06 notificaciones electrónicas
DESCRIPTION
Gestión de notificaciones electrónicas obligatorias de Hacienda para empresasTRANSCRIPT
Obligatorio para SA y SL
Desde la notificación de AEAT
Es la única opción de la Agencia Tributaria de comunicación de
notificaciones y requerimientos.Si existe notificación y no se accede a
la misma sería como rechazar la comunicación.
Todas las notificaciones de la Agencia Tributaria, se recibirán a través de internet mediante
la Dirección Electrónica Habilitada (DEH)
Mediante Certificado electrónico
Se obtiene en la Fábrica de Moneda y Timbre u organismos autorizados
Solicitud en internet a la FNMT e identificación en AEAT en 24 horas
Apoderar a un tercero (SPE)
¿Qué significa la notificación electrónica obligatoria?
Comparecencia personal del administrador en la AEAT o a través de documento notarial
Solicitado voluntariamente.
¿Para quién es?
¿Desde cuándo?
¿Qué ocurre si no utilizo esta opción?
Es obligación de la empresa o del apoderado revisar su Dirección Electrónica Habilitada para esta
circunstancia al menos cada 10 días.
¿Cómo se que tengo una
notificación?
¿Qué es la DEH?
La Dirección electrónica habilitada (DEH) es el medio que la AEAT ha establecido para el acceso a las
notificaciones por internet.
¿Cómo accedo a mi DEH?
El administrador o apoderado con la solicitud anterior y documentación
acreditativa identificarse en la AEAT
SPE Asesoría TEL 91.314.06.33 C/ Bravo Murillo nº 359 Portal 4 1º Dcha 28020 MadridTE PODEMOS AYUDAR A GESTIONAR TU NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA