triptico subcomite acoso sexual - estado de...

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Page 1: triptico subcomite acoso sexual - Estado de Méxicocemybs.edomex.gob.mx/sites/.../files/files/triptico... · n fecha 10 de mayo de 2018, el Gobierno del Estado de México emitió

En fecha 10 de mayo de 2018, el Gobierno del Estado de México emitió el Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en el Estado de México; el cual tiene como objetivo lograr un desarrollo laboral en un ambiente de respeto a la dignidad humana y contribuir en la erradicación de conductas nocivas mediante acciones específicas de prevención, entre las que se encuentran capacitaciones y sensibilización con perspectiva de género, dirigidas a las servidoras y los servidores públicos del CEMyBS, así como la atención de primer contacto para las personas que se encuentran en situación de hostigamiento o acoso sexual.

Instalación del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual

El Subcomité fue instalado el 23 de mayo de 2018, en la Segunda Sesión Ordinaria del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses; se conforma por:

Titular de la Dirección de Bienestar Social para la MujerTeléfono: (722) 213 89 15, ext.: 226.Correo electrónico: [email protected]

Titular de la Unidad de Información, Planeación, Programación y EvaluaciónTeléfono: (722) 213 89 15, ext.: 265.Correo electrónico: [email protected]

Titular de la Unidad de Igualdad de Género y Erradicación de la ViolenciaTeléfono: (722) 213 89 15, ext.:179Correo electrónico: [email protected]

¿Qué es el acoso sexual y el hostigamiento sexual?

Acoso sexual: es una forma de violencia con connotación lasciva en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Hostigamiento sexual: conducta que, con fines de lujuria asedie a persona de cualquier sexo que le sea subordinada, valiéndose de su posición derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique jerarquía.

Guía para la presentación de quejas y denuncias

Presentación de la denuncia: la presunta víctima puede presentar su denun-cia al Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual, a través de las siguientes vías:

Personalmente: comunica los hechos de forma personal a cualquier integrante del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual o del Comité de Ética.

Correo electrónico: comunica los hechos, escribiendo a los correos electrónicos institucionales, que para tal efecto utilice el Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en cada dependencia y organismo.

[email protected]

Telefónica: comunica los hechos a través de la línea y horarios que el Sub-comité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual proporcione en el directo-rio del CEMYBS, donde le atenderá personal especializado integrante del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual.

Con el propósito de garantizar la confidencialidad e imparcialidad de los casos, se recomienda que para presentar la queja o denuncia por vía telefónica, se solicite hablar de manera directa y única con la servidora o el servidor integrante del subcomité.

El protocolo será aplicable para las servidoras y los servidores públi-cos siguientes:

a) Personal de base y/o sindicalizado.b) Personal de confianza.c) Personal por honorarios.d) Personal por tiempo u obra determinada.

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En fecha 10 de mayo de 2018, el Gobierno del Estado de México emitió el Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en el Estado de México; el cual tiene como objetivo lograr un desarrollo laboral en un ambiente de respeto a la dignidad humana y contribuir en la erradicación de conductas nocivas mediante acciones específicas de prevención, entre las que se encuentran capacitaciones y sensibilización con perspectiva de género, dirigidas a las servidoras y los servidores públicos del CEMyBS, así como la atención de primer contacto para las personas que se encuentran en situación de hostigamiento o acoso sexual.

Instalación del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual

El Subcomité fue instalado el 23 de mayo de 2018, en la Segunda Sesión Ordinaria del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses; se conforma por:

Titular de la Dirección de Bienestar Social para la MujerTeléfono: (722) 213 89 15, ext.: 226.Correo electrónico: [email protected]

Titular de la Unidad de Información, Planeación, Programación y EvaluaciónTeléfono: (722) 213 89 15, ext.: 265.Correo electrónico: [email protected]

Titular de la Unidad de Igualdad de Género y Erradicación de la ViolenciaTeléfono: (722) 213 89 15, ext.:179Correo electrónico: [email protected]

¿Qué es el acoso sexual y el hostigamiento sexual?

Acoso sexual: es una forma de violencia con connotación lasciva en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Hostigamiento sexual: conducta que, con fines de lujuria asedie a persona de cualquier sexo que le sea subordinada, valiéndose de su posición derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique jerarquía.

Guía para la presentación de quejas y denuncias

Presentación de la denuncia: la presunta víctima puede presentar su denun-cia al Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual, a través de las siguientes vías:

Personalmente: comunica los hechos de forma personal a cualquier integrante del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual o del Comité de Ética.

Correo electrónico: comunica los hechos, escribiendo a los correos electrónicos institucionales, que para tal efecto utilice el Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en cada dependencia y organismo.

[email protected]

Telefónica: comunica los hechos a través de la línea y horarios que el Sub-comité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual proporcione en el directo-rio del CEMYBS, donde le atenderá personal especializado integrante del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual.

Con el propósito de garantizar la confidencialidad e imparcialidad de los casos, se recomienda que para presentar la queja o denuncia por vía telefónica, se solicite hablar de manera directa y única con la servidora o el servidor integrante del subcomité.

El protocolo será aplicable para las servidoras y los servidores públi-cos siguientes:

a) Personal de base y/o sindicalizado.b) Personal de confianza.c) Personal por honorarios.d) Personal por tiempo u obra determinada.

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En fecha 10 de mayo de 2018, el Gobierno del Estado de México emitió el Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en el Estado de México; el cual tiene como objetivo lograr un desarrollo laboral en un ambiente de respeto a la dignidad humana y contribuir en la erradicación de conductas nocivas mediante acciones específicas de prevención, entre las que se encuentran capacitaciones y sensibilización con perspectiva de género, dirigidas a las servidoras y los servidores públicos del CEMyBS, así como la atención de primer contacto para las personas que se encuentran en situación de hostigamiento o acoso sexual.

Instalación del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual

El Subcomité fue instalado el 23 de mayo de 2018, en la Segunda Sesión Ordinaria del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses; se conforma por:

Titular de la Dirección de Bienestar Social para la MujerTeléfono: (722) 213 89 15, ext.: 226.Correo electrónico: [email protected]

Titular de la Unidad de Información, Planeación, Programación y EvaluaciónTeléfono: (722) 213 89 15, ext.: 265.Correo electrónico: [email protected]

Titular de la Unidad de Igualdad de Género y Erradicación de la ViolenciaTeléfono: (722) 213 89 15, ext.:179Correo electrónico: [email protected]

¿Qué es el acoso sexual y el hostigamiento sexual?

Acoso sexual: es una forma de violencia con connotación lasciva en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Hostigamiento sexual: conducta que, con fines de lujuria asedie a persona de cualquier sexo que le sea subordinada, valiéndose de su posición derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique jerarquía.

Guía para la presentación de quejas y denuncias

Presentación de la denuncia: la presunta víctima puede presentar su denun-cia al Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual, a través de las siguientes vías:

Personalmente: comunica los hechos de forma personal a cualquier integrante del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual o del Comité de Ética.

Correo electrónico: comunica los hechos, escribiendo a los correos electrónicos institucionales, que para tal efecto utilice el Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en cada dependencia y organismo.

[email protected]

Telefónica: comunica los hechos a través de la línea y horarios que el Sub-comité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual proporcione en el directo-rio del CEMYBS, donde le atenderá personal especializado integrante del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual.

Con el propósito de garantizar la confidencialidad e imparcialidad de los casos, se recomienda que para presentar la queja o denuncia por vía telefónica, se solicite hablar de manera directa y única con la servidora o el servidor integrante del subcomité.

El protocolo será aplicable para las servidoras y los servidores públi-cos siguientes:

a) Personal de base y/o sindicalizado.b) Personal de confianza.c) Personal por honorarios.d) Personal por tiempo u obra determinada.

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En fecha 10 de mayo de 2018, el Gobierno del Estado de México emitió el Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en el Estado de México; el cual tiene como objetivo lograr un desarrollo laboral en un ambiente de respeto a la dignidad humana y contribuir en la erradicación de conductas nocivas mediante acciones específicas de prevención, entre las que se encuentran capacitaciones y sensibilización con perspectiva de género, dirigidas a las servidoras y los servidores públicos del CEMyBS, así como la atención de primer contacto para las personas que se encuentran en situación de hostigamiento o acoso sexual.

Instalación del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual

El Subcomité fue instalado el 23 de mayo de 2018, en la Segunda Sesión Ordinaria del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses; se conforma por:

Titular de la Dirección de Bienestar Social para la MujerTeléfono: (722) 213 89 15, ext.: 226.Correo electrónico: [email protected]

Titular de la Unidad de Información, Planeación, Programación y EvaluaciónTeléfono: (722) 213 89 15, ext.: 265.Correo electrónico: [email protected]

Titular de la Unidad de Igualdad de Género y Erradicación de la ViolenciaTeléfono: (722) 213 89 15, ext.:179Correo electrónico: [email protected]

¿Qué es el acoso sexual y el hostigamiento sexual?

Acoso sexual: es una forma de violencia con connotación lasciva en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Hostigamiento sexual: conducta que, con fines de lujuria asedie a persona de cualquier sexo que le sea subordinada, valiéndose de su posición derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique jerarquía.

Guía para la presentación de quejas y denuncias

Presentación de la denuncia: la presunta víctima puede presentar su denun-cia al Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual, a través de las siguientes vías:

Personalmente: comunica los hechos de forma personal a cualquier integrante del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual o del Comité de Ética.

Correo electrónico: comunica los hechos, escribiendo a los correos electrónicos institucionales, que para tal efecto utilice el Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en cada dependencia y organismo.

[email protected]

Telefónica: comunica los hechos a través de la línea y horarios que el Sub-comité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual proporcione en el directo-rio del CEMYBS, donde le atenderá personal especializado integrante del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual.

Con el propósito de garantizar la confidencialidad e imparcialidad de los casos, se recomienda que para presentar la queja o denuncia por vía telefónica, se solicite hablar de manera directa y única con la servidora o el servidor integrante del subcomité.

El protocolo será aplicable para las servidoras y los servidores públi-cos siguientes:

a) Personal de base y/o sindicalizado.b) Personal de confianza.c) Personal por honorarios.d) Personal por tiempo u obra determinada.

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Funciones del subcomité:

Brindar atención de primer contacto;Facilitar la información de manera oportuna, completa, clara y precisa;en un plazo no mayor a 24 horas a partir de la atención de primer con-tacto, deberá apoyar y auxiliar a la presunta víctima;Turnar en un plazo no mayor a 48 horas, a partir de la atención de primer contacto, a la autoridad investigadora y a la autoridad de la vía correspondiente;Atender los exhortos o llamados del comité;Abstenerse de intervenir en caso de que pudiera establecerse un con-flicto de interés;Brindar la asesoría y/o atención a la presunta víctima, cuando lo solicite o requiera;Examinar la narrativa de los hechos de la presunta víctima;Dar seguimiento ante la autoridad investigadora; entre otras.

En fecha 10 de mayo de 2018, el Gobierno del Estado de México emitió el Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en el Estado de México; el cual tiene como objetivo lograr un desarrollo laboral en un ambiente de respeto a la dignidad humana y contribuir en la erradicación de conductas nocivas mediante acciones específicas de prevención, entre las que se encuentran capacitaciones y sensibilización con perspectiva de género, dirigidas a las servidoras y los servidores públicos del CEMyBS, así como la atención de primer contacto para las personas que se encuentran en situación de hostigamiento o acoso sexual.

Instalación del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual

El Subcomité fue instalado el 23 de mayo de 2018, en la Segunda Sesión Ordinaria del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses; se conforma por:

Titular de la Dirección de Bienestar Social para la MujerTeléfono: (722) 213 89 15, ext.: 226.Correo electrónico: [email protected]

Titular de la Unidad de Información, Planeación, Programación y EvaluaciónTeléfono: (722) 213 89 15, ext.: 265.Correo electrónico: [email protected]

Titular de la Unidad de Igualdad de Género y Erradicación de la ViolenciaTeléfono: (722) 213 89 15, ext.:179Correo electrónico: [email protected]

¿Qué es el acoso sexual y el hostigamiento sexual?

Acoso sexual: es una forma de violencia con connotación lasciva en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Hostigamiento sexual: conducta que, con fines de lujuria asedie a persona de cualquier sexo que le sea subordinada, valiéndose de su posición derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique jerarquía.

Guía para la presentación de quejas y denuncias

Presentación de la denuncia: la presunta víctima puede presentar su denun-cia al Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual, a través de las siguientes vías:

Personalmente: comunica los hechos de forma personal a cualquier integrante del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual o del Comité de Ética.

Correo electrónico: comunica los hechos, escribiendo a los correos electrónicos institucionales, que para tal efecto utilice el Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en cada dependencia y organismo.

[email protected]

Telefónica: comunica los hechos a través de la línea y horarios que el Sub-comité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual proporcione en el directo-rio del CEMYBS, donde le atenderá personal especializado integrante del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual.

Con el propósito de garantizar la confidencialidad e imparcialidad de los casos, se recomienda que para presentar la queja o denuncia por vía telefónica, se solicite hablar de manera directa y única con la servidora o el servidor integrante del subcomité.

El protocolo será aplicable para las servidoras y los servidores públi-cos siguientes:

a) Personal de base y/o sindicalizado.b) Personal de confianza.c) Personal por honorarios.d) Personal por tiempo u obra determinada.

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CONSEJO ESTATAL DE LA MUJER Y BIENESTAR SOCIAL

TolucaAv. José María Morelos y Pavón núm. 809 poniente, col. La Merced,

Toluca, Estado de México.Teléfono: (01 722) 213 89 15.

Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual

CE:

215/

C/0

28/2

018

En fecha 10 de mayo de 2018, el Gobierno del Estado de México emitió el Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en el Estado de México; el cual tiene como objetivo lograr un desarrollo laboral en un ambiente de respeto a la dignidad humana y contribuir en la erradicación de conductas nocivas mediante acciones específicas de prevención, entre las que se encuentran capacitaciones y sensibilización con perspectiva de género, dirigidas a las servidoras y los servidores públicos del CEMyBS, así como la atención de primer contacto para las personas que se encuentran en situación de hostigamiento o acoso sexual.

Instalación del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual

El Subcomité fue instalado el 23 de mayo de 2018, en la Segunda Sesión Ordinaria del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses; se conforma por:

Titular de la Dirección de Bienestar Social para la MujerTeléfono: (722) 213 89 15, ext.: 226.Correo electrónico: [email protected]

Titular de la Unidad de Información, Planeación, Programación y EvaluaciónTeléfono: (722) 213 89 15, ext.: 265.Correo electrónico: [email protected]

Titular de la Unidad de Igualdad de Género y Erradicación de la ViolenciaTeléfono: (722) 213 89 15, ext.:179Correo electrónico: [email protected]

¿Qué es el acoso sexual y el hostigamiento sexual?

Acoso sexual: es una forma de violencia con connotación lasciva en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Hostigamiento sexual: conducta que, con fines de lujuria asedie a persona de cualquier sexo que le sea subordinada, valiéndose de su posición derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique jerarquía.

Guía para la presentación de quejas y denuncias

Presentación de la denuncia: la presunta víctima puede presentar su denun-cia al Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual, a través de las siguientes vías:

Personalmente: comunica los hechos de forma personal a cualquier integrante del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual o del Comité de Ética.

Correo electrónico: comunica los hechos, escribiendo a los correos electrónicos institucionales, que para tal efecto utilice el Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en cada dependencia y organismo.

[email protected]

Telefónica: comunica los hechos a través de la línea y horarios que el Sub-comité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual proporcione en el directo-rio del CEMYBS, donde le atenderá personal especializado integrante del Subcomité de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual.

Con el propósito de garantizar la confidencialidad e imparcialidad de los casos, se recomienda que para presentar la queja o denuncia por vía telefónica, se solicite hablar de manera directa y única con la servidora o el servidor integrante del subcomité.

El protocolo será aplicable para las servidoras y los servidores públi-cos siguientes:

a) Personal de base y/o sindicalizado.b) Personal de confianza.c) Personal por honorarios.d) Personal por tiempo u obra determinada.