX.- Aprobar, supervisar y en su caso, acordar la recepción de obras de urbanización; XXII.- Aplicar criterios ambientales de conservación de áreas naturales y de prevención y control de la contaminación ambiental en los permisos y licencias de uso de suelo o de edificación, construcción; XXV.- Ordenar, imponer y ejecutar las medidas de seguridad y sanciones, así como aplicar las medidas y procedimientos coactivos previstos en esta ley en el ámbito de su competencia.” Artículo 11.- En la ejecución y cumplimiento de esta ley corresponderán a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Estado las siguientes atribuciones: XXII.- Vigilar el cumplimiento de esta ley y demás ordenamientos de la materia y ejercer las demás atribuciones que le otorgue la presente ley u otros ordenamientos legales.” 1.4. Leyes y Reglamentos Las leyes son ordenamientos superiores de carácter federal y estatal que concurren para dar atribuciones al municipio en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano, que dan sustento a la formulación, consulta, aprobación y aplicación del Plan Municipal de Desarrollo Urbano. Pero el principal instrumento jurídico para administrar el plan son los reglamentos de desarrollo urbano. Éstos deben ser elaborados, aprobados y publicados por el ayuntamiento, haciendo uso de su autonomía municipal que le otorgan los mandatos superiores como lo es la Constitución General de la República y las leyes sobre la materia. Por esta razón el municipio deberá elaborar su reglamento de desarrollo urbano, de acuerdo con el Título 8° “Bases Generales para la Reglamentación Municipal” de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado, en su capítulo de sobre zonificación y usos del suelo se plantea: Artículo 208.- “La clasificación de usos y destinos del suelo y las normas a que se sujetarán los distintos tipos de zonas, se definirán en el Reglamento Municipal de Zonificación y Usos del Suelo que al efecto expidan los ayuntamientos, de conformidad con esta ley y demás ordenamientos jurídicos vigentes”. Artículo 209.- Define las normas que se deberán establecer en los reglamentos municipales de zonificación y usos del suelo. A fin de normar la expedición de permisos y licencias en materia de construcción, la misma ley expone las bases generales para la reglamentación municipal de la construcción, definidas en el Artículo 212.

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Asimismo el municipio deberá contar con un sistema de procedimientos administrativos para la expedición de permisos y licencias, así como la inspección, vigilancia y control del uso del suelo, que se incluirán en el reglamento mencionado. 1.5. Decretos de Aprobación, Publicación y Registro del Plan El proceso de aprobación publicación y registro del plan se sustenta en la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León. Corresponde al ayuntamiento de acuerdo con el Artículo 12 en las siguientes fracciones: I.- Elaborar, aprobar, administrar, ejecutar y vigilar el cumplimiento de los planes de desarrollo urbano, asentamientos humanos u ordenamiento territorial municipales, de centros de población, o parciales derivados de éstos, así como los reglamentos y ordenamientos aplicables a la materia; XXIII.- Promover la participación ciudadana y recibir las opiniones que manifieste la comunidad, respecto a las necesidades para la formulación, evaluación y revisión de los planes y programas municipales; El Artículo 40 de la misma ley puntualiza que “En la formulación y modificación de los planes de desarrollo urbano, asentamientos humanos u ordenamiento territorial, se deberá cumplir un procedimiento de consulta pública que se describe en 9 fracciones que contiene el artículo”. Una vez cubierto el proceso de consulta pública del plan y aprobado por el ayuntamiento de acuerdo a la ley, deberán ser publicados en los siguientes términos: Artículo 41.- “Los planes y programas de desarrollo urbano, asentamientos humanos u ordenamiento territorial, así como los planes sectoriales, a que se refiere la presente ley, una vez aprobados, deberán ser publicados en forma íntegra en el Periódico Oficial del Estado y en la Gaceta Municipal correspondiente. Los planes después de ser publicados en el Periódico Oficial del Estado y la Gaceta Municipal podrán ser publicados en forma abreviada en uno de los periódicos de la entidad”. De acuerdo con el Artículo 42 se mantendrán en consulta permanente de la comunidad en las oficinas públicas de la siguiente manera: “En la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Estado: Los planes estatales, de zonas conurbadas, regionales y sectoriales; en las oficinas municipales que designen los ayuntamientos: los planes municipales, de centros de población y parciales; y en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio todos los planes mencionados.” Vigencia y Registro de Planes El Artículo 43 Establece que “los planes y programas de desarrollo urbano, asentamientos humanos u ordenamiento territorial, entrarán en vigor quince días hábiles después de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, y deberán ser inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.”

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Y de acuerdo con el Artículo 44 “La inscripción de los planes, programas y decretos de desarrollo urbano, asentamientos humanos, u ordenamiento territorial, en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, será ordenada por el Gobernador del Estado o el Presidente Municipal, con las salvedades que esta ley establece”.

2. Instrumentos de Operación Administrativa del Plan La operación administrativa del Plan requiere por definición, instrumentos conceptualizados como sistemas de gestión, inherentes a los órganos de gobierno y una característica con que deben contar es tener un alto grado de flexibilidad y adaptabilidad. Entre otros se destacan los instrumentos de administración, ordenación y regulación del suelo, y entre ellos se ubica el catastro. Concebido éste como un instrumento de planeación - operación, debe estar actualizándose constantemente de acuerdo a la dinámica de crecimiento de las localidades, a fin de que se convierta en una fuente de recaudación para el ayuntamiento. Asimismo la ampliación de sus funciones fiscales debe ser simultánea, con el establecimiento de mecanismos que le permitan coordinarse con el Registro Público de la Propiedad y el cuerpo de notarios públicos del Estado. 2.1. Catastro Municipal El ejercicio de la actividad catastral se fundamenta en primer término por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que es general y para todo el País.

• En el Estado sus funciones se sustentan en:

• La Ley de Catastro y su Reglamento

• La Ley de Hacienda para el Estado

• La Ley de Hacienda para los Municipios

• El Código Fiscal del Estado • La Ley de Administración

Financiera Las técnicas de valuación catastral están basadas en una serie de normas contenidas en la Ley de Catastro y su Reglamento, siendo su objetivo principal la recaudación de impuestos. Estas normas fueron establecidas ante la imposibilidad de efectuar valuaciones en cada predio, utilizándose para la valoración una clasificación tanto de terrenos como de construcciones, en la que se toma en cuenta el uso, ubicación y productividad. La Ley de Catastro en su Artículo 9 específica que corresponde a la Dirección de Catastro del Estado en coordinación con los municipios, la formulación de las bases generales de

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valor por unidad tipo, tanto para terrenos como para construcciones, siendo auxiliado por la Junta Central Catastral y las Juntas Municipales, según lo indican los Artículos 5, 6 y 7 de la ley mencionada. Con el fin de facilitar la valoración los terrenos, las propiedades han sido clasificadas según sus usos en:

• Urbanos: Los comprendidos dentro del área de una ciudad o congregación, con trazo de calles y cuando menos un servicio público (agua, drenaje, alumbrado y gas), así como las zonas adyacentes o periféricas a un poblado dotado de alguno de los servicios mencionados, o que sea susceptible a ser dotado de dichos servicios.

• Rústicos: Son los que no cuentan con los elementos necesarios para considerarse urbano y podrá ser agrícola, ganadera o forestal. Para efectos de valuación se clasifican en riego rodado, riego bombeado, temporal de primera, agostadero de primera y de segunda, monte cerril, accesible e inaccesible y erial.

Las tasas estipuladas por la ley que se aplica actualmente en Monterrey y su Área Metropolitana es de 2 al millar, con excepción de lotes baldíos, a los cuales se les aplica una tasa de 6 al millar. En el resto de los municipios la tasa que se aplica es de 2 al millar. Parte importante de los ingresos de la Administración Municipal lo forma la recaudación del impuesto generado por catastro. Si su operación no es la adecuada de acuerdo a las atribuciones a ejercer al momento de entrar en vigor el plan, es importante llevar a cabo medidas estratégicas en la implementación de sistemas que puedan subsanar los vacíos existentes en el municipio e implementar sistemas de valuación a los predios con alto grado de autonomía, que permitan actualizar los valores catastrales y comerciales a fin de fortalecer el erario municipal y por ende los servicios que presta el municipio, y desarrollar obras que mejore la calidad de vida de los habitantes debido a la existencia de una recaudación de impuestos más justos y equitativos, basados en el valor real de los inmuebles. 2.2. Dirección de Planeación Urbana Municipal Es conveniente la existencia en el municipio de una oficina de dictamine sobre disposiciones relativas al Plan Municipal de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a fin de que expida licencias de usos y destinos del suelo, permisos de construcción, alineamientos, numero oficial, etc.

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Esta oficina puede estar integrada a la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal y debe estar interrelacionada con la Dirección de Obras Públicas, el Catastro y la Dirección del Registro Público de la Propiedad; y el objetivo principal será asegurar la concurrencia de estos organismos en la operación del plan, basando su funcionamiento en un reglamento de desarrollo urbano aprobado por el ayuntamiento. 2.3. Registro Público de la Propiedad y del Comercio Esta dependencia juega el papel más importante en la operación del plan, dado que el Registro Público de la Propiedad y del Comercio deberá tomar en consideración para sus efectos administrativos lo estipulado en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano, una vez registrado de acuerdo a los estipulado por la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado en los siguientes artículos: Artículo 140.- Todos los actos, convenios o contratos relativos a la transmisión de la propiedad o posesión de cualquier otro derecho sobre las áreas y predios comprendidos en un plan o programa de desarrollo urbano, asentamientos humanos u ordenamiento territorial, deberán contener la mención expresa de la zonificación primaria que prescriban esos planes o programas para dichos predios. En el caso de que dichas disposiciones no se incluyan, se tendrán por puestas para todos los efectos de la ley. Artículo 141.- Serán nulos y no producirán efecto jurídico alguno los actos, convenios y contratos relativos a la propiedad o cualquier otro derecho relacionado con el aprovechamiento de áreas y predios, que contravengan los usos autorizados, destinos y reservas correspondientes contenidas en los planes de desarrollo urbano, asentamientos humanos u ordenamiento territorial debidamente inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. 2.4. Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas La relación entre las oficinas encargadas del desarrollo urbano y las obras públicas debe ser muy estrecha, pues las obras públicas a realizar deben ser derivadas del plan. Además de que el municipio debe contar con dos reglamentos sobre la materia: uno de Zonificación y Usos del Suelo y otro de Construcción, en cumplimiento a los Artículos 208 y 212 de La Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado. Cada una de estas oficinas deberá sustentar su actuación en los reglamentos respectivos.

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VII. PLANOS

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CRÉDITOS

Ubaldo Arnulfo López Rodríguez Ma. Elena Treviño Faz Rosalva Huerta Velasco Arturo Zamarripa Elizondo Felipe Treviño Leonor Juan Pedro Pérez Cruz Sergio Alanís Salazar Sandor Forseck Rodríguez Lilia Castillo Rivas Miguel Ángel López Méndez Ma. Teresa H. de Acosta Rosalva Darzee Monsivais Huerta

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 162

Orden No. 903.-20-30

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 163

PROVEEDORA DE DULCERÍAS REGIOMONTANA, S. DE R.L. DE C.V.

AVISO

Mediante Asamblea General Extraordinaria de Socios de PROVEEDORA DE DULCERÍAS REGIOMONTANA, S. DE R.L. DE C.V., celebrada el día 2-dos de Enero de 2003-dos mil tres, se acordó reducir el Capital Social de la Empresa en su parte fija en la suma de $1’470,000.00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS SETENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), para quedar con un Capital Social Total de $1’780,000.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS OCHENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL). Este aviso se publica en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 9º.-noveno de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

A T E N T A M E N T E Monterrey, N.L., a 2 de Junio de 2003.

PROVEEDORA DE DULCERÍAS REGIOMONTANA, S. DE R.L. DE C.V.

(rúbrica)

LIC. JOSÉ JAIME FERNÁNDEZ MORENO Representante Legal

Orden No. 900.-18-30-11

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 164

MUNICIPIO DE SAN PEDRO GARZA GARCIA, NUEVO LEON.

El Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, a través de la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal con fundamento en los artículos 5, 8, 9 y 66 fracción I de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León, 34 del Código Fiscal del Estado, 30 fracciones I y II, 79 fracción VII, 148 fracción III, 151, 153 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León; 26 fracciones I punto 1 y IV punto 3 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de San Pedro Garza García, Nuevo León, y en cumplimiento al acuerdo aprobado por el R. Ayuntamiento en sesión ordinaria de fecha 25 de Junio de 2003, se convoca al público en general a la subasta pública que se llevará a cabo bajo los siguientes lineamientos:

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA SUBASTA No. DPM 3/2003 A las 8:30 horas del día 11 de julio de 2003, se rematara al mejor postor en la sala de Cabildo de este Municipio, sito en las calles de Juárez y Libertad, los bienes que a continuación se describen: DESCRIPCION POSTURA LEGAL Lote de unidades móviles, mobiliario y equipo considerados como chatarra $ 800,450.00 Para conocer las características de los bienes, recibir las bases y participar en la subasta deberán de registrarse en la Dirección de Patrimonio Municipal ubicado en el segundo piso del Palacio Municipal, sito en Juárez y Libertad en esta ciudad, a mas tardar a las 12 horas del día 1º. de Julio de 2003. Convocatoria que se ordena publicar con un término de anticipación de 15 días a la fecha de la subasta, publicación que se hará en el Periódico Oficial del Estado, en uno de los periódicos de mayor circulación y en la tabla de avisos del R. Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

San Pedro Garza García, Nuevo León, a 25 de Junio de 2003.

Orden No. 962.-30

Rubrica Ing. Gerardo Garza Sada C. Presidente Municipal

Rubrica Lic. Ricardo Martínez Elizondo

C. Secretario del R. Ayuntamiento

Rubrica Ing. Miguel Montaño Arce

C. Tesorero Municipal

Rubrica C.P. Salvador Albo Tamez

C. Sindico Primero

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 165 LA JEFATURA DE EJECUCIONES Y REZAGOS DE LA SECRETARIA DE FINANZAS Y TESORERIA MUNICIPAL DE GUADALUPE NUEVO LEON CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 170, 175, 176,179 Y 185 DEL CODIGO FISCAL DEL ESTADO, EMITE LA SIGUIENTE

CONVOCATORIA DE REMATE : QUE EN SUBASTA PUBLICA QUE SE LLEVARA A CABO RESPECTO DEL LOTE DE VEHICULOS EMBARGADOS DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION, PROMOVIDO EN CONTRA DE LOS PROPIETARIOS DE VEHICULOS QUE SE ENCUENRAN DEPOSITADOS EN EL LOTE OFICIAL DE ESTE MUNICIPIO, GRUAS GUADALUPE, S. A. DE C.V. CONFORME A LAS SIGUIENTES:

BASES GENERALES: I.- El remate tendrá verificativo a las 11:00 Once horas del día 18 once de julio del 2003- Dos mil tres, en las oficinas de la Dirección de Patrimonio Municipal, ubicadas en la calle de Guadalupe No. 116 Poniente, frente a la Plaza Principal en el Centro de esta Ciudad. II.- Se tomara como base del remate la cantidad de $ 420,000.00 (cuatrocientos veinte mil pesos 00/100 MN.) Por los vehículos depositados en el lote oficial de “ GRUAS GUADALUPE, S.A. DE C.V.” ubicado en Rió Escondido No. 4 en la Colonia Cerro Azul de este Municipio. III.- Será postura legal, la que cubra las dos terceras partes de la cantidad antes señalada, en la inteligencia de que quienes deseen participar en la subasta publica podrán hacerlo, mediante propuesta por escrito. IV.- El lote de vehículos se encuentra integrado de la siguiente manera: Lote Oficial: Grúas Guadalupe, S.A. de C.V. No. de Vehículos: 378 Vehículos, 20 Motos, 20 Bicicletas, 9 Carretones, Valor Total: $ 420.000.00 V.- Los vehículos a rematar, no podrán ser rehabilitados para su uso, es decir, solo podrán enajenarse por piezas o por kilos. VI.- Para intervenir en el remate, es necesario comparecer por escrito por lo menos 24-veinticuatro horas antes de la hora y día señalados para la subasta ante la Dirección de Patrimonio, debiendo cumplir con los siguientes requisitos: A).- TRATANDOSE DE PERSONAS FISICAS.- Señalar el nombre, estado civil, nacionalidad, domicilio, Clave del Registro Federal de Contribuyentes y anexar copia certificada de una identificación con fotografía. B).- TRATANDOSE DE PERSONAS MORALES.- Señalar la denominación o razón social, domicilio, Clave del Registro Federal de Contribuyentes y acompañar copia certificada del Acta Constitutiva y del documento con que se acredite la personalidad de quien comparece y de una identificación con fotografía. C).- EN AMBOS CASOS.- Señalar la cantidad que ofrezca por el lote de vehículos. VII.- Con el escrito deberá acompañarse cheque de caja a favor del Municipio de Guadalupe, Nuevo León, por el 50% del importe total del avaluó, el cual será devuelto después de haberse fincado el remate, excepto el del mejor postor. VIII.- El día y la hora fijada para la audiencia del remate, deberán comparecer los participantes en forma personal o a través de sus representantes legales debidamente acreditados en los términos de ley e identificándose con credencial oficial en dicha audiencia, a quienes se les hará saber cuales posturas fueron calificadas de legales y cual es la mejor de ellas y se les concederá plazos sucesivos de cinco minutos a cada uno, hasta que la ultima postura no sea mejorada. Los documentos indicados, se presentaran en sobre cerrado, el cual deberá estar rotulado de la siguiente forma “ Contiene oferta para la convocatoria de subasta de vehículos depositados en el lote oficial de Ciudad Guadalupe, Nuevo León.” IX.- Una vez fincado el remate, en los términos del artículo 177 del Código Fiscal del Estado, el precio deberá cubrirse por el ganador mediante cheque certificado o en efectivo ante la Dirección de Ingresos de la Tesorería Municipal de Guadalupe, Nuevo León dentro de los 3 días días siguientes a la fecha del remate. X.- En caso de haber diferencia entre el numero de vehículos rematados y la cantidad recibida por el ganador de la licitación, el MUNICIPIO DE GUADALUPE, ajustara dicha diferencia, descontando la cantidad unitaria de valor promedio por el tipo de vehículo de que se trate; es decir, al valor promedio por vehículo que arroje el avaluó con el que se finco el citado remate. Los interesados en participar en la Subasta Pública, podrán tener mayor información en la Dirección de Patrimonio de esta Ciudad, en la calle Guadalupe No. 116 Poniente frente a la Plaza Principal en el Centro de esta Ciudad. A fin de dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 170 párrafo final del Código Fiscal del Estado, la presente convocatoria deberá ser publicada en el Periódico Oficial del Estado y en otro de mayor circulación en la entidad.

ATENTAMENTE Guadalupe, Nuevo León a 30 de junio del 2003

El C. Jefe de Ejecuciones y Rezagos. RUBRICA

Lic. José Guadalupe Vázquez Martínez Orden No. 961.-30

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E D I C T O Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Juzgado Mixto de Primera Instancia del Séptimo Distrito Judicial.- Dr. Arroyo, N.L Con fecha 27-veintisiete de Mayo del año 2003-dos mil tres, se radicó en este Juzgado el Expediente N° 225/2003, formado con motivo de JUICIO DE INTESTADO a bienes del señor JOSE CRUZ BERRONES ALDAPE, vecino que fuera de este Municipio de Doctor Arroyo, Nuevo León, promovido por el C. MAURICIO BERRONES MENDEZ.- Lo que se publica en esta forma por una sola vez en el Periódico Oficial del Estado y en el Diario “EL Porvenir” que se editan en la ciudad de Monterrey, N.L., convocando a las personas que se crean con derechos a la herencia para que comparezcan a deducirlo dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación del Edicto.- Lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 819 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.- DOY FE.--------------

Dr. Arroyo, N.L., a 02 de Junio del 2003 EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL SEPTIMO DISTRITO

JUDICIAL EN EL ESTADO.

LIC. MARCO ANTONIO REYNA EGUIA.

RÚBRICA

Orden No. 963.-30

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 167

PRIMER EDICTO Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Juzgado Cuarto de lo Familiar del Primer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L AL C. JORGE GODINEZ ALVAREZ. DOMICILIO: IGNORADO. En fecha 21-veintiuno de Mayo del año 2003-dos mil tres, en el expediente judicial numero 861/1994, relativo al JUICIO SUMARIO DE ALIMENTOS, promovido por ALEYDA NÚÑEZ GARCÍA, en contra del C. JORGE GODINEZ ALVAREZ, se ordenó la publicación de un edicto por 3 tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial, Boletín Judicial, así como en el periódico El Porvenir, que se edita en esta Ciudad, emplazándose a la parte demandada para que dentro del termino de 9 nueve días conteste lo que a sus derechos corresponda.- En la inteligencia de que el emplazamiento hecho en esta forma, comenzara a surtir sus efectos a los 10 diez días contados a partir del día siguiente, al de la ultima publicación del edicto ordenado; Aclaración hecha de que las copias simples de la demanda y documentos acompañados quedan en la secretaría de éste Juzgado, a disposición del demandado para que se imponga de ellos. Así mismo, se apercibe a la parte reo a fin de que en los términos del articulo 68 del código procesal civil en vigor señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del presente juicio, ya que en caso de no hacerlos así; conforme al articulo 73 de este cuerpo legal, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de los estrados de este juzgado.- Doy fe.- MONTERREY, NUEVO LEÓN A 30 DE MAYO DEL 2003. EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO.

C. SECRETARIO, LIC. JESUS MARTÍNEZ CASTILLO

RUBRICA

Orden No. 960.-30

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 168

SEGUNDO EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Juzgado Tercero de lo Familiar.- Monterrey, N.L AL C. DELFINO CASTILLO RODRIGUEZ.- DOMICILIO IGNORADO.- Con fecha 28 veintiocho de Abril del 2003 dos mil tres, se radicó en éste Juzgado tercero de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado bajo el expediente judicial número 1056/2002, el JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO promovido por MARIA DEL REFUGIO HUERTA BARBOZA en contra de USTED; ordenándose la publicación de un edicto por tres veces consecutivas El Porvenir, Boletín Judicial, como en el Periódico Oficial que se editan en ésta Ciudad, emplazándose por éste conducto a la parte demandada para que dentro del término de 9 nueve días ocurra a éste Juzgado a producir su contestación y a oponer las excepciones de su intención si las tuviere. En la inteligencia de que el emplazamiento hecho en ésta forma comenzará a surtir sus efectos a los diez días contados a partir de la ultima publicación del edicto ordenado. Aclaración hecha de que las copias simples de la demanda y documentos acompañados quedan en la Secretaría de éste Juzgado a disposición del demandado para que se imponga de ellos. Así mismo se apercibe a la parte reo, a fin de que en los términos del artículos 68 del Código Procesal Civil en vigor, señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del presente juicio, ya que en caso de no hacerlo así, conforme al artículo 73 del Código Adjetivo a la Materia, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de la tabla de avisos que para tal efecto se lleva en éste Juzgado.- DOY FE, Monterrey, N.L., a 16 de Mayo del 2003.

SECRETARIO DEL JUAZGADO TERCERO FAMILIAR C. LICENCIADO RAUL GUTIERREZ TREVIÑO

RUBRICA Orden No. 953.-27-30-2

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Orden No. 937.-25-27-30

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 170

TERCER EDICTO Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos.-Juzgado Sexto de lo Civil del PrimerDistrito Judicial.- Monterrey, N.L

AL C. HECTOR CUELLAR CEPEDA.- CON DOMICILIO DESCONOCIDO; EN FECHA 25-VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL AÑO 2001-DOS MIL UNO, SE ADMITE A TRAMITE EL PRESENTEJUICIO ORDINARIO MERCANTIL, EN SU CONTRARADICÁNDOSE BAJO EL EXPEDIENTE JUDICIAL NÚMERO0862/2001; PROMOVIDO POR ERICK GODAR UREÑAFRAUSTO Y ANDRES OLACHE JIMENEZ, EL PRIMERO ENSU CARÁCTER DE APODERADO GENERAL PARA PLEITOSY COBRANZAS DE BANCO DEL ATLANTICO, S.A.INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, Y EL SEGUNDO EN SUCARÁCTER DE APODERADO GENERAL PARA PLEITOS YCOBRANZAS DE BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A.INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIEROBANAMEX-ACCIVAL,. MEDIANTE EL CUAL SE RECLAMA LAEJECUCIÓN DEL CONTRATO DE FIDEICOMISOIRREVOCABLE CELEBRADO CON LA PARTE DEMANDADAHECTOR CUELLAR CEPEDA, ASI COMO TODAS SUSCONSECUENCIAS A QUE HACE REFERENCIA DICHOCONTRATO. ASIMISMO SE LE EMPLAZA A FIN DE QUEDENTRO DEL TÉRMINO DE 09-NUEVE DÍAS OCURRAN ALLOCAL DE ESTE JUZGADO A FIN DE DAR CONTESTACIÓNA LA DEMANDA INSTAURADA EN SU CONTRA, Y TODA VEZQUE SE DESPRENDE DE AUTOS QUE FUE IMPOSIBLE LALOCALIZACION DE LA PARTE DEMANDADA, ES POR LOCUAL SE LE ORDENA POR AUTO DE FECHA 19-DIECINUEVE DE JULIO DEL AÑO 2002-DOS MIL DOS, SELE EMPLACE POR MEDIO DE EDICTOS, LOS CUALESDEBERÁN DE PUBLICARSE POR 03-TRES VECES ENFORMA CONSECUTIVA, EN EL PERIODICO OFICIAL. EN LAINTELIGENCIA DE QUE LA NOTIFICACIÓN HECHA DE ESTAMANERA SURTIRÁ SUS EFECTOS A LOS 10-DIEZ DIASSIGUIENTES AL DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN,DEBIÉNDOSE DE APERCIBIR A LA PARTE DEMANDADAPARA QUE SEÑALE DOMICILIO PARA LOS EFECTOS DEOÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN EL LUGAR DELPRESENTE JUICIO, CON EL APERCIBIMIENTO DE QUE ENCASO DE NO HACERLO ASÍ LAS SUBSECUENTESNOTIFICACIONES DE CARÁCTER PERSONAL SE LEPRACTICARÁN CONFORME A LAS REGLAS PARA LAS NOPERSONALES, EN LA INTELIGENCIA DE QUE EN LASECRETARÍA DE ÉSTE JUZGADO SE ENCUENTRAN ADISPOSICIÓN LAS COPIAS DE TRASLADO PARA QUE SEIMPONGA DE ELLAS.- DOY FE.----------------------------------------------------- SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTODE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITOJUDICIAL EN EL ESTADO.- DOY FE.-. LIC. PEDRO MAYORGA GARCÍA.

RUBRICA

TERCER EDICTO Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos.-Juzgado Octavo de lo Civil del PrimerDistrito Judicial.- Monterrey, N.L A los C. JUAN JUAREZ GONZALEZ Y ESTHELA PANIAGUADE JUAREZ . DOMICILIO IGNORADO. En el Juzgado Octavo de lo Civil del Primer Distrito Judicial enel Estado , con residencia en la Ciudad de Monterrey NuevoLeón , por auto dictado en fecha 23 -veintitrés de Octubre delaño 2002 -dos mil dos , se admitió a tramite la demanda delJUICIO ORDINARIO CIVIL promovido por LUCASHERNANDEZ MARTINEZ Y NATHALIA FLORES LERMA porsus propios derechos en contra DE JUAN JUAREZ GONZALEZY ESTHELA BARAJAS PANIAGUA DE JUAREZ mismo juiciodel cual quedo radicado bajo el numero de expediente802/2002; posteriormente por auto dictado en fecha 11 de Juniodel año 2003 -dos mil tres, se ordeno por este juzgadoemplazar a la parte demandada JUAN JUAREZ GONZALEZ YESTHELA BARAJAS PANIAGUA DE JUAREZ , por medio deedictos que se publicaran por tres veces consecutivas en elPeriódico Oficial del Estado, en boletín Judicial y en el PeriódicoPorvenir , a fin que dentro del termino de 09- nueve días ocurraal local de este Juzgado a producir su contestación si para ellotuvieren excepciones legales que hacer valer; en la inteligenciade que las notificaciones hechas de esta manera surtieran losefectos a los diez días contados a partir de su ultimapublicación , apercibiéndose a la demanda para que se señaledomicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad , conapercibimiento de que en caso de que en caso de no hacerloasí, las posteriores notificaciones de carácter personal se leharan conforme a lo previsto por el articulo 69 del Código deProcedimientos Civiles vigente en el Estado; quedando en laSecretaria de este Jugado las copias de traslado que deseeninstruirse.. DOY FE.----

C. SECRETARIO

LIC. JOSE OCTAVIO ZAVALA TORRES. RUBRICA

Orden No. 950.-25-27-30

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 171

TERCER EDICTO Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos.-Juzgado Noveno de lo Civil del PrimerDistrito Judicial.- Monterrey, N.L A LOS C. C. ESPERANZA SÁNCHEZ DE OLVERA YTOMAS OLVERA AGUILERA.- DOMICILIOIGNORADO. En fecha 26-veintiséis de Noviembre del 2002-dos mil dos, seradicó en este Juzgado Noveno de lo Civil del Primer DistritoJudicial en el Estado bajo el expediente número 871/2002,relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL promovido por MACARIOCERDA TORRES, por sus propios derechos, en contra deTOMAS OLVERA AGUILERA, ESPERANZA SÁNCHEZ DEOLVERA Y JACINTO GRIMALDO VALENCIA, y medianteproveído de fecha 26-veintiséis de Marzo del 2003-dos mil tres,se ordeno emplazar a los co-demandados TOMAS OLVERAAGUILERA y ESPERANZA SÁNCHEZ DE OLVER, medianteedictos que deberán publicarse por tres veces consecutivas enel Periódico Oficial del Estado, en el Boletín Judicial así comoen el Periódico el Porvenir, que se edita en esta Ciudademplazándoseles para que dentro del término de 9-nueve díasocurra al local de este Juzgado a producir su contestación a lademanda instaurada en su contra, si para ello tuviereexcepciones legales que hacer valer; en la inteligencia de quela notificación hecha de esta forma surtirá sus efectos a los diezdías contados a partir de la última publicación del último edicto,quedando copias simples y documentos acompañados a lamisma a su disposición en este Juzgado para que se instruyande ellos. Al efecto, se le previene para que señale domicilio enesta Ciudad lugar del juicio, para los efectos de oír y recibirnotificaciones; bajo el apercibimiento de que en caso de nohacerlo así las subsecuentes notificaciones aún las de carácterpersonal se le harán conforme a las reglas establecidas por elartículo 68 del Código de Procedimientos Civiles.- DOY FE.-Monterrey, N.L., a 02 de Abril del 2003. LA C. SECRETARIO ADSCRITA ALJUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DELPRIMER DISTRITO JUDICIAL EN ELESTADO.- LIC. CYNTHIA E.RODRIGUEZ OLIVARES.-

RUBRICA.- Orden No. 932.-25-27-30

TERCER EDICTO Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos.-Juzgado Décimo Tercero de lo Civil delPrimer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L AL C. GERENTE O REPRESENTANTE LEGAL DE LAEMPRESA CIMTECH, S.A. DE C.V. DOMICILIO IGNORADO. EN FECHA 04-CUATRO DE SEPTIEMBRE DE 2002-DOS MILDOS, SE RADICO EN EL JUZGADO DECIMO TERCERO DELO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO,BAJO EL NUMERO DE EXPEDIENTE 659/2002, RELATIVO ALAS DILIGENCIAS DE JURISDICCION VOLUNTARIA SOBRENOTIFICACION DE RADICACION DE PROCEDIMIENTOARBITRAL DE ACUERDO A LAS REGLAS YPROCEDIMIENTOS DE ARBITRAJE GLOBAL DE JAMS ENEL CONDADO DE ORANGE, ESTADO DE CALIFORNIA,ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, PROMOVIDO PORAGUSTIN AOKI SOTOMAYOR EN SU CARACTER DEAPODERADO GENERAL DE PLEITOS Y COBRANZAS DE LAEMPRESA INVENSYS SYSTEMS, INC. WONDERWARE,ANTES DENOMINADA WONDERWARE CORPORATION YCONTINUADO POR DOMENICO TROTTA CON EL MISMOCARACTER, RESPECTO DE LA EMPRESA CIMTECH, S.A.DE C.V., ORDENANDOSE MEDIANTE AUTO DE FECHA 03-TRES DE JUNIO DE 2003-DOS MIL TRES NOTIFICAR A LAEMPRESA CIMTECH, S.A. DE C.V. TODAS Y CADA UNA DELAS MANIFESTACIONES QUE HACE EL CITADOAPODERADO EN SU ESCRITO INICIAL DE LAS PRESENTESDILIGENCIAS, POR MEDIO DE EDICTOS QUE DEBERAN DEPUBLICARSE POR TRES VECES CONSECUTIVAS EN ELPERIODICO OFICIAL DEL ESTADO, EN EL PERIODICO ELPORVENIR, ASI COMO EN EL BOLETIN JUDICIAL QUEEDITA EL H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DELESTADO. EN LA INTELIGENCIA DE QUE LA NOTIFICACIONHECHA DE ESTA MANERA SURTIRA SUS EFECTOS A LOS10-DIEZ DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA ULTIMAPUBLICACION. QUEDANDO A DISPOSICION DE LADEMANDADA LAS COPIAS DE TRASLADO DEBIDAMENTESELLADAS Y RUBRICADAS EN LA SECRETARIA DE ESTEJUZGADO.- DOY FE.- MONTERREY, NUEVO LEON A 09-NUEVE DE JUNIO DE 2003-DOS MIL TRES

C. PRIMER SECRETARIO DEL JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL

DEL ESTADO. LIC. MARIA DEL SOCORRO CIAS FUENTES

RUBRICA

Orden No. 936.-25-27-30

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Lunes 30 de Junio de 2003 PAGINA 172

TERCER EDICTO Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos.-Juzgado Octavo de lo Familiar delPrimer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L AL C. FRANCISCO JAVIER ALONSO GINES CON DOMICILIO IGNORADO. Con fecha 06-seis de Junio del año dos mil dos se admitió a tramite el expediente Judicial numero 972/2002 relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO promovido por IRMA ITZEN RUIZ ALARCÓN en contra de FRANCISCO JAVIER ALONSO GINES ordenándose posteriormente mediante auto de fecha 13-trece de septiembre del año dos mil dos, emplazar al demandado por medio de edictos que se publicaran por tres veces consecutivos tanto en el Periódico Oficial, Boletín Judicial y el Periódico El Porvenir, que se editan en la capital del Estado, a fin de que dentro del improrrogable termino de 09- nueve días acuda al local de este Juzgado a producir su contestación y a oponer las excepciones y defensas de su intención si las tuviere. Aclaración hecha de que la notificación realizada en esa forma comenzara a surtir sus efectos a los 10-diez días contados a partir del siguiente al de la ultima publicación, quedando en la Secretaria de este Juzgado a disposición de la parte reo las copias de traslado de la demanda y demás documentos acompañados para su debida instrucción. Por otra parte, acorde a lo preceptuado por el articulo 68 del Código Procesal Civil en consulta, prevéngase a la parte demandada a fin de que señale el domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones de carácter personal que se le harán por medio de los estrados de este Juzgado. Monterrey, Nuevo León a 12-doce de junio del año 2003.-DOY FE----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- C. SECRETARIO DEL JUZGADO OCTAVO DE LO FAMILIAR

DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO. LIC. ISMAEL CASAS MARTINEZ.

RUBRICA

Orden No. 928.-25-27-30

TERCER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos.-Juzgado Noveno de lo Familiar delPrimer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L Orden No. 930.-25-27-30