tt libertad tra 2

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    Tesis: XI.1o.A.T.10 K (10a.)Semanario Judicial de laFederacin y su Gaceta

    !cima "#oca

    Tri$unales %ole&iados de%ircuito

    'i$ro XXI Se#tiem$re de *01+Tomo +

    ,a&. *-*

    SUSPENSIN. ES IMPROCEDENTE SI SU FINALIDAD ESPRIVILEGIAR EL DERECHO A LA CONSERVACIN DEL MEDIOAMBIENTE FRENTE A LOS DERECHOS A LA SALUD Y AL LIBRETRNSITO.

    /l artculo o. #2rra3o tercero de la %onstitucin ,oltica de los/stados 4nidos 5e6icanos #re7! a 3a7or de toda #ersona elderec8o a la #roteccin de la salud9 asimismo en el cuarto #2rra3o

    consa&ra el derec8o a un medio am$iente sano #ara su desarrolloy $ienestar. ,or otro lado del numeral 1* de la 'ey deAm#aro(7i&ente 8asta el * de a$ril de *01+) se ad7ierte ue el;u

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    ,@I5/@ T@I4BA' %C'/GIAC /B 5AT/@IAS A5IBIST@ATIA D /T@AAJC /' "%I5C ,@I5/@ %I@%4ITC.

    Eue;a *01*. H de a&osto de *01*. 5ayora de 7otos. isidente:Juan Garca Cro

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    A$STRACT: he atters roght p in this std @ill help clear p the estionregarding @hich is the ,dicial standard that applies at the Strait o? 6agellan in relationto the reaties o? Aondaries o? 1881 and those o? B9eace and CriendshipB o? 1os 1881 1o e ante todo dea toarse posesi+n real e?ectiva de dicha va de aga$ con?iando el ane,o de tan iportante epresa a s6inistro de Ferra 6arina$ don 6anel 6ontt$ norando coo Intendente de"hiloE a #oingo 5spi>eira$ a ien le correspondi+ la tarea de organiar naexpedici+n co o,etivo sera toar posesi+n del 5strecho de 6agallanes ssterritorios.

    os aprestos tardaron poco 2s de n a>o hasta e con ?echa !! de ao de 1843$

    arpa de "hiloE a ordo de la coreta ;ncd$ el capit2n de Cragata Gan Hillias$iando la andera chilena en las orillas del 5strecho el da !1 de septiere del isoa>o$ sore 9nta Santa ;na$ costa patag+nica$ iniciando en segida la constrcci+n delCerte Alnes e ?e inagrado en diciere de 1843.

    "atro a>os despEs$ el 1& de diciere de 1847$ el general argentino Gan 6anel deRosas recla+ de este hecho as coo de la constrcci+n del Certe Alnes$argentando e este se haa levantado en territorio argentino pesto e en sopini+n$ todo el 5strecho le perteneca a dicho pas.

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    Srge as na controversia litro?e entre "hile ;rgentina$ respecto de la cal el9residente Alnes ss scesores$ los 9residentes 6onttD 9EreD 5rr2ri 9into$de?endieron con ?irea el derecho de nestro pas a todo el 5strecho.

    5n esta controversia$ algnos inistros de Relaciones 5xteriores de "hile desarrollaronacciones soresalientes$ es el caso de ;dol?o I2>e$ ien entre 187! 1873$

    apoado en los estdios ,rdicos de 6igel is ;n2tegi$ polei+ rillanteentecon el plenipotenciario argentino CElix Cras$ tras deostrar e los ttlos chilenoseran irredargiles escrii+ -coo nos recerda el capell2n 5nrie 9ascal Farca-Jidoro- lo sigiente: Ba "onstitci+n$ al deterinar los lites de "hile$ no lo hiode na anera taxativa$ ni di,o e aellos eran los =nicos e tena la Rep=lica. 9orel contrario$ extendiendo esos lites hasta el "ao de Jornos$ se ve e no llegandohasta ese pnto la "ordillera de los ;ndes$ e se da por lite oriental$ es ?orosoconvenir en e donde dicha cordillera no existe$ el lite oriental no pede ser otroe el KcEano ;tl2nticoB 1.

    ;siiso$ al canciller GosE ;l?onso$ drante la 9residencia de ;nal 9into$ lecorrespondi+ rechaar la transacci+n e el inistro Aernardo de Irigoen propso enel a>o 187$ la cal llevaa el lite hasta 6onte #inero$ a 1& Lil+etros de la ocaoriental del 5strecho !.

    Sin per,icio de lo anterior$ es necesario recordar e nestro pas$ el ! de aril dela>o 1873$ declar+ soeranaente la lire navegaci+n la netraliaci+n del 5strechode 6agallanes$ siendo rati?icada dicha declaraci+n por el Foierno de "hile en circlarde la "ancillera a los goiernos extran,eros aigos.

    5ste acto nilateral chileno$ estra el convenciiento e tena nestro pas no solorespecto de la soerana en todo el 5strecho$ del cal haa toado ?irado posesi+nen el a>o 1843$ sino e$ convencido ade2s de s iportancia para el tr2?icointernacional$ se haa ani?estado dispesto a netraliarlo. al ?e la ra+n por lacal$ ocho a>os 2s tarde$ se estaleciera as en el ratado de ites de 1881.

    ) EL ESTRECHO DE MAGALLANES EN EL TRATADO DE LMITESDE +,,+

    a docentaci+n existente respecto a la gesti+n del ratado de ites de 1881 con;rgentina es de?iciente. as circnstancias hist+ricas de haerse realiado dichoratado a travEs de los agentes diplo2ticos norteaericanos en Santiago en Aenos;ires$ se>ores hoas ;. hoas K. Ksorn$ respectivaente$ oligaron en vista dela carencia de relaci+n entre aos 5stados$ a recrrir al telEgra?o$ ?rto de estaactividad son los !! telegraas crsados entre el !& !7 de ,nio de 1881. ; esterespecto$ es necesario de,ar constancia e no se ha plicado ningna relaci+n de lasentrevistas e cada representante norteaericano tvo con los respectivoscancilleres$ as coo tapoco de las actas de lo disctido por cada pas en ss 2saltos niveles antes de aproarse la ?+rla del inistro de Relaciones 5xterioresAernardo de Irigoen del agente chileno en Aenos ;ires$ don #iego Aarros ;rana$e con algnas odi?icaciones constit+ el texto de?initivo del ratado.

    5l ratado de ites ?e ?irado en Aenos ;ires$ el !3 de ,lio de 1881$ por el c+nslchileno en Aenos ;ires$ Crancisco de Aor,a 5cheverra$ por el inistro argentino$Aernardo de Irigoen$ siendo plicado en el Diario Oficial NM 1.3

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    ?ronteras existentes entre la Rep=lica de "hile la Rep=lica ;rgentina psotErino a la controversia e en 1847 sscit+ ;rgentina por la soerana de "hile en el5strecho de 6agallanes. 9or ese ratado$ llaado taiEn transacci+n$ "hile aandonaa perpetidad todo tipo de pretensiones territoriales en la 9atagonia Kriental renncia a s costa atl2ntica al norte del paralelo &!$ del iso odo e la Rep=lica;rgentina rennci+ a ss pretendidos ttlos sore el 5strecho de 6agallanes canales

    astrales.

    9or edio de este ratado$ aos Foiernos pensaan resolver las incertidresderivadas de la aplicaci+n del uti posidetis a la de?inici+n de s ?rontera.

    5l ratado ?e rati?icado$ coo se>ala don Santiago Aenadava$ Bsin per,icio por aosFoiernos$ previa aproaci+n parlaentaria en cada pas. 5n el Senado chileno ?eaproado por 1& votos contra 3$ en la "2ara de #iptados por 47 contra

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    5l artclo segndo dice textalente:

    B5n la parte astral del continente al norte del 5strecho de 6agallanes$ el lite entrelos dos pases ser2 na lnea e partiendo de 9nta #ngeness$ se prolonge portierra hasta 6onte #ineroD de a continar2 hacia el oeste$ sigiendo las aoreselevaciones de la cadena de colinas e all existen$ hasta tocar en la altra del 6onte

    ;ond. #e este pnto se prolongar2 la lnea hasta la intersecci+n del eridianosetenta con el paralelo cincenta dos de latitd$ de a segir2 hacia el oestecoincidiendo con este =ltio paralelo hasta el divortia agar de los ;ndes. osterritorios e edan al norte de dicha lnea pertenecer2n a la Rep=lica ;rgentinaD a "hile los e se extiendan al sr$ sin per,icio de lo e dispone respecto de la ierradel Cego e islas adacentes el artclo 3MB.

    5l artclo into prescrie lo sigiente:

    B5l 5strecho de 6agallanes eda netraliado a perpetidad asegrada s lirenavegaci+n para las anderas de todas las naciones. 5n el interEs de asegrar estaliertad s netralidad$ no se constrir2n en las costas ?orti?icaciones ni de?ensas

    ilitares e pedan contrariar ese prop+sitoB.

    Cinalente$ el artclo sexto se>ala:

    Bos Foiernos de "hile de la Rep=lica ;rgentina e,ercer2n pleno doinio aperpetidad sore los territorios e respectivaente les pertenecen seg=n el presentearreglo. oda cesti+n e$ por desgracia$ srgiera entre aos pases a sea conotivo de esta transacci+n$ a sea por calier otra casa$ ser2 soetida al ?allo dena 9otencia aiga edando en todo caso coo lite inconovile entre las dosRep=licas el e se expresa en el presente arregloB.

    5n consecencia$ el estdio del 5strecho de 6agallanes tal coo aparece en el ratado

    de ites de 1881$ responde a los sigientes aspectos:

    1- #oinio del 5strecho.

    !- ire navegaci+n por el 5strecho.

    3- Netraliaci+n de ss agas.

    4- 9rohiici+n de constrir ?orti?icaciones en ss costas.

    )+) DOMINIO DEL ESTRECHO

    5l ratado del ites de 1881 represent+ na transacci+n. o dice expresaente el;rtclo del citado acerdo al re?erirse al doinio perpeto e "hile ;rgentinae,ercer2n Bsore los territorios e respectivaente les pertenecen seg=n el presentearregloB a los proleas e pedan srgir con otivo de esta transacci+nB.

    ;siiso$ la sentencia aritral pronnciada en el a>o 1

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    B"oo la aor parte de los tratados$ el ratado de ites de 1881 constit+ narreglo transaccional entre las pretensiones de las 9artes e eran di?erentes entre s$ a endo directaente contradictorias. Ningna de las 9artes otvo todo lo edeseaa$ pero na otra otvieron lo e deseaan aorente$ a expensa de algoe$ para cada na$ era respectivaente enos iportanteB. Op2rra?o 1P.

    5sta transacci+n reparti+ tierras$ no se re?iri+ a la va de aga llaada 5strecho de6agallanes sino en ?ora indirecta al decir e la lnea divisoria entre los dos pasescorrera Bal Norte del 5strecho de 6agallanesB e los Bterritorios e edan alNorte de dicha lnea pertenecer2n a la Rep=lica de ;rgentinaB. 5n ?ora expresa sedice e pertenecer2n Ba "hile los OterritoriosP e se extendan al SrB de laencionada lnea divisoria. 9esto e la lnea litro?e as estalecida ed+integraente al norte del 5strecho$ canto se extiende al sr -salvo na parte de laIsla Frande de ierra del Cego las Islas Kce2nicas$ e son tierra no aga- eschilenoD pesto e al sr se encentra todo el 5strecho$ todo El edade?initivaente asentado en el doinio soerano de "hile.

    5n esta ateria$ dee concederse la prioridad$ entre los pareceres argentinos$ alpropio ator del ratado$ el "anciller Aernardo de Irigoen$ ien era ator de laproposici+n de 187 e constit+ la ase sore la cal se lleg+ a la transacci+n de1881.

    a exposici+n realiada por el "anciller Irigoen a la "2ara de #iptados de s pas$e?ectada drante las sesiones del 31 de agosto al ! de septiere del iso a>o$ recogida por El en plicaciones del a>o 188!$ e aarcan !37 p2ginas de texto$constite na interpretaci+n ?idedigna$ a la par e n iportante alegato poltico,rdico para de?ender s transacci+n ?rente a los ataes de los diptados opositores.a ra+n de dichos ataes provenan del reconociiento argentino de e el 5strechoera chileno.

    5n consecencia$ Irigoen dei+ presentar en s discrso$ coo lo 2s iportante

    para ;rgentina$ la adisici+n de la 9atagonia$ coo de iportancia enor la rennciaal 5strecho coo de valor 2xio las liitaciones inclidas en el artclo Q.

    5l artclo II del ratado de 1881 lleva la ?rontera$ al norte del 5strecho$ no hasta6onte #inero$ coo lo propona Irigoen ?ere rechaado por ;l?onso$ sino hasta9nta #ngeness. 5n tanto e el artclo III traa la ?rontera en la ierra del Cego apartir del "ao del 5sprit Santo hacia el sr$ reconociEndose por ;rgentina e el5strecho de 6agallanes segira a,o la soerana de "hile hasta el =ltio extreo des oca oriental.

    Sin eargo$ pese a e por el ratado de ites del a>o 1881$ se estaleci+ etodo el 5strecho de 6agallanes pertenecera exclsivaente a "hile$ con aas orillas

    ocas$ srgieron algnas tesis argentinas sore el doinio de la oca oriental del5strecho de 6agallanes$ coo la del ex canciller argentino don 5stanislao eallos$ien plante+ na criosa pretensi+n al reclaar por el #ecreto NM 1&87 de & denoviere el #ecreto NM 18

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    9or s parte$ el ,rista argentino 5dardo Aida4$ sostvo la tesis de e el 5strecho de6agallanes$ salvo na pee>a ?ran,a e va desde "ao Qrgenes hasta 9nta#ngeness$ le perteneca a "hile. 5sta pee>a ?ran,a e le corresponda a la;rgentina no constitira$ en s opini+n$ costa del ;tl2ntico sino del 5strecho$ de esta?ora las consecencias e se podran derivar seran e la Rep=lica ;rgentina setrans?oraa en corriere>a del 5strecho teniendo condoinio sore El$ otendra na

    proecci+n de agas territoriales en la oca oriental tendra el control de dichaentrada para el tr2?ico artio e vaa o venga al norte.

    9or otro lado$ el capit2n de Navo Segndo Storni &$ sostena e de acerdo con elratado de 1881$ la casi totalidad de las agas costas del 5strecho de 6agallanespertenecan a "hile$ en caio a la ;rgentina corresponda solaente la costa entre"ao Qrgenes 9nta #ngeness$ con na longitd aproxiada de 10 Lil+etros$agregando e el lite del 5strecho era la lnea "ao Qrgenes-5sprit Santo.

    ; este respecto$ el capell2n 5nrie 9ascal Farca-Jidoro$ nos recerda e Bdesdeentonces los atores argentinos han repetido las palaras del cxapit2n de Navo Storni:Bcasi totalidad aproxiadaente 10 L de longitdB$ apareciendo reiteradaente enlos atores grandes o pee>os$ coo si la ?era repetitiva de las palaraspretendiera estalecer n hecho ,rdico e no existi+ en el ratado de 1881B .

    5n este iso orden de ideas$ el ex ea,ador Fillero agos "arona$ cita alpro?esor de #erecho Internacional$ de nacionalidad argentina$ #aniel ;ntoLolet$cando este =ltio se>ala e$ Bel 5strecho es na ?a,a de ar lire$ co doiniocorresponde a todos los 5stados no corresponde en especial a ningnoB$ agregandoe$ Bcoo el ratado de 1881$ no dice en ?ora expresa a iEn pertenecer2 eldoinio la soerana del 5strecho de 6agallanes$ en caio declara e este ser2netraliado a perpetidad lire s navegaci+n para todas las anderas del ndo$pede legtiaente caer la dda de si esta va ha sido entregada al doinio de "hileo de la ;rgentina en s caso$ o a ningno de estos dos pases en particlar$redciEndose i2s el ratado a estiplar la soerana de no otro 5stado sore las

    costas$ en la proporci+n arria se>alada con la prohiici+n de ?orti?icarlasB 7.

    Cinalente$ es necesario de,ar en claro nevaente e$ en nestra opini+n$ lascitadas tesis no se concilian ni con lo e los negociadores del ratado de ites de1881 entendieron por el 5strecho$ ni con el texto iso acordado por ellos.

    ) ) LI$RE NA-EGACIN POR EL ESTRECHO

    5n el a>o 1873$ en n gesto espont2neo de soerana$ "hile haa declarado la lirenavegaci+n netralidad del 5strecho de 6agallanes$ ediante na circlar enestro Foierno hiciera llegar al "erpo #iplo2tico$ en donde se expresaa el deseochileno de e la navegaci+n por el 5strecho de 6agallanes ?ere siepre ?ranca

    lire para las earcaciones de todo el ndo$ sin pretender s,etarlas a otrascontriciones e aellas e ?eren indispensale para el sosteniiento de ?aros de na inspecci+n celosa para la copleta segridad garanta de los navegantes.

    5sta #eclaraci+n ?e ien reciida por los representantes de los Foiernosestadonidense ?rancEs$ a e colocaa por encia de todo a los interesesgenerales del coercio de la navegaci+n.

    http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n04http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n05http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n06http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n07http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n04http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n05http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n06http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n07
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    #e esta anera$ dada la circnstancia e "hile a haa declarado s intenci+n deestalecer la lire navegaci+n la netraliaci+n del 5strecho desde 1873$ no tvoinconveniente en proponer na redacci+n e de,ara en claro tal prop+sito. 9or sparte el Foierno argentino$ e al coieno insista en conservar el extreo orientaldel 5strecho$ rennciaa a El.

    a verdad es e ien se pdo prescindir de esta declaraci+n en el texto del ratado$ si los redactores del ratado del a>o 1881 la consideraron$ ?e con el =nico prop+sitoe no se ddara de ss intenciones.

    5n todo caso$ no se trata de na navegaci+n coo en alta ar -iposile en agasterritoriales pertenecientes a n solo 5stado- sino de na e garantice la segridadtanto de las naves e lo atraviesen$ coo del pas de>o de esas agas.

    5stos antecedentes astan para de?inir el BstatsB legal e rige en la actalidad lanavegaci+n en el 5strecho. 5l derecho a la lire navegaci+n es all anterior alratado de 1881 eana del derecho internacional.

    ;n cando el ratado de 1881 no lo hiera encionado$ ella hara segidoexistiendo del iso odo. #e a e cando "hile ;rgentina declararon en elartclo Q de dicho ratado$ re?iriEndose al 5strecho$ e Beda asegrada s lirenavegaci+n para las anderas de todas las nacionesB$ no intentaron iplantar la lirenavegaci+n en el 5strecho. 5n ese artclo Q los dos pases reconocieron en ?oraiplcita la lire navegaci+n e rega en el 5strecho en ss accesos$ asieronconvencionalente$ cada no por s parte en canto les concierne$ la oligaci+nlegal e a tenan de asegrarla.

    5sta oligaci+n e "hile ;rgentina rea?iraron en el ratado$ es na oligaci+nnegativa o de astenci+n$ e les copele a evitar dentro del 5strecho en ssaccesos todo lo e pdiera ostrir el lire paso a n arco de calier andera. Ssrespectivas posiciones geogr2?icas se>alan a no otro pas el 2ito territorial dondetendr2n e cplir dicha oligaci+n.

    "hile$ coo pas soerano del 5strecho$ tendra e astenerse de canto pdierarestringir la lire navegaci+n dentro del iso. 9or s parte$ la ;rgentina$ e noposee costas en el 5strecho sino e las agas del acceso oriental$ deera astenerseall de canto pdiera restringir el lire tr2nsito de las naves e pasar2n del ;tl2nticoal 5strecho$ o viceversa.

    5l capell2n 9ascal al re?erirse a este tea en particlar expresa e$ Bal ?irarse elratado de 1881$ no se pens+ en la lire navegaci+n asolta$ propia de la alta ar$sino en la navegaci+n inocente$ esto es$ na liertad restringida. 5l e la evolci+nposterior del #erecho Internacional 6artio haa per?ilado con aor decisi+n los

    rasgos caractersticos de la lire navegaci+n del paso ino?ensivo$ no atoria asoreponer al pensaiento ,rdico de cien a>os atr2s lo e en la actalidad resltaclaraente delineadoB 8.

    #e esta ?ora$ "hile ipso la redacci+n del artclo Q$ entendi+ la lire navegaci+norientada tanto hacia el tr2?ico coercial coo al so inocente del 5strecho.

    5l ratado de 1881 no hace distinci+n en canto a si el ene?icio e consagra elartclo Q$ en relaci+n a la lire navegaci+n$ se estalece tanto a ?avor de las naves

    http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n08http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n08
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    ercantes coo de las naves de gerra. 9ero en las negociaciones e precedieron al"onvenio de?initivo$ en posteriores declaraciones e hicieron las "ancilleras$ ed+estalecido e la liertad del 5strecho se entenda en ene?icio del coercio de todaslas naciones.

    ; este respecto$ el pro?esor Glio 5scdero sostiene e$ B"hile$ nnca ha entraado el

    paso de las naves de gerra por el 5strecho$ pero el no e,ercicio de n derecho nospone renncia o cadcidad de elB$ por esto$ pensaos e sin contravenir principioalgno en el orden ,rdico$ podra "hile a=n prohiir ael pasoB o 1

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    ;l dictar dicho #ecreto$ se consider+ por el 6inisterio de Relaciones 5xteriores$ "lto "oloniaci+n$ e tanto el 5strecho de 6agallanes coo los canales astrales seencontraan dentro de los lites internacionales de "hile ?oraan$ porconsigiente$ parte de s territorio.

    5s dale recordar e la lire navegaci+n$ dentro del concepto de netraliaci+n a e

    all se hace re?erencia$ tiene n iportante antecedente a e "hile$ en el a>o 1873$haa hecho conocer a los goiernos aigos s intenci+n de asegrar el tr2?icoercantil por el 5strecho.

    #e esta ?ora$ la netraliaci+n tiene por ?inalidad e$ en el evental caso deprodcirse n con?licto Elico entre naciones extra>as$ las agas del 5strecho edenestalecidas coo de Bno eligeranciaB$ con el o,eto de asegrar la lire navegaci+nen ene?icio del coercio niversal.

    ;hora ien$ en el ratado de ites de 1881$ no existe intervenci+n de ning=n otro5stado$ aparte de los ?irantes$ por esta ra+n tapoco existe ning=n aval ocontralor de la netraliaci+n. ; este respecto oportno es de,ar en claro e tal rol no

    le correspondera encarnarlo a la ;rgentina$ an cando sea signatario del ratado de1881$ a e todo control dee ser expresaente se>alado con n "onvenioInternacional$ este no existe en ?avor de la Rep=lica ;rgentina en el texto del;rtclo Q.

    9or otra parte$ tapoco se trata de n coproiso to e cada pas hieraotorgado al otro$ pore dicho otorgaiento o concesi+n deera haer sidoexpresaente considerado en el texto$ tal coo an2logaente ocrre en los ;cerdos.Ni podra invocarse ningna presnci+n ,rdica a ?avor de ;rgentina$ por el erohecho de ser signatario del "onvenioB.

    9or s parte el pro?esor Glio 5scdero F2n agrega e$ Ba netraliaci+nconvenida por el ratado Cronterio de !3 de Glio de 1881$ coporta n caso denetraliaci+n no s,eta a garanta$ pore no siendo dicha netraliaci+n sino nconvenio inter-partes$ e no oliga 2s e a dos pases$ en la ente de losnegociadores estvo e era en este caso iprocedente. No es e olvidaranestalecerla$ coo algnos han credo. 5llo noD no de los ratados e se tvo envista al redactar esta cl2sla del "onvenio ?e el ratado de 9ars de 30 de 6aro de18&$ n pnto de di?erencia con la netraliaci+n del 5strecho de 6agallanes$ ese$ aella ?e garantiada esta noB 1!.

    ; este respecto la pro?esora 6ara eresa In?ante$ analiando este pnto relativo a lanetraliaci+n se>ala e$ BRegarding the legal eaning o? the netraliation principle$;riat aintains that it does not create a netralied territor$ t onl an oligationet@een "hile and ;rgentina. ; perpetal netralied territor reires the

    coitent o? third po@ers$ @hich is not the case o? the 1881 treat. his athorstates that the clase is onl applicale to the t@o state parties to the 1881 treat$ inaccordance @ith @hich the agree not to condct hostilities in the straitB 13.

    Arel interpreta esta cl2sla -agrega la pro?esora In?ante- Bcoo na prohiici+n detodo tipo de actos hostiles e oliga a la ;rgentina a "hile estando en gerra entrelos dos 5stados $ con terceros 5stados en e no de ellos es el eligerante. 5staopini+n nos lleva a n resltado pecliar e no pede corresponder al correcto sentidode la cl2sla$ especialente pore$ deido a la natralea ilateral del ratado de

    http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n12http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n13http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n12http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n13
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    1881$ e no est2 s,eto a ningna garanta internacional$ la cl2sla no intentaiponer oligaciones a terceros 5stadosB.

    9or lo tanto$ sin perder de vista la opini+n de los atores$ a nestro ,icio$ lanetraliaci+n coprende n servicio hecho al coercio de todas las nacionesDasiiso pretende asegrar en tiepo de gerra el tr2?ico de las naves tanto de

    pases netrales coo de pases eligerantes$ excepto en el caso en e "hileestviera en gerra.

    Igalente$ se pretende ipedir por parte de "hile$ e se e,ecten actos de gerrapor terceras potencias dentro del 5strecho$ ?inalente controlar$ en caso de gerraen e "hile ?ese o no parte$ el acceso el paso por el 5strecho en las condicionesprecedenteente se>aladas.

    )0 ) PROHI$ICIN DE FORTIFICA SUS COSTAS

    5sta es otra restricci+n a la cal se halla s,eta la soerana de "hile en el 5strecho de6agallanes. a restricci+n estalecida en el ;rtclo Q del ratado de ites de 1881

    est2 condicionada de la sigiente ?ora:

    B5n el interEs de asegrar esta liertad netralidad no se constrir2n en las costas?orti?icaciones ni de?ensas ilitares e pedan contrariar ese prop+sitoB.

    9or la redacci+n estiplada$ la prohiici+n de constrir ?orti?icaciones de?ensasilitares$ tiene =nicaente n dole o,etivo: el asegrar la liertad netralidad del5strecho de 6agallanes. 5sto signi?ica$ e la citada prohiici+n rige solo en cantopeda contrariar este dole prop+sito.

    5s as coo el pro?esor ex ea,ador don Fillero agos "arona$ precisa e$ Blaprohiici+n de no constrir en las costas del 5strecho ?orti?icaciones ni de?ensas

    ilitares$ es na siple oligaci+n de no hacer de car2cter restrictivo$ destinada=nicaente a no entraar la lire navegaci+n coercial por esta va de aga chilenae conica ares liresB 14.

    5l ratado en este$ coo en todos los de2s pntos$ ?e el resltado de natransacci+n$ as coo "hile acept+ el no constrir ?orti?icaciones en las costas del5strecho$ tanto en interEs de la netraliaci+n$ coo$ asiiso$ de la lire navegaci+n$la Rep=lica ;rgentina$ a s ve$ no persisti+ en la exigencia de e aella prohiici+nse extendiera 2s all2 de aellos dos =nicos prop+sitos.

    #e esta ?ora "hile pede dee constrir las oras de indispensale de?ensa para lasalvagardia de las cidades o polaciones e existen o llegen a existir en las costasdel 5strecho. Ga2s se tvo en ente e el ratado oligaa a "hile a edarinde?enso en el 5strecho o e lo soeta a na condici+n desedrada respecto deotros pases.

    a pro?esora 6ara eresa In?ante$ se>ala e$ Bel sentido de esta disposici+n deeentenderse teniendo a la vista la proposici+n argentina la respesta chilena$ani?estadas en los intercaios de telegraas e antecedieron inediataente a la?ira del ratado de 1881. #e este intercaio reslta claro e no se trata de naprohiici+n de ?orti?icar ni cho enos de na oligaci+n de desilitariar$ sino eella se encentra speditada a asegrar el respeto a la liertad de navegaci+n de la

    http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n14http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n14
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    anera e en esa Epoca se entenda e poda ser 2s graveente a?ectada.apoco a?ecta esta disposici+n$ cos alcances son astante restringidos en lapr2ctica$ al principio 2sico seg=n el cal es el 5stado riere>o el e tiene lacopetencia exclsiva para llevar a e?ecto actos de ,risdicci+n en las costas en lasagas$ selo sselo del estrecho$ teniendo en consideraci+n el respeto de laliertad de navegaci+n con?ore al rEgien aplicaleB 1&.

    5n consecencia$ no pede caer dda e para "hile esta constit+ na estiplaci+nextreadaente onerosa$ trans?or2ndose en na liitaci+n excesiva$ pore no soloa?ect+ la parte oriental del 5strecho$ e pretenda otener ;rgentina$ sino etaiEn coproeti+ la parte occidental$ e ,a2s haa pretendido dicha Rep=lica.

    Cinalente coo a anali2raos en el pnto anterior$ relativo a la netraliaci+n delas agas del 5strecho de 6agallanes$ el coproiso e contra,o nestro pas alnetraliar el 5strecho coproeterse a no constrir de?ensas e contrariarandicho prop+sito$ no lo hio en ene?icio de la Rep=lica ;rgentina$ sino e lo hio conel o,eto de asegrar la lire navegaci+n en ene?icio del coercio niversal.

    .) El TRATADO DE PA/ 1 AMISTAD DE +2,0Si ien el gran valor del ratado sscrito en Aenos ;ires en el a>o 1881 -el e psotErino al prolongado litigio por la soerana de los territorios astrales del continenteentre "hile ;rgentina- ?e la conservaci+n del doinio del 5strecho de 6agallanespor parte de "hile$ es necesario precisar$ coo a se hiciera enci+n$ e estaatrici+n de doinio se hio en na ?ora indirecta$ toda ve e el artclo II$ alde?inir la lnea litro?e para aos pases$ se>al+ a continaci+n e los territoriossitados al norte de la isa pasaan a pertenecer a la Rep=lica ;rgentina$ as cooa "hile los e se extendan hacia el sr.

    5n relaci+n con este tea$ don 6ateo 6artinic en s traa,o titlado$ B5l 5strecho de

    6agallanes en el ratado de 9a de 1

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    ; continaci+n estdiareos$ pes$ c+o se ?i,+ la ?rontera artia del 5strecho de6agallanes en el ratado de 9a ;istad$ sscrito en "idad del Qaticano el da !< denoviere de 1o 1

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    de,2ndose instrcciones a los garda?aros sore la direcci+n del lite entre Jito 5x-Aalia #ngeness la costa.

    5l concepto legal del 5strecho ?e re?tado por el goierno de ;rgentina$ el calsostvo na teora de 5stado corriere>o$ expresada en dos conicaciones o?icialesdirigidas a "hile en 1ala: Ba actividad a realiar era e?ectar nlevantaiento planiEtrico a escala 1:!000 del sector 9nta #ngeness "ao del5sprit Santo respectivaente deterinar ade2s$ los valores anglares entre elJito 5x-Aalia #ngeness-Jito I "ao del 5sprit Santo viceversa. ;l deterinar eltrao Jito 5x-Aalia #ngeness$ origen Jito II-I al Jito I-I "ao del 5sprit Santo$ se

    pdo coproar e el alero de la caseta de otor de la casa del Carero pr2cticaenteroaa dicho trao$ sitaci+n de la cal no se hio aor cesti+n.

    os valores anglares$ otenidos coo resltados de estos traa,os son los sigientes:

    BJito 5x-Aalia #ngeness$ origen Jito II-I al Jito I-I "ao del 5sprit Santo: 10 171ala Sergio 9aravic Qaldivia e$ B"hilelogr+ hacer desaparecer la pretensi+n argentina de la existencia de n B5strecho de6agallanes ;rgentinoB e ese pas postl+ en n pee>o tri2nglo al oriente de lalnea recta #ngeness - 5sprit Santo$ cercando 5sprit Santo con el "ao Qrgenes$al reconocer ;rgentina e el tErino oriental del 5strecho de 6agallanes es dichalnea recta$ pero a n alto precio$ pes en caio gener+ la ,risdicci+n de ;rgentina

    http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n18http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n18
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    sore todas las agas$ selos sselos al oriente de la lnea #ngeness - 5spritSanto$ en agas del ;tl2nticoB 1o$

    con excepci+n de las agas interiores$ sitaci+n esta =ltia e no se encontraapresente en el 2rea del traado acordado.

    9odeos entonces conclir e "hile ;rgentina a?iran en el artclo 10$ incisospriero tercero$ del ratado de 9a ;istad de 1

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    "ando las partes contratantes concordaron e en el acceso oriental del 5strechoexistiran Bagas ,risdiccionalesB argentinas$ entendieron e el artclo Q del ratadode ites de 1881 oligaa igalente a la Rep=lica ;rgentina a asegrar la lirenavegaci+n$ asteniEndose de todo lo e pdiera ostrirla en s acceso oriental. #e?ora tal e cando las partes a?iran e Bla deliitaci+n convenida en nada alteralo estalecido en el ratado de 1881B dee entenderse e se rea?iran las

    oligaciones e "hile ;rgentina asieron en el a>o 1881$ para asegrar lanavegaci+n dentro del 5strecho de 6agallanes en ss accesos$ tanto a ?avor de lasisas partes contratantes coo a ?avor de terceros 5stados$ sitaci+n esta ehiciEraos presente al estdiar el pnto relativo a la lire navegaci+n por el 5strecho.

    ;naliando las oligaciones e contrae la ;rgentina en el inciso ?inal del artclo 10$en donde se prescrie e Ba Rep=lica ;rgentina se oliga a antener en caliertiepo circnstancias el derecho...B$ es necesario precisar e el tErino BantenerBinvolcra el reconociiento de n derecho previaente existente. ; s ve$ dado elcar2cter peranente de esta oligaci+n$ ese derecho no podr2 ser sspendido en casoalgno.

    0) LA CON-ENCIN DE LAS NACIONES UNIDAS SO$RE ELDERECHO DEL MAR DE +2,

    a "onvenci+n sore el #erecho del 6ar de 1alando e es Bel e,ercicio$ de con?oridad con esta 9arte$ de la liertad denavegaci+n sorevelo exclsivaente para los ?ines del tr2nsito r2pido einterrpido por el estrecho entre na parte de la alta ar o de na ona econ+icaexclsiva otra parte de la alta ar o de na ona econ+ica exclsivaB.

    ;siiso$ la citada "onvenci+n se>ala e el e,ercicio del derecho de paso en tr2nsitodeera e?ectarse avanando sin deora por o sore el estrecho$ asteniEndose detoda aenaa o so de la ?era contra la soerana$ la integridad territorial o laindependencia de 5stado riere>o$ o en calier ?ora contraria a los principios de#erecho Internacional contenidos en la "arta de las Naciones *nidas.

    #rante dicho paso no se podr2n realiar actividades de estdio o investigaci+n$ sinatoriaci+n previa del 5stado riere>o del estrecho $ ?inalente$ agrega la"onvenci+n e no existir2 derecho de paso en tr2nsito si el estrecho est2 ?orado porna isla de n 5stado riere>o del estrecho s territorio continental si al otro lado

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    de la isla existe na rta de alta ar o e pase por na ona econ+ica exclsivaigalente conveniente para la navegaci+n.

    os 5stados riere>os de n estrecho no ostacliar2n el paso en tr2nsito dar2n aconocer de anera apropiada calier peligro e$ seg=n s conociiento$ aenacea la navegaci+n en el estrecho o el sorevelo del isoD asiiso$ seg=n lo

    prescrito en el artclo 44 de la "onvenci+n$ no har2 sspensi+n algna del paso entr2nsito.

    *na segnda categora de estrechos dice relaci+n con aellos en e independientedel paso en tr2nsito$ se aplica el rEgien de paso inocente$ lo cal se prodcira entres casos.

    5l prier caso es el del artclo 3 de la "onvenci+n$ el cal se re?iere a los estrechose siendo tiliados para la navegaci+n internacional$ pasa por ellos na rta de altaar o e atraviese na ona econ+ica exclsiva$ igalente conveniente en lo erespecta a caractersticas hidrogr2?icas de navegaci+nD en tales rtas se aplicar2n lasotras partes pertinentes de la "onvenci+n$ inclidas las disposiciones relativas a la

    liertad de navegaci+n sorevelo.

    *n segndo caso en e se aplica el rEgien de paso inocente$ es el e consagra laletra aP del p2rra?o 1 del artclo 4& de la "onvenci+n$ e se re?iere a los estrechose edan exclidos de la aplicaci+n del rEgien de paso en tr2nsito en virtd delp2rra?o 1 del artclo 38$ el cal prescrie e no regir2 el derecho de paso en tr2nsito$Bcando el estrecho estE ?orado por na isla de n 5stado riere>o de ese estrecho s territorio continental$ del otro lado de la isla exista na rta de alta ar o eatraviese na ona econ+ica exclsiva$ igalente conveniente en lo e respecta ass caractersticas hidrogr2?icas de navegaci+nB .

    Cinalente$ el paso inocente contin=a aplic2ndose$ igalente$ seg=n lo dispesto enla letra P del p2rra?o 1 del artclo 4&$ a los estrechos tiliados para la navegaci+ninternacional e nen na parte de ;lta 6ar o de na ona 5con+ica 5xclsiva el6ar erritorial de otro 5stado.

    Seg=n lo se>alado en el p2rra?o ! del artclo 4&$ no har2 sspensi+n algna del pasoinocente a travEs de tales estrechos.

    5n relaci+n al rEgien de paso por los estrechos$ el pro?esor Jgo lanos 6ansilla$se>ala e$ Bel rEgien ,rdico de los estrechos tiliados para la navegaci+ninternacional antes de la presente "onvenci+n$ era el paso inocente a travEs de las2reas de ar territorial ane no poda ser sspendido. a "onvenci+n de Finera$ de1o tena soerana sore la colna de aire encia del

    estrecho poda prohiir el sorevelo de las aeronaves. odo esto ostacliaa losintereses de las grandes potencias$ e deseaan el paso de sarinos en inersi+n la liertad de navegaci+n sorevelo para ciertos estrechos tiliados para lanavegaci+n internacional$ aellos de interEs estratEgicoB !1.

    Sin eargo$ este no era el =nico rEgien e se aplicaa a los estrechos tiliadospara la navegaci+n internacional $ previendo esta sitaci+n$ la "onvenci+n estaleci+en s artclo 3&$ ciertos casos e no seran a?ectados por ss disposiciones relativasa los estrechos.

    http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n21http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n21
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    #e esta ?ora$ el artclo 3&.cP$ excle del 2ito de la aplicaci+n de la 9arte III de la"onvenci+n a n redcido n=ero de estrechos co rEgien de navegaci+n ha sidoreglado total o parcialente por convenciones de larga data an vigentes$ re?orandoas s norativa.

    as "onvenciones a las e se re?erira la letra cP$ del artclo 3& son: los 5strechos

    #aneses OFran - Aelt 9ee>o - Aelt$ entre el ar A2ltico$ Tattegat el ar delNorteP$ co paso se rige por la "onvenci+n de "openhage$ de 14 de aro de 18&7 Del 5strecho de 6agallanes Oentre el ;tl2ntico el 9ac?icoP$ reglado por el ratado deites entre "hile ;rgentina$ de !3 de ,lio de 1881$ los 5strechos rcos OA+s?oro #ardanelos$ e nen el ar Negro con el 6editerr2neoP$ reglados en la"onvenci+n de 6ontrex$ de !0 de ,lio de 1alan a no otro pas el 2ito territorial dondetendran e cplir dicha oligaci+n. "hile$ soerano de todo el 5strecho$ tendra eastenerse de canto pdiera restringir la liertad de navegaci+n dentro del iso.9or s parte$ la ;rgentina$ e no posee costas en el 5strecho$ sino e en los accesosexteriores del iso$ sore el ;tl2ntico$ deera astenerse all de canto pdierarestringir el lire tr2nsito de las naves e pasaran del ;tl2ntico al 5strecho$ oviceversa.

    Sin eargo cara pregntarse si en virtd del ratado de 9a ;istad de 1

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    todos los 5stados para apliar ss agas ,risdiccionales$ el cal solo ira a s interEsparticlar. "ae pes conclir e$ an cando ;rgentina cali?ie esas agas coo,risdiccionales o territoriales$ ello no altera el rEgien de liertad de navegaci+nestalecido para el 5strecho ss accesos.

    a re?erencia del citado artclo 3& a Blas convenciones de larga data a=n vigentesB

    alde sin dda a ss textos originales exige e ellos no haan sido odi?icados niderogados por las 9artes$ dando al iso tiepo por hecho e no haan podido serodi?icadas o derogadas por el derecho internacional.

    5n consecencia$ en el caso del 5strecho de 6agallanes$ dicho artclo 3& excle lasnoras sore el derecho de paso en tr2nsito deido a la vigencia inde?inida del artcloQ del ratado de ites de 1881$ aplicado hasta ho a,o las isas circnstanciasexistentes e cando ?e prolgado por las 9artes. #ichas circnstancias no hanvariado con la entrada en vigencia del artclo 10 del ratado de 9a ;istad de1

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    5n consecencia$ por las raones precedenteente expestas$ no podeos estar deacerdo con la opini+n del pro?esor Jgo "ainos$ ien al re?erirse al rEgien eregla el paso de los es por el 5strecho de 6agallanes$ se>ala: "The regime oftransit as it now exists in the Straits of Magellan seems no different to that guaranteedby the !# $onvention% &lthough &nnex ' o # of the Treatry of (eace and )riendshipoutlines a more restrictive regime that transit passage *by limiting navigational routes

    to be used+ re,uiring pilotage+ prohibiting certain activities+ and re,uiring submarinesto navigate on the surface and show their flags+ these restrictions apply only to&rgentine and $hilean vessels navigating between certain ports in the .eagle $hannel+in &ntarctica and in other specified territorial waters B !4.

    5n este pnto adiere singlar iportancia el nevo desarrollo del derechointernacional del ar el cal va nido con el rEgien de paso en tr2nsito$ el e tendr2e ser toado en consideraci+n al reglar los sos adicionales de los estrechos eno ?eron considerados en las convenciones internacionales de larga data$ siendo esteen opini+n de la pro?esora 6ara eresa In?ante n aspecto altaente controvertido erecedor de algnas consideraciones. a priera$ se>ala la pro?esora In?ante$ ese$ Besos sos deen haer sido aceptados por el 5stado o 5stados costeros alestrecho en cesti+n $ segndo$ e exista na pr2ctica reiterada ostrada por el5stado o 5stados en cestiones e han adaptado s condcta a los nevosdesarrollosB!&.

    a segnda consideraci+n perite precisar e tanto la legislaci+n nacional coo lapr2ctica de los 5stados$ en relaci+n con los estrechos tiliados para la navegaci+ninternacional$ es na cesti+n di?cil de estalecer$ en vista del contino deate sore silo estiplado en la "onvenci+n de Naciones *nidas sore el #erecho del 6ar esresltado o no del desarrollo del derecho consetdinario.

    5n torno a esta interrogante el propio pro?esor Crancisco Krrego Qic>a$ expresa eDB;s a atter o? ?act$ this deate is ore doctrinal than practical$ and hence littleattention has een paid to practice as sch and ch to the process o? ?oration o?

    cstoar rlesB agregando 2s adelante e "as it has happened with the exclusiveeconomic /one and the continental shelf+ one can recogni/e that the basic concept oftransit passage might have become or is becoming a part of customary law but not sothe specific conventional regime embodied in the !# $onvention" !.

    9or s parte$ Jgo "ainos$ en s ora titlada$ "The 0egal 1egime of Straits in the!# 2nited 'ations $onvention on the 0aw of the Sea" al re?erirse a este tea se>alae$ "while States practice does not clearly present a pattern reflective of a generallyaccepted legal norm+ it may be said that practice consistent with the transit passageregime of the !# $onvention demonstrates that its provisions are well into theprocess of emerging as a regime of customary international law" #3.

    #e esta ?ora$ se pede conclir e la 9arte III de la "onvenci+n de Naciones *nidadsore el #erecho del 6ar$ en virtd de lo dispesto en la letra cP del artclo 3&$ noa?ecta al rEgien ,rdico del 5strecho de 6agallanes$ a e s paso est2 regladopor convenciones internacionales de larga data an vigentes e se re?ierenespec?icaente a ese 5strecho$ coo el ratado de ites del a>o 1881$ rEgien ese reitera en el ratado de 9a ;istad del a>o 1

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    *n proecto destinado a nir aas rieras del 5strecho de 6agallanes por edio den t=nel$ n pente o aos$ no solo podra presentar di?icltades tEcnicas sino e aliso tiepo podra sscitar na serie de di?icltades legales aientales$ soretodo trat2ndose de la priera hip+tesis. #e esta ?ora$ siilares proleas a los ea continaci+n ser2n analiados podra s?rir calier proecto e tviere cooo,etivo el constrir n pente$ n t=nel o aos$ sore n estrecho internacional

    coo lo es el de 6agallanes.

    Sin per,icio de lo anterior$ es necesario hacer presente e en la actalidad algnosestrechos son crados por pentes o t=neles coo por e,eplo los pentes delAosphors 1 ! en ra$ constridos en los a>os 1

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    esta liertad netralidad no se constrir2n en las costas ?orti?icaciones ni de?ensasilitares e pedan contrariar ese prop+sitoB.

    Cinalente$ los incisos 3M$ 4M &M del artclo 10 del ratado de 9a ;istad de1ala e$ B5s la perspectiva de los 5stados *nidos e n

    http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n28http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n28
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    e en este contexto incle calier nave con oviiento e es capa deproplsi+n propia e esa proplsi+n es incidental a s prop+sito principal para elcal se tilia noralenteB !ala en esta ateria el Sr. Hillia . Schachte Gr.$ re?iriEndose al caso del9ente sore el 5strecho del Freat Aelt$ BKtro pnto e hara e considerartrat2ndose de pentes$ es el e se re?iere a BUc2l sera la altra s?iciente$ es decir$c2nta claridad vertical deera existir dea,o de na plata?ora ?i,aVB$ a>adiendo eBUdeera ser lo s?icienteente alta coo para peritir a todos los es eexistan pasar a,o ella$ o lo s?icienteente alta coo para peritir a todos loses actalente en constrcci+n o en plani?icaci+n de constrcci+n el paso a,oella$ o a=n 2s e eso$ de ?ora tal de peritir el ?tro paso de los dise>os a=n nocontepladosVB 30.

    5n este orden de ideas$ se podra plantear la alternativa de e previa a la

    constrcci+n de n pente sore n estrecho$ si ha proleas de inter?erencia con lanavegaci+n$ deera consltarse a la Krganiaci+n 6artia Internacional OK6IP$asiil2ndolo al procediiento de la conslta para el dise>o de la separaci+n del tr2?icoartio. Igalente$ el 5stado riere>o deera dar plicidad a s proposici+n deconstrcci+n en ?ora previa a llevarla a e?ecto. Sin eargo$ en el caso del 5strechode 6agallanes esta alternativa no es procedente$ pes na cosa es asegrar la lirenavegaci+n por el iso otra distinta es ceder la copetencia para llevar acao actos de ,risdicci+n en las costas en las agas$ selo sselo del estrecho$teniendo en consideraci+n el respeto a la lire navegaci+n con?ore al rEgienaplicale.

    "ae conclir e$ si ien es cierto e los es de terceras anderas goan de la

    lire navegaci+n por el 5strecho de 6agallanes$ no es enos cierto e n eventalproecto de constrcci+n de n pente sore dicho estrecho$ o de n t=nel n pentecoo en el caso de la B"onexi+n KresndB copesta de tres pentes n t=nel enen a #inaarca Secia$ no se violara derecho algno si este peritiera el paso detodos los es existentes en la actalidad$ entendiEndose$ asiiso$ e estederecho solo cre n tr2?ico noral no se hace extensivo a estrctras anoralescoo lo seran plata?oras petroleras o torres de per?oraci+n$ toda ve e si as seentendiera se le estara dando al concepto na extensi+n natralea e nocorresponde.

    http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n29http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n30http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n29http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#n30
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    rat2ndose de la constrcci+n de t=neles a,o el 5strecho de 6agallanes$independiente de los proleas de ingeniera e esto pdiese generar$ es precisose>alar e dee llegarse a idEntica conclsi+n e a la de los pentes$ pes dicho tipode constrcciones no podra por s propia natralea ostrir el tr2?ico artio.

    5) CONCLUSIONES

    5l ratado de ites de 1881 entre la Rep=lica de "hile la Rep=lica ;rgentina$represent+ na transacci+n$ por la e "hile cedi+ la 9atagonia ;rgentina rennci+ ass pretensiones sore el 5strecho de 6agallanes. #e esta ?ora$ se aandon+ elprincipio del uti possidetis en ene?icio de n intercaio e satis?aca a los interesesde aos pases.

    a Rep=lica de "hile acept+ tres oligaciones respecto del 5strecho$ las cales seconsignan en el artclo Q$ del citado ratado: aP s lire navegaci+nD P snetraliaci+n cP la prohiici+n de constrir ?orti?icaciones.

    5n canto a la priera oligaci+n$ esta a haa sido declarada por "hile en el a>o

    1873$ ediante circlar e la "ancillera chilena hiciera llegar a los goiernosextran,eros con el o,eto de proteger el coercio internacional asegrar el soino?ensivo del 5strecho.

    ;siiso$ la Rep=lica de "hile no rennci+ a s derecho de atode?ensa ni a laprotecci+n de la segridad de las naves e srcaran las agas del 5strecho. 9or ello$"hile ha dictado iportantes Reglaentos$ coo el de ;disi+n 9eranencia deNaves 5xtran,eras el de 9ilota,e$ en donde se exige n pr2ctico para la navegaci+npor el 5strecho de 6agallanes por los "anales ;strales. #ichos Reglaentosencentran s ,sti?icaci+n en rindar segridad a la navegaci+n e ipedir lacontainaci+n pdiendo "hile$ si lo estiare necesario$ antener$ odi?icar ocopleentar s actal reglaentaci+n.

    "ae indicar e respecto de las agas del 5strecho de 6agallanes$ en ra+n deltraado de lneas de ase rectas en ss costados laterales internos$ edaron icadasen la categora de 6ar erritorial. W es saido e en las agas territoriales no procedeel paso sergido de sarinos$ con?ore a las reglas de la "onvenci+n de Finerade 1

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    5n virtd del artclo 10 del ratado de 9a ;istad de 1

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    NOTAS

    )9ro?esor de #erecho Internacional 9=lico$ *niversidad "entral de "hile 9ro?esorad,nto de #erecho Internaccional 9=lico$ *niversidad de los ;ndes. icenciado en"iencias Grdicas Sociales en la 9onti?icia *niversidad "at+lica de Qalparaso$6agster en #erecho *niversidad de "hile$ Aecario del 9rograa de #octorado$*niversidad de los ;ndes$ "hile.

    19ascal O1alara en carta de 18 de ,lio de 187 al agente chileno enAenos ;ires$ #iego Aarros ;rana lo sigiente: B;s la propesta nos ita la ocaoriental del 5strecho. ; este respecto$ la opini+n del goierno del pas es an2nie: Necesitaos el 5strecho en toda s extensi+n. 5l constite nestra perta$ no podeos de,ar la llave en poder extra>o. Si el arreglo no contviera la condici+nde de,arnos copletaente de>os de esa va artia$ ser2 ?oroso acceder al

    aritra,e$ procrando estdiar algo sore el stats o para evitar nevaseergenciasB.

    3Aenadava O1

    9ascal O1

    1!F2n O1

    13

    In?ante O1

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    175n este aspecto se hace necesario reitirse al p2rra?o segndo del n=ero 4 de ladeclaraci+n e "hile eiti+ al rati?icar la "onvenci+n de las Naciones *nidas sore el#erecho del 6ar$ de ?echa !3 de ,nio de 1ala s ;rtclo Q. 9or s parte$ la Rep=lica ;rgentina se oliga a antener$ encalier tiepo circnstancia$ el derecho de los es de todas las anderas anavegar en ?ora expedita sin ost2clos a travEs de ss agas ,risdiccionaleshacia desde el 5strecho de 6agallanesB.

    18#irecci+n Nacional de Cronteras ites del 5stado O#ICRKP ;cta NM & 1a$ S.;.*. 5spa>aP. 1!< p. ' inLs(

    http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a17http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a18http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a19http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a20http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a21http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a22http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a23http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a24http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a25http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a26http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a27http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a27http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a28http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a29http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a30http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a17http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a18http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a19http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a20http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a21http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a22http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a23http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a24http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a25http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a26http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a27http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a28http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a29http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-34372011000300003&script=sci_arttext#a30
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    ;lexandersson $ Fnnar. O1

    Toh $ ion O1

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    9ellia $ 6ario O1

    ARTCULOS EN DIARIOS 1 RE-ISTAS

    ;rnello Roo $ 6ario. BSigni?icado de la 9osici+n Feopoltica ;stral "hilena. ; 1&0

    a>os de la oa de 9osesi+n del 5strecho de 6agallanesB$ en: 5stdios de la 1evista$hilena de ;eopol9tica+ vol.

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    9ascal Farca-Jidoro $ 5nrie. B#oinio "hileno del 5strecho de 6agallanesB$ en: :lMercurio+ doingo ! de diciere de 135=? .3025+

    Fa@# >35=? 5,5250