trabajo banca comercialfinal
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5/10/2018 TRABAJO BANCA COMERCIALFINAL - slidepdf.com
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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Universidad Experimental Nacional Simón Rodríguez
CATEDRA: BANCA COMERCIAL
OPERACIONES
PASIVAS
Facilitador:
MOLINA, JORGE Participantes:
Sección: “I” QUIROZ, SOL C.I. 23.682.470
RINCON, AIMARA C.I. 12.756.795
Caracas, Noviembre de 2009INDICE
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INTRODUCCION………………………………………………………………………5
OPERACIONES PASIVAS…………………………………………………………...7
Captaciones del Publico Restringidas……………………………………………….7
El Reporto Pasivo……………………………………………………………………...8
Depósitos en Moneda Extranjera…………………………………………………….8
DINERO………………………………………………………………………………...9
Otros Conceptos del Dinero………………………………………………………...10
El Dinero en la Actualidad…………………………………………………………..10
Función del dinero……………………………………………………………………11
Tipos de dinero……………………………………………………………………….12
Clases de Monedas………………………………………………………………….12
Características del Dinero…………………………………………………………..14
PROCESO DE LAS TESORERIAS………………………………………………..15
REGISTRO DE CAMARA DE COMPENSACION………………………………..15
OVER NIGHT…………………………………………………………………………16
PROCESO DE CUENTAS CORRIENTES………………………………………..16
Características………………………………………………………………………..17
Naturaleza Jurídica……………………………………………..……………………18
Los Débitos aceptables en la Cuenta Corriente Bancaria…………………….…19
Distintos Tipos de Cuenta Corriente Bancaria……………………………………20
Atribución otorgada a los bancos. Certificación de Saldo Deudor……………..21
Formalidades a cumplir por el Certificado de Saldo Deudor…………………….22
CUENTAS DE INVERSION…………………………………………………………23
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Beneficios……………………………………………………………………………..23
PROCESO DE CAMARA DE COMPENSACION………………………………...24
Ejemplo………………………………………………………………………………..26
ENCAJE LEGAL……………………………………………………………………..27
ÍNDICE DE INTERMEDICAION FINANCIERO (QUE MIDE, COMO SE
CALCULA)…………………………………………………………………………….27
Tipos de Intermediarios Financieros……………………………………………….29
INSTRUMENTOS FINANCIEROS CORTO PLAZO……………………………..32
PARTICIPACIONES…………………………………………………………………32
PRESTAMOS PARTICIPATIVOS………………………………………………….32
Algunas Características……………………………………………………………..32
Ventajas para el Prestatario………………..……………………………………….32
Ventajas para la Entidad Prestamista……………………………………………..33
CERTIFICADOS DE DEPOSITOS…………………………………………………33
Certificados de Depósitos a Plazo (C.D.P.)……………………………………….33
Aceptación Bancaria…………………………………………………………………33
Reporto………………………………………………………………………………..34
Certificación de Participación de Valores en Custodia (CEPVACUS)………….35
Certificado de Participación Fiduciaria (C.P.F)……………………………………35
Instrumentos del Sector Privado……………………………………………………36
Pagaré Bursátil……………………………………………………………………….36
Pagaré con Cobertura Cambiaria…………………………………………………..37
Pagaré Múltiple o Macrotitulo……………………………………………………….38
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MESA DE DINERO…………………………………………………………………..38
Características de una Mesa de Dinero…………………………………..……….39
Funciones de las Mesas de Dinero………………………………………………...39
¿Cómo funciona una Mesa de Dinero?............................................................40
Ventajas de las Mesas de Dinero………………………………………………….44
Regulación de las Mesas de Dinero……………………………………………….44
DEPOSITOS A PLAZO FIJO……………………………………………………….44
Características.………………………………………………………………………45
Ventajas….…………………………………………………………………………...46
INTRUMETOS FINANCIEROS MEDIANO PLAZO………………………………46
BONOS QUIROGRAFARIOS………………………………………………………46
INTRUMETOS FINANCIEROS LARGO PLAZO…………………………………47
CEDULAS QUIROGRAFARIAS……………………………………………………47
FORMULA Y CALCULO DE LAS CEDULAS HIPOTECARIAS………………...48
Ejemplo de simulación de una hipoteca…………………………………………...49
Demostración matemática de la formula de la cuota periódica…………………51
MESA MONETARIA…………………………………………………………………53
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES……………………………………..55
BIBLIOGRAFIA……………………………………………………………………….58
ANEXOS………………………………………………………………………………59
INTRODUCCION
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La acción de recibir fondos por parte de los Bancos, tanto de personas
naturales, como jurídica se conoce como depósitos. Estos pueden ser: a) A la
vista o sea cuenta corriente; y b) A plazo fijo o sea, cuenta de Ahorro.
Mediante una cuenta corriente, los depositantes colocan su dinero en el banco y para hacer el pago de sus obligaciones los retiran por medio de cheque que
él mismo confecciona según su conveniencia. Este tipo de cuentas facilita las
operaciones comerciales, como también el retiro del dinero.
La cuenta de Ahorro, es otro de los servicios que presta un banco, quien
acepta estos depósitos de dinero para guardarlos y protegerlos. El depositante
tiene la facultad de retirarlos según su conveniencia y los clientes que lo posen,
ganan intereses sobre sus saldos bancarios.
De acuerdo a la Ley Bancaria, toda institución de este tipo debe mantener un
cierto porcentaje de estos depósitos en sus reservas en efectivo. Para las
cuentas corrientes debe ser el 20% del total, mientras que para las cuentas de
ahorro debe ser del 10%
Los Bancos deben mantener cierta cantidad de esos depósitos para responder
a los posibles retiros de sus clientes (es importante desde el punto de vista de
la confiabilidad de los clientes). Esta garantía que protege al depositante contra
las actividades especulativas de los bancos se llama "encaje".
Las Operaciones Pasivas son aquellos fondos depositados directamente por la
clientela, de los cuales el banco puede disponer para la realización de sus
operaciones de activo. Están registrados en el lado derecho del balance de
situación; siendo el caso inverso de las cuentas de activo, ya que los saldos de
estas cuentas, aumentan con transacciones de Crédito y disminuyen con las de
Debito. La captación de pasivos, es de gran importancia para todo banco, ya
que supone las actividades que realiza una institución bancaria para allegarse
dinero, esencialmente del público en general. Para que un banco pueda
desarrollarse, es necesario que adquiera depósito, pues sin esto imposible
crear una reserva suficiente que le ayude a colocar estos fondos en préstamos
e inversiones que le generen dividendos, y que le permitan hacer frente a las
demandas de retiro de dinero en efectivo, solicitado por sus clientes.
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Las operaciones de captación de recursos, denominadas operaciones de
carácter pasivo se materializan a través de los depósitos. Los depósitos
bancarios pueden clasificarse en tres grandes categorías:
• Cuentas corrientes.
• Cuenta de ahorro o libreta de ahorros.
• Depósito a plazo fijo .
Las cuentas, por tanto, son totalmente líquidas. La diferencia entre ambas es
que las cuentas corrientes pueden ser movilizadas mediante cheque y pagaré,
mientras que en los depósitos a la vista es necesario efectuar el reintegro en
ventanilla o a través de los cajeros electrónicos, pero no es posible ni el uso decheques ni pagarés. Otra diferencia es que en los depósitos a la vista, el banco
puede exigir el preaviso.
Los depósitos a plazo pueden ser movilizados antes del vencimiento del plazo,
a cambio del pago de una comisión, que nunca puede ser superior en importe
al montante de los intereses devengados.
Estos depósitos, dependiendo del tipo de cuenta, pagan unos intereses (intereses de captación).
Además tenemos en la Operaciones Pasivas puntos como Registro y proceso
de una Cámara de Compensación, Tasa Over Night, Instrumentos Financieros
a Corto, Mediano y Largo Plazo. Los cuales son de gran importancia para la
Banca. Y por ultimo la Masa Monetaria que es la que nos indica la cantidad de
dinero circulante en la economía.
OPERACIONES PASIVAS
Las Operaciones Pasivas se caracterizan por ser las receptoras de fondos delpúblico y sobre ellas descansa el mayor porcentaje de la capacidad crediticia
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de los bancos. Se materializan en los depósitos y por ellas los bancos se
convierten en “deudores”, por lo que sus saldos se registran en el pasivo de
sus balances.
Los depósitos constituyen la operación principal de entrada de dinero en labanca y se pueden clasificar en la forma siguiente:
Depósitos a la vista: De acuerdo con la Ley General de Bancos, son exigibles
a un plazo igual o menor a 30 días. Se conocen también como depósitos en
cuenta corriente y su característica especial, radica en que los fondos
depositados en ellas se movilizan por medio de cheques.
Depósitos de Ahorro: No son movilizables por cheques y requieren de una
libreta especialmente diseñada en donde se registran los depósitos, los retiros,
los intereses devengados y cualquier otra operación que se haya solicitado.
Los intereses que devengan los depósitos de ahorro, son fijados por el B.C.V. y
aquellos que no excedan de Bs 100.000, están exonerados del Impuesto Sobre
La Renta.
Depósitos a Plazo: Son colocaciones con montos mínimos de Bs 250.000, a
un plazo no menor de 30 días. Se documentan por certificados negociables o
no y están exonerados del ISLR cuando son nominativos y a un plazo mayor de
90 días.
Los bancos comerciales no podrán tener obligaciones exigibles a la vista o a
plazo por una cantidad que exceda de 20 veces su capital pagado y reservas.
Tampoco podrán tener obligaciones contingentes por más de dos veces su
capital pagado y reservas, salvo los compromisos contraídos por cartas de
crédito para importación y exportación, siendo el banco el intermediario.
Captaciones del Público Restringidas: Son aquellos depósitos aperturados
en el banco, por ejemplo.
1. Judiciales
2. De menores
3. En garantía de terceros: Alquileres.
4. Aceptaciones Bancarias.
5. Bonos de Ahorro.
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El Reporto Pasivo: Es una operación en virtud de la cual el Banco Central,
que se llama "Reportador" adquiere por una suma de dinero la propiedad de
títulos-valores de un banco y se obliga a transferir a la persona o entidad que
los entrega y que se llama "Reportado", la propiedad de otros tantos títulos de
la misma especie en el plazo convenido, contra reembolso del precio pagado,
más un premio o comisión. En ambos casos el reporto se perfecciona por la
entrega de los títulos.
Si el reportado no se presenta a cancelar la operación al vencimiento, ésta se
considera abandonada.
El reporto en este caso es operación pasiva para los institutos de crédito, comoel redescuento y los anticipos del Banco Central.
Depósitos en moneda extranjera:
Los bancos comerciales pueden recibir estos depósitos a la vista o a plazo no
mayor de un año, pero en ningún caso pueden los depositantes disponer de
sus saldos acreedores en billetes o en moneda extranjera.
Podrán sí efectuar retiros en moneda de curso legal, al tipo de cambio del día,
o mediante transferencia o cheque del banco depositario girado sobre sus
corresponsales en el exterior. Ni esta disposición ni el encaje serán aplicables a
los depósitos recibidos por sucursales del banco en el exterior.
DINERO
El Dinero es un intermediario, un bien natural o artificial. Es todo medio de
intercambio común y generalmente aceptado por una sociedad para el pago de
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bienes (mercancías) y servicios, y para el reembolso de deudas; por tanto, para
ser calificado como dinero, un bien debe satisfacer los tres siguientes criterios:
1. Debe ser intercambiable: El dinero es usado como un intermediario en
el comercio para evitar las ineficiencias de un sistema de trueque.
Cuando un bien es requerido con el solo propósito de usarlo para ser
intercambiado por otras cosas, posee esta propiedad. Por ejemplo,
pocas personas conservan billetes para colección. En cambio, la
mayoría de las personas los conservan por la posibilidad de
intercambiarlos cuando lo deseen por otros bienes.
2. Debe ser una unidad contable: Cuando el valor de un bien es utilizado
con frecuencia para medir y comparar el valor de otros bienes o cuando
su valor es utilizado para denominar deudas, se dice que el bien posee
esta propiedad. Por ejemplo, si gente de una cultura se inclina por medir
el valor de las cosas en referencia a las cabras, las cabras serían la
principal unidad contable. Un caballo podría costar 10 cabras y una
cabaña unas 45 cabras.
3. Debe ser un conservador de valor : Cuando un bien es adquirido con el
objetivo de conservar el valor comercial para futuro intercambio,entonces se dice que es utilizado como un conservador de valor. En el
caso anterior, una cabra tendría un problema a la hora de servir como
dinero, y es que es un bien perecedero, dado que la cabra con el tiempo
muere. Otros materiales, como el oro y la plata, conservan su valor a
pesar del paso del tiempo. Es un medio de acumulación o
atesoramiento. El dinero, como representante de la riqueza, tiene el
poder de comprar cualquier mercancía y se puede guardar en cualquier cantidad. En otras palabras, la función de atesoramiento solo puede
realizarla el dinero de pleno valor: monedas y lingotes de oro, piedras
preciosas, objetos de oro, etc. El bien escogido como medio de
acumulación debe ser siempre algo que pueda guardarse durante largos
periodos sin que se deteriore o se pierda.
Otros Conceptos Del Dinero
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1. -Dinero es cualquier cosa que los miembros de una comunidad esté
dispuestos a aceptar como pago de bienes y deudas".
2. -Es un medio de pago de aceptación general. Esta proviene de la
autoridad pública y de las costumbres. Cualquier mercancía susceptible deser usada como medio de cambio, como patrón común de los precios de las
demás mercancías y como medio de realización de pagos diferidos. Su
valor debe ser por lo tanto, estable, aunque en la actualidad la inflación, con
el consiguiente aumento de precios, reduce constantemente su poder
adquisitivo.
3. -Dinero es cualquier cosa que los miembros de una comunidad esté
dispuestos a aceptar como pago de bienes y deudas".
4. -Dinero son los billetes y monedas de circulación legal en un país, en
poder del público, más los depósitos bancarios en cuenta corriente
movilizados mediante el cheque.
El Dinero en la Actualidad
Lo que actualmente circula en los países son representativos de dinero, el
billete de banco también llamado papel moneda guarda relación con metales
nobles y valores depositados en banco de admisión. En aquel tiempo eran el
oro y la plata, actualmente debido a cambios de políticas monetarias los
valores que respaldan el billete de banco también pueden ser divisas, dinero
aceptado internamente, valores estatales y derechos de giro sobre organismos
internacionales.
Actualmente el dinero ha perdido su relación y convertibilidad con los metales
nobles. El dinero es una mercancía abstracta de la que nadie puede hacer uso
directo pero como mercancía esta sujeta a la ley de oferta y demanda. El valor
del dinero se mide por un número de bienes que se pueden adquirir con él; el
valor del dinero es su poder adquisitivo o sea lo que podemos comprar con él.
El dinero tiene mayor valor cuando es escaso y mayor cuando es abundante en
relación con los servicios producidos en el mercado.
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El Cuasidinero
Lo constituyen aquellos bienes que reemplazan temporariamente al dinero en
alguna de sus funciones.
Son cuasidinero los depósitos a plazo en las entidades financieras. En segundo
grado, también lo son los títulos privados y públicos, los pagarés, letras de
cambio, los debentures, entre otros.
El cuasidinero puede actuar como reserva de valor o como instrumento de
cambio. Los pagarés pueden ser descontados en el banco como medio de
pago, etc. La diferencia con el dinero es la falta de generalidad en su
circulación, ya que sólo se utilizan en determinados mercados.
Función del Dinero
La función elemental del dinero es la de intermediación en el proceso de
cambio. El hecho de que los bienes tengan un precio proviene de los valores
relativos de unos bienes con respecto a otros.
Las funciones que cumple El Dinero Son:
• Facilitar el intercambio de mercaderías. Por tratarse de un bien
convencional de aceptación general y garantizado por el estado.
• Actuar como unidad de cuenta. Es decir, expresar en determinadas
unidades los valores que ya poseen las cosas. En este caso, de denomina
función numeraria.
• Patrón monetario. Regulación de la cantidad de dinero en circulación
en una economía, a través de una paridad fija con otro elemento central quelo respalda, que puede ser un metal precioso o una divisa fuerte de
aceptación generalizada en el ámbito internacional para todo tipo de
transacciones comerciales.
Tipos de Dinero
Dinero Mercancía:
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Consiste en la utilización de una mercancía (oro, sal cueros) como medio para
el intercambio de bienes. La mercancía elegida debe ser: duradera,
transportable, divisible, homogénea, de oferta limitada.
Dinero Signo:
Billetes o monedas cuyo valor extrínseco, como medio de pago, es superior al
valor intrínseco. El dinero signo es aceptado como medio de pago por imperio
de la ley que determina su circulación (curso legal). El dinero signo descansa
en la confianza que el público tiene en que puede utilizarse como medio de
pago generalmente aceptado.
Dinero Giral:
Representado por los depósitos bancarios.
Clases De Moneda
Según el material constitutivo
Moneda metálica o moneda tipo.
Está acuñada en material precioso. Su valor extrínseco es prácticamente igual
a su valor intrínseco. Se usan para atesoramiento (ej.: mejicano oro, libra
inglesa).
La diferencia básica entre los distintos sistemas de moneda no convertible
(mayoritarios en el mundo) y los de patrón monetario con paridad fija
convertible, consiste en que en los primeros la autoridad monetaria decide el
monto de la oferta de dinero de acuerdo a pautas de política económica yfinanciera, mientras que en los segundos la cuantía de la oferta monetaria está
determinada por el funcionamiento del sector externo de la economía.
La Moneda según la razón de su existencia se clasifican en:
Moneda real o de circulación: Billetes y monedas que circulan dentro del país
y que son utilizados en las transacciones.
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Moneda ideal o de cuenta: Es una moneda inexistente, pero que se utiliza
como medida de valor en ciertas circunstancias. (ej.: "galeno" para los médicos,
"caduceo" para los profesionales en ciencias económicas).
La Creación del Dinero Bancario:
El dinero otorga a su poseedor capacidad de compra. Ese dinero puede ser
creado de dos maneras:
• Por emisión, dispuesta por la entidad autorizada en cada país.
• Por los préstamos que otorgan las entidades financieras.
Clases Moneda de Papel y Papel Moneda
Según su convertibilidad:
Una moneda o billete es convertible cuando se los puede cambiar por la
moneda tipo, en cualquier momento.
• Moneda de papel: es convertible.
• Papel moneda: no es convertible.
Según la razón de su existencia.
Actividades que podemos realizar con el dinero
· Medio de transferencia del poder adquisitivo. Cuando una persona otorga uncrédito a otra, le está transfiriendo capacidad de compra por un tiempo
determinado. Para el prestamista, la operación le brinda una reserva de valor
por el monto acordado, y para el prestatario representa una transferencia de
poder de compra.
· Medio de pago de las obligaciones monetarias. Las obligaciones de dar una
cierta suma de dinero, se cancelan entregando esa cantidad monetaria.
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· Instrumento de política económica. Las autoridades monetarias pueden influir
en la economía regulando la cantidad de circulante, los créditos bancarios, etc.;
de esta manera, se influye en la estructura productiva, en las inversiones, en el
poder adquisitivo de la población.
Características del Dinero
• Mercancía que no se consume
• Sujeto a la ley de la oferta y la demanda
• No forma parte de la riqueza nacional
• El dinero no es bueno, ni malo, moral o inmoral, es un simple
instrumento de cambio.
• El dinero no corrompe del hombre; si no el hombre corrompe al dinero.
• Un cheque no es dinero, sino simplemente una orden a un banco para
que se transfiera una determinada cantidad de dinero, que estaba
depositada en él.
• Los depósitos no son una forma visible o tangible de dinero, sino que
consisten en un asiento contable en las cuentas de los bancos
El Dinero Sano
Tres caracter ísticas para que el dinero sea sano:
· Unidad: Todas las unidades deben poderse intercambiar unas con otras
· Estabilidad : Permite un mejor cálculo económico y que se cumpla la función
principal del dinero. Función principal: Medio de intercambio.
· Libertad : Facultad de cambiar dinero por cualquier bien o servicio deseado; o
por cualquier moneda extranjera o bien extranjero.
PROCESO DE LAS TESORERIAS (CICLO DEL DINERO)
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REGISTRÓ DE CAMARA CONPENSACION
Esquema Actual de Cámara de Compensación
Base Legal
Artículo 21 Ordinal 23 Ley del Banco Central de Venezuela
Atribuciones del Directorio
“Dictar las reglas para el funcionamiento de las cámaras de compensación. En
esta materia, el Banco Central será el ente rector y, a tal efecto, le
corresponderán el manejo operacional de dichas cámaras y las facultades desupervisión y regulación de sus operaciones.
El Banco Central de Venezuela podrá, cuando lo estime conveniente, delegar
en los bancos comerciales que seleccione, el manejo operacional de las
cámaras de compensación en zonas del país que a este efecto se determinen.
En todo caso, estos deberán informar al Banco Central de Venezuela, cada
veinticuatro (24) horas, el movimiento de dichas cámaras en el día anterior.
En la concepción, estructura y funcionamiento de las cámaras de
compensación, se procurará obtener su mayor eficiencia, en beneficio del
publico usuario"
• Resolución del Banco Central de Venezuela N° 96-08-01. Reglamento
del Sistema de Cámaras de Compensación.
Operatividad
• Sistema de liquidación multilateral neta en tiempo diferido
• Liquidación final T+2. Puede implicar un diferido mayor si se trata de
cheques recibidos en depósitos contra plazas distintas del lugar donde
se efectúa a la compensación.
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• Los cheques no son devueltos al cliente, son archivados después del
pago.
• Existen 49 Cámaras de Compensación en el país
• Cámara de compensación principal operada por Banco Central de
Venezuela, cubre el Área Metropolitana de Caracas y efectúa el cierre
final de las demás cámaras.
• Cámara de compensación de Maracaibo, operada por Banco Central de
Venezuela
• Cámaras de Compensación a cargo de Bancos Compensadores.
Operan en 47 plazas.
OVER NIGHT
La tasa overnight es aquella que se aplica a las colocaciones o captaciones
efectuadas en el mercado interbancario venezolano por un plazo máximo de 24
horas.
A cambio del préstamo, el banco paga una tasa de interés que mide el precio
del dinero que las instituciones se prestan entre sí para resolver problemas
inmediatos de liquidez.
PROCESO CUENTAS CORRIENTES
La cuenta corriente bancaria es un contrato mediante la cual una persona
deposita en un banco cantidades en metálico, que puede ir retirando en
cualquier momento por medio de cheques, mientras que el banco utiliza dichas
cantidades en sus demás operaciones bancarias.-
La cuenta corriente bancaria es regulada en El Código de Comercio, en el Libro
II, Título 12, Cap. 2, sin dar un concepto o definición de la misma.
El jurista Osvaldo Gómez Leo, define al contrato de cuenta corriente bancariacomo, "...un contrato mediante el cual se disciplinan futuras relaciones
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jurídicas, emergentes de relaciones plurales, con especial referencia a las que
el banco, en los límites de su relación empresaria, realiza por cuenta y orden
del cliente...".
Pero a diferencia de nuestro código, el Código de Comercio de Costa Rica
dando un concepto de cuenta corriente bancaria expresa que: "La cuenta
corriente bancaria es un contrato por medio del cual un banco recibe de una
persona determinada un depósito de dinero en efectivo o le otorga un crédito;
para girar contra aquél, pudiendo disponer de dichos fondos en cualquier
momento, a través de cheques provistos por la entidad bancaria, o autorizando
a dicha entidad a realizar débitos de la cuenta provenientes de otras
operaciones bancarias".
Esta conceptualización, creemos la más completa y aplicable, tiene en cuenta
todos los elementos tipificantes y lo esencial para este tipo de contrato que es
el servicio de caja, la posibilidad de disponer de los depósitos efectuados, ya
que las sumas de dinero, permanecen a la orden del depositante, pudiendo
disponer de ellas en cualquier momento, mediante la emisión de cheques
girados contra el banco; o bien que el cuentacorrentista autorice al banco a
realizar débitos de su cuenta.
Características
El contrato de cuenta corriente bancaria, entiende que es autónomo, bilateral,
consensual, normalmente oneroso y de ejecución continuada.
1. Es autónomo, consiste en una combinación de prestaciones que el banco
realiza por cuenta y en interés del cliente, verbigracia, el servicio de caja que
presta el banco integrando en este elementos del mandato y del depósito.
2. Es bilateral porque engendra obligaciones para ambas partes, de ejecución
continuada o sucesiva.
3. Es consensual, ya que se origina por voluntad de las partes; siendo
condición de "habilitación", la provisión de fondos, o autorización para girar endescubierto.-
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4. Es oneroso, ya que los bancos suelen cobrar intereses y gastos por las
gestiones, o intereses del descubierto.
5. Es nominado o típico ya que está expresamente regulado en el Código de
Comercio en los arts. 791 a 797 Cód. Comercio.
Naturaleza Jurídica
La naturaleza jurídica del contrato de cuenta corriente bancaria no tiene opinión
unánime en la doctrina, ya que, basándose en sus las notas tipificantes, alguna
doctrina, le ha dado más amplitud que otra.
La doctrina Italiana, entiende que la cuenta corriente bancaria es una simple
cláusula accesoria de ciertos contratos bancarios; apertura de crédito y
depósito, lo que no modifica su esencia.-
Mientras que la doctrina francesa, sostiene que es una variedad de cuenta
corriente mercantil, reconociéndole carácter contractual, con singulares efectos
jurídicos.-
Otro sistema distingue la llamada "cuenta corriente impropia" de la "cuenta
corriente de correspondencia", en la cual se reconoce como una figura
autónoma, contractual, que regula toda la relación entre banco-cliente siendo el
banco un simple mandatario del cliente, el cual le presta un servicio de caja, y
realiza una serie de negocios, o encargos confiados por el cliente, el banco
pone a su disposición su estructura y organización, a fin de dar cumplimiento
con el mandato otorgado.
Pero la nota caracter ística señalada por Molle es que, la operación bancaria no
es la coexistencia o la suma de varios negocios, sino que la causa de la
operación es el servicio de caja que el banco le presta al cliente, nota tipificante
de este contrato y que no es propia de los demás contratos.
Los débitos aceptables en la cuenta corriente bancaria.
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A los fines de disponer del servicio de caja, hay que tener en cuenta, de qué
modo, y sobre qué operaciones se pueden realizar los débitos en cuenta
corriente, débitos estos, que pueden ser sobre fondos que el cliente ha
depositado, pudiendo disponer hasta la concurrencia del monto depositado,
(cuenta corriente con provisión de fondos) y/o cuando el cliente no ha
depositado dinero, sino que el banco lo autoriza a girar hasta un monto
determinado, es decir le otorga un crédito (al descubierto).
Los débitos son una disminución de la disponibilidad del servicios de caja, son
cuantificadas en dinero y solo se pueden efectuar por sumas de dinero
provenientes de determinadas operaciones.
Anteriormente se establecía, por la circular de la OPASI 2, establecía en el
punto 1.1.1.4. que "...No podrá generar saldo deudor -aún cuando el cliente
hubiere prestado su conformidad-, el débito de importes correspondientes a
operaciones instrumentadas mediante títulos que en sí mismos no posean
fuerza ejecutiva. Se exceptúan de la limitación precedente los débitos
originados en servicios prestados por la propia entidad, por débitos automáticos
y por operaciones de comercio exterior , de compraventa de títulos valores y de
moneda extranjera...", es decir que todo débito que no provenía del libramiento
de cheques no podría ser realizado por el Banco, a menos que cuente con la
autorización del cliente y corresponda a operaciones que traigan aparejada
ejecución, o provenientes de servicios prestados por el banco, débitos
automáticos, operaciones de comercio exterior , compra venta de títulos valores
y de moneda extranjera.
Pero la ley 24452 incorporó un agregado al art. 793 del Código de Comercio,
párrafo cuarto, donde estableció que "...Se debitarán en cuenta corriente
bancaria los rubros que correspondan a movimientos generados directa o
indirectamente por el libramiento de cheques. Se autorizarán débitos
correspondientes a otras relaciones jurídicas entre el cliente y el girado cuando
exista convención expresa formalizada en los casos y con los recaudos que
previamente autorice el Banco Central de la República Argentina..."
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En virtud de ello, con fecha 30 de mayo de 1997 el Banco Central de la
República Argentina, dictó la comunicación "A" 2547 por la que sustituyó el
punto 1.1.1.4 de la comunicación "A" 2514 por el siguiente texto: "...1.1.1.4. La
conformidad expresa del cliente para que se le debiten de la cuenta corriente
las comisiones pactadas libremente al momento de la apertura o
posteriormente, por lo servicios que preste la entidad y los conceptos por
operaciones concertadas con ella o con terceros (débitos automáticos) que el
cuenta correntista haya contratado...".
Por lo que en virtud de la normativa supra indicada, si media convención
expresa entre el girado y el banco se pueden debitar de la cuenta corriente
bancaria deudas que en sí mismas no traigan aparejada ejecución.
El depósito o el crédito determinan la disponibilidad de dinero que tendrá el
cliente, lo que constituye el servicio de caja.
Ello surge de la necesidad que tienen los bancos de simplificar el
procedimiento de cobro de los créditos otorgados, de toda índole, e incluirlos
en una sola cuenta que otorgue las ventajas del procedimiento ejecutivo.-
Distintos tipos de cuenta corriente bancaria
En virtud de lo referido supra, se ha planteado la existencia discutible de las
denominadas cuenta corrientes instantáneas o cuentas no operativas, creación
autónoma de las entidades Bancarias, que son aquellas que se abren a solo
efecto de cargar en ellas saldos de operaciones del cliente con el banco, pero
que no operan como cuenta corriente bancaria, no teniendo ni habiendo
utilizado el servicio de caja, sino que lo que se persigue es solamente, por el
banco, es dotar al saldo de la vía ejecutiva, verbigracia, el Banco procede a
abrir una cuenta corriente, le asigna el saldo deudor por el importe
correspondiente a la deuda, sea cual fuere el origen y luego emite un
certificado de saldo deudor de cuenta corriente bancaria y lo ejecuta a través
de la vía ejecutiva.
La Jurisprudencia mayoritaria ha rechazado este tipo de cuentas al manifestar que "...Toda cuenta corriente que un banco abra a un cliente, cuyo movimiento
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no se efectúe mediante cheques, no es una cuenta corriente bancaria, sino una
cuenta operativa. Y a su vez, cabe por no tener habilitada la vía ejecutiva si no
hubo libramiento de cheques, porque la certificación de un saldo deudor así
concebida, no puede ser equiparada al título comprendido en la previsión del
art. 793 del Código de Comercio..."
Atribución otorgada a los bancos.- Certificación saldo deudor.
En el año 1946, se establece por decreto ley 15.354/46, la modificación del art.
793 del Código de Comercio que dice "...Las constancias de los saldos
deudores en cuenta corriente bancaria, otorgadas con las firmas conjuntas del
gerente y contador del banco serán consideradas títulos que traen aparejadaejecución, siguiéndose para su cobro los trámites que para el juicio ejecutivo
establezcan las leyes de procedimiento del lugar donde se ejercite la acción..."
El decreto viene a dar respuesta a la mora de los cuenta correntistas y a la
dificultad de los bancos para acceder al cobro judicial de la deuda por la vía
ordinaria de cobro.
Los antecedentes vienen del año 1.934, cuando un proyecto de reformas a lalegislación, se había ideado un artículo donde se indicada la ejecutividad de los
saldos de las cuentes corrientes, bajo la condición de que el ejecutante exhiba
copia del último extracto, autorizada por un contador de la matrícula, quién
debía ratificar ante el Tribunal la veracidad de dicho resumen.
No debemos dejar de lado el hecho de que el decreto vino a completar la ley
11.554, que nacionalizó los depósitos bancarios y que produjo importantes
consecuencias.
Los bancos pasaron de esa forma a ser mandatarios legales del Banco Central,
organismo del estado y agente de la administración pública. De este modo los
bancos obtuvieron esta potestad pública.-
Cuestión que a pesar del cambio de la legislación y la desnacionalización de
los depósitos, no se modificó, quedando esta desmedida atribución en poder delas entidades bancarias.-
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Es decir, que las entidades bancarias tienen la atribución otorgada por el
estado de crear títulos ejecutivos hábiles para su cobro por vía ejecutiva sin ser
entidades públicas y consecuentemente no poseer la correspondiente
confiabilidad que se le otorga a los actos administrativo público, hecho que les
otorga una desmedida e injusta potestad violatoria del principio de igualdad
ante la ley garantizado por nuestra Constitución Nacional.-
Formalidades a cumplir por el certificado de saldo deudor para la
habilitación de su cobro por la vía ejecutiva.-
El art. 793, del Código de Comercio, en el tercer párrafo expresa que: "Las
constancias de los saldos deudores en cuenta corriente bancaria, otorgadascon la firma conjuntas del gerente y contador del banco serán consideradas
títulos que traen aparejada ejecución, siguiéndose para su cobro los trámites
que para el juicio ejecutivo establezcan las leyes de procedimientos del lugar
donde se ejercite la acción".
Es decir que para que el saldo de cuenta corriente bancaria sea título ejecutivo
hábil a los fines de su cobro deberá reunir los siguientes requisitos impuestos
por ley:
1. Constancia de saldo deudor.-
Es decir una liquidación donde surja el monto no depositado por
el cuentacorrentista y ya pagado por el banco.-
2. Firmas conjuntas del contador y gerente del banco.-
Requerimiento impuesto por el decreto ley 15.354/46, referido
supra.-
3. Cumplir con las formalidades de título Ejecutivo impuestas por los
códigos de procedimiento provinciales.-
CUENTAS DE INVERSION
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La Cuenta de Inversión es un conjunto de contratos que reglamentan y
establecen las relaciones bursátiles, mercantiles y de crédito para fines
bursátiles entre Casa de Bolsa y el cliente.
A través de ella usted puede adquirir acciones, bonos, papeles comerciales,
productos estructurados, sea en moneda local o extrajera, para consolidar su
inversión.
Beneficios
Asesoría Financiera permanente.
Sin trámites complicados.
Disponibilidad inmediata de liquidez.
Portafolio de inversión diseñado de acuerdo a sus necesidades y
perfil financiero.
Orientación permanente de un ejecutivo que lo asesorará en la
construcción de su portafolio de inversión.
• Requisitos para apertura de cuentas (Ver Anexo 1)
• Cuenta de Inversión de Econoinvest (Ver Anexo 2)
PROCESO CAMARA COMPENSACION
Períodos en el ciclo de compensación - Banco Central de Venezuela
a. Período Intercambio Físico de Cheques:
o
El intercambio físico de cheques correspondientes a las dosCámaras administradas por el Banco Central de Venezuela se
realiza de acuerdo a lo establecido en la Resolución No. 96-08-01
de fecha 29 de agosto de 1996.
o Primera Cámara
Caracas: Se efectúan dos intercambios
Maracaibo: Se efectúa un solo intercambio
o Segunda Cámara Se efectúa un solo intercambio
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b. Período de Compensación:
o Primera Compensación Horario: Días Hábiles Bancarios entre 7:00 AM y 7:30AM.
o Segunda Compensación
Horario: Días Hábiles Bancarios entre 2:30 PM y 3:00PM
Proceso
Cada institución miembro de la respectiva Cámara de
Compensación, consigna en Banco Central de Venezuela,
debidamente firmados por los representantes autorizados
la siguiente información:
Formulario "Planilla Especial de Compensación"
Formulario "Suministro de Información de
Compensación" Dos diskettes etiquetados contentivos de la
información de compensación.
Banco Central de Venezuela recibe y valida la información
recibida
La institución participante recibe, de Banco Central de
Venezuela, copia debidamente validada por funcionarios
autorizados:
Formulario "Planilla Especial de Compensación"
Formulario "Suministro de Información de
Compensación"
Banco Central de Venezuela determina posición neta
bilateral y posición multilateral para cada institución.
c. Periodo de Liquidación:
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o Banco Central de Venezuela determina el saldo del día para cada
institución participante ( netos multilaterales y bilaterales)
o A través de interfaz con la aplicación Cuentas Corrientes, procede
a liquidación en las cuentas que cada institución participante
mantiene en Banco Central de Venezuela
• Cámaras de Compensación autorizadas por el Banco Central de
Venezuela- Bancos Compensadores
o El intercambio físico de cheques se realiza en la sede de la
sucursal del Banco Compensador en la plaza correspondiente.o Cada Banco Compensador, en cada plaza, determina el saldo del
día para cada institución participante (netos multilaterales y
bilaterales)
o Cada institución participante mantiene en el Banco Compensador
una cuenta corriente especial para la liquidación.
o El cierre se efectúa mediante el registro de notas de débito y
crédito (según corresponda) de cada Institución Financieramiembro, las cuales se transfieren, en línea, a las oficinas
principales en Caracas de los bancos compensadores y se
liquidan mediante emisión de cheques (a favor o en contra del
Banco Compensador), enlazando con la Cámara Compensación
Caracas.
o El pago final se alcanza al siguiente día, mediante liquidación
realizada por el Banco Central de Venezuela, al acreditar o
debitar en las cuentas que cada institución participante mantiene
en el Banco Central de Venezuela
Ejemplo:
• El cliente del banco A salió de compras y pagó con un cheque, el cual
fue tomado por el dueño del negocio para depositarlo en la cuenta de su
banco, llamado B.
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• Ahora el banco B, por supuesto, debe cobrar el cheque al banco A. Si
tanto el cliente como el dueño del negocio usan el banco A, la institución
sólo necesita sacar el monto de la cuenta del cliente para colocarla en la
del dueño del negocio y ya. Efectúa la compensación.• Para facilitar la tarea, cada banco tiene abierta una cuenta en el Banco
Central de Venezuela, para que a través del sistema de Cámara de
Compensación la institución actúe como banco de bancos.
• Con este mecanismo, al cierre de operaciones, después de las 4:00 pm,
el banco B presenta el cheque en la Cámara de Compensación, para
que el sistema tome fondos de la cuenta del banco A y le sufrague sus
fondos.
• Sin embargo, el común de las veces falta dinero, como sucedió el
viernes con la inusitada compra de dólares.
• Para resolver la deficiencia de fondos, el tesorero del banco tiene la
opción de acudir al mercado overnight, un mecanismo donde los bancos
pueden prestarse unos a otros en términos inmediatos, de un día para
otro.
A cambio del préstamo, el banco paga una tasa de interés llamada
también overnight, que mide el precio del dinero que los bancos se
prestan entre sí para solucionar problemas inmediatos de liquidez.
ENCAJE LEGAL
El encaje legal o Exigencia de Reservas: es un porcentaje de los fondos
captados que se mantiene guardado en las cajas del Banco Central de
Venezuela, para garantizar las obligaciones contraídas con terceros,
especialmente con los depositantes. Para el ente emisor, la misión de este
mecanismo no es sólo resguardar la estabilidad y la confianza del sistema
financiero, sino que se trata de un instrumento de política monetaria que le
permite inmovilizar o liberar cantidades de dinero para restringir o ampliar la
actividad crediticia de las instituciones.
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Según el art 51 de la Ley del Banco Central de Venezuela; los bancos y demás
instituciones financieras deberán mantener el encaje que determina el B.C.V.
en función de su política monetaria. Dicho encaje estará constituido por moneda de curso legal, salvo que se trate del encaje por obligaciones por
monedas extranjeras, en cuyo caso deberá estar constituido por el tipo de
moneda que determine el B.C.V. (Ver Anexo 3 y Anexo 4).
INDICE DE INTERMEDIACION FINANCIERO (QUE MIDE, COMO SE
CALCULA)
La Intermediación Financiera se trata de la actividad realizada por aquellas
instituciones autorizadas para tal fin, que básicamente toman recursos de
aquellos agentes económicos que son excedentarios para otorgárselos a
aquellos que son deficitarios.
En la legislación Venezolana podemos encontrar definida esta función en el
Artículo 1 de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.
“…Artículo 1. - La actividad de intermediación financiera consistente en la
captación de recursos con la finalidad de otorgar créditos o financiamientos,
incluida la de mesa de dinero, así como las otras operaciones que permite o
regula esta Ley, sólo podrán ser realizadas por los bancos y demás
instituciones financieras reguladas por esta Ley.
A los efectos de esta Ley, la intermediación financiera comprende igualmente la
captación habitual de recursos del público con el objeto de realizar inversiones,
salvo que su realización se encuentre sujeta a autorización de conformidad con
otras leyes. ....”
En otros términos, los bancos comerciales son intermediarios financieros entre
los inversionistas o ahorristas y los industriales, comerciantes y personas
naturales.
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La función de los intermediarios es la de captar el ahorro de las unidades
económicas superavitarias (Ahorrista), para ser canalizados al financiamiento
de aquellas unidades económicas deficitarias (Inversionistas).
El Índice de Intermediación Financiera mide la proporción de recursos
obtenidos del público que ha sido canalizado hacia las inversiones en valores y
se Calcula dividiendo el monto de la cartera de crédito entre las captaciones del
público. Situación en la cual las relaciones entre los agentes que tienen
necesidad de financiación y los que tienen capacidad de otorgarla son
indirectas. Está unida con la presencia creciente de los bancos sobre los
mercados. Diferencia entre los fondos captados por las instituciones financieras
(depósitos) y los fondos otorgados por éstas a los agentes económicos
(créditos).
Tipos de intermediarios financieros
1.- Instituciones que aceptan depósitos: Captan recursos y los vuelcan al
mercado financiero.
a. Bancos Comerciales: Obtienen su financiamiento de depósitos y los
utilizan para efectuar prestamos comerciales a empresas, al consumo
o hipotecarios, como también para emitir papeles públicos. Realizan
todas las operaciones activas pasivas y de servicios (LEF Art. 21)
b. Sociedades de Ahorro y préstamo para vivienda u otros
inmuebles: Obtienen su financiamiento de depósitos (en los cuales
el ahorro es condición necesaria para el otorgamiento de prestamos)
que los destinan a la constitución de préstamos hipotecarios.
Conceden créditos para ser destinados la adquisición, construcción,
ampliación, reforma, etc., de inmuebles urbanos o rurales y la
sustitución de gravámenes hipotecarios constituidos con igual
destino. Efectúan inversiones de carácter transitorio en colocaciones
fácilmente liquidables. Otorgan avales, fianzas u otras garantías.
(LEF Art. 25)
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c. Bancos de Ahorro Mutuo: Efectúan sus prestamos sobre la base de
hipotecas y sus depósitos se asemejan a acciones (parecido a
Cooperativas)
d. Credit Unions – Cajas de Crédito : Deberán constituirse como
cooperativas (y deberán distribuir sus retornos en proporción a los
servicios utilizados) las cuales tienen su base en torno a grupos de
sindicatos o empleados de una institución o empresa, o sea que
operan en casos únicos y exclusivamente con sus asociados, los que
deberán haber suscripto como mínimo un capital de $200 el cual
puede ser actualizado por el BCRA. Obtienen sus depósitos de
acciones y los colocan en créditos al consumo. (tanto los créditos
como los depósitos son hasta un determinado monto establecido y
por titular, $10000, el cual también puede ser actualizado por el
BCRA). Otorgan avales, fianzas y otras garantías. Efectúan
inversiones transitorias en colocaciones fácilmente liquidables,
pueden debitar letras de cambio girados contra los depósitos de sus
titulares a favor de terceros. Deben remitir información periódica a
sus asociados sobre su estado de situación patrimonial y capacidad
de cumplimiento de las obligaciones contraídas. (LEF Art. 26)
e. Bancos Hipotecarios: Reciben depósitos de participación en
prestamos hipotecarios y cuentas especiales, emiten obligaciones
hipotecarias, Conceden créditos para ser destinados la adquisición,
construcción, ampliación, reforma, etc., de inmuebles urbanos o
rurales y la sustitución de gravámenes hipotecarios constituidos con
igual destino, otorgan avales, fianzas u otras garantías, efectúan
inversiones transitorias en colocaciones fácilmente liquidables y
obtienen créditos del exterior y actúan como intermediarios de
créditos obtenidos en moneda local y extranjera, previa autorización
del BCRA. (LEF Art. 23)
2.- Instituciones intermediarias de inversión: captan recursos y los
destinan a activos financieros determinados o lo invierten
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a. Compañías financieras: Reciben depósitos y conceden créditos para la
compra, venta de bienes pagaderos en cuotas o términos (para el
consumo). Emiten letras y pagares, otorgan anticipos sobre créditos
provenientes de ventas, asumen sus riegos, gestión su cobro y prestan
asistencia técnica y financiera, otorgan avales, fianzas u otras garantías,
realizan inversiones de carácter transitorio en colocaciones fácilmente
liquidables, obtienen créditos del exterior y actúan como intermediarios
de créditos obtenidos en moneda local y extranjera, previa autorización
del BCRA, realizan inversiones en VM a efectos de prefinanciar sus
emisiones y colocarlos, gestionan por cuanta ajena la compra y venta de
VM y actúan como agentes pagadores de dividendos, amortizaciones e
intereses, dan el locación bienes de capital adquiridos con tal objeto.
(LEF Art. 24)
b. Bancos de Inversión: Otorgan avales, fianzas u otras garantías,
realizan inversiones de carácter transitorio en colocaciones fácilmente
liquidables, obtienen créditos del exterior y actúan como intermediarios
de créditos obtenidos en moneda local y extranjera, previa autorización
del BCRA, realizan inversiones en VM a efectos de prefinanciar sus
emisiones y colocarlos, dan el locación bienes de capital adquiridos con
tal objeto, conceden créditos a mediano y largo plazo y limitadamente a
corto plazo, emiten bonos, obligaciones y certificados de participación en
los prestamos que otorguen de acuerdo con la reglamentación del
BCRA. (LEF Art. 22)
3.- Instituciones de Ahorro contractual: Captan recursos por medio de
instrumentos contractuales.
a. Compañías de Seguros de Vida: Aseguran a las personas
contra dificultades financieras que sobreviven a las familias luego
de su muerte y venden anualidades (pagos anuales hasta el
retiro) y los fondos que la gente da como premio son invertidos en
portafolios.
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b. Compañías de Seguros contra incendio y otras ramas:
aseguran contra incendios y accidentes. Reciben fondos de los
premios, pero tienen probabilidades de realizan grandes
desembolsos si ocurre un siniestro importante, por ello sus
inversiones son mas liquidas que las inversiones en portafolio de
las aseguradoras de vida.
c. Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP): Obtienen fondos
de sus afiliados en forma de mensualidades o anualidades, que
luego estos van a percibir a la edad de retirarse de la vida activa.
Las colocan en inversiones de bajo riesgo por lo tanto de baja
rentabilidad.
INSTRUMENTOS FINANCIEROS CORTO PLAZO
PARTICIPACIONES
PRÉSTAMO PARTICIPATIVO
Se consideran préstamos participativos aquellos en los que la entidadprestamista recibirá un interés variable que se determinará en función de laevolución de la actividad de la empresa prestataria. Además, podrán acordar un interés fijo con independencia de la evolución de la actividad.
Algunas características:
• El prestatario sólo podrá amortizar anticipadamente el préstamoparticipativo si dicha amortización se compensa con una ampliación deigual cuantía de sus fondos propios.
• Los préstamos participativos en orden a la prelación de créditos sesituarán después de los acreedores comunes.
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• Los préstamos participativos se consideran patrimonio contable a losefectos de reducción de capital y liquidación de sociedades, previstas enla legislación mercantil.
• Todos los intereses pagados son deducibles en el impuesto de
sociedades.
Ventajas para el Prestatario:
• La remuneración es deducible fiscalmente
• Evita la cesión de la propiedad de la empresa.
• Evita la participación de terceros en la gestión.
• Evita la posible entrada de socios hostiles.
• El carácter subordinado permite incrementar la capacidad deendeudamiento.
• Adecua el pago de intereses en función de la evolución de la empresa
• Plazos de amortización y carencia más elevados.
Ventajas para la Entidad Prestamista:
• Permite rendimientos previsibles y periódicos, y a corto plazo.
• Más facilidades para desinvertir.
• Elimina dificultad de valoración de la empresa.
• Posibilita mayor rendimiento mediante la participación en los resultados
CERTIFICADOS DE DEPOSITOS
Certificado de Depósito a Plazo (C.D.P.)
El Certificado de Depósito a Plazo es un título nominativo y no negociable
emitido por una institución financiera. Actualmente de los instrumentos del
Sector Financiero, este es el más utilizado en el mercado bursátil. Este
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instrumento es emitido tanto en Bolivares como en U.S. Dólares, y su plazo
oscila entre 90 y180 días.
Aceptación Bancaria
La Aceptación Bancaria es un instrumento típicamente, sin embargo no
limitativo a instituciones bancarias. Generalmente se acredita por medio de una
letra de cambio emitida por una empresa privada a favor de una tercera
persona, misma que es aceptada por un banco. Al aceptar el título, la
institución bancaria asume una responsabilidad de pago irrevocable frente a
terceros, en la fecha de vencimiento del instrumento. Puesto que en la letra de
cambio no se puede consignar el pago de intereses, y en vista que entregar dicha letra al inversionista no es siempre lo más conveniente, en nuestro país
la mayoría de las instituciones bancarias han acostumbrado documentar la
Aceptación mediante la emisión de un Certificado de Custodia a favor del
Inversionista en el que se describen las condiciones nominales de la
transacción.
La Aceptación Bancaria se origina en operaciones de comercio internacional,
particularmente en transacciones que involucran venta al crédito. El producto
de la liquidación que genere esta venta, servirá para cancelar la Aceptación
Bancaria. Este tipo de operación surge de la necesidad del Vendedor de un
bien, en recibir el producto de su venta antes del vencimiento del plazo o
crédito que éste le ha concedido al Comprador. Cuando esto ocurre, una de las
alternativas que tiene el Vendedor es negociar el título de crédito que
documenta la venta con su banco. De esta manera el banco acredita al
Vendedor ya sea fondos propios o recursos que obtiene en el mercado
secundario de Aceptaciones Bancarias.
Reporto
El Reporto es un contrato mercantil en la que participan dos partes, Reportado
y Reportador. El Reportado es la persona natural o jurídica que es dueño de
títulos valores y tiene necesidad de obtener recursos temporalmente sobre
ellos. Utiliza estos títulos como respaldo, sin deshacerse de ellos en forma
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definitiva. El Reportador es la persona natural o jurídica, que invierte sus
recursos en los títulos valores que pertenecen al Reportado con el fin de
obtener un premio o rendimiento. El Reportador adquiere la propiedad
exclusiva de los títulos en forma temporal, ya que deberá devolver los mismos
al Reportado, al pagar éste último al vencimiento del contrato, los recursos
obtenidos y el respectivo premio.
El plazo del Reporto es acordado entre el Reportado y el Reportador y no
podrá exceder de 45 días. No obstante, a conveniencia de ambos, éste podrá
ser prorrogado una o más veces. Por ser el Reporto un contrato, su validez
está sujeta a la firma de las dos partes contratantes tanto en su origen como en
posteriores prorrogas, mismas que no podrán exceder al plazo de los títulos
que respaldan la operación.
Este instrumento ha sido utilizado principalmente por el sistema financiero,
aunque su uso no es exclusivo a este mercado. Tradicionalmente ha sido
acompañado por un certificado de custodia donde se detalla las condiciones
nominales de los títulos dados en respaldo, sin embargo esta transacción se
perfecciona con el intercambio físico de los mismos.
El Reporto deberá constar por escrito: el nombre completo del Reportado y del
Reportador, las condiciones nominales de los títulos objeto de reporto, el
término fijado para el vencimiento de la operación, el precio y el premio pactado
o la manera de calcularlos.
Certificado de Participación de Valores en Custodia (CEPVACUS)
El Cepvacus ó Certificado de Participación de Valores en Custodia, es un título
valor que se origina en la Bolsa Centroamericana de Valores como resultado
de un mercado financiero en rápido desarrollo que exigía flexibilidad adecuada
en ciertas operaciones bursátiles. Este es un título valor innominado, es decir,
un título creado por la costumbre, los usos bancarios y mercantiles. Su
creación se fundamenta en la base legal que dió origen al Reporto, el cual está
tipificado en el Código de Comercio.
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5/10/2018 TRABAJO BANCA COMERCIALFINAL - slidepdf.com
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El CEPVACUS se caracteriza por ser un título valor "divisible" o
"desmembrable" de otro título o cartera de instrumentos financieros.
A diferencia del Reporto, el CEPVACUS no tiene restricciones en lo que se
refiere al número de participaciones o al plazo del mismo. Siendo sus únicas
limitantes aquellas que establece el título o cartera original de la que se
desmembra, como ser el que la suma de las participaciones no podrá
sobrepasar su monto global, y el que el plazo de las participaciones no podrá
exceder el vencimiento de los títulos que respaldan la operación.
Certificado de Participación Fiduciaria (C.P.F.)
El Certificado de Participación Fiduciaria es un título valor por el cual una
institución financiera (Banco o Asociación de Ahorro y Préstamo) en su carácter
de fiduciario o administrador de un fideicomiso, promete pagar al tenedor de
dicho título por cuenta del fideicomiso, una determinada suma en las
condiciones acordadas en el mismo.
El C.P.F. acredita derechos fraccionarios sobre grupos de bienes de los que la
institución sea depositaria. Estos títulos solo pueden ser emitidos por lasinstituciones fiduciarias sobre la base de fideicomisos constituidos por
sociedades mercantiles o personas naturales, y formalizados mediante
contratos.
El inversionista o tenedor de un C.P.F. esta garantizado únicamente por los
bienes transferidos al fiduciario, a no ser que el título en forma explícita
especifique otro tipo de garantía, como ser el aval solidario del mismo banco o
fiduciario.
Instrumentos del Sector Privado
Los instrumentos del Sector Privado no financiero son emitidos por empresas
privadas las cuales han encontrado en el Mercado Bursátil una fuente alterna
de financiamiento a las fuentes tradicionales.
Pagaré Bursátil
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5/10/2018 TRABAJO BANCA COMERCIALFINAL - slidepdf.com
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En la actualidad el mayor porcentaje de los volúmenes transados en
instrumentos del Sector Privado se realiza en Pagarés, mejor conocidos en
otros países como Papel Comercial.
El Pagaré es un título valor por el cual el suscriptor o sociedad emisora,
promete incondicionalmente pagar al tenedor o inversionista, una suma
determinada de dinero en una fecha y lugar específico. Si el Pagaré no
menciona la fecha de su vencimiento, se considera pagadero a la vista. El
Pagaré es el instrumento que normalmente se utiliza como documento de
negociación y aceptación comercial, siendo sus garantías legales establecidas
por el Código de Comercio.
Al momento de realizar una inversión, es importante evaluar bien al emisor del
Pagaré, ya que este instrumento no ofrece ninguna garantía específica.
El Pagaré Bursátil difiere en cuanto a su presentación física con el Pagaré
tradicional, ya que ha sido diseñado con el propósito de disponer de un
instrumento de negociación ágil y de aceptación en el mercado de valores. Sin
embargo, no por esto pierde su condición de título valor, ni debilita su fuerza
ejecutiva en caso de demanda. El Pagaré Bursátil debe ser emitido "a la
orden", lo que lo convierte en un título negociable y transferible por endoso y
entrega del mismo.
El dinero de las inversiones realizadas en dichos títulos es utilizado por las
sociedades emisoras para cubrir necesidades de financiamiento de corto plazo.
Los rendimientos que se pueden obtener en estas operaciones dependen del
tipo de empresa, su grado de solvencia, y las condiciones de liquidez delmercado.
El Pagaré Bursátil es un título emitido tanto en Lempiras como en U.S. Dólares,
principalmente por empresas que pertenecen a los diferentes sectores
productivos del país.
Pagaré con Cobertura Cambiaria
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5/10/2018 TRABAJO BANCA COMERCIALFINAL - slidepdf.com
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El Pagaré con Cobertura Cambiaria es un título valor indexado a un tipo de
cambio, el cual permite al tenedor del mismo mantener el valor original de su
inversión ante fluctuaciones en nuestra moneda. El titulo es denominado en
U.S. Dólares, pero el compromiso de pago de capital e intereses es en moneda
nacional.
A la fecha de la suscripción del Pagaré, el emisor y el inversionista acuerdan un
tipo de cambio específico. Este podrá ser fijado en ese momento, aunque la
forma más común ha sido manejar el tipo de cambio para la venta mas alto que
los Agentes Cambiarios autorizados por el B.C.H. hayan cotizado al cierre del
día hábil anterior al vencimiento del pago.
Este instrumento era muy utilizado en el pasado cuando las leyes únicamente
permitían pagar obligaciones en moneda nacional. Sin embargo perdió su
popularidad con la reforma efectuada a la Ley Monetaria en octubre de 1994, a
partir de la cual se autoriza al Sistema Financiero y las Bolsas de Valores
documentar en moneda extranjera deudas contraídas a través de ellos.
Actualmente no se observa movimiento en este instrumento, aunque no existe
ningún obstáculo para ello.
El Pagaré con Cobertura Cambiaria es un título valor innominado, es decir, un
título creado por la costumbre, los usos bancarios y mercantiles.
Pagaré Múltiple ó Macrotítulo
El Pagare Múltiple o Macrotítulo es un instrumento que se origina como un
documento representativo de títulos emitidos por una sociedad emisora. Este
mecanismo permite la participación de uno o más inversionistas en dicho
instrumento, mediante Certificados de Custodia no negociables. Las
participaciones se documentan por medio de asientos contables.
El Emisor entregará el Pagaré Múltiple o Macrotítulo a la Bolsa de Valores, por
medio de su Central de Valores. En su calidad de depositaria, será la Central
de Valores quien se encargará de administrar este documento y las
participaciones que se deriven del mismo.
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Este es un título valor innominado, es decir, un título creado por la costumbre,
los usos bancarios y mercantiles.
Actualmente, el Pagaré Múltiple o Macrotítulo únicamente se puede transar en
la Bolsa Centroamericana de Valores.
MESA DE DINERO
Las Mesas de Dinero constituyen mecanismos de intermediación financiera
que tienen por objetivo principal la captación de fondos de personas naturales o
jurídicas que tengan exceso de liquidez a corto plazo para colocarlos en
empresas que requieran de dichos recursos en el mismo lapso. En otros
términos las Mesas de Dinero reciben recursos de instituciones con excedentes
transitorios de liquidez para ofrecerlos a quienes tengan insuficiencias
momentáneas de fondos.
Una Mesa de Dinero simplemente, es un centro de intermediación de fondos.
Se llama así, porque generalmente quienes trabajan allí lo hacen con varios
teléfonos, para contactar y recibir llamadas de clientes.
Las Mesas de Dinero le ofrecen a entidades jurídicas y personas naturales la
oportunidad de invertir, por plazos cortos, en un instrumento cuyo rendimiento
dependiendo de las necesidades del cliente puede ser exento del ISLR o
gravable a empresas con necesidades de fondos a corto plazo la posibilidad de
adquirirlos.
Está formada por un grupo de operadores financieros que realizan sus
funciones de intermediación en un ambiente de estricta confianza por medio de
contratos telefónicos. Ello implica que, prácticamente hablando, la Mesa es una
central telefónica en la cual concurren personas con excedentes y déficit de
fondos a fin de satisfacer sus necesidades de inversión o colocación y
financiamiento, respectivamente.
Características de una Mesa de Dinero
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Dos características básicas de las operaciones:
1. Las operaciones mínimas, aunque existen excepciones, son desde
50.000.000 Bs. en adelante.
2. Las tasas de interés ofrecida o pedida a la Mesa se establece por laoferta y la demanda. En este sentido, se puede decir que la tasa fijada
por la Mesa de Dinero es un reflejo del costo verdadero del dinero.
Funciones de las Mesas de Dinero
Función de intermediación: El rol de las mesas de dinero es el cumplir la
tarea de intermediación al ser un instrumento financiero, esto significa, que
captan recursos de un sector para colocarlos en otros. Este instrumento acerca
empresarios que tienen flujos de caja opuestos, lo que implica que aquellas
empresas poseedoras de un exceso de liquidez podrán financiar a otras
empresas con dificultades financieras. Su función en este caso, es poner en
contacto a estas instituciones y encargarse de todos los aspectos
administrativos que conlleva este tipo de operación.
Las mesas de dinero actúan en el mercado a corto y muy corto plazo, para ellose hace uso de las tasas de interés, las cuales han de reflejar el equilibrio entre
la oferta y la demanda. A través de la misma es posible adquirir o colocar
valores, bonos financieros, quirografarios y certificados de depósito a plazos
mayores de los normales. Sus tareas se clasifican en dos tipos: a los que
captan fondos o aquellos que deseen utilizar el instrumento para canalizar sus
excedentes de liquidez.
Función de asesoría: El inversor tiene información especializada entorno a los
posibles rendimientos de sus recursos, disponiendo así de un mayor margen
de posibilidades y de libertad de acción. Para aquellos agentes o instituciones
que requieren de fondos líquidos en el menor lapso posible, son las mesas el
instrumento más adecuado para obtener recursos, los mecanismos específicos
para este tipo de operaciones son las aceptaciones comerciales o el contrato
de reporto.
¿Cómo Funciona una Mesa de Dinero?
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Las operaciones que efectúa una Mesa de Dinero se pueden dividir en tres
grupos principales:
1. La intermediación de fondos en la compra y venta de aceptaciones
comerciales: Esquemáticamente las operaciones de esta índole lucencomo siguen:
Dinero
Dinero
Como indica el gráfico la intermediación se lleva a cabo entre el cliente con
excedentes de fondos y el cliente deficitario.
Esta operación consiste en la emisión de letras de cambio, libradas y
aceptadas por la misma entidad emisora y endosadas en blanco, para quesean instrumentos al portador. En el momento que se acuerda el monto de la
colocación y el precio de compra, la mesa realiza la introducción de esa
emisión en el mercado, a su vez, actúa como agente de custodia y, en caso de
ser necesario, como agente pagador al vencimiento.
Otra función que cumple la Mesa de Dinero en este tipo de operaciones es
evaluar riesgos. El cliente con excedentes de fondos en general no está en
capacidad de analizar el riesgo que representa para él la empresa deficitaria,básicamente porque no dispone de la información y/o habilidades adecuadas
razón por la cual confíe y aquí juega la confianza del instituto, quien colocará
su dinero en una forma segura. Es necesario aclarar que la Mesa de Dinero no
participa jurídicamente en el riesgo que acarrea la negociación, dicho riesgo es
asumido por el cliente con excedentes.
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CLIENTE
DEFICITARIO
MESA DE
DINERO
CLIENTE CON
EXCEDENTES
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2. La captación de fondos con venta de cartera y venta de
aceptaciones propias:
Captación de recursos mediante la venta de cartera de inversiones:
Cartera
Vendedor Comprador / inversor
En el gráfico vemos por un lado la situación de un cliente con excedentes y por
otro lado un cliente deficitario, en este caso un banco, institución financiera,
banco hipotecario, etc.
Las instituciones financieras en general tienen en sus activos inversiones envalores, las cuales en un momento de necesidad pueden venderlas para
generar fondos. Al momento de realizar una inversión, el empresario se pone
en contacto con el operador de la mesa de dinero ofreciéndole un monto a un
plazo determinado. Es poco probable que el cliente con excedentes esté
interesado en comprar la inversión por un lapso igual al plazo que falta para
que la inversión venza. Para superar lo anterior la empresa o institución
financiera se compromete ante el comprador de recomprar o readquirir lainversión en el momento determinado por el mismo. En este sentido la venta de
cartera podría considerarse como una operación de reporto, donde la
institución financiera actúa como reportado.
La operación se realiza mediante la venta del bono u otro instrumento al
inversor, con el compromiso de recompra al finalizar el plazo de 25 días y a un
precio determinado que refleje el capital más los intereses por ese período.
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BANCOS
HIPOTECARIO
S
CLIENTES
CON
EXCEDENTES
MESAS DE
DINERO
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Esto implica la emisión simultánea de dos contratos, uno de venta y otro de
recompra, y representa una obligación legal por parte de la mesa de dinero.
Venta de aceptaciones propias:
Aceptaciones
Vendedor Comprador / inversor
En este caso el papel que recibe el inversor es una aceptación de la institución
financiera, y no un valor emitido por un tercero. La aceptación en este sentido
podría interpretarse como un pagaré de la institución financiera.
3.- La colocación de recursos mediante la compra de cartera y la
compra de aceptaciones:
3.1. La colocación de recursos mediante la compra de
cartera: En esta colocación la institución financiera actúa como un comprador /
inversor, mientras que como vendedor en la gran mayoría de los casos actuará
otra institución financiera.
También se negocian con o sin pacto de recompra valores ofrecidos por
empresas no financieras.
El pacto de recompra es la principal garantía para el inversor, a un precio y
plazo determinado, lo que hace imposible la pérdida patrimonial para él, ya
que la mesa está obligada a su readquisición. El instrumento financiero que
adquirió el inversor le pertenece legalmente y dispone de un activo de montoigual a la liquidez trasladada.
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BANCOS
HIPOTECARIO
S
CLIENTES
CON
EXCEDENTES
MESAS DE
DINERO
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3.2. Compra de aceptaciones: Con este tipo de operaciones,
hasta cierto punto igual a las colocaciones mediante la compra de cartera, una
institución financiera que cuenta con limitaciones de la Ley General de Bancos
trata de colocar sus excedentes de fondos por un plazo determinado.
Necesidades del cliente
Si un empresario dispone en cartera de documentos negociables equivalentes
a los usados por la mesa en sus operaciones normales, éste podrá financiar
operaciones a corto plazo vendiendo los documentos con contractos de reporto
a la mesa. En el momento en que se venza la operación el inversor vuelve a
adquirir esa cartera por el precio pactado, es decir, la cantidad primitiva más
una tasa efectiva a favor de la mesa de dinero.
Ventajas de las Mesas de Dinero
1. El período en el cual se toman los recursos está ajustado a las
necesidades exactas del cliente, es decir, que si el empresario necesitafondos durante veinte días, pagará intereses sólo por ese período.
2. La rapidez operativa; ya que el período para hacerse efectiva esa
operación es muy corto.
3. Ausencia de costos y comisiones; la mesa se responsabiliza de todos
los aspectos operacionales, cálculos financieros, elaboración de
documentos y custodia.
4. Ente canalizador de los recursos hacia los sectores productivos.
Regulación de las Mesas de Dinero
La primera vez que aparecieron en la Ley General de Bancos y otras
instituciones financieras fue en el año 1993, cuyo artículo 1° señala, que sólo
las instituciones financieras reguladas por esta Ley podrán realizar la actividad
financiera consistente en la captación de recursos con la finalidad de otorgar créditos o financiamientos. En la Ley de 1988, el artículo 30° se autorizaba a
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los Bancos comerciales a comprar o vender instrumentos financieros, que es
parte de las actividades que realizan las mesas de dinero. En 1994, la
Superintendencia de Bancos establece una normativa más específica para las
operaciones de mesas de dinero, cuya finalidad es proteger a los inversionistas
y facilitar la supervisión del manejo de los fondos del público.
DEPOSITOS A PLAZO FIJO
El Depósito o imposición a plazo fijo (IPF ) es una operación financiera por la
cual una entidad financiera, a cambio del mantenimiento de ciertos recursos
monetarios inmovilizados un periodo de tiempo determinado, reporta una
rentabilidad financiera fija o variable, en forma de dinero o en especie.
En término, la persona puede retirar todo el dinero o parte del mismo. Si las
condiciones pactadas lo permiten, podría también renovar la imposición por un
periodo de tiempo suplementario: en este último caso, si no se toma una
decisión el mismo día del vencimiento, no se pierden los intereses generados
hasta el momento, pero sí se pierden días durante los cuales se podrían estar generando nuevos intereses.
Siempre que se contrata un depósito hay que tener en cuenta la posible
necesidad de liquidez del capital invertido ya que algunas entidades cobran una
cantidad o porcentaje por la cancelación anticipada del depósito, mientras
que en otros casos no existe tal comisión de cancelación anticipada.
Características
• Orientado a Personas Naturales y Jurídicas.
• Monto mínimo de apertura Bs. 250.000,00 / Bsf. 250,00.
• Plazo de Inversión a partir de treinta (30) días hasta noventa (90) días.
• El Depósito a Plazo Fijo retribuye intereses calculados a una tasa de
interés simple sobre la base de trescientos sesenta (360) días, que se
capitalizarán al vencimiento.
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• Al vencimiento el depósito puede: Renovarse automáticamente con
capitalización de los intereses.
• Renovarse automáticamente del capital y abono de los intereses a la
Cuenta Corriente o de Ahorro asociada al Depósito a Plazo fijo.Cancelación y abono del capital e intereses a la Cuenta Corriente o de
Ahorro asociada al Depósito a Plazo Fijo. Cancelación y emisión de
Cheque de Gerencia por el monto del capital e intereses.
• Los depósitos en moneda nacional están amparados por el Fondo de
Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE).
Ventajas
• Rendimiento competitivo para su inversión.
• Múltiples opciones en plazo y modalidad de vencimiento para que usted
seleccione la alternativa que más se ajusta a sus necesidades.
• En caso de cesión de garantía para la obtención de un préstamo
bancario o emisión de la Tarjeta de Crédito Respaldada, su inversióncontinúa devengando un rendimiento competitivo.
• Acceso al servicio Banco Plaza en Línea para la consulta de saldo,
movimientos y la realización de otras operaciones bancarias, con la
obtención de su Tarjeta de Débito Maestro Banco Plaza.
INSTRUMENTOS FINANCIEROS MEDIANO PLAZO
BONOS QUIROGRAFARIOS
Los Bonos Quirografarios: Son títulos negociables nominativos o al portador sin
garantía real pero avalados por el banco emisor. No puede ser adquirido antes
de su vencimiento por el instituto que los emite. Están respaldados por
FOGADE hasta por 4.000.000 de bolívares. Tiene un vencimiento mínimo de 6
meses y máximo de 8 años. Sus intereses están exonerados del Impuesto
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Sobre la Renta, su emisión no puede exceder en 10 veces al capital pagado y
reservas.
Otra Definición de los bonos quirografarios, por su parte, son títulos de deuda
emitidos por las compañías para obtener financiamiento. Son instrumentos amediano plazo. Se negocian al 100% de su valor nominal y se puede obtener
una prima (sobreprecio) dependiendo de las condiciones del mercado.
Los bonos quirografarios, permite que los inversionistas puedan obtener un
cupón cada trimestre o semestre (dependiendo de las características del bono).
Su rendimiento también está por encima del 20%; sin embargo, dependen de la
calificación que le otorguen las firmas calificadoras de riesgo. No es lo mismo loque puede pagar un triple A (máxima calificación) que lo que paga un bono
calificado como B (buena calificación) o D (alto peligro de moratoria de pago).
"Todo dependerá del grado de riesgo que quiera correr el inversionista, si
prefiere algo seguro el rendimiento obviamente será menor".
INSTRUMENTOS FINANCIEROS A LARGO PLAZO
CEDULAS HIPOTECARIAS
Las cédulas hipotecarias son títulos emitidos por entidades financieras que
pagan un interés fijo y que tienen como garantía la totalidad de los créditos
hipotecarios concedidos por la entidad que los emite. Su emisión estárestringida a entidades de crédito oficial, sociedades de crédito hipotecario y
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cajas de ahorros. Se presentan en tres modalidades: nominativas, a la orden o
al portador.
En Venezuela el mercado de cedulas hipotecarias ha aumentado
considerablemente de volumen en los últimos años.
El poder de las cedulas hipotecarias como instrumento para fortalecer los
activos de la banca hipotecaria, ha permitido a esta institución otorgar mas
créditos a largo plazo para la construcción y adquisición de viviendas; sin
embargo, se hace preciso mantener una vigilancia por parte de organismos de
control para que el delicado equilibrio entre la oferta y la demanda de cédulas
hipotecarias no sufra desniveles importantes que puedan perturbarlo, ya que
el desarrollo de este mercado depende a la vez de un incremento de la oferta
por parte de los tenedores y un correspondiente incremento de la demanda
por parte de inversionistas compradores.
Ejemplo: Ud. le presta dinero al banco y tiene como garantía préstamos
hipotecarios ya otorgados. El banco a su vez utilizará lo que Ud. invierta para
nuevos préstamos. Las Cédulas Hipotecarias son muy útiles para los bancos,
ya que son a largo plazo, y de esta forma a pesar de que el banco paga más
tasa que por un depósito a plazo fijo, el mayor tiempo reduce el riesgo de que
el banco pierda liquidez. Generalmente, las Cédulas hipotecarias pagan todos
los meses intereses.
En la práctica su funcionamiento es un mix entre un depósito a plazo fijo a
largo plazo y un bono. Es un depósito porque el inversor se asegura
recuperar lo invertido más el tipo de interés que se le pague una vez que vence
el título, y son un bono porque el inversor puede venderlo en la bolsa en caso
de necesitar liquidez.
Esto es a la vez la mayor ventaja y la mayor desventaja: la ventaja de poder
hacerse del dinero en cualquier momento se contrapone con el riesgo de que el
título cotice bajo en el momento de venderse. La cotización de las Cédulas
Hipotecarias estará atada al nivel de tipos de interés que en ese momento esté
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pagando el mercado por los depósitos: si es mayor que la de las cédulas su
cotización bajará, si es menor subirá.
El mayor riesgo de esta inversión, por lo tanto, está asociado tanto al riesgo de
subidas de los tipos de interés como a una posible inflación que haga perder,
a valor real, parte de la inversión.
FORMULA Y CALCULO DE LAS CEDULAS HIPOTECARIAS
La fórmula de la cuota mensual es la siguiente:
Esta fórmula es la que se aplica en el llamado préstamo por el modelo francés,
que es el que más se emplea en las hipotecas. Si no tienes una hipoteca
creciente, con carencia, o “especial”…esta será la formula que te aplicará el
banco para calcular las cuotas mensuales.
Esta fórmula se recálcala cada vez que toque revisión de hipoteca la cuota que
salga se respeta hasta la siguiente revisión.
El capital es el “dinero pendiente” que nos queda por amortizar en el momento
de la revisión.
El interés de la fórmula es el interés mensual, para calcular este dividimos el
interés anual entre 12. Por ejemplo si tenemos un interés de 6% anual, 6/12 =
0,5%
El plazo se deberá poner en meses. Por ejemplo si nos quedan 8 años por
pagar será 8×12 = 96 meses. (Cuidado que puede darse la equivocación de ver
en la fórmula “menos plazo”, y lo correcto es “elevado a menos plazo”).
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Ejemplo de simulación de una hipoteca
Por ejemplo, para calcular la cuota de un préstamo hipotecario de 100.000
unidades de capital, de 20 años de plazo y un tipo de interés fijo del 4% anual
en el que los pagos se realizan mensualmente, empleamos los siguientes
cálculos:
• Como los pagos son mensuales, comenzamos calculando el plazo
expresado en meses y el tipo de interés mensual
• La cuota que debemos ingresar mensualmente será:
• Ahora vamos a calcular qué parte de esta cuota se dedica al pago de los
intereses y qué otra parte se dedica a reducir la deuda que tenemos con
el banco. El primer mes, el reparto se efectúa de la siguiente manera:
A partir del segundo mes, el interés se aplicará sólo sobre el capital
pendiente, con lo que disminuirá la fracción de cuota que se dedica a
pagar intereses, y aumentará la porción que se dedica a amortizar el
capital.
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• Al final del préstamo, habremos pagado al banco 240 cuotas de 605,96,
por lo que el beneficio que obtiene el banco por la concesión del
préstamo será:
• Si el tipo de interés fuese variable en lugar de fijo, la simulación se
realiza de forma idéntica y se repite al año siguiente, actualizando los
valores del tipo de interés, plazo pendiente y capital pendiente.
Demostración matemática de la fórmula de la cuota periódica
Del capital total de la hipoteca (P ), en cada período:
• se debe pagar al banco una determinada cantidad fija (a)
• el banco obtiene un beneficio por el capital que aún no ha sido
amortizado.
Este beneficio del banco viene determinado por el interés que el banco aplica
en ese momento. En estos cálculos, si el interés sobre 100 es r (p.ej. 0.33 para
indicar un 0.33%), se tomará z como:
Para obtener así directamente el incremento en la deuda sumado al capital.
Téngase en cuenta que como se hace un cálculo por cada período de pago, al
ser el interés indicado normalmente anual, habrá que dividirlo por el número deperíodos del año (meses, habitualmente). Así, para un 4% anual, sería:
Inicialmente, se conoce el capital de la hipoteca (P ), el interés (r ), y el plazo
total en el que se debe pagar la hipoteca (n, correspondiente al número de
períodos; meses, normalmente).
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Interesa determinar la cuota (a) por cada período (mes).
De esta forma, en cada período se adeuda al banco:
• el capital no devuelto hasta ese momento,• más los intereses devengados a favor del banco obtenidos sobre el
capital aún no devuelto,
• menos el pago que se haga al final de ese período (a, la cantidad a
averiguar).
Por tanto, al finalizar el primer período, se adeuda al banco:
Posteriormente, los cálculos se hacen sobre lo adeudado hasta ese momento:
Y continuando así, al finalizar el último período (n), y por tanto haber saldado la
deuda con el banco (el último pago a se corresponde con lo adeudado en ese
momento más sus intereses ( )), ya no se debe nada:
Como el último término se corresponde con una progresión geométrica, se
puede reducir a:
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Y despejando a, el pago por período, que es lo que interesaba averiguar:
Esta fórmula se puede reducir aún más, dividiendo numerador y denominador
por z n, y sustituyendo z por la primera fórmula:
Recordando que a es la cuota periódica, P el capital, n el número de plazos, y r
el interés de cada período:
MASA MONETARIA
La Masa Monetaria es la cantidad de “dinero” existente en una economía.
En realidad existen miles de definiciones, pero en general entendemos por
“dinero” el efectivo en manos del público más los depósitos bancarios.
Este concepto está muy relacionado con el nivel de precios, con lo cual una
elevación de la masa monetaria suele generar presiones inflacionistas.
El dinero en si mismo cumple con 2 funciones importantes:
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1. Es un medio para facilitar las transacciones (compras, ventas)
2. Es un medio de ahorro
Los bancos centrales tienen el control monetario, y por esto es que dividen la
Masa Monetaria en diferentes medidas, con lo cual nos encontramos con los
siguientes conceptos:
• M0: se define de esta manera al dinero que circula en la economía, es
decir, cantidad de billetes y monedas en manos de los ciudadanos,
adicionando el dinero que los bancos tiene en sus cajas y lo depositado
en el banco central.
•
MB: es el dinero que está emitido, es decir, M0 mas la cantidad debilletes y monedas que el banco central tiene retenido.
• M1: es el dinero que se encuentra circulando en la economía, con lo
cual seria M0 más depósitos bancarios, es decir, las cantidades que los
ciudadanos tienen fácilmente disponible para gastar.
• M2: es M1 mas los depósitos a corto plazo que se encuentran en el
sistema financiero, es decir, el dinero y sus substitutos más o menos a
corto plazo (hasta 1 año).
• M3: es M2 más todos los depósitos, incluyendo los depósitos a largo
plazo.
• M4: es M3 mas los depósitos adicionales, como ser los depósitos que
extranjeros tienen en el país y los depósitos de los ministerios
gubernamentales.
La masa monetaria es un concepto muy importante para el Banco Central de
Venezuela debido a que es la forma que le permite medir el gasto y la
inversión que existe en la economía en un momento determinado, y de esta
manera poder medir el nivel de la actividad económica. Como consecuencia, la
actividad económica tiene impacto en el crecimiento económico del país y en la
inflación, y el control que ejerce el banco central sobre la masa monetaria le
permite influir directamente tanto en el control de la actividad económica como
en la inflación.
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CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Dentro del desarrollo del Presente Trabajo se dio a conocer una de las
importantes Operaciones, que las Empresas pueden desarrollar para hacer
crecer su capital con mayor rendimiento y efectividad.
Para mi padecer Durante los últimos años el mercado ha crecido
considerablemente, debido a la creciente globalización de los mercados, en los
que diversidad en estructuras e instituciones hacen necesario el uso de uninstrumento que unifica las ventajas y desventajas de aquello que le da el
Banco Central.
Y que Las operaciones no solo permiten que dos o más partes intercambien
las ventajas que pueden obtener en sus respectivos mercados, sino que
también tienen como finalidad la restructuración directa o indirecta de sus
deudas, y además reducir el costo financiero de todas las partes.
Gracias a estas operaciones se disminuyen los cambios en las divisas o tasas
de interés a los que están expuestos, pues una transacción de esta magnitud,
logra fijar una taza para la moneda de tal forma que no sufra las mal
trasformaciones del mercado y su constante deterioro.
Con lo anterior se RECOMIENDA que las Empresas que se encuentren
facultadas para ser este tipo de operaciones, conozcan las debilidades y
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beneficios de la operaciones, ya que en muchas ocasiones por
desconocimiento se pueden ver afectada.
Sol R. Quiroz.
En conclusión las Operaciones Pasivas Son aquellos fondos depositados
directamente por la clientela, de los cuales el banco puede disponer para larealización de sus operaciones de activo. La captación de pasivos, es de gran
importancia para todo banco, ya que supone las actividades que realiza una
institución bancaria para allegarse dinero, esencialmente del público en
general. Para que un banco pueda desarrollarse, es necesario que adquiera
depósito, pues sin esto imposible crear una reserva suficiente que le ayude a
colocar estos fondos en préstamos e inversiones que le generen dividendos, y
que le permitan hacer frente a las demandas de retiro de dinero en efectivo,solicitado por sus clientes. En resumen, son todas las transacciones de que los
clientes hacen dependiendo del tipo de productos que utilizan siendo los
depósitos la operación principal de entrada de dinero en la banca.
Donde el dinero es el medio de intercambio común y generalmente aceptado
por una sociedad para el pago de bienes (mercancías) y servicios, y para el
reembolso de deudas, el cual puede ser tanto nacional como extranjero.
Teniendo funciones específicas como: facilitar el intercambio de mercancía,actuar como unidad de cuenta y patrón monetario.
Dentro de Las Operaciones Pasivas tenemos el Proceso de las Tesorerías
donde nos indica como funciona la Cámara de Compensación desde que se
recibe el cheque hasta que sea liquidable si es el caso o devuelto. La cual esta
regida por el Art. 21 Ordinal 23 de la Ley del Banco Central de Venezuela.
La tasa Over Night esta sujeta a la libre oferta y demanda, aunque enVenezuela no tiene tanta variación debido a que no producimos.
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En las Operaciones Pasivas encontramos Instrumentos Financieros a corto,
mediano y largo plazo, donde los instrumentos financieros a corto plazo oscilan
desde 0 días hasta 365 días, los instrumentos financieros a mediano plazo
desde 365 días hasta 5 años y los instrumentos financieros a largo plazo desde
5años hasta 25 años.
Por ultimo tenemos la Masa Monetaria que representa la cantidad de dinero
circulante en la economía, las más usadas por el BCV son M1. M2 y M3.
Donde M1 es el dinero que se encuentra circulando en la economía, más
depósitos bancarios, es decir, las cantidades que los ciudadanos tienen
fácilmente disponible para gastar; M2 es M1 mas los depósitos a corto plazo
que se encuentran en el sistema financiero, es decir, el dinero y sus substitutos
más o menos a corto plazo (hasta 1 año); y M3 es M2 más todos los depósitos,
incluyendo los depósitos a largo plazo.
En Venezuela las operaciones pasivas han ido en ascenso por el flujo de
dinero que se encuentra en la economía desde hace varios años, las mismas
están respaldadas por leyes con la Ley de Banco central de Venezuela, la Ley
de Bancos y Otras instituciones Financieras; y diferentes organismos como
BCV, SUDEBAN, Comisión Nacional de Valores, etc. Son consideradas
transacciones seguras debido a que están bien establecidas por las
instituciones Bancarias y reguladas por los entes competentes.
Mi recomendación es que se debe buscar la manera para que las empresas
extranjeras vengan a invertir en el país para fortalecer aun más la Banca
Comercial ya que el control de cambio que existe en Venezuela es tan rígido
que impide a dichas empresas invertir. Ya que tenemos las instituciones
Bancarias existentes en el país están bien facultadas para llevar todas estas
negociaciones.
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Aimara Rincón
BIBLIOGRAFIA
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WWW.FOFISA.COM
WWW.BCV.COM
WWW.BANCOMERCANTIL.COM
WWW.SUDEBAN.COM
LEY GENERAL DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS
SISTEMA FINANCIERO VENEZOLANO. AUTOR: JORGE ALI CASANOVA
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ANEXOS
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I. PERSONA NATURAL (VENEZOLANA O EXTRANJERA RESIDENTE)
1. CCB o Contrato de Relación completamente lleno, firmado en original y con la huella digitaldel cliente.
2. Copia de Cédula de Identidad Laminada Vigente y Legible.
3. Copia de Cédula de Identidad Laminada Vigente y Legible del cónyuge, de ser aplicable.
4. Original de la Declaración de Origen y destino de los fondos debidamente firmado.
5. Si la persona tiene un estado civil distinto del que se refleja en su Cédula de Identidad, debe
presentar copia del documento que acredita dicho estado civil emanado de la autoridad públicacompetente.
6. Perfil del Inversionista.
7. Formato de Incorporación a la CVV. (en caso de que aplique)
8. Certificación o Referencia bancaria donde se acredite el número de cuenta del cliente consus veinte dígitos.
9. Copia del recibo de algún servicio o estado de cuenta donde se evidencie el domicilioresidencial del titular del portafolio de inversión.
10. Cheque legible a nombre de Econoinvest Casa de Bolsa, C.A. por el monto total a colocar debidamente firmado por el titular.
II. PERSONA NATURAL EXTRANJERA (NO RESIDENTE EN EL PAÍS)
1. CCB o Contrato de Relación completamente lleno, firmado en original y con la huella digitaldel cliente.2. Copia de Pasaporte vigente expedido por Autoridades Competentes.3. Copia de Pasaporte vigente expedido por Autoridades Competentes del cónyuge, de ser aplicable.4. Original de la Declaración de Origen y destino de los fondos debidamente firmado.5. Si la persona tiene un estado civil distinto del que se refleja en su pasaporte, debe presentar
copia del documento que acredita dicho estado civil emanado de la autoridad públicacompetente.6. Perfil del Inversionista.
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DOC-1PREVENCIÓN Y
CONTROLDE LEGITIMACIÓN DE
CAPITALES
DOCUMENTOS REQUERIDOS POR LA LEYCon la finalidad de implementar medidas adicionales bajo los principios de la mejor diligencia debida, buena fe, confianza, transparencia, autorregulación y control en sitio,Econoinvest Casa de Bolsa C.A. debe cumplir con las regulaciones de Prevención y Controldel delito grave de Legitimación de Capitales establecidos en la Ley Orgánica sobreSustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, La Ley Orgánica contra el Crimen Organizado ylas disposiciones contempladas en la Resolución 178 sobre medidas de Prevención yControl de Legitimación de Capitales aplicables al Mercado de Capitales venezolano,dictadas por la Comisión Nacional de Valores.
Los documentos exigidos por Ley, son los siguientes:
Rif: J-30342460-0
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7. Formato de Incorporación a la CVV. (En caso de que aplique)8. Certificación o Referencia bancaria donde se acredite el número de cuenta del cliente consus veinte dígitos.9. Copia del recibo de algún servicio o estado de cuenta donde se evidencie el domicilioresidencial del titular del portafolio de inversión.10. Cheque legible a nombre de Econoinvest Casa de Bolsa, C.A. por el monto total a colocar
debidamente firmado por el titular.Pág. 1 de 3
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III. PERSONA JURÍDICA (DOMICILIADA EN EL PAÍS)
A) Sociedades Mercantiles:1. CCB o Contrato de Relación completamente lleno y firmado en original por el(los)representante(s) legal(es) del cliente y con la huella digital.2. Copia de Registro Único de Información Fiscal (RIF).3. Copia del Documento Constitutivo-Estatutario y sus Modificaciones Posteriores.4. Copia de documento del cual se evidencia la autoridad y facultades de la persona que actúa
en nombre de la empresa.5. El representante deberá entregar los requisitos de la Persona Natural.6. Original de la Declaración de Origen y destino de los fondos debidamente firmado.7. Perfil del Inversionista.8. Formato de Incorporación a la CVV. (en caso de que aplique)9. Certificación o Referencia bancaria donde se acredite el número de cuenta del cliente consus veinte dígitos.10. Copia del recibo de algún servicio o estado de cuenta donde se evidencie el domicilio deltitular del portafolio de inversión.11. Cheque legible a nombre de Econoinvest Casa de Bolsa, C.A. por el monto total a colocar debidamente firmado por el titular.
B) Sucursal de compañía extranjera:1. CCB o Contrato de Relación completamente lleno, firmado en original por el(los)representante(s) legal(es) del cliente y con la huella digital.2. Copia de Registro Único de Información Fiscal (RIF).3. Copia Simple del Acta de Asamblea de Accionistas o de Junta Directiva de la compañíaextranjera donde se resuelve (i) abrir una sucursal en Venezuela, (ii) asignarle un capital y (iii)designar al representante o apoderado de la sucursal y otorgarle facultades para el manejo dela sucursal. Este documento deberá estar previamente inscrito ante el Registro Mercantil enVenezuela.4. Copia de Poder otorgado al representante o apoderado de la sucursal en Venezuela, encaso de haber sido otorgado mediante documento distinto al indicado en el punto anterior,aparte (iii). Este documento deberá estar previamente inscrito ante el Registro Mercantil enVenezuela.5. El representante deberá entregar los requisitos de la Persona Natural.6. Original de la Declaración de Origen y destino de los fondos debidamente firmado.7. Perfil del Inversionista.8. Formato de Incorporación a la CVV. (en caso de que aplique)9. Certificación o Referencia bancaria donde se acredite el número de cuenta del cliente consus veinte dígitos.10. Copia del recibo de algún servicio o estado de cuenta donde se evidencie el domicilio deltitular del portafolio de inversión.11. Cheque legible a nombre de Econoinvest Casa de Bolsa, C.A. por el monto total a colocar debidamente firmado por el titular.
C) Entidades Jurídicas Especiales (Fundaciones, Cajas de Ahorro, Fondode Ahorros o Pensiones, Cooperativas y otras):
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1. CCB o Contrato de Relación completamente lleno y firmado en original por el(los)representante(s) legal(es) del cliente y con la huella digital.2. Copia de Registro Único de Información Fiscal (RIF).3. Copia del Acta Constitutiva y Estatutos Sociales o documento equivalente que evidencie laexistencia legal de la persona jurídica, debidamente registrado ante la autoridad que lecorresponda de acuerdo a la ley que rige su creación. Modificaciones a los referidos
documentos cumpliendo con los requerimientos legales, según el caso.Pág. 2 de 3
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4. Copia de documento del cual se evidencia la autoridad y facultades de la persona que actúaen nombre de la empresa.5. El representante deberá entregar los requisitos de la Persona Natural.6. Original de la Declaración de Origen y destino de los fondos debidamente firmado.7. Certificación bancaria donde se acredite el número de cuenta del cliente con sus veintedígitos.8. Copia factura donde se evidencie domicilio del titular del portafolio de inversión.9. Perfil del Inversionista.
10. Formato de Incorporación a la CVV. (en caso de que aplique)11. Certificación o Referencia bancaria donde se acredite el número de cuenta del cliente consus veinte dígitos.12. Copia del recibo de algún servicio o estado de cuenta donde se evidencie el domicilio deltitular del portafolio de inversión.13. Cheque legible a nombre de Econoinvest Casa de Bolsa, C.A. por el monto total a colocar debidamente firmado por el titular.
IV. PERSONA JURÍDICA (NO DOMICILIADA EN EL PAÍS)
1. CCB o Contrato de Relación completamente lleno y firmado en original por el(los)representante(s) legal(es) del cliente y con la huella digital.2. Copia de Documento Constitutivo y Estatutos Sociales, legalizados por Consulado de la
República Bolivariana de Venezuela en el país de Origen, o certificado por Apostilla, traducidospor Intérprete Público en Venezuela al idioma castellano.3. Copia del documento del cual se evidencia la autoridad y facultades de la persona que actúaen nombre de la empresa, legalizados por Consulado de la República Bolivariana de Venezuelaen el país de Origen, o certificado por Apostilla de la Haya, traducidos por Intérprete Público enVenezuela al idioma castellano.4. El representante deberá entregar los requisitos de la Persona Natural.5. Original de la Declaración de Origen y destino de los fondos.6. Copia de Registro Único de Información Fiscal (RIF), en caso de que se trate de unaempresa registrada en país listado como jurisdicción de baja imposición fiscal por el SENIAT.7. Certificación bancaria donde se acredite el número de cuenta del cliente con sus veintedígitos.8. Copia factura donde se evidencie domicilio del titular del portafolio de inversión.9. Perfil del Inversionista.10. Formato de Incorporación a la CVV. (en caso de que aplique)11. Certificación o Referencia bancaria donde se acredite el número de cuenta del cliente consus veinte dígitos.12. Copia del recibo de algún servicio o estado de cuenta donde se evidencie el domicilio deltitular del portafolio de inversión.13. Cheque legible a nombre de Econoinvest Casa de Bolsa, C.A. por el monto total a colocar debidamente firmado por el titular.
NOTA: TODO CLIENTE DEBERÁ AL MOMENTO DE ABRIR EL PORTAFOLIO ADJUNTAR,JUNTO CON TODOS LOS RECAUDOS ANTERIORES, COMPROBANTE DEL PAGO DELMONTO TOTAL DE SU INVERSIÓN MEDIANTE LA ENTREGA DEL CHEQUE ORIGINAL OEN CASO DE DEPÓSITO, COPIA DEL CHEQUE Y DEL DEPÓSITO O EN CASO DETRANSFERENCIA, DEBERÁ PRESENTAR LA CONSTANCIA BANCARIA DE LATRANSFERENCIA.
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ANEXO 2
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ANEXO 3
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3/07/2003: BCV eliminó la remuneración del encaje
El Directorio del Banco Central de Venezuela, mediante resolución N° 03-07-01,publicada en la Gaceta Oficial N° 37.723, del 2 de julio, anunció la modificación de
las normas que regirán el encaje legal, mediante la cual se elimina la remuneracióndel encaje.
En esta normativa se establece que los bancos comerciales, los bancos universales,los bancos de inversión, los bancos hipotecarios, las arrendadoras financieras y lasentidades de ahorro y préstamo deberán mantener un encaje mínimo del quincepor ciento (15%) del monto total de sus depósitos, captaciones, obligaciones uoperaciones pasivas, depositado en su totalidad en el Banco Central de Venezuela.Este porcentaje podrá ser modificado por la Administración del Instituto, caso queserá informado a través del sistema electrónico de transferencia de datos utilizadopor el Banco Central de Venezuela
El encaje legal es un fondo de reservas líquidas que el Banco Central de Venezuelaexige mantener a las instituciones financieras que menciona la normativa, deacuerdo con la proporción de sus obligaciones. Es un mecanismo directo pararegular las reservas del mercado financiero.
ANEXO 4
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BANCO CENTRAL DE VENEZUELA
RESOLUCION N° 03-07-01
El Directorio del Banco Central de Venezuela, en ejercicio de las atribuciones que le confieren
los artículos 21, numeral 2), 51, 53, 54 y 55 de la Ley especial que lo rige, en concordancia
con los artículos 5 y 32 de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras,
Resuelve:
Dictar las siguientes,
NORMAS QUE REGIRAN LACONSTITUCION DEL ENCAJE
Artículo 1°- Los bancos comerciales, los bancos universales, los bancos de inversión, los
bancos hipotecarios, las arrendadoras financieras y las entidades de ahorro y préstamo
deberán mantener un encaje mínimo, depositado en su totalidad en el Banco Central deVenezuela, igual al porcentaje establecido conforme a lo previsto en la presente Resolución,
sobre el monto total de sus depósitos, captaciones, obligaciones u operaciones pasivas.
Artículo 2°.- La posición de encaje de cada institución se determina en función de períodos
de cinco días contados de lunes a viernes, con base al promedio de los saldos diarios de las
operaciones pasivas sujetas a encaje durante dicho período.
Parágrafo Único.- La posición de encaje a que se refiere este artículo será calculada por el
Banco Central de Venezuela semanalmente con base a la información que se le suministre de
acuerdo con lo establecido en la presente Resolución. Dicha posición será informada a la
institución correspondiente, la cual deberá mantener el respectivo encaje durante cada unode los días del segundo período siguiente a aquel de cuya información se trate.
Artículo 3°.- Se computarán a los efectos de la constitución del encaje a que se refiere esta
Resolución, todos los depósitos, captaciones, obligaciones u operaciones pasivas,
incluyéndose los pasivos derivados de operaciones de mesa de dinero, los provenientes de
fondos administrados en fideicomiso y los mantenidos a favor de los fondos del mercado
monetario.
Parágrafo Único.- No se computarán a los efectos de la constitución del encaje a que se
refiere esta Resolución: las obligaciones de las instituciones provenientes de créditos
obtenidos del Banco Central de Venezuela; las derivadas de operaciones de asistencia
financiera del Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria y el Banco Nacional deAhorro y Préstamo; las originadas de los fondos recibidos del Estado u organismos
nacionales o extranjeros para financiamiento de programas especiales para el país, una vez
que dichos fondos hayan sido destinados al respectivo financiamiento; las originadas de los
fondos recibidos de instituciones financieras destinadas por Ley al financiamiento y la
promoción de exportaciones, una vez que dichos fondos hayan sido destinados al respectivo
financiamiento; las contraídas en moneda extranjera como producto de las actividades de
sus oficinas en el exterior; y, las que se originen en operaciones con otros bancos y demás
instituciones financieras, y por cuyos fondos estas últimas instituciones, a su vez, hayan
constituido encaje conforme a la presente Resolución. Tampoco se computarán a los fines
indicados, los fondos recibidos por las instituciones en fideicomiso de recursos provenientes
del Fondo Mutual Habitacional previsto en la Ley que Regula el Subsistema de Vivienda y
Política Habitacional.
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Artículo 4°.- Los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras
deberán suministrar semanalmente al Banco Central de Venezuela la información requerida
por éste a los fines del encaje previsto en esta Resolución, mediante el formulario u otros
mecanismos que se establezcan a estos efectos. El Banco Central de Venezuela informará el
lugar y oportunidad en que la referida información deberá enviársele.
Artículo 5°.- Los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras
que no mantengan la posición de encaje, en los términos requeridos, deberán pagar al Banco
Central de Venezuela una tasa de interés anual por el monto no cubierto. Esta tasa de
interés será la resultante de sumar diez (10) puntos porcentuales a la tasa cobrada por el
Banco Central de Venezuela en sus operaciones ordinarias de descuento, redescuento y
anticipo, en el día en el cual se produjo el déficit de encaje. Dicha tasa será incrementada de
acuerdo con los supuestos y puntos porcentuales que a continuación se indican:
a) Diez (10) puntos porcentuales adicionales, si se incurre en incumplimiento en el
mantenimiento de la posición de encaje requerida tres (3) o cuatro (4) veces en el lapso de
treinta (30) días continuos, contados a partir del día en que ocurrió el primer
incumplimiento;
b) Veinte (20) puntos porcentuales adicionales, si se incurre en incumplimiento en el
mantenimiento de la posición de encaje requerida cinco (5) o más veces en el lapso de
treinta (30) días continuos, contados a partir del día en que ocurrió el primer
incumplimiento.
Parágrafo Primero.- La Administración del Instituto podrá modificar los porcentajes a que
se refiere el encabezamiento de este artículo, caso en el cual lo informará a través del
sistema electrónico de transferencia de datos utilizado por el Banco Central de Venezuela.
Parágrafo Segundo.- La tasa de interés a que se refiere este artículo, será aplicada sobre
el monto del encaje no cubierto y por el día en el cual se registró el correspondiente déficit
de encaje. El monto resultante será debitado de la cuenta de la institución el día hábil
bancario siguiente.
Artículo 6°.- La metodología de cálculo del encaje se establece mediante instructivo
elaborada al efecto.
Artículo 7°.- Los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras
deberán mantener un encaje especial del uno por ciento (1%) del monto de los activos
crediticios e inversiones en valores que tengan conforme a su último balance de publicación,
cuando no suministraren en el plazo y en los términos establecidos por el Banco Central de
Venezuela la información a que se refiere la presente Resolución. Dicho encaje deberámantenerse durante un lapso igual al del período que transcurra entre la fecha en que la
información debió entregarse y la oportunidad en que la misma sea entregada en los
términos establecidos por el Banco Central de Venezuela.
Artículo 8°.- Las instituciones que sean excluidas de la Cámara de Compensación, las que
estuvieren intervenidas, así como las sometidas a planes de rehabilitación, no estarán
sujetas a lo previsto en los artículos 5° y 7° de esta Resolución.
Artículo 9°.- El Directorio del Banco Central de Venezuela cuando lo estime conveniente
podrá autorizar a que se mantenga una posición de encaje diferente al establecido en la
presente Resolución, así como también podrá acordar la no aplicación de los artículos 5° y
7°.
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Artículo 10.- El Directorio del Banco Central de Venezuela podrá modificar el encaje mínimo
establecido en la presente Resolución, caso en el cual lo informará a través de la página web
del Instituto y a través del sistema electrónico de transferencia de datos utilizado por el
Banco Central de Venezuela.
Artículo 11.- Las instituciones a las cuales se refiere el artículo 1° de la presente Resolución
deberán mantener, un encaje mínimo del quince por ciento (15%) del monto de todos sus
depósitos, captaciones, obligaciones u operaciones pasivas, depositado en su totalidad en el
Banco Central de Venezuela.
Artículo 12.- La posición de encaje a que se refieren los artículos anteriores será calculada
por el Banco Central de Venezuela de acuerdo con lo establecido en los artículos 2°, 3° y 4°,
e informada a la institución correspondiente.
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 13.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en laGaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Artículo 14.- Se deroga la Resolución N° 02-03-03 de fecha 21 de marzo de 2002,
publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.417 de fecha 5
de abril de 2002.
Caracas, 1° de julio de 2003.
En mi carácter de Secretario del Directorio, certifico la autenticidad de la presente
Resolución.
Comuníquese y publíquese,
GASTON PARRA LUZARDO
Presidente (E)
Publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.723 de fecha 2
de julio de 2003.
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