tesis filosofia 1era parte

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Teoría del Principio de Razón Suficiente Capítulo I

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    Teora del Principio de Razn Suficiente

    Captulo I

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    La tesis titulada Aplicacin del Principio de Razn Suficiente en la cargade la prueba con base en la lgica jurdica de Mariano Iberico Rodrgueztiene como sustento la teora del Principio de Razn Suficiente. Suesencia es lgica y comprende los principios clsicos de la lgica,el Principio de Identidad, el Principio de No Contradiccin, delTercio Excluido, de los cuales trata tambin Mariano Iberico Rodr-guez y, especialmente, el Principio de Razn Suficiente de Leibniz.

    En el presente estudio se har referencia a Leibniz, a su filoso-fa, a su formulacin del Principio de Razn Suficiente, a la im-portancia que este principio tiene en su filosofa en relacin conlos principios lgicos clsicos y con otros principios, puesto queLeibniz fue el filsofo de los principios y formul, entre otros, elPrincipio de Continuidad y el Principio de las Incertidumbres queestn en ntima relacin con el Principio de Razn Suficiente.

    Por su parte Mariano Iberico se refiere tambin al enfoque deSchopenhauer sobre el Principio de Razn Suficiente. En esta in-vestigacin nos referiremos a la cudruple raz del grande y poten-te principio, segn Schopenhauer, y comentaremos el aporte deMariano Iberico con relacin a estos temas.

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    Concepcin del Principio de Razn Suficienteen la filosofa de Leibniz

    Vida y bibliografa fundamental de Gottfried Wilhem Leibniz(1646- 1716)

    Leibniz naci en Leipzig, donde estudi y present, en 1663, sutesis De principio individui. Entre los aos 1663 y 1667 estudi ma-temticas en la Universidad de Jena y jurisprudencia en la deAltdorf. Posteriormente entr al servicio del Elector de Magunciay fue enviado, en 1672, a Pars integrando una comisin diplom-tica. En 1673 visit Inglaterra y poco despus regres a Pars, don-de residi hasta 1676.

    Luego fue a Alemania donde fue nombrado bibliotecario de lacorte del duque de Hannover; aprovech este hecho para redactarla historia de la familia Brunswick. En 1682 fund el ActaEruditorum y en 1700 fue nombrado primer presidente de la Socie-dad de Ciencias de Berln, que posteriormente se denominPressische Akademic der Wissenschaften.

    Siendo joven cultiv las ciencias, la historia y las cuestionespolticas y religiosas. Conoci a profundidad la escolstica, espe-cialmente la escolstica moderna; ley a muchos escolsticos,especialmente a Surez. En su cultivo de la ciencia y la filosofamodernas se interes por el pensamiento de Francis Bacon, Hobbes,Gassendi, Descartes, Galileo, Huygens y otros.

    Leibniz mantuvo relacin personal con muchos autores a quie-nes conoci durante sus viajes: Boyle en Inglaterra; Malebranchey Arnauld en Pars; Spinoza en Holanda, etc. Asimismo entablcorrespondencia con ellos y con muchos ms; esta clase de cul-tivo le permiti a Leibniz afinar su pensamiento filosfico y di-fundir descubrimientos cientficos. Fue muy fructfera su corres-pondencia con Arnauld y con Clarke. Producto de su desempeoen el campo de la diplomacia fue quien convenci a Luis XIV yluego al zar Pedro El Grande de constituir una alianza de Esta-dos cristianos, y superar las luchas internas para unirse contra losmusulmanes.

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    Leibniz pretendi unir las iglesias cristianas catlicas y pro-testantes, lo cual signific aceptar una polmica con Bossuet;pens que unidos los catlicos y protestantes debera buscarsela integracin de calvinistas y luteranos. Ingres y se afili a losrosacruces, una especie de sociedad secreta, con doctrinas de tipomstico y filantrpico; posteriormente defendera estas doctrinascomo un verdadero masn.

    Leibniz fracas en sus intentos, mas jams renunci a sus in-tenciones. Su inters por la armona se puso de manifiesto cuan-do form sociedades eruditas y cientficas y cuando logr la pu-blicacin de las Actas de estas sociedades. Prefera el estre-cho contacto entre todos los que trabajaban en las diversas cien-cias. Algunas de las polmicas fueron producidas por Leibniz yalcanzaron difusin y resonancia. Logr celebridad la discusinsobre la cuestin de la prioridad en el descubrimiento del clculoinfinitesimal.

    Leibniz lleg a la idea de este clculo en 1676, pero por su parteNewton haba alcanzado la misma idea algunos aos antes. Mien-tras Leibniz public sus resultados en 1684, Newton lo hizo en1687. Posteriormente se puso en tela de juicio quin haba sido elprimero. Fue sta una discusin entre los seguidores de Leibniz yNewton ms bien que entre los propios autores. Los hechos prue-ban que cada uno haba descubierto el clculo infinitesimal porsu cuenta. La notacin propuesta por Leibniz fue la que se impu-so y an se sigue usando.

    Juicios sobre la vida y los valores de Leibniz se han emitidomuchos, pero todos ellos favorables en extremo. En nuestro me-dio, en los aos setenta el maestro de lgica, Dr. Juan Bautista Fe-rro Porcile, deca, en sus clases de Seminario de Filosofa Moder-na en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, que Leibnizhaba sido el filsofo ms inteligente que haba existido. Francis-co Mir Quesada Cantuarias comparti esta afirmacin. En un ar-tculo periodstico nos regal una exposicin pequea pero aptapara todos los gustos sobre el hombre ms inteligente del mundo:tuvo en cuenta la clasificacin de los hombres segn el quantum

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    de inteligencia; afirm que los contemplativos requeran ms inte-ligencia y se hacen ms necesarios que los hombres prcticos, de-pendientes de la computadora. Leibniz, hombre de pensamientoreconocido por haber cultivado y producido en ciencia y filosofa,

    ha sido con muy alta probabilidad el hombre ms inteligentede la historia en las razones siguientes: 1) la inconcebible canti-dad de cosas en las que innov y cre con una profundidad y unradicalismo incomparables; 2) su capacidad excepcional para tra-tar problemas cientficos y filosficos (cosa sumamente rara enla inteligencia humana; 3) su capacidad para abordar problemastecnolgicos, capacidad que lo sita cerca de los hombres de ac-cin; 4) se adelant a su poca en tres siglos, lo que nadie hapodido hacer nunca salvo, tal vez, Leonardo Da Vinci (otro su-per genio que, adems de cientfico fue artista, pero no fue fil-sofo y sus creaciones cientficas comparadas con las de Leibnizfueron insignificantes).1

    Relacin entre la vida multifactica de Leibniz y la naturalezade su pensamiento filosfico

    La actividad multifactica de Leibniz est vinculada con la natu-raleza de su pensamiento filosfico. Existen ideas centrales en elpensamiento de Leibniz de las cuales destacan la armona, la con-tinuidad y la universalidad. Leibniz acepta la tradicin e hizo es-fuerzos por incorporarla en su filosofa y ciencia: Concibi elmecanicismo e intent armonizarlo con la doctrina de las formassubstanciales; puso de relieve la idea de substancia, pero no sindetrimento de la idea de relacin, etc. Como el propio LEIBNIZdijo en una ocasin: je ne mprise presque rien, yo no menosprecionada o casi nada, nada debe menospreciarse; todo o casi todopuede integrarse y armonizarse; el mundo mejor es, en todo caso,el mundo ms lleno. Por eso Leibniz aspir a ser el heredero deuna philosophia perennis, una filosofa que cambia pero de un modo

    1 MIR QUESADA, Francisco. Quin ha sido el hombre ms inteligente delmundo?. En revista Gente, 1993, p. 24 (ver anexo 3, p. 133).

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    continuo y en donde cada momento sucede al anterior y anunciael posterior.2 Por esta idea fue considerado filsofo eclctico.

    Esta calificacin sorprende hoy porque se piensa que tiene unpensamiento definido, pero no dejan de tener razn quienes aspiensan porque se dio en su produccin filosfica una tendenciay preferencia por la composicin armnica, de diversas doctrinas.La idea de la armona se relaciona con la continuidad, que se re-laciona a su vez con la idea de universalidad como expresin dela idea de ciencia universal y su lenguaje universal accesible a to-dos los humanos y cuya potencia consista en describir todas lasideas posibles.

    En el comienzo de su produccin filosfica trat del ars com-binatoria y de una characteristica universalis. El lenguaje universalera posible por la forma simblica, que permite a sus cultivado-res usar los mismos smbolos con el mismo significado. El arscombinatoria es un sistema deductivo que permite combinar lossmbolos deductivamente de tal forma que no puede ser mo-tivo de discusin el lenguaje cientfico. De all el esfuerzo de Leib-niz por lograr razonamientos semejantes al razonamiento de lasmatemticas.

    De esta manera el lenguaje cientfico y lgico no poda inter-pretarse de manera controvertida. El error de razonamiento resul-ta de esta manera perceptible. El clculo elimina la discusin. Laciencia universal aspirada por Leibniz exige los mismos procedi-mientos de la lgica y la matemtica. Pero en el pensamiento deLeibniz tiene su origen en la idea de una ciencia universal. La cien-cia es, segn la metfora leibniziana, como un ocano: continuoen todas partes, sin hiatos o divisiones. No puede designarse subje-tivamente alguna de las partes de la ciencia.

    Debe advertirse que, en la constitucin de la ciencia universal,la relacin que existe entre los caracteres y las cosas no es subjeti-va y, por lo tanto, no es arbitraria. En consecuencia, la verdad nose basa en lo que es arbitrario en los caracteres, sino en lo que es

    2 FERRATER MORA, Jos. Diccionario de Filosofa. Tomo II, Buenos Aires,Ed. Sudamericana, 1969, p. 26.

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    permanente en ellos, es decir, en la relacin que hay entre los ca-racteres y las cosas. Los conceptos expresados por los caracteresde la ciencia universal tienen fundamentum in re.

    Para Leibniz, las nociones de universalidad y continuidad im-plicadas en su idea de la ciencia universal corresponden a la uni-versalidad y continuidad que se hallan en la realidad misma. Enconsecuencia, el clculo infinitesimal no es una simple serie deconvenciones: es el mejor modo de conceptualizar y matematizarla continuidad de la realidad entera y del movimiento. El clculoes el instrumento o, cuando menos, uno de los instrumentos con-ceptuales y de clculo con el cual se puede investigar la perfectacontinuidad de lo real.

    Los principios de Leibniz

    Los filsofos son titulares de los Principios, Leibniz fue el pri-mero en utilizar una serie de principios generales e introdujo enla teora filosfica mayor nmero de principios nuevos.

    Aunque todos estos principios tienen su prehistoria, su histo-ria y su desarrollo; lo importante es que l los formula, los anali-za, los propone y los aplica; y actualmente son imprescindibles.

    A continuacin se presentan algunos principios de Leibniz.

    1. El Principio de Razn Suficiente.2. El Principio de Mnadas.3. El Principio de la Continuidad.4. El Principio de la Identidad de los Indiscernibles.5. El Principio de la Armona Preestablecida.6. El Principio de lo Mejor o de la Conveniencia.7. El Principio de No Contradiccin.8. El Principio de Causalidad.9. El Principio de los Principios de Identidad.10. El Principio de la Uniformidad o Principio de Arlequn.11. El Principio de la Diferenciacin.

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    12. El Principio del Equilibrio o Principio de Justicia.13. El Principio de Simetra en la Actual Matemtica.14. El Principio del Mnimo Esfuerzo o de las Formas ptimas.15. El Principio de los Mundos Posibles o de lo Mejor.16. El Principio de las Probabilidades.17. El Principio de Composibilidad.18. El Principio de la Prueba Racional.19. El Principio de lo Absoluto.20. El Principio de los Principios.21. El Principio de la Causa Final.

    Ubicacin del Principio de Razn Suficiente en la filosofa deLeibniz

    En la filosofa expuesta por Leibniz ocupan un lugar prominenteuna serie de principios. Un primer grupo se refiere a la realidad. Eneste grupo hay dos que suelen ponerse de relieve: Principio deArmona y Principio de Continuidad, pero pueden agregarseotros: Principio de Perfeccin, el Principio de la Identidad delos Indiscernibles, el Principio de la Composibilidad. Hay otrosdos principios que ataen ms bien al modo cmo se entiende la reali-dad: el Principio de No Contradiccin, que Leibniz equipara confrecuencia al de identidad, y el Principio de Razn Suficiente.

    Entre los dos grupos de principios distinguidos no hay unaseparacin estricta entre los que podran llamarse principios rea-les y los principios conceptuales (o principios ontolgicos yprincipios gnoseolgicos). Los principios que se refieren msbien a la realidad no dejan de ser principios que afectan de algnmodo al lenguaje en el cual se describe o explica la realidad; a lavez, los principios que ataen ms al modo como se entiende larealidad no dejan por ello de ser de alguna manera principios dela realidad. Leibniz considera que existe una relacin estrecha en-tre realidad y lenguaje. Por ejemplo, considera el Principio de Ra-zn Suficiente que prescribe que nada existe sin una razn suficientey que nada puede explicarse de la realidad si no se halla una ra-zn suficiente que lo explique.

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    Relacin entre el Principio de Razn Suficiente y otros principiosen la produccin filosfica de Leibniz

    El Principio de Razn Suficiente se encuentra en relacin con otrosprincipios: Principio de Armona, Principio de Continuidad, Prin-cipio de Composibilidad, Principio de Identidad, el Principio delos Posibles, el Principio de Perfeccin y el Principio de Razn Su-ficiente, a los cuales pueden agregarse otros, tal como el Principiode Esencia y Existencia. Es importante sealar ciertos aspectos dealgunos de estos principios.

    El Principio de Continuidad se revela claramente en la mate-mtica bien que en alguna ocasin Leibniz haya dicho que todarepeticin puede ser o discreta o continua y se manifiesta no me-nos claramente en la naturaleza bien que el mundo de Leibnizsea no slo un mundo continuo, sino tambin un mundo mona-dolgico, lleno de individuos.

    El Principio de Continuidad es un principio universal en elque se hace patente la armona entre lo fsico y lo geomtrico. Esun principio segn el cual todo en el universo est relacionadoen virtud de razones metafsicas. El Principio de Continuidadhace posible dar razn de cualquier realidad y de cualquier acon-tecimiento, ya que sin tal principio habra de concluir que hayhiatos en la Naturaleza, cosa que sera incompatible con el Princi-pio de Razn Suficiente, pero a la vez el Principio de Razn Sufi-ciente sera inaplicable si no hubiera el Principio de Continuidad.El Principio de Continuidad y el de Razn Suficiente estn rela-cionados a su vez al Principio de Plenitud: el universo es conti-nuo slo porque es pleno y viceversa. Esta plenitud es la queresulta del modo como Leibniz concibe el mundo de las esencias(o los posibles) y su relacin con las existencias.

    Segn Leibniz los posibles se caracterizan por su aspiracin(conatus) a existir y que el mundo resultante es aqul en el cual serealiza la serie mxima de posibilidades. En otros trminos: todoposible que no sea contradictorio est destinado a existir; todo posi-ble se hace actual siempre que no haya nada que se oponga a su

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    realizacin, es decir, en la medida en que haya una razn sufi-ciente para que se lleve a cabo.

    Segn Leibniz, la razn suficiente para que Dios elija ciertosposibles ms bien que otros para realizarse reside en la convenien-cia o grados de perfeccin que poseen los diversos mundos posi-bles. Hay muchos (un nmero infinito) de mundos posibles, peroslo uno ha llegado a la existencia. ste es el mundo mejor, don-de mejor tiene no slo un sentido moral, sino tambin metafsico.Mejor quiere decir el ms perfecto posible (o, simplemente, elque es perfecto) y tambin el ms lleno. Parece como si hubieraun universo donde pulularan los posibles y del cual se extrajerael mundo que fuese efectivamente el ms real.

    En el concepto del mundo mejor se ve ya claramente la fun-cin que desempean los Principios de no Contradiccin y de Ra-zn Suficiente. El Principio de no Contradiccin opera en una pri-mera seleccin entre los posibles. El Principio de Razn Suficienteexplica por qu ciertos posibles ms que otros han llegado a laexistencia. Pero el Principio de Razn Suficiente no es para Leibnizsolamente un principio muy general, es un principio que se aplica entodos los casos en los que se trata de saber por qu algo es como es y no deotro modo.

    En su forma ms corriente, el principio en cuestin se expresadiciendo que: Nada acontece sin razn suficiente. Leibniz afir-ma que las substancias simples se distinguen por sus cualidades,pues lo que se encuentra en lo compuesto slo puede venir delos ingredientes simples y no poseyendo cualidades, las mnadasseran indiscernibles unas de otras por no diferir en cantidad.

    El Principio de los Indiscernibles equivale a la afirmacin deque no hay nunca en la Naturaleza dos seres perfectamente igua-les entre s y en los cuales no sea posible encontrar una diferen-cia interna o que est fundada en una denominacin intrnseca.De ah que la indiscernibilidad corresponda solamente a la iden-tidad, la cual es definida justamente como identidad de losindiscernibles. La doctrina de las mnadas sirve, por otro lado,para la explicacin de la armona preestablecida en donde se re-

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    vela de modo tan luminoso el optimismo del sistema leibniziano.La armona preestablecida no es ms que lo que vincula entre s alas mnadas, la ley de su interdependencia y sucesin. Es armo-na por cuanto todo se corresponde segn ley; es preestablecida por-que Dios ha fijado de antemano y para siempre toda la serie de lassucesiones.

    Leibniz compara toda esta armona con el hecho de dos re-lojes iguales que marcasen siempre los mismos tiempos no porinteraccin ni por la intervencin constante de un ser supremo,sino por el establecimiento previo de su mutuo acuerdo. Leibnizno niega con ello, empero, la libertad, que es adscrita en mayoro menor medida a las mnadas segn su puesto en la jerarquauniversal.

    La existencia del mal en el mundo, que Leibniz divide en malmetafsico, fsico y moral, no prueba para l que Dios sea el autordel pecado; muestra nicamente que el espritu humano es dema-siado limitado para comprender que el mal es una parte necesariaen el conjunto armnico del mundo, que es, dentro de todos losmundos posibles, el mejor que Dios ha podido crear. La supuestaimperfeccin es slo, por consiguiente, desconocimiento del papelque lo imperfecto desempea en el orden perfecto total.

    La monadologa permite tambin resolver para Leibniz los pro-blemas de las ideas innatas que fueron determinantes para la es-peculacin filosfica de su siglo. Leibniz admite el empirismo quesostiene que nada hay en el intelecto que no estuviera antes en lossentidos; pero agrega que ello rige para todo, salvo para el inte-lecto mismo. Por ser las mnadas representacin, el innatismo esinherente a ellas, pero semejante innatismo no consiste en la ideaclara y distinta en el sentido cartesiano sino que se extiende a partirde la ms oscura e indistinta percepcin; no es un elemento dife-rente, sino inferior al conocimiento o a la percepcin consciente.

    Como en los dems aspectos de su filosofa, Leibniz tambintiende aqu a la conciliacin y a la resolucin de las oposicionesen una unidad armnica. Esta tendencia a la armona culmina jus-tamente en la doctrina de las mnadas, donde quedan sumidas

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    todas las contradicciones reveladas por los anteriores sistemas fi-losficos para constituir el cuerpo de lo que Leibniz llama filoso-fa perenne perennis philosophia, donde la exclusin es susti-tuida por la integracin.

    Las doctrinas de Leibniz que siempre constituyen una unidadson:

    a. La doctrina segn la cual todo es continuo.b. La doctrina segn la cual hay siempre una razn suficiente

    para la explicacin de cualquier ser o de cualquier acontecer.c. La doctrina segn la cual todo est compuesto de mnadas.d. La doctrina segn la cual la comunicacin entre las subs-

    tancias y, en general, la relacin entre las mnadas est re-gida por el principio de la armona preestablecida.

    e. La doctrina segn la cual el intelecto prima sobre la volun-tad o sobre el sentimiento.

    f. La doctrina segn la cual este mundo, aun cuando contie-ne el mal, es el mejor de todos los mundos posibles.

    El centro de la razn de Leibniz

    Algunos han considerado que el centro de su doctrina se halla ensu metafsica y que su lgica es una consecuencia de ella; otros,como Couturat o Russell, han propuesto la tesis de que lo funda-mental en Leibniz es su lgica o bien un modo de ocultacin desu verdadero pensamiento.

    En rigor, consideramos que lgica y metafsica en Leibniz seapoyan mutuamente y que es difcil considerar una como el fun-damento de la otra. Si la metafsica de Leibniz fuera tan desplaza-da en su obra como algunos autores proponen, no se entenderael modo de escribir de dicho filsofo.

    En efecto, as como cada mnada refleja el universo entero des-de una sola perspectiva, siendo un punto de vista sobre el todo,as tambin cada una de las proposiciones de Leibniz refleja des-de un punto vista particular la filosofa entera.

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    Pero, a la vez, si la lgica de Leibniz fuera tan subordinada ala metafsica como algunos autores imaginan, no se entendera que,una vez subrayada la novedad y particularidad de cada ente y decada acontecer, Leibniz intente siempre reducirlos a una verdadnica, alcanzada mediante un proceso de identificacin.

    Concepcin del Principio de Razn Suficiente en lafilosofa de Arthur Schopenhauer

    La idea del Principio de Razn Suficiente con el mundo existente

    Segn Schopenhauer, la idea del Principio de Razn Suficiente con-siste en buscar en todas partes tanto el porqu de ciertos fenme-nos; por ejemplo, el porqu de las tormentas, del da y la noche, delas estaciones, el porqu de ciertas cosas u objetos que hacen loshombres, como el porqu de la bsqueda de la verdad, el bien, lajusticia y la belleza. O tambin de actos como la vigencia de una Cons-titucin Poltica, o el de una reforma gubernamental. Para Schopen-hauer, el cumplimiento de estas tareas corresponde a la ciencianatural, la filosofa o la historia, segn el caso. Schopenhauer pro-pone la validez de una regla que justifica formar las preguntas delporqu. El enunciado bsico, la idea del Principio de Razn Sufi-ciente expresa que nada que exista carece de razn.

    Ubicacin del trabajo sobre el Principio de Razn Suficiente deSchopenhauer

    El Principio de Razn Suficiente ha sido estudiado a partir de lamodernidad. Casi no hay pensador moderno que haya dejado deocuparse de este principio. As, el mrito de Leibniz est en haber for-mulado el principio y elevarlo a principio cardinal de todo conocimiento.

    El trabajo de Schopenhauer se inicia cuando hace un conjun-to de observaciones acerca del trabajo reflexivo realizado que exis-ta y que l revisa. Trabajo interesante por cierto y que se resea acontinuacin.

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    1 Los filsofos haban fracasado en la apreciacin del porqureal que expresa el principio en la investigacin terica y lainvestigacin prctica.

    2 Los filsofos haban empleado mal la idea del Principio deRazn Suficiente e incluso con sus concepciones estabaninvalidando algunos de sus argumentos y conclusiones.

    3 En buena cuenta los filsofos confundan la nocin de ra-zn suficiente con la causa de los hechos. As, por ejemplo,Descartes confundi causa y razn, cuando intent probarla existencia de Dios, cuando haba afirmado que la inmen-sidad en la naturaleza de Dios es una causa o razn ya quetodo cuanto tiene una causa es su razn.

    Schopenhauer critica a Descartes, pues aunque en general elautor del Discurso acepta el principio de que todo cuanto existetiene una causa, en el caso de Dios pasa a la nocin de una razn;eso lo habilita para sostener que la existencia de Dios se sigue sim-plemente de su naturaleza y, por ello, puede ser explicada por ellamisma, sin ulterior referencia; es decir, nada es ms de lo que es,realmente, la esencia de la famosa prueba ontolgica.

    Para Schopenhauer el proceder de Descartes es del todo ileg-timo. Por ejemplo: que una mesa mide un metro, puede ser ra-zn para decir que mide dos veces treinta centmetros en cuantola verdad de la segunda afirmacin resulta una consecuencia l-gica necesaria de la verdad de la primera.

    La ilegitimidad del proceder cartesiano radica en que, al em-plearse esta clase de argumento, se puede demostrar la existenciade alguna cosa, salvo que se emplee el principio en lugar de daruna explicacin causal, en el sentido de identificar algn factor l-gicamente independiente con un evento antecedente y productivode la circunstancia que ha de ser explicada. En este caso, la pre-tensin ser siempre la ms absoluta autodecepcin.

    As, en Spinoza se puede encontrar una confusin similar.Schopenhauer, quien simpatizaba en muchas formas con las ideasgenerales de Spinoza, especialmente en lo que se refiere a su re-

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    chazo de la visin cartesiana de la realidad que abarca dos clasesdistintas de sustancias, pensante y extensa, identifica que cau-sa y razn tienen el mismo sentido ontolgico.

    Schopenhauer tambin acept la doctrina de Spinoza, segnla cual cuerpo y mente en ltima instancia son atributos de loque es una y la misma sustancia. En Spinoza se encuentra enton-ces la doctrina schopenhaueriana de la identidad metafsica delcuerpo y la voluntad.

    Sin embargo, Schopenhauer no acept ni el mtodo ni la con-cepcin spinozista de la investigacin filosfica; por ello no sor-prende encontrarle criticando las clases de argumentos de Spinoza,pues ste emple en su procedimiento argumentos que implica-ban una explcita identificacin de las nociones de causa y razn.Por eso, la relacin que Spinoza tena en mente cuando llamaba aDios la causa eterna de todo cuanto existe en el mundo no era unarelacin del tipo de que la mayora de los testas ortodoxos consi-deran cuando hablan en estos trminos. En cuanto se refieren aDios como agente causal lo consideran algo distinto de los efectosque produce; por ejemplo, como un Primer Motor que, al mismotiempo crea y pone en movimiento el universo, es capaz de sepa-rarse en pensamiento y de hecho del universo.

    Cuanto existe o sucede en el mundo puede deducirse de la na-turaleza de Dios como atributo o modo de la sustancia nicaque todo lo abarca (Deus sive subtantia). Schopenhauer se percatade que en Spinoza todos los juicios verdaderos respecto a las rela-ciones de Dios con los hechos particulares del mundo se interpre-tan como analticos.

    En la teora de Spinoza, decir algo acerca del mundo es, siem-pre, un caso de explicacin de lo que ya est implcito en el con-cepto de Dios: del mismo modo cuando Spinoza acepta que la pro-posicin de que Dios es la causa del mundo, en realidad aceptasegn sus definiciones una tautologa y no, como parece ser, unaexplicacin, pues, llamar al mundo Dios no es explicarlo, esslo una forma de enriquecimiento del lenguaje con un sinnimosuperfluo de la palabra mundo.

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    Es error de Spinoza equiparar la nocin de causa capaz de des-truir una cosa o de poner fin a su existencia con la nocin de ra-zn. Hay confusin al identificar causa con razn. Nunca puededecirse slo causa o ratio, sino que es necesario decir ratio seu causa.

    Afirmar que esencia implica existencia es repetir la pruebaontolgica. En Spinoza hay entonces una confusin entre razn ycausa. La nocin de causa sui introduce la idea de producir unaruptura en la cadena de causas y efectos en la naturaleza.

    Cuando Schopenhauer plantea sus objeciones contra la am-pliacin ilcita del Principio de Razn Suficiente no quiso negarque existen formas vlidas de argumentos o explicaciones que im-plican nociones tales como fundamento y consecuencia, causa y efec-to. Si no se haca as, el camino quedaba abierto para confundircategoras de pensamiento totalmente diferentes, que es propia-mente un abuso de la lgica y el lenguaje en un nivel muy profun-do. Segn Schopenhauer, causa y efecto, fundamento y consecuen-cia, pueden incluirse ciertamente y todos ellos pueden incluirsedentro del nico Principio de Razn Suficiente puesto que com-prende diferentes clases de razonamiento apropiado para contex-tos fenomnicos y campos de investigacin particulares.

    Posicin crtica de Schopenhauer frente a las ideas cartesianassobre el Principio de Razn Suficiente

    Schopenhauer critica a Descartes pues aunque, en general, el au-tor del Discurso acepta el principio de que todo cuanto existe tieneuna causa, en el caso de Dios pasa a la nocin de razn; eso locapacita para sostener que la existencia de Dios se sigue simple-mente de su naturaleza y, por ello, puede ser explicada por ellamisma, sin ulterior referencia; es decir, nada es ms de lo que es, real-mente, la esencia de la famosa prueba ontolgica. Dice Schopen-hauer que Observada a la luz y sin prejuicios, esta famosa prue-ba ontolgica no es en realidad sino una grandsima farsa. Unhombre cualquiera, en una ocasin cualquiera, puede imaginarseun concepto, compuesto de toda clase de predicados, y se preocu-

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    pa de que entre stos, llanamente o, por lo cual es ms honesto,envuelto en otro predicamento como perfecto, inmenso, etc., se en-cuentre tambin el predicado de realidad o existencia.

    Como ya se sabe, de un concepto dado pueden deducirse, pormedio de simples juicios analticos, todos sus predicados esencia-les imaginados en l, as como los predicados esenciales de estospredicados teniendo entonces verdad lgica; es decir, su razn deconocimiento en el concepto dado. Por consiguiente, si ese hom-bre saca tambin el predicado de realidad o de existencia del con-cepto imaginado a su gusto, y por eso debe existir en la realidad,independiente de l, entonces un objeto corresponde al concepto.Si el maldito pensamiento no fuera listo se hubiera intentado lla-marlo tonto.3

    Schopenhauer aclara que definir un concepto y probar queexiste algo a lo cual tiene aplicacin son asuntos distintos, sepa-rados eternamente, pues, por medio de uno conocemos lo que sequiere decir y por medio de la otra que tal cosa existe. Esto es algoque realmente se conoca desde los lejanos tiempos de Aristteles,cuando ste dijo que la existencia nunca puede pertenecer a la esencia deuna cosa. De este modo se anticip, por siglos, a la famosa refuta-cin kantiana del argumento ontolgico de la existencia de Dios,fundndose en que la existencia no es un autntico predicado oatributo de las cosas.

    La anticipacin aristotlica consiste en que formul el error dequien usa mal el pensamiento, pues se percat de un artificio dela prueba de la existencia de las cosas siguiendo un mal empleode los principios lgicos: el malabarismo, que dispusieron poste-riormente los escolsticos.

    Schopenhauer sostuvo que ni Aristteles ni Kant lograron im-pedir que Hegel emplease el mismo truco con el fin de engaar asus lectores, al seguir la secuencia de la argumentacin de la prue-ba ontolgica.

    3 SCHOPENHAUER, Arthur. Sobre la cudruple raz del Principio de RaznSuficiente. Buenos Aires, Edit. Aguilar, 1967, p. 49.

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    El aporte de Schopenhauer al estudio del Principio de RaznSuficiente

    El aporte de Schopenhauer consiste en establecer lmites al Princi-pio de Razn Suficiente, lo cual sirve para reconocerle la rigurosi-dad de sus reflexiones. Dicho filsofo se resiste a un empleo tras-cendente del principio porque no debe extenderse ms all de losconfines de la experiencia posible.

    El Principio de Razn Suficiente como fundamento de todo juiciohipottico

    Schopenhauer considera que el Principio de Razn Suficiente fun-da los juicios hipotticos, lo cual quiere decir que todo juicio hipo-ttico se basa en l. Asimismo, entiende las leyes de las conclusio-nes hipotticas de la siguiente manera: De la existencia de la ra-zn a la existencia de la consecuencia y de la no existencia de laconsecuencia a la no existencia de la razn la conclusin es acer-tada. Pero de la no existencia de la razn a la no existencia de laconsecuencia y de la existencia de la consecuencia a la existenciade la razn la conclusin es falsa. Es curioso que, sin embargo, enla geometra, de la existencia de la consecuencia se deduzca la exis-tencia de la razn y de la consecuencia.

    Las cuatro formas del Principio de Razn Suficiente

    De acuerdo con las cuatro formas del Principio de Razn, diceSchopenhauer que hay una necesidad cudruple que se expresade la siguiente manera:

    1. La lgica, segn el principio de razn cognoscente, cuandose han hecho valer las premisas tiene que darse inevitable-mente la conclusin;

    2. La fsica, segn la ley de la causalidad, en virtud de la cualtan pronto como ha entrado la causa no puede faltar el efecto;

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    3. La matemtica, segn el principio de razn de ser, en vir-tud del cual toda relacin enunciada por un axioma geom-trico verdadero es como lo dice y todo clculo correcto esirrefutable;

    4. La moral, en virtud de la cual toda persona, y tambin todoanimal, una vez entrado el motivo tiene que ejecutar la ac-cin que es adecuada nicamente a su carcter innato e in-variable y, por lo tanto, sucede ahora tan inevitablementecomo cualquier otro efecto a una causa; aunque no es tanfcil de predecir como las otras debido a la dificultad de lafundamentacin y conocimiento completo del carcter in-dividual y de la esfera de conocimientos que le es propia.Investigarla es algo distinto a conocer las propiedades deuna sal y predecir despus sus reacciones.4

    Las series de razones y sus consecuencias

    Schopenhauer seala que en la ley de causalidad la condicin estsiempre condicionada de la misma forma, de all que surge aparteuna serie in infinitum.5 As ocurre tambin con la razn de ser enel espacio, pues,

    todo espacio relativo es una figura, tiene lmites que lo relacio-nan con otro y condicionan de nuevo la figura de este otro espa-cio, y as en todas las dimensiones, in infinitum. Pero si se consi-dera una figura individual en s, la serie de razones de ser tieneun fin; porque se empez por una relacin dada. Lo mismo quela serie de las causas tiene tambin un fin cuando nos detenemosen una causa cualquiera. En el tiempo, la serie de las causas tienetambin un fin cuando nos detenemos en una causa cualquiera.En el tiempo, la serie de las razones de ser tiene una extensininfinita tanto a parte ante como a parte post; al estar condiciona-do todo instante por otro anterior y producir el siguiente nece-sariamente, es decir, el tiempo no puede tener ni principio ni fin.La Serie de conocer, en cambio, es decir, una serie de juicios cada

    4 SCHOPENHAUER. Op. cit., p. 235.5 Ibdem, p. 236.

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    uno de los cuales comunica verdad lgica al otro, termina siem-pre en algn sitio, a saber, o en una verdad emprica o en unatrascendental o en una meta lgica. Si es lo primero, esto es unaverdad emprica, la razn del principio supremo al que ha sidollevado, y se exige preguntando por qu, entonces lo que ahorase exige no es ya ninguna razn de conocimiento, sino una cau-sa. Es decir, la serie de razones del conocer pasa a la serie derazones del devenir. Pero si hacemos lo contrario, si se deja laserie de las razones del devenir, conocer, ello no ha ocurrido porla naturaleza de la cosa, sino mediante intencin especial, estoes, un ardid, y en verdad se trata de un sofisma conocido con elnombre de prueba ontolgica.6

    El Principio de Razn Suficiente como sustento de la ciencia,segn Schopenhauer

    Para Schopenhauer, el Principio de Razn Suficiente sustenta eltrabajo cientfico en la medida en que ha afirmado que la pregun-ta por qu exige siempre una razn suficiente y el nexo de losconocimientos; segn el Principio de Razn Suficiente diferenciaa la ciencia del mero agregado de conocimientos [...] El porques la madre de las ciencias.7 Tambin ha afirmado Schopenhauerque en cada una de ellas se encuentra

    el hilo conductor de las formaciones del principio de razn antelas dems, aunque en ella tengan aplicacin tambin las otras,pero subordinadas. As, en la matemtica pura el principal hiloconductor es la razn de ser (aunque en la representacin en laspruebas slo avanza a la razn del conocimiento); en las mate-mticas aplicadas aparece al mismo tiempo la ley de causalidad;sta adquiere el predominio completo en la fsica, qumica, geo-loga, etc. El principio de razn del conocer encuentra fuerte apli-cacin en todas las ciencias, puesto que en todas se conoce lo par-ticular a partir de lo general. Principal hilo conductor, y con pre-dominio casi exclusivo, es en la botnica, zoologa, mineraloga

    6 SCHOPENHAUER. Op. cit., pp. 236-237.7 Ibd., pp. 238-239.

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    y otras ciencias clasificadoras. La ley de la motivacin es el prin-cipal hilo conductor de la historia, poltica, psicologa pragmti-ca, etc., si consideramos todos los motivos y mximas, sean losque sean, como algo dado de lo que se explica la conducta. Perosi consideramos los motivos y mximas mismos, segn su valory origen, y los hacemos objeto de anlisis, la ley de la motiva-cin es entonces el hilo conductor de la tica.8

    El Principio de Razn Suficiente como principio de todaexplicacin

    El Principio de Razn Suficiente es, de acuerdo con lo establecidopor Schopenhauer, el principio de toda explicacin. En efecto, ex-plicar algo es reducir su existencia dada, o nexo, a una formacincualquiera del principio de razn, segn la cual tiene que ser comoes. De acuerdo con esto, el mismo principio de razn, es decir, elnexo que explica en una forma cualquiera no es explicable; por-que no hay ningn principio para aclarar el principio de toda acla-racin o como el ojo, que lo ve todo, menos a l mismo. De los mo-tivos hay en verdad series, al convertirse la decisin para el logrode un fin en motivo de la decisin para toda una serie de medios.Pero esta serie termina siempre a priori, donde radica el motivoque originariamente fue capaz de poner en movimiento esta vo-luntad individual.

    Schopenhauer seala que cuando se indaga acerca de por ques movido algo, el carcter inteligible, por lo cual se indaga, estfuera del tiempo y jams se hace sujeto. La serie de motivos tienesu fin en uno de esos motivos y, dependiendo de que el ltimomiembro sea un objeto real o un concepto, se pasa a la serie de cau-sas o a la serie de razones de conocimiento.

    8 SCHOPENHAUER. Op. cit., p. 239.

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    Concepcin del Principio de Razn Suficiente enMariano Iberico Rodrguez

    La concepcin del Derecho, de Mariano Iberico

    Mariano Iberico concibe el Derecho como un sistema de formas ode normas que pertenece al mundo espiritual y que en consecuen-cia implica un sistema de exigencias ideales, de direcciones hacialo que debe ser.9 l entiende por exigencias ideales a las exigen-cias implcitas en la forma jurdica; son exigencias que radican o sefundamentan en una idea. Cuando se prescribe que los actos jur-dicos deben realizarse dentro de determinadas condiciones se de-ducen las condiciones de la idea formada sobre la esencia del actojurdico. Para dicho filsofo, si el conjunto de normas jurdicas esun sistema de exigencias ideales, se infiere que el derecho es un pen-samiento y que por lo tanto existe un pensamiento jurdico.

    Iberico no tena la pretensin de formular una teora del pensa-miento jurdico, pero s deseaba que este curso sirviera de antece-dente a una futura formulacin de una teora del pensamiento ju-rdico de esa facultad, disciplina esencial, autnoma y que no debeser confundida con la filosofa del derecho. El objetivo de la teoradel pensamiento jurdico es establecer y definir las formas esen-ciales de este pensamiento, as como una teora del pensamientomatemtico define las formas esenciales del pensamiento matem-tico los axiomas, los postulados, las definiciones y muestralos marcos que a la vez condicionan y determinan las posibilida-des del pensamiento matemtico.

    La teora del pensamiento jurdico tiene por objetivo estable-cer las formas categoriales del derecho, los conceptos inherentes asu esencia y constitutivos de su estructura ntima. A diferencia dela teora del pensamiento jurdico, la filosofa del derecho es unaconcepcin integral del derecho; no toma al derecho nicamente

    9 IBERICO RODRGUEZ, Mariano. Principios de Lgica Jurdica. Lima, editadopor la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos,1946, p. 4.

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    como pensamiento, como estructura mental, lo toma como objeti-vacin social; estudia la gnesis del derecho y aborda algo msprofundo: su fundamento metafsico; problemas que Iberico pre-fiere no estudiar en ese momento. Segn l, en el pensamiento ju-rdico es indispensable hacer la siguiente distincin: la materia res-pecto de la forma. En todo pensamiento jurdico, en toda proposi-cin de derecho, afirma, existe una materia y existe una forma.

    El objeto del Pensamiento Jurdico, segn Mariano Iberico

    Iberico aborda la cuestin de la materia del pensamiento jurdico.Para l, la materia del pensamiento jurdico est constituida portodos los modos de la conducta social y de las relacionesintersubjetivas de los hombres a los cuales se refiere o se dirige lanorma jurdica. La materia, es decir, los modos de conducta posi-bles en la vida social pueden cambiar y efectivamente cambian yvaran con el curso del tiempo.

    La organizacin de la vida familiar cambia con el curso de la his-toria y no slo existen varios tipos de organizacin familiar a tra-vs de la historia sino que se dan esos varios tipos segn los pa-ses, las diversidades culturales, etc.10

    Dicho filsofo explica los diversos cambios: variar el rgimende organizacin de la propiedad: hay diferentes tipos de propie-dad y ocurre esta variacin no slo en el tiempo, sino en el espa-cio de un pas a otro. Pone de relieve que cambian las modalida-des de los contratos; algunas instituciones del Derecho Romanoson modificadas por las innovaciones que ocurren en la vida ci-vil, por ejemplo, el derecho comercial. Lo permanente es el carc-ter institucional de la norma jurdica. Lo que no cambia de la fa-milia es su esencia, es decir, su naturaleza institucional; puedecambiar el contenido de las normas, pero la ley como forma espi-ritual es lo que permanece. Si cambiara desaparecera el derecho.Otro ejemplo que pone Iberico es el concerniente a las personas:

    1 0 IBERICO RODRGUEZ. Principios de..., op. cit., p. 5.

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    Pueden cambiar las concepciones sobre la persona: personas fsi-cas, personas morales; pueden cambiar las disposiciones positi-vas del derecho, pero la persona como categora es invariable. Lamateria de los actos jurdicos est contenida dentro de una formay es esa forma lo que constituye la esencia del derecho.

    La esencia del derecho es la forma, la esencia no la da el con-tenido, la materia, sino la forma que la define. La teora del pensa-miento jurdico no se ocupa del contenido de las normas jurdi-cas; no se ocupa de la materia de la forma jurdica. Los conteni-dos del derecho se ofrecen en los cursos especiales de Derecho Ci-vil, de Derecho Penal, etc. El objeto de la teora del pensamientojurdico est dado por las formas del derecho, esto es, por las rela-ciones de esas formas jurdicas entre s, lo cual resulta un estudiode la sistemtica formal del derecho.

    El pensamiento jurdico como estructura mental

    El pensamiento jurdico es un pensamiento exacto, objetivo, comoel pensamiento matemtico. Para Iberico una de las aportacionesms importantes y decisivas en la historia del derecho consiste enhaber obtenido el pensamiento objetivo del derecho y haberlo dis-tinguido de la simple subjetividad; adems de considerar sus prin-cipios como una realidad que tiene sus leyes propias, superioresa la simple psicologa y que resultan tener una naturaleza comolas matemticas, una forma de la objetividad espiritual.

    El papel de la lgica en el pensamiento jurdico

    Iberico se pregunta: Qu tiene que hacer la lgica en el pensa-miento jurdico? Y responde: La lgica se define como la cienciadel pensamiento y del razonamiento segn sus leyes, segn laordenacin que le es inherente y establece sus normas generales.Para l, el derecho en cuanto estructura mental, es decir, en cuan-to conjunto de ideas y de exigencias es un pensamiento, raznpor la cual puede decirse, dice Iberico, que el derecho es ya una

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    lgica.11 Entre la lgica como ciencia del pensamiento y del razo-namiento y el derecho existe, pues, una esencial vinculacin.

    Mariano Iberico se preocupa de establecer una relacin entrela lgica y el derecho, analizando el sentido prctico de la prime-ra. Un aspecto o un tema de la lgica casi no discutido en el cam-po filosfico. Como un asunto preliminar admite que la lgicacomo arte, la lgica como tcnica, debe ser excluida del mbitoteortico de la lgica. Cierto es que la lgica es una ciencia tericao una ciencia teortica que establece formas, determina el enlaceentre tales formas, construyendo una nocin sobre la estructurasistemtica del pensamiento. Pero el hecho de que la lgica seauna ciencia teortica no excluye la posibilidad del aprovechamien-to de los principios y de las formas lgicas para el descubrimientoy la investigacin. De modo que la lgica como teora del mtodoes una derivacin legtima de la lgica como ciencia terica delpensamiento.12

    Hay dos puntos de vista que contemplan la relacin de la l-gica con el derecho, segn Iberico: desde el punto de vista de laordenacin del pensamiento jurdico y desde el punto de vistametodolgico. La lgica sirve para establecer el orden del pensa-miento jurdico, la relacin de sus diferentes formas entre s y conlas formas superiores que las comprenden. El pensamiento jurdi-co es concebido por l como una totalidad cuyas partes se entrela-zan, de manera tal que se distinguen jerarquas entre sus partes.Es una tarea de la lgica jurdica establecer el orden, distinguirlas jerarquas, definiendo sus categoras, perfectamente delimita-das, las cuales resultan ser los conceptos categoriales o conceptosfundamentales del derecho, distintos de los conceptos derivadoso subordinados. De esta manera Iberico ha hecho un intento deformular una concepcin estructural del derecho, con sentido l-gico, lo que le ha permitido construir un pensamiento jurdico or-denado y riguroso.

    1 1 IBERICO RODRGUEZ. Principios de..., op. cit., p. 7.1 2 Ibd.

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    La lgica resulta as un poderoso instrumento cuyas tareas te-ricas fundamentales son tres: La lgica jurdica resulta de estemodo tanto una teora de la definicin, como una teora de la cla-sificacin y una teora de la deduccin. La teora de la lgica jur-dica es tan importante que comprende una operacin que es fun-damental y decisiva en el estudio del derecho, as como en la obradel legislador, del abogado y del juez. Aunque la definicin noaparezca en los cdigos, ello no quiere decir que las definicionesestn ausentes del nimo del legislador, del abogado o del juez.Iberico se pregunta

    Cmo se sabra en qu se distingue una institucin de otra si nose establecieran caracteres de diferenciacin lgica entre esas dosinstituciones?13

    Asimismo, hace presente que la clasificacin se refiere a la ex-tensin y no al contenido. Los grupos que integran un conjuntoclasificado exigen el manejo de notas especficas que permiten rea-lizar la operacin de clasificacin. Para l,

    la clasificacin complementa la definicin y no puede haber unadiferenciacin clara si el legislador, el juez o el abogado no tie-nen una percepcin ntida y directa de los gneros o especies enque se diversifica la unidad de la institucin jurdica El ejerciciode la funcin del juez es principalmente un ejercicio de la activi-dad deductiva de la mente. La deduccin consiste en descenderde la generalidad de los principios, de las normas, a la particula-ridad y a la singularidad de las cosas concretas que solicitan laatencin o la actividad del juez. Este movimiento que va de launiversalidad de las normas al caso concreto es un movimientodeductivo, en el cual la premisa mayor es la ley. En consecuen-cia, si toda deduccin parte de un juicio general o de un juiciouniversal, uno de cuyos casos es el que se juzga, no podr haberactividad fecunda y eficaz si no posee el juez el mecanismo lgi-co de esta operacin.14

    1 3 IBERICO RODRGUEZ. Principios de..., op. cit., p. 8.1 4 Ibd.

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    Concebida la lgica como un ordenamiento del pensamientojurdico, es decir, como ciencia del pensamiento jurdico, tiene im-portancia y eficacia decisivas como teora de la definicin, comoteora de la clasificacin y como teora de la deduccin. Ademsafirma que la lgica, en tanto mtodo, tiene principalmente dos for-mas de aplicacin en el ejercicio de la actividad jurdica que son:La teora de la interpretacin jurdica y la teora de la prueba.

    Los principios lgicos y el Principio de Razn Suficiente segnMariano Iberico Rodrguez

    Iberico acert cuando dijo: No pretendo desarrollar una discu-sin terica sobre el fundamento metafsico y lgico de estos prin-cipios porque esta discusin me parece que saldra del marco denuestras enseanzas.15 Indic que se limitaba a sealar la fun-cin de los principios lgicos como normas directivas de todo pen-samiento y, principalmente, del trabajo mental dirigido a la com-prensin y aplicacin del derecho. Adems concibi los principioslgicos tal como se les admiti siempre, es decir, como ciertas le-yes supremas que rigen la marcha del pensamiento y determinansu estructura y garantizan su verdad formal. Estos principios, quese conocen tambin como leyes del pensamiento, actan comoguas que debe seguir el trabajo de la mente para alcanzar la cer-teza, la seguridad de conseguir el objeto final de su esfuerzo inte-lectual para alcanzar la verdad. Para l, los principios lgicos son,primero, leyes que rigen la estructura de todo pensamiento verda-dero; segundo, son normas directivas que se deben seguir para al-canzar la certeza que es la meta del trabajo intelectual. Ademsagreg que los principios lgicos son los siguientes:

    - El Principio de Identidad A A- El Principio de No Contradiccin ~ (A ~ A)- El Principio del Tercero Excluido A v ~ A- El Principio de Razn Suficiente A A

    1 5 IBERICO RODRGUEZ. Principios de..., op. cit., p. 99.

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    El Principio de Identidad se formula cuando se afirma que unacosa es lo que es, es decir, que una cosa es idntica a s misma.Este principio tiene una absoluta universalidad porque significano slo la identidad de los objetos en s mismos, sino la identidadde los conceptos consigo mismo. Su expresin lgica es: A es A oA A pero tambin A A. Iberico afirma: Cuando yo digo: elhombre es mortal, estoy afirmando una identidad entre el hom-bre y la mortalidad; esto es, identidad parcial pero identidad evi-dente. Al decir: el oro es metal, estoy afirmando tambin una iden-tidad entre el oro y la cualidad de metal. Identidad que no es total,que es parcial; pero que es, sin duda posible, una identidad.16

    Mariano Iberico destaca que en el mbito de su aplicacin l-gica el Principio de Identidad significa algo ms que la ideatautolgica, pues, si una cosa es lo que es, o que en su concepto es lo quees, podra inducirnos a una concepcin tautolgica de la identidad y eneste caso este principio no tendra ninguna utilidad. En cambio, si con-cebimos que una cosa es lo que es, o que un concepto es lo que es,en realidad lo que se sostiene es que no se puede afirmar nada de unconcepto que no pertenezca a ese objeto o a ese concepto. Tambin sub-raya que el Principio de Identidad tiene eficacia siempre en el m-bito de la lgica y, principalmente, en el mbito de la deduccin.Aclarando el asunto seala:

    si yo afirmo que el oro es metal, estoy identificando al oro con lacualidad de ser metal, de suerte que si se encuentra oro, ya seaen un objeto, ya sea en un concepto, tendr que atribuirle siem-pre al oro la cualidad de ser metal, porque existe una identidadparcial entre el sujeto oro y el predicado metal.17

    Explicando ms an dice: una de las reglas ms importantesde la deduccin lgica inferida o basada en el Principio de Identi-dad consiste en el trabajo de la deduccin y, tomar los conceptoscon un contenido invariable.18 De manera que si se atribuye a unconcepto un cierto contenido debe mantenerse ese concepto siem-

    1 6 IBERICO RODRGUEZ. Principios de..., op. cit., p. 100.1 7 Ibd.1 8 Ibd.

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    pre, porque en caso contrario se estara manejando en realidad otroconcepto, de manera que al fin de mi trabajo me encontrara nocon el concepto primitivo, sino con un concepto distinto. De estamanera, toda demostracin sera falsa. As, por ejemplo, si alguiendemanda un divorcio utilizando el trmino esposo o esposay al final solicita el divorcio ulterior con el trmino cnyuge, am-bos trminos no son los mismos, es decir, no son idnticos. Expli-cando proporcionalmente sera:

    a) Demando a mi esposo.b) Demando a mi cnyuge.

    Ocurre que en nuestro ordenamiento jurdico no existe el tr-mino de esposo ni esposa, pero s est definido jurdicamente eltrmino cnyuge, por lo tanto al utilizar trminos con diferen-tes significados o que no estn determinados ni definidos expre-samente dentro de nuestro ordenamiento jurdico se estara vio-lando el Principio de Identidad de la lgica jurdica. As, pode-mos continuar poniendo ejemplos en derecho civil, con el trminode inmueble, casa (casa habitacin, casa comercial, casa de cam-po, casa hacienda, casa huerto, etc.), propiedad, patrimonio, edifi-cio, finca, fundo, predio, etc., que no son sinnimos identificndo-los jurdicamente; por ello en conformidad con el Principio de Iden-tidad de la lgica jurdica debemos saber usarlo y aplicarlo en elderecho procesal puesto que su mal uso acarrea una deduccinjurdica incorrecta, lo que se denomina falacia jurdica. Por eso sien una discusin procesal o una audiencia pblica un abogadoadversario cambia un concepto por otro estara infringiendo el Prin-cipio de Identidad de la lgica jurdica, por lo que su argumentosera invlido.

    El Principio de No Contradiccin se refiere a que una cosa nopuede ser y no-ser al mismo tiempo y bajo la misma relacin. Deesto se deduce que de dos juicios contrarios, o contradictorios, unotiene que ser seguramente falso porque la cosa no puede ser y no-ser al mismo tiempo. La expresin simblica del principio es:

    ~ (A ~ A).

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    Si se afirma: el hombre es mortal y enseguida se dice: el hom-bre no es mortal se est enunciando dos juicios contrarios que seexcluyen el uno al otro. Este principio se conoce tambin como Prin-cipio de No Contradiccin. Una fuente de discusin consiste en en-contrar las contraindicaciones que existen en los conceptos o en losjuicios. El intelecto es coherente cuando discrimina conceptos, eli-minando todo elemento contradictorio, suprimiendo rigurosamenteesta fuente de discusin. Por ello Iberico recuerda que una regla re-lativa a todos los juicios consiste en que no podemos formular delmismo objeto o del mismo sujeto al mismo tiempo una afirmacin yuna negacin. Tal asunto ya fue planteado por Aristteles y des-pus por Inmanuel Kant cuando trat de las antinomias, cuya na-turaleza desborda el mbito puro de la lgica.

    El Principio del Tercero Excluido es distinto del Principio deNo Contradiccin. Mientras que en el Principio de No Contradic-cin, entre dos proposiciones de las cuales una afirma y la otraniega, una de ellas tiene que ser necesariamente falsa, de acuerdocon el Principio del Tercero Excluido entre la afirmacin y la ne-gacin, no hay una tercera posibilidad; la verdad tiene que estarentre uno de esos dos extremos: o en la afirmacin o en la nega-cin: entre esos dos polos absolutos del ser o del no-ser, no se puedeencontrar una tercera posibilidad de verdad o falsedad. As, elhombre es mortal o no es mortal, no hay una tercera posibilidad.

    Anlisis de la formulacin del Principio de Razn Suficiente deMariano Iberico Rodrguez

    El Principio de Razn Suficiente, segn Mariano Iberico

    Iberico destaca que el Principio de Razn Suficiente es uno de losprincipios que ha dado lugar a mayor nmero de discusiones; seha discutido sobre su fundamento lgico as como de su funda-mento ontolgico. Tambin nos recuerda que el Principio de Ra-zn Suficiente fue introducido entre los principios llamados lgi-cos por Leibniz y que despus ha sido estudiado profundamente

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    y discutido por todos los lgicos posteriores. Asimismo resalta queuno de los filsofos que con mayor detenimiento se ha ocupadodel Principio de Razn Suficiente ha sido Schopenhauer en su en-sayo De las cuatro races, o de la cudruple raz del Principio deRazn Suficiente. Dicho filsofo distingui cuatro posibles for-mas de aplicacin de este principio:

    a. Se aplica al ser y, entonces, es el principio por el cual sebusca la razn de ser una cosa, que para Iberico es la raznde existir de una cosa.

    b. El Principio de Razn Suficiente se aplica al devenir, es de-cir, a la sucesin de hechos en el tiempo y, entonces, se lellama Principio de Causalidad.

    c. El Principio de Razn Suficiente se aplica al conocer, encuanto se busca el fundamento del conocer, o el Principiode Razn Suficiente.

    d. Se aplica a la relacin entre la voluntad y el acto, en cuyocaso se le llama Principio de Motivacin o Principio delMotivo.

    Los lgicos han discutido sobre cul de estas ideas del Princi-pio de Razn Suficiente o cul de estas aplicaciones es aquella quecorrespondera al mbito estricto de la lgica. Tiene mayor acep-tacin la tercera acepcin, o sea, el principio del conocer parececorresponder al mbito estricto de la lgica y la gnoseologa. ParaMariano Iberico, el Principio de Razn Suficiente es aquel prin-cipio que explica la exigencia de la mente para buscar el funda-mento de todo existir o de todo ser, o de todo modo de ser.19 Ade-ms, subraya que Leibniz al expresar el significado del Principiode Razn seal de l que nada hay que no tenga una razn quebaste para explicarlo: Frente a cualquier modo de la realidad o dela vida se busca una razn, la cual explica ese modo de la reali-dad que suscita nuestra atencin. Si el modo de la realidad queindagamos es el conocimiento entonces buscamos el fundamento

    1 9 IBERICO RODRGUEZ. Principios de..., op. cit., p. 103.

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    de nuestro conocer. Si se investiga ms en el Principio de RaznSuficiente inmediatamente nos percatamos que ello implica unacierta gradacin de la realidad y del conocer. Se busca siempre esefundamento, el cual consiste en procurar hacer visible en el juicioque contiene.

    Papel del Principio de Razn Suficiente en el pensamientojurdico y en la prctica del derecho

    En el pensamiento jurdico y en la prctica del derecho se dis-pone del Principio de Razn Suficiente, el cual funciona principal-mente como una exigencia de fundamentacin conceptual, lgica. Si sedirige la atencin a lo que hace un juez cuando declara fundadauna demanda, todos pueden percatarse que ello ocurre porqueconsidera que la pretensin del actor se funda en la ley o en losprincipios generales del derecho; ms exactamente, que en lapretensin del actor se cumplen las condiciones para que se reali-cen determinadas consecuencias que constituyen el objeto de lapretensin. Podemos ilustrar mejor esta argumentacin terica ha-ciendo la siguiente referencia: En derecho civil el actor es el de-mandante y como tal debe cumplir taxativamente con los requisi-tos establecidos en el artculo 424 y 425 del Cdigo Procesal Civilque establece:

    Artculo 424.- Requisitos de la demanda.- La demanda sepresenta por escrito y contendr:

    1. La designacin del Juez ante quien se interpone;2. El nombre, datos de identidad, direccin domiciliaria y domi-

    cilio procesal del demandante;3. El nombre y direccin domiciliaria del representante o

    apoderado del demandante, si no puede comparecer o nocomparece por s mismo;

    4. El nombre y direccin domiciliaria del demandado. Si seignora esta ltima se expresar esta circunstancia bajo ju-ramento que se entender prestado con la presentacin dela demanda;

  • 50

    5. El petitorio, que comprende la determinacin clara y con-creta de lo que se pide;

    6. Los hechos en los cuales se funde el petitorio y que son ex-puestos enumeradamente en forma precisa, con orden y cla-ridad;

    7. La fundamentacin jurdica del petitorio;8. El monto del petitorio, salvo que no pudiera establecerse;9. La indicacin de la va procedimental que corresponde a la

    demanda;10. Los medios probatorios; y11. La firma del demandante o de su representante o de su apo-

    derado y la del abogado. El secretario respectivo certifica-r la huella digital del demandante analfabeto.

    Artculo 425.- Anexos de la demanda.- A la demanda debeacompaarse:

    1. Copia legible del documento de identidad del demandantey, en su caso, del representante;

    2. El documento que contiene el poder para iniciar el proceso,cuando se acte por apoderado;

    3. La prueba que acredite la representacin legal del deman-dante, si se trata de personas jurdicas o naturales que nopueden comparecer por s mismas;

    4. La prueba de la calidad de heredero, cnyuge, curador debienes, administrador de bienes comunes, albacea o del t-tulo con que acte el demandante, salvo que tal calidad seamateria del conflicto de intereses y en el caso del procura-dor oficioso;

    5. Todos los medios probatorios destinados a sustentar supetitorio, indicando con precisin los datos y lo dems quesea necesario para su actuacin. A este efecto acompaarpor separado pliego cerrado de posiciones, de interro-gatorios para cada uno de los testigos y pliego abierto espe-cificando los puntos sobre los que versar el dictamenpericial, de ser el caso; y los documentos probatorios quetuviese en su poder el demandante.

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    Si no se dispusiera de alguno de estos requisitos se describirsu contenido, indicndose con precisin el lugar en que se encuen-tran y solicitndose las medidas pertinentes para su incorpora-cin al proceso.

    Al respecto, Iberico reconoce que los principios lgicos consti-tuyen uno de los ms discutidos de la lgica y de la metafsica. Leda una importancia especial a la parte problemtica en el estudiode los principios, al mismo tiempo estructurales y normativos delpensamiento, porque estn relacionados con la certeza y garanti-zan la legitimidad formal de su ejercicio. Para l hay juicios quetienen una evidencia inmediata y otros no; as, por ejemplo, el jui-cio cartesiano: pienso, luego soy tiene una evidencia inmediatapuesto que tiene en s su razn suficiente. Pero no todos los jui-cios tienen una evidencia inmediata, para hacerlos evidentes sebusca la razn en los juicios en los cuales se fundan. Cuando seencuentra la razn suficiente que explica la relacin predicativadel juicio se afirma que se ha encontrado el fundamento o la ver-dad del juicio, entonces se encuentra en una situacin de conven-cimiento; la comprobacin en gran parte consiste en encontrar larazn suficiente de las tesis o juicios que se afirman o niegan. Larazn suficiente posee una evidencia absoluta, plena, cuya eviden-cia es mayor que el juicio y la mera afirmacin que se utiliza fre-cuentemente en la vida diaria, la ciencia y la filosofa.

    Esencia de la interpretacin jurdica

    En qu debe consistir la interpretacin jurdica o la interpreta-cin del pensamiento jurdico?

    Para Iberico, la interpretacin jurdica es la operacin lgicaque trata de encontrar el sentido esencial de la norma, que no vahacia la intencin subjetiva del legislador sino a encontrar el sen-tido objetivo, esencial de la ley. La interpretacin si quiere encon-trar la esencia de la norma no puede limitarse a saber qu quisodecir el legislador porque por encima de ste existen el sentido in-manente y la realidad objetiva, esencia de la norma.