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Buenos Aires, 2 3 Yl!? ?Ill6
VlSTO el Contrato de Promocion de la Convocatoria Fondo Sectorial de Biotecnologia - Proyectos Biotecnologicos de Inversion Traslacional (FS PBIT-2013) Proyecto No 09 "Convenio Asociativo Publico-Privado para lnnovaciones Cientificas en Enfermedad de Alzheimer" firmado entre la Agencia Nacional de Promocion Cientifica y Tecnologica (ANPCyT) del Ministerio de Ciencia, Tecnologia e lnnovacion Productiva de la Nacion, el Consejo Nacional de lnvestigaciones Cientificas y Tecnicas, la Universidad de Buenos Aires, el Hospital Interzonal General de Agudos "Eva Peron", la Fundacion lnstituto Leloir, el lnstituto de lnvestigacion Medica Mercedes y Martin Ferreyra; y el representante administrativo y legal del Convenio Asociativo Publico-Privado para lnnovaciones Cientificas en Enferrnedad de Alzheimer (CAPP), en el marco del Contrato de Prestamo BIRF No 7599-AR suscripto entre el Estado Argentino y el Banco lnternacional de Reconstruccion y Fomento (BIRF), y
CONSIDERANDO
Lo dispuesto en la Resolucion ANPCyT No 26112014 del DIRECTOR10 de la Agencia Nacional de Promocion Cientifica y Tecnologica de fecha 28 de mayo de 2014, mediante la cual se adjudican aportes no reintegrables a 10s proyectos presentados a la Convocatoria FS PBIT 201 3.
Que la Universidad de Buenos Aires ha sido designada una de las lnstituciones Beneficiarias del subsidio que figura en el Anexo I del Contrato de Promocion de la Convocatoria Fondo Sectorial de Biotecnologia - Proyectos Biotecnologicos de Inversion Traslacional (FS PBIT-2013) Proyecto No 09 "Convenio Asociativo Publico-Privado para lnnovaciones Cientificas en Enfermedad de Alzheimer", a traves del Centro de Neuropsiquiatria y Neurologia Cognitiva de la Facultad de Medicina cuyo Director es el doctor Luis lgnacio BRUSCO.
Que segun se indica en el Anexo I del mencionado contrato el subsidio total otorgado para el financiamiento del proyecto denominado "Convenio Asociativo Publico-Privado para lnnovaciones Cientificas en Enfermedad de Alzheimer" es por un monto de PESOS VElNTlUN MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO VElNTlSElS ($ 21.440.126.-); y siendo el aporte de contraparte total de las instituciones integrantes del CAPP en conjunto de PESOS SElS MILLONES CUATRO CIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOS CIENTOS TREINTA Y OCHO ( $ 6.441.238.-) .
Que de acuerdo a lo estipulado en el Anexo I del Contrato de Promocion de la Convocatoria Fondo Sectorial de Biotecnologia - Proyectos Biotecnologicos de Inversion Traslacional (FS PBIT-2013) Proyecto No 09, a la Universidad de Buenos
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EXP-UBA: 48.1 521201 5
\. Aires, a traves del Centro de Neuropsiquiatria y Neurologia Cognitiva de la Facultad de Medicina, le correspondera un subsidio por la suma de PESOS TRES CIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRES CIENTOS ($ 333.300.-); y segljn lo expresado a fojas 360 por el doctor BRUSCO debera aportar en concept0 de contraparte la suma de PESOS TRIENTA Y TRES MIL ($33.000.-).
Que las Direcciones Generales de Asuntos Juridicos y de Presupuesto y Finanzas han tomado la intervention de su competencia.
Esta Comision de lnvestigacion Cientifica y Tecnologica aconseja dictar la siguiente Resolucion.
Por ello, y en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNlVERSlDAD DE BUENOS AlRES RESUELVE:
/ - -- ART~CULO lo.- Ratificar &t$entfato & Contrato de Promocibn de la Convocatoria Fondo Sectorial de BiotecmbgiS - Proyectos Biotecnologicos de Inversion Traslacional (FS PBIT-2013) Proyecto No 09 "Convenio Asociativo Pcblico-Privado para lnnovaciones Cientificas en Enfermedad de Alzheimer" firmado entre la Agencia Nacional de Promocion Cientifica y Tecnologica (ANPCyT) del Ministerio de Ciencia, Tecnologia e lnnovacion Productiva de la Nacion, el Consejo Nacional de lnvestigaciones Cientificas y Tecnicas, la Universidad de Buenos Aires, el Hospital Interzonal General de Agudos "Eva Peron" , la Fundacion lnstituto Leloir, el lnstituto de lnvestigacion Medica Mercedes y Martin Ferreyra, cuyo texto y anexos forman parte de la presente Resolucion.
A R T ~ U L O 2O.- Los gastos que pueda originar la ejecucion del contrato a que se refiere el articulo primer0 y que no Sean cubiertos por la subvencion, seran por cuenta de la Facultad de Medicina.
A R T ~ U L O 3O.- Registrese, comuniquese a la Agencia Nacional de Promocion Cientifica y Tecnologica, a la Facultad de Medicina y por su intermedio al Centro de Neuropsiquiatria y Neurologia Cognitiva; a la Direccion General de Presupuesto y Finanzas, a la Direccion General de Asuntos Juridicos y pase a la Secretaria de . .
Ciencia y Tecnica a sus efectos.
Cristina ARRANZ Nelida C. CERV
NS EXP-UBA: 48.1521201 5
/' .> ,-+- A Rodolfo A. Horacio SALGADO Osvaldo L. DELGADO
GOLLUSCIO n
Dario RICHARTE Federico L. SCHUSTER
Maria Alejandra Matia CANOSA
FERNANDEZ Ezequiel GALPERN
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"2014 - Aiio de Hocienaje al Alrn~rante Gu~llermo Brown, en el B~centenariu del Combate Naval dr? Montevideo*
CONTRATO FOND0 SECTORIAL DE BIOTECNOLOG~A - PROYECTOS
B~OTECNOL~G~COS DE INVERSION TRASLACIONAL (FS PBIT 2013)
PROYECTO No 09
"PROGRAMA DE MEDlClNA TRASLACIONAL PARA INNOVACIONES EN
INVESTIGACION, DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO
DE LA ENFERMEDAD DE AZHEIMER"
Entre la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCI~N CIENT/FICA Y TECNOL~G!CA:
organcr desconcentrado del MlNISTERlO DE CIENCIA, TECNOLOG~A E
INNOVACI~N PRODUCTIVA, en adelante la AGENCIA, representada en este acto
por el Director de la UNIDAD DE CONTROL DE GESTI~N Y ASUNTOS LEGALES,
Dr. Rodolfo Ariel BLASCO, DNI No 14.102.302, por clna parte y por la otra 1) El
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENT~FICAS Y TECNICAS,
representado en este acto por su Presidente, Sr. Roberto Carlos SALVAREZZA, DNI
No 10.201.331, 11) La UNlVERSlDAD NACIONAL DE BUENOS AIRES, representada
en este act0 por su Rector, Sr. Alberto Edgardo BARBIERI. DNI No 11.528.615, 111) El
HOSPITAL INTERZONAL GENERAL DE AGUDOS "EVA PERON", representado en
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este act0 por su Director, Sr. Ricardo lsidoro ALGRANATI, DNI No 10.117.093, IV) La /
.> ..., 'i FUNDACI~N INSTITUTO LELOIR, representada en este acto por su Presidente. Sr.
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.-._ % --.- ,.2 Alejandro SCHINDER, DNI 16.894.796, V) El INSTITUTO DE INVESTIGACI(~N
I MEDIC!! MERCEDES Y MART~N FERREYRA, representado en este acfo por eu
Secretario-Tesorero, Sr. Luis Maria AMUCHASTEGUI, DNI 7.970.801 y VI) El
Representante Administrativo y Legal del Consorcio Asociativo Pliblico Privado
(suplente). Sra. Patricia MELIGRANA, DNI 13.266.255, en adelante LOS
BENEFICIARIOS, con el objeto de efectivizar lo dispuesto en la Resolution No 261, de
fecha 28 de Mayo de 2014, y su modificatoria No 673, de fecha 17 de Diciembre de
14, dictadas ambas por el DlRECTORlO DE LA AGENCIA NACIONAL DE
PROMOCION CIENT/FICA Y TECNOL~GICA, en la parte pertinente, en el marco del
Conver~io de Prestamo BIRF No 7599-AR! suscripto entre el ESTADO ARGENTINO y
el BANCC !NTERNACION,\L DE RECONSTRUCCI~N Y FOMENT0 (BIRF), se
conviene en celebrar el presente contrato sujeto a las siguientes clausulas y
conciiciones:
PRIMERA: OB.JET0.- La AGENCIA otorga a 10s BENEFICIARIOS una subvenci6n 1
^ . _ - '" ' *.I "2014 - AAo de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el B~centcnar~o del Combate Naval de Montevideo'
enmarcada en la Convocatoria FOND0 SECTORIAL DE B~OTECNOLOG~A - FS
PROYECTOS BIOTECNOLOGICOS DE INVESTIGACI~)N TRASLACIONAL (PBIT
2013), por un monto global de PESOS CATORCE MILLONES NOVECIENTOS
NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO ($ 14.998,888), cuya
distribucion, monto y presupuesto se detallan en el ANEXO I del presente contrato,
para ser aplicado a la ejecucion del Proyecto denominado "PROGRAMA DE
MEDlClNA TRASLACIONAL PARA INNOVACIONES EN INVESTIGACI~N,
DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER",
identificado como expediente PBIT No 09, el que forma parte del presente contrato.-----
SEGUNDA: COFINANCIACI0N.- Los BENEFICIARIOS se obligan a realizar aportes
con destino al referido proyecto, por un monto global de PESOS SElS MILLONES
CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO ($
6.441.238), cuya distribucion de acuerdo al aportante y a 10s rubros en que se
imputaran, se consigna en el ANEXO I del presente instrumento. El mencionado
aporte en conjunto con el monto del subsidio acordado por la clausula precedente,
constituye el monto total de PESOS VElNTlUN MILLONES CUATROCIENTOS
CUARENTA MIL CIENTO VElNTlSElS ($ 21.440.126), destinados a la financiacibn
total dei proyecto, .........................................................................................
TERCERA: PLAZ0S.- A 10s efectos del presente convenio se establece para la
ejecucion del proyecto el plazo de TREINTA Y SElS (36) meses a partir de la fecha del ..\
\%.. presente contrato. Dicho plazo se ajustara en un todo al Plan de Ejecucion Fisica .., \ *... ,.. , '.*J
aprobado en las instancias de evaluacion correspondientes, cuyo texto obra en el
..... expediente PBIT, Proyecto No 09 y se adjunta como ANEXO I1 del presente
instrumento,- ..............................................................................................
CUARTA: MONEDA DE PAG0.- La moneda de pago de las obligaciones de este
convenio se establece en PESOS .------------------------------------------------------------------- QUINTA: DESEMBOLS0S.- La subvencion sera desembolsada mediante pagos
parciales. supeditados a1 cumplimiento progresivo de 10s trabajos comprometidos y de
las inversiones previstas, previa aprobacion de 10s mismos por parte de la AGENCIA,
conforme al efectivo cumplimiento del Plan de Ejecucion Fisica estipulado como
ANEXO I1 del presente contrato. Los desembolsos podran asumir alguna de las
siguientes modalidades o una cornbinacion de las mismas:
I) Anticipo de fondos a 10s BENEFICIARIOS ,---------------------------------- - ---- --- ------ II) !I) Reernbolso de pagos hechos por 10s BENEFICIARIOS. ............................
-11 * t ' _ 4
'" "2014 - AHo de Homenaje al Alrnlrante Gutllermo Brown, en el " Bicentenario del Combate Naval de Montev~deo"
Ill) Pago directo a proveedores ylo contratistas de 10s BENEFICIARI0S.--------------
SEXTA: APLICACION DE LOS RECURS0S.- Los BENEFlClARlOS se obligan a
realizar 10s aportes a su cargo en tiempo y forma, aplicAndolos conjuntamente con 10s
recursos de la subvencion, a la estricta y fie1 ejecucion del proyecto en 10s tiempos
establecidos ,------------------------------------------------------------------------------------------------
SEPTIMA: RECAUDOS PREVI0S.- A 10s efectos de hacer posibles 10s desemboisos
10s BENEFlClARlOS deberan:
a) lndividualizar una cuenta bancaria para uso del proyecto donde se depositaran 10s
desembolsos del subsidio, si correspondiera ,----------------------------------------------------
b) Informar las personas habilitadas para operar la cuenta.-------------------------------------
c) Designar la persona responsable de representarlo ante la AGENCIA en el manejo
de 10s recursos, ...........................................................................................
OCTAVA: OBLIGACIONES DEL CAPP Y DE LOS BENEFICIARI0S.-Seran
obligaciones del CAPP:
a) Velar por el fie1 cumplimiento de 10s objetivos del Expediente PBIT, Proyecto No 09.-
b) Colaborar con sus integrantes a fin de posibilitar en forma rapida y ordenada la
ejecucibn de las acciones formuladas en el proyecto definitiv0.-------------------------------
c) lnformar a la AGENCIA sobre cualquier dificultad o alteration sobreviniente en el
transcurso de la ejecucion del proyecto, que pueda afectar 10s resultados planteados
ylo interferir en el normal avance del Proyecto, sugiriendo posibles cursos de accion
para su saneamiento, 10s que seran objeto de analisis por 10s organos competentes de
d) Monitorear el Plan de Ejecuci6n Fisica a fin de consolidar las acciones y su
i contr~bucibn al logro del objetivo final. El Plan de Ejecucion Fisica sera revisado y \\
-. \, , actualizado por la AGENCIA regularmente de acuerdo al avance del proyecto, o
-" cuando la AGENClA 10 solicite a1 CAPP ,------------------------------------------------------------ * ..*
. .. e) Asumir la responsabilidad que le compete, por el seguimiento global del PBIT,
Proyecto No 09, objeto del presente acuerdo, en 10s aspectos academicos,
- d institucionales y de gestion financiera, atendiendo siempre al logro del objetivo final
planteado ,-------------------------------------------------------------------------------------------------
f) Elaborar 10s lnformes de Avance, consolidando el grado de progreso de cada una
de las acciones. Dicho informe dehera evidenciar la contribucion de cada integrante al
logro del objetivo final originalmente planteado en el marco del PBIT, Proyecto No 09.
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y" "2014 - At70 de Hornenaje al Alrnirante Gc~illermo Brown, en el ZCtP
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Blcentenario del Cornbate Naval de Montevideo"
circunstancias particillares de avance del proyecto. La falta de presentacion o el
rechazo del informe daran lugar a la suspension del subsidio a 10s BENEFICIARIOS,
hasta tanto se regularice la situation, bajo apercibimiento de rescindir unilateralmente
el presente contrato,------------------------------------------------------------------------------------
g) Ejecutar estricta y fielmente el proyecto que se financia y aplicar 10s recursos del
mismo a 10s destinos expresamente previstos, conforme a lo dispuesto en el presente
h) lndividualizar 10s gastos que demande la ejecucion del proyecto en sus registros
contables, discriminandolos por fuente de financiamiento.--------------------------------------
i) Conservar la documentacion de respaldo de todas y cada una de las erogaciones
con destino al proyecto de mod0 tal que puedan ser objeto de verificacion, como
minlmo, por cinco atios posteriores al ultimo desembolso. Asimismo, garantizar el
acceso a la revision de dicha documentaci6n de respaldo de gastos bajo el presente
contrato a 10s auditores externos del Proyecto (AGN), en el marco de la auditoria
financiers anual del prestamo BlRF 7599-AR ........................................................
j) Observar para las contrataciones con cargo at subsidio, 10s procedtmientos
establecidos por el Convenio de Prestamo BlRF No 7599-AR y su Reglamento
Operativo aprobado por Resolucion del MINISTER10 DE CIENCIA, TECNOLOGIA E
INNOVACI~N PRODUCTIVA No 117110, debiendo aplicar 10s modelos de pliego
k) Efect~v~zar ante la AGENCIA en forma semestral. las rendiciones de cuentas tanto
de 10s recursos del subs~dio como 10s correspondientes a 10s aportes de 10s
BENEFICIARIOS, 10s informes tecn~cos de avance y un informe flnal al tbrmino del
\ proyecto, quedando todos ellos sujetos a la supervis~on y auditoria por parte del
- / FONARSEC, de la DlGFE y de la UCGAL ------------------------------------------------------- "--- $ I) Comunicar a ta AGENCIA toda novedad de importancia que pud~era afectar el
desarrollo del proyecto. alterar el cumplimiento del convenio, o cualquier otra que
conforme al principio de la buena fe deba ponerse en conocimiento de la contraparte.--
II) Presentar a requerimiento de la AGENCIA ylo BlRF toda la information vinculada al
proyecto que se le requiera, asi como recibir inspecciones, exhibir lugares o cosas y
prestar la mas arnplia colaboracion para el seguimiento de su desarrol10.-------------------
m) Tomar 10s recaudos necesarios en procura del cumplimiento y aplicacion a la
ejecucion de las obras y sus aspectos asociados, de las disposiciones consagradas en
el Anexo XI1 del Reglamento Operativo del Programa para Promover \a Innovacion
b %
" "2014 - AAo d e Ho~nenaje al Almiranle Gulllermo Brown, en el B~centenar~o del Combate Naval de Montev~deo"
Productiva y Social identificado como "Guia Seguridad Ocupacional y Mitigacidn de
n) Aplicar las "Directrices sobre la prevencion y lucha contra el fraude y la corrupcion
en proyectos financiados por prestamos del BIRF y Creditos de la AIF y Donaciones",
de fecha 15 de octubre 2006 y revisadas en enero de 201 1 .-----------------------------------
NOVENA: GARANTIA.- Si por razones inherentes al cronograma de actividades y
gastos del proyecto y/o a su grado de avance, se requiriesen durante el primer
semestre de ejecucion desembolsos por un monto superior al 25% del total del
subsidio adjudicado, 10s BENEFICIARIOS a prorrata de su participation en el
proyecto, deberan constituir un seguro de caucion a favor de la AGENCIA por el 20%
del monto total del subsidio. La UNIDAD DE CONTROL DE GESTI~N Y ASUNTOS
LEGALES sera responsable del control del proceso descripto en la presente clausula. - DECIMA: PROPIEDAD DE LOS BlENES ADQUlRlDOS PARA LA EJECUCION DEL
PROYECT0.- Los bienes adquiridos con fondos de la subvencion serhn propiedad de
10s BENEFICIARIOS en 10s tbrminos y conforme la asignacion indicada en el ANEXO I
del presente acuerdo. El inc~lrnplimrento por parte de 10s miembros del CAPP de
cualesquiera de las obligaciones emanadas del presente instrumento contractual
implicara la obligation de restituir a la AGENCIA 10s bienes adquiridos total o
parcialmente con fondos de la subvencion y/o las sumas de la subvencion que no se
hayan erogado validamente para la ejecucion del proyecto, sin perjuicio de las
acciones legales que se pudieran derivar de dicho incumplimiento. En este aspecto 10s
integrantes del CAPP serAn solidariamente responsables ante la AGENCIA de las
obligaciones asumidas conforme al presente contrato.---------------------------------------
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DECIMAPRIMERA: REGIMEN DE LOS DERECHOS DE LA PROPIEDAD
\......, ': INTELECTUAL Y C0NFIDENCIALIDAD.- La propiedad de 10s derechos intelectuales j
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e industriales susceptible~ de proteccion que resulten de la ejecucicin del proyecto I-.. ..,,
sera, en principio, de 10s BENEFICIARIOS. Cstos, a traves del CAPP: deberan
someter a consideracion de la AGENCIA dentro de 10s SESENTA (60) dias corridos de
firmado el presente instrumento, un acilerdo especifico sobre 10s derechos
/_ 11 / mencionados y sobre la distribucidn de 10s beneficios derivados de la comercializaci6n
\U/ y explotacion de 10s resultados susceptibles de proteccion. Asimismo. todo aspecto
- relacionado con la propiedad de 10s derechos intelectuaies e industriales susceptibles
I de proteccion y con la distribucion de 10s beneficios derivados de la comercializacion y
~xplotacion de 10s derechos protegidos, que surjan con posterioridad a la presentacion i ;
p I i ! . / / 8 , 1 ! ' , / I q/.; .i 5 , / [; L.
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A, ' ~ 2 0 1 4 - Aiio de Homenaje al Almtranle Gu~llermo Brown, en el 31
R~centenario del Cornbate Naval de Montev~deo"
del acuerdo especifico detallado en el parrafo precedente, deberan ser objeto de un
nuevo acuerdo, debiendo dicho instrumento ser sometido a consideracion de la
AGENClA ................................................................................................
DECIMASEGUNDA: CESI0N.- Los BENEFlClARlOS no podran ceder total o
parcialmente, por cualquier titulo que fuere, el subsidio concedido, salvo qile medie
autorizacion escrita de la AGENCIA y previa conformidad del BIRF.-------------------------
DECIMATERCERA: RESCISI0N.- La AGENCIA qi~eda facultada para tener por
rescindido el contrato y considerar de plazo vencido y por lo tanto las obligaciones del
mismo seran plenamente exigibles en 10s siguientes casos:
a) Si cualquier integrante del CAPP incurriera en falsedades en la informacion
suministrada a la AGENCIA u omitiera suministrar aquella que siendo relevante para la
toma de una decision, no le fuere favorable, inclusive al tiempo de solicitar el subsidio
para LOS BENEFICIARIOS, ........................................................................... bf Si cualquier integrante del CAPP diera a 10s fondos adjudicados a 10s
BENEFICIARIOS un destino diferente! ajeno al proyecto, al que se obligo. ------------- c) Si 10s BENEFlClARlOS omitiera realizar 10s aportes comprometidos por su parte
para la cofinanciacion del proyecto, pudiendo, con caracter previo, suspenderse 10s
desembolsos, ...........................................................................................
d) Si cualquier integrante del CAPP no implementara en tiempo y forma 10s informes
de avance y final, y las rendiciones de cuentas, o las mismas adolecieran de defectos
e) Si cualquier integrante del CAPP incurriera en abandon~ de la ejecucion del
proyecto, considerandose tal cuando sin causa que lo justifique paralizara la ejecucion . . \\. " ,_ por un lapso mayor a dos meses y siendo intimado a su reanudacion no la realizara en
el plaza de QUINCE (15) dias. ------------------------------------------------------------------------ '\:-'.,
- f) Si cualquier integrante del CAPP se opusiera a la inspeccion o no suministrara ante
el requerimiento concrete information suficiente .------------------------------------------------
g) Cese de las actividades del CAPP o de la existencia de 10s BENEFICIARIOS, ylo su
disolucion ylo liquidation, o cualquier otra situacion que impida la libre administracibn
OIL h) Cualquier incurnplimiento por parte de alguno de los integrantes del CAPP que
1 revista gravedad suficiente para no admitir la prosecuci6n del convenio, pudiendo la
AGENCIA, con caracter previo, suspender 10s desembolsos.--------------------------------
DECIMACUARTA: RECAUDOS PREVIOS A LA RESCISI0N.- Con carscter previo a
rk*
' "2014 - Afio de Homenaje al Gltnirante Gulllertno Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo"
la declaracibn unilateral de rescision del contrato, la AGENCIA notificarA a todos 10s
integrantes del CAPP, que 10s considera incursos en causal de rescision,
especificandola, y les otorgarh un plazo de DIE2 (10) dias habiles para que alegiien lo
que crean conveniente en defensa de sus derechos e intereses legitimos, y si
correspondiese, que propongan las medidas de prueba que estime conducentes.--------
En su caso, se le intimara ademas. para que en el mismo plazo acrediten el acabado
cumplimiento de las obligaciones cuya inejecucion e incumplimiento se le atribuye.------
Previo a la rescision la AGENCIA debera solicitar la no objecion previa al BIRF.----------
DECIMAQUINTA: EFECTOS DE LA RESCIS1ON.- La rescision del contrato producira
10s siguientes efeclos, sin perjuicio de lo dispuesto en la clausula octava:
a) El CAPP debera presentar a la AGENCIA dentro de 10s DIE2 (10) dias habiles de
notificado de la rescision una rendicibn final de cuentas, con copia de la
documentacion justificativa del grado de avance del proyecto ylo de todo comprorniso
validamente contraid0 para la ejecucion del mismo
b) Los BENEFlClARlOS deberh restituir a la AGENCIA 10s bienes que haya adquirido
total o parcialmente con fondos de la subvencion, reintegrar a la AGENCIA las sumas
percibidas de la subvencion que no haya erogado validamente para la ejecucibn del
proyecto, y denunciar, acreditandolos? 10s compromisos validamente asumidos con
terceros con el mismo objeto y alin pendientes de pago, dentro de 10s TRES (3) dias
habiles administrativos ulteriores a la fecha en que le sea notificado el acuerdo
rescisorio o la declaration unilateral de rescision por cualquier causa que sea, sin
derecho a reclam0 alguno dirigido a la AGENCIA .-------------------------------------------------
c) El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones dentro de 10s plazos
\. establecidos habil~tara a la AGENCIA a promover la accion judicial pertinente para
, obtener su cumplimiento, sin necesidad 'de interpelacion judicial ni extrajudicial previa.- , - -.,. ,., --' ,
. DECIMASEXTA: RESClSlON DE COMUN ACUERD0.- En casos excepcionales, la
/i AGENCIA y el CAPP podr6n acordar la rescisi6n del presente contrato, a solicitud de
este (jltimo y por razones debldamente fundadas .-------------------------------------------------
El acuerdo rescisorio dara circunstanciada cuenta de las razones que lo justifican,
determinara el regimen de propiedad de 10s bienes adquiridos para la ejecucion del
proyecto e incluira la rendicibn de cuentas e informe tecnico de conclusibn en el que
se evaluaran 10s resultados obtenidos en relac~on con 10s objetivos previstos.-------------
Previo a la rescision la AGENCIA debera solicitar la no objecion al BIRF.-----------------
qECIMASEPTIMA: INTEGRACION DEL CONVENI0.- Son elementos constitiltivos
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bZ' * %"a "2014 - Aiio de Hornenale al Almirante Guillermo Brown, en el ,.- a Bicentenario del combale Naval de Fvlontev~deo"
del presente contrato:
a) El Convenio de Prestamo BlRF No 7599-AR suscripto entre el ESTADO
ARGENTINO y el BlRF aprobado por Decreto No 650 de fecha 27 de mayo de 2009.-
b) el Reglamento Operativo del PROGRAMA PARA PROMOVER LA INNOVACI~N
PRODUCTIVA Y SOCIAL aprobado por Resolucion del MlNlSTERlO DE CIENCIA,
TECNOLOGIA E IN NOVACION PRODUCTIVA No 1 1711 0.-------------------------------------
c) Las Bases de la Convocatoria Fondo Sectorial de Biotecnologia FS Proyectos
Biotecnologicos de lnvestigacion Traslacional, PBlT 201 3, aprobadas por Resolucion
No 253113 del DlRECTORlO DE LA AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION
C~ENT~F~CA y TECNOL~GICA, ......................................................................
d) La Resolucion del Directorio de la ANPCyT No 401, de fecha 11 de Julio de 2014.----
e) El proyecto aprobado identificado como expediente PBlT Proyecto No 09.--------------
f) Las recomendaciones efectuadas por la Comision de Evaiuacion de PBIT-------------
Todas las partes firmantes de este acuerdo declaran conocer y aceptar 10s
Las relaciones juridicas que cualquiera de 10s miembros del CAPP, individualmente o
en conjunto, establezcan con terceros con motivo de la ejecucidn del proyecto objeto
del presente contrato, son ajenas a las que por este medio se regulan y no podran
derivarse derechos o exigirse pagos ni a la AGENCIA ni at BlRF con sustento en este
convenio. ..................................................................................................
DEClMA OCTAVA: DOMlClLlOS Y P R ~ R R O G A DE C0MPETENCIA.- Las partes
constituyen 10s siguientes dom~cllios. I - La AGENCIA en la calle Godoy Cruz No 2370,
plso 3". Cludad de Buenos Ares, II - el CAPP y la FUNDACI~N INSTITUTO LELOIR,
\, , en la Avda. Patr~c~as Argentinas 435, Ciudad de B~lenos Ares, Ill.- El CONSEJO \
r NACIONAL DE INVESTIGACIONES C~ENT~FICAS Y TECNICAS en Avda Rlvadavia
z 1917, Ciudad de Buenos Aires, IV.- La UNlVERSlDAD NACIONAL DE BUENOS " AlRES en la calle Viamonte 4301444, Ciudad de Buenos Ares V.- El HOSPITAL
INTERZONAL GENERAL DE AGUDOS "EVA PERON" en Avenida Ricardo Balbin
3200, General San Martin y VI.- El INSTITUTO DE INVESTIGACI~N MEDICA
MERCEDES Y MARTIN FERREYRA en la calle F r ~ u l ~ 2434, Cordoba, donde se
reputar6n vdlidas todas las not~ficac~ones que se cursen, salvo cambio de domlcllio
fehacientemente notiflcado a la contrapane -------------------------------------------------------
acuerdan prorrogar la competencla para d~lucidar cuestiones litigiosas que
I originarse en razhn del presente contrato en los tribunales competentes con
R
"2014 - Aiio de I-iomenaje al klmlrante Cuillermo Brown, en el Blcentenano del Combate Naval de Montev~deo*
De conformidad se suscriben SElS (6) ejemplares de un mismo tenor y al mismo
efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a 10s C.L? dias del mes de c-;.,% t7~:y..e
I-
de 2015.
'I i '- ;:3y-..
Rodolfo Ariel BLASCO
Director IJCGAL Presidente CONICET
1
t
.------- Alejandro SCHINDER
Presidente Fundaci6n LELOIR
! Lifts Maria 4 W m - - d T e s o r e r o IMbdF
- - 1 RALCAF
Titulo: Programa de Medicina Traslacional para innovacion~~c en investigacisn, diagnostic0 y tratamiento de la Enfermedad ds Alzheimer
-- No 09
I
ENTIDADES
i 1 1
Insti::o-:o de Fundacicin
General de Aporte Cnsto Total del Fer -e ira Total Subsidio Contraparte
-.--- Proyecto
ANEXO i - I=F.ESUPUESTO INTEGRAL FORMULARIO PDCS - Prsyecbx; Biotecnologicos do Investigaci6n Trasfacional
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-- PLAN ;3ES EJECUCION FISICA (PEF)
FS PBlT 2013 - Proyec.:cs Elic.lncnologicns tie lnvestigacion Traslacional
Titulo: Prograrna de Wledicina traslacional para innovaci -~nes on investigaci6n, diagnosticb y tratamiento de la Enfarmodad de AIzheimer -- Prpyecto No 0009
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