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PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA Gerencia Técnica “Voluntariado en las alternativas de protección públicas y privadas para niños, niñas y adolescentes” 1

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PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

Gerencia Técnica

“Voluntariado en las alternativas de protección públicas y privadas para

niños, niñas y adolescentes”

2008

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INDICE

I. Justificación……..………………………………………………………….……4

II. Voluntariado…...………………………………………………………….……..6

Definición de Voluntariado….………………………………….…………6 Objetivos Generales………………………………………………………..7 Objetivos Específicos…..…….………………………………………….…7 Procedimientos…….…………………………………………………….…7 Perfil del Voluntario…...…………………………………………………...9 Reclutamiento y selección…..…………………………………………….10 Evaluación del trabajo voluntario…….…………………………………..12

III. Padrinos y/o Madrinas………………………………………..………………………………12

Definición de Padrinos y/o Madrinas………….………………………….12 Objetivos Generales………………………………………………………13 Procedimientos…………...……………………………………………….13 Perfil del Padrino y/o Madrina…..………………………………………..14 Evaluación del trabajo de los Padrinos y/o Madrinas………...…………..15

IV. Donadores o Cooperadores…………………………………………………….16

Definición de Donadores o Cooperadores………………………………..16 Objetivos Generales………………………………………………………16 Procedimientos……………………...……………….………………………….16 Perfil del Donador o Cooperador.…..…………………………………….17 Reclutamiento y selección……………..………………………....……………17 Evaluación.……………………………..…………………………………17

V. Bibliografía……………………………………………………………………18

Anexos…………………………………………………………………………………19

Anexo I: Registro de datos del voluntario(a)………………………………………………...………………………….20

Anexo II: Entrevista inicial para voluntarios(as)…………………………………………………...………..……………………21

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Anexo III: Carta de compromiso del voluntario(a)………………………………..22

Anexo IV: Registro de datos del padrino/madrina……………………………………………………………………..…23

Anexo V: Convenio para la autorización de la salida de una persona menor de edad de una alternativa de protección con un padrino o una madrina……………………………………………………………………………..25

Anexo VI: Boleta de autorización para la salida de una persona menor de edad de una alternativa de protección……………………………………………………….30

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I. JUSTIFICACIÓN

Para el PANI como para las ONG ha sido necesario definir y regular la participación de personas voluntarias en las alternativas de protección para personas menores de edad, ya que ambas partes requieren del trabajo de personas externas a éstas, que apoyen y mejoren la función de atención integral a los niños, niñas y adolescentes. Esto a la luz de la importancia que revisten las acciones que promuevan la proyección a la comunidad de la alternativa y viceversa, como parte del modelo de atención integral.

Hasta la fecha, tanto el PANI como las ONG han aceptado y requerido de personas, asociaciones o grupos que sin fines de lucro brindan servicios a las alternativas de protección en diferentes actividades, sea teniendo relación directa con las personas menores de edad atendidas, o bien en forma indirecta.

Para las personas menores de edad que residen en alternativas de protección, así como para aquellos que viven con sus familias de origen es importante el desarrollo de vínculos afectivos fuertes y sanos, que les proporcionen afecto y seguridad, que funjan como modelos positivos para sus vidas, por lo que los niños, niñas y adolescentes en alternativas de protección no deben verse limitados en éstos.

El establecer lazos afectivos con personas externas a la alternativa de protección, y sentir que estas muestran interés por su bienestar, se convierte en incentivo para fortalecer su autoestima. La actividad voluntaria, y el voluntario por sí mismo, se convierten en parte de la red de apoyo de la persona menor de edad ingresada en una alternativa de protección, y por ende en factores protectores para éstos. Siempre y cuando el voluntario haya sido debidamente seleccionado e inducido en la dinámica de la alternativa de protección y no confunda su función y sus objetivos.

En la actualidad, existen algunas propuestas individuales de parte de alternativas de protección privadas con relación al trabajo con personas o grupos voluntarios; así mismo, la Aldea Arthur Gough del PANI cuenta con un proyecto en esta misma línea, el cual pretende articular un programa que regule la actividad voluntaria en esta alternativa de protección.

El presente documento pretende integrar las propuestas existentes en algunas ONG y PANI, así como, aportar nuevas variables al tema, que son congruentes con la misión y visión de la Institución, prevaleciendo el enfoque de derechos y a partir del Modelo de protección integral de personas menores de edad. Así como, desarrollar otros conceptos afines, los cuales en algunos casos han sido empleados como sinónimos de “voluntariado”, es el caso de: padrinos, donadores o cooperadores y bienhechores.

Algunas veces las personas o grupos de voluntarios cuentan con un proyecto claro o bien, se acercan a la alternativa de protección con el afán y la disposición de colaborar, también

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es posible que otras personas consideren las alternativas de protección públicas o privadas como una opción que les permita cumplir con objetivos personales tales como: Trabajos comunales de estudiantes de secundaria o prácticas profesionales universitarias.

En estos casos es posible analizar dichas propuestas y colaborar con estas personas siempre y cuando las mismas se ajusten a los requerimientos y necesidades de las alternativas de protección y a la población menor de edad que atienden.

De modo que contar con uno o varios voluntarios en una alternativa debe obedecer a un perfil, a un proceso de reclutamiento y selección por parte de las ONG o bien del PANI, para que este cumpla con objetivos que la alternativa por sí misma no puede cumplir, y requiere del apoyo de la sociedad civil para el logro de los mismos.

Asimismo, los niños, niñas y adolescentes ingresados en alternativas de protección tienen el derecho de ser satisfechos en todas sus necesidades, y el Estado debe ser garante de tales derechos, por lo que está en la obligación de brindarle atención integral a esta población.

Para ello ideará las estrategias necesarias que le permitan dar cumplimiento a lo anterior, siendo el voluntariado, los programas de padrinazgo o bien, los donadores, algunos de los recursos que permiten alcanzar dicho objetivo.

Lo anterior es manifiesto en el artículo 13 “Derecho a la protección estatal” del Código de la Niñez y la Adolescencia, que indica: “…El Patronato Nacional de la Infancia, el Instituto Mixto de Ayuda Social y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social brindarán las oportunidades para la promoción y el desarrollo humano social, mediante los programas correspondientes y fortalecerán las redes interinstitucionales, así como con las organizaciones de la sociedad civil que prevengan el abuso, el maltrato y la explotación, en sus distintas modalidades, contra las personas menores de edad.”

II. VOLUNTARIADO

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2.1 DEFINICIÓN DE VOLUNTARIADO

Ser voluntario implica realizar una labor sin ánimo de lucro, de modo que se contribuya a una causa cuyo fin es el bienestar del prójimo, en este caso particular, el bienestar de las personas menores de edad que se encuentran temporal o permanentemente en una alternativa de protección. El trabajo voluntario puede ser realizado por medio de diferentes actividades, y ser dirigido a diferentes ámbitos de la alternativa de protección, por lo que dicho trabajo voluntario puede implicar una relación directa con las personas menores de edad, o bien no requerir de dicho contacto.

Ser voluntario no requiere de una aportación de dinero, sino, de trabajo y apoyo a la población. El trabajo voluntario debe ejecutarse siempre de manera responsable, regular y gratuita.

El plazo en el que se ejecuta el trabajo voluntario es variable, ya que puede realizarse en unas horas a la semana, durante varios días consecutivos o bien prolongarse por periodos de meses e incluso años. Por lo que pueden definirse como voluntarios ocasionales o voluntarios permanentes.

Los voluntarios pueden ser personas con alguna formación profesional es el caso de: médicos, odontólogos, educadores físicos, docentes de primaria o secundaria, que desean brindar trabajo voluntario atinente a su profesión; o bien, personas sin ninguna formación específica y que pretenden brindar apoyo en actividades varias, tales como: organización de fiestas de cumpleaños para los niños y niñas, apoyo en las actividades académicas como tareas o trabajos extra clase, búsqueda y coordinación de donaciones, apoyo a las actividades de cocina, limpieza u otras que desarrollen los adultos encargados de las personas menores de edad.

Ser voluntario en una alternativa de protección para personas menores de edad, implica relacionarse con todos ellos(as) de manera igualitaria y equitativa. Un voluntario no debe relacionarse preferentemente con ningún niño o niña, ni establecer relaciones particulares con alguno de ellos(as). Solamente en caso que el voluntario ofrezca sus servicios profesionales especializados y deba relacionarse mayormente con alguno(a) de los niños(as) debido a una condición de salud particular, educativa u otra.

2.2 OBJETIVOS GENERALES

1. Apoyar y mejorar la atención integral que brindan las alternativas de protección (ONG o Albergues PANI) por medio de la ejecución de diferentes actividades voluntarias.

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2. Fortalecer y ampliar el trabajo de las alternativas de protección (ONG o Albergues PANI) con el fin de mejorar los servicios ofrecidos por éstas a la población menor de edad a su cargo.

2.3 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Desempeñar actividades varias relacionadas con las diferentes áreas del Modelo de Atención.

2. Apoyar el trabajo del personal de atención directa por medio de la ejecución de actividades de índole recreativo, educativo, entrenamiento en habilidades y destrezas, u otras con la población menor de edad.

3. Apoyar las acciones de la Junta Directiva (en caso de ONG), equipo técnico y administrativo (en caso de ONG y albergues), por medio de la ejecución de las acciones o actividades solicitadas por estas instancias.

2.4 PROCEDIMIENTOS

La persona o grupo de personas que deseen servir voluntariamente en una alternativa de protección y que cuenten con una idea clara sobre las actividades que pretenden desarrollar, es el caso de estudiantes, asociaciones u organizaciones deben presentar un Plan de Trabajo acerca del proyecto que van a ejecutar.

El documento “Plan de Trabajo” debe contener: los objetivos y metas del trabajo, y al menos los días y horas en las que desempeñará la actividad a realizar, así como la población beneficiaria de la actividad.

Dichos objetivos deberán estar estrechamente vinculados a los objetivos del modelo de tratamiento de la Organización, de tal forma que partan de las necesidades y requerimientos de la misma.

En caso de personas que no tengan claridad sobre el trabajo voluntario que pueden realizar en la alternativa de protección, deben recibir orientación de parte del equipo técnico de la ONG, o bien del profesional del PANI encargado de la supervisión del albergue, en cuanto a los proyectos pendientes y la forma en que el trabajo voluntario podría realimentar su ejecución. De esta forma, el voluntario tendría la posibilidad de escoger dentro de las diferentes posibilidades, con la certeza de que enfocará sus fuerzas y motivaciones en la dirección correcta, de modo que los niños, niñas o adolescente sean los beneficiados directos de su trabajo.

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En estos casos no es necesario solicitar un plan de trabajo, sino que, el mismo profesional que brinda la orientación puede registrar el tipo de labor o actividad que la persona ofrece realizar, así como la metodología a través de la cual supervisará dicha actividad.

Dentro de la entrevista debe indicarse al aspirante a voluntario, siempre y en todos los casos, el PANI o la ONG realizarán verificación de la información que éste(a) aporte, por medio de los mecanismos que la Institución u ONG defina para dicho fin.

Aquellos grupos de personas o estudiantes, que pretendan cumplir con un requisito personal o de tipo académico, deberán someter a conocimiento, análisis y evaluación su proyecto, el cual deberá ser redactado y presentado formalmente a la Oficina Local y a la ONG en donde piensa desarrollarse, siendo que el mismo puede ser aceptado o rechazado, o bien reorientado, de modo que este se ajuste en su totalidad al beneficio de las personas menores de edad o de la alternativa de protección en donde ellos residen. (Para mayor detalle sobre estos trabajos ver directriz, GT 1934-2006; se anexa)

Nunca deberá aceptarse el trabajo voluntario de una persona o grupo, con el único objetivo de colaborar con éstos, ya que el fin de este trabajo debe ser siempre el beneficiar a los niños, niñas o adolescentes y no viceversa.

Es importante, además retomar la directriz GT 997 – 2005, la cual plantea que las Oficinas Locales no deben permitir visitas de terceras personas a los niños ingresados a las distintas alternativas de protección, si no existe un propósito claramente definido y debidamente autorizado por los profesionales que llevan el proceso”. Esto mismo es aplicable al tema de voluntariado que nos atañe.

Por lo anterior, no serán aceptados como voluntarios en programas de protección para personas menores de edad, aquellos cuya motivación sea la adopción, ya que esta participación permite que se creen vínculos o expectativas falsas o irreales, provocando daño psicológico en el niño, niña o adolescente. Aunado a que los voluntarios podrían identificar o escoger una persona menor de edad en particular, la cual no necesariamente tiene una condición legal definida y una posibilidad psico social clara para la adopción.

De esta manera, la relación del voluntario con las personas menores de edad no debe generar falsas expectativas en los niños y niñas, reviviendo un abandono en la medida que no se cumplan, por lo que desde el inicio, en la primer entrevista o contacto con el/ la voluntario(a) debe encuadrarse que los lazos afectivos que establezcan no son orientados hacia una posible adopción.

Tanto los niños, niñas y adolescentes, como el personal de atención directa, deben ser informados sobre la actividad que desarrollará el personal voluntario y el periodo dentro del cual lo realizarán.

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En todo momento, se debe promover un recurso voluntario óptimo y adecuado, se deben crear estrategias de selección, inducción y capacitación de los voluntarios, como un requisito indispensable previo a la puesta en marcha de los proyectos a ejecutar.

Es muy importante que tanto en los albergues del PANI, como en las ONG, el profesional encargado de la situación defina y comunique a la persona o personas voluntarias, la metodología de supervisión, monitoreo y evaluación del trabajo que se está realizando.

La evaluación del trabajo realizado, deberá ser recurrente y participativa, incluyendo a aquellas personas involucradas con ellos, tal como el personal de atención directa, a fin de valorar cómo se está desarrollando la relación empática y de vínculo con los niños y niñas; de modo que si se detectara una relación que pueda afectar la estabilidad de las personas menores de edad, esta debe ser corregida o en su defecto prescindir del personal voluntario.

Una vez seleccionado y aprobado un voluntario es importante que este firme una “Carta de Compromiso” (Anexo III), con el objetivo de formalizar la relación con la alternativa de protección. Es importante mencionar que esta “Carta de Compromiso” no tiene carácter legal, sin embargo, encuadra la relación que esta persona o grupo de personas mantendrán con la alternativa de protección y sobre todo con las personas menores de edad.

2.5 PERFIL DEL VOLUNTARIO

El perfil del voluntario puede variar según sean las actividades que se pretenden ejecutar. Dado lo anterior puede requerirse de personas con cierta formación, conocimientos o experiencia. En otros casos estos requisitos no son necesarios. No todas las personas que deseen prestar servicio voluntario pueden hacerlo, ya que no califican para realizar la labor, ya sea por edad, condición de salud, motivaciones de adopción, entre otras.

A nivel general, el voluntario debe contar con:

Ser mayor de 15 años. Un estado de salud óptimo para desempeñar las funciones que se propone atender. Poseer sensibilidad, flexibilidad, tolerancia y paciencia para desempeñar trabajo

directo con los niños, niñas o adolescentes. Capacidad para identificar, respetar y garantizar los derechos de los niños niñas y

adolescentes ingresados en el programa de protección Estabilidad emocional. Capacidad de establecer límites con autoridad. Motivaciones claras y transparentes que se relacionen directamente con el bienestar

de los niños, niñas y adolescentes.

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Conocer y compartir los principios que rigen la labor del Programa, los cuales brindarán el marco conceptual – filosófico dentro del cual se enmarcarán los objetivos de su labor.

Conciencia de la necesidad social. No tener interés de buscar un niño, niña o adolescente para ser adoptado. No estar en lista de espera en la Oficina de Adopciones. No tener antecedentes institucionales ni judiciales pendientes o resueltos en su

contra. Conocer el reglamento interno del Programa de protección y estar de acuerdo en

cumplir el mismo. Aceptar la supervisión y el monitoreo constante de su labor, por parte del equipo

técnico del Programa. Aceptar las recomendaciones y sugerencias que surjan de la observación y

evaluación del equipo de trabajo a la luz de la ejecución del Plan de trabajo propuesto.

En caso de ser extranjero, debe hablar español. En todos los casos presentar cartas de recomendación.

Además de presentar requisitos mínimos tales como:

Presentar credenciales personales. Presentar solicitud por escrito y aportar los datos que la alternativa (ONG o PANI)

le solicite. En caso de ser miembro de asociación o grupo organizado de voluntarios, presentar

una certificación por escrito que pertenece a tal organización. Los estudiantes de secundaria o universitarios deben presentar un “Plan de

Trabajo”, no así los voluntarios que no sean estudiantes. En caso de estudiantes de secundaria o universitarios, presentar nota o certificación

de la escuela, colegio, universidad o agencia internacional (en caso de intercambios estudiantiles) indicando el objetivo de la actividad, así como el profesor responsable de la supervisión del proyecto. (Ver directriz GT 1934 – 2006)

Hoja de delincuencia. (mayores de 18 años)

2.6 RECLUTAMIENTO Y SELECCION DEL VOLUNTARIO

Las personas o grupos que desean participar como voluntarios ya sean ocasionales o permanentes, deben someterse a un proceso de reclutamiento y selección. Estos procedimientos no excluyen lo indicado en la directriz GT 1934-2006.

Este proceso estará a cargo de:

En el PANI:

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El / los voluntarios deben ser entrevistados a fin de conocer y aclarar sus dudas, conocer y valorar sus motivaciones e indicarles los requisitos que deben cumplir. Debe aclararse al voluntario, que ser entrevistado no es sinónimo de ser aprobado.

1.) En caso de que el voluntario se dirija a una Dirección Regional, el/la Director(a) canalizará el servicio voluntario a la Oficina Local que considere conveniente. Deberá indicársele al voluntario que debe presentar solicitud por escrito.

2.) El Coordinador(a) de la Oficina Local podrá entrevistar al voluntario, o bien designar un profesional del equipo psicosocial para realizar dicha entrevista. En caso de aprobar o rechazar la solicitud del voluntario esto deberá indicarse por escrito, con copia a la Dirección Regional.

3.) Toda la información debe ser consignada por escrito y archivada en un expediente de la persona u organización voluntaria, en el cual se documente todo lo concerniente a esta persona o grupo. En caso de ser aprobado o rechazado deberá indicarse.

4.) Cada Oficina Local debe contar con un registro de voluntarios u otros colaboradores.

5.) En caso de aprobarse el servicio voluntario ofrecido, la persona deberá ser presentada en la alternativa de protección en donde desempeñará el trabajo voluntario (inducción en la alternativa de protección), previa coordinación con la alternativa de protección y sus diferentes actores (encargadas de cuido directo y personas menores de edad)

En las ONG:

1.) El equipo técnico de la alternativa, definirá la aprobación o rechazo del servicio voluntario ofrecido, tomando en consideración las necesidades de las personas menores de edad, del personal y/o de las instalaciones de la alternativa.

2.) Para lo anterior deberá cumplirse con al menos una entrevista con el/los voluntarios, para conocer sobre sus intenciones, tener la oportunidad de aclarar dudas, brindar información sobre la alternativa de protección, su funcionamiento y dinámica cotidiana, brindar información acerca de la población menor de edad, lo que no implica tener acceso a los expedientes de los niños, niñas y adolescentes.

3.) Al igual que en las Oficinas Locales del PANI, la información y documentación aportada deberá ser consignada en expediente o registro de voluntarios.

4.) Una vez aprobado el proyecto de voluntariado, el/la Director(a) de la ONG deberá comunicar a la Oficina de Acreditación y Supervisión sobre el proyecto en ejecución.

5.) En caso que el PANI como parte de la supervisión y acompañamiento técnico que brinda a las ONG con las cuales tiene convenio, detecte situación anómala en el servicio

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voluntario, debe realizar observaciones o recomendaciones para su modificación o en su defecto para suspender el mismo, cuando se observen violaciones de derechos de las personas menores de edad, conductas inadecuadas, o relaciones y vínculos negativos para la(s) persona(as) menor(es) de edad.

2.7 EVALUACION DEL TRABAJO VOLUNTARIO

En caso de estudiantes la evaluación del trabajo voluntario debe realizarse conforme al “Plan de Trabajo” presentado. Esta evaluación puede estar a cargo de diferentes funcionarios (profesional de la Oficina Local de PANI u ONG, personal de atención directa, y personas menores de edad) que hayan tenido que compartir con el/los voluntario(s).

En todos los casos, la evaluación de la labor ó de los proyectos realizados por los voluntarios, se realizará conforme a la metodología definida por parte de la Organización, para el monitoreo y realimentación de los mismos, tomando en cuenta la opinión de todo el equipo de trabajo y de las personas menores de edad a los cuales va dirigido el proyecto en mención.

En caso de voluntariado en Albergues del PANI la evaluación debe ser solicitada formalmente por el Coordinador de la Oficina Local, o en el caso de ONG, solicitará la evaluación el Director o la Junta Directiva de la alternativa de protección previo acuerdo entre estas partes, y será realizada por parte del equipo técnico de la alternativa, en coordinación con el personal de atención directa, la población menor de edad beneficiaria, u otro.

La evaluación puede realizarse mediante la consulta verbal sobre diferentes aspectos, o bien por medio de instrumentos escritos destinados para tal fin. Esta evaluación debe realizarse en concordancia con el plan de trabajo presentado por el voluntario. Siempre debe sistematizarse dicha evaluación en un Informe de Evaluación. Si el voluntario realizó un trabajo directo con la población menor de edad, es aún más importante que ellos y ellas participen en la evaluación del mismo, y que sus opiniones se consignen dentro de la sistematización de la evaluación.

III. PADRINOS Y/O MADRINAS

3.1 DEFINICION DE PADRINOS Y/O MADRINAS

El abrigo temporal, plantea la apertura de un proceso especial de protección cuyo objetivo es la garantía y restitución del ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

No obstante, dicho proceso obliga a separar a la separación de la persona menor de edad, de su hogar o de otra organización donde ha establecido lazos afectivos importantes. Lo

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anterior implica para el niño, niña o adolescente, atravesar por un proceso de desarraigo y desvinculación de su grupo y ambiente social en el que se ha desenvuelto.

Por lo anterior, una de las prioridades en la atención de esta persona menor de edad, para el programa que recibe al niño o niña, es el de prestar especial atención a sus necesidades de contención afectiva.

De esta manera, el proceso terapéutico conducido por los profesionales dentro del programa, plantea la necesidad de que la persona menor de edad, pueda elaborar una percepción propia de su vida y de la situación particular que se encuentra viviendo, a través de la puesta en práctica de las nuevas herramientas que está adquiriendo.

Dentro de este contexto, los padrinos y/o madrinas forman parte del sistema local de protección, como personas de la comunidad, seleccionadas por el equipo técnico de la ONG o el profesional del PANI encargado, que colaboran gratuitamente con un programa de protección en la atención de una persona menor de edad en particular. No es función del padrino o la madrina escoger a la persona menor de edad que desea apoyar, ya que esto podría confundir la relación y crear falsas expectativas en el niño, niña o adolescente, o en el adulto mismo.

La relación con los padrinos y/o madrinas, no pretende sustituir la relación del niño, niña o adolescente, con el núcleo familiar de origen, antes bien, el objetivo de dicha relación es el de acompañar en el proceso de adquisición de habilidades para el retorno de la persona menor de edad a dicho núcleo.

Su función es disminuir el impacto emocional que conlleva la separación del núcleo familiar, acompañar al niño niña o adolescente en este proceso, de tal forma que aprenda a concebirse como una persona digna de ser amada, valiosa y que merece respeto y apoyo para el libre ejercicio de sus derechos y deberes.

Dentro de este contexto, la relación con el padrino o madrina, será para la persona menor de edad una opción más dentro de este proceso terapéutico que le ayudara a establecer vinculaciones afectivas mas sanas y conocer formas más asertivas de relación, que pueda introyectar y asumir como suyas, en el proceso de descubrimiento y construcción de su propia identidad.

En otras palabras, posibilitara el ensayo de nuevas formas de relación con las figuras adultas, desde una vivencia de apoyo en los momentos de crisis, acompañamiento en los avances del proceso y satisfacción de sus necesidades básicas afectivas, que le permitirán dar los primeros pasos hacia su autonomía e independencia o hacia el retorno con su grupo familiar de origen dentro de un contexto particular de relaciones: familia, comunidad, historia y circunstancias particulares.

Dicha relación amalgama el proceso de aprendizaje de forma tal que la vinculación establecida, deberá continuar incluso una vez que el niño, niña o adolescente ha sido

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egresado del programa, como parte de las redes de apoyo tanto para él como para su familia de origen.

En caso de que una persona menor de edad ingresada en una ONG sea seleccionada para participar del programa de padrinos y madrinas, esta decisión debe ser comunicada previamente a la Oficina Local encargada de la situación y a la Oficina de Acreditación y Supervisión (personal ONG y personal PANI) para que se analice la situación en conjunto.

El padrino y/o la madrina ofrecen ayuda de diferentes formas al niño, niña o adolescente que se le asigna para ser apadrinado. Ser padrino o madrina implica ser patrocinador o mentor de la persona menor de edad. El padrino es una especie de modelo adulto positivo para el niño, niña o adolescente y para su familia, el cual le brinda protección y afecto durante la “tutela” de hecho que éste ejerce. La presencia de éste, se convierte en un factor protector para la persona menor de edad, lo que posibilita la reducción de conductas negativas hacia sí mismos y hacia los demás.

La persona menor de edad que es elegida para participar en un programa de padrinazgo, tiene la posibilidad de compartir periodos breves de tiempo con una familia diferente a la de origen, la cual le proporciona el espacio para participar de situaciones cotidianas, con lo cual la persona menor de edad aprende la importancia de la convivencia, la unión familiar, el rol que cumple cada miembro dentro de una familia, la importancia de la solidaridad y del bien común, entre otras.

3.2 OBJETIVOS GENERALES

1. Fungir como una herramienta más en el tratamiento de la persona menor de edad.

2. Propiciar el desarrollo del potencial individual de la persona menor de edad, por medio del modelaje positivo de conductas en un entorno familiar.

3. Acompañar y apoyar a la persona menor de edad en el proceso de tratamiento, disminuyendo el impacto emocional de su separación del grupo familiar.

4. Posibilitar relaciones sanas y asertivas en donde la persona menor de edad pueda ensayar nuevas opciones de relación con figuras adultas nutrientes y contenedoras.

5. Ampliar las redes de apoyo comunales tanto para la persona menor de edad, como para su familia de origen a fin de disminuir los riesgos de disfuncionalidad social.

3.3 PROCEDIMIENTOS: RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN

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El proyecto de Padrinazgo, tanto en un albergue institucional como en una organización no gubernamental, deberá estar bajo la responsabilidad de un profesional en el área psico social.

Dicho profesional deberá entrevistarse con la(s) persona(s) que desee ser padrino o madrina de alguna persona menor de edad, a fin de realizar un primer filtro y definir las fechas y requerimientos (puede ser la presencia de una pareja interdisciplinaria) para la evaluación del recurso que se ofrece.

La primera entrevista debe ser de carácter informativo sobre la Organización, así como sobre los principios que rigen la atención y el tratamiento que se brinda a las personas menores de edad.

En el caso de que su motivación esté relacionada directa o indirectamente con la adopción, debe rechazarse como padrino o madrina y orientarse hacia la Oficina de Adopciones.

Deberá quedar claro, dentro sus obligaciones como persona adulta, la garantía del ejercicio de los derechos de los niños y niñas, así como el proceso que se seguiría en su contra en caso de que se diera alguna violación de dichos derechos.

En el caso de las ONG, se comunicará a las personas solicitantes que la información que se obtenga de la evaluación del recurso ofrecido será incluida en el expediente del niño, niña o adolescente y copia de la misma se enviará a la Oficina Local del PANI a cargo de la situación socio legal del niño, niña o adolescente que va a apadrinar.

La evaluación posterior deberá ser exhaustiva, de preferencia realizada por un equipo psico social. Se explorarán las motivaciones y expectativas del aspirante - incluso motivaciones de adopción-. Es importante conocer si la persona tiene una pareja o no, si tiene hijos y si estos están de acuerdo en que sus padres asuman el papel de padrinos. Se beberá conocer las formas de crianza y explorar posibilidad de abuso físico, sexual o emocional en su historia de vida; situaciones traumáticas en su niñez, adolescencia o juventud no tratadas o elaboradas; pérdidas significativas; relación actual con sus padres, parejas o hijos; métodos disciplinarios utilizados y otros.

Si la evaluación es positiva y se acepta al padrino o madrina, este deberá firmar un convenio con la Oficina Local encargada de la situación (Anexo) y, en el momento en que se identifique la persona menor de edad que será apadrinada, se le brindará una explicación de la situación psico socio legal del mismo.

En el caso de los programas del PANI, será el profesional encargado del albergue quien analice cuáles personas menores de edad pueden contar con un padrino o madrina. En caso de ONG, el equipo técnico del Programa de protección deberá comunicar a la Oficina Local encargada acerca de las familias y los niños y niñas escogidos para participar en dicho proyecto.

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Como principio general, no se considera conveniente que los niños y niñas menores de cinco años, teniendo o no, condición de adoptabilidad participen, ya que son niños y niñas que por su edad requieren de figuras estables, y que además deben estar siendo promocionados para la adopción en forma consistente y prioritaria. No obstante lo señalado, si en un caso concreto se considere necesario o conveniente que un niño o niña participe dentro del programa, la decisión se tomará previa discusión técnica con las personas encargadas de la situación socio legal en la Oficina Local de referencia.

Por el contrario, pre adolescentes y adolescentes cuya situación legal se encuentra definida como declarados en abandono, y que no cuentan con recursos para su ubicación, personas menores de edad que pertenecen a grupos de hermanos o niños, niñas y adolescentes con algún tipo de discapacidad, deberían ser las personas menores de edad con prioridad para ser sujetos de un programa de apadrinamiento, dadas sus características particulares.

Cabe reiterar que los padrinos, formarán parte de la red de apoyo del niño niña o adolescente, aun cuando estos retornen a su familia nuclear, por lo que la situación socio legal de las personas menores de edad, a excepción de la condición de adoptabilidad en niños o niñas pequeños, no deberá ser un factor determinante.

Toda la información debe ser consignada por escrito y archivada en un expediente de la persona menor de edad que se apadrina.

Cada Oficina Local debe contar con un registro de padrinos u otros colaboradores.

Las herramientas de selección más comunes son:

Las entrevistas personales. Valoración psico social positiva y actualizada. La verificación de referencias (con vecinos, en empleos anteriores, u otros) Descarte de antecedentes criminales (para ello se solicita la “Hoja de delincuencia”) Las visitas domiciliarias antes y durante la permanencia de la persona menor de

edad con el padrino o madrina, o bien, en otro momento. Si los padrinos o madrinas van a transportar en su vehiculo a la persona menor de

edad es necesario solicitar el detalle de infracciones de tránsito.

Ver el apartado 2.6 Reclutamiento y Selección del Voluntariado, ya que aplica el mismo procedimiento.

3.4 PERFIL DEL PADRINO O MADRINA

La persona que desee fungir como padrino o madrina de una persona menor de edad debe cumplir con las siguientes características:

Ser mayor de 18 años.

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Estado de salud óptimo para desempeñar las funciones que se propone atender. Poseer sensibilidad, flexibilidad, tolerancia y paciencia para desempeñar trabajo

directo con los niños, niñas o adolescentes. Capacidad para identificar, respetar y garantizar los derechos de los niños niñas y

adolescentes ingresados en el programa de protección Estabilidad emocional. Capacidad de establecer límites con autoridad. Motivaciones claras y transparentes que se relacionen directamente con el bienestar

de los niños, niñas y adolescentes. Conocer y compartir los principios que rigen la labor del Programa, los cuales

brindarán el marco conceptual – filosófico dentro del cual se enmarcarán los objetivos de su labor.

Conciencia de la necesidad social. No tener interés de buscar un niño, niña o adolescente para ser adoptado. No estar en lista de espera en la Oficina de Adopciones. No tener antecedentes institucionales ni judiciales pendientes o resueltos en su

contra. Conocer el reglamento interno del Programa de protección y estar de acuerdo en

cumplir el mismo. Aceptar la supervisión y el monitoreo constante de su labor, por parte del equipo

técnico del Programa. Haber sido evaluado positivamente por un equipo psico social. Aceptar las recomendaciones y sugerencias que surjan de la observación y

evaluación del equipo de trabajo a la luz de la ejecución del Plan de trabajo propuesto.

En caso de ser extranjero, debe hablar español. No ser un Hogar Solidario. En todos los casos presentar cartas de recomendación.

Además de presentar requisitos mínimos tales como:

Presentar credenciales personales. Presentar solicitud por escrito y aportar los datos que el Programa (ONG o PANI) le

solicite. En caso de ser miembro de asociación o grupo organizado, presentar una

certificación por escrito que pertenece a tal organización. Hoja de delincuencia.

3.6 EVALUACION DEL TRABAJO DEL PADRINO O MADRINA

Como a los padrinos y madrinas no se les solicita presentar un Plan de Trabajo, la evaluación se realiza conforme los objetivos y metas planteadas en el Plan de Intervención por el profesional encargado de la situación de la persona menor de edad.

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Para lo anterior es importante consignar la opinión de la(s) persona(s) menor(es) de edad respecto de la relación establecida con su padrino o madrina; así mismo, es necesario contemplar la opinión de las encargadas de atención directa, incluso de sus pares.

También es posible realizar una comparación en el tiempo, de las conductas, actitudes y rendimiento académico de la persona menor de edad, para poder determinar cuán significativo ha sido contar con un padrino o madrina.

Algunos aspectos que pueden evaluarse con relación al padrino o madrina son: Puntualidad Compromiso Constancia Claridad en sus acciones Respeto por la persona menor de edad, Respeto y acatamiento de las indicaciones u observaciones que se le realicen de

parte del personal de cuido directo de la ONG o del PANI. Transparencia en la información brindada. Transparencia en la relación con la persona apadrinada. Apertura a recomendaciones. Interés y preocupación por los avances en el tratamiento de la persona menor de

edad apadrinada.

IV. DONADORES O COOPERADORES

4.1 DEFINICION DE DONADORES O COOPERADORES

Los donadores y cooperadores son personas físicas o jurídicas que deciden apoyar económicamente o en especies a la alternativa de protección, sin tener contacto directo con la población menor de edad.

Las donaciones pueden darse por periodos de tiempo prolongados o cortos, incluso por una única vez. También se consideran dentro de este rubro los denominados: bienhechores o patrocinadores. En el caso de las organizaciones religiosas el término de “bienhechor” se asocia a la aportación de un recurso económico o en especie, asociado a la caridad y la beneficencia. Y el término “patrocinador” o “patrocinio” se liga con empresas consolidadas que brindan aportes a la alternativa de protección.

El donador debe tener claro que sus aportes no lo autorizan a mantener contacto directo con la población menor de edad o un trato especial por parte de los responsables de la ONG o Albergue. Esta información debe brindársele desde el primer contacto que se tenga con el posible donante.

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4.2 OBJETIVOS GENERALES

1. Ayudar económicamente o en especies a una alternativa de protección, con el fin de mejorar la atención de las personas menores de edad.

2. Brindar aporte económico o en especies de forma única o reiteradas veces para la compra o mejora de las instalaciones, servicios que brinda la alternativa u otra necesidad relacionada directamente con los niños, niñas o adolescentes.

4.3 PROCEDIMIENTOS

Cuando las donaciones sean en especies deben ser recibidas y avaladas por un miembro de la alternativa de protección, ya sea el/ la director(a), u otro representante, para evitar el recibo de donaciones de mala calidad o en mal estado, o que representen algún riesgo para la población menor de edad en caso de alimentos o productos vencidos, juguetes inadecuados para la edad, entre otros.

En caso de donaciones para los albergues del Patronato Nacional de la Infancia, existe un “Reglamento para el trámite de donación” el cual se encuentra aprobado y vigente desde el año 2001 (se anexa), el cual debe acatarse.

4.4 PERFIL DEL DONADOR O COOPERADOR

El donador o cooperador puede ser una persona física o jurídica, grupo de personas voluntarias, asociación o fundación.

El donador o cooperador no debe tener interés alguno en mantener relación directa con la población menor de edad o recibir beneficio alguno a cambio de la donación que realiza.

Poseer solvencia moral.

4.5 RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN

El reclutamiento del donante o cooperador puede realizarse por medio de campañas de divulgación o búsqueda del mismo por parte del personal de la ONG o del PANI, estos últimos sujetos a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de Donaciones vigente.

También puede ocurrir que el donante se aproxime por sus propios medios e intereses a la ONG o Albergue. En este caso, el personal encargado de la recepción de la donación debe considerar las necesidades de la institución y de las personas menores de edad, para evitar el recibo de donaciones sin ningún efecto o impacto positivo para la población atendida.

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4.6 EVALUACIÓN

En caso de donaciones en especies la evaluación a realizar debe tomar en consideración aspectos como la calidad y funcionalidad de los productos, el beneficio de estas donaciones para la población menor de edad o para la alternativa de protección.

Si las donaciones en especies no representan ningún valor para la alternativa de protección, o en su defecto, los productos que se donan son vencidos o de mala calidad, es posible plantear al donante que las mismas no son necesarias para la alternativa de protección y negarse a continuar recibiendo las mismas.

V. BIBLIOGRAFIA

Código de la Niñez y la Adolescencia, 1998, Patronato Nacional de la Infancia.

Directriz Institucional GT 1934 – 2006, Patronato Nacional de la Infancia.

Documento “Algunas Consideraciones para el trabajo voluntario”, Región Chorotega, Patronato Nacional de la Infancia.

Lillo Nieves y Roselló Elena, “Manual para el Trabajo Social Comunitario”, 2001, Ediciones Narcea ,Madrid España.

Periódico La Gaceta N 185, miércoles 26 de setiembre de 2001.

Proyecto “Padrinos y Madrinas”, Hospicio de Huérfanos de San José, Hogar Vista de Mar, Noviembre 2001.

Proyecto “Programa de Voluntariado, Área de Recreación”, Aldea Arthur Gough, Patronato Nacional de la Infancia

Búsqueda en Internet – Palabras clave:- Voluntario.- Voluntariado.- Trabajo voluntario.- Padrinos.- Apadrinar.- Donante.- Donadores.- Cooperador.- Patrocinador.- Bienhechores.

Direcciones de Internet consultadas:- www.comparte.org/apadrinamiento

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- www.iniciativasocial.net/porque.htm - www.es.wikipedia.org/wiki/Voluntario - www.trabajovoluntario.org - www.regazo.cl - www.wordreference.com - www.cdc.gov

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ANEXOS

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ANEXO IRegistro de datos de la persona voluntaria

Fecha del contacto:_________________

Nombre completo:_________________________Fecha de nacimiento:_______________________Edad:_____________Número de identificación:______________________Estado Civil: ______________________Dirección:_________________________________________________________________________________________________________Teléfonos: _______________,_________________,______________.Correo electrónico:_________________________________________

Profesión: ______________________________Experiencia laboral: _______________________Lugar de trabajo:_________________________

Otras habilidades y conocimientos; ________________________________________________________________________________________________________________

Experiencia en trabajo voluntario: Si____ No____Explique:_________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

_______________________________Nombre y Firma del voluntario(a)

ANEXO IIEntrevista inicial para voluntarios

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Áreas o actividades en las que le interesa desempeñarse como voluntario y porqué?____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Razones que lo motivan para ofrecer servicio voluntario: ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Horario que destinará a las actividades voluntarias:________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Comentarios/ Observaciones del entrevistador: __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Recomendaciones:________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

ANEXO III

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Carta de compromiso del voluntario

Yo:_______________________________me comprometo a desempeñarme como voluntario(a) en el albergue/ ONG:_______________A partir de:______________ y hasta:___________, en las labores de:____________________________________?.Para lo anterior me comprometo a:

a. Respetar las disposiciones del Albergue o Alternativa de protección en donde desempeño el trabajo voluntario.

b. Acatar todas aquellas recomendaciones que se me brinden en forma verbal o escrita por parte del equipo técnico, dirección, junta directiva, o personal de oficina local de PANI.

c. En caso de no poder cumplir con el horario acordado, deberé indicarlo previamente para hacerlo del conocimiento de los niños, niñas y adolescentes y programar nuevas actividades.

d. En caso de desear suspender la actividad como voluntario también deberé comunicarlo con anterioridad.

e. Realizar el trabajo con mística y deseo de colaboración.f. Ser discreto y cauto en los comentarios que se realicen fuera de la alternativa

de protección con relación a la identidad de los niños, niñas o adolescentes y sus características.

_______________________Nombre y Firma del voluntario

Cédula:__________________

Fecha:__________________

ANEXO IV

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Registro de datos del padrino/ madrina

Fecha del contacto:_________________

Nombre:_________________________Edad:_____________Estado Civil: ______________________Dirección:_________________________________________________________________________________________________________Teléfonos: _______________,_________________,______________.

Profesión: ______________________________Experiencia laboral: _______________________Lugar de trabajo:_________________________

Otras habilidades y conocimientos; ________________________________________________________________________________________________________________

Miembros del Sistema familiar del Padrino/ Madrina:

Nombre Edad Parentesco Ocupación

Características de la dinámica del sistema familiar (tipo de relaciones, roles, jerarquías, alianzas familiares, secretos)_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Situación de salud de los miembros de la familia y el padrino/ madrina:_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

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Situación socioeconómica del sistema familiar:_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Situación de la vivienda y el vecindario:___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Características de la persona menor de edad que desea apadrinar: ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Tipo de relación que desea mantener con la persona menor de edad que desea apadrinar: ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Observaciones y Recomendaciones del entrevistador: ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

ANEXO V

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Convenio para la autorización de la salida de una persona menor de edad de una alternativa de protección con un padrino o una madrina

Entre nosotros (Nombre y calidades del representante legal de la Oficina Local de -incorporar localidad-) o del la ONG (incorporar nombre de la organización), (Nombre y calidades del padrino o madrina); y la (persona menor de edad preadolescente o adolescente-previa valoración)

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que tanto para el PANI como para las ONGs ha sido necesario definir y regular la participación de las personas voluntarias en las alternativas de protección que atienden a personas menores de edad.

SEGUNDO: Que tanto el PANI como las ONG quieren promover la proyección hacia las comunidades, como parte del modelo de atención integral, para lo cual requieren del trabajo de personas voluntarias, que apoyen y mejoren la atención integral que se les brinda a los niños, niñas y adolescentes.

TERCERO: Que las personas menores de edad, ubicadas en las distintas alternativas de protección, al establecer lazos afectivos con personas de la comunidad y, sentir que estas muestran interés por su bienestar, se fortalecen en su autoestima y se convierten en parte de la red de apoyo y en factores protectores para ellos y ellas, además que se favorece su derecho a la recreación.

CUARTO: Que la Oficina Local del Patronato Nacional de la Infancia de (nombre de la oficina local) o la ONG (incluir nombre de la ONG), luego de un proceso de valoración y selección han definido cuáles personas menores de edad, declaradas en abandono y ubicadas en las distintas alternativas de protección, pueden contar con un padrino o una madrina.

QUINTO: Que las personas menores de edad seleccionadas, se les ha solicitado su opinión sobre su deseo de contar con un padrino/madrina, y de los objetivos y alcances de este convenio, y han manifestado su aceptación (ver folio XX del expediente).

SEXTO: Que la Oficina Local de (incluir el nombre) del Patronato Nacional de la Infancia/la ONG (incluir nombre del ONG) ha valorado la madrina/padrino y este ha aportado los requisitos solicitados y cuenta con el perfil requerido, según consta en el (indicar documento/estudio/valoración de idoneidad), el cual forma parte de este expediente (ver folio XX del expediente).

POR TANTO:

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Hemos convenido en celebrar el presente “Convenio de autorización para la salida de una persona menor de edad de una alternativa de protección con un padrino o una madrina” que se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: EL OBJETO

1. Proporcionar a las personas menores de edad, que así lo requieran según Plan de Intervención Profesional, relaciones cercanas y afectivas con una familia diferente a la de origen, durante un periodo de tiempo, fomentando su derecho a la recreación y a la socialización con diversos grupos del entorno comunal y apoyándole en el área educativa.

2. Propiciar el desarrollo del potencial individual de la persona menor de edad, por medio del modelaje positivo de conductas en un entorno familiar

SEGUNDA: COMPROMISOS DE LAS PARTES

A. (Nombre del padrino o madrina), se compromete a:

g. Ser un modelo positivo para el niño, niña o adolescente, así como para su familia de origen cuando esté presente, y brindarle protección y afecto a la PME durante el tiempo que esté bajo su cuido.

h. Cumplir con lo estipulado en la “Boleta de Autorización para la salida de una persona menor de edad de una alternativa de protección”.

i. Indicar con tres días de antelación, en caso de no poder cumplir con lo estipulado en la “Boleta de Autorización para la salida de una persona menor de edad de una alternativa de protección”. El padrino /la madrino debe justificar la imposibilidad de su cumplimiento, lo cual será valorado por la oficina local encargada/ONG, quienes tomaran las acciones que consideren pertinentes.

j. Velar por la integridad física y psicológica de la persona menor de edad y satisfacer sus necesidades básicas, como un buen padre de familia.

k. No exponer a la persona menor de edad a lugares o situaciones que representen riesgo.

l. Acatar las disposiciones y recomendaciones que se le brinden en forma verbal o escrita por parte del equipo técnico de la alternativa de protección o de la persona encargada del caso.

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m. Estar disponible para ser contactado vía telefónica cuando se encuentre con el niño, niña o adolescente.

n. Comunicar a la profesional de la alternativa de protección o a la persona encargada del caso, sobre cualquier conducta o comentario manifestado por la (s) persona(s) menor de edad que considere necesario.

B. El equipo técnico de la Oficina Local de (incorporar localidad) del PANI y el de la ONG se compromete a:

a. Evaluar periódicamente el trabajo de la madrina/padrino, con el objetivo de valorar el desarrollo de la relación empática y de vínculo con la persona menor de edad, lo cual se debe incluir en el expediente.

b. Informar a la madrina /padrino los términos del trabajo voluntario.

c. Teniendo presente el interés superior de las personas menores de edad, emitir las observaciones o recomendaciones para modificar o suspender el presente convenio, si se observen violaciones de derechos, conductas inadecuadas, o relaciones y vínculos negativos, por parte de padrino/madrina, hacia la(s) persona(as) menor(es) de edad.

d. Realizar visitas domiciliarias, durante la permanencia de la persona menor de edad con el padrino o madrina, o bien, en otro momento.

C. La persona menor de edad (mayor de cinco años) se compromete a:

a. Respetar y obedecer a su padrino/madrina, siempre que sus órdenes no violen sus derechos o contravengan el ordenamiento jurídico, para lo cual se valorará su edad, grado de madurez, capacidad de discernimiento y demás condiciones personales.

TERCERA: OPINION Y PARTICIPACION DE LA PERSONA MENOR DE EDADEl PANI, la ONG y la madrina/padrino en todas las decisiones que se tomen en relación con este convenio, deberán solicitar la opinión de la persona menor de edad, a quien se le comunicará de manera clara los alcances y compromisos asumidos por las partes, previa valoración de su edad, grado de madurez, capacidad de discernimiento y demás condiciones personales.

CUARTA: SOBRE LA AUTORIDAD PARENTAL Y LA ADOPCION Este convenio no le atribuye los derechos de la autoridad parental a la madrina y/o al padrino, ni constituye la ubicación adoptiva de las personas menores de edad por parte de los padrinos, madrinas o parientes de estos. En caso de que los padrinos realicen gestiones

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administrativas o judiciales para la adopción o custodia legal de cualquier tipo, sobre las personas menores de edad apadrinadas, el PANI estará legitimado para dar por terminado el presente convenio.En todo momento se reconoce al PANI como representante legal del niño, niña o adolescente.

QUINTA: DE LA TERMINACIÓN DEL CONVENIOEl Patronato Nacional de la Infancia, /la Organización no gubernamental/, la persona menor de edad/la madrino/ el padrino, podrán dar por terminado el presente Convenio. Para lo anterior, las partes deberán comunicar su intención y las causas que lo justifican de forma escrita; las personas menores de edad lo pueden hacer de forma verbal, en este caso, la persona encargada del caso levantará un acta sobre lo manifestado. Cuando la Oficina Local del PANI/la ONG constata que el padrino/madrina incumplió con cualquiera de los compromisos asumidos y señalados en la cláusula segunda o incurra en el supuesto de la cláusula cuarta dará por terminado el convenio. En caso de valorarse necesario, se realizará una reunión con el madrino/padrino, con la persona menor de edad y el equipo técnico, para informar las causas de la terminación.

SEXTA: DE LA EJECUCION El presente convenio adquiere eficacia una vez que sea suscrito por las partes, y éstas hayan agotado los procesos internos para la suscripción del mismo.

En fe de lo anterior y plenamente conformes firmamos en dos documentos originales de igual texto y valor, en la ciudad de _________, a las _____ horas del día ________ del año dos mil _______.

Persona menor de edad preadolescente o adolescente (previa valoración):_________________________

Señor(a): __________________________

Cédula: ____________________________

Representante legal de la Oficina Local de (XXXXXX): ________________________

Coordinador(a) de la Oficina Local: ____________________

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ANEXO VIBoleta de autorización para la salida de una persona menor de edad de

una alternativa de protección

Fecha: ___________________

Nombre del niño, niña o adolescente: __________________________________

Nombre del padrino/ madrina*: ______________________________________

*Aprobación visible en documento: ___________________________________

Día y hora de la salida de la alternativa de protección: ____________________

Día y hora del regreso a la alternativa de protección: _____________________

Lugar/es de destino de la persona menor de edad:

________________________________________________________________

Números de teléfono en donde puede ser localizada la persona menor de edad:

________________________________________________________________

________________________Firma del Padrino/ madrina

___________________________Firma del profesional responsable

_________________________________Firma de la persona menor de edad preadolescente o adolescente (previa valoración)

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