03. seguro de riesgos del trabajo

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1 Seguro de Riesgos del Seguro de Riesgos del Trabajo Trabajo Régimen de Seguridad Social Régimen de Seguridad Social en la Ley del ISSSTE en la Ley del ISSSTE Mayo, 2008 Mayo, 2008

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Esta presentación forma parte de un CURSO AVANZADO sobre la Ley del ISSSSTE, impartido a trabajadores de la SHCP

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Page 1: 03. Seguro De Riesgos Del Trabajo

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Seguro de Riesgos del Seguro de Riesgos del TrabajoTrabajo

Régimen de Seguridad Social en la Régimen de Seguridad Social en la Ley del ISSSTELey del ISSSTE

Mayo, 2008Mayo, 2008

Page 2: 03. Seguro De Riesgos Del Trabajo

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ContenidosContenidos ConceptosConceptos Prestaciones en dinero y en especiePrestaciones en dinero y en especie Seguro de PensiónSeguro de Pensión Seguridad y salud en el trabajoSeguridad y salud en el trabajo Incremento de las pensionesIncremento de las pensiones Régimen financieroRégimen financiero

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ConceptosConceptos

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Riesgos de trabajoRiesgos de trabajo

Son los Son los accidentesaccidentes y y enfermedadesenfermedadesa que están expuestos a que están expuestos los Trabajadores los Trabajadores en el en el ejercicio o con motivo ejercicio o con motivo del trabajodel trabajo..

se consideran riesgos del se consideran riesgos del trabajo trabajo las las enfermedades señaladas enfermedades señaladas por las leyes del trabajopor las leyes del trabajo..

Accidentes del trabajoAccidentes del trabajo: toda : toda lesión orgánica o lesión orgánica o perturbación funcional, perturbación funcional, inmediata o posterior, o la inmediata o posterior, o la muerte producida muerte producida repentinamente en el repentinamente en el ejercicio o con motivo del ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo sean el lugar y el tiempo en que se preste, así como en que se preste, así como aquéllos que ocurran al aquéllos que ocurran al Trabajador al trasladarse Trabajador al trasladarse de su domicilio o de su domicilio o de la de la estancia de bienestar estancia de bienestar infantil de sus hijosinfantil de sus hijos, al , al lugar en que desempeñe lugar en que desempeñe su trabajo o viceversa.su trabajo o viceversa.

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Enfermedades del trabajoEnfermedades del trabajo

Todo estado patológico derivado de la acción continuada de Todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios (art. 475, LFT).servicios (art. 475, LFT).

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Los riesgos de trabajo pueden Los riesgos de trabajo pueden producirproducir

Incapacidad Incapacidad temporaltemporal

Pérdida de facultades o aptitudes que Pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por persona para desempeñar su trabajo por algún tiempoalgún tiempo

Incapacidad parcialIncapacidad parcial Disminución de las facultades o Disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajaraptitudes de una persona para trabajar

Incapacidad totalIncapacidad total Pérdida de facultades o aptitudes de una Pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el desempeñar cualquier trabajo por el resto de la vidaresto de la vida

MuerteMuerte

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Calificación de riesgos de Calificación de riesgos de trabajotrabajo

En caso deEn caso dedesacuerdodesacuerdo,,el afectadoel afectadotendrá 30tendrá 30

días naturalesdías naturalespara presentarpara presentarInconformidadInconformidadavalada con unavalada con undictamen de undictamen de un

especialistaespecialistaen medicinaen medicinadel trabajodel trabajo

En caso deEn caso dedesacuerdodesacuerdo

entre laentre lacalificación delcalificación delInstituto y elInstituto y el

dictamen anterior,dictamen anterior,el Institutoel Instituto

propondrá unapropondrá unaterna deterna de

médicosmédicos, para, paraque de entreque de entre

ellos, el afectadoellos, el afectadoelija uno.elija uno.

Los riesgos del trabajo serán calificados técnicamente por el Instituto.Los riesgos del trabajo serán calificados técnicamente por el Instituto.

El dictamen delEl dictamen delespecialista terceroespecialista tercero

resolverá enresolverá endefinitiva definitiva y seráy será

inapelableinapelabley de caráctery de carácter

obligatorio paraobligatorio paraambas partes.ambas partes.

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No se consideran riesgos del No se consideran riesgos del trabajotrabajo

Si el accidente ocurre encontrándose el Trabajador en estado de Si el accidente ocurre encontrándose el Trabajador en estado de embriaguezembriaguez;;

Si el accidente ocurre encontrándose el Trabajador bajo la acción de Si el accidente ocurre encontrándose el Trabajador bajo la acción de algún algún narcótico o droga enervantenarcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción , salvo que exista prescripción médica y que el Trabajador hubiese puesto el hecho en conocimiento médica y que el Trabajador hubiese puesto el hecho en conocimiento del jefe inmediato, presentándole la prescripción suscrita por el del jefe inmediato, presentándole la prescripción suscrita por el médico;médico;

Si el Trabajador Si el Trabajador se ocasiona intencionalmentese ocasiona intencionalmente una lesión por sí o de una lesión por sí o de acuerdo con otra persona;acuerdo con otra persona;

Los que sean resultado de un Los que sean resultado de un intento de suicidio o efecto de una riñaintento de suicidio o efecto de una riña en que hubiere participado el Trabajador u originados por algún en que hubiere participado el Trabajador u originados por algún delito cometido por éste, ydelito cometido por éste, y

Las enfermedades o lesiones que presente el Trabajador Las enfermedades o lesiones que presente el Trabajador consideradas como consideradas como crónico degenerativas o congénitascrónico degenerativas o congénitas y que no y que no tengan relación con el riesgo de trabajo, aun cuando el Trabajador tengan relación con el riesgo de trabajo, aun cuando el Trabajador ignore tenerlas o se haya percatado de la existencia de éstas, al ignore tenerlas o se haya percatado de la existencia de éstas, al sufrir un riesgo del trabajo.sufrir un riesgo del trabajo.

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Notificación de accidentes de Notificación de accidentes de trabajotrabajo

Las Dependencias y Entidades deberán avisar Las Dependencias y Entidades deberán avisar por escrito al por escrito al Instituto, dentro de los tres días siguientes al de su Instituto, dentro de los tres días siguientes al de su conocimiento, los accidentes por riesgos del trabajo que conocimiento, los accidentes por riesgos del trabajo que hayan ocurrido. El Trabajador o sus familiares también hayan ocurrido. El Trabajador o sus familiares también podrán dar el aviso de referencia, así como el de podrán dar el aviso de referencia, así como el de presunción de la existencia de un riesgo del trabajo.presunción de la existencia de un riesgo del trabajo.

Al servidor público de la Dependencia o Entidad que, Al servidor público de la Dependencia o Entidad que, teniendo a su cargo dar el aviso, omitiera hacerlo, se le teniendo a su cargo dar el aviso, omitiera hacerlo, se le fincarán responsabilidades.fincarán responsabilidades.

El Trabajador o sus Familiares Derechohabientes deberán El Trabajador o sus Familiares Derechohabientes deberán solicitar al Instituto la calificación del probable riesgo de solicitar al Instituto la calificación del probable riesgo de trabajo dentro de los 30 días hábiles siguientes a que haya trabajo dentro de los 30 días hábiles siguientes a que haya ocurridoocurrido..

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Prestaciones en especie y Prestaciones en especie y en dineroen dinero

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Prestaciones en especie del Prestaciones en especie del Seguro de Riesgos del TrabajoSeguro de Riesgos del Trabajo

Diagnóstico, asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica;Diagnóstico, asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica;

Servicio de hospitalización;Servicio de hospitalización;

Aparatos de prótesis y ortopedia, yAparatos de prótesis y ortopedia, y

Rehabilitación.Rehabilitación.

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Prestaciones en dinero:Prestaciones en dinero:Incapacidad temporalIncapacidad temporal

Licencia con goce del 100 por ciento del sueldoLicencia con goce del 100 por ciento del sueldo, cuando el , cuando el riesgo del trabajo imposibilite al Trabajador para desempeñar riesgo del trabajo imposibilite al Trabajador para desempeñar sus labores. El pago se hará desde el primer día de incapacidad sus labores. El pago se hará desde el primer día de incapacidad y será cubierto por las Dependencias o Entidades hasta que y será cubierto por las Dependencias o Entidades hasta que termine la incapacidad cuando ésta sea temporal, o bien hasta termine la incapacidad cuando ésta sea temporal, o bien hasta que se declare la incapacidad permanente del Trabajador.que se declare la incapacidad permanente del Trabajador.

Para los efectos de la determinación de la incapacidad, se Para los efectos de la determinación de la incapacidad, se estará a lo dispuesto por la LFT por lo que respecta a los estará a lo dispuesto por la LFT por lo que respecta a los exámenes trimestrales exámenes trimestrales a que deberá someterse el Trabajador y a que deberá someterse el Trabajador y en la inteligencia de que si a los tres meses de iniciada dicha en la inteligencia de que si a los tres meses de iniciada dicha incapacidad no está el Trabajador en aptitud de volver al incapacidad no está el Trabajador en aptitud de volver al trabajo, él mismo o la Dependencia o Entidad, podrán solicitar trabajo, él mismo o la Dependencia o Entidad, podrán solicitar que sea declarada la incapacidad permanente. que sea declarada la incapacidad permanente. No excederá de No excederá de un añoun año, contado a partir de la fecha en que el Instituto tenga , contado a partir de la fecha en que el Instituto tenga conocimiento del riesgo, el plazo para que se determine si el conocimiento del riesgo, el plazo para que se determine si el Trabajador está apto para volver al servicio o bien procede Trabajador está apto para volver al servicio o bien procede declarar su incapacidad permanente.declarar su incapacidad permanente.

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Pensiones en dinero:Pensiones en dinero:Incapacidad parcialIncapacidad parcial

Se concederá al incapacitado una Se concederá al incapacitado una Pensión calculada conforme Pensión calculada conforme a la tabla de valuación de incapacidades de la Ley Federal del a la tabla de valuación de incapacidades de la Ley Federal del TrabajoTrabajo. El porcentaje de la incapacidad se fijará entre el . El porcentaje de la incapacidad se fijará entre el máximo y el mínimo establecido en la tabla de valuación máximo y el mínimo establecido en la tabla de valuación mencionada, teniendo en cuenta la edad del Trabajador y la mencionada, teniendo en cuenta la edad del Trabajador y la importancia de la incapacidad. Esta Pensión será pagada importancia de la incapacidad. Esta Pensión será pagada mediante la contratación de un mediante la contratación de un Seguro de PensiónSeguro de Pensión..

Cuando el Trabajador pueda dedicarse a otras funciones, las Cuando el Trabajador pueda dedicarse a otras funciones, las Dependencias y Entidades podrán prever su Dependencias y Entidades podrán prever su cambio de cambio de actividad actividad temporal, en tanto dure su rehabilitación. Si la temporal, en tanto dure su rehabilitación. Si la pérdida funcional o física, de un órgano o miembro es pérdida funcional o física, de un órgano o miembro es definitiva, su actividad podrá ser otra de acuerdo con su definitiva, su actividad podrá ser otra de acuerdo con su capacidad.capacidad.

Si el monto de la Pensión anual resulta inferior al 25 por ciento Si el monto de la Pensión anual resulta inferior al 25 por ciento del Salario Mínimo elevado al año, se pagará una del Salario Mínimo elevado al año, se pagará una indemnización indemnización equivalente a cinco anualidades de la Pensión equivalente a cinco anualidades de la Pensión que le hubiere correspondidoque le hubiere correspondido

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Pensiones en dinero:Pensiones en dinero:Incapacidad totalIncapacidad total

Se concederá al incapacitado una Se concederá al incapacitado una Pensión vigente hasta que Pensión vigente hasta que cumpla 65 añoscumpla 65 años, mediante la contratación de un Seguro de , mediante la contratación de un Seguro de Pensión que le otorgue una Renta, igual al Sueldo Básico Pensión que le otorgue una Renta, igual al Sueldo Básico que venía disfrutando el Trabajador al presentarse el riesgo, que venía disfrutando el Trabajador al presentarse el riesgo, cualquiera que sea el tiempo que hubiere estado en cualquiera que sea el tiempo que hubiere estado en funciones. La cuantía de este beneficio será hasta por un funciones. La cuantía de este beneficio será hasta por un monto máximo de 10 veces el Salario Mínimo.monto máximo de 10 veces el Salario Mínimo.

Los Pensionados por riesgos del trabajo tendrán derecho a Los Pensionados por riesgos del trabajo tendrán derecho a una una gratificación anual gratificación anual igual en número de días a las igual en número de días a las concedidas a los Trabajadores en activo. Esta gratificación concedidas a los Trabajadores en activo. Esta gratificación deberá pagarse, a elección del Pensionado:deberá pagarse, a elección del Pensionado:a)a) En una sola exhibición, pagadera antes del quince de En una sola exhibición, pagadera antes del quince de

diciembre de cada año, odiciembre de cada año, ob)b) Conjuntamente con cada mensualidad del pago de la Conjuntamente con cada mensualidad del pago de la

Renta, incrementándose cada exhibición con la doceava Renta, incrementándose cada exhibición con la doceava parte de la gratificación anual.parte de la gratificación anual.

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Seguro de pensiónSeguro de pensión

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Seguro de PensiónSeguro de Pensión

El Trabajador contratará el Seguro de Pensión con la El Trabajador contratará el Seguro de Pensión con la Aseguradora que elija, para gozar del beneficio de Pensión. Aseguradora que elija, para gozar del beneficio de Pensión. El Instituto calculará el monto necesario para la contratación El Instituto calculará el monto necesario para la contratación del Seguro de Pensión del Seguro de Pensión y el propio Instituto, entregará dicha y el propio Instituto, entregará dicha suma a la Aseguradora elegida por el Trabajador.suma a la Aseguradora elegida por el Trabajador.

La Renta otorgada al Pensionado incapacitado deberá cubrir:La Renta otorgada al Pensionado incapacitado deberá cubrir:I.I. La Pensión, yLa Pensión, yII.II. Las Cuotas y Aportaciones a la Cuenta Individual del seguro de Las Cuotas y Aportaciones a la Cuenta Individual del seguro de

retiro, cesantía en edad avanzada y vejez en los términos de la retiro, cesantía en edad avanzada y vejez en los términos de la presente Ley.presente Ley.

Terminada la vigencia del contrato de Seguro de Pensión, el Terminada la vigencia del contrato de Seguro de Pensión, el Trabajador que reúna los requisitos correspondientes tendrá Trabajador que reúna los requisitos correspondientes tendrá derecho a recibir su derecho a recibir su Pensión de vejezPensión de vejez. El Trabajador que no . El Trabajador que no reúna los requisitos correspondientes recibirá la reúna los requisitos correspondientes recibirá la Pensión Pensión GarantizadaGarantizada..

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La AseguradoraLa Aseguradora

Deberá:Deberá:I.I. Pagar mensualmente la Pensión;Pagar mensualmente la Pensión;II.II. Depositar bimestralmente las Cuotas y Aportaciones Depositar bimestralmente las Cuotas y Aportaciones

correspondientes al seguro de RCV en la Cuenta correspondientes al seguro de RCV en la Cuenta Individual del Pensionado, yIndividual del Pensionado, y

III.III. Pagar una gratificación anual al Pensionado.Pagar una gratificación anual al Pensionado.

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SuspensiónSuspensión

Están obligados Están obligados a someterse a los reconocimientos y a someterse a los reconocimientos y tratamientos tratamientos que el Instituto les prescriba, con el fin de que el Instituto les prescriba, con el fin de aumentar o en su caso disminuir su cuantía y en su caso aumentar o en su caso disminuir su cuantía y en su caso revocar la misma en virtud del estado físico que goce el revocar la misma en virtud del estado físico que goce el pensionista, así como a las pensionista, así como a las investigaciones y evaluaciones investigaciones y evaluaciones necesarias para verificar la vigencia de sus derechos por necesarias para verificar la vigencia de sus derechos por este concepto y, en caso de no hacerlo, no se tramitará su este concepto y, en caso de no hacerlo, no se tramitará su solicitud o se le suspenderá el goce de la Pensión.solicitud o se le suspenderá el goce de la Pensión.

La suspensión La suspensión del pago de la Pensión sólo requerirá que el del pago de la Pensión sólo requerirá que el Instituto lo solicite por escrito a la Aseguradora Instituto lo solicite por escrito a la Aseguradora correspondiente.correspondiente.

El pago de la Pensión o la tramitación de la solicitud se El pago de la Pensión o la tramitación de la solicitud se reanudará a partir de la fecha en que el Pensionado se reanudará a partir de la fecha en que el Pensionado se someta al tratamiento médico, sin que haya lugar, al someta al tratamiento médico, sin que haya lugar, al reintegro de las prestaciones que dejó de percibir durante reintegro de las prestaciones que dejó de percibir durante el tiempo que haya durado la suspensión.el tiempo que haya durado la suspensión.

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RevocaciónRevocación

La Pensión por incapacidad parcial podrá ser revocada La Pensión por incapacidad parcial podrá ser revocada cuando el cuando el Trabajador se recupere Trabajador se recupere de las secuelas que deje el riesgo del de las secuelas que deje el riesgo del trabajo, previa valoración. En este supuesto, el Trabajador trabajo, previa valoración. En este supuesto, el Trabajador continuará laborando, y el único efecto será la cancelación de la continuará laborando, y el único efecto será la cancelación de la Pensión correspondiente.Pensión correspondiente.

La Pensión por incapacidad total será revocada La Pensión por incapacidad total será revocada cuando el cuando el Trabajador recupere su capacidad para el servicioTrabajador recupere su capacidad para el servicio. En tal caso, la . En tal caso, la Dependencia o Entidad tendrá la obligación de restituirlo en su Dependencia o Entidad tendrá la obligación de restituirlo en su empleo, o asignarle un trabajo que pueda desempeñar, debiendo empleo, o asignarle un trabajo que pueda desempeñar, debiendo ser cuando menos de un sueldo y categoría equivalente a los ser cuando menos de un sueldo y categoría equivalente a los que disfrutaba al acontecer el riesgo. Si el Trabajador no que disfrutaba al acontecer el riesgo. Si el Trabajador no aceptare reingresar al servicio en tales condiciones, o bien aceptare reingresar al servicio en tales condiciones, o bien estuviese desempeñando cualquier trabajo, le será revocada la estuviese desempeñando cualquier trabajo, le será revocada la Pensión. Pensión.

Si el Trabajador no fuere restituido a su empleo o no se le Si el Trabajador no fuere restituido a su empleo o no se le asignara otro por causa imputable a la Dependencia o Entidad, asignara otro por causa imputable a la Dependencia o Entidad, seguirá percibiendo el importe de la Pensión con cargo al seguirá percibiendo el importe de la Pensión con cargo al presupuesto de ésta.presupuesto de ésta.

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2020

Pensión en caso de muerte por Pensión en caso de muerte por riesgo de trabajoriesgo de trabajo

Cuando el Trabajador fallezca a consecuencia de un riesgo del Cuando el Trabajador fallezca a consecuencia de un riesgo del trabajo, los familiares gozarán de una trabajo, los familiares gozarán de una Pensión equivalente al 100 Pensión equivalente al 100 por ciento del Sueldo Básicopor ciento del Sueldo Básico que hubiese percibido el Trabajador que hubiese percibido el Trabajador en el momento de ocurrir el fallecimiento y la misma gratificación en el momento de ocurrir el fallecimiento y la misma gratificación anual que le hubiere correspondido al Trabajador como anual que le hubiere correspondido al Trabajador como Pensionado por riesgos del trabajo. En este caso, el Instituto Pensionado por riesgos del trabajo. En este caso, el Instituto cubrirá el Monto Constitutivo a la Aseguradora, con cargo al cual cubrirá el Monto Constitutivo a la Aseguradora, con cargo al cual se pagará la Pensión a los Familiares Derechohabientes.se pagará la Pensión a los Familiares Derechohabientes.

Los Familiares Derechohabientes elegirán la Aseguradora con la Los Familiares Derechohabientes elegirán la Aseguradora con la que deseen contratar su que deseen contratar su Seguro de Pensión Seguro de Pensión con los recursos con los recursos relativos al Monto Constitutivo de la Pensión a que se refiere el relativos al Monto Constitutivo de la Pensión a que se refiere el párrafo anterior.párrafo anterior.

Por lo que se refiere a los recursos de la Cuenta Individual del Por lo que se refiere a los recursos de la Cuenta Individual del Trabajador fallecido, sus Familiares Derechohabientes podrán Trabajador fallecido, sus Familiares Derechohabientes podrán optar por:optar por:I.I. Retirarlos en una sola exhibición, oRetirarlos en una sola exhibición, oII.II. Contratar Rentas por una cuantía mayor.Contratar Rentas por una cuantía mayor.

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Pensiones derivadasPensiones derivadas

Cuando fallezca un Pensionado por incapacidad permanente, se Cuando fallezca un Pensionado por incapacidad permanente, se aplicarán las siguientes reglas:aplicarán las siguientes reglas:I.I. Si el fallecimiento se produce como consecuencia directa de la Si el fallecimiento se produce como consecuencia directa de la

causa que originó la incapacidad, se otorgará una causa que originó la incapacidad, se otorgará una Pensión Pensión equivalente al 100 por ciento de la que venía disfrutando el equivalente al 100 por ciento de la que venía disfrutando el PensionadoPensionado. El Instituto entregará el Monto Constitutivo a la . El Instituto entregará el Monto Constitutivo a la Aseguradora que elijan los Familiares Derechohabientes para el Aseguradora que elijan los Familiares Derechohabientes para el pago de la Renta correspondiente, ypago de la Renta correspondiente, y

II.II. Si la muerte es originada por causas ajenas a las que dieron Si la muerte es originada por causas ajenas a las que dieron origen a la incapacidad, se entregará a los familiares el importe origen a la incapacidad, se entregará a los familiares el importe de de 6 meses de la Pensión 6 meses de la Pensión asignada al Pensionado con cargo a la asignada al Pensionado con cargo a la Renta que hubiere sido contratada por el Instituto para el Renta que hubiere sido contratada por el Instituto para el Pensionado, sin perjuicio del derecho de disfrutar la Pensión.Pensionado, sin perjuicio del derecho de disfrutar la Pensión.

Por lo que se refiere a los recursos de la Cuenta Individual del Por lo que se refiere a los recursos de la Cuenta Individual del Pensionado fallecido, sus Familiares Derechohabientes podrán Pensionado fallecido, sus Familiares Derechohabientes podrán optar por:optar por:a)a) Retirarlos en una sola exhibición, oRetirarlos en una sola exhibición, ob)b) Contratar Rentas por una cuantía mayor.Contratar Rentas por una cuantía mayor.

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Seguridad y salud en el Seguridad y salud en el trabajotrabajo

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Seguridad y salud en el Seguridad y salud en el trabajotrabajo

Las Dependencias y Entidades estarán obligadas a realizar Las Dependencias y Entidades estarán obligadas a realizar acciones de carácter preventivoacciones de carácter preventivo. El Instituto se coordinará con las . El Instituto se coordinará con las Dependencias, Entidades, organismos e instituciones que Dependencias, Entidades, organismos e instituciones que considere necesarios para la elaboración de considere necesarios para la elaboración de programas y el programas y el desarrollo de campañas desarrollo de campañas tendientes a prevenir accidentes y tendientes a prevenir accidentes y enfermedades.enfermedades.

El Instituto podrá El Instituto podrá evaluarevaluar la actuación de las Dependencias y la actuación de las Dependencias y Entidades a efecto de emitir recomendaciones.Entidades a efecto de emitir recomendaciones.

En caso de que exista una relación directa entre un accidente de En caso de que exista una relación directa entre un accidente de trabajo y el incumplimiento de la Dependencia o Entidad de una trabajo y el incumplimiento de la Dependencia o Entidad de una acción preventiva, el Instituto deberá dar aviso a la STPS y a la acción preventiva, el Instituto deberá dar aviso a la STPS y a la SFP para efectos de la SFP para efectos de la aplicación de la Ley Federal de aplicación de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores PúblicosResponsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos..

Cuando las Dependencias y Entidades cuenten con recursos Cuando las Dependencias y Entidades cuenten con recursos presupuestarios asignados a los programas y campañas y no presupuestarios asignados a los programas y campañas y no hayan llevado a cabo las acciones a que éstos se refieren, el hayan llevado a cabo las acciones a que éstos se refieren, el Instituto informará de esto a la SHCP para que se realicen los Instituto informará de esto a la SHCP para que se realicen los ajustes presupuestarios ajustes presupuestarios que procedan.que procedan.

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Obligaciones de Dependencias y Obligaciones de Dependencias y EntidadesEntidades

Llevar a cabo y facilitar la realización de Llevar a cabo y facilitar la realización de estudios e investigacionesestudios e investigaciones sobre las posibles causas de accidentes y enfermedades de trabajo y sobre las posibles causas de accidentes y enfermedades de trabajo y adoptar medidas adecuadas para su control;adoptar medidas adecuadas para su control;

InformarInformar al Instituto sobre la ocurrencia de accidentes o al Instituto sobre la ocurrencia de accidentes o enfermedades;enfermedades;

Proporcionar al Instituto Proporcionar al Instituto datos e informesdatos e informes para la elaboración de para la elaboración de estadísticas sobre accidentes y enfermedades de trabajo;estadísticas sobre accidentes y enfermedades de trabajo;

Difundir e implantar Difundir e implantar normas preventivasnormas preventivas;;

Integrar y operar con regularidad las Integrar y operar con regularidad las Comisiones de Seguridad y Comisiones de Seguridad y Salud en el TrabajoSalud en el Trabajo brindando las facilidades necesarias a sus brindando las facilidades necesarias a sus integrantes para el adecuado desarrollo de sus funciones;integrantes para el adecuado desarrollo de sus funciones;

Elaborar su Elaborar su programa de prevenciónprograma de prevención de enfermedades y accidentes; de enfermedades y accidentes;

CapacitarCapacitar a los Trabajadores sobre la prevención de enfermedades y a los Trabajadores sobre la prevención de enfermedades y accidentes del trabajo, yaccidentes del trabajo, y

Llevar a cabo aquellas otras acciones que se establezcan en los Llevar a cabo aquellas otras acciones que se establezcan en los reglamentosreglamentos..

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2525

Comisiones de Seguridad y Comisiones de Seguridad y SaludSalud

Corresponde al Instituto promover la Corresponde al Instituto promover la integración y funcionamiento de las integración y funcionamiento de las Comisiones de Seguridad y Salud Comisiones de Seguridad y Salud en los en los centros de trabajo de las Dependencias y centros de trabajo de las Dependencias y Entidades y, a las propias comisiones, atender Entidades y, a las propias comisiones, atender las recomendaciones que el Instituto formule.las recomendaciones que el Instituto formule.

El Instituto deberá asimismo, promover la El Instituto deberá asimismo, promover la integración y funcionamiento de una Comisión integración y funcionamiento de una Comisión Consultiva Consultiva NacionalNacional y de Comisiones y de Comisiones Consultivas de las Consultivas de las Entidades FederativasEntidades Federativas de de Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Público Federal.Público Federal.

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2626

Incremento de las Incremento de las pensionespensiones

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2727

Incremento periódico de las Incremento periódico de las pensionespensiones

La cuantía de las Pensiones por incapacidad parcial o total La cuantía de las Pensiones por incapacidad parcial o total permanente será permanente será actualizada anualmente en el mes de actualizada anualmente en el mes de febrero, conforme al Índice Nacional de Precios al febrero, conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor correspondiente al año calendario anteriorConsumidor correspondiente al año calendario anterior..

Las Pensiones a los Familiares Derechohabientes del Las Pensiones a los Familiares Derechohabientes del Trabajador por riesgos del trabajo serán revisadas e Trabajador por riesgos del trabajo serán revisadas e incrementadas en la misma proporción.incrementadas en la misma proporción.

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2828

Régimen financieroRégimen financiero

Page 29: 03. Seguro De Riesgos Del Trabajo

2929

Régimen financieroRégimen financiero

Las Dependencias y Entidades cubrirán una Aportación de Las Dependencias y Entidades cubrirán una Aportación de 0.75 por ciento del Sueldo Básico por el seguro de riesgos 0.75 por ciento del Sueldo Básico por el seguro de riesgos del trabajo.del trabajo.

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3030

TIPO DE PENSION

TOTAL 18,964 701,301.5

INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE 10,924 157,633.5

INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE (1) 2,661 203,425.2

VIUDEZ 1,089 60,760.2

ORFANDAD 380 28,525.8

VIUDEZ Y ORFANDAD 3,289 217,211.8

ASCENDENCIA 621 33,745.0

(1) LAS PENSIONES ALIMENTICIAS ESTAN CONSIDERADAS EN EL RUBRO DE INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE Y TIENEN UN IMPORTE DE $1262,4 (MILES DE PESOS)(*) PRESUPUESTO EJERCIDO ACUMULADO SIN SERVICIO MEDICO POR : $24,861.7 (MILES DE PESOS)

E INCORPORADAS A LA NÓMINA ( MILES DE PESOS ) 2. 2. 10. NUMERO E IMPORTE DE LAS PENSIONES POR RIESGOS DEL TRABAJO VIGENTES

ANUARIO ESTADÍSTICO 2006

NUMERO ORDINARIA IMPORTE ORDINARIA (*)

TIPO DE PENSION

TOTAL 18,964 701,301.5

INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE 10,924 157,633.5

INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE (1) 2,661 203,425.2

VIUDEZ 1,089 60,760.2

ORFANDAD 380 28,525.8

VIUDEZ Y ORFANDAD 3,289 217,211.8

ASCENDENCIA 621 33,745.0

(1) LAS PENSIONES ALIMENTICIAS ESTAN CONSIDERADAS EN EL RUBRO DE INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE Y TIENEN UN IMPORTE DE $1262,4 (MILES DE PESOS)(*) PRESUPUESTO EJERCIDO ACUMULADO SIN SERVICIO MEDICO POR : $24,861.7 (MILES DE PESOS)

E INCORPORADAS A LA NÓMINA ( MILES DE PESOS ) 2. 2. 10. NUMERO E IMPORTE DE LAS PENSIONES POR RIESGOS DEL TRABAJO VIGENTES

ANUARIO ESTADÍSTICO 2006

NUMERO ORDINARIA IMPORTE ORDINARIA (*)

TIPO DE PENSION

TOTAL 18,964 701,301.5

INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE 10,924 157,633.5

INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE (1) 2,661 203,425.2

VIUDEZ 1,089 60,760.2

ORFANDAD 380 28,525.8

VIUDEZ Y ORFANDAD 3,289 217,211.8

ASCENDENCIA 621 33,745.0

(1) LAS PENSIONES ALIMENTICIAS ESTAN CONSIDERADAS EN EL RUBRO DE INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE Y TIENEN UN IMPORTE DE $1262,4 (MILES DE PESOS)(*) PRESUPUESTO EJERCIDO ACUMULADO SIN SERVICIO MEDICO POR : $24,861.7 (MILES DE PESOS)

E INCORPORADAS A LA NÓMINA ( MILES DE PESOS ) 2. 2. 10. NUMERO E IMPORTE DE LAS PENSIONES POR RIESGOS DEL TRABAJO VIGENTES

ANUARIO ESTADÍSTICO 2006

NUMERO ORDINARIA IMPORTE ORDINARIA (*)

Page 31: 03. Seguro De Riesgos Del Trabajo

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