trabajos sobre cautelaridad

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MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR UNIVERSIDAD ARTURO MICHELENA ESPECIALIZACION EN DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO CATEDRA: SEMINARIO 1 Profesor: Dr. Carlos Zambrano FICHAJE TECNICO Abog. Benítez R. Antonio J. C.I.No. 15.362.262

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Trabajos relacionados con el poder cautelar del Juez Laboral

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Page 1: Trabajos sobre cautelaridad

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR

UNIVERSIDAD ARTURO MICHELENA

ESPECIALIZACION EN DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO

CATEDRA: SEMINARIO 1

Profesor: Dr. Carlos Zambrano

FICHAJE TECNICO

Abog. Benítez R. Antonio J.

C.I.No. 15.362.262

San Diego, Noviembre 2014

Page 2: Trabajos sobre cautelaridad

Concepto de medidas autoastisfactivas

Carrasquero, R. (2010) . Las Medidas Autosatisfactivas en la legislacion venezolana. Trabajo de Grado para optar al título Título de Magíster Scentiarum en Derecho Procesal Civil en la Universidad del Zulia. Maracaibo, Venezuela. 2010. Pág. 13 Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://tesis.luz.edu.ve/tde_arquivos/101/TDE-2011-10-03T16:40:43Z-1778/Publico/reverol_carrasquero_ramon_enrique.pdf

“Son soluciones jurisdiccionales urgentes, autónomas, despachables inaudita et altera pars y mediando una fuerte probabilidad de que los planteos formulados sean atendibles. Importan una satisfacción definitiva de los requerimientos de sus postulantes y constituyen una especie de tutela de urgencia que debe distinguirse de otras, como por ejemplo, de las diligencias cautelares clásicas. Pueden llegar a desempeñar un rol trascendental para remover vías de hecho, sin tener que recurrir para tal efecto a la postulación de diligencias cautelares que, ineludiblemente requieren la iniciación de una pretensión principal que, a veces, no desean promover los justiciables por lo tardío que resultan ser los procedimientos ordinarios”

El objeto de las medidas autosatisfactivas

Las Medidas Autosatisfactivas tienen por objeto solucionar de forma expedita y sin formalismos una situación de verdadera urgencia que requiera inmediata reparación. No sustituyen en modo alguno el procedimiento ordinario ni las medidas cautelares que concluyan o se agoten con una decisión del juez.

.Véase Carrasquero, R. (2010) . Las Medidas Autosatisfactivas en la legislacion venezolana. Trabajo de Grado para optar al título Título de Magíster Scentiarum en Derecho Procesal Civil en la Universidad del Zulia. Maracaibo, Venezuela. 2010. Pág. 14 Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://tesis.luz.edu.ve/tde_arquivos/101/TDE-2011-10-03T16:40:43Z-1778/Publico/reverol_carrasquero_ramon_enrique.pdf

Ramón Carrasquero

Finalidad del derecho a la defensa

Pág. 21. Fecha de Consulta 12/11/2014. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://tesis.luz.edu.ve/tde_arquivos/101/TDE-2011-10-03T16:40:43Z-1778/Publico/reverol_carrasquero_ramon_enrique.pdf

“La finalidad de este derecho es asegurar la efectiva realización de los principios procesales de contradicción y de igualdad, principios que imponen a los órganos judiciales el deber de evitar desequilibrios en la posición procesal de ambas partes, e impedir que las limitaciones de alguna de las partes puedan desembocar en una situación deindefensión prohibida por la Constitución...”

Resumen:

La finalidad del derecho a la defensa es garantizar los principios procesales de contradicción e igualdad e impedir situaciones de indefensión de cualquiera de las partes.

Carrasquero, Ramón. Las Medidas Autosatisfactivas en la legislacion venezolana. Trabajo de Grado para optar al título Título de Magíster Scentiarum en Derecho Procesal Civil en la Universidad del Zulia. Maracaibo, Venezuela. 2010. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://tesis.luz.edu.ve/tde_arquivos/101/TDE-2011-10-03T16:40:43Z-1778/Publico/reverol_carrasquero_ramon_enrique.pdf

Page 3: Trabajos sobre cautelaridad

Definición de medidas cautelares

Barrios, A (2007) Análisis del régimen de indemnización por accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales en el ordenamiento jurídico venezolano. Medidas cautelares que puede tomar el juez en materia de Protección del Niño y del Adolescente. Trabajo de Grado para optar al título de Magister en Derecho Procesal Civil de la Universidad del Zulia . Maracaibo, Venezuela. 2007. Pág. 46 Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://200.35.84.131/portal/bases/marc/texto/3501-13-06225.pdf

“Son aquellas medidas que el legislador ha dictado con el objeto de que la parte vencedora no quede burlada en su derecho. Aquellas medidas que el legislador ha dictado con el objeto de que la parte vencedora no quede burlada en su derecho.”

Diferenciación sobre el objeto de las medidas cautelares típicas y el de las innominadas

Las medidas cautelares son de carácter mayormente extrapatrimoniales a la inversa de las medidas típicas; es decir, las medidas innominadas recaen preferentemente sobre obligaciones de hacer.

Véase Barrios, A (2007) Análisis del régimen de indemnización por accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales en el ordenamiento jurídico venezolano. Medidas cautelares que puede tomar el juez en materia de Protección del Niño y del Adolescente . Trabajo de Grado para optar al título de Magister en Derecho Procesal Civil de la Universidad del Zulia. Maracaibo, Venezuela. 2007. Pág. 55. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://200.35.84.131/portal/bases/marc/texto/3501-13-06225.pdf

Angélica BarriosRasgos característicos de las medidas cautelares

Pág. 49. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://200.35.84.131/portal/bases/marc/texto/3501-13-06225.pdf

“Además de la característica esencial de la medidas cautelares (la instrumentalidad), que constituye la naturaleza jurídica, existen otros rasgos característicos que contribuyen aún más a su definición y a obtener un concepto nítido y concreto de ellas. La instrumentalidad, se convierte en el verdadero quid lógico de las medidas cautelares; no obstante, la provisoriedad, judicialidad y variabilidad, son propiedades de la medida cautelar que devienen directamente de su relación con la providencia definitiva, consecuencias y manifestaciones lógicas de la instrumentalidad.”

Resumen:

Las características de las medidas cautelares son, además de la instrumentalidad, la provisoriedad, judicalidad y variabilidad.

Barrios, Angélica. Medidas cautelares que puede tomar el juez en materia de Protección del Niño y del Adolescente. Trabajo de Grado para optar al título de Magister en Derecho Procesal Civil de la Universidad del Zulia. Maracaibo, Venezuela. 2007. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://200.35.84.131/portal/bases/marc/texto/3501-13-06225.pdf

Page 4: Trabajos sobre cautelaridad

Moncada, Himara. El proceso del control de la constitucionalidad de las omisiones legislativas inconstitucionales en Venezuela. Trabajo de Grado para optar al título de Especialista en Derecho de Procesal Constitucional en la Universidad Monteávila. Caracas, Venezuela. 2011. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://www.uma.edu.ve/postgrados/derecho/revista_2013/teg_himara_moncada.pdf

Las medidas cautelares según la Sala Constitucional

Moncada, H. (2011) El proceso del control de la constitucionalidad de las omisiones legislativas inconstitucionales en Venezuela. Trabajo de Grado para optar al título de Especialista en Derecho de Procesal Constitucional en la Universidad Monteávila. Caracas, Venezuela. Pág. 52. Fecha de http://www.uma.edu.ve/postgrados/derecho/revista_2013/teg_himara_moncada.pdf

“La Sala Constitucional ha definido a las medidas cautelares, como expresión del derecho a una tutela judicial efectiva de los derechos e intereses, previsto en el artículo 26 de la Constitución de 1999 y, por tanto, un supuesto fundamental del proceso que persigue un fin preventivo de modo explícito y directo. (vid. Sentencia N° 269/2000, caso: ICAP)”

Requisito para la obtención de medidas cautelares en procesos constitucionales

Dependerá del sano criterio del acordar o no tales medidas, tomando en consideración las circunstancias particulares de cada caso; a diferencia de los requisitos exigidos en la legislación civil ordinaria (fumus boni iuris y periculum in mora)

Véase Moncada, H. (2011) El proceso del control de la constitucionalidad de las omisiones legislativas inconstitucionales en Venezuela. Trabajo de Grado para optar al título de Especialista en Derecho de Procesal Constitucional en la Universidad Monteávila. Caracas, Venezuela. Pág 55. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://www.uma.edu.ve/postgrados/derecho/revista_2013/teg_himara_moncada.pdf

Himara MoncadaCaracterísticas que deben reunir las medidas cautelares en procesos cosntitucionales

Págs. 30-31. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://www.uma.edu.ve/postgrados/derecho/revista_2013/teg_himara_moncada.pdf

“La instrumentalidad, pues no constituyen un fin en sí mismas sino que son un medio, instrumento o elemento que sirve para la realización práctica de otro proceso….b) La subordinación o accesoriedad y la jurisdiccionalidad, pues el proceso cautelar siempre depende ontológicamente de la existencia o de la probabilidad de un proceso judicial principal, así como de sus contingencias. c) La autonomía técnica, pues el poder jurídico de obtener una medida cautelar, a pesar de la instrumentalidad y accesoriedad de ésta, es por sí mismo una forma de acción…..d) La provisoriedad o interinidad, en tanto la situación preservada oconstituida mediante la providencia cautelar no adquiere carácter definitivo…e) La mutabilidad o variabilidad y la revocabilidad, de modo tal que si desaparece la situación fáctica o de derecho que llevó al órgano jurisdiccional a tutelar en sede cautelar el interés de parte, cesa la razón de ser de la precaución”

Resumen:

Para que sean acordadas medidas cautelares en procesos constitucionales, las mismas deben reunir los siguientes requisitos: instrumentalidad, subordinación o accesoriedad, autonomía técnica, provisoriedad y mutabilidad.

Page 5: Trabajos sobre cautelaridad

Naranjo, Danilo. LoS principios procesales como garantía de la tutela judicial efectiva en el nuevo régimen laboral. Trabajo de Grado para optar al título de Magister en Derecho Procesal Civil de la Universidad del Zulia. Maracaibo, Venezuela. 2006. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://tesis.luz.edu.ve/tde_arquivos/101/TDE-2011-10-05T08:30:37Z-1814/Publico/naranjo_danilo_jose.pdf

Poder Judicial comprometido con la realidad social

Naranjo, D. (2006) LoS principios procesales como garantía de la tutela judicial efectiva en el nuevo régimen laboral. Trabajo de Grado para optar al título de Magister en Derecho Procesal Civil de la Universidad del Zulia. Maracaibo, Venezuela. 2006. Pág. 70. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://tesis.luz.edu.ve/tde_arquivos/101/TDE-2011-10-05T08:30:37Z-1814/Publico/naranjo_danilo_jose.pdf

“Una modalidad de tutela judicial diferenciada que consiste en la posibilidad jurídica constitucional, por medio de la cual los órganos jurisdiccionales, pueden, de oficio o a solicitud de parte, anticipar legítimamente, total o parcialmente, los efectos de la sentencia de mérito, en el marco de un proceso judicial, cuando la anticipación sea indispensable para evitar un daño o situaciones constitucionales tutelables”

Objeto de una acción de amparo constitucional

El objeto de una acción de amparo constitucional es la restitución inmediata de los derechos y garantías constitucionales violados o amenazados de violación por el Estado o un particular

Naranjo, D. (2006) Los principios procesales como garantía de la tutela judicial efectiva en el nuevo régimen laboral. Trabajo de Grado para optar al título de Magister en Derecho Procesal Civil de la Universidad del Zulia. Maracaibo, Venezuela. 2006. Pág. 71 Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://tesis.luz.edu.ve/tde_arquivos/101/TDE-2011-10-05T08:30:37Z-1814/Publico/naranjo_danilo_jose.pdf

Danilo NaranjoContenido del derecho a la tutela jducial efectiva

Pág. 48. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://tesis.luz.edu.ve/tde_arquivos/101/TDE-2011-10-05T08:30:37Z-1814/Publico/naranjo_danilo_jose.pdf

“El derecho a la tutela judicial efectiva es un derecho de naturaleza compleja, pues acoge derechos menores tales como: El derecho de toda persona a acceder a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos y difusos, el derecho a una justicia sin dilaciones indebidas, el derecho a que se emita una sentencia que resuelva la controversia; y el derecho a la efectividadde la tutela”

Resumen:

El derecho a la tutela judicial efectiva involucra el derecho de acceso a la justicia, la garantía de celeridad procesal, a obtener una sentencia que resuelva la controversia y efectividad en la tutela”

Page 6: Trabajos sobre cautelaridad

Lara, Bellale. Intervención del juez ordinario en el procedimiento de Arbitraje Comercial. Trabajo Especial de Grado presentado para optar al Título de Magíster Scientiarum en Derecho Procesal Civil en la Universidad del Zulia, Maracaibo, Venezuela. 2006. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://scholar.google.co.ve/scholar?q=%22INTERVENCI%C3%93N+DEL+JUEZ+ORDINARIO+EN+EL+PROCEDIMIENTO+DE+ARBITRAJE+COMERCIAL%22&btnG=&hl=es&as_sdt=0%2C5

Sobre el carácter provisional de las medidas cautelares en el arbitraje

Lara, B. (2006) Intervención del juez ordinario en el procedimiento de Arbitraje Comercial. Trabajo Especial de Grado presentado para optar al Título de Magíster Scientiarum en Derecho Procesal Civil en la Universidad del Zulia, Maracaibo, Venezuela. Pág. 73. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://scholar.google.co.ve/scholar?q=%22INTERVENCI%C3%93N+DEL+JUEZ+ORDINARIO+EN+EL+PROCEDIMIENTO+DE+ARBITRAJE+COMERCIAL%22&btnG=&hl=es&as_sdt=0%2C5

“En principio estas medidas no prejuzgan el fondo del asunto tampoco ponen fin al procedimiento principal ni, por supuesto lo sustituyen. De ahí que el hecho de que se adopte una medida cautelar a favor de una de las partes, no implique necesariamente que el laudo arbitral vaya a ir en ese sentido.”

Sobre el carácter oportuno de la respuesta al derecho de petición

No existe diferencia en cuanto al tratamiento de las medidas cautelares en función de un arbitraje que en la jurisdicción ordinaria.

Véase Lara, B. (2006) Intervención del juez ordinario en el procedimiento de Arbitraje Comercial. Trabajo Especial de Grado presentado para optar al Título de Magíster Scientiarum en Derecho Procesal Civil en la Universidad del Zulia, Maracaibo, Venezuela. Pág. 72. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://scholar.google.co.ve/scholar?q=%22INTERVENCI%C3%93N+DEL+JUEZ+ORDINARIO+EN+EL+PROCEDIMIENTO+DE+ARBITRAJE+COMERCIAL%22&btnG=&hl=es&as_sdt=0%2C5

Bellale LaraEl carácter urgente de las medidas cautelares

Pág. 74. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://scholar.google.co.ve/scholar?q=%22INTERVENCI%C3%93N+DEL+JUEZ+ORDINARIO+EN+EL+PROCEDIMIENTO+DE+ARBITRAJE+COMERCIAL%22&btnG=&hl=es&as_sdt=0%2C5

“Al solicitar una medida cautelar la palabra clave es la urgencia, es decir, supone que para el decreto de la misma debe existir un riesgo de daño inminente o de un perjuicio irreparable, tanto presente como futuro, para alguna de las partes o respecto del objeto de litigio, que haga indispensable la adopción de una medida inmediata que elimine, reduzca o evite tal daño

Resumen:

Es un presupuesto para el otorgamiento de medidas cautelares la configuración del periculum in mora o periculum in damni.

Page 7: Trabajos sobre cautelaridad

Brewer-Carías, Allan. Aproximación general al nuevo régimen del contencioso administrativo conforme a la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de 2010. Artículo publicado en la Revista de Derecho Público Nº 122/2010. 2010 Caracas. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://ulpiano.org.ve/revistas/bases/artic/texto/RDPUB/122/rdpub_2010_122_102-130.pdf

Las medidas cautelares en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa

Brewer- Carías, A. (2010) Aproximación general al nuevo régimen del contencioso administrativo conforme a la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de 2010. Artículo publicado en la Revista de Derecho Público Nº 122/2010. 2010. Pág. 117. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://ulpiano.org.ve/revistas/bases/artic/texto/RDPUB/122/rdpub_2010_122_102-130.pdf

“La Ley Orgánica ha investido al Juez Contencioso Administrativo “de las más amplias potestades cautelares”, a cuyo efecto lo autoriza para “dictar, aún de oficio, las medidas pre-ventivas que resulten adecuadas a la situación fáctica concreta, imponiendo ordenes de hacer o no hacer a los particulares, así como a los órganos y entes de la Administración Pública, según el caso concreto, en protección y continuidad sobre la prestación de los servicios públicos y en su correcta actividad administrativa”(art. 4). A tal efecto, la ley establece un procedimiento común para el caso de tramitación de medidas cautelares en los procesos contencioso administrativos, el cual se debe aplicar en general, incluso en los casos de solici-tudes de amparo cautelar que se formulen junto con las acciones de nulidad de actos adminis-trativos..”

Allan Brewer-CaríasSujetos e intereses protegidos por las medidas cautelares en la LOJCA

Pág. 117 Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://ulpiano.org.ve/revistas/bases/artic/texto/RDPUB/122/rdpub_2010_122_102-130.pdf

“A tal efecto, el tribunal cuenta con los más amplios poderes cautelares para proteger no sólo a los demandantes, sino como lo dice el artículo 104, “la Administración Pública, a los ciudadanos, a los intereses públicos y para garantizar la tutela judicial efectiva y el restable-cimiento de las situaciones jurídicas infringidas mientras dure el proceso”. En las causas de contenido patrimonial, la Ley Orgánica prescribe que el tribunal puede exigir garantías sufi-cientes al solicitante.”

Resumen:

El tribunal cuenta con los más amplios poderes cautelares para proteger no sólo a los demandantes, sino como lo dice el artículo 104, “la Administración Pública, a los ciudadanos y los intereses públicos

Oportunidad y legitimados activos para solicitar medidas cautelares en la LOJCA

Las medidas cautelares en la LOJCA pueden ser solicitadas por las partes en cualquier estado y grado del procedimiento, , ponderando los intereses públicos generales y colectivos concretizados y ciertas gravedades en juego, siempre que dichas medidas no prejuzguen sobre el fondo.

Véase Brewer- Carías, A. (2010) Aproximación general al nuevo régimen del contencioso administrativo conforme a la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de 2010. Artículo publicado en la Revista de Derecho Público Nº 122/2010. 2010. Pág. Pág. 117. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://ulpiano.org.ve/revistas/bases/artic/texto/RDPUB/122/rdpub_2010_122_102-130.pdf

Page 8: Trabajos sobre cautelaridad

Bello Tabares, Humberto. El derecho constitucional a la prueba judicial. Artículo publicado en la Revista de Derecho del Tribunal Supremo de Justicia “Observatorio Laboral Revista Venezolana” N° 30 Caracas Venezuela. 2009. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://acienpol.msinfo.info/bases/biblo/texto/boletin/2008/BolACPS_2008_146_319-386.pdf

Definición de prueba judicial

Bello Tabares, T. (2009) El derecho constitucional a la prueba judicial. Artículo publicado en la Revista de Derecho del Tribunal Supremo de Justicia “Observatorio Laboral Revista Venezolana” N° 30 Caracas Venezuela. 2009. Pág. 18 Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://acienpol.msinfo.info/bases/biblo/texto/boletin/2008/BolACPS_2008_146_319-386.pdf

“Para nosotros, se trata de un derecho constitucional que se ubica de manera directa en el debido proceso constitucional y de manera indirecta o refleja en el derecho a la tutela judicial efectiva –en los términos que explicaremos de seguidas- que permite a las partes, tanto en sede judicial como administrativa, utilizar y proponer todos los medios de prueba legales y lícitos, regulados o no, que conlleva a su vez el derecho de cuestionar su admisibilidad, de que sea admitida y materializada, para que sus resultas permitan allegar las fuentes o los hechos demostrativos de la ocurrencia o no de los mismos, así como la verdad o no de las afirmaciones o negaciones que sean objeto de la pretensión o excepción, con el fin de crear convicción judicial o administrativa, esto es, de crear prueba”

Preconstitución de pruebas en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo

Aunque en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo no esté regulada la preconstitución de pruebas, visto que se trata de un derecho constitucional, su falta de regulación legal no implica su inexistencia.

Véase Bello Tabares, T. (2009) El derecho constitucional a la prueba judicial. Artículo publicado en la Revista de Derecho del Tribunal Supremo de Justicia “Observatorio Laboral Revista Venezolana” N° 30 Caracas Venezuela. 2009. Pág. 24. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://acienpol.msinfo.info/bases/biblo/texto/boletin/2008/BolACPS_2008_146_319-386.pdf

Humberto Bello TabaresDerecho a la contradicción de la prueba judicial

Pág 27. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://acienpol.msinfo.info/bases/biblo/texto/boletin/2008/BolACPS_2008_146_319-386.pdf

“Derecho a la contradicción de la prueba judicial. Se trata del derecho a oponerse a la admisión de la prueba propuesta por el contendor judicial, por causas de ilegalidad, impertintencia, irrelevancia, inidoneidad o inconducencia, ilicitud, irregularidad en la proposición o extemporaneidad. Luego, en materia probatoria constituye una emanación del derecho a la defensa constitucional, el contradecir y controlar los medios probatorios aportados al proceso, todo con el objeto de fiscalizar o controlar su evacuación o materialización en el proceso, luego de admitidas, lo que se traduce, que el derecho constitucional de la defensa en materia probatoria, se encuentra regulado o se materializa a través de los principios de contradicción y control de la prueba.”Resumen:Es una consecuencia del derecho a la defensa constitucional poder contradecir y controlar los medios de prueba aportados al proceso.

Page 9: Trabajos sobre cautelaridad

Fraga, Luis. Las medidas cautelares anticipadas en el arbitraje venezolano. Investigación realizada para el Centro Empresarial de Conciliación y Arbitraje. Caracas Venezuela. 2011. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://cedca.org.ve/documentos/Luis-Fraga.pdf

Finalidad del poder cautelar

Fraga, Luis (2011) Las medidas cautelares anticipadas en el arbitraje venezolano. Investigación realizada para el Centro Empresarial de Conciliación y Arbitraje. Caracas Venezuela. Pág. 11 Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://cedca.org.ve/documentos/Luis-Fraga.pdf

“el poder cautelar responde a “garantizar el eficaz desenvolvimiento y el resultado útil de la cognición y ejecución”22, pues resulta incuestionable, que al transcurrir el proceso, si no existe alguna providencia que impida la amenaza del derecho en litigio, la tutela judicial efectiva quedaría ilusoria”

Presupuestos de las medidas cautelares anticipadas en un arbitraje

Primeramente debe ser una situación de carácter urgente y se debe probar la presunción del buen derecho y el perjuicio por la mora como lo haría al pedir cualquier medida cautelar, sino que debe convencer al árbitro ad hoc de las circunstancias de urgencia, adicionales a las de toda medida cautelar que justifican que se dicte una medida anticipada.

Véase Fraga, Luis (2011) Las medidas cautelares anticipadas en el arbitraje venezolano. Investigación realizada para el Centro Empresarial de Conciliación y Arbitraje. Caracas Venezuela. Pág. 16. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://cedca.org.ve/documentos/Luis-Fraga.pdf

Luis Fraga

Árbitros en calidad de juzgadores

Págs. 9-10. Fecha de Consulta 12/11/2014. URL: http://cedca.org.ve/documentos/Luis-Fraga.pdf

“Si entendemos la jurisdicción como una forma de resolver una controversia, no tendría sentido pensar que el único posibilitado para hacerlo es el Estado, pues no podemos negar que los árbitros resuelven un conflicto jurídico intersubjetivo”Resumen:

Resumen:

Los árbitros también ejercen la jurisdicción si se concibe ésta como forma de resolver las controversias