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Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características) Economía de Empresa U.A.B. Relaciones Laborales Curso 2013-14 1r.Semestre Prof: José Luis Massón Autores : Irene Alonso Jordi Amézcua Rafa Jiménez Ángela Manzano Marta Martínez Álvaro Murillo Albert Pintor Annadara Valle 13.01.14

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Page 1: Tipos de empresa en españa

Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

Economía de Empresa U.A.B. Relaciones Laborales Curso 2013-14 1r.Semestre Prof: José Luis Massón

Autores:

Irene Alonso

Jordi Amézcua

Rafa Jiménez

Ángela Manzano

Marta Martínez

Álvaro Murillo

Albert Pintor

Annadara Valle

13.01.14

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Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

1 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

Índice

Introducción ………………………………………………………………………………… 3

Tipología de Empresas según Diversos Criterios …………..…………… 4

Tipología y características …………………………………………………………. 8

Sociedad Anónima …………………………………………………………. 8

Sociedad Anónima Unipersonal ………………………………….. 9

Sociedad Anónima Laboral ……………………………………………… 10

Sociedad Limitada …………………………………………………………. 11

Sociedad Limitada Unipersonal ………………………………….. 12

Sociedad Limitada Nueva Empresa ………………………………….. 13

Sociedad Responsabilidad Limitada ………………………………….. 14

Sociedad Responsabilidad Limitada Laboral ………………………. 15

Sociedad Cooperativa …........................................................ 16

Sociedad Colectiva ………………………………………………………… 17

Sociedad Comandataria por Acciones ……………………………. 18

Sociedad en Comandita …………………………………………………. 19

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Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

2 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

Introducción

Una sociedad mercantil es una entidad constituida por varias personas físicas o jurídicas que unen esfuerzos y/o capital para conseguir un fin común relacionado con la actividad comercial.

La legislación española distingue dos grandes tipos de sociedades mercantiles. Sociedades personalistas, que son aquellas en las que lo importante va a ser siempre el socio y sociedades capitalistas, en las que lo que realmente interesa es la aportación de capital.

La principal diferencia entre unas y otras es que, en las sociedades personalistas la condición de socio no es transmisible y además los socios van a responder de las deudas contraídas por la sociedad de forma personal e ilimitada, mientras que en las sociedades capitalistas puede transmitirse la condición de socio y la responsabilidad de los socios, frente a terceros, está limitada.

Teniendo en cuenta la importancia de este tema, a continuación veremos de forma resumida cuáles son los diferentes tipos de empresa según una clasificación que incluye diversos criterios, no sólo la de la condición de socio.

Además se presenta una comparativa entre distintos tipos de empresa en base a su condición jurídica.

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3 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

Tipología de Empresa Según Diversos Criterios:

Los criterios más habituales para establecer una tipología de las empresas son los siguientes:

Según el Sector de Actividad:

o Empresas del Sector Primario: También denominado extractivo, ya que el elemento básico de la actividad se obtiene directamente de la naturaleza: agricultura, ganadería, caza, pesca, extracción de áridos, agua, minerales, petróleo, energía eólica, etc.

o Empresas del Sector Secundario o Industrial: Se refiere a aquellas que realizan algún proceso de transformación de la materia prima. Abarca actividades tan diversas como la construcción, la óptica, la maderera, la textil, etc.

o Empresas del Sector Terciario o de Servicios: Incluye a las empresas cuyo principal elemento es la capacidad humana para realizar trabajos físicos o intelectuales. Comprende también una gran variedad de empresas, como las de transporte, bancos, comercio, seguros, hotelería, asesorías, educación, restaurantes, etc.

Según el Tamaño: Existen diferentes criterios que se utilizan para determinar el tamaño de las empresas, como el número de empleados, el tipo de industria, el sector de actividad, el valor anual de ventas, etc. Sin embargo, e indistintamente el criterio que se utilice, las empresas se clasifican según su tamaño en:

o Grandes Empresas: Se caracterizan por manejar capitales y financiaciones grandes.Por lo general, tienen instalaciones propias y sus ventas son de varios millones de euros.Asimismo, tienen miles de empleados muchos de ellos sindicalizados y cuentan con un sistema de administración y operación muy avanzado pudiendo obtener líneas de crédito y préstamos importantes con instituciones financieras nacionales e internacionales.

o Medianas Empresas: En este tipo de empresas intervienen varios cientos de personas y en algunos casos hasta miles, hay áreas bien

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Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

4 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

definidas con responsabilidades y funciones, tienen sistemas y procedimientos automatizados.

o Pequeñas Empresas: En términos generales, las pequeñas empresas son entidades independientes, creadas para ser rentables, que no predominan en la industria a la que pertenecen, cuya venta anual en valores no excede un determinado tope y el número de personas que las conforman no excede un determinado límite.

o Microempresas: Por lo general, la empresa y la propiedad son de propiedad individual, los sistemas de fabricación son prácticamente artesanales, la maquinaria y el equipo son elementales y reducidos, los asuntos relacionados con la administración, producción, ventas y finanzas son elementales y reducidos y el director o propietario puede atenderlos personalmente.

Según la Propiedad del Capital: Se refiere a si el capital está en poder de los particulares, de organismos públicos o de ambos. En sentido se clasifican en:

o Empresa Privada: La propiedad del capital está en manos particulares o privadas.

o Empresa Pública: Es el tipo de empresa en la que el capital le pertenece al Estado, que puede ser Nacional, Provincial, Autonómico o Municipal.

o Empresa Mixta: Es el tipo de empresa en la que la propiedad del capital es compartida entre una entidad público y particulares.

Según el Ámbito de Actividad: Esta clasificación resulta importante cuando se quiere analizar las posibles relaciones e interaccionesentre la empresa y su entorno político, económico o social. En este sentido las empresas se clasifican en:

o Empresas Locales: Aquellas que operan en un pueblo, ciudad o municipio.

o Empresas Provinciales: Aquellas que operan en el ámbito geográfico de una provincia.

o Empresas Autonómicas: Son aquellas cuyas acción se circunscribe al territorio administrativo que abarcan.

o Empresas Nacionales: Cuando sus ventas se realizan en prácticamente todo el territorio de un país.

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5 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

o Empresas Multinacionales: Cuando sus actividades se extienden a varios países y el destino de sus recursos puede ser cualquier país.

Según el Destino de los Beneficios: Según el destino que la empresa decida otorgar a los beneficios económicos (excedente entre ingresos y gastos) que obtenga, pueden categorizarse en dos grupos:

o Empresas con Ánimo de Lucro: Cuyos excedentes pasan a poder de los propietarios, accionistas, etc.

o Empresas sin Ánimo de Lucro: En este caso los excedentes se vuelcan a la propia empresa para permitir su desarrollo.

Según la Forma Jurídica: La legislación del país regula las formas jurídicas que pueden adoptar las empresas para el desarrollo de su actividad. La elección de su forma jurídica condicionará la actividad, las obligaciones, los derechos y las responsabilidades de la empresa. En ese sentido, las empresas se clasifican —en términos generales— en:

o Unipersonal: El empresario o propietario, persona con capacidad legal para ejercer el comercio, responde de forma ilimitada con todo su patrimonio ante las personas que pudieran verse afectadas por la acción de la empresa.

o Sociedad Colectiva: En este tipo de empresas de propiedad de más de una persona, los socios responden también de forma ilimitada con su patrimonio, y existe participación en la dirección o gestión de la empresa.

o Cooperativas: No poseen ánimo de lucro y son constituidas para satisfacer las necesidades o intereses socioeconómicos de los cooperativistas, quienes también son a la vez trabajadores, y en algunos casos también proveedores y clientes de la empresa.

o Comanditarias: Poseen dos tipos de socios: a) los colectivos con la característica de la responsabilidad ilimitada, y b) los comanditarios cuya responsabilidad se limita a la aportación de capital efectuado.

o Sociedad de Responsabilidad Limitada: Los socios propietarios de éstas empresas tienen la característica de asumir una responsabilidad de carácter limitada, respondiendo sólo por el capital o patrimonio que aportan a la empresa.

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Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

6 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

o Sociedad Anónima: Tienen el carácter de la responsabilidad limitada al capital que aportan, pero poseen la alternativa de tener las puertas abiertas a cualquier persona que desee adquirir acciones de la empresa. Por este camino, estas empresas pueden realizar ampliaciones de capital, dentro de las normas que las regulan.

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Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

7 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

Tipología y características:

Forma Jurídica Sociedad Anónima (S.A.)

Definición

Sociedad Mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de los llamados títulos o acciones.

Denominación comercial

S.A.

Capital Mínimo

60.101,21€ con un 25% desembolsado

Socios

Mínimo 2

Tipo de Socios

Privados. Tanto Persona Física o Persona Jurídica

Responsabilidad

Limitada alos accionistas por el capital aportado

Fiscalidad

Impuesto de Sociedades

Órganos - Estructura

1.-Junta General de Accionistas: Ordinaria Extraordinaria

Universal

2.-Consejo de Administración

Proceso de Constitución

Ante Fedatario Público (Notario, …)

Personalidad Jurídica

Sí. Con la inscripción en el Registro Mercantil

Norma que la ampara

Ley de Sociedades Anónimas (LSA) aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre.

Publicación BOE

Nº 307 de 23 de Diciembre de 1.989

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Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

8 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

Forma Jurídica Sociedad Anónima Unipersonal (S.A.U.)

Definición

Sociedad Mercantil de un solo socio y que lo es en virtud de la participación total en el capital social a través de los llamados títulos o acciones.

Denominación comercial

S.A.U.

Capital Mínimo

60.101,21€ con un 25% desembolsado

Socios

1

Tipo de Socios

Privado. Persona Física o Persona Jurídica

Responsabilidad

Limitada al capital aportado

Fiscalidad

Impuesto de Sociedades

Órganos - Estructura

Administrador Único

Proceso de Constitución

Ante Fedatario Público (Notario, …)

Personalidad Jurídica

Sí. Con la inscripción en el Registro Mercantil

Norma que la ampara

Ley de Sociedades Anónimas (LSA) aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre.

Publicación BOE

Nº 307 de 23 de Diciembre de 1.989

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Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

9 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

Forma Jurídica Sociedad Anónima Laboral (S.A.L.)

Definición

Es una sociedad anónima en la que, al menos, el 51% del capital social pertenece a los trabajadores que presentan en ellas sus servicio (trabajan) de forma retribuida, personal, directa, por tiempo indefinido y en jornada completa.

Denominación comercial

S.A.L.

Capital Mínimo

Mínimo 3.000€

Socios

Mínimo 3

Tipo de Socios

La condición de socio está por la posesión de acciones

Responsabilidad

La responsabilidad de los socios frente a terceros estará limitadas a sus aportaciones.

Fiscalidad

Impuesto de Sociedades

Órganos - Estructura

Sus Órganos sociales sería un Consejo de Administración.

Proceso de Constitución

Registro Mercantil central, ministerio de empleo y seguridad social, notario…

Personalidad Jurídica

Sí. Con la inscripción en el Registro Mercantil

Norma que la ampara

Ley que regula las Sociedad Laborales. Ley 4/1997 de 24 de marzo

Publicación BOE

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Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

10 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

Forma Jurídica Sociedad Limitada (S.L.)

Definición

Sociedad Mercantil en la cual la responsabilidad está limitada al capital aportado y en el caso de que se contraigan deudas no se responde con el patrimonio personal de los socios.

Denominación comercial

S.L.

Capital Mínimo

3.000 € íntegramente suscrito y desembolsado en el momento de la constitución

Socios

Mínimo 1. No hay máximo

Tipo de Socios

Persona Física y/o Jurídica

Responsabilidad

Solidaria entre ellos y limitada al capital aportado

Fiscalidad

Impuesto de Sociedades

Órganos - Estructura

1.-Junta General de Socios, expresa en sus acuerdos la voluntad social

2.-Los Administradores, ejecutan y representan a la empresa

Proceso de Constitución

Estatutos firmados ante notario. La escritura de constitución deberá presentarse a inscripción en el Registro Mercantil

Personalidad Jurídica

Sí. Con la inscripción en el Registro Mercantil

Norma que la ampara

Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.

Publicación BOE

Nº 161 de 3 de julio de 2010

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Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

11 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

Forma Jurídica Sociedad Limitada Unipersonal (S.L.U.)

Definición

Sociedad Mercantil en la cual la responsabilidad está limitada al capital aportado por una sola persona (socio) y en el caso de que se contraigan deudas no se responde con el patrimonio personal del mismo.

Denominación comercial

S.L. Unipersonal

Capital Mínimo

3.000 € íntegramente suscrito y desembolsado en el momento de la constitución

Socios

Sólo 1 (unipersonal)

Tipo de Socios

Persona Física o Jurídica

Responsabilidad

Unipersonal limitada al capital aportado

Fiscalidad

Impuesto de Sociedades

Órganos - Estructura

1.-Junta General, expresa en sus acuerdos la voluntad social

2.-El Administrador ejecuta y representa a la empresa

Proceso de Constitución

Estatutos firmados ante notario. La escritura de constitución deberá presentarse a inscripción en el Registro Mercantil

Personalidad Jurídica

Sí. Con la inscripción en el Registro Mercantil

Norma que la ampara

Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.

Publicación BOE

Nº 161 de 3 de julio de 2010

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Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

12 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

Forma Jurídica Sociedad Limitada Nueva Empresa (S.L.N.E.)

Definición

Es un nuevo tipo de sociedad Limitada creado para facilitar la constitución de las sociedades de nueva creación. Se puede hacer de forma presencial o telemática a través de la página web habilitada por el Ministerio de Industria.

Denominación comercial

S.L.N.E.

Capital Mínimo

3.012€ (deberá ser embolsado íntegramente)

Socios

Máximo 5

Tipo de Socios

Privados. Personas físicas

Responsabilidad

Limitada al capital aportado

Fiscalidad

Impuesto sobre Sociedades

Órganos - Estructura

1.-Junta General de socios 2.-Órgano de Administración

Proceso de Constitución

1.- El socio o socios fundadores deberán realizar los trámites para obtener la denominación social de la Nueva Empresa. 2.- Notario: escritura pública. 3.-Consejerías de Hacienda de las CC.AA: impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. 4.- Registro Mercantil: inscripción de la empresa. 5.- Agencia tributaria: número de identificación fiscal.

Personalidad Jurídica

Si. Además se puede transformar posteriormente en Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Norma que la ampara

Ley 7/2003 de 1 de abril de la sociedad limitada Nueva Empresa

Publicación BOE

Nº 79, de 2 de abril de 2003, páginas 12679 a 12689 (11 págs.)

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Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

13 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

Forma Jurídica

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)

Definición

Sociedad que tiene carácter mercantil cuyo capital social está dividido en participaciones sociales que son indivisibles, y acumulables. Se integran por las aportaciones de todos los socios.

Denominación comercial

La S.R.L. tiene que llevar necesariamente una denominación o razón social formada por un nombre comercial al que se le tiene que agregar necesariamente la indicación de “Sociedad de Responsabilidad Limitada” o sus abreviaturas: “S.R.L.”

Capital Mínimo

No inferior a 3000€. Desembolsado íntegramente.

Socios

Mínimo 2.

Tipo de Socios

La condición de socio está determinada por la posesión y desembolso de, al menos, una participación social.

Responsabilidad

La Responsabilidad se limita a la cantidad de capital aportada por cada socio. Los socios no responden personalmente de las deudas sociales.

Fiscalidad

Tributan por el Impuesto sobre Sociedades al tipo del 35%.

Órganos - Estructura

Sus Órganos Sociales son la Junta General de Socios (órgano

deliberante) y los Administradores (órgano ejecutivo).

Proceso de Constitución

El primer paso es la Certificación negativa del nombre (en el Registro Mercantil) y, después, Escritura Pública (ante un notario) que debe ser otorgada por todos los socios fundadores.

Personalidad Jurídica

Tiene carácter mercantil y personalidad jurídica propia.

Norma que la ampara

Están reguladas por la Ley 2/1995 de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada. También por el Real Decreto Legislativo de 1/2010, de 2 de julio por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital; Orden JUS/3185/2010, de 9 de diciembre, por la que se aprueban los Estatutos de las S.R.L.; Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.

Publicación BOE

Publicada en el BOE el 28 de marzo de 1995.

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Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

14 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

Forma Jurídica

Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral (S.R.L.L.)

Definición

En la que la mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores que presentan en ellas servicios retribuidos en forma personal y directa, cuya relación laboral es por tiempo indefinido

Denominación comercial

S.R.L.L.

Capital Mínimo

Mínimo 3.000€

Socios

Mínimo 3

Tipo de Socios

La condición de socio está por la posesión de poseer participaciones

Responsabilidad

La responsabilidad de los socios frente a terceros estará limitadas a sus aportaciones.

Fiscalidad

Impuesto de Sociedades

Órganos - Estructura

Sus Órganos sociales sería un consejo de administración. Pueden pertenecer a la empresa o pueden ser personas ajena a las participaciones.

Proceso de Constitución

Registro Mercantil central, ministerio de empleo y seguridad social, notario…

Personalidad Jurídica

Sí. Con la inscripción en el Registro Mercantil

Norma que la ampara

Ley que regula las Sociedad Laborales. Ley 4/1997 de 24 de marzo

Publicación BOE

Page 16: Tipos de empresa en españa

Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

15 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

Forma Jurídica Sociedad Cooperativa (S.Coop.)

Definición

Sociedad sin ánimo de lucro creada por trabajadores que se asocian para desarrollar una actividad mercantil que no la podrían realizar por si solos.

Denominación comercial

S.Coop.

Capital Mínimo

Mínimo 3000 €

Socios

Mínimo 3

Tipo de Socios

Socios de trabajo, excedentes o colaboradores, son personas físicas o jurídicas

Responsabilidad Limitada a las aportaciones al capital suscrito, estén o no desembolsadas en su totalidad

Fiscalidad

Impuesto sobre sociedades

Órganos - Estructura

1. Asamblea general ( ordinaria, extraordinaria o de delegados)

2. Consejo Rector (gestión, supervisión y representación de la sociedad)

3. Intervención (órgano de fiscalización de la cooperativa)

4. Comité de recursos (tramita y resuelve los recursos contra las sanciones impuestas a los socios por el Consejo Rector)

Proceso de Constitución

Registro de Sociedades Cooperativas del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, notario, Consejería de Hacienda y Agencia tributaria

Personalidad Jurídica

Si, con la inscripción en el Registro de Cooperativas

Norma que la ampara

Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas

Publicación BOE

Núm. 303, de 19 de diciembre de 2013

Page 17: Tipos de empresa en españa

Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

16 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

Forma Jurídica Sociedad Colectiva (S.C.)

Definición

Sociedad externa, que actúa y responde frente a terceros como una persona distinta a la de sus socios. Es un tipo de sociedad en la que algún socio no aporta capital, sólo trabajo y se denomina socio industrial.

Denominación comercial

S.C.

Capital Mínimo

No existe un capital mínimo legal

Socios

Mínimo 2

Tipo de Socios

Socios capitalistas (gestionan la sociedad, aportan capital y trabajo, participan en las perdidas y ganancias de la sociedad) Socios industriales (aportan trabajo personal, no participan ni en la gestión ni en las perdidas de la sociedad, solo participan en las ganancias)

Responsabilidad

Ilimitada

Fiscalidad

Impuesto sobre sociedades

Órganos - Estructura

Los socios, todos tienen la misma función según el tipo, capitalista o industrial.

Proceso de Constitución

Registro Mercantil Central, Notario, Consejerías de Hacienda, Registro mercantil, Agencia tributaria.

Personalidad Jurídica

Si, con la inscripción en el Registro Mercantil

Norma que la ampara

Se rige por el Código de Comercio

Publicación BOE

Reales Decretos 276/1989, de 22 de junio, de Sociedades y Agencias de Valores, y 726/1989, de 23 de junio.

Page 18: Tipos de empresa en españa

Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

17 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

Forma Jurídica Sociedad Comanditaria por Acciones (S.Com.por A.)

Definición

Sociedad capitalista cuyo capital social está dividido en acciones, que se formará por las aportaciones de los socios, uno de los cuales, al menos, se encargará de la administración de la sociedad y responderá personalmente de las deudas sociales como socio colectivo, mientras que los socios comanditarios no tendrán esa responsabilidad.

Denominación comercial

Puede ser el nombre de todos los socios colectivos, de alguno de ellos o de uno sólo, o bien, una denominación objetiva, añadiendo "Sociedad en Comandita por Acciones" o "S.Com. p. A."

Capital Mínimo

60.101,21€ con un 25% de desembolso mínimo.

Socios

Mínimo 2.

Tipo de Socios

Socios colectivos y socios comanditarios. Toda sociedad es jurídica.

Responsabilidad

Ilimitada para los socios colectivos. Limitada para los socios comanditarios.

Fiscalidad

Impuesto de Sociedades (35%).

Órganos - Estructura

Junta General y Socios administradores.

Proceso de Constitución

Escritura Pública, incluyendo los estatutos de la sociedad.

Personalidad Jurídica

Sí. Con la inscripción obligatoria en el Registro Mercantil.

Norma que la ampara

Se aplicará la Ley 19/1989 de Sociedades Anónimas (25 de julio), salvo en lo que resulte incompatible con las disposiciones del Código de Comercio.

Publicación BOE

27 de julio de 1989 por el BOE.

Page 19: Tipos de empresa en españa

Sociedades Mercantiles en España (Tipología y Características)

18 Economía de Empresa - U.A.B. (2013-14)

El código de Comercio en el artículo 57 nos define la Sociedad en Comandita.

Aquella formada por socios comanditados o gestores a quienes les corresponde la

representación y administración, y por socios comanditarios.

Es una figura mercantil, la cual debe constituida en escritura pública y con las

formalidades que indica el artículo 18 de éste código. Sus modificaciones, disolución,

fusión y cualquiera otros actos en que en alguna forma modifique su estructura,

deberán necesariamente ser consignados en escritura pública, publicado en

extractos en el periódico oficial e inscritos en el Registro Mercantil, según el artículo

19 del Código de Comercio.

Definición Sociedad Comanditaria Personalista

Denominación Comercial S.Com

Capital Mínimo No existe capital mínimo.

Socios Nº mínimo 2(uno colectivo, y otro Comanditario

Tipo de Socios y

Responsabilidad. Coexisten 2 tipos de socios:

Los Colectivos(con responsabilidad Ilimitada)

Los Comanditarios(con responsabilidad limitada al capital aportado)

Fiscalidad Impuesto de Sociedades

Órganos – Estructura Cargo administrador (socio colectivo)

Proceso de Constitución Constitución ante Notario

Personalidad Jurídica Persona Jurídica con Inscripción

en Registro Mercantil.

Norma que la ampara LEY Nº 26887

Publicación B.O.E BOE» núm. 71, de 24 de marzo de

1995, páginas 9181 a 9206