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UNIVERSIDAD DE LOS ANDES NÚCLEO “RAFAEL RANGEL” DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONÓMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO CUMPLIMIENTO DE LA LOPCYMAT EN LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN SOCIALISTA “ARGIMIRO GABALDÓN”, UBICADA EN EL MUNICIPIO BOCONÓ, ESTADO TRUJILLO Autor: Br. Yohan Azuaje C.I. V- 18.472.144 Marzo, 2012

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UNIVERSIDAD DE LOS ANDES NÚCLEO “RAFAEL RANGEL”

DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONÓMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES

TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO

CCUUMMPPLLIIMMIIEENNTTOO DDEE LLAA LLOOPPCCYYMMAATT EENN LLAA UUNNIIDDAADD DDEE PPRROODDUUCCCCIIÓÓNNSSOOCCIIAALLIISSTTAA ““AARRGGIIMMIIRROO GGAABBAALLDDÓÓNN””,, UUBBIICCAADDAA EENN EELL MMUUNNIICCIIPPIIOO

BBOOCCOONNÓÓ,, EESSTTAADDOO TTRRUUJJIILLLLOO

Autor: Br. Yohan Azuaje C.I. V- 18.472.144

Marzo, 2012

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UNIVERSIDAD DE LOS ANDES NÚCLEO “RAFAEL RANGEL”

DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONÓMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES

TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO

CCUUMMPPLLIIMMIIEENNTTOO DDEE LLAA LLOOPPCCYYMMAATT EENN LLAA UUNNIIDDAADD DDEE PPRROODDUUCCCCIIÓÓNNSSOOCCIIAALLIISSTTAA ““AARRGGIIMMIIRROO GGAABBAALLDDÓÓNN””,, UUBBIICCAADDAA EENN EELL MMUUNNIICCIIPPIIOO

BBOOCCOONNÓÓ,, EESSTTAADDOO TTRRUUJJIILLLLOO

Autor: Br. Yohan Azuaje C.I. V- 18.472.144 Tutora: Prof. Yohana Mendoza

TRABAJO ESPECIAL DE GRADO PRESENTADO ANTE LA ILUSTRE UNIVERSIDAD DE LOS ANDES COMO REQUISITO PARA OPTAR AL

TÍTULO DE LICENCIADO EN CONTADURÍA PÚBLICA

Marzo, 2012

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DEDICATORIA

En el mundo existen dos personas que me han tomado de sus manos

para guiar mis pasos y ser mi gran apoyo, además han contribuido para que

todo lo que me he trazado se cumpla. Son a ellos a quienes exclusivamente

les regalo este triunfo, a mis padres: M. Dora y Juan. LOS AMO; SOLO Dios,

la Virgen y ustedes se lo merecen.

Yohan

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iv

AGRADECIMIENTO

A mi Dios, por estar siempre conmigo, por demostrarme cada día el

valor de vivir y principalmente por guiarme en este camino, que aunque no ha

sido fácil, lo he logrado gracias a EL.

A mi Virgencita de Coromoto por escuchar mis palabras, darme valor y

fortalezas.

A mis padres. Las personas que mas amo en esta vida, su amor, su

comprensión y digno ejemplo a seguir, el estar ahora en este punto de mi

vida se los debo a ustedes.

A Josdaily y Valeria. Mis sobrinas que tanto amo gracias por estar

conmigo las quiero mucho, que este triunfo sirva de ejemplo para ustedes.

A mi familia Azuaje – Barazarte, ejemplos de vida y superación, parte

fundamental en el desarrollo de mi vida, por ser tan especiales y darle

sentido de amor y fe a mí existir.

A Miriam Duran por su gran apoyo y comprensión.

A ti Yasmeli González por ser mi gran amiga… por caminar conmigo,

por demostrarme que todo en la vida se puede lograr con constancia y

dedicación. Recuerda que siempre cuentas conmigo.

A Gloris, amiga incondicional, por su apoyo y por compartir grandes

momentos de mi vida, por hacer de un gesto un gran detalle.

A mis amigos, Evelitza, Juan, Eliana, Alexander, María, Narvis, José,

kache, Joel, María A., Gloris, Roger, Elan, Manuela, Javier, Manki, Gabi,

Jean y Edwin, con quienes compartí gratos momentos en el trascurso de mi

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carrera, junto a ellos aprendí a valorar la amistad, apoyándonos en los

buenos y malos momentos de la vida, superando los obstáculos para lograr

nuestras metas.

A mi Tutora Yohana Mendoza, quien con su paciencia y dedicación

deposito en mi parte de sus conocimientos para el desarrollo de este trabajo.

A la ilustre Universidad de Los Andes, NURR por abrirme las puertas de

su recinto, darme las herramientas necesarias para lograr esta gran meta.

A todas las personas que hoy no nombro, pero se hacen merecedoras

de este gesto, recuerden que en el trabajo y sacrificio se encuentra la llave

del éxito.

Yohan

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UNIVERSIDAD DE LOS ANDES NÚCLEO “RAFAEL RANGEL”

DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONÓMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES

TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO

CCUUMMPPLLIIMMIIEENNTTOO DDEE LLAA LLOOPPCCYYMMAATT EENN LLAA UUNNIIDDAADD DDEE PPRROODDUUCCCCIIÓÓNNSSOOCCIIAALLIISSTTAA ““AARRGGIIMMIIRROO GGAABBAALLDDÓÓNN””,, UUBBIICCAADDAA EENN EELL MMUUNNIICCIIPPIIOO

BBOOCCOONNÓÓ,, EESSTTAADDOO TTRRUUJJIILLLLOO

Autor: Br. Yohan Azuaje Tutora: Prof. Yohana Mendoza Año: 2012

RESUMEN El propósito de este trabajo de investigación fue determinar el cumplimiento de la LOPCYMAT en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo. Se siguió una investigación de tipo descriptiva con diseño no experimental sin control de variable. La población en el presente estudio, estuvo integrada por la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en la parroquia Mosquey, municipio Boconó, estado Trujillo.; en la cual estuvieron inmersos tres sujetos informantes que laboran en el Departamento de Recursos Humanos. Para recolectar la información se utilizó como técnica la encuesta y como instrumento un cuestionario, validado por la técnica de validez de contenido a través del juicio de expertos. Se concluye que en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo; no se cumple a cabalidad las disposiciones de la LOPCYMAT, por tanto, las condiciones de higiene en el sitio o centros de trabajo se cumplen regularmente, no obstante, el programa de seguridad y salud en el trabajo carece de algunos requisitos mínimos y los servicios de seguridad y salud en el trabajo no cumplen con todas sus funciones y obligaciones, aunque el Comité de Seguridad y Salud Laboral; el cual está conformado por dos (2) delegados (as) de prevención y representantes del patrono, fue constituido de manera formal y organizado democráticamente. En general, se en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo, no se da el cumplimiento cabal a la LOPCYMAT, afectando así la seguridad y salud laboral de los trabajadores.

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Palabras clave: LOPCYMAT, seguridad y salud laboral, Unidad de producción socialista.

ÍNDICE GENERAL

Pág.ACTA DE VEREDICTO ii DEDICATORIA iii AGRADECIMIENTO iv RESUMEN vi ÍNDICE GENERAL vii ÍNDICE DE CUADROS ix ÍNDICE DE TABLAS x ÍNDICE DE GRÁFICOS xi INTRODUCCIÓN 1

CAPÍTULO I. EL PROBLEMA

Planteamiento del Problema 4Formulación del Problema 10Sistematización de la Investigación 10Objetivos de la Investigación 11Justificación de la Investigación 11Delimitación de la Investigación 12

II. MARCO TEÓRICOAntecedentes de la Investigación 14Bases Teóricas 18

Seguridad y Salud Laboral 18Condiciones de Higiene y Seguridad Laboral 19Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo 28Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo 37Comité de Seguridad y Salud Laboral 42Unidad de Producción Socialista 47

Bases Legales 48Definición de Términos Básicos 52Mapa de Variables 56

III. MARCO METODOLÓGICOTipo de Investigación 57Diseño de la Investigación 57Población 58Técnica e Instrumento de Recolección de Datos 59Validez 59Técnica de Procesamiento y Análisis de los Datos 60

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IV. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOSCondiciones de seguridad y salud laboral en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo.

62

Requisitos mínimos que cumple el programa de seguridad y salud en el trabajo, en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo.

69

Servicios de seguridad y salud en el trabajo en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo.

77

Aspectos inherentes al Comité de Seguridad y Salud Laboral en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo.

82

V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Conclusiones 91Recomendaciones 93

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 94

ANEXOS Anexo A. Cuestionario 97Anexo B. Constancias de Validación 110

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ÍNDICE DE CUADROS Cuadro Pp.

1 Razones para identificar los procesos peligrosos 32 2 Estructura de los planes de trabajo 33 3 Funciones de los Servicios de Seguridad y Salud en el

Trabajo 40

4 Número de delegados y delegadas de prevención 43 5 Bases legales 49 6 Mapa de Variables 56

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x

ÍNDICE DE TABLAS Tablas Pp.

1 Frecuencias del indicador higiene en el sitio o centros de trabajo

62

2 Frecuencias del indicador ventilación 64 3 Frecuencias del indicador iluminación 65 4 Frecuencias del indicador ruidos y vibraciones 66 5 Frecuencias del indicador temperatura y humedad 67 6 Frecuencias del indicador protección laboral 68 7 Frecuencias del indicador descripción de los procesos de

trabajo 70

8 Frecuencias del indicador identificación de procesos peligrosos

71

9 Frecuencias del indicador planes de trabajo 73 10 Frecuencias del indicador identificación del patrono y

compromiso de hacer cumplir los planes 75

11 Frecuencias del indicador organización 77 12 Frecuencias del indicador funciones 78 13 Frecuencias del indicador obligaciones 80 14 Frecuencias del indicador ubicación 81 15 Frecuencias del indicador gratuidad 82 16 Frecuencias del indicador número de delegados y

delegadas de prevención 83

17 Frecuencias del indicador constitución del comité 84 18 Frecuencias del indicador atribuciones del comité 86 19 Frecuencias del indicador organización del comité 88 20 Frecuencias del indicador presentación del informe

mensual89

21 Frecuencias del indicador supervisión 90

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xi

ÍNDICE DE GRÁFICOS Gráficos Pp.

1 Frecuencias del indicador higiene en el sitio o centros de trabajo

63

2 Frecuencias del indicador ventilación 64 3 Frecuencias del indicador ruidos y vibraciones 66 4 Frecuencias del indicador protección laboral 69 5 Frecuencias del indicador descripción de los procesos de

trabajo 70

6 Frecuencias del indicador identificación de procesos peligrosos

72

7 Frecuencias del indicador planes de trabajo 74 8 Frecuencias del indicador identificación del patrono y

compromiso de hacer cumplir los planes 76

9 Frecuencias del indicador funciones 79 10 Frecuencias del indicador obligaciones 80 11 Frecuencias del indicador gratuidad 82 12 Frecuencias del indicador número de delegados y

delegadas de prevención 83

13 Frecuencias del indicador constitución del comité 85 14 Frecuencias del indicador atribuciones del comité 87 15 Frecuencias del indicador organización del comité 88

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INTRODUCCIÓN

En el año 2005, se crea la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y

Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), la cual busca garantizar a los

trabajadores condiciones y prevención, salud, seguridad y bienestar en el

trabajo. En efecto, las organizaciones deben revisar si el desarrollo de sus

actividades, cumple con las disposiciones legales implícitas en la

mencionada ley.

Desde entonces, las organizaciones productivas y de servicios en

Venezuela, se ven abordadas por una serie de normativas que el Instituto

Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL),

organismo autónomo adscrito al Ministerio del Trabajo, emite en función de la

prevención, seguridad, higiene y descanso en el ambiente de trabajo. Dicha

institución comprometida con el diseño y la ejecución de la política nacional

en materia de promoción, prevención, atención de la salud y la seguridad

laboral, tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de las normativas

referidas a establecer condiciones para el ejercicio laboral de todas las

trabajadoras y trabajadores.

En consecuencia, se debe proveer al trabajador condiciones de

seguridad, salud y bienestar para promover un ambiente de trabajo

adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y

mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, y la

prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.

Basado en lo expuesto, la investigación buscó determinar el

cumplimiento de la LOPCYMAT en la Unidad de Producción socialista

“Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo; la cual

debe cumplir con todas las normativas vigentes relativas a las condiciones y

medioambiente del trabajo, para prevenir las causas que puedan ocasionar

daño a la salud de los que allí laboran, procurando un trabajo digno,

adecuado a sus actitudes y capacidades.

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Para tales fines, el proyecto se ha estructurado en los siguientes

capítulos, siendo el contenido de los mismos distribuidos de la siguiente

manera:

Capítulo I, en el cual se plantea detalladamente el problema relacionado

al cumplimiento de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio

Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT). Asimismo, se formula y sistematiza el

problema, los cuales resumen las interrogantes principales del estudio,

aunado a los objetivos de la investigación, tanto el general como los

específicos que permitirán alcanzarlo. Finalmente se justifica la investigación

desde tres puntos de vista: teórico, práctico y metodológico; junto a la

delimitación del estudio donde se determinan la unidad con la cual se

trabajará y el tiempo de duración del estudio.

Capítulo II. El Marco Teórico, dentro del cual se muestran los

antecedentes de la investigación, relacionados a la Ley Orgánica de

Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).

Asimismo, se describen las bases teóricas vinculadas al estudio, las bases

legales que sustentan la aplicación de la ley en cuestión y la definición de los

términos básicos empleados en el desarrollo de la investigación.

Capítulo III. El Marco Metodológico, en él se define el tipo de

investigación siendo este descriptivo con diseño de campo, se detalla la

población, conformada por la Unidad de Producción socialista “Argimiro

Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo, las técnicas e

instrumentos de recolección de datos que se utilizarán serán la encuesta y el

cuestionario; así como su validez representada por el juicio de expertos en

cuanto a su contenido se refiere.

Capítulo IV. Análisis e Interpretación de los Resultados. Se muestran

las tablas de frecuencias absolutas y relativas, junto al respectivo gráfico; por

indicador, mediante la aplicación del instrumento

Capítulo V. Conclusiones y Recomendaciones derivadas de la

investigación. Capítulo VI se diseña el sistema de acumulación de costos.

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Finalmente se observan las referencias bibliográficas donde se presenta el

material consultado para sustentar la investigación textos, trabajos de grado,

entre otros y los anexos respectivos.

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CAPÍTULO I

EL PROBLEMA

Planteamiento del problema

La seguridad y salud laboral en el ámbito mundial, fomenta el grado

más elevado posible tanto del bienestar físico, mental como social de los

trabajadores; trata sobre la prevención de riesgos laborales, ofrecimiento de

condiciones de trabajo ajustadas a las necesidades físicas y mentales. Por

tanto, se ocupan de salud dentro y fuera de su ambiente de trabajo.

No obstante, para que la seguridad y salud laboral puedan cumplir con

sus objetivos, es necesaria la participación tanto de los empleadores como

de los trabajadores; además se deben tener en cuenta algunos aspectos

vinculados a: medicina laboral, higiene industrial, toxicología, formación,

seguridad técnica, ergonomía, psicología, entre otros. En términos generales,

las actividades implícitas deben tener por objeto evitar los accidentes y las

enfermedades laborales, reconociendo al mismo tiempo la relación que

existe entre la salud y la seguridad del trabajador, el lugar de trabajo y el

entorno fuera del lugar de trabajo.

No obstante, según Rojo (2009), en Venezuela la seguridad y salud

laboral viene dada por una serie de factores políticos, económicos, sociales y

culturales que han derivado en daños o deterioro a la salud de las

trabajadoras (es), entre otras cosas, por las diferentes formas, condiciones y

esquemas de organización del trabajo no controlado. Por otra parte, las

empleadoras y empleadores se han caracterizado por la falta de acción

constante y decidida en pro de la garantía de condiciones seguras y dignas

de trabajo, aunado a la nula o escasa participación de los trabajadores en la

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mejora de sus condiciones y ambientes de trabajo, contribuyendo a que no

se activaran los mecanismos de prevención de accidentes de trabajo y

enfermedades ocupacionales.

Con la aprobación de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y

Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), publicada en Gaceta Oficial

número 38.236, de fecha 26 de julio de 2005, reformada mediante Gaceta

Oficial N° 38.596 del 02 de enero de 2007, se abre una nueva página en la

larga historia de lucha de los trabajadores, que marcará el futuro de la

seguridad y salud laboral en Venezuela, pues su objeto es regular los

derechos y deberes de los trabajadores así como empleadores en relación

con la seguridad, salud y ambiente de trabajo.

Aunado a lo anterior, se específica lo relativo a la recreación, utilización

del tiempo libre, descanso y turismo social, además de establecer las

sanciones por el incumplimiento de la normativa y regular la responsabilidad

tanto de los empleadores como representantes ante la ocurrencia de un

accidente de trabajo o enfermedad ocupacional cuando existiere dolo o

negligencia de su parte.

Es decir, la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio

Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT, 2007), establece la obligación de las

empleadoras y los empleadores, cualquiera sea su naturaleza, dentro de la

República Bolivariana de Venezuela, persigan o no fines de lucro, sean

públicos o privados, quienes desempeñen sus labores en cooperativas u

otras formas asociativas, comunitarias, de carácter productivo o de servicio,

la organización e implementación de acciones de promoción, prevención y de

los procesos peligrosos en los ambientes y condiciones de trabajo, que

permitan a los actores sociales desempeñar sus actividades sin perjudicar su

salud física, mental y social.

En este sentido, partiendo de los aspectos implícitos en la Ley Orgánica

de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT,

2007), las empresas para cumplimiento a la misma, deben ofrecer a sus

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trabajadores una serie de condiciones de seguridad y salud laboral,

relacionadas a la higiene en el sitio o centros de trabajo, ventilación,

iluminación, ruidos, vibraciones, temperatura, humedad y protección laboral.

Aunado a ello, deben contar con un programa de seguridad y salud en el

trabajo cuyo contenido esté conformado por requisitos mínimos que

determinen: la descripción de los procesos de trabajo, identificación y

evaluación de riesgos, planes de trabajo, identificación del patrono y

compromiso de hacer cumplir los planes.

Todo lo anterior, indica que el programa de seguridad y salud en el

trabajo, forma un eje transversal para la prevención de accidentes de trabajo

y enfermedades ocupacionales, como un instrumento de dominio del

colectivo que responda a la realidad social, laboral, política y económica;

donde el papel activo y protagónico debe ser de las trabajadoras y los

trabajadores, traducido en una construcción colectiva, que responda a la

integración de los conocimientos, a fin de lograr la unidad de criterios y la

consecución de sus objetivos, rompiendo de esta manera con esquemas o

paradigmas de trabajo, todo esto bajo el auspicio directo y constante del

Estado venezolano en su política de desarrollo de una sociedad más justa.

Partiendo de lo expuesto, las empresas deben conformar los servicios

de seguridad y salud en el trabajo, con la finalidad de garantizar la protección

de los trabajadores contra toda condición insegura en el centro o en ocasión

del trabajo, garantizar el máximo bienestar biopsicosocial posible en los

trabajadores, asesorar a empleadores y trabajadores en materia de

seguridad y salud en el trabajo, vigilar la salud de los trabajadores en

relación con el trabajo, suministrar a los trabajadores los informes,

exámenes, análisis clínicos y paraclínicos que le sean practicados, asegurar

el cumplimiento de las vacaciones por parte de los trabajadores y

trabajadoras y el descanso de la faena diaria, entre otros aspectos; los

cuales inducen a seguir las estipulaciones de la Ley Orgánica de Prevención,

Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT, 2007), para su

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organización, cumplimiento de funciones, obligaciones, ubicación y gratuidad

de los servicios.

En cumplimiento de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y

Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT, 2007), en las empresas se debe

constituir un Comité de Seguridad y Salud Laboral, destinado a la consulta

regular y periódica de las políticas, programas y actuaciones en materia de

seguridad y salud en el trabajo. Dicho Comité debe estar conformado por los

delegados o delegadas de prevención, de una parte y por el empleador o

empleadora, o sus representantes en número igual al de los delegados o

delegadas de prevención, de la otra. Para lo cual, debe registrarse y

presentar informes periódicos de sus actividades ante el Instituto Nacional de

Prevención, Salud y Seguridad Laborales, además el registro, constitución,

funcionamiento, acreditación y certificación de los Comités de Seguridad y

Salud Laboral se regulará mediante Reglamento.

Todo lo anteriormente expuesto, respecto a la Ley Orgánica de

Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT, 2007),

es de fiel cumplimiento en las empresas, incluyendo la ubicadas en el sector

primario de la economía, dentro del cual se ubica la industria cafetalera, que

se destaca por algunos factores de riesgos que incluyen el uso de

plaguicidas, hormonas, agentes patógenos, disolventes, fertilizantes, equipos

agrícolas, entre otros.

A criterio de Ward (2005), entre los diversos riesgos que pueden

encontrarse en la industria cafetalera se tienen: la pérdida auditiva por

exceso de ruido, estrés por calor durante el tostado, intoxicación por

plaguicidas y trastornos músculos esqueléticos, que afectan especialmente

a la espalda de los trabajadores que levantan y llevan bolsas pesadas.

Pueden aparecer trastornos alérgicos en los ojos, la piel o el sistema

respiratorio en cualquier área de la fábrica de café. Además, el polvo de café

se asocia a la bronquitis con insuficiencia de la función pulmonar; también se

producen rinitis y conjuntivitis y se han descrito además reacciones alérgicas

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8

a los contaminantes de bolsas usadas previamente para contener otros

materiales, como las semillas de ricino.

Sin embargo, a pesar de los diversos factores de riesgos existentes en

materia de seguridad y salud laboral en la industria cafetalera, de acuerdo a

Contreras (2012), en Venezuela, en un esfuerzo por incentivar la producción

cafetalera en el país, a través del Banco Agrícola de Venezuela (BAV), se

aprobó durante el año 2011 la entrega de 440 nuevos financiamientos por 44

millones 501 mil bolívares beneficiando a productores de café de los estados

Lara, Portuguesa; Táchira y Trujillo; con lo cual se asegurará el suministro de

la materia prima a las plantas de procesamiento del Estado, garantizándole

así al pueblo venezolano el abastecimiento del rubro para su consumo

durante todo el año.

En este sentido, los caficultores del estado Trujillo, manifestaron su

agradecimiento por los financiamientos ya que serán de mucha ayuda para

aumentar la producción nacional de este rubro, pues como lo indica el Plan

Café, este estado es una entidad donde la producción del café es de gran

importancia dadas las condiciones climatológicas, las cuales son ideales

para el desarrollo de esta planta generando buenas cosechas, razón por la

cual se intenta promover las empresas de producción socialistas, dentro de

las cuales se tiene la Unidad de Producción Socialista "Argimiro Gabaldon",

planta de procesamiento de Café Venezuela, empresa filial a la Corporación

Venezolana de Alimentos (CVAL), ubicada en el municipio Boconó, estado

Trujillo.

La Unidad de Producción Socialista "Argimiro Gabaldon", ubicada en el

municipio Boconó, estado Trujillo, cuenta con 35 hectáreas sembradas con

90 mil plantas, cuya producción se estima en unos 800 quintales,

beneficiando a 300 caficultores. Es necesario destacar que esta empresa

genera desarrollo a la comunidad, de igual forma, fuentes de trabajo para la

población tanto de manera indirecta como directa, ya que aloja un

considerable número de trabajadores en sus actividades productivas

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permanentes, así como de actividades temporales. Es necesario entonces,

para que el funcionamiento de la organización se dé en óptimas condiciones,

que sus trabajadores se sientan seguros y protegidos por leyes que así lo

garanticen.

En este contexto se realizó una visita a las instalaciones de la Unidad

de Producción Socialista "Argimiro Gabaldon", ubicada en el municipio

Boconó, estado Trujillo; se pudo observar que en los trabajos de producción

de la empresa se utilizan máquinas que trabajan con elevadas temperaturas

que son un grave riesgo para los trabajadores, sin embargo, en la misma

aunque se implementan normas de higiene y seguridad industrial, existen

debilidades en este aspecto; así mismo, se pudo observar en la visita

realizada a la empresa que en ella existe un extractor de humo pero no

cumple con los requerimientos ya que es muy pequeño y por lo tanto el humo

se expande dentro y fuera de la empresa.

Aunado a ello, se estima que el nivel de ruidos originado por las

máquinas está por encima de normal por cuanto no se cuenta con un

ambiente adecuado que permita la fluidez de los mismos; no existe un medio

que permita identificar y evaluar los riesgos a los cuales están expuestos los

trabajadores y tampoco se evidencia el compromiso esperado por parte de la

administración de hacer cumplir los planes implícitos en la seguridad y salud

en el trabajo.

Considerando la situación descrita se estiman como posibles causas: la

inconsistencia de las condiciones de seguridad y salud laboral que se debe

proporcionar a los trabajadores, al incumplimiento de los requisitos mínimos

que debe cumplir el programa de seguridad y salud en el trabajo,

incongruencia de las características que deben poseer los servicios de

seguridad y salud en el trabajo, además del desconocimiento de los aspectos

inherentes al Comité de Seguridad y Salud Laboral.

En caso de persistir la situación mencionada en la Unidad de

Producción Socialista "Argimiro Gabaldon", ubicada en el municipio Boconó,

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estado Trujillo; se advierte que la misma puede traer consecuencias

negativas en la salud de los trabajadores como de la comunidad en la que se

encuentra ubicada la torrefactoras, ocasionando sanciones, además de

daños sobre la imagen de la empresa.

Lo anteriormente expuesto es lo que sustenta la presente investigación

que tiene como objetivo determinar el cumplimiento de la LOPCYMAT en la

Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el

municipio Boconó, estado Trujillo; para lo cual se hace necesario formular la

siguiente interrogante de investigación.

Formulación del problema

¿Cómo es el cumplimiento de la LOPCYMAT en la Unidad de

Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó,

estado Trujillo?

Sistematización del problema

¿Cuáles son las condiciones de seguridad y salud laboral en la Unidad

de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio

Boconó, estado Trujillo?

¿Cuáles son los requisitos mínimos que cumple el programa de

seguridad y salud en el trabajo, en la Unidad de Producción socialista

“Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo?

¿Cómo son los servicios de seguridad y salud en el trabajo en la Unidad

de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio

Boconó, estado Trujillo?

¿Cuáles son los aspectos inherentes al Comité de Seguridad y Salud

Laboral en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada

en el municipio Boconó, estado Trujillo?

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Objetivos de la investigación

Objetivo general

Determinar el cumplimiento de la LOPCYMAT en la Unidad de

Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó,

estado Trujillo.

Objetivos específicos

Precisar las condiciones de seguridad y salud laboral en la Unidad de

Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó,

estado Trujillo.

Identificar los requisitos mínimos que cumple el programa de seguridad

y salud en el trabajo, en la Unidad de Producción socialista “Argimiro

Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo.

Caracterizar los servicios de seguridad y salud en el trabajo en la

Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el

municipio Boconó, estado Trujillo.

Describir los aspectos inherentes al Comité de Seguridad y Salud

Laboral en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada

en el municipio Boconó, estado Trujillo.

Justificación de la investigación

Desde la óptica teórica, el estudio se justifica desde diversas

dimensiones. En primer lugar, desde el punto de vista jurídico, porque

propicia un mayor conocimiento y comprensión sobre el cumplimiento de la

LOCYPMAT (2007), cuya reforma es de reciente data, lo cual puede

contribuir a concienciar la necesidad de aplicación de la misma y aportar

elementos para la reflexión sobre las implicaciones de su inobservancia,

tanto desde el punto de vista legal, como social y económico. En segundo

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lugar, porque este es un tema controvertido relacionado directamente con la

seguridad y salud laboral de las organizaciones empresariales del país, por

ello, constituye un aporte de importancia fundamental en el área

administrativa.

En vista que la consecución de los objetivos planteados, se requirió

de la aplicación de técnicas e instrumentos de investigación; se tiene que el

estudio sirve de base metodológica, por cuanto se hizo uso de la

investigación descriptiva, para obtener la información que relacionada al

cumplimiento de la LOPCYMAT en la Unidad de Producción socialista

“Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo; lo que

a su vez, de forma general, contribuirá al análisis de las mismas.

La presente investigación se hizo con el fin de determinar el

cumplimiento de la LOPCYMAT en la Unidad de Producción socialista

“Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo; de tal

forma, esta empresa pueda brindar un producto de calidad, salvaguardando

a los trabajadores que constituyen la base fundamental de toda organización.

Es decir, permite a la empresa en estudio, entender que cuando se tiene

una buena gestión en salud y seguridad en los centros de trabajo con base al

cumplimiento de la LOPCYMAT, los procesos productivos se hacen más

eficientes, ya que se previenen los daños a la salud y seguridad de los

trabajadores, por consiguiente hay un aumento en la productividad por parte

del trabajador y a su vez de la cooperativa.

Delimitación de la investigación

Para determinar el cumplimiento de la LOPCYMAT en la Unidad de

Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó,

estado Trujillo; se hizo necesario el uso de conceptos y teorías emitidos por

algunos autores. El estudio se enmarcó dentro de la Línea de investigación

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de Auditoria del Departamento de Ciencias Económicas, Administrativas y

Contables del Núcleo Universitario “Rafael Rangel”, Universidad de los

Andes.

La investigación tomó como población sujeto de estudio a la Unidad

de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en la parroquia

Mosquey, municipio Boconó, estado Trujillo.; en la cual estuvieron inmersos

tres sujetos informantes que laboran en el Departamento de Recursos

Humanos.

El estudio se ejecutó en un periodo de tiempo estimado de cinco (5)

meses, contados a partir de Septiembre de 2011 hasta Febrero de 2012.

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CAPITULO II

MARCO TEÓRICO

Este capítulo presenta un compendio de conceptos y perspectivas

relacionadas con el objetivo principal de la investigación, el cual se centra en

determinar el cumplimiento de la LOPCYMAT en la Unidad de Producción

socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado

Trujillo. En tal sentido, se presentan un grupo de antecedentes que sirven de

antesala a las bases teóricas que sustentan el presente estudio, seguido de

las bases legales, definición de términos básicos y mapa de variables:

Antecedentes de la investigación

En este caso, se consultaron previamente diversos trabajos de

investigación relacionados a la LOPCYMAT, tales como seguridad y salud

laboral, entre otros. Estas consultas son consideradas de gran importancia,

debido a que los diversos contenidos consultados se vinculan con el

presente estudio. A continuación, se presenta una síntesis de cada uno de

ellos, y seguidamente su relación o vínculo con el mismo.

Carangello (2008), elaboró un trabajo de investigación de grado para

optar al título de Licenciado en Contaduría Pública en la Universidad Valle

del Momboy titulado “Diseño de un programa de auditoría para la verificación del cumplimiento de la normativa LOPCYMAT en las empresas de construcción del municipio Boconó del estado Trujillo”, tuvo como objetivo general diseñar un programa de auditoría para la

verificación del cumplimiento de la normativa LOPCYMAT en las empresas

de construcción del municipio Boconó del estado Trujillo. Para ello, abocó a

un tipo de investigación descriptiva para el diagnóstico y de proyecto factible

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para la propuesta, con un diseño de campo. La población objeto de estudio la

conformaron doce (12) empresas, en las cuales se aplicó un cuestionario

contentivo de veintiséis (26) ítems para obtener la información de

importancia.

De los resultados Carangello, concluyó que la mayoría de las empresas

no tienen mayor conocimiento acerca de lo establecido en la Ley Orgánica

de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, surgiendo la

necesidad de diseñar un programa de auditoría, con el fin de que las

empresas de construcción eviten posibles sanciones y paralización de

actividades por incumplimiento de la LOPCYMAT, lo que puede afectar el

normal desenvolvimiento de las operaciones.

El antecedente que se ha mencionado, representa un valioso aporte al

desarrollo de la presente investigación ya que se relaciona directamente con

el tema en estudio: cumplimiento de la LOPCYMAT, así las conclusiones

determinan que las empresas deben prestarle atención a las disposiciones

implícitas en la LOPCYMAT, así como deben cumplir cabalmente cada una

de las mismas, para lograr los resultados esperados en el ambiente laboral.

Liscano (2008), su trabajo de grado el cual tituló “Plan de acción para mejorar la seguridad y salud laboral a trabajadores del sector manufacturero en el estado Lara, Venezuela” Trabajo especial de grado

para optar al título de Ingeniero Industrial en la Universidad Centroccidental

“Lisandro Alvarado”, con el objetivo general de proponer un plan de Acción

orientado a facilitar la aplicación y cumplimiento de la Ley Orgánica de

Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) en

empresas manufactureras en los municipios Iribarren y Palavecino del

estado Lara, Venezuela. La investigación fue proyectiva con diseño de

campo no experimental, la población estuvo conformada por las empresas

manufactureras de tipo unifamiliar y bifamiliar para el período de

investigación, comprendido entre 01 de noviembre 2007 hasta 01 Marzo

de 2008, en el perímetro que comprende los municipios Iribarren y

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Palavecino del estado Lara. La muestra quedó constituida por un total de

14 de 18 empresas que cumplen los requerimientos mencionados 18

empleadores, 100 empleados y 3 funcionarios del INPSASEL Lara.

Para la recogida de la información el autor diseñó tres (3) tipos de

encuestas dirigidas a los tres actores principales involucrados: los

empleados, los empleadores y los funcionarios del organismo rector de

la ley a través del Instituto de Prevención, Salud y Seguridad Laboral

(INPSASEL). La aplicación de las encuestas permitieron concluir que existe

un desconocimiento de 65,78% y 33,34% en empleados y empleadores del

sector sobre la Ley, Se propone plan de acción dirigido a los involucrados

y se diseña instrumento que permite implementar estrategia de información

y capacitación masiva sobre la normativa legal. Finalmente, en base a las

debilidades encontradas y a los aspectos que deben mantenerse

fortalecidos, el autor elaboró un plan de Acción (5W y 1H), que consistió en

una propuesta donde se especifican las acciones que deben ejecutar los

encargados de las empresas promotoras y constructoras de viviendas

(empleadores) para cumplir cabalmente con los lineamientos y regulaciones

expresadas en la LOPCYMAT y otras dirigidas a diferentes actores.

La investigación anterior constituye un aporte al estudio por cuanto

determina la importancia que tiene para las empresas el contar con un plan

de acción que les permita mejorar la seguridad y salud laboral a trabajadores

con base a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y

Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat).

Mejías (2008), quien desarrolló un trabajo especial de grado para optar

al título de Licenciado en Contaduría Pública en la Universidad Centro

Occidental Lisandro Alvarado titulado “Normas y procedimientos basados en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat) para la Tintorería y Lavandería Bolivia C.A. de Valera – Estado Trujillo”, cuya finalidad fue “proponer normas y

procedimientos basados en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y

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Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat) para la Tintorería y Lavandería

Bolivia C.A. de Valera – Estado Trujillo”; para tal fin se acudió a un estudio de

campo; el cual se basa en la obtención de datos primarios obtenidos

directamente de la realidad.

El método utilizado para la investigación es de tipo descriptivo. Desde

el punto de vista metodológico se efectuó un cuestionario de 20 preguntas, la

población estuvo constituida por 17 obreros (as) de la Tintorería y Lavandería

Bolivia C.A. de Valera - Estado Trujillo. La confiabilidad demostró que el

instrumento dio a conocer la situación en que se encuentra esta Tintorería en

cuanto a la Higiene y Seguridad Industrial, las causas y consecuencias de

cada actividad o puesto de trabajo, se evidencia sus fortalezas al igual que

sus debilidades y ayuda a los investigadores para sustentar su indagación.

Los resultados obtenidos por la investigación cubren los objetivos

trazados, ya que se logra identificar que en esta empresa requiere de

educación y práctica de las normativas legales vigente en esta materia.

Cabe destacar que las normas y procedimientos basadas en la Lopcymat

para la Tintorería y Lavandería Bolivia C.A. de Valera - Estado Trujillo, son

fundamentales debido a que este programa de normas permite utilizar una

serie de actividades planeadas que sirvan para crear un ambiente y actitudes

psicológicas que promuevan la seguridad. Por ello se hace necesario los

programas de higiene y seguridad industrial, orientados a garantizar las

condiciones personales y materiales de trabajo capaces de mantener cierto

nivel de salud de los trabajadores, como también desarrollar conciencia

sobre la identificación de riesgos, prevención de accidentes y enfermedades

profesionales en cada perspectiva de trabajo.

El trabajo anterior se relaciona al estudio por cuanto muestra una idea

clara a seguir para el establecimiento de normas y procedimientos basados

en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de

Trabajo (Lopcymat).

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Bases Teóricas

Las bases teóricas constituyen el cuerpo de conocimientos que

sustentan las variables de la investigación. De tal manera, que el basamento

teórico de este estudio se fundamenta en el desarrollo del tema referido a la

seguridad y salud laboral.

Seguridad y Salud laboral

Desde el enfoque de Mendiver (2007), la seguridad y salud laboral es

una disciplina muy amplia que abarca múltiples campos especializados. En

su sentido más general, esta disciplina comprende tres sub áreas: salud,

seguridad laboral y condiciones y medio ambiente de trabajo. Asimismo debe

garantizar: (a) el fomento y el mantenimiento del grado más elevado posible

de bienestar físico, mental y social de los trabajadores, sea cual fuere su

ocupación; (b) la prevención entre los trabajadores de las consecuencias

negativas que sus condiciones de trabajo pueden tener en la salud; (c) la

protección de los trabajadores en su lugar de empleo y (d) un entorno laboral

adaptado a las necesidades físicas y mentales de los trabajadores.

De acuerdo a Di santo (2006), la salud laboral tiene como finalidad

promover y mantener el más alto nivel de bienestar físico, mental y social de

los trabajadores en todas las profesiones; prevenir todo daño causado a la

salud de éstos por las condiciones de su trabajo; protegerlos en su empleo

contra los riesgos resultantes de la existencia de agentes nocivos a su salud;

colocar y mantener al trabajador en un empleo acorde con sus aptitudes

fisiológicas y psicológicas y, en resumen, adaptar el trabajo al hombre y cada

hombre a su tarea .

De ahí que la salud y la seguridad laborales abarcan el bienestar social,

mental y físico de los trabajadores, es decir, toda la persona. Para que la

práctica en materia de salud y seguridad laborales consiga estos objetivos,

son necesarias la colaboración y la participación de los empleadores y de los

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trabajadores en programas de salud y seguridad, y se deben tener en cuenta

distintas cuestiones relativas a la medicina laboral, la higiene industrial, la

toxicología, la formación, la seguridad técnica, la ergonomía y la psicología,

entre otros.

Condiciones de higiene y seguridad laboral

Para Cáceres (2003), las condiciones de higiene y seguridad laboral,

representan el conjunto de elementos mutuamente relacionados que actúan

armónicamente para facilitar la administración de la seguridad y la salud en

el trabajo. Incluye la política, organización, planificación y aplicación,

evaluación y acción en pro de mejoras.

Según Di santo (2006), la higiene y seguridad laboral tienen como

finalidad colocar y mantener al trabajador en un empleo acorde con sus

aptitudes fisiológicas y psicológicas, en condiciones y medio ambiente de

trabajo acordes a sus necesidades laborales.

En este sentido, representan la prevención de accidentes y

enfermedades, más eficaz se inicia cuando los procedimientos de trabajo se

encuentran todavía en la fase de concepción, cuando en el procedimiento de

trabajo se pueden implantar condiciones de higiene y seguridad laboral que

incluyan: higiene en los centros de trabajo, ventilación, iluminación,

temperatura, humedad y protección laboral.

Higiene en los centros de trabajo

Según Cáceres (2003), la higiene en el sitio o centros de trabajo tiene

por objeto establecer las medidas necesarias de prevención de los

accidentes y enfermedades de trabajo, tendientes a lograr que la prestación

del trabajo se desarrolle en condiciones de seguridad, higiene y medio

ambiente adecuados para los trabajadores. En efecto, los centros de trabajo

son todos aquellos lugares, cualquiera que sea su denominación, en el que

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se realizan actividades de producción, comercialización o prestación de

servicios, o en el que laboren personas que estén sujetas a una relación de

trabajo, es decir, donde haya un trabajador y un patrón; donde se tienen que

implementar acciones de seguridad e higiene industrial, para evitar o prevenir

enfermedades, riesgos y accidentes dentro del trabajo.

La higiene en los centro de trabajo, se condicionan en tres factores

complementarios entre sí, los cuales son indispensables en toda organización

del trabajo:

Orden. Nada se habrá conseguido con la colocación funcional de las

maquinas o herramientas si en los suelos o pasillos existen materiales que

molesten. En consecuencia, los materiales y herramientas deben estar

colocados en los dispositivos que faciliten su posterior utilización, que estén

ordenados de acuerdo con la secuencia de los trabajos a ejecutar y siempre

en perfectas condiciones de uso, se habrá conseguido eliminar el elemento “

Buscar “ , por otro lado las tareas a realizar serán más sencillas, cómodas y

seguras.

Limpieza. Es necesaria para aumentar la productividad de la empresa al

simplificarse los desplazamientos, pero sobre todo, para disminuir los riesgos

de enfermedades infecciosas y accidentes de trabajo. No obstante, el

problema de la limpieza es muy importante y por ello ha dictado unas

disposiciones haciéndolas cumplir en locales de trabajo, estado de las

superficies de suelos, escaleras; aseo de los trabajadores; riesgos de

enfermedades infecciosas.

Agua potable. Según el artículo 84 del Reglamento de las Condiciones

de higiene y seguridad en el trabajo (1973), toda empresa, establecimiento o

lugar de trabajo, estará provista de agua fresca y potable en cantidad

suficiente para uso de los trabajadores. Cuando se utilice hielo para su

enfriamiento, éste no debe estar en contacto con el agua, a menos que

estén garantizadas las condiciones higiénicas de fabricación y manipulación

del hielo.

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Las instalaciones de agua para uso de los trabajadores estarán

colocadas en bebederos higiénicos para grupos de cincuenta trabajadores y

una distancia no mayor de 50 metros del centro de trabajo. En los casos de

utilización de vasos, éstos deberán ser higiénicos y desechables.

Igualmente, en los centros de trabajo deberá existir provisión suficiente de

agua para el aseo personal a razón de 80 litros por cada trabajador.

Asimismo, el artículo 85 del Reglamento de las Condiciones de higiene

y seguridad en el trabajo (1973), establece que cuando en el sitio de trabajo

no sea posible obtener agua potable corriente, se suministrará en recipientes

portátiles que reúnan las siguientes condiciones: estar herméticamente

cerrados y provistos de un grifo, el material que esté en contacto con el

agua deberá ser inoxidable., construidos de tal manera que permitan su

completa limpieza. Cuando el número de trabajadores sea mayor de 100, se

instalará un retrete, un lavamanos y una ducha por cada 35 trabajadores o

fracción.

Ventilación

El Reglamento de las Condiciones de higiene y seguridad en el trabajo

(1973), en su artículo 122 determina que todo establecimiento, taller o local

de trabajo de cualquier naturaleza que sea y sus instalaciones anexas,

deberá, tener un de aire no inferior a diez metros cúbicos, por persona y una

altura mínima de dos metros sesenta centímetros. Estarán provistos de

dispositivos que permitan, sin molestia para los trabajadores, la entrada del

aire puro y la evacuación del aire viciado, a razón de treinta metros cúbicos

por hora y por trabajador, o una cantidad suficiente para renovar

completamente el aire ambiental diez veces por hora. La velocidad no debe

exceder de 15 metros por minuto en los lugares con temperatura efectiva

inferior a 20° C, ni de 45 metros por minuto en los lugares con temperatura

efectiva hasta 28° C.

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En los lugares de trabajo cerrados, se proveerá durante las horas de

labor de un sistema de ventilación mecánica que asegure la renovación del

aire en las proporciones antes dichas. Las entradas de aire puro estarán

ubicadas en lugares opuestos a los sitios por donde se extrae o se expulsa el

aire viciado.

Para Cáceres (2003), se puede utilizar la ventilación en el lugar de

trabajo por dos motivos: 1) para evitar que el entorno laboral sea demasiado

caliente, frío, seco o húmedo; 2) para evitar que los contaminantes de la

atmósfera lleguen a la zona en que los trabajadores respiran. Por lo general,

hay dos categorías de ventilación: la ventilación por extracción local y la

ventilación general. Sea cual fuere, se debe utilizar la ventilación junto con

otros métodos de control.

La ventilación por extracción local se basa normalmente en el principio

del aspirador de aire para eliminar los elementos contaminantes de la

atmósfera. Hoy día se emplean en la industria dos tipos habituales de

ventilación por extracción local: 1) los humos son absorbidos en un recipiente

abierto con ranuras laterales y un sistema cerrado, por conducto del cual se

llevan a un punto de eliminación alejado de los trabajadores (ejemplo de ello

es un tanque de desgrasado); 2) los humos son absorbidos en una campana

de ventilación que pende sobre un contaminante y se lleva los humos a

través de un conducto de ventilación.

Este tipo de ventilación es muy eficaz cuando los contaminantes del

aire tienen una temperatura elevada, o si ascienden por la atmósfera por otro

motivo (por ejemplo, el calor de los hornos o las estufas hace que los

contaminantes suban).

En la Ventilación general, se utiliza para que el lugar de trabajo resulte

cómodo, es uno de los métodos menos eficaces de combatir los riesgos,

pero uno de los más utilizados habitualmente. La finalidad de cualquier

sistema de ventilación general es eliminar el aire contaminado y sustituirlo

por aire "limpio". En realidad, este sistema no elimina los agentes peligrosos

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de la atmósfera, sino que se limita a disminuir su concentración en el aire a

niveles que se considera "seguro" respirar. La eficacia de un sistema de

ventilación general depende de varias cosas, entre ellas: la velocidad con

que se libera en el aire el agente peligroso; qué cantidad de aire limpio entra

y a qué velocidad; y cómo se elimina el aire contaminado.

Lamentablemente, muchos lugares de trabajo utilizan la ventilación

general como única fuente de ventilación. Se puede abrir los ladrillos huecos,

las ventanas y las puertas para aumentar la corriente general de aire, pero

esas aperturas a menudo están bloqueadas o cerradas. En ocasiones las

puertas y ventanas están cerradas por motivos de seguridad, los ladrillos

huecos pueden estar bloqueados por mercancías y productos que se

acumulan delante de ellos. Sin una buena ventilación general, los agentes

peligrosos de la atmósfera se pueden acumular (en ocasiones hasta niveles

peligrosos) y el lugar de trabajo puede llegar a estar muy caliente, siendo

difícil trabajar en él, además de ser peligroso.

Iluminación

El artículo 129, 130 y 131 del Reglamento de las Condiciones de

higiene y seguridad en el trabajo (1973), especifican que el patrono deberá

tomar las medidas necesarias para que todos los lugares destinados al

trabajo, tengan iluminación natural o artificial en cantidad y calidad

suficientes, a fin de que el trabajador realice sus labores con la mayor

seguridad y sin perjuicio de su vista. Asimismo, todas las ventanas,

tragaluces y orificios por donde deba penetrar la luz solar, así como las

pantallas y bombillas, deberán conservarse limpios y libres de obstrucciones.

Las ventanas y tragaluces se dispondrán de manera que la iluminación

natural sea lo más uniforme posible en los lugares de trabajo, colocándose

cuando sean necesarios, dispositivos que impidan el deslumbramiento.

Por otro lado, la iluminación general artificial debe ser uniforme y

distribuida de manera que se eviten sombras intensas, contrastes violentos y

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deslumbramientos. Cuando en determinada labor se requiera iluminación

intensa, ésta deberá obtenerse mediante combinación de la iluminación

general y la local complementaria, instalada de acuerdo con el trabajo a

ejecutarse.

En los edificios donde se efectúan labores nocturnas, deberá instalarse

un sistema de iluminación de emergencia en las escaleras y salidas

auxiliares. Este sistema se instalará igualmente en los sitios de trabajo que

no tengan iluminación natural. En los locales de trabajo se permitirá el uso

de lámparas fluorescentes siempre que se elimine el efecto estroboscópico.

Ruidos y vibraciones

Según el Reglamento de las Condiciones de higiene y seguridad en el

trabajo (1973), artículo 137 al 139, en todo sitio de trabajo se eliminarán o

limitarán los ruidos y vibraciones que puedan ocasionar trastornos físicos o

mentales a la salud de los trabajadores.�En los sitios o locales donde existan

niveles de ruido sostenidos, de frecuencia superior a 500 ciclos por segundo

e intensidad mayor de 85 decibeles, y sea imposible eliminarlos o limitarlos

el patrono deberá suministrar equipo protector adecuado para aquellos

trabajadores que estén expuestos a esas condiciones durante su jornada de

trabajo. Para frecuencias inferiores a 500 ciclos por segundo, el límite

superior de intensidad podrá ser hasta de 95 decibeles. Para niveles

mayores de 95 decibeles, independientemente del tiempo de exposición y la

frecuencia, deberá suministrarse equipo protector adecuado.

Cuando las medidas precedentes resultaren insuficientes para eliminar

la fatiga nerviosa u otros trastornos orgánicos de los trabajadores, se les

concederá pausas de reposo sistemático o de rotación en sus labores, de

manera de evitar tales trastornos.

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Temperatura y humedad

Según Cáceres (2003), en los sitios de trabajo las condiciones de

humedad y temperatura deberán permitir la ejecución de las labores, sin

perjuicio de la salud de los trabajadores. Todo trabajador deberá estar

protegido contra las radiaciones dañinas de cualquier fuente de calor. Los

trabajadores deberán estar protegidos por medios naturales o artificiales de

las corrientes dañinas de aire, de los cambios bruscos de temperatura y de

la humedad o sequedad excesiva. Cuando en caso de emergencia, el trabajo

tenga que llevarse a cabo en condiciones de temperatura muy baja o muy

altas, se concederán pausas o relevos periódicos.

En los locales cerrados destinados al trabajo de cualquier naturaleza,

se tomarán las medidas necesarias para evitar que la temperatura interior

difiera apreciablemente de la temperatura ambiental. Cuando la temperatura

efectiva interior sea superior a los 28° C, se refrescará por medios artificiales.

Protección laboral

De acuerdo a Cáceres (2003), la protección laboral debe brindarse al

trabajador mediante el equipo de protección personal, el cual dependerá del

riesgo, de cómo puede afectar al organismo la exposición y de cuánto tiempo

se estará expuesto al riesgo. Así, por ejemplo, si el riesgo es un polvo, hará

falta llevar una máscara respiratoria con un filtro adecuado al tipo de polvo, o

bien un aparato respirador conectado a una fuente de oxígeno.

Lamentablemente, a menudo se proporciona a los trabajadores un EPP no

adecuado, por ejemplo un respirador para polvos cuando el riesgo es un

humo o un vapor.

El equipo de protección debe estar siempre limpio y en buen estado

(debe pagarlo la empresa) y nunca se debe utilizar fuera de la zona de

trabajo. A veces el empleo del equipo de protección puede ocasionar

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accidentes. El equipo de protección es la última línea de defensa y se debe

utilizar junto con otros métodos de lucha contra los riesgos.

Según Cáceres (2003), entre los equipos de protección laboral, toda

empresa debe proporcionar a sus trabajadores los siguientes:

a.- Lentes. Según el Manual de Seguridad e Higiene Industrial Nadie

conoce el costo exacto de los accidentes de trabajo que afectan a los ojos,

porque los análisis y las estadísticas copiladas se centran en la pérdida de

tiempo que ha resultado, aparte de esto se debe mencionar que el ojo posee

sus propias defensas naturales como: los músculos, las pestañas, las cejas y

los párpados. Los cuales son eficientes hasta cierto punto ya que son

inadecuados para ambientes creados por el hombre.

Por otra parte, la fabricación de estos implementos de protección debe

hacerse de acuerdo a los requerimientos, y esto hace que cada fabricante

produzca su propio diseño. Los materiales que se usan para la fabricación de

estos no debe ser corrosivo, fácil de limpiar, y en la mayoría de los casos no

inflamables, y al zona trasparente debe ser lo más clara posible evitando de

esta manera efectos de distorsión y prisma.

b.- Tapón auricular. Del mismo modo, los tapa oídos de manera de

auriculares o almohadillas, están sujetos a la cabeza por medio de cintas, se

fabrican de hule o de plástico y tiene por objeto cubrir bien el oído sin

comprimirlo. Es necesario que el dispositivo se adapte bien a la cabeza a fin

de reducir la filtración de ruido.

Estos protectores del oído deben permitir oír la palabra a la vez que

debilitan considerablemente las frecuencias elevadas, que son más dañinas

para los órganos auditivos.

c.- Guantes: Ofrecen protección completa de la mano y posee una

cómoda adaptación al puño, que impide que los materiales se deslicen al

interior de la mano. En su fabricación se emplean diversos materiales, como

el amianto, tejido grueso, piel impregnada de productos resistentes al fuego y

tejido recubierto con impermeabilizante. Estos guantes se utilizan en las

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mismas operaciones mencionadas en el inicio anterior con la diferencia que

aquí se protegen las manos. El utilizar los guantes en operaciones que

tengan que ver con máquinas rotativas, ya que existe la posibilidad de que el

guante sea arrastrado por la maquina en uso forzado así la mano del

operario al interior de la máquina y así lograremos prevenir un accidente en

la empresa.

d.- Casco: Algunas ocupaciones exigen que los trabajadores lleven

protegidos la cabeza, ya que su finalidad de protección es disminuir las

posibilidades de lesión. Los cascos están constituidos principalmente por un

caparazón generalmente de metal ligero o de material de plástico y un

sistema de suspensión que mantiene la cabeza despegada del caparazón.

Estos materiales que se usan en los cascos son resistentes al fuego, también

opacos a la luz y a las radiaciones ultravioletas o infrarrojas y fácilmente

desinfectarles, los cascos para resistir el calor y a las sustancias químicas.

e.- Respiradores: El reciente avance tecnológico de la industria

moderna ha incrementado mocho el peligro potencial de los polvos,

emanaciones y gases. A pesar de la generalización del empleo de los

aparatos de captación de los vapores y polvo nocivos, es necesario en

numerosos trabajos, utilizar dispositivos individuales de protección de las

vías respiratorias. Los dispositivos protectores de respiración han de

adquirirse para situaciones de emergencias o no emergentes. Los

dispositivos respiratorios obligan a mantener una serie de regímenes de

mantenimiento muy exigente ya que su mecánica lo exige, por lo que al

momento de verse la necesidad de usarlos estos estén en perfecto estado.

f.- Botas: La gran mayoría de los daños a los pies se deben a la caída

de objetos pesados. Es fácil conseguir zapatos de seguridad que protejan en

contra de esa clase de riesgos. Esa clase de zapatos puede conseguirse en

tamaño, formas y estilos, que a la vez se adaptan bien a diferentes pies, y

además tiene buen aspecto.

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Programa de seguridad y salud en el trabajo

Según Cáceres (2003: 336), el programa de seguridad y salud en el

trabajo “es el proceso donde las metas y métodos se juntan para suprimir los

actos y condiciones inseguras, así como los riesgos de enfermedades

profesionales”. En este orden de ideas el autor enfatiza en el uso de recursos

internos de la organización para enfrentar los posibles riesgos que se puedan

originar en la empresa y que intentan contra el bienestar de los trabajadores.

De acuerdo a la Norma Técnica de Programa de Seguridad y Salud en

el Trabajo (NT-01-2008), es el conjunto de objetivos, acciones y

metodologías establecidos para identificar, prevenir y controlar aquellos

procesos peligrosos presentes en el ambiente de trabajo y minimizar el

riesgo de ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades de

origen ocupacional.

Los artículos 80 y 81 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de

Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (2007), establecen

que toda empresa, establecimiento, faena, cooperativa y otras formas de

asociación deben diseñar una política y elaborar e implementar un Programa

de Seguridad y Salud en el Trabajo específico y adecuado a los procesos de

trabajo realizado por el centro de trabajo.

Además, la propuesta del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo

deberá ser elaborado por el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de

la empresa, el cual es una estructura con organización propia perteneciente

(para fines legales) al patrono cuyos objetivos son la promoción, prevención

y vigilancia en materia de seguridad, salud, condiciones y medio ambiente de

trabajo, para proteger los derechos humanos, la vida, la salud y la integridad

personal de los trabajadores.

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Requisitos mínimos que debe cumplir el programa de seguridad y salud en el trabajo

De acuerdo a Cortés (2005), toda empresa debe brindarles a sus

trabajadores un ambiente y condiciones de trabajos adecuadas, para ello

está obligada a desarrollar programas de seguridad y salud en el trabajo que

deberán incluir, entre otros, los siguientes aspectos:

1.- El establecimiento y aplicación de la normativa en materia de

Seguridad y Salud Laboral, utilización del tiempo libre, descanso y turismo

social.

2.- La Inspección y supervisión de las condiciones y medio ambiente de

trabajo, así como los mecanismos y políticas de coordinación y cooperación

entre órganos y entes competentes en el área de prevención, salud y

seguridad en el trabajo y de utilización del tiempo libre, descanso, y turismo

social, a nivel nacional, estadal y municipal.

3.- La formación, educación y comunicación en relación con la

promoción de la seguridad y salud en el trabajo, y la prevención de los

accidentes y enfermedades ocupacionales así como la recreación,

utilización del tiempo libre, descanso, y turismo social, para el mejoramiento

de la calidad de vida de los trabajadores y trabajadoras y sus familiares,

como valor agregado al trabajo.

Según el artículo 82 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de

Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (2007), el Programa

de Seguridad y Salud en el Trabajo, deberá contener los siguientes aspectos:

Descripción de los procesos de trabajo, identificación y evaluación de

riesgos, planes de trabajo, identificación del patrono y compromiso de hacer

cumplir los planes; los cuales serán descritos a continuación:

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Descripción del proceso productivo

La descripción de los procesos de trabajo, ya sean de producción o de

servicios. La Norma Técnica de Programa de Seguridad y Salud en el

Trabajo (NT-01-2008), en su numeral 1, establece que se debe describir de

forma precisa las etapas del proceso productivo, la forma de organización del

trabajo, así como los objetos y los medios involucrados en cada una.

Entre otros aspectos: maquinarias, equipos, materia prima, sustancias

utilizadas, subproductos y sobrantes, desechos generados, disposición final

de los mismos, impacto ambiental, organización y división técnica del trabajo,

organigrama, diagrama de flujo, descripción de las etapas del proceso,

división de las áreas y departamentos, puestos de trabajo existentes,

herramientas utilizadas, tipo de actividad, empresas contratistas y la relación

entre ellos.

En efecto, la información recopilada debe ser validada por las

trabajadoras y los trabajadores, y las Delegadas y Delegados de Prevención.

En los casos en los que las trabajadoras y los trabajadores pertenezcan a las

empresas contratistas o intermediarias, la caracterización del proceso de

trabajo (producción o servicios) debe efectuarse bajo los mismos parámetros.

Identificación de los procesos peligrosos

La Norma Técnica de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-

01-2008), en su numeral 1, establece que el empleadora o el empleador,

cualquiera sea su naturaleza jurídica, como paso inicial para la elaboración

de un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, deberá efectuar la

identificación de los procesos peligrosos existentes, así como el diagnóstico

de las necesidades del centro de trabajo; acciones que deben ser realizadas

con la participación de las trabajadoras y los trabajadores, mediante el

intercambio de conocimientos, saber y experiencia adquirida al realizar sus

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actividades laborales, es decir, el aprendizaje empírico adquirido por la

trabajadora y el trabajador por medio de su práctica laboral.

De esta manera, la información, recuperada y sistematizada mediante la

discusión y validación del grupo de trabajo, siendo el resultado de la

sumatoria sus opiniones, con base en la realidad del centro de trabajo. Se

determina que la metodología de identificación de los procesos peligrosos

existentes, quedará sujeta a modificación o alternada con otros esquemas

metodológicos, siempre y cuando contribuyan a la mejora de la seguridad y

salud en el trabajo, con la participación activa, protagónica de las

trabajadoras y los trabajadores siempre y cuando resulte más favorables a

los mismos, sea propuesto y aprobado previamente por el Inpsasel.

Según la mencionada NT-01-2008, la empleadora o el empleador, por

medio del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, con la participación

activa de las Delegadas y Delegados de Prevención y el Comité de

Seguridad y Salud Laboral, efectuará la identificación del proceso de trabajo.

Se identificarán las condiciones asociadas al objeto de trabajo, medio

de trabajo y a la organización y división del trabajo, que pueden causar daño

la trabajadora o trabajador durante el desarrollo de las actividades laborales

(proceso de trabajo) por etapas, tomando en cuenta para ello la información

aportada por las trabajadoras y los trabajadores, considerando lo siguiente:

Riesgos, condiciones peligrosas en cada una de las etapas del proceso

de trabajo o puestos de trabajo, número de trabajadoras y trabajadores

expuestos a los procesos peligroso y daños que pueda generar a la salud de

las trabajadoras y trabajadores.

En función de los procesos peligrosos detectados, se adoptarán las

medidas preventivas y de mejoras de los niveles de protección, con el fin de

priorizar las acciones a aplicar, se efectuará la identificación de los procesos

peligrosos siempre que:

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Cuadro 1. Razones para identificar los procesos peligrosos � Se inicie la elaboración del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo. � Se diseñe, planifique e inicie una nueva actividad productiva. � Se creen proyectos para la construcción, funcionamiento, mantenimiento y

reparación de los medios, procedimientos y puestos de trabajo, para que sean ejecutados con estricto cumplimiento a las normas, criterios técnicos y científicos universalmente aceptados en materia de salud, Higiene, Ergonomía y Seguridad en el Trabajo, a los fines de eliminar o controlar al máximo técnicamente posible, los riesgos y procesos peligrosos.

� Se generen cambios en los equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos diferentes a los habituales, se introduzcan nuevas tecnologías o se modifique el acondicionamiento de los lugares de trabajo.

� Se cambien las condiciones de trabajo, al modificarse algún aspecto relativo a las instalaciones, organización o al método de trabajo.

� Se detecten daños en la salud de las trabajadoras o los trabajadores. � Se aprecie que las actividades de prevención son inadecuadas o insuficientes. � Se identifiquen nuevos riesgos y procesos peligrosos por la trabajadora o el

trabajador. � Sea requerido por las Delegadas y Delegados de Prevención, el Comité de

Seguridad y Salud Laboral, las trabajadoras y los trabajadores en general. Fuente: Adaptado de la Norma Técnica de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-01-2008)

Y otros donde se considere necesario o cuando el Instituto Nacional de

Prevención, Salud y Seguridad Laborales (Inpsasel), lo advierta, recomiende,

indique u ordene, a través de las actuaciones de los funcionarios y

funcionarias de inspección.

Planes de trabajo

Según el artículo 82 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de

Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (2007), los planes de

trabajo se establecen para abordar riesgos y procesos peligrosos existentes,

los cuales deberán incluir al menos: información y capacitación permanente a

los trabajadores y asociados (esto incluye a las cooperativas); procesos de

inspección y evaluación en materia de seguridad y salud en el trabajo;

vigilancia epidemiológica de la salud de los trabajadores; reglas, normas y

procedimientos de trabajo saludables y seguros; dotación de equipos de

protección personal y colectiva; atención preventiva en salud ocupacional;

planes de contingencia y atención de emergencias; personal y recursos

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necesarios para los planes; y recursos económicos precisos para la

realización de los planes.

De acuerdo a la Norma Técnica de Programa de Seguridad y Salud en

el Trabajo (NT-01-2008), los planes de trabajo deberán responder

estrictamente a los procesos peligrosos, cada uno de los planes debe definir

claramente los siguientes aspectos: objetivos, metas y alcance, frecuencia de

ejecución de las actividades, personal involucrado y responsabilidades en

cada una de las actividades, procedimiento de ejecución de actividades

previstas en el plan, especificando las acciones a ser desarrolladas desde los

puntos de vista preventivo, correctivo, predictivo y divulgativo, como

consecuencia de la información generada; así como formulario, instrumentos

diseñados y recursos necesarios para la ejecución de las actividades.

La estructura de los planes de trabajo deberá contar como mínimo con

los siguientes componentes:

Cuadro 2. Estructura de los planes de trabajo Componente Descripción Educación e información

Se deberá diseñar, planificar, organizar y ejecutar un programa de educación e información preventiva, en materia de seguridad y salud en el trabajo con su respectivo cronograma de ejecución, que establezca como mínimo 16 horas trimestrales de educación e información por cada trabajadora y trabajador que participen en el proceso productivo o de servicio, independientemente de su condición, respondiendo a las necesidades detectadas y su número de horas aumentará de acuerdo al proceso peligroso presentes en la actividad de trabajo. De esta manera, la educación debe ser teórica y práctica, suficiente, adecuada y periódica, sobre los riesgos y procesos peligrosos, previa a realizar las tareas que le sean asignadas, así como los posibles daños a la salud que estos podrían generar y las medidas de prevención para evitar accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.

Procesos de inspección

Realizar inspecciones en los sitios de trabajo con el propósito de identificar condiciones inseguras e insalubres para establecer los controles pertinentes al caso y las mejoras inmediatas; se debe elaborar un cronograma de inspecciones, el cual contemple como mínimo: elemento a inspeccionar, área o departamento, frecuencia, fecha, responsable, acciones a realizar, comprobación de eficiencia de la acción (firma y fecha). Finalmente, se debe realizar un informe que contemple los resultados de las inspecciones realizadas, determinando medidas correctivas, incumplimiento y tiempo estipulado para las correcciones.

Fuente: Adaptado de la Norma Técnica de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-01-2008)

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Cuadro 2. Estructura de los planes de trabajo (Continuación) Componente Descripción Monitoreo y vigilancia

epidemiológica de los riesgos

y procesos peligrosos

Se deberá aplicar las mediciones ambientales correspondientes, de ser el caso. En este sentido, efectuará monitoreos ocupacionales, ambientales, para determinar la concentración ambiental de la sustancia en cuestión o el nivel de intensidad del fenómeno físico, realizar monitoreos sobre indicadores biológicos de exposición, a fin de mantener un registro actualizado de las condiciones de trabajo, para establecer acciones preventivas y de control, garantizando así a las trabajadoras y los trabajadores condiciones de seguridad, salud y bienestar.

Monitoreo y vigilancia

epidemiológica de la salud de

lastrabajadoras y

lostrabajadores

Establecer un sistema general de vigilancia de la salud de las trabajadoras y los trabajadores; el cual comprende: el registro, análisis, interpretación y divulgación sistemática, derivada de las evaluaciones individuales, colectivas de la salud de las trabajadoras y los trabajadores, que de forma permanente forman parte de los elementos de vigilancia en el trabajo, así como también, los datos derivados del registro de incidentes y accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.

Monitoreo y vigilancia de la utilización del tiempo libre de

lastrabajadoras y

lostrabajadores

Desarrollar e implementar un sistema de vigilancia permanente, sistemático donde se considere: jornada de trabajo, horas extras laboradas, hora de descanso dentro de la jornada, días de descanso obligatorio, días de descanso obligatorio disfrutados efectivamente, días de descanso convencionales, días de descanso convencionales disfrutados efectivamente, número de días de vacaciones, número de días de vacaciones disfrutados efectivamente, que garantice la utilización del tiempo libre de las trabajadoras y los trabajadores, como la aplicación de los planes para la recreación y turismo como herramientas para fortalecer la calidad de vida de las trabajadoras y los trabajadores.

Reglas, normas y

procedimientos de trabajo seguro y saludable

Establecer un sistema de información, amplio y comprensible, para las trabajadoras y los trabajadores, contentivo de los medios didácticos, que contribuyan al conocimiento de los procesos peligrosos, la forma de protegerse de ellos, mediante el establecimiento de reglas, normas y procedimientos ejecutados con estricta sujeción a las normas, criterios técnicos y científicos universalmente aceptados en materia de salud, higiene, ergonomía y seguridad en el trabajo. Estas deberán ser publicadas en las diferentes áreas y puestos de trabajo, con el fin de ser analizadas y visualizadas por las trabajadoras y los trabajadores.

Dotación de equipos de protección personal y colectiva

Establecer políticas y ejecutar acciones que permitan el control total de las condiciones inseguras e insalubres de trabajo, estableciendo como prioridad el control en la fuente u origen. En caso de no ser posible, se deberán utilizar las estrategias de control en el medio y controles administrativos, dejando como última instancia y cuando no sea posible la utilización de las anteriores estrategias o como complemento de las mismas la utilización de Equipos de Protección Personal (EPP) de acuerdo a los procesos peligrosos existentes, en concordancia, a lo establecido en la LOPCYMAT. Se deberá suministrar gratuitamente los equipos de protección personal.

Fuente: Adaptado de la Norma Técnica de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-01-2008)

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Cuadro 2. Estructura de los planes de trabajo (Continuación) Componente Descripción

Atención preventiva en salud de las

trabajadoras y trabajadores

Se deberá establecer un programa de vigilancia de salud de las trabajadoras y los trabajadores, garantizando el derecho al trabajo, la salud y la vida, a través del reconocimiento preventivo del médico o médica en la evaluación de los efectos de las condiciones de trabajo, sin que esto implique cualquier tipo de discriminación durante la verificación del estado de salud de las trabajadoras y los trabajadores. A los efectos de proteger la integridad, dignidad, derecho al trabajo y las oportunidades de empleo, no podrán practicarse como requisito a las solicitudes de empleo o para continuar con la actividad laboral: pruebas de anticuerpos contra el VIH, sin el consentimiento libre, expreso y manifiesto de la persona, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Resolución N° SG-439 del Ministerio de Salud, del 26 de Agosto de 1994, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 35.538 de fecha 02 de septiembre de 1994 o pruebas de embarazo.

Planes de contingencia y

atención de emergencias

En todo centro de trabajo, explotación o faena, deberá existir un plan de contingencia y atención de emergencias y urgencias, teniendo en cuenta las características de los procesos, el tamaño y su actividad, así como la posible presencia de personas ajenas a los mismos, a los fines de la adopción de las medidas necesarias para su mitigación y control.

Recursos económicos

Se debe asignar una partida presupuestaria anualmente que constituirá los recursos económicos necesarios, para lograr el fiel cumplimiento de lo expresado en los objetivos y la planificación de su Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo; para ello deberá señalar todas las inversiones previstas en esta materia, cuantificando las unidades requeridas, precio unitario y costo total de las acciones.

Ingeniería y ergonomía

Se deberá adecuar los métodos de trabajo, así como las máquinas, herramientas y útiles usados en el proceso de trabajo, a las características psicológicas, cognitivas, culturales, antropométricas de las trabajadoras y los trabajadores, a fin de lograr que la concepción del puesto de trabajo permita el desarrollo de una relación armoniosa entre la trabajadora trabajador y su entorno laboral, se debe implantar los cambios requeridos, tanto en los puestos de trabajo existentes, como al momento de introducir nuevas maquinarias, tecnología o métodos de organización de trabajo, previa realización del estudio de puesto de trabajo, además de llevar un registro de las características fundamentales de los proyectos de nuevos medios y puestos de trabajo o la remodelación de los mismos, y están en la obligación de someterlos a consideración del Comité de Seguridad y Salud Laboral y del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como del Inpsasel para su correspondiente aprobación.

Fuente: Adaptado de la Norma Técnica de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-01-2008)

Identificación del patrono y compromiso de hacer cumplir los planes

En función de la Norma Técnica de Programa de Seguridad y Salud en

el Trabajo (NT-01-2008), la Empleadora o el Empleador, cualquiera sea su

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naturaleza, son los responsables de asegurar la elaboración, puesta en

práctica y funcionamiento del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo,

así como de brindar las facilidades técnicas, logística y financieras,

necesarias para la consecución de su contenido.

En este sentido, la empleadora o empleador, suscribirá una carta

compromiso, dirigida al Comité de Seguridad y Salud Laboral, una vez

concluido el proceso de construcción y validación del Programa de Seguridad

y Salud en el Trabajo, así como al Inpsasel para su aprobación,

comprometiéndose a lo siguiente:

� Asegurar el cumplimiento de toda la normativa legal en materia de

seguridad y salud en el trabajo.

� Adoptar y desarrollar nuevas tecnologías compatibles al medio

ambiente y la mejora continua de las condiciones de trabajo.

� Proporcionar educación e información teórica y práctica, suficiente,

adecuada y en forma periódica a las trabajadoras y los trabajadores

en materia de seguridad y salud en el trabajo.

� Medir, controlar y perfeccionar de modo continuo los procesos

productivos en los aspectos relacionados con el medio ambiente y la

salud de las trabajadoras y los trabajadores.

� Promover sistemas de comunicación interna sobre la eficacia de la

política, normas y resultados en los aspectos de prevención,

facilitando y fomentando la coordinación y participación de las

trabajadoras y los trabajadores.

� Evaluar de forma periódica los puestos de trabajo en los aspectos que

afectan a la seguridad, higiene, ergonomía y psicología, utilizando los

registros sobre morbilidad y accidentabilidad, a fin y efecto de mejorar

los métodos de trabajo y la eficacia de las medidas preventivas.

� Garantizar a las trabajadoras o los trabajadores de las empresas

contratistas o intermediarias o de otras formas asociativas,

condiciones óptimas de seguridad y salud en el trabajo.

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� Establecer programas para la recreación, utilización del tiempo libre,

descanso y turismo social para el disfrute de las trabajadoras y los

trabajadores.

� Acatar los ordenamientos impartidos por el Instituto Nacional de

Prevención, Salud y Seguridad Laborales.

� Respetar las acciones y actividades desarrolladas por las Delegadas y

Delegados de Prevención, enmarcadas dentro de sus facultades y

atribuciones, establecidas en la Lopcymat y su Reglamento Parcial.

De manera general, el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo

debe ajustarse a la Norma Técnica de Programa de Seguridad y Salud en el

Trabajo (NT-01-2008), la cual habla sobre los requisitos mínimos que el

mismo debe contener, ratificando que es el empleador el responsable que se

lleve a cabo la elaboración y aplicación de dicho programa.

Servicios de seguridad y salud en el trabajo

Uno de los aspectos de mayor importancia que relaciona una empresa

(cooperativa o cualquier tipo de asociación o fundación) con la Lopcymat

son los Servicios de seguridad y salud en el trabajo, pues son los

responsable de mantener a la empresa al día con la ley y debe garantizar la

salud ocupacional y la higiene y seguridad industrial a través de la

implementación de un buen programas de seguridad y salud en el trabajo.

Según el artículo 39 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y

Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat, 2007), los empleadores y

empleadoras, así como las cooperativas y las otras formas asociativas

comunitarias de carácter productivo o de servicio, deben organizar un

servicio propio o mancomunado de Seguridad y Salud en el Trabajo,

conformado de manera multidisciplinaria, de carácter esencialmente

preventivo, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de esta Ley. La

exigencia de organización de estos Servicios se regirá por criterios fundados

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en el número de trabajadores y trabajadoras ocupados y en una evaluación

técnica de las condiciones y riesgos específicos de cada empresa, entre

otros. Los requisitos para la constitución, funcionamiento, acreditación y

control de los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo serán

establecidos mediante el Reglamento de la Ley.

El Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y

Medio Ambiente de Trabajo (2007), determina en su artículo 20 que los

Servicios de seguridad y salud en el trabajo, se definen como una estructura

con organización propia perteneciente (para fines legales) al patrono cuyos

objetivos son la promoción, prevención y vigilancia en materia de seguridad,

salud, condiciones y medio ambiente de trabajo, para proteger los derechos

humanos, la vida, la salud y la integridad personal de los trabajadores. Según

este mismo artículo, dichos servicios deberá estar conformados por

profesionales de distintas disciplinas en las áreas de seguridad y salud en el

trabajo, es decir, médicos, enfermeros, epidemiólogos, higienistas,

industriólogos, ingenieros, psicólogos, ergónomos y otros. Dentro de sus

características se pueden destacar las siguientes:

Organización

De acuerdo al artículo 22 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de

Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (2007), los servicios

de seguridad y salud en el trabajo se pueden organizar de dos maneras:

como propios o mancomunados. En este sentido, los patronos, patronas,

cooperativas y otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o

de servicios, deberán organizar los Servicios de Seguridad y Salud en el

Trabajo propios cuando concurra alguno de los siguientes supuestos:

1. Cuando cuenten con más de doscientos cincuenta (250) trabajadores

y trabajadoras o, asociados o asociadas, según el caso.

2. Cuando cuenten entre cincuenta (50) y doscientos cincuenta (250)

trabajadores y trabajadoras o, asociados o asociadas, según el caso, y,

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desarrollen alguna de las actividades económicas indicadas en las normas

técnicas que se dicten al efecto.

Las normas técnicas establecerán el número, título de educación

superior, requisitos exigidos y funciones de las personas que deben

conformar los Servicios propios o mancomunados de Seguridad y Salud en

el Trabajo, así como los instrumentos, equipos y medios necesarios para

realizar sus funciones. Asimismo, deberán establecer diferencias en la

organización de los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo en función

de las actividades económicas y riesgos específicos de los centros de

trabajos, establecimientos, faenas o unidades de explotación de las

diferentes empresas e instituciones públicas o privadas.

En efecto, se entenderá que los patronos, patronas, cooperativas y

otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios,

que no cumplan con lo establecido en este artículo o las normas técnicas

correspondientes, no han organizado los Servicios de Seguridad y Salud en

el Trabajo.

Según el artículo 23 del mencionado reglamento, la creación,

conformación, organización, funcionamiento y supervisión de los Servicios de

Seguridad y Salud en el Trabajo mancomunados se regirá por lo establecido

en la Ley, los reglamentos y las normas técnicas que se dicten al efecto. Los

servicios mancomunados se considerarán como servicios propios de los

patrones o las patronas que los integren. En consecuencia, serán

responsables solidariamente en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Estos servicios deberán contar con garantía suficiente que cubra su eventual

responsabilidad.

Funciones

Además de las funciones del Servicio de Seguridad y Salud en el

Trabajo, previstas en el artículo 40 de la Ley Orgánica de Prevención,

Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, según el artículo 21 del

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Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio

Ambiente de Trabajo (2007), se establecen las siguientes:

Cuadro 3. Funciones de los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo 1. Identificar, evaluar y proponer los correctivos que permitan controlar las condiciones y medio ambiente de trabajo que puedan afectar tanto la salud física como mental de los trabajadores y las trabajadoras en el lugar de trabajo, comedores, alojamientos o instalaciones sanitarias o que pueden incidir en el ambiente externo del centro de trabajo o sobre la salud de su familia. 2. Informar, formar, educar y asesorar a los trabajadores y las trabajadoras, en materia de seguridad y salud en el trabajo. 3. Mantener un Sistema de Vigilancia Epidemiológica de accidentes y enfermedades ocupacionales, de conformidad con lo establecido en la Ley, los reglamentos y las normas técnicas que se dicten al efecto. 4. Mantener un Sistema de Vigilancia de la utilización del tiempo libre, de conformidad con lo establecido en la Ley, los reglamentos y las normas técnicas que se dicten al efecto. 5. Reportar los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, de conformidad con la Ley, los reglamentos y las normas técnicas que se dicten al efecto. 6. Reportar al Ministerio de Salud las enfermedades de notificación obligatoria que no sean de carácter ocupacional. 7. Realizar el diagnóstico sobre las enfermedades ocupacionales padecidas por los trabajadores y las trabajadoras, en coordinación con el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales y el Ministerio de Salud. 8. Evaluar y conocer las condiciones de las nuevas instalaciones, maquinarias y equipos antes de dar inicio a su funcionamiento, así como formar y capacitar a los trabajadores y las trabajadoras sobre los mismos. 9. Elaborar la propuesta del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, con la participación efectiva de los trabajadores y las trabajadoras, y someterlo a la consideración del Comité de Seguridad y Salud Laboral, a los fines de ser presentado al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales para su aprobación y registro. 10. Implementar el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo. 11. Coordinar con el departamento de recursos humanos o quien haga sus veces, el cumplimiento de sus funciones. 12. Las demás que señalen los reglamentos y las normas técnicas dictadas por el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social y las guías técnicas elaboradas por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. Fuente: Adaptado del artículo 21 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (2007).

Obligaciones

El Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y

Medio Ambiente de Trabajo (2007), estipula que en su artículo 24 que los

patronos, patronas, cooperativas y otras formas asociativas comunitarias de

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carácter productivo o de servicios, deben cumplir con las siguientes

obligaciones, en relación a los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo:

1. Cumplir permanentemente los requisitos exigidos para su

acreditación.

2. No realizar actividades distintas a las debidamente acreditadas.

3. Prestar la cooperación necesaria para su supervisión por parte de los

funcionarios y funcionarias del Trabajo o del Instituto Nacional de

Prevención, Salud y Seguridad Laborales.

4. Suministrar los datos, información y medios de prueba que tengan a

su disposición, requeridos por los funcionarios y funcionarias de inspección

del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social o del Instituto Nacional de

Prevención, Salud y Seguridad Laborales.

5. Comunicar cualquier cambio relativo a los datos aportados al registro

y acreditación al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad

Laborales, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al mismo.

6. No obstaculizar, impedir o dificultar la actuación de inspección o

supervisión de los funcionarios y funcionarias del Trabajo o del Instituto

Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.

7. Presentar informe trimestral sobre el ejercicio de sus funciones al

Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales en los

formatos elaborados al efecto.

8. Las demás que señalen la Ley, los reglamentos y las normas

técnicas.

Ubicación

De acuerdo al artículo 25 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de

Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (2007), los Servicios

de Seguridad y Salud en el Trabajo deberán estar ubicados en el centro de

trabajo, establecimiento o unidad de explotación o en su proximidad, de

acuerdo a las normas técnicas que se dicten al efecto. En ambos casos

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éstos deberán garantizar el cumplimiento efectivo de sus funciones. El

patrono o patrona informará a los trabajadores y las trabajadoras, la

ubicación del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo propio o

mancomunado, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al inicio de la

relación laboral o de su puesta en funcionamiento.

Gratuidad

Asimismo, el mencionado reglamento establece que los Servicios de

Seguridad y Salud en el Trabajo son gratuitos para los trabajadores y las

trabajadoras del patrono, patrona, o cooperativas y otras formas asociativas

de carácter, comunitario de carácter productivo o de servicios. En

consecuencia, no implicarán costo alguno para ellos o ellas. Así mismo, los

exámenes de salud en el trabajo que deban realizarse serán gratuitos. Las

funciones de estos Servicios que impliquen la presencia de los trabajadores y

las trabajadoras deben realizarse durante su jornada de trabajo ordinaria,

salvo cuando ello sea imposible y sea autorizado expresamente por el

Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.

En consecuencia, el tiempo utilizado por los trabajadores y las

trabajadoras en el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo debe ser

remunerado con el pago de los salarios y demás beneficios socioeconómicos

correspondientes, como si hubiesen laborado efectivamente la jornada.

Comité de Seguridad y Salud Laboral

De acuerdo a la existencia del Comité de Seguridad y Salud Laboral, el

artículo 46 de la LOPCYMAT (2007), específica que:

En todo centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las diferentes empresas o de instituciones públicas o privadas, debe constituirse un Comité de Seguridad y Salud Laboral, órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de

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las políticas, programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Esto indica que en toda empresa debe constituirse un Comité de

Seguridad y Salud Laboral, el cual de acuerdo al artículo 67 del Reglamento

de la LOPCYMAT (2007) estará conformado por los Delegados o Delegadas

de Prevención, de una parte, y por el patrono o patrona, o sus

representantes, en número igual al de los delegados o delegadas de

prevención, de la otra, de conformidad con lo establecido en el cuadro

siguiente:

Cuadro 4. Número de delegados y delegadas de prevención. Número de trabajadores y trabajadoras Número de delegados y

delegadas de prevención Número de representantes

del patrono o patrona Hasta diez (10) trabajadores y

trabajadoras Uno (1) Uno (1)

De once (11) hasta cincuenta (50) trabajadores y

Trabajadoras. Dos (2) Dos (2)

De cincuenta y un (51) hasta doscientos cincuenta (250)

trabajadores y Trabajadoras. Tres (3) Tres (3)

De doscientos cincuenta y un (251) hasta quinientos (500) trabajadores y Trabajadoras. cuatro (4) cuatro (4)

De quinientos y un (501) trabajadores y Trabajadoras en adelante. cinco (5) cinco (5)

Fuente: Artículo 67, Reglamento de la LOPCYMAT /2007).

Se determina entonces, que los Delegados y Delegadas de Prevención,

deberán elegirse simultáneamente cuáles de ellos o ellas integrarán el

comité de seguridad y salud laboral, asimismo, se deben incluir cada uno de

los trabajadores y trabajadoras que laboren en el centro de trabajo,

establecimiento o unidad de explotación, sin discriminaciones entre su

condición de empleados u obreros o, el tipo de contrato celebrado con éstos,

sea a tiempo determinado, a tiempo indeterminado, para una obra

determinada y aprendices.

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Constitución del Comité

El artículo 69 del Reglamento de la LOPCYMAT (2007), determina que

la constitución del Comité de Seguridad y Salud Laboral se realizará, por

primera y única vez, mediante un acuerdo formal celebrado en una reunión

de los Delegados o Delegadas de Prevención y los representantes del

patrono o patrona. De este acto se dejará constancia mediante formato

elaborado al efecto por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y

Seguridad Laborales. Para este acuerdo formal de constitución se requiere la

presencia de todas las personas que integran el Comité. Además, en el

artículo 73 se establecer que para el registro del Comité de Seguridad y

Salud Laboral, el patrono o patrona una vez constituido el Comité de

Seguridad y Salud Laboral deberá inscribirlo ante el Registro Nacional de

Comité de Seguridad y Salud Laboral, debiendo cumplir con los siguientes

requisitos:

� Presentar solicitud en formulario elaborado al efecto por el Instituto

Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.

� Carta suscrita por todas las personas que integran el Comité,

anexando los siguientes documentos en copias fotostáticas,

presentando a la vista los respectivos originales: número de

Identificación Laboral (NIL) del patrono o patrona, carta de aceptación

de los representantes del patrono o patrona para integrar el Comité de

Seguridad y Salud Laboral, formato de acuerdo formal de constitución

o de decisión de incorporación al comité de la beneficiaria, de ser el

caso, estatutos internos del Comité de Seguridad y Salud Laboral y

presentación de los libros de actas del comité, debidamente foliados,

para ser sellados por el Instituto.

� Los demás que establezcan las normas técnicas.

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Atribuciones del Comité

En cuanto a las atribuciones del Comité de Seguridad y Salud Laboral,

según el artículo 47 de la LOPCYMAT (2007) son: participar en la

elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación del programa de

seguridad y salud en el trabajo y promover iniciativas, sobre métodos y

procedimientos para el control efectivo de las condiciones peligrosas de

trabajo, proponiendo la mejora de controles existentes o la corrección de las

deficiencias detectadas. Asimismo, el artículo 48 establece que entre sus

facultades se tienen: aprobar el proyecto de programa de seguridad y salud

en el trabajo, vigilar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo,

supervisar los servicios de salud en el trabajo de la empresa y denunciar las

condiciones inseguras y el incumplimiento de los acuerdos que se logren en

su seno en relación a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Organización del comité

Ahora bien, la organización del Comité de Seguridad y Salud Laboral

se haya expuesta en el artículo 75 del Reglamento de la ley en cuestión, en

el cual se aclara que se organizará de forma democrática, teniendo todos sus

integrantes los mismos derechos y jerarquía, independientemente de su

condición de trabajadores o trabajadoras, por una parte, y representantes del

patrono o patrona, por la otra. Cada Comité debe aprobar por mayoría de

dos tercios (2/3) de sus integrantes sus estatutos internos, donde se regule

su organización y funcionamiento, en efecto, la organización y

funcionamiento del Comité se rige por lo dispuesto en la Ley, los

reglamentos, las normas técnicas que se dicten al efecto y sus estatutos

internos.

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46

Presentación del informe mensual

El artículo 77 del Reglamento de la LOPCYMAT (2007), establece que

el Comité de Seguridad y Salud Laboral deberá presentar un informe

mensual sobre las actividades desarrolladas en ejercicio de sus atribuciones

y facultades ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad

Laborales, dicho informe debe contener los siguientes datos:

� Resumen de las reuniones del comité, indicando personas asistentes,

solicitudes presentadas y decisiones adoptadas.

� Actividades de Evaluación del Programa de Seguridad y Salud en el

Trabajo, así como de los programas de recreación, utilización del

tiempo libre, descanso, turismo social y dotación, mantenimiento y

protección de la infraestructura de las áreas destinadas para esos

fines.

� Medidas propuestas y acordadas para la mejora de los controles

existentes y, los mecanismos para la evaluación y seguimiento en la

aplicación de estos acuerdos.

� Denuncias presentadas por los trabajadores y las trabajadoras en

materia de seguridad y salud en el trabajo.

� Medidas demandadas por los Delegados o Delegadas de Prevención

y, los mecanismos para la evaluación y seguimiento en la aplicación

de estas medidas.

� Información escrita recibida de parte del patrono o la patrona en

cuanto a los análisis de riesgos de los puestos de trabajo.

� Información sobre los trabajadores y las trabajadoras contratados por

intermediarios y contratistas.

� Las demás que establezca las normas técnicas.

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Supervisión del comité

Con base al artículo 78 del Reglamento de la LOPCYMAT (2007), la

supervisión del Comité de Seguridad y Salud Laboral, está cargo del

Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, quien debe

verificar el cumplimiento de las normas jurídicas en materia de seguridad y

salud en el trabajo, especialmente los referidos a su organización y

funcionamiento. Esta supervisión incluirá visitas e inspecciones periódicas a

los centros de trabajo, establecimientos o unidades de explotación de las

diferentes empresas o de instituciones públicas o privadas. Cualquier

persona podrá denunciar ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y

Seguridad Laborales, el incumplimiento de las normas jurídicas relativas al

Comité de Seguridad y Salud Laboral.

Unidad de Producción Socialista

Las Unidades de Producción Socialista son un proyecto que apenas ha

iniciado su proceso de conceptualización, sin embargo, plantea un serio

cuestionamiento a la propiedad privada de los medios de producción lo cual

es un avance hacia una visión socialista. A partir del debate crítico sobre los

modelos de organización y gestión de las unidades productivas actualmente

en discusión dentro del proceso revolucionario, se propone un Modelo de

Gestión para las Unidades de Producción Socialista que se conformarán en

los proyectos agroalimentarios que lleva adelante la Corporación Venezolana

Agraria.

El modelo de gestión de las Unidades de Producción Socialista de la

Corporación Venezolana Agraria se fundamenta en los siguientes aspectos:

Superación de la propiedad privada por la propiedad social. Se propone

la propiedad estatal de los medios de producción como única forma en que

los mismos puedan estar en manos de todos y todas. El objetivo sería ir

superando o alejándose de la concepción de propiedad que rige en nuestra

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sociedad, dando paso de esta forma al concepto de Propiedad Social que se

está discutiendo a nivel nacional como parte de la Reforma Constitucional

(Segundo motor de de la Revolución Rumbo al Socialismo) No se trata del

control estatal de las UPS sino que la presencia o propiedad del Estado

garantice la gestión y control colectivo de las mismas puesto que son

propiedad de todos y todas. A largo plazo se podría pensar en el control

absoluto de la UPS por parte de la sociedad, con un modelo donde no

existiría pertenencia, sino patrimonio colectivo.

Control y gestión colectivos. Se propone la participación protagónica

básicamente de cuatro actores sociales en el control y gestión de todo el

proceso productivo:

� El Estado Venezolano como garante de la propiedad social

� Los trabajadores y trabajadoras

� Los productores y productoras

� Los Consejos Comunales y la comunidad

Es posible también la participación de otros actores vinculados al

proceso productivo específico de cada UPS como por ejemplo transportistas

y corteros en los Centrales Azucareros o caveros y marineros en el caso de

los Centros Pesqueros, dentro de las unidades de producción socialista se

tiene la empresa “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó,

estado Trujillo.

Bases legales

Dentro del conjunto de bases legales que fundamentan el presente

estudio se tienen: la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

(2000), la Ley Orgánica del Trabajo (2011), la Ley Orgánica de Prevención,

Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (2007), el Reglamento Parcial de

la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo

(2007) y la Norma Técnica de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo

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(NT-01-2008), cuyos artículos tomados de importancia son descritos en el

siguiente cuadro:

Cuadro 5. Bases legales Documento

jurídico Artículos Descripción

Constitución de la

República Bolivariana

deVenezuela

(2000)

89 Desprende que ‘‘El trabajo es un hecho social y gozará de la protección especial del Estado. La ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras’’.

Ley Orgánica

del Trabajo (2011)

2 Consagra que, ‘‘El Estado protegerá y enaltecerá el trabajo, amparará la dignidad de la persona humana, del trabajador y dictará las normas para el mejor cumplimiento de su función como factor de desarrollo, bajo la inspiración de la justicia social y de la equidad’’

Ley Orgánica de Prevención, Condiciones

y Medio Ambiente de Trabajo

(2007)

1 Señala que entre los objetivos, busca establecer las instituciones, normas y lineamientos de las políticas, y los órganos y entes que permitan garantizar a los trabajadores y las trabajadoras, condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, la atención integral al trabajador y trabajadora afectado y la promoción e incentivo al desarrollo de programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.

2 Otorga carácter de orden público a sus disposiciones; En tal sentido, una vez realizada, por el Inpsasel al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, la propuesta de norma técnica para la declaración de enfermedad ocupacional, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 18, numeral 4, de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo publicada en Gaceta Oficial N° 38.236, del 26 de julio de 2005, y siendo este instituto el llamado a facilitar los mecanismos suficientes para orientar y facilitar el cumplimiento de las disposiciones relativas a la Elaboración, Implementación y Evaluación de un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo,

Fuente: Autor de investigación (2011).

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Cuadro 5. Bases legales (Continuación) Documento

jurídico Artículos Descripción

Ley Orgánica de Prevención, Condiciones

y Medio Ambiente de Trabajo

(2007)

4 Esta ley es aplicable en las empresas públicas o privadas, persigan o no fines de lucro y cooperativas u otras formas asociativas, comunitarias de carácter productivo o de servicio; exceptuando los miembros de la Fuerza Armada Nacional de conformidad con el artículo 328 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

61 Determina que toda empresa, establecimiento, explotación o faena deberá diseñar una política y elaborar e implementar un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, específico y adecuado a sus procesos, el cual deberá ser presentado para su aprobación ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, sin perjuicio de las responsabilidades del empleador o empleadora previstas en la ley. El Ministerio con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo aprobará la norma técnica que regule la elaboración, implementación, evaluación y aprobación de los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Reglamento Parcial de la

Ley Orgánica de Prevención, Condiciones

y Medio Ambiente de Trabajo

(2007)

1 determina que tiene objeto desarrollar las normas de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo dirigidas a: 1. Promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores y las trabajadoras en todas las ocupaciones. 2. Prevenir toda causa que pueda ocasionar daño a la salud de los trabajadores y las trabajadoras, por las condiciones de trabajo. 3. Proteger a los trabajadores y las trabajadoras asociados y asociadas en sus ocupaciones, de los riesgos y procesos peligrosos resultantes de agentes nocivos. 4. Procurar al trabajador y trabajadora un trabajo digno, adecuado a sus aptitudes y capacidades. 5. Garantizar y proteger los derechos y deberes de los trabajadores y las trabajadoras, y de los patronos y las patronas, en relación con la seguridad, salud, condiciones y medio ambiente de trabajo, descanso, utilización del tiempo libre, recreación y el turismo social.

Fuente: Autor de investigación (2011).

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5. Bases legales (Continuación) Documento

jurídico Artículos Descripción

Reglamento Parcial de la

Ley Orgánica de Prevención, Condiciones

y Medio Ambiente de Trabajo

(2007)

81 Y 82 Determinan la manera de elaboración de la política y programa de seguridad y salud en el trabajo y el contenido que esta debe contener. De acuerdo al reglamento el proyecto de política y programa de seguridad y salud en el trabajo deberá ser elaborado por el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, con la participación y consulta previa al Comité de Seguridad y Salud Laboral.

Norma Técnica de Programa

deSeguridad y Salud en el

Trabajo(NT-01-2008)

Todo su contenido

Tiene por objeto establecer los criterios, pautas y procedimientos fundamentales para el diseño, elaboración, implementación, seguimiento y evaluación de un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, con el fin de prevenir accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales en cada empresa, establecimiento, unidad de explotación, faena, cooperativa u otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios, específico y adecuado a sus procesos de trabajo, persigan o no fines de lucro, sean públicas o privadas, de conformidad a lo establecido en la Lopcymat y su Reglamento Parcial y el Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Es aplicable a todos los trabajos efectuados, bajo relación de dependencia, por cuenta de una empleadora o empleador, cualesquiera sea su naturaleza, el lugar donde se ejecute, persiga o no fines de lucro, sean públicas o privadas y en general toda prestación de servicios personales, donde haya empleadora o empleador, trabajadoras o trabajadores, sea cual fuere la forma que adopte, dentro del territorio de la República Bolivariana de Venezuela.

Fuente: Autor de investigación (2011).

Se puede decir de manera general que cada una de las leyes tomadas

como bases legales, representan un factor clave en el cumplimiento de la

LOPCYMA (2007), la cual establece las instituciones, normas y lineamientos

en materia de seguridad y salud; regula tanto los derechos y deberes de

trabajadores como de los empleadores; y establece las sanciones por su

incumplimiento.

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Se infiere entonces que cualquier organización, sea esta una sociedad

civil mercantil o de cualquier otra naturaleza está en la obligación de cumplir

con lo establecido en la LOPCYMAT y su reglamento, por cuanto lo que da

origen a la obligación es la relación de dependencia laboral que exista entre

uno o varios trabajadores con su patrono.

Definición de términos básicos

Accidente de Trabajo: Todo suceso que produzca en la trabajadora o el

trabajador, una lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata

o posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada

o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo.

(Aisa, 2006).

Comité de Seguridad y Salud Laboral: Es un órgano paritario y colegiado

de participación, destinado a la consulta regular y periódica de las políticas,

programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo,

conformado por las Delegadas o delegados de Prevención, por una parte y

por la empleadora o empleador, o sus representantes, por la otra (bipartito),

en número igual al de las Delegadas o delegados de Prevención.

(LOPCYMAT, 2007).

Enfermedad Ocupacional: Los estados patológicos contraídos o agravados

con ocasión del trabajo o exposición al medio, en el que la trabajadora o el

trabajador se encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a la

acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas,

meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales y

emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos

enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental,

temporales o permanentes. (Cáceres, 2003).

Ergonomía: Es la disciplina que se encarga del estudio del trabajo para

adecuar los métodos, organización, herramientas y útiles empleados en el

proceso de trabajo, a las características (psicológicas, cognitivas,

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antropométricas) de las trabajadoras y los trabajadores, es decir, una

relación armoniosa con el entorno (el lugar de trabajo) y con quienes lo

realizan (las trabajadoras o los trabajadores). (Cáceres, 2003).

Medidas de Prevención: Son las acciones individuales y colectivas cuya

eficacia será determinada, en función a la participación de las trabajadoras y

los trabajadores del centro de trabajo, permitiendo la mejora de la seguridad

y salud. Estas acciones estarán enfocadas a la identificación, evaluación y

control de los riesgos derivados de los procesos peligrosos. Su aplicación

constituye un deber por parte de la empleadora o del empleador. (Aisa,

2006).

Medio Ambiente de Trabajo: Los lugares, locales o sitios, cerrados o al aire

libre, donde personas presten servicios a empresas, centros de trabajo,

explotaciones, faena y establecimientos, cualquiera sea el sector de actividad

económica; así como otras formas asociativas comunitarias de carácter

productivo o de servicio; o de cualquier otra naturaleza, sean públicas o

privadas. (Aisa, 2006).

Medios de Trabajo: Son todas aquellas maquinarias, equipos, instrumentos,

herramientas, sustancias que no forman parte del producto o infraestructura,

empleados en el proceso de trabajo para la producción de bienes de uso y

consumo, o para la prestación de un servicio. (Cáceres, 2003).

Política Preventiva: Es la voluntad pública y documentada de la empleadora

o el empleador de expresar los principios y valores sobre los que se

fundamenta la prevención, para desarrollar el Programa de Seguridad y

Salud en el Trabajo. Norma Técnica de Programa de Seguridad y Salud en el

Trabajo (NT-01-2008).

Procedimiento Preventivo: Es un documento que describe el método

seguro y saludable de hacer las cosas, es decir, el modo ordenado,

anticipado, secuencial y completo para evitar daños a la salud de las

trabajadoras y los trabajadores en la ejecución de sus actividades. Norma

Técnica de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-01-2008).

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Proceso Peligroso: Es el que surge durante el proceso de trabajo, ya sea

de los objetos, medios de trabajo, de los insumos, de la interacción entre

éstos, de la organización y división del trabajo o de otras dimensiones del

trabajo, como el entorno y los medios de protección, que pueden afectar la

salud de las trabajadoras o trabajadores. Norma Técnica de Programa de

Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-01-2008).

Proceso de Trabajo: Conjunto de actividades humanas que, bajo una

organización de trabajo interactúan con objeto y medios, formando parte del

proceso productivo. (Aisa, 2006).

Proceso Productivo: Conjunto de actividades que transforma objetos de

trabajo e insumos en productos, bienes o servicios. (Aisa, 2006).

Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo: Es el conjunto de objetivos,

acciones y metodologías establecidos para identificar, prevenir y controlar

aquellos procesos peligrosos presentes en el ambiente de trabajo y

minimizar el riesgo de ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo y

enfermedades de origen ocupacional. Norma Técnica de Programa de

Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-01-2008).

Riesgo: Es la probabilidad de que ocurra daño a la salud, a los materiales, o

ambos. (Aisa, 2006).

Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo: Se define a los Servicios de

Seguridad y Salud en el Trabajo como la estructura organizacional de los

patronos, patronas, cooperativas y otras formas asociativas comunitarias de

carácter productivo o de servicios, que tiene como objetivos la promoción,

prevención y vigilancia en materia de seguridad, salud, condiciones y medio

ambiente de trabajo, para proteger los derechos humanos a la vida, a la

salud e integridad personal de las trabajadoras y los trabajadores.

(LOPCYMAT, 2007).

Trabajadora o trabajador: Es toda persona natural, que realiza una

actividad física y mental, para la producción de bienes y servicios, donde

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55

potencian sus capacidades y logra su crecimiento personal. Norma Técnica

de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-01-2008).

Trabajo: Es la actividad física y mental que desarrollan las trabajadoras y los

trabajadores, potenciando así sus capacidades, crecimiento y desarrollo. Así

el trabajo, no sólo transforma la naturaleza para la producción de bienes y

servicios, sino que además, el hombre y la mujer son transformados,

permitiendo su autorrealización. Norma Técnica de Programa de Seguridad y

Salud en el Trabajo (NT-01-2008).

Vigilancia Epidemiológica: Es un proceso continuo de recolección y

análisis de los problemas de salud laboral y de sus determinantes, seguidas

de acciones de promoción y prevención; con la finalidad de conocer las

características de las condiciones de trabajo y salud de amplios sectores de

la población laboral, sirviendo para optimizar los recursos y prioridades en los

programas de promoción, prevención y protección. Norma Técnica de

Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-01-2008).

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57

CAPÍTULO III

MARCO METODOLÓGICO

La metodología de la investigación implicó la determinación de

parámetros para seleccionar los métodos más apropiados que conducirán a

lograr los objetivos del estudio, en tal sentido, esta capítulo comprende el tipo

y diseño de investigación, método de investigación, población y muestra,

técnica para recolectar la información, instrumento de recolección de la

información, así como la validez del mismo y el análisis de los datos.

Tipo de Investigación

La investigación descriptiva propone más que la sola recopilación de

datos, dar respuesta a las cuestiones sobre el estado presente de una

situación. Para reforzar lo antes expuesto, Dankhe (citado en Hernández,

Fernández y Baptista, 2006:185), afirma que “los estudios descriptivos

buscan especificar las propiedades importantes de personas, grupos,

comunidades o cualquier otro fenómeno que se ha sometido a análisis”.

Por tanto, el estudio descriptivo, se adaptó perfectamente al objetivo

general de esta investigación, mediante el cual se determinó el cumplimiento

de la LOPCYMAT en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”,

ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo; ya que como lo afirma

Hurtado (2005), tiene como propósito lograr la descripción de un evento

dentro de un contexto particular.

Diseño de la Investigación

De acuerdo a Balestrini (2006:118), el diseño de la investigación se

define como “el plan global de investigación que integra de un modo

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58

coherente y adecuadamente correctas técnicas de recolección de datos a

utilizar”. Según los objetivos, el tipo de investigación que se plantea y a las

apreciaciones hechas anteriormente, el diseño que corresponde es el de

campo, el cual según Malavé (2003:59), “es aquella que se lleva a cabo con

la presencia del investigador en el lugar donde ocurre el fenómeno que se

pretende estudiar, pues la finalidad es recoger información directamente en

la realidad donde se presenta.”

En concordancia con lo antes citado, este estudio corresponde a una

investigación de campo, debido a que los datos se recolectaron en forma

directa de la realidad del estudio a partir de datos originales o primarios; es

decir de la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en

el municipio Boconó, estado Trujillo.

Población

La población según Hernández, Fernández y Baptista (2006:204), “es el

conjunto de todos los casos que concuerdan con una serie de

especificaciones”. Así mismo, Fidias (2003:49), define a la población como

“un conjunto total de elementos que constituyen un área de interés analítico

para el cual serán las conclusiones que se obtengan en los elementos

involucrados en la investigación”.

A partir de estas definiciones, en el presente estudio la población

quedó integrada por la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”,

ubicada en la parroquia Mosquey, municipio Boconó, estado Trujillo.; en la

cual estuvieron inmersos tres (3) sujetos informantes que laboran en el

Departamento de Recursos Humanos.

Por tanto, debido a que el número de individuos de la población se

consideró limitado y de fácil acceso, no fue necesario tomar una muestra

representativa de la población de estudio.

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59

Técnica e Instrumento de Recolección de Datos

De acuerdo al juicio de Morles (2004:55), “las técnicas de recolección

de datos son las distintas formas o maneras de obtener la información”. En

este estudio debido a las características de la investigación, la técnica que se

utilizó fue la encuesta, la cual es definida por Tamayo y Tamayo (2003),

como instrumento de observación conformado por una serie de preguntas

formuladas y cuyas respuestas son anotadas por el encuestador.

El instrumento según Chávez (2004:173), “es el medio material que se

emplea para recoger y almacenar la información”, por lo cual para el presente

estudio se aplicó como instrumento un cuestionario, el cual de acuerdo a

Balestrini (2006), es el medio de comunicación escrita y básica, entre el

encuestador-encuestado, el cual facilita traducir los objetivos y las variables

de la investigación a través de una serie de preguntas muy particulares,

previamente preparadas de forma cuidadosa, susceptible de relacionarse en

velación del problema planteado.

El cuestionario aplicado al personal que labora en el Departamento de

Recursos Humanos de Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”,

ubicada en la parroquia Mosquey, municipio Boconó, estado Trujillo; estuvo

conformado por un total de treinta y nueve (39) ítems con alternativas de

respuestas múltiples cerradas (Ver anexo A).

Validez

La validez del instrumento se sustenta en los siguientes enfoques, el

de Chávez (2004), señala que:

La validación constituye un elemento determinante para llevar a cabo una investigación de campo, ya que ella es la que determina la eficiencia, correspondencia y claridad de cada ítem contentivo de las variables a medir en el instrumento con el propósito de la investigación. (p. 193)

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60

De igual manera Hernández, Fernández y Baptista (2006:240), acota

que “la validez se refiere al grado en que un instrumento refleja un dominio

específico de contenido de lo que se mide”. Por tal razón, el cuestionario se

validó mediante la técnica de validez del contenido, en el cual fue sometido al

juicio de tres expertos en la materia, a fin de que se establezcan las

consistencias de las respuestas, el tiempo para responder, comprensión de

los ítems, entre otros. (Ver anexo B)

Técnica de Procesamiento y Análisis de los Datos

Los resultados obtenidos de los datos aportados en los instrumentos

aplicados a la población de estudio, fueron procesados a través de la técnica

de la estadística descriptiva tal como: porcentaje de frecuencias absolutas y

relativas por ítems. Tomando el enfoque de Balestrini (2006), concluida la

fase de recolección de datos, para el procesamiento de la información, se

procedió a realizar las siguientes actividades:

� Se revisó cada instrumento para verificar si se respondieron en su

totalidad los ítems por los sujetos en estudio.

� Se elaboró una matriz de datos para registrar las respuestas emitidas

por los sujetos en cada uno de los ítems que se correspondan con los

indicadores de cada categoría y variable.

� Se elaboraron tablas de frecuencias absolutas y relativas donde se

indicaron las alternativas de respuesta de cada ítem con las

respectivas frecuencias porcentuales en razón a la totalidad de los

sujetos en estudio. Las tablas se elaboraron por cada indicador.

� Se inició el análisis, posterior a la representación gráfica de los

resultados de cada indicador.

� El criterio de análisis a considerado fue por frecuencia porcentual que

indican los indicadores por dimensión de cada variable.

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� Finalmente los resultados, permitieron evaluar el cumplimiento de los

objetivos planteados a fin de aportar recomendaciones.

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CAPÍTULO IV

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOS

Este capítulo muestra los datos obtenidos de la aplicación del

instrumento, los cuales constituyen los resultados generales de la

investigación, relacionados al cumplimiento de la LOPCYMAT en la Unidad

de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio

Boconó, estado Trujillo.

En primer lugar, se muestran los resultados pertinentes a las

condiciones de seguridad y salud laboral en la Unidad de Producción

socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado

Trujillo.

Tabla 1. Frecuencias del indicador higiene en el sitio o centros de trabajo1.- La higiene en el sitio o centros de trabajo de la empresa tiene por objeto desarrollar condiciones adecuadas de:

Frecuencia

Absoluta Relativa a.- Seguridad 0 0% b.- Higiene 0 0%�c.- Medioambiente 0 0%�d.- Ninguno de los anteriores 0 0%�e.- Otro: Todos los anteriores 3 100%�2.- La higiene en el sitio o centros de trabajo está condicionada por factores como: Absoluta Relativa

a.- Orden 2 67% b.- Limpieza 2 67% c.- Agua potable 3 100% d.- Ninguno de los anteriores 0 0%�e.- Otro 0 0%�

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

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Fuente: Datos de la tabla 1

Observando el gráfico 1, se tiene según el 100% de los encuestados

que la higiene en el sitio o centros de trabajo de la empresa tiene por objeto

desarrollar condiciones adecuadas de: seguridad, higiene y medioambiente;

asimismo se encuentra condicionada por el agua potable y de acuerdo al

67% por el orden y la limpieza.

Se evidencia que en la Unidad de Producción socialista “Argimiro

Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo; la higiene en el

sitio o centros de trabajo cumple con las especificaciones estipuladas en el

artículo 85 del Reglamento de las Condiciones de higiene y seguridad en el

trabajo (1973), las cuales son necesarias para prevenir accidentes y

enfermedades de trabajo, siendo esto beneficioso; a criterio de Cáceres

(2003), tendientes a lograr que la prestación del trabajo se desarrolle en

condiciones de seguridad, higiene y medio ambiente adecuados para los

trabajadores.

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Tabla 2. Frecuencias del indicador ventilación

3.- La ventilación en la empresa se realiza: Frecuencia

Absoluta Relativa a.- Por extracción local (se basa normalmente en el principio del aspirador de aire para eliminar los elementos contaminantes de la atmósfera)

00%�

b.- Por ventilación general (Se abren huecos en los ladrillos, ventanas y puertas para aumentar la corriente general de aire)

3 100%�

c.- Ninguno de los anteriores 0 0%�d.- Otro 0 0%�4.- La ventilación como condición de seguridad y salud laboral está determinada por:

Absoluta Relativa

a.- Entrada de aire puro 3 100%�b.- Evacuación de aire viciado 0 0%�c.- Sistema de ventilación mecánica 2 67%�d.- Ninguno de los anteriores 0 0%�e.- Otro 0 0%�

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

Fuente: Datos de la tabla 2

De acuerdo a los datos reflejados en el gráfico 2, el 100% de los

encuestados indicó que la ventilación en la empresa se realiza de forma

general, es decir, sabren huecos en los ladrillos, ventanas y puertas para

aumentar la corriente general de aire); está determinada por la entrada de

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aire puro, aunado a ello según el 67% por un sistema de ventilación

mecánica.

En este sentido, en la Unidad de Producción socialista “Argimiro

Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo; la ventilación

como condición de seguridad y salud laboral se lleva a cabo de forma

general dando cumplimiento al artículo 122 del Reglamento de las

Condiciones de higiene y seguridad en el trabajo (1973), o sea, como lo dice

Cáceres (2003), con la misma se busca eliminar el aire contaminado y

sustituirlo por aire limpio; aunque constituye uno de los métodos menos

eficaces de combatir los riesgos.

Tabla 3. Frecuencias del indicador iluminación 5.- La iluminación en los lugares de trabajo de la empresa generalmente es:

Frecuencia Absoluta Relativa

a.- Natural 0 0%�b.- Artificial 0 0%�c.- Tanto natural como artificial 3 100%�d.- Ninguno de los anteriores 0 0%�e.- Otro 0 0%�6.- Para brindar iluminación como condición de seguridad y salud laboral, la empresa utiliza:

Absoluta Relativa

a.- Bombillos 0 0%�b.- Lámparas 0 0%�c.- Lámparas fluorescentes 3 100%�d.- Ninguno de los anteriores 0 0%�e.- Otro 0 0%�

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

La tabla 3 señala claramente que la iluminación en los lugares de

trabajo de la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada

en el municipio Boconó, estado Trujillo; es tanto natural como artificial, para

lo cual se utilizan lámparas fluorescentes. Se infiere que tal como lo indican

los artículos 129, 130 y 131 del Reglamento de las Condiciones de higiene y

seguridad en el trabajo (1973), se toman las medidas necesarias para que

todos los lugares destinados al trabajo, tengan iluminación natural o artificial

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66

en cantidad y calidad suficientes, a fin de que el trabajador realice sus

labores con la mayor seguridad y sin perjuicio de su vista.

Tabla 4. Frecuencias del indicador ruidos y vibraciones 7.- Los ruidos y vibraciones que pueden afectar las condiciones de seguridad y salud laboral, se eliminan mediante:

Frecuencia

Absoluta Relativa a.- Suministro de equipo protector adecuado 3 100%�b.- Concesión de pausas de reposo sistemático 0 0%�c.- Rotación de los trabajadores 0 0%�d.- Ninguno de los anteriores 0 0%�e.- Otro 0 0%�8.- Las acciones implementadas para eliminar los ruidos y vibraciones evitan: Absoluta Relativa

a.- Trastornos físicos en los trabajadores 3 100%�b.- Trastornos mentales a la salud de los trabajadores 0 0%�

c.- Fatiga nerviosa de los trabajadores 0 0%�d.- Trastornos orgánicos en los trabajadores 2 67%�e.- Ninguno de los anteriores 0 0%�f.- Otro 0 0%�

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

Fuente: Datos de la tabla 4

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A partir del gráfico 3, el 100% de las personas encuestadas manifestó

que los ruidos y vibraciones que pueden afectar las condiciones de seguridad

y salud laboral, se eliminan mediante suministro de equipo protector

adecuado, donde las acciones implementadas para eliminar los ruidos y

vibraciones evitan trastornos físicos en los trabajadores y orgánicos según el

67%.

Lo anterior indica que en la Unidad de Producción socialista “Argimiro

Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo; se aplican

medidas suficientes para eliminar ruidos y vibraciones, por ende, no se les

conceden pausas de reposo sistemático o de rotación en sus labores. Se

sigue lo dispuesto en el artículo 137 al 139 del Reglamento de las

Condiciones de higiene y seguridad en el trabajo (1973), o sea, se limitan los

ruidos y vibraciones que puedan ocasionar trastornos físicos o mentales a la

salud de los trabajadores.

Tabla 5. Frecuencias del indicador temperatura y humedad 9.- En los sitios de trabajo las condiciones de temperatura y humedad se controlan a través de una protección de los trabajadores de forma:

Frecuencia

Absoluta Relativa

a.- Natural 3 100%�b.- Artificial 0 0%�c.- Ninguno de los anteriores 0 0%�d- Otro 0 0%�10.- En la empresa se busca proteger a los trabajadores de la temperatura y humedad mediante:

Absoluta Relativa

a.- Pausas en el trabajo 0 0%�b.- Relevos periódicos de los trabajadores 0 0%�c.- Refrescamiento por medios artificiales 0 0%�d.- Ninguno de los anteriores 3 100%�e.- Otro 0 0%�

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

Con base a la tabla 5, se determina que en la Unidad de Producción

socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado

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Trujillo; las condiciones de temperatura y humedad se controlan a través de

una protección de los trabajadores de forma natural, no obstante, no se

aplican pausas en el trabajo ni relevos periódicos o refrescamiento por

medios artificiales para protegerlos.

Lo anterior se considera inadecuado por cuanto puede atentarse contra

la salud de los trabajadores; contradiciendo así lo expuesto por Cáceres

(2003), para quien en los sitios de trabajo las condiciones de humedad y

temperatura deberán permitir la ejecución de las labores, sin perjuicio de la

salud de los trabajadores, en efecto, todo trabajador deberá estar protegido

contra las radiaciones dañinas de cualquier fuente de calor.

Tabla 6. Frecuencias del indicador protección laboral 11.- La protección laboral brindada a los trabajadores depende de:

Frecuencia Absoluta Relativa

a.- Riesgos existentes 3 100%�b.- Efectos en el organismos por exposición 0 0%�c.- Tiempo de exposición a los riesgos 0 0%�d.- Ninguno de los anteriores 0 0%�e.- Otro 0 0%�12.- Entre los equipos de protección laboral que la empresa proporciona a sus trabajadores se tienen:

Absoluta Relativa

a.- Lentes 3 100%�b.- Tapón auricular 0 0%�c.- Guantes 3 0%�d.- Cascos 3 100%�e.- Respiradores 0 100%�f.- Botas 3 100%�g.- Ninguno de los anteriores 0 0%�h.- Otro 0 0%�

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

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Fuente: Datos de la tabla 6

En el gráfico 4 se evidencia según el 100% de los encuestados que l a

protección laboral brindada a los trabajadores depende de los riesgos

existentes, por tanto, la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”,

ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo; proporciona a sus trabajos

los siguientes equipos de protección laboral: lentes, cascos, respiradores y

botas.

De cierta manera, aunque se busca brindar protección laboral a los

trabajadores; se percibe ausencia de algunos equipos esenciales; como

tapones auriculares y guantes; lo cual puede causar daños a los oídos y

manos. Cabe resaltar a Cáceres (2003), para quien la protección laboral

debe brindarse al trabajador mediante el equipo de protección personal

limpio y en buen estado, necesario según el riesgo y pagado por la empresa.

En segundo lugar, se muestran los resultados relacionados a los

requisitos mínimos que cumple el programa de seguridad y salud en el

trabajo, en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada

en el municipio Boconó, estado Trujillo.

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Tabla 7. Frecuencias del indicador descripción de los procesos de trabajo13.- La descripción de los procesos dentro del programa de seguridad y salud en el trabajo incluye información sobre:

Frecuencia

Absoluta Relativa a.- Etapas del proceso productivo 3 100%�b.- Forma de organización del trabajo 3 100%�c.- Objetos involucrados 0 0%�d.- Medios utilizados 0 0%�e.- Impacto ambiental 0 0%�f.- Ninguno de los anteriores 0 0%�g.- Otro 0 0%�h.- No posee programa de seguridad y salud en el trabajo 0 0%�

14.- La información recopilada en la descripción de los procesos de trabajo es validada por:

Absoluta Relativa

a.- Trabajadores (as) de la empresa 2 67% b.- Delegados (as) de prevención 0 0%�c.- Patrono de la empresa 3 100%�d.- Ninguno de los anteriores 0 0%�e.- Otro 0 0%�

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

Fuente: Datos de la tabla 7�

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En función del gráfico 5, la descripción de los procesos dentro del

programa de seguridad y salud en el trabajo incluye según el 100% de los

encuestados, información sobre las etapas del proceso productivo y

forma de organización del trabajo; dicha información es validada por el

patrono de la empresa y según el 67% por los trabajadores.

Es decir, en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”,

ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo; el programa de seguridad

y salud en el trabajo no describe toda la información necesaria sobre los

procesos de trabajo, siendo esto desventajoso por cuanto se desconocen

los objetos involucrados, medios utilizados además del impacto ambiental

general por la producción; contraponiéndose a lo estipulado en la Norma

Técnica de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-01-2008),

numeral 1, la cual establece que se debe describir de forma precisa las

etapas del proceso productivo, la forma de organización del trabajo, así

como los objetos y los medios involucrados en cada una.

Tabla 8. Frecuencias del indicador identificación de procesos peligrosos

15.- La identificación de procesos peligrosos se realiza tomando en cuenta:

Frecuencia Absoluta Relativa

a.- Riesgos 3 100% b.- Condiciones peligrosas en las etapas del proceso de trabajo 2 67%

c.- Los puestos de trabajo 0 0%�d.- Número de trabajadores (as) expuestos a los procesos peligrosos 0 0%�

e.- Daños que se puedan generar a la salud de las trabajadores (as) 0 0%�

f.- Ninguno de los anteriores 0 0%�g.- Otro 0 0%�h.- No realiza identificación de procesos peligrosos 0 0%

�Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

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Tabla 8. Frecuencias del indicador identificación de procesos peligrosos (continúa).

16.- En función de los procesos peligrosos detectados, en la empresa se procede a: Absoluta Relativa

a.- Establecer medidas preventivas 3 100% b.- Determinar medidas de mejoras de los niveles de protección, con el fin de priorizar las acciones a aplicar

2 67%

c.- Priorizar las acciones a aplicar 0 0% d.- Ninguno de los anteriores 0 0% e.- Otro 0 0%

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

Fuente: Datos de la tabla 8

Partiendo del gráfico 6, el 100% de los encuestados señaló que la

identificación de procesos peligrosos se realiza tomando en cuenta los

riesgos, para lo cual establece medidas preventivas. Según el 67% se enfoca

en las condiciones peligrosas en las etapas del proceso de trabajo, por tanto

se determinan medidas de mejoras de los niveles de protección, con el fin

de priorizar las acciones a aplicar. Se infiere que en la Unidad de Producción

socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado

Trujillo; aunque se identifican los procesos peligrosos en el programa de

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73

seguridad y salud en el trabajo parte de los riesgos y condiciones de peligro;

no se consideran los daños generados a la salud de los trabajadores, por

ende, no se priorizan las acciones a ejecutar, incumplimiento así con la

Norma Técnica de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-01-

2008), donde se estipula que deben identificar las condiciones asociadas al

objeto de trabajo, medio de trabajo y a la organización y división del trabajo,

que pueden causar daño a los trabajadores con el fin de priorizar las

acciones a aplicar, se efectuará la identificación de los procesos peligrosos.

Tabla 9. Frecuencias del indicador planes de trabajo 17.- Los planes de trabajo definen claramente los siguientes aspectos:

Frecuencia Absoluta Relativa

a.- Objetivos 3 100%�b.- Metas y alcance 3 100%�c.- Frecuencia de ejecución de las actividades 0 0%�d.- Personal involucrado 3 100%�e.- Responsabilidades en cada una de las actividades 0 0%�

f.- Procedimiento de ejecución de actividades previstas en el plan 3 100%�

g.- Especificación de las acciones 0 0%�h.- Ninguno de los anteriores 0 0%�i.- Otro 0 0%�j.- No hay planes de trabajo 0 0%�18.- Entre los componentes de la estructura de los planes de trabajo se tienen: Absoluta Relativa

a.- Educación e información 0 0%�b.- Procesos de inspección 3 100%�c.- Procedimientos de trabajo seguro y saludable 3 100%�d.- Dotación de equipos de protección personal y colectiva 3 100%�

e.- Atención preventiva en salud de las trabajadoras y trabajadores 0 0%�

f.- Planes de contingencia y atención de emergencias 0 0%�

g.- Recursos económicos 0 0%�h.- Ergonomía 3 100%�i.- Ninguno de los anteriores 0 0%�j.- Otro 0 0%�

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

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Fuente: Datos de la tabla 9

En el gráfico 7 se observa de acuerdo al 100% de los encuestados

que en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada

en el municipio Boconó, estado Trujillo; los planes de trabajo definen

claramente los siguientes aspectos: objetivos, metas, alcance, personal

involucrado y procedimiento de ejecución de actividades previstas en el

plan. Entre los componentes que poseen dichos planes se tienen:

procesos de inspección, procedimientos de trabajo seguro y saludable,

dotación de equipos de protección personal, colectiva y ergonomía.

De manera general, en la Unidad de Producción socialista “Argimiro

Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo; los planes de

trabajo implícitos en el programa de seguridad y salud en el trabajo se

están ejecutando de manera correcta, por cuanto no se especifican las

acciones pertinentes, además no se brinda educación ni se proporciona

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atención preventiva en salud de las trabajadoras y trabajadores;

incumpliendo tanto con el artículo 82 del Reglamento Parcial de la Ley

Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo

(2007), como con la Norma Técnica de Programa de Seguridad y Salud

en el Trabajo (NT-01-2008), la cual indica con claridad los aspectos que

deben estar contenidos en los planes de trabajo.

Tabla 10. Frecuencias del indicador identificación del patrono y compromiso de hacer cumplir los planes

19.- El patrono de la empresa brinda facilidades:

Frecuencia Absoluta Relativa

a.- Técnicas (dota al trabajador de equipos que permitan un trabajo cómodo y seguro) 3 100%�

b.- Logísticas (apoya todas las actividades inherentes a la puesta en marcha del programa de seguridad y salud en el trabajo)

3 100%�

c.- Financieras (Brinda recursos financieros para el logro de los objetivos propuestos en cuanto a seguridad y salud en el trabajo se refiere)

00%�

d.- Ninguno de los anteriores 0 0%�e.- Otro 0 0%�20.- El compromiso del patrono de la empresa con el programa de seguridad y salud en el Trabajo se evidencia en el:

Absoluta Relativa

a.- Aseguramiento del cumplimiento de toda la normativa legal en materia de seguridad y salud en el trabajo

0 0%�

b.- Desarrollo de nuevas tecnologías compatibles al medio ambiente 0 0%�

c.- Educación periódica a trabajadores (as) en materia de seguridad y salud en el trabajo 0 0%�

d.- Evaluación de forma periódica de los puestos de trabajo en los aspectos que afectan a la seguridad

3 100%�

e.- Establecimiento de programas para la recreación 0 0%�

f.- Respeto de acciones desarrolladas por los Delegados (as) de Prevención 0 0%�

g.- Ninguno de los anteriores 0 0%�h.- Otro 0 0%�

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

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Fuente: Datos de la tabla 10

Observando el gráfico 8, según el 100% de los encuestados el patrono

de la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el

municipio Boconó, estado Trujillo; brinda facilidades técnicas y logísticas, o

sea, dota al trabajador de equipos que permitan un trabajo cómo y seguro,

además apoya las actividades que los mismos deben realizar para la puesta

en marcha del programa de seguridad y salud en el trabajo. Sin embargo, no

otorga facilidades financieras. Asimismo, el compromiso del patrono sólo se

evidencia en la evaluación periódica de los puestos de trabajo en los

aspectos que afectan a la seguridad

Se puede decir que existe poco compromiso del patrono en relación al

programa de seguridad y salud en el trabajo; en consecuencia, no se

asegura el cumplimiento de la normativa legal, no se desarrollan nuevas

tecnologías compatibles con el medio ambiente ni se otorga educación

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periódica a los trabajadores; lo cual no se ajusta a la Norma Técnica de

Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-01-2008).

En tercer lugar, se muestran los resultados referidos a los servicios de

seguridad y salud en el trabajo en la Unidad de Producción socialista

“Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo.

Tabla 11. Frecuencias del indicador organización 21.- El servicio de seguridad y salud en el trabajo en la empresa está organizado de manera:

Frecuencia

Absoluta Relativa a.- Individual 3 100%�b.- Mancomunado 0 0%�c.- Ninguno de los anteriores 0 0%�d.- Otro 0 0%�e.- No existe servicio de seguridad y salud en el trabajo 0 0%�

22.- La organización del servicio de seguridad y salud se debe a que la empresa cuenta con:

Absoluta Relativa

a.- Más de doscientos 250 trabajadores (as), asociados (as) 0 0%�

b.- Entre 50 y 250 trabajadores (as), asociados (as) 0 0%�

c.- El desarrollo de actividades económicas indicadas en las normas técnicas 3 100%

d.- Ninguno de los anteriores 0 0%�e.- Otro 0 0%�f.- No existe servicio de seguridad y salud en el trabajo 0 0%�

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

Con base a la tabla 11, según el 100% de los encuestados en la

Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el

municipio Boconó, estado Trujillo; el servicio de seguridad y salud en el

trabajo está organizado de manera formal debido a que la empresa

desarrollar actividades económicas indicadas en las normas técnicas. Es

decir, se da cumplimiento al artículo 22 del Reglamento Parcial de la Ley

Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (2007),

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78

los servicios de seguridad y salud en el trabajo se pueden organizar de dos

maneras: como propios o mancomunados.

Tabla 12. Frecuencias del indicador funciones 23.- Entre las funciones que cumple el servicio de seguridad y salud se tienen:

Frecuencia Absoluta Relativa

a.- Proponer acciones para controlar las condiciones y medio ambiente de trabajo 3 100%

b.- Educar a los trabajadores (as) en materia de seguridad y salud en el trabajo 0 0%

c.- Mantener un sistema de vigilancia epidemiológica de accidentes y enfermedades ocupacionales

0 0%

d.- Mantener un sistema de vigilancia de la utilización del tiempo libre 0 0%

e.- Reportar los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales,

3 100%

f.- Realizar el diagnóstico sobre las enfermedades ocupacionales padecidas por los trabajadores y las trabajadoras, en coordinación con el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales y el Ministerio de Salud.

0 0%

g.- Ninguno de los anteriores 0 0% h.- Otro 0 0% i.- No existe servicio de seguridad y salud en el trabajo 0 0%

24.- La elaboración del programa de seguridad y salud en el trabajo como función del servicio de seguridad y salud implica la participación de:

Absoluta Relativa

a.- Trabajadores y las trabajadoras 3 100% b.- Comité de Seguridad y Salud Laboral 3 100% c.- Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales 3 100%

d.- Ninguno de los anteriores 0 0% e.- Otro 0 0% f.- No se elabora el programa de seguridad y salud en el trabajo 0 0%

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

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Fuente: Datos de la tabla 12

El gráfico 9 indica de acuerdo a las respuestas del 100% de los

encuestados que el servicio de seguridad y salud dando cumplimiento a sus

reporta accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales al Instituto

Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales y propone acciones

para controlar las condiciones y medio ambiente de trabajo; así l a

elaboración del programa de seguridad y salud en el trabajo como una de las

funciones trabajadores, Comité de Seguridad y Salud Laboral y el Instituto

Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.

Es decir, el servicio de seguridad y salud en la Unidad de Producción

socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado

Trujillo; no cumple con todas las funciones que le son inherentes de acuerdo

al artículo 40 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio

Ambiente del Trabajo y artículo 21 del Reglamento Parcial de la Ley

Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (2007),

en efecto, no se mantiene un sistema de vigilancia epidemiológica de

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accidentes y enfermedades ocupacionales, no se realizan diagnósticos sobre

las enfermedades ocupacionales; lo cual incide significativamente sobre la

seguridad y salud de los trabajadores.

Tabla 13. Frecuencias del indicador obligaciones 25.- El servicio de seguridad y salud en el trabajo en la empresa tiene la obligación de:

Frecuencia Absoluta Relativa

a.- Presentar informe trimestral sobre el ejercicio de sus funciones 3 100%

b.- Facilitar la actuación de la inspección de funcionarios de INPSASEL 2 67%

c.- Comunicar cualquier cambio relativo a los datos aportados al registro y acreditación al INPSASEL

0 0%

d.- Suministrar medios de prueba que tengan a sudisposición a funcionarios de INPSASEL 0 0%

e.- Prestar la cooperación necesaria para su supervisión 0 0%

f.- Cumplir permanentemente los requisitos exigidos para su acreditación 0 0%

g.- Ninguno de los anteriores 0 0% h.- Otro 0 0%

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

Fuente: Datos de la tabla 13

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En el gráfico 10 se evidencia según el 100% de los encuestados que el

servicio de seguridad y salud en el trabajo en la Unidad de Producción

socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado

Trujillo; tiene la obligación de presentar informe trimestral sobre el ejercicio

de sus funciones. Aunado a ello, el 67% agregó que además debe facilitar la

actuación de la inspección de funcionarios de INPSASEL. O sea, se limita el

cumplimiento de las obligaciones determinadas por el artículo 24 del

Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio

Ambiente de Trabajo (2007).

Tabla 14. Frecuencias del indicador ubicación 26.- El servicio de seguridad y salud en el trabajo está ubicado:

Frecuencia Absoluta Relativa

a.- En la misma empresa 3 100%�b.- En establecimientos externos a la empresa 0 0%�c.- Ninguno de los anteriores 0 0%�d.- Otro 0 0%�

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

En función de la tabla 14, se infiere según el 100% de los encuestados

que en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el

municipio Boconó, estado Trujillo; el servicio de seguridad y salud en el

trabajo está ubicado en la misma empresa.

Es decir, se da cumplimiento al artículo 25 del Reglamento Parcial de la

Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo

(2007), donde es estipula que los Servicios de Seguridad y Salud en el

Trabajo deberán estar ubicados en el centro de trabajo, establecimiento o

unidad de explotación o en su proximidad, de acuerdo a las normas técnicas

que se dicten al efecto.

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Tabla 15. Frecuencias del indicador gratuidad 27.- La gratuidad del servicio de seguridad y salud en el trabajo en la empresa es para:

Frecuencia Absoluta Relativa

a.- Trabajadores (as) 3 100%�b.- Patronos (as) 3 100%�c.- Asociados (as) 0 0%�d.- Ninguno de los anteriores 0 0%�e.- Otro 0 0%�

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

Fuente: Datos de la tabla 15

De acuerdo a los datos reflejados en el gráfico 11, el 100% de los

encuestados expresó que la gratuidad del servicio de seguridad y salud en el

trabajo en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada

en el municipio Boconó, estado Trujillo; es para trabajadores y patronos; lo

cual se fundamenta en el artículo 25 del Reglamento Parcial de la Ley

Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (2007),

pues indica que tales servicios son gratuitos para los trabajadores y las

trabajadoras del patrono, patrona, o cooperativas y otras formas asociativas

de carácter, comunitario de carácter productivo o de servicios.

En cuarto lugar, se tienen los resultados vinculados a los aspectos

inherentes al Comité de Seguridad y Salud Laboral en la Unidad de

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Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó,

estado Trujillo.

Tabla 16. Frecuencias del indicador número de delegados y delegadas de prevención

28.- El comité de seguridad y salud laboral está conformado por:

Frecuencia Absoluta Relativa

a.- Delegados (as) de prevención 3 100%�b.- Representantes del patrono 3 100%�c.- Ninguno de los anteriores 0 0%�d.- Otro 0 0%�e.- No existe el comité de seguridad y salud laboral 0 0%

29.- El número de delegados (as) que conforman el comité de seguridad y salud laboral es:

Absoluta Relativa

a.- Uno (1) 0 0%�b.- Dos (2) 3 100%�c.- Tres (3) 0 0%�d.- Ninguno de los anteriores 0 0%�e.- Otro 0 0%�

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

Fuente: Datos de la tabla 16

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En el gráfico 12, el 100% de los encuestados asegura que en la

Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el

municipio Boconó, estado Trujillo; el comité de seguridad y salud laboral está

conformado por dos (2) delegados (as) de prevención y representantes del

patrono. Esto debido a que como lo indica el artículo 67 del Reglamento de la

LOPCYMAT (2007), la empresa posee de once (11) hasta cincuenta (50)

trabajadores y trabajadoras.

Tabla 17. Frecuencias del indicador constitución del comité 30.- La constitución del comité de seguridad y salud laboral en la empresa se hizo de manera:

Frecuencia

Absoluta Relativa a.- Formal (En acuerdo celebrado en una reunión de Delegados/as de Prevención y representantes del patrono/a

3 100%

b.- Informal (Por iniciativa propia de un grupo de trabajadores de la empresa) 0 0%

c.- Ninguno de los anteriores 0 0% d.- Otro 0 0% 31.- Dentro de los requisitos cumplidos por la empresa para la constitución del comité de seguridad y salud laboral se tienen:

Absoluta Relativa

a.- Solicitud en formulario elaborado al efecto por el INPSASEL 3 100%

b.- Carta suscrita por todas las personas que integran el comité 3 100%

c.- Número de Identificación Laboral (NIL) del patrono o patrona 3 100%

d.- Carta de aceptación de los representantes del patrono o patrona para integrar el comité de seguridad y salud laboral

3 100%

e.-Formato de acuerdo formal de constitución o de decisión de incorporación al comité de la beneficiaria

3 100%

f.- Estatutos internos del comité de seguridad y salud laboral 3 100%

g.- Presentación de los libros de actas del comité de seguridad y salud laboral 3 100%

g.- Ninguno de los anteriores 0 0% h.- Otro 0 0%

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

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Fuente: Datos de la tabla 17

Según los datos del gráfico 13, la constitución del Comité de Seguridad

y Salud Laboral en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”,

ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo; se realizó según el 69 del

Reglamento de la LOPCYMAT (2007).

El 100% de los encuestados manifestó que la constitución del comité de

seguridad y salud laboral en la empresa se hizo de manera formal, es decir,

en acuerdo celebrado en una reunión de Delegados/as de Prevención y

representantes del patrono/a.

Dentro de los requisitos cumplidos por la empresa para la constitución

del comité de seguridad y salud laboral se tienen: solicitud en formulario

elaborado al efecto por el INPSASEL, carta suscrita por todas las personas

que integran el comité, número de Identificación Laboral (NIL) del patrono o

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86

patrona, carta de aceptación de los representantes del patrono o patrona

para integrar el comité de seguridad y salud laboral, formato de acuerdo

formal de constitución o de decisión de incorporación al comité de la

beneficiaria, estatutos internos del comité de seguridad y salud laboral y

presentación de los libros de actas del comité de seguridad y salud laboral.

Tabla 18. Frecuencias del indicador atribuciones del comité 32.- El comité de seguridad y salud laboral en la empresa cumple con las siguientes atribuciones:

Frecuencia

Absoluta Relativa a.- Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación del programa de seguridad y salud en el trabajo

0 0%

b.- Promover iniciativas sobre métodos para el control efectivo de las condiciones peligrosas de trabajo

3 100%

c.- Proponer la mejora de controles existentes 3 100% d.- Proponer la corrección de las deficiencias detectadas 0 0%

e.- Ninguno de los anteriores 0 0%�f.- Otro 0 0%�33.- Las facultades inmersas en las atribuciones del comité de seguridad y salud laboral incluyen:

Absoluta Relativa

a.- Aprobar el proyecto de programa de seguridad y salud en el trabajo 3 100%

b.- Vigilar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo 3 100%

c.- Supervisar los servicios de salud en el trabajo de la empresa 0 0%

d.- Denunciar las condiciones inseguras 3 100% e.- Denunciar el incumplimiento de los acuerdos que se logren en su seno en relación a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo

0 0%

f.- Ninguno de los anteriores 0 0% g.- Otro 0 0%

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

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Fuente: Datos de la tabla 18

En concordancia al gráfico 14, de acuerdo al 100% de los encuestados

el comité de seguridad y salud laboral en la Unidad de Producción socialista

“Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo; cumple

con las siguientes atribuciones: promover iniciativas sobre métodos para el

control efectivo de las condiciones peligrosas de trabajo y proponer la mejora

de controles existentes. No obstante, no participa en la elaboración,

aprobación, puesta en práctica y evaluación del programa de seguridad y

salud en el trabajo ni proponer la corrección de las deficiencias detectadas.

Asimismo, las facultades inmersas en las atribuciones del comité de

seguridad y salud laboral incluyen: aprobar el proyecto de programa de

seguridad y salud en el trabajo, vigilar las condiciones de seguridad y salud

en el trabajo y denunciar las condiciones inseguras; más no supervisan los

servicios de salud en el trabajo de la empresa ni denuncian el incumplimiento

de los acuerdos que se logren en su seno en relación a las condiciones de

seguridad y salud en el trabajo. Se evidencia que el comité de seguridad y

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salud laboral no toma control de todas las atribuciones que el artículo 47 de

la LOPCYMAT (2007) le determina, por ende, se presentan debilidades

significativas que limitan la seguridad y salud laboral.

Tabla 19. Frecuencias del indicador organización del comité 34.- La organización del comité de seguridad y salud laboral se hizo de forma:

Frecuencia Absoluta Relativa

a.- Autocrática (Una sola persona es responsable) 0 0%

b.- Democrática (Organización por elección popular y voluntaria de los trabajadores) 3 100%

c.- Dictatorial (Organización impuesta por el patrono/a) 0 0%

d.- Ninguno de los anteriores 0 0% e.- Otro 0 0% 35.- El comité de seguridad y salud laboral es organizado de acuerdo a: Absoluta Relativa

a.- Leyes 3 100%�b.- Reglamentos 3 100%�c.- Normas técnicas que se dicten al efecto 0 0%�d.- Estatutos internos 0 0%�e.- Ninguno de los anteriores 0 0%�f.- Otro 0 0%�

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

Fuente: Datos de la tabla 19

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Tomando como base el gráfico 15, el 100% de los encuestados

señaló que la organización del comité de seguridad y salud laboral en la

Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el

municipio Boconó, estado Trujillo; se hizo de forma democrática, o sea,

por elección popular y voluntaria de los trabajadores), asimismo se realizo

según leyes y reglamentos establecidos. Es decir dicha organización se

llevó a cabo en función del artículo 75 del Reglamento LOPCYMAT

(2007), el cual se aclara que se organizará de forma democrática,

teniendo todos sus integrantes los mismos derechos y jerarquía,

independientemente de su condición de trabajadores o trabajadoras, por

una parte, y representantes del patrono o patrona, por la otra.

Tabla 20. Frecuencias del indicador presentación del informe mensual

36.- El informe mensual presentado por el comité de seguridad y salud laboral al INPSASEL contiene:

Frecuencia

Absoluta Relativa a.- Resumen de las reuniones del comité 0 0% b.-. Medidas acordadas para la mejora de los controles existentes 0 0%

c.- Denuncias presentadas por los trabajadores (as) 0 0%

d.- Medidas demandadas por los Delegados (as) de Prevención 0 0%

e.- Información sobre análisis de riesgos de los puestos de trabajo 0 0%

f.- Ninguno de los anteriores 0 0% g.- Otro 0 0% h.- No presenta informe mensual al INPSASEL 3 100% 37.- En el informe mensual presentado por el comité de seguridad y salud laboral al INPSASEL se hace énfasis en:

Absoluta Relativa

a.- Evaluación del programa de seguridad y salud en el trabajo 0 0%

b.- Programas de recreación 0 0% c.- Mantenimiento de áreas destinadas a los programas de recreación 0 0%

d.- Ninguno de los anteriores 3 100% e.- Otro 0 0%

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

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90

En función de la tabla 20, se infiere según el 100% de los encuestados

que en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el

municipio Boconó, estado Trujillo; el comité de seguridad y salud laboral al

INPSASEL no presenta un informe mensual al INPSASEL, incumplimiento

con el artículo 77 del Reglamento de la LOPCYMAT (2007), donde se

establece que el Comité de Seguridad y Salud Laboral deberá presentar un

informe mensual sobre las actividades desarrolladas en ejercicio de sus

atribuciones y facultades ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y

Seguridad Laborales.

Tabla 21. Frecuencias del indicador supervisión 38.- La supervisión del comité de seguridad y salud laboral está a cargo de:

Frecuencia Absoluta Relativa

a.- El patrono 0 0%�b.- INPSASEL 3 100%�c.- Trabajadores (as) 0 0%�d.- Ninguno de los anteriores 0 0%�e.- Otro 0 0%�39.- Para la supervisión del comité de seguridad y salud laboral se procede a realizar:

Absoluta Relativa

a.- Visitas a la empresa 0 0% b.- Inspecciones periódicas en los centros de trabajo 3 100%

c.- Cumplir con las normas jurídicas relativas al comité de seguridad y salud laboral 0 0%

d.- Ninguno de los anteriores 0 0% e.- Otro 0 0%

Fuente: datos recogidos en el cuestionario aplicado (2012).

En la tabla 21 se observa de acuerdo al 100% de los encuestados que

en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el

municipio Boconó, estado Trujillo; que tal como lo indica el artículo 78 del

Reglamento de la LOPCYMAT (2007), la supervisión del comité de

seguridad y salud laboral está a cargo del INPSASEL, para lo cual se

procede a realizar inspecciones periódicas en los centros de trabajo.

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91

CAPÍTULO V

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Conclusiones

Los resultados obtenidos sobre el cumplimiento de la LOPCYMAT en la

Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el

municipio Boconó, estado Trujillo; permitieron llegar a las siguientes

conclusiones:

En cuanto al primer objetivo, precisar las condiciones de seguridad y

salud laboral en la Unidad de Producción socialista “Argimiro Gabaldón”,

ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo; se logró evidenciar que la

higiene en el sitio o centros de trabajo es adecuada; la ventilación es general;

la iluminación es tanto natural como artificial; se aplican medidas suficientes

para eliminar ruidos y vibraciones. Aunque las condiciones de temperatura y

humedad se controlan a través de una protección de los trabajadores de

forma natural, no obstante, no se aplican pausas en el trabajo ni relevos

periódicos o refrescamiento por medios artificiales para protegerlos. Además,

se proporciona como equipos de protección laboral: lentes, cascos,

respiradores y botas, evidenciándose ausencia de tapones auriculares y

guantes.

En relación al segundo objetivo, identificar los requisitos mínimos que

cumple el programa de seguridad y salud en el trabajo, en la Unidad de

Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó,

estado Trujillo; se determinó que dicho programa no cumple con los

mencionados requisitos: a pesar que los planes de trabajo implícitos en el

programa de seguridad y salud en el trabajo se están ejecutando de manera

correcta; no describe toda la información necesaria sobre los procesos de

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92

trabajo; aunque se identifican los procesos peligrosos no se consideran los

daños generados a la salud de los trabajadores; existe poco compromiso

del patrono en relación al programa de seguridad y salud en el trabajo.

Con referencia al tercer objetivo, caracterizar los servicios de seguridad

y salud en el trabajo en la Unidad de Producción socialista “Argimiro

Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo; aunque se

encuentran organizados de manera formal y ubicados dentro de la empresa y

son gratuitos para trabajadores y patronos según el artículo 25 del

Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio

Ambiente de Trabajo (2007); no cumplen con todas sus funciones y

obligaciones.

Finalmente, respecto al cuarto objetivo, describir los aspectos

inherentes al Comité de Seguridad y Salud Laboral en la Unidad de

Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó,

estado Trujillo; se tiene que está conformado por dos (2) delegados (as) de

prevención y representantes del patrono; fue constituido de manera formal y

organizado democráticamente. Aunque promueve iniciativas sobre métodos

para el control efectivo de las condiciones peligrosas de trabajo y proponer la

mejora de controles existentes; no participa en la elaboración, aprobación,

puesta en práctica y evaluación del programa de seguridad y salud en el

trabajo ni proponer la corrección de las deficiencias detectadas; ni presenta

un informe mensual al INPSASEL.

En general, se concluye que en la Unidad de Producción socialista

“Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó, estado Trujillo; no se

cumple a cabalidad las disposiciones de la LOPCYMAT, aunque existe el

Comité de Seguridad y Salud Laboral; las condiciones de higiene en el sitio

o centros de trabajo se cumplen regularmente, el programa de seguridad y

salud en el trabajo carece de algunos requisitos mínimos, los servicios de

seguridad y salud en el trabajo no cumplen con todas sus funciones y

obligaciones.

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Recomendaciones

La determinación del cumplimiento de la LOPCYMAT en la Unidad de

Producción socialista “Argimiro Gabaldón”, ubicada en el municipio Boconó,

estado Trujillo; permitió proporcionar las siguientes recomendaciones:

� Controlar las condiciones de temperatura y humedad a través de

pausas en el trabajo, relevos periódicos o refrescamiento por medios

artificiales para protegerlos.

� Proporcionar todos los equipos de protección laboral como lentes,

cascos, respiradores y botas, tapones auriculares y guantes.

� Analizar el programa de seguridad y salud en el trabajo, a fin de que el

mismo cumpla con todos los requisitos mínimos según la LOPCYMAT,

el cual debe describir toda la información necesaria sobre los procesos

de trabajo; identifica los procesos peligrosos, considerar los daños

generados a la salud de los trabajadores.

� Ejecutar por parte del patrono acciones que demuestren su

compromiso del patrono en relación al programa de seguridad y salud

en el trabajo.

� Cumplir en los servicios de seguridad y salud en el trabajo con las

funciones señaladas en la LOPCYMAT.

� Lograr la participación del Comité de Seguridad y Salud Laboral en la

elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación del programa

de seguridad y salud en el trabajo a fin de proponer la corrección de

las deficiencias detectadas y presentar el respectivo informe mensual

al INPSASEL.

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ANEXOS

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ANEXO A CUESTIONARIO

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UNIVERSIDAD DE LOS ANDES NÚCLEO “RAFAEL RANGEL”

DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONÓMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES

TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO

CCUUMMPPLLIIMMIIEENNTTOO DDEE LLAA LLOOPPCCYYMMAATT EENN LLAA UUNNIIDDAADD DDEE PPRROODDUUCCCCIIÓÓNNSSOOCCIIAALLIISSTTAA ““AARRGGIIMMIIRROO GGAABBAALLDDÓÓNN””,, UUBBIICCAADDAA EENN EELL MMUUNNIICCIIPPIIOO

BBOOCCOONNÓÓ,, EESSTTAADDOO TTRRUUJJIILLLLOO

Autor: Br. Yohan Azuaje C.I. V- 18.472.144

Febrero, 2012

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UNIVERSIDAD DE LOS ANDES NÚCLEO “RAFAEL RANGEL”

DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONÓMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES

TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO

CUESTIONARIO DIRIGIDO AL PERSONAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN SOCIALISTA

“ARGIMIRO GABALDÓN”, UBICADA EN EL MUNICIPIO BOCONÓ, ESTADO TRUJILLO

INSTRUCCIONES

1. Marque con un círculo la letra de la alternativa que se ajusta a su opinión, puede seleccionar más de una alternativa si lo considera necesario.

2. Si tiene alguna duda referente al mismo, pregúntele directamente al encuestador.

3. Cada una de sus respuestas son de gran importancia, por lo tanto no deje de responder ningún ítem.

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NÚCLEO “RAFAEL RANGEL” DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONÓMICAS,

ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO

CUESTIONARIO DIRIGIDO AL PERSONAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN SOCIALISTA

“ARGIMIRO GABALDÓN”, UBICADA EN EL MUNICIPIO BOCONÓ, ESTADO TRUJILLO

1.- La higiene en el sitio o centros de trabajo de la empresa tiene por objeto desarrollar condiciones adecuadas de:

a.- Seguridad b.- Higiene c.- Medioambiente d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________

2.- La higiene en el sitio o centros de trabajo está condicionada por factores como:

a.- Orden b.- Limpieza c.- Agua potable d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________

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3.- La ventilación en la empresa se realiza:

a.- Por extracción local (se basa normalmente en el principio del aspirador de aire para eliminar los elementos contaminantes de la atmósfera) b.- Por ventilación general (Se abren huecos en los ladrillos, ventanas y puertas para aumentar la corriente general de aire) c.- Ninguno de los anteriores d.- Otro. Indique: ________________________________________

4.- La ventilación como condición de seguridad y salud laboral está determinada por:

a.- Entrada de aire puro b.- Evacuación de aire viciado c.- Sistema de ventilación mecánica d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________

5.- La iluminación en los lugares de trabajo de la empresa generalmente es:

a.- Natural b.- Artificial c.- Tanto natural como artificial d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________

6.- Para brindar iluminación como condición de seguridad y salud laboral, la empresa utiliza:

a.- Bombillos b.- Lámparas c.- Lámparas fluorescentes d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________

7.- Los ruidos y vibraciones que pueden afectar las condiciones de seguridad y salud laboral, se eliminan mediante:

a.- Suministro de equipo protector adecuado b.- Concesión de pausas de reposo sistemático c.- Rotación de los trabajadores d.- Ninguno de los anteriores

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e.- Otro. Indique: ________________________________________ 8.- Las acciones implementadas para eliminar los ruidos y vibraciones evitan:

a.- Trastornos físicos en los trabajadores b.- Trastornos mentales a la salud de los trabajadores c.- Fatiga nerviosa de los trabajadores d.- Trastornos orgánicos en los trabajadores e.- Ninguno de los anteriores f.- Otro. Indique: ________________________________________

9.- En los sitios de trabajo las condiciones de temperatura y humedad se controlan a través de una protección de los trabajadores de forma:

a.- Natural b.- Artificial c.- Ninguno de los anteriores d- Otro. Indique: ________________________________________

10.- En la empresa se busca proteger a los trabajadores de la temperatura y humedad mediante:

a.- Pausas en el trabajo b.- Relevos periódicos de los trabajadores c.- Refrescamiento por medios artificiales. d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________

11.- La protección laboral brindada a los trabajadores depende de:

a.- Riesgos existentes b.- Efectos en el organismos por exposición c.- Tiempo de exposición a los riesgos d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________

12.- Entre los equipos de protección laboral que la empresa proporciona a sus trabajadores se tienen:

a.- Lentes b.- Tapón auricular c.- Guantes d.- Cascos e.- Respiradores f.- Botas g.- Ninguno de los anteriores

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h.- Otro. Indique: ________________________________________ 13.- La descripción de los procesos dentro del programa de seguridad y salud en el trabajo incluye información sobre:

a.- Etapas del proceso productivo b.- Forma de organización del trabajo c.- Objetos involucrados d.- Medios utilizados e.- Impacto ambiental f.- Ninguno de los anteriores g.- Otro. Indique: ________________________________________ h.- No posee programa de seguridad y salud en el trabajo

14.- La información recopilada en la descripción de los procesos de trabajo es validada por:

a.- Trabajadores (as) de la empresa b.- Delegados (as) de prevención c.- Patrono de la empresa d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________

15.- La identificación de procesos peligrosos se realiza tomando en cuenta:

a.- Riesgos b.- Condiciones peligrosas en las etapas del proceso de trabajo c.- Los puestos de trabajo d.- Número de trabajadores (as) expuestos a los procesos peligrosos e.- Daños que se puedan generar a la salud de las trabajadores (as) f.- Ninguno de los anteriores g.- Otro. Indique: ________________________________________ h.- No realiza identificación de procesos peligrosos

16.- En función de los procesos peligrosos detectados, en la empresa se procede a:

a.- Establecer medidas preventivas b.- Determinar medidas de mejoras de los niveles de protección, con el fin de priorizar las acciones a aplicar c.- Priorizar las acciones a aplicar d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________

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17.- Los planes de trabajo definen claramente los siguientes aspectos:

a.- Objetivos b.- Metas y alcance c.- Frecuencia de ejecución de las actividades d.- Personal involucrado e.- Responsabilidades en cada una de las actividades f.- Procedimiento de ejecución de actividades previstas en el plan g.- Especificación de las acciones h.- Ninguno de los anteriores i.- Otro. Indique: ________________________________________ j.- No hay planes de trabajo

18.- Entre los componentes de la estructura de los planes de trabajo se tienen:

a.- Educación e información b.- Procesos de inspección c.- Procedimientos de trabajo seguro y saludable d.- Dotación de equipos de protección personal y colectiva e.- Atención preventiva en salud de las trabajadoras y trabajadores f.- Planes de contingencia y atención de emergencias g.- Recursos económicos h.- Ergonomía i.- Ninguno de los anteriores j.- Otro. Indique: ________________________________________

19.- El patrono de la empresa brinda facilidades:

a.- Técnicas (dota al trabajador de equipos que permitan un trabajo cómodo y seguro) b.- Logísticas (apoya todas las actividades inherentes a la puesta en marcha del programa de seguridad y salud en el trabajo) c.- Financieras (Brinda recursos financieros para el logro de los objetivos propuestos en cuanto a seguridad y salud en el trabajo se refiere) d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________

20.- El compromiso del patrono de la empresa con el programa de seguridad y salud en el Trabajo se evidencia en el:

a.- Aseguramiento del cumplimiento de toda la normativa legal en materia de seguridad y salud en el trabajo b.- Desarrollo de nuevas tecnologías compatibles al medio ambiente

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c.- Educación periódica a trabajadores (as) en materia de seguridad y salud en el trabajo d.- Evaluación de forma periódica de los puestos de trabajo en los aspectos que afectan a la seguridad e.- Establecimiento de programas para la recreación f.- Respeto de acciones desarrolladas por los Delegados (as) de Prevención g.- Ninguno de los anteriores h.- Otro. Indique: ________________________________________

21.- El servicio de seguridad y salud en el trabajo en la empresa está organizado de manera:

a.- Individual b.- Mancomunado c.- Ninguno de los anteriores d.- Otro. Indique: ________________________________________ e.- No existe servicio de seguridad y salud en el trabajo

22.- La organización del servicio de seguridad y salud se debe a que la empresa cuenta con:

a.- Más de doscientos 250 trabajadores (as), asociados (as) b.- Entre 50 y 250 trabajadores (as), asociados (as) c.- El desarrollo de actividades económicas indicadas en las normas técnicas d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________ f.- No existe servicio de seguridad y salud en el trabajo

23.- Entre las funciones que cumple el servicio de seguridad y salud se tienen:

a.- Proponer acciones para controlar las condiciones y medio ambiente de trabajo b.- Educar a los trabajadores (as) en materia de seguridad y salud en el trabajo c.- Mantener un sistema de vigilancia epidemiológica de accidentes y enfermedades ocupacionales d.- Mantener un sistema de vigilancia de la utilización del tiempo libre e.- Reportar los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, f.- Realizar el diagnóstico sobre las enfermedades ocupacionales padecidas por los trabajadores y las trabajadoras, en coordinación con el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales y el

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Ministerio de Salud. g.- Ninguno de los anteriores h.- Otro. Indique: ________________________________________ i.- No existe servicio de seguridad y salud en el trabajo

24.- La elaboración del programa de seguridad y salud en el trabajo como función del servicio de seguridad y salud implica la participación de:

a.- Trabajadores y las trabajadoras b.- Comité de Seguridad y Salud Laboral c.- Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________ f.- No se elabora el programa de seguridad y salud en el trabajo

25.- El servicio de seguridad y salud en el trabajo en la empresa tiene la obligación de:

a.- Presentar informe trimestral sobre el ejercicio de sus funciones b.- Facilitar la actuación de la inspección de funcionarios de INPSASEL c.- Comunicar cualquier cambio relativo a los datos aportados al registro y acreditación al INPSASEL d.- Suministrar medios de prueba que tengan a su disposición a funcionarios de INPSASEL e.- Prestar la cooperación necesaria para su supervisión f.- Cumplir permanentemente los requisitos exigidos para su acreditación. g.- Ninguno de los anteriores h.- Otro. Indique: ________________________________________

26.- El servicio de seguridad y salud en el trabajo está ubicado:

a.- En la misma empresa b.- En establecimientos externos a la empresa c.- Ninguno de los anteriores d.- Otro. Indique: ________________________________________

27.- La gratuidad del servicio de seguridad y salud en el trabajo en la empresa es para:

a.- Trabajadores (as) b.- Patronos (as) c.- Asociados (as) d.- Ninguno de los anteriores

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e.- Otro. Indique: ________________________________________ 28.- El comité de seguridad y salud laboral está conformado por:

a.- Delegados (as) de prevención b.- Representantes del patrono c.- Ninguno de los anteriores d.- Otro. Indique: ________________________________________ e.- No existe el comité de seguridad y salud laboral

29.- El número de delegados (as) que conforman el comité de seguridad y salud laboral es:

a.- Uno (1) b.- Dos (2) c.- Tres (3) d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________

30.- La constitución del comité de seguridad y salud laboral en la empresa se hizo de manera:

a.- Formal (En acuerdo celebrado en una reunión de Delegados/as de Prevención y representantes del patrono/a b.- Informal (Por iniciativa propia de un grupo de trabajadores de la empresa) c.- Ninguno de los anteriores d.- Otro. Indique: ________________________________________

31.- Dentro de los requisitos cumplidos por la empresa para la constitución del comité de seguridad y salud laboral se tienen:

a.- Solicitud en formulario elaborado al efecto por el INPSASEL b.- Carta suscrita por todas las personas que integran el comité c.- Número de Identificación Laboral (NIL) del patrono o patrona d.- Carta de aceptación de los representantes del patrono o patrona para integrar el comité de seguridad y salud laboral e.-Formato de acuerdo formal de constitución o de decisión de incorporación al comité de la beneficiaria f.- Estatutos internos del comité de seguridad y salud laboral g.- Presentación de los libros de actas del comité de seguridad y salud laboralg.- Ninguno de los anteriores h.- Otro. Indique: ________________________________________

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32.- El comité de seguridad y salud laboral en la empresa cumple con las siguientes atribuciones:

a.- Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación del programa de seguridad y salud en el trabajo b.- Promover iniciativas sobre métodos para el control efectivo de las condiciones peligrosas de trabajo,. c.- Proponer la mejora de controles existentes d.- Proponer la corrección de las deficiencias detectadas e.- Ninguno de los anteriores f.- Otro. Indique: ________________________________________

33.- Las facultades inmersas en las atribuciones del comité de seguridad y salud laboral incluyen:

a.- Aprobar el proyecto de programa de seguridad y salud en el trabajo b.- Vigilar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo c.- Supervisar los servicios de salud en el trabajo de la empresa d.- Denunciar las condiciones inseguras e.- Denunciar el incumplimiento de los acuerdos que se logren en su seno en relación a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo f.- Ninguno de los anteriores g.- Otro. Indique: ________________________________________

34.- La organización del comité de seguridad y salud laboral se hizo de forma:

a.- Autocrática (Una sola persona es responsable) b.- Democrática (Organización por elección popular y voluntaria de los trabajadores) c.- Dictatorial (Organización impuesta por el patrono/a) d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________

35.- El comité de seguridad y salud laboral es organizado de acuerdo a:

a.- Leyes b.- Reglamentos c.- Normas técnicas que se dicten al efecto d.- Estatutos internos e.- Ninguno de los anteriores f.- Otro. Indique: ________________________________________

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36.- El informe mensual presentado por el comité de seguridad y salud laboral al INPSASEL contiene:

a.- Resumen de las reuniones del comité b.-. Medidas acordadas para la mejora de los controles existentesc.- Denuncias presentadas por los trabajadores (as) d.- Medidas demandadas por los Delegados (as) de Prevención e.- Información sobre análisis de riesgos de los puestos de trabajo f.- Ninguno de los anteriores g.- Otro. Indique: ________________________________________

h.- No presenta informe mensual al INPSASEL

37.- En el informe mensual presentado por el comité de seguridad y salud laboral al INPSASEL se hace énfasis en:

a.- Evaluación del programa de seguridad y salud en el trabajo b.- Programas de recreación c.- Mantenimiento de áreas destinadas a los programas de recreación d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________

38.- La supervisión del comité de seguridad y salud laboral está a cargo de:

a.- El patrono b.- INPSASEL c.- Trabajadores (as) d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________

39.- Para la supervisión del comité de seguridad y salud laboral se procede a realizar:

a.- Visitas a la empresa b.- Inspecciones periódicas en los centros de trabajo c.- Cumplir con las normas jurídicas relativas al comité de seguridad y salud laboral d.- Ninguno de los anteriores e.- Otro. Indique: ________________________________________

FIN DEL CUESTIONARIO ¡GRACIAS POR SU COLABORACIÓN!

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ANEXO BCONSTANCIAS DE VALIDACIÓN

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