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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito Metropolitano de Quito” Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de: ABOGADA López Ibáñez Gabriela Jacqueline TUTOR: Dr. MSc. Diego Renato Galárraga Carvajal Quito, mayo 2016

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CIENCIAS POLÍTICAS Y

SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

“Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como

Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

Metropolitano de Quito”

Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de:

ABOGADA

López Ibáñez Gabriela Jacqueline

TUTOR: Dr. MSc. Diego Renato Galárraga Carvajal

Quito, mayo 2016

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ii

DEDICATORIA

Este trabajo se lo dedico con mucho amor a mis padres Luis Efrén López

Lama y Zoila Margarita Ibáñez Salvatierra, quienes me brindaron todo su apoyo

incondicional, y a mi abuelita María Adedicacion Salvatierra Ibáñez, es mi ángel de

la guarda, su apoyo fue muy importante para mí.

GABRIELA LÓPEZ

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iii

AGRADECIMIENTO

Agradezco de todo corazón a mi ilustre y querida Universidad Central del Ecuador,

quien me formo como persona y a su vez como profesional, a mis queridos doctores, quienes

con su conocimiento hicieron que mi pasión por ser abogada creciera más, y sin dejar a un

lado a mi Dra. Msc María Augusto Buitrón Donoso, misma que fue mi pionera para culminar

mi Proyecto de Investigación, aparte de ser una gran doctora es una gran amiga, apoyando a

sus estudiantes a formarse como buenos profesionales, y a mi distinguido Tutor del Proyecto

el Doctor Diego Galarraga Torres quien acepto este reto conmigo el culminar mi Proyecto,

estoy muy agradecida ya que de su mano pude camine hacia mi meta, mi objetivo de terminar

mi trabajo, a todos ellos muchas gracias por su apoyo incondicional, Dios los bendiga.

GABRIELA LÓPEZ

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iv

DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD

Quito, 22 de marzo del 2016

Yo, Gabriela Jacqueline López Ibáñez, autora de la investigación, con cedula de ciudadanía

N° 171699915-4, libre y voluntariamente DECLARO, que el trabajo de Grado titulado:

“LOS DELITOS AMBIENTALES SOBRE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA

COMO POLÍTICA PÚBLICA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE EN EL

DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO” Es de mi plena autoría, original y no

constituye plagio u copia alguna, constituyéndose en documento único, como mandan los

principios de la investigación científica, de ser comprobado lo contrario me someto a las

disposiciones legales pertinentes.

Es todo en cuanto puedo decir en honor a la verdad.

Atentamente,

Gabriela Jacqueline López Ibáñez

C.I. 1716999154

Telf:0984235712

Correo: [email protected]

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v

AUTORIZACIÓN DE LA AUTORIA INTELECTUAL

Quito, 22 de marzo del 2016

Yo, Gabriela Jacqueline López Ibáñez, en calidad de autora de la tesis realizada sobre “LOS

DELITOS AMBIENTALES SOBRE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA

COMO POLÍTICA PÚBLICA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE EN EL

DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO”, por la presente autorizo a la

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, hacer uso de todos los contenidos que me

pertenecen a parte de los que contienen esta obra, con fines estrictamente académicos o de

investigación.

Los derechos que como autora me corresponde, con excepción de la presente autorización,

seguirán vigentes a mi favor. De conformidad con lo establecido en los artículos 5, 6, 8; 19 y

demás de la ley de Propiedad Intelectual y su Reglamento.

GABRIELA LOPEZ

1716999154

Telf: 0984235712 Correo: [email protected]

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vi

APROBACIÓN DEL TUTOR

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vii

APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO

Los miembros del Tribunal de Grado aprueban el trabajo de investigación titulado:

“Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política

Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito Metropolitano de Quito”; de

acuerdo con las disposiciones reglamentarias emitidas por la carrera de Derecho de la

Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Central

del Ecuador para título de Pregrado.

Quito, Marzo de 2016

Para constancia firman:

TRIBUNAL DE GRADO

F/……………………..……

N

F……..……………… F…...………………

N N

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viii

ÍNDICE DE CONTENIDOS

DEDICATORIA ................................................................................................ ii

AGRADECIMIENTO ...................................................................................... iii

DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD ...................................................... iv

AUTORIZACIÓN DE LA AUTORIA INTELECTUAL ................................. v

APROBACIÓN DEL TUTOR ......................................................................... vi

APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO ........................................... vii

ÍNDICE DE CONTENIDOS ......................................................................... viii

ÍNDICE DE GRÁFICOS ................................................................................ xii

ÍNDICE DE CUADROS ................................................................................ xiii

RESUMEN ..................................................................................................... xiv

ABSTRACT .................................................................................................... xv

INTRODUCCION ............................................................................................ 1

CAPITULO I ..................................................................................................... 3

1. EL PROBLEMA ........................................................................................ 3

1.1 Planteamiento del Problema ................................................................ 3

1.2 Formulación del Problema ................................................................... 5

1.3 Preguntas Directrices ........................................................................... 5

1.4 Objetivos .............................................................................................. 6

1.4.1 Objetivo General .......................................................................... 6

1.4.2 Objetivos Específicos .................................................................... 6

1.5 Justificación del problema ................................................................... 6

CAPITULO II ................................................................................................... 8

2. MARCO TEÓRICO .................................................................................. 8

2.1 Antecedentes ........................................................................................ 8

2.2 Fundamentación Teórica .................................................................... 10

1.1 Delitos ambientales ............................................................................ 10

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ix

1.2 Bienes Jurídicos Ambientales ............................................................ 12

TÍTULO I ........................................................................................................ 15

1. DELITOS CONTRA EL AMBIENTE, TIPIFICADOS EN LA

LEGISLACION ECUATORIANA ......................................................................... 15

1.1 Delitos ambientales ........................................................................ 15

1.2 Bien Jurídico Ambiental ................................................................ 16

1.3 Elementos constitutivos de los delitos ambientales (Gudynas, 2011)

....................................................................................................... 17

1.4 Sujeto activo y sujeto pasivo de la infracción en materia ambiental.

....................................................................................................... 18

1.4.1 Sujeto activo .............................................................................. 19

1.4.2 Sujeto pasivo ............................................................................. 19

1.5 Clases de delitos ambientales ........................................................ 20

1.5.1 Violación de los derechos de la naturaleza ............................... 20

1.5.2 Delitos contra los ecosistemas ................................................... 21

1.5.3 Delitos contra la flora y fauna silvestre ..................................... 22

TÍTULO II ....................................................................................................... 25

2. VULNERACION DE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA .... 25

2.1 Definición de Derechos de la Naturaleza ...................................... 25

2.2 La naturaleza como sujeto de derecho ........................................... 28

2.3 Fundamentos del derecho de la naturaleza .................................... 32

2.3.1 Visión antropocéntrica .............................................................. 33

2.3.2 Visión Biocéntrica ..................................................................... 36

2.4 Principales formas de vulneración de los derechos de la naturaleza.

....................................................................................................... 37

TITULO III ..................................................................................................... 38

3. POLITICAS PÚBLICAS Y AMBIENTALES POR PARTE DEL

MINISTERIO DEL AMBIENTE............................................................................ 38

3.1 Definición de política pública ........................................................ 38

3.2 Competencias en la creación y aplicación de políticas públicas ... 39

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x

3.3 Ministerio del ambiente ................................................................. 42

3.3.1 Políticas del ministerio del ambiente ........................................ 44

3.4 Plan Nacional de Desarrollo .............................................................. 48

3.5. Participación Ciudadana en los Derechos de la Naturaleza .............. 50

2.3 Idea a Defender .................................................................................. 51

2.4 Caracterización de las Variables ........................................................ 52

2.4.1 Variable Independiente ............................................................... 52

2.4.2 Variable Dependiente .................................................................. 52

2.5 Definición de Términos Básicos ........................................................ 52

CAPITULO III ................................................................................................ 54

3. METODOLOGÍA .................................................................................... 54

3.1 Determinación de los métodos a utilizar ............................................ 54

3.2 Diseño de la Investigación ................................................................. 55

3.3 Operalización de las Variables ........................................................... 56

3.3.1 Matriz de las Variables ................................................................ 56

3.4.1 Población ..................................................................................... 57

3.4.2 Muestra ........................................................................................ 58

3.5 Técnicas e Instrumentos de la Investigación ..................................... 59

3.5.1Técnicas De Investigación ........................................................... 59

3.5.2 Instrumentos de la Investigación ........................................................ 59

3.6 Validez y Confiabilidad de los Instrumentos ........................................ 60

3.7 Técnicas de Procesamiento ................................................................ 61

3. 7.1Análisis de Datos ................................................................................ 61

CAPITULO IV ................................................................................................ 62

4. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS ....................... 62

4.1 Formulario N° 1 ................................................................................. 62

CAPITULO V ................................................................................................. 75

5.2 Conclusiones .......................................................................................... 75

5.2 Recomendaciones .................................................................................. 76

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xi

CAPITULO VI ................................................................................................ 78

6.1. PROPUESTA ....................................................................................... 78

6.1 Datos Informativos ............................................................................. 78

6.1.1.- Localización .............................................................................. 78

6.1.2.- Beneficiarios ............................................................................. 78

6.2 Antecedentes de la Propuesta ............................................................. 79

6.3 Justificación ....................................................................................... 80

6.5 Desarrollo de la Propuesta ................................................................. 82

6.5.1. Planificación de Actividades ...................................................... 84

6.5.2 Presupuesto y Financiamiento ........................................................ 85

Recursos Financieros ............................................................................... 85

BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................. 87

ANEXOS ......................................................................................................... 90

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xii

ÍNDICE DE GRÁFICOS

Gráfico 1 – Pregunta 1 ............................................................................................... 65

Gráfico 2 – Pregunta 2 ............................................................................................... 66

Gráfico 3 – Pregunta 3 ............................................................................................... 67

Gráfico 4- Pregunta 4 ................................................................................................. 68

Gráfico 5 – Pregunta 5 ............................................................................................... 70

Gráfico 6 – Pregunta 6 ............................................................................................... 71

Gráfico 7 – Pregunta 7 ............................................................................................... 72

Gráfico 8 – Pregunta 8 ............................................................................................... 73

Gráfico 9 – Pregunta 9 ............................................................................................... 74

Gráfico 10 – Pregunta 10 ........................................................................................... 75

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xiii

ÍNDICE DE CUADROS

Cuadro 1 – Matriz Variable Dependiente .................................................................. 56

Cuadro 2 – Población ................................................................................................. 57

Cuadro 2 – Pregunta 1 ................................................................................................ 65

Cuadro 3 – Pregunta 2 ................................................................................................ 66

Cuadro 4 – Pregunta 3 ................................................................................................ 67

Cuadro 5- Pregunta 4 ................................................................................................. 68

Cuadro 6- Pregunta 5 ................................................................................................. 69

Cuadro 7 – Pregunta 6 ................................................................................................ 70

Cuadro 8 – Pregunta 7 ................................................................................................ 71

Cuadro 9 – Pregunta 8 ................................................................................................ 72

Cuadro 10 – Pregunta 9 .............................................................................................. 73

Cuadro 11 – Pregunta 10 ............................................................................................ 74

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xiv

TEMA: “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política

Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito Metropolitano de Quito”

Autora: Gabriela Jacqueline López Ibáñez

Tutor: Dr. MSc. Diego Renato Galárraga Carvajal

RESUMEN

En la actualidad el planeta está cursando por un calentamiento global significativo,

mismo que produce serios cambios al planeta, Ecuador siendo un país muy pequeño

siente los efectos del calentamiento global, es así que la naturaleza es la más afectada,

con la presencia de la ciencia, tecnología y metalurgia todo lo que uno vez se

consideraba como natural ahora ya es reemplazado por lo artificial, las cosas ya son

más fáciles, más simples y no complicadas como antes, pero no nos damos cuenta

que la madre naturaleza con el pasar de los años se está despertando y es ahora

cuando reclama el ser humano por ayuda, sin embargo no nos damos cuenta que no

cuidamos los ciclos de vida de la naturaleza, vivimos con el esperanza de que

tendremos un mañana más tranquilo y no lleno de caes, como ciudadanos debemos

preservar a la naturaleza, ciudad nuestro entorno, es ahí cuando debemos entender

como sociedad que no solo la Pachamama se extingue, también nosotros lo hacemos,

porque no siempre lo que es producto del hombre permanecerá, al contrario el ser

humano se extingue por obra propia, tenemos el derecho como personas a vivir en un

ambiente sano, libre de contaminación, pero es lo que la naturaleza nos brinda,

lamentablemente el ser humano es el principal destructor de la naturaleza, tenemos

tanto porque vivir y poco que lo cuidamos, es así que existen campañas de prevención

y protección al medio ambiente emitidas por el Ministerio del Ambiente, mismas que

garantizan la subsistencia de la naturaleza sobre el ser humano.

PALABRAS CLAVES: SALUD / CONTAMINACIÓN / VIDA SANA /

PACHAMAMA / CIENCIA / MEDIO AMBIENTE.

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xv

TITLE: "Environmental Crimes on the Rights of Nature as a Public Policy of the Ministry of

Environment in Metropolitan District of Quito"

Autora: Gabriela Jacqueline López Ibáñez

Tutor: Dr. MSc. Diego Renato Galárraga Carvajal

ABSTRACT

Today the planet is passfor a significant global warming, it produced serious changes to the

planet, Ecuador being a very small country feels the effects of global warming is so nature is

the most affected, with the presence of science , technology and metallurgy alones eyes is

regarded as a natural now is replaced by the artificial, things are now easier, simpler and

uncomplicated as before, but we do not realize that Mother Nature wit hover they ear sites

waking up and is now claim shamans for help, however we do not realize we do not care life

cycles of nature, we live with the hope that we will have a more quiet and not crow deed fall

morning, as citizens we must preserve nature, the city of our environment, That's when we

understand as a society that not only the Parham may sexting unshed, we also do, because

there always is the product of man will remain, unlike the human being extinguish shed

brown work, we have the right as individuals to live in a healthy environment, free from

pollution, buttes what nature gives us, unfortunately, the human being is the great est.

destroyer of nature, because we both live and we care little, there is so prevention campaigns

and environmental protection is sued by the Ministry of Environment, which guarantee the

subsist encasement nature on humans.

KEYWORDS: HEALTH / POLLUTION / HEALTHY LIVING / PACHAMAMA /

SCIENCE / ENVIRONMENT.

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1

INTRODUCCION

Cuando se refiere a la tierra, la filosofía andina conoce tres diferentes expresiones: KAY

PACHA cuando se trata de tierra como planeta: ALLPA cuando se trata de tierra como

materia inorgánica; y PACHAMAMA cuando se trata de tierra como base de vida.

El medio ambiente es todo lo que el ser humano está rodeado desde décadas atrás, del

cual hace uso y goce que la misma le proporciona, tal cual como es las plantas para

medicamentos, suelo para su hábitat cotidiana, entre otros; pero a medida que se ha hecho

presente la industria, la tecnología, la ciencia, el propio ser humano se ha convertido en su

principal depredador ya que ahora nada de lo natural hacen uso, sino que aprovechan lo

artificial, he ahí donde se produce la destrucción de la naturaleza.

Con el pasar del tiempo la naturaleza ha sufrido grandes atropellos por parte del ser

humano, es por ende que si no se conserva su vitalidad poco a poco se convertirá en nada, he

aquí donde se promulgan normativas para su mantenimiento, y a su vez se ha generado

sanciones los cuales se encuentran tipificados en el nuevo Código Orgánico Integral Penal.

El Ecuador es pionero y en cierto grado humilde cuando reconoce el carácter

predominante que tiene la naturaleza en nuestra vida. La legislación procesal de la naturaleza

como sujeto de derecho no supone un agravante jurídico fruto de las elucubraciones de una

constituyente apresurada, sino que a su vez refleja un intento mucho más profundo de

plasmar concepciones ideológicas que logren desprenderse del bagaje tan arraigado que tiene

determinadas visones antropocéntrica.

Si el ser humano no se da cuenta a tiempo que está acabando con el ecosistema de la

naturaleza, la misma no podrá subsistir más y por ende terminara antes que las nuevas

generaciones gocen de sus beneficios, pero si la devastación sigue lamentablemente el ser

humano no tendrá medios de subsistencia.

Capítulo I, EL PROBLEMA.- El presente capítulo contiene la formulación y

planteamiento del problema de la investigación, además se establecen las interrogantes que

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2

permitirán encaminar la investigación y delimitarla. Finalmente se señala la importancia del

tema a tratar, así como los objetivos generales y específicos.

Capítulo II, MARCO TEÓRICO.- En este capítulo se abordará los antecedentes de la

investigación del tema, así como los criterios doctrinarios y teóricos realizados por otros

autores, la idea a defender del proyecto, las variables y el esquema demostrativo.

Capítulo III, METODOLOGÍA.- En este capítulo se tratarán los métodos a ser

aplicados en el desarrollo del plan y el proyecto, y de manera general el diseño del mismo; la

población y la muestra que permitirán obtener datos, además se puntualizarán las técnicas e

instrumentos a ser utilizados en el trabajo investigativo, así como su validez y confiabilidad.

Finalmente se determinará la caracterización de la propuesta.

Capítulo IV, ASPECTOS ADMINISTRATIVOS.- En el capítulo cuarto se describen

los recursos humanos, los recursos técnicos y los recursos materiales además de establecer el

cuadro de los recursos financieros o presupuesto del trabajo y el cronograma de actividades.

El presente plan contiene además las referencias bibliográficas utilizadas.

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3

CAPITULO I

1. EL PROBLEMA

1.1 Planteamiento del Problema

La legislación ambiental ecuatoriana ha dispuesto para la protección de los bienes

jurídicos ambientales, la creación de derechos favorables a la naturaleza, los cuales se

encuentran contemplados en la Constitución de la República del Ecuador, dentro del Título

II. “Derechos”; Capítulo VII: “Derechos de la Naturaleza”; los mismos que pueden ser

definidos como un conjunto de proclamaciones otorgados por el Estado, para conservar,

proteger, velar, y salvaguardar a la Naturaleza.

La madre tierra, al ser considerada como “sujeto de derechos”, debe ser protegida de

la explotación de recursos, realizada para satisfacción de las necesidades de los seres

humanos, muchas veces hecha con fines egoístas, pues en la actualidad, gran parte de la

sociedad, han considerado a los bienes naturales, únicamente como bienes de consumo, y no

como elementos sin los cuales no podría desarrollarse la vida en el planeta.

El Estado, como regulador de las relaciones jurídicas, y consiente del valor que tiene

en la actualidad la protección ambiental, ha adquirido dos obligaciones; la primera es el

autodeterminación en respetar los derechos de la naturaleza; y la segunda, incentivar a todas

las y los ciudadanos, a la participación colectiva, en la legitimación de estos derechos; que

puede ser realizada través de los distintos recursos, acciones y medidas, previstas en el

mandato constitucional, para evitar la vulneración de los derechos del medio ambiente,

conforme lo dispone el inciso segundo y tercero del 71 de Constitución de la República:

“Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el

cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se

observaran los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda.

El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan

la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema.”

Page 19: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

4

Por otra parte, cabe señalar que el Estado ecuatoriano, históricamente ha concebido la

protección de los bienes jurídicos ambientales desde una visión antropocéntrica; mediante la

cual, se consideraba al ser humano como centro de las relaciones jurídicas y único “sujeto de

derechos”; por lo cual, todo la responsabilidad de la protección de la naturaleza recaía en el

propio Estado; contrario a esto, se presenta la perspectiva contemplada en el Constitución

promulgada en el año 2008, en la cual, la naturaleza se convierte, por primera ocasión, en un

sujeto de derechos; y consecuentemente, siendo la naturaleza un “ente abstracto”, incapaz por

sí misma de reclamar sus derechos y las vulneraciones a los mismos, se ha concedido la vía

pública, para que cualquier persona, pueda legitimar los derechos de la naturaleza.

El autor Eduardo Gudynas en su ensayo “Los derechos de la Naturaleza y la

construcción de una justicia ambiental y ecológica en Ecuador”, señala la importancia del

reconocimiento de estos derechos en nuestro país en los siguientes términos:

“El reconocimiento de los Derechos de la Naturaleza es seguramente una de las novedades

más impactantes de la ecológica política latinoamericana reciente. Este cambio se concretó en

la nueva Constitución del Ecuador, lo que la ha convertido en un ejemplo a nivel mundial. El

paso que se acaba de dar habrá las puertas a nuevos temas y demandas como encerrando una

serie de desafíos para la política y la gestión ambiental que van desde un nuevo marco para

conceptualizar a la naturaleza como sujeto de derechos, a los cambios que se deberán generar,

poco a poco en las concepciones de justicia”. (Gudynas, 2011, pág. 95)

Como señala el autor, con la promulgación de la nueva Constitución del Ecuador en

Montecristi en el año 2008, se incluyeron normas que sancionan los “actos u omisiones”

realizados por las personas naturales y jurídicas, que vulneren los derechos del medio

ambiente, con el objetivo, de que las personas y comunidades, siendo o no afectadas por tales

acciones, puedan denunciar ante las autoridades estas irregularidades; y, se pueda sancionar

de manera efectiva a los infractores, logrando con esto además la protección de la naturaleza.

Esta tutela se consolidó con la promulgación del nuevo Código Orgánico Integral Penal, el

cual incluye varios tipos penales ambientales dentro de su normativa.

Si bien es cierto la Constitución prevé una serie de derechos y principios ambiental

esa favor de la naturaleza, así como el Código Orgánico Integral Penal tipifica varios delitos

Page 20: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

5

ambientales; en la práctica, estos no son legitimados ni denunciados, pues si bien es cierto el

marco constitucional está realizado bajo una concepción biométrica, el marco normativo y las

políticas públicas siguen realizándose bajo la visión antropocéntrica, de tal forma que, se ha

excluido a las y los ciudadanos de la participación en la gestión ambiental; pues es evidente

el alto grado de desconocimiento que existe entre la población, tanto de los derechos de la

naturaleza, los delitos ambientales, y las medidas y facultades legales para poder ejercer los

reclamos respectivos; lo cual genera, que el Estado, y los propios seres humanos, destruyan y

menos caben el patrimonio natural mediante prácticas extractivitas; con las cuales, la madre

tierra se ve afectada por la sobre explotación y el egoísmo del ser humano por enriquecerse.

Es necesario que el Estado incentive a la participación colectiva de la gestión

ambiental, a través de la promoción de campañas de conocimiento de los derechos de

naturaleza, principios, políticas y delitos ambientales; así como de los mecanismos jurídicos

para legitimar tales derechos y acciones, a fin de que estas puedan ser llevadas a la práctica y

no queden únicamente plasmada en el texto constitucional.

1.2 Formulación del Problema

¿Cómo incide el conocimiento de los delitos ambientales en

relación de los derechos de la naturaleza como política pública del

Ministerio del Ambiente?

1.3 Preguntas Directrices

¿Cómo están tipificados los delitos ambientes en la legislación

ecuatoriana?

¿Porque se vulneran los derechos de la naturaleza en el Distrito

Metropolitano de Quito?

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6

¿Es necesario implementar políticas públicas por parte del Ministerio del

Ambiente, para el conocimiento de ciudadanía del Distrito Metropolitano

de Quito?

1.4 Objetivos

1.4.1 Objetivo General

Determinar la incidencia del conocimiento de los delitos

ambientales en relación de los derechos de la naturaleza como

política pública del Ministerio del Ambiente.

1.4.2 Objetivos Específicos

Señalar cuáles son los delitos en materia ambiental tipificados en

por el Código Orgánico Integral Penal

Conocer si existe vulneración de los derechos de la naturaleza en el

Distrito Metropolitano de Quito?

Proponer los principios de la justicia ambiental ecuatoriana, para la

conservación del medio ambiente en el Ecuador?

1.5 Justificación del problema

Es fundamental investigar este tema ya que concierne al conocimiento de las

sanciones en delitos ambientales, en la legislación penal ecuatoriana se han generado nuevos

artículos para no dejar en la impunidad ciertos delitos que no existían en el antiguo Código

Penal, pero ahora con la conformación del COIP se ha dado mayor atención a estos artículos

tal como son la piromanía, y los delitos contra el medio ambiente, los cuales tienen

sanciones privativas y no privativas de la libertad.

Page 22: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

7

La trascendencia de este tema es vial ya que en la antigüedad no se pretendía dar

importancia al medio ambiente, el ser humano no tiene conciencia de su alrededor está

cubierto de mucha biodiversidad y lo que hace es destruirla, hoy en día ya no se puede hacer

lo mismo ya que todo acto malicioso contra el medio ambiente es sancionado.

Es beneficioso ya que la perspectiva basada en los sistemas, comunidades, pueblos es

especialmente necesaria en países como Ecuador, debido a la alta biodiversidad en sus

ecosistemas andinos y amazónicos.

Es viable ahora ya que se ha propuesto normativas en la legislación ecuatoriana para

combatir el maltrato que sufre el medio ambiente, en la justicia ambiental da un enfoque a lo

que se debe lidiar con los ecosistemas, cuencas y paisajes.

Es de gran interés social, ya que existen criterios si la naturaleza debe ser consideraba

como sujeto de derecho. Ahí es donde entra el dilema de lo natural con lo artificial ya que si

existe cosas de la naturaleza que nosotros nos acogemos para la salud, vivienda, etc. para

contrastar algunos criterios se ha dejado en tela de duda si se puede dar derecho y

obligaciones a la naturaleza, pero no nos damos cuenta que ella nos proporciona todo lo que

hoy en día tenemos.

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8

CAPITULO II

2. MARCO TEÓRICO

2.1 Antecedentes

La presente investigación ha sido estudiada y analizada por otras personas las

cuales mencionare a continuación:

El autor Raúl Llasag Fernández, en el año 2011realizó su ensayo “Derechos de la

Naturaleza: una mirada desde la filosofía indígena y la Constitución” publicado en el libro

recopilatorio “Los derechos de la naturaleza y la naturaleza de los derechos”, en el cual se

aborda la concepción de los derechos de la naturaleza desde la perspectiva indígena y su

aplicación en el actual marco constitucional; el referido autor señala:

“Los derechos de la naturaleza o Pachamama, como lo denomina la Constitución ecuatoriana,

pueden ser vistos desde varias visiones. Hay un sector que sostiene que únicamente las

personas individuales tienen el carácter de sujeto de derecho por tanto se negaría toda

posibilidad de reconocimiento de derechos a la naturaleza. Otro sector, en cambio, sustenta

que la naturaleza siempre fue sujeto de derecho y recuerda que en alguna época se castigaba a

las plantas, a las piedras y a los animales. Una tercera posición sostiene que el ser humano no

es simplemente una construcción antropocéntrica y socia, sino que además tiene una base

material que viene dada por la naturaleza por tanto el ser humano no es ajeno a la naturaleza y

en esa dimensión se debe reconocer los derechos a la naturaleza.

En consecuencia, desde esta concepción la naturaleza es un objeto de explotación ilimitada y

de manipulación tecnológica, genética e informática todo es cuantificable y monitorizarle,

todo en la ideología neoliberal,” (Llasag, 2011, pág. 75).

Como señalada el autor, existen muchos criterios sobre los derechos de la naturaleza,

pero existe un pequeño bosquejo de cómo entender desde la filosofía andina que tiene íntima

relación con el Sumak Kawsay, que de alguna manera propone redescubrir los caminos de la

plurinacionalidad e interculturalidad.

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9

En el año 2012, aspirante Santiago Espinoza Chiriboga, realizó su trabajo de

investigación para la obtención del título de abogado con el tema “Mecanismo de protección

de los derechos de la naturaleza” en la Universidad Internacional del Ecuador, según el autor.

“La historia del ser humano en su íntima relación con la naturaleza, tratando de establecer

desde cuándo, cómo y por qué de la actual devastación del medio ambiente en base a una

división histórica de las etapas de la humanidad, desde la prehistoria hasta nuestros días y de

cómo esta relación ha ido evolucionando a través de las diversas épocas de la historia de la

humanidad.” (Chiriboga, 2012)

En la actualidad el ser humano ha pasado por una serie de cambios y con el medio

ambiente ha tenido una serie de transformaciones impresionantes, por lo cual el ser humano

ha provechado todo lo que se ha generado para su beneficio, pero sin darse cuenta que esta

manera de enriquecerse está afectando a la conservación del medio ambiente.

Según el autor Mario Melo en su ensayo “De Montecristi a Cochabamba, los

derechos de la madre tierra en debate”

“La constitución ecuatoriana reconoce a la Naturaleza como un conjunto de derechos,

además que para la aplicación e interpretación de los derechos reconocidos a la naturaleza, se

deberá observar, en lo que proceda, los principios en ella establecidos, contemplados en el

artículo 71.” (Melo, 2011, pág. 129).

La madre tierra comprende mucha flora y fauna del que el ser humano saca provecho

para satisfacer sus necesidades, la misma que está rodeada de un conjunto de vegetación en

su medio ambiente, pero con el paso de los años el mismo ser humano es el principal

destructor del medio ambiente por el mal uso que le da a lo que la madre tierra le

proporciona.

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10

2.2 Fundamentación Teórica

1.1 Delitos ambientales

El Código Orgánico Integral Penal, que fue publicado en el Suplemento del Registro

Oficial N° 180 de 12 de mayo de 2015, en el cual se tipificó los delitos contra el medio

ambiente y las contravenciones ambientales, y se establecen las respectivas sanciones que

traen consigo cada delito, es por ende que la Pachamama, denominación en lengua quechua,

determina su presencia como sujeto de derecho ante la sociedad.

La Constitución es un instrumento jurídico que garantiza derechos, pero en el caso de

los derechos de la Naturaleza no se establecen garantías que permita tipificar delitos, cuando

las acciones y omisiones afecten a la naturaleza.

En este nuevo cuerpo normativo no existe el delito de destrucción como se

determinaba en el Código Penal de 1974, es por ende que se ve vulnerable la tala de árboles,

el cual no está tipificado en el antes mencionado cuerpo legal.

En cuanto a la doctrina, se pude decir que lo que antes se conocía como delitos

ecológicos, y ahora en contra la naturaleza, se afecta los bienes jurídicos ambientales, pero a

medida que se ve la destrucción, el único infractor es al ser humano, ya que por medio de la

utilización de tecnología y algunos instrumentos más; se ha provocado la destrucción del

medio ambiente.

Los delitos ambientales no siempre estuvieron presentes en la sociedad, por lo que en

el siglo XVIII cuando se dio la Revolución Industrial todo comenzó a cambiar, ya el ser

humano era dependiente de la ciencia, tecnológica y no le dio importancia al cuidado de la

naturaleza.

Según Paz María de la Cuesta en el año de 1999, hace mención que en los años 90 en

Hispanoamérica, cuando se empieza hablar de cambios importantes en las diferentes

doctrinas e instrumentos de estos países que toman como antecedente a la protección del

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medio ambiente, y esto ya se venía desarrollando en Europa en los años 80 a través de los

graves riesgos de la supervivencia ecológica.

Al mencionar delitos ambientales es necesario saber la importancia que tiene para los

seres humanos y su subsistencia en la tierra; así mismo debemos conocer las conductas

nocivas que constituye un delito y como se sancionan en la Ley Penal Ecuatoriana denomina

COIP, y la Ley de Gestión Ambiental.

Según Nonna Silvia, Natalia Witzman y José María Dentone, en su libro “Ambiente

y Residuos Peligrosos;

“El derecho ambiental es el conjunto de normas que regulan el ambiente; y, a su vez,

definimos el ambiente como el sistema que interactúa y se relacionado de manera

condicionada los distintos elementos que lo componen, el derecho ambiental está integrado

por la normativa que regula los recursos naturales, las actividades que ha llevado a cabo el ser

humano para adaptarlos a su habitad.” (Nonna Silvia, 2011, pág. 5)

En la legislación Ecuatoriana, existen delitos tipificados en el COIP que determina

penas; pero lo que inquieta a las personas, es que no constan algunos de los delitos de

destrucción que en el antiguo Código Penal de 1974 se determinaban, de ahí donde cabe

preguntarse si la tala de árboles no es un delito que merezca sanción; por lo tanto existe la

necesidad del ser humano al momento de extraer madera y enriquecerse con la misma para

satisfacer sus necesidades.

Por tal motivos, debemos mencionar que el Derecho Penal tiene gran participación en

el ámbito ambiental, el mismo que tiene por objeto el cuidado del medio ambiente para evitar

daños y riesgos, en el cual el ser humano también está en peligro por el aumento de

enfermedades que se han detectado y que lamentablemente, lo natural ha decaído y lo

artificial es lo que está en apogeo.

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1.2 Bienes Jurídicos Ambientales

Uno de los enfoques con el que se identificó la problemática del delito contra el

medio ambiente es el bien jurídico tutelado es decir “ vida humana” encabeza la lista de tipos

penales legislados con las mayores penas en el caso de la infracción, por lo cual en el

Ecuador se han realizado normativas de prevención contra personas que atenten contra la

naturaleza, y a su vez con seres vivos no humanos que no pueden elevar sus reclamos ni

ejercer acciones dentro de los actuales sistemas judiciales, entonces ¿ quiénes representarían

a los arboles a la aves?. Es evidente que la representación del derecho de la naturaleza no será

ejercida por las plantas o animales, sino que será por individuos que actúan en representación

de estos, o en defensa de sus derechos.

Según Orlando Mores (1991) expresa la existencia la existencia de una normativa

extensa y avanzada, aclarando que las concepción de las normas es de orden antropocéntrico

es decir que su principio es la de proteger la vida de los individuos, sin concebir al medio

ambiente como un bien autónomo y tutelable. El derecho penal en lo relativo a su

codificación carecía de normas que reprimían específicamente las infracciones perpetradas

contra la naturaleza y sus elementos, por no haberse conceptualizado el delito ecológico.

En la constitución de 1998, hace referencia clara y precisa a la necesidad de la

tipificación de la infracción por acciones y omisiones de la normas de protección ambiental;

cuando dice:

“La ley tipificará las infracciones y determinara los procedimientos para establecer

responsabilidades administrativas, civiles y penales, que corresponda a las personas naturales

o jurídicas, naciones o extranjeras por las acciones y omisiones contra de las normas de

protección del medio ambiente.”

La existencia del delito controla el medio ambiente, evidentemente constituye un

avance dentro de la legislación penal ecuatoriana y es una demostración de este bien jurídico

el mismo que constituye un valor que se pretende consagrar y precautelar, al mismo se le dota

de tutela penal.

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El reconocimiento de los valores intrínsecos de la Naturaleza, de su importancia,

incluso de su papel cultural y afectivo, genera responsabilidad, y esto nutre la necesidad de

una justicia ecológica. Estas posiciones están menos interesadas en los derechos, y más en las

responsabilidades que han logrado fortalecer por los aportes de la ecología. La demanda de

imparcialidad tampoco impide reconocer una justicia ecológica, así como la desaparición de

las especies o el colapso de los ecosistemas que están directamente ligados a la suerte de los

humanos, ya que ellos hacen uso y goce del suelo donde habitan, pero sin descuidar al medio

ambiente por el hecho que se piensa que no tiene personería jurídica no ayudan con el

conservación del mismo.

Bajo la justicia ecológica no están predeterminadas las medidas que se deberán

tomar, cuales son las acciones prohibidas o sancionables, sino que se abre una discusión

pública para lidiar con esto.

En la Constitución de 1998, se incorporó el concepto de desarrollo sustentable, que

tiene como objetivo final el mejorar la calidad de vida de las personas, manteniendo al mismo

tiempo el medio ambiente. En definitiva se persigue el equilibrio entre el desarrollo

económico con la preservación del ambiente.

Con la conservación del medio ambiente los seres humanos adquieren mejor calidad

de vida, pero en la actualidad no se da, con la tecnología el ser humano ha empezado a

realizar actividades no aptas para cuidar a la naturaleza, en su caso han destruido gran parte

de ella, como la expropiación indebida de tierras, el mal uso del agua, la falta de colaboración

de los seres humanos para no acabar con el ecosistema.

Los delitos ambientales consisten en la infracción de tratados o leyes en la materia, a

escala nacional o internacional, cuya existencia eta destinada a garantizar la conservación y la

sostenibilidad de los recursos naturales, la biodiversidad y el medio ambiente del planeta.

Para el tratadista panameño Víctor Barios Puga en mayo de 2000, manifiesta que el delito

ambiental es:

“Aquella conducta típica, antijurídica y culpable, ejecutada por cualquier persona natural o

jurídica que cause daño al ambiente ocasionando cambios o alteraciones en la salud y los

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bienes del ser humano, afectando su derecho o gozar y aprovechándose del mismo.” (Puga,

2000, pág. 25)

Es por ende que los delitos contra el medio ambiente son un problema a nivel

internacional, ya que con el pasar del tiempo se va incrementando el violente desajuste en la

conservación de la biodiversidad y ecosistema de la naturaleza.

Por lo cual se ha generado 4 elementos esenciales para la determinación del delito

ambiental en materia penal:

1. La tipificación en blanco

2. La responsabilidad de las personas jurídicas, así como la desestimación de la

personalidad jurídica.

3. La exención de grupos o poblaciones determinadas y;

4. La responsabilidad objetiva que se prefiere en la legislación ambiental.

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TÍTULO I

1. DELITOS CONTRA EL AMBIENTE, TIPIFICADOS EN LA

LEGISLACION ECUATORIANA

1.1 Delitos ambientales

Los estados, como organización policitas de las sociedades deben actuar con base al

interés colectivo y para el bien común y para el efecto diseñan estrategias conocidas como

“políticas”. Todo esto implica una valoración que es implementada a través de los

instrumentos jurídicos.

En la ley penal, el bien jurídico tutelado “vida humana” encabeza la lista de tipos

penales legislados con las mayores penas para el caso de infracción lo que evidencia que en

las leyes penales se encuentra el más alto nivel de valores vinculados al bien común.

En la legislación Ecuatoriana, existen delitos tipificados en el COIP que determinan

penas; pero lo que inquieta a las personas, es que no constan algunos de los delitos de

destrucción que en el antiguo Código Penal de 1974 se determinaban, de ahí donde cabe

preguntarse si la tala de árboles no es un delito que merezca sanción; por lo tanto existe la

necesidad del ser humano al momento de extraer madera y enriquecerse con la misma para

satisfacer sus necesidades.

Por tal motivos, debemos mencionar que el Derecho Penal tiene gran participación en

el ámbito ambiental, el mismo que tiene por objeto el cuidado del ambiente para evitar daños

y riesgos, en el cual el ser humano también está en peligro por el aumento de enfermedades

que se han detectado y que lamentablemente, lo natural ha decaído y lo artificial es lo que

está en apogeo.

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1.2 Bien Jurídico Ambiental

A lo largo de la historia la naturaleza ha sido el blanco de amenazas por parte de la

sociedad, por lo cual el Estado busca proteger y resguardar a la naturaleza mediante la

conformación de mecanismo intocable a la misma.

“Los delitos colectivos son aquellos que son ejercidos por un conglomerados de personas, y

su lesión afecta de manera íntegra a ese colectivo titular de esa cualidad jurídica” (Rodriguez, 2007,

pág. 225)

Evidentemente otorgar derecho a la naturaleza es un gran paso para que la sociedad

tenga conciencia de que destruye lo que le rodea, automáticamente se está destruyendo el

mismo, ya que si bien es cierto con el avanza de la tecnología todo ha cambiado ya nada es

natural sino que ha cambiado a lo artificial, pero una vez que existe un derecho y este es

violado, el mismo genera sanción, es por ende que se considera como bien jurídico protegido

a la naturaleza y su alrededor.

El ambiente ha traspasado el límite del interés difuso pero sobre todo aquellas

realidades que por la existencia del ambiente, ha sido reconocido por el ordenamiento

jurídico constitucional. Si el amparo de los derechos humano otorga a la naturaleza como

sujeto de derecho.

Por cada mala acción que el ser humano realice en contra del ambiente, está violando

claramente el bien jurídico que se desea proteger, por lo cual a medida que va cambiando las

leyes, van generando otras formas de conservar el medioambiente y todo lo que lo rodea.

Podemos determinar ahora que los impactos ambientales no siempre estuvieron

presentes, al contrario se puede decir que existe una mala conducta de la persona respecto a la

naturaleza a partir del siglo XVIII, con el inicio de la Revolución Industrial, es decir con la

invención de la maquinaria, con este acontecimiento se da inicio al deterioro del ambiente.

Se sabe bien que el Ambiente, constituye la fuente de toda la existencia, riqueza y

belleza exótica para todos los seres vivos, es por ello que el hombre por ser el primer

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individuo en observar lo que la madre naturaleza le ha dado, es el mismo que por

enriquecerse ha creado métodos para acabar con todo y cuanto existe a su paso por hacer uso

de la maquinaria ante lo natural.

En este punto, hay que tomar conciencia hay que tomar conciencia de que la

destrucción del bien jurídico protegido no es solo obra de vándalos, sino que también del

ciudadano común, pero lo realmente grave es que el ciudadano común el que al estar

preocupado de otras metas como el consumo o lucro que lo obtiene con la destrucción a la

naturaleza.

Existe un verdadero choque entre los intereses personales del ser humano por

enriquecerse, ganar poder ante lo que la madre tierra le proporciona, y otro interés entre los

seres humanos que desean cuidar la naturaleza, en el mismo sentido una sentencia dictada por

el Tribunal Supremo de España; expresa lo siguiente

(…) “El desarrollo económico es igualmente necesario para lograr la calidad de vida, por lo

que la conclusión que se deduce el examen de los preceptos constitucionales, llevan a la

necesidad de compaginar en la forma que en cada caso decida el legislador competente, la

protección de ambos bienes jurídicos constitucionales, el medio ambiente, y el desarrollo

económico. Si el Estado ha declarado la prioridad de determinadas acciones extractivas para

la defensa de la economía nacional, no se puede considerarse como objetivo primordial y

excluyente la explotación al máximo de los recursos naturales”. (Melo, 2011)

Debemos estar conscientes que el bien jurídico protegido es una necesidad universal

reconocida, por lo tanto lo que se trata es de conciliar el desarrollo con el ambiente.

1.3 Elementos constitutivos de los delitos ambientales (Gudynas, 2011)

1.3.1 La acción de contaminar el ambiente contiene cuatro elementos esenciales

por la que determina la vulnerabilidad de la naturaleza.

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1.3.2 La tipificación penal en blanco, puesto que considera en primer lugar como

un término contradictorio, la tipificación es uno de los conceptos

fundamentales de las garantías de los derechos de las personas y requiere una

exacta descripción de las acciones humanas constitutivas de infracción a

sujetas por lo tanto, a una sanción sea en el ámbito administrativo o penal.

1.3.3 Las penas a las que están sometidas cualquier persona que tenga el ánimo de

destruir, contaminar, perjudicar al ambiente y todo lo que le rodea están

previstas en el Código Orgánico Integral Penal, por lo que determina la

responsabilidad de las personas, administradores como autores o participes

en el hecho considerado como delictivo.

1.3.4 La exención de responsabilidad es cuando una persona por la necesidad de

alimentar a su familiar decide vender o talar los árboles para poder subsistir,

pero recae en una sanción por el hecho de destrucción al ambiente.

1.3.5 La responsabilidad, tiene que ser muy aceptada por la doctrina ambiental, en

la que la responsabilidad de indemnización y reparación por el daño causado

es independiente de la existencia de culpa hacia el ser humano.

1.4 Sujeto activo y sujeto pasivo de la infracción en materia ambiental.

Sabemos que en calidad de responsable del daño ambiental en la mayoría de los

casos se encuentra el ser humano. Así como lo establece Moreno Trujillo

“en el ámbito de la responsabilidad de los daños ocasionados al medio ambiente, es de una

suma importancia, ya que los problemas se incrementaran por la falta de conciencia de los

seres humanos, ya que no entienden que por una acción indebida contra la naturaleza, la

misma ya no produce para beneficio de la humanidad. No solo los sujetos pasivos participan

en el daño al medio ambiente, sino también de la proporción que cada uno realiza para la

propagación de la naturaleza.” (Moreno, 2012, pág. 74)

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1.4.1 Sujeto activo

El sujeto pasivo, será el que intencionalmente o por negligencia o por descuido

causen a otro un daño bien sea el patrimonio o produzca un daño al ambiente de modo

general (sin afectar a una persona de manera directa), por lo tanto esta persona está sujeta a

sanciona que lo tipifica en materia penal, así como tiene derechos también tiende a cumplir

obligaciones y una de ellas es cuidar su entorno, el ambiente que lo acoge para darle una

excelente vitalidad al ser humano.

Es por tanto que el Ambiente necesita una regeneración cuantitativa, por todo el daño

causado por el ser humano, en cada parte del planeta existe la importancia y la iniciativa por

parte de organizaciones o conglomeradas que buscar realizar el daño y es por lo que se ha

implementado políticas para asegurar que se cumpla con lo planteado que es la restauración

del ambiente, y con esto agotar hasta el último esfuerzo, es así como toda la humanidad debe

entender que si causa daño a la naturaleza la misma provocara una inestabilidad al ser

humano.

1.4.2 Sujeto pasivo

Es la persona que sufre las consecuencias del actuar de una u otras personas

generadoras de un daño ambiental de repercusión directa o indirectamente en su patrimonio o

en su salud.

Por parte de la doctrina que se reconoce como sujeto pasivo ambiental a los

individuos aquellos que no hayan sido afectados, es decir que no haya sufrido daño de ningún

tipo, pero por el supremo derecho a vivir en un ambiente adecuado, sin contaminación

pudiesen ejercer también la acción y poder reclamar. Esta idea la tomamos dentro del estudio

de la legitimación ambiental, donde reconocemos la normativa por la cual se plantea el dar

derecho a la madre naturaleza, y a su vez su figura jurídica ante la Constitución de la

República.

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Al paso del tiempo, la legislación ecuatoriana le da un enfoque importante al derecho

ambiental, entre ellos se determina sus propios derechos y obligaciones a la naturaleza, con el

fin de que la humanidad tenga conciencia de todo lo que en ella recae, no siempre la ciencia

fue la base de la cura en las enfermedades, existe un sin número de factores que ha hecho que

la humanidad sepa como sobresalir ante cualquier adversidad, todo esto ha cambiado por la

infraestructura y todo lo que conlleva, entre ellos se puede manifestar que la ciencia ha sido

uno de los factores que en la actualidad el ser humano tiene su enfoque, ya que es utilizada

como una herramienta más fácil para terminar con los problemas de la humanidad, es por ello

que en la Constitución de la República, misma que fue aprobada en Montecristi en el año

2008.

1.5 Clases de delitos ambientales

1.5.1 Violación de los derechos de la naturaleza

Los Derechos de la Naturaleza se reconocen como valores y principios rectores de

todos los seres vivos, representan un conjunto vivo, dentro del cual el hombre es un elemento

clave. La consagración de estos derechos surge de la interrelación directa del ser humano con

el ambiente, y marcan un hito en la defensa de los movimientos sociales y de las

comunidades, en el cambio del modelo de desarrollo en la explotación indiscriminada de los

recursos y en una relación activa de respeto mutuo, en la que su existencia, mantenimiento y

regeneración de sus ciclos vitales, estructura y funciones van en procesos evolutivos.

A medida que el ser humano va conociendo los avances tecnológicos, ha perdido el

interés por el cuidado de la naturaleza, pero no se da cuenta que al destruir la naturaleza, va

perdiendo su riqueza ya que todo lo que nace de la tierra da productividad al ser humano para

cubrir sus necesidades, es así que todo lo que rodea a la naturaleza el mismo ser humano lo

destruye es por eso que en materia ambiental lo conocemos como el sujeto activo, el mismo

que con su propia voluntad y conciencia viola los derechos a la naturaleza.

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Pero es importante tener presente que en la Constitución de Montecristi, también se

reconocen entre los derechos de tercera generación aquellos referidos a un “ambiente sano”.

Estos incluyen el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la

sostenibilidad y el buen vivir.

Debemos entender que la Naturaleza como objeto, tiene derechos que residen en las

personas, y el derechos de las personas es defender a la Naturaleza es defendida en tanto es

necesario para nutrir procesos productivos mismos que forman parte de la propiedad de los

individuos o está directamente vinculada a la salud de las personas.

Se debe proteger al ambiente, en tanto este es importante para la salud de las

personas, o es entendido como una propiedad humana. Desde esta perspectiva se ha

construido buena parte de la institucionalidad y normativa ambiental de los países

latinoamericanos. Se han registrado avances importantes pero también hay problemas de

efectividad, monitoreo y fiscalización, mientras que también existen reparos y desconfianzas

con el papel de los sistemas judiciales al tratarlo.

1.5.2 Delitos contra los ecosistemas

El reconocimiento de los derechos de la Naturaleza es seguramente una de las

novedades más impactantes de los ecosistemas en Latinoamérica reciente. Este cambio se

concretó en la nueva Constitución de Ecuador, lo que la ha convertido en un ejemplo a nivel

mundial. El paso que se acaba de dar abre las puertas a nuevos temas y demandas, encerrando

una serie de desafíos para la gestión ambiental, que van desde un nuevo marco para

conceptualizar a la Naturaleza como sujeto de derecho.

Los ecosistemas es todo aquel que rodea al ambiente, y son aquellos que más sufren

las consecuencias de la imprudencia del ser humano, ya que va decayendo con el pasar del

tiempo y todo por factores de riesgo tales como la contaminación, por medio del cual se ha

producido el incremento de daño ambiental en el Ecuador, y no solo es el hombre que

provoca el deterioro de la Naturaleza, también se presenta el avance científico y tecnológico

que en la actualidad el ser humano ha puesto sus ojos para su subsistencia, pues ahora

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podemos decir que en un futuro todo será más artificial y no natural, es por ello que el daño

es irreversible, o más bien el costo de la reparación violenta los principios de racionalidad y

proporcionalidad, es por ende que se debe buscar otras formas de composición del daño

causado por el hombre, hacia la Naturaleza.

“Todo daño ambiental produce daño biofísicos y sociales, esto implica necesariamente una

cuantificación económica; y, la valoración del daño en términos económicos acarrea siempre

el problema de otorgar valor a bienes que por lo general son públicos y carecen de valor de

mercado.” (Chacon, 2013, pág. 193)

Por lo que se determina que el daño causado no tiene reparación, más que lo único

que se puede realizar es exclusivamente la indemnización, y sanciones a todo que provoque

riesgo a la Naturaleza, pero no podemos decir que con solo eso se puede recuperar lo perdido,

ya que si bien es cierto el ser humano actúa más con voluntad que conciencia, no se le puede

acarrear una sanción grave todo por falta de pruebas, pero si bien lo hace por el factor

económico se puede decir que este plazo si puede ayudar con la reparación, pero no podemos

ser ciegos a una realidad que evidentemente se está produciendo ya que con el pasar del

tiempo todo lo que una vez fue verde, lleno de vida, ya no será así y se perderá por completo,

es por ello que se ha creado medidas de protección ambiental mismos que ayudan con la

conservación, la utilización sostenible de los recursos y la participación justa y equitativa en

los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, tales como se

destaca.

1.5.3 Delitos contra la flora y fauna silvestre

Conjunto de conductas directamente lesivas para determinadas especies de flora y

fauna, que acarea una inmediata perturbación del equilibrio ecológico y supone un riesgo

para el ambiente. Se protegen, por tanto determinadas especies de flora y fauna en su

indiscutible condición de recursos naturales, y sobre las que la sociedad presenta un interés

en garantizar su supervivencia.

A medida que todo lo que equilibra a la flora y fauna esto es, todo lo que la madre

tierra ofrece por sí misma, esto recae sobre lo que habita en ella, es por ello que si el sujeto

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activo sigue cometiendo los mismos delitos de destrucción, a más de eso el incremento del

caliento global ha sido tan evidente en los últimos años que ya la vida silvestre no tiene

cabida entre los seres humanos, poco a poco se extinguen y sufren los animales y aun así

también los seres humanos sin darse cuenta están destruyendo cada parte de la flora y fauna a

su entorno.

La legislación protectora del ambiente y en particular de la flora y fauna no ha tenido

un tratamiento global hasta la fecha actual, por ende los primeros textos legales que surgen en

relación a la protección de flora y fauna corresponde a intereses sectoriales y no a una idea

general de protección de la naturaleza.

Hasta décadas recientes algunas de las especies de la conservación de la fauna

silvestre, eran consideradas alimañas y se propiciaba su eliminación.

La constitución de 1978, la norma suprema supuso un avance fundamental en esta

materia y dedica el artículo 45, dentro de los principios rectores de la política social y

económica a la protección del medio ambiente, el artículo citado dispone “todos tienen

derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de su personalidad,

así como el deber de conservarlo”. Todos los seres humanos tienen el fin de proteger y

mejorar la calidad de vida y restaurar el medio ambiente ante todo lo que asecha para su

destrucción, los recursos naturales son aquellos que necesitan de su supervivencia ya que nos

proporcionan un sin número de elementos que ayudan con la transformación de todo lo que

en su habitad esta.

a) La flora

El territorio de Ecuador recoge 25,000 especies de plantas vasculares, como la

familia de las orquídeas, Dodson ha identificado aproximadamente el 11% de las especies

existentes en el mundo, y el 30% de las especies existentes en el Ecuador, y el 30% de

especies enumeradas en América Latina.

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b) La fauna

Aproximadamente 3,800 especies de vertebrados, 1550 especies de aves, 320

especies de mamíferos, 350 especies de reptiles, 375 anfibios, 800 especies de peces de agua

dulce, y 450 especies de peces de agua salada se han registrado en el Ecuador. El Ecuador

tiene más de aves que cualquier otro país de Latino América, ya que reúne el 18% de todas

las especies existentes en el mundo.

Ejemplo

El nuevo código integral penal (COIP), establece que existe un problema más

evidente en el tráfico de animales ya que por su problema se califica como emergencia, en el

Ecuador el Cóndor es el animal emblemático por el cual se ve afectado por cazadores que sin

pensar en lo que están haciendo, destruyen lo que nos representa.

En la actualidad existe control por parte de la policía ambiental que a través de

políticas públicas, ya que el tráfico de especies va desde $300 a $500 USD, por lo que en la

legislación ecuatoriana específicamente el COIP, en su artículo 247 de los delitos contra la

flora y fauna silvestre señala: “ la persona que cace, pesque, capture, recolecte, extraiga,

tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute, o comercialice, especímenes o sus partes,

sus elementos constitutivos, productor o derivados de flora y fauna silvestre, terrestre o

marítima de especies amenazadas en peligro de extinción o migratorias, listadas a nivel

nacional por la autoridad ambiental nacional, así como instrumentos o tratados

internacionales ratificados por el Estado, serán sancionados con una pena privativa de

libertad de 1 a 3 años.

El Ecuador tiene la mayor diversidad de animales y vegetales del mundo, su riqueza

biológicas se refleja en una amplia gama de organismos, de hecho el 10% de las especies de

plantas vasculares existentes en la tierra se concentran en un área de 2% de la superficie total

del planeta.

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TÍTULO II

2. VULNERACION DE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA

2.1 Definición de Derechos de la Naturaleza

Los derechos de la Naturaleza responden a una nueva visión en torno a la vida.

Surgen de una matriz social, cultural y cognoscitiva distinta en la relación de los seres

humanos con la Naturaleza, la misma que tiene una base en el sentido comunitario y un fuerte

enraizamiento en lo sagrado, no en el sentido religioso de la cultura occidental, sino en aquel

que entiende lo sagrado como merecedor de respeto.

Por lo que debemos entender que la evolución que ha tenido la naturaleza ha sido por

el fenómeno de cambios que se ha vivido en el planeta, donde el ser humano es el que se

beneficia para la salud, vivienda, alimentación, que hoy en día por la ciencia todo eso se ha

venido manejando de una manera tan abrupta que ya no se trata de forma común, sino por lo

genérico, fácil, y sin trabajo forzoso.

El artículo 71 de la Constitución, no solamente es el referente al tratarse de los

derechos de la naturaleza, podemos encontrar el artículo 74 de la Constitución ecuatoriana, o

en el artículo 33 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, mismos que están enmarcados

por un proceso social que permitió a esas constituciones que básicamente cuestionó en primer

término el modelo neoliberal y de la sociedad, pero en última instancia el mismo sistema

capitalista.

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La idea de una Naturaleza con derechos nos permite un nuevo punto de partida en el

que desde la convergencia de las ciencias sociales con las naturales, del derecho con la

biología de la historia natural con la historia económica se puede enderezar el sentido de

convivencia con la Naturaleza. Una convergencia de los principios determinantes desde las

diferentes ciencias como pude ser el capital para las ciencias económicas, los genes para las

ciencias biológicas, la historia social para las ciencias sociales, y todos juntos releyéndose a

la luz de otras cosmovisiones sobre el mundo.

Al mencionar mundo, debemos entender que no solo el ser humano habita ahí, sino

que también existe una serie de vida no humana que también depende de la naturaleza,

mencionando a los animales, muchos de ellos comen lo que a su paso ven, el ser humano se

adapta a su entorno, pero con la diferencia que no era uno sino que existían varios que se

desplegaban hacia tierras no desconocidas y comían de todo, eso es lo que en la actualidad ya

no se piensa por lo que todo encontramos a su paso y sin necesidad de buscar.

Los derechos de la Naturaleza deberán ponerse a prueba por lo menos en dos tipos de

escenarios;

Cuando ya había daños a la naturaleza; y,

Cuando hay nuevas amenazas.

Cuando los daños ya existen la reparación se convierte en una agenda central.

La Constitución del 2008 en relación al Constitucionalismo ecuatoriano, regional y

mundial. Una de ellas es el reconocimiento de la naturaleza como titular de derechos. Este

reconocimiento ha sido motivo de mucha discordia, ya que hay personas que defienden

diferentes posturas con el fin de su verdad se note y no entrar en discusión, pero hay muchas

inquietudes que desde el escepticismo hasta la sorna.

Kant (2007), distingue entre dos tipos de leyes, la ley de la naturaleza, de las

que los seres humanos no tienen control alguno, y las leyes que regulan las relaciones

entre los seres humanos, por lo que la Constitución reconoce a la Naturaleza un

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conjunto de derechos, y señala que para la aplicación e interpretación de los derechos

reconocidos a la naturaleza, se deberá observar en lo que procede los principios en

ella establecidos (Art 71).

En el art. 71 de la nueva constitución ecuatoriana aprobaba en el 2008,

establece derechos a la Naturaleza de la siguiente manera: “ La Naturaleza o

Pachamama donde se produce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete

integralmente su existencia, mantenimiento y sus ciclos vitales, estructura, funciones

y procesos evolutivos”; además establece la exigibilidad del cumplimiento de sus

derechos a toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad y recurre a los principios

ambientales para que se puedan aplicar los mencionados derechos.

La historia de los derechos nos lleva a comprender las grandes eras de la aparición de

los mismos; la primera en la que se generaron los derechos humanos producto de la lucha de

toda una generación para que reconozcan presupuestos mínimos de respeto a las personas

como tales, a su integridad física, psicológica y a su ser. Posteriormente la lucha nos revela la

lucha por el reconocimiento de los derechos básicos para una vida con dignidad de las

personas, como la educación la salud, los derechos laborales, entre otros de su importancia

para un individuo, hombre o mujer viva con dignidad, estos son los llamados derechos

económicos y sociales. Después vemos que la humanidad consigue pasar de este

reconocimiento que recae en el individuo al reconocimiento de derechos colectivos, es decir

establecidos por un grupo de personas o para una colectividad que se basan en el hecho de

que si le afecta a uno, le afectan a todos, dentro de estos están los derechos ambientales, o los

derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas.

Este era hace poco el mayor avance en el campo de los derechos, y como es de

apreciar eran reconocidos a favor de personas, hombres, mujeres, niños y niñas que por su

sola existencia los hacía nacer, que por su solo hecho de ser seres humanos los generaba

como tales.

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A nivel internacional se avanzó con varios convenios internacionales en establecer

principios para el derecho a la naturaleza de extrema importancia, pues han logrado marcar

los objetivos de la legislación ambiental e influir en los sistemas jurídicos ambientales.

Cabe mencionar que a medida que todo ha venido cambiando, la legislación

ecuatoriana no podía dejar a un lado los derechos a la naturaleza, ya que el ser humano vive

de todo lo que la madre tierra le proporciona, por eso algunos legisladores les parece

conveniente hacer énfasis en todo lo que puede afectar y así mismo se fijan en el ser humano

como el causante de tanto daño a la naturaleza, es ahí que han fijado sanciones y determinar

multas económicas para su valoración y así mismo que haga conciencia de todo lo que a su

paso viene.

2.2 La naturaleza como sujeto de derecho

Desde hace algunas décadas, especialmente desde 1972, luego del informe Meadows

“Los límites del crecimiento”, la preocupación por los retos ambientales crece en el planeta.

Si bien muchas de las propuestas globales han sido sustantivas en la práctica como lo es el

convenio de Kyoto para citar un caso, ya se registran pasos vanguardistas que tienen su mira

el reencuentro de los seres humanos con la naturaleza.

Destaquemos uno de ellos; los Derechos de la Naturaleza fueron consagrados en una

Constitución en Ecuador, en el año 2008 rompiendo con visiones tradicionales se cristalizó

un reclamo que surge de lo más profundo del mundo indígena. Allí, sin embargo, la idea de

derechos en una sociedad sustentada en las armonías de la vida entre los seres humanos de

estos con la naturaleza no es expresamente necesaria. Por lo que en un proceso de mestizajes

múltiples, esta visión indígena de la vida se complementó con el crecimiento de segmentos

por el extractivismo.

La Constitución es categoría en los artículos 71 y 74 concretamente en el primero de

dichos artículos se establece que:

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“La Naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida tiene derecho a

que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos

vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo, o

nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la

Naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observaran los principios establecidos

en la Constitución en lo que proceda”

La naturaleza vale por sí misma, independientemente de la utilidad o de los usos que

le de él ser humano. Esto es lo que representa una visión biocentrica por lo que los derechos

no defienden una naturaleza intocada, que no lleve, por ejemplo a dejar de tener cultivo,

pescas, o ganadería. Estos derechos defienden el mantenimiento de los sistemas de vida, los

conjuntos de vida. Su atención se fija en los ecosistemas, en las colectividades por lo que no

aseguran que los ecosistemas funcionen con sus especies nativas.

La representación de estos Derechos de la Naturaleza como lo establece la

Constitución Ecuatoriana de Montecristi, corresponde a las personas, comunidades, pueblos o

nacionalidades. Para lograrlo fue como es fácil entender la necesidad de un proceso político

transformador que lamentablemente quedo trunco por la consolidación del caudillismo en el

Ecuador que está aceleradamente desmantelando la Constitución en sus puntos más

revolucionarios.

El ambientalismo jurídico en general reconoce al ambiente como sujeto de derecho

así también la condición de bien y como tal lo asocia a lo humano por la vía de los bienes

colectivos, o bien de los derecho humanos, no faltando la negativa de algunos legisladores

que directamente dan por presupuesto que se vincula a la protección de la vida humana, lo

que también parece ser compartido por la mayoría de los penalistas. La propia tutela del

ambiente, consagrada en las constituciones más recientes, lo considera claramente como un

derecho humano.

No obstante, para algunos penalistas esta referencia humana presenta algunos

problemas, como por ejemplo, que la afectación al humano no es presente, sino respecto de

personas que aún no existen, como son las generaciones futuras, lo que los lleva a pensar en

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bienes jurídicos diferentes de los conocidos hasta la creación de la naturaleza, aunque nunca

desvinculados de lo humano. El mismo vocablo ecología tiene su origen en la visión panteísta

de Haeckel, su paso al derecho hasta el presente, reitera que se trata de tutelar el derecho de

los setes humanos a un ambienta saludable.

Por lo que cabe hacerse una pregunta clara ¿ si somos parte de la Naturaleza sea por

una u otra manera, podremos provocar su muerte también?, es lo que siempre debemos tener

en cuenta, ya que en la sociedad se ha perdido muchos valores y entre ellos está el respeto, si

como humanos no nos respetamos que esperamos de la naturaleza en su cambio ya sea en el

clima, en la vegetación, en los animales, es por lo que algunas generaciones no entienden, no

saben diferenciar entre lo natural y artificial, que es lo que nos hace bien y lo que no nos hace

bien, por lo que no podemos cuestionar lo que ahora estamos viviendo el cambio global, y es

solo el principio de grandes cambios para la tierra sino los seres humanos no hacemos

conciencia del daño que realizan.

Una serie de afirmaciones irresponsables minimizan los riesgos y daños, como

racionalización de esta actitud. Los países emergentes se ampararan en esa negativa y esto

causa una dificultad insalvable para cualquier acción global de protección de la vida

planetaria, bastante análoga a la que causa la Ex Unión Soviética en su momento respecto del

avance de la legislación internacional de Derechos Humanos. Ante este panorama bastante

desolador han arreciado las advertencias de los científicos.

Reconocer la existencia de sujetos de derecho no humanos en el derecho ambiental

no es sencillo, pues con ello se pone en seria crisis el concepto tradicional de derecho.

Según Ferrater Mora (2009) en su decálogo posterior a la convención de las

administraciones republicanas: “Si reconocemos que tienen derechos los animales, no

vemos porque no reconocérselos a las montañas, a los ríos, etc. y de ser modo no sabremos

más de que estamos hablando (MORA, 2009, pág. 13)”

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Los argumentos que han esgrimido para justificar este tratamiento normativo de la

naturaleza como sujeto de derechos se agrupan en cuatro categorías: utilitaristas,

esencialistas, animalistas, y políticos.

Los defensores de los derechos de la naturaleza podrán alegar que es una

simplificación, que este es un tema que no puede ser así, ya que precisamente la

trasformación conceptual más profunda tiene que ver con la complejidad) la mirada holística)

de los temas estudiados que todo está relacionado y es interdependiente y que la

fragmentación es un defecto del mundo occidental.

Se podrá determinar que los cuatro aspectos que se presentan están relacionadas, que

unas se apoyan en otras y que se refuerzan y a partir de esto podría rechazarse este intento de

sistematización, empero se encuentran diferencias entre los distintos discursos justificatorios

que es necesario señalar.

El cambio del estatus jurídico de la naturaleza de objeto a sujeto de derechos

aseguraría una mejor y mayor protección del ambiente, aseguraría un desarrollo sostenible

que no amenace la existencia de los ecosistemas, garantizando así, que las futuras

generaciones puedan disfrutar, de la misma manera que nosotros, de la naturaleza y sus

beneficios.

La justificación utilitarista busca elevar el nivel de protección jurídica a la naturaleza

asumiendo que las leyes ambientales son insuficientes y que se han revelado ineficientes para

detener la destrucción del medio ambiente y preservarlo para futuras generaciones.

La Pachamama en la racionalidad andina, se dice que es la: Fuente principal de

vida, continuación del proceso cósmico de regeneración y transformación de la

racionalidad fundamental y del orden cósmico. En este sentido la Pachamama vive,

“es un ser vivo orgánico que tiene sed”, que se “enoja” que es intocable” que da

recíprocamente. La naturaleza es un organismo vivo, y el ser humano es en cierta

medida su criatura. Por ello se afirma que tiene vida, que los seres humanos somos una

parte al igual que los animales, los minerales, el agua.

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Asume que los pueblos ancestrales saben “relacionarse” con la naturaleza, respetan

sus ciclos, su forma de vida es el ambiente responsable: frente a los pueblos occidentales,

especialmente los capitalistas, que son depredadores irresponsables con el ambiente y son los

causantes de los desastres ecológicos.

Reconocer a la Naturaleza como sujeto de derechos, promover el buen vivir se dice,

es cuestionar “el modelo neoliberal en relación a la organización de la economía y de la

sociedad, pero en última instancia el mismo sistema capitalista, la naturaleza objeto ha

convertido a todos los seres vivientes en materia prima de diferentes procesos industriales.

Se considera el reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derechos se

convierten en una tarea “civilizatoria” que implica su desmercantilizaciòn para ello, los

objetivos económicos deben estar subordinados a las leyes del funcionamiento de los

sistemas naturaleza, sin perder de vista el respeto a la dignidad humana, siempre procurando

la calidad de vida de las personas. Por ello los derechos de la naturaleza tienen un

componente político constituyente un llamado al mundo entero para iniciar un cambio

urgente.

2.3 Fundamentos del derecho de la naturaleza

Con el paso del tiempo la naturaleza forma parte de una serie de cambios, por el cual

el ser humano constituye parte fundamental de su transformación de manera agresiva, por la

que se sustenta en los siguientes fundamentos:

Emanuel Kant, hizo un esfuerzo enorme por encontrar normas morales que tengan

validez universal y temporal que pueden ser aplicadas en cualquier tiempo y lugar, a estas

normas les llamaremos Imperativos Categóricos. Por lo cual al mencionar una de ellas la

norma que imponía la obligación de cumplir con el deber con otra motivación sin su

cumplimiento, es considerada como la causante de haber provocado la irracionalidad de

cumplir en la primera guerra mundial, la norma que impone que hay que obrar de tal manera

que lo que se haga sea una máxima de comportamiento para cualquier persona.

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Una de las principales obligaciones del Estado es la de dar seguridad a su población,

esa seguridad no solo comprende lo que hoy se denomina como seguridad ciudadana, y que

en el Derecho Administrativo tradicional se identifica con la mantención del orden público,

también deben incorporarse otras nociones englobadas en el concepto de seguridad ambiental

misma que implica garantizar a la población que no se verá afectada, o al menos de una

manera que ponga en riesgo su supervivencia por los diversos eventos que tiene lugar el

ambiente y por los distintos impactos que estos soportan. En un escenario de población

creciente en que la presión de los recursos naturales y sobre los Estados que lo posean será

cada vez más insostenible, en que los ecosistemas han sido alterados de manera irremediable,

sin que sean ya capaces de proveer de los servicios ambientales que debamos por supuestos la

consideración de la seguridad ambiental de la propia población constituye un deber ineludible

para el Estado.

Si los riesgos inevitables no pueden sino padecer la sociedad puede estar menos

dispuesta a soportar otro cambio en el ambiente, es por esto que la participación formal o no

formal de los ciudadanos y ciudadanas dan cuenta de la relevancia que ha adquirido la

protección ambiental en amplios sectores de la sociedad.

Por lo que debemos entender una cosa si se destruye el ambiente también se está

destruyendo el ser humano, ya que el mismo viene siendo un complemento para la

naturaleza, ya que ella nació sola sin necesidad de ciencia y tecnología.

La justicia ambiental se entiende como la distribución equitativa de cargas y servicios

ambientales entre todos los miembros de la sociedad.

2.3.1 Visión antropocéntrica

El antropocentrismo aborda los derechos de la Naturaleza asumiendo que el ser

humano es incapaz de ir más allá de esa cosmovisión. Es cierto que las personas en los

debates morales y políticos en muchos casos solo piensan en su beneficio personal, pero

también son comunes las ocasiones en las que defienden el “bien común”, más allá de los

beneficios o perjuicios personales que esas decisiones involucren o sin esperar y defender

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derechos, aspiraciones y valoraciones de otras personas, ¿porque no pueden hacerlo con la

Naturaleza? Los críticos de los derechos de la Naturaleza dan por sentado que esa transición

es imposible, cuando en realidad no existen argumentos convincentes para recalar. También

se olvida que ese paso ya ha sido dado por varios grupos ciudadanos más allá de sus

beneficios personales.

No tiene sentido buscar un listado de valores supuestamente objetivos que sean

intrínsecos a la Naturaleza, en tanto esa tarea siempre estará mediada por los humanos. Basta

con saber que allí están esos valores propios, con lo cual el asunto que realmente importa es

determinar entre nosotros como determinan las obligaciones y responsabilidades que generan

entre nosotros como humanos. La aceptación de los derechos de la Naturaleza regresa así al

ser humano, demandándole otro tipo de política y gestión ambiental el cual no es un rechazo

a las mediaciones convencionales, ni siquiera a la asignación de precio a los recursos

naturales, sino que esta es solamente un tipo de valoración entre varias, todas las cuales

deben ser tenidas en consideración.

El reconocimiento de esos valores no implica necesariamente que deban ser

protegidos, preservados o mantenidos de manera mandataria. Estas son dos cuestiones

distintas por un lado aceptar los valores intrínsecos y por otro las implicaciones para la

política y gestión, en la que ya no es necesario demostrar que preservar montañas o selvas es

útil para el ser humano o es rentable para las empresas. Las fundamentaciones necesarias para

abordar la problemática ambiental cambian radicalmente.

En esta situación se abren muchas opciones para lidiar con estas cuestiones. Algunos

asumen que el florecimiento personal o el “buen vivir” siguiendo una formulación alternativa

ajustada al caso ecuatoriano, tiene una correspondencia con el florecimiento de otras formas

de vida o el “buen vivir” en la Pachamama. Esta vinculación puede tener elementos

instrumentales o incluso ambos en diferentes planos.

Este tipo de posiciones encierra algunos componentes claves. Por un lado, las

demandas convenientes de crecimiento económico y expansión productivista, que alimenta la

continuada extracción de recursos naturales, son suplantadas por una perspectiva volcada a

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las necesidades vitales y la calidad de vida. La intervención en la Naturaleza es plasmada a

una visión del desarrollo que es más austera y que rechaza un exacerbado consumo de

materia y energía.

Los derechos de la Naturaleza no necesariamente se deben aplicar individualmente,

sino que se enfocan en las comunidades de vida, las especies como conjuntos de poblaciones

humanas deben ser hechas de manera que no pongan en riesgo la sobrevida de los

ecosistemas y de las especies, lo que deben servir para dejar en claro que la defensa de la

agricultura, ganadería o cualquier otra actividad humana, inserta en los ecosistemas y mucho

menos significa un pacto que llevara a la pobreza a toda la nación. Por lo contrario, la

conservación se vuelve una condición adaptarse a los contextos ecológicos y no se puede

esperar que las plantas y animales se adapten a las necesidades de consumo de las personas.

La invocación al concepto de restauración usualmente invoca a una corriente dentro

de las ciencias ambientales que se ocupa de restaurar o habilitar ecosistemas que han sufrido

diversos impactos por la acción humana.

a) El hombre en la ética ambiental antropocéntrica

El ser humano es el centro y el eje del universo por su capacidad de razonar y actuar

conforme a fines, lo cual le permite transformar a la naturaleza y crear una realidad para sí

mismo.

Apoyándose en los avances de la ciencia se puede distinguir a la razón instrumental

como la cualidad que le permite al hombre comprender las causas y efectos de los hechos así

como utilizar a la naturaleza para su provecho a través de medios o instrumentos adecuados

que posibilitan lograr el control y dominio del mundo natural.

Es importante reconocer que esta postura refuerza otra de las consecuencias implícita

en entender a la Naturaleza como sujeto de derecho, por lo que la misma puede estar expuesta

a un impacto ambiental por las innumerables fallas en la falta de importancia en cuidar el

ambiente por parte del ser humano.

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2.3.2 Visión Biocéntrica

El ser humano es parte del gran sistema de la vida, en la década de los 60 el científico

James Lovelock sostiene que el planeta tiene un funcionamiento homeostático, como un

organismo vivo, en la perspectiva biocéntrica todos los seres humanos y los recursos

naturales hacen parte de un equilibrio de este organismo vivo llamada tierra.

La conciencia del ser humano es bien frágil al entender por qué todo lo que en la

naturaleza se centra en el hombre, en ocasiones nos referimos al desequilibrio que cursamos

en el planeta como capaces de causar el fin de la vida.

Partiendo de una visión del mundo donde la vida es el centro y el ser humano es parte

de la totalidad viviente, ya que la ecología pasó a ser tema recurrente e inevitable para los

gobiernos del mundo entero. No hay como negar la necesidad de cambios profundos en el

estilo de vida. Pero el cambio se dará a partir de la actitud de muchos seres humanos y en su

capacidad de entender como están las cosas en nuestro planeta.

Todo lo que existe tiene sentido nada es banal, por todo esto lo que producimos tiene

sentido, y no nos damos cuenta, que si bien es cierto nosotros giramos alrededor de la tierra y

si bien es el caso todo cambio, porque no podemos entender simples cosas como seres

humanos y que la naturaleza nos las pone en el presente, siendo el caso no solo el ser humano

es el culpable de la destrucción de los ecosistemas, flora, fauna y un sin número de desgracias

que en la actualidad la única afectada es la naturaleza.

El biocentrismo al reconocer los valores intrínsecos, especialmente como no

instrumentales por la que expresa una ruptura con las posturas occidentales tradicionales no

antropocéntricas. Es importante advertir que el biocentrismo no niega que las valoraciones

parten del ser humano, sino que insiste en que hay una pluralidad de valores que incluye los

valores intrínsecos. Otros aspectos de esta situación es necesario señalar que esta postura

rompe con la pretensión de concebir la valoración económica como la más importante al

lidiar con el ambiente o que esta refleja la esencia de los valores en todo lo que nos rodea. El

biocentrismo alerta que existen muchos factores de origen humano.

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En el Ecuador existen varias discusiones y propuestas sobre los valores propios de la

Naturaleza conocimiento sus momentos de avance y retroceso, aunque es adecuado admitir

que su influencia incluso dentro del movimiento ambientalista fue acotada. A pesar de esto

fue una forma casi sorpresiva muchas de esas ideas se reflejaron en la Constitución del 2008,

donde se reconoce los derechos de la Naturaleza por primera vez. Desde el punto de vista de

la ecología política sus formulaciones implican reconocer sus valores propios o valores

intrínsecos de la Naturaleza, independientes de los beneficios y valores otorgados por el ser

humano.

2.4 Principales formas de vulneración de los derechos de la naturaleza.

Desde octubre de 2008, Ecuador cuenta con un nuevo marco Constitucional mediante

el cual se reconoce a la naturaleza como sujeto de derecho, mismos que son de directa e

inmediata aplicación por y ante cualquier autoridad pública. Lo que permite que cualquier

persona o colectivo pueda exigir el cumplimiento de la naturaleza.

Entre los derechos otorgados a la naturaleza se contempla el respeto integro a su

existencia, el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, su restauración y la

aplicación de medidas cautelares y restricciones por parte del Estado para las actividades que

puedan conducir a su destrucción permanente. Además se prohíbe la introducción y

organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el

patrimonio genérico del país.

Si bien es cierto que los derechos de la Naturaleza aún no han sido desarrollados

mediante una ley, se destaca que en la misma constitución se ha incluido el principio de

aplicación directa e inmediata de los derechos, lo que implica que no es necesario contar con

leyes concretas para su aplicación. Al tener rango de derechos constitucionales es factible

demandarlos a través de acciones constitucionales que los garantizan, es así que en estos

casos se recurrirá a una acción de protección.

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La acción de protección tiene su fuerza en las siguientes acciones:

1. Cuando exista una vulneración de los derechos constitucionales por actos u

omisiones de cualquier autoridad pública no judicial.

2. Contra políticas públicas que supongan la privación del goce y ejercicio de los

derechos constitucionales.

3. Cuando la violación de los derechos la ocasione una persona particular en las

siguientes circunstancias:

Si la violación de los derechos ocasiona una falta grave a la naturaleza

Prestación de servicios públicos impropios

La implementación de los derechos de la Naturaleza representa un gran reto para las

autoridades públicas. La inexistencia de una ley que regule estos derechos implica que su

aplicación se debe ir produciendo a través del desarrollo de la jurisprudencia.

Para la visión biocentrica el hombre ha tenido una cierta evolución inmediata por el

cual se ha enfrentado a una diversidad de cambios en el que el hombre es el centro de la

tierra.

TITULO III

3. POLITICAS PÚBLICAS Y AMBIENTALES POR PARTE DEL

MINISTERIO DEL AMBIENTE

3.1 Definición de política pública

Para el tratadista Peter Knoepfel, analista y conductor de las Políticas Públicas,

menciona que:

Las políticas públicas son el conjunto de objetivos, decisiones y acciones que

lleva a cabo un gobierno para solucionar los problemas que en un momento determinado los

ciudadanos y el propio gobierno consideran prioritarios”

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Es así que desde el punto de vista crítico, podemos mencionar que las políticas

públicas se pueden entender como un proceso que se inicie cuando un gobierno o un directivo

público detecta la existencia de un problema que por su importancia merece su atención

termina con la evaluación de los resultados que han tenido las acciones emprendidas para

eliminar, mitigar, o variar ese problema que se presenta.

Es así que debemos tomar en cuenta lo referente a crear una política pública es

simplemente una acción que resuelve conflictos y proveen de incentivos a la cooperación que

los patrones no actúan aisladamente, sino dentro del marco más general de los programas de

gobierno.

Para Carlos Salazar Vargas determina que una política pública se puede denominar al

conjunto de respuesta de un Estado frente a situaciones consideradas socialmente como

problemáticas.

Con la creación de políticas públicas, podemos determinar el interés de salvaguardar

la vida humana y a su vez la vida de la naturaleza, ya que se son pilares fundamentales para el

crecimiento de la vida futura, en lo que va de años pasados a la actualidad el gobierno central

se ha interesado por el calentamiento global, tema que por cierto es de suma importancia ya

que como al parecer al hombre no le interesa cuidar el ambiente, este pretende darnos a

entender de otras formas que ya no está para cuidarnos y no depender de él para nuestra

subsistencia, es así que los países tercer mundistas han adoptado políticas que más son de

cuidado que puedan salvar el ambiente, y el entorno donde se desarrolla la vida humana.

3.2 Competencias en la creación y aplicación de políticas públicas

A misión del Ministerio del Ambiente en su artículo 1 del libro “LA AUTORIDAD

AMBIENTAL”, expone lo siguiente:

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“se establece como misión institucional la siguiente: Ejercer en forma eficaz y

eficiente el rol de autoridad ambiental nacional, rectora de la gestión ambiental del Ecuador,

garantizando un ambiente sano y ecológicamente equilibrado”

A lo que podemos determinar cómo se conforma una de las tantas competencias que

tiene el ministerio del ambiente, todo es por salvar el ambiente y así que los ciudadanos

hagan conciencia de todo y en lo posible también pueden implementar la ayuda necesaria

para que la Naturaleza no decaiga.

La cuestión más importan de la ejecución de políticas públicas ambientales es el

contenido y orientación de la gestión pública ambiental en el Ecuador, y el rol que podría

desempeñar el Ministerio del Ambiente.

Para efectos de política estatal, la conceptualización operativa en relación al

desarrollo de las políticas públicas se determinan en la creación de actividades de

mejoramiento en la calidad de vida de los seres humanos y el crecimiento económico dentro

de la capacidad de carga dentro de los parámetros expuestos en la creación de políticas

públicas emitidas por el ambiente.

Ante lo expuesto, lo que se pretende superar el enfoque exclusivamente de los

ambientalistas, o ecologistas, mismo que se reduciría a una pura conservación del ambiente y

un control de la contaminación donde el más afectado es la Naturaleza, y los amplios

objetivos del Ministerio del Ambiente son el de incrementar sus aspectos operativos, la

gestión pública que en la actualidad se maneja es con el fin de que la reforma constitucional

atribuya amplias potestades ambientales, de manejo y protección al ambiente.

La participación del Ministerio del Ambiente en los directorios donde se han creado

políticas públicas donde se han enfocado en el manejo de recursos naturales, y a su vez

también está el tema del desarrollo sustentable, a través del cual se ha procedido con el

enfoque y análisis previo a su aprobación y calificación, ya que debe determinar en si un sin

número de problemas que en la actualidad está viviendo el ambiente, ya no puede sobrevivir

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a tanta contaminación ya sea de diverso tipo, es así que con las competencias que radican en

el Ministerio del Ambiente se busca dar un cese a los problemas que sufre el ambiente.

Los objetivos que tiene el Ministerio del Ambiente, son los siguientes:

1. Conservar y utilizar sustentablemente la biodiversidad, respetando la

multiculturalidad y los conocimientos ancestrales,

2. Prevenir la contaminación, mantener y recuperar la calidad ambiental,

3. Mantener y mejorar la cantidad y calidad del agua, manejando sustentablemente

las cuencas hidrográficas

4. Reducir el riesgo ambiental y la vulnerabilidad de los ecosistemas,

5. Integrar sectorial, administrativa y territorialmente la gestión ambiental nacional

o local

Ahora bien con la conformación de las distintas políticas públicas emitidas por el

Ministerio del Ambiente, podemos decir que la ciudadanía ha hecho conciencia de lo que se

ha presentado y se viene presentando entorno al ambiente donde el hombre es el principal

destructor por sus actos de destrucción, ante lo cual el riesgo de que se pueda perder todo lo

que nos rodea se pueda perder por la ira de la madre naturaleza, así como se ve con los

desastres naturales como son los volcanes, los mares, el clima; etc.

Por su importancia para el desarrollo del país, resulta clave el diseño de políticas

adecuadas para el manejo de la conservación del ambiente, así el Ministerio del Ambiente se

pronuncia con la elaboración de políticas regulares y estándares para la prevención y control

de la contaminación mismo que viene siendo un factor de suma importancia ya que también

por este factor se está destruyendo la capa atmosférica.

El Comité Interinstitucional de Protección Ambiental (CIPA), es la más antigua

institución del Ambiente, fue establecida por la Ley de Control y Contaminación Ambiental

en el año de 1976, misma que está orientada a controlar todo lo que amenace el ambiente, por

lo que el Ministerio del Ambiente propone una fusión de este Comité para asegurar la

estabilidad de vida del ser humano ante la Naturaleza, ahora bien que se conoce que es

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42

reconocida como sujeto de derecho y que así como tiene derecho también produce sanciones

significativas para quien intente o tenga la intención de causar algún tipo de amenaza.

3.3 Ministerio del ambiente

El Ministerio del Ambiente, en concordancia con lo estipulado por el pueblo

ecuatoriano en la Constitución Política de la República del Ecuador de 2008, velará por un

ambiente sano, el respeto de los derechos de la naturaleza o pacha mama. Garantizará un

modelo sustentable de desarrollo ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad

cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los

ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y

futuras.

a) Valores

Es el organismo del Estado ecuatoriano encargado de diseñar las políticas

ambientales y coordinar las estrategias, los proyectos y programas para el cuidado de los

ecosistemas y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. Propone y define las

normas para conseguir la calidad ambiental adecuada, con un desarrollo basado en la

conservación y el uso apropiado de la biodiversidad y de los recursos con los que cuenta

nuestro país.

Desde una visión solidaria con las poblaciones y su Ambiente, impulsa la

participación de todos los actores sociales en la gestión ambiental a través del trabajo

coordinado, para de esta manera, contribuir a consolidar la capacidad tanto del Estado como

de los gobiernos seccionales para el manejo democrático y descentrado del tema ambiental y

comprometer la participación de diversos actores: las universidades, los centros de

investigación, y las ONG.

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43

La gestión ambiental es una responsabilidad de todos, porque la calidad de vida

depende de las condiciones ambientales en las que nos desarrollamos. Por este motivo, el

Ministerio se encarga de recopilar la información de carácter ambiental como un instrumento

para educar a la población sobre los recursos naturales y la biodiversidad que posee el país, y

la manera más adecuada para conservar y utilizar oportunamente estas riquezas.

b) Misión

Ejercer de forma eficaz y eficiente la rectoría de la gestión ambiental, garantizando

una relación armónica entre los ejes económicos, social, y ambiental que asegure el manejo

sostenible de los recursos naturales estratégicos.

c) Visión

Lograr que el Ecuador use sustentablemente sus recursos naturales estratégicos para

alcanzar el Buen vivir.

ANTECEDENTES

Constitución Nacional: Arts.15, 408,

Art 15.- El Estado Promoverá, en el sector público, el uso de tecnologías

ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo

impacto. La soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía

alimentaria, ni afectará al agua.

Art 408.- El Estado garantizará que los mecanismos de producción, consumo y uso

de los recursos naturales y energía preserven y recuperen los ciclos naturales y

permitan condiciones de vida con dignidad.

Ley de Gestión Ambiental

Art.2.- La gestión ambiental se sujeta a los principios de solidaridad,

corresponsabilidad, cooperación, coordinación, reciclaje y reutilización de desechos,

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44

utilización de tecnologías alternativas ambientalmente sustentables y respeto a las

culturas y prácticas tradicionales.

Lo elemental para el medio ambiente es la conservación de su ciclo de vida, todo

lo que un día es natural

Art. 35.- El Estado establecerá incentivos económicos para las actividades

productivas que se enmarquen en la protección del medio ambiente y el manejo

sustentable de los recursos naturales. Las respectivas leyes determinarán las

modalidades de cada incentivo.

3.3.1 Políticas del ministerio del ambiente

El Ministerio del Ambiente, propone las siguientes políticas básicas para el manejo

sustentable del ambiente y todo lo que le rodea:

1. Reconociendo que el principio fundamental que debe trascender el conjunto

de políticas es el compromiso de la sociedad de promover el desarrollo hacia

la sustentabilidad

2. La sociedad ecuatoriana deberá observar permanentemente el concepto de

minimizar los riesgos e impactos negativos ambientales mientras se

mantienen las oportunidades sociales y económicas del desarrollo del

ambiente.

3. Reconociendo que el desarrollo sustentable solo puede alcanzarse cuando sus

tres elementos lo social, lo económico, y lo ambiental son tratados

equivalentes en cada instancia y para cada acción.

Todo habitante en el Ecuador y sus instituciones y organizaciones públicas y privadas

deberán realizar cada acción, en cada instante de manera que propenda en forma simultánea a

ser socialmente justa, económicamente rentable y ambientalmente sustentables.

Mediante la coordinación a cargo del Ministerio del Ambiente, a fin de asegurar la

debida coherencia nacional, las entidades del sector público y del sector privado en el

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45

Ecuador, sin perjuicio de que cada una deberá atender el área específica que le corresponde,

contribuirán, dentro del marco de las presentes políticas, a identificar para cada caso las

políticas estratégicas específicas, las orientaciones y guías necesarias a fin de asegurar por

parte de todos una adecuada gestión ambiental permanentemente dirigida a alcanzar el

desarrollo, si como colaborar en los aspectos necesarios para lograr que cada habitante del

Ecuador adecue su conducta a este propósito. Reconociendo que el ambiente tiene que ver

con todo y está presente en cada acción humana, por el cual las consideraciones ambientales

deben estar presentes explícitamente en todas las actividades humanas y en cada campo de

actuación de las entidades públicas y privadas, particularmente como parte obligatoria e

indisoluble de las tomas de decisiones; por lo tanto lo ambiental no deberá ser considerado en

ningún caso como un sector independiente y separado de las consideraciones sociales,

económicas, políticas, culturales y en general; de cualquier orden. Esto sin perjuicio de que

por razones meramente cuestionables deban hacerse análisis y capacitaciones sobre llamados

“temas ambientales”

La gestión ambiental en el Ecuador se fundamentara básicamente en la solidaridad, la

corresponsabilidad, la cooperación y la coordinación entre todos los habitantes del Ecuador,

dirigidas a garantizar el desarrollo en base al equilibrio y la armonía entre lo social, lo

económico y lo ambiental. Criterios similares guiaran al Ecuador en sus relaciones con los

demás países y pueblos del mundo a fin de que las actividades que se lleven a cabo dentro de

su jurisdicción y competencia o fuera de ella no perjudiquen a otros Estados y zonas sin

jurisdicción, ni tampoco que sea perjudicado por acciones de otros.

A demás deberán efectuarse un especial esfuerzo nacional para aplicar efectiva y

eficientemente las leyes y regulaciones existentes, así como para aprovechar las capacidades

institucionales del país, procurando sistematizarlas y fortalecerlas. Todo esto tendiente a

garantizar la adecuada gestión ambiental que el país requiere.

El Estado Ecuatoriano propondrá la participación en apoyo a programas y proyectos

e promoción y ayuda para la adecuada gestión ambiental en el país que corresponde a todos

los habitantes en el Ecuador, mediante una real participación democrática a todo nivel, es

necesario impulsar la presencia y efectiva participación de grupos humanos que, por diversas

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46

razones históricas no han sido actores directos de decisiones y acciones de interés nacional.

Por la que se promueve políticas públicas para la adecuada participación de la ciudadanía con

el fin de orientar hacia el ciudadano y tener medidas preventivas para todo lo que por malas

acciones no se consideren insignificantes.

Además el Ecuador asignara la más alta prioridad como medios para la gestión

ambiental a la educación, la capacitación ambiental, como partes integradas a todas las fases,

modalidades y asignaturas de la educación formal e informal y la capacitación general, la

información en todas sus modalidades y la ciencia y tecnología, privilegiado la investigación

y aplicación de tecnológicas endógenas y la adaptación conveniente de las provenientes del

exterior. Así mismo impulsara el establecimiento de un sistema permanente de ordenamiento

territorial como herramienta necesaria para promover el desarrollo y la gestión ambiental.

Sin perjuicio de afrontar los asuntos ambientales en forma integral, incluyendo sus

regulaciones jurídicas, se dará especial prioridad a la prevención y control a fin de evitar

daños ambientales provenientes de la degradación del ambiente y de la contaminación

poniendo atención en la obtención de permisos previos, límites de tolerancia para cada

sustancia, ejercicio de la supervisión y control por parte del Estado en las actividades

potencialmente degradantes. Por la que su calidad de los equipamientos y servicios en

general era un punto esencial para el mantenimiento del ambiente.

Con todos los problemas que se presentan con el ambiente, se debe dar mayor

atención a la gestión ambiental para solucionar de una manera oportuna y eficaz por lo que es

necesario seguir cada política pública que tiene el Ministerio del Ambiente.

3.1.1 Declaración de Rio Sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo

Del 3 al 14 de junio de 1992 se reúnen la Conferencia de las Naciones Unidas sobre

el Medio Ambiente y el Desarrollo, debidamente reconocido tiene el objetivo de establecer

una alianza mundial nueva y equitativa mediante la creación de nuevos niveles de

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47

cooperación entre los Estados y tratando de basarse en ella, procurando alcanzar acuerdos

internacionales en los que se respeten los intereses de todos y se proteja la integridad del

sistema ambiental y de desarrollo mundial.

En la declaración se proclama algunos principios de mera importancia, a

continuación determinamos los más importantes para el impacto ambiental que se vive:

PRINCIPIO 1

Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el

desarrollo sostenible y tiene derecho a una vía saludable y productiva en armonía con la

naturaleza.

PRINCIPIO 2

De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho

internacional, los Estados tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos

según sus propias políticas ambientales y de desarrollo, y la responsabilidad de velar porque

las actividades realizadas dentro de su jurisdicción o bajo su control no causen daños al

medio ambiente de otros Estados o de zonas que estén fuera de los límites de la jurisdicción

nacional.

PRINCIPIO 3

El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a

las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras.

PRINCIPIO 4

Al fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá

constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada.

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PRINCIPIO 5

Todos los Estados y todas las personas deberán cooperar en la tarea esencial de

erradicar la pobreza como requisito indispensable del desarrollo sostenible, a fin de reducir

las disparidades en los niveles de vida y responder mejor a las necesidades de la mayoría de

los pueblos del mundo.

PRINCIPIO 6

Se deberá dar especial prioridad a la situación y las necesidades especiales de los

países en desarrollo, en particular los países menos adelantados y los más vulnerables desde

el punto de vista ambiental. En las medidas internacionales que se adopten con respecto al

medio ambiente y al desarrollo también se deberían tener en cuenta los intereses y las

necesidades de todos los países.

3.4 Plan Nacional de Desarrollo

El Plan Nacional para el Buen Vivir 2013-2017 es nuestro tercer plan a escala

nacional. Está nutrido de la experiencia de los dos planes anteriores. Contiene un conjunto de

12 objetivos que expresan la voluntad de continuar con la transformación histórica del

Ecuador. El Plan Nacional para el Buen Vivir está destinado a ser un referente en

Latinoamérica, pues la región está viendo resultados concretos en el caso ecuatoriano. El

éxito del gobierno depende de que sigamos esa hoja de ruta sin desviarnos, aunque nos

topemos con obstáculos. Las revoluciones que plantea esta hoja de ruta son: la equidad, el

desarrollo integral, la Revolución Cultural, la Revolución Urbana, la Revolución Agraria y

la Revolución del Conocimiento.

El artículo 280 de la Constitución de la República del Ecuador define al Plan

Nacional de Desarrollo como el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y

proyectos públicos; la programación y ejecución del presupuesto del Estado; y la inversión y

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la asignación de los recursos públicos; y coordinar las competencias exclusivas entre el

Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados. Su observancia será de carácter

obligatorio para el sector público e indicativo para los demás sectores.

El Plan Nacional de Desarrollo, denominado Plan Nacional del Buen Vivir, contiene

12 Objetivos Nacionales, que se relacionan con el desempeño de las metas nacionales, con

las distintas propuestas de acción pública sectorial y territorial, y principalmente con la

necesidad de concretar los desafíos derivados del actual marco constitucional.

El Plan fue elaborado por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo

(SENPLADES) en su condición de Secretaría Técnica del Sistema Nacional Descentralizado

de Planificación Participativa, conforme el Decreto Ejecutivo 1577 y presentado por el

Presidente Rafael Correa Delgado, para conocimiento y aprobación en el Consejo Nacional

de Planificación.

Los objetivos que se incluyen en el Plan Nacional del Buen Vivir son los siguientes:

Objetivo 1. Auspiciar la igualdad, cohesión e integración social y

territorial en la diversidad.

Objetivo 2. Mejorar las capacidades y potencialidades de la ciudadanía.

Objetivo 3. Mejorar la calidad de vida de la población.

Objetivo 4. Garantizar los derechos de la naturaleza y promover un

ambiente sano y sustentable.

Objetivo 5. Garantizar la soberanía y la paz, e impulsar la inserción

estratégica en el mundo y la integración latinoamericana.

Objetivo 6. Garantizar el trabajo estable, justo y digno en su diversidad

de formas.

Objetivo 7. Construir y fortalecer espacios públicos, interculturales y de

encuentro común.

Objetivo 8. Afirmar y fortalecer la identidad nacional, las identidades

diversas, la plurinacionalidad y la interculturalidad.

Objetivo 9. Garantizar la vigencia de los derechos y la justicia.

Objetivo 10. Garantizar el acceso a la participación pública y política.

Objetivo 11. Establecer un sistema económico social, solidario y

sostenible.

Objetivo 12. Construir un Estado democrático para el Buen Vivir.

Page 65: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

50

3.5. Participación Ciudadana en los Derechos de la Naturaleza

La participación ciudadana tiene las formas de expresión más diversa, entre ellas la

consulta popular, talleres, procesos para la validación de estudios de impacto ambiental, y

otras similares que se dan en una interrelación entre los sectores públicos y privados.

En esa interacción entre la población y la Función Ejecutiva, que debería incidir en la

decisión o autorización de una obra pública que afectara al ambiente, o la intervención de la

Función Legislativa, que tiene que aprobar un cuerpo legal relacionada con la naturaleza, el

sector oficial asume una interpretación peculiar, una actitud impositiva y se coloca a la

defensiva frente a esos procesos de participación ciudadana.

Incluso la Función Ejecutiva ha cambiado los conceptos de la partición ciudadana,

como ejemplo, ahora oficialmente se llama “socialización” en vez de “consulta” aquella que

se debe preguntar a una determinada población que será afectada ambientalmente por un

proyecto sobre el contenido de los respectivos Estudios de Impacto Ambiental y su Plan de

Manejo.

Es decir, tal como define al término “socializar” la segunda acepción del Diccionario

de la Lengua Española de la Real Academia, los representantes del Estado buscan:

“Promover las condiciones sociales que, independientemente de las relaciones con el Estado,

favorezcan en los seres humanos el desarrollo integral de su persona.

La participación ciudadana está en las Conferencias de las Naciones Unidas sobre

Ambiente y Desarrollo, la primera que se realizó en Estocolmo entre el 5 y 16 de junio de

1972 con la presencia de delegados de más de cien países, de 19 organismos

intergubernamentales y de más de 400 organizaciones intergubernamentales y no

gubernamentales

Por primera vez en la historia mundial, en esa Conferencia un grupo humano tan

grande discutió los problemas ambientales y la responsabilidad del hombre en los efectos

actos y omisiones negativos que están destruyendo a la naturaleza, sin embargo en la

Declaración de Rio sobre ambiente y desarrollo, en el primer principio se estableció que “El

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51

mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los

ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda.

En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información

sobre el ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre

los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la

oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones.

De igual manera, en la consecución del mismo objetivo de la participación ciudadana

había andado anteriormente el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en

países independientes, instrumento internacional publicado en el Ecuador en el Registro

Oficial 206 del 7 de junio de 1999.

Por todo ese movimiento mundial que empezó a observar las consecuencias

catastróficas que estaban y están ocurriendo en el ambiente, cuya responsabilidad es atribuirle

al hombre y su modelo de desarrollo, a partir de los años 80 y 90 las constituciones y las

leyes de los diferentes países que fueron incorporado en su normativa el derecho que tiene las

poblaciones a vivir en un ambiente sano y libre de contaminación y el derecho a la

participación ciudadana.

Es así que en las constituciones ecuatorianas de 1998 y 2008 se incorporó el derecho

a la consulta previa que tienen los miembros de las nacionalidades y pueblos indígenas, en

concordancia con el Convenio 169 de la OIT.

2.3 Idea a Defender

El conocimiento de los delitos ambientales influye en la vulneración de los derechos

de la naturaleza; por lo que es necesario implementar políticas públicas por parte del

Ministerio del Ambiente, para concientizar a los ciudadanos del Distrito Metropolitano de

Quito.

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52

2.4 Caracterización de las Variables

2.4.1 Variable Independiente

Conocimiento de los delitos ambientales.

2.4.2 Variable Dependiente

Los derechos de Naturaleza como política pública del Ministerio

del Medio ambiente en el Distrito Metropolitano de Quito.

2.5 Definición de Términos Básicos

Ambiente.- condiciones o circunstancias físicas, sociales, económicas, de un

lugar o colectividad, comprende las circunstancias que parecen favorables o no

a las personas, animales o cosas que en él están. (Bodelon, 1981, pág. 1990)

Constitución.- ordenamiento jurídico de tipo liberal; como un conjunto de

normas jurídicas que contiene las disposiciones en algún sentido

fundamentales de un Estado; como un documento normativo que tiene ese

nombre; y como una norma dotada de ciertas características, es decir, que tiene

un régimen jurídico particular. Además, hay conceptos absolutos, relativos,

positivos, ideales, pactistas, históricos, sociológicos, materiales, racional-

normativos, etc., de Constitución. (Carbonell, 2011)

Delito.- es un comportamiento que ya sea propia voluntad o por imprudencia,

resulta lo contrario establecido por la ley, por ende el delito implica una

violación de normas vigentes. (Cabanellas, 2008)

Desarrollo Sustentable.- El desarrollo sustentable implica pasar de un

desarrollo pensado en termino cuantitativos basado en el crecimiento

Page 68: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

53

económico a uno de tipo cualitativo, donde se establecen estrechas

vinculaciones entre aspectos económicos, sociales, y ambientales en un

renovado marco institucional democrático y participativo, capaz de aprovechar

las oportunidades que supone avanza simultáneamente en estos tres ámbitos,

sin que el avance de uno signifique ir en desmedro de otro. (Comision Mundial

para el Medio Ambiente y el Desarrollo, 1983).

Justicia.- la justicia puede ser comprendida en dos sentidos, los cuales retoma

de la idea aristotélica: como virtud y como como característica del orden

social. Kelsen pone énfasis en el análisis del concepto como característica del

orden social, sin embargo advierte que no es un elemento esencial, es decir, un

orden social no requiere para que exista, el elemento de justicia (Kelsen, 1958).

Medio Ambiente.- conjunto de circunstancias que rodean a los seres vivos,

conjunto de circunstancias físicas, culturales, económicas, sociales, etc.

(Bodelon, 1981).

Pachamama.- Es fuente principal de vida, del proceso cósmico de

regeneración y transformación de la racionalidad fundamental y del orden

cósmico (Estermann J. , 1998, pág. 172).

Política.- Es la ciencia que se encarga del estudio del poder público o del

Estado. Algunos autores presentan al uso legítimo de la fuerza como la

característica principal de la política. Siguiendo con esta definición la política

es el ejercicio del poder que busca un fin trascendente. Ésta promueve

la participación ciudadana ya que posee la capacidad de distribuir y ejecutar el

poder según sea necesario para promover el bien común. (Cabanellas, 2008)

Page 69: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

54

CAPITULO III

3. METODOLOGÍA

3.1 Determinación de los métodos a utilizar

Los métodos que se pretenden utilizar en la presente investigación son los siguientes.

Método Analítico.- “Este método es un proceso cognoscitivo, que consiste en

descomponer un objeto de estudio separando cada una de las partes del todo para

estudiarlas de forma individual” (Bernal, 2006, pág. 56). Mediante el uso de este

método se pretende analizar cada uno de los delitos ambientales tipificados en la

legislación ecuatoriana, los cuales son de gran interés para la conservación de la

naturaleza y su biodiversidad.

Page 70: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

55

Método Histórico Comparativo.- es un procedimiento de investigación y

esclarecimiento de los fenómenos culturales que consiste en establecer la semejanza

de dichos fenómenos, infiriendo una conclusión acerca de su parentesco genético, es

decir su origen en común. (Bernal, 2006, pág. 56). El presente método será aplicado

para resaltar hechos históricos que dieron paso a la investigación donde el ser

humano es parte principal de todo lo que se relaciona a la naturaleza.

Método Descriptivo.- es aquel que se orienta hacia el presente y actúa en los niveles

de investigación aplicada y activa, intenta una investigación sistemática estudiando la

realidad educativa tal y como se desarrolla. Describe y analiza, registra e interpreta

las condiciones que se dan en una situación y momento determinado. Generalmente

se suelen contratar situaciones o hechos, pretendiendo encontrar relaciones causa-

efecto entre variables existentes aunque no manipuladas. (Best, 2008, págs. 25,28).

Con este método se pretende describir cada situación jurídica y teórica que se

determina en el tema a investigar, donde se conocerá cada parte que conlleva a

esclarecer interrogantes que se han planteado en la investigación.

3.2 Diseño de la Investigación

El presente trabajo realizará mediante la aplicación de la investigación descriptiva;

misma que es definida por el autor clásico Gordon Dankhe en los siguientes términos:

“Es aquel proceso que se interesa, por describir, explicar la influencia, importancia, las causas

o factores que intervienen en una determinada realidad; puede darse casos de combinaciones y

podemos encontrar investigaciones descriptivas y explicativas, o descriptivas evolutivas, o

explicativas comparativas. Este es el nivel básico, inicial o si se quiere exploratorio que se

acostumbra desarrollar en las investigaciones”. (Dankhe, 2015)

Debido a la naturaleza del presente trabajo de investigación, será de carácter

bibliográfico y de campo, por lo cual se utilizara fuentes de investigación secundarias, libros

y estudios de otros autores realizados con anterioridad.

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56

Para el complemento del presente trabajo, se realizara una exhaustiva investigación

de campo la cual ayudará para la extracción de información verídica por parte de la

ciudadanía, principal fuente de conocimiento de políticas públicas emitidas por el Ministerio

del Ambiente.

Para respaldar algunos puntos es necesario realizar algunas entrevistas a expertos

catedráticos que respondan a las preguntas de investigación planteadas a fin de cumplir con

los objetivos determinados en la presente investigación, que estarán comprendidos de esta

forma: un funcionario del Ministerio del Ambiente, un experto en Derecho ambiental, un

Fiscal de delitos ambientales

Por la presente investigación si es necesario de recurrir a métodos preestablecidos, se

tomará la más fiable para continuar con el proceso de determinación del proyecto.

3.3 Operalización de las Variables

3.3.1 Matriz de las Variables

Cuadro 1 – Matriz Variable Dependiente

Variable

Independiente

Dimensión Indicadores Preguntas

Ítems

Técnica /

Instrumento

Conocimiento de

los delitos

ambientales

Son aquellos que

afectan a la

Jurídico

Tipos de delitos

ambientales en la

legislación

ecuatoriana

1 Revisión

documental

Bien jurídico

protegido

ambiental

1 Entrevista

Fiscal de delitos

contra el medio

ambiente

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57

naturaleza y a

todo lo que le

rodea.

Social Desconocimiento

de los delitos

ambientales

1 Encuesta

Variable

Dependiente

Dimensión Indicadores Preguntas

Ítems

Técnica /

Instrumento

Los derechos de la

Naturaleza como

política pública

del Ministerio del

Medio ambiente

en el Distrito

Metropolitano de

Quito.

Son alternativas

para un cambio en

la forma de

conservar la

naturaleza.

Jurídico Legitimación de

los derechos de la

naturaleza.

1 Revisión

Documental

Experto en

Derecho ambiental

1 Entrevista

Políticas Publicas

ambientales

1 Entrevista

Funcionario del

Ministerio del

Ambiente.

Propuesta

Social Realizar campañas

de prevención

contra los delitos

ambientales

1 Diario de

campo

Elaborado por Gabriela López - Investigadora

3.4 Población y Muestra

3.4.1 Población

Cuadro 2 – Población

COMPOSICIÓN POBLACIÓN

Funcionario del Ministerio del Ambiente 1

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58

Experto en Derecho Ambiental 1

Fiscal de delitos ambientales 1

Ciudadanos del Distrito Metropolitano de

Quito

2.473

TOTAL 2.475

Elaborado por Gabriela López - Investigadora

3.4.2 Muestra

Para el cálculo de la muestra se aplicó la siguiente fórmula:

Fórmula:

( )

Datos:

n = tamaño de la muestra

N = tamaño de la población 528 (Número de Funcionarios del Ministerio del Ambiente)

E = error máximo admisible, al cuadrado va entre (0,01 y 0,10)

Desarrollo:

( ) ( )

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59

( )( )

( )

3.5 Técnicas e Instrumentos de la Investigación

3.5.1Técnicas De Investigación

En la siguiente investigación se consideran fundamentales las siguientes técnicas de

investigación para el desarrollo del tema.

Técnica de Gabinete.- Es una técnica de la investigación científica utilizada para la

recolección de información de tipo bibliográfica que consiste en ir elaborando fichas

con la información más importante obtenida en los diversos medios.

Técnica de Campo: Es una técnica que nos permite obtener datos primarios,

directamente de la fuente, se realiza mediante la participación directa del

investigador, la información es captada a través de sus sentidos.

3.5.2 Instrumentos de la Investigación

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60

Los instrumentos que serán utilizados para esta investigación son:

Fichas Bibliográficas.- Estos documentos sirven para la recolección e identificación

de libros o documentos del objeto de estudio y también aplicable para la norma

jurídica.

Fichas Electrónicas.- Son relativamente nuevas y de gran ayuda para evitar el

plagio, sirven para recolectar información que se obtuvo de una página web o algún

otro medio digital como foros, blogs o páginas de interacción de usuarios.

Entrevista.- Es una técnica mediante la cual el investigador realiza una serie de

preguntas a un experto con el fin de obtener información relacionada con el tema de

estudio y que servirá para desarrollar los objetivos de la investigación.

Encuesta.- Es un cuestionario de preguntas generalmente cerradas o eventualmente

puede incluir preguntas mixtas que permiten obtener información específica respecto

a temas que necesiten información de tipo estadísticos para tener una idea general del

panorama en la investigación.

3.6 Validez y Confiabilidad de los Instrumentos

La Validez y confiabilidad de los instrumentos se ha realizado conforme a lo

sugerido por la Universidad Central del Ecuador, en su reglamento de titulación y guía

metodológica; razón por la cual, se ha trabajado con los tutores de metodología en la

preparación de los instrumentos, validación de experto y pilotaje de las técnicas e

instrumentos, por lo que existe, de acuerdo con el estándar internacional un “alto nivel de

confiabilidad” (de 0,9 a 1%), ya que se tiene planificado obtener la información a personas

altamente capacitados en el tema y conocedoras a profundidad del tema plateado; además la

validez estimada se ha calculado en relación al proyecto de carácter social, que resulta por su

naturaleza, con un mayor porcentaje de confiabilidad.

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61

3.7 Técnicas de Procesamiento

Proceso Manual.- Es el método más antiguo de la investigación humana, mediante

el cual se emplean métodos y cálculos humanos, con esto se logra analizar la

información, ordenar y clasificar para utilizarla dentro de la investigación.

Proceso Electrónico.- Procedimiento caracterizado por el uso de computadoras, que

cambia el procesamiento de datos, ya que perfecciona los cálculos realizados

mediante sofisticada tecnología, minimizando el porcentaje de error y obteniendo

datos más precisos.

3. 7.1Análisis de Datos

Es la realización de operaciones que al investigador, someter los datos con la

finalidad de cumplir con los objetivos planteados en el estudio.Todas estas operaciones

inician con recolección de datos y el análisis preliminar para determinar problemas y

dificultades iníciales.Es importante planificar los principales aspectos del plan de análisis en

para posteriormente verificarla hipótesis formulada.

Análisis de los Tratados Internacionales.- Debe analizarse minuciosamente los

tratados comunitarios Andinos con el fin de determinar los mecanismos para realizar

la reclamación en caso de inobservancia de los tratados en materia ambiental.

Análisis del Contenido de la Constitución y las Leyes.- Debe analizarse los

preceptos constitucionales en materia ambiental y de ordenamiento jurídico a nivel

jerárquico en la aplicación de las normas, así como algunas leyes específicas de

materia ambiental.

Análisis del contenido de la Doctrina.- Es necesario analizar los criterios de los

diferentes tratadistas acerca de Derecho ambiental.

Page 77: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

62

Análisis del contenido de la Jurisprudencia.- se acudirá a la Jurisprudencia

internacional, a fin de realizar un análisis con respecto a los temas de investigación.

Análisis de los datos de la Encuesta.- Permitirá obtener los datos cuantitativos de la

investigación, el problema desde la óptica de los afectados por el problema de

investigación, la información será primaria y empírica.

Análisis de datos de Entrevista.- El análisis de datos de la entrevista permitirá la

obtención de datos con cualidad, obtener un punto de vista experto y conocedor,

operadores de justicia y catedráticos que conocen el tema y aclarar posibles dudas.

CAPITULO IV

4. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

4.1 Formulario N° 1

ENCUESTA

Objetivo.- Obtener información acerca de los Delitos ambientales sobre los Derechos

de la Naturaleza como Políticas Públicas del Ministerio del ambiente. Por favor le

solicitamos de la manera más cordial, responda cada una de las preguntas desarrollados sobre

el tema, ya que esta información que se abordará de forma CONFIDENCIAL, servirá para la

continuación de esta investigación.

¡Muchas gracias por su colaboración!

Información: Sexo_______ Edad__________

Profesión____________

Page 78: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

63

1. ¿Conoce usted que son delitos ambientales?

Si ( )

No ( )

2. ¿Cuál cree usted que es la causa más importante por la que se producen

delitos ambientales?

Falta de control de las autoridades ( )

Falta de tecnología ( )

Necesidad económica por explotar los recursos ( )

Falta de educación ambiental en las personas ( )

3. ¿Cuál cree usted que es el índice de delitos ambientales que se comenten en el

Ecuador?

Alto ( )

Medio ( )

Bajo ( )

4. ¿Quiénes considera usted, que son las personas que mayor número de delitos

ambientales cometen en el Ecuador?

Empresas ( )

Funcionarios Públicos ( )

Personas particulares ( )

5. ¿A su consideración, cuál es la peor consecuencia producida por los delitos

ambientales?

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64

Deterioro Ambiental ( )

Contaminación ( )

Daños a la salud humana ( )

Pérdida del Patrimonio ( )

6. ¿Cuál de los elementos naturales cree usted es el que se afecta mayormente

por los delitos ambientales?

Recursos hídricos ( )

Recursos Forestales ( )

Aire ( )

Suelo ( )

7. ¿Cree usted que el gobierno ecuatoriano se ha preocupado por la protección

del medio ambiente?

Si ( )

No ( )

8. ¿Cree usted que las instituciones públicas han contribuido a la protección del

patrimonio natural del Ecuador?

Si ( )

No ( )

9. ¿Sabe a dónde acudir y en donde denunciar en caso de conocer acerca de un

delito ambiental?

Si ( )

Page 80: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

65

No ( )

10. ¿Cree usted que es necesario que se capacite a la ciudadanía en materia

ambiental y específicamente respecto de los delitos ambientales?

Si ( )

No ( )

4.1.1 Análisis e interpretación de resultados

Pregunta 1: ¿Conoce usted que son delitos ambientales?

Cuadro 3 – Pregunta 1

Si No Total

25 15 40

Fuente: Elaborado por la investigadora

Gráfico 1 – Pregunta 1

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66

Fuente: Elaborado por la investigadora

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

En la primera pregunta, se interrogó a los encuestados si tenían conocimiento de que

son los delitos ambientales; el 62% contestó de manera afirmativa; mientras que un 38%

señaló desconocer los mismos. Esto demuestra, que en la actualidad, sigue existiendo un

porcentaje importante de personas que desconocen acerca de los delitos ambientales

contemplados en el Código Orgánico Integral Penal.

Pregunta 2: ¿Cuál cree usted que es la causa más importante por la que se

producen delitos ambientales?

Cuadro 4 – Pregunta 2

Falta de

control

autoridades

Falta de

tecnología

Necesidad

económica de los

recursos

Falta educación

ambiental de las

personas

Total

10 4 13 13 4

0

Fuente: Elaborado por la investigadora

Gráfico 2 – Pregunta 2

62%

38%

Pregunta 1

Si

No

Page 82: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

67

Fuente: Elaborado por la investigadora

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

En la segunda pregunta, se pidió el criterio de los encuestados acerca de cuál era la

causa más importante por la que se producen delitos ambientales; ante lo cual un 33%

consideró que era debido a que existe una falta de educación ambiental en las personas, el

32% señaló que es debido a la necesidad de los recursos económicos, un 25% debido a la

falta de control de las autoridades estatales, y un 10% debido a la falta de tecnología. Esto

demuestra que las principales causas por las que se originan los delitos ambientales son la

falta de educación ambiental y los factores económicos.

Pregunta 3: ¿Cuál cree usted que es el índice de delitos ambientales que se

comenten en el Ecuador?

Cuadro 5 – Pregunta 3

Alto Medio Bajo

Total

20 12 8 40

Fuente: Elaborado por la investigadora

Gráfico 3 – Pregunta 3

25%

10%

32%

33%

Pregunta 2

Falta de controlautoridades

Falta de tecnología

Page 83: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

68

Fuente: Elaborado por la investigadora

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

En la tercera pregunta se cuestionó a los encuestados, a su consideración, cual creían

era el índice de delitos ambientales que se cometían en el Ecuador, ante lo cual el 50%

consideró que era alto; un 30% consideró que era medio, y tan solo un 20% consideró que era

bajo. Esto demuestra que en la actualidad, más de la mitad de la población considera que se

comente frecuentemente delitos ambientales.

Pregunta 4: ¿Quiénes considera usted, que son las personas que mayor número

de delitos ambientales cometen en el Ecuador?

Cuadro 6- Pregunta 4

Empresas Funcionario

s públicos

Personas

particulares

Total

18 12 10 40

Fuente: Elaborado por la investigadora

Gráfico 4- Pregunta 4

50%

30%

20%

Pregunta 3

Alto

Medio

Bajo

Page 84: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

69

Fuente: Elaborado por la investigadora

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

En la pregunta 4, se cuestionó a los participantes de la encuesta, a sus criterio, quien

pensaban que cometía un mayor número de delitos ambientales; el 45% señaló que las

empresas, un 30% que eran los funcionarios públicos; mientras que un 25% que eran las

personas particulares. Esto demuestra, que la mayoría de personas considera que son las

personas particulares las que comenten un mayor número de delitos ambientales, por encima

de los funcionarios públicos.

Pregunta 5: ¿A su consideración, cuál es la peor consecuencia producida por los

delitos ambientales?

Cuadro 7- Pregunta 5

Deterioro

Ambiental

Contaminación Daños salud

humana

Pérdida del

patrimonio

Total

10 10 13 7 4

0

Fuente: Elaborado por la investigadora

45%

30%

25%

Pregunta 4

Empresas

Funcionarios públicos

Personas particulares

Page 85: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

70

Gráfico 5 – Pregunta 5

Fuente: Elaborado por la investigadora

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

En la pregunta 5, se preguntó el criterio de los encuestados acerca de cuál sería la

peor consecuencia que ocasionan los delitos ambientales; el 32% considera que son los daños

a la salud de los seres humanos; un 25% que es el deterioro ambiental, un 25% la

contaminación de la naturaleza, y un 18% la pérdida del patrimonio natural del país. Esto

demuestra que las peores consecuencias de los delitos ambientales recaen sobre la salud

humana y también respecto del menoscabo de la naturaleza.

Pregunta 6: ¿Cuál de los elementos naturales cree usted es el que se afecta

mayormente por los delitos ambientales?

Cuadro 8 – Pregunta 6

Recurs

os hídricos

Recursos

Forestales

Aire Suel

o

Total

15 10 10 5 40

Fuente: Elaborado por la investigadora

25%

25% 32%

18%

Pregunta 5

Deterioro Ambiental

Contaminación

Daños salud humana

Pérdida del patrimonio

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71

Gráfico 6 – Pregunta 6

Fuente: Elaborado por la investigadora

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

En la sexta pregunta se cuestionó a los encuestados su opinión acerca de cuál era el

elemento natural que era el más perjudicado por los delitos ambientales, ante lo cual el 37%

consideró que se trataba de los recursos hídricos, un 25% señaló que eran los recursos

forestales, un 25% que era el aire, mientras que un 13% era el suelo. Esto demuestra que los

delitos ambientales se comenten principalmente en contra del agua y de los bosques del país.

Pregunta 7: ¿Cree usted que el gobierno ecuatoriano se ha preocupado por la

protección del medio ambiente?

Cuadro 9 – Pregunta 7

Si No Total

13 27 40

Fuente: Elaborado por la investigadora

37%

25%

25%

13%

Pregunta 6

Recursos hídricos

Recursos Forestales

Aire

Suelo

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72

Gráfico 7 – Pregunta 7

Fuente: Elaborado por la investigadora

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

En la pregunta 7, se preguntó a los encuestados, si consideraban que en la actualidad

el gobierno ecuatoriano se ha preocupado por brindar la protección necesaria del medio

ambiente; ante lo cual un 68% consideró que no, mientras que tan solo un 32% consideró lo

contrario. Esto demuestra que en la actualidad, los ciudadanosecuatorianos perciben, una

falta de cuidado del patrimonio natural del país por parte de las autoridades gubernamentales.

Pregunta 8: ¿Cree usted que las instituciones públicas han contribuido a la

protección del patrimonio natural del Ecuador?

Cuadro 10 – Pregunta 8

Si No Total

15 25 40

Fuente: Elaborado por la investigadora

32%

68%

Pregunta 7

Si

No

Page 88: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

73

Gráfico 8 – Pregunta 8

Fuente: Elaborado por la investigadora

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

En la pregunta octava, se cuestionó a los participantes, su opinión acerca de si las

instituciones públicas, habían contribuido a la protección del patrimonio natural del Ecuador;

ante lo cual el 63% consideró que no habían contribuido en tal labor; mientras que un 37%

piensa lo contrario. Esto demuestra el descontento de la población respecto de las

instituciones encargadas de velar por la protección del medio ambiente.

Pregunta 9: ¿Sabe a dónde acudir y en donde denunciar en caso de conocer

acerca de un delito ambiental?

Cuadro 11 – Pregunta 9

Si No Total

10 30 40

Fuente: Elaborado por la investigadora

37%

63%

Pregunta 8

Si

No

Page 89: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

74

Gráfico 9 – Pregunta 9

Fuente: Elaborado por la investigadora

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

Con la pregunta novena, se pretendía establecer el nivel de conocimiento que tenían

los encuestados acerca de dónde acudir a denunciar un delito ambiental; ante lo cual una

amplia mayoría del 75% señaló desconocer donde realizar la denuncia, y tan solo un 25%

tenía conocimiento de este particular. Esto demuestra el gran desconocimiento de los

ciudadanos acerca de los medios legales para poder denunciar delitos de la naturaleza en la

actualidad.

Pregunta 10: ¿Cree usted que es necesario que se capacite a la ciudadanía en

materia ambiental y específicamente respecto de los delitos ambientales?

Cuadro 12 – Pregunta 10

Si No Total

32 8 40

Fuente: Elaborado por la investigadora

25%

75%

Pregunta 9

Si

No

Page 90: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

75

Gráfico 10 – Pregunta 10

Fuente: Elaborado por la investigadora

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

En la última pregunta de la encuesta, se interrogó a los participantes,si creían que era

necesario que se realicen campañas de capacitación acerca de temas medioambientales y

específicamente respecto de los delitos de la naturaleza; ante lo cual el 80% señaló que si era

necesario; mientras que un 20% dijo lo contrario. Esto demuestra la gran necesidad existente

de realizar una capacitación acerca de este delicado tema, para beneficio de la comunidad y

principalmente de la naturaleza.

CAPITULO V

5.2 Conclusiones

A través del desarrollo de la presente investigación se ha llegado a las

siguientes conclusiones:

80%

20%

Pregunta 10

Si

No

Page 91: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

76

La legislación ecuatoriana ha tipificado una serie de delitos, que de manera

general constituyen acciones y omisiones que causan perjuicio a la naturaleza

o alguno de los

elementos que la conforman, y que sancionan tanto a las personas naturales

como jurídicas, y que se hallan contemplados en el Código Orgánico Integral

Penal.

En la actualidad es evidente, el alarmante número de delitos ambientales

cometidos en el Ecuador, y específicamente dentro del el Distrito

Metropolitano de Quito, por lo cual deben tomarse acciones que corrijan este

problema

Que la mejor solución para el problema planteado es la realización de

políticas públicas por parte del Ministerio del Ambiente, con el objetivo de

capacitar a la ciudadanía, respecto de los delitos ambientales y su forma de

denuncia.

5.2 Recomendaciones

Al Ministerio del Ambiente, a fin de que implemente como una de sus

políticas públicas, la difusión y conocimiento de los delitos ambientales para

Page 92: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

77

los ciudadanos, para que sean estos quienes legitimen los derechos de la

naturaleza, en cumplimiento del mandato constitucional.

Al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, para que contribuya con los

medios materiales, técnicos y humanos necesarios, para lograr una correcta

capacitación de los ciudadanos respecto de los delitos ambientales

contemplados en el Código Orgánico Integral Penal.

A la Asamblea Nacional, a fin de que contribuya con algunos cambios

normativos que están pendientes para una mejor legitimación de los derechos

de la naturaleza y denuncia de los delitos ambientales, pues el Buen Vivir se

logrará únicamente con la protección del medio ambiente.

Page 93: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

78

CAPITULO VI

6.1. PROPUESTA

Tema: “los delitos ambientales sobre los derechos de la naturaleza como política pública del

Ministerio del Ambiente en el Distrito Metropolitano de Quito”

6.1 Datos Informativos

6.1.1.- Localización

El presente proyecto se lo realizo en el Distrito Metropolitano de Quito y en sus

alrededores, para dar constancia de la destrucción del Ambiente, y la falta de recursos por la

cual no se puede dar una buena calidad de vida al ser humano, ya que no existe la suficiente

sanción a las personas que realizan la acción directa de no cuidar la Naturaleza.

6.1.2.- Beneficiarios

Beneficiarios Directos

Los beneficiarios directos son aquellos que se favorecen con las nuevas políticas públicas

emitidas por el Ministerio del Ambiente, mismas que ayudan a fortalecer la Naturaleza con

técnicas prevención, conservación y cuidado del ambiente y su entorno tal es el caso de la

flora y fauna silvestre.

Beneficiarios Indirectos

Los beneficiarios indirectos son aquellos que si bien es cierto no se son los ciudadanos del

Distrito Metropolitano de Quito, mediante la creación de políticas públicas emitidas por el

Ministerio del Ambiente, donde se busca preservar el ecosistema y sus alrededores, ya que no

solamente el ser humano es el culpable del deterioro de la Naturaleza, con la aparición de la

ciencia, tecnología y la metalurgia se ha perdido el interés por mantener intacto los espacios

Page 94: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

79

físicos que la Pachamama ofrece, en la actualidad todo eso ha sido suplantado por métodos

científicos que el hombre ha inventado.

6.2 Antecedentes de la Propuesta

En la actualidad los temas ambientales son abordados en los textos constitucionales como una

extensión de los llamados derechos de tercera generación, tales como los económicos y

culturales. Son formulados como derechos a un ambiente sano y libre de contaminación para

mejorar la calidad de vida de las personas. Esto se debe tanto a la propia evolución de la

política ambiental en América Latina incluyendo un deterioro persistente en las condiciones

ambientales en grandes ciudades o la reducción de las áreas silvestres, como a diversos

factores en el escenario gubernamental, donde se han sumado distintos acuerdos

internacionales. En diversos países y Ecuador está entre ellos la presión por reforzar la

dimensión ambiental es más intensa, debido a factores tales como biológica, la rápida

expansión de actividades productivas especialmente en hidrocarburos que generan protestas y

demandas ciudadanas y un debate político sobre temas ambientales más diversificado. Estos

y otros factores permiten comprender las novedades ambientales en el texto constitucional

aprobado en la Asamblea Constituyente de Montecristi. Se ha dicho que su mayor

originalidad se encuentra en reconocer los derechos de la Naturaleza. Si bien esa afirmación

es correcta, es preciso advertir que desde el punto de vista de la ecología política, se observan

al menos tres novedades sustantivas.

Al reconocer los derechos de la Naturaleza, mismo que viene siendo expresado como el

derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de

sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos, tal como se adelantaba arriba,

esta formulación es distinta a las posturas convencionales que se basan en incluir la temática

ambiental en la extensión de los derechos ciudadanos.

Es importante tener presente que en la Constitución también se reconozcan los derechos de

tercera generación aquellos referidos a un ambiente sano. Estos incluyen el derecho a un

ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir.

Page 95: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

80

La visión tradicional es entender a la Naturaleza como objeto. Los derechos residen en las

personas y la Naturaleza es defendida en tanto es necesaria para nutrir procesos productivos,

es parte de la propiedad de los individuos o está directamente vinculada a la salud de las

personas. Esta visión en la actualidad, ignora buena parte del ambiente, mientras que aquellos

que reciben su atención tienden a ser entendidos como un conjunto de recursos con un valor

instrumental para las personas. Se ha vuelto muy común intentar expresar esto bajo valores

de uso o de cambio, donde algunos elementos o funciones de los ecosistemas se convierten

en bienes o servicios ambientales para los cuales se intenta calcular un precio.

6.3 Justificación

Como estudiante de la Carrera de Derecho, es importante destacar que el ambiente es nuestra

base de subsistencia ya que sin el nosotros no tendríamos la capacidad de respirar,

alimentarnos, vestirnos, etc.; todo esto es ignorado ya que en la actualidad la ciencia,

tecnología han hecho que la mano del hombre se vea suplantada por máquinas y elementos

transformados, para que el ser humano realice cualquier actividad con más facilidad. El

ambiente está siendo afectado por la aparición de las fábricas, contaminando la atmosfera, no

siempre es el ser humano el causante del daño al ambiente de una manera directa. Debemos

respetar el derecho a la naturaleza y su reconocimiento como sujeto de derecho, por lo que

debemos entender que el derecho de cada persona termina donde inicia el de las demás y el

mismo sentido para la Naturaleza. La tradicional ideal de bien común que en la doctrina de

los valores jurídicos y de los fines del Derecho destaca el lado del valor justicia, adquiere

resonancia y actualidad en el marco del binomio en base a los derechos humanos.

Todos tenemos derecho al alimento, vivienda, agua, en definitiva a recursos naturales

suficientes en calidad, cantidad y disponibilidad para satisfacer las necesidades básicas, en

situaciones de concurrencia de intereses locales y externos, como sucede en el caso de

refugiados, los problemas no tardan en surgir y el binomio de los derechos humanos se

complica progresivamente adquiriendo formar de muy difícil solución. La población local

tiene que compartir recursos naturales esenciales como el agua y a su vez, recursos que

además de esenciales son escasos y no siempre se encuentran disponibles.

Page 96: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

81

6.4 Objetivos

6.4.1. Objetivo General

Analizar si las políticas públicas emitidas por el Ministerio del Ambiente son receptadas por

los ciudadanos del Distrito Metropolitano de Quito, mediante la conservación, prevención,

mantenimiento y cuidado del Ambiente.

6.4.2. Objetivos Específicos

1. Observar si en el Distrito Metropolitano de Quito se aplican las medidas de conservación

al Ambiente, mediante las políticas públicas emitidas por el Ministerio del Ambiente.

2. Identificar si las sanciones a los delitos contra el Ambiente son efectivos para que los

ciudadanos hagan conciencia y no destruyan la Naturaleza

3. Conocer si los ciudadanos del Distrito Metropolitano de Quito saben cómo cuidar y

preservar la vida de la Naturaleza, así mismo sus sanciones y multas según el nuevo Código

Orgánico Integral Penal.

Page 97: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

82

6.5 Desarrollo de la Propuesta

El desarrollo del presente trabajo investigativo se refleja en el siguiente folleto, mismo

que funcionara como política pública para el Ministerio del Ambiente:

“No lo arruines. Los buenos planetas son difíciles de

encontrar”

Page 98: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

83

Que es el Medio Ambiente

El medio ambiente es el entorno que condiciona la forma de vida de la sociedad y

que influyen valores naturales, sociales y culturales.

El Hombre y el Medio Ambiente

El ser humano comparte con otros seres vivos los mismos espacios y también

depende de su entorno para satisfacer sus necesidades.

ESTRATEGIAS PARA CONSERVAR LA NATURALEZA Y EL MEDIO

AMBIENTE

CAMPAÑA EDUCATIVA AMBIENTAL

Generar conciencia y sensibilidad a la sociedad en temas relacionados con el cuidado

medio ambiente, reciclaje, reutilización de residuos y desarrollo sustentable todo esto

a través de charlas y talleres ambientales.

Elaboración de políticas medio ambientales, y anteproyectos de ordenanza ambiental,

con el fin de que la sociedad tenga acceso a estándares de calidad ambiental.

Elaboración y desarrollo de un plan de capacitación y difusión orientado a las

necesidades de la sociedad, con la finalidad de incentivar y generar conciencia

ambiental.

Page 99: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

84

6.5.1. Planificación de Actividades

Cronograma

ACTIVIDAD / MES Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5

SEMANAS 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4

Elaboración del protocolo del plan

x

X

X X X

X

X

X

X

X

Aprobación del plan X

X

X

X

X

X

X X

Recopilación bibliográfica X X X

X

X

X

X

Encuestas, entrevistas, observación X X X

X

X

X

Levantamiento de la información X X X

X

X

X

X

Análisis de la información X X

X X

Propuesta X

X

X

X

X

Elaboración del primer borrador X

X

X

X

Revisión de borrador X

X

X

X

Elaboración final X X

X

X

x

Empastado, anillado X

X

Revisión y defensa x X X

Elaborado por Gabriela López – Investigadora

Page 100: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · “Los Delitos Ambientales sobre los Derechos de la Naturaleza como Política Pública del Ministerio del Ambiente en el Distrito

85

6.5.2 Presupuesto y Financiamiento

No. RECURSOS MATERIALES

1

2

3

4

5

6

Adquisición de libros y Cuerpos legales

Adquisición de materiales de oficina

Adquisición de equipos necesarios para la investigación

Costo de trasporte

Gastos Varios

Propuesta

Elaborado por Gabriela López – Investigadora

Recursos Financieros

Los recursos financieros serán asumidos por el investigador de la siguiente manera:

N

o.

RECURSOS MATERIALES COSTO

APROXIMADO

1

2

3

4

5

Adquisición de libros y Cuerpos legales

Adquisición de materiales de oficina

Adquisición de equipos necesarios para la investigación

Costo de trasporte

Gastos Varios

$ 300

$ 100

$ 500

$ 100

$ 200

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86

6 Propuesta $800

Total $2000

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87

BIBLIOGRAFÍA

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Cuerpos o Leyes

Constitución de la República; Registro Oficial 449 del 20 de Octubre del 2008

Código Orgánico Integral Penal. Registro Oficial Suplemento 180 del 10 de febrero

del 2014

Ley de Gestión Ambiental; Registro Oficial Suplemento 418 de 10 de Septiembre del

2004.

Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre; Registro Oficial

Suplemento 418 de 10 de Septiembre del 2004.

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ANEXOS

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES

ESCUELA DE DERECHO

ENCUESTA

Objetivo.- Obtener información acerca de los Delitos ambientales sobre los Derechos

de la Naturaleza como Políticas Públicas del Ministerio del ambiente. Por favor le

solicitamos de la manera más cordial, responda cada una de las preguntas desarrollados sobre

el tema, ya que esta información que se abordará de forma CONFIDENCIAL, servirá para la

continuación de esta investigación.

¡Muchas gracias por su colaboración!

Información: Sexo_______ Edad__________

Profesión____________

1. ¿Conoce usted que son delitos ambientales?

Si ( )

No ( )

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2. ¿Cuál cree usted que es la causa más importante por la que se producen

delitos ambientales?

Falta de control de las autoridades ( )

Falta de tecnología ( )

Necesidad económica por explotar los recursos ( )

Falta de educación ambiental en las personas ( )

3. ¿Cuál cree usted que es el índice de delitos ambientales que se comenten en el

Ecuador?

Alto ( )

Medio ( )

Bajo ( )

4. ¿Quiénes considera usted, que son las personas que mayor número de delitos

ambientales cometen en el Ecuador?

Empresas ( )

Funcionarios Públicos ( )

Personas particulares ( )

5. ¿A su consideración, cuál es la peor consecuencia producida por los delitos

ambientales?

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Deterioro Ambiental ( )

Contaminación ( )

Daños a la salud humana ( )

Pérdida del Patrimonio ( )

6. ¿Cuál de los elementos naturales cree usted es el que se afecta mayormente

por los delitos ambientales?

Recursos hídricos ( )

Recursos Forestales ( )

Aire ( )

Suelo ( )

7. ¿Cree usted que el gobierno ecuatoriano se ha preocupado por la protección

del medio ambiente?

Si ( )

No ( )

8. ¿Cree usted que las instituciones públicas han contribuido a la protección del

patrimonio natural del Ecuador?

Si ( )

No ( )

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9. ¿Sabe a dónde acudir y en donde denunciar en caso de conocer acerca de un

delito ambiental?

Si ( )

No ( )

10. ¿Cree usted que es necesario que se capacite a la ciudadanía en materia

ambiental y específicamente respecto de los delitos ambientales?

Si ( )

No ( )