uno: antecedentes: identificaciÓn de la persona …

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juicio No. 07317-2021-00336 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN EL GUABO DE EL ORO. El Guabo, lunes 28 de junio del 2021, las 09hl7. VISTOS.- PRETENSIÓN, UNO: ANTECEDENTES: IDENTIFICACIÓN DE LA PERSONA ACCIONANTE: YOLANDA MARÍA VIVAS ZAMBRANO. IDENTIFICACIÓN DE LA AUTORIDAD, ORGANJO O PERSONA NATURAL O JURÍDICA CONTRA QUIEN SE HA INTERPUESTO LA ACOON: GAL) Municipal del Cantón El Guabo, en la persona de sus representantes legales Alcalde Ledo. Hitler Álvarez Bejarano y Procurador Síndico, Ab. Tomás Gómez Ángel. DO&^ FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN: De fs. 6 a 9 de los autos comparece la ciudadana YOLANDA MARÍA VIVAS ZAMBRANO y dice: "...Mediante boleta número 0002456 de fecha 7 de mayo del 2021, el inspector del DEPARTAMENTO DE PLANEAMIENTO URBANO, COSTRUCCION YORNATO, me dice que me represente el 10 de mayo del 2021 a las 8:30, donde yo acudí y me manifestaron que me van a destruir mi local de venta de comidas, cuando el presidente de la COMUNA BAJO ALTO señor NELSON OSWALDO GOMES LEÓN, electo el 23 de diciembre del 2020 y en sus funciones actualmente; en asamblea nos otorga el permiso para retroceder nuestras cabanas turísticas de venta de comida de mariscos, conforme consta en los documentos que adjunto y estos señores arbitrariamente llegan a destruir la cabana de mi propiedad sin un documento legal y sin haber hablado previamente con el presidente de la comuna que está legalmente en funciones, ocasionándome un perjuicio tanto en lo material y como en mi trabajo, ya que llevo años en la comuna Bajo Alto con mi negocio de comidas, además vulneran MI DERECHO AL TRABAJO ORGANIZADO y en ¡a actualidad, siguen insistiendo con simples boletas, para destruir mi negocio con maquinaria pesada por lo que pido una ACCIÓN DEPROTECCjON y sean llamados ante su autoridad para que podamos llegar a un fetíTTcuei-do^y no se vulneré mi DERECHO AL TRABAJO...Con los fundamentos expuestos solicito que en sentencia se declare la vulneración de mis derechos constitucionales que es derecho al trabajo y como consecuencia de ello se deje sin efecto todas las boletas de citación otorgadas por el departamento de planeamientourbano del municipio del cantón el Guabo en mi contra y se me deje trabajar en mi cabana que i legalmente establecida medíante acuerdo con el presidente de la comuna.... ". TRES: AUDIENCIA PUBLICA: Convocadas que han sido las partes a la respectiva diligencia de audiencia Pública, la accionante través de su defensor técnico Ab. Ney Gordiilo Bastidas manifiesta; He presentado acción de protección en contra del GAD Municipal del cantón El Guabo y dentro de la misma debo manifestar, que el día 07 de mayo dejaron una boleta a la accionante, los personeros del GAD Municipal del cantón El Guabo, departamento de planeamiento urbano, construcción y ornato del GAD Municipal del cantón El Guabo, mediante el cual manifiestan que la accionante debe acercarse el día 10, al hacerlo le indican que le van a destruir el local de comidas que tiene en la comuna BAJOALTO. El presidente de la comuna señor Nelson Obando Flores en asamblea seguía sus funciones les otorga un permiso para retroceder sus cabanas en BAJOALTO, esto sucede desde hace mucho tiempo atrás. El departamento de ornato y construcción le ha manifestado a la accionante que no tiene nada que hacer ahí que le van a destruir su cabana, sin mas explicación. El permiso para retroceder las cabanas, no solo es de la accionante sino de los tiernas comuneros, pero el departamento de ornado se ha ensañado con la accionante, sin considerar que es viuda y de la tercera edad, sin considerar que de eso se mantiene y que labora desde hace diez año en la comuna de Bajo Alto. En reiteradas ocasiones se ha acercado al referido departamento indicando que construyó la cabana por haber obtenido permiso por parte del presidente de la comuna. Bajo Alto es una comuna que cuenta con presidente y vicepresidente y en

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Page 1: UNO: ANTECEDENTES: IDENTIFICACIÓN DE LA PERSONA …

juicio No. 07317-2021-00336UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN EL GUABODE EL ORO. El Guabo, lunes 28 de junio del 2021, las 09hl7. VISTOS.- PRETENSIÓN,UNO: ANTECEDENTES: IDENTIFICACIÓN DE LA PERSONA ACCIONANTE: YOLANDAMARÍA VIVAS ZAMBRANO. IDENTIFICACIÓN DE LA AUTORIDAD, ORGANJO OPERSONA NATURAL O JURÍDICA CONTRA QUIEN SE HA INTERPUESTO LA ACOON:GAL) Municipal del Cantón El Guabo, en la persona de sus representantes legales AlcaldeLedo. Hitler Álvarez Bejarano y Procurador Síndico, Ab. Tomás Gómez Ángel. DO&^FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN: De fs. 6 a 9 de los autos comparece la ciudadanaYOLANDA MARÍA VIVAS ZAMBRANO y dice: "...Mediante boleta número 0002456 defecha 7 de mayo del 2021, el inspector del DEPARTAMENTO DE PLANEAMIENTOURBANO, COSTRUCCION YORNATO, me dice que me represente el 10 de mayo del 2021a las 8:30, donde yo acudí y me manifestaron que me van a destruir mi local de venta decomidas, cuando el presidente de la COMUNA BAJO ALTO señor NELSON OSWALDOGOMES LEÓN, electo el 23 de diciembre del 2020 y en sus funciones actualmente; enasamblea nos otorga el permiso para retroceder nuestras cabanas turísticas de venta decomida de mariscos, conforme consta en los documentos que adjunto y estos señoresarbitrariamente llegan a destruir la cabana de mi propiedad sin un documento legal ysin haber hablado previamente con el presidente de la comuna que está legalmente enfunciones, ocasionándome un perjuicio tanto en lo material y como en mi trabajo, ya quellevo años en la comuna Bajo Alto con mi negocio de comidas, además vulneran MIDERECHO AL TRABAJO ORGANIZADO y en ¡a actualidad, siguen insistiendo con simplesboletas, para destruir mi negocio con maquinaria pesada por lo que pido una ACCIÓNDEPROTECCjON y sean llamados ante su autoridad para que podamos llegar a unfetíTTcuei-do^y no se vulneré mi DERECHO AL TRABAJO...Con los fundamentosexpuestos solicito que en sentencia se declare la vulneración de mis derechosconstitucionales que es derecho al trabajo y como consecuencia de ello se deje sin efectotodas las boletas de citación otorgadas por el departamento de planeamiento urbano delmunicipio del cantón el Guabo en mi contra y se me deje trabajar en mi cabana que ilegalmente establecida medíante acuerdo con el presidente de la comuna....". TRES:AUDIENCIA PUBLICA: Convocadas que han sido las partes a la respectiva diligencia deaudiencia Pública, la accionante través de su defensor técnico Ab. Ney Gordiilo Bastidasmanifiesta; He presentado acción de protección en contra del GAD Municipal delcantón El Guabo y dentro de la misma debo manifestar, que el día 07 de mayo dejaronuna boleta a la accionante, los personeros del GAD Municipal del cantón El Guabo,departamento de planeamiento urbano, construcción y ornato del GAD Municipal delcantón El Guabo, mediante el cual manifiestan que la accionante debe acercarse el día10, al hacerlo le indican que le van a destruirel local decomidas que tiene en la comunaBAJOALTO. El presidente de la comuna señor Nelson Obando Flores en asamblea seguíasus funciones les otorga un permiso para retroceder sus cabanas en BAJOALTO, estosucede desde hace mucho tiempo atrás. El departamento de ornato y construcción le hamanifestado a la accionante que no tiene nada que hacer ahí que le van a destruir sucabana, sin mas explicación. El permiso para retroceder las cabanas, no solo es de laaccionante sino de los tiernas comuneros, pero el departamento de ornado se haensañado con la accionante, sin considerar que es viuda y de la tercera edad, sinconsiderar que de eso se mantiene y que labora desde hace diez año en la comuna deBajo Alto. En reiteradas ocasiones se ha acercado al referido departamento indicandoque construyó la cabana por haber obtenido permiso por parte del presidente de lacomuna. Bajo Alto es una comuna que cuenta con presidente y vicepresidente y en

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asamblea se autorizó retroceder las caluña . ,protección con fundamento en I con ' t?, •' ^^ de"tr0 de la acción deJ«»*^l.«*^t22SÍ¿¿-/^ hem°S pedid° "" enboletas de notificación realizadas ñor el¡Zl ° const,tuc'»nales yse deje sin efecto hsMunicipal de, cantón El Guabo u'efl^^'^^ 0"-'« yconstrucción dí°GADse op:esdH nrde ,a comuna se 'a »S5ft it ha: iri^r por *•*>**>*«señora de la tercera edad, el GAD Municipal nutre h!« ba,°'!a acci°nante es unadel proyecto que tiene el ÜAD en ese sector n !í *" Cabaña- La ^-abilizaciónde jumo de 2021. pese aque en fecLf! rea'1C,da hace tres «a* esto es -Mfisocialización, ,o ue da^^^™"* ™ documenté para staacoon se hace la sociabilización'E to ^¡V'^™* cuando se presePntahacerse antes que se construya, pues te ab ña ,?*• la sc,ciabil'̂ ción debíadehncuenna. La comuna tiene un estatu odLZt l """ Son ™'nerables a laautonzar retroceder alos comuneros P„cu°"ÍZZ7"'"^ qu<? - Preside"te Puedeel estatuto tiene ciertas atribuciones como toma dt "" PreS'deMe de la c~yenomuna con esta autorización la acciñnZ 7onstn,T^ F? " me'ora™'ento de lala construye con rieles para proteger que1°"1 Z**?** VC°mo se manifiestacerarmca, es de cemento como todfs las cab ñs Nn?' P'S° * Cemento pe™ "° « depresiente de la comuna quien autoriza elCM,,!?™'^ agrariamente, es elZutd°ie qUC "° *»• esa facutd So t debI°r|0tlC,ar al p,es>á<™* de la comunaZAMBRANO en el proyecto que se vTene^ izanrin P! ^^ Y°LANDA VIVAStravés de Su abogada patrocinadora en resuma . f Parte los «donados a™mi calidad de procurador síndico de GAD MuTTa ?¡ lnterve™ón la realizorepresentación del Ledo. Hitler Alvares itil^'/"' Cantón El G"abo yenmandato legal tenemos la repre e„t ¡ón 'T' ' "'í del CantÓ" llenes pormunicipal. Respecto ala acción^"dó^ ,!f ?' * eXtlaíudi™l del GADcantón El Guabo, dentro de la planificadnih? rX e' CAD MunidPa> deluso ycontrol del suelo en todo el" rLX T hfaCultad le8a' de controlar elexclusivas alas que haré alus! n, arT uTefecto oTf aGUab°' «""P^nciasperm,to poner en conocimiento con puebas ITT Cará"er té™co meimpugnar las pretensiones de la actora debo L - Vnecesarias refutar efecha 20 de noviembre de 2019, la m Me v !', T*" 2? C°n mem°™do deTb^,de,Ba««^«ri«teyi^^i^L^ te™co de la «"¡dad de«bras públicas, para que se realice I^exí c2al TT al ent°"Ces d,rect°<- deBonito, con la finalidad de obtener yr sL a ? n ™ul?' "étre° dei cauce "e R¡o2021 en el sector turístico BAJOALTO «,£,? "" •^'T™ d12 de marzo dedel lado sur de la playa para tratar efecvmente o""!Í ™" '°Sfnores comerciantesPlan de regulación anual que tiene para eiea ",r ohr, f"? MGAD de acuerd° alque se llevarían un proyecto que vaXmt,b t0dos los sect0^y conozcanactua,ldad todas Sü„ rusticaste caña y,^,01^7 ", "" CabañaS que en •«™^l~m»<»nm«¿Z¿£££5^ nort,e de la *v* deno lo han hecho y se encuentran prestando ain^f T el pasar del tiemP°¡^,^««-»W««talfcJJ^^-«*J '«la la comunidad. Másnueva unagen, la accionante unilaterafmente h,^ T," P;"'a qUe P^senten unaonginal, para construir una estructurdX™¿n/f'¿i0 *" deStrUÍr la cababaVsegundo piso, lo que no es una cab V, «2* "a'mad"'basesd(-,¡eles, primer pisoopone al derecho a, trábalo, el tema" ZZ^TSt 5GA° MUnidpa' "° separa construir esa estructura en un área nmnírin-, H a procedlm'ento administrativotunsticos, ha sido notificada legalm™," ^^o^taS^n^T"* 'ÜCaleswrreBO estaba leaen rellenándose, luego

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fwríü pit&Ml

se siguió implantando la construcción en un área que corresponde al GAD Municiante dichos hechos y al observar que la accionante de manera unilateral ínicíconstrucción los funciones municipales con apoyo de la policía nacional se proranotificar de manera personal para que se abstenga de construir en ese área por habproyectado la construcción de cabana, la accionante no hizo caso y siguió Nconstrucción, se vuelve a notificar pues no tenía permisos de uso de construcción comodice la ley yordenanzas respectivas, se vuelve a notificar para que se suspenda la obra,so pena de desalojo, tampoco hizo caso. Adjunto documentación. El GAD Municipal no seopone a que los amigos de BAJO ALTO trabajen, este es un caso único, pero es por notomar en consideración los requisitos que establece el GAD. Para que puedan construir,dejando aclarado que el presidente yel directorio de la comuna no tienen facultad legalni constitucional para otorgar permisos de reubicacion peor de construcción, viviráun estado de derechos y se debe respetar las leves y ordenanzas. En cuanto a lasociahihzac.on debo ¡rubor qu< de manera legal yen base alas ordenanzas un proyectode esta magnitud no se hace en un día, un mes o dos meses, pues se necesita deinversión técnica ypresupuestaria, la comumdad lo ha esperado pacientemente, pues laattora es a única que realiza esta construtr.ón. la mayoría de los comerciantes se hanallanado al mismo ylas reuniones continúan para iniciar las construcciones una vez quese dote de los servicios básicos. Todas ¡as cabanas rusticas están construidas en lineaéntrente de la playa, ia cabana a la que nos referimos esta ubica en el terreno o áreadestinada a la construcción del proyecto los demás están ubicados en el mismo lugarque desde hace muchos <in(!s, esto es frente ala playa. Doctrinariamente en derecho, aunexistiendo un estatuto para un sector barrial ocomunidad, no puede estar por sobre ¡aey yconstitución de la República, ba,o esas circunstancias yesos elementos de juicio

sobre este hecho quiero entregar la ordenanza de construcciones, embellecimiento v^.r^^^ttlT110"0 del Cant°n BGuab0< normativa *» ^ -sidoíu^ m DERECH0: 41 VAL,DEZ ™>cesal..de SfSSSS > T ,Ua H)nal eSt3bIeCe qUe Senm «"«I*»*» para conocerde las Garantías junsd.crionules de los derechos Constitucionales cualquier jaeza ojuez¿«JETT <M lT d0nde " °mm daGt° "™ **•• s* *»££uneiado. de derechos constitucionales proviene del AGD Municipal del cantón El

Guabo ysurten efectos en la jurisdicción de este cantón, con lo cual queda

NOTIFICACIONES: De fojas 12, 12 vuelta y 36 de los autos consta actas denotihcacon suscritas por el seño,- citador judicial de esta unidad puhcaal v nonsecretaria del despacho y de las que ,- ^tablece que ios accionados GADuTmJrM^ ? Gmb°' e" 'a Pe,'Süna * ~ -Presentantes legales AlcaldeP ur rh 7ZZ fTT I Pr0Curad9r SÍ«diC0' Ab. Tomás Gómez Ángel yProcuraduría General del Estado, han sido notificados en legal y debida formaSS2m£ i Sü!emnÍdld SmTM q°e ha »«»«2 hacer ÜT¿garantías del debido proceso contempladas en el Art. 76 y 169 de la fonstiturión rf* i*República. CINCO: PRETENSIONES DE LA ACC.ONAOTE , ^^ "amonan te YOLANDA AMWA VIVAS ZAMBRANO es que declarándose' la XraciÓn delos derechos constitucionales puntualizados vdetallados en el numeral 4.1 de la acciónde protección, se defe sin efecte las boletas der citación otorgadas por el Departa, e"Si esta es la pretensión de los accionantes cabe aquí plantearnos las siguientes

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URBAO, CON.STRUCC.Or!^SaTO"KmKZ,^ 5? «*""««ALA EMISIÓN DE BOLETAS DE CITACIÓN ¡W Pam f ™•,' ' LGUAB0' RELATIV0SE VULNERO EL DERECHO Al S ,hl Z °N 'NMEDIARTA DE OBRA,INTERROGANTE 1.. Las dsposiciones conteni i ™TT ' eSUs inte™g™tes asi:Ecuador y Art. 39 de bTe í£2!?S r° *A''tS' 88 dc la Constitución delConstituya, en ,a parte'̂ nent? "íJ'.S^XSST*i >̂protecaón tendrá por objeto el amparo directo 7%Z££Z£2 £° T* *Constitución...", y, "/,<, acc¡An (¡p nrntt3rr,' . , ' , m üerec™s reconocidos en ¡a/os derecnos recLad^'/aloZ ^££¡£*£TT"*°**constitucional no ,uzga asuntos de |IL " T teB*mM claro 1ue el ¡"ezcorresponde entone! anaCsUas tu ¿^TZ^Z^t*™^algún acto o incurrido en alguna arción 01»dnte accionados han expedidoconstitucionales, análisis que demanda ún "T ™lnerad<>™ do derechos¡mponejurisprudencna L da oTlaCort '̂ Tnt'X aUStiV° C°nf°rme aSÍ nos lo

garantios jurmHccIoneteyaun cuando del proceso ve advierte de IríniZteu/neroc/ón de derecnos consolados en fe S^m^TtE^

el juez constitucional no juzga asunteVde len^f ^ °^ C'ar° qUebanda, ta,, ^ SJ^#-*• ^T^™

2021 y7de ¡unió de, 2021,U» accionad» através de ITeptat1e pIaneStOCrAGON0nSrCdÓan , 0rnat° dingen al¡1 aC£toMBte VOLANDO V'IVAS BOLETAS ™CPACIÓN hacendóle conocer que está incurriendo en infracción al cnns nhr n

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que concurrió a la citación realizada porel GAD municipal en la que se efectivamentele informó que debía paralizar la obra y que sí conocía que debía obtener permífíomunicipal para construir, pero que no lo hizo porque eran muchos documentos feque se le pedía y que ella construyo con permiso del Presidente de la Comuna c¡Bajo Alto. La accionante conoce también que el GAD Municipal del cantón El Guabo,inicio en el sector donde ella ha construido, un proyecto de comedores destinado a lareubicación de 16 restaurante, habiendo ya realizado obras de relleno, proyecto en elque la hoy accionante aparece como beneficiarla según así lo informa el Ing. PoloHerrera Zerda, Comisario de Construcción y Ornato del GAD, del cantón El Guabo endocumento que obra de fojas 92 a 103 de! expediente. Del análisis realizado podemosconcluir en el sentido de que la accionante- -a fechas 7 de mayo 2021, 17 de mayo del2021, 31 de mayo del 2021 y 7 de ¡unió del 2021- en la que dice haber sufrido lavulneración de su derecho constitucional al trabajo, en razón de habérsele entregadoboletas de citación para que paralice de forma inmediata la construcción de una cabanapara prestar el servicio de comida en la playa de Bajo Alto, construía sin contar con elpermiso de construcción respectivo. En este escenario, es indispensable remitirme a l,ALEY ORGÁNICA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, USO YGESTIÓN DE SUELO que ensus Art. 8 y 90 en su orden dicen: "Derecho a edíjkar.~EI derecho a edificares decanpúblico y consiste en la capacidad de utilizar y construir en un suelo determinado deacuerdo con las normas urbanísticas y h edtficuhilídad asignada por el GobiernoAutónomo Descentralizado municipal o metropolitano. El derecho a edificarse concede através de la aprobación definitiva de! permiso de construcción, siempre que se hayancumplido las obligaciones urbanísticas establecidas en el planeamiento urbammunicipal o metropolitano, ios normas nacionales sobre construcción y los estándares deprevención de riesgos naturales y antrápicos establecidos por el ente rector nacional', v"Rectoria.-La facultad para ¡a definición y emisión de las políticas nacionales de habitat,vivienda, asentamientos humanos y el desarrollo urbano, le corresponde al GobiernoCentral, que la ejercerá a través del ente rector de habitat y vivienda, en calidad cíeautoridad nacional. Las políticas de habitat comprenden lo relativo a los lincamientosnacionales para el desarrollo urbano que incluye el uso y lu gestión del suelo. LosGobiernos Autónomos Descentralizados municipales y metropolitanos, en sus respectivasjurisdicciones, definirán y emitirán las políticas locales en lo relativo a! ordenamientoterritorial, y al uso y gestión del suelo, de conformidad con los lineamientas nacionales".Por su parte el Art. 55 del COOTAD dice: "Competencias exclusivas del gobierwautónoma descentralizado municipal.- Los gobiernos autónomos descentralizadosmunicipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras quedetermine la ley; a) Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores dela sociedad, el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes deordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional,provincialy parroquial con el fin de regular el uso y la ocupación delsuelo urbano y rural,en el marco de la ínterculturultdad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad; b)Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón...". En este contextotenemos que la afirmación que realiza la accionante respecto a que la actuación del GADMunicipal vulnera derechos constitucionales, pierde sustento, pues de autos y a travésde la prueba actuada consta que al construir la cabana que afirma le sirve de sustentoeconómico, no ha cumplido con las exigencias previstas en las ordenanzasrespectivas ni con las observaciones oportunamente realizadas por las autoridad)funcionarios municipales; la afirmación que realiza la actora respecto a que el permisode construcción le fue otorgado por el Presidente de la Comuna Bajo Alto, carece de

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sustento legal, pues el COOTAD de manera exores, ™I. I.reconoce competencia exclusa, de lo a 1 "¡'Posición antes referidamunicipales para planificar, junto con otras' nJfuclTjUtTm0t, desceníral^dossociedad, el desarrollo cantonal yformuar ZTrr"' Í PUt"'C°y QCt°reS de hterritorial, de manera articulada coTh ÍZmZZ,dlentes f'""^ de ordenamientoPfrroauial, con clfm de regular elusoytacSiZZ "T""' 'V9"""'L ^'"^ yde la intercalturalidad vplurinaciollilTZ T'° '"'hmoy ™ro/- en 1marcaque la accionante „o^ZTSTffííiSiT* ", *tfSWW' Siend° ent°"«sconstruccón, le correspondía ÍTEM í *T!f de' PermiS° decompetencias arb.trar los mecanismos pre -kZ ™blj^0^ SUS funciones Veterizadas yque es precisamente lo que e ahecho Vr" T £"? actividad« noArt 82 reconoce el derecho ala SEGURIDAD ,ürDIC ^"""T" dd EcUad°ren sufundamenta en el respeto ala Consti , ón i Yconsideran£io <?"e éste seprevias, claras, públicas yaplicadas poaZdade^ eX'Stenda * n°rmaS ¡urídi«sque en el caso que nos ocupa no se "vTdenda 27T* P°dem0S Con«™constitucionales, yaefectos depone h, vulneración alguna de derechosderecho aedificar ya,S^JZ^^T de mane« -^ »el efecto ha estableado el GAD Munic^a de c„t" " cpk '" T*ulaciones «<ue Paralas consideraciones expuestas, I^r "ta lueza 5J™™- PorMulticompetente Civil del cantón r |UeZa de la Un¡'fed JudicialNOMBRE DEL PUEBLO «No DE. Kul^T™™0 ,USTÍC1A »CONST.TUCIÓN VLAS LEYES D^LA RFPUBLICa ' f* AUT0R1W DE LAConstitución de la República del Fcnador en ,n„ a ' "^ C°" el Art 173 <»« laynumerales 1y4del Art. 42. de ILev Orair7r"* C°" - nUme,al * del Art 40;Constitucional. NIEGA. |a accaon de prateA„ °n i?"^ »«**«»*-• yControlMaría Vivas Zambrano. EiecutoriadTe^Sa't ' P,0'' hCÍUdadana Y°lan«aen el numeral 5, del Art. 86 de ffoSción ¿ttT c°" '»apuestoN0TIF1QUESE. Constitución de la República del Ecuador.

«CYDEL CARMENJUEZA

hn El Guabo, martes veinte ynueve de iuninri„iH„r «horas yocho minutos. maéLZ^Z^Jl^'SE ' partir de las «*oa: VIVAS ZAMBRANO YOLANDA SaMAÍ ^^S?^"**"8««l«en el casillero electrónico Nn. 070297697H H, n ?T™° na«[email protected],BASTIDAS. PROCURADOR SINDICO DEI COBwL V,ran SP ALFRED0 GORD"-LOMUNICIPAL DEL CANTÓN EL G°iAB¿ ™ m'™"" ^[email protected], en el' casdlemoLV 2f 3 y COrre0 e'e«rónicoTOMAS GÓMEZ ANGFL No » ZSt^¿ffifí^J!^9"131'«* **•/**DE^ENTlWZArH)MOMf»AlMr^oMI^n^?,ERNO AUTONOMOCertifico: ""• <•** ""*;«. GUABO por no haber señalado casilla

GISSELA.SALAZAR

SALAZARYANEZGISSKWMARISOISECRETARIO

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JUICIO No. 07317-2021-00336

££ t;::z iz :sentenc,a *k^2s*~ - - ••—•- "—. déla ZZ*:^"^*"**^*cmrmco. * q° —'"* para tos •- i—>- lo

Ab. Gisela SalazarSECRETARIA

- 15 de julio de 202;

AB. GISSELA MARISOL SALAZAR YANEZ, SECRETARIA DE LA UNIDADJUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN ELGUABO.- EL ORO.- CERTIFICO: Que las COPIAS certificadas que en cuatro(04) fojas anteceden, selladas y rubricadas en parte superior derecha sonauténticas de sus originales, mismas que han sido tomadas del juicioCONSTITUCIONAL No. 07317-2021-00336 que por ACCIÓN DEPROTECCIÓN siguió la señora YOLANDA MARÍA VIVAS ZAMBRANO encontra de GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN EL GUABO.- Acto del que dejoconstancia para los fines pertinentes.-Lo certifica

Jl6. gissem "Marisol'SuCazÁr YánezSECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL

CON SEDE EN EL CANTON/EL GUABO

CORTE PROVINCIAL. DE EL ORO

Calle Roen fuerte 1115 entre calles Ayacucho y Guayas. Máchala.(07) 3703-000www.funclonludlclal-eloro.got3.ee

20/de julio de 2021

Justicia independiente, ética y transparente

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