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UNIVERSIDAD DE COSTA RICA CONSEJO UNIVERSITARIO ACTA DE LA SESIÓN N.° 4985 CELEBRADA EL MARTES 14 DE JUNIO DE 2005 APROBADA EN LA SESIÓN 4995 DEL MIÉRCOLES 3 DE AGOSTO DE 2005 TABLA DE CONTENIDO ARTÍCULO PÁGINA 1. APROBACIÓN DE ACTAS. Sesiones 4968 y 4970 ...................................................................................2 2. GASTOS DE VIAJE. Ratificación de solicitudes ....................................................................................... 3 3. SALUD OCUPACIONAL. Propuesta de lineamientos generales y específicos. Se inicia análisis. .......................................................................................................................................................6

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UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

CONSEJO UNIVERSITARIO

AACCTTAA DDEE LLAA SSEESSIIÓÓNN NN..°° 44998855 CELEBRADA EL MARTES 14 DE JUNIO DE 2005

APROBADA EN LA SESIÓN 4995 DEL MIÉRCOLES 3 DE AGOSTO DE 2005

TTAABBLLAA DDEE CCOONNTTEENNIIDDOO AARRTTÍÍCCUULLOO PPÁÁGGIINNAA

1. APROBACIÓN DE ACTAS. Sesiones 4968 y 4970 ...................................................................................2

2. GASTOS DE VIAJE. Ratificación de solicitudes ....................................................................................... 3 3. SALUD OCUPACIONAL. Propuesta de lineamientos generales y específicos. Se inicia

análisis. .......................................................................................................................................................6

asistecomunica
APROBACIÓN DE ACTAS.
asistecomunica
GASTOS DE VIAJE.
asistecomunica
SALUD OCUPACIONAL.
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Sesión N.º 4985, ordinaria Martes 14 de junio de 2005

Universidad de Costa Rica – Consejo Universitario

2

Acta de la sesión N.° 4985, ordinaria, celebrada por el Consejo Universitario el día martes catorce de junio de dos mil cinco.

Asisten los siguientes miembros: M.Sc. Jollyanna Malavasi Gil, Directora, Área de la

Salud; Dra. Yamileth González García, Rectora; Dr. Víctor M. Sánchez Corrales, Área de Artes y Letras; Licda. Marta Bustamante Mora, Área de Ciencias Agroalimentarias; M.Sc. Alfonso Salazar Matarrita, Área de Ciencias Básicas; Dra. Montserrat Sagot Rodríguez, Área de Ciencias Sociales; Dr. Manuel Zeledón Grau, Área de Ingeniería; M.Sc. Margarita Meseguer Quesada, Sedes Regionales; MBA. Wálter González Barrantes, Sector Administrativo; Sr. Alexánder Franck Murillo y Srta. Jéssica Barquero Barrantes, Sector Estudiantil, y Licda. Ernestina Aguirre Vidaurre, Representante de la Federación de Colegios Profesionales.

La sesión se inicia a las ocho horas y cuarenta y nueve minutos, con la presencia

de los siguientes miembros: M.Sc. Jollyanna Malavasi, Dra. Yamileth González, Dr. Víctor M. Sánchez, Licda. Marta Bustamante, M.Sc. Alfonso Salazar, Dra. Montserrat Sagot, Dr. Manuel Zeledón, M.Sc. Margarita Meseguer, MBA. Wálter González, Srta. Jéssica Barquero, Sr. Alexánder Franck y Licda. Ernestina Aguirre.

ARTÍCULO 1

La señora Directora del Consejo Universitario, M.Sc. Jollyanna Malavasi, somete a conocimiento del plenario las actas de las sesiones N.o 4968 y 4970, para su aprobación.

LA M. SC. JOLLYANNA MALAVASI somete a discusión el acta de la sesión N.°

4968. Se producen algunos comentarios sobre correcciones de forma que los señores

miembros del Consejo Universitario aportan para su incorporación en el documento final. La señora Directora somete a votación el acta de la sesión N.° 4968, y se obtiene el

siguiente resultado: VOTAN A FAVOR: Dr. Víctor Sánchez, M.Sc. Margarita Meseguer, M.Sc. Alfonso

Salazar, Licda. Marta Bustamante, Srta. Jéssica Barquero, Sr. Alexánder Franck, Licda. Ernestina Aguirre, Dr. Manuel Zeledón, Dra. Montserrat Sagot, Dra. Yamileth González y M.Sc. Jollyanna Malavasi.

TOTAL: Once votos EN CONTRA: Ninguno Se inhibe el MBA. Wálter González, por no haber estado presente en esa sesión. Se aprueba. ***

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Sesión N.º 4985, ordinaria Martes 14 de junio de 2005

Universidad de Costa Rica – Consejo Universitario

3

En discusión el acta de la sesión N.° 4970. Se producen algunos comentarios sobre correcciones de forma que los señores

miembros del Consejo Universitario aportan para su incorporación en el documento final. La señora Directora somete a votación el acta de la sesión N.° 4970, y se obtiene el

siguiente resultado: VOTAN A FAVOR: Dr. Víctor Sánchez, M.Sc. Margarita Meseguer, M.Sc. Alfonso

Salazar, Licda. Marta Bustamante, Srta. Jéssica Barquero, Sr. Alexánder Franck, Licda. Ernestina Aguirre, MBA. Wálter González, Dr. Manuel Zeledón, Dra. Montserrat Sagot, Dra. Yamileth González y M.Sc. Jollyanna Malavasi.

TOTAL: Doce votos EN CONTRA: Ninguno Se aprueba el acta. *** Por lo tanto, el Consejo Universitario APRUEBA las actas de las sesiones N.o

4968 y 4970, con modificaciones de forma.

ARTÍCULO 2 El Consejo Universitario, atendiendo la recomendación de la Comisión de

Política Académica y de conformidad con lo que establece el artículo 34 del Reglamento de gastos de viaje y transporte para funcionarios públicos, y el Reglamento para la asignación de recursos a los funcionarios que participen en eventos internacionales, conoce las siguientes solicitudes de apoyo financiero: Máximo Fernández Chaves, Ileana Araya Madrigal, Carmen Marín Baratta, Ottón Fernández López, Luis Arturo Rapso Brenes, Henning Jensen Pennington, Elba Cubero Castillo y Jacqueline Aiello Ramírez.

EL DR. VÍCTOR SÁNCHEZ expone las justificaciones de las solicitudes de apoyo

financiero. LA M.Sc. JOLLYANNA MALAVASI somete a votación secreta el levantamiento del

requisito a la profesora Carmen Marín Baratta, por tener nombramiento interino, y al profesor Henning Jensen, por habérsele otorgado apoyo económico en el presente año.

Se obtiene el siguiente resultado: VOTAN A FAVOR: Doce miembros

VOTAN EN CONTRA: Ninguno

Se levanta el requisito. ****

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Sesión N.º 4985, ordinaria Martes 14 de junio de 2005

Universidad de Costa Rica – Consejo Universitario

4

Seguidamente somete a votación la ratificación de las solicitudes de apoyo financiero con excepción de las correspondientes a las profesoras Elba Cubero y Jacqueline Aiello, las cuales se votan separadamente porque participan en la misma actividad.

Se obtiene el siguiente resultado: VOTAN A FAVOR: Dr. Víctor Sánchez, M.Sc. Margarita Meseguer, M.Sc. Alfonso

Salazar, Licda. Marta Bustamante, Srta. Jéssica Barquero, Sr. Alexánder Franck, Licda. Ernestina Aguirre, MBA. Wálter González, Dr. Manuel Zeledón, Dra. Montserrat Sagot, Dra. Yamileth González y M.Sc. Jollyanna Malavasi.

A FAVOR: Doce votos EN CONTRA: Ninguno Finalmente somete a votación la ratificación de las solicitudes de apoyo financiero

de las profesoras Elba Cubero y Jacqueline Aiello y se obtiene el siguiente resultado: VOTAN A FAVOR: Dr. Víctor Sánchez, M.Sc. Margarita Meseguer, M.Sc. Alfonso

Salazar, Licda. Marta Bustamante, Srta. Jéssica Barquero, Sr. Alexánder Franck, Licda. Ernestina Aguirre, MBA. Wálter González, Dr. Manuel Zeledón, Dra. Montserrat Sagot, Dra. Yamileth González y M.Sc. Jollyanna Malavasi.

A FAVOR: Doce votos EN CONTRA: Ninguno El Consejo Universitario, atendiendo la recomendación de la Comisión de

Política Académica y de conformidad con lo que establece el artículo 34 del Reglamento de gastos de viaje y transporte para funcionarios públicos, y el Reglamento para la asignación de recursos a los funcionarios que participen en eventos internacionales, ACUERDA RATIFICAR las siguientes solicitudes de apoyo financiero.

Nombre del funcionario(a)

Unidad Académica o administrativa

Puesto o categoría en

Régimen Académico

Ciudad y país

destino

Fecha Actividad en la que participará

Presupuesto ordinario

de la Universidad

Otros Aportes

Chaves Fernández, Máximo

Escuela de Física

Catedrático Kiev, Ucrania 18 al 27 de junio

Dará la charla titulada “A new

technique to protect the Higgs’ masses” Sixth International

Conference Symmetry in

Nonlinear Mathematical

Physics

$750 Viáticos

$1.065 Pasaje

FUNDEVI

$195 Inscripción

Aporte personal

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Sesión N.º 4985, ordinaria Martes 14 de junio de 2005

Universidad de Costa Rica – Consejo Universitario

5

Araya Madrigal, Ileana

Vicerrectoría de

Docencia

Profesional 2 México D.F., México

19 al 24 de junio

Asistirá al Curso de Actualización

Profesional VIRTUAL EDUCA 2005: IV

Seminario Interamericano de Tecnologías de la

Información Aplicadas a la

Educación Superior

$750 Pasaje y

complemento de viáticos

$750 Viáticos parciales FUNDEVI

Marín Baratta, Carmen

Escuela de

Formación Docente / Escuela de Salud

Pública

Interina Licenciada1

México D.F., México

20 al 24 de junio

Presentará la ponencia

“Capacitación a distancia (CapDis) y

el uso de plataformas

virtuales” en el VI Encuentro

Internacional sobre Educación,

Capacitación Profesional,

Tecnologías de la Información e

Innovación Educativa

$750 Pasaje,

complemento de viáticos,

inscripción y gastos de salida

$674 Viáticos parciales

Aporte personal

Fernández López, Ottón

Posgrado en Odontología

Director San Diego, California, Estados Unidos

23 al 27 de junio

Asistirá al 21avo Simposio

Internacional en Cerámica

$750 Complemento de

viáticos e inscripción

$500 Viáticos parciales FUNDEVI

$500 Pasaje Fondo

Restringido 15-14 Facultad de Odontología

Rapso Brenes, Luis Arturo

Escuela de

Ingeniería Mecánica

Asociado Florianópolis, Brasil

24 al 28 de junio

Asistirá a la Reunión del Proyecto

Iberoamericano de Automatización del Mecanizado de Alto Rendimiento CYTED

y visitará la Fundación CERTI y

al INMETRO

$750 Viáticos parciales

$1.300 Pasaje

CYTED2 $200

Complemento de viáticos

Aporte personal

Jensen Pennington, Henning3

Vicerrectoría de

Investigación

Vicerrector Buenos Aires, Argentina

26 al 30 de junio

Presentará la ponencia titulada “Orientaciones

culturales y socialización

temprana en culturas híbridas” en el 30

Congreso Interamericano de

Psicología-SIP 2005

$750 Pasaje parcial

$750 Complemento

de pasaje y viáticos

FUNDEVI

PARTICIPACIONES EN LA MISMA ACTIVIDAD

1 De conformidad con el artículo 10, se debe levantar el requisito estipulado en el inciso a) del artículo 9), ambos del Reglamento para la Asignación de Recursos a los funcionarios que participen en eventos internacionales, pues su nombramiento es interino. 2 Ciencia y Tecnología para el Desarrollo (CYTED). 3 De conformidad con el artículo 10, se debe levantar el requisito estipulado en el inciso d), del artículo 9, ambos del Reglamento para la Asignación de Recursos a los funcionarios que participen en eventos internacionales, pues ya recibió aporte económico en este año.

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Sesión N.º 4985, ordinaria Martes 14 de junio de 2005

Universidad de Costa Rica – Consejo Universitario

6

Cubero Castillo, Elba Escuela Tecnología

de Alimentos Aiello Ramírez,

Jacqueline

Directora Escuela Tecnología

de Alimentos

Asociadas New Orleans, Estados Unidos

15 al 22 de julio

Presentarán los trabajos de

investigación: Relationship between PROP perception and diabetes in Costa Rica

y Costa Rican consumer

characteristics affecting food liking en la Reunión Anual del

Institute of Food Technology (IFT)

$750 c/u Pasaje y

complemento de viáticos

$650 c/u Viáticos parciales CONICIT4

$500 c/u

Complemento de viáticos

ACUERDO FIRME

ARTÍCULO 3

El Consejo Universitario conoce el documento CE-DIC-05-7 presentado por la Comisión Especial en relación con “Lineamientos Generales y Específicos en materia de Salud Ocupacional que deben fundamentar y orientar la gestión universitaria”, en cumplimiento del acuerdo tomado en la sesión N.º 4772, del jueves 5 de mayo, artículo 1, punto 2.”

LA M.Sc. JOLLYANNA MALAVASI expone el documento, que a la letra dice:

RESUMEN EJECUTIVO

En cumplimiento del acuerda 2 tomado por el Consejo Universitario en la sesión 4771, artículo 6, del 5 de febrero de 2003, se integró una Comisión Especial con el fin de que elaborara una propuesta de los “Lineamientos generales y específicos en materia de Salud Ocupacional, que deben fundamentar y orientar la gestión universitaria”. La Comisión Especial se integró con las siguientes personas: el Dr. Luis Bernardo Villalobos Solano (Escuela de Salud Pública), la Licda. Anahí Fajardo Torres (Facultad de Derecho), el señor Ricardo Umaña Fernández (Encargado de la Unidad de Salud Ocupacional, Oficina de Recursos Humanos, jubilado), el señor Gerardo Badilla Álvarez (Presidente de la Comisión de Salud Ocupacional y Representante del SINDEU), el M.Sc. Horacio Chamizo García (Escuela de Salud Pública), la Licda. Sara González Camacho (Escuela de Medicina), el M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal (Jefe de la Oficina de Bienestar y Salud y Escuela de Ciencias del Movimiento Humano), Ing. Carolina Vásquez Soto (Escuela de Ingeniería Industrial) Lic. Marlon Morales (Escuela de Psicología, ex Representante del Sector Administrativo y ex Miembro del Consejo Universitario 2000-2004), el Magíster Óscar Mena Redondo (Escuela de Administración Pública, Facultad de Ciencias Agroalimentarias, exRepresentante de los Colegios Profesionales y ex Miembro del Consejo Universitario 2000-2004), Bach. Miguel Ángel Guillén Salazar (ex Representante Estudiantil y ex Miembro del Consejo Universitario 2002-2004) y M.Sc. Jollyanna Malavasi Gil (Representante del Área de Salud y Miembro del Consejo Universitario 2001-2005) quien la coordina. Esta Comisión presenta al Plenario esta propuesta relativa a la materia de salud ocupacional.

La Salud ocupacional es un componente fundamental de la Salud Pública, cuya función es la de garantizar la protección de las personas en todas sus ocupaciones, en los lugares de trabajo, estudio y recreación, así como del medio ambiente en el que se desenvuelven, a fin de que en su interacción diaria, gocen de un estado de salud óptimo. El duo Salud-enfermedad, en general y en el contexto ocupacional, es un binomio multicausal, en el que participan aspectos biológicos, ambientales, sociales, económicos, culturales, psicológicos, educativos, geográficos, políticos, entre otros, que inciden en el individuo y en la colectividad, y dan por resultado un estado de salud determinado; su abordaje debe de ser multi e interdisciplinario y debe basarse en acciones transformadoras del espacio en que se desenvuelven las personas de manera que se les pueda garantizar el mejor estado de salud posible en un ambiente seguro.

En salud ocupacional, la Universidad de Costa Rica está llamada a cumplir con su comunidad, como Institución Estatal de Educación Superior y como Patrona.

4 Consejo Nacional para Investigaciones en Científicas y Tecnológicas (CONICIT).

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Sesión N.º 4985, ordinaria Martes 14 de junio de 2005

Universidad de Costa Rica – Consejo Universitario

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La principal debilidad que ha obstaculizado un desarrollo sistemático de la materia de salud ocupacional en la Universidad de Costa Rica, es el que “en el presupuesto de la Universidad de Costa Rica no ha habido ni hay una partida específica o unidad ejecutora que se destine a salud ocupacional” (OPLAU-570-2004). Esto debe solucionarse.

La gestión universitaria en esta materia no ha sido satisfactoria; las muchas frustraciones, la cobertura alcanzada insuficiente e ineficiente, caracterizado el todo por un accionar limitado, de índole reactivo y no proactivo- anticipativo, como debe ser, a pesar del compromiso y trabajo de las personas encargadas de esta materia a lo largo de los años, de las fortalezas de la Universidad en el campo académico, y de contar con las instancias básicas en salud ocupacional, normadas por la Convención Colectiva de Trabajo UCR-SINDEU, en concordancia con la normativa nacional: desde 1976, una Comisión bipartita de Salud Ocupacional; b) desde 1978, los Comités de cada centro de trabajo, vigilantes e informantes de la Comisión, pero cuya integración y sostenibilidad ha sido difícil de lograr. c) desde 1992, una Unidad de Salud Ocupacional en la Oficina de Personal de la Vicerrectoría de Administración, encargada de realizar estudios técnicos y de asesorar a la Comisión; La Universidad de Costa Rica debe de contar con una figura que resguarde el desarrollo de la salud ocupacional en todos sus espacios, para que pueda cumplir con sus obligaciones en esta materia en aras de un interés auténtico por la salud de toda la comunidad universitaria, por la necesidad de cumplir con la legislación vigente, por la urgencia de una modernización institucional en el ámbito de la salud de la población universitaria, por el deber servir como generador y multiplicador de los principios fundamentales de la salud ocupacional, de manera que las distintas generaciones en su paso por la Institución, como funcionarios, funcionarias, estudiantes, trabajadores temporales o visitantes, en su trabajo o en la realización de las actividades de su educación formal, impartida en aulas y laboratorios, tengan la oportunidad de disfrutar sus beneficios, e integrarlos a sus conocimientos profesionales, a fin de que esta visión perdure y mejore las oportunidades de desarrollo integral de la sociedad, con una incorporación transformadora y de calidad al mundo del trabajo y para lograr una atención eficiente de las implicaciones relativas a los factores asociados a la dinámica laboral y ocupacional (incapacidades, accidentes) con un enfoque preventivo. Esta figura se traduce en este documento como el “Programa Universitario de Salud Ocupacional” (PUSO). El Programa Universitario de Salud Ocupacional (PUSO) a) Se crea y se implementa en el marco del “ Sistema de Atención Integral para la Salud de la comunidad

universitaria”, SAIS, aprobado por el Consejo Universitario en sesión 4847 del 18 de noviembre de 2003. b) Se constituye para articular y fortalecer todos los procesos institucionales en materia de salud ocupacional, con

énfasis en prevención, promoción y capacitación.

c) Se concibe como la gestión de un sistema de instancias, articuladas con la comunidad universitaria, debidamente reglamentadas, con funciones definidas y cuyo eje central es la salud ocupacional. Estas instancias son:

c.1. La Oficina de Salud Ocupacional: la Universidad de Costa Rica contará, como mínimo, con una Oficina en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, descentralizada en cada una de las Sedes Regionales. Esta Oficina será el ente director del Programa y estará ubicado en línea con la Rectoría, para garantizar una comunicación directa con el más alto nivel gerencial de la Institución, sin intermediarios, de acuerdo con los artículos 3 y 11 del “Reglamento sobre oficinas o departamentos de salud ocupacional”. La Unidad de Salud Ocupacional, ubicada en la Oficina de Recursos Humanos de la Vicerrectoría de Administración, dejará de existir y su recurso humano pasará a esta Oficina. c.2. Un Consejo Asesor: integrado por una persona representante de cada Área Académica, las personas coordinadoras de las oficinas de salud ocupacional ubicadas en las Sedes Regionales, una persona representante de la FEUCR, una persona representante del sector Administrativo, la persona que ocupe la presidencia de la Comisión de Salud Ocupacional, la persona que ocupe la jefatura de la Oficina de Bienestar y Salud y la persona que ocupe la jefatura de la Oficina de salud Ocupacional, quien la coordina. Su función será la de asesorar y apoyar a la Oficina de Salud Ocupacional en lo relativo a acciones y proyectos específicos en esta materia, dirigidos a la comunidad universitaria, así como velará por una apropiada integración horizontal de la materia de salud ocupacional en los planes de estudio de las diferentes carreras que imparte la Institución y por el desarrollo de los programas de capacitación para el personal docente, administrativo, para los estudiantes y las estudiantes, para graduados y graduadas y para la comunidad nacional en general. c.3. La Comisión de Salud Ocupacional: constituida por Convención Colectiva de Trabajo de la UCR-SINDEU, y cuyo carácter es eminentemente asesor para la Oficina de Salud Ocupacional, y sus funciones

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Sesión N.º 4985, ordinaria Martes 14 de junio de 2005

Universidad de Costa Rica – Consejo Universitario

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de vigilancia en su área de competencia y la de constituir los Comités de Salud Ocupacional en cada centro de trabajo y estudio, quienes son sus colaboradores directos desde las bases. c.4. Los Comités de Salud Ocupacional en cada instancia de trabajo y estudio: la comunidad universitaria participará por medio de grupos organizados, debidamente constituidos y validados en las unidades académicas y administrativas, esto es con el reconocimiento institucional del tiempo docente , administrativo y estudiantil, necesarios para su participación. Trabajarán en la determinación de las necesidades y prioridades de salud ocupacional en los ambientes donde laboran o estudian, serán vigilantes e informarán lo pertinente a la Comisión de Salud Ocupacional y a la Oficina de Salud Ocupacional.

ÍNDICE

página: ANTECEDENTES.................................................................................................................................................. 4 METODOLOGÍA UTILIZADA PARA LA ELABORACIÓN DE ESTE DICTAMEN ....................................... 17 ANÁLISIS .............................................................................................................................................................. 20 Introducción ........................................................................................................................................ 20 Justificación......................................................................................................................................... 24 I. MARCO DE REFERENCIA .............................................................................................................................. 25 I.1. Marco conceptual...................................................................................................................................... 30 I.2. Sostenibilidad del programa..................................................................................................................... 42 II. MARCO POLÍTICO ......................................................................................................................................... 46 II. 1. Normativa internacional ....................................................................................................................... 47 II.2. Normativa nacional ............................................................................................................................... 49 A. Constitución Política .................................................................................................................. 49 B. Ley General de Salud ................................................................................................................ 49 C. Código de Trabajo ..................................................................................................................... 50 c.1. Ley de Riesgos del Trabajo ..................................................................................... 51 D. Reglamentos ............................................................................................................................. 53 D.1. Reglamento General de Riesgos de Trabajo ........................................................... 53 D.2. Reglamento General sobre Seguridad e Higiene del Trabajo................................... 54 D.3. Reglamento sobre las oficinas o departamentos de salud ocupacional .................... 54 D.4. Reglamento sobre las comisiones de salud ocupacional ......................................... 57 E. Convención Colectiva de Trabajo de la Universidad de Costa Rica UCR-

SINDEU ...................................................................................................................................... 59 III. ANÁLISIS SITUACIONAL ........................................................................................................................ 60 A. Estructura orgánica de la Universidad de Costa Rica ................................................................................ 60 B. Las instancias universitarias que actualmente están relacionadas con salud ocupacional .......................... 64 B.1. “Programa” o “Unidad” de Salud Ocupacional (Oficina de Recursos

Humanos) ................................................................................................................................ 64 B.2. Comisión de Salud Ocupacional (por Convención Colectiva UCR-SINDEU) ........................ 68

B.3. Comités de Salud Ocupacional (por Convención Colectiva UCR- SINDEU) ....................... 70 70 B.4. Oficina de Bienestar y Salud (Vicerrectoría de Vida Estudiantil) ........................................... 70 B.5. Otras instancias ....................................................................................................................... 70 C. Las acciones sustantivas de la Universidad de Costa Rica y la Salud Ocupacional ................................... 71 C.1. DOCENCIA............................................................................................................................. 71 C.2. INVESTIGACIÓN .................................................................................................................. 75 C.3. ACCIÓN SOCIAL (Capacitación y Formación continuas) ................................................... 76 D. Otras acciones universitarias relacionadas con Salud Ocupacional............................................................ 79 E. La “Cédula de liquidación del seguro de riesgos del trabajo 80410” ( período 1990-2004)...................... ......................................................................................................................................... 79 F. El Seguro Estudiantil ................................................................................................................................. 85 G. Pronunciamiento de la Oficina de Análisis Administrativo, Vicerrectoría de Administración................... 85 H. La Universidad de Costa Rica y el manejo de materiales peligrosos, basura común y desechos biológicos y no biológicos .............................................................................................................. 86 I. Universidad de Costa Rica y el Consejo de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ......................................................................................................................................... 90 J.Conclusiones del Análisis Situacional ......................................................................................................... 93

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Sesión N.º 4985, ordinaria Martes 14 de junio de 2005

Universidad de Costa Rica – Consejo Universitario

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IV. PROPUESTA PARA LA CREACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE UN “PROGRAMA UNIVERSITARIO DE SALUD OCUPACIONAL” (PUSO)......................................................................... 95 V. MOTIVACIÓN DEL ACUERDO ............................................................................................................ 100 PROPUESTA DE ACUERDO ...................................................................................................................... 100

CONSIDERANDOS .............................................................................................................................. 100 ACUERDA ......................................................................................................................................... 110

A. LINEAMIENTOS GENERALES ............................................................................................. 110 B. LINEAMIENTOS ESPECIFÍCOS ............................................................................................ 113 Miembros integrantes de la Comisión Especial con las firmas de las personas responsables ....................... 120

A. ANTECEDENTES

Desde el año 1941, la Universidad de Costa Rica ha gestado, en diferentes etapas de desarrollo, un proceso que persigue la atención integral de la salud para la comunidad universitaria, con acciones concretas dirigidas a coadyuvar no solo para que la población universitaria tenga el mejor estado de salud posible, sino, además, para que cuente con un ambiente de trabajo saludable.

El Consejo Universitario, en sesión 43, del 30 de setiembre de 1941, artículo 2, conoce el oficio que el

Ministro de Salubridad dirige al señor Marco Tulio Zeledón, Presidente del Consejo Estudiantil Universitario y Miembro del Consejo Universitario, en el que indica que, con base en el decreto 17 del 27 de setiembre de 1941, este Ministerio brindará servicios de auxilio médico sanitario a profesores y estudiantes de la Universidad en forma gratuita.

En sesión 25 del Consejo Universitario, del 11 de junio de 1946, artículo 24, el Dr. Raúl Blanco

Cervantes se refiere al proyecto institucional de crear un centro médico universitario y señala que su función principal deberá ser la prevención de las enfermedades de los trabajadores y de los estudiantes.

El Consejo Universitario, en sesión 79, del 22 de junio de 1953, artículo 18, con base en lo señalado en el capítulo XIV, artículo 98, del Estatuto Orgánico, aprueba la creación y estructura de la Sección de Salud del Departamento de Bienestar y Orientación Estudiantil.

En los “Anales de la Universidad de Costa Rica de 1953” se publica el informe de actividades de la

Sección de Salud, entre las que destacan: “...contrato de los servicios de un psicólogo; ...atención de gastos de anteojos y de operaciones quirúrgicas a varios estudiantes; ...la cooperación del Ministerio de Salud Pública para la educación sanitaria de la Universidad ...”.

En sesión 157, del 1 de noviembre de 1954, artículo 29, el Consejo Universitario atiende la solicitud

del Departamento de Bienestar y Orientación y acuerda establecer un seguro de accidentes del trabajo para el personal administrativo de la Universidad, cuyas labores implican riesgo.

El Consejo Universitario, en sesión 167, del 13 de diciembre de 1954, conoce la solicitud dirigida al

Rector, Lic. Rodrigo Facio, y acuerda asignar un edificio independiente para el Departamento de Bienestar y Orientación, con el fin de dar apoyo a su gestión.

La Sección de Salud del Departamento de Bienestar y Orientación brindó atención médica a

estudiantes, docentes y administrativos desde su fundación, y a partir de 1959 también a las familias del personal, incluyendo la visita domiciliar, situación que se mantuvo hasta finales de los años sesenta.

En el fascículo “Asamblea Universitaria, Acuerdos definitivos originados en el III Congreso Universitario

(1971-1972)” se lee en el capítulo VII, punto 7.- “...Que la Universidad favorezca programas educacionales y de investigación tendientes al logro de una mejor salud física y mental de la población estudiantil...”.

Como puede observarse, la materia de Salud Ocupacional en esta Institución no tenía un desarrollo sistemático. Sin embargo, el tema aparece en forma explícita desde la primera Convención Colectiva de

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Sesión N.º 4985, ordinaria Martes 14 de junio de 2005

Universidad de Costa Rica – Consejo Universitario

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Trabajo suscrita en 1976 entre la Universidad de Costa Rica y el Sindicato de Trabajadores de la Universidad (SINDEU), así como en las siete convenciones siguientes, como se describe a continuación.

La primera Convención Colectiva de Trabajo rigió del 1º de marzo de 1976 al 28 de febrero de 1978, y en su capítulo IV Condiciones de Trabajo, artículo 25, Comisión de Seguridad e Higiene, indica: “De acuerdo al artículo 193 y siguientes del Código de Trabajo, la Universidad se compromete a adoptar las medidas necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores, mientras presten sus servicios o durante el tiempo que permanezcan en los centros de trabajo. Para estos efectos se integrará una Comisión de Seguridad e Higiene compuesta por dos representantes titulares y un suplente de cada una de las partes. Dicha comisión se integrará dentro de un plazo de treinta días a partir de la firma de la presente Convención”.

La segunda Convención Colectiva de Trabajo , suscrita el 28 de febrero de 1978, mantiene el texto

del artículo 25 supracitado, y en el artículo 28 indica las funciones de la Comisión de Seguridad e Higiene. El artículo 29 Trabajo Insalubre y Peligroso, se refiere a que la Institución adoptará las medidas necesarias de seguridad e higiene a fin de preservar la salud y seguridad de los trabajadores que laboran en contacto con el agua, con materiales tóxicos o contaminantes. El artículo 30 Servicios de lavado se refiere a las gabachas de docentes y administrativos. El artículo 31 Seguridad en el trabajo norma lo relativo a útiles y equipos de protección personal, así como el compromiso de la Institución de indemnizar los accidentes de trabajo, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

La tercera Convención Colectiva, suscrita el 9 de mayo de 1980, mantiene lo que indica la segunda Convención Colectiva en materia de salud en el trabajo y agrega nuevas funciones para la Comisión de Seguridad e Higiene en el artículo 29, incisos g), h), i) y j): g) En caso de peligro ...podrá ordenar la suspensión inmediata de las labores; h) ...organizar cursillos de formación sobre primeros auxilios y seguridad e higiene ocupacional ...; i)...crear centros permanentes de primeros auxilios ...en la Sede Central, los Centros Regionales y Estaciones Experimentales; j) La Universidad mantendrá una ambulancia debidamente equipada.

La cuarta Convención Colectiva, suscrita el 6 de mayo de 1982, en el capítulo V Condiciones de

trabajo y estudio, transcribe lo que señala la tercera Convención Colectiva en materia de salud del trabajo. El Consejo Universitario acordó, en la sesión 2867, del 9 de febrero de 1982, artículo 17, la puesta en

marcha en la Institución, del Sistema Médico de Empresa, de la Caja Costarricense del Seguro Social, para atender a los funcionarios y funcionarias universitarias.

A fines de 1983 se define en nuestro país, la constitución del Sector Salud que, mediante el decreto

ejecutivo 14.343, artículo 2, establece las instituciones que lo integran, a saber: el Ministerio de Salud, el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, el Ministerio de la Presidencia, la Caja Costarricense del Seguro Social, y para asuntos específicos, el Instituto Nacional de Seguros mediante el Programa de Riesgos Profesionales, y la Universidad de Costa Rica, en lo que respecta al Instituto de Investigación en Salud (INISA) y al Área Académica de Salud.

La quinta Convención Colectiva entra en vigencia el 24 de mayo de 1984 y en capítulo IV De las

normas de Salud Ocupacional, se refiere en el artículo 25 a la Comisión de Seguridad e Higiene con el nuevo nombre de Comisión de Salud Ocupacional, manteniendo en lo sustancial el texto de la cuarta Convención Colectiva en esta materia. El artículo 27, Seguridad en el trabajo agrega que los trabajadores de Seguridad y Tránsito contarán, costeado por la Institución, con el permiso correspondiente para portar armas y utilizarlas en actividades propias de su cargo, dentro de la Universidad de Costa Rica. Un nuevo artículo, el 28 sobre Uniformes y gabachas, señala lo relativo al suministro anual por parte de la Institución de uniformes y gabachas adecuadas a las condiciones climatológicas y a la índole del trabajo. El artículo 30 se refiere a Botiquines de primeros auxilios.

El 21 de setiembre de 1987 entra en vigencia la sexta Convención Colectiva de Trabajo, que

mantiene el texto de la Convención anterior en lo que interesa. En sesión 3536 del Consejo Universitario, artículo 5, del 31 de enero de 1989, se conoce un

documento que remite el Vicerrector de Administración, donde comunica la inauguración de tres nuevos programas en el área de desarrollo de los recursos humanos: Programa de Relaciones Laborales, Programa de Capacitación Administrativa y Programa Universitario de Salud Ocupacional, ubicados en la Oficina de Personal.

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En sesión 3592, del 19 de setiembre de 1989, artículo 10, el Consejo Universitario acordó nombrar una Comisión Especial, a fin de realizar un estudio sobre las necesidades institucionales en materia de salud y diseñar un programa de reorganización de los servicios de salud en la Universidad.

En sesión 3732, artículo 4, acuerdo 1, del 7 de mayo de 1991, el Consejo Universitario insta a la

Administración para que recopile y publique la legislación vigente sobre seguridad e higiene ambientales, laborales y biológicas.

La séptima Convención Colectiva de Trabajo se suscribe el 2 de diciembre de 1992, y presenta dos nuevos artículos:

Artículo 31: UNIDAD DE SALUD OCUPACIONAL. La Universidad conviene en dar cabal cumplimiento a lo que establece el artículo 300 el Código de Trabajo, lo que hará por medio de la Oficina de Personal. La Vicerrectoría de Administración en consulta con la Comisión de Salud Ocupacional, definirá las funciones que deberá cumplir la dependencia que se constituya, entre las cuales se establecerá la de coordinar con todas las dependencias universitarias para el mejor cumplimiento de sus funciones y de brindar el apoyo técnico y administrativo requerido por la Comisión de Salud Ocupacional.

Artículo 35: DISPONIBILIDAD DE DISEÑOS, CONSTRUCCIONES, AMPLIACIONES Y REMODELACIONES A LA COMISIÓN DE SALUD OCUPACIONAL. La Universidad, a solicitud de la Comisión de Salud Ocupacional, pondrá a su disposición todos aquellos diseños de construcciones, ampliaciones y remodelaciones de cualquier edificio o uso del espacio físico de la Universidad, y ésta podrá hacer las recomendaciones que estime necesarias, a fin de prevenir cualquier situación que pueda llegar a afectar la salud del trabajador.

La octava Convención Colectiva de Trabajo rige del 29 de febrero de 1996 a la fecha, y mantiene el

texto de la séptima Convención en materia de salud ocupacional. El Consejo Universitario en sesión 4194, del 5 de junio de 1996, artículo 10, aprueba la política

institucional 19, que indica: La Universidad de Costa Rica legitima un concepto de salud integral que promueve el desarrollo de los seres humanos con objeto de crear una verdadera cultura de salud, favoreciendo cambios en los estilos de vida de los integrantes de la comunidad universitaria.

En sesión 4264, del 21 de mayo de 1997, este órgano colegiado aprueba, entre otras, la política

institucional 6.9, que señala: Desarrollar y articular un Programa Universitario de Salud Ocupacionalde conformidad con las necesidades actuales de protección laboral y de desarrollo institucional.

En sesión 4328, del 11 de febrero de 1998, se aprueba la política institucional 1.6, que reza:

Legitimar un concepto de salud, como construcción social que promueva el desarrollo de los seres humanos, con el propósito de crear una verdadera cultura de la salud, que favorezca con ello la calidad de vida.

El Máster Roberto Arias Vega, Director Ejecutivo del Consejo de Salud Ocupacional, mediante oficio

DE-179-99 del 17 de junio de 1999, dirigido al Rector de la Universidad de Costa Rica, señala que la Institución no está a derecho con respecto a la creación y registro de la Oficina o Departamento de Salud Ocupacional, para lo cual el plazo otorgado venció el 25 de febrero de 1999; en este mismo oficio, amplía el período para el registro de la instancia al 15 de julio de 1999, y señala la importancia de que la Universidad incorpore y desarrolle las Políticas Nacionales en Salud Ocupacional y así logre un aporte al mejoramiento de la calidad de vida de los costarricenses.

El Dr. Gabriel Macaya Trejos, Rector de la Universidad de Costa Rica, dirige el oficio R-3395-99 del

22 de junio de 1999 al Lic. Jorge Chacón, Presidente de la Comisión de Salud Ocupacional de esta institución, para que estudie la documentación relativa a la solicitud del Máster Roberto Arias (oficio DE-179-99 del 17 de junio de 1999) y le remita sus comentarios.

El Dr. Ramiro Barrantes, Vicerrector de Administración, mediante oficio VRA-1445-99 del 29 de junio

de 1999, envía al Lic. Jorge Chacón, Presidente de la Comisión de Salud Ocupacional de la Universidad, una propuesta para la creación de un Departamento de Salud Ocupacional.

El Lic. Jorge Chacón, Presidente de la Comisión de Salud Ocupacional, y el señor Gerardo Badilla,

Secretario, remiten al Rector, mediante oficios CSO-059-99 del 1º de julio de 1999 al Vicerrector de Administración, y oficio CSO-060-99, las modificaciones que la Comisión considera necesarias a la propuesta para la creación del Departamento de Salud Ocupacional, especialmente en lo relativo a funciones y estructura organizativa.

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La Sección de Análisis Administrativo de la Vicerrectoría de Administración emite su criterio con

respecto a que debe preguntarse al Consejo Nacional de Salud Ocupacional qué instancia es la que ha de inscribir la Universidad, si una Comisión de Salud Ocupacional de carácter institucional o un Programa Universitario de Salud Ocupacional a cargo de la Oficina de Recursos Humanos; además, se refiere a otras acciones administrativas necesarias para solventar la situación de la seguridad y salud ocupacional en la Institución (oficio SSA-095-99 del 13 de julio de 1999).

El Rector de la Universidad, mediante oficio R-3851 del 15 de julio de 1999, dirigido al Máster

Roberto Arias Vega, Director del Consejo de Salud Ocupacional, envía la hoja de registro de la instancia de la Universidad de Costa Rica encargada de velar por la Salud Ocupacional, con el fin de formalizar el trámite, tal como lo indica el decreto ejecutivo 27434.

El 16 de julio de 1999, el Rector de la Universidad de Costa Rica inscribe a la instancia responsable

de la salud ocupacional en la Universidad, utilizando el formulario denominado “Registro (sic) Oficina o Departamento de Salud Ocupacional del Consejo Nacional de Salud Ocupacional”, correspondiéndole el número de registro 107. En este documento se consigna al año 1992 como fecha de creación de la instancia y la Oficina de Recursos Humanos como su ubicación en la estructura de la Institución. Se señala que la Universidad tiene un personal constituido por 6102 personas, y que posee la Póliza de Riesgos del Trabajo N.º 80410. Como personal que integra la instancia registrada, se señalan al señor Ricardo Umaña Fernández, Profesional 1 y Diplomado en Salud Ocupacional, y al señor Fernando Chacón Solano, Técnico especializado 2. Además, se indica que ...los informes elaborados por el Técnico en Salud Institucional ... Sr. Ricardo Umaña Fernández, están disponibles en los archivos de la Comisión Institucional de Salud Ocupacional. No obstante, en dicho documento no se especifica a qué tipo de instancia corresponde la inscrita, dentro de la estructura organizativa de la Universidad.

El Lic. Jorge Chacón y el señor Gerardo Badilla, Presidente y Secretario respectivamente de la

Comisión de Salud, mediante oficio CSO-070-99 del 27 de julio de 1999, dirigido al Rector, llaman la atención sobre la obligatoriedad de la creación de la Oficina de Salud Ocupacional, según el artículo primero del decreto 27434 MTSS. Además, expresan su preocupación dado que la Oficina de Recursos Humanos ha indicado en diferentes informes que no hay presupuesto para poner en práctica las recomendaciones del Diplomado en Salud Ocupacional en esta materia.

El Vicerrector de Administración, mediante oficio VRA-1805-99 del 17 de agosto de 1999, dirigido a

los Miembros de la Comisión de Salud Ocupacional, señala que se han girado las directrices para proceder con varias acciones tales como: 1. La reubicación presupuestaria de la plaza ocupada por el señor Fernando Chacón Solano (Técnico en salud ambiental), desde la Vicerrectoría de Vida Estudiantil a la Vicerrectoría de Administración para integrarlo al equipo, bajo la coordinación del señor Ricardo Umaña; 2. Determinación de conceptos de gastos de partidas presupuestarias aplicadas al mantenimiento de extintores, seguros, suministros, equipos especiales y dispositivos varios relacionados con salud ocupacional; 3. Identificación de recursos institucionales correspondientes a masa salarial destinados a salud ocupacional; 4. Articulación de actividades en salud ocupacional afines desplegadas por instancias institucionales.

En sesión 4515, artículo 9, del 15 de febrero de 2000, el Consejo Universitario acuerda analizar en

una próxima sesión, la propuesta PM-CU-01-2000, del doctor William Brenes y del magíster Gilbert Muñoz, para integrar una Comisión Especial que presente un proyecto de lineamientos de salud ocupacional en la Universidad de Costa Rica.

En sesión 4516, artículo 3, del 16 de febrero de 2000, el Consejo Universitario conoce la propuesta PM-CU-01-2000 sobre la temática de salud ocupacional en la Institución, y acuerda solicitar al Rector la integración de una Comisión Especial, a fin de que proceda a realizar el análisis de la situación de salud ocupacional en la Universidad de Costa Rica.

En sesión 4534, del 5 de abril de 2000, se aprueban varias políticas institucionales relativas a esta

temática, donde la 2.6 indica: Efectuar de forma sistemática y constante un análisis de la situación de la salud de la comunidad universitaria, que permita canalizar las estrategias de atención de la salud, así como medir el impacto de los programas que se implementen. La política 2.7 señala: Propiciar la integración del personal, de los recursos materiales y comunicacionales para la articulación y socialización de los proyectos de salud existentes y los nuevos que se puedan crear. La política 2.10 dice: Promover una cultura de salud que favorezca el desarrollo de los seres humanos y el mejoramiento de la calidad de vida. La política 7.8 reza: Impulsar en las Sedes Regionales programas de coordinación de los servicios locales de salud, para implementar la cobertura y atender las necesidades de salud de la comunidad

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universitaria. La política 9.12 dice: Explorar la posibilidad de crear un seguro colectivo voluntario, para contingencias médicas.

El Rector remite al Consejo Universitario el Informe de la Comisión Especial de Salud Ocupacional,

mediante oficio R-CU-78-2000 del 17 de noviembre de 2000. La Dirección del Consejo Universitario, mediante pase CU-P-00-11-123, del 29 de noviembre de

2000, refiere el Informe de la Comisión Especial de Salud Ocupacional a la Comisión Permanente de Presupuesto y Administración para que elabore el dictamen respectivo.

En sesión 4624, del 4 de abril de 2001, se aprueban políticas institucionales, donde la 1.6. indica: La

institución desarrollará, en forma sistemática y constante, la promoción y prevención de la salud de las comunidades estudiantiles y universitarias en general. La política 3.1. señala: El desarrollo de servicios y proyectos de salud para la comunidad universitaria deberá darse mediante la integración de todos los recursos institucionales disponibles. La política 6.12 dicta: La administración fortalecerá el desarrollo integral del funcionario universitario, mediante programas específicos que contribuyan a su realización personal, profesional y laboral para brindar servicios de alta calidad.

En sesión 4711 del 16 de abril de 2002 se aprueba una nueva política institucional en salud: 1.6. La

institución desarrollará un sistema integral de salud para la comunidad universitaria. Concomitantemente, se dicta la Política Nacional de Salud 2002-2006, que tiene como fin consolidar

en nuestro país una vocación democrática, innovadora y progresista en el campo de la Salud Pública, en un contexto globalizado y que permita mejorar con equidad y calidad la atención integral de salud, con reducción continua de la brecha social, y garantizando la sostenibilidad del sistema de salud costarricense. Sus principios orientadores son: equidad, universalidad, solidaridad, ética, calidad e inclusión social. Sus ejes transversales son: enfoque de género, enfoque de derechos y participación social. Dicha política se complementa con la Agenda Sanitaria Concertada, que propone diez compromisos para el Sector Salud, en el periodo 2002-2006, como un esfuerzo mancomunado de sus instituciones, que pretende dar respuesta a los seis principales retos nacionales en Salud Pública: 1) mantener y mejorar los logros sanitarios alcanzados; 2) mejorar la esperanza de vida con calidad; 3) disminuir inequidades; 4) mejorar la cobertura y calidad de la atención en salud; 5) mejorar la calidad de vida y 6) reducir la vulnerabilidad a los desastres.

En sesión 4771, artículo 6, del 4 de febrero de 2003, la Comisión Permanente de Presupuesto y

Administración presenta el dictamen CP-DIC-02-21-B sobre el Informe de la Comisión Especial de Salud Ocupacional (CU-P-00-11-123 del 29 de noviembre de 2000).

En la sesión 4772, artículo 1, punto 2, del 5 de febrero de 2003, el Consejo Universitario, considerando que:

1. La Ley 6727 "Riesgos del Trabajo y Reglamento", promulgada el 4 de marzo de 1982, en su artículo

300, establece: Toda empresa que ocupe permanentemente más de cincuenta trabajadores está obligada a mantener una oficina o departamento de salud ocupacional. Por lo que es necesario proceder a la definición de lineamientos para cumplir cabalmente con la legislación en la Universidad de Costa Rica. 2. El Reglamento sobre las oficinas o departamentos de salud ocupacional, creado por el decreto ejecutivo

27.434-MTSS artículo 1, publicado en La Gaceta N.° 229, del 25 de noviembre de 1998, norma el funcionamiento de las oficinas o departamentos de salud ocupacional.

3. En la sesión 4516 (3), el Consejo Universitario acordó solicitarle al señor Rector la integración de una

Comisión Especial que estudiara la situación de la salud ocupacional en la Universidad de Costa Rica (16 de febrero 2000). Dicho informe fue presentado por el señor Rector en oficio R-CU-178-2000 del 17 de noviembre de 2000.

Acuerda: Aunque dicho informe presenta una perspectiva diagnóstica y recomendatoria, es necesario dimensionar los efectos de esas sugerencias, dentro del marco jurídico vigente, de manera que se visualice la puesta en marcha de las citadas recomendaciones (el destacado no es del original).

1- Agradecer a la Comisión Especial de Salud Ocupacional, conformada por Patricia Redondo, Roberto Castro, Aurora Sánchez, Luis Villalobos e Ileana Vargas, quien la coordinó, todos de la Escuela de

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Salud Pública, y Esteban Muñoz, SINDEU, Escuela de Química, por la elaboración del documento denominado: INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE SALUD OCUPACIONAL.

2- Comisionar a la M.Sc. Jollyanna Malavasi Gil, miembro del Consejo Universitario, para que utilice

como insumo el documento referido y, en el marco del acuerda 3 de la sesión 4516, y presente a este Consejo Universitario, en un plazo de tres meses, lo siguiente: Una propuesta de los lineamientos generales y específicos en materia de salud ocupacional, que deben fundamentar y orientar la gestión universitaria.

3- Solicitar a la Administración: Que en tanto se defina la propuesta de lineamientos generales y

específicos en materia de salud ocupacional, continuar apoyando el desarrollo del Programa Universitario de Salud Ocupacional existente en la Oficina de Recursos Humanos, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 300 de la Ley 6727 “Riesgos del Trabajo y Reglamento”. ACUERDO FIRME.

En cumplimiento del acuerdo tomado en la sesión 4772, artículo 1, punto 2, del 5 de febrero de 2003,

se integró la Comisión Especial, que se dedicó a realizar el estudio correspondiente para presentar una propuesta con los “Lineamientos generales y específicos en materia de salud ocupacional, que deben fundamentar y orientar la gestión universitaria”. Esta Comisión estuvo conformada por:

Dr. Luis Bernardo Villalobos Solano, Médico, Máster en Salud Pública, Coordinador del Programa de Investigación en Políticas de Salud, Catedrático, Profesor de la Escuela de Salud Pública, Facultad de Medicina. Licda. Anahí Fajardo Torres, Abogada, Directora de la Unidad de Informática Jurídica, Profesora de los Consultorios Jurídicos y de Derecho Laboral, Facultad de Derecho. Señor Ricardo Umaña Fernández, Diplomado en Salud Ocupacional, Representante del Programa Universitario de Salud Ocupacional de la Oficina de Recursos Humanos, Vicerrectoría de Administración ( funcionario jubilado ). Señor Gerardo Badilla Álvarez, Presidente de la Comisión de Salud Ocupacional, Representante del SINDEU. M.Sc. Horacio Chamizo García, Geógrafo, Máster en Salud Pública, Profesor de la Escuela de Salud Pública, Facultad de Medicina. Licda. Sara María González Camacho, Investigadora del Laboratorio de Ensayos Biológicos, Coordinadora de Cursos de Capacitación en Salud Ocupacional de Extensión Docente, y Profesora del Departamento de Fisiología de la Escuela de Medicina. M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Máster en Salud Pública, Jefe de la Oficina de Bienestar y Salud de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil, Profesor Asociado de la Escuela de Ciencias del Deporte y del Movimiento Humano, Facultad de Educación. Ing. Carolina Vásquez Soto, Profesora de la Escuela de Ingeniería Industrial, Facultad de Ingeniería. Lic. Marlon Morales Chávez, Psicólogo Organizacional, Psicólogo de la Oficina de Recursos Humanos, Profesor de Procesos Laborales de la Escuela de Psicología. Miembro del Consejo Universitario y Representante del Sector Administrativo (periodo:15/10/2000 – 15/10/2004). Magíster Óscar Mena Redondo, Administrador Público, Especialista en Política y Administración Financiera y Programación Administrativa; Profesor de la Escuela de Administración Pública, Facultad de Ciencias Sociales y de la Escuela de Administración Agrícola, Facultad Agroalimentaria. Miembro del Consejo Universitario y Representante de los Colegios Profesionales (período: 1/2/2001 – 31/1/2005). Bach. Miguel Ángel Guillén Salazar, Estudiante de Derecho. Miembro del Consejo Universitario y Representante Estudiantil (periodo 1/11/2002 – 31/10/2004). Magistra Jollyanna Malavasi Gil, Bióloga, Catedrática, Profesora de la Escuela de Medicina, Miembro del Consejo Universitario y Representante del Área de Salud, Coordinadora de esta Comisión Especial.

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Además, se contó con la participación del Licenciado Ángel Alberto Pinto, Presidente del Consejo de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, quien realizó aportes para enriquecer este dictamen.

La Comisión tuvo la visita del Dr. Roberto Castro Córdoba, Profesor de la Escuela de Salud Pública,

quien señaló aspectos importantes de considerar en esta área. Como lector del documento final, el Dr. Roberto Sawyers Copeland, Superintendente General de

Servicios de Salud, de la Caja Costarricense del Seguro Social, con estudios especializados en salud ocupacional, quien realizó profundos aportes de carácter estructural que coadyuvaron en el fortalecimiento de la perspectiva y visión integral de la Salud Ocupacional para la Universidad de Costa Rica.

La Comisión contó durante todas las etapas de desarrollo de este dictamen, con la valiosa participación de la Magistra en Administración Universitaria Heillyn Lorente, Socióloga, cuyos aportes y análisis se contituyeron en guía y componentes fundamentales de la presente propuesta; en varias ocasiones, ella coordinó sesiones especializadas de la comisión y sirvió de enlace entre los miembros de ésta y otras instancias universitarias y extrauniversitarias.

En sesión extraordinaria 4789 del 3 de abril de 2003, el Consejo Universitario aprueba varias

políticas institucionales, donde la 1.7 indica: La institución fortalecerá el sistema integral de salud para la comunidad universitaria. La política 3.14 señala: La Universidad de Costa Rica desarrollará planes permanentes de salud ocupacional y de salud ambiental. La política 1.4. dice: La institución incluirá en todos sus planes, políticas y servicios, los principios de igualdad de oportunidades y accesibilidad a los servicios, y desarrollará proyectos y acciones específicas que atenúen el menor grado de desarrollo relativo de estos principios en las Sedes Universitarias.

En sesión 4802, artículo 4, del 27 de mayo de 2003, el Consejo Universitario acuerda prorrogar por cuatro meses, a partir del 5 de mayo de 2003, la presentación de los lineamientos generales y específicos en materia de salud ocupacional, según lo establecido en la sesión 4772, artículo 1. En sesión 4830, artículo 7, del 23 de setiembre de 2003, se avala prorrogar al 31 de octubre de ese mismo año.

Como parte de las políticas de fortalecimiento e integración de los servicios de salud en la Institución, el Consejo Universitario aprobó en la sesión 4847 del 18 de noviembre de 2003, la creación e implementación del “Sistema de atención integral en salud para la comunidad universitaria” (SAIS), cuyo ente director es la Oficina de Bienestar y Salud. Señalamos que este Sistema presenta y define áreas de acción comunes con el futuro “Programa Universitario de Salud Ocupacional” (PUSO), que se propone en este dictamen. Por todo lo anterior, el SAIS ofrece un marco filosófico y técnico, así como un espacio natural adecuados, para ubicar al PUSO en la Institución, con miras a que mutuamente se refuercen en su desarrollo, y a que sus gestiones se cumplan con eficacia, eficiencia y dando respuestas prontas y oportunas a la comunidad, al compartir experiencias y buscando optimizar el aprovechamiento de los recursos universitarios en sus procesos. Es así como uno de los objetivos del presente documento es el de identificar, definir y analizar estas áreas comunes en las que es preciso establecer relaciones estrechas de cooperación, para un aprovechamiento óptimo de los recursos universitarios.

Esta Comisión Especial invitó la Licda. Ana Ligia Monge Quesada, Jefa de la Oficina de Recursos

Humanos (mediante oficio CE-CU-03-147 del 27 de octubre de 2003), para que informara acerca de la experiencia de la gestión en salud ocupacional de la oficina a su cargo, así como las expectativas y recursos que pueden aportar para el futuro. Debido a que no se contó con su presencia, se le solicitó, mediante oficio CE-CU-03-150 del 10 de noviembre de 2003, informar por escrito. Mediante oficio CE-CU-03-152 del 10 de noviembre de 2003, dirigido a esa misma dependencia, se pide un detalle de casos de riesgos del trabajo (enfermedad y accidente) ocurridos en la Institución a partir del año 2000; en este mismo oficio se extiende una invitación a esa jefatura para que, en el seno de la Comisión, presente la información. La Licda. Monge responde, mediante oficio ORH-2810-2003 del 20 de noviembre de 2003, e indica que remitiría la información en los próximos días.

En sesión 4858, artículo 7, del 10 de febrero de 2004, el Consejo Universitario aprueba una prórroga hasta el 30 de abril de 2004, para la presentación de los lineamientos generales y específicos en materia de salud ocupacional, según lo establecido en la sesión 4772, artículo 1.

En sesión 4863 del 25 febrero 2004, este órgano colegiado aprueba la política institucional 3.2, que

señala: La Universidad de Costa Rica desarrollará un Programa Universitario de Salud Ocupacional y de Salud Ambiental que contribuya a un clima laboral óptimo.

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Esta Comisión Especial solicita a las Vicerrectorías de Acción Social, Investigación y Administración información acerca de los programas, actividades o proyectos inscritos en esas instancias, y relacionados con salud ocupacional con oficio CE-CU-04-40 del 17 de junio de 2004.

La Vicerrectora de Acción Social, Dra. María Pérez Yglesias, responde mediante oficio VAS-671-2004

del 18 de junio de 2004 y adjunta el listado de dichos proyectos; el Vicerrector de Investigación, Dr. Henning Jensen Pennington, mediante oficio VI-DGI-3066-04 del 6 de julio de 2004, señala que en dicha Vicerrectoría únicamente se encuentra inscrita una actividad permanente relacionada con salud ocupacional. El Vicerrector de Administración, M.Sc. Jorge Badilla Pérez, mediante oficio VRA-3111-2004 del 18 de agosto de 2004, informa lo relativo al Programa de Gestión del Riesgo y Reducción de Desastres, mediante el cual se pretende ubicar estos tópicos en la agenda cotidiana de la vida universitaria.

Esta Comisión, mediante oficio CE-CU-04-42 del 21 de junio de 2004, pide a la Dirección de la

Oficina de Servicios Generales que informe acerca de la labor de gestión de desechos que se realiza en la Institución. La Directora de esta instancia, M.B.A. Any González Cordero, mediante oficio OSG-858-2004 del 29 de junio de 2004, señala que esta labor se fundamenta en el Reglamento sobre la gestión de los desechos infectocontagiosos que se generan en establecimientos que presten atención a la salud y afines, publicado como decreto ejecutivo 30965-S, en el Alcance 8 de La Gaceta número 23, del 3 de febrero de 2003.

Esta Comisión pide a la Vicerrectoría de Administración, mediante oficio CE-CU-04-49 del 27 de julio

de 2004, información en torno al “Programa de gestión del riesgo y atención de desastres”, específicamente en referencia a su integración, representatividad de la comunidad universitaria, funciones y organización. El Vicerrector de Administración M.Sc. Jorge Badilla Pérez, responde mediante oficio VRA-3111-2004 del 18 de agosto de 2004.

Esta Comisión solicitó a la Rectoría, mediante oficio CE-CU-04-51 del 5 de agosto de 2004, dirigido

al Ingeniero Pablo Lizano Soto, información acerca de los principales esfuerzos que se están realizando para mejorar el manejo de desechos en la Universidad de Costa Rica. El Magíster Pablo Lizano Soto, mediante oficio R-4289-2004 del 9 de agosto de 2004, respondió, agregando que:

“...si bien la Rectoría se encuentra abordando la temática de manejo de desechos, su propósito en el campo ambiental tiene un mayor alcance, ya que pretende potenciar los esfuerzos que se realicen tendientes a lograr una Universidad que opere conforme los principios del desarrollo sostenible, acorde con las políticas que el Consejo Universitario ha emitido al respecto...”.

La M.Sc. Margarita Esquivel Porras, mediante oficio ORH-5769-2004 del 18 de agosto de 2004, envía

a la Coordinación de la Comisión Especial, el documento denominado proyecto de “Re-estructuración de la Sección de Salud Ocupacional” presentado por la Licda. Vilma Méndez Trejos, funcionaria a cargo de la unidad de salud ocupacional adscrita a esa oficina.

La Licda. Maritza Monge Murillo, Directora de la Oficina de Planificación Universitaria (OPLAU), en

respuesta al oficio CE-CU-04-62, del 6 de setiembre de 2004 de la Comisión Especial, indica que: ...”no existe partida específica o unidad ejecutora en el presupuesto de la Institución que se destine a salud ocupacional. No obstante lo anterior, es importante señalar que algunas unidades ejecutoras de presupuesto como lo son el Centro de Investigación en Contaminación Ambiental, la Coordinación de Acción Social del Recinto de San Ramón y la de Acción Social de la Sede del Pacífico, en su plan operativo para el 2004, hacen referencia a la política institucional 3.14, mediante los proyectos: Monitoreo de la calidad del aire en la Ciudad de San Pedro de Montes de Oca, Educación para la reparación y disposición de desechos sólidos en Grecia y Gestión ambiental a nivel comunal, respectivamente”. (oficio OPLAU-570-2004 del 30 de setiembre de 2004).(el subrayado no es del original) La Comisión Especial, mediante oficio CU-M-04-198 del 24 de setiembre de 2004, remite al señor

Minor Solis Guevara, Secretario General del Sindicato de Empleados Universitarios de la Universidad de Costa Rica (SINDEU), un documento borrador de propuesta de este dictamen, con el fin de que emitan su criterio, especialmente a la luz de la Convención Colectiva de la Universidad de Costa Rica UCR-SINDEU.

El señor Minor Solís Guevara, Secretario General del SINDEU responde mediante oficio JDC-227-

2004, del 11 de octubre de 2004, en el que indica:

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...”Al respecto le informo que una vez leído el documento en cuestión nos parece que además de ser un documento bastante completo, también es de suma importancia su implementación a nivel institucional por las características que el mismo presenta, desde ya le comunico nuestra disposición y apoyo en las gestiones que usted como miembro de la comisión redactora deba realizar para plasmar en proyecto el documento que nos fuera remitido. Para el SINDEU este documento es de suma importancia, toda vez que desde el año 98 hemos venido insistiendo en la creación formal del departamento de Salud Ocupacional tal y como lo establece el Decreto de Ley respectivo, y adscrito a la Rectoría como en derecho corresponde. Por otro lado doña Jollyanna, lo más importante es que el mismo se incluya en el presupuesto universitario, además de que se nombren los funcionarios correspondientes con especialidad en materia de Salud Ocupacional, esto para garantizar la viabilidad y funcionamiento del Departamento de Salud Ocupacional, así como definir el perfil de requisitos y grado académico que debe de tener el funcionario que tendrá a cargo la Jefatura de dicho Departamento, por lo que consideramos de suma importancia se tomen en cuenta los criterios no solo de la Comisión Especial que usted preside, sino también de la Comisión Institucional de Salud Ocupacional. Por último manifestarle nuestra satisfacción con el documento que nos fuera remitido, por lo que no tenemos observaciones de fondo que hacerle, así mismo hacerle llegar copia del documento elaborado por la Comisión de Salud Ocupacional del SINDEU a raíz de una denuncia ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social precisamente en el año 1999 por incumplimiento del Decreto 27-434-MTSS ...”

B. METODOLOGÍA UTILIZADA EN LA ELABORACIÓN DE ESTE DICTAMEN

Para el estudio del tema de salud ocupacional en la Universidad de Costa Rica, esta Comisión Especial consultó fuentes bibliográficas especializadas; invitó a especialistas en esta materia, quienes realizaron valiosos aportes desde diferentes perspectivas; participó en el Primer Taller de Sensibilización en Salud Ocupacional y Seguridad Industrial realizado por la Escuela de Ingeniería Industrial, y discutió a profundidad acerca de los principales elementos que orientarán la toma de decisiones en esta materia en la Institución.

Una vez abordados diferentes aspectos que contribuyen al abordaje del tema, la Comisión definió los principales ejes de análisis sobre los cuales se debe enmarcar la salud ocupacional en la Universidad de Costa Rica, y que se presentan en el apartado de ANALISIS de este documento, a saber:

• I. Marco de Referencia, que incluye al marco conceptual y un análisis con los principales elementos para comprender la sostenibilidad de un Programa Universitario de Salud Ocupacional en la Institución; • II. Marco Político, en el que se presentan los principales componentes que conforman la perspectiva jurídica de la salud ocupacional, a saber: la normativa internacional y la normativa nacional que regulan esta materia en Costa Rica y lo referente a la Convención Colectiva de Trabajo de la Universidad de Costa Rica;

• III. Análisis Situacional: Este apartado contempla una presentación sintética de la forma en que ha venido funcionando la salud ocupacional en la Universidad de Costa Rica, con base en lo investigado por esta Comisión Especial, a saber:

La estructura orgánica de la Universidad de Costa Rica, con el fin de visualizar la complejidad,

tamaño y variedad de las instancias y de la población que componen la institución, entendiendo que todas deben de ser atendidas;

Se destacan las instancias universitarias que actualmente están relacionadas con esta materia y se presenta un análisis de sus principales contribuciones, y de su potencial para incorporarse en el nuevo Programa Universitario de Salud Ocupacional;

Las acciones sustantivas (docencia, investigación y acción social) y a su papel actual en este campo;

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La “Cédula de liquidación del seguro de riesgos del trabajo 80410” en el período 1990-2004;

El Seguro Estudiantil;

Un pronunciamiento de la Oficina de Análisis Administrativo en esta materia;

Manejo de materiales, desechos y basura, biológicos, hospitalarios y no biológicos en la Universidad;

Algunos aspectos de la relación histórica entre la Universidad y el Consejo de Salud Ocupacional. Un diálogo con el Presidente de este Consejo y perspectivas futuras;

Conclusiones.

• IV. Propuesta para la creación e implementación de un Programa Universitario de Salud Ocupacional. De conformidad con las necesidades actuales de protección en salud ocupacional y de desarrollo Institucional, esta Comisión elabora y presenta una propuesta para la puesta en marcha de las políticas institucionales y los lineamientos generales en materia de salud ocupacional, tomando en consideración las características propias de nuestra Institución • V. Enlaces entre el nuevo “Programa Universitario de Salud Ocupacional” (PUSO), y el “Sistema de atención integral de la salud para la comunidad universitaria” (SAIS). La Comisión procede a realizar el análisis para establecer enlaces, entre el ya vigente “Sistema de atención integral de la salud para la comunidad universitaria”, cuyo ente director es la Oficina de Bienestar y Salud, y el nuevo “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, cuyo ente rector será la Oficina de Salud Ocupacional, con el fin de potenciar la gestión de estos sistemas y de optimizar la utilización de los recursos institucionales.

• Propuesta de Acuerdo. Finalmente, se presenta una propuesta de acuerdo, que comprende los lineamientos generales y específicos que, en materia de salud ocupacional, deberán fundamentar y orientar la gestión universitaria, en cumplimiento del acuerdo tomado por el Consejo Universitario, en la sesión 4772, artículo 1, punto 2.

Los lineamientos generales, se basan en las políticas institucionales y en los procesos

en materia de salud, que hacen lectura de la historia institucional y de los procesos sociales que está viviendo la Universidad, y como políticas que son, deben conducir a la toma y ejecución de decisiones, a través de las cuales se adoptan o se asignan valores para toda la comunidad.

El primer lineamiento específico comprende la propuesta concreta para crear, constituir e implementar un “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, con la creación de la Oficina de Salud Ocupacional, y una más eficiente asignación de trabajo para instancias ya existentes en la Universidad y que han sido partícipes del desarrollo de esta materia en la Institución. Este lineamiento procura traducir los lineamientos generales en materia de salud ocupacional, a un sistema operativo eficiente, eficaz y oportuno.

El segundo lineamiento específico se refiere al manejo institucional de materiales, basura y desechos, no biológicos, biológicos y hospitalarios, y propone la creación e implementación de un “Plan Institucional Sostenible de Bioseguridad e Higiene Ambiental” en el marco del “Sistema de Atención Integral para la salud de la comunidad universitaria”, en coordinación con el “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, en pro de un ambiente universitario saludable y ejemplar, que involucre acciones en docencia, investigación, acción social, así como en capacitación y administración universitaria.

C. ANÁLISIS c.1. Introducción

Esta Comisión Especial procedió a analizar los antecedentes universitarios en el área de la salud, específicamente en lo que concierne a salud ocupacional, así como varios documentos especializados y el “Informe de la Comisión Especial de Salud Ocupacional”, enviado al Consejo Universitario por la Rectoría mediante oficio R-CU-78-2000 del 17 de noviembre de 2000, y la comisión concluyó que:

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1) La Universidad de Costa Rica tiene entre sus compromisos irrevocables, dictados por el Estatuto

Orgánico, el propiciar los cambios que la sociedad necesita, y al respecto, esta Comisión reconoce que en el campo de la salud ocupacional, las autoridades deben de dictar políticas institucionales claras que den garantía a la Universidad de Costa Rica para que pueda ejecutar las acciones necesarias a fin de que sus educandos, educandas, funcionarios y funcionarias incorporen estilos de vida saludables en su paso por la Institución, lo cual contribuirá a formar ciudadanas y ciudadanos, cada vez más comprometidos con el mantenimiento de su salud, la de sus familias, la de sus comunidades, la de la sociedad en su conjunto, y con el medio ambiente.

2) Para garantizar la implementación, permanencia y desarrollo continuo de un Programa Universitario de

Salud Ocupacional, es de fundamental importancia que la Institución defina políticas específicas que lo respalden a lo largo del tiempo.

3) La Institución debe reforzar su atención con respecto a la prevención de los riesgos ocupacionales de

su recurso humano, y debe ser proactiva en generar y mantener altos niveles de motivación entre su personal y población estudiantil, factores que facilitan un ambiente ocupacional propicio para la consecución de los objetivos de la Universidad de Costa Rica, en la práctica de sus funciones fundamentales, la docencia, la investigación, la acción social para un aprendizaje, formación y servicio continuos, con los más altos estándares de calidad y de excelencia académica.

4) La Universidad de Costa Rica, durante los últimos 62 años, ha dado los pasos para la construcción de

un sistema de atención integral de la salud, que involucre a toda la población y que contemple acciones de promoción, prevención y asistencia médica, por lo que hay viabilidad para la implementación de un programa especializado en salud ocupacional.

5) Es un deber institucional investigar las necesidades reales en salud ocupacional de los diferentes

estamentos de la Universidad y darles una solución oportuna, tomando en consideración las diferencias y especificidades de cada instancia. En este proceso universitario debe de haber participación y compromiso de toda la comunidad universitaria con el fin de desarrollar una nueva cultura para un trabajo y estudio saludables, que implique la exigencia de contar con un ambiente universitario sano.

6) En el modelo académico universitario, es necesario propiciar espacios para desarrollar estilos de vida

saludables, minimizando los riesgos ocupacionales, incorporando los temas de salud ocupacional en los curricula de las diferentes carreras en forma transversal.

7) Lo referente a salud ocupacional, debe quedar claramente incorporado en el marco de una atención

integral de la salud para la comunidad universitaria. 8) Las políticas institucionales en el tema de salud, forjadas en los acuerdos de la Asamblea Universitaria

y del Consejo Universitario en los últimos 62 años, son atinentes a la presente propuesta, por lo que hay viabilidad política para su aprobación y posterior implementación.

9) A partir del año 1997, el Consejo Universitario, en sus “Políticas prioritarias para la formulación y

ejecución del plan presupuesto de la Universidad de Costa Rica”, establece el marco político para la implementación de esta propuesta:

Sesión 4264 del 21 de mayo de 1997: Política 6.9. Desarrollar y ejecutar un Programa Universitario de Salud Ocupacional de conformidad con las necesidades actuales de protección laboral y de desarrollo institucional. Sesión 4789 del 3 de abril de 2003: Política 3.14. La Universidad de Costa Rica desarrollará planes permanentes de salud ocupacional y de salud ambiental. Sesión 4863 del 25 febrero 2004: Política 3.2 La Universidad de Costa Rica desarrollará un Programa Universitario de Salud Ocupacional y de salud ambiental que contribuya a un clima laboral óptimo.

Por otro lado, la base de toda sociedad contemporánea está directamente vinculada con las

relaciones del trabajo y de producción, mediante los bienes y servicios que generan los distintos actores sociales. La historia de la humanidad ha estado marcada por el trabajo, la producción y su capacidad para

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aprovechar, de manera sostenible, el producto de su trabajo, para lo cual será fundamental la organización de los diversos grupos sociales.

El desarrollo, la salud, la calidad de vida, las oportunidades y el futuro de toda generación, son

elementos relacionados con cultura, educación, trabajo, herramientas del trabajo, medios de producción y los recursos disponibles para generar los cambios necesarios, de acuerdo con los objetivos y metas fijados según la capacidad de la Institución, de las organizaciones relacionadas y de la sociedad.

La salud se puede definir como un estado de bienestar físico, mental y social, con capacidad de funcionamiento, y no únicamente la ausencia de enfermedad, malestar o dolencia, que permite llevar una vida social y económicamente productiva. Una conceptualización más dinámica de salud, la define no solo como un proceso que se constituye a partir de determinantes genéticos o biológicos y psicológicos, sino, también, de las condiciones de vida de las personas y de sus comunidades. La enfermedad es una alteración más o menos grave de la salud.

En el campo de la salud pública, el enfoque integral del proceso salud-enfermedad indica que este

binomio es multicausal, al estar involucrados aspectos biológicos, factores ambientales, sociales, económicos, culturales, psicológicos, educativos, geográficos y políticos que inciden en el individuo y en la colectividad , y dan por resultado un estado de salud determinado. Por lo anterior, su abordaje debe ser de carácter multi e interdisciplinario y debe basarse en acciones transformadoras del espacio y del territorio en que se desenvuelven las personas, de manera tal que se les pueda garantizar el mejor estado de salud posible. Esto quiere decir que el espacio laboral es fundamental en el desarrollo humano.

A este respecto, la salud ocupacional debe ser un componente fundamental de la salud pública y garantizar por lo tanto, la protección de la persona trabajadora y su medio ambiente, a fin de que goce de un estado de salud óptimo; en este sentido, en la salud ocupacional, entendida también como un espacio de interacción socio-profesional, convergen una serie de disciplinas, entre las que destacan: higiene ambiental, seguridad ocupacional, administración ocupacional, psicología laboral, toxicología ocupacional, ergonomía ocupacional, epidemiología ocupacional, enfermería ocupacional y medicina ocupacional, entre otras.

Para un mejor entendimiento del tema, se presentan a continuación las definiciones de tres de las

disciplinas de la Salud Ocupacional que esta Comisión consideró importantes de desarrollar para satisfacer las necesidades que en este campo tiene la Institución; estas definiciones son aportadas por la Organización Internacional del Trabajo:

a) Higiene ambiental: es la disciplina dedicada al reconocimiento, la evaluación y control de todos aquellos

factores y condiciones ambientales que se originan en el sitio de trabajo y que pueden ocasionar enfermedad, deterioro de la salud y del bienestar, o incomodidad apreciable y baja eficiencia en el desempeño de la ocupación;

b) Seguridad ocupacional: es la disciplina que se dedica a detectar los riesgos ocupacionales, a

corregirlos y así prevenir la ocurrencia de accidentes de trabajo, evitando las consecuencias o efectos adversos;

c) Ergonomía: es la aplicación de las ciencias de la biología humana, en conjunto con las ciencias de la

ingeniería, para lograr el ajuste mutuo óptimo del hombre y su trabajo, cuyos beneficios podrán medirse en términos de eficiencia y de bienestar humanos. Se propone asegurar la máxima eficiencia de operación, minimizar las posibilidades de error humano, reducir la fatiga y eliminar, en cuanto sea posible, el riesgo para el trabajador. Es la adaptación de los métodos, instrumentos y condiciones de trabajo, a la anatomía, la fisiología y la psicología del trabajador.

La Universidad exalta la cultura, crea y transmite conocimiento, fomenta la acción social en aras de lograr una sociedad más justa con un desarrollo sostenible, donde la persona es considerada en su máxima dimensión. Esta máxima, que es también de la salud ocupacional, no solo debe constituirse en parte integral del acontecer diario de la “vida universitaria”, sino que debe ser transmitida a las distintas generaciones de profesionales de la Universidad de Costa Rica, y a sus círculos de influencia cultural y de acción social, ofreciendo finalmente una mejor oportunidad de desarrollo y calidad de vida a la sociedad.

En concordancia con lo antes mencionado y con la normativa vigente, este documento sugiere una serie de condiciones que posibilitan el logro de un mejor estado de salud para la población universitaria.

c.2. Justificación

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Cuando hablamos de Salud Ocupacional, debemos pensar en la población trabajadora, la humanización de la actividad productiva, la protección a su medio ambiente, la calidad de la producción y la promoción de una mejor calidad de vida para estas personas.

Normalmente, la mayor parte de la vida de toda persona transcurre en el ambiente laboral o de estudio. Producir y las distintas maneras en que esto se hace, son factores que determinan la sostenibilidad de nuestro medio ambiente y nuestra calidad de vida de manera trascendental. Las principales tendencias productivas y financieras del mundo actual están influidas por las nuevas relaciones de globalización. Esto obliga a que la participación de cualquier país en el contexto internacional de relaciones comerciales, producción, tecnología e inclusive sostenibilidad ecológica, sea regida por elementos que determinan la “capacidad de cada país” de adaptarse a los cambios.

La capacidad de adaptación y de competir en este nuevo sistema de relaciones, determina igualmente la oportunidad de superación de las limitaciones que indirectamente defina nuestro nivel de desarrollo.

En las naciones de gran desarrollo industrial, agropecuario y tecnológico, los elementos

fundamentales de la salud ocupacional están plenamente integrados a toda actividad y tarea que implica la producción de bienes y servicios.

En el mundo actual hay un gran número de organizaciones y esfuerzos por un desarrollo sobre la base de la humanización, la calidad y la sostenibilidad en diversos campos; todo relacionado directamente con la Salud Ocupacional y Ambiental.

En el diverso interactuar de las necesidades de la sociedad y la respuesta en la Universidad es preponderante la preparación de los profesionales y las profesionales que a la postre determinan la sostenibilidad y el avance de nuestro desarrollo a nivel nacional y regional.

Específicamente, la actividad universitaria abarca personal docente, de investigación, administrativo,

mano de obra especializada y no especializada, trabajadores por contrato, estudiantes, visitantes, entre otros. Las interacciones derivadas de estos grupos con la Universidad de Costa Rica implican no solo compromisos de orden moral, sino responsabilidades legales derivadas de la “Ley de protección al Trabajador 6727”, y las establecidas en el Título IV del Código de Trabajo de Costa Rica.

Con base en lo anterior, esta Comisión Especial concluye que: compete a la Universidad no solo ser un “campo muestra”5, desarrollando su actividad básica sobre los principios fundamentales de la salud ocupacional y ambiental, sino que debe servir como generador y multiplicador de dichos principios, de manera que las distintas generaciones sometidas a la educación formal impartida en sus aulas y laboratorios tengan la oportunidad de disfrutar sus beneficios, e integrarlos a sus conocimientos y a su estilo profesional, a fin de que esta visión perdure y mejore nuestras oportunidades de desarrollo integral, con una incorporación ágil y planificada al mundo moderno.

Por tanto, es necesario que la Universidad de Costa Rica atienda la problemática de salud

ocupacional con propuestas que integren a sus diversos actores, y la capacidad instalada institucional (unidades académicas, de investigación e instancias administrativas), para ofrecer los servicios y la capacitación desde la perspectiva de la salud ocupacional.

De acuerdo con lo anterior, así como con la organización universitaria actual y la normativa vigente,

es necesaria la creación de una Oficina de Salud Ocupacional en línea directa con la Rectoría. Esta oficina fungirá como ente rector del Programa propuesto, del que participarán además la Comisión de Salud Ocupacional, así como las Comisiones de Salud Ocupacional de cada centro de trabajo, de manera que la integración de dichas instancias constituya el Programa Universitario de Salud Ocupacional (PUSO) que se creará en el marco del “Sistema de Atención Integral para la Salud de la comunidad universitaria” (SAIS).

I. MARCO DE REFERENCIA

Desde hace 300 años, el Dr. Bernardino Ramazzini planteó en su obra maestra “De morbis artificum diatriba” que ”... el trabajo, una de las fuerzas más poderosas y gratificantes de la vida humana, base del desarrollo

5 Campo muestra se refiere a plan piloto en el que se exponga un ejemplo ideal. En este caso se refiere a la posibilidad de que la UCR desarrolle un ejemplo de lo que se pretende alcanzar para que este sea muestra, ejemplo y “escuela” para el resto de la población.

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socioeconómico de las naciones, ya que genera riqueza y bienestar, conlleva, al mismo tiempo, riesgos y condiciones adversas para la salud, cuyos efectos impiden a una gran proporción de trabajadores el disfrute de su labor...” .

Más recientemente, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para el período 2000-2004,

estima que de los 2,7 billones de trabajadores del mundo, ocurren 1,1 millones de muertes de origen ocupacional, 160 millones de casos nuevos de enfermedades ocupacionales y que 250 millones de los accidentes ocupacionales resultan en incapacidad total o parcial. Señala también que esta situación constituye un reto ético-moral, dado que con el conocimiento actual, estas cifras son inaceptables, aún más, al saber que estos indicadores reflejan un subregistro de la realidad.

La magnitud y la naturaleza compleja de los problemas de la salud de la población trabajadora,

requieren de un enfoque intersectorial y multidisciplinario que integre responsabilidades entre los diferentes protagonistas. Cabe resaltar que la salud y el trabajo son bienes individuales y colectivos que interactúan positivamente cuando se enmarcan en un proceso de democracia, justicia social y equidad.

Es de interés institucional el implementar un plan universitario, cuyo propósito sea mejorar las

condiciones de vida, la salud y la seguridad en el trabajo y en el estudio de la comunidad universitaria con miras a un desarrollo humano sostenible. Para tal efecto, es necesario definir sus objetivos, estrategias, líneas de acción y actividades, enfocadas básicamente en cuatro áreas programáticas, intrínsecamente relacionadas, que actúan en forma sinérgica: 1) Políticas y legislación para la protección de la salud de los universitarios y universitarias; 2) Calidad de los ambientes de trabajo, estudio y recreación; 3) Promoción de la salud y 4) Provisión de los servicios integrales de salud para la población universitaria.

Como ya se indicó, la salud ocupacional y especialmente la seguridad en el trabajo, se operativizan con acciones en diversos campos, que promueven y favorecen condiciones para que el trabajador y la trabajadora puedan desarrollar sus funciones y labores en un ambiente saludable, sin causar daño al entorno. Para esto, es necesario contar con un marco legal y técnico, así como, con normativas, estrategias, voluntad política y apoyo a la gestión en la implementación de un plan estructurado para tal propósito.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define a la salud ocupacional en términos de: “Promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de la persona en todas las ocupaciones, prevenir todo daño causado a la salud de ellos por las condiciones de su trabajo, protegerlos en su empleo de los riesgos resultantes por la presencia de agentes perjudiciales a su salud, mantener al trabajador en un empleo conveniente a sus aptitudes fisiológicas y psicológicas, en suma: adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a su tarea.” (El resaltado no es del original).

En términos similares, la OIT señala que, “La Salud Ocupacional es una rama de la Salud Pública orientada a promover y mantener el mayor grado posible de bienestar físico, mental y social de las personas en todas las ocupaciones, protegiéndolas en su empleo de todos los agentes perjudiciales para la salud, en suma, adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a su actividad” (El resaltado no es del original).

En atención a las anteriores consideraciones, la salud de las personas debe ser una prioridad nacional, en razón de lo cual este principio incluye las acciones necesarias para promover y asegurar la salud y seguridad de los trabajadores y las trabajadoras en el ambiente de trabajo.

La “Política Nacional de Salud 2002-2006” no se refiere específicamente a salud ocupacional, si bien

en el ámbito 4 “Salud ambiental y desastres” considera como temas relevantes para ser abordados como política, todo lo relacionado con el manejo de desechos, control de los contaminantes peligrosos, protección de recursos hídricos, mejoramiento del alcantarillado sanitario y desastres. Con respecto al manejo de desechos, señala un manejo integral y seguro de estos e incluye la actualización de la normativa vigente, la vigilancia de su cumplimiento, el tratamiento de los desechos y desarrollo de la participación social para fomentar una cultura sanitaria en este campo. En relación con los contaminantes peligrosos se refiere al control de los factores que producen la contaminación ambiental y los mecanismos de control que pueden desarrollarse para prevenir y reducir el riesgo de enfermar o morir por dichas causas. Se considera aspecto relevante el fortalecimiento de la participación social y el control de sistemas integrados en aspectos físicos. En lo relativo a desastres, contempla todos los aspectos relacionados con prevención, mitigación y respuesta del sector salud ante situaciones de emergencia y desastres, enfocándolo, primordialmente, hacia una disminución de la vulnerabilidad de la población a través de una mejor planificación, gestión del riesgo y la utilización de tecnología apropiada.

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Cabe destacar que los principios orientadores de la “Política Nacional de Salud 2002-2006” son válidos y deben ser considerados en la concepción e implementación de un “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, adaptándolos a su realidad de Institución Estatal de Educación Superior, a saber:

a. Equidad: es la justa distribución de las posibilidades y oportunidades de acceso a la información,

conocimientos, recursos, bienes y servicios, para promover, mejorar y mantener la salud individual y colectiva, dando más a quien más necesita. En este sentido, busca disminuir las diferencias en salud que son innecesarias, evitables, incorrectas e injustas.

b. Universalidad: es la responsabilidad del estado de garantizar bajo un enfoque de derecho el acceso al

sistema de salud con calidad a toda la población, sin límites geográficos, sociales, económicos y culturales.

c. Solidaridad: principio por el cual se asegura la protección de la salud para toda la población mediante

un modelo de financiamiento compartido que permita el acceso al sistema de salud de aquellos grupos con menos recursos.

d. Ética: conjunto de reglas, normas, mandatos, que guían y regulan el comportamiento humano dentro

de determinada colectividad. La ética en salud se orienta al respeto a la dignidad, integridad y autonomía de todas las personas, al logro del bienestar humano y a la justicia social.

e. Calidad: es la capacidad del sistema de salud para ofrecer atención integral que solucione

satisfactoriamente las necesidades de las personas y grupos sociales, ofreciéndoles los mayores beneficios y evitando riesgos.

f. Inclusión social: es la condición en la que se reconocen los derechos, deberes, igualdades y

equidades a las personas y grupos sociales en situaciones de desventaja y vulnerabilidad, sin distinción de género, etnia o ideología. Una persona o grupo social incluido significa que está integrado social e institucionalmente en las redes creadas por la sociedad, abarcando las dimensiones: política, económica, social y cultural.

Asimismo, los ejes transversales de la “Política Nacional de Salud 2002-2006” son válidos y deben de

ser considerados en la concepción e implementación de un “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, adaptándolos a su realidad de Institución Estatal de Educación Superior, a saber:

a. Enfoque de género: es un proceso mediante el cual se reconocen las diferencias entre mujeres y

hombres en términos de sus necesidades y problemas de salud para planificar acciones integrales adecuadas a sus particularidades biológicas y sociales, garantizando la participación igualitaria de ambos géneros en la toma de decisiones a nivel político, económico y social.

b. Enfoque de derechos: La salud es uno de los derechos esenciales de las personas, el cual es

consagrado por la Constitución Política de la República, donde se señala que es un bien de interés público y es función del Estado velar por la salud de la población. En este sentido el sistema de salud reconoce a la población como sujeto de derecho y garantiza la atención integral en salud, oportuna y con calidad, en igualdad de oportunidades, con respeto a la integridad y a la especificidad biológica, social y cultural de las personas y colectividades.

c. Participación social: Es el ejercicio pleno de la ciudadanía, que permite el derecho de participar en

forma consciente, co-rresponsable, activa e informada a todos los actores sociales, en la identificación, análisis y priorización de necesidades de salud, la formulación de planes y programas, así como en las decisiones relacionadas con su ejecución, evaluación y rendición de cuentas, para garantizar su calidad, eficiencia y efectividad.

El Sector Salud Nacional presenta la “Agenda Sanitaria Concertada. Los diez compromisos del

Sector Salud para el período 2002-2006”. Estos últimos son válidos y deben de ser considerados en la concepción e implementación de un “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, adaptándolos a su realidad de Institución Estatal de Educación Superior, a saber:

1. Fortalecer y mejorar las intervenciones orientadas a sostener o incrementar los logros en: mortalidad

infantil, mortalidad materna, enfermedades transmisibles y carencias nutricionales.

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2. Promover la construcción de una cultura de salud con énfasis en promoción de la salud y el fomento de estilos de vida saludables individuales y colectivos.

3. Prevenir y atender las enfermedades no transmisibles y sus factores de riesgo. 4. Promover y atender la salud mental en forma integral, con énfasis en la violencia social. 5. Mejorar la equidad, acceso, calidad y ética de servicios de salud con énfasis en la atención primaria. 6. Mejorar la salud ambiental con énfasis en el saneamiento básico y el manejo integrado del recurso

hídrico. 7. Fomentar acciones orientadas a la reducción de la vulnerabilidad ante los desastres. 8. Consolidar la estructura y el funcionamiento del sector salud. 9. Modular la inversión, el gasto y el financiamiento en coherencia con las políticas y las prioridades del

sector salud. 10. Consolidar el Sistema Nacional de la Vigilancia de la Salud. I.1. Marco conceptual

Toda actividad productiva plantea necesidades que deben satisfacerse en el campo de la Salud Ocupacional, con programas que varían de acuerdo con las particularidades de cada organización.

Por otra parte, hay factores vinculados con la filosofía, misión, objetivos, actividades y tareas de la organización, así como el financiamiento, presupuesto, normativa vigente, y los riesgos en el medio ambiente laboral, por lo que el responsable de dirigir la unidad designada de salud ocupacional en la Universidad de Costa Rica tendrá un rol fundamental y estratégico en el desarrollo del Programa.

Es, pues, factor crítico y fundamental adscribir y entender plenamente las actividades que realiza la

organización para el diseño e implementación de un programa de calidad en salud ocupacional.

La decisión de establecer un Programa Universitario de Salud Ocupacional en nuestra Institución, conlleva diversos motivos: 1. El interés por la salud de toda la comunidad universitaria. 2. La necesidad de cumplir con la legislación vigente; 3. La atención eficiente de las implicaciones económicas relativas a los factores asociados a la dinámica

laboral: a. Incapacidades b. Accidentes

4. Modernización institucional en el ámbito de la salud de la población universitaria.

Con respecto a lo que se entiende por un accidente de trabajo, este se define en Salud Ocupacionalcomo un suceso inesperado e indeseable que se origina en el ambiente ocupacional. Es el resultado de una falla en algún elemento físico del trabajo o por el desempeño inseguro de alguna persona. Pueden presentarse o no lesiones personales o daños sobre las instalaciones, los equipos, la maquinaria, los materiales. Interrumpe la marcha normal del trabajo y está asociado con pérdidas de tiempo. Es de primordial importancia la corrección o la prevención del comportamiento inseguro de las personas en su trabajo, debido a que la experiencia revela que el 80% de los accidentes tienen origen en el factor humano y el 20% en el factor ambiental.

Para prevenir un comportamiento inseguro en los trabajadores, es fundamental organizar actividades

en los campos de a) selección y ubicación del personal; b) educación y capacitación; c) control de factores originados dentro y fuera del ambiente de trabajo. Por lo anterior, todo accidente tiene que ser investigado sin que interese cuál haya sido la gravedad de las consecuencias.

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Es fundamental que los universitarios y universitarias participen de programas de capacitación, en los

que se suministren conocimientos técnicos y se desarrollen habilidades adicionales y específicas para el trabajo. Esta capacitación, en todas sus etapas, debe de realizarse con supervisión continua por parte de especialistas.

Para prevenir las enfermedades y accidentes ocupacionales es fundamental el acceso a información

confiable por parte de los tomadores de decisiones, de los trabajadores, trabajadoras, estudiantes, especialistas, para la identificación y control del riesgo.

Al fallar la prevención de los accidentes y de las enfermedades laborales, se presentan efectos adversos como: 1) la persona sufrirá un deterioro en su salud, enfermedades, lesiones leves o graves y aún la muerte. Indirectamente se afecta la capacidad de aprendizaje y la productividad del individuo, lo cual representa un perjuicio para los trabajadores y estudiantes como para la Institución; 2) la propiedad institucional se ve afectada con pérdidas, puesto que en los accidentes ocurren daños en las edificaciones, en las máquinas, en las herramientas, en los materiales y demás elementos físicos; 3) independientemente de que en el suceso se presenten lesiones y daños materiales, siempre habrá pérdidas de tiempo.

Con respecto a los costos de los accidentes, se reconocen los llamados “directos” y los “indirectos”.

Los especialistas indican que los costos indirectos superan a los directos por un factor que puede estar entre 4 y 10 o un valor mucho mayor, y la Universidad no es la excepción.

Los costos directos, también llamados “asegurables”, son aquellos fácilmente identificables, puesto

que corresponden a egresos específicos, como por ejemplo: a) los gastos médicos y de hospitalización; b) los costos por rehabilitación; c) los costos de las compensaciones y pensiones de invalidez; d) los costos de reparación o de reemplazo de los bienes que se malograron en el suceso.

Los costos indirectos, también llamados “no asegurables” son más difíciles de establecer puesto que

no son contabilizables directamente, como por ejemplo: a) el tiempo no productivo de los trabajadores no lesionados, pero que detuvieron su labor para ayudar o para observar al lesionado y los daños causados; b) horas extras necesarias para sustituir en su trabajo a la persona lesionada; c) ánimo decaído de los trabajadores testigos del accidente, lo que puede manifestarse en bajo rendimiento, conflictos laborales, etc.

El desarrollo tecnológico ha transformado significativamente las formas de producción y de

intercambio de bienes y servicios, lo que se ve reflejado en los planes de estudio de nuestras carreras universitarias, generando la aparición de nuevos y variados riesgos ocupacionales, como los ecológicos, teratogénicos, mutagénicos; además cabe señalar los problemas ergonómicos, de repetición, monotonía, posturas antifisiológicas, y la falta de periodos de descanso, los que han causado epidemias osteomusculares y estrés.

La Universidad de Costa Rica debe velar porque sus distintos estamentos se eduquen en el campo

de la salud ocupacional, con el fin de desarrollar conciencia y compromiso en este campo y de que participen de una cultura preventiva de los riesgos del trabajo. Señalamos la importancia de que una manera segura de actuar puede ser aprendida. Mediante la selección se pueden identificar individuos aptos y con ciertas habilidades, pero hay que asegurarse de que posean una preparación suficiente, por lo que es necesaria su participación en programas de capacitación.

Todo lo anterior se relaciona directamente con los diferentes tipos de riesgos que pueden estar presentes en un ambiente laboral. Riesgo, en Salud Ocupacional, es la probabilidad de que suceda un evento, impacto o consecuencia adversos y no deseados (accidente); se entiende también como la medida de la posibilidad y magnitud de los impactos adversos, siendo la consecuencia del peligro, y está en relación con la frecuencia con que se presente un evento o accidente. Es, además, la probabilidad de ocurrencia no solo del accidente sino de una enfermedad ocupacional. En salud ocupacional es fundamental el manejo preventivo del riesgo para evitar los accidentes y las enfermedades, con base en investigación dirigida a conocer y controlar los factores ambientales presentes.

Los riesgos se pueden clasificar en:

• Riesgos Físicos: ruido (vibraciones), presiones, temperatura, iluminación, radiaciones ionizantes (la que al interactuar con la materia origina partículas con carga eléctrica, llamadas iones, como los rayos X rayos gamma) y no ionizantes (microondas, luz visible, radiación infrarroja y ultravioleta);

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• Riesgos químicos:polvos (ej. intoxicaciones por plomo; los alergénicos; fibrosis pulmonar por sílice, carbón, hierro, bario; cáncer por cromatos) vapores (ej. de benceno, resinas, grasas, hule), líquidos (se absorben por piel: aceite de anilina, cianuro, benceno, cloroformos, bencina, gasolina, formaldehído,fenol, nitroglicerina, aguarrás, xileno, tetraetilo de plomo; por lo anterior es importante el uso de ungüentos protectores), disolventes (casi todos son liposolubles y penetran vía pulmonar, cutánea o gastrointestinal; con cualidades anestésicas y actúan sobre los centros nerviosos ricos en lípidos; todos actúan sobre la piel, algunos son metabolizados y afectan los órganos hematopoyéticos productores de células sanguíneas; otros son tóxicos hepáticos o renales);

• Riesgos biológicos: se presentan en actividades en las cuales los gérmenes y patógenos son elementos

del trabajo o de la ocupación (laboratorios); ejemplos son: anquilostomiasis, muermo, carbunco, tétano, alergias, espiroquetosis, icterohemorrágica. Las principales vías de infección son la respiratoria, la cutánea o la digestiva.

• Riesgos ergonómicos : ciertas características del ambiente que se asocian con lesiones (estrés por calor,

por frío, vibraciones hacia el cuerpo, iluminación, ruido, etc.) y características físicas de la tarea (posturas, fuerza, repeticiones, velocidad, duración, tiempo de recuperación, etc.) y otros como demandas cognoscitivas, organización del trabajo, carga de trabajo, horas de trabajo, entre otros.

• Riesgos psicosociales: estrés ocupacional (síndrome general de adaptación).

Es de fundamental importancia el prevenir y aminorar los riesgos en la Institución, así como reconocer su peligrosidad y efectos sobre las personas expuestas a ellos. El campo de los riesgos laborales es muy amplio y la investigación puede dar soluciones concretas. Planes de investigación, de prevención y de apoyo, redundarán en una verdadera protección para el universitario y universitaria durante el desempeño de sus labores, lo cual además implicará ahorro de recursos institucionales y estatales. Esta Comisión destaca, a continuación, lo relativo a riesgos químicos, ergonómicos y estrés, debido a que son comunes en nuestra Institución, así como lo concerniente a “Edificio enfermo” y al síndrome que lleva este mismo nombre.

A) La prevención de posibles riesgos originados por la exposición a contaminantes químicos se basa en la atenuación, según un esquema clásico de actuación, sobre los focos de contaminación, el medio, y el receptor (persona expuesta).

B) Para la prevención de los riesgos ergonómicos, existen dos tipos básicos de controles, que procuran

reducir o eliminar los riesgos de manera permanente; estos son los controles de ingeniería y los controles administrativos. Los controles de ingeniería identifican y procuran eliminar los estresores como malas posturas, fuerza, repetición entre otros; para esto cambian los aspectos físicos del puesto de trabajo, incluyendo la sustitución de equipos diferentes o herramientas modernas más apropiadas. Los controles administrativos son los que una vez identificados los estresores, realizan cambios en la organización para atenuarlos o eliminarlos; incluyen aspectos tales como: rotación de trabajadores, aumento en la frecuencia o duración del descanso, preparación de todos los trabajadores en los diferentes puestos para una rotación adecuada, mejoramiento de las técnicas de trabajo, acondicionamiento físico de los trabajadores para que respondan a las demandas de las tareas, realizar cambios en las tareas para que sean más variadas y no sean monótonas, mantenimiento preventivo para equipo, maquinaria y herramientas, limitar la sobrecarga de trabajo en el tiempo, desarrollo de un programa de automantenimiento por parte de los trabajadores. Debemos de recordar que un programa ergonómico es un método sistemático de prevenir, evaluar y manejar las alteraciones relacionadas con el sistema nervioso y muscular.

C) El estrés se está convirtiendo en la enfermedad ocupacional de más frecuencia en el mundo. Los

factores de riesgo psicosociales pueden ser entendidos como toda condición que experimenta el ser humano en cuanto se relaciona con su medio circundante y con la sociedad, por lo tanto no se constituyen en un riesgo sino hasta el momento en que se convierten en algo nocivo para el bienestar del individuo, o cuando desequilibran su relación con el trabajo, su ocupación o con el entorno. Los estresores son el conjunto de situaciones físicas o psicosociales que producen tensión y otros resultados desagradables en la persona. El estresor depende de la valoración que la persona hace de la situación, de la vulnerabilidad a este y de las características individuales (perfil psicológico, sexo, edad, personalidad, antecedentes psicológicos), de las estrategias de afrontamiento disponibles, del momento y condiciones en que se presenta (factores exógenos, vida familiar, entorno cultural y social, contexto socioeconómico), de su duración, de su intensidad.

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El estrés se produce cuando se produce un desajuste entre la demanda del entorno y los recursos de las personas para afrontarlas. El estrés en el lugar de trabajo puede ser detectado tempranamente, pues suele venir precedido de síntomas tales como: poca disposición a asumir responsabilidades, quejas numerosas sin presentar soluciones, falta de relación personal con los compañeros, dificultad para realizar tareas corrientes, llegar tarde y salir temprano, dolor de cabeza, malestar gástrico frecuente, aumento en el número de accidentes y fallos, distracciones. Los efectos y consecuencias del estrés ocupacional pueden ser diversos, tales como los subjetivos (ansiedad, agresión, aburrimiento, depresión, fatiga, culpabilidad, nerviosismo, entre otros), los conductuales (propensión a sufrir accidentes, drogadicción, arranques emocionales, excesiva ingestión de alimentos o pérdida de apetito, consumo excesivo de alcohol o tabaco, entre otros), los cognoscitivos (incapacidad para tomar decisiones y concentrarse, olvidos frecuentes, hipersensibilidad a la crítica, bloqueo mental, etc.), los fisiológicos (incremento en el ritmo cardiaco, incremento de la presión sanguínea, aumento de glucosa en sangre, aumento de adrenalina, catecolaminas y corticoides en sangre, sequedad de la boca, exudación, dilatación de las pupilas, dificultad para respirar, escalofríos, nudos de la garganta, entumecimiento y escozor de las extremidades, por ejemplo). Los programas de intervención para la prevención del estrés ocupacional, deben abordarse desde una panorámica global que incluya estrategias y técnicas de intervención y que por su carácter eminentemente técnico, exige ser llevada a cabo por especialistas.

D) La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha denominado edificios enfermos, a aquellos que no

cumplen con los estándares mínimos de calidad del aire, porque tienen mala ventilación, son herméticos, viejos y mal atendidos, construidos con materiales no idóneos, con ambientes húmedos y oscuros, con mal alcantarillado, con muebles no adecuados en cuanto a los materiales y su localización (hacinamiento, activos en los corredores), cortinas y alfombras que guardan polvo, sin rutinas de aseo y mantenimiento adecuados. Todo esto favorece el crecimiento y la multiplicación de bacterias, virus, hongos, ácaros, otros patógenos y plagas como ratas y cucarachas, que pueden causar diferentes enfermedades.

El Síndrome del edificio enfermo es el nombre que se da al conjunto de síntomas que presentan los

ocupantes y las ocupantes de un edificio enfermo. Entre los síntomas más comunes están: irritación de los ojos, nariz y garganta, asma, alergias, sinusitis, respiración dificultosa, erupciones cutáneas, comezón, hipersensibilidades inespecíficas, náuseas, mareos, vértigos, dolor de cabeza, fatiga mental, elevada incidencia de infecciones respiratorias, resfriados, y estrés. Generalmente, estos síntomas se presentan con más frecuencia en horas de la tarde que por la mañana; el personal de oficina es más propenso que el directivo a experimentar molestias; estas molestias son más frecuentes en el sector público que en el privado; y las quejas son más abundantes cuanto menos control se tiene sobre el entorno.

La Universidad de Costa Rica no está libre de este problema de salud. Es de suma importancia que en

la Institución se refuerce la vigilancia y se desarrolle un plan intensivo y continuo de detección, atención y prevención de nuestros edificios enfermos, que cuente con el presupuesto necesario para su desarrollo y sostenibilidad. El Programa Universitario de Salud Ocupacional propuesto, es el indicado, por sus objetivos, para trabajar y resolver este problema, en coordinación y apoyo mutuo, con la Oficina de Ejecutora del Plan de Inversiones (OEPI). Este tema es de interés institucional, porque una “Universidad sana” es aquella que también tiene “edificios y ambientes sanos y saludables”: Además, lo relativo a “Salud e Higiene Ambientales” debe de ser parte del conocimiento general que todo universitario y universitaria debe de tener, para que esté en capacidad de incorporarlo a su estilo de vida, de ser un elemento multiplicador en la sociedad, contribuyendo a que sus hogares, barrios, comunidades, lugares de trabajo, de esparcimiento, y lugares donde se encuentre temporalmente, sean ambientes sanos.

Por todo lo anterior, la salud y la higiene ambiental van de la mano y deben de ser consideradas con

mayor énfasis en las Políticas Prioritarias de la Universidad, en los Planes de Desarrollo Institucional, en los Planes de Estudio de las Carreras Universitarias, en investigación, en acción social, capacitación, servicios generales, desarrollo y mantenimiento de infraestructura, y en toda actividad institucional. Con gran preocupación los miembros de esta Comisión Especial observamos en la Institución edificios enfermos, con corredores sin buena ventilación, debido a que por ejemplo, la única puerta que da al exterior permanece siempre cerrada al haber sido transformada en una salida de emergencia. Estos corredores tienen como única salida disponible para el tránsito una escalera, generalmente estrecha y de varias rampas. Los ambientes relacionados con esos corredores, especialmente hacia las partes internas, tienen mala ventilación e iluminación, y sus paredes son húmedas y cubiertas de hongos y polvo. Todo lo anterior se ve más afectado por la presencia de archivos, mesas, sillas, cajas, equipos obsoletos a lo largo de las paredes de los corredores y zonas de tránsito. Otro caso que llamó la atención fue la de un vidrio roto de una ventana en un piso alto de la Biblioteca de Salud, que permaneció así por varios meses a pesar de las innumerables llamadas para que eso se corrigiera. En estos casos están presentes los riesgos ambientales de un edificio enfermo, además de que los de seguridad personal, que pueden originar una emergencia innecesaria si no

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se atienden oportunamente; quedando claro que la prevención o la actuación rápida son fundamentales. La falta de presupuesto o la burocracia universitaria, no son excusa.

Por otro lado, la Universidad de Costa Rica, por su responsabilidad ética y civil como Institución de

Educación Superior Estatal, así como por sus funciones en docencia e investigación, debe de garantizar un equipamiento y mantenimiento adecuados de los laboratorios y de los diseños y ejecución de las prácticas, para que todos los universitarios y las universitarias nos desempeñemos en un ambiente sano y seguro. Para conseguir lo anterior, se pueden destacar una serie de acciones que precedidas de una buena planificación, sirven para mejorar los ambientes interiores, tales como: desarrollar y utilizar materiales de construcción y de estudio no contaminantes, un mejor conocimiento de los mecanismos que causan las irritaciones y el malestar, una mejor identificación de la naturaleza de los contaminantes y de sus fuentes, sustitución de productos problemáticos por otros menos dañinos o neutros. Todos los temas anteriores son válidos de investigación, que el Programa Universitario de Salud Ocupacional deberá promover con el apoyo de la Vicerrectoría de Investigación y de las unidades académicas pertinentes.

Hay una gran cantidad de preguntas que deben atenderse en la Institución, en aras de dar respuesta a las verdaderas necesidades de establecer un programa formal de salud ocupacional en la Universidad de Costa Rica, en el ámbito de perspectivas, posibilidades y políticas corporativas6 que se deben establecer en esta materia; por ejemplo:

1. ¿Cuáles son los convenios o regulaciones internacionales que la organización tiene interés

de adoptar, suscribir o acatar? 2. ¿Cuál es la legislación nacional que se debe atender de manera prioritaria y planificada?:

a. En materia de salud ocupacional (incluidas disciplinas del sistema) b. En materia de salud ambiental

3. ¿Cuáles acuerdos existen sobre la materia en la organización universitaria, en relación con: a. Acuerdos o disposiciones vigentes en la Universidad b. Convenciones colectivas con sindicatos c. Acuerdos con gremios d. Acuerdos suscritos con la organización estudiantil e. Otros varios aplicables.

4. ¿Cuál es la política existente sobre esta materia en la Universidad de Costa Rica? (¿Es necesario establecerla, actualizarla o redefinirla?).

5. ¿Hay voluntad política o criterios unificados, al más alto nivel institucional, de apoyar un

Programa Universitario de Salud Ocupacional para la Institución?

6. ¿Hay un registro de vigilancia epidemiológica respecto de las situaciones indeseables de salud ocupacional que se presentan en la Universidad de Costa Rica?

7. En general, entre otros:

a. ¿Se conoce el número de accidentes o situaciones indeseables que se producen o se presentan en las distintas estructuras de la organización?

b. ¿Se conoce cuánto de las incapacidades están relacionadas con condiciones del trabajo? c. ¿Hay estándares establecidos y disponibles a los usuarios y las usuarias para el uso de

sustancias y materiales en general que pueden ser peligrosas para las personas? d. Si existen estas sustancias, materiales o situaciones indeseables en la Universidad de

Costa Rica, ¿son conocidas ampliamente por los usuarios y las usuarias? e. ¿Se utilizan sustancias carcinogénicas en prácticas y laboratorios?

6 Corporativo en este caso se refiere a la forma de organización desconcentrada de la Universidad y estructurada en sedes universitarias, Sedes Regionales, Recintos Universitarios, Centros, Institutos, Estaciones Experimentales; todos funcionando en condiciones y necesidades diversas, siempre dependientes de la sede Rodrigo Facio y con una limitada pero activa capacidad de autogobierno.

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f. ¿Hay políticas acerca del uso y consumo de alcohol o drogas no terapéuticas? g. ¿Hay políticas de rehabilitación? h. ¿Hay personal asignado y responsable de la aplicación y seguimiento de medidas de salud

y seguridad en el trabajo?

i. ¿Qué medidas de capacitación al personal se han instaurado en relación con el reporte de situaciones peligrosas para la salud y seguridad del personal, reporte de situaciones indeseables o accidentes en el trabajo, entre otros?

j. Hay sistemas de botiquín y primeros auxilios instaurados en cada recinto y edificio del

sistema. i. ¿Hay capacitación respecto del uso de un botiquín y la aplicación de primeros auxilios, de acuerdo con los horarios de la organización?

k. ¿Hay planes para la situación de riesgos y desastres en cada recinto y edificio del sistema

universitario? i. Hay capacitación y seguimiento. ii. Se realizan simulacros iii. Se conocen las debilidades de acuerdo con las situaciones hipotéticas.

l. ¿Existe un mapa de riesgos? m. ¿Hay una clasificación de sustancias peligrosas o inflamables?

n. ¿Se realiza un programa de selección pre-empleo que verifique, mediante la valoración

médica u otros, que la persona es apta para desempeñarse en el puesto para el cual se le contrata?

o. ¿Se tienen clasificadas e inventariadas las medidas de control y protección de las personas

trabajadoras, visitantes y estudiantes, instauradas en cada recinto y edificio para las diversas situaciones indeseables que podrían presentarse? ¿Cuáles son estas medidas?: i. Equipos de protección ii. Administrativas iii. De ingeniería

Estos y otros elementos por considerar deben ser evaluados por un equipo de profesionales que

tenga relación con estos aspectos. Aquí, es necesario considerar a la persona especialista en el campo de salud ocupacional o medicina del trabajo, especialistas en ingeniería industrial, seguridad ocupacional, mantenimiento y administración de los servicios, toxicología industrial o en otros campos del saber, según se considere necesario para la Institución.

En Salud Ocupacional se entiende por ambiente de trabajo el conjunto de condiciones que rodea a

las personas o indirectamente influye en la salud y vida del trabajador. Recordemos que higiene ambiental es el conjunto de actividades destinados a la identificación, evaluación y control de los factores de riesgo del ambiente de trabajo.

Es importante tener en cuenta que en todo centro de trabajo el ambiente en que este se desarrolla

está compuesto por diversos componentes, como lo son:

1. Mecánicos 2. Químicos 3. Físicos 4. Psíquicos o psicológicos (individuales) 5. Biológicos 6. Orgánicos 7. Ecológicos 8. Ergonómicos 9. Referentes a intereses de la comunidad 10. Seguridad ocupacional o industrial

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11. Sociales (ambiente laboral) 12. Psicosociales (ambiente laboral)

Por lo anterior, un “Programa Universitario de Salud Ocupacional” para la Institución tiene, entre otras

funciones, la misión de conocer, controlar y optimizar estos componentes, teniendo siempre en cuenta al ser humano que allí se desempeña.

Todos estos componentes deben ser registrados y considerados apropiadamente porque pueden

constituirse en riesgos del ambiente laboral, por lo que deben ser objeto de atención por parte de la Institución, mediante estrategias bien planificadas para mantener así la salud de las personas trabajadoras universitarias, de sus estudiantes y del medio ambiente.

Cabe destacar, para el buen entendimiento del tema, lo referente a prevención en salud

ocupacional. La buena práctica de la medicina ocupacional y ambiental, como componentes de la salud ocupacional, consiste principalmente de estrategias de prevención.

Hay tres niveles de prevención en salud ocupacional, cada uno de los cuales debe de ser

implementado en la Institución mediante su “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, con la colaboración de la Oficina de Ejecutora del Plan de Inversiones (OEPI) y del ya aprobado “Sistema de atención integral en salud para la comunidad universitaria”, con el fin de cumplir cabalmente con los propósitos de la salud ocupacional en nuestra Institución, a saber:

A) Nivel de prevención primaria en salud ocupacional: Su propósito en el medio ambiente laboral consiste en reducir la incidencia de lesiones y

enfermedades laborales. Esto se cumple mediante tres programas principales: a. Lugares y ambientes de trabajo bien diseñados b. Adaptando, en cada caso, a cada trabajador o trabajadora a su labor c. Capacitación para los trabajadores, las trabajadoras, los estudiantes y las estudiantes.

B) Nivel de prevención secundaria en salud ocupacional: Los programas de prevención secundaria en salud ocupacional se refieren a la detección de

problemas de salud ocupacional en forma temprana y antes de que la persona trabajadora desarrolle síntomas de una lesión o posible enfermedad. El objetivo es atender los problemas que puedan presentarse antes de que avancen y sean incontrolables.

Los planes de prevención secundaria en salud ocupacional se cumplen mediante dos programas

principales:

a. Atención médica (valoración, monitoreo y seguimiento), b. Programa de asistencia, consejo y asesoramiento a la persona trabajadora. Esto incluye, por

ejemplo, necesidades de atención por estrés, problemas emocionales, uso o abuso con sustancias o drogas ilegales, entre otros.

C) Nivel de atención terciaria en salud ocupacional: Este nivel de asistencia consiste en la atención y el manejo clínico de las personas con lesiones o ya

con enfermedades y en proceso de la correspondiente rehabilitación, en aras de promover la fase de recuperación y retorno al trabajo. Estos programas pueden darse u ofrecerse:

a. En el propio lugar de trabajo mediante clínicas u oficinas de salud. b. Por medio de servicios contratados, en este caso de la Universidad de Costa Rica, con:

-Caja Costarricense de Seguro Social -Instituto Nacional de Seguros (INS) -Sociedades privadas de prestación de servicios de salud

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c. Manejo de casos mediante la participación de equipos interdisciplinarios de salud (médico ocupacional, psicólogo laboral, enfermera ocupacional, supervisores de planta u otros).

d. Por convenio o contrato del propio trabajador o trabajadora o, bien, de su sindicato con un sistema independiente de salud.

Después de la exposición anterior, esta Comisión Especial concluye que los niveles preventivos en

salud ocupacional, deben de ser desarrollados con prioridad en la Universidad de Costa Rica, especialmente el primero y segundo nivel, y el tercero en lo posible, al responder a las necesidades de su población, en el marco de los Programas de salud ocupacional y de salud integral, con la participación de especialistas en diversas disciplinas en el proceso de diagnóstico, planificación, prevención e implementación de los distintos programas de atención de la salud, que conlleven a la consolidación del Programa Universitario de Salud Ocupacional en la Universidad de Costa Rica.

Siendo esto lo ideal, es necesaria la participación plena de la comunidad universitaria, de modo que

los esfuerzos institucionales se dirijan al desarrollo de un Programa Universitario de Salud Ocupacional, que visualice los siguientes ejes:

1. Higiene ambiental 2. Seguridad ocupacional 3. Administración ocupacional 4. Psicología laboral 5. Toxicología industrial 6. Ergonomía ocupacional 7. Trabajo social 8. Epidemiología ocupacional 9. Enfermería ocupacional 10. Medicina ocupacional

La experiencia a escala mundial dicta que, por la naturaleza de un Programa de salud ocupacional,

es recomendable que la coordinación del equipo de trabajo e intervención le corresponda a una persona especialista en salud ocupacional. Lo anterior toma relevancia dada la complejidad de la Institución y su tamaño.

En gran parte, el éxito del programa dependerá de la capacidad y motivación de la persona

responsable de dirigir el equipo de trabajo, cuyos atestados y condiciones deberían preferiblemente incluir: formación de posgrado universitario en Salud Ocupacional o áreas relacionadas; experiencia y preferiblemente formación en el campo de la gerencia de servicios de salud; experiencia en orientación y conducción de equipos de trabajo interdisciplinarios; conocimiento de regulaciones en el campo de la salud ocupacional; motivación y capacidad de liderazgo y de trabajo en grupo.

En resumen, el responsable o la responsable de la coordinación de dicho Programa debe tener la

preparación académica apropiada, capacidad, experiencia y motivación necesarias para cumplir con el cometido dispuesto a estos efectos.

Por otro lado, la Institución deberá promover y facilitar las condiciones necesarias para la

contratación de un equipo básico de profesionales en el área de la salud ocupacional, que se encarguen de desarrollar las condiciones para la implementación e implantación de la estrategia en esta materia en la Universidad.

I.2. Sostenibilidad del Programa La sostenibilidad del Programa se verá satisfecha en función de diversos factores. Para esto, debe

contarse con una política institucional actualizada en relación con la salud ocupacional y ambiental, en cuanto a su misión, la visión, y los objetivos. Asimismo, debe velarse por fortalecer las estrategias mediante las cuales se planee implementar dicho Programa.

Apoyo político: En estos casos, cuando se trata de Programas institucionales nuevos, deben considerarse las

necesidades reales de recursos para su implementación, por lo que es fundamental la planificación, el

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conocimiento, la motivación, el interés y apoyo político de las autoridades y de otros estamentos estratégicos, así como los recursos con que se dispongan, se redistribuyan o negocien para estos efectos, para lo que siempre se deberá tener en cuenta el interés institucional y sus prioridades. Por ello, limitarse a cumplir con lo que demanda la regulación vigente puede convertir una propuesta, como la que se expone en este documento, en un mero ejercicio de cumplimiento, y dejar de lado la perspectiva de proyección hacia el logro de los objetivos fijados para la salud, el bienestar de los universitarios y universitarias, su formación, y la protección del medio ambiente.

Inducción al proceso, capacitación Es necesario pensar en una amplia inducción al proceso en la que es oportuno favorecer una

participación activa de todas las partes involucradas, como lo son el personal administrativo, docente, el estudiantado, las personas técnicas y las no especializadas, contratistas, gremios reconocidos por la Institución, sindicatos o, bien, los representantes de los grupos mencionados.

La inducción al proceso ha de incluir necesariamente dar a conocer la legislación y las regulaciones

vigentes, la responsabilidad de la Institución y su política en esta materia, los deberes y derechos de los universitarios y de las universitarias, el compromiso y cumplimiento por parte de esta Universidad en relación con el medio ambiente laboral y con el medio ambiente en general, el todo de frente a la comunidad nacional y a las futuras generaciones.

Este proceso debe ser continuo, alcanzando progresivamente a todos los estamentos e incorporando

rápidamente a los nuevos protagonistas. La forma es mediante una comunicación activa y dinámica, que tenga como meta establecer las bases para actuar sobre “terreno fértil” para un proceso tan sensible, como será la implementación de un nuevo Programa Universitario de Salud Ocupacional, porque implica un cambio cultural y de prioridades.

Será fundamental implementar una pronta y efectiva capacitación de cada persona universitaria en

materia de salud ocupacional, que vele en el proceso por los siguientes factores relacionados con el trabajador o la trabajadora.

• La relación con el patrono. • Su labor cotidiana • Sus motivaciones • Su ambiente de trabajo (que incluye condiciones laborales y relaciones interpersonales con

funcionarios y funcionarias y la población estudiantil). En el esfuerzo y posibilidades de sostenibilidad de un Programa Universitario de Salud Ocupacional,

la Universidad puede ir más allá de la capacitación a las personas trabajadoras y funcionarias, garantizando la multiplicación en el tiempo de estos objetivos y principios, al establecer:

Políticas que estimulen cursos de salud ocupacional en sus facultades y escuelas, guardando la

correspondiente vinculación a la visión de cada dependencia, con lo cual también el estudiante y la estudiante tendría acceso a elementos básicos y fundamentales sobre esta disciplina. La promoción de programas de extensión a la comunidad en salud ocupacional, con la participación

de profesores, profesoras y del estudiantado, en cumplimiento de una labor de extensión social. El desarrollo de seminarios y talleres de salud ocupacional, con la participación de organismos

internacionales afines, instituciones o universidades nacionales o internacionales relacionadas con el tema, y de los protagonistas de la Universidad de Costa Rica, con el fin de estimular y propiciar el conocimiento sobre el tema, sus alcances e importancia en nuestros tiempos, en amplios foros propositivos de discusión Cursos especializados mediante un programa de maestría o similar en el campo de la salud

ocupacional.

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La capacitación de personas supervisoras, capacitadores, capacitadoras y personal universitarios, entre otros, mediante un programa diseñado para impartirse en diferentes niveles.7

Investigación En la Universidad de Costa Rica es fundamental el desarrollo de proyectos y programas de

investigación cuyos objetivos sean el estudio y la solución de temas específicos de Salud Ocupacional, aprovechando la gran riqueza universitaria desde las diferentes disciplinas, con la participación de equipos multidisciplinarios, porque esto nos permitirá producir conocimiento considerando nuestras condiciones y responsabilidades como centro de enseñanza superior.

La investigación es estratégica y fundamental en salud ocupacional; en este sentido, es importante,

entre otros asuntos, conocer, producir y divulgar mediante acciones conjuntas con acción social, la información sobre elementos como los siguientes:

1. Nuestras condiciones de trabajo 2. Sustancias que afectan el medio ambiente de las personas trabajadoras y a la comunidad

universitaria 3. Iluminación 4. Calidad del aire 5. Relaciones sociales del ambiente laboral 6. Turnos de trabajo 7. Seguridad de mantener un puesto. 8. Enfermedades infecto-contagiosas en el ambiente laboral.

Los anteriores son solo algunos elementos de importancia fundamental en salud ocupacional,

directamente relacionados con el trabajo diario que realizamos y las actividades estudiantiles, y sobre el que tenemos poca información en nuestra Institución. No cabe duda que la investigación puede producir datos e información que fundamenten la importancia y el desarrollo de la salud ocupacional en nuestro medio.

La Comisión Especial considera necesario que esta propuesta sea analizada a la luz de los

siguientes principios de conveniencia institucional, como pautas mínimas que deben justificar la implementación del nuevo “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, a saber:

Necesidad: se debe de tener claridad en las razones que se invocan para su creación e

implementación; es decir, en los defectos o vacíos encontrados, así como en lo que se pretende lograr. Este Programa pretende prevenir, resolver y crear una cultura institucional en salud ocupacional, en lo relativo a las responsabilidades y compromisos de la Universidad de Costa Rica como patrono, así como Institución Estatal de Educación Superior, fomentando la participación de toda la comunidad universitaria en el logro de su salud. Pertinencia: velar porque el Programa sea coherente con el propósito que pretende

alcanzar, así como viable dentro del contexto que pretende regular. Suficiencia: evaluar si hoy la salud ocupacional universitaria está siendo bien atendida, y si

la organización que la sustenta es suficiente, y tiene posibilidades de desarrollo para atender en forma sostenida, las necesidades actuales y futuras de la comunidad universitaria en este campo. Antes de proponer un nuevo Programa, se debe desarrollar el tema en forma suficiente y acorde con lo que compete.

Operacionalización: se debe analizar la materia y alcance del Programa propuesto, para

que los contenidos de los lineamientos generales y específicos que deben fundamentar y orientar la gestión universitaria en salud ocupacional, así como los acuerda tomados por el Consejo Universitario en esta materia sean los más apropiados, y puedan servir de guía efectiva para que la Administración operacionalice con eficiencia y efectividad este Programa.

Por otra parte, la Comisión reconoce que la Administración deberá planificar la implementación del

Programa, dando un primer paso que es ineludible con la creación de la Oficina de Salud Ocupacional;

7 Véase anexo N.° 1 como ejemplo de lo que sería un Programa de Capacitación en Salud Ocupacional para la Universidad de Costa Rica, aportado por la Licda. Sara González C., de la Escuela de Medicina y Laboratorio de Ensayos Biológicos de la Universidad de Costa Rica.

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además, deberá definir un plan de desarrollo con prioridades, siempre teniendo en cuenta las necesidades de la comunidad en el campo de la salud ocupacional, y valorando aspectos de costo-beneficio, viabilidad financiera, coherencia con la estructura orgánica, delegación, precisión, que lo hagan sostenible.

II. MARCO POLÍTICO

En este apartado se expone una serie de aspectos relacionados con los lineamientos generales, que rigen el quehacer de las instituciones nacionales e internacionales en el campo de la salud ocupacional.

Dichos lineamientos se expresan mediante leyes, reglamentos y decretos que enmarcan la acción

institucional que la Universidad de Costa Rica debe contemplar para la protección efectiva de la salud de sus trabajadores y trabajadoras, estudiantes y población en tránsito. Por lo tanto, las políticas deben ser la expresión de un conjunto de propuestas para la acción, sustentadas en un proceso de planificación que integre los recursos para su ejecución y evaluación.

El marco legal que regula la salud ocupacional en Costa Rica debe visualizarse mediante el análisis

integral de los contextos de la normativa nacional e internacional. El marco legal sobre la protección del trabajador en Costa Rica está definido en la Ley General de

Salud y en el Código de Trabajo.8 II.1 . NORMATIVA INTERNACIONAL El tema de la Salud Ocupacional se encuentra regulado a nivel internacional por diversos convenios

de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a saber:

1. Convenio 120, relativo a la higiene en el comercio y en las oficinas, ratificado por Ley 3639 del 16 de diciembre de 1965, publicado en La Gaceta N.°1 del 4 de enero de 1966.

2. Convenio 102 sobre seguridad social. Norma mínima, ratificado por Ley N.° 4735 del 29 de marzo

de 1971, publicado en el Alcance N.° 39 de La Gaceta N.° 91 del 29 de abril de 1971.

3. Convenio 127 sobre el peso máximo de la carga que puede ser transportada por un trabajador, ratificado por Ley N.° 4736 del 29 de marzo de 1971, publicado en el Alcance N.° 39 de La Gaceta N.° 91 del 29 de abril de 1971.

4. Convenio 130, sobre asistencia médica y prestaciones monetarias de enfermedad, ratificado por Ley

N.° 4737 del 29 de marzo de 1971, publicado en el Alcance N.° 39 de La Gaceta N.° 91 del 29 de abril de 1971.

5. Convenio 134 relativo a la prevención de accidentes de la gente del mar, ratificado por Ley N.° 5851

del 9 de diciembre de 1975, publicado en el Alcance N.° 48 de La Gaceta N.° 59 del 26 de marzo de 1976.

6. Convenio 137, relativo a las repercusiones sociales de los nuevos métodos de manipulación de

carga en los puertos, ratificado por Ley N.° 5594 del 21 de octubre de 1974, publicado en el Alcance N.° 227 de La Gaceta N.° 236 del 11 de diciembre de 1974.

7. Convenio 148 relativo al medio ambiente de trabajo (contaminación del aire, ruido y vibraciones)

ratificado por Ley N.° 6549 del 18 de marzo de 1981, publicado en La Gaceta N.° 69 del 9 de abril de 1981.

8. Convenio 155 relativo a la seguridad y salud de los trabajadores.

9. Convenio 161 relativo a los servicios de salud en el trabajo.

8 Vargas Cavaría, Eugenio. Legislación sobre riesgos del trabajo y salud ocupacional con jurisprudencia. San José, Costa Rica. Editorial Investigaciones Jurídicas S.A. Julio, 1998.

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10. Convenio 174 sobre prevención de accidentes industriales mayores.

11. Convenio 175 que se refiere a políticas en materias de seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo, entre los más importantes.

12. Convenio Constitutivo del Centro de Coordinación para la prevención de desastres naturales

en América Central (Ley 7512 del 9 de junio de 1995) De los anteriores, los convenios número 155, 161, 174 y 175 no han sido ratificados en nuestro país. Cabe destacar el Acuerdo Regional sobre Movimiento Transfronterizo de Desechos Peligrosos (Ley

7520 del 6 de julio de 1995). Dentro de los objetivos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), encontramos el de

“…proteger adecuadamente la vida y la salud de los trabajadores en todas las ocupaciones...”, y este, evidentemente, está relacionado con la salud ocupacional.

Así, también, encontramos en los convenios de la OIT que el término “salud” se encuentra definido

en el Convenio 155, artículo tercero, inciso e.9, el cual literalmente dice lo siguiente: “El término salud, en relación con el trabajo, abarca no solamente la ausencia de afecciones o de enfermedad, sino también los elementos físicos y mentales que afectan a la salud y están directamente relacionados con la seguridad e higiene en el trabajo”. Los objetivos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en relación con esta materia, se

encuentran también en el Convenio 155, en su numeral cuarto, párrafo segundo, donde se indica la finalidad de la Salud Ocupacional de la siguiente forma:

“Esta política tendrá por objeto prevenir los accidentes y los daños para la salud que sean consecuencia del trabajo, guarden relación con la actividad laboral o sobrevengan durante el trabajo, reduciendo al mínimo, en la medida en que sea razonable y factible, las causas de los riesgos inherentes al medio ambiente de trabajo”. II.2. NORMATIVA NACIONAL

En el ámbito nacional, esta materia encuentra su fundamento jurídico en la Constitución Política de la República de Costa Rica, en la Ley General de Salud y en el Código de Trabajo.9

A . Constitución Política

En la Constitución Política cabe destacar principalmente los artículos 18, 66 y 140 inciso 3, que a la

letra dicen: Artículo 18: “Los costarricenses deben observar la Constitución y las leyes, servir a la Patria, defenderla y contribuir para los gastos públicos”. Artículo 66: “ (…) todo patrono debe adoptar en sus empresas las medidas necesarias para la higiene y seguridad del trabajador”. Artículo 140: “Son deberes y atribuciones que corresponden conjuntamente al Presidente y al respectivo Ministro de Gobierno (...) inciso 3) Sancionar y promulgar las leyes, reglamentarlas, ejecutarlas y velar por su exacto cumplimiento”.

B. Ley General de Salud

La Ley General de Salud del Ministerio de Salud establece, en el artículo 3, que:

9 Op. cit.

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“Todo habitante tiene derecho a la prestación de salud, en la forma que las leyes y reglamentos especiales determinen y el deber de promover la conservación de su salud y concurrir al mantenimiento de sus familias y de la comunidad.”

Esta Ley viene a convertirse en un refuerzo para la normativa que nos ocupa, ya que de ella se

extrae la protección que nuestros legisladores quisieron dar a la población en materia de salud.

C. Código de Trabajo

El Código de Trabajo, en el Título IV - Capítulo I establece: “Todo patrono privado o público está obligado a asegurar a sus trabajadores contra riesgos del

trabajo por medio del Instituto Nacional de Seguros (INS)”, (según los artículos 4 ° y 8 ° del Código.) Artículo 195 (Código de Trabajo reformado mediante Ley N.° 6727 del 9 de marzo de 1982):

“Constituyen riesgos del trabajo los accidentes y las enfermedades que ocurren a los trabajadores con ocasión o por consecuencia del trabajo que desempeñan en forma subordinada y remunerada así como la agravación o reagravación que resulte como consecuencia directa, inmediata o indudable de estos accidentes o enfermedades.”

Artículo 196 (Código de Trabajo reformado mediante Ley N.° 6727 del 9 de marzo de 1982) “Se

denomina accidente de trabajo a todo accidente que le suceda al trabajador como causa de la labor que ejecuta o como consecuencia de ésta, durante el tiempo que permanece bajo la dirección y dependencia del patrono o sus representantes, y que puede producirle la muerte o pérdida o reducción, temporal o permanente, de la capacidad para el trabajo.

También se calificará como accidente de trabajo el que ocurra al trabajador en las siguientes circunstancias:

a)En el trayecto usual de su domicilio al trabajo y viceversa, cuando el recorrido que efectúa no haya sido interrumpido o variado, por motivo de su interés personal, siempre que el patrono proporcione directamente o pague el transporte, igualmente cuando en el acceso al centro de trabajo deben afrontarse peligros de naturaleza especial, que se consideren inherentes al trabajo mismo. En todos los demás casos de accidente en el trayecto, cuando el recorrido que efectúe el trabajador no haya sido variado por interés personal de este, las prestaciones que se cubran serán aquellas estipuladas en éste Código y que no hayan sido otorgadas por otros regímenes de seguridad social, parcial o totalmente. b)En el cumplimiento de órdenes del patrono, o en la prestación de un servicio bajo su autoridad, aunque el accidente ocurra fuera del lugar de trabajo y después de finalizar la jornada.

c) En el caso de una interrupción del trabajo, antes de empezarlo o después de terminarlo, si el trabajador se encontrare en el lugar de trabajo o en el local de la empresa, establecimiento o explotación con el consentimiento expreso o tácito del patrono o de sus representantes.

d)En cualquiera de los eventos que define el inciso e) del artículo 71 del Código de Trabajo.

Artículo 71 (Código de Trabajo, reformado mediante Ley N.° 6727 del 9 de marzo de 1982): e) Prestar los auxilios necesarios en caso de siniestro o riesgo inminente en que las personas o intereses del patrono, o de algún compañero de trabajo estén en peligro, nada de lo cual le dará derecho a remuneración adicional.

c.1. Ley de Riesgos del Trabajo – N.° 6727 (Título IV del Código de Trabajo).

El Código de Trabajo, en el Título IV, tiene inserta la Ley N.° 6727 “Ley de Riesgos del Trabajo”, que

en el artículo 273 se declara de interés público, todo lo referente a esta materia y se establece como finalidad de la salud ocupacional lo siguiente:

Artículo 273:

“(…) el promover y mantener el más alto nivel de bienestar físico, mental y social del trabajador en general; prevenir todo daño causado a la salud de éste por las condiciones de trabajo; protegerlo en su empleo contra riesgos resultantes de la existencia de agentes nocivos a la salud; colocar y mantener al

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trabajador en un empleo con sus aptitudes fisiológicas y sicológicas y, en síntesis, adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a su tarea”10.

Artículo 282: El artículo 282 de esta Ley establece la obligación patronal de garantizar la salud ocupacional a los

trabajadores y en lo concerniente señala que:

“Corre a cargo de todo patrono la obligación de adoptar en los lugares de trabajo, las medidas para garantizar la salud ocupacional de los trabajadores conforme a los términos de este Código, su reglamento, los reglamentos de salud ocupacional que se promulguen y las recomendaciones, que en ésta materia formulen tanto el Consejo de Salud Ocupacional, como las autoridades de inspección del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministerio de Salud e Instituto Nacional de Seguros”. (El destacado no es del original).

Artículo 283:

“El Poder Ejecutivo, en un plazo no superior a un año, contado a partir de la vigencia de la presente

modificación, promulgará los reglamentos de salud ocupacional que sean necesarios y que tengan por objetivo directo: a) La protección de la salud y la preservación de la integridad física, moral y social de los

trabajadores; y b) La prevención y control de los riesgos del trabajo.

La reglamentación deberá contemplar los siguientes aspectos:

1.-Planificación, edificación, acondicionamiento, ampliación, mantenimiento y traslado de los centros de trabajo e instalaciones accesorias.

2.- Método, operación y procesos de trabajo. 3.- Condiciones ambientales y sanitarias que garanticen:

a) La prevención y el control de las causas químicas, físicas, biológicas y psicosociales capaces de provocar riesgos en el trabajo;

b) El mantenimiento en buen estado de conservación, uso y funcionamiento de las instalaciones sanitarias, lavabos, duchas y surtidores de agua potable;

c) El mantenimiento en buen estado de conservación, uso, distribución y funcionamiento de las instalaciones eléctricas y sus respectivos equipos;

d) El control, tratamiento y eliminación de desechos y residuos, de forma tal que no representen riesgos para la salud del personal y la comunidad en general; y

e) Los depósitos y el control, en condiciones de seguridad, de sustancias peligrosas.

4.-Creación de los servicios de salud ocupacional, que permita el desarrollo de las normas y disposiciones reglamentarias contempladas en la presente ley”.

Artículo 284 (Código de Trabajo, reformado por la Ley 6727 del 9 de marzo de 1982)):

“....será obligación del patrono:

a) Permitir a las autoridades competentes la inspección periódica de los centros de trabajo y la colocación de textos legales, avisos, carteles y anuncios similares, referentes a la salud cupacional;

b) Cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias para la capacitación y adiestramiento de los trabajadores, en materia de salud ocupacional;

c) Cumplir con las normas y disposiciones legales y reglamentarias sobre salud ocupacional;

d) Proporcionar el equipo y elemento de protección personal y de seguridad en el trabajo y asegurar su uso y funcionamiento.

Artículo 288 (Código de Trabajo, reformado por la Ley 6727 del 9 de marzo de 1982)): “En cada centro de trabajo, donde se ocupen diez o más trabajadores, se establecerán las comisiones de salud

ocupacional que, a juicio del Consejo de Salud Ocupacional, sean necesarias. Estas comisiones deberán estar integradas con igual número de representantes del patrono y de los trabajadores, y tendrán como finalidad específica investigar las causas de los riesgos del trabajo, determinar las medidas para prevenirlos y vigilar para que, en el centro de trabajo, se cumplan las disposiciones de salud ocupacional...”

10 Definición de la Organización Mundial de Salud (OMS).

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Artículo 300 (Código de Trabajo, reformado por la Ley 6727 del 9 de marzo de 1982): “Toda

empresa que ocupe permanentemente más de cincuenta trabajadores está obligada a mantener una oficina o departamento de Salud Ocupacional”. (El destacado no es del original).

Lo anterior constituye el marco general de la obligación patronal de hacer realidad la protección a los

trabajadores y las trabajadoras. Además, establece la obligación del Poder Ejecutivo de dictar la normativa específica que regulará la salud ocupacional.

D. REGLAMENTOS

Los reglamentos que regulan la materia de salud ocupacional en Costa Rica son: el Reglamento General de Riesgos del Trabajo; el Reglamento General sobre Seguridad e Higiene del Trabajo; el Reglamento sobre las oficinas o departamentos de salud ocupacional y el Reglamento sobre las Comisiones de Salud Ocupacional. A continuación, se presenta un análisis jurídico de estos reglamentos.

D.1. Reglamento General de Riesgos del Trabajo. (Este reglamento entró en vigencia el 9 de

marzo de 1982 mediante Decreto Ejecutivo N.° 13466-TSS). El Reglamento General de Riesgos del Trabajo se refiere a la Ley 6727 de Riesgos del Trabajo, cuya

base deriva del Título IV del “Código de Trabajo”. En dicho reglamento se norman otras obligaciones para el patrono (Reglamento General de Riesgos del Trabajo).

D.2. Reglamento General sobre Seguridad e Higiene del Trabajo.

Este reglamento entró en vigencia el 30 de abril de 1980 por Decreto ejecutivo N.° 11429d. En el

capítulo II, se establecen, entre otras, las siguientes obligaciones de los patronos: Artículo 3 “Todo patrono, su representante, intermediario o contratista, debe adoptar y poner en práctica en

los centros de trabajo, por su exclusiva cuenta, medidas de seguridad e higiene adecuadas para proteger la vida, la salud, la integridad corporal y moral de los trabajadores especialmente en lo relativo a:

a) Edificaciones, instalaciones y condiciones ambientales. b) Operaciones y procesos de trabajo. c) Suministro, uso y mantenimiento de los equipos de protección personal. d) Colocación y mantenimiento de resguardos y protecciones de las máquinas y todo

género de instalaciones. e) La reducción por medio de medidas técnicas adecuadas del impacto del ruido y de las

vibraciones que puedan perjudicar a los trabajadores. Así adicionado a la Ley mediante Decreto Ejecutivo N.° 11429 del 30 de abril de 1980.”

D.3. Reglamento sobre las oficinas o departamentos de salud ocupacional (publicado en el diario oficial La Gaceta N.º 229 del 25 de noviembre de 1998). El Reglamento sobre las oficinas o departamentos de salud ocupacional encuentran su fundamento

en el artículo 300 del Código de Trabajo y entra en vigencia por decreto ejecutivo número 27434-Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Es importante resaltar el Considerando Tercero de dicho reglamento, que reza de la siguiente forma:

“Que siendo el empleador el principal responsable de la Salud Ocupacional en todo

centro de trabajo, la oficina o Departamento de Salud Ocupacional como unidad administrativa de dependencia gerencial, debe lograr la reducción de los accidentes y enfermedades laborales, mediante la ejecución de diagnósticos y programas en la materia”. (El destacado no es del original).

El citado reglamento, en el capítulo primero de las disposiciones generales, artículo primero, estipula

su competencia, al indicar que:

Artículo 1 “El presente reglamento normará el funcionamiento de las oficinas o departamentos de Salud Ocupacional que deben existir obligatoriamente en todas aquellas empresas que ocupen

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permanentemente más de cincuenta trabajadores y establecerá los requisitos de formación profesional de sus funcionarios”.

En el artículo tercero se enuncia la dependencia jerárquica de la oficina o departamento:

Artículo 3. “Siendo el patrono el principal responsable de la salud ocupacional dentro de la empresa, la oficina o departamento dependerá del nivel gerencial. En las entidades del sector público dependerá de la más alta línea jerárquica”. (El destacado no es del original).

El artículo cuarto se refiere al perfil de la persona que ocupe la jefatura:

Artículo 4. “Quien ocupe la jefatura en una oficina o departamento de salud ocupacional deberá tener requisitos de idoneidad que lo acrediten para ocupar el puesto”.

El artículo quinto se refiere a los requisitos académicos de los encargados de la oficina o

departamento:

Artículo 5. “Los encargados de las oficinas o departamentos procurará cumplir con los requisitos de educación formal que se determinan a continuación:

a. Egresados del plan de estudios de diplomado en salud ocupacional de aquellos centros universitarios

públicos o privados, reconocidos por la Entidad Superior de Educación a la que correspondan y con experiencia en el campo de la salud ocupacional.

b. Graduado del plan de estudios de diplomado o egresados de bachillerato en salud ocupacional ... c. Bachiller o egresado del plan de licenciatura en salud ocupacional... d. Profesionales en todas las disciplinas con cursos de especialización, posgrados, maestrías y

doctorados en áreas atinentes a la salud ocupacional...”. En el capítulo segundo, artículo 7, se establecen las funciones de una oficina o departamento de

salud ocupacional, con las que deberá lograr un ambiente seguro y saludable para prevenir accidentes y enfermedades laborales. En la primera parte del artículo se indica lo referente a tareas dentro las cuales podemos destacar las siguientes:

a) Realizar un inventario de los riesgos que existen en los centros de trabajo. b) Calificar el nivel de riesgo presente en cada proceso de trabajo. c) Evaluar el contenido y ejecución de sus propios programas que se están llevando a cabo en el área de

la salud ocupacional. d) Realizar inspecciones técnicas periódicas para determinar, analizar las condiciones de riesgo y

recomendar las medidas correctivas que sean necesarias. e) Asesorar técnicamente a la gerencia y niveles superiores de administración de la empresa en el

campo de la salud ocupacional. f) Efectuar la investigación minuciosa de cada accidente que ocurra en el centro de trabajo. g) Llevar al día las estadísticas correspondientes a la siniestralidad laboral de la empresa. h) Elaborar campañas de seguridad en pro del bienestar de los trabajadores.

En una segunda parte del artículo supracitado, se señala en lo referente a “diagnóstico”, una serie de

requerimientos mínimos, que deberán contemplarse en la realización de tareas, tales como:

i) Descripción detallada del proceso de trabajo e insumos utilizados j) Evaluación del sistema de control estadístico. k) Evaluación de las condiciones de saneamiento básico, riesgos higiénicos, ergonómicos y de

seguridad, etc. l) Determinación de las necesidades de protección personales, colectiva o contra incendios. m) Almacenamiento, transporte, manipulación de mercancías peligrosas (intra y extra muros del centro

de trabajo).

En el capítulo tercero, el Reglamento sobre las oficinas o departamentos de salud ocupacional se establecen las “obligaciones” de dicha oficina, dentro de las cuales cabe destacar las siguientes:

Artículo 11

“El Programa Universitario de Salud Ocupacional es responsabilidad directa del nivel jerárquico superior de la administración de la empresa”.

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Artículo 12

“Los patronos o empleadores están obligados a destinar recursos humanos, financieros, físicos indispensables para el desarrollo y cumplimiento del diagnóstico y Programa Universitario de Salud Ocupacional, participando activamente en él”.

En relación con los dos artículos anteriores, se encuentra también el artículo 3 de dicho reglamento,

que reza lo siguiente: “Siendo el patrono el principal responsable de la salud ocupacional dentro de la empresa, la oficina o departamento dependerá del nivel gerencial. En las entidades del sector público dependerá de la más alta línea jerárquica”.

De esta forma, queda claro que dicha oficina de salud ocupacional depende del nivel jerárquico

superior; en el caso de la Universidad de Costa Rica, quien ocupe la Rectoría. Artículo 19

“La Oficina o Departamento de salud ocupacional será el responsable de fomentar la creación y asesorar la Comisión de Salud Ocupacional y el jefe podrá asistir a las sesiones de aquella cuando le sea requerida su opinión”.

En el artículo 20 se señala la obligación de: ...“Velar por el cumplimiento de la normativa existente en

esta materia dentro de su empresa...” De la lectura de ambos artículos, 19 y 20, se desprende que dentro de las funciones de la oficina o

departamento está asesorar, en nuestro caso, a la Comisión Institucional de Salud Ocupacional y velar además por la aplicación y el cumplimiento de la normativa existente.

En el artículo 22 se estipula la obligación del empleador de registrar dicha oficina ante el Consejo de

Salud Ocupacional; en este mismo sentido, el artículo 23 señala lo relativo a sanciones:

Artículo 23 “La inexistencia debidamente comprobada de la Oficina o Departamento de Salud Ocupacional

o cualquier otra infracción al presente reglamento dará lugar a la aplicación de lo prescrito en el numeral 608, en relación con el artículo 614 inciso G del Código de Trabajo”.

Respecto al artículo 22, la Universidad cumplió con registrar la oficina o departamento de salud

ocupacional, según registro número 107 del Consejo de Salud Ocupacional, con fecha 16 de julio del año 1999; sin embargo, en relación con el artículo 23 se está dando un incumplimiento que podría ser sancionado, por cuanto dicha oficina o departamento de salud ocupacional es prácticamente incompleto o inexistente en la Institución.

D.4. Reglamento sobre las Comisiones de Salud Ocupacional

La organización y el funcionamiento de las comisiones de salud ocupacional se regulan por medio

del Reglamento de Comisiones de Salud Ocupacional (Decreto N.° 18379-TSS-24/03/82), el cual encuentra su fundamento en el artículo 288 del Código de Trabajo.

El artículo tres se refiere a la finalidad de estas comisiones: Artículo 3 “Las comisiones tienen la finalidad de investigar las causas de los riesgos del trabajo,

recomendar las medidas para prevenirlos, vigilar que en el centro de trabajo se cumplan las disposiciones de Salud Ocupacional y promover la capacitación en esta materia a empleadores y trabajadores”.

El artículo cuarto se refiere a la composición de la Comisión: Artículo 4 “En cada centro de trabajo se debe crear una comisión con igual número de

representantes del empleador y de los trabajadores en calidad de propietarios y suplentes. La paridad de la representación se rige por la tabla siguiente:

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N.° empleados del centro de trabajo

Representantes de los trabajadores

Representantes de los patronos

Miembros propietarios

10 - 50 1 1 2 Más de 50 2 2 4

El artículo 18 de este Reglamento define las funciones de las comisiones de salud ocupacional, a saber:

a) Inspeccionar los edificios, instalaciones y equipos de los centros de trabajo a fin de verificar sus

condiciones de seguridad e higiene. b) Promover el conocimiento de los trabajadores y empleadores en materia de salud ocupacional. c) Promover el conocimiento de los reglamentos, instructivos, circulares, avisos y en general cualquier

material relativo a Salud Ocupacional y deberán vigilar su adecuada distribución y conservación. d) Informar a los trabajadores acerca de las causas que provocan riesgos del trabajo en su centro de

trabajo y de las medidas preventivas recomendadas y adoptadas. e) Velar porque en el centro de trabajo se cumplan las disposiciones legales y reglamentarias en materia

de salud ocupacional, así como las que sobre esta materia emitan el Consejo y demás entidades competentes.

f) Colaborar con los servicios de salud ocupacional con que cuente el centro de trabajo. g) Colaborar en las campañas sobre salud ocupacional que se lleven a cabo a nivel de empresa, o con

aquellas campañas de educación que efectúen las autoridades nacionales sobre esta materia. h) Llevar un control estadístico sobre los accidentes y enfermedades ocupacionales que ocurran en el

centro de trabajo. i) Enviar al Consejo un informe anual que debe contener las normas y las medidas destinadas a impedir

el acaecimiento de riesgos del trabajo que hayan sido adoptados por el empleador en el período. j) Confeccionar en las primeras sesiones un programa de trabajo que incluirá las actividades a

desarrollar durante el período de su nombramiento.

De lo anterior se desprende que entre las funciones principales asignadas a la comisión interna de salud ocupacional en cada centro de trabajo, están:

1. Investigar las causas de los riesgos del trabajo. 2. Recomendar las medidas para prevenirlas. 3. Vigilar que se cumplan las disposiciones de Salud Ocupacional en el Centro de Trabajo. 4. Promover la capacitación en asuntos relativos al tema de interés a empleadores y

empleados. El artículo 25 señala “todo centro de trabajo que inicie su funcionamiento con posterioridad a la

promulgación de este reglamento, dispone de 90 días para cumplir con la totalidad de sus disposiciones”. Cabe recordar que este Reglamento se publicó en La Gaceta N.° 154 del 16 de agosto de 1988.

E. CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO DE LA UNIVERSIDAD DE COSTA RICA UCR-SINDEU En el ámbito institucional, contamos con la Convención Colectiva de la Universidad de Costa Rica, la

cual desde su creación, en 1976, ha normado lo relativo a la salud ocupacional. Las normas contenidas dentro de nuestra Convención Colectiva vienen a constituirse en norma

específica y vinculante en la materia, en su Capítulo IV, titulado “De las Normas de Salud Ocupacional”, se regula lo concerniente a dicha materia en la Universidad de Costa Rica.

Se debe señalar que en el artículo 27 inciso a) de la supracitada Convención, se define el

compromiso de la Institución para (…) proteger la vida y la salud de los trabajadores, mientras presten sus servicios o durante el tiempo que permanezcan en los centros de trabajo.

Para cumplir con esta norma, existe una Comisión permanente de Salud Ocupacional que sesiona

regularmente y está compuesta por cuatro representantes titulares, dos del sector patronal y dos de las personas trabajadoras, así como de un suplente de cada una de las partes.

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En el inciso “b” se establece que los nombramientos deben darse durante la primera quincena de

abril cada dos años y serán renovados por mitades. Sin embargo, la realidad opera de forma distinta, dado que los miembros de la Comisión por parte de los trabajadores se nombran cada dos años en las elecciones del sindicato y los representantes patronales se nombran junto con la elección del Rector. De esta forma, ha venido funcionando desde hace muchos años, por lo que se observa que dicha Comisión funciona de acuerdo con lo que establece la Convención Colectiva y la normativa vigente en la materia.

No obstante, debe revisarse el cumplimiento de las funciones de dicha Comisión que se establecen

en el inciso e), el cual indica, entre otras, la constitución de comités de salud ocupacional en cada centro de trabajo, para que sirvan como sus colaboradores.

III. ANÁLISIS SITUACIONAL

Antes de concretar los lineamientos generales y específicos que deben fundamentar y orientar la

gestión universitaria en salud ocupacional y proponer la creación e implementación de un “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, es necesario considerar las condiciones actuales de la Institución, los requerimientos más importantes por atender en esta materia, así como una categorización de los problemas por resolver.

A. La estructura orgánica de la Universidad de Costa Rica: La estructura orgánica de la Universidad de Costa Rica pone en evidencia la gran complejidad y

diversidad de instancias que la componen. La Universidad de Costa Rica es una institución pública de enseñanza superior, compuesta por la

Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio” y sus cinco Sedes: la Sede Regional del Pacífico, la Sede Regional de Occidente con el Recinto de Tacares, la Sede Regional de Guanacaste con el Recinto de Santa Cruz, la Sede Regional del Atlántico con los Recintos de Paraíso y Guápiles y la Sede Regional de Limón.

La población universitaria, al I semestre del 2004, es de 3,415 docentes, 3161 administrativos y

administrativas, y 26944 estudiantes, para un total de 33520 personas. La comunidad universitaria se dedica al estudio, la enseñanza, la investigación, la acción social, la meditación, la creación artística, la difusión de pensamiento y a la administración de la Institución.

El organigrama de la Universidad de Costa Rica plantea un modelo de organización sistémica de tipo

burocrático funcional. La Asamblea Universitaria (organismo de más alta jerarquía y en el que reside la máxima autoridad de la Institución), el Consejo Universitario (organismo inmediato en jerarquía a la Asamblea Universitaria) y la Rectoría (el ejecutivo). En la línea que une la Asamblea Universitaria y el Consejo Universitario, se entronca el Tribunal Electoral Universitario. La Oficina de Contraloría Universitaria se visualiza como una dependencia del Consejo Universitario, además del Centro de Información y Servicios Técnicos del Consejo Universitario (CIST).

En línea directa con la Rectoría se encuentran el Consejo de Rectoría, el Centro de Informática, la

Oficina Ejecutora del Plan de Inversiones (OEPI), la Oficina de Planificación Universitaria (OPLAU), la Oficina Jurídica y la Oficina de Asuntos Internacionales y Cooperación Externa.

En línea con la Rectoría se localiza, además, el Consejo Coordinador del Área de Sedes Regionales. En otra línea directa con la Rectoría están las diferentes Vicerrectorías, a saber: Administración,

Investigación, Docencia, Acción Social y Vida Estudiantil. Dependen de la Vicerrectoría de Docencia: su Consejo Asesor, el Centro de Evaluación Académica,

la Comisión de Cargas Académicas, la Comisión de Evaluación Docente, la Comisión de Régimen Académico. Además, el Sistema de Estudios Generales y todas las unidades académicas del Área de Artes y Letras (Facultad de Bellas Artes y Facultad de Letras), del Área de Ciencias Básicas (Facultad de Ciencias), del Área de Ciencias Sociales (Facultad de Ciencias Económicas, Facultad de Ciencias Sociales, Facultad de Derecho y Facultad de Educación), del Área de Salud (Facultad de Medicina, Facultad de Farmacia, Facultad de Microbiología y Facultad de Odontología), del Área de Ciencias Agroalimentarias (Facultad de Ciencias Agroalimentarias), del Área de Ingenierías (Facultad de Ingeniería) y el Sistema de Educación General.

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La Facultad de Bellas Artes, del Área de Artes y Letras, está compuesta por las siguientes unidades académicas: Escuela de Artes Dramáticas, Escuela de Artes Musicales y Escuela de Artes Plásticas.

La Facultad de Letras , del Área de Artes y Letras, está integrada por la Escuela de Filología,

Lingüística y Literatura, la Escuela de Filosofía, la Escuela de Lenguas Modernas. La Facultad de Ciencias, del Área de Ciencias, comprende a la Escuela de Biología, la Escuela de

Física, la Escuela de Matemática, la Escuela de Química y la Escuela Centroamericana de Geología. La Facultad de Ciencias Económicas, del Área de Ciencias Sociales, se subdivide en Escuela de

Administración de Negocios, Escuela de Administración Pública, Escuela de Economía, Escuela de Estadística.

La Facultad de Ciencias Sociales, del Área de Ciencias Sociales, está formada por la Escuela de

Antropología y Sociología, la Escuela de Ciencia de la Comunicación Colectiva, la Escuela de Ciencias Políticas, la Escuela de Geografía, la Escuela de Historia, la Escuela de Psicología, la Escuela de Trabajo Social.

La Facultad de Educación, del Área de Ciencias Sociales, está compuesta por la Escuela de

Administración Educativa, la Escuela de Bibliotecología y Ciencias de la Información, la Escuela de Educación Física y Deportes, la Escuela de Formación Docente, la Escuela de Orientación y Educación Especial.

La Facultad de Derecho, del Área de Ciencias Sociales, es una unidad académica no dividida en

escuelas. La Facultad de Medicina, del Área de Salud, está integrada por la Escuela de Medicina, la Escuela

de Enfermería, la Escuela de Nutrición y la Escuela de Salud Pública. Las otras facultades del Área de Salud, a saber, Facultad de Odontología, Facultad de Farmacia y Facultad de Microbiología no se encuentran divididas en escuelas.

La Facultad de Ciencias Agroalimentarias, del área de Ciencias Agroalimentarias, comprende la

Escuela de Economía Agrícola y Agronegocios, la Escuela de Tecnología de Alimentos, la Escuela de Agronomía y la Escuela de Zootecnia.

La Facultad de Ingeniería, del Área de Ingeniería, está formada por la Escuela de Ingeniería

Agrícola, la Escuela de Ingeniería Civil, la Escuela de Ingeniería Eléctrica, la Escuela de Ingeniería Industrial, la Escuela de Ingeniería Mecánica, la Escuela de Ingeniería Química, la Escuela de Arquitectura, la Escuela de Ciencias de la Computación e Informática, y la Escuela de Topografía.

La Vicerrectoría de Investigación muestra su Consejo Asesor y la Comisión Editorial de la UCR,

luego el Sistema de Estudios de Posgrado (SEP), el Sistema Editorial (SIEDIN), el Sistema de Bibliotecas Documentación e Información (SIDBI), la Unidad de Transferencia de Tecnología, la Dirección de Gestión de la Investigación, la Unidad Técnico Administrativa. En un mismo nivel los diferentes institutos de investigación y centros de investigación, el Laboratorio de Ensayos Biológicos (LEBI), el Laboratorio Nacional de Materiales (LANAMME), el Observatorio del Desarrollo y el Jardín Lankester.

Los institutos de Investigación de la Universidad de Costa Rica son: el Instituto de Investigaciones

Filosóficas y el Instituto de Investigaciones Lingüísticas, ambos adscritos a la Facultad de Letras; el Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas (Facultad de Ciencias Económicas); el Instituto de Investigaciones Psicológicas y el Instituto de Investigaciones Sociales, ambos adscritos a la Facultad de Ciencias Sociales; el Instituto de Investigaciones Jurídicas (Facultad de Derecho); Instituto de Investigaciones para el Mejoramiento de la Educación Costarricense (Facultad de Educación); Instituto de Investigaciones en Salud (Área de Salud); Instituto e Investigaciones Farmacéuticas (Facultad de Farmacia); Instituto “Clodomiro Picado” (Facultad de Microbiología); Instituto de Investigaciones en Ingeniería (Facultad de Ingeniería); Instituto e Investigaciones Agrícolas (Facultad de Ciencias Agroalimentarias).

Los centros de Investigación de la Universidad de Costa Rica son: el Centro de Investigaciones

Agronómicas (CIA); el Centro de Investigación en Biología Celular y Molecular (CIBM); el Centro de Investigación en Ciencia e Ingeniería de Materiales (CICIMA); el Centro de Investigación en Ciencias del Mar y Limnología (CIMAR); el Centro de Investigación en Contaminación Ambiental (CICA); el Centro de Investigación en Desarrollo Sostenible (CIEDES); el Centro de Investigación en Economía Agrícola y Desarrollo Agroempresarial (CIEDA); el Centro de Investigación en Electroquímica y Energía Química (CELEQ); el Centro de Investigación en Enfermedades Tropicales (CIET); el Centro de Investigación en

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Estudios de la Mujer (CIEM); el Centro de Investigación en Geofísica (CIGEFI); el Centro de Investigación en Granos y Semillas (CIGRAS); el Centro de Investigación en Hemoglobinas anormales y Trastornos Afines (CIHATA); el Centro de Investigaciones Históricas de América Central (CIHAC); el Centro de Investigación de Identidad y Cultura Latinoamericana (CIICLA); el Centro de Investigación de Matemática y Metamatemática (CIMM); el Centro de Investigación en Matemáticas Puras y Aplicadas (CIMPA); el Centro de Investigación en Nutrición Animal (CINA); el Centro de Investigación en Productos Naturales (CIPRONA); el Centro de Investigación en Protección de Cultivos (CIPROC); el Centro Nacional de Ciencias y Tecnología de Alimentos (CITA); el Centro Centroamericano de Población (CCP); el Centro de Capacitación en Administración Pública (CICAP); el Centro de Investigación en Ultraestructura y Microscopía Electrónica (CIUME).

Pertenecen a la Facultad de Ciencias Agroalimentarias la Estación Experimental “Fabio Baurit

Moreno” y la Estación Experimental “Alfredo Volio Mata”. La Vicerrectoría de Acción Social con su Consejo Asesor y la Unidad Administrativa, el Sistema de

Comunicación e Información, el Subsistema de interacción socio-educativa (Extensión Docente, Extensión Cultural y Trabajo Comunal Universitario).

La Vicerrectoría de Vida Estudiantil con su Consejo Asesor, la Oficina de Becas y Atención

Socioeconómica, la Oficina de Orientación, la Oficina de Registro e Información y la Oficina de Bienestar y Salud (ente coordinador del Sistema de Atención Integral para la salud de la comunidad universitaria, en cuyo marco se propone crear el Programa Universitario de Salud Ocupacional)

La Vicerrectoría de Administración muestra su Consejo Asesor, la Oficina de Análisis Administrativo,

luego a un mismo nivel: la Oficina de Servicios Generales, la Oficina de Administración Financiera, la Oficina de Suministros y la Oficina de Recursos Humanos donde se localiza la actual Unidad de Salud Ocupacional, también llamada Programa de Salud Ocupacional.

B. Las instancias universitarias que actualmente están relacionadas con Salud Ocupacional: Las instancias universitarias que actualmente están relacionadas con salud ocupacional en la

Institución son: la Unidad de Salud Ocupacional ubicada en la Oficina de Recursos Humanos; la Comisión de Salud Ocupacional y los Comités de Salud Ocupacional. Todas estas instancias están definidas en cuanto a su organización y funciones en la Convención Colectiva de Trabajo de la Universidad de Costa Rica UCR-SINDEU. También participan otras instancias como son la Oficina de Bienestar y Salud, la Comisión Institucional de Emergencias y las Brigadas de Primeros Auxilios. A continuación se presenta un análisis de la situación de estas instancias, con el fin de definir la capacidad de respuesta ante el desarrollo institucional, las necesidades actuales y legales de protección laboral, y la problemática actual que presenta la Universidad en salud ocupacional.

B.1. El “Programa” o la “Unidad” de Salud Ocupacional (Oficina de Recursos Humanos, Vicerrectoría de Administración): La Universidad de Costa Rica inscribió, el 16 de julio de 1999, a la instancia encargada de la salud ocupacional en la Institución, bajo el documento “Registro (sic) Oficina o Departamento de Salud Ocupacional” N.° 107, del Consejo de Salud Ocupacional, en el que se consigna al año 1992 como fecha de su creación y la Oficina de Recursos Humanos como la instancia donde está ubicada. La Convención Colectiva de Trabajo de la Universidad de Costa Rica, en el artículo 31, identifica esta instancia como la Unidad de Salud Ocupacional.

Se escribe en el documento de inscripción que la Unidad está integrada por los señores:

• Ricardo Umaña Fernández, Profesional 1, Diplomado, Técnico en Salud Ocupacional del CUNA, encargado de la salud ocupacional,

• Fernando Chacón Solano, Técnico Especializado 2, encargado de salud ambiental. Cabe señalar que ambos funcionarios se acogieron a la pensión por jubilación en los años 2003 y

2002, respectivamente. La Universidad de Costa Rica ha promovido un concurso para nombrar a una persona encargada de

la salud ocupacional, destacada en la respectiva unidad. Este año, ya se realizó el nombramiento de la Licenciada Vilma Méndez Trejos, Profesional 1.

Esta Comisión especial consideró importante conocer los objetivos, funciones, condiciones

presupuestarias, logros y cualidades del personal que integra esta unidad.

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Desde 1992, año de creación de esta Unidad, se establecieron claramente sus objetivos y funciones, los que se presentan a continuación:

a) El objetivo general es el de promover, proteger y mantener la salud y el bienestar de los trabajadores de la Universidad, en el desarrollo de sus funciones, a través de medidas preventivas y correctivas mediante la identificación, evaluación y control de aquellos factores de riesgo que puedan afectar o que estén afectando la salud. Asimismo, desarrollar la salud ocupacional como línea de acción básica que contribuya a alcanzar la meta de salud para todos mediante la participación y la cooperación de los trabajadores.

b) Los objetivos específicos son: - Promover la prevención de los riesgos del trabajo. - Capacitar a los trabajadores en materia de salud ocupacional. - Conformación de comités de salud ocupacional en cada centro de trabajo. - Realizar un diagnóstico para determinar las condiciones de salud ocupacional en la institución. - Elaborar un mapa de riesgos del trabajo. - Atender oportunamente las solicitudes de riesgos del trabajo emanadas del Instituto Nacional de

Seguros. - Conformación de “brigadas de prevención y combate de incendios” en todos los centros de trabajo. - Promover el equipo de protección personal en forma oportuna a aquellos trabajadores que por la

índole de su trabajo así lo requieran. c) Las funciones son: - Promover las mejores condiciones de salud ocupacional en la Universidad de Costa Rica. - Realizar estudios e investigaciones en el campo de la salud ocupacional. - Difundir los métodos y sistemas técnicos de prevención de riesgos del trabajo.

- Elaborar manuales, catálogos, y listas de dispositivos de seguridad y de equipo de protección personal.

- Crear y mantener un sistema de información que permita el control estadístico de incapacidades e riesgos del trabajo.

- Brindar asesorías en materia de salud ocupacional a las autoridades universitarias, a la Comisión de Salud Ocupacional y a los trabajadores.

- Atención oportuna a todo asunto de salud ocupacional que emane del Consejo de Salud Ocupacional, Ministerio de Salud, Instituto Nacional de Seguros y Caja Costarricense del Seguro Social.

Con respecto al presupuesto para esta instancia de salud ocupacional:

a) En oficio CSO-070-99 del 27 de julio de 1999, dirigido al Rector, Dr. Gabriel Macaya, y suscrita por

el Lic. Jorge Chacón, en su calidad de Presidente de la Comisión de Salud Ocupacional de la Institución, y por el señor Gerardo Badilla, secretario, en el punto 6 indican ...” según los diferentes informes enviados por la Oficina de Recursos Humanos ORH no hay presupuesto para poner en práctica las recomendaciones emanadas por el Dipl. en Salud Ocupacional”...

b) En el oficio ORH-SO-129-2000 del 28 de julio de 2000, la Licda. Ana Ligia Monge Quesada, Jefa

de la Oficina de Recursos Humanos, indica que “...El cumplimiento de lo expuesto .... está limitado a un tiempo completo Profesional y al hecho de no contar con presupuesto propio ...”.

c) La Licda. Gabriela Víquez, de la Oficina de Recursos Humanos, indicó, vía consulta telefónica

realizada por esta Comisión el pasado 6 de setiembre de 2004, que: “... No hay una partida presupuestaria, ni una unidad ejecutora en la Institución en lo referente a salud ocupacional. Lo que se hace es atender las necesidades de las unidades que solicitan cosas que tienen que ver con salud ocupacional, y sólo si se tiene presupuesto para comprarlas se compran”...

La M.Sc. Margarita Esquivel Porras, Jefa de la Oficina de Recursos Humanos, mediante oficio ORH-

5769-2004 del 18 de agosto de 2004, dirigido a la M.Sc. Jollyanna Malavasi, coordinadora de la Comisión Especial, señala:

“Concientes de la importancia de la Salud Ocupacional para la Comunidad Universitaria y, de la necesidad institucional de modernizar y adecuar el funcionamiento de la Universidad en fiel apego a la normativa vigente a nivel nacional e internacional, nos permitimos adjuntar el proyecto de “Re-estructuración de la Sección de Salud Ocupacional”; presentado por la Licda. Vilma Méndez Trejos, funcionaria especialista en este campo, a cargo de la Sección de Salud Ocupacional, unidad adscrita a la Oficina de Recursos

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Humanos. Dada las perspectivas profesionales y legales que fundamentan este proyecto y su impacto en la Comunidad Universitaria, es de primordial importancia presentárselo a usted, por estar en estudio de la situación actual de la Salud Ocupacional en la Comisión del Consejo Universitario, que usted tan acertadamente dirige ...”

d) La Licda. Maritza Monge Murillo, Directora de la Oficina de Planificación Universitaria, mediante

oficio OPLAU-570-2004 del 30 de setiembre de 2004, señala lo siguiente: “En atención a su oficio CE-CU-04-62, del 6 de setiembre de 2004, me permito comunicarle que no existe una partida específica o unidad ejecutora en el presupuesto de la Institución que se destine a salud ocupacional. No obstante lo anterior, es importante señalar que algunas unidades ejecutoras de presupuesto como lo son el Centro de Investigación en Contaminación Ambiental, la Coordinación de Acción Social del Recinto de San Ramón y la de Acción Social de la Sede del Pacífico en su plan operativo para el año 2004, hacen referencia a la política institucional 3.14 mediante los proyectos: Monitoreo de la calidad del aire en la ciudad de San Pedro de Montes de Oca, Educación para la reparación y disposición de desechos sólidos en Grecia y Gestión ambiental a nivel comunal, respectivamente. Otros de los proyectos que ejecutan las unidades ejecutoras de presupuesto podrían estar relacionados con salud ocupacional, aunque no hagan referencia a la política 3.14 específicamente. Este análisis requeriría de un período mayor para su realización” (El subrayado no es del original).

Esta Comisión concluye que a pesar de los esfuerzo realizados durante el período 1992-2004, por

parte de los funcionarios de la Unidad de Salud Ocupacional de la Oficina de Recursos Humanos, y la Vicerrectoría de Administración, para cumplir con su gestión en salud ocupacional, los resultados obtenidos no fueron óptimos y no se logró una cobertura suficiente, caracterizándose la acción por ser muy limitada, reactiva ante la problemática y no proactiva-anticipativa, como debe ser.

Se señala como principal problema que la Institución no ha planificado ni ha hecho las gestiones

necesarias para una justificación y asignación presupuestaria que permita cumplir con lo relativo a salud ocupacional en la Universidad; es así que desde 1992 la Institución cuenta con una Unidad de Salud Ocupacional sin presupuesto específico. La Vicerrectoría de Administración, cuando se ha visto enfrentada a tener que solucionar casos de emergencia, de accidentes ocupacionales, de prevención de riesgos, ha tenido que recurrir a modificaciones presupuestarias de otras partidas de la Vicerrectoría, para solventar los problemas que se presentan. Es claro que el apoyo institucional ha sido insuficiente. La Institución requiere tomar conciencia de esta problemática y resolverla a la brevedad posible por medio de un “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, que cuente con los recursos humanos, infraestructura, y presupuesto que le permitan desarrollarse y lo hagan sostenible en el tiempo,

Esta Comisión considera que dado el tamaño y complejidad de nuestra Institución, es urgente crear

e implementar un “Programa Universitario de Salud Ocupacional de la Universidad de Costa Rica”, con las características mínimas del Programa propuesto en este documento, cuyo ente ejecutor sea una Oficina de Salud Ocupacional que dependa en línea directa de la máxima autoridad, al ser esta la funcionaria académica de más alta jerarquía ejecutiva en la Institución.

Reconocemos que el proyecto de “Reestructuración de la Sección de salud Ocupacional” de la

Oficina de Recursos Humanos, (presentado a esta Comisión Especial, mediante oficio ORH-5769-2004, del 18 de agosto de 2004), es armónico y coherente en sus contenidos con la propuesta de creación del “Programa Universitario de Salud Ocupacional de la Universidad de Costa Rica”, por lo que se visualiza la posibilidad de un proceso de integración muy eficiente. En ambas propuestas se plantea la creación de una Oficina de Salud Ocupacional, y la importancia de una gestión preventiva.

B.2. Comisión de Salud Ocupacional (por Convención Colectiva UCR-SINDEU): Como ya se mencionó, en la Universidad de Costa Rica existe una Comisión Institucional de Salud Ocupacional, reglamentada en el artículo 27 de la Convención Colectiva de Trabajo de la Universidad de Costa Rica. Sus funciones están en concordancia con las establecidas en el artículo 10 del Reglamento de Comisiones de Salud Ocupacional, decreto N.° 18379-TSS, alcance 24, publicado en La Gaceta N.° 154 del 16 de agosto de 1988.

El señor Gerardo Badilla, Presidente de la Comisión de Salud Ocupacional, informó y aportó

documentación acerca del modus operandi de ésta: la Comisión recibe las denuncias, las analiza y determina si tienen rango de estudio e inspección por parte del Técnico en Salud Ocupacional de la Unidad de Salud Ocupacional, el cual, luego de su estudio, hace las recomendaciones pertinentes, y si es el caso, se solicita el

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apoyo de las dependencias intermedias, a saber, Vicerrectoría de Administración, Recursos Humanos, Servicios Generales, Oficina de Bienestar y Salud, unidades académicas. En última instancia, si el asunto no se resuelve en esas instancias, se traslada al Rector o Rectora quien, de acuerdo a la Convención Colectiva de Trabajo, resuelve o se separa del asunto; si se diera este último caso, se pasaría el asunto a los Tribunales de Trabajo.

La Comisión da curso a las denuncias, asesorándose con los técnicos de la Unidad de Salud Ocupacional de la Oficina de Recursos Humanos.

Entonces, ¿cómo llega la denuncia o los casos a la Comisión de Salud Ocupacional ? : 1) La persona trabajadora, docente o administrativa, remite su denuncia a la oficina de la Comisión

y ahí la secretaria la recibe y la ubica en la agenda de sesión; ésta luego se analiza y, dependiendo del asunto, se remite a la persona técnica de la Unidad de Salud Ocupacional de la Oficina de Recursos Humanos o se hacen las consultas pertinentes con el fin de darle solución al caso;

2) Los informes que realiza el personal técnico de la Unidad de Salud Ocupacional deben ser

trasladados de vuelta a la Comisión de Salud Ocupacional, para tomar las decisiones correspondientes, las que son de acatamiento obligatorio, de otra forma se trasladan al Ministerio de Trabajo.

Por otro lado, se señala que esta Comisión debe reunirse dos veces al mes y sesionar con un

mínimo de dos delegados, de acuerdo con lo que señala la Convención Colectiva de Trabajo UCR-SINDEU. La Comisión la componen 2 delegados representantes del Rector y dos representantes del SINDEU y sus suplentes. La función de ambas representaciones es la de “...defender los derechos de los trabajadores en materia de salud ocupacional ...”. “....Pueden servir de apoyo al técnico en las inspecciones y cumplir con todas las funciones que establece tanto la Ley de Riesgos como la Convención Colectiva del Trabajo ...”.

En un documento de la Comisión de Salud Ocupacional se nota con respecto al tema que: “...la

Oficina de Salud Ocupacional no debe ubicarse en la Oficina de Recursos Humanos , y definir (sic) la Oficina como lo dice la Ley de Riesgos y el Reglamentos del Ejecutivo. No como un programa a medias ni como Sección como actualmente lo mantiene Recursos Humanos, el cual viola toda normativa vigente...”.

El señor Gerardo Badilla Alvarez, Presidente, y la Magistra Griselda Ugalde, Secretaria de la Comisión Institucional de Salud Ocupacional, mediante oficio CISO-17-2005, del 4 de marzo de 2005, dirigido a la señora Rectora, indican: “...La ...CISO en su sesión del jueves 24 de febrero, acordó solicitarle, conscientes de su apoyo y compromiso con la promoción de los Programas de Salud y Seguridad Ocupacional, el remitir una carta a las Unidades Académicas y Administrativas, en razón del proceso de preparación de los Presupuestos ordinarios del 2006, a fin de que tomen en ellos los siguientes spectos, relacionados con el desarrollo de esta importante área dentro de la Universidad de Costa Rica en cumplimiento de la Legislación costarricense: 1. Incluir recursos para la evaluación de sus programas de trabajo, considerando el componente de salud y seguridad ocupacional, como una prioridad de sus labores, acorde a lo establecido en el apartado 3.2 del Manual de “Políticas para la formulación y ejecución del Plan-Presupuesto de la UCR”. 2. Inclusión de una partida para la compra de los Equipos de Protección Personal que se requiera para sus labores. 3. Inclusión del concepto de seguridad en la selección y compra de bienes y servicios que se planee adquirir, como por ejemplo: sillas y escritorios con diseño ergonómico. 4. Inclusión y desarrollo de programas de salud ocupacional para el uso adecuado de los Equipos de Protección personal. 5. Recursos para el mantenimiento del Botiquín de Primeros Auxilios....”

Con base en la información aportada por representantes de los trabajadores y de las trabajadoras, y por representantes de la Rectoría, que han formado parte de esta Comisión en diferentes épocas, concluimos que el funcionamiento interno de esta instancia ha sido históricamente difícil. La Convención Colectiva del Trabajo asigna funciones claras a esta Comisión, a las que es importante que se aboque.

Dada la complejidad y tamaño de la Universidad, señalamos adicionalmente, la importancia de

planificar y proceder con un plan paulatino y armónico de desconcentración de esta Comisión de Salud Ocupacional, en las Comisiones o Comités de Salud Ocupacional que se deben organizar en cada centro de trabajo por la normativa vigente (véase B.3.) B.3. Comités de Salud Ocupacional (por Convención Colectiva UCR-SINDEU): Como complemento, y de acuerdo con la Convención Colectiva, deben establecerse Comités de Salud Ocupacional en las unidades académicas y administrativas con el fin de que realicen labores de vigilancia, de información y de colaboración con la Comisión de Salud Ocupacional.

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Esta Comisión solicitó a la Comisión de Salud Ocupacional, en el año 2003 y en el 2004, un informe

sobre la situación de los Comités de Salud Ocupacional , y se nos aportó un cuadro (Anexo 1) en el que se indica la unidad y el oficio de constitución del comité, los miembros, la dirección, teléfono y fax. Cabe destacar que los 55 Comités reportados fueron constituidos en los años 1998 y 1999, que se carece de información actualizada y que su trabajo no ha sido objeto de evaluación. Esta Comisión observa que muchos de los funcionarios y funcionarias que aparecen como integrantes de los Comités en las diferentes unidades, ya están pensionados.

Las funciones que los Comités de Salud Ocupacional deben cumplir en sus unidades son

fundamentales para el buen funcionamiento de un Programa Universitario de Salud Ocupacional en la Institución, por lo que es necesario poner especial atención a su reactivación y capacitación de los integrantes que hacen efectivo el apoyo a su gestión.

B.4. La Oficina de Bienestar y Salud: La Oficina de Bienestar y Salud tiene por objetivo garantizar la promoción, la prevención y la atención en salud, desde una perspectiva integral, a toda la comunidad universitaria (acuerdo de la Asamblea Colegiada Representativa tomado en la sesión 110 del 26 de noviembre de 1999).

Es la instancia rectora del “Sistema de Atención Integral en Salud para la comunidad universitaria” (SAIS), aprobado por el Consejo Universitario en sesión 4847, artículo 4, del 18 de noviembre de 2003, con base en el dictamen CE-DIC-03-47, en el que se presenta un análisis extenso sobre la gestión de esta Oficina, y en el que se hace un llamado acerca de la necesidad institucional de desarrollar lo relativo a salud ocupacional. En este dictamen se presentan, en el punto V de Análisis, los posibles enlaces entre el nuevo “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, aquí propuesto, y el SAIS. B.5. Otras instancias: Existen otras instancias que trabajan con temas relacionados con Salud Ocupacional como la Comisión Institucional de Emergencias y las Brigadas de primeros auxilios.

C. Las acciones sustantivas de la Universidad de Costa Rica y la Salud Ocupacional:

C.1. DOCENCIA: Se realizó una consulta a las unidades académicas sobre los planes de estudio en

los que se incluyen temas de salud ocupacional. De las instancias consultadas, las siguientes respondieron presentan iniciativas específicas:

1. Escuela de Administración de Negocios, de la Carrera de Contaduría Pública, el curso PC-1510

Técnicas de administración de recursos humanos, con temas de higiene y seguridad laboral (3 horas).

2. Escuela de Ingeniería Agrícola, en los cursos:

• IA-1011 Sistema operativo mecanizado, con temas de normas de seguridad en el manejo de maquinaria y equipos agrícolas (3 horas).

• IA-0914 Equipo agrícola, con temas de normas de seguridad (3 horas). • IA-0414 Medición y trazado agrícola, con temas de prevención de accidentes en el

campo (2 horas).

3. Escuela de Ingeniería Civil, en los cursos de la Licenciatura en Ingeniería Civil: • IC-704 Construcción I, con temas de identificación de riesgos en la construcción y

normativa de seguridad (4 horas). • IC-804 Construcción II, con temas de identificación de riesgos en la construcción, y

normativa de seguridad (4 horas). • PF-3904 Relaciones humanas y seguridad laboral, con temas sobre riesgos en

excavaciones, en trabajos en altura, en el manejo de maquinaria y herramientas (Posgrado en Ingeniería Civil, 30 horas).

4. Escuela de Ingeniería Química, en el curso electivo IQ-0660 Seguridad e Higiene Industrial,

con los siguientes temas: origen y prevención de riesgos ocupacionales; salud ocupacional, objetivos y tendencias actuales; conceptos de seguridad e higiene ocupacional; concepto de salud y enfermedad, concepto epidemiológico de sus causas; pluricausalidad y la aplicación metodológica de la seguridad y la higiene ocupacionales; accidente de trabajo; clasificación de causas de accidentes; valoración de los costos de accidentes; riesgos ambientales y trabajo (48 horas).

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Esta Escuela ofrece otros cursos electivos, también de la Licenciatura en Ingeniería Química, en los que el tema de salud ocupacional es tratado ... “a criterio del profesor”..., estos cursos son: Impacto ambiental, Tratamiento de desechos y Contaminación industrial del aire

5. Escuela de Medicina, en el curso ME-4014 Medicina legal de la Licenciatura en Medicina y

Cirugía, con temas en Ley de Riesgos de Trabajo en su aplicación médico-legal; Medicina del trabajo; dermatosis ocupacionales; hipoacusia por ruido; polvo en los pulmones; ergonomía; metales (Pb-Cr); aspectos legales de los riesgos del trabajo; accidentes y enfermedades que constituyen riesgo en el trabajo en el país, diagnóstico y valoración de los accidentes de trabajo y de las enfermedades de trabajo (20 horas).

6. Escuela de Tecnologías Médicas, con tres carreras:

a. Bachillerato y Licenciatura en Emergencias Médicas; b. Bachillerato y Licenciatura en Terapia Física; c. Bachillerato y Licenciatura en Salud Ambiental.

7. Escuela de Enfermería, en los cursos de la Licenciatura en Enfermería:

• EE-0322 Módulo de intervención con la adolescencia, con temas de juventud y salud ocupacional y estilos de vida saludables (4 horas).

• EE-0413 Módulo de adultez sana, con temas de organización laboral y salud en el trabajo (15 horas).

• EE-0512 Módulo de intervención con la adultez mayor, con temas de características de infraestructuras de instituciones de atención al adulto mayor; el cuidador de las personas en la institución; riesgo laboral; adaptación ergonómica del equipo (3 horas).

8. Escuela de Nutrición, en el curso UN-1012 Nutrición comunitaria II, Práctica V de la

Licenciatura en Nutrición, con temas en promoción de la salud y nutrición en empresas (54 horas).

9. Escuela de Salud Pública, en los cursos:

• Taller de salud ocupacional (bloque de internado, salud familiar y comunitaria) con temas en salud ocupacional en el área agrícola; manejo de productos químicos; uso de bases de datos en salud ocupacional; equipos de protección personal; salud ocupacional de los trabajadores de la salud (12 horas teóricas y 24 horas en el campo);

• Ecología y salud humana, con temas en el análisis de las implicaciones de la salud ocupacional en el ambiente de los procesos socioproductivos (Maestría de Salud Pública, 8 horas).

• Salud y sociedad, con temas sobre problemas contemporáneos de salud pública costarricense, en donde se toma el tópico de salud ocupacional (Maestría de Salud Pública).

• Taller de análisis de políticas de salud, con temas en el análisis de la política en el campo de la salud ocupacional que se plantea dentro de la política de salud (Maestría de Salud Pública, 20 horas).

10. Escuela de Orientación, en los cursos:

• Voz hablada y técnicas didácticas, con temas de prevención de la patología laríngea, gestión del riesgo ambiental, riesgos laborales.

• PF-4326 y PF-4317 Módulos de problemas osteomusculares (Maestría en Gerontología), con temas de posturas, desconocimiento de hábitos de salud y su incidencia.

Según lo indicado por las unidades académicas que incluyen temas de salud ocupacional en sus curricula, los contenidos de los cursos señalados se orientan hacia tópicos específicos dentro de la especialización de la carrera y curso, y en ningún caso existe un curso con conceptos generales de salud ocupacional, que se considere base para el abordaje preventivo de las funciones como promotores de la salud de los trabajadores y las tareas que le corresponden a su cargo.

11. La Escuela de Química indica que al inicio de todos los cursos de laboratorio y de las prácticas específicas que lo ameriten, se explica a los estudiantes los peligros potenciales del laboratorio, las medidas de seguridad, de emergencia e higiene; además de que el estudiante o la estudiante

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en cada prereporte debe describir los peligros potenciales de los reactivos y equipos que usará, así como un alerta para aquellos procedimientos que conllevan algún grado de peligrosidad.

Otras unidades académicas informaron específicamente no incluir temas de salud ocupacional en

sus currícula: Escuela de Artes Musicales, Escuela de Formación Docente (Educación primaria, preescolar secundaria), Escuela de Ciencias de la Computación e Informática, Escuela de Arquitectura, Escuela de Antropología y Sociología y Escuela de Trabajo Social.

Cabe señalar que la Universidad de Costa Rica, una vez identificadas las potencialidades y

fortalezas de las unidades académicas en materia de gestión de riesgo y reducción de desastres, creó la Maestría en Gestión del Riesgo en Desastres y Atención de Emergencias, dentro de una visión interdisciplinaria.

La Universidad de Costa Rica tiene una interesante trayectoria en materia de estudios sobre

desastres, mediante:

la Licenciatura en Amenazas Naturales y la Investigación en información geográfica para el manejo de datos ambientales y de desastre, ambas de la Escuela de Geología;

el Bachillerato en Ordenamiento Territorial y la Licenciatura en Ordenamiento de Cuencas

Hidrográficas de la Escuela de Geografía;

el Bachillerato en Fenómenos Atmosféricos de la Escuela de Física;

la Licenciatura en Teoría del Riesgo y Seguros de la Escuela de Administración de Negocios;

el Bachillerato y la Licenciatura en Emergencias Médicas de la Escuela de Tecnologías en Salud de la Facultad de Medicina;

el Taller de Desastres para la Licenciatura en Medicina y Cirugía impartido por la Escuela de Salud

Pública;

la Unidad sobre asentamientos humanos y ambiente de la Maestría de Salud Pública;

el Módulo de atención en situaciones de desastres en el Bachillerato y Licenciatura en Psicología, de la Escuela de Psicología;

el Módulo de desastres naturales en el Bachillerato y Licenciatura en Trabajo Social, de la Escuela

de Trabajo Social. El personal académico, administrativo, los estudiantes y las estudiantes involucrados en estos cursos y programas de estudio serán un importante recurso humano en apoyo al “Programa Universitario de Salud Ocupacional”.

C.2. INVESTIGACIÓN: Mediante oficio CE-CU-04-40, esta Comisión solicitó a la Vicerrectoría de

Investigación un informe acerca de los programas y proyectos inscritos en esa instancia, que tienen relación con salud ocupacional. El Dr. Henning Jensen P., Vicerrector de Investigación, responde mediante oficio VI-DGI-3066-04 del 6 de julio de 2004, que:

“...Después de hacer la revisión correspondiente en nuestra base de datos, incluyendo

descriptores, disciplina y títulos, hemos encontrado que, en materia de Salud Ocupacional, únicamente se encuentra inscrita una actividad permanente denominada “Plan de Seguridad Radiológica”, número 112-AO-716 cuya investigadora principal es la Dra. Patricia Mora, de la Escuela de Física. Adjunto le remito un reporte con los objetivos generales de la actividad ...”.

“... El objetivo general de esta actividad es el de brindar asesoría e inspecciones a las

siguientes unidades académicas y de investigación de la Universidad de Costa Rica: INISA, CIBCM, CICA, LAFNA, LANAMME, Escuela de Biología, Facultad de Odontología, Escuela de Ingeniería Agrícola...”.

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Por otro lado, el “Programa de Investigación en Políticas de Salud” (PIPS) ha tenido actividades de investigación relacionadas con la gestión local del ambiente y la salud, que considera que esta última no puede verse aislada de los procesos sociales y ambientales. El coordinador del Programa es el Dr. Luis Bernardo Villalobos, y el investigador principal es el Máster Horacio Chamizo García, son ambos profesores de la Escuela de Salud Pública e integrantes de la Comisión Especial que ha elaborado este dictamen. La actividad que se llevó a cabo se denomina “Gestión local de la interfase ambiente-salud”.

Esta Comisión considera de suma importancia, para la implementación del nuevo “Programa

Universitario de Salud Ocupacional”, que la Universidad recurra a la experiencia que estos investigadores han desarrollado, ya que han generado conocimiento teórico y práctico, del necesario para enfrentar específicamente la problemática actual de la intervención sobre la interfase ambiente-salud, trabajo que deberá irrevocablemente realizarse mediante la gestión en salud ocupacional, dado que se trata de materia que debe de ser cubierta en este campo, en la búsqueda de una interacción armónica entre ambiente y salud. De esta manera, la Institución tendrá la oportunidad de aplicar en forma inmediata los resultados de la investigación en un proceso ligado a la acción social y a la docencia. Indican estos investigadores que debe lograrse una definición clara de responsabilidades institucionales, así como lograr que cada persona se dé cuenta del impacto de sus acciones y de las alternativas ambientales; la búsqueda de soluciones debe de darse mediante una amplia y profunda concertación y participación ciudadana en la gestión ambiental; la desconcentración del presupuesto y de las competencias y la posibilidad de tomar decisiones a escala local. Todo lo anterior es acorde a los lineamientos que se plantean en este dictamen.

La materia de desastres y riesgo se relaciona con la salud ocupacional, por lo que es importante

considerar la trayectoria que a este respecto se ha desarrollado en la Universidad en investigación: el Centro de Investigación en Contaminación Ambiental con un proyecto para determinar la presencia de metales en agua de lluvia en las inmediaciones del volcán Poás; el Centro de Investigación Geofísica posee un proyecto para la determinación de fallas activas y localización de sismos en el volcán Poás.

El personal académico, técnico, administrativo, la población estudiantil involucrada en estos

proyectos y programas de investigación, serán un importante recurso humano en apoyo al “Programa Universitario de Salud Ocupacional”.

C.3. ACCIÓN SOCIAL (Capacitación y Formación continuas): Mediante oficio CE-CU-0440, esta Comisión consultó a la Vicerrectoría de Acción Social, acerca de proyectos inscritos en esa instancia relacionados con salud ocupacional. La Dra. María Pérez Yglesias, mediante oficio VA-671-2004 del 18 de junio de 2004, adjunta el listado de proyectos solicitados, a saber:

a) Área de Salud:

a.1. El Laboratorio de Ensayos Biológicos (LEBI) es la unidad responsable del Proyecto Institucional de Capacitación en Salud Ocupacional (ED-1435), coordinado por la Lic. Sara González C., Subdirectora del LEBI, e integrante de esta Comisión Especial. En este proyecto participan la Facultad de Microbiología, la Escuela de Química, la Escuela de Geología, junto con la Comisión Institucional de Salud Ocupacional. Un grupo de profesores y profesoras de estas unidades académicas fue el responsable de organizar y desarrollar el “Curso de manejo de desechos biológicos, químicos e intrahospitalarios y ambiente estructural” en el año 2002, que fue impartido a 165 trabajadores y trabajadoras de la Institución, entre auxiliares y asistentes de laboratorio y que fue el punto de inicio para la propuesta del proyecto mencionado. La Vicerrectoría de Acción Social, mediante oficio VAS-ED-734-04 del 25 de agosto de 2004, dio su aval a este importante proyecto.

a.2. Escuela de Enfermería

• ED-562 Curso de actualización para el manejo de desechos sólidos hospitalarios y manejo de la técnica aséptica médica y quirúrgica (Máster Olga Marta Solano Soto y Licda. María del Rosario Solano Rivera).

• ED-1265 Curso de actualización en el manejo de desechos sólidos peligrosos, técnica aséptica médica quirúrgica y primeros auxilios para personas que administran salas de estética, de tatuajes, y piercing (Licda. Marianella Solano Cascante, Máster Olga Marta Solano Soto, Licda. María del Rosario Solano Rivera).

• ED-1394 Taller básico de primeros auxilios y prevención de accidentes (Máster Sunny González Serrano).

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a.3. Escuela de Tecnologías en Salud

La M.Sc. María del Rocío Rodríguez, Directora de la Escuela de Tecnologías en Salud, señala que su escuela ha estado siempre muy relacionada con la salud ocupacional de la comunidad. Imparten tres carreras, a saber, el Bachillerato y la Licenciatura en Emergencias Médicas, el Bachillerato y Licenciatura en Terapia Física y el Bachillerato y Licenciatura en Salud Ambiental. Sus estudiantes de Terapia Física realizan, desde hace tiempo, prácticas en la Oficina de Bienestar y Salud y en los EBAIS del Programa de Atención Integral CCSS-UCR, atendiendo a pacientes con dolencias y participando en programas preventivos, con el fin de capacitar a la población en el desarrollo de destrezas, para evitar dolencias causadas por malas posturas. Por otra parte, todos los graduados en Emergencias Médicas en Costa Rica son de esta Escuela. Con respecto a la carrera de Salud Ambiental, las docentes y los alumnos y alumnas del bachillerato y de la licenciatura, han estado interesados en desarrollar proyectos de investigación y acción social dirigidos a solucionar la problemática ambiental a lo interno de la Universidad y en la comunidad; ejemplo de esto es un trabajo desarrollado con la participación de los bomberos, en el que se están realizando los mapas de riesgos de la Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”. Esta Comisión considera de suma importancia que el “Programa Universitario de Salud Ocupacional de la Universidad Universitaria”, aquí propuesto, se fortalezca mediante el establecimiento de alianzas estratégicas con la Escuela de Tecnologías en Salud.

b) Área de Ciencias Sociales b.1. Escuela de Antropología y Sociología

• ED-1300 Depresión, vivencias, significados y comportamientos. Condiciones para el cambio (Licda. Ana Isabel Porras Thames).

b.2. Instituto de Investigaciones Psicológicas • ED-699 Cultura de paz y estilos de vida saludables (Dr. Abelardo Brenes Castro).

c) Área Agroalimentaria: -Escuela de Zootecnia

• ED-1347 Buenas prácticas de higiene y sanidad en la industria alimentaria (Máster Luis Rosales Rodríguez, Máster Julio Chaves Molina, Lic. Rodolfo Wing Ching Jones).

d) Área de Ciencias Básicas: d.1. Escuela de Química

• ED-1389 Gestión de residuos y auditorías medioambientales (Dra. Rosaura Romero Chacón, Master Jenaro Acuña Fernández).

d.2. Escuela de Biología

• El proyecto de la “Quebrada de los Negritos”, a cargo del Dr. José Di Estéfano.

f) Área de Ingenierías: -Escuela de Ingeniería Industrial

E. ED-905 Programa de capacitación en auditor interno SAC: salud, ambiente y calidad (Máster Carolina Vásquez Soto, María José Chassoul Acosta).

• ED-906 Programa técnico en productividad y calidad de vida (Máster Carolina Vásquez Soto, Dr. Eduardo Rivera Porras, Licda. Paula Solano Sánchez).

La Directora del Centro de Investigación en Contaminación Ambiental (CICA), Dra. Elizabeth

Carazo, nos informó que esta unidad de investigación lleva a cabo estudios de contaminación en ríos, de residuos de plaguicidas en vegetales y de contaminación del aire; además, realiza análisis de contaminantes, en la modalidad de venta de servicios, para el Ministerio de Agricultura y el Ministerio de Salud. Cuando en la Universidad se fumiga un edificio, ellos hacen el análisis para saber si es se está realizando dentro de los niveles permitidos. Por otro lado, tienen proyectos de reciclaje de vidrio, papel y aluminio.

Campañas de reciclaje de papel en Estudios Generales, a cargo de la profesora Lisbeth Araya, y en la Facultad de Medicina, bajo la coordinación de la Máster María de los Ángeles Villalobos Müller (jubilada, Departamento de Fisiología). D. Otras acciones universitarias relacionadas con Salud Ocupacional

En la Universidad, varias instancias realizan análisis microbiológicos: Facultad de Microbiología, Laboratorio de la Oficina de Bienestar y Salud, INISA, CITA, CIA, entre otros.

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El Programa de Gestión del Riesgo y Reducción de Desastre: El Vicerrector de Administración, M.Sc.

Jorge Badilla Pérez, con el oficio VRA-3111-2004 del 18 de agosto de 2004, da respuesta a la solicitud planteada por esta Comisión Especial en el oficio CE-CU-04-09, e informa con respecto al Programa de Gestión del Riesgo y Reducción de Desastres, mediante el cual la Institución pretende integrar a sus planes de desarrollo la prevención de los riesgos de los desastres, mediante acciones en docencia, de investigación y de acción social.

Actualmente, una Comisión, coordinada por el señor Vicerrector de Administración, está elaborando

una propuesta de creación del programa. La Comisión está integrada por: el Ing. Óscar Coronado Jurado (Escuela de Ingeniería Industrial), Dra. Eulile Vargas Villalobos (Oficina de Bienestar y Salud), M.Sc. José Manuel Salas (jubilado), M.Sc. Olga Marta Solano (Escuela de Enfermería), M.Sc. Sergio Paniagua (jubilado), Licda. Ingrid Behm Amanzzini (Escuela de Tecnologías en Salud), M.Sc. Elena Badilla (Maestría en Geología), MBA. Anny González Cordero (Oficina de Servicios Generales), Ing. Alexis Chávez Benavides (Oficina Ejecutora del Plan de Inversiones), M.Sc. Guillermo Brenes (Escuela de Geografía) y M.Sc. Jorge Badilla Pérez, quien la coordina.

E. La “Cédula de liquidación del seguro de riesgos del trabajo 80410” en el período 1990-2004:

En el Informe de la Comisión Especial de Salud Ocupacional constituida por acuerdo del Consejo

Universitario en sesión 4516, artículo 3, del 16 de febrero de 2000 para que procediera al análisis de la situación de salud ocupacional en la Universidad de Costa Rica, se indica que:

“... Como parte de la investigación, también se analizó la Cédula de Liquidación del Seguro de Riesgos del Trabajo 80410 para el período 1990-2000 (Anexo 7), en la cual se observa un sostenido aumento de las primas pagadas por la Universidad. Durante el período del 1 de setiembre del 98 al 1 de agosto del 99 se cancelaron más de 33 millones de colones, aumentando a 43 millones en el período siguiente, lo cual según oficio RT-2000-1136, suscrito por el Lic. Róger Arias, Jefe del Departamento de Riesgos del Trabajo del I.N.S., dicho monto podría aumentar. Con base en estos montos y la política actual del I.N.S. de reconocimiento de un 10% de las primas para los Consultorios Médicos reconocidos, podría lograrse una reducción de estos montos, para financiar el Programa Universitario de Salud Ocupacional”...

En oficio RT-2000-1136 del 12 de abril de 2000, el Jefe del Departamento de Riesgos del Trabajo del Instituto Nacional de Seguros indica, además, que con respecto a los accidentes ocurridos en la Universidad de Costa Rica y atendidos al amparo de la póliza de Riesgos de Trabajo 0080410, ocurre una “experiencia negativa” que obedece a que el monto total de los costos originados como consecuencia de la atención de estos casos, supera al monto de la prima calculada.

Esta Comisión Especial quiso conocer aspectos de la administración de seguros en la Institución,

especialmente en lo concerniente al período 2000-2004, al considerar que es un tema directamente relacionado con la gestión de salud ocupacional en la Universidad, por lo que solicitó información a la Vicerrectoría de Administración, a la Oficina de Planificación Universitaria. Asimismo, se invitó al seno de la comisión al Lic. Norberto Rivera Romero, actual Jefe del CIST del Consejo Universitario, debido a su amplia experiencia en gestión de los seguros institucionales, al haber sido el Jefe de la Unidad de Activos Fijos de la Oficina de Administración Financiera durante diez años. Esta Instancia es la encargada de la administración de los seguros de la Universidad. El Lic. Rivera llamó la atención sobre aspectos muy importantes de ser considerados para la toma de decisiones.

El seguro es un mecanismo de transferencia; es un contrato por el cual una persona jurídica toma

sobre sí, por determinado tiempo, todos o algunos de los riesgos de pérdida o daño que pueda sufrir una persona física o jurídica o los bienes de su propiedad, a cambio de una retribución convenida, comúnmente denominada prima.

La Universidad posee varios contratos de seguros, algunos de los cuales son de carácter obligatorio

como por ejemplo el Seguro de Riesgos del Trabajo N.º 80410 y el Seguro Obligatorio de Vehículos (derechos de circulación y marchamo) y otros de carácter voluntario o privados, ambos tipos, actualmente manejados por el Departamento de Seguros del Estado del Instituto Nacional de Seguros (INS), de conformidad con el acuerdo de gobierno número 11 publicado en La Gaceta del 17-07-1990.

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El seguro de riesgos del trabajo es un seguro que protege a los trabajadores y a las trabajadoras durante el ejercicio del trabajo. Para el año 2004, el presupuesto destinado para atender esta póliza representa cerca de un 38% del total asignado en las partidas de seguros.

A partir del año 1999, el cálculo de las primas y liquidaciones de este seguro ha variado de conformidad

con la Norma Técnica del Seguro de Riesgos del Trabajo publicada en el alcance 2 a La Gaceta del 14 de enero de 1999, pasando de una modalidad de seguro al costo, en la cual se pagaba únicamente por los casos atendidos durante el año póliza, a una modalidad donde se aplica la Ley vigente, tomando como base el monto de la planilla. Es así como de pagar una prima de ¢13.000.000,00 ( trece millones de colones) en 1997, se pasó a pagar ¢64.000.000,00 (sesenta y cuatro millones de colones) en el 2004.

Con esta modalidad, la Universidad está incluida en el grupo de riesgo que posee la tarifa más baja

para este seguro, la cual es de 0,33% sobre el monto de la planilla, razón por la cual conforme aumenta la planilla aumentará el costo del seguro. Esta modalidad exige que mensualmente se reporte al INS el monto de la planilla; de lo contrario, se cargarán multas que encarecerán su costo, de conformidad con el acuerdo N.º 1 de la sesión N.º 8540 del 06 de mayo de 2002.

Con el fin de no desembolsar todo el dinero por concepto de prima al principio del año, desde hace

cinco años, se logró negociar con el ente emisor, el pago de la prima en tractos, de modo tal que entre enero y agosto se realizan cuatro pagos iguales, lo cual redunda en un beneficio financiero para la Institución.

Dentro de las funciones que se realizan tanto en la Oficina de Recursos Humanos como en la Unidad

de Activos Fijos de la Oficina de Administración Financiera para el manejo de esta póliza se encuentran las siguientes:

• Envío de la planilla mensual al INS en forma oportuna. • Control y actualización del expediente de cada caso (accidentes de funcionarios) • Estudio, análisis y recolección de los datos • Archivo de documentación • Redactar informes y generar recomendaciones tendientes a prevenir, mejorar o resolver situaciones diversas. • Participar en actividades de capacitación y brindar charlas, al personal docente y administrativo • Brindar asesoría a docentes y administrativos • Desplazarse a diferentes zonas geográficas en el desempeño de estas funciones • Verificar que los montos de la prima y la liquidación sean los correctos en relación con los casos atendidos y los

cálculos de las tarifas. • Realizar los trámites para el pago de la prima. • Verificar si los casos de accidentes reportados por el INS corresponden a funcionarios de la Universidad y

comunicar a esta entidad las diferencias encontradas. • Reportar al INS los funcionarios que salen fuera del país, con los documentos del respaldo. • Redactar y confeccionar las notas. • Informar al INS sobre la ocurrencia de accidentes • Otros. Sobre los otros seguros administrados por la Unidad de Activos Fijos, las funciones por realizar en forma general son las siguientes:

• Realizar estudios y análisis sobre la necesidad de pólizas nuevas. • Recomendar para resolver o prevenir algún conflicto donde hay interés por parte de la Institución • Formar parte de comisiones o grupos de trabajo, para asesorar o coordinar asuntos de seguros, generar

recomendaciones. • Redactar informes con recomendaciones tendientes a prevenir, mejorar o resolver situaciones diversas. • Participar en actividades de capacitación, brindando charlas, al personal docente, administrativo y

estudiantes. • Brindar asesoría a estudiantes, docentes, administrativos y otros. • Brindar orientación a las consultas individuales o grupales (estudiantes, docentes, administrativos), sobre

eventos ocurridos para diagnosticar si se pueden amparar a las pólizas existentes o bien buscar alguna solución.

• Desplazarse a diferentes zonas geográficas en el desempeño de las funciones • Proponer y ejecutar soluciones a problemas estudiantiles relacionados con el seguro de accidentes para

estudiantes. • Investigar, recolectar y analizar datos sobre casos y dar el informe correspondiente.

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• Estudiar los bienes asegurados • Reportar los viajeros al INS • Cotizar pólizas • Confeccionar constancias sobre los seguros • Actualizar las pólizas • Contabilizar los gastos de seguros por medio de asientos de diario. • Estudiar cuentas contables y presupuestarias relacionadas con los seguros • Inventariar los automóviles • Controlar la cuenta de auto seguros y dar la autorización para cargar los gastos. • Reportes a la Comisión Técnica de deducibles y confeccionar el expediente de los funcionarios que han

colisionado. • Reportar a la Vicerrectoría de Administración las infracciones de los conductores de la Universidad. • Elaborar los documentos para la exoneración de vehículos ante el Ministerio de Hacienda. • Estudiar los casos y documentarlos para que el INS indemnice los daños a terceros o a los vehículos de la

Universidad y dar el debido seguimiento. • Realizar el proceso de pago de derechos de circulación de la flotilla de automóviles. • Confeccionar el expediente de cada Póliza • Redactar y confeccionar notas de diversa índole • Preparar y controlar el presupuesto anual de seguros • Controlar los pagos y las liquidación de las pólizas. • Interpretar los datos de primas, liquidaciones, indemnizaciones • Informar los cambios en las pólizas a la Comunidad Universitaria o a los interesados • Otros.

La Unidad de Control de Activos Fijos, como responsable de los seguros institucionales, se enfrenta con una serie de obstáculos que en alguna medida le impiden una adecuada administración y un buen control de lo que acontece con estos seguros. Entre las situaciones que obstaculizan su labor, se pueden citar las siguientes:

1. La Unidad de Control de Activos Fijos tiene como recargo desde 1990 la administración de los contratos

de seguros. 2. Actualmente se administran cerca de 20 contratos de seguros y dos reservas presupuestarias de auto

seguro, y cada uno de los contratos tiene sus características especiales de control y seguimiento en cuanto a pagos y reclamos y actualización de pólizas, además de la orientación que se debe brindar a estudiantes, docentes, administrativos y terceras personas afectadas.

3. El recurso humano disponible no es suficiente para atender la demanda de todas las necesidades que

requieren los diferentes contratos de seguros ya que cuenta únicamente con una funcionaria a tiempo completo para este fin.

4. El reporte de los accidentes laborales que ocurren (Póliza de Riesgos del Trabajo), los efectúa la unidad

académica o administrativa, donde pertenece el funcionario, directamente al Instituto Nacional de Seguros (INS); sin embargo, con este mecanismo, aunque se facilita el trámite ante el Instituto Nacional de Seguros, se pierde el control, dado que la Unidad de Control de Activos Fijos no recibe la información sobre los reportes que llevan a cabo las diferentes unidades, lo cual, junto con la carencia de recursos humanos le imposibilita dar seguimiento a los casos ocurridos.

5. Ausencia de investigaciones sobre los casos reportados al INS (póliza de Riesgos del Trabajo y

Responsabilidad Civil, Póliza de Carga, Póliza Accidentes Estudiantiles, Póliza de Automóviles).

Las condiciones actuales de funcionamiento de la Unidad de Control de Activos Fijos no le permiten llevar a cabo un trabajo de investigación para indagar sobre la ocurrencia de los eventos en términos de recoger evidencias, conversar con testigos, y revisar el historial de las unidades y el personal involucrado en los accidentes. Los casos, por lo general, se reportan bajo el principio de la buena fe o la presentación de algún testigo cercano que manifiesta haber visto lo acontecido, sin ir más allá para recopilar información fidedigna sobre los hechos.

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Con esta limitante se ha perdido la oportunidad de llevar una base de datos histórica que pueda servir para la definición de políticas y la toma de decisiones en materia de salud ocupacional y responsabilidad civil, por parte de las autoridades universitarias.

6. La falta de recurso humano, no permite realizar en forma oportuna los trámites de exoneraciones, pagos de

derechos de circulación, inscripciones de vehículos y otras gestiones en el Instituto Nacional de Seguros y en otras instituciones.

7. Ausencia de un sistema integral para administración de los seguros.

Aun cuando los seguros se administran en la Unidad de Control de Activos Fijos, no existe un sistema institucional que permita integrar todos los tipos de seguros para determinar las condiciones generales, particulares y especiales en que operan, así como los límites de cada contrato y el traslape que pueda darse entre ellos.

El sistema idóneo debe contemplar el seguro de riesgos del trabajo, el seguro de incendio, los seguros de responsabilidad civil, el seguro obligatorio de automóviles, el seguro de accidentes y salud para estudiantes y funcionarios entre otros

Esta Comisión Especial considera que es necesario que la Institución valore la necesidad de creación de una Unidad de Administración de los Seguros en la Universidad de Costa Rica, como una instancia que se encargue y dé el apoyo técnico a lo relacionado con la salud ocupacional de la Institución, y que vele por la administración de todos los contratos de seguros con una proyección para asumir en el mediano plazo lo concerniente a la administración de los riesgos institucionales. Esta Instancia trabajaría en estrecha coordinación y colaboración con la Oficina de Salud Ocupacional del “Programa Universitario de Salud Ocupacional” aquí propuesto. Cabe recordar que el objetivo de la Administración del Riesgo es el de reducir el costo de los riesgos y para lograrlo utiliza métodos de control, como la eliminación, la prevención, el traspaso, y de financiamiento como lo es el seguro, tal como plantea Erick Kauf, en su obra Gerencia de los Riesgos.

F. El Seguro Estudiantil: Los estudiantes de la UCR se aseguran de varias formas: 1) La póliza de accidentes 46021 cubre toda la población estudiantil en todo el territorio nacional y fuera

de él, por las 24 horas del día. Se cancela en dos tractos, de 775 colones en cada semestre, y muerte accidental, incapacidad permanente y gastos médicos hasta por 500.000 colones para cada una y en caso de accidente los estudiantes son atendidos sin costo en la Clínica Católica y en los dispensarios del I.N.S.

Para este año se está pidiendo aumentarla a 1.000.000 de colones y se cobraría 1.000 colones por semestre. 2) Los estudiantes del área de salud cuando hacen práctica hospitalaria deben tomar un seguro por las

suma de 50 millones, que cubre los daños causados a terceras personas y a los equipos de la Caja Costarricense del Seguro Social, por mala praxis, Pagando 4.000 colones por año. Este seguro no cubre los daños que pueda sufrir el propio estudiante durante su práctica, como podría ser una contaminación o algo parecido. Con esta situación se está incumpliendo con el artículo 200 del Código de Trabajo que obliga a las empresas a cubrir a los practicantes (aprendices) quienes deberían estar incluidos en la póliza de riesgos de trabajo.

3) Respecto a las giras: Cuando los estudiantes realizan giras al exterior, son reportados al INS para que

se incluyan en la póliza de viajero, que cubre la muerte accidental y la incapacidad permanente por 5 millones, y 1,5 millones para gastos médicos y repatriación de cadáver. Tiene el inconveniente de que es por reembolso; es decir, lo pagan con sus propios recursos y al regresar al país el INS lo reintegra.

4) Todos los estudiantes pueden ser asegurados en la C.C.S.S y depende de la beca que tengan; el

monto por pagar. De beca 8 a la 11: No pagan nada. De beca 0 a la 7: deben pagar ¢ 5.243

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Los estudiantes que así lo quieran y no tienen beca, pueden asegurase, pero deben pagar ¢ 5.243. G. Pronunciamiento de la Oficina de Análisis Administrativo de la Vicerrectoría de Administración:

En oficio SAA-095-99 del 13 de julio de 1999, dirigido al Vicerrector de Administración, el señor

Jorge Barquero Picado, Jefe de la Oficina de Análisis Administrativo, indica:

...”Conocimos y analizamos los antecedentes en relación con las acciones administrativas necesarias para solventar la situación actual de la seguridad y salud ocupacional en la Universidad de Costa Rica. Las acciones administrativas apuntan hacia tres líneas prioritarias a saber: 1. Inscripción de una instancia institucional encargada de la seguridad y salud ocupacional, ante el Consejo Nacional de Salud Ocupacional; 2. Mención de las normas implantadas sobre las condiciones y medio ambiente de trabajo, en respuesta a lo solicitado por el Instituto Nacional de Seguros, ... como complemento al trámite de liquidación y renovación de la póliza de seguro de riesgos de trabajo; 3. Determinación de costos y prioridades a que hace referencia el oficio R-3094-99 del señor Rector, en relación con el informe CSO-034-99, presentado por la Comisión de Salud Ocupacional, el cual fue elaborado por el señor Ricardo Umaña.

Para cumplir con lo anterior, consideramos que la respuesta a cada punto debe ser

coherente y proactiva, y nunca reactiva....

...Finalmente, en relación con la propuesta de creación de un departamento de Salud Ocupacional, ...consideramos necesario poner más atención a la función misma que a los aspectos estructurales, pues en nuestro criterio más que consolidar una unidad orgánica, los esfuerzos deben dirigirse a consolidar la función. Lo anterior, se fundamenta en el hecho de que en la Universidad de Costa Rica ya existe una Comisión de Salud Ocupacional y en la Oficina de personal un Programa Universitario de Salud Ocupacional; y lo que resulta necesario es evaluar su gestión en cuanto al cumplimiento de los alcances contenidos en el Decreto Ejecutivo No.27434-MTSS”.

H. La Universidad de Costa Rica y el manejo de materiales peligrosos, basura común y desechos biológicos y no biológicos

Esta Comisión se abocó a revisar la situación institucional en aspectos relacionados con el manejo

de materiales peligrosos, basuras y otros residuos y desechos biológicos y no biológicos. La Directora de la Oficina de Servicios Generales, MBA. Any González Cordero, mediante oficio

OSG-858-2004 del 29 de junio de 2004, y en respuesta a la solicitud de esta Comisión hecha mediante oficio CE-CU-04-42, informa que:

“...para la labor de gestión de desechos, nuestra Oficina se fundamenta en el Reglamento

sobre la gestión de los desechos infectocontagiosos que se generan en establecimientos que presten atención a la salud y afines, publicado como Decreto N.º 30965-S en el Alcance N.º 8 a (sic) La Gaceta N.º 23 del 03 de febrero del 2003. En este sentido cada unidad generadora de desechos realiza la clasificación y separación correspondiente, de acuerdo al siguiente procedimiento:

• Desechos punzocortantes: jeringas, agujas, vidrio, bisturíes, placas de Petri, tubos

de ensayo, etc. • Desechos infecciosos: cultivos muestras de heces, orina, sangre, toallas, guantes,

algodones, etc. • Desechos patológicos: Residuos patológicos humanos y/o animal, tejidos, células

con virus. Una vez realizada la separación, se envasa, autoclava y se almacena temporalmente

cumpliendo con todas las indicaciones del citado Reglamento, para estas labores existe un responsable en cada Unidad.

Cuando todos los desechos se encuentran debidamente autoclavados y envasados son

trasladados a los centros de acopio establecidos por nuestra Oficina, a saber: Facultad de Odontología, INISA, Oficina de Bienestar y Salud, Medicina, Farmacia, en donde son recogidos diariamente por la empresa Manejo Profesional de Desechos S.A., con la cual hemos suscrito un

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contrato por el servicio de recolección y disposición final de los desechos infectocontagiosos en el Parque de Tecnología Ambiental La Uruca.

Esta contratación privada nos permite cumplir con toda la normativa establecida en el

Reglamento así como también coadyuva a disminuir el riesgo de contagio en nuestros funcionarios destinados a la recolección de los desechos ordinarios.

Cabe agregar que también existen desechos sumamente peligrosos que son generados por

unidades como la Escuela de Química, los cuales en la misma unidad son clasificados, separados y desechados de la siguiente manera:

• Metales pesados: Este tipo de metales son procesados mediante reciclaje y se

reutilizan en la misma unidad. • Disolventes: Se eliminan por medio de la incineración, la cual se realiza en la

antigua Fábrica de Cemento. • Bases y ácidos: son neutralizados con otros para eliminarles toxicidad. No omito manifestar que el servicio de recolección es diario incluyendo el de desechos

infectocontagiosos, desechos ordinarios y desechos biodegradables, los cuales convertimos en abono orgánico ...” (El destacado no es del original).

La Oficina de Servicios Generales puso a prueba durante el mes de marzo de 2003, un proyecto

piloto de recolección de basura hospitalaria, para mejorar las condiciones higiénicas a la hora de manipular dicho material. Según informó la Jefatura de dicha Oficina al Semanario Universidad, el proyecto consistía en sustituir los tradicionales contenedores de basura por otros modernos de metal, que serían recogidos directamente por un camión para evitar que los recolectores tuvieran que levantar las bolsas de basura con las manos; además, agregó que el fracaso de dicho proyecto radicó en que la empresa recolectora de los contenedores lo hacía dos veces por semana, cuando era necesario hacerlo todos los días. La información anterior fue publicada en el Semanario Universidad del 25 de abril de 2003, en el artículo “Falló proyecto de recolección de basura”, escrito por el periodista Alonso Mata Blanco. En este mismo artículo aparece una fotografía de un basurero ubicado entre la Facultad de Odontología y la Escuela Centroamericana de Geología. Cabe destacar que el basurero consta de una zona techada y de unos portones de malla; que, por lo que hemos observado, la mayoría del tiempo permanecen abiertos. Allí se observan varias bolsas de basura puestas directamente en el suelo, y algunas ubicadas en la acera. Para los que transitamos por esa zona, es conocido que pueden observarse bolsas del tipo que contienen material infectocontagioso y hospitalario, al alcance de los personas y animales. La falta de barreras entre la basura y las personas y animales que transitan en la zona se ha observado en otros sitios de la Institución.

El M.Sc. Pablo Lizano Soto, funcionario de la Rectoría, mediante oficio R-4289-2004 del 9 de

agosto de 2004, y en respuesta a la solicitud de esta Comisión realizada mediante oficio CE-CU-04-51, informa acerca de los principales esfuerzos que la Administración está realizando para mejorar el manejo de desechos, indicando que si bien estos tienen una orientación inicial hacia la Sede central, es el propósito de la Rectoría integrar las siguientes medidas en materia de gestión de desechos a todas las Sedes:

a) los desechos biodegradables del campus de la Sede Central son transformados en la Estación

Experimental “Alfredo Volio Mata”, en compost, el cual se está incorporando de nuevo a las zonas verdes de la Universidad; a este respecto, la Institución está ahorrando más de tres millones de colones anuales que hace cuatro años pagaba a una empresa para que recolectara y botara esos desechos.

b) en cuanto a desechos provenientes de alimentos, se ha logrado que en las sodas y restaurantes

que operan en la Universidad se separe este tipo de residuos; sin embargo, no existe un proceso posterior que permita procesarlos. Se realizan esfuerzos para que a corto plazo se construya y opere una compostera.

c) en relación con los desechos bioinfecciosos, la legislación reciente obliga a desinfectar este tipo

de desechos mediante autoclavado, como paso previo a su envío a los rellenos sanitarios. Desde hace más de dos años, una comisión designada por la Vicerrectoría de Vida Estudiantil definió una forma viable para la institución para el manejo de estos desechos; como producto de este trabajo se adquirió una autoclave con capacidad suficiente para procesar los residuos bioinfecciosos de la institución. La Rectoría ha solicitado a la Oficina Ejecutora del Plan de Inversiones, con carácter de urgencia, que agilice lo relativo a la construcción de la edificación donde se ubicará la autoclave y se instale el centro de acopio institucional. Cabe destacar que desde la fundación de la Universidad, las unidades académicas y de investigación en las que se liberan o producen desechos bioinfecciosos, así como aquellas que por alguna razón necesitan esterilizar materiales,

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poseen autoclaves, de menor calibre que la antes descrita, pero que son utilizadas para procesar debidamente los desechos antes de proceder a botarlos. Estudiantes de la Escuela de Enfermería han realizado un esfuerzo en este sentido en su tesis de graduación denominada “Actualización y estrategias para el manejo de desechos bioinfecciosos en las áreas críticas de la Universidad de Costa Rica”; además, han colaborado en procesos de capacitación de personal universitario.

d) la Rectoría apoya un trabajo de graduación sobre el tema “Diseño de una estrategia de

comunicación que apoye el plan de aprovechamiento y manejo de papel en el campus universitario Rodrigo Facio”, que está realizando la estudiante Adriana Montanaro.

g) la Rectoría ha iniciado una evaluación para lograr soluciones apropiadas con respecto a desechos

químicos de alto riesgo, escombros de construcciones y los provenientes de equipos electrónicos; la capacitación del personal con cursos especiales es uno de los objetivos.

Para finalizar, el M.Sc. Pablo Lizano Soto indica que: “... si bien la Rectoría se encuentra abordando la

temática de manejo de desechos, su propósito en el campo ambiental tiene un mayor alcance, ya que pretende potenciar los esfuerzos que se realicen tendientes a lograr una Universidad que opere conforme los principios del desarrollo sostenible, acorde con las políticas que el Consejo Universitario ha emitido al respecto...”.

Esta Comisión señala la urgencia de abordar este problema de bioseguridad en la institución,

disminuyendo los focos de contaminación ambiental, optimizando la gestión en el manejo de materiales, desechos y basura biológicos y no biológicos y hospitalarios, garantizando su tratamiento cuando sea necesario inactivarlos o esterilizarlos, con un enfoque técnico y estético, para lo cual se propone en este dictamen mediante un lineamiento específico para la Institución, el establecimiento y desarrollo de un “Programa Institucional Sostenible de Bioseguridad e Higiene Ambiental” que involucrará acciones en docencia, investigación, acción social y capacitación y cuya instancia coordinadora será la Oficina de Salud Ocupacional, que tendrá la tarea de coadyuvar en la planificación, ejecución y evaluación de las iniciativas de los universitarios y universitarias en esta materia y a la Administración, con el fin de contar con un ambiente de trabajo, de estudio y de expansión saludable para todos.

I. La Universidad de Costa Rica y el Consejo de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: un diálogo con el Presidente de este Consejo.

El Consejo de Salud Ocupacional es un órgano técnico adscrito al Ministerio de Trabajo y Seguridad

Social. a) El “Reglamento de las oficinas o departamentos de salud ocupacional” señala: Artículo 22. La empresa o empleador está en la obligación de registrar a la Oficina o Departamento ante el Consejo de Salud Ocupacional ...

Artículo 17. Ante situaciones especiales tales como emergencias tecnológicas, accidentes mayores o mortales cualquiera de las Instituciones Públicas sin competencia en esta materia, puede solicitar a través del Consejo una revisión extraordinaria de cualquiera de los documentos mencionados en los artículos 7 y 8. b) El Reglamento de las Comisiones de Salud Ocupacional, indica: Artículo 11. El empleador comunicará al Consejo y a los trabajadores, los nombres de los miembros que conforman la comisión en el centro de trabajo, en un plazo no mayor de 8 días contados a partir e su integración. Artículo 13 . ...Cualquier modificación en la integración y funcionamiento de las comisiones, se deberá hacer de conocimiento del Consejo dentro de un plazo no mayor de ocho días ... Artículo 18. De las funciones.

k) Enviar al Consejo un informe anual que debe contener las normas y las medidas destinadas a impedir el acaecimiento de riesgos del trabajo que hayan sido adoptados por el empleador en el período.

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Artículo 22. El Consejo brindará la información y asesoría técnica disponible a las comisiones, con el fin de que éstas puedan cumplir a cabalidad sus funciones. Igualmente el Consejo promoverá la constitución de las comisiones y velará por el cumplimiento de las disposiciones de este Reglamento.

Artículo 23. El Estado y sus instituciones coadyuvarán con las comisiones para el mejor cumplimiento de

sus cometidos. Artículo 25. Todo centro de trabajo que inicie su funcionamiento con posterioridad a la promulgación de

este Reglamento, dispone de 90 dias para cumplir con la totalidad de sus disposiciones. Artículo 26. Cualquier infracción al presente Reglamento dará motivo para que se apliquen las sanciones previstas en el Código de Trabajo.

El 13 de junio de 2003, se invitó al Lic. Ángel Alberto Pinto, Presidente del Consejo de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, al seno de la Comisión Especial, con el fin de conocer su criterio. El Lic. Pinto analizó varios aspectos sobre el tema de la Universidad de Costa Rica y la salud ocupacional, y expuso criterios que consideramos importantes de ser tomados en cuenta para la toma de decisiones. Destacamos los siguientes aspectos discutidos en esa ocasión:

a) El Reglamento de las oficinas o departamentos de salud ocupacional señala en el Artículo 22: “La

empresa o empleador está en la obligación de registrar a la Oficina o Departamento ante el Consejo de Salud Ocupacional ...”.

A este respecto, la Rectoría registró el 16 de julio de 1999, ante el Consejo de Salud Ocupacional, a su instancia de Salud Ocupacional, bajo el registro (sic) Oficina o Departamento de Salud Ocupacional número 107, en el que se consigna al año 1992 como fecha de creación y ubicada estructuralmente en la Oficina de Recursos Humanos; instancia integrada por dos funcionarios técnicos, uno en salud ocupacional y el otro en salud ambiental. Se indica que el personal de la Institución es de 6102 personas.

b) La Universidad de Costa Rica ha incumplido el artículo 18, inciso i, del Reglamento de las Comisiones

de Salud Ocupacional, al no haber enviado al Consejo los informes anuales de labores en salud ocupacional, correspondientes a la Institución; por esta razón, en el Consejo no hay evidencia de que la Universidad esté organizada, realice alguna actividad en esta área y cumpla con la legislación vigente en esta materia; por lo anterior, la Institución podría ser sancionada, según lo que indica el Código de Trabajo. El Presidente del Consejo de Salud Ocupacional expresó que dado que la Universidad de Costa Rica ahora está mostrando que quiere ordenarse con respecto a salud ocupacional, podemos contar con su asesoría para hacerlo.

c) La Universidad de Costa Rica no ha cumplido con los artículos 11 y 13, del Reglamento de las

Comisiones de Salud Ocupacional al no haber enviado al Consejo los nombres de los miembros que conforman la comisión en el centro de trabajo o cualquier modificación en la integración de estas.

d) El Consejo de Salud Ocupacional ofrece un programa de capacitación para las Comisiones de Salud

Ocupacional. El Lic. Pinto señala que en el año 1989-1999 capacitaron a 45 comisiones de salud ocupacional de la Universidad de Costa Rica, con una participación de más de 200 personas, a las que se les entregó para su conocimiento, material especializado en el tema, así como la normativa vigente. Indica que posteriormente se reintentó retomar esas actividades, sin éxito. Asimismo, señala la importancia de que la Universidad de Costa Rica participe de ahora en adelante en este tipo de programas.

e) Gracias a un convenio entre el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Educación, se han incluido en los

programas de estudio contenidos transversales en salud ocupacional, desde hace diez años para los colegios técnicos y a partir del 2003 para la enseñanza primaria. Este convenio cubre a las universidades, si bien no se ha implementado. La incorporación y el trabajo con las universidades estatales en salud ocupacional está incluido en el Plan Nacional de Desarrollo.

f) Es irrevocable la necesidad de incluir la salud ocupacional en la formación profesional, como una

función que debe cumplir la Universidad de Costa Rica no solo para aquellas carreras cuyos graduados se incorporan al sector productivo. Todos somos susceptibles de problemas de salud ocupacional y, por lo tanto, la formación de todos los y las profesionales debe considerar la inclusión de contenidos en esa área.

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g) Para el desarrollo de un Programa Universitario de Salud Ocupacional, es fundamental entender lo

relativo a la interfase salud-ambiente. Paralelo, y en estrecha interacción con lo relativo a salud ocupacional, la Universidad debe desarrollar sus planes de salud ambiental.

h) La acreditación de carreras universitarias, tales como la de Ingeniería Industrial, la de laboratorios y

unidades de investigación, está pidiendo como requisito el incorporar en el plan de estudios la temática de la salud ocupacional.

i) Para impulsar el desarrollo del Programa Universitario de Salud Ocupacional, es fundamental que la

Universidad de Costa Rica identifique entre su personal docente y administrativo a aquellas personas con preparación académica en salud ocupacional, para que con reconocimiento de carga académica, puedan colaborar con este Programa.

j) Un trabajo seguro es un trabajo eficiente; la manera más sencilla de realizar una tarea, es

generalmente la más segura. J. Conclusiones del Análisis Situacional:

Después de analizar la situación de la salud ocupacional en la Universidad de Costa Rica, esta Comisión Especial concluye que el enfoque institucional no se ha basado en una labor preventiva, promocional, de vigilancia y control del riesgo, sino que se ha actuado con un enfoque reactivo ante accidentes de trabajo, atendiendo daños en edificaciones y afines, haciendo una labor poco sistemática en áreas como la seguridad ocupacional, la medicina del trabajo, la toxicología, la higiene ocupacional, la vigilancia epidemiológica, el saneamiento ambiental, la ergonomía, la igneología, capacitación y la salud pública en general.

Esta Comisión Especial reconoce la valiosa labor del señor Ricardo Umaña11, Diplomado en Salud

Ocupacional, quien integró solo y durante muchos años, la Unidad de Salud Ocupacional de la Universidad, demostrando gran compromiso con la Institución, al emprender los estudios técnicos y la coordinación con la Comisión de Salud Ocupacional y otras instancias universitarias, en la búsqueda de solucionar esta problemática. Don Ricardo señaló con insistencia la necesidad de que la Institución cuente con una Oficina de Salud Ocupacional como lo manda la ley y con presupuesto propio. Indica que “... lo relativo a la salud ocupacional no debe de ser considerado como un gasto, sino como una de las mejores inversiones que la Institución puede hacer al prevenir los accidentes de trabajo y al proteger de igual forma a nuestros estudiantes durante su aprendizaje y formándolos en este aspecto para la vida...”.

Esta Comisión reconoce la preocupación de la M.Sc. Margarita Esquivel Porras, Jefa de la Oficina

de Recursos Humanos, y de la actual encargada de la Unidad de Salud Ocupacional de esa instancia, la Licda. Vilma Méndez Trejos, quienes, mediante oficio ORH-5769-2004 del 18 de agosto de 2004, presentaron un proyecto de “Reestructuración de la Sección de Salud Ocupacional”, en el cual se enfatiza la necesidad de creación de una Oficina de Salud Ocupacional y de asignación presupuestaria. Dicho proyecto es compatible con la propuesta de creación de un “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, presentada en este documento.

El hecho de que en la Universidad de Costa Rica no exista una Oficina de Salud Ocupacional, tal y

como lo plantea la normativa vigente y que no se haya concretado la definición de su estructura organizativa, objetivos, funciones, ubicación y presupuesto, así como asignación de recursos luego de una rigurosa planificación, conlleva a plantear desde este Órgano Colegiado, la necesidad de proceder de inmediato a realizar las gestiones necesarias para crear esta instancia, según los parámetros que establece la regulación vigente.

Para ello, deben considerarse las características propias de la Universidad de Costa Rica, ubicando,

en forma adecuada, a esta oficina dentro del organigrama institucional en línea directa con la Rectoría, otorgándole recursos propios para su desarrollo, de manera tal que su funcionamiento sea ágil y permita el cabal cumplimiento de los aspectos relativos a la salud ocupacional en la población que compone la Universidad, en el contexto del Sistema de Atención Integral en Salud para la Comunidad Universitaria recientemente aprobado por el Consejo Universitario.

11 Funcionario Jubilado de la Institución.

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Dada la complejidad de la Universidad y sus diversas funciones, se recomienda dar un apoyo prioritario a la organización y desarrollo de las Comisiones en los centros de trabajo (los llamados Comités por la Convención Colectiva), para que realicen las funciones señaladas en el Reglamento de las Comisiones de Salud Ocupacional, porque muchas cosas se tienen que decidir y se solucionan en el ambiente inmediato. Los integrantes de estas Comisiones deberán recibir inducción y capacitación continua en salud ocupacional, para que puedan cumplir con su labor y para que sean un elemento multiplicador de una cultura de bienestar y de salud colectiva, que implique la participación de todos. La máxima autoridad en las unidades académicas y administrativas deberán formar parte de la Comisión de Salud Ocupacional de su centro de trabajo12, para facilitar la concientización de la problemática y lograr el apoyo político en la propia unidad académica, al sensibilizar al jerarca o a la jerarca con respecto a este tema.

Por el tamaño y complejidad de la Institución, se recomienda que la Comisión de Salud Ocupacional

de la Universidad de Costa Rica por Convención Colectiva continúe con su labor, como un ente coordinador de las Comisiones de Salud Ocupacional de cada centro de trabajo, teniendo como función principal establecer estas comisiones, colaborar con la elaboración del programa de trabajo anual de estas y la evaluación de labores. La Comisión de Salud Ocupacional tendrá a su cargo, además, vigilar el cumplimiento de las políticas de salud institucional relativas a su objeto de trabajo. Tendrá comunicación directa con la Oficina de Salud Ocupacional, la cual será el ente técnico para realizar las tareas específicas señaladas en el Reglamento de Oficinas o Departamentos de Salud Ocupacional.

La Universidad de Costa Rica necesita una estructura técnica, especializada que le permita tener control sobre los riesgos del trabajo, y capacidad de intervención, como plantearse el perfil de una Oficina de Salud Ocupacional. Esta nueva Oficina deberá tener una amplia comunicación y coordinación con todas las Comisiones de Salud Ocupacional de la Institución, las cuales colaborarán estrechamente con ella para el logro de las metas.

La Institución debe tener necesariamente, en el marco propuesto para la salud ocupacional, un

programa de vigilancia epidemiológica continuo y objetivo, actualizado y oportuno, con información estratégica que sirva para orientar las decisiones y las acciones para el control de factores de riesgo en el trabajo y el logro de los objetivos de la salud ocupacional.

Es necesario un ambiente sano y seguro para el trabajo y el estudio en la Universidad, porque es

necesario garantizar a la comunidad universitaria la mejor calidad de vida. Debe considerarse que la salud no puede verse aislada de los procesos sociales y ambientales, y lo relativo a salud ocupacional no es una excepción.

Por lo anterior, un “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, como el propuesto en este

documento, debe además desarrollar la Higiene Ambiental por cuanto su función es la de identificación, evaluación, y control de los factores de riesgo físico, químico y biológicos, para que estos no produzcan enfermedades o generen malestar o lesiones en los trabajadores o en la comunidad cercana a los procesos.

Se concibe, entonces, un Programa funcional de salud ocupacional, donde las partes estén

fuertemente integradas, donde la colaboración y la división de las tareas deben de ser prioritarias.

IV. PROPUESTA PARA LA CREACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL

“PROGRAMA UNIVERSITARIO DE SALUD OCUPACIONAL”

El Programa Universitario de Salud Ocupaciona, (PUSO), definido como el conjunto de actividades institucionales en materia de salud ocupacional, se crea y se implementa en el marco del “Sistema de Atención Integral para la Salud de la comunidad universitaria” (SAIS), y se constituye para articular y fortalecer todos los procesos institucionales en materia de salud ocupacional, con énfasis en prevención y promoción de la salud.

12Se considerarán centros de trabajo cada facultad no dividida en escuelas, cada escuela, cada Instituto y Centro de Investigación; cada Estación Experimental y Unidad Especial (Jardín Lánkester, Observatorio del Desarrollo, Laboratorio de Ensayos Biológicos, Laboratorio Nacional de Materiales, entre otros), cada Vicerrectoría y sus dependencias administrativas, la Rectoría, el Consejo Universitario, el Tribunal Universitario y las Oficinas coadyuvantes. Con respecto a las Sedes Regionales, se constituirán tantas Comisiones como centros de trabajo se identifiquen en ellas.

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Deberá fomentar la formulación, ejecución y evaluación de acciones institucionales en promoción, prevención y servicios en salud ocupacional y deberá planificar y garantizar la asignación presupuestaria necesaria para su sostenibilidad.

El Programa tendrá como base de operaciones a cinco entes claramente definidos y que tendrán funciones específicas:

1) Ente Director: La Oficina de Salud Ocupacional.

La Universidad de Costa Rica creará la Oficina de Salud Ocupacional, de acuerdo con lo que

establece el Código de Trabajo en el artículo 300. Esta oficina funcionará conforme al Reglamento sobre las oficinas o departamentos de salud ocupacional, (creado por el decreto ejecutivo 27.434-MTSS artículo 1 y publicado en La Gaceta N.° 229, del 25 de noviembre de 1998.

En el organigrama de la Universidad de Costa Rica, estará en línea con la Rectoría, lo cual

garantizará una comunicación directa con el más alto nivel gerencial de la Institución, sin intermediarios, de acuerdo con los artículos 3 y 11 del Reglamento sobre las oficinas o departamentos de salud ocupacional.

Será la responsable de formular, ejecutar la política de salud ocupacional en la Universidad de Costa

Rica. Coordinará con todas las instancias universitarias para el mejor cumplimiento de sus funciones en este campo, y brindará el apoyo técnico a la Comisión de Salud Ocupacional. El artículo 19 del Reglamento en cuestión indica que la Oficina será la responsable de fomentar la creación y asesorar la Comisión de Salud Ocupacional; además, la persona que ocupe la jefatura podrá asistir a las sesiones de aquella cuando le sea requerida su opinión. La jefatura de esta Oficina será la encargada de dar el impulso y seguimiento al Programa.

La Universidad de Costa Rica contará con una Oficina de Salud Ocupacional en la Ciudad

Universitaria “Rodrigo Facio”, decentralizada en cada una de las Sedes Regionales. Con respecto a su personal, además del asistencial y mínimo para el desarrollo de las funciones de

esta oficina (jefatura, secretaría, profesionales en salud ocupacional, profesional en cómputo con amplia experiencia en estadística), es indispensable contar con un equipo básico de profesionales de carácter multidisciplinario, dada la gran complejidad y diversidad de los problemas involucrados, en vista de la variedad de actividades que se llevan a cabo en la Universidad, así como por las características de la población universitaria.

El equipo básico estará formado por profesionales especializados en las áreas de higiene y

seguridad ocupacional, de medicina laboral y salud pública. De acuerdo con las características de los procesos y los riesgos inherentes, podrá ser necesario complementar el grupo de especialistas con químicos, especialistas en higiene industrial, ergonomistas, toxicólogos industriales, psicólogos, epidemiólogos, biólogos, microbiólogos, etc. Lo anterior se facilita en la Universidad de Costa Rica al contar con recursos propios en el campo académico.

Teniendo en cuenta los horarios de trabajo de los diferentes sectores de la Institución y la presencia

de riesgos generales y específicos, el personal de esta Oficina deberá organizarse de tal forma que haya una cobertura de todos los turnos de trabajo. 2) El Consejo Asesor: Estará integrado por un representante o una representante de cada Área Académica de la Institución, los coordinadores o coordinadoras de las oficinas de Salud Ocupacional de las Sedes Regionales, una persona representante de la FEUCR, una del Sector Administrativo, una de la Comisión de Salud Ocupacional, la jefatura de la Oficina de Bienestar y Salud, y la jefatura de la Oficina de Salud Ocupacional, la cual coordinará. Los y las integrantes contarán con el reconocimiento institucional del tiempo docente, administrativo y estudiantil necesario para participar en este Consejo. Su función será la de asesorar y apoyar a la Oficina de Salud Ocupacional en la creación, ejecución y evaluación de programas y proyectos dirigidos a la comunidad universitaria.

3) Comisión de Salud Ocupacional por Convención Colectiva: Es la Comisión constituida en el Capítulo Cuarto “De las normas de salud ocupacional” de la Convención Colectiva de Trabajo de la Universidad de Costa Rica, en la que se establece su integración y funciones. Tiene carácter eminentemente asesor. Sus funciones más importantes son la de asesoría para la Oficina de Salud Ocupacional, vigilancia en su área de competencia y las de constituir las Comisiones de Salud Ocupacional en cada instancia universitaria quienes

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son sus colaboradores directos (véase punto 4, siguiente). Esta Comisión será un colaborador e informante fundamental para la Oficina de Salud Ocupacional, a partir de la constitución de esta última.

En el Programa propuesto es deseable que esta Comisión se descentralice paulatinamente en los

Comités de Salud Ocupacional de cada centro de trabajo, especialmente en lo que se refiere a sus funciones, de tal forma que se convierta en una instancia de carácter más general y asesor, aumentando su cobertura, eficacia y eficiencia. 4) Los Comités de Salud Ocupacional de cada centro de trabajo (también establecidos por la Convención Colectiva de Trabajo de la Universidad de Costa Rica): como parte integral del Programa, la comunidad universitaria participará por medio de grupos organizados, debidamente constituidos y validados en las unidades académicas y administrativas; esto es, con el reconocimiento institucional del tiempo docente, administrativo y estudiantil necesario para participar en las Comisiones de su centro de trabajo. Estos Comités trabajarán en la determinación de las necesidades y prioridades en salud ocupacional del centro de trabajo a su cargo y tendrán comunicación directa con la Oficina y la Comisión de Salud Ocupacional y por medio de su representante de Área, con el Consejo Académico Asesor del Programa. Estos comités estarán constituidos por un o una representante de los estamentos presentes en cada centro laboral: docentes, estudiantes y personal administrativo. Serán elegidos por cada grupo a partir de la postulación de candidatos. Su gestión tendrá una duración de dos años y podrán ser reelegidos por dos años más. Se recomienda para cada unidad académica o administrativa, que los integrantes y las integrantes del Comités de Salud Ocupacional sean, en lo posible, las mismas personas que integran la “Comisiones de Salud del Sistema de Atención Integral para la Salud (SAIS)”, de la comunidad universitaria y que todos y todas trabajen, en coordinación y de una forma integrada, con el Comité de Prevención de Desastres de su lugar de trabajo y estudio. Se debe nombrar a un coordinador o una coordinadora general para el Comité y las Comisiones de Salud y Prevención de Desastres, en cada unidad, con el fin de unir el esfuerzo de todas las personas participantes en pro de una gestión integral y eficiente para la salud de toda la comunidad universitaria. 5) La Oficina de Bienestar y Salud: Esta oficina se integrará al Programa Universitario de Salud Ocupacional en las acciones que realiza en esta materia, en el marco del “Sistema de Atención Integral en Salud” para la comunidad universitaria, aprobado en la sesión 4847 del Consejo Universitario, artículo 4, del 18 de noviembre de 2003, y que cubrirá también al “Programa Universitario de Salud Ocupacional”. Es interesante hacer notar que el SAIS tiene, desde su creación, entre otros objetivos, la consolidación de una serie de acciones en salud ocupacional y ambiental para la Universidad de Costa Rica.

La Oficina de Bienestar y Salud colaborará con la Oficina de Salud Ocupacional, especialmente en el

desarrollo de acciones y proyectos del nivel de prevención secundaria en salud ocupacional (prevención o detección temprana de lesiones o enfermedades mediante atención médica con valoración, monitoreo, seguimiento asistencia, asesoramiento) y del nivel de prevención terciaria en salud ocupacional (atención y manejo clínico de personas con lesiones o enfermedades, rehabilitación y reincorporación al trabajo) con intervención de equipos interdisciplinarios en salud.

Por otro lado, la Oficina de Bienestar y Salud podrá asesorar y colaborar con acciones de promoción

de la salud ocupacional y formará parte del Consejo Académico Asesor del Programa Universitario de Salud Ocupacional, lo cual favorecerá el trabajo conjunto de esta instancia con la Oficina de Salud Ocupacional.

La Oficina de Bienestar y Salud promoverá la consolidación de un Programa Universitario de Salud

Ocupacional, desde la definición y ejecución de un plan estratégico en salud, que vincule el desarrollo de sus servicios con las necesidades reales de atención de la salud de los integrantes de la Institución con una clara incorporación de lo referente a salud ocupacional. Los servicios que la Oficina de Bienestar y Salud brinda en el marco del SAIS son:

Consulta de Medicina General Atención de Emergencias Médicas Servicio de Enfermería Servicio de Laboratorio Clínico Consulta de Nutrición Consulta de Psicología Consulta de Psiquiatría Atención Odontológica Ginecología y Obstetricia

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Esta Comisión Especial considera que el personal profesional y técnico que brinda los servicios antes indicados, en la Oficina de Bienestar y Salud y en el marco del SAIS, debe ser un personal capacitado para considerar en todo momento en su gestión lo referente a salud ocupacional, especialmente desde un enfoque preventivo y de promoción de la salud. De hecho, ya lo hacen porque no hay discriminación en la atención de los pacientes y las pacientes si la causa de su incomodidad es de trabajo, si se encuentra en una situación de riesgo por condiciones de salud ocupacional; finalmente, toda acción de este Sistema repercute en la salud ocupacional y en el ambiente laboral, dado que son variables siempre presentes en las situaciones de los universitarios y las universitarias.

Por otro lado, la Oficina de Bienestar y Salud podrá asesorar y colaborar con acciones de promoción

de la salud ocupacional, proceso mediante el cual se estará en condiciones de ejercer un mayor control sobre los determinantes de su salud y de vincularse con su entorno, con vista a crear un futuro más saludable, combinando la elección personal con la responsabilidad social. La jefatura de la Oficina de Bienestar y Salud formará parte del Consejo Asesor del Programa Universitario de Salud Ocupacional, lo que favorecerá el trabajo conjunto.

Tomando como referencia el objetivo 9 del SAIS es el de “Desarrollar un sistema de información integral en salud”, es fundamental que se integre dicho sistema con la información que se produzca en el ámbito del nuevo Programa Universitario de Salud Ocupacional. En este sentido, conviene pensar en la necesidad de que la Institución cuente con un “Sistema de atención integral de la salud para la comunidad universitaria” (SAIS), que le permita ofrecerlo en sus páginas electrónicas a los diversos usuarios de la Universidad de Costa Rica, de manera que oriente la toma de decisiones tendientes a la atención integral de los y las universitarias. V. Motivación al acuerdo

Además de la normativa vigente reseñada, esta Comisión Especial ha coincidido en una serie de

orientaciones y principios adicionales que son necesarios para el desarrollo de un programa institucional que promueva, en forma eficiente y permanente, la salud ocupacional en la Universidad de Costa Rica, para su conservación y, sobre todo, para el uso racional de los recursos institucionales y la oportuna aplicación jurídica.

Con los lineamientos que se proponen a continuación, se procura promover en la comunidad

universitaria la elaboración de planes estratégicos y el esbozo de un proceso de concientización de amplia base, sobre el desarrollo de una política que armonice intereses y estimule la internalización de la estrategia adoptada por todos los y las protagonistas universitarios.

PROPUESTA DE ACUERDO La Comisión Especial presenta al Plenario del Consejo Universitario la siguiente propuesta de

acuerdo: CONSIDERANDO QUE:

1) Desde el año 1941, la Universidad de Costa Rica ha gestado, en diferentes etapas de desarrollo, un proceso que persigue la atención integral de la salud para la comunidad universitaria, con acciones concretas, dirigidas a coadyuvar no solo para que la población universitaria tenga el mejor estado de salud posible, sino, además, para que cuente con un ambiente de trabajo saludable.

2) En sesión 4516, artículo 3, del 16 de febrero de 2000, el Consejo Universitario, a propuesta del Dr.

William Brenes Gómez y del Magíster Gilbert Muñoz Salazar, entonces miembros de este órgano colegiado, acordó solicitarle al Rector la integración de una Comisión Especial para que estudiara y evaluara la situación de la salud ocupacional en la Universidad de Costa Rica.

3) En sesión 4771, artículo 6, del 5 de febrero de 2003, el Consejo Universitario conoció el informe de la

Comisión Especial, conformada por acuerdo tomado en la sesión 4516, artículo 3, del 16 de febrero de 2000, y consideró que a pesar de que presenta una perspectiva diagnóstica y recomendatoria en el tema de la salud ocupacional en la Institución, es necesario dimensionar los efectos de esas sugerencias, dentro del marco jurídico vigente, de manera que se visualice y operacionalice la puesta en marcha de las citadas recomendaciones. La Comisión Especial estuvo integrada por los siguientes docentes de la Escuela de Salud Pública: Dra Patricia Redondo, Dr. Roberto Castro, M.Sc.

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Aurora Sánchez, Dr. Luis B. Villalobos, el señor Esteban Muñoz, de la Escuela de Química y representante del SINDEU, y la M.Sc. Ileana Vargas, quien coordinó la Comisión.

4) El Consejo Universitario, en sesión 4771, artículo 6, del 5 de febrero de 2003, acuerda:

Acuerda 2- “Comisionar a la M.Sc. Jollyanna Malavasi Gil, miembro del Consejo Universitario, para que utilice como insumo el documento referido y, en el marco del acuerda 3 de la sesión 4516, y presente a este Consejo Universitario, ..., lo siguiente: Una propuesta de los lineamientos generales y específicos en materia de salud ocupacional, que deben fundamentar y orientar la gestión universitaria”. Acuerda 3- “Solicitarle a la Administración: Que en tanto se defina la propuesta de lineamientos generales y específicos en materia de salud ocupacional, continuar apoyando el desarrollo del Programa Universitario de Salud Ocupacional existente en la Oficina de Recursos Humanos, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 300 de la Ley 6727 Riesgos del Trabajo y Reglamento”.

5) En cumplimiento del acuerda 2 de la sesión 4771, artículo 6, del 5 de febrero de 2003, se conformó

una Comisión Especial que elaboró la presente Propuesta de “Lineamientos generales y específicos en materia de salud ocupacional, que deben fundamentar y orientar la gestión universitaria”, integrada por:

• El Dr. Luis Bernardo Villalobos Solano, Médico, Máster en Salud Pública, Catedrático,

Profesor de la Escuela de Salud Pública y Coordinador del Programa de Investigación en Políticas de Salud, Facultad de Medicina.

• La Licda. Anahí Fajardo Torres, Abogada, Profesora de Derecho Laboral y Profesora de

los Consultorios Jurídicos, Directora de la Unidad de Informática Jurídica de la Facultad de Derecho.

• El señor Ricardo Umaña Fernández, Diplomado en Salud Ocupacional, Encargado del

Programa Universitario de Salud Ocupacional de la Oficina de Recursos Humanos (jubilado), Vicerrectoría de Administración.

• El señor Gerardo Badilla Álvarez, Presidente de la Comisión de Salud Ocupacional de la

UCR y representante del SINDEU. • El M.Sc. Horacio Chamizo García, Geógrafo, Máster en Salud Pública, Profesor, Escuela

de Salud Pública, Facultad de Medicina. • La Licda. Sara María González Camacho, Subdirectora del Laboratorio de Ensayos

Biológicos, Coordinadora de Cursos de Capacitación en Salud Ocupacional de Extensión Docente, y Profesora del Departamento de Fisiología, Escuela de Medicina.

• El M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Magíster en Salud Pública, Jefe de la Oficina de

Bienestar y Salud, Profesor Asociado, Escuela de Ciencias del Movimiento Humano; Facultad de Educación.

• La Ingeniera Carolina Vásquez Soto, Profesora de la Escuela de Ingeniería Industrial,

Facultad de Ingeniería. • El Lic. Marlon Morales Chávez, Psicólogo Organizacional, Psicólogo de la Oficina de

Recursos Humanos de la Vicerrectoría de Administración; Profesor de la Escuela de Psicología de Procesos Laborales; Representante del Sector Administrativo y Miembro del Consejo Universitario en el período: 2000-2004.

• El Magíster Óscar Mena Redondo, Administrador Público, Especialista en Política y

Administración Financiera y Programación Administrativa, Profesor de la Escuela de Administración Pública y de la Escuela de Economía Agrícola, Representante de los Colegios Profesionales y Miembro del Consejo Universitario en el período: 2000-2004.

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• Bachiller en Derecho Miguel Ángel Guillén Salazar, Representante Estudiantil y Miembro del Consejo Universitario en el período: 2002-2004.

• La M.Sc. Jollyanna Malavasi Gil, Bióloga, Catedrática, Escuela de Medicina,

Representante del Área de Salud y Miembro del Consejo Universitario, Coordinadora.

6) La Comisión contó con la participación permanente de varios especialistas en el tema: el Lic. Ángel Alberto Pinto, Presidente del Consejo de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; el Dr. Roberto Sawyers Copeland, Superintendente General de los Servicios de Salud de la Caja Costarricense del Seguro Social, así como del señor Minor Solís Guevara, Secretario General del Sindicato de Empleados Universitarios de la Universidad de Costa Rica, quienes hicieron importantes aportes. Ademas, la señora Heillyn Lorente Marenco, Socióloga, Magistra en Administración Universitaria, colaboró como analista, coordinó varias sesiones de trabajo de la comisión, sirvió de enlace entre los miembros de la comisión y otras instancias universitarias y extrauniversitarias, y sus aportes se constituyeron en componentes básicos de este dictamen.

i. Varios universitarios y universitarias fueron consultados por la Comisión Especial, quienes

aportaron valiosa información, lo cual permitió ampliar lo referente a los antecedentes y al análisis institucional en materia de salud ocupacional en la Universidad de Costa Rica: Dra María Pérez Yglesias, Vicerrectora de Acción Social (VA-671-2004); Dr. Henning Jensen Pennington, Vicerrector de Investigación (VI-DGI-30066-04); M.Sc. Jorge Badilla Pérez, Vicerrector de Administración (VRA-3111-2004); Dra. Elizabeth Carazo, Directora del Centro de Investigación en Contaminación Ambiental; Licda. Ana Ligia Monge Quesada, Ex-Jefa de Oficina de Recursos Humanos; Lic. Norberto Rivera Romero, Jefe del CIST del Consejo Universitario y exjefe de la Unidad de Activos Fijos de la Oficina de Administración Financiera de 1998 al año 2001; MBA. Any González Cordero, Jefa de la Oficina de Servicios Generales (OSG-858-2004); M.Sc. Pablo Lizano Soto, Rectoría (R-4289-2004); M.Sc. Margarita Esquivel Porras, Jefa de la Oficina de Recursos Humanos (ORH-5769-2004); Licda. Vilma Méndez Trejos, Programa Universitario de Salud Ocupacional, Oficina de Recursos Humanos; Licda. Maritza Monge Murillo, Directora de la Oficina de Planificación Universitaria (OPLAU-570-2004); M.Sc. María del Rocío Rodríguez, Directora de la Escuela de Tecnologías en Salud.

ii. La Comisión Especial de Salud Ocupacional consultó, mediante el oficio CU-M-04-198 del 24 de

setiembre de 2004, la opinión del Sindicato de Empleados Universitarios, SINDEU, con respecto al documento final elaborado por esta Comisión; al respecto, el señor Minor Solís Guevara, Secretario General del SINDEU, responde mediante oficio JDC-227-2004, del 11 de octubre de 2004, en el que indica:

...” le informo que un vez leído el documento en cuestión nos parece que además de ser un documento bastante completo, también es de suma importancia su implementación a nivel institucional por las características que el mismo presenta, desde ya le comunico nuestra disposición y apoyo en las gestiones que usted como miembro de la comisión redactora deba realizar para plasmar en proyecto el documento que nos fuera remitido.

Para el SINDEU este documento es de suma importancia, toda vez que desde el año 98 hemos venido insistiendo en la creación formal del departamento de Salud Ocupacional tal y como lo establece el Decreto de Ley respectivo, y adscrito a la Rectoría como en derecho corresponde.

Por otro lado doña Jollyanna, lo más importante es que el mismo se incluya en el presupuesto universitario, además de que se nombren los funcionarios correspondientes con especialidad en materia de Salud Ocupacional, esto para garantizar la viabilidad y funcionamiento del Departamento de Salud Ocupacional, así como definir el perfil de requisitos y grado académico que debe de tener el funcionario que tendrá a cargo la Jefatura de dicho Departamento, por lo que consideramos de suma importancia se tomen en cuenta los criterios no solo de la Comisión Especial que usted preside, sino también de la Comisión Institucional de Salud Ocupacional.

Por último manifestarle nuestra satisfacción con el documento que nos fuera remitido, por lo que no tenemos observaciones de fondo que hacerle, así mismo hacerle llegar copia del documento elaborado por la Comisión de Salud Ocupacional del SINDEU a raíz de una denuncia ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social precisamente en el año 1999 por incumplimiento del Decreto 27-434-MTSS

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9) El Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica, en el Título I, Declaración de Principios,

Propósitos y Funciones, dicta: Artículo 1- “La Universidad de Costa Rica es una institución autónoma de cultura superior, constituida por una comunidad de profesores, estudiantes y funcionarios administrativos, dedicada a la enseñanza, la investigación, la acción social, el estudio, la meditación, la creación artística y la difusión de conocimiento”. Artículo 2-“La Universidad de Costa Rica goza de independencia para el desempeño de sus funciones y de plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, así como para darse su organización y gobierno propios. Su régimen decisorio es democrático y por consiguiente en ella las decisiones personales y colectivas se realizan en absoluta libertad”. Artículo 3-“El propósito de la Universidad de Costa Rica es obtener las transformaciones que la sociedad necesita para el logro del bien común, mediante una política dirigida a la consecución de una verdadera justicia social, del desarrollo integral, la libertad plena y de la total independencia de nuestro pueblo. Artículo 6- Son funciones de la Universidad de Costa Rica: b) Estudiar los problemas de la comunidad y participar en proyectos tendientes al pleno desarrollo de los recursos humanos, en función de un plan integral destinado a formar un régimen social justo, que elimine las causas que producen la ignorancia y la miseria, así como a evitar la indebida explotación de los recursos del país. e)Proporcionar a los estudiantes una cultura superior de orden general, como base y complemento de la formación especial o profesional. h) Formar profesionales en todos los campos del saber capaces de transformar, provechosamente para el país, las fuerzas productivas de la sociedad costarricense y de crear conciencia crítica en torno a los problemas de la dependencia y del subdesarrollo.

10) El Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica, en el Título II, Estructura y Gobierno,

Capítulo I, señala:

Artículo 8-“La Universidad de Costa Rica está constituida por facultades, escuelas, departamentos, secciones, sedes regionales, estaciones experimentales, centros e institutos de investigación y servicios administrativos y técnicos, ubicados en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio y en otras regiones que fuesen escogidas por la Institución para el mejor cumplimiento de sus funciones”.

11) La Universidad de Costa Rica tiene, entre sus compromisos irrevocables, dictados por el Estatuto

Orgánico, propiciar los cambios que la sociedad necesita; al respecto, esta Comisión reconoce que, en el campo de la salud ocupacional, las autoridades deben dictar políticas institucionales claras que den garantía a la Universidad de Costa Rica para ejecutar las acciones necesarias, con el fin de que sus educandos, educandas, funcionarios y funcionarias incorporen estilos de vida saludables en su paso por la Institución, lo cual contribuirá a formar ciudadanas y ciudadanos cada vez más comprometidos con el mantenimiento de su salud, la de sus familias, la de sus comunidades, la de la sociedad en su conjunto.

12) La Institución debe reforzar el enfoque de prevención de los riesgos ocupacionales en su recurso

humano, de forma proactiva para generar y mantener altos niveles de motivación para la comunidad universitaria.

13) Las políticas institucionales en el tema de salud, forjadas en los acuerdos de la Asamblea

Universitaria y el Consejo Universitario promueven que la Universidad de Costa Rica desarrolle un “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, que atienda en forma pronta, especializada e integral las necesidades que en este campo tiene la comunidad universitaria

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14) Durante los últimos 64 años, la Universidad de Costa Rica ha ido conformando las diferentes etapas de un sistema de atención integral de la salud, que involucre a toda la población, y que contemple acciones de promoción, prevención y asistencia con servicios de salud; en este sentido, el Consejo Universitario aprobó la creación del “Sistema de atención integral de la salud para la comunidad universitaria” (SAIS) en sesión 4847 del 18 de noviembre de 2003, que servirá de marco para el “Programa Universitario de Salud Ocupacional” (PUSO).

15) En la sesión 4847, artículo 4, del 18 de noviembre de 2003,el Consejo Universitario aprueba la

creación del “Sistema de atención integral de la salud para la comunidad universitaria” (SAIS), y en el acuerda 5 señala. “Solicitar a la Administración activa que realice las acciones necesarias para que: c) la Oficina de Bienestar y Salud cuente con los recursos humanos, físicos y financieros que garanticen la incorporación plena al Sistema de Atención Integral en Salud para la comunidad universitaria, en lo referente a salud ocupacional”... y en el acuerda 6, se lee: “Solicitar a la Oficina de Bienestar y Salud que: a) en la implementación del Sistema de Atención Integral en Salud para la comunidad universitaria garantice la incorporación plena de lo referente a salud ocupacional...” (lo subrayado no es del original).

16) A partir del año 1997, el Consejo Universitario, en sus “Políticas prioritarias para la formulación y

ejecución del plan presupuesto de la Universidad de Costa Rica”, se refiere específicamente a salud ocupacional, y establece el marco político para la implementación de esta propuesta:

Sesión 4264 del 21 de mayo de 1997: Política 6.9. Desarrollar y ejecutar un Programa Universitario de Salud Ocupacional de conformidad con las necesidades actuales de protección laboral y de desarrollo institucional.

Sesión 4789 del 3 de abril de 2003: Política 3.14. La Universidad de Costa Rica desarrollará planes permanentes de salud ocupacional y de salud ambiental.

Sesión 4863 del 25 de febrero 2004: Política 3.2 La Universidad de Costa Rica desarrollará un Programa Universitario de Salud Ocupacional y de salud ambiental que contribuya a un clima laboral óptimo.

Sesión 4954 del 3 de marzo 2005: Política 4.5 La Universidad de Costa Rica fortalecerá el Sistema de atención integral de la salud para la comunidad universitaria (SAIS) y, en este marco, desarrollará acciones tendientes a promover la salud ocupacional y la salud ambiental.

17) Los convenios 102, 120, 127, 130, 134, 137, 148, 155, 161, 174, 175, regulan la salud ocupacional

en el ámbito internacional, aunque los convenios 155, 161, 174 y 175 no han sido ratificados por Costa Rica, sí se ha dado un tratamiento amplio con respecto al tema, por la Organización Internacional del Trabajo.

18) Los artículos 18, 66 y 140 inciso 3 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y otra

legislación jurídica nacional, como la Ley General de Salud, Ley de Riesgos del Trabajo, el Código de Trabajo, el Reglamento General de Riesgos del Trabajo, el Reglamento General sobre Seguridad e Higiene del Trabajo, el Reglamento sobre las Oficinas o Departamentos de Salud Ocupacional, y el Reglamento sobre las Comisiones de Salud Ocupacional propugnan el mejor estado físico y mental de las trabajadoras y los trabajadores.

19) El capítulo IV de la Convención Colectiva de la Universidad de Costa Rica contiene normas de

salud ocupacional que se constituyen en una regulación vinculante con la materia y encierra una gama de aspectos para procurar el bienestar de las personas trabajadoras.

20) El Reglamento sobre las Oficinas o Departamentos de Salud Ocupacional determina que toda

empresa que ocupe permanentemente más de cincuenta de trabajadores, debe existir una oficina o departamento de Salud Ocupacional, así como la responsabilidad del patrono por la creación de dichas oficinas o departamentos de salud ocupacional y que si bien es cierto, la Universidad de Costa Rica cumplió con el registro de la citada oficina, el diseño, organización y funcionamiento de dicha instancia no han sido debidamente implementados.

21) La actividad universitaria abarca personal docente, de investigación, administrativo, estudiantil,

mano de obra especializada y no especializada, trabajadores por contrato, visitantes y otros, por lo que las interacciones derivadas de estos grupos con la Universidad de Costa Rica implican no solo

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compromisos morales, sino responsabilidades legales derivadas de la “Ley de protección a los Trabajadores – 6727”, establecidas en el Título IV del Código de Trabajo de Costa Rica.

22) En este contexto, compete a la Universidad no solo ser un “campo muestra”13, desarrollando su

actividad básica sobre los principios fundamentales de la salud ocupacional, sino que debe servir como promotor y multiplicador de dichos principios, de manera que las distintas generaciones sometidas a la educación formal impartida en la Institución, tengan la oportunidad de disfrutar sus beneficios, e integrarlos a sus conocimientos y a su práctica profesional, con el fin de que esta visión perdure y mejore sus oportunidades de desarrollo integral.

23) La persona responsable de dirigir la oficina de Salud Ocupacional en la Universidad de Costa Rica

tendrá un rol fundamental y estratégico en el desarrollo del Programa Universitario de Salud Ocupacional; es decir, requiere de una perspectiva global fundamentada en una preparación y experiencia en aspectos financieros, administrativos, gestión de personal, aspectos legales de la legislación ambiental y ocupacional, contactos estratégicos y una gran capacidad para desarrollar trabajo en equipo.

24) El Estatuto Orgánico, en el capítulo III Consejo Universitario, indica:

Artículo 30.- Son funciones del Consejo Universitario: n).- Resolver, a propuesta del Rector, la modificación, creación, fusión o eliminación de Oficinas

Administrativas. 25) El Estatuto Orgánico en el capítulo IV sobre el Rector, señala:

Artículo 37.- El Rector de la Universidad de Costa Rica es el funcionario académico de más alta jerarquía ejecutiva.

Artículo 40.- Corresponde al Rector:

l) Actuar como superior jerárquico administrativo inmediato de las Oficinas Jurídica y de

Planificación y de cualquier otra Oficina Administrativa que el Consejo Universitario no adscriba específicamente a una Vicerrectoría.

o) Nombrar y remover, a los jefes de las Oficinas Administrativas, excepto al Contralor de la

Universidad de Costa Rica, e informar al Consejo Universitario.

26) El Estatuto Orgánico en el capítulo XIV Oficinas Administrativas, señala:

Artículo 155.- Las Oficinas Administrativas de la Universidad de Costa Rica están dedicadas a actividades específicas y se regirán por los reglamentos que apruebe el Consejo Universitario. Artículo 156.- El Consejo Universitario podrá a propuesta del Rector, crear, eliminar o fusionar las Oficinas Administrativas.

27) La Institución necesita promover los Comités de Salud Ocupacional en cada centro de trabajo,

como las instancias básicas que sustentarán al “Programa Universitario de Salud Ocupacional”; en ese sentido, la Convención Colectiva de la Universidad de Costa Rica, en el artículo 27, Comisión de Salud Ocupacional, inciso e) de las funciones de la Comisión, punto 3, señala: “Constituirá comités de Salud Ocupacional en cada centro de trabajo, para que sirvan de colaboradores de la Comisión, y comuniquen a ésta lo que consideren necesario para el cumplimiento de sus funciones”.

28) El Reglamento de las Comisiones de Salud Ocupacional señala, en lo referente al Consejo de

Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo:

Artículo 11- El empleador comunicará al Consejo y a los trabajadores, los nombres de los miembros que conforman las comisiones en los centros de trabajo, en un plazo no mayor de ocho días ...”

13 Campo muestra se refiere a plan piloto en el que se exponga un ejemplo ideal. En este caso, se refiere a la posibilidad de que la UCR desarrolle un ejemplo de lo que se pretende alcanzar para que este sea muestra, ejemplo y “escuela” para el resto de la población.

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Artículo 13- Cualquier modificación de la integración y funcionamiento de las comisiones, se deberá hacer del conocimiento del Consejo dentro de un plazo no mayor a ocho días ...”

Artículo 18.- De las funciones. i) Enviar al Consejo un informe anual que debe de contener las normas y las medidas destinadas a impedir el acaecimiento de riesgos del trabajo que hayan sido adoptados por el empleador en el período”.

Artículo 22.- El Consejo brindará la información y asesoría técnica disponible a las comisiones, con el fin de que éstas puedan cumplir a cabalidad sus funciones. Igualmente el Consejo promoverá la constitución de las comisiones y velará por el cumplimiento de las disposiciones de este Reglamento.

Artículo 23.- El Estado y sus instituciones coayuvarán con las comisiones para el mejor cumplimiento de sus cometidos.

Artículo 25.- Todo centro de trabajo que inicie su funcionamiento con posterioridad a la promulgación de este Reglamento, dispone de 90 días para cumplir con la totalidad de sus disposiciones.

Artículo 26.- Cualquier infracción al presente Reglamento dará motivo para que se apliquen las sanciones previstas en el Código de Trabajo.

ACUERDA:

Acuerdo 1: Aprobar los siguientes lineamientos generales y específicos que deben fundamentar y orientar toda la acción de la Universidad de Costa Rica en el campo de la Salud Ocupacional: A. LINEAMIENTOS GENERALES

A.1. La Universidad de Costa Rica debe replantear su papel y responsabilidad en el campo de la salud

ocupacional, como patrono y como institución pública de enseñanza superior. A.2. La Universidad debe contar con un “Programa Universitario de Salud Ocupacional” sostenible y

eficiente, que responda a las necesidades institucionales en este campo, y cumpla con la normativa vigente.

A.3. La Universidad de Costa Rica debe adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la

salud de la comunidad universitaria en el desempeño de sus actividades. A.4. La Universidad de Costa Rica debe reforzar la cooperación y el establecimiento de alianzas

estratégicas en pro del desarrollo de la salud ocupacional en la Institución. A.5. Las autoridades universitarias, desde sus diversos niveles (político-normativo, técnico gerencial y

operativo) deben propiciar acciones tendientes a fortalecer una cultura institucional en el campo de la salud ocupacional que cuente con una clara presencia de acciones relativas al tema de la promoción, prevención y protección en su quehacer sustantivo (docencia, investigación y acción social).

A.6. La Institución debe reforzar, normar y acreditar los Comités de Salud Ocupacional de cada centro de

trabajo, como las principales instancias de apoyo al “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, por ser las más cercanas a las personas trabajadoras y a la población estudiantil.

A.7. La Institución debe elaborar, distribuir y promover un manual, entre el personal docente, administrativo

y la población estudiantil en el que se contemple la legislación vigente en el país, las políticas, la organización y funciones del “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, así como la difusión eficiente de la información de los programas, proyectos y otras actividades académicas institucionales, relativos al tema de la salud ocupacional, en los que pueden participar o de los que serán beneficiarios y beneficiarias.

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A.8. La Institución debe garantizar una evaluación permanente de sus unidades infraestructurales para definir si se incluyen en la categoría que se ha denominado del “Edificio enfermo”, con el fin de tomar las medidas pertinentes para recuperar las condiciones óptimas de la infraestructura institucional y de prevenir este riesgo en forma prioritaria.

A.9. La Institución debe diseñar un sistema de información que apoye la gestión de la Oficina de Salud

Ocupacional de la Universidad de Costa Rica, para integrar datos cuantitativos y cualitativos relacionados con la salud ocupacional de los y las protagonistas institucionales. Para tal efecto, debe contar con una base de datos actualizados y específicos sobre las condiciones que caracterizan la salud ocupacional en esta institución.

A.10. La Universidad de Costa Rica debe diseñar un programa de capacitación que contenga aspectos

básicos y especializados en el campo de la salud ocupacional, aplicable en los procesos de inducción y de educación continua de quienes participan en el quehacer universitario: docentes, personal administrativo, población estudiantil, graduadas y graduados y población en general.

A.11. Las vicerrectorías correspondientes deben fortalecer el componente de la salud ocupacional en las

diversas actividades académicas que desarrolla la Institución, en el campo de la docencia, la investigación, la acción social, la capacitación y formación continuas, y la administración académica.

A.12. La Universidad debe establecer la salud ocupacional como un requisito indispensable en los planes de

estudio e incorporarla en todas las otras actividades académicas que se relacionen con los estudiantes y las estudiantes de la Universidad de Costa Rica.

A.13. La Universidad debe propiciar “un corredor curricular” que integre espacios de acción multi, inter y

transdisciplinarios en salud ocupacional, entre las distintas carreras que imparte la Institución. A.14. La Institución debe garantizar el desarrollo sostenido y de manera integral de la salud ocupacional en el

quehacer de todas sus instancias: sedes, recintos, unidades académicas, institutos, centros de investigación, laboratorios, estaciones experimentales, unidades administrativas, por ejemplo. Para esto es necesario establecer relaciones de coordinación con los órganos especializados en este campo, tanto en el ámbito nacional como internacional.

A.15. La Universidad debe manejar correctamente los materiales, basura, desechos biológicos y

hospitalarios, no biológicos, sólidos, líquidos o gaseosos, así como vigilar el estado “saludable” de todos sus inmuebles e instalaciones y áreas al aire libre; por tanto, desarrollará un “Plan Institucional Sostenible de Bioseguridad e Higiene Ambiental”, que realizará en coordinación y con la colaboración del “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, de las unidades académicas, de investigación e instancias administrativas pertinentes.

A.16. La salud ocupacional debe constituirse en un espacio de acción interdisciplinario e interinstitucional que

propicie la promoción de la salud de los trabajadores y las trabajadoras y de la población estudiantil, así como la prevención de situaciones indeseables que puedan presentarse, producto del desempeño de las labores de las personas que trabajan y estudian en la Institución.

A.17. La formulación de la política y el quehacer institucional relacionados con la salud ocupacional deberán

ser objeto de una evaluación y desarrollo continuos, y para esto deberán contemplar:

a. Un punto de partida conceptual que permita una visión de integralidad de la problemática, considerando los múltiples determinantes relacionados con el estado de salud de las personas que desarrollan una actividad particular en la Universidad de Costa Rica. Asimismo, debe tomar en cuenta las posibles respuestas que ofrece la Institución para promover, prevenir y proteger la salud de los diversos actores y actores que la componen, la cual debe poseer una perspectiva interdisciplinaria.

b. La legislación nacional e internacional vigente y aplicable. c. La participación de las personas trabajadoras y comunidad estudiantil organizada en comisiones

de salud ocupacional. d. Una perspectiva desconcentrada que integre acciones de las diversas instancias que conforman la

Institución.

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e. Que la política institucional favorezca acciones a corto, mediano y largo plazo de apoyo al

desarrollo de la estrategia de salud ocupacional, en concordancia con el quehacer institucional, su capacidad presupuestaria y las necesidades detectadas.

f. Favorecer procesos mediante los cuales se visualicen, se incorporen y se operativicen planes de

salud ocupacional, en el marco del “Sistema de atención integral de la salud para la comunidad universitaria” (SAIS).

g. Una mejor calidad de vida universitaria, con base en mentes y cuerpos sanos y desarrollados en la

plenitud de sus facultades y de su expresión. h. Favorecer e incentivar políticas institucionales que estimulen actividades académicas relacionadas

con la salud ocupacional en las diversas unidades, guardando la correspondiente vinculación a la visión, misión y objetivos de la respectiva dependencia universitaria.

i. La política institucional debe considerar la interrelación de los distintos factores biológicos,

ambientales y socioculturales que influyen en la condición de salud de la comunidad universitaria. B. LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS B.1. La Universidad de Costa Rica, como Patrono y como Institución Estatal de Educación Superior, debe crear, desarrollar y dar sostenibilidad en forma prioritaria, al “Programa Universitario de Salud Ocupacional” (PUSO), ubicado dentro del marco del “Sistema de Atención Integral para la Salud de la comunidad universitaria” (SAIS), el que fue aprobado por el Consejo Universitario, en sesión 4847 del 18 de noviembre de 2003.

Este Programa se concibe como el conjunto de actividades institucionales en materia de salud

ocupacional, que estarán bajo la coordinación de un conjunto de instancias, debidamente reglamentadas, cuyo eje central es la salud ocupacional, constituidas para articular y fortalecer todos los procesos institucionales en esta materia, con énfasis en prevención, y cuyos integrantes son las personas responsables de la planificación, ejecución, evaluación de acciones, y divulgación de resultados, de las diferentes etapas de un proceso integral. Su objetivo es la construcción de una cultura de salud ocupacional mediante la participación de todas las personas de la comunidad universitaria.

Este Programa deberá fomentar la formulación, la ejecución y la evaluación de acciones y proyectos

institucionales en prevención, promoción y servicios en salud ocupacional y deberá planificar y garantizar la asignación presupuestaria necesaria para su sostenibilidad, cuidando la cobertura de cada instancia universitaria en este campo, en la Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio” y en cada una de las Sedes Regionales.

El Programa tendrá como base de operaciones a cinco entes, que tendrán funciones específicas: 1) La Oficina de Salud Ocupacional de la Universidad de Costa Rica, es el ente director en esta

materia en la Institución. La Universidad de Costa Rica creará la Oficina de Salud Ocupacional, de acuerdo con lo que

establece el Código de Trabajo en el artículo 300. Esta oficina funcionará conforme al Reglamento sobre las oficinas o departamentos de salud ocupacional (creado por el decreto ejecutivo 27.434-MTSS artículo 1 y publicado en La Gaceta N.° 229, del 25 de noviembre de 1998).

Su ubicación en el organigrama de la Universidad de Costa Rica será en línea directa con la

Rectoría; lo anterior de acuerdo con el espíritu de los artículos 3 y 11 del reglamento supracitado. De esta forma, la persona que ocupe la Rectoría, podrá tomar decisiones administrativas, en forma directa sobre el Programa; una comunicación sin intermediarios con el más alto nivel gerencial, es uno de los factores básicos para garantizar la buena marcha de las actividades de salud ocupacional, dada la complejidad de factores involucrados, y que deben de ser atendidos en la Institución por esta Oficina; sea los de orden general para toda la comunidad universitaria, así como los de orden individual, todos con carácter prioritario.

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La Universidad de Costa Rica, contará como mínimo con una Oficina de Salud Ocupacional en la Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, descentralizada en cada una de las Sedes Regionales, y en las instancias universitarias que un estudio técnico así lo defina.

La Oficina de Salud Ocupacional será la responsable de ejecutar la política de salud ocupacional en

la Universidad de Costa Rica y de proponer nuevos lineamientos al Consejo Universitario, y será el ente que asumirá la conducción del proceso de organización, planificación, implementación y evaluación del modelo de salud ocupacional en la Institución.

Coordinará con todas las instancias universitarias para el mejor cumplimiento de sus funciones en

esta materia, y brindará el apoyo técnico requerido por la Comisión de Salud Ocupacional y por los Comités de Salud Ocupacional de cada centro de trabajo. El artículo 19 del Reglamento en cuestión indica que la Oficina será la responsable de fomentar la creación y asesorar la Comisión de Salud Ocupacional y que el jefe podrá asistir a las sesiones de aquella cuando le sea requerida su opinión. La jefatura de esta oficina será la encargada de dar el impulso y seguimiento al Programa.

Con respecto a su personal, además del recurso humano para el desarrollo de las funciones de esta

oficina (jefatura, secretaría, profesionales en salud ocupacional, entre otros), es indispensable contar con un equipo de carácter profesional multidisciplinario, dada la gran complejidad y variedad de los problemas involucrados, lo cual se enfatiza por la variedad de actividades que se llevan a cabo en la Universidad, así como por las características de la población universitaria. De acuerdo con las características de los procesos y los riesgos inherentes, podrá ser necesario complementar el grupo de especialistas con químicos de higiene industrial, ergonomistas, toxicólogos industriales, psicólogos, epidemiólogos, etc. Lo anterior se facilita en la Universidad de Costa Rica al contar con los especialistas en estos campos. Teniendo en cuenta los horarios de trabajo y la presencia de ciertos riesgos, el personal deberá de organizarse de tal forma que haya cobertura de todos los turnos de trabajo.

2) Consejo Asesor en Salud Ocupacional: Estará integrado por una persona representante de

cada Área Académica de la Institución, las personas encargadas de las oficinas de Salud Ocupacional de las Sedes Regionales, una persona representante de la FEUCR, una del sector administrativo, el Presidente de la Comisión de Salud Ocupacional, la jefatura de la Oficina de Bienestar y Salud o su representante, y la jefatura de la Oficina de Salud Ocupacional, la cual lo coordinará. Los integrantes o las integrantes contarán con el reconocimiento institucional del tiempo docente, administrativo y estudiantil necesario para participar en este Consejo. La función principal de este Consejo será la de asesorar y brindar apoyo técnico a la Oficina de Salud Ocupacional, tomando en cuenta las particularidades y las necesidades de los diferentes estamentos que constituyen la comunidad universitaria. Además, asesorará al personal, y a los estudiantes y a las estudiantes de las diferentes instancias universitarias, en la creación y ejecución de proyectos en salud ocupacional, en docencia, investigación, acción social, capacitación y formación continuas, y administración académica, en cumplimiento de los lineamientos generales en esta materia. Este Consejo velará por la incorporación de los temas de salud ocupacional que sean pertinentes, en los planes de estudio de todas las carreras universitarias

3) La Comisión de Salud Ocupacional: Corresponde a la Comisión enunciada en el Capítulo IV

“De las normas de salud ocupacional” de la Convención Colectiva de Trabajo de la Universidad de Costa Rica, en la que se establece lo relativo a sus funciones y a su integración. Cuenta con dos representantes nombrados por la Administración y dos representantes nombrados por el SINDEU. Es una instancia de carácter asesor para la Oficina de Salud Ocupacional y tiene, además, la función de vigilar su área de competencia y constituir las Comités de Salud Ocupacional en cada instancia universitaria, quienes son sus colaboradores directos. Esta Comisión será de apoyo fundamental para la Oficina de Salud Ocupacional. Tiene la facultad de delegar sus funciones en los Comités de Salud Ocupacional de cada centro de trabajo.

4) Los Comités de Salud Ocupacional de cada centro de trabajo o de estudio (establecidos por la

Convención Colectiva de Trabajo de la Universidad de Costa Rica): Como parte integral del Programa, la comunidad universitaria participará por medio de grupos organizados, debidamente constituidos y validados en las unidades académicas y administrativas, esto es, con reconocimiento institucional del tiempo docente, administrativo y estudiantil necesario para participar en los Comités. Cada Comité estará constituido por una persona representante de cada estamento presente en el centro de trabajo o de estudio: docente, administrativo o estudiantil. Estas personas serán elegidos por cada grupo a partir de la postulación de candidatos y candidatas; su gestión tendrá una duración de dos años, y podrán ser reelegidos. Trabajarán en la determinación de sus necesidades y prioridades en salud ocupacional y tendrán comunicación directa con la Comisión de Salud Ocupacional, con la Oficina de Salud Ocupacional y por medio de su representante, con

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el Consejo Asesor del Programa. Un especialista o una especialista en salud ocupacional, o áreas relacionadas, servirá de apoyo a estas Comisiones. Con el fin de favorecer una gestión integral y efectiva a favor de la salud de la comunidad universitaria, y para aprovechar al máximo los recursos institucionales, las personas integrantes del “Comité de Salud Ocupacional” de un centro de trabajo o de estudio, serán en lo posible las mismas personas que conforman a la “Comisión de Salud” del SAIS (dedicada a la promoción de estilos de vida saludable y en el autocuidado de la salud de la población a su cargo) de esa misma instancia. Por otro lado, es de suma importancia que estos grupos organizados se comuniquen y coordinen su labor con sus pares del “Programa de gestión del Riesgo y Reducción de Desastres” (mediante el cual la Institución pretende integrar a sus planes de desarrollo la prevención de los riesgos de desastres, mediante acciones en docencia, investigación y acción social), y del “Programa de Bioseguridad e Higiene Ambiental sostenibles” (Programa de la Rectoría que pretende en el campo ambiental, potenciar los esfuerzos tendientes a lograr una Universidad que opere conforme los principios del desarrollo sostenible ecológico, con el fin de contar con una un ambiente de trabajo, de estudio y de expansión saludable para todos y todas) con el fin de favorecer la detección y las necesidades de la población universitaria en estos campos que tienen muchos espacios en común, y así organizarse uniendo esfuerzos, definiendo prioridades, canalizando adecuadamente las gestiones y vigilando hasta que la Institución resuelva en forma pronta y efectiva. Todo lo anterior en el marco del SAIS.

5) La Oficina de Bienestar y Salud: Esta oficina se integrará al “Programa Universitario de Salud Ocupacional” en las acciones que realiza en esta materia. Esta oficina es el ente director del “Sistema de Atención Integral en Salud para la comunidad universitaria”, aprobado en la sesión 4847 del Consejo Universitario, artículo 4, del 18 de noviembre de 2003, y el que conlleva, entre otros objetivos, coadyuvar en la consolidación de un Programa Universitario de Salud Ocupacional y Ambiental para la Universidad de Costa Rica; desde la definición y ejecución de un plan estratégico que vincule el desarrollo de los servicios de salud, con las necesidades reales de atención de la salud de los integrantes de la Institución con una clara incorporación de lo referente a salud ocupacional.

Se libera de la parte operativa en salud ocupacional a la Oficina de Bienestar y Salud, dada la

complejidad de la materia en la Institución, asignándole esas labores a la nueva Oficina de Salud Ocupacional, según lo que define el “Reglamento sobre las oficinas o departamentos de salud ocupacional” y la Convención Colectiva de Trabajo de la Universidad de Costa Rica Lineamiento específico B.2. La Universidad fortalecerá el manejo adecuado, integral y seguro los materiales, basura y desechos biológicos, no biológicos y hospitalarios, sólidos, líquidos y gaseosos, garantizando su tratamiento cuando sea necesario inactivarlos o esterilizarlos. Asimismo vigilará el estado “saludable” de todos sus inmuebles e instalaciones, sus exteriores y áreas al aire libre, dará el debido mantenimiento y planificará a este respecto las nuevas obras, para lo cual desarrollará un “Programa Institucional Sostenible de Bioseguridad e Higiene Ambiental” que involucrará acciones en docencia, investigación, acción social, capacitación y reciclaje. Este plan deberá comprender la vigilancia y manejo de los recursos naturales que se encuentren permanentes o en tránsito en los campus universitarios y en todas las sedes universitarias.

Lineamiento específico B.3. La Institución debe reforzar la gestión de los seguros de la Universidad de Costa Rica, en forma efectiva y permanente. Lineamiento específico B.4. La Universidad de Costa Rica integrará las acciones del “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, del “Programa de gestión del Riesgo y Reducción de Desastres” y del futuro “Programa Institucional de Bioseguridad e Higiene Ambiental Sostenibles”, en el marco del “Sistema de atención integral de la salud para la comunidad universitaria” (SAIS). Acuerdo 2: Aprobar la creación del “Programa Universitario de Salud Ocupacional”, (PUSO), en el marco del “Sistema de atención integral de la salud para la comunidad universitaria” (SAIS), y en concordancia con los lineamientos generales y los lineamientos específicos que deben fundamentar y orientar la gestión universitaria en materia de salud ocupacional. Acuerdo 3: Solicitar a la señora Rectora que, con base en el artículo 156 del Estatuto Orgánico y de conformidad con los lineamientos supracitados, proponga al Consejo Universitario la creación de la Oficina de Salud Ocupacional, con el fin de que el Consejo Universitario, pueda proceder de acuerdo con el Artículo 30, inciso n) del Estatuto Orgánico.

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Acuerdo 4: Que el “Programa Universitario de Salud Ocupacional” y la “Oficina de Salud Ocupacional” cuenten con los recursos humanos, físicos y financieros, para la operacionalización de sus acciones en la Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio” y en todas las Sedes Regionales, a fin de mantener su sostenibilidad en las diferentes etapas de desarrollo. Acuerdo 5: Promover la participación solidaria de todos los estamentos de la Universidad en la creación de una cultura de salud ocupacional institucional, la cual debe contar con un compromiso por parte de las autoridades universitarias, que velen por la sostenibilidad de este proceso en sus diferentes etapas de desarrollo, así como contar con la cooperación de todos los universitarios y universitarias, para que su práctica sea implementada en toda actividad de la vida institucional. Acuerdo 6: Reforzar el apoyo institucional, a fin de que las personas trabajadoras, los estudiantes y las estudiantes puedan contar con las mejores condiciones de trabajo y estudio, con una capacitación continua y especializada en salud ocupacional, así como con manuales operativos que respondan a las características, exigencias y niveles de riesgo de su centro de trabajo, de estudio y de la profesión. Acuerdo 7: Solicitar a la Comisión de Salud Ocupacional que, en cumplimiento del artículo 27, inciso e, 3, de la Convención Colectiva de la Universidad de Costa Rica, constituya los Comités de Salud Ocupacional en cada centro de trabajo y estudio, del Campus “Rodrigo Facio” y de todas las Sedes de la Universidad, de conformidad con lo establecido en la Convención Colectiva de Trabajo de la Universidad de Costa Rica y en el Lineamiento específico 1.B. en materia de salud ocupacional; que en un plazo de seis meses, comunique a la Rectoría y al Consejo Universitario, lo relativo a la integración de estas instancias. Acuerdo 8: Solicitar a la Administración que:

a) Una vez creada la Oficina de Salud Ocupacional, implemente el “Programa Universitario de Salud

Ocupacional”,(PUSO), en concordancia con los lineamientos generales y los lineamientos específicos que deben fundamentar y orientar la gestión universitaria en materia de salud ocupacional.

b) De acuerdo con el artículo 18, inciso i, del Reglamento de las Comisiones de Salud Ocupacional,

ponga a derecho a la Universidad de Costa Rica con el envío del informe anual sobre salud ocupacional, allí solicitado, debido a que la Institución no ha cumplido desde hace mucho tiempo con este requisito.

c) Una vez constituidos los Comités de Salud Ocupacional de cada centro de trabajo por la Comisión de

Salud Ocupacional, y de acuerdo con el artículo 11 del Reglamento de las Comisiones de Salud Ocupacional, comunique la integración de la Comisión y de los Comités, al Consejo de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, e interponga sus buenos oficios para que los integrantes y las integrantes de estas instancias se vean beneficiadas con el Programa de Capacitación en Salud Ocupacional de este Ministerio, de acuerdo con el artículo 22 del citado reglamento.

d) De acuerdo con el lineamiento específico B.2 de este dictamen, elabore una propuesta para la

implementación de un “Programa Institucional de Bioseguridad e Higiene Ambiental sostenibles”, que coadyuve y fortalezca las acciones que la Universidad lleva a cabo en este campo. Dicha propuesta será presentada a este Órgano Colegiado en un plazo de tres meses, a partir de la aprobación de este acuerdo.

e) Valore la necesidad institucional de creación de una Unidad de Administración de los Seguros en la

Universidad de Costa Rica, como una instancia que se encargue y dé el apoyo técnico a lo relacionado con la salud ocupacional de la institución, y que vele por la administración de todos los contratos de seguros con una proyección para asumir en el mediano plazo lo concerniente a la administración de los riesgos institucionales.

Acuerdo 9: En concordancia con lo dispuesto en el artículo 300 de la Ley 6727 “Riesgos del Trabajo y Reglamento” y entre tanto se formaliza la creación de la Oficina de Salud Ocupacional, debe continuarse con las funciones de prevención, promoción y servicio en materia de salud ocupacional que hasta la fecha se realizan en la Institución, a través del Programa de Salud Ocupacional existente en la Oficina de Recursos Humanos de la Vicerrectoría de Administración.

LA M.Sc. JOLLYANNA MALAVASI aprovecha la oportunidad para expresar su

profundo agradecimiento a los miembros de la Comisión Especial que durante dos años

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trabajaron hombro a hombro. Se celebraron cuarenta reuniones, pasaron muchas cosas durante el proceso hasta llegar a la formulación del presente dictamen. Los miembros de esta Comisión Especial consultaron a sus representados; pueden ver que hay una lógica, no solo por la especialidad de quienes fueron seleccionados para integrarla, sino la capacidad para cubrir áreas específicas de la Universidad.

La Comisión Especial, durante estos dos años creció, maduró, hubo momentos en

que decidieron detener el trabajo, otros en que se perdieron, pero luego con la guía y la asesoría de la Rectoría, del Ing. Pablo Lizano y de la Dra. Laya Hun Opfer, quienes estudiaron el dictamen y resolvieron algo que, aunque era evidente, no lograban concretarlo en el dictamen. Es decir, la diferencia entre lo que se define en el dictamen como programa institucional de salud ocupacional que comprende todas las acciones en salud ocupacional, y las instancias responsables como la oficina de salud ocupacional, su Comisión Asesora, que tiene carácter académico y de proyección en la comunidad, la Comisión Institucional que se mantiene establecida por la Convención Colectiva de Trabajo; hay garantía tanto para la Administración como para los trabajadores de tener una Comisión bipartita, y finalmente los comités asesores.

Con serenidad, hacen entrega de la presente propuesta, con la indicación de que la

Comisión no puede hacer más. Ahora lo que se necesita es la retroalimentación del plenario.

Somete a discusión la propuesta. LA LICDA. ERNESTINA AGUIRRE expresa su complacencia por el trabajo realizado

y recuerda que en una ocasión, hace dos años, la llamaron al Consejo, no sabía a qué venía, en ese momento estaba trabajando con las ingenierías, el año anterior había trabajado con todo Servicio Social. Ellos hicieron una modificación al plan de estudios debido a las necesidades y al compromiso que tenían tanto con la sociedad como con los egresados y egresadas, con los graduados y graduadas. Los hospitales estaban saturados, las clínicas estaban saturadas, y dónde iban los que se graduaban, dónde iban a trabajar como auxiliares de enfermería, como empleadas en salones de belleza. La Escuela de Enfermería se dio a la tarea de revisar y ver qué necesitaba la sociedad. Dentro de todo encontraron que era salud ocupacional y salud ambiental.

En el plan de estudios de la Escuela de Enfermería está incluido lo que es salud

ocupacional, salud ambiental y han trabajado en grandes empresas, transnacionales, nacionales, internacionales, que tienen aquí sus oficinas. En aquel momento, ella pensó cuánto estaba aportando hacia afuera y cuánto estaba aportando a la Universidad. Entonces, dentro de esos objetivos que se propuso, fue a la Oficina de Salud; resultó una revuelta porque le decían que iba a hacer ella ahí, que por qué ella iba a atender sanos, que por qué iba a ver ambiente; a brincos y a saltos lo lograron. Se hizo el primer diagnóstico ambiental. De manera que está feliz porque creía que este asunto se había muerto y no es así.

Le dedicó mucho tiempo y analizó muy bien la presente propuesta y al expresar que

está contenta es porque ella trabajó con Servicios Generales, se hizo un diagnóstico ambiental, se hicieron propuestas a la Vicerrectoría de Administración, a Vida Estudiantil, a la Rectoría, y ahí quedó. Hizo otro intento con todas las ingenierías, todo el edificio, todo el personal y se detectaron situaciones: se hizo el diagnóstico ambiental en cada una de las dependencias, se presenta, y otra vez a dormir.

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Trabajaron con las bibliotecas el año pasado, se hicieron diagnósticos ambientales

en la Biblioteca de Salud que es la más nueva, y se encuentran fallas que atentan contra el personal. Y se presentan propuestas directamente a la Vicerrectoría, a la Rectoría, hacia todas las instancias, y ahí queda.

Como en el documento bien se menciona, la Universidad tiene que ser modelo de lo

que está pasando en este momento en el campo ambiental, en el campo laboral, y en todo lo que está sucediendo. Ella, en una oportunidad, les contó que las 44 enfermeras y enfermeros que se graduaron están trabajando. Y todos han abierto espacios en instituciones, en la Lizano, en la Colgate. Ayer precisamente la llamó una colega que está trabajando en Cinta Azul, preguntándole qué hacía en determinada situación.

Como bien se indica en el documento, desde el año 1997, dentro de las políticas, se

había dictado una en relación con el desarrollo institucional, con este tipo de programas. Y se siente muy orgullosa por ser una de las pioneras, para no decir que la única, porque en el plan de estudios de la Escuela de Enfermería se ha contemplado todo lo que es la salud ocupacional y la salud ambiental. Se acaba de abrir una Maestría en Salud Laboral y antes de que se gradúen ya todos tienen sus proyectos y sus trabajos.

Le preocupa y considera que debe quedar en este documento la transformación que

se le debe dar a la Oficina de Salud. Esta oficina nada más atiende determinado dolor, ella lo ha vivido con sus compañeras en la Escuela y en todos los lugares que ha estado haciendo práctica y en este momento lo vive el Consejo Universitario. Hay compañeros o compañeras que presentan una situación, el caso más concreto de una compañera que no es hipertensa, hace una hipertensión, la inyectan, y váyase. Cuál es ese seguimiento, no hay, ahí únicamente se ataca de momento la situación.

Le parece que en la propuesta debe quedar que se revise muy bien la política que

se le dicta a la Oficina de Salud, por qué fue creada, qué es lo que debe cumplir y no lo cumple. En la Oficina de Salud no hay un principio, no hay seguimiento, no ven a una persona sana, tiene que llegar enferma para que la vean. Y con los estudiantes, no hay un programa establecido de promoción y prevención. Ahí nada más se ve al estudiante si le duele el oído, si le duele el estómago, si tiene diarrea.

Le parece muy interesante esa interrelación entre la gran cantidad de comités que

hay en esta Universidad. Para todo hay un comité, hasta para una uña mala. Y toda la gente haciendo todo con base en su propio esfuerzo. Hay algo muy importante; la Universidad tiene que ser pionera, lo vieron cuando fueron a la Sede de Occidente, que hicieron todo ese laboratorio químico y quitaron el presupuesto para la planta de tratamiento. Entonces, se requiere que haya un organismo central que vigile todo eso.

Felicita a la Comisión Especial, y en forma muy especial a doña Jollyanna Malavasi

por el trabajo realizado y espera que todo lo propuesto se haga realidad. LA M.Sc. JOLLYANNA MALAVASI retoma los siguientes puntos, por considerar que

la discusión va a ser amplia. En el análisis situacional del dictamen se encuentran todas las acciones en salud

ocupacional que se hacen en docencia, investigación, y acción social. Los planes de estudio, las maestrías; hay un desarrollo muy amplio para tratar el tema en diferentes

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niveles. Es de gran satisfacción, y lo único que se necesita es coordinación, para que las diferentes unidades académicas no se disparen cada una por sus 360°, sino que, respetando lo específico de cada carrera, de cada situación, de cada unidad, haya un programa común de vigilancia, un programa preventivo. Como se indica en la propuesta, ya la Universidad de Cosa Rica no puede continuar siendo reactiva, sino preventiva, lo cual le va a ahorrar muchísimo dinero, aparte de todos los demás beneficios.

Con respecto a lo que doña Ernestina indicó en relación con la Oficina de Bienestar

y Salud, existe una política universitaria desde que se creó el Sistema de Atención Integral en Salud, y ya más claras no pueden ser las cosas. Se pide exactamente que la Oficina de Salud salga, se especialice, sea de carácter preventivo. En este momento, se están concretando las cuatro plazas de tiempo completo que se le asignaron al SAES. La Oficina de Salud ha trabajado en ese sentido, ya rindió el primer informe y está siendo evaluada, por lo que se debe esperar.

Cree que este documento idealiza el SAES, como se concibió, como se indicó en la

política cuando se creó el sistema, pero el análisis del desarrollo del SAES pertenece a otro espacio de forma particular. En este momento, la Rectoría está evaluando la Vicerrectoría de Vida Estudiantil. Entonces, tienen que esperar esos ajustes.

LA DRA. MONTSERRAT SAGOT reconoce, en primera instancia, el trabajo tan

extenso que hizo la Comisión. El documento refleja la seriedad con que tomaron el compromiso y la temática que aquí se discute. Le parece muy importante toda la recopilación histórica que hacen de los diferentes momentos en que la Oficina Internacional del Trabajo y la legislación nacional plantean normas sobre salud ocupacional. Todo eso refleja una gran seriedad y un gran compromiso respecto del tema de salud ocupacional.

Está totalmente de acuerdo con los lineamientos generales que se plantean,

totalmente de acuerdo con los principios, pero tiene una duda en el sentido de si para poder ejecutar esos lineamientos y esos principios, tiene que crearse una oficina más en esta Universidad. No está totalmente convencida de eso. Está de acuerdo con los principios, con la filosofía, con los planteamientos e incluso con la estructura misma que se propone, excepto con la oficina para la salud ocupacional que se quiere crear.

Se pregunta si en lugar de lo que se plantea en el punto 5, página 116, que se libere

de la parte operativa de salud ocupacional a la Oficina de Bienestar y Salud, lo que convendría más bien sería reforzar esta instancia; es decir, ampliar el perfil de lo que ya existe, darle más potestad, más recursos para que la parte de salud ocupacional forme parte de ella. En esa forma habría una visión mucho más integrada de la salud en la Universidad de Costa Rica. O sea, que en dicha instancia se incluya también la salud ocupacional como un elemento fundamental del bienestar y de la salud institucionales.

Somete su inquietud a la discusión de los compañeros y las compañeras porque le

preocuparía la creación de una instancia más que de alguna forma podría atomizar los planteamientos de salud y bienestar de la Universidad, obteniéndose más bien el propósito contrario de lo que este proyecto tan importante quiere.

LA M.Sc. JOLLYANNA MALAVASI explica que ese punto fue objeto de larga

discusión. Se planteó la posibilidad ante la Oficina de Bienestar y Salud, ante la jefatura y sus trabajadores y trabajadoras que ahí se instalara lo referente a la salud ocupacional.

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La respuesta fue que no había ningún problema. Y ella cree que es así, siempre y cuando se le dote de recursos humanos, de presupuesto, de infraestructura.

Respalda lo indicado por la Dra. Montserrat, ya los tienen ubicados y ojalá puedan

tenerlos juntos, las personas de salud ocupacional deben estar juntos e integrados porque todo lo que tratan es ocupacional. Pero se pensó crear una instancia especializada en salud ocupacional porque el mismo Reglamento que es muy coherente, muy técnico, ideal el Reglamento Nacional, le asigna funciones técnicas específicas y especializadas. No solo eso sugiere la reglamentación nacional e internacional, sino que esa oficina, por su importancia, por su complejidad y sobre todo teniendo en cuenta la complejidad de la Institución, esté en línea directa con la Rectoría. Ese es el objetivo.

Qué pasa con la Oficina de Bienestar y Salud, que está en línea directa con la

Vicerrectoría de Vida Estudiantil, por lo que habría que hacer otra cosa; este podría ser un paso intermedio, mover la Oficina de Bienestar y Salud a la Rectoría directamente, dado que no solo cubre a población estudiantil, sino también a la población docente y administrativa. Pero esto requiere una decisión de la Asamblea Colegiada porque toca el Estatuto Orgánico. Además, la Vicerrectoría de Vida Estudiantil, en forma particular el señor Vicerrector actual, M.L. Carlos Villalobos, quien realmente le ha dado un aire especial a la Oficina de Bienestar y Salud.

La creación de esta instancia de salud ocupacional que es altamente técnica, se

justifica no dársela a la Oficina de Bienestar y Salud porque esta está saturada de trabajo y se está pidiendo que pase del modelo de atención de la enfermedad, a la prevención y a la promoción. El trabajo es inmenso.

En la Comisión Especial se discutió muchísimo; ella les presenta lo que piensa cada

uno de los especialistas que participó y sabe que no habría ningún problema si la Universidad decide en lugar de hacer una nueva oficina, integrar un nuevo departamento a la Oficina de Bienestar y Salud y poner ahí en forma especializada, respaldado con recursos, todo lo que tiene que ver con salud ocupacional. Pero no pueden recargar en la Vicerrectoría de Vida Estudiantil todo lo de salud ocupacional de la Institución porque otra vez se entraba el asunto. Hay que observar que lo de salud ocupacional está ubicado en la Vicerrectoría de Administración, en la Oficina de Recursos Humanos, donde durante cuarenta años se ha tenido la magnífica intención de que eso funcione. El error garrafal fue que la Universidad inconscientemente nunca le asignó presupuesto, de lo cual la Dra. Yamileth González está totalmente sensibilizada, así como el Consejo.

O sea, que este asunto necesita ser atendido, porque la mano de Dios o la energía

en la que cada uno cree, día a día, ha sido demasiado benevolente con la Universidad de Costa Rica. No están cumpliendo, no están protegiendo, los riesgos no se están controlando, habría que revisar los seguros. No se están haciendo los análisis técnicos. Todo mundo se queja ante la Administración de que se está cayendo una pared, que el edificio está lleno de hongos, que no hay ventilación, las sillas ergonómicas, si aprueban esto, finalmente las van a tener. Es muchísimo lo que hay que hacer.

Entiende totalmente la preocupación de la Dra. Montserrat Sagot, pero por lo menos

existe el hecho de que esta Comisión Especial haya adelantado, con un trabajo profundo con los trabajadores y las trabajadoras de la Oficina de Salud, que esto es prioritario, que van a trabajar juntos. La solicitud es que se cree la instancia ya, es necesario dársela a la señora Rectora porque de un momento a otro se puede dar una emergencia, ella va a

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tener que tomar decisiones al instante, porque si bien va a haber planificación, bien se dice que se tienen que atender tanto problemas institucionales como personales. La Rectora, junto con su equipo, va a tener que priorizar de entre todo lo que es importante.

Por supuesto que debe quedar aquí planteada en este plenario, la conveniencia institucional de que la Oficina de Bienestar y Salud dependa, así como fue creada, de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil -hay criterios a favor, y en contra-, en una segunda etapa, pero este no es el momento. Se plantea un dictamen para que evalúen y le den la ubicación más adecuada a la Oficina de Bienestar y Salud en el organigrama institucional como un segundo trabajo. Ahora es necesario hacer eso. El M.Sc. Wilfridio Mathieu le ha dicho que si a él le dan el presupuesto, los recursos, no tiene ningún problema. Ellos están formados en salud ocupacional, pero necesita de alguien que tome la dirección de ese departamento, de esa oficina, de esa instancia porque es muy especializada. Pero se quiere integrar. Ella podría comprometerse como representante del área de salud en que es necesario continuar con la segunda etapa; analizar la Oficina de Salud, es un proceso mucho más simple, pero más elaborado, porque habría que involucrar a la Asamblea Colegiada pues se tendría que decidir si continúa adscrita a la Vicerrectoría de Vida Estudiantil, que tiene funciones y cubre a docentes y administrativos –don Carlos Villalobos tiene que hacer malabares con el presupuesto estudiantil-, pero también está el Sistema de Atención Integral en Salud que intenta una primera corrección, un nuevo camino. Hay que ir por pasos y la Institución tiene que comprometerse a lograr en un paso siguiente, casi inmediato, a darle la mejor forma a todo lo que es salud, un Instituto en Salud donde quede integrado todo y que unidades académicas y de investigación se integren más, pero están en el proceso.

EL M.Sc. ALFONSO SALAZAR se une a lo expresado por doña Ernestina Aguirre y

doña Montserrat Sagot, quienes han manifestado muy claramente que el esfuerzo realizado por esta Comisión a lo largo de los dos años, se ve muy bien reflejado en ese planteamiento, el cual tiene, en su opinión, una expectativa muy grande. Y precisamente por tener una expectativa muy grande, tienen que manejarlo con mucho cuidado. No pueden, en su opinión, trascender la capacidad institucional, para llevar a cabo un proyecto porque podría convertirse en un proyecto de archivo. Y, eso para él, es más preocupante todavía. En este documento hay un análisis muy concreto de la situación respecto de la temática de la salud ocupacional, de la salud de todos los trabajadores y estudiantes en esta Institución y se quiere abarcar mucho. Y cuidado que por querer abarcar mucho, no hagan nada. Esta es su primera reflexión sobre este proyecto.

En segundo lugar, le parece muy importante el enfoque que la Comisión le ha dado

al problema de la salud ocupacional y considera realmente extraordinario que la Comisión haya querido enfocar esta situación con carácter prioritario en la Institución. Sin embargo, igual que lo ha manifestado doña Jollyanna Malavasi, considera que deben ir paso a paso para ir consiguiendo todo lo que se busca dentro de este contexto.

Le preocupa mucho cuando se trata de burocratizar una serie de acciones que

aunque están muy bien intencionadas, las bases administrativas y estructurales de la Institución no se dirigen a ese campo. El hecho de que en este momento tengan una Comisión de Salud Ocupacional de carácter institucional que está en la Oficina de Personal, que tengan comités de salud ocupacional -que según este documento han sido poco eficaces en su trabajo a lo largo de la historia-, que tengan cualquier cantidad de centros de trabajo, en unidades académicas, en centros de investigación, en institutos, oficinas administrativas, etc., dan una muestra de que los 55 comités que se señalan en el

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documento de salud ocupacional son insuficientes y han sido poco eficaces en su labor de fiscalización.

Sería muy bonito tener una solución de una problemática compleja en la Institución

que involucre inversiones y modificaciones gigantescas de parte de ella misma. Pero una de las cosas que le preocupan en el planteamiento de la ejecución de los lineamientos –que, aparte de algunos aspectos de forma, le parecen muy acertados-, es que reúnen realmente la necesidad de mejorar en esta área, pero mejorar debe ser el norte. Pero solucionar todos los problemas a nivel de salud ocupacional o señalarlos y establecer las acciones que conlleven a ese mejoramiento, no es, en su opinión, una labor que deba burocratizarse. Siente la misma preocupación de la Dra. Montserrat Sagot, en cuanto a que el proceso señalado en los acuerdos y en los lineamientos específicos, especialmente en estos, en el papel o en el deseo, puede resultar ser muy eficaz, pero debería considerarse algo más allá de este proceso.

No teme que el asunto tuviera que llevarse a Asamblea Colegiada por ser tan

importante la visión de salud integral que se ha venido manejando de parte de la Institución con muy buenas consideraciones, acuerdos y planteamientos del Consejo Universitario y de la Rectoría, principalmente después de la creación del Sistema de Atención Integral para la salud de la comunidad universitaria. El fortalecimiento de este sistema está en el fortalecimiento de las oficinas responsables de llevarlo a cabo. Tal y como el lineamiento indicado lo señala, que el programa universitario de salud ocupacional está ubicado dentro del marco del Sistema de Atención Integral para la Salud para la comunidad universitaria, con los esfuerzos señalados en documentos de instancias académicas y administrativas de la Institución que han trabajado en esa línea de atención integral de la salud. Para él, salud ocupacional es un componente de la atención integral de la salud, tanto que el componente de salud ocupacional está relacionado con las condiciones –así lo establece la reglamentación-, en las cuales se llevan a cabo las labores de trabajo, como de estudio de parte de los estudiantes. Es una parte de esa atención integral de la salud y como tal la comunidad universitaria tiene que recibirlo de parte del Consejo Universitario. Si fuera necesario reformar el Estatuto para darle esa visión integral, piensa que podrá ser aceptado fácilmente por la comunidad universitaria y por la Asamblea Colegiada Representativa, así como el hecho de hacer las cosas mejor.

El hecho de que propongan la creación de una oficina de salud ocupacional, una

oficina administrativa, adscrita a la Rectoría, que tendrá a su vez un consejo asesor, que no solo es asesor sino técnico, le parece que están tratando de resolver un problema con una estructura gigante, dentro de una estructura limitada, que ya la Universidad maneja.

Esa es su visión de ese cambio administrativo; él no está desfavoreciendo ninguno

de los planteamientos que la Comisión ha realizado en función de los lineamientos institucionales y la orientación que la Universidad tiene que tener en este campo, dentro del sistema de atención integral de la salud, que es, a su juicio, el que debe cubrir todos estos esfuerzos en el campo de la salud, esfuerzos que no solo deben ser administrativos, sino también académicos y estudiantiles.

Él no ve la necesidad –y no quiere que la señora Directora se sienta mal porque no

es un asunto para sentirse así-, de que este asunto tenga que aprobarse ya. Él ve la necesidad de que se deba reestructurar, que deba manejarse con otra visión, pero que sea obligado crear una oficina de salud ocupacional, y con el tiempo, cuatro, cinco, diez

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años, volver a hacer otro análisis para ver si esa oficina de salud ocupacional debió haber estado en la Oficina de Bienestar y Salud o no, no considera que sea el momento. Más bien lo considera al revés, que esta es la oportunidad para que a nivel estructural en la Institución pongan a funcionar los lineamientos que la Comisión les presenta, que son muy importantes, dentro de ese panorama integral, y no vean la salud ocupacional como el paraguas que va cubrir la atención integral de salud en la Universidad de Costa Rica, sino que es parte del programa universitario de salud y está enmarcada dentro del Sistema de Atención Integral para la Salud de la comunidad universitaria.

De manera que de la propuesta cuestiona la conformación de estructuras

administrativas, para llevar a cabo una labor que puede estar enmarcada dentro de esa labor más integral. Y lo que es más preocupante, que una oficina de salud ocupacional, enmarcada dentro de ese sistema, tenga a su vez una categoría administrativa muy por encima de la categoría que tiene la Oficina de Bienestar y Salud. Prefiere, como ya mencionó la Dra. Montserrat Sagot, que presten atención a la Oficina de Bienestar y Salud y valoren precisamente su transformación, para que sea lo que se señala en el documento, página 116, que es el ente director del Sistema de Atención Integral en Salud para la comunidad universitaria.

Es decir, si ya un acuerdo del Consejo lo convirtió en el 2003 en el ente director de

ese sistema, esa oficina es la que debe sufrir la transformación necesaria para llevarla al más alto nivel y que pueda abrazar y poner en ejecución toda la experiencia que ha obtenido a lo largo de la historia en la Institución en esta oficina de salud ocupacional o departamento de salud ocupacional, o como llegue a llamarse. Ese es el único cambio que sugiere que estudien y analicen en esta oportunidad, como ya ha sido sugerido.

No se trata, a su juicio, de restarle valor al trabajo que la Comisión ha realizado, sino

de fortalecerlo dentro de una estructura que, repite, si es necesario llevar a la Asamblea Colegiada, tienen argumentos suficientes para que esta responda favorablemente a la solicitud del Consejo Universitario.

LA M.Sc. JOLLYANNA MALAVASI insiste en el hecho de que lo importante es crear

esta instancia altamente técnica que va a tener independencia en su trabajo diario y que se coloca en el marco de atención integral en salud, para que comparta el marco filosófico y no se pierda en el camino.

Agrega que ella no le tiene miedo a la Asamblea Colegiada, tampoco la Comisión,

pero consideraron que era un proceso mucho más lento. Tal vez ha llegado el momento histórico para que, con valentía, dejen esto como está propuesto en el sentido de crear una instancia que funcione según un Reglamento Nacional que no lo están tocando, aceptando, dado que es altamente técnico y corresponde a las necesidades de la Institución.

No se intenta tampoco burocratizar, pero sí se intenta con este planteamiento darle

la solución a la Universidad para que pueda responder en el campo de la salud ocupacional como patrona y como Institución de Educación Superior Pública. Muy simple hubiese sido que el dictamen se refiriera únicamente a la salud ocupacional desde el punto de vista de una Universidad como patrón. No se está burocratizando; esa comisión asesora es precisamente para rescatar la parte de la Universidad en su función de institución de educación superior pública, para que se compenetre la salud ocupacional en los planes de estudio, para que los profesores investiguen al respecto, para que se

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desarrolle ese campo, para no dejarlo truncado. Ese fue el primer acuerdo que tomó la Comisión Especial, presentarlo como un modelo para que la Universidad tenga la capacidad de responder en los dos campos. No les parece para nada que sea una estructura gigante, lo que piden es una autoridad en ese campo, una jefatura, alguien que sepa planificar, organizar y por medio de sus técnicos dirigir el cumplimiento de los estudios requeridos por la Institución.

Además, que esa plataforma de información y el desarrollo de la Institución en ese

campo, como patrono, sirva para retroalimentar los planes de estudio y que los profesionales que gradúe la Universidad sean personas que lleven incorporado lo mínimo; por ejemplo, cómo sentarse, cómo lavarse los dientes, vestirse, cómo levantar algo pesado, que tienen que dormir, porque, de lo contrario, pueden estudiar treinta mil horas, pero si no tienen horas de sueño adecuadas, no se van a establecer circuitos de memoria y es cuando los estudiantes estudian únicamente para el examen y se olvida todo. Eso es salud ocupacional, no es solo trabajo y la Universidad, básicamente las unidades académicas, como lo señala el documento, ya lo han desarrollado, unas en forma más específica que otras, pero todos tienen en común que deben saber sentarse bien, tomar bien el lapicero, cosas así, de pura biomecánica, como se enseña a los estudiantes.

Ella quisiera que no se pierdan en el camino. Primero, tienen que definir si son o no

importantes para la Institución estos lineamientos generales. Cree que ya lo han expresado, que sí son importantes. El lineamiento específico pretende crear una instancia, no importa cómo se llame. Se recurrió a la figura de oficina para ponerla en línea directa con la Rectoría con un objetivo muy específico, para que no se diluya, para que el jerarca máximo o la jerarca sea quien tenga mano directa sobre las decisiones que tiene que tomar esa oficina, no vía vicerrectores, no vía otros jefes. Eso lo pide la reglamentación internacional y nacional.

Le parece que es importante que el Consejo defina si es importante crear esa

instancia. Y tienen que ser relativamente rápidos y rápidas porque se está en riesgo constante, mientras no se inicien los estudios técnicos, están en riesgo constante. Lo que ahora tiene la Universidad en la Vicerrectoría de Administración, dado que esto no se ha aprobado, son trabajadoras muy comprometidas, pero sin respaldo presupuestario, trabajadoras a quienes se les fijen sus responsabilidades, un orden que la Universidad les marque el campo donde desarrollarse. Ella es una especialista técnica en salud ocupacional, pero no se puede limitar a eso.

Si es decisión de este Consejo y le parece que está aceptando que esto es

importante, pues van a tener que tomar un acuerdo por medio del cual se entre urgentemente a analizar lo que es la Oficina de Salud y colocarla donde corresponde. La Oficina de Salud está saturada de trabajo y hay un Departamento que de por sí va a tener una gran independencia y tiene que tener independencia porque tiene que velar por los derechos de los trabajadores. La Oficina de Bienestar y Salud está atendiendo las necesidades en salud, está cumpliendo con proyectos de prevención, de promoción en salud, pero su misión no es la de garantizar los derechos de los trabajadores. La que tiene que garantizar que se cumpla con los derechos es esta otra instancia. Hay una pequeña diferencia, es una misión muy específica, si bien van juntas, son hermanas. Sí, la Oficina de Bienestar y Salud y la Oficina de Salud Ocupacional son hermanas, no puede estar una a la derecha y otra a la izquierda, no pueden trabajar en forma opuesta.

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Pero, gracias a Dios se está dando este debate exactamente en el lugar donde se puede tomar la decisión. La decisión institucional no la puede tomar la Comisión Especial, esta presenta un modelo, una propuesta, un reto; entonces, atrévanse a llevar la Oficina de Salud a la Asamblea Colegiada, pero ya. Le parece que el modelo es colocarla en línea directa con la Rectoría; de todas formas, el trabajo que hace la Oficina de Bienestar y Salud cubre a toda la comunidad universitaria y no una Vicerrectoría en forma específica. Una vez hecho eso, entonces que empiece a funcionar este proyecto en salud ocupacional que si va a tener conexión con todas las Vicerrectorías y con todas las unidades porque además se pretende crear una cultura.

LA DRA. YAMILETH GONZÁLEZ opina igual al que lo han expresado, que es

importante el trabajo de la Comisión Especial; sin duda atiende una problemática urgente en la Institución respecto de los espacios de salud ocupacional, de gestión de riesgo, desastres y seguridad. Todo eso tiene importancia y los lineamientos generales le parecen excelentes.

Ella posee la inquietud que mencionó inicialmente la Dra. Montserrat Sagot; coincide

en que es necesario crear este espacio . La preocupación era si se creaba aparte como una oficina, no integrada a la Oficina de Bienestar y Salud. También desea preguntar por qué no se contempla esa posibilidad de hacer un trabajo mucho más integral. Le parece que la discusión se ha ido orientando bastante en ese sentido que existe claridad en la necesidad de crear ese espacio quizá como departamento, pero también deben replantearse las funciones y más bien proponer una nueva Oficina de Bienestar y Salud que atienda integralmente los diferentes ámbitos.

También tenía dudas en cuanto a la línea de relación con la Rectoría;

probablemente el Reglamento Nacional piense en otro tipo de instituciones y no en la Universidad de Costa Rica, porque los vicerrectores no son intermediarios, sino canales, delegaciones de la Rectoría. Incluso podrían si integran una nueva Oficina de Bienestar y Salud con otros ese departamento y otros espacios, realizar una propuesta diferente. No tiene que pertenecer a una sola vicerrectoría; debería estar adscrita, por lo menos, a Vida Estudiantil y a Administración. Habría que pensar en un replanteamiento en ese sentido. La Rectoría tiene oficinas administrativas, pero son un apoyo, son oficinas coadyuvantes, de apoyo a la gestión (como la Oficina Jurídica, la de Planificación) y nunca administran nunca. Eso sería poner a la Rectoría a administrar un espacio. También tenía esa duda. Considera importante crear el departamento de salud ocupacional dentro de la Oficina de Bienestar y Salud. Le parece importante, asimismo replantear las funciones y la organización de la Oficina de Bienestar y Salud, para que asuma más estos espacios.

LA M.Sc. JOLLYANNA MALAVASI hace una pregunta inmediata porque es a lo

inmediato que se va a enfrentar el grupo de trabajo, si esa Oficina de Bienestar y Salud estaría adscrita a todas las Vicerrectorías. Es que cada Vicerrectoría tiene su función ahí. Quién sería el jefe superior, por eso se piensa en la Rectoría, o el Consejo de Rectoría, aunque este se saldría, porque cada Vicerrectoría tiene su papel en esto, en Vida Estudiantil está equivocado.

Sugiere tomar un receso para continuar con esta discusión tan importante porque es

la que va a dar los insumos en cuanto a si se forma una nueva Comisión o se le asigna a alguien preparar este documento, pues se estarían fijando exactamente los puntos que no pudo resolver la Comisión Especial.

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***A las once horas y diecinueve minutos, el Consejo Universitario hace un receso.***

*** A las once horas y cincuenta minutos, se reanuda la sesión con la presencia de los siguientes miembros: M.Sc. Jollyanna Malavasi, Dr. Víctor Sánchez, M.Sc. Margarita Meseguer, M.Sc. Alfonso Salazar, Srta. Jéssica Barquero, Sr. Alexánder Franck, Licda. Marta Bustamante, Licda. Ernestina Aguirre, MBA. Wálter González, Dr. Manuel Zeledón, Dra. Montserrat Sagot y Dra. Yamileth González.****

EL SR. ALEXÁNDER FRANCK felicita también a la Comisión Especial por el trabajo

realizado. Desea preguntar ciertas cosas que ya se han discutido bastante, sobre todo por parte de don Alfonso Salazar. Y le parece que la discusión es importante sobre el aspecto administrativo de la idea de salud ocupacional. Pregunta específicamente si en el momento de discutir esta instancia, sea cual sea su naturaleza, si había una propuesta alternativa, si se manejó algún mecanismo diferente a la creación de una oficina o si siempre fue esa la idea, si siempre se dirigió hacia ahí.

Como es probable que se vaya a dar la discusión un poco más sobre este asunto

quiere aportar un elemento más; es decir, hay que cuestionarse los costos que tendría, oficina aparte porque habría que darle toda la estructura administrativa, pero también tendría un costo si se integra a la Oficina de Bienestar y Salud. Le parece que ese sería el peligro, que habría al integrarla a las funciones de esta oficina que teóricamente -como lo plantaba la Dra. Yamileth González y otras personas-, le parece lo más lógico, dado que es un aspecto más de la salud integral. Pero si se integra, implica un aumento presupuestario, aumento de ciertos recursos de la Oficina y hay una demanda asociada que es en primera instancia lo que mencionaba doña Ernestina Aguirre, en el nivel de atención inmediata de un problema de salud, de una emergencia. Es probable que esa demanda que es mucho más fuerte e histórica, de atención a problemas de salud inmediatos, o sea, manifestaciones de algunas patologías, consuma los recursos adicionales. Es claro que la intención del Consejo sería integrarla con las funciones y que los recursos sean destinados a esas funciones, pero la operación de este tipo de oficinas suele darse en esos términos, suele tener el peligro que la demanda de los usuarios sea sobre otro aspecto, que no la intención en primera instancia.

Aporta lo anterior como un elemento porque eso suele tomarse en cuenta. Por eso

es que las instancias internacionales que recomiendan que sea una instancia desconcentrada en línea directa del nivel gerencial más alto, toman en cuenta la demanda que hay en los niveles intermedios, y realmente el nivel intermedio sería la Oficina de Bienestar y Salud como un todo y esta vendría a supeditarse entonces a la demanda de los usuarios. Operativamente, eso podría tener ese costo, a pesar de la intención, a pesar de los controles que se establezcan, a pesar del seguimiento en políticas que tenga el Consejo Universitario, finalmente podría darse un problema en el día a día en la operacionalidad y en la capacidad de ejecutar prioridades. De manera que aporta este elemento para que se discuta también.

Tiene una duda en relación con el lineamiento específico B.3 que dice que la

Institución debe reforzar la gestión de los seguros en forma efectiva y permanente; su duda es en cuanto a la administración de los riesgos institucionales y la reconsideración de reforzar la gestión de los seguros, etc. Es una pregunta simplemente porque le parece que la Contraloría de la Universidad sugirió en cuanto a los seguros estudiantiles, la administración de las pólizas, pero la administración financiera. Le parece que esto no está vinculado para nada, que es prevención simplemente.

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En tercer lugar, en cuanto al inciso e) del acuerda 8, cree que hay un acuerdo

generalizado. Le sugiere a la Dra. Yamileth González, a la hora de plantearlo, tomar en cuenta que hay iniciativa bastante fuerte de ciertas instancias estudiantiles, entre otras la Federación, el Consejo Estudiantil de Ciencias Agroalimentarias, que están bastante activos con ese sentido, por lo que le parece que el recurso humano, la iniciativa que tienen los estudiantes en algunos lugares podría canalizarse también por ese lado y tomarlo en cuenta como insumo.

LA M.Sc. JOLLYANNA MALAVASI expresa que el proyecto tiene un enfoque

estrictamente preventivo. Pretende, si se implementa, que eso implique que va a disminuir la atención a la enfermedad. Utópicamente, si se previene, se evitaría la enfermedad. Se aligera entonces el costo. La atención a la enfermedad es totalmente independiente de este proyecto de salud ocupacional y es el trabajo que tiene a cargo la Oficina de Bienestar y Salud. Ahí se atiende a la persona que está ya comprometida con una manifestación de enfermedad. Lo que se pide a la Oficina de Bienestar y Salud es que atienda a esos pacientes con un enfoque también preventivo, de salud ocupacional, que dé educación, etc., y no solo que se dé una pastilla y váyase. Eso es un poquito la parte filosófica.

LA LICDA. MARTA BUSTAMANTE no quiere redundar pero desea manifestar que a

pesar de que entiende todas las preocupaciones de doña Jollyanna Malavasi, comparte la inquietud que en primera instancia expresó la Dra. Montserrat Sagot. También desea anotar que si se creara, como establece la propuesta, una oficina, porque consideran que es muy urgente en este momento, hay que pensar que después, cualquier cambio para reubicarla, si considerara que lo más conveniente es la Oficina de Bienestar Estudiantil, sería mucho más complicado, porque ya sería una oficina con un jefe, con una estructura jerárquica. Pasar de cosa menos a una cosa más, es más fácil, que de una cosa más, a una menos. Desde ese punto de vista, desea llamar la atención, o sea, que ese cambio posterior sería muy complicado hacerlo. Concuerda también en que lo lógico que la Oficina de Bienestar y Salud, dándole un perfil distinto, sea la que se ocupe de todas esas disciplinas, no las concibe separadas.

Otro aspecto es que en la parte de los considerandos y en los acuerdas de la

propuesta, el papel de la gente que está asociada a la parte deportiva la ve un poco invisibilizada, a lo mejor ya está introducida dentro de algo. Para ella ese componente es muy importante dentro de lo que es el estado de salud de las personas, tanto los programas de la Escuela específicamente, como los programas deportivos de la Universidad. Son cosas que están aisladas y en la propuesta no logra ver cómo se van a integrar dentro de esta iniciativa de salud ocupacional.

Un asunto un poco más específico, de lo que han mencionado ahora, tal vez porque

conocen poco sobre todas las aristas que puede tener el tema de salud ocupacional, es que en los lineamientos generales le parece que debería estar visibilizado el enfoque que la Universidad le va a dar a la salud ocupacional. No lo ve, lo ve atomizado, pero qué es lo que la Universidad debe entender por salud ocupacional, en qué ámbitos la van a asumir, piensa que debe quedar más explícito en los lineamientos generales.

El otro punto tiene que ver con el lineamiento específico B.3 que habla de la gestión

de los seguros. En realidad, la Institución debe reforzar la gestión de los seguros, pero deben ser un poco más específicos también, qué es lo que significa reforzar la gestión de

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los seguros, porque reforzar para ella tiene poco significado. En realidad, qué es lo que quieren en la gestión de los seguros; piensa que en este punto deben definir qué es lo que quieren que se refuerce; cuál es específicamente la meta que se quiere lograr.

LA M.Sc. JOLLYANNA MALAVASI indica que del análisis institucional se puede

rescatar muchísimo con respecto a lo de los seguros, fueron tímidos en el acuerda, pero hay material de sobra. Don Norberto Rivera los respaldó en el análisis situacional y tendrán que trabajar más fuerte para ser más claros.

Lo de deporte está incluido propiamente en el trabajo de la Oficina de Bienestar y

Salud, pertenece a la Oficina de Bienestar y Salud como un Programa, y se está elaborando todo un proyecto parecido a este, pero únicamente con respecto a deportes. Ya se está preparando para traerlo.

EL MBA. WÁLTER GONZÁLEZ agradece a la señora Directora la entrega que les

hizo del pin, el cual llevará con orgullo, honor y gran responsabilidad. Y precisamente por esa gran responsabilidad, es grande el trabajo que tienen a la vista y compleja la discusión. Se va a referir a varios aspectos que para él son medulares y va a tratar de dar elementos en relación con un asunto que está en la Universidad de Costa Rica -tal y como se indica en el documento-, con buenas intenciones desde el año 1946. Lee textualmente lo que se indica en la página 4:

En sesión 25 del Consejo Universitario, del 11 de junio de 1946, artículo 24, el Dr. Raúl Blanco Cervantes se refiere al proyecto institucional de crear un centro médico universitario y señala que su función principal deberá ser la prevención de las enfermedades de los trabajadores y de los estudiantes. Ya se tiene desde 1946 esa gran visión, pero desde ese momento la Universidad de

Costa Rica, en un sopor o en un letargo con respecto a este tema, ha sido tibia para tomar este tipo de decisiones. Muy atinadamente también dice en la página 39 del documento:

Un “Programa Universitario de Salud Ocupacional” para la Institución tiene, entre otras funciones, la misión de conocer, controlar y optimizar estos componentes, teniendo siempre en cuenta al ser humano que allí se desempeña.

Están hablando de personas, lo más valioso que hay en la vida, no tiene parangón

ante nada. Y además dice:

Cabe destacar, para el buen entendimiento del tema, lo referente a prevención en salud ocupacional. La buena práctica de la medicina ocupacional y ambiental, como componentes de la salud ocupacional, consiste principalmente de estrategias de prevención. Y en esto la Universidad se ha quedado corta, precisamente en prevención. Va a permitirse leer los nombres de unos compañeros de quienes tiene el número

de cédula, de asegurado, lugar de residencia. Carlos Soto Artavia, fecha de fallecimiento 19 de setiembre de 2003, edad 34 años, ingresó a trabajar a la Universidad de Costa Rica en 1984. Lilian Quesada Moncada, fecha de fallecimiento 18 de mayo de 1994, edad

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38 años, entró a trabajar a la Universidad en 1984. Víctor Sánchez Miranda, Purral de Guadalupe, fecha de fallecimiento 9 de abril de 1996, ingresó a trabajar en la Universidad en 1982. Alexánder Vargas Umaña, fecha de fallecimiento 20 de mayo del 2000, edad 45 años. Esmeralda Alfaro Salazar, fecha de fallecimiento 14 de febrero de 2001, 29 años. Mercedes Chacón Torres, fecha de fallecimiento 21 de abril del 2002, edad 36 años. Y así sucesivamente, indica que citó sus nombres en honor de ellos, para que queden en actas y que sirvan de fundamento para tomar las decisiones.

Todos muy jóvenes, que dejaron sueños, esperanzas, ilusiones, niños pequeños,

ante una problemática como la siguiente. Señora Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal, Ministra de Salud Estimada señora: En el año 2002 solicité al Dr. Willy Carrillo, Director del Departamento de Vigilancia de la Salud la posibilidad de realizar una investigación en la Oficina de Becas y Atención Socioeconómica de la Universidad de Costa Rica, debido a que se han presentado varias defunciones por cáncer entre los funcionarios de la oficina. Situaciones que se dieron en el año 1993, 1994, 1996, 2000, 2001 y 2002. En el año 2002 una compañera se encontraba recibiendo quimioterapia por cáncer y esta semana nos enteramos de otra compañera con cáncer. Como usted comprenderá, esta situación ha suscitado un ambiente muy tenso en la Oficina pues aún persiste la interrogante de la casualidad o que exista un factor común para que esta situación suceda. El oficio es de fecha 9 de febrero de 2004. Se han pedido investigaciones y estudios en la Oficina de Becas y Atención

Socioeconómica y se ha encontrado un factor común, que es una oficina que tiene un tremendo estrés por su trabajo. Y esto no lo está inventando, está documentado. Si la Universidad de Costa Rica desde 1946 hubiera tomado la decisión de crear, tal y como lo dijo el Dr. Raúl Blanco Cervantes, visionariamente, un programa preventivo, está casi seguro de que esos compañeros y compañeras hoy los acompañarían, todos estaban muy jóvenes.

Por eso cuando debaten sobre esto, él no ve el costo que pueda significarle a la

Universidad crear una oficina, el beneficio que le puede traer no a un compañero o a una compañera, sino a una familia, gente que construye sueños. Cuando hablan de salud ocupacional, se refieren a un ambiente higiénico, un ambiente laboral, a un clima organizacional, implica grandes conceptos. Cree que la prevención tiene que verse en función del beneficio de la comunidad universitaria como un todo.

Ayer, precisamente, en el seno de la Comisión de Reglamentos, discutían con la

gente de la Junta Administradora del Fondo de Ahorro y Préstamos, y les dijo que su posición estaría del lado del beneficio para la mayoría, y hoy sostiene eso con mucha más razón. Si él sabe que su voto puede servir para que un compañero y una compañera tenga una mejor calidad de vida, no ofrece su voto, sino todo lo que esté a su alcance, y no una mano sino las dos, para que eso sea posible.

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No pueden seguir retardando una decisión que la Universidad reclama. Hace muchos años le correspondió ser miembro de la Comisión de Salud Ocupacional y se dio cuenta de las precarias condiciones en que trabajaban don Ricardo Umaña y Fernando Chacón, dos baluartes, dos compañeros admirables. Se encontraron, primero, que eran deslegitimados a cada instante porque no contaban con un respaldo institucional que les diera acogida a sus pronunciamientos. Eran compañeros que hacían dictámenes y se metían a trabajar, pero nunca fueron escuchados. Ya los dos se fueron y desmotivados de la Institución, por esa causa, no por su quehacer, sino por los resultados. Son múltiples los dictámenes que están en poder de la Oficina de Recursos Humanos de este par de compañeros que nunca fueron acogidos, nunca fueron escuchados, nunca fueron avalados, ni aceptados. Simple y sencillamente, porque no había una institución que los respaldara.

Que es pertinente crear una oficina de salud ocupacional independiente de lo que

hoy tienen, para él sí, por todo lo que implica. Introducirla en una oficina que ya tiene una estructura, una filosofía de trabajo y que no van a entender porque a lo largo de la creación de la Universidad de Costa Rica no han querido entender. Entonces, no lo va a entender tampoco ahora porque el Consejo diga que tiene que ejecutarlo. Eso no es cierto. Parece que la lógica ahí entraría en contradicción. Es importante dotar a la Institución de una instancia que le permita generar lo que todos y cada uno requiere. Eso es lo que está en juego, es vida. Entonces, para qué se van a desgastar si el asunto –y lo dice con todo respeto-, es crear más burocracia. Él cree que no, hay un bienestar superior que es la vida humana y para él eso no tiene precio. Podría comenzar a contrastar gastos institucionales en contra de la vida humana y cree que al final saldrían perdiendo porque la vida humana no tiene precio.

Es importante que la Universidad tenga como eje la prevención. Salud ocupacional

es prevención y no solamente esos compañeros que murieron de cáncer por trabajar en una oficina de tremendo estrés, sino que cuántos y cuántas estarán muriendo por no tener prevención, por estar sedentarios, por no contar con programas, con ayuda, guía. Y eso es lo que tiene el Consejo en sus manos.

En el acuerda 3 dice:

Solicitar a la señora Rectora que, con base en el artículo 156 del Estatuto Orgánico y de conformidad

con los lineamientos supracitados, proponga al Consejo Universitario la creación de la Oficina de Salud Ocupacional, con el fin de que el Consejo Universitario, pueda proceder de acuerdo con el Artículo 30, inciso n) del Estatuto Orgánico.

Este acuerdo, para no entrar en lo que sería burocracia, diría que no solo le digan a la señora Rectora que les presente la propuesta de creación de la oficina, sino que les dé también su estructura orgánica. Entonces, igual que lo hacen con el artículo 8, inciso e) que dice: Dicha propuesta será presentada a este órgano colegiado en un plazo de tres meses. Entonces, que en el acuerda 3 se dé también un plazo a la señora Rectora para que ella les presente la propuesta porque este es un tema muy sensible y piensa que todos están conscientes de su necesidad, pesos más, pesos menos, no pueden dilatar la decisión. Están ante un drama humano; tiene el Consejo Universitario en sus manos la decisión de crear una oficina que puede cambiarle la vida a la Institución. En este

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momento se siente como jugando a ser Dios, quién vive y quién no vive, y él quiere que todos vivan. Tiene más documentos por si quisieran consultarlos sobre la problemática, de lo que ha padecido la Oficina de Becas, de lo que está sufriendo y viviendo esa gente y por qué van a esperar que el fenómeno se repita en otra instancia, en otra unidad. Cree que la decisión no puede tardar más, pues desde 1946 espera una decisión de la Universidad de Costa Rica.

EL DR. VÍCTOR SÁNCHEZ desea referirse a la deriva institucional y con ello a la

responsabilidad que tiene la Universidad en materia de salud.

Cree que este dictamen no viene a ser otra cosa que un crecimiento más de la Universidad en esa búsqueda de respuestas integrales, oportunas y aquí, concretamente, en lo que es relativo a la salud y en especial a la salud ocupacional.

Pero también desea referirse al acuerdo que toma este Consejo en el 2003, que no

puede dejar de verse respecto de este otro y que se contraponen. Hay que recordar que para que se produzca un acuerdo si hay algo urgente, debe procederse a derogar el anterior, cosa que en este caso no existe. El acuerdo que aprobó el Consejo en el 2003, en lo que al Consejo le interesa, lo primero fue dar por recibido el SAIS. Segundo, hay que recordar el transitorio del Reglamento General de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil que decía que las oficinas de salud estarían dirigidas exclusivamente a la formación y educación para la salud de la población estudiantil universitaria, las cuales estarán a cargo de la Oficina de Bienestar y Salud. Hubo, por tanto, una dirección y de ahí una gran especificidad.

En aquel momento, el Consejo Universitario aprobó el acuerda 5 en la siguiente

forma: Solicitar a la Administración Activa que realice las acciones necesarias para que: a. Presente en un plan de tres meses, a partir de la aprobación de este acuerdo, una propuesta sobre un nuevo modelo de justificación presupuestaria, para la Oficina de Bienestar y Salud, que tome en cuenta que el Sistema de Atención Integral de la Salud cubre a toda la comunidad universitaria y no solo a estudiantes. Desea recordar que en aquel momento les hicieron una solicitud presupuestaria

que les produjo una serie de reflexiones. Eran dos tiempos completos de profesional para fraccionar y distribuir en distintos momentos entre médicos y enfermeras. Dos y medio tiempos profesional para fraccionar y distribuir entre enfermeras, nutricionistas, etc. Y algo más. Todo lo demás eran servicios no personales y materiales, suministros, maquinaria y equipo. Lo demás no estaba cuantificado. De ahí que se solicita contextualizar eso dentro del presupuesto de la Institución.

Luego viene el otro acuerda en ese sentido. b. El Sistema de Educación Integral de Salud cuenta para su implementación con los recursos necesarios en las diferentes etapas de desarrollo. Esto es importante verlo.

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c. La Oficina de Bienestar y Salud cuente con los recursos humanos, físicos y financiero que garanticen incorporación plena al Sistema de Atención Integral en Salud en lo referente a Salud Ocupacional. El acuerdo 6 –son acuerdos vigentes-, dice: Solicitar a la Oficina de Bienestar y Salud que: a. En la implementación del Sistema de Atención Integral de Salud para la comunidad

universitaria, garantice la incorporación plena de lo referente a salud ocupacional.

b. Presente un informe anual a la Administración con copia al Consejo Universitario sobre los avances del sistema, etc.

Con lo anterior, quiere señalar que el Consejo aprobó un lineamiento y que no lo ha

derogado. Entonces, de alguna manera tienen que armonizarlo porque si hay algo que está aprobado tendrían que derogarlo.

Señala un asunto de visión, el considerando 20 de la propuesta lo hace sentir mal,

dice: El Reglamento sobre las Oficinas o Departamentos de Salud Ocupacional determina que toda empresa que ocupe permanentemente más de cincuenta de trabajadores, (…) Lo hace sentirse mal porque la Universidad de Costa Rica no es empresa. Diría que

si bien el Reglamento la Institución asume en el marco de su autonomía, lo hace como institución académica, no como empresa.

Por otra parte, quisiera que reflexionaran en relación con las implicaciones de cada

uno de los centros de trabajo y estudio, cuántos hay, y luego la viabilidad. Eso tienen que verlo. Tal vez puedan hacerlo en forma dosificada para que sea manejable. Trabajar de lo macro hacia lo micro, la Ciudad Universitaria y las Sedes y luego pueden bajar a Facultades, para ir atendiendo a toda la comunidad en su gran complejidad, de tal modo que resulte realizable.

En la página 110, los considerandos A. 12 y A.13. El A.12 lo entiende, pero le

preocupa porque dice: La Universidad debe establecer la salud ocupacional como un requisito indispensable en los planes de estudio e incorporarla en todas las otras actividades académicas que se relacionen con los estudiantes y las estudiantes de la Universidad de Costa Rica. Tal como lo siente, es como una materia más, o algo así que se incorpora en los

planes de estudio. Si lo entiende en el A. 13, le parece muy bien empleada esa metáfora de que La Universidad debe propiciar “un corredor curricular” que integre espacios de acción multi, inter y transdisciplinarios en salud ocupacional, entre las distintas carreras que imparte la Institución.

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Es decir, algo así como que se ha definido una universidad humanista. Esa universidad humanista la van a tener no solo como misión, sino como visión. En ese contexto, cree que podrían repensarlo.

Hay otro aspecto, en la página 114, el consejo asesor en salud ocupacional estaría

integrado por quince personas. Habría que valorar la operacionalidad, la funcionalidad, por el número tan grande. Pero si hubiera otras experiencias en ese sentido que les prueban que eso funciona, pues bien. Lo que interesa es que funcione.

Considera que el Consejo debe pensar y dejar esa práctica de que nadie mueve un

dedo si no se valora en la carga académica y en el trabajo. Se refiere al punto 4 de la página 115 que dice:

4) Los Comités de Salud Ocupacional de cada centro de trabajo o de estudio: (…) Como

parte integral del Programa, la comunidad universitaria participará por medio de grupos organizados, debidamente constituidos y validados en las unidades académicas y administrativas, esto es, con reconocimiento institucional del tiempo docente, administrativo y estudiantil necesario para participar en los Comités.

Cree que eso lo tienen que ver con mucho cuidado porque muchas veces se crean

instancias cuyo trabajo algunas veces es ad hoc, es muy específico, para lo cual se dan cargas grandes.

En cuanto al formato, el acuerdo 1, hay que recordar que es acuerda. Y en la

medida de lo posible si se está pensando como una oficina aparte, entonces el acuerda 1 debería ser un transitorio.

Y una reflexión respecto de lo que plantea don Wálter González. Él tiene entendido,

aunque no es su campo, que una de las incidencias más altas de muerte es el cáncer gástrico. Primero están los problemas cardíacos, presión alta y luego el cáncer. Lo que quiere señalar es hasta dónde, lo que señala don Wálter González, es un problema de una sociedad, no de una instancia específica. Cree que en eso tienen que ser un poco cuidadosos; es decir, hasta dónde es en una instancia específica y no más bien algo más complejo.

LA M.Sc. MARGARITA MESEGUER coincide con algunas de las ideas expresadas.

Desea destacar el esfuerzo de la Comisión, especialmente de la señora Directora, que se ha mantenido coordinando esa Comisión. Esto hay que destacarlo porque sabe que no es fácil estar dirigiendo este Órgano y coordinando una Comisión que ha hecho tanto trabajo y ha dedicado tanto tiempo en reuniones. Desea destacar la visión de Universidad que está presente en la propuesta, independientemente de la posición geográfica cree que ha manejado un lenguaje y un deseo de que se ejecute; coincide con lo que en las Sedes Regionales quieren que se les perciba. En ese sentido, está muy bien tratada esa parte. Indudablemente, la escogencia de los miembros de la Comisión Especial ha influido positivamente en los resultados, no solo en este punto.

Le parece que uno de los aspectos más valiosos de la iniciativa es la integración de

esfuerzos aislados en el campo de la salud ocupacional que, además, tiene la particularidad de que no solo se queda en las orientaciones y en los principios, sino que ha dado base para la operacionalización. Ha logrado un aterrizaje la propuesta.

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En cuanto a que tengan que discutirlo, que les parece que debe haber una etapa previa a contar con una nueva oficina, le parece que deben darse el espacio. Ella también ve este esfuerzo en primera instancia en el espacio de la Oficina de Bienestar y Salud. Sin embargo, no descarta que pueda ir evolucionando después hacia algo más o que se le puedan dar más argumentos que la convenzan de esa necesidad de crear una instancia aparte, una nueva oficina.

Tiene otras observaciones de forma que se las va a indicar a la señora Directora,

pero esas son en términos generales sus observaciones. EL DR. MANUEL ZELEDÓN felicita a la Comisión y les agradece el trabajo tan

amplio y detallado que les prepararon. Comparte la opinión de algunos compañeros en el sentido de que esta nueva instancia debe formar parte de la Oficina de Bienestar y Salud de la Universidad. Son instancias que deben compartir recursos. En esta nueva instancia se va a utilizar más lo que es prevención y ya existe una que es el tratamiento. No deben olvidar que muchos casos cuando se presenta la enfermedad, originada en algún asunto ocupacional, o una lesión, el asunto se debe canalizar por medio del Instituto Nacional de Seguros, en sus clínicas especializadas. No tienen por qué pensar que todo lo que tiene que ver con salud ocupacional lo tiene que ver la Oficina de Salud de la Universidad, eso sería equivocado. Sí, en cuanto a lo que son esfuerzos de prevención, de educación, etc. Le parece que esa es la mejor organización.

Sin embargo, le preocupa la línea de pensamiento que les presentó don Wálter

González. Ese discurso o esa línea de pensamiento haría que todos los que voten en contra de la propuesta, que don Wálter González favorece, se sientan muy cerca de ser asesinos o muy irresponsables porque estarían promoviendo la enfermedad o la muerte de los compañeros. Le dice a don Wálter González que comparte la intención de buscar la forma de atender esta problemática, el objetivo es el mismo, la forma de alcanzarlo sería distinta. Está de acuerdo en que se haga algo lo más pronto posible, en el sentido de que se mejore lo que se está haciendo, pero no tienen que ignorar que hay un programa, ya hay actividades que la Universidad ha venido realizando. Pueden estar de acuerdo en que hay que mejorarla sustancialmente, que quizás en este momento ya no satisface lo que se ha estado haciendo. Pero, por favor, hay que tener mucho cuidado incluso hasta por las implicaciones que esto podría tener. Una cosa es tener la hipótesis de que una situación de trabajo, de estrés, de hacinamiento, podría tener una relación con alguna enfermedad, pero de ahí pasar casi a afirmar que esa es la causa, perdón, pero es un juicio equivocado y hasta comprometedor para la Universidad de Costa Rica.

Agrega el Dr. Zeledón que es un campo muy complicado, y él no tiene el menor

conocimiento para poder opinar al respecto, pero sí entiende lo suficiente como para darse cuenta de que no se pueden hacer conexiones fáciles y que por tener una oficina cuatro o cinco casos ya significa que la causa es conocida y se puede afirmar que el asunto no tiene otro origen más que ese. Eso queda para los expertos, para la gente que realmente pueda entender el asunto con propiedad.

Lo que al Consejo Universitario le compete, es dar ese salto en el futuro; tienen una

organización que atiende esa problemática en la Universidad. Le parece que ya están convencidos de que llegó el momento de superar, de hacer algo de mayor envergadura, pero hay diferentes maneras de hacerlo. Se une al grupo de compañeros y compañeras que han expresado que esto debe ser parte de la Oficina de Bienestar y Salud.

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La Licda. Marta Bustamante buscaba en el documento una definición de salud ocupacional y cree que lo más cercano está en los lineamientos generales en el punto A.3 que dice:

La Universidad de Costa Rica debe adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la salud de la comunidad universitaria en el desempeño de sus actividades.

Eso para él es una buena definición de salud ocupacional y la función de la Universidad. El único elemento que no le gusta, en esa casi definición, es el término garantizar, porque no es posible, no está dentro de los alcances. Podría ponerse en lugar de garantizar, la palabra promover, en cuyo caso se leería:

La Universidad de Costa Rica debe adoptar las medidas necesarias para promover la seguridad y la salud de la comunidad universitaria en el desempeño de sus actividades.

Tienen que tener cuidado para no comprometer, sin querer, a la Universidad en cuanto a garantizar algo que no puede, que no está a su alcance. Los accidentes laborales siempre van a existir, por más cuidados que existan, por más oficinas que creen. Las contaminaciones existen, a veces pasan inadvertidas por años hasta que se descubre que tal cosa tenía un componente dañino. No se le puede pedir a una institución que garantice la seguridad en ese sentido porque está fuera de su alcance. Dentro de los lineamientos generales el A.8, en la página 10, también hay un elemento que le preocupa y cree que a la Comisión se le puede haber escapado. Dice:

A.8. La Institución debe garantizar una evaluación permanente de sus unidades

infraestructurales para definir si se incluyen en la categoría que se ha denominado del “Edificio enfermo”, (…)

Esa definición da la idea de que existe la posibilidad de que todo esté mal. LA M.Sc. JOLLYANNA MALAVASI aclara que se trata de algo técnico, en el

dictamen se indica que se entiende por edificio enfermo. EL DR. MANUAL ZELEDÓN continúa diciendo que eso él lo entiende, incluso ella

se los explicó, pero lo que corresponde es que la Institución garantice una evaluación permanente de sus unidades estructurales para definir cuáles califican la categoría. Porque presuponer que una de las posibilidades es que todos estén enfermos, piensa que se les fue la mano. Deben modificarlo en el sentido de que debe haber un esfuerzo continuo para determinar si hay algún edificio que califica y someterlo a ese proceso de mejoramiento, de corrección, etc. No pueden partir de la posibilidad de que todo esté malo porque estarían sugiriendo un caos que no existe. Entre los lineamientos específicos, página 113, primer párrafo, dice: Este Programa deberá fomentar la formulación, la ejecución y la evaluación de acciones y

proyectos institucionales en prevención, promoción y servicios en salud ocupacional y deberá planificar y garantizar la asignación presupuestaria necesaria para su sostenibilidad, (…)

Es otro ejemplo de cosas que se le escaparon a la Comisión. Este nuevo programa no puede garantizar la asignación presupuestaria, eso no les corresponde a ellos. Le corresponde presentar las solicitudes de suficiente presupuesto que permita la

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realización de las funciones. La garantía de ese presupuesto no se le puede atribuir a ese programa. Independientemente de la ruta que siga, el cuestionamiento principal que ha sido crearla como una oficina independiente o una sección de la Oficina de Bienestar y Salud, en la página 116 que corresponde a los lineamientos específicos, segundo párrafo, dice:

Se libera de la parte operativa en salud ocupacional a la Oficina de Bienestar y Salud, dada la complejidad de la materia en la Institución, asignándole esas labores a la nueva Oficina de Salud Ocupacional, (…)

En el caso de que la propuesta que hace la Comisión Especial prevaleciera, él pediría que tomen en cuenta que ese traspaso inmediato, de un momento a otro, sería muy peligroso y podría provocar, sin quererlo, que por algún período, mientras la nueva oficina se organiza, los programas de salud ocupacional queden en el aire y no se atienda la problemática. Debería entonces existir una etapa de transición muy bien prevista, no pueden asumir que se le releva de obligaciones a una oficina y se le pasan a otra con horas o un día de existencia. Eso no puede ser así, tiene que haber una etapa de transición debidamente planificada, en la cual la Rectoría tendría que jugar posiblemente un papel importante para determinar cuándo esa transición termina y cuándo se releva a la vieja instancia de la obligación. Eso, en caso de que prosperara la propuesta, pero en el caso de una modificación, como la que se ha venido sugiriendo, también se debe tomar en cuenta esa transición. No es posible que las instancias que existen de un momento a otro pasen las funciones a una nueva oficina y crean ilusamente que eso va a funcionar bien desde el primer día. Entre los acuerdos que están en la página 17, el 7, contiene también un elemento que le preocupa: (…), de conformidad con lo establecido en la Convención Colectiva de Trabajo de la

Universidad de Costa Rica y en el Lineamiento específico 1.B. en materia de salud ocupacional; que en un plazo de seis meses, comunique a la Rectoría y al Consejo Universitario, lo relativo a la integración de estas instancias.

Esa mención ahí del Consejo Universitario no le parece conveniente porque significa involucrarse en la implementación de todo ese proceso. El Consejo Universitario no está para eso, sino para legislar, tomar acuerdos de aplicación que le competen a la Administración. Sí pueden pedir informes anuales, semestrales, como quieran, pero no de los pasos individuales que se vayan cumpliendo. Para eso está la Administración que debe velar porque todo se vaya cumpliendo. Solo le resta reiterar lo que mencionó el Dr. Víctor M. Sánchez, en cuanto a la idea de reconocer tiempo docente, administrativo y estudiantil. Le choca o no comprende la propuesta de reconocer tiempo estudiantil. Existen mecanismos internos para reconocer tiempo docente, se podría pedir con toda legitimidad que en el plan de trabajo se le asigne un octavo o tantas horas, etc., para participar en los grupos asesores. Igual, el administrativo al que se le daría permiso para que asista y participe en esas funciones, pero a nivel estudiantil qué fue lo que pensó la Comisión al indicar reconocimiento institucional del tiempo estudiantil. No sabe y espera que no estén pensando en horas asistente o estudiante mediante las que el estudiante realiza un trabajo y la Universidad le paga. Él no vería esa participación como un trabajo, por lo menos inicialmente no lo ve así, lo ve como una instancia universitaria, en la cual los estudiantes participan como

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parte de su proceso de aprendizaje, de formación. Si eso prosperara, se verían como Institución en la necesidad de reconocer este mismo pago por ese tiempo estudiantil en muchas otras instancias en las que participan los estudiantes y que hoy en día, obviamente, no se ha considerado necesario un mecanismo para reconocer el tiempo que aportan los estudiantes en esas temáticas.

LA M.Sc. JOLLYANNA MALAVASI da lectura a una moción de orden que presenta don Alfonso Salazar, la cual dice:

Que se suspenda el debate a la 1 de la tarde y continuarlo en otra sesión, dada la importancia del tema. Agrega que, por supuesto, tendrían que continuar en otra sesión porque esta discusión

no ha finalizado. Pide el favor –y es sugerencia también de don Alfonso Salazar, muy acertada-, que la Coordinadora de la Comisión Especial trabaje con cada uno entre esta sesión y la siguiente, en la cual se continuará analizando el dictamen, para buscar un planteamiento de consenso, constructivo, de tal forma que la próxima vez tengan un documento que comprenda todo lo que aquí se ha discutido. Ha prevalecido la opinión de que la Oficina de Bienestar y Salud esté más relacionada con este proyecto.

En el receso consultó al jefe de la Oficina de Salud quien de nuevo expresó que es una

oportunidad muy valiosa para que dicha oficina replantee sus fines, propósitos y la dependencia versus Vicerrectoría o Vicerrectorías. La propuesta le pareció en extremo valiosa y solicitó que esa instancia sea muy especializada, bien estructurada, para las funciones no recaigan sobre las personas que ya están laborando con otros fines en la oficina.

Agrega que este trabajo por realizar entre esta sesión y la próxima es importante porque

también pueden trabajar con la Oficina de Bienestar y Salud para afinar el planteamiento directo, dado que muy probablemente va a significar una modificación al Estatuto Orgánico.

LA M.Sc. JOLLYANNA MALAVASI somete a votación la moción de don Alfonso Salazar

para suspender el debate y continuarlo en otra sesión, y se obtiene el siguiente resultado: VOTAN A FAVOR: Dr. Víctor Sánchez, M.Sc. Margarita Meseguer, M.Sc. Alfonso

Salazar, Licda. Marta Bustamante, Srta. Jéssica Barquero, Sr. Alexánder Franck, Licda. Ernestina Aguirre, MBA. Wálter González, Dr. Manuel Zeledón, Dra. Montserrat Sagot, Dra. Yamileth González y M.Sc. Jollyanna Malavasi.

A FAVOR: Once votos VOTAN EN CONTRA: Licda. Ernestina Aguirre EN CONTRA: Un voto Inmediatamente, somete a votación declarar el acuerdo firme, y se obtiene el

siguiente resultado: VOTAN A FAVOR: Dr. Víctor Sánchez, M.Sc. Margarita Meseguer, M.Sc. Alfonso

Salazar, Licda. Marta Bustamante, la Srta. Jessica Barquero, el Sr. Alexánder Franck, MBA. Wálter González, Dr. Manuel Zeledón, Dra. Montserrat Sagot, Dra. Yamileth González y M.Sc. Jollyanna Malavasi.

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TOTAL: Once votos VOTAN EN CONTRA: Licda. Ernestina Aguirre TOTAL: Un voto Por lo tanto, el Consejo Universitario ACUERDA suspender el debate a las

trece horas, para continuar en otra sesión, dada la importancia del tema. ACUERDO FIRME.

A las trece horas y dos minutos se levanta la sesión.

M.Sc. Jollyanna Malavasi Gil Directora

Consejo Universitario

NOTA: Todos los documentos de esta acta se encuentran en los archivos del Centro de Información y Servicios

Técnicos, (CIST), del Consejo Universitario, donde pueden ser consultados.