seguro general de riesgos de trabajo sgrt

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  • 8/16/2019 Seguro General de Riesgos de Trabajo Sgrt

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    SEGURO GENERAL DE RIESGOS

    DEL TRABAJO

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    ESTIMACIONES MUNDIALES 2005•   Más de 2’2 mil lones de personas

    mueren al año por efectos deaccidentes de trabajo oenfermedades profesionales.

    •   270 mil lones de personas sufren

    afectaciones no fatales.

    •   160 mil lones de personas sufrenenfermedades de corto o largo plazocausadas por el trabajo.

    •   Costo total 4% del PIB; 8% PIBnacional en países en desarrollo

    • La mayoría de los accidentes sonprevenibles.

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    ESTIMACIONES NACIONALES 2015

    •   Más de 3.000 personas mueren al añopor efectos de accidentes de trabajoo enfermedades profesionales.

    •   100.000 personas sufren afectaciones

    no fatales.

    •   OIT: Subregistro de Siniestralidad deun 90% sobre casos reportados.(Afil iados vs. PEA?)

    •   Costo total: 8% PIB nacional enpaíses en desarrollo

    • Cultura de prevención en SST (casi

    inexistente) + enfoque de

    SGPRL

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    ResponsabilidadÉtica Social

    ResponsabilidadLegal

    Responsabilidad

    Económica

    SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    Consensos tripartitos para elrobustecimiento de la gestiónentre:

    •Controladores y gestores•Trabajadores•Empleadores

      Derechos   Obligaciones  Deberes definidos

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    Constitución de laRepública del Ecuador 

    Decisión 584 – Instrumento Andino de SST (07-05-2004)Resolución 957 - Reglamento(23-09-2005)

    Ley de Seguridad

    Social   Código de Trabajo

    Decreto ejecutivo 2393Plan Nacional para elbuen vivir 2009 – 2013

    Decreto Ley 878 (abril -1964)

     Acuerdos ministeriales(1404/219)

    MARCO LEGAL GENERAL

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    MANDATO CONSTITUCIONAL

    SEGUROUNIVERSAL

    OBLIGATORIO

    Enfermedad

    MaternidadPaternidad

    Cesantía

    Invalidez, vejez,muerte,

    incapacidad

    Riesgos delTrabajo

    Constitución Política del Ecuador (Art. 369) en referencia a laSeguridad Social establece las CONTINGENCIAS CUBIERTAS; Art.370 responsabil iza al IESS la prestación para sus afil iados.)

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    DIRECCIÓN DELSISTEMA DEPENSIONES

    REGLAMENTOORGÁNICO

    FUNCIONAL(RES C.D. 021)

    DIRECCION DEL SEGUROGENERAL DE SALUD

    INDIVIDUAL Y FAMILIAR

    DIRECCIÓN DELSEGURO SOCIAL

    CAMPESINODIRECCIÓN DEL SEGUROGENERAL DE RIESGOS

    DEL TRTABAJO

    RIESGOS CUBIERTOSLey de Seguridad Social Art. 3

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    ………..Y PARA QUE NO SE NOS OLVIDE 1

    •  Art. 410.- Obligaciones

    respecto de la prevención deriesgos.- Los empleadores estánobligados a asegurar a sustrabajadores condiciones detrabajo que no presenten peligropara su salud o su vida.Reconocer, prevenir, evaluar ycontrolar los riesgos laborales.

    •  Art. 434.- Reglamento dehigiene y seguridad.-   En todomedio colectivo y permanente detrabajo que cuente  con mas de10   trabajadores,   losempleadores están obligados aelaborar y someter a laaprobación del ministerio detrabajo y empleo por medio de la

    dirección regional del trabajo, unreglamento de higiene yseguridad, el mismo que serárenovado cada dos años.

    Código delTrabajo1938-08-10

    •  INSTRUMENTO ANDINO DE

    SST• Gestión de la SST en los centroslaborales:

    • Obligaciones de los empleadores• Derechos y obligaciones de los T• Protecciones especiales y

    sanciones.

    •   REGLAMENTO ALINSTRUMENTO ANDINO DESST

    • Gestión de SST• Servicio de Salud en el T• Comité de SST

    • Medidas de Protección a los T• Responsabilidades y Sanciones.

    Decisión 5842004-05-07

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    ……. Y PARA QUE NO SE NOS OLVIDE 2

    •  Art. 14.- De los comités deseguridad e higiene del

    trabajo.- En todo centro detrabajo en que laboren   mas dequince trabajadores   deberáorganizarse un   comité deseguridad e higiene del trabajointegrado en forma paritaria por tres representantes de lostrabajadores y tres representantes

    de los empleadores, quienes deentre sus miembros designaránun presidente y un secretario.

    •  Ar t. 15 .- De la unidad deseguridad e higiene deltrabajo.-   En las empresaspermanentes que cuenten concien o mas trabajadores

    estables, deberán contar con unaunidad de seguridad e higiene,dirigido por un técnico en lamateria.

    •  Art. 14.- De los comités deseguridad e higiene del

    trabajo.- En todo centro detrabajo en que laboren   mas dequince trabajadores   deberáorganizarse un   comité deseguridad e higiene del trabajointegrado en forma paritaria por tres representantes de lostrabajadores y tres representantes

    de los empleadores, quienes deentre sus miembros designaránun presidente y un secretario.

    •  Ar t. 15 .- De la unidad deseguridad e higiene deltrabajo.-   En las empresaspermanentes que cuenten concien o mas trabajadores

    estables, deberán contar con unaunidad de seguridad e higiene,dirigido por un técnico en lamateria.

    DECRETOEJECUTIVO 2393

    1986-11-17

    • El servicio medico deempresa  que se basara en laaplicación practica y efectiva dela medicina laboral, tendrá comoobjetivo fundamental elmantenimiento de la saludintegral del trabajador, quedeberá traducirse en un elevadoestado de bienestar físico,

    mental y social del mismo(Médico especialista en SSTOcupacional)

    • De 100 a 200 T 3 h/día/ M• De 201 a 400 T 4 h//día/M• De 401 a 600 T 5 h/día/ M• De 601 a 800 T 6 h/día /M• De 801 a 1000T 8 h/día/ M• + 200 T exceso 1 h/ día /M adic.

    • El servicio medico deempresa  que se basara en laaplicación practica y efectiva dela medicina laboral, tendrá comoobjetivo fundamental elmantenimiento de la saludintegral del trabajador, quedeberá traducirse en un elevadoestado de bienestar físico,

    mental y social del mismo(Médico especialista en SSTOcupacional)

    • De 100 a 200 T 3 h/día/ M• De 201 a 400 T 4 h//día/M• De 401 a 600 T 5 h/día/ M• De 601 a 800 T 6 h/día /M• De 801 a 1000T 8 h/día/ M• + 200 T exceso 1 h/ día /M adic.

     ACUERDOMINISTERIAL 14041978-10-17

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    Proteger al afiliado y empleador contra las

    contingencias de riesgos derivados del

    trabajo, mediante programas de prevención

    y reparación de afectaciones originadas por accidentes de trabajo y enfermedades

    profesionales.

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    Posicionar al SGRT como una unidad denegocio de excelencia, líder en la concesiónoportuna de prestaciones y servicios parareducir la siniestralidad laboral.

    Dispondrá de talento humano suficiente,competitivo, capacitado y con vocación deservicio; con una gestión por procesos y conherramientas tecnológicas modernas yapropiadas.

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    • Suceso imprevisto que ocasione al afiliado lesión

    corporal, perturbación funcional o muerte

    (inmediata o posterior), con ocasión o comoconsecuencia del trabajo que ejecuta.

    • Suceso imprevisto que ocasione al afiliado lesión

    corporal, perturbación funcional o muerte

    (inmediata o posterior), con ocasión o comoconsecuencia del trabajo que ejecuta.

    • Afecciones agudas o crónicas causadas de

    manera directa por el ejercicio de la labor querealiza el asegurado y que producen incapacidad

    • Afecciones agudas o crónicas causadas de

    manera directa por el ejercicio de la labor querealiza el asegurado y que producen incapacidad

     Accidente de

    Trabajo

    Enfermedad

    Profesional

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    PRESTACIONES Y SERVICIOS BÁSIC0S DEL SGRT.

    PRESTACIONES ASISTENCIALES:consultas,exámenes, aux. dediagnóstico,hospitalización,cirugía, ortesisprótesis rehabilitación ,

    SERVICIOS DE PREVENCIÓN:verificación y contro l, asesoría,

    asistencia técnica, auditorias,difusión e información,capacitación

    PRESTACIONESECONÓMICAS:subsidios,indemnizaciones,pensiones mensuales

    por incapacidad, y enel caso de muertemortuoria y montepío.

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     –  Consultas

     –  Fármacos

     –  Exámenes auxiliares –  Hospitalización

     –  Cirugía

     –  Rehabilitación

     –  Órtesis y prótesis

    Este servicio es otorgado en las unidades médicas delIESS a través del Seguro de Salud Individual y Familiar.

  • 8/16/2019 Seguro General de Riesgos de Trabajo Sgrt

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     –  Subsidios por incapacidad

     –  Indemnizaciones

     –  Pensiones por Invalidez

     –  Pensiones por Montepío

     –  Auxilio de Funerales(a través del Sistema de Pensiones)

    El siniestro laboral puede generar los siguientes efectos en los asegurados

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    INCAPACIDAD TEMPORALImpide al trabajador concurrir al trabajo

    debido al siniestro, mientras recibaatención médica, quirúrgica, hospitalaria ode rehabilitación.

    Genera• Subsidio (hasta un año)• Pensión provisional (hasta 2 años) 80%

    del promedio mensual del año anterioral siniestro• Rentas por montepío en caso de

    fallecimiento

    Cesa por:

    - Alta médica.- Incapacidad

    permanente parcial,total o absoluta.

    - Fallecimiento.- Negarse al

    tratamiento.- Laborar en

    cualquier actividad.

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    INCAPACIDAD PERMANENTEPARCIALProduce una lesión corporal operturbación funcional definitiva quesignifique una merma en la integridadfísica y su aptitud para el trabajo.332 incapacidades permanentes.

    Genera• Indemnización (un solo pago) 60

    mensualidades. Max 100 salariosbásicos.

    • NO genera derecho a montepío encaso de fallecimiento

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    INCAPACIDAD

    PERMANENTE TOTALInhibe al trabajador la realizaciónde todas o las fundamentalestareas de su profesión.

    Genera• Renta mensual

    equivalente al 80% delpromedio deremuneraciones del

    año anterior o de losúltimos 5 años. La quesea mayor.

    • Rentas por montepío encaso de fallecimiento

    Cesa por:a) Por declaración de la incapacidad

    permanente absolutab) Por negarse los tratamientosc) Por acogerse el asegurado a la

     jubilación de invalidez en el Sistema dePensiones.

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    INCAPACIDADPERMANENTE ABSOLUTAInhabilita por completo al trabajadorpara toda profesión u oficio,requiriendo de otra persona para sucuidado y atención permanentes

    Genera• Renta mensual

    equivalente al 100% delpromedio deremuneraciones del año

    anterior o de los últimos5 años. La que seamayor.

    • Rentas por montepío encaso de fallecimiento

    Cesa por:Acogerse el asegurado a la jubilación deinvalidez en el Sistema de Pensiones.

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    MUERTESi el afiliado fallece sea o no deforma inmediata genera pensionesa derechohabientes (montepío).(viudedad y orfandad en caso de no haber convivientestiene derecho los padres si vivían a cargo del afiliado)

    Auxilio de FuneralesOtorgada a través de la Direccióndel Sistema de Pensiones

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    Inspecciones, Verificaciones y Auditorias a empresas.

    Capacitación y Difusión en prevención de riesgos laborales ynormativa legal vigente en Seguridad y Salud Ocupacional a empresas,

    instituciones y público en general. Asesorías en Gestión de Riesgos Laborales a empresas

    Asistencias técnicas de laboratorio a empresas

    Programas de reinserción laboral y readaptación en incapacidades deriesgos del trabajo a afiliados que calificaron su siniestro laboral

    Servicios de

    prevención de riesgos

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    ACCIONES ANTE LA OCURRENCIA DE UN ACCIDENTE

    AVISO• 10 Días calendario a partir

    del siniestro.• Formularios del IESS.• Puede ser reportado por el

    empleador o trabajador

    CALIFICACIÓN• 10 días laborables después del

    aviso.• Entrevistas al trabajador,

    empleador y testigos.• Se determinan causas y

    condiciones del siniestro

    INVESTIGACIÓN

    • Técnicos del IESS emiten uninforme con los fundamentostécnico-legales pertinentes.

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    QUÉ ACCIDENTES SON INVESTIGADOS?

    SE INVESTIGARÁN LOS SIGUIENTES ACCIDENTESa) Los accidentes calificados como típicos con

    consecuencias mortales, o que generen incapacidadespermanentes;

    b) Los accidentes que generen incapacidad temporalmayor a un año.

    NO SE INVESTIGARÁN LOS SIGUIENTES TIPOS DEACCIDENTESa) Accidentes que provoquen incapacidad temporal de

    hasta un (1) año, excepto aquellos que pueden ser

    repetitivos.b) Accidentes in-itínere o en tránsito, siempre y cuando elvehículo no sea de uso exclusivo para el transporte de laempresa.

    c) Accidentes debido a la inseguridad pública.

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    POLÍTICAS GENERALES DEL SGRT• Fomentar una cultura socio-laboral preventiva  en materia de R/T como

    uno de los elementos más importantes de gestión de la SST.  “Mayor inversión enprevención, menor gasto en compensación”• Impulsar la mejora continua de las condiciones de SST en empresas e

    instituciones con mayor presencia institucional   (Asesoramiento, capacitación, control)

    • Universalizar la Información a afiliados, patronos y gestores de SST sobresus   derechos y obligaciones , así como   prestaciones y servicios   quebrinda el SGRT,

    • Propugnar la   mejora continua   en las condiciones en las cuales seconceden las prestaciones y servicios institucionales a afiliados ybeneficiarios.

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    ……. Y PARA ESTO ES NECESARIO:

    • Convertir a las Organizaciones de trabajadores y empleadores en aliadosestratégicos   que en base al TRIPARTISMO fomenten el logro de lavigencia de una cultura nacional de Prevención en materia de riesgoslaborales.

    • Asesorar en  materia técnico legal   a los sectores involucrados en lasactividades productivas, a fin de disminuir la siniestralidad laboral.

    • Orientar la capacitación para generar impactos positivos en la comunidadproductiva,

    • Combatir la   informalidad  en los “arreglos directos” entre empleadores ytrabajadores en los casos de accidentalidad en el trabajo, mediante laimplementación de controles adecuados de verificación del cumplimientode la normativa.

    • Crear una base estadística confiable y adecuada que permita planificar racionalmente acciones de este Seguro.  (Los datos revelan un gran sub registro delos casos de accidentes y por sobre todo enfermedades profesionales que se estima supera el90%) .

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    El empresario establece las condiciones en lasque se desarrolla el trabajo, la infraestructura, lamaquinaria, los equipos, materias primas einsumos, horarios, etc. por lo tanto fija lascondiciones en las que los trabajadores debendesarrollar su labor, y por tanto es su

    responsabilidad evitar que esto constituya unpeligro para la seguridad y salud para lostrabajadores. (Es es un derecho universal delhombre).

    Según la OIT el trabajo peligroso mata millones y cuestabillones.

    Conjunto de elementos relacionadosentre sí, que actúan armónicamentepara facilitar la administración de laSST.

    SISTEMA DE GESTIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

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    …para los trabajadores•Elevación de la calidad de vidade los trabajadores,protegiendo a ellos/as y a sufamilia.•Controla y reduce los factoresde riesgos laborales.

    •Reduce los índices deaccidentalidad y/o enfermedadprofesional.•Crea un sentido depertenencia y responsabilidaden el trabajador por su lugar detrabajo.

    ..…para la empresa•Vigencia de reglas y prácticas,niveles de participación yconductas laborales queincidan en la creación deambientes sanos y seguros.•Mejoras en la productividad

    por optimización de procesos•Reducción del ausentismolaboral•Reducción de los costos de lasprestaciones por riesgos deltrabajo•Aumento de la moral,motivación y concentración delos trabajadores•Estabilidad de los trabajadoresen la empresa•Mejora de la imagencorporativa

    BENEFICIOS POR APLICACIÓN DEL SGSST

    •AHORRO•COMPETITIVIDAD•RENTABILIDAD

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    REGLAMENTO GENERAL DE RIESGOS DEL TRABAJOC.D. 390 (2011-11-10)

    •  ARMONIZA LAS NORMAS LEGALES VIGENTES: Constitución de la República,Convenios Internacionales, Leyes, Decretos y Acuerdos vigentes.

    •  AMPLIA LA COBERTURA Y BENEFICIOS DE ESTE SEGURO, incorporandopoblación sin relación de dependencia y de trabajo parcial; reliquidación de lasprestaciones en caso de agravamiento,

    • SISTEMATIZA Y RACIONALIZA EL PROCESO DE CONCESIÓN DEPRESTACIONES Y LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN, definiendo claramentecondiciones de concesión de prestaciones.

    • ESTABLECE PROCESOS DE GESTIÓN DE PREVENCIÓN de R/T Y DE SUEVALUACIÓN ( índices REACTIVOS, PROACTIVOS Y DE GESTIÓN); determina loselementos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST)

    •  ACTUALIZA LISTADO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES• DEFINE COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE

    PREVENCIÓN, Y DE LAS COMISIONES VALUADORAS DE INCAPACIDADES.

    • INCORPORA LA PARTICIPACIÓN ACTIVA DE EMPLEADORES YTRABAJADORES en calidad de veedores del funcionamiento tanto de la ComisiónNacional de Prevención como de las Comisiones de Valuación de Incapacidades

    OBLIGATORIO NO DISCRECIONAL

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    PREVENCIÓN DE RIESGOS DEL TRABAJO

    Sistema de Gestión (Art. 55): Las empresas deberánimplementar el SGSST

    GESTIÓN ADMINISTRATIVAGESTIÓN TÉCNICAGESTIÓN DEL TALENTO HUMANOPROCEDIMIENTOS Y PROGRAMAS OPERATIVOS BÁSICOS

    Evaluación del SGSST de la empresa (Art.

    57):

    ÍNDICES REACTIVOS, PROACTIVOS, Y DE GESTIÓNDE SST

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    CARACTERÍSTICAS DEL NUEVO REGLAMENTO GENERAL DERIESGOS DEL TRABAJO EN SGRT

    GESTIÓN ADMINISTRATIVA:POLÍTICA;ORGANIZACIÓN;PLANIFICACIÓN;INTEGRACIÓN-IMPLANTACIÓN;VERIFICACIÓN/AUDITORÍA; CONTROL DE DESVIACIONES DEL P. GESTIÓN.,MEJORAMIENTO CONTINUO; INFORMACIÓN ESTADÍSTICA.

    GESTIÓN TÉCNICA:IDENTIFICACIÓN DE FACTORES DE RIESGO, MEDICIÓN; EV ALUACIÓN;CONTROL OPERATIVO INTEGRAL.

    GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO:SELECCIÓN,INFORMACIÓN,COMUNICACIÓN,CAPACITACIÓN,ADIESTRAMENTO

    PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS BÁSICOS:INVESTIGACIÓN A/T, VIGILANCIA DE LA SALUD, PLANES DE EMERFENCIA,PLAN DE CONTINGENCIA, AUDITORIAS INTERNAS, INSPECCIONES DESEGURIDAD, EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL, MANTENIMIENTOPREDICTIVO,PREVENTIVO Y CORRECTIVO.

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    INDICES REACTIVOS:INDICE DE FRECUENCIA,ÍNDICES DE GRAVEDADTASAS DE RIESGO

    INDICES PROACTIVOS:ANÁLISIS DE RIESGOS DE TAREA,

    OBSERVACIONES PLANEADAS DE ACCIONES SUBESTÁNDARESDIALOGO PERMANENTE DE SEGURIDADDEMANDA DE SEGURIDADENTRENAMIENTO DE SEGURIDADORDENES DE SERVICIOS ESTANDARIZADOS Y AUDITADOSCONTROL DE ACCIDENTES E INCIDENTES

    INDICE DE GESTIÓN DE LASEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO

    CARACTERÍSTICAS DEL NUEVO REGLAMENTO GENERAL DERIESGOS DEL TRABAJO EN SGRT

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