unidad 1 salud ocupacional

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PSICOLOGÍA APLICADA PSICOLOGÍA APLICADA Ps. Daniel Fariña Cubillos Ps. Daniel Fariña Cubillos Mag. © Psicología Clínica Mag. © Psicología Clínica

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  • PSICOLOGA APLICADAPs. Daniel Faria CubillosMag. Psicologa Clnica

  • UNIDAD ISALUD OCUPACIONAL

  • SALUD OCUPACIONALORGANIZACIN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS)

    Actividad multidisciplinaria que promueve y protege la salud de los trabajadores.

    Busca controlar los accidentes y las enfermedades mediante la reduccin de riesgos.

  • SALUD OCUPACIONAL

  • Los principales problemas de los que se ocupa la Salud Ocupacional

    FracturasCortadurasDistensiones por accidentes laboralesTrastornos por movimientos repetitivosProblemas a la vista o el odoEnfermedades causadas por la exposicin a sustancias txicas Estrs causado por el trabajo o por las relaciones laborales

    SALUD OCUPACIONAL

  • Planes de Salud Ocupacional(Mantener y mejorar la salud de los trabajadores)

    Objetivo: Asegurar un buen ambiente laboral, seguro y estable

    Planes de Higiene: Seguridad en torno a cuestiones higinicas.Planes de Seguridad: Asegurar la vida de los empleados en los riesgos o accidentes. Planes de Medicina Preventiva: Acciones que toma la empresa para que los trabajadores se mantengan informados, esto con el fin de prevenir cualquier tipo de enfermedad.

    SALUD OCUPACIONAL

  • SALUD OCUPACIONAL Y LEGISLACINSALUD OCUPACIONALResolucin Exenta N335/2011 Determina la estructura orgnica del Instituto de Salud Pblica de Chile.D.F.L. N 01 de 2005, Publicado en el Diario Oficial de 24.04.06 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Decreto ley N 2763/79 y de las Leyes N 18.933 y N 18469. Captulo IV. Del Instituto de Salud Pblica.Ley N16.744/1968 del Ministerio de Trabajo y Previsin Social: Establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.D.S. N594/1999 del Ministerio de Salud: Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales bsicas en los lugares de trabajo.D.S. N18/1982 del Ministerio de Salud: Certificacin de calidad de elementos de proteccin personal contra riesgos ocupacionales.D.S. N173/1982 del Ministerio de Salud: Reglamenta autorizacin de Laboratorios que certifiquen la calidad de elementos de proteccin personal contra riesgos ocupacionales.D.S. N 2.467/1994 del Ministerio de Salud: Reglamento de funcionamiento de Laboratorios de medicin y anlisis de emisiones generadas por fuentes estacionarias.D.S. N133, de 1984 del Ministerio de Salud, Reglamento de proteccin radiolgica.D.S. N3, de 1985 del Ministerio de Salud, Aprueba reglamento sobre autorizaciones para instalaciones radiactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes, personal que se desempea en ellas, u opere tales equipos y otras actividades afines.

  • LEY 16.744 (1 Febrero de 1968): Seguro social obligatorio contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionalesSALUD OCUPACIONAL Y LEGISLACINSALUD OCUPACIONAL

  • SALUD OCUPACIONALCONTINGENCIAS CUBIERTAS

    ACCIDENTES DEL TRABAJO: Es toda lesin que sufra una persona a causa o con ocasin del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte

    La denuncia del accidente se hace mediante la Declaracin Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) LEY 16.744 (1 Febrero de 1968): Seguro social obligatorio contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionalesSALUD OCUPACIONAL Y LEGISLACIN

  • SALUD OCUPACIONALCONTINGENCIAS CUBIERTAS

    ACCIDENTES DE TRAYECTO: Ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso entre la habitacin y el lugar de trabajo o viceversa

    La denuncia del accidente se hace mediante la Declaracin Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) LEY 16.744 (1 Febrero de 1968): Seguro social obligatorio contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionalesSALUD OCUPACIONAL Y LEGISLACIN

  • SALUD OCUPACIONALCONTINGENCIAS CUBIERTAS

    ACCIDENTES PROFESIONALES: Es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesin o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerteLa denuncia de la enfermedad profesional se hace mediante la Denuncia de Enfermedad Profesional (DEP).Las Enfermedades Profesionales se encuentran en el Decreto Supremo N 109, modificado por el Decreto Supremo N 73 del 7 de marzo de 2007.LEY 16.744 (1 Febrero de 1968): Seguro social obligatorio contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionalesSALUD OCUPACIONAL Y LEGISLACIN

  • SALUD OCUPACIONALENFERMEDADES LABORALESLeptospirosisVirus VIHHepatitis Virales B y CInfecciones por Hanta VirusTendinitisFiebre QArtrosis Secundaria de RodillaAngiosarcoma HepticoLaringitis con DisfonaNdulos LarngeosEnfermedad por exposicin aguda o crnica a altura geogrficaEnfermedad por Descompresin InadecuadaPolineuritisTrastornos HematolgicosNeurosis Profesionales: Depresin Reactiva, Trastornos de Adaptacin, Trastorno de Ansiedad y Trastorno por Somatizacin y por Dolor Crnico.

    LEY 16.744 (1 Febrero de 1968): Seguro social obligatorio contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionalesSALUD OCUPACIONAL Y LEGISLACIN

  • SALUD OCUPACIONALPRESTACIONES DEL SEGURO

    PRESTACIONES MDICASPRESTACIONES ECONMICASPENSIONES

    LEY 16.744 (1 Febrero de 1968): Seguro social obligatorio contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionalesSALUD OCUPACIONAL Y LEGISLACIN

  • SALUD OCUPACIONALASESORA EN PREVENCIN DE RIESGO

    SEGURIDAD INDUSTRIALHIGIENE INDUSTRIALMEDICINA DEL TRABAJOCAPACITACIN

    LEY 16.744 (1 Febrero de 1968): Seguro social obligatorio contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionalesSALUD OCUPACIONAL Y LEGISLACIN

  • SALUD OCUPACIONALOBLIGACIONES EN LA PREVENCIN DE RIESGO

    OBLIGACIONES DEL ESTADOOBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORESOBLIGACIONES DE LAS EMPRESASOBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

    LEY 16.744 (1 Febrero de 1968): Seguro social obligatorio contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionalesSALUD OCUPACIONAL Y LEGISLACIN

  • SALUD OCUPACIONALSALUD MENTAL

    Estado de bienestar en el cual el individuo es consciente de sus propias capacidades, puede afrontar las tensiones normales de la vida, puede trabajar en forma productiva y fructfera y es capaz de hacer una contribucin a su comunidad

    NO SLO SE REFIERE A LA AUSENCIA DE TRASTORNOS MENTALESNEUROSIS PROFESIONAL

  • SALUD OCUPACIONAL

    Son patologas derivadas de largas horas de trabajo, hostigamiento laboral y/o de factores relacionados con la realizacin de las actividades cotidianas en el trabajo. Estas se manifiestan en depresiones, trastornos de ansiedad o dolores crnicos entre otros.

    NEUROSIS PROFESIONAL

  • SALUD OCUPACIONALNEUROSIS LABORALES

    Las NL est normado en la ley 16.744. En su artculo 191, N13 establece como trabajos desencadenantes de neurosis profesionales a: Todos los trabajos que expongan al riesgo de tensin psquica excesiva y se compruebe relacin de causa-efecto

    En el artculo 19 del D.S. 109 se indica que las neurosis profesionales pueden adquirir distintas formas de presentacin clnica, tales como: Trastornos de Adaptacin, Cuadros de Ansiedad, Depresin Reactiva, Trastorno de Somatizacin y Dolor Crnico NEUROSIS PROFESIONALLEY 16.744 (1 Febrero de 1968): Seguro social obligatorio contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

  • SALUD OCUPACIONALCAUSAS

    Sobrecarga de horas de trabajoExigencia fsica que imponen los turnos de noche y la falta de sueo en algunos casosHostigamiento LaboralEstrs laboral derivado de un ambiente de trabajo tenso y/o desagradable

    EL TRABAJADOR NO ES CAPAZ DE RESPONDER EN SU TRABAJO YA SEA POR RAZONES PROPIAS O DERIVADAS DEL MEDIO LABORAL NEUROSIS PROFESIONAL

  • SALUD OCUPACIONALCAUSAS

    Desequilibrio entre las responsabilidades entregadas a un empleado y la capacidad de resolucin que se le otorgaProporcin entre el salario y las horas de trabajoIncentivos monetarios o no monetarios entregados frente a algunas de sus laboresLa exigencia de realizar tareas para las cuales no estn (o no creen estar) capacitadosEntre otras NEUROSIS PROFESIONAL

  • SALUD OCUPACIONALEPIDEMIOLOGA

    La Neurosis Profesional (o laboral) se presenta predominantemente en la poblacin femenina (70%)La padecen en menor proporcin personas casadas o que conviven (53% y 70% respectivamente)Es mayor en trabajadores con mayor escolaridad y nmero de profesionales (34% y 20% respectivamente)

    Trucco M, Rebolledo P. Neurosis profesionales o enfermedad comn. Sntomas y estresores Rev. Med. Chile 2011; 1370-1377NEUROSIS PROFESIONAL

  • SALUD OCUPACIONALCONSECUENCIAS

    Ausentismo Laboral por Licencias MdicasDisminucin del Rendimiento LaboralAccidentes Laborales secundarios por falta de sueoDesconcentracin en el Trabajo Ansiedad excesiva frente a una tarea que antes resultaba cotidiana o ms simpleEntre otrasNEUROSIS PROFESIONAL

  • SALUD OCUPACIONALACCIONES PARA DISMINUIR LA NEUROSIS LABORAL

    Mejorar el ambiente en las empresas, fsica y socialmenteDesignar, del modo ms adecuado posible, a los empleados para sus diversas laboresCuidar las horas de sueo de los trabajadoresNEUROSIS PROFESIONAL