unicef & unodc, manual para cuantificar los indicadores de la justicia de menores

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  • 8/6/2019 UNICEF & UNODC, Manual Para Cuantificar Los Indicadores de La Justicia de Menores

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    Manual para

    cuantificarlos indicadoresde la justicia

    de menores

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    NACIONES UNIDAS OFICINA CONTRA LA DROGA Y EL DELITO

    Viena

    Manual para

    cuantificar los indicadores dela justicia de menores

    NATIONES UNIDAS

    New York, 2008

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    Las denominaciones empleadas en esta publicacin y la forma en que aparecen presentados losdatos que contiene no entraan, de parte de la Secretara de las Naciones Unidas, juicio algunosobre la condicin jurdica de ninguno de los pases, territorios, ciudades o zonas citados o de

    sus autoridades, ni respecto de la delimitacin de sus fronteras o lmites.

    El presente documento es traduccin de un texto que no ha pasado por los serviciosde edicin.

    United Nations publication

    Sales No. S.07.V.7

    ISBN: 978-92-1-333409-6

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    Agradecimientos

    El presente manual es el resultado de un largo proceso de identificacin ypromocin de la utilizacin de indicadores de la justicia de menores a nivelmundial. La labor fue iniciada por el UNICEF y dirigida desde un comienzo por

    Alexandra Yuster. Jan Baaroy prest servicios de apoyo tcnico desde las primerasetapas. Un grupo de consulta integrado por expertos trabaj durante seis meses paraseleccionar los indicadores finales. Entre sus miembros se contaron el Profesor JaapDoek, Presidente del Comit de los Derechos del Nio; Paulo David y Joel Mermet,de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los DerechosHumanos (OACDH); Elonore Morel, de Penal Reform International; Ann Skelton,del Centro de los Derechos del Nio (Sudfrica); Willie McCarney, de la AsociacinInternacional de Jueces y Magistrados para la Familia y los Menores; HansSchueler-Springorum, de la Universidad de Munich; Sverine Jacomy, de laOrganizacin Mundial contra la Tortura (OMCT); el Profesor Sedfrey Candelaria,del Centro Ateneo de Derechos Humanos; Ray Dean Salvosa, de la ConsueloFoundation; Geert Cappelaere, del UNICEF, y Nigel Cantwell, consultor

    independiente.En Filipinas, la Oficina de Gestin de Crceles y Penologa y el Departamento deBienestar Social y Desarrollo, a los que hacemos llegar nuestro agradecimiento,trabajaron a fondo con los indicadores a ttulo experimental. Esta labor se realizcon el apoyo de los consultores del UNICEF Andy Bilson, Alistair Roy y MerceditaTia, del funcionario Alberto Muyot, y de la Sra. Carolina Borrinaga, de la Oficina deGestin de Crceles y Penologa.

    Deseamos expresar nuestro sincero agradecimiento y aprecio al redactor del manual,Steven Malby, a las muchas personas que formularon observaciones interesantes conrespecto a los sucesivos borradores y, en particular, a Mariela de Jess Carvajal, querealiz una gran labor en lo relacionado con los instrumentos de anlisis depolticas. En especial, deseamos transmitir nuestro reconocimiento a los miembrosdel Grupo interinstitucional de coordinacin en materia de justicia de menores, elUNICEF, la ONUDD, el Fondo de Ayuda a la Infancia (Reino Unido), Terre desHommes, Defensa de los Nios Internacional, la OACDH, el Departamento deOperaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas y el PNUD por lasobservaciones que formularon as como por el apoyo y respaldo que prestaron a esteesfuerzo. Anna Giudice y sus colegas de la ONUDD contribuyeron en formadecisiva a garantizar la plena participacin de la ONUDD y a que el proyecto sebeneficiara de su amplia experiencia en lo que respecta al fortalecimiento de lossistemas de informacin en materia de justicia penal. Los funcionarios localesdel UNICEF y la ONUDD y sus homlogos en muchos pases aportaron valiosasperspectivas que ayudaron a ultimar el manual y a asegurar su utilidad comoinstrumento prctico.

    El Manual ha sido gentilmente traducido por el Gobierno de Argentina (DireccinNacional de Politica Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de laRepblica Argentina) dirigida por Mariano Ciafardini, Laura Elbert y Nora Heiss.Reconocemos a Gimol Pinto (UNICEF Argentina) y Martiniano Terragni por lasgestiones y revisiones realizadas con el Ministerio de Justicia.

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    La revisin general de trminos jurdicos que usa el Manual ha sido realizada porMariana Muzzi (UNICEF Nueva York) y Andrea Benavente (UNICEF Chile) a finde hacer aplicable este Manual a las diversos sistemas normativos imperantes, apesar de los diferentes significados que se asignan a veces a las mismas palabras,considerando fundamentalmente cul es el estndar normativo que los indicadores

    estn llamados a medir.

    Agradecemos los aportes de los participantes del IX Curso de Especializacin'Proteccin Jurisdiccional de los Derechos del Nio' realizado en Montevideo,Uruguay en noviembre del 2006. Agradecemos los comentarios de las oficinas delUNICEF en los paises de Amrica Latina y el Caribe y la Oficina Regional paraAmrica Latina y el Caribe (UNICEF TACRO). Un reconocimiento especial aMiguel Cillero (UNICEF Chile), Maria Cristina Ramirez (UNICEF Bolivia), AndreaCid Pasquali (UNICEF Paraguay) y Ana Lucia Silva (UNICEF Nicaragua).

    La traduccin ha sido revisada por los servicios de traduccin de la Oficina deNaciones Unidas a Viena.

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    NDICE

    CAPTULO 1 INTRODUCCINPGINA

    1.1 Antecedentes 11.2 La necesidad de indicadores 21.3 Principios generales 51.4 Cmo est organizado el manual 6

    CAPTULO 2 LOS INDICADORES

    2.1 Introduccin 72.2 Informacin acerca de los Indicadores 92.3 Coherencia de la medicin 30

    CAPTULO 3 EL MAPEO DEL SISTEMA

    3.1 Introduccin 353.2 Cul es el propsito del mapa? 353.3 Qu debera contener el mapa? 363.4 Fuentes de informacin y poblaciones de nios 43

    CAPTULO 4 METODOLOGA

    4.1 Introduccin 484.2 El proceso de informacin 484.3 Recoleccin de informacin 504.4 Gestin del proceso 674.5 Presentacin y utilizacin de los indicadores 70

    APNDICES

    Apndice 1 Definiciones 73Apndice 2 Tcnicas de muestreo 78Apndice 3 Herramientas de recoleccin de informacin 93Apndice 4 Instrumentos de anlisis de polticas 122Apndice 5 Instrumentos de Excel 140Apndice 6 Formatos sugeridos para la presentacin de los indicadores 144

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    INTRODUCCIN

    Captulo 1

    1.1 Antecedentes

    Se estima que el nmero global de nios1 privados de libertad como resultado deconflictos con la ley es de por lo menos a un milln. Estos nios pueden encontrarseen esta situacin por un gran nmero de razones. La comisin de un delito,incluidos delitos polticos y delitos especficos de la niez, es una de esas razones.Ms an, los nios pueden ser aprehendidos por estar en "riesgo de delinquir" o enuna "situacin irregular". Podran tambin ser privados de libertad a raz de que lasautoridades encargadas de la aplicacin de la ley acten en forma incorrecta oarbitraria. Las causas de raz social que llevan a estos nios a estar en conflicto conla ley incluyen la pobreza, hogares desintegrados, la falta de educacin y deoportunidades de empleo, la migracin, el abuso de drogas o sustancias, la presinque ejercen los camaradas, la carencia de gua familiar, la violencia, el abuso y la

    explotacin.La respuesta estatal respecto de los nios en conflicto con la ley se traduce ensistemas que varan en cuanto a nombre y enfoque segn el contexto del pas. Deestos nios se suelen ocupar el sistema de justicia formal, el sistema de bienestarsocial o, cuando se trata de delitos menores, el sistema administrativo. Estossistemas pueden funcionar en el contexto de la justicia penal de adultos, o fuera delsistema judicial en comits, comisiones o paneles administrativos. Cuando elsistema presenta algn grado de especializacin en nios tanto si se trata desistemas basados en tribunales, o de bienestar social o administrativos se ledenomina con frecuencia sistema de justicia de menores. En este manual se usa porlo tanto el trmino sistema de justicia de menores para hacer referencia a leyes,polticas, orientaciones, usos o normas consuetudinarias, sistemas, profesionales,

    instituciones y tratamiento especficamente aplicables a los nios en conflicto conla ley.

    En los pases que no tienen ningn grado de especializacin, los nios en conflictocon la ley son tratados prcticamente como los adultos. Ambos sistemas, el de

    justicia penal para adultos y el de justicia de menores, pueden usar frecuentementela privacin de libertad como principal opcin de sancin. Adems, es posible queninguno de los dos tenga en cuenta las necesidades del nio, su inters superior y lascausas profundas del conflicto con la ley. De hecho, aunque un pas cuente conprocedimientos especiales para nios en conflicto con la ley, para que un sistemade justicia de menores sea eficaz es preciso que se evalen las diversas necesidadesde los nios, que los nios en conflicto con la ley sean derivados a serviciosapropiados, y que se les ofrezca cuidado y asistencia con reintegracin en la

    comunidad. Por otra parte, un sistema de justicia de menores debera funcionar en

    __________________

    1 Se entiende por nio todo ser humano menor de dieciocho aos de edad, salvo que, en virtud dela ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayora de edad (Convencin sobre los

    Derechos del Nio, Art. 1). En tal sentido y con el fin de evitar a veces la sobrecarga grafica que

    supondra utilizar en castellano, nio, nia y adolescente para marcar la existencia de ambos

    sexos y del grupo etario entre 0 y 18 aos, se ha optado por emplear el trmino nio.

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    un entorno propicio para los derechos y necesidades del nio, en el cual se utilice ellenguaje apropiado y donde se emplee el mnimo posible de castigo fsico.

    Normas internacionales relativas al nio en el sistema de justicia penal:

    Convencin sobre los Derechos del Nio

    Directrices de las Naciones Unidas para la prevencin de ladelincuencia juvenil (Directrices de Riad)

    Reglas mnimas de las Naciones Unidas para la administracin de lajusticia de menores (Reglas de Beijing)

    Reglas de las Naciones Unidas para la proteccin de los menoresprivados de libertad

    Reglas mnimas de las Naciones Unidas sobre las medidas noprivativas de la libertad (Reglas de Tokio)

    Directrices de Accin sobre el Nio en el Sistema de Justicia Penal

    Principios bsicos sobre la utilizacin de programas de justiciarestaurativa en materia penal

    Directrices sobre la justicia en asuntos concernientes a los niosvctimas y testigos de delitos

    Una vez en contacto con un sistema de justicia que es insensible a las necesidadesdel nio, los nios que estn privados de libertad se encuentran expuestos a unmayor riesgo de sufrir abusos, violencia, explotacin y problemas relacionados conla salud, como heridas y la infeccin por el VIH/SIDA. Tambin corren el riesgo deaislarse an ms de la sociedad, particularmente cuando el bienestar social, laeducacin y la reintegracin no forman parte del sistema de justicia formal.

    La situacin de los nios en conflicto con la ley es especial en cuanto a la cantidadde normas internacionales aplicables, algunas de las cuales se enumeran en elrecuadro infra. Estas normas han guiado y continuarn guiando tanto las acciones delos gobiernos como la labor de las organizaciones que desarrollan actividades en laesfera de la justicia de menores, incluidos los miembros del Grupo interinstitucionalde coordinacin en materia de justicia de menores. Limitar el recurso de laprivacin de libertad mediante la promocin de programas de remisin, de justiciarestaurativa u otras medidas no privativas de libertad es un objetivo frecuente de losmiembros del Grupo interinstitucional de coordinacin.

    1.2 La necesidad de indicadores

    Cuando los funcionarios estatales y las instituciones que representan el sistema de la justicia de menores no tienen informacin acerca del funcionamiento del sistema ode los nios que estn en contacto con ste, el abuso, la violencia y la explotacinpueden ocurrir con impunidad, y es poco probable que las experiencias del nioredunden en su beneficio.

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    Un nio puede pasar largos perodos privado de su libertad o ser sentenciado a unamedida que es inapropiada para su rehabilitacin. La demora en un proceso judicialen el que est involucrado un nio puede pasar desapercibida por meses o aun poraos. A los funcionarios estatales tal vez les resulte difcil evaluar el impacto de lasnuevas polticas o directrices de la justicia de menores. En suma, el hecho de que no

    se registre cuidadosamente ni se utilice estratgicamente la informacin relacionadacon la justicia de menores contribuye a la ausencia de garantas de la proteccin delnio en conflictos con la ley.

    Durante la consulta mundial sobre indicadores de proteccin de los nios llevada acabo en noviembre de 2003, los participantes analizaron la elaboracin de unconjunto de indicadores globales para la justicia de menores. La reunin comenzcon la sugerencia de 60 indicadores. Tras examinarlos y darles prioridad, la lista seredujo a 15 indicadores, cinco de los cuales fueron identificados como deimportancia fundamental. Esos 15 indicadores se han perfeccionado medianteensayos sobre el terreno en varios pases y cuentan con el respaldo del Grupointerinstitucional de coordinacin en materia de justicia de menores2.

    El objetivo de este manual es presentar los 15 indicadores de la justicia de menoresy dejar en claro su utilidad. En l se explica cmo la cuantificacin de losindicadores puede contribuir a la proteccin del nio en conflicto con la ley a travsde acciones tanto en el mbito local como en el nacional. Ofrece orientacinprctica, estrategias e instrumentos para la reunin de informacin, su cotejo y elclculo de los indicadores.

    Los indicadores de la justicia de menores brindan un marco para cuantificar y

    presentar informacin especfica sobre la situacin de los nios en conflicto con laley. Esta informacin se refiere tanto a valores cuantitativos como el nmero denios privados de libertad en una fecha particular de censo como a la existencia de

    polticas pertinentes. Los indicadores no tienen el propsito de ofrecer informacincompleta sobre todos los aspectos posibles de los nios en conflicto con la ley en unpas en especial. Antes bien, representan un conjunto bsico de datos y uninstrumento comparativo que ofrece un punto de partida para la evaluacin, eldesarrollo de servicios y la elaboracin de polticas pblicas.

    La utilidad de los indicadores de la justicia de menores se aprecia en varios niveles.

    __________________

    2 El Grupo fue creado en virtud de lo dispuesto en la resolucin 1997/30 del Consejo Econmico

    y Social para mejorar la coordinacin y las acciones tanto entre los organismos de las Naciones

    Unidas como entre las organizaciones no gubernamentales internacionales que desarrollaban

    actividades en esa esfera. Integran el Grupo la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones

    Unidas para los Derechos Humanos (OACDH), el Fondo de las Naciones Unidas para la

    Infancia (UNICEF), la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD), el

    Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Departamento de Operaciones

    de Mantenimiento de la Paz (DOMP), Defensa de los Nios Internacional, Save the Children

    UK, la Federacin Internacional Terre des Hommes, la Organizacin Mundial contra la Tortura

    (OMTC) y Penal Reform International.

    Un indicador proporciona una manera uniforme de cuantificary presentar la informacin que revela si se est cumpliendo conlas normas.

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    Una definicin global bsica. En primer lugar, los indicadores ofrecenuna definicin global clara de la informacin bsica que todo pasdebiera estar en condiciones de presentar. La disponibilidad deinformacin confiable y coherente en cada pas y la posibilidad deintercambio de esa informacin dentro y entre pases son esenciales para

    la planificacin y la vigilancia de polticas y programas, la promocin dederechos nacional y global, as como para centrar el trabajo de losdistintos agentes involucrados. El uso de indicadores normalizadospermite la comparacin de la situacin en distintos pases.

    El compromiso de los agentes locales. Un proceso nacional derecopilacin de informacin sobre la justicia de menores que conduzca ala cuantificacin de los indicadores implica el compromiso deinstituciones locales como las comisaras, los tribunales y los lugares deprivacin de libertad para la recopilacin de la informacin. El hecho deexigir a las instituciones locales que elaboren, renan y registren lainformacin individual sobre los nios que estn a su cargo contribuye ala proteccin de esos nios, evitando que puedan ser ignorados por elsistema y haciendo que la institucin analice y revise su tratamiento delnio. El registro y la presentacin de la informacin incorpora una dosisde responsabilidad en materia de rendicin de cuentas por parte de lafuente de la informacin.

    La revisin de las polticas. La cuantificacin de los indicadorestambin permite que se evalen las polticas, tanto por parte de lasinstituciones locales como en el plano nacional. Los indicadores puedenusarse como punto de partida para la evaluacin nacional del tratamientode los nios en conflicto con la ley y para la identificacin de las esferasen las que es necesario introducir mejoras o reformas. All donde losindicadores se cuantifican a lo largo del tiempo, se puede realizar unseguimiento del efecto de la introduccin de nuevas leyes, normas opolticas. Por otra parte, los indicadores refuerzan la capacidad de losEstados para adherirse a las normas internacionales. En este sentido, sealienta a los Estados que son parte de la Convencin sobre los Derechosdel Nio a que usen los indicadores, siempre que sea posible, cuando elEstado Parte eleve informes al Comit de Naciones Unidas sobre losDerechos del Nio.

    La metodologa que se describe en el presente manual ayuda a los pases a iniciar ymantener un proceso nacional de reunin de informacin sobre la justicia demenores que conduzca a la cuantificacin de los indicadores.

    La gua que ofrece el presente manual se centra tanto en la necesidad de cuantificarlos indicadores tan rpido como sea posible, como en la necesidad de elaborar

    sistemas de informacin sostenibles para la cuantificacin continua de indicadores.Cuanto ms riguroso sea un pas en el proceso de reunin y cotejo de lainformacin, mayor ser la utilidad de los resultados de los indicadores.

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    1.3 Principios generales

    Cinco principios generales se aplican al proceso de recopilacin de informacinnacional sobre la justicia de menores descrito en el presente manual:

    A. Las estrategias de reunin de informacin deberan centrarse en larecopilacin expedita de informacin respecto, al menos, de los cincoindicadores centrales. Sin embargo, la metodologa proporcionada en elpresente manual no est diseada para una reunin rpida hecha por unanica vez. El objetivo al que se aspira es que la informacin que serecopile se integre al funcionamiento y la gestin cotidianos de lasinstituciones y servicios conectados con el sistema formal que trata a losnios en conflicto con la ley, tales como las comisaras, los lugares deprivacin de libertad y los tribunales. Adems de ser registrada einformada para el clculo de los indicadores, esta informacin deberapor lo tanto ser requerida y utilizada por esas instituciones para laadministracin diaria del sistema y para vigilar el grado de proteccin delos nios en conflicto con la ley. En consecuencia, la estrategia dereunin de informacin debera, cuando fuera posible, incluir un fuertecomponente de creacin de capacidad y el desarrollo de nuevos sistemasde informacin3.

    B. Durante el proceso de cuantificacin de los indicadores, se alienta a lospases a adoptar un enfoque coherente de las definiciones. En laspginas 30 a 34 del presente manual, se discuten con cierto detalle lasdefiniciones que probablemente varen en diferentes contextosnacionales. El Apndice 1 contiene una lista completa de las definicionesusadas en el presente manual.

    C. La necesidad de informacin exacta y el requisito de asegurar laproteccin de los nios en conflicto con la ley exige idealmente que la

    informacin sea recogida a nivel de nio individualmente considerado.Este tipo de informacin se preferir a la sumaria, grupal, o referida apoblaciones totales. Adems, debera recogerse informacin suficientepara permitir su desglose. Esto exige que detalles como la edad, elgnero, el origen tnico y la categora de la imputacin se registren paracada nio individualmente.

    D. El proceso nacional de reunin de informacin sobre la justicia demenores debera centrarse en cmo utilizar en todos los mbitos losresultados de la cuantificacin de indicadores. Se alienta a los pases arevisar el modo en que sern usados los indicadores tanto dentro de lasinstituciones locales, como los lugares de privacin de libertad y lostribunales, y en el plano nacional para la revisin y formulacin de

    legislacin y polticas referidas a la justicia de menores y a la prevencinde la delincuencia juvenil.

    __________________

    3 Los Estados Miembros que no cuenten con la capacidad para establecer dichos sistemas pueden

    solicitar la asistencia tcnica de uno de los organismos miembros del Grupo interinstitucional

    mencionado supra.

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    E. El proceso de reunin de informacin debe ser llevado a cabocumpliendo con los ms altos estndares ticos para proteger y respetarlos derechos de los nios. En especial, los mtodos de entrevista directacon los nios slo deberan utilizarse cuando la informacin requerida noest disponible de ningn otro modo. Cuando se lleven a cabo entrevistas

    directas, es preferible que se hagan en grupos y no individualmente. Elequipo de gestin tambin deber garantizar la existencia de una polticaen virtud de la cual se controle la divulgacin de informacin personalque permita la identificacin cuando los datos se transmitan a otraspersonas para el cotejo y la cuantificacin de los indicadores. Elprincipio de confidencialidad debera quedar sujeto a la necesidad deactuar para proporcionar proteccin inmediata a todo nio que larequiera.

    1.4 Cmo est organizado el manual

    El presente manual tiene cuatro captulos y seis apndices. Esta introduccin es elcaptulo 1. El captulo 2 presenta y brinda informacin sobre cada uno de los15 indicadores, incluidas las razones que justifican su cuantificacin y la manera decuantificarlos. El captulo 3 sugiere una tcnica de mapeo aplicable al contextonacional especfico de cada sistema de justicia de menores. Esto es importante paraguiar el desarrollo de una estrategia de reunin de informacin. El captulo 4 ofreceuna metodologa para la reunin de la informacin exigida para la cuantificacin decada indicador. Tambin se discuten formas posibles de administrar el proceso y seexaminan las maneras en que los indicadores pueden utilizarse a distintos niveles.

    Adems de una lista de trminos definidos (Apndice 1), los apndices ofreceninstrumentos que pueden usarse para la reunin de informacin y el anlisis depolticas pblicas (Apndices 3, 4 y 5), una gua sobre la tcnica particular de

    muestreo (Apndice 2), y sugerencias para la presentacin de los resultados de lacuantificacin de los indicadores (Apndice 6).

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    LOS INDICADORES

    Captulo 2

    2.1 Introduccin

    En este captulo se presentan los 15 indicadores de la justicia de menores. Todos losindicadores han sido elegidos debido a que es posible cuantificarlos y esto ayudar alos funcionarios locales y nacionales a determinar en qu medida se han establecidoy estn funcionando adecuadamente los sistemas de justicia de menores que dirigen.Los indicadores facilitan esa labor porque dan informacin sobre lo que les sucede alos nios que entran en conflicto con la ley, y constituyen un medio para evaluar losrequisitos polticos necesarios para asegurar la proteccin de estos nios.

    Los 15 indicadores, junto con sus definiciones, figuran en el Cuadro 2.1 infra.

    Cuadro 2.1 Los 15 indicadores de la justicia de menores

    Indicador Definicin

    Indicadores cuantitativos

    1. Nios en conflicto con la ley Nmero de nios aprehendidos en un perodode 12 meses por 100.000 nios

    2. Nios privados de libertad(FUNDAMENTAL)

    Nmero de nios privados de libertad por100.000 nios

    3. Nios privados de libertad antes de lasentencia (FUNDAMENTAL)

    Nmero de nios privados de libertad antesde la sentencia por 100.000 nios

    4. Duracin de la privacin de libertadantes de la sentencia

    Tiempo de privacin de libertad antes de lasentencia

    5. Duracin de la privacin de libertadimpuesta por la sentencia

    Tiempo de privacin de libertad despus dela sentencia

    6. Nios muertos en privacin delibertad

    Nmero de nios muertos en privacin delibertad, durante un perodo de 12 meses por1.000 nios aprehendidos.

    7. Separacin de los adultos Porcentaje de nios privados de libertad queno estn totalmente separados de adultos

    8. Contacto con padres y familiares Porcentaje de nios privados de libertad quehan sido visitados por padres, tutores ofamiliares adultos, o que han visitado a esaspersonas, en los ltimos tres meses

    9. Sentencias privativas de libertad(FUNDAMENTAL)

    Porcentaje de nios que reciben sentenciasprivativas de libertad

    10. Remisin previa a la sentencia

    (FUNDAMENTAL)

    Porcentaje de nios derivados hacia sistemas

    de remisin previa a la sentencia en relacincon el total de nios en remisin ysentenciados.

    11. Atencin despus de la puesta enlibertad

    Porcentaje de nios que reciben atencindespus de finalizada la privacin de libertad

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    Indicadores de polticas

    Existencia de un sistema que garanticeinspecciones peridicas e independientes delos lugares de privacin de libertad

    12. Inspecciones peridicasindependientes

    Porcentaje de lugares de privacin de libertadque han recibido una inspeccinindependiente en los ltimos 12 meses

    Existencia de un mecanismo para quejas alcual los nios privados de libertad puedanacudir/recurrir

    13. Mecanismo para atender quejas

    Porcentaje de lugares de privacin de libertadque cuentan con un sistema para atenderquejas

    14. Sistema especializado de justicia demenores (FUNDAMENTAL)

    Existencia de un sistema especializado dejusticia de menores

    15. Prevencin Existencia de un plan nacional para laprevencin de la participacin de nios en la

    comisin de infracciones o delitos

    Segn se indica en el Cuadro 2.1, los 15 indicadores se dividen en dos categoras:1) Indicadores cuantitativos y 2) Indicadores de polticas.

    Los indicadores cuantitativos son los Indicadores del 1al 11. stos requieren la recopilacin de informacin numricaacerca de los nios en conflicto con la ley.

    Los indicadores de polticas son los Indicadores del 12al 15. Estos proveen informacin descriptiva acerca de leyes ypolticas. Algunos indicadores pueden complementarse coninformacin cuantitativa acerca de la implementacin.

    Los indicadores cuantitativos miden aspectos del sistema de la justicia de menoresque pueden ser expresados con nmeros. Para permitir una fcil comparacin entrepases, as como para determinar los cambios que puedan surgir con el tiempo,muchos indicadores cuantitativos miden los porcentajes o el nmero de nios cada100.000 de la poblacin total de nios del pas. Los indicadores cuantitativostambin miden el tiempo en que los nios estn en contacto con el sistema, y losaspectos significativos de la experiencia del nio privado de libertad, tales como sies separado de los adultos, si recibe visitas de sus padres, y si recibe asistencia parareintegrarse a la familia despus de la puesta en libertad.

    Los indicadores de polticas, en cambio, evalan si cuatro aspectos que sonparticularmente importantes para una justicia de menores eficaz estn consagradosen las leyes o las polticas nacionales. Entre esos aspectos figuran el grado deespecializacin del sistema de justicia de menores y las medidas de prevencinadoptadas por un pas para evitar que los nios entren en conflicto con la ley.Tambin examinan dos importantes medidas de proteccin para los nios privados

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    de libertad: en primer lugar, si tales nios pueden presentar quejas ante un rganoindependiente sobre el trato o las condiciones en que se encuentran y en segundolugar, si existe un sistema independiente de inspecciones de los lugares de privacinde libertad.

    La forma de cuantificar los indicadores cuantitativos y los indicadores de polticasdifiere. En el caso de los indicadores cuantitativos se utiliza un clculo numrico, yen el de los indicadores de polticas un sistema de niveles del 1 al 4.

    La forma en la cual se cuantifica un indicador, depender de lacategora en la que se ubique. Como los indicadores cuantitativos(indicadores 1 a 11) se refieren a nmeros, estos indicadores secuantifican usando un simple clculo numrico. Para cada uno deestos indicadores, los recuadros de informacin que figuran en laspginas 13 a 29 del presente manual describen qu informacin debereunirse para la parte superior del clculo (el numerador) y la parte

    inferior (el denominador). Los indicadores de polticas (indicadores 12 a 15), por otra parte, se

    calculan en base a informacin que no est expresada en formanumrica, tal como la informacin sobre leyes y polticas. Paraproporcionar una forma de cuantificar esta informacin, losindicadores de polticas utilizan un sistema de niveles, del 1 al 4. Losinstrumentos de anlisis de polticas que figuran en el Apndice 4pueden utilizarse para calcular qu nivel debera mostrar el indicador.Los niveles son:

    Nivel 1 [el aspecto] no existe en la legislacin ni en la poltica

    Nivel 2 [el aspecto] slo est dbilmente amparado por la legislacin

    o la poltica Nivel 3 [el aspecto] est medianamente amparado por la legislacin

    o la poltica

    Nivel 4 [el aspecto] est muy bien amparado por la legislacin o lapoltica

    2.2 Informacin acerca de los Indicadores

    Los recuadros de informacin de las pginas 13 a 29 del presente captulo muestranla informacin bsica acerca de cada indicador. Incluyen informacin acerca de qu

    mide cada indicador, por qu es til dicha medicin, y cmo se mide.

    Los recuadros de informacin correspondientes a cada indicador se presentan en elformato que se indica a continuacin.

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    Indicador 1: Nombre

    Definicin Definicin del indicadorPrioridad Normal o FUNDAMENTAL

    Hay cinco indicadores fundamentales y 10 de prioridad normal. Los 15 indicadores de la justicia demenores son importantes para la evaluacin de la situacin en que se encuentran los nios enconflicto con la ley. Sin embargo, en situaciones en que un pas no puede cuantificarlos 15indicadores, los indicadores fundamentales son aquellos que deberan cuantificarse concarcter prioritario. Los indicadores fundamentales son: indicador 2 (Nios privados de libertad);indicador 3 (Nios privados de libertad antes de la sentencia); indicador 9 (Sentencias privativasde libertad); indicador 10 (Remisin previa a la sentencia); e indicador 14 (Sistema especializadode justicia de menores).

    NumeradorDenominador

    Este recuadro muestra el clculo pertinente que debera realizarse para cuantificar cada indicadorcuantitativo.

    Qu se mide Este recuadro describe qu mide el indicador.

    Por qu es til lamedicin

    Este cuadro describe por qu es til cuantificar el indicador.

    Normasinternacionalesaplicables

    Este recuadro contiene las normas internacionales que son pertinentes para el indicador. Losinstrumentos internacionales citados son:

    La Convencin sobre los Derechos del Nio (CDN) Las Directrices de las Naciones Unidas para la prevencin de la delincuencia juvenil

    (Directrices de Riad) Reglas mnimas de las Naciones Unidas para la administracin de la justicia de menores

    (Reglas de Beijing) Las Reglas de las Naciones Unidas para la proteccin de los menores privados de libertad Las Reglas mnimas de las Naciones Unidas sobre las medidas no privativas de la libertad

    (Reglas de Tokio) Las Directrices de Accin sobre el Nio en el Sistema de Justicia Penal del Consejo

    Econmico y Social de las Naciones Unidas (Directrices de Accin) Principios bsicos sobre la utilizacin de programas de justicia restaurativa en materia

    penal Directrices sobre la justicia en asuntos concernientes a los nios vctimas y testigos de

    delitosCmo se mide Este recuadro muestra cmo reunir informacin para el indicador y cmo usar esa informacin para

    elaborar la medicin del indicador.

    Despus de esta orientacin bsica, se presentan otros dos datos importantes para cada indicador.stos son: i) dndese puede encontrar esa informacin para el indicador - fuentes deinformacin-, y ii) a qu niosse referir esa informacin -la poblacin de nios pertinente.Las fuentes de informacin son generalmente instituciones o personas que forman parte delsistema de justicia de menores o del sistema penal de adultos. Por lo general se encargan de tomardecisiones clave que afectan a los nios en conflicto con la ley y a menudo tienen contacto directocon tales nios. Las fuentes de informacin pueden incluir, por ejemplo, comisaras locales o dedistrito, lugares de privacin de libertad tales como crceles o reformatorios, y autoridadescompetentes como juzgados de primera instancia o tribunales de menores.Las poblaciones de nios son grupos particulares de nios que deben ser contados paracuantificar determinado indicador. stos pueden ser, por ejemplo, todos los nios privados delibertad en determinada fecha o todos los nios que quedan libres en un perodo de 12 meses,dependiendo de qu indicador se est cuantificando. Algunas veces tal vez no sea posible contar atoda una poblacin de nios pertinente. Cuando ste sea el caso, se podr tomar una muestrade lapoblacin de nios pertinente.

    Desglose Los indicadores resultan ms tiles para prestar asistencia a los oficiales nacionales cuando esposible obtener la informacin en forma desglosada. En este recuadro se sugieren categoras dedesglose.

    Instrumentos Finalmente, los recuadros de informacin proveen vnculos con instrumentos de reunin deinformacin, de anlisis de polticas y de Excel para ayudar a cuantificar los indicadores.Los instrumentos para reunir informacin y los instrumentos de anlisis de polticas figuran en losapndices 3 y 4. Los primeros estn destinados a prestar asistencia en la reunin de informacinpara los indicadores cuantitativos (indicadores 1 a 11) y los segundos para reunir informacin paralos indicadores de polticas (indicadores 12 a 15).Estos instrumentos pueden ser particularmente tiles cuando no se dispone de informacin, y esnecesario reunir informacin para los indicadores mediante muestreo, o cuando se debe reorganizarla informacin existente antes de su recopilacin.

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    Desglose

    El desglose es sumamente importante para maximizar la utilidad de los indicadoresde la justicia de menores. Esto se debe al hecho de que el desglose revela pautas que

    no se ven claramente cuando se examina el grupo completo como un conjunto, ypermite analizar la situacin de subgrupos de nios particularmente vulnerables.

    La informacin sobre el tiempo que pasan privados de libertad, por ejemplo, es mssignificativa cuando se pueden ver los perodos de privacin de libertad separadospor categora de delito. Ello se debe a que tal informacin puede entonces ayudar alos organismos oficiales a determinar si la privacin de libertad se utiliza comoltimo recurso y por el mnimo perodo necesario. De la misma manera, lainformacin sobre la separacin de los nios de los adultos privados de libertad porgnero, por ejemplo, puede permitir a los organismos oficiales asegurarse de quetanto los nios como las nias estn protegidos de posibles influencias negativas ymantenidos en las condiciones que mejor se adapten a la satisfaccin de susnecesidades individuales.

    La informacin desglosada puede utilizarse a nivel local, por ejemplo endeterminado lugar de privacin de libertad, para asegurarse de que los grupos denios particularmente vulnerables, tales como nias o nios muy pequeos seantratados de una manera apropiada a sus necesidades. A nivel nacional, el desglose dela informacin para indicadores como el indicador 1 (Nios en conflicto con la ley)y el indicador 9 (Sentencias privativas de libertad) pueden informar el desarrollo delas polticas nacionales, incluidos planes para prevenir que los nios entren enconflicto con la ley o para el dictado de sentencias por parte de los tribunales. Si losindicadores muestran, por ejemplo, que un gran nmero de nios varones entran encontacto con la ley y son sentenciados a privacin de libertad por delitosrelativamente menores, entonces la prevencin y las polticas de dictado desentencias podran adaptarse para hacer frente a la situacin.

    Las categoras de desglose sugeridas varan ligeramente, dependiendo del indicadorque se est considerando. En trminos generales, sin embargo, las categorasdetalladas en el Cuadro 2.2 deberan utilizarse cuando sea posible para cadaindicador cuantitativo. Podrn aadirse categoras adicionales de desglose cuando seestime apropiado segn el contexto nacional, incluido el desglose por el tipo delugar de privacin de libertad, y si los nios aprehendidos o privados de libertadreciben representacin legal. Asimismo, en los casos en que la categora sugerida dedesglose, como por ejemplo Origen tnico, no se aplique al contexto nacional,podr ser excluida de la recoleccin de informacin.

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    Cuadro 2.2 Categoras de desglose

    Categora de desglose Descripcin

    Gnero Femenino o masculino.

    Edad

    El momento en que se mide la edad vara de indicador a

    indicador. Puede ser, por ejemplo, la edad en el momento de laaprehensin, la edad en el momento de la sentencia o la edaden la fecha del censo. El momento pertinente se establece paracada indicador en los recuadros de las pginas 13 a 29.

    Origen tnico

    Cuando sea apropiado para el contexto del pas, y siempre quela recopilacin de esa informacin no plantee preocupacionesespecficas en cuanto a la proteccin, la informacin podrdesglosarse de acuerdo con el origen tnico. Las categoras deorigen tnico debern determinarse en el contexto de cada pasen particular.

    Categora del delito

    Las categoras de delitos sugeridas son:

    1. Delito grave contra una persona

    2. Delito patrimonial grave3. Robo4. Delito de desorden pblico5. Delito relacionado con drogas6. Delito poltico7. Delito de inmigracin/migracin8. Delito en razn de la condicin personal9. Otros10. En riesgo de delinquir11. Situacin irregular

    Las definiciones para cada una de estas categoras figuran en elApndice 1 del presente manual.

    Las categoras de delitos pueden modificarse para ajustarse alcontexto particular del pas. En especial, los pases puedentipificar categoras tanto penales como sociales, segn proceda.

    Tipo de institucin deprivacin de libertad

    Tal vez resulte til para los pases desglosar los indicadoressegn el tipo de institucin en la que se encuentren los nios.Las categoras recomendadas que debern ajustarse segnproceda sobre la base de la situacin de los pases incluyen:

    Comisaras/celdas policiales Centro de privacin de libertad/reclusin/detencin de

    menores Instalacin de rehabilitacin de menores/escuela Crcel (establecimiento de detencin que

    albergue a nios y adultos y jvenes, aunque haya separacinentre ellos).

    Distrito de origen

    Las categoras de distrito de origen deberan basarse en elemplazamiento de la ltima residencia principal conocida delnio. El desglose por distrito de origen podra incluir tambincategoras para nios que pasan la mayor parte de su tiempo enla calle y nios objeto de atencin institucional, o para niosoriginarios de distritos urbanos o rurales.

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    Indicador 1: Nios en conflicto con la ley

    Definicin Nmero de nios aprehendidos durante un perodo de 12 meses por poblacin de 100.000 nios.Prioridad NormalNumerador

    DenominadorNmero de nios aprehendidos durante un perodo de 12 meses

    Poblacin de nios/ 100.000 nios

    Qu se mide Este indicador mide la proporcin de todos los nios que entran en conflicto con la ley en elperodo de un ao.Por qu es til lamedicin

    Esta informacin proporciona un indicador til del grado de participacin de los nios en hechosdelictivos y de la medida en que las facultades de aprehensin son utilizadas apropiadamente porlas autoridades encargadas de hacer cumplir la ley con respecto a los nios.Dado que el clculo del indicador requiere reunir informacin sobre el nmero absoluto de nios,tambin provee informacin que puede utilizarse para establecer y planificar servicios deprevencin y sistemas de justicia de menores. A los efectos tanto de determinar las tendenciascomo de planificar los servicios, este indicador es sumamente til si la informacin se desglosa deacuerdo con factores tales como las categoras de delitos, la edad y el origen tnico.

    Normasinternacionalesaplicables

    [Los Estados Partes velarn por que:] Ningn nio sea privado de su libertad ilegal oarbitrariamente. La detencin, el encarcelamiento o la prisin de un nio se llevar a cabo deconformidad con la ley y se utilizar tan slo como medida de ltimo recurso y durante elperodo ms breve que proceda; CDN, artculo 37 b).

    La prevencin de la delincuencia juvenil es parte esencial de la prevencin del delito en la

    sociedad. Si los jvenes se dedican a actividades lcitas y socialmente tiles, se orientan haciala sociedad y enfocan la vida con criterio humanista, pueden adquirir actitudes nocrimingenas. Directrices de Riad, artculo 1.

    Este indicador requiere que se disponga de informacin correspondiente a un perodo finalizadode 12 meses.La mnima informacin requerida para cuantificar este indicador es el nmero total de niosaprehendidos en el pas durante el perodo de 12 meses. Esta cifra tal vez est disponible anivel central.No obstante, cuando las fuentes de informacin a nivel local (como las comisaras) mantenganarchivos sobre custodia o registros de arrestos, deber obtenerse y recopilarse la informacinsobre los nios detenidos para formar el numerador.La informacin sobre aprehensiones individuales de nios puede presentarse en forma de cuadrocon una lnea por cada nio, especificando el nmero de identificacin del nio, el gnero, elorigen tnico, la fecha de nacimiento, la categora del delito y la fecha de aprehensin.Fuentes de Informacin

    Los nios pueden ser aprehendidos y puestos bajo custodia por la polica, los gendarmes, lapolica militar, las fuerzas militares regulares, las fuerzas paramilitares o el personal deinteligencia del Estado.Debern identificarse las fuentes de informacin en el seno de cada una de estas autoridadescuando conste que arrestan nios en el contexto particular del pas. stas podrn ser locales(como la comisara de una localidad), de distrito o regionales (como una jefatura de policaregional) o centrales (como una jefatura de polica nacional), dependiendo de que se rena ytransmita informacin suficientemente desglosada a las jerarquas superiores en una formautilizable.Adems, en los sistemas en que la polica est obligada a presentar a los nios ante el fiscal enun perodo muy breve, tambin se podr solicitar informacin sobre el nmero de arrestos alministerio pblico.

    Cmo se mide

    Poblaciones de nios

    La poblacin numerador est formada por todos los nios del pas que fueron detenidos en elperodo de 12 meses.

    Cuando no sea fcil reunir informacin sobre toda la poblacin numerador, podr utilizarse elnmero de nios detenidos por una muestra representativa de comisaras para estimar elvalor total.Se proporciona ms informacin sobre el muestreo en el captulo 4 (Metodologa) y el Apndice 2del presente manual.

    Desglose Gnero, edad en el momento de la aprehensin, origen tnico, distrito de origen, categora deldelito, y nombre del servicio de seguridad social que arresta (en pases en que varios de estosservicios detienen a nios).

    Instrumentos El instrumento de reunin de informacin 1 puede utilizarse para el muestreo o para laorganizacin de la informacin existente.

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    Indicador 2: Nios privados de libertad

    Definicin Nmero de nios privados de libertad por poblacin de 100.000 nios.Prioridad FUNDAMENTALNumerador

    Denominador

    Nmero de nios privados de libertadPoblacin de nios / 100.000

    Qu se mide Este indicador proporciona informacin sobre el nmero de nios privados de libertad en relacincon la poblacin de nios total. Incluye nios privados de libertad en espera del juicio, en espera dela sentencia y despus de dictada la sentencia en cualquier tipo de establecimiento (incluida lacustodia policial).

    Por qu es til lamedicin

    Los nios privados de libertad son especialmente vulnerables a las influencias negativas, incluida laprdida de libertad y la separacin del entorno social habitual, y estn expuestos a mayores riesgosde abusos. Las normas internacionales establecen claramente que la privacin de libertad de niosse utilizar solamente como medida de ltimo recurso. Medir la proporcin de los nios privados delibertad ayuda a vigilar los progresos realizados en la reduccin del uso de la privacin de lalibertad y a conformar un cambio de poltica.Adems, los pases pueden obtener ms informacin til acerca del uso apropiado de la privacinde libertad analizando de qu delitos (si los hay) se acusa a tales nios, o qu delitos han cometido.Finalmente, la reunin de informacin sobre el nmero de nios privados de libertad es importantepara la asignacin de recursos y para fines administrativos.

    Normasinternacionalesaplicables

    [Los Estados Partes velarn por que:] Ningn nio sea privado de su libertad ilegal oarbitrariamente. La detencin, el encarcelamiento o la prisin de un nio se llevar a cabo deconformidad con la ley y se utilizar tan slo como medida de ltimo recurso y durante elperodo ms breve que proceda; CDN, artculo 37 b).

    El confinamiento de menores en establecimientos penitenciarios se utilizar en todo momentocomo ltimo recurso y por el ms breve plazo posible. Reglas de Beijing, artculo 19 1).

    La privacin de libertad de un menor deber decidirse como ltimo recurso y por el perodomnimo necesario y limitarse a casos excepcionales. Reglas de las Naciones Unidas para laproteccin de los menores privados de libertad, artculo 2.

    Este indicador requiere reunir informacin de tipo fotogrfico o foto instantnea (muestra lasituacin en una fecha especfica).La informacin requerida para la medicin es el nmero total de nios privados de libertad. Cuandosea posible, esta informacin debera recogerse de fuentes de informacin tales como lugares deprivacin de libertad, a nivel de cada nio.Debera presentarse en forma de cuadro, con una lnea separada en que figuraran los detalles decada nio privado de libertad.

    Cmo se mide

    Fuentes de Informacin

    La informacin para este indicador puede obtenerse de tres fuentes: 1) lugares de privacin delibertad; 2) autoridades competentes; y 3) fiscalas.La principal fuente de informacin sern probablemente los lugares de privacin de libertad. Unlugar de privacin de libertad debera mantener registros de los nios privados de libertad en esainstitucin. Esto debera aplicarse a todas las instituciones, incluidos comisaras de polica conceldas, reformatorios, prisiones e instalaciones de una rehabilitacin seguras.No obstante, en el contexto de algunos pases, tal vez resulte necesario buscar fuentes deinformacin adicionales. La decisin de detener a un nio (menos en el caso de un nio encerradoen una celda policial), es casi siempre adoptada por una autoridad competente, como unmagistrado que ordena la detencin de un nio previa a la sentencia o un juez de distrito quesentencia al nio a la privacin de libertad. Estas autoridades tambin pueden ser una fuente deinformacin til para este indicador.Por ltimo, el ministerio pblico tal vez mantenga y actualice registros sobre la situacin de losnios en conflicto con la ley, incluida informacin relativa al rgimen de detencin.Poblaciones de nios

    La poblacin numerador son todos los nios privados de libertad en determinada fecha, en esperadel juicio, en espera de la sentencia o despus de dictada la sentencia. Si es posible, la informacindebera obtenerse de fuentes de informacin suficientes para cubrir la poblacin numerador total.Sin embargo, cuando ello no es viable, el nmero de nios privados de libertad en una muestrarepresentativa de lugares de detencin se puede utilizar para estimar el valor efectivo delnumerador. Se proporciona ms informacin sobre el muestreo en el captulo 4 (Metodologa) y elApndice 2 del presente manual.

    Desglose Gnero, edad en la fecha de realizacin del censo, origen tnico, distrito de origen, categora deldelito, detenido en espera de la sentencia o despus de dictada la sentencia, tipo de institucin dedetencin.

    Instrumentos Los instrumentos de reunin de informacin 1 y 3 pueden utilizarse para el muestreo o para laorganizacin de la informacin existente. Cuando sea necesario elaborar los sistemas deinformacin o reforzar la capacidad de los sistemas existentes, puede utilizarse el instrumento 1de Excel.

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    Indicador 3: Nios privados de libertad antes de la sentencia

    Definicin Nmero de nios privados de libertad antes de la sentencia por poblacin de 100.000 nios.

    Prioridad FUNDAMENTAL

    Numerador

    Denominador

    Nmero de nios privados de libertad antes de la sentenciaPoblacin de nios / 100.000

    Qu se mide Este indicador mide slo a aquellos nios que estn privados de la libertad por una autoridadcompetente antes de la sentencia. Esto incluye a nios que estn en espera de juicio y losdeclarados culpables pero que estn privados de libertad mientras esperan sentencia. Sinembargo, no incluye a los nios que esperan el resultado de una apelacin.Como tal, este indicador mide un subconjuntodel indicador 2.

    Por qu es til lamedicin

    Este indicador es sumamente importante. Muchos pases no llevan la cuenta del nmero de niosprivados de libertad antes de la sentencia. Esto sucede no obstante el hecho de que en muchoscasos, la mayora de los nios privados de libertad estn esperando la decisin final de sus casos,o bien esa decisin est en trmite4. Adems, a menudo slo una pequea minora de estos niosson finalmente condenados a prisin, y muchos reciben sentencias absolutorias.Las normas internacionales especifican que la privacin de libertad en espera de juicio se utilizarslo como medida de ltimo recurso. La informacin acerca de estos nios es por lo tanto esencialpara asegurar que la detencin previa a la sentencia sea utilizada adecuadamente. Como en elindicador 2, este indicador ser ms valioso cuando se pueda disponer de la informacin en formadesglosada, incluidos la categora del delito (si lo hay), el gnero, la edad y el origen tnico.

    Normasinternacionalesaplicables

    Slo se aplicar la prisin preventiva como ltimo recurso y durante el plazo ms breveposible. Reglas de Beijing, artculo 13 1).

    Siempre que sea posible, se adoptarn medidas sustitutorias de la prisin preventiva, como lasupervisin estricta, la custodia permanente, la asignacin a una familia o el traslado a unhogar o a una institucin educativa. Reglas de Beijing, artculo 13 2).

    Todos los casos se tramitarn desde el comienzo de manera expedita y sin demorasinnecesarias. Reglas de Beijing, artculo 20 1) .

    En el procedimiento penal slo se recurrir a la prisin preventiva como ltimo recurso,teniendo debidamente en cuenta la investigacin del supuesto delito y la proteccin de lasociedad y de la vctima. Reglas de Tokio, artculo 6 1).

    Este indicador requiere reunir informacin de tipo fotogrfico o foto instantnea (muestra lasituacin en una fecha especfica).La informacin requerida es el nmero total de nios privados de libertad antes de la sentencia.Como este indicador es un subconjunto del indicador 2, la informacin para este indicador puede,

    en la prctica, reunirse como una categora de desglose del indicador 2 (nios privadosde libertad).Esto requiere que las fuentes de informacin que proveen datos sobre cada nio privado delibertad sean capaces de determinar si cada nio est detenido en espera de la sentencia o conposterioridad al dictado de la misma.

    Cmo se mide

    Fuentes de Informacin

    Las fuentes de informacin para este indicador sern las mismas que para el indicador 2.Poblaciones de nios

    La poblacin numerador son todos los nios privados de libertad antes de la sentencia en unafecha determinada.Como con el caso del indicador 2, pueden utilizarse muestreos de las fuentes de informacin paraestimar el valor efectivo del numerador cuando no sea posible reunir informacin acerca de lapoblacin numerador total. Se proporciona ms informacin sobre el muestreo en el captulo 4(Metodologa) y en el Apndice 2 del presente manual.

    Desglose Gnero, edad en la fecha de realizacin del censo, origen tnico, distrito de origen, categora deldelito.

    Instrumentos Los instrumentos de reunin de informacin 1 y 3 pueden utilizarse para el muestreo o para laorganizacin de la informacin existente.Cuando sea necesario elaborar sistemas de informacin o reforzar la capacidad de los sistemasexistentes, puede utilizarse el instrumento 1 de Excel.

    __________________

    4 Cappelaere G., Grandjean, A., Naqvi, Y. Children Deprived of Liberty. Rights and Realities. DCI

    Holland, 2005, pg. 280.

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    Indicador 4: Duracin de la privacin de libertad antes de la sentencia

    Definicin Tiempo de privacin de libertad antes de la sentencia.Prioridad Normal

    Numerador

    Denominador

    Los nios privados de libertad antes de la sentencia durante un perodo especfico (generalmente12 meses) deberan dividirse en las siguientes categoras temporales, de acuerdo con el tiempototal que permanecieron privados de libertad antes de la sentencia.

    60 mesesEste clculo debera utilizarse entonces para cada categora temporal:

    Nmero de nios en la categora temporalNmero total de nios para quienes la informacin est disponible / 100

    Qu se mide Utilizando las siete categoras temporales supra, este indicador mide el tiempo que los niospasan privados de libertad antes de ser sentenciados.

    Por qu es til lamedicin

    Mientras la privacin de libertad antes de la sentencia se utilice de acuerdo con el principio deltimo recurso, los argumentos para justificar vlidamente la situacin de los nios privados delibertad con anterioridad a la sentencia pueden ser que las alternativas a la privacin de libertad

    son insuficientes para asegurar la presencia del nio en el juzgado, o para prevenir que el nioreincida. No obstante, si resulta que los nios quedan privados de libertad antes de la sentenciadurante un perodo igual, o incluso mayor, que la duracin de las sentencias con penas privativasde libertad, ello sugiere que la privacin de libertad antes de la sentencia tal vez no se utilice conesos fines, sino ms bien como castigo en s misma.

    Normasinternacionalesaplicables

    Slo se aplicar la prisin preventiva como ltimo recurso y durante el plazo ms breveposible. Reglas de Beijing, artculo 13 1) .

    Siempre que sea posible, se adoptarn medidas sustitutorias de la prisin preventiva, como lasupervisin estricta, la custodia permanente, la asignacin a una familia o el traslado a unhogar o a una institucin educativa. Reglas de Beijing, artculo 13 2).

    Todos los casos se tramitarn desde el comienzo de manera expedita y sin demorasinnecesarias. Reglas de Beijing, artculo 20 1) .

    Este indicador requiere que se disponga de informacin relativa a un perodo finalizadode 12 meses.La informacin que debera reunirse se refiere al plazo durante el cual haya estado detenido cadanio que haya completado su privacin de libertad antes de la sentencia en el perodode 12 meses. Esa informacin puede ser registrada por una fuente de informacin como datoconcreto. De lo contrario, deber calcularse teniendo en cuenta las fechas de comienzo yfinalizacin del perodo de privacin de libertad antes de la sentencia al que haya sido sometido elnio. Cuando un nio haya estado en diferentes lugares de detencin antes de la sentencia,deber velarse por incluir el perodo que haya pasado en cada unode los lugares de detencin.La informacin sobre los nios que completan la privacin de libertad antes de la sentencia puedereunirse en forma de cuadro, asignndose una lnea a cada nio, especificndose su gnero,fecha de nacimiento y origen tnico, la categora del delito que haya cometido y las fechas decomienzo y finalizacin de la privacin de libertad antes de la sentencia.

    Cmo se mide

    Fuentes de Informacin

    Las fuentes de informacin para este indicador son los lugares de privacin de libertad previas a lasentencia (tales como celdas de comisaras de la polica, centros penitenciarios, reformatorios einstitutos educacionales o de rehabilitacin), autoridades competentes y la oficina del fiscal.Los magistrados locales o las oficinas locales o de distrito del fiscal son generalmenteresponsables de la decisin de mantener al nio detenido antes de la sentencia y, enconsecuencia, tambin pueden tener informacin relacionada con el tiempo en que haya estadoprivado de libertad antes de la sentencia cada nio.

    Poblaciones de niosLa poblacin pertinente de nios, de la que se obtiene informacin para el numerador, son todoslos nios que han completado el proceso de privacin de libertad antes de la sentencia durante unperodo especfico.La informacin puede obtenerse tambin mediante muestreo. Los grupos de muestra de nios quehan completado el proceso pueden tomarse de una serie de diferentes lugares de privacin delibertad y la informacin obtenida puede utilizarse para estimar el valor del conjunto de lapoblacin. Se proporciona ms informacin sobre el muestreo en el captulo 4 (Metodologa) y enel Apndice 2 del presente manual.

    Desglose Gnero, edad en el momento de la aprehensin, origen tnico, distrito de origen, categora deldelito.

    Instrumentos Los instrumentos de reunin de informacin 2 y 3 pueden utilizarse para el muestreo o para laorganizacin de la informacin existente.Cuando sea necesario elaborar sistemas de informacin o reforzar la capacidad de los sistemasexistentes, pueden utilizarse los instrumentos 1 y 2 de Excel.

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    Indicador 5: Duracin de la privacin de libertad impuesta por la sentencia

    Definicin Tiempo de privacin de libertad despus de la sentencia.Prioridad Normal

    Numerador

    Denominador

    Los nios que han cumplido una pena de privacin de libertad durante un perodo especfico deberndividirse en las siguientes categoras temporales, de acuerdo con el tiempo total que pasaron privados

    de libertad despus de la sentencia. < 1 mes 1 mes a < 3 meses 3 meses a < 6 meses 6 meses a < 12 meses 12 meses a < 24 meses 24 meses a < 60 meses > 60 mesesEste clculo debera utilizarse entonces para cada categora temporal:

    Nmero de nios en la categora temporal

    Nmero total de nios para quienes la informacin est disponible / 100

    Qu se mide Utilizando las categoras temporales, este indicador mide el tiempo durante el cual estuvieron privadosde libertad los nios despus de ser sentenciados. El indicador mide el tiempo real que pasaronprivados de libertad los nios, no el plazo establecido en las sentencias dictadas por una autoridadcompetente que, en muchos casos, puede ser ms largo o ms breve que el perodo en el cual fueronprivados de su libertad.

    Por qu es til lamedicin

    As como la privacin de libertad antes de la sentencia debera utilizarse como medida de ltimorecurso, la privacin de libertad impuesta por la sentencia debera ser siempre una disposicin deltimo recurso y por el mnimo perodo necesario. Este indicador es el que ms puede determinar siestos principios se observan cuando la informacin puede desglosarse por categora de delito. Si ungran nmero de nios pasan menos de un ao privados de libertad en virtud de una sentenciaimpuesta, por ejemplo, ello puede indicar que la privacin de la libertad se utiliza en lugar de medidasalternativas a la privacin de libertad para delitos comparativamente menores. Si un gran nmero denios pasan ms de dos aos condenados, ello puede indicar un incumplimiento del principio deprivacin de libertad por el mnimo perodo necesario.

    Normasinternacionalesaplicables

    [Los Estados Partes velarn por que:] Ningn nio sea privado de su libertad ilegal oarbitrariamente. La detencin, el encarcelamiento o la prisin de un nio se llevar a cabo deconformidad con la ley y se utilizar tan slo como medida de ltimo recurso y durante el perodoms breve que proceda; CDN, artculo 37 b).

    El confinamiento de menores en establecimientos penitenciarios se utilizar en todo momentocomo ltimo recurso y por el ms breve plazo posible. Reglas de Beijing, artculo 19 1). La privacin de libertad de un menor deber decidirse como ltimo recurso y por el perodo

    mnimo necesario y limitarse a casos excepcionales. Reglas de las Naciones Unidas para laproteccin de los menores privados de libertad, artculo 2.

    Las directrices dadas para el indicador 4 tambin se aplican a este indicador.Este indicador requiere que se disponga de informacin correspondiente a un perodo finalizado de12 meses.La informacin que debera reunirse se refiere al plazo durante el cual haya estado detenido en virtudde una sentencia cada nio que haya completado su privacin de libertad impuesta por la sentenciadurante el perodo de 12 meses.

    Cmo se mide

    Fuentes de Informacin

    Las fuentes de informacin para este indicador sern las mismas que para el Indicador 4.Poblaciones de nios

    La poblacin pertinente de nios, de la que se obtiene informacin para el numerador, son todos losnios que han completado un perodo de privacin de libertad en virtud de una sentencia durante unperodo especfico.La informacin puede obtenerse tambin mediante muestreo. Los grupos de muestra de nios que hancompletado un perodo de privacin de libertad en virtud de una sentencia pueden tomarse de unaserie de diferentes lugares de privacin de libertad y la informacin obtenida puede utilizarse paraestimar el valor del conjunto de la poblacin. Se proporciona ms informacin sobre el muestreo en elcaptulo 4 (Metodologa) y en el Apndice 2 del presente manual.

    Desglose Gnero, edad en el momento de la aprehensin, origen tnico, distrito de origen, categora del delito.

    Instrumentos Los instrumentos de reunin de informacin 2 y 3 pueden utilizarse para el muestreo o para laorganizacin de la informacin existente.Cuando sea necesario elaborar sistemas de informacin o reforzar la capacidad de los sistemasexistentes, pueden utilizarse los instrumentos 1 y 2 de Excel.

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    Indicador 6: Nios muertos en privacin de libertad

    Definicin Nmero de nios muertos en privacin de libertad durante un perodo de 12 meses por 1.000 niosaprehendidos.

    Prioridad Normal

    Numerador

    Denominador

    Nmero de nios muertos en privacin de libertad durante el perodo de 12 meses

    Nmero de nios en privacin de libertad (total) / 1000Qu se mide Al medir el nmero de nios muertos en privacin de libertad durante un perodo de 12 meses, este

    indicador proporciona una medida til del trato que reciben los nios durante la privacin de la libertad yrevela los problemas ms crticos de la proteccin del nio.

    Por qu es til lamedicin

    Los nios privados de su libertad tienen derecho a ser detenidos en instalaciones que mantengan suseguridad y promuevan su bienestar fsico y mental, incluso mediante una atencin mdica adecuada sifuera necesario, y no deberan estar sujetos a abusos, violencia o explotacin.No obstante, las muertes de los nios privados de libertad pueden ser causadas, entre otras cosas, porenfermedades (incluidas infecciones relacionadas con el VIH/SIDA), falta de alimentacin adecuada,intoxicacin por alcohol o drogas, violencia por parte de otros detenidos o del personal, suicidio, o muertepor accidente. Todo esto plantea graves preocupaciones relativas a la proteccin del nio y cuestionesconexas, como el hecho de que un gran nmero de nios muertos en privacin de libertad indique que elentorno protector de los nios detenidos sea marcadamente insuficiente.

    Normasinternacionalesaplicables

    Los Estados Partes reconocen que todo nio tiene el derecho intrnseco a la vida. CDN, artculo 6 1). [Los Estados Partes velarn por que:] Ningn nio sea sometido a torturas ni a otros tratos o penas

    crueles, inhumanos o degradantes. No se impondr la pena capital ni la de prisin perpetua sinposibilidad de excarcelacin por delitos cometidos por menores de 18 aos de edad. CDN,artculo 37 a).

    Todo menor deber recibir atencin mdica adecuada, tanto preventiva como correctiva Reglas delas Naciones Unidas para la proteccin de los menores privados de libertad, artculo 49.

    Los centros de detencin de menores debern organizar programas de prevencin del uso indebidode drogas y de rehabilitacin administrados por personal calificado Reglas de las Naciones Unidaspara la proteccin de los menores privados de libertad, artculo 54.

    El director del centro de detencin deber notificar inmediatamente a la familia o al tutor del menor, oa cualquier otra persona designada por l, en caso de fallecimiento, enfermedad que requiera eltraslado del menor a un centro mdico fuera del centro, o un estado que exija un tratamiento de msde 48 horas en el servicio clnico del centro de detencin Reglas de las Naciones Unidas para laproteccin de los menores privados de libertad,artculo 56.

    Slo podr hacerse uso de la fuerza o de instrumentos de coercin en casos excepcionales, cuandose hayan agotado y hayan fracasado todos los dems medios de control y slo de la formaexpresamente autorizada y descrita por una ley o un reglamento. Esos instrumentos no deberncausar humillacin ni degradacin y debern emplearse de forma restrictiva y slo por el lapso

    estrictamente necesario. Reglas de las Naciones Unidas para la proteccin de los menores privadosde libertad, artculo 64.

    Este indicador requiere que se disponga de informacin correspondiente a un perodo finalizado de 12meses.La informacin que debe reunirse es la relativa al nmero de muertes de nios que han ocurrido entrenios en privacin de libertad durante el perodo de 12 meses. Deberan contarse las muertes entre niosprivados de libertad antes y despus de la sentencia.Las fuentes de informacin deberan garantizar que se proporcione informacin respecto de cada niomuerto en lugares de privacin de libertad durante el perodo especificado.

    Cmo se mide

    Fuentes de Informacin

    Las fuentes de informacin para este indicador son todas las instituciones identificadas como lugares deprivacin de libertad.Poblaciones de nios

    La poblacin numerador pertinente son todos los nios que han muerto en privacin de libertad durante elperodo especificado de 12 meses. La poblacin denominador pertinente es el nmero total de niosprivados de libertad en una fecha especfica. Para minimizar la labor de cuantificacin de los indicadores,es posible utilizar el valor del nmero total de nios privados de libertad obtenido para el Indicador 2(Nios privados de libertad) para el denominador.Como el nmero de nios muertos en privacin de libertad probablemente no ser muy elevado, no esapropiado reunir informacin para este indicador mediante muestreo. En cambio, debera reunirseinformacin acerca de toda la poblacin pertinente. Esto requiere que las fuentes de informacin seancapaces de proporcionar informacin acerca de los nios muertos en cada lugar de privacin de libertaddel pas.

    Desglose Gnero, edad en el momento de la muerte, origen tnico, distrito de origen, privado de libertad antes odespus de la sentencia, causa de la muerte, tipo de institucin en la que estaba detenido el nio.

    Instrumentos Los instrumentos de reunin de informacin obtenida de las herramientas 1 y 3 pueden utilizarse para laorganizacin de la informacin existente.Cuando sea necesario elaborar sistemas de informacin o reforzar la capacidad de los sistemasexistentes, puede utilizarse el instrumento 1 de Excel.

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    Indicador 7: Separacin de los adultos

    Definicin Porcentaje de nios privados de libertad que no estn totalmente separados de adultos.Prioridad NormalNumerador

    Denominador

    Nmero de nios privados de libertad que no estn separados totalmente de los adultos

    Nmero de nios privados de libertad (total) / 1000

    Qu se mide Este indicador mide el porcentaje de nios privados de libertad que no estn completamenteseparados de los adultos. Se mide contando todos los nios privados de libertad en las situacionesdetalladas en los puntos 1) y 2) infra.Los nios en diferentes lugares de privacin de libertad pueden experimentar diferentes grados deseparacin de los adultos, como se describe a continuacin:

    1) No hay separacin formal de adultos y nios. Los nios estn en las mismashabitaciones, salas o celdas que los adultos.

    2) Los nios estn ubicados en habitaciones o celdas, separados de los adultos, perocomparten algunas instalaciones con adultos, como las de ejercicio, lavado o zonas decomedor.

    3) Los nios estn ubicados en secciones separadas de los adultos y tienen instalacionesseparadas. Los nios pueden o no ser vistos u odos por los adultos detenidos.

    4) La institucin es slo para nios.Por qu es til lamedicin

    El principio de separacin de los adultos tiene dos propsitos: proteger a los nios de laexplotacin, el abuso y las influencias negativas de los adultos, y asegurar que la privacin de

    libertad del nio se efecte en instalaciones que atiendan a sus necesidades especiales.Normasinternacionalesaplicables

    [Los Estados Partes velarn por que:] Todo nio privado de libertad sea tratado con lahumanidad y el respeto que merece la dignidad inherente a la persona humana, y de maneraque se tengan en cuenta las necesidades de las personas de su edad. En particular, todo nioprivado de libertad estar separado de los adultos, a menos que ello se considere contrario alinters superior del nio CDN, artculo 37 c).

    Los menores confinados en establecimientos penitenciarios se mantendrn separados de losadultos y estarn detenidos en un establecimiento separado o en una parte separada de unestablecimiento en el que tambin estn encarcelados adultos. Reglas de Beijing,artculo 26 3).

    Este indicador requiere la informacin de tipo fotogrfico o foto instantnea (muestra la situacinen una fecha especfica).La informacin requerida es el nmero total de nios privados de libertad que no estncompletamente separados de los adultos.Siempre que sea posible, esto debera obtenerse de fuentes de informacin a nivel de cada nio

    individual y debera presentarse en forma de cuadro, con una lnea separada en que figuraran losdetalles de cada nio privado de libertad y aclarando si ellos estn o no separados completamentede los adultos.Deberan incluirse los nios privados de libertad tanto antes como despus de la sentencia. En laprctica, la informacin para este indicador puede reunirse como una categora de desglosemientras se rene la informacin para el indicador 2 (Nios privados de libertad).

    Cmo se mide

    Fuentes de Informacin

    Las fuentes de informacin para este indicador son todas las instituciones identificadas comolugares de privacin de libertad.Poblaciones de nios

    La poblacin numerador son todos los nios privados de libertad que no estn completamenteseparados de los adultos en una fecha especfica elegida. La poblacin denominador es el nmerototal de nios privados de libertad en la fecha especificada. Como es probable que la informacinpara este indicador se rena al mismo tiempo que la informacin para el indicador 2 (Niosprivados de libertad), es posible utilizar el valor del nmero total de nios privados de libertad del

    indicador 2 (Nios privados de libertad) para el denominador.Es posible reunir informacin para este indicador mediante muestreo. Los grupos de muestra denios privados de libertad pueden tomarse de una serie de diferentes lugares de privacin delibertad y la informacin obtenida puede utilizarse para estimar el valor del conjunto de lapoblacin.Se proporciona ms informacin sobre el muestreo en el captulo 4 (Metodologa) y en elApndice 2 del presente manual.

    Desglose Gnero, edad en la fecha de realizacin del censo, origen tnico, distrito de origen, detenido anteso despus de la sentencia, categora de separacin, distrito de detencin, tipo de institucin deaprehensin.

    Instrumentos Los instrumentos de reunin de informacin 1 y 3 pueden utilizarse para el muestreo o para laorganizacin de la informacin existente.Cuando sea necesario elaborar sistemas de informacin o reforzar la capacidad de los sistemasexistentes, puede utilizarse el instrumento 1 de Excel.

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    Indicador 8: Contacto con padres y familiares

    Definicin Porcentaje de nios privados de libertad que han sido visitados por padres, tutores, o familiares adultos, oque han visitado a esas personas, en los ltimos tres meses.

    Prioridad Normal

    Numerador

    Denominador

    Nmero de nios privados de libertad que recibieron o hicieron al menos una visita en los ltimos tres meses

    Nmero de nios privados de libertad (total) / 1000

    Qu se mide Este indicador mide la aplicacin de los derechos del nio al contacto peridico directo con sus padres y amantener contacto con su familia mediante visitas.

    Por qu es til lamedicin

    El derecho del nio a un contacto peridico directo con sus padres a mantener contacto con su familia,puede peligrar seriamente durante la privacin de libertad.Negarle a un nio privado de libertad el contacto con sus padres o con su familia tiene muchas y gravesconsecuencias negativas. El contacto peridico es de particular importancia con respecto a la reintegracindel nio a su familia cuando salga en libertad, y a su bienestar y salud psicolgica durante el perodo deprivacin de libertad.

    Normasinternacionalesaplicables

    Los Estados Partes respetarn el derecho del nio que est separado de uno o de ambos padres amantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello escontrario al inters superior del nio. CDN, artculo 9 3).

    [Los Estados Partes velarn por que:]... todo nio privado de libertad... tendr derecho a mantenercontacto con su familia por medio de correspondencia y de visitas, salvo en circunstanciasexcepcionales; CDN, artculo 37 c).

    En el inters y bienestar del menor confinado en un establecimiento penitenciario, tendrn derecho de

    acceso los padres o tutores. Reglas de Beijing, artculo 26 5) . Los centros de detencin para menores debern estar descentralizados y tener un tamao que facilite

    el acceso de las familias de los menores y su contactos con ellas. Reglas de las Naciones Unidas parala proteccin de los menores privados de libertad, artculo 30.

    Todo menor tendr derecho a recibir visitas regulares y frecuentes, en principio una vez por semana ypor lo menos una vez al mes, en condiciones que respeten la necesidad de intimidad del menor, elcontacto y la comunicacin sin restricciones con la familia y con el abogado defensor. Reglas de lasNaciones Unidas para la proteccin de los menores privados de libertad, artculo 60.

    Deber autorizarse a los menores a salir de los centros de detencin para visitar su hogar y sufamilia... Reglas de las Naciones Unidas para la proteccin de los menores privados de libertad,artculo 59.

    Este indicador requiere que se disponga de informacin correspondiente a un perodo finalizado de tresmeses.La informacin que debera reunirse es la relativa al nmero de nios privados de libertad que han recibidouna visita durante el perodo de tres meses.Siempre que sea posible, esto debera obtenerse de las fuentes de informacin a nivel de cada nio

    individual. Cuando las fuentes de informacin no registran visitas, puede examinarse cuidadosamente laposibilidad de realizar entrevistas directas a los nios privados de libertad. No obstante, este mtodo dereunir informacin debera utilizarse slo como ltimo recurso y con las salvaguardias ticas apropiadas.En la prctica, la informacin para este indicador puede reunirse al mismo tiempo y de la misma poblacinde nios del indicador 2 (Nios privados de libertad). Un cuadro en el que figuren cada uno de los niosprivados de libertad, por ejemplo, puede marcarse para indicar qu nios han recibido una visita en losltimos tres meses. Deberan incluirse los nios privados de libertad tanto antes como despus de lasentencia.

    Cmo se mide

    Fuentes de Informacin

    Las fuentes de informacin para este indicador son todas las instituciones identificadas como lugares deprivacin de libertad.Poblaciones de nios

    La poblacin numerador es el nmero total de nios privados de libertad que han recibido visitas de suspadres o de algn familiar adulto, o que han visitado a esas personas, durante los ltimos tres meses.La poblacin denominador es el nmero total de nios privados de libertad en la fecha especificada.Como es probable que la informacin para este indicador se rena al mismo tiempo que la informacin parael indicador 2 (Nios privados de libertad), es posible utilizar el valor del nmero total de nios privados delibertad del indicador 2 (Nios privados de libertad) para el denominador.El muestreo de fuentes de informacin puede resultar apropiado para este indicador. Los grupos de muestrade nios que estn privados de libertad pueden tomarse de una serie de diferentes lugares de privacin delibertad y la informacin obtenida puede utilizarse para estimar el valor del conjunto de la poblacin. Seproporciona ms informacin sobre el muestreo en el captulo 4 (Metodologa) y en el Apndice 2 delpresente manual.

    Desglose Gnero, edad en la fecha de realizacin del censo, origen tnico, distrito de origen, detenido antes odespus de la sentencia, tipo de institucin de detencin.

    Instrumentos Los instrumentos de reunin de informacin 1 y 3 puede utilizarse para el muestreo o para la organizacinde la informacin existente.Cuando sea necesario elaborar sistemas de informacin o reforzar la capacidad de los sistemas existentes,puede utilizarse el instrumento 1 de Excel.

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    Indicador 9: Sentencias privativas de libertad

    Definicin Porcentaje de nios que reciben sentencias privativas de libertad.Prioridad FUNDAMENTALNumerador

    Denominador

    Nmero de nios sentenciados a privacin de la libertad durante un perodo de 12 meses

    Nmero de nios sentenciados durante un perodo de 12 meses / 100

    Qu se mide Este indicador mide el nmero de nios sentenciados a privacin de la libertad durante un perodode 12 meses en tanto proporcin de los nios sentenciados a cualquier medida correctiva en el perodode 12 meses.

    Por qu es tilla medicin

    El principio de ltimo recurso aplicado a la sentencia significa que la privacin de libertad no deberaimponerse a menos que los objetivos de la medida -principalmente garantizar el bienestar del nio en elcaso de los menores delincuentes-, en opinin del juez, no puedan lograrse mediante una medida noprivativa de libertad.Como muchos otros indicadores, ste puede evaluar mejor la situacin cuando se dispone de informacindesglosada, particularmente informacin referente a la categora del delito. Una alta proporcin desentencias con penas privativas de libertad por delitos no violentos o cometidos por menores que no sondelincuentes habituales, por ejemplo, estara sugiriendo claramente una violacin al principio de ltimorecurso.

    Normasinternacionalesaplicables

    La detencin, el encarcelamiento o la prisin de un nio se llevar a cabo de conformidad con la ley yse utilizar tan slo como medida de ltimo recurso y durante el perodo ms breve que proceda;CDN, artculo 37.

    Las restricciones a la libertad personal del menor se impondrn slo tras cuidadoso estudio y se

    reducirn al mnimo posible; Reglas de Beijing, artculo 17 1) b) . Slo se impondr la privacin de libertad personal en el caso de que el menor sea condenado por un

    acto grave en el que concurra violencia contra otra persona o por la reincidencia en cometer otrosdelitos graves, y siempre que no haya otra respuesta adecuada; Reglas de Beijing, artculo 17 1) c) .

    Para mayor flexibilidad y para evitar en la medida de lo posible el confinamiento en establecimientospenitenciarios, la autoridad competente podr adoptar una amplia diversidad de decisiones. Reglasde Beijing, artculo 18 1).

    Este indicador requiere que se disponga de informacin correspondiente a un perodo finalizadode 12 meses.El indicador mide el efectode la sentencia y no la sentencia misma. Una autoridad competente puede, porejemplo, sentenciar a un nio a concurrir a una escuela abierta de rehabilitacin. Si la institucin no existeen la prctica, entonces el nio puede ser llevado a un lugar de privacin de libertad.Por consiguiente, la informacin que debera reunirse es la relativa al nmero de nios que recibieron unasentencia que se haya traducidoen su confinamiento en un lugar de detencin a lo largo del perodo de12 meses. Esto requerir cierto conocimiento de la aplicacin en la prctica de las sentencias dictadas por

    una autoridad competente en el contexto particular del pas.Para evaluar con exactitud la importancia de este valor, tambin es necesario medir el nmero total denios sentenciados a cualquiermedida correctiva durante el mismo perodo. Es este valor el que forma laparte inferior del clculo. Expresado de esta forma, el indicador, a su vez, proporciona una indicacin de lamedida en que se respeta el principio de ltimo recurso.

    Cmo se mide

    Fuentes de Informacin

    Las fuentes de informacin para este indicador son las autoridades competentes encargadas de sentenciara los nios. Es probable que se trate de integrantes del sistema de justicia penal o del sistema de justiciade menores, y entre ellos pueden figurar tribunales de magistrados o jueces de paz, jueces de menores,tribunales de distrito, tribunales de menores, tribunales, juntas administrativas o juntas para el bienestardel nio, o comits o consejos para la proteccin del nio. Los sistemas de algunos pases tal vez cuentenya con un sistema de informacin que rena datos de los tribunales pertinentes.Poblaciones de nios

    La poblacin numerador est compuesta por los nios sentenciados por una autoridad competente duranteun perodo de 12 meses, con el resultado de que el nio pasa a quedar confinado en un establecimiento

    de detencin.La poblacin denominador est compuesta por todos los nios sentenciados a cualquier medida correctivadurante el perodo de 12 meses.El muestreo de fuentes de informacin puede resultar apropiado para este indicador. Puede tomarse unamuestra representativa de las autoridades competentes, y utilizarse la proporcin de nios sentenciados auna pena de privacin de libertad por esas autoridades competentes para estimar el valor de la poblacinpertinente en su conjunto.Se proporciona ms informacin sobre el muestreo en el captulo 4 (Metodologa) y en el Apndice 2 delpresente manual.

    Desglose Gnero, edad en el momento de la sentencia, origen tnico, distrito de origen, categora del delito.Instrumentos El instrumento de reunin de informacin 2 puede utilizarse para el muestreo o para la organizacin de la

    informacin existente. Cuando sea necesario elaborar sistemas de informacin o reforzar la capacidad delos sistemas existentes, puede utilizarse el instrumento 2 de Excel.

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    Indicador 10: Remisin previa a la sentencia

    Definicin Porcentaje de nios derivados hacia sistemas de remisin previa a la sentencia en relacin con el total denios en remisin y sentenciados.

    Prioridad FUNDAMENTALNumerador

    Denominador

    Nmero de nios que fueron derivados hacia sistemas de remisin previa a lasentencia durante un perodo de 12 meses

    Nmero de nios en remisin o sentenciados durante el perodo de 12 meses / 100Qu se mide Este indicador mide el nmero de nios derivados a sistemas de remisin antes de comparecer ante una

    audiencia formal, en tanto proporcin de todos los nios ya sea en remisin o sentenciados.Por qu es til lamedicin

    El uso de la remisin busca resolver el caso de los nios en conflicto con la ley sin recurrir a unaaudiencia formal ante la autoridad competente. En las directrices internacionales se recomienda examinarla posibilidad, cuando proceda, de ocuparse de los nios en conflicto con la ley sin recurrir a unaaudiencia formal ante las autoridades competentes.La remisin puede ir desde una advertencia informal por parte de la polica hasta un plan de reconciliacinentre la vctima y el acusado aplicado por los servicios sociales o de bienestar. Un principio clave de estesistema es que el nio y/o sus padres o tutor deben consentir en la remisin del caso. Por lo general, estotambin significa que el nio acepta su responsabilidad por la comisin del delito. La remisin puedeimplicar el recurso a soluciones basadas en el principio de justicia restaurativa.

    Normasinternacionalesaplicables

    [Los Estados Partes tomarn todas las medidas apropiadas para promover] Siempre que seaapropiado y deseable, la adopcin de medidas para tratar a esos nios sin recurrir a procedimientosjudiciales, en el entendimiento de que se respetarn plenamente los derechos humanos y lasgarantas legales. CDN, artculo 40 3) b) .

    Se examinar la posibilidad, cuando proceda, de ocuparse de los menores delincuentes sin recurrir alas autoridades competentes para que los juzguen oficialmente. Reglas de Beijing, artculo 11 1).

    La polica, el Min