terminos invitación privada varias ofertas limpieza vial 2013

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Página 1 INVITACIÓN PRIVADA DE VARIAS OFERTAS CAPITULO PRIMERO GENERALIDADES DE LA INVITACIÓN PRIVADA 1.1. INTRODUCCIÓN: Con fundamento en lo dispuesto en la Resolución de la H. Junta Directiva No. 01 de 2010 y en la Resolución de Gerencia 036 de 2011, EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. – EMVARIAS - ha dado inicio al presente proceso de contratación, bajo la modalidad de Invitación Privada de Varias Ofertas, para el proceso de contratación que se detalla en los presentes términos. 1.2. NORMATIVIDAD APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 3° de la Ley 689 de 2001, los contratos que celebren las entidades estatales que prestan los servicios públicos domiciliarios a los que refiere esa Ley, no estarán sujetos a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, de manera que el régimen aplicable es el del derecho privado. Con base en dichas disposiciones, la H. Junta Directiva de Empresas Varias de Medellín E.S.P., mediante la Resolución No. 01 de 2010, modificó el Estatuto Interno de Contratación de la Entidad, el cual define las modalidades de los procesos de contratación, así como las reglas y principios que deben regir durante su desarrollo; y la Gerencia General expidió la Resolución No. 036 de 2011, por medio de la cual se reglamenta el procedimiento general de contratación de Empresas Varias de Medellín E.S.P. Con fundamento en lo establecido en el Artículo 14 de la Resolución 01 de 2010, y en consideración a la cuantía del contrato a celebrar, la modalidad del proceso de contratación es Invitación Privada de Varias Ofertas, cuyo procedimiento se detalla en los presentes términos. Es de anotar que con el fin de garantizar participación en el proceso de contratación que nos ocupa, está invitación se ha extendido a los proveedores que se auto clasificaron para prestar las actividades propias del objeto contractual y que tienen vigente su inscripción en el registro de proponentes de EMVARIAS, salvo los que por su naturaleza jurídica tienen restricciones legales; así las cosas los únicos criterios de selección se encuentran contenidos en los presentes términos de invitación. 1.3 PACTO DE TRANSPARENCIA: En todas las actuaciones derivadas del presente proceso de contratación, los proponentes y funcionarios de la EMPRESA, honrarán los principios de transparencia y moralidad. En razón a lo anterior, asumen los compromisos descritos en el Anexo No.3 “Pacto de Transparencia”.

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INVITACIÓN PRIVADA DE VARIAS OFERTAS

CAPITULO PRIMERO GENERALIDADES DE LA INVITACIÓN PRIVADA

1.1. INTRODUCCIÓN: Con fundamento en lo dispuesto en la Resolución de la H. Junta Directiva No. 01 de 2010 y en la Resolución de Gerencia 036 de 2011, EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. – EMVARIAS - ha dado inicio al presente proceso de contratación, bajo la modalidad de Invitación Privada de Varias Ofertas, para el proceso de contratación que se detalla en los presentes términos. 1.2. NORMATIVIDAD APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 3° de la Ley 689 de 2001, los contratos que celebren las entidades estatales que prestan los servicios públicos domiciliarios a los que refiere esa Ley, no estarán sujetos a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, de manera que el régimen aplicable es el del derecho privado. Con base en dichas disposiciones, la H. Junta Directiva de Empresas Varias de Medellín E.S.P., mediante la Resolución No. 01 de 2010, modificó el Estatuto Interno de Contratación de la Entidad, el cual define las modalidades de los procesos de contratación, así como las reglas y principios que deben regir durante su desarrollo; y la Gerencia General expidió la Resolución No. 036 de 2011, por medio de la cual se reglamenta el procedimiento general de contratación de Empresas Varias de Medellín E.S.P. Con fundamento en lo establecido en el Artículo 14 de la Resolución 01 de 2010, y en consideración a la cuantía del contrato a celebrar, la modalidad del proceso de contratación es Invitación Privada de Varias Ofertas, cuyo procedimiento se detalla en los presentes términos. Es de anotar que con el fin de garantizar participación en el proceso de contratación que nos ocupa, está invitación se ha extendido a los proveedores que se auto clasificaron para prestar las actividades propias del objeto contractual y que tienen vigente su inscripción en el registro de proponentes de EMVARIAS, salvo los que por su naturaleza jurídica tienen restricciones legales; así las cosas los únicos criterios de selección se encuentran contenidos en los presentes términos de invitación. 1.3 PACTO DE TRANSPARENCIA:

En todas las actuaciones derivadas del presente proceso de contratación, los proponentes y funcionarios de la EMPRESA, honrarán los principios de transparencia y moralidad. En razón a lo anterior, asumen los compromisos descritos en el Anexo No.3 “Pacto de Transparencia”.

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CAPITULO SEGUNDO DEL CONTRATO A CELEBRAR

2.1 OBJETO DEL CONTRATO: PARA LOS GRUPOS 1 AL 6: PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE ASEO, EN LAS ACTIVIDADES DE LIMPIEZA DE VÍAS Y ÁREAS PÚBLICAS: BARRIDO, CORDONEO Y PAPELEO, RECOLECCION Y TRANSPORTE DEL PRODUCTO GENERADO POR EL BARRIDO HASTA EL SITIO DE DISPOSICION FINAL QUE LA EMPRESA DETERMINE, EN LA ZONA DE OPERACIÓN ASIGNADA EN LA CIUDAD DE MEDELLÍN Y SUS CINCO CORREGIMIENTOS. Y PARA LOS GRUPOS 7 AL 9: PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE ASEO, EN LAS ACTIVIDADES DE LIMPIEZA DE VÍAS Y ÁREAS PÚBLICAS: BARRIDO, CORDONEO Y PAPELEO, EN LA ZONA DE OPERACIÓN ASIGNADA EN LA CIUDAD DE MEDELLÍN Y SUS CINCO CORREGIMIENTOS. 2.2 ALCANCE DEL OBJETO CONTRACTUAL:

• Cumplir con el objeto contractual manteniendo el área limpia en las zonas de operación asignadas en la ciudad de Medellín, sus cinco corregimientos y en general donde la empresa preste el servicio, para lo cual deberá realizar el barrido a razón de 4.16 Km/hombre/día por ruta de barrido de: GRUPO 1: 403.52 kilómetros diarios de lunes a sábado GRUPO 2: 253.76 kilómetros diarios de lunes a sábado GRUPO 3: 374.4 kilómetros diarios de lunes a sábado GRUPO 5: 341.12 kilómetros diarios de lunes a sábado GRUPO 6: 416.0 kilómetros diarios de lunes a sábado GRUPO 7: 386.88 kilómetros diarios de lunes a sábado GRUPO 8: 436.80 kilómetros diarios de lunes a sábado GRUPO 9: 166.40 kilómetros diarios de lunes a sábado El horario de servicio es de 6:00 a.m. a 2:00 p.m. para todos los grupos, excepto para el grupo 8 que será de de 1:00 p.m., a 9:00 p.m., y grupo 9 que será de de 9:00 p.m., a 5:00 a.m. Los domingos se programaran según la necesidad del servicio, a razón de 4.16 Km /hombre/día por ruta de barrido. Los domingos se programaran según la necesidad del servicio, a razón de 4.16 Km por ruta de barrido.

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Dado que el mayor componente del valor kilometro barrido ordinario diurno es la mano de obra, a este valor se le aplicara cuando a ello haya lugar el recargo nocturno que por Ley rige después de las 10:00 pm, el recargo dominical de sábado a domingo y los recargos festivos. Sin embargo, en caso de que Empresas Varias de Medellín E.S.P., por razón del servicio, requiera un número diferente a éste kilometraje, la variación se hará previo acuerdo entre las partes y de lo cual se levantará un acta. Cuando el kilometro barrido se ejecuta en horarios nocturnos, dominicales o festivos, se reconocerá al CONTRATISTA los recargos a que haya lugar de acuerdo con la ley laboral vigente sobre el componente mano de obra del APU presentado por este.

• Las rutas de barrido serán asignadas por el Área de Operaciones según los diseños realizados en la Unidad de Gestión SIAM5. En consecuencia, cada ruta de barrido tiene su propia caracterización, que incluye, entre otros aspectos, la longitud a barrer (4.16 km), nomenclatura, frecuencia, horario. Es responsabilidad del Contratista hacer cumplir la ruta diseñada de acuerdo con la Zona asignada. Este cumplimento será verificado por el interventor/supervisor que la Empresa determine.

• Área limpia en barrido: Es la inexistencia de partículas o residuos sólidos y arenilla en las vías públicas, vías peatonales, vías vehiculares, en general en todas las áreas.

• Barrido y limpieza manual. Es la labor realizada mediante el uso de fuerza humana y elementos manuales, la cual comprende el barrido para que las áreas públicas queden libres de papeles, hojas, arenilla acumulada en los bordes del andén y de cualquier otro objeto o material susceptible de ser removido manualmente.

• Limpieza de áreas públicas. Es la remoción y recolección de residuos sólidos presentes en las áreas públicas mediante proceso manual.

• Micro ruta. Es la descripción detallada a nivel de las calles y manzanas del trayecto a cumplir por parte del personal asignado, para la prestación del servicio de barrido manual, dentro del ámbito de la frecuencia predeterminada.

• PARA LOS GRUPOS DEL 1 AL 6: El contratista deberá recolectar y transportar con oportunidad y calidad, el producto generado por el barrido, hasta el sitio de disposición final que determine la Empresa.

2.3. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: El CONTRATISTA será responsable de la ejecución completa y oportuna de todas las actividades que componen el objeto de la presente invitación, de conformidad con lo previsto en estos términos y sus anexos. Para tales efectos el contratista deberá realizar todas las acciones por su

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cuenta y riesgo tendientes al cabal cumplimiento del contrato y en particular tendrá a su cargo, las obligaciones contenidas en las normas legales y/o reglamentarias aplicables al desarrollo del objeto del mismo y a las que se desprendan de su propia naturaleza, las cuales se describen a continuación: 1. El contratista deberá prestar en forma permanente y durante el tiempo de duración del

contrato, las actividades de barrido y limpieza de vías y áreas públicas, recolección y transporte del producto generado hasta el sitio de disposición final en las zonas de operación de la ciudad de Medellín.

2. Ejecutar el contrato en ejercicio de la autonomía administrativa que le asiste y asumiendo la totalidad de riesgos que por la naturaleza del contrato le competen.

3. El Contratista entregará a la EMPRESA, en cualquier tiempo, la información que tenga relación directa con el desarrollo del contrato.

4. Antes de iniciar la prestación del servicio el contratista verificará las rutas de limpieza vial a atender en cada frecuencia con el fin de garantizar una cobertura total. En caso de presentarse alguna vacante en la ruta de limpieza vial, el contratista contara con un máximo de 4 días hábiles para suplirla. Durante el tiempo de prestación del servicio se realizará seguimiento a las rutas para determinar acciones correctivas en caso de que se presenten no conformidades.

5. Presentar oportunamente al supervisor los informes que corresponda de acuerdo con el contrato y los demás que se soliciten en el desarrollo del mismo.

6. Poseer la infraestructura administrativa adecuada que garantice el normal desarrollo operativo y administrativo del contrato.

7. Para la Recolección y Transporte del producto generado por las actividades de barrido, se requiere de vehículos tipo volqueta necesarios para esta actividad, modelo 1980 en adelante con un volcó de capacidad mínima de 8 metros cúbicos, los cuales deben cumplir con la revisión técnico mecánica exigida por el Ministerio de Transporte, con su respectiva tripulación debidamente uniformada; se debe adjuntar fotocopia de la revisión técnico mecánica y de la matricula al presentar la propuesta. El Supervisor podrá exigir los documentos del vehículo en cualquier momento de la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán conservar todo el tiempo de duración del mismo un aviso con la razón social del contratista y el número del contrato. Este vehículo no se podrá compartir con otros contratistas y deberá disponer diariamente el producto del barrido en el lugar que EEVVM ESP determine y como constancia de esta disposición se deberá entregar a la interventoria los tiquetes emitidos en el sitio de disposición final, además este vehículo deberá contar con una cobertura de volcó que impida la caída de bolsas a la vía durante el transporte a disposición final.

8. Los tripulantes encargados de la recolección de las bolsas de barrido deberán tener certificado de trabajo en alturas por lo riesgoso de esta actividad y el contratista se obliga a entregar los implementos de seguridad industrial para esta actividad y asegurarse de que sus tripulantes cumplan en todo momento con las normas de trabajo en alturas. Además estas personas no podrán ser operarios barrido. Nota: Se aclara que los contratistas que tengan a su cargo la zona del Centro (Zona 7) no requieren volqueta para recolección del producto del barrido, pues la Empresa realizará la

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recolección de estas con vehículos de su propiedad. 9. Las bolsas con el producto generado por las actividades de barrido no podrán permanecer en

las calles por más de cuatro (4) horas una vez atendidos los kilómetros asignados. 10. El transporte de los residuos generados en la actividad hasta el sitio de disposición final que

Empresas Varias de Medellín E.S.P. determine, corre por cuenta del Contratista, quien se obliga a recolectar y transportar oportuna y adecuadamente todos los residuos generados por las actividades objeto de esta invitación. Es de anotar que según el Capítulo III, Artículo 31, numeral 2 del Decreto 1713 de 2002: “La persona prestadora del servicio deberá tener equipos de reserva, para garantizar la normal prestación del servicio de aseo en caso de averías. El servicio de recolección de residuos no podrá ser interrumpido por fallas mecánicas de los vehículos” las cuales no le serán oponibles a Empresas Varias de Medellín E.S.P. para excusar su incumplimiento.

11. El Contratista está en la obligación de mantener permanentemente y en buen estado la dotación completa de todas y cada una de las personas utilizadas para el desarrollo del objeto contractual, en cuanto a uniformes ver Anexo No. 9 Manual para uniformes del personal contratado, así: Pantalón y camisa de color CAQUI con letras de color NARANJA, - los cuales tienen que marcarse con el número del contrato, el año y el nombre del Contratista y tienen que llevar a su vez un indicativo reflectivo de seguridad en los tobillos y en la espalda -, zapatos, guantes de carnaza, cachucha, tapabocas, entre otros, así mismo los elementos que garanticen la labor, tales como: cono reflectivo de seguridad de mínimo 45 cms. de alto, zorra, escoba, cepillo, rastrillo, palas y bolsas.

12. Suministrar al personal que contrate para prestar el servicio, el Vestido y Calzado de labor como mínimo en las cantidades y plazos señaladas por la Ley.

13. El contratista deberá responder en forma permanente y durante el tiempo de duración del contrato, por la prestación del servicio.

14. El Contratista para efectos de consumo de elementos fungibles, debe considerar los eventos que se presentan durante la ejecución del contrato, tales como Feria de flores, feria Taurina y Navidad, etc.

15. El Contratista debe disponer de los sitios de acopio necesarios para las herramientas e insumos.

16. La prestación del servicio se hará con base en los diseños, horarios y frecuencias especificadas para cada zona de operación de la ciudad. Para este efecto el contratista asignará el personal necesario.

17. Acatar los requerimientos del Supervisor del contrato que conlleven al mejoramiento continuo de la calidad del servicio.

18. Contratar directamente sus propios trabajadores, para lo cual podrá valerse de firmas especializadas en selección de personal. El contratista es el único responsable de la selección y vinculación del personal a su cargo. Estas vinculaciones se llevarán a cabo en su nombre y por su cuenta y riesgo, sin que la EMPRESA adquiera responsabilidad alguna por la vinculación y el manejo del personal del contratista

19. Entre el personal del contratista y la Empresa no existirá relación laboral ni administrativa, por lo tanto, los salarios, prestaciones sociales, seguridad social integral, aportes parafiscales, permisos, indemnizaciones, entre otras obligaciones a que hubiere lugar y que se causen en favor de dicho personal, serán de cuenta exclusiva del contratista, quien se obliga a cubrir

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oportunamente tales conceptos y a cumplir las demás obligaciones laborales o contractuales a su cargo.

20. El contratista deberá acreditar mensualmente el pago de la totalidad de aportes parafiscales y seguridad social integral del personal a su cargo durante la ejecución del contrato.

21. El contratista deberá velará porque cada uno de sus trabajadores tenga una cuenta bancaria en la que éste girará el pago de sus acreencias laborales.

22. El contratista deberá velar porque cada uno de sus trabajadores tenga una cuenta bancaria en la que éste girará el pago de sus acreencias laborales. El contratista deberá presentar a la interventoria/ supervisor los certificados de apertura de las cuentas bancarias de sus empleados, copia detallada de las colillas de liquidaciones mensuales de nómina y el soporte de consignación de la liquidación a cada cuenta del trabajador. Los certificados de las colillas de pago debe contener claramente la identificación del trabajador, los conceptos de valores devengados, los conceptos de deducción y la cuenta a la cual se realizó la consignación.

23. Es obligación del Contratista evitar la imposición de multas o sanciones a la EMPRESA, por su incumplimiento a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias en materia laboral aplicables con respecto al personal a su cargo. Y en caso de que se imponga a LA EMPRESA alguna sanción, multa o indemnización como consecuencia del mencionado incumplimiento, mantenerla indemne por cualquiera de estos conceptos, para lo cual LA EMPRESA podrá llamarlo a responder, o repetir contra él por cualquier suma a la que se viera avocada a pagar como consecuencia de su incumplimiento.

24. Adoptar todas las medidas legales y reglamentarias con el fin de prevenir incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales.

25. Cumplir con lo establecido en la Resolución 1016 de 1989, expedida por los Ministerios del Trabajo y de la Seguridad Social “Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país”.

26. De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la resolución 1016 de 1989 expedida por los Ministerios del Trabajo y de la Seguridad Social, el contratista estará en la obligación de Realizar exámenes médicos, clínicos y paraclínicos para admisión, ubicación según aptitudes, periódicos ocupacionales, cambios de ocupación, reingreso al trabajo, retiro y otras situaciones que alteren o puedan traducirse en riesgos para la salud de los trabajadores.

27. El contratista deberá suministrar al personal a su cargo para el desarrollo del objeto contractual, todos los implementos de seguridad y protección personal requeridos y adecuados para el tipo de actividades a desarrollar, dando cumplimiento con la normatividad vigente. Es importante tener en cuenta que el personal debe permanecer en los frentes de trabajo uniformado e identificado, para lo cual cada uno deberá portar el respectivo carnet. Por ninguna razón se permitirá el ingreso del personal sin la dotación específica y la identificación al sitio de trabajo. El contratista deberá ajustarse al cronograma de entrega de dotación dispuesto por la empresa, el cual deberá ser entregado en presencia del interventor.

28. El contratista deberá garantizar que en la ejecución del contrato, se cumpla con todas las normas de seguridad aplicables al desarrollo de estas actividades, tanto frente al personal designado para ejecutar el objeto contractual, como respecto de terceros que puedan resultar afectados.

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29. Realizar la adecuada capacitación y entrenamiento del personal respecto a la actividad a desarrollar, de tal manera que no se afecte negativamente la prestación del servicio, la calidad y los tiempos de prestación del mismo.

30. El Contratista deberá nombrar el número de coordinadores para el contrato de conformidad con la siguiente tabla; el cual será la persona encargada de tener contacto directo con la Empresa para las labores administrativas y operativas, durante el tiempo de ejecución de las actividades relacionadas con el objeto de la presente invitación. Para esta labor, cada coordinador deberá poseer una motocicleta. El coordinador deberá acreditar 2 años de experiencia en manejo de personal, para lo cual el proponente deberá anexar a la presente invitación la hoja de vida de la persona que realizará esta labor de coordinación, quien deberá tener un perfil en tecnología administrativa o industrial ó una experiencia específica en este tipo de servicios de mínimo 2 años; igualmente debe estar dotado de los equipos de comunicación necesarios para el efectivo cumplimiento de su labor. El coordinador deberá contar con un plan mínimo de voz de 700 minutos y 2 megas de datos en telefonía celular. Cada coordinador debe llevar consigo un carné que lo acredite como personal del contratista.

GRUPO SUPERVISORES

1 1

2 1

3 1

5 1

6 1

7 (centro am) 2

8 (centro pm) 2

9 (noche) 1

31. El contratista deberá de contar con un(a) Tecnólogo (a) en salud ocupacional permanente,

persona encargada de salud ocupacional, quien garantizará que se cumplan las normas de salud ocupacional durante la ejecución del contrato. Esta persona tendrá que contar con experiencia de mínimo un (1) año en ejecución de actividades de salud ocupacional y seguridad industrial, las cuales serán acreditadas a la interventoría del contrato. Y quien deberá de ejecutar las actividades descritas en el Anexo No. Salud Ocupacional y Seguridad Industrial. Esta persona estará con cargo al rubro de administración. Esta persona deberá asistir a todos los eventos citados por EEVVM E.S.P. tanto reuniones como capacitaciones y deberá de ejecutar las siguientes actividades:

• Realizar la inspecciones periódicas a las áreas, frentes de trabajo y equipos en general. De lo cual deberá de realizar informes que serán remitidos a la Interventoría.

• Realizar la entrega de equipo de protección a todo el personal que lo requiera de acuerdo a la periodicidad descrita en el Programa de salud ocupacional, diligenciar las plantillas correspondientes, con el fin de contar con registros de las entregas.

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• Participar mensualmente en el COPASO, con el fin de Asesorar y colaborar en los temas tratados allí.

• Realizar las Investigaciones y análisis de las causas de los accidentes e incidentes de trabajo y enfermedades profesionales a efectos de aplicar las medidas correctivas necesarias. De igual manera apoyar el seguimiento a los planes de mejoramiento, esto se realizará de acuerdo a los accidentes que se presenten durante la ejecución del contrato.

• Elaborar, mantener actualizados y analizar las estadísticas de los accidentes de trabajo, de lo cual deberá hacer el reporte a la Interventoría del contrato.

• Programar y realizar capacitaciones de seguridad industrial al personal operativo.

• Realizar inspecciones de vigilancia a la realización de actividades de alto riesgo.

• Participar en las reuniones programadas por el personal de Salud Ocupacional de Emvarias.

• Realizar análisis de puestos de trabajo y presentar los informes mensuales.

• La demás necesarias en cumplimento de la normatividad vigente.

• Dar cumplimiento a las obligaciones que en materia de Salud Ocupacional y Seguridad Industrial se encuentran contenidas en el Anexo No. 7 de los presentes términos, para lo cual deberá presentar a la supervisión/interventoría el día de la firma del acta de inicio, el programa de Salud Ocupacional implementado por este para su revisión por parte de la oficina de Salud Ocupacional de EMVARIAS.

• El contratista deberá tener en cuenta los riesgos laborales a los cuales se encontrará

expuesto el personal a su cargo que labore en las instalaciones de la base de operaciones

y mantenimiento. Para lo cual deberá entregar al Interventor/Supervisor del contrato,

debidamente diligenciado el cuadro No 1 “Panorama de Factores de Riesgo Prioritarios”

del Anexo No. 8 con la firma del acta de inicio.

• Para ingresar a las instalaciones de Empresas Varias de Medellín, el personal del

contratista deberá presentar a la vigilancia, copia de la autoliquidación donde conste que

el contratista se encuentra al día en el pago de los aportes de salud, pensión y ARL, de la(s)

persona(s) a ingresar. En caso de no cumplir con este requisito se prohibirá el ingreso de

dicho personal.

• El contratista deberá suministrar al personal a su cargo para el desarrollo del objeto contractual, todos los implementos de seguridad y protección requeridos y adecuados para el tipo de labores a ejecutar, dando cumplimiento con la normatividad vigente. El interventor mantendrá una constante vigilancia sobre el cumplimiento de las normas y requerimientos de carácter preventivo y en los que a la salud ocupacional se refiere.

• En caso de requerirse trabajo en alturas, el proponente deberá garantizar que el personal que asigne para desarrollar las actividades objeto del contrato cuente con las certificaciones de trabajos en alturas vigentes, conforme a lo estipulado en la Resolución 1409 de 2012 del Ministerio de la Protección Social. Adicionalmente deberá de cumplir con lo establecido en el Protocolo de Emvarias, denominado: “Normas de seguridad para trabajos en alturas”, para lo cual deberá presentar oportunamente a la supervisión/Interventoría los documentos que acrediten el cumplimiento de esta obligación.

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• Actualizar durante la ejecución del contrato los certificados de trabajos en alturas del personal a su cargo de acuerdo a la normatividad vigente.

32. El proponente seleccionado deberá presentar al interventor/supervisor del contrato, dentro del mes siguiente a la suscripción del acta de inicio, el Programa de salud ocupacional y mapa de riesgos, para la correspondiente revisión por parte de la Unidad Ambiental y Salud Ocupacional de EEVVM E.S.P. Anexo No. 7 Salud Ocupacional y Seguridad Industrial.

33. El contratista cuenta con máximo dos horas para reemplazar novedades de calamidades domésticas, accidentes de trabajo e incapacidades. En caso de presentarse una incapacidad mayor a 8 días calendario, el contratista deberá contratar una persona que supla dicha novedad.

34. El contratista deberá entregar cada 3 meses el informe de seguimiento realizado a la ejecución del plan de salud ocupacional de acuerdo con la forma establecida de común acuerdo con la Interventoría.

35. El contratista deberá poseer disponibilidad para prestar la actividad contratada en el sitio en donde se requiera, limitado obviamente al objeto contractual de la presente invitación.

36. El contratista deberá tener en cuenta que para laborar en Emvarias, está prohibido el ingreso y permanencia de personal bajo los efectos del alcohol y drogas psicoactivas. Dada la actividad a desarrollar y el riesgo al cual está expuesto el personal, el contratista autoriza expresamente a Empresas Varias de Medellín E.S.P. en el Anexo No. 2 de los términos e invitación, para realizar pruebas de alcoholemia ó sustancias psicoactivas a su personal, con el fin de hacer una verificación antes, durante ó al final de la jornada ó desarrollo de actividades, el Interventor o la persona que la entidad delegue estará autorizado para no permitir el inicio de las actividades, ni continuar su labor a la persona que se le detecte alcohol o drogas psicoactivas, esto será informado al jefe inmediato ó al Representante Legal del contratista con el fin de que se tomen los correctivos al respecto de acuerdo a lo establecido en la Resolución 082 de 2009 y al reglamento interno de trabajo de la Empresa Contratista.

37. El contratista se compromete a certificar que su personal para la ejecución del objeto contractual, está capacitado o inició capacitación en el proceso de EVALUACIÓN – CERTIFICACIÓN EN COMPETENCIAS LABORALES. Las entidades certificadoras autorizadas en el país son: el Servicio Nacional de Aprendizaje “SENA” y el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación “ICONTEC”. En consecuencia el contratista presentará documento expedido por la Autoridad competente, al momento de la suscripción del acta de inicio.

38. El Contratista deberá contar con un plan de contingencia que le permita cumplir sin ninguna interrupción, con el desarrollo de las actividades requeridas en el objeto contractual por Empresas Varias de Medellín E.S.P.

39. El Contratista deberá establecer procedimientos y mecanismos eficientes de control para vigilar el cumplimiento de las actividades asignadas.

40. El proponente deberá contar con el reglamento interno de trabajo, el cual debe cumplir con los requisitos señalados en los Arts. 104 ss. Del Código Sustantivo de trabajo.

41. El contratista por tener la potestad reglamentaria y disciplinaria sobre el personal que se designe para el desarrollo del objeto contractual, tendrá la obligación de implementar planes de mejoramiento.

42. La asignación del personal para el cumplimiento de las rutas de barrido y limpieza vial estará exclusivamente a cargo del Contratista.

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43. El contratista deberá carnetizar a todos sus trabajadores, éste carnet deberá ser en material resistente y deberá contener: Foto, nombres completos, documento de identidad, nombre contratista, No. De contrato, código de barras con el número de la cédula, vigencia del contrato y deberá portarse en lugar visible.

44. El contratista deberá desarrollar permanentemente durante la ejecución del contrato programas de sensibilización para el personal de barrido y limpieza vial, recolección y transporte del producto generado.

45. Durante toda la ejecución del contrato, la Empresa, a través de la Interventoría asignada, vigilará el cumplimiento de las obligaciones laborales del contratista.

46. El contratista deberá tener en cuenta los riesgos laborales a los cuales se encontrará expuesto el personal a su cargo. Para lo cual deberá entregar al Interventor/Supervisor del contrato, debidamente diligenciado el cuadro No 1 “Panorama de Factores de Riesgo Prioritarios” del Anexo No. 7 a la firma del acta de inicio.

47. Reportar oportunamente al Interventor/Supervisor las novedades que presente la firma contratista tales como cambio de domicilio, representante legal, modificación de la sociedad, razón social, entre otros, y actualizar dichas novedades en el Registro de Proponentes de la Empresa.

48. El contratista deberá garantizar que en la ejecución del contrato, se cumpla con todas las normas de seguridad aplicables al desarrollo de estas actividades.

49. El contratista deberá demostrar que se encuentra en un proceso de gestión de aseguramiento de la calidad o acreditar que ya lo posee.

50. Enviar por escrito al interventor/supervisor del contrato, a la suscripción del acta de inicio, el número de la cuenta bancaria en la que la Empresa le consignará los pagos relacionados con el desarrollo del objeto contractual, acompañada con la certificación en original, expedida por la Entidad Financiera, con fecha de expedición no superior a 15 días, donde lo acredite como titular de la cuenta reportada. La información remitida en esta obligación será enviada por parte del interventor/supervisor del contrato a la Subdirección de Tesorería.

51. La ejecución del contrato se deberá ajustar íntegramente a lo dispuesto en la invitación y el contrato, cualquier cambio, duda u observación que surja deberá ser canalizada previamente a través de la Interventoría/Supervisión asignada al contrato.

52. Las demás requeridas en el alcance del objeto contractual de la invitación.

2.4. PLAZO: La duración del contrato será a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio del contrato, hasta el 31 de enero de 2014; o hasta el agotamiento del presupuesto antes del vencimiento del plazo. 2.5. LUGAR: Las zonas de operación de la ciudad de Medellín y/o sus cinco corregimientos, de acuerdo a las rutas de barrido asignadas por la Subdirección de Operaciones, según los diseños realizados en la unidad de gestión SIAM5.

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2.6 PRESUPUESTO OFICIAL Y CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: Cada contrato se atenderá con cargo al rubro presupuestal N° 2122212150301 “SERVICIOS DE RECOLECCION Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS”. Disponibilidad Presupuestal N° 1130380 del 12 de junio de 2013 y 01 de enero de 2014. A cada grupo les corresponderá el siguiente presupuesto oficial total y un valor kilometro barrido ordinario diurno oficial, así:

GRUPO PRESUPUESTO OFICIAL TOTAL

PRESUPUESTO OFICIAL VIGENCIA

2013

PRESUPUESTO OFICIAL VIGENCIA

2014

VALOR KILOMETRO BARRIDO ORDINARIO

DIURNO OFICIAL

1 $ 1.091.605.231 $ 925.648.767 $ 165.956.464 13.369,76

2 $ 718.496.447 $ 608.881.227 $ 109.615.219 14.178,19

3 $ 1.020.291.827 $ 864.766.648 $ 155.525.179 13.476,30

5 $ 943.404.807 $ 799.658.984 $ 143.745.823 13.620,34

6 $ 1.118.730.693 $ 948.157.265 $ 170.573.427 13.328,66

7 (centro am) $ 1.081.553.691 $ 918.038.423 $ 163.515.268 12.459,55

8 (centro pm) $ 1.141.667.425 $ 1.015.720.833 $ 125.946.592 12.407,02

9 (noche) $ 575.754.881 $ 489.872.335 $ 85.882.546 12.534,24

2.7 VALOR Y FORMA DE PAGO: 2.7.1 VALOR: El valor del contrato es estimado, ya que su verdadero valor será el que resulte de multiplicar el valor del kilometro barrido ordinario diurno cotizado por el contratista, (el cual incluye el valor de la mano de obra, los insumos aplicados y el AU), más el valor de los recargos (nocturnos, dominicales y/o festivos) cuando a ello haya lugar y aceptados por la Empresa, por la cantidad real de kilómetros barridos certificados por el supervisor/interventor asignado al contrato, durante la ejecución del mismo. 2.7.2. FORMA DE PAGO: El Contratista presentará quincenalmente la factura de venta a la Supervisión/Interventoría asignada para el contrato para su revisión y aceptación, previa verificación de las planillas y cumplimiento de las obligaciones laborales a cargo del contratista con cada una de las personas que son asignadas para la ejecución del contrato. Empresas Varias de Medellín E.S.P. cancelará al CONTRATISTA el valor facturado correspondiente, previo visto bueno y recibo a satisfacción de las facturas de venta por parte del Supervisor/Interventor del contrato. El valor a cancelar en las facturas de venta será el que resulte de multiplicar el valor del kilometro barrido ordinario diurno cotizado por el Contratista más el valor de los recargos (diurnos, nocturnos, festivos y/o dominicales) cuando a ello haya lugar y aceptados por la Empresa, por los kilómetros barridos

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durante ese período. A la factura de venta presentada por el CONTRATISTA se le deberá adjuntar: a) Planillas de control de kilómetros barridos en el período facturado, b) Mensualmente, y dentro de los plazos señalados por la Ley, las autoliquidaciones mediante las cuales se logre verificar que se encuentra al día en los aportes a la Seguridad Social Integral, y parafiscales cuando a ello haya lugar del personal a su cargo, en especial de las personas que asigne el contratista para el desarrollo del objeto contractual. La Factura de Venta deberá ser presentada al Supervisor/Interventor en original y dos copias, sin embargo, si el CONTRATISTA se acoge a la Ley 1231 de 2008, presentarán 3 copias de la Factura de venta. La(s) Factura(s) de Venta deberán ser presentada(s) al Interventor/Supervisor en original y dos copias, sin embargo, si el CONTRATISTA se acoge a la Ley 1231 de 2008, presentarán 3 copias de la Factura de Venta. Empresas Varias de Medellín E.S.P. cancelará al contratista la factura de venta dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la presentación de la misma en Contabilidad con el visto bueno del Supervisor/Interventor. El contratista debe tomar atenta nota de la forma de pago propuesta por EMVARIAS dado que ello no será justificación para el retraso en el pago de los salarios de los trabajadores objeto de este contrato. Este hecho se constituye en serio incumplimiento del contrato y dará lugar a las sanciones a las que haya lugar. Para evitar traumatismos en cuanto a la recolección de firmas y sustentación de novedades para el pago, el Contratista debe hacer llegar al supervisor asignado por la Empresa las facturas correspondientes, dentro de la quincena inmediatamente siguiente a la que se causaron. Para la segunda quincena del mes de diciembre, se coordinará con el Supervisor, el plazo máximo de entrega de la Factura, con miras a realizar el cierre contable de la vigencia de manera oportuna. En caso de presentarse extemporaneidad en la facturación, el Contratista deberá comprobar ante el supervisor el caso fortuito o fuerza mayor que le impidió facturar el servicio dentro del plazo antes establecido. Se entenderá que siendo el Contratista quien alega la validez de las novedades que puedan aumentar el valor de la factura, es él quien tiene la carga de la prueba. Empresas Varias de Medellín E.S.P. a través del Interventor/Supervisor no dará por aceptada la(s) factura(s) de venta presentada(s) por el CONTRATISTA, cuando este no adjunte a la misma: los documentos e información que le sean requeridos en el contrato y por el Interventor/Supervisor. Adicionalmente, para el pago de la última factura de venta deberá anexar fuera de los documentos anteriormente mencionados, la certificación firmada por el Revisor Fiscal, en caso de estar obligado a tenerlo, o por el Representante Legal, donde conste que se encuentra a paz y salvo con todas las obligaciones laborales a su cargo, en especial con el personal que haya sido asignado para la ejecución del contrato.

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En caso de que el CONTRATISTA negocie la Factura de Venta como Título Valor, deberá notificarle al Interventor/Supervisor, con copia al Subdirector(a) de Tesorería de Empresas Varias de Medellín E.S.P, al día siguiente de la negociación, el nombre y apellidos (persona natural) o Razón social (persona jurídica), cédula o Nit. del primer tenedor legítimo del título. Para efectos del pago, el CONTRATISTA deberá informar una cuenta corriente o de ahorros a su nombre, en las condiciones señaladas en la viñeta 50, literal o), del numeral 2.3 Obligaciones del Contratista, en la que mediante giro electrónico, se le consignará el valor de lo facturado, por la ejecución del contrato. Sin embargo, si la factura hubiese sido entregada por el CONTRATISTA en copia, o la factura original fuere negociada como Título Valor, el pago se realizará directamente en la Subdirección de Tesorería de Empresas Varias de Medellín E.S.P. y no por transferencia electrónica, obligándose el CONTRATISTA o tenedor, a presentar la Factura de venta original al momento de reclamar su pago. El contratista autoriza a la Empresa para: a) Retener los pagos que tenga a su favor en caso de presentar mora en los aportes a la seguridad

social y parafiscales (si hay lugar a ellos), y/o en el pago de los trabajadores vinculados mediante contratos de trabajo o cualquiera de los extrabajadores del mismo, que tuvieron a cargo la ejecución del contrato, por concepto de salarios, prestaciones sociales o cualquiera otra obligación de carácter laboral pendiente.

b) Pagar todos los conceptos laborales a los que hace referencia el literal anterior como consecuencia del incumplimiento, directamente a quien corresponda en nombre del contratista, con cargo a las sumas a él adeudadas, sin que ello implique que Empresas Varias de Medellín E.S.P. se convierta en empleador y mucho menos que sustituya las obligaciones laborales a su cargo.

2.8 GARANTIAS: El CONTRATISTA se obliga a constituir a su costa y a favor de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P las siguientes garantías, mediante un seguro de cumplimiento expedido por una compañía de seguros de suficiente solvencia y legalmente autorizada para funcionar en Colombia, o una garantía bancaria expedida por una entidad financiera; cualquiera de los documentos deberá ser expedido A FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES y el domicilio del seguro o de la garantía bancaria será Medellín. DE CUMPLIMIENTO: Mediante esta cobertura se amparará a EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P de los perjuicios por el incumplimiento de las obligaciones que contrae el CONTRATISTA. Esta garantía tendrá un valor asegurado equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, incluidas las adiciones y reajustes, y tendrá una vigencia igual a la del contrato, incluidas

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las prorrogas y seis (6) meses más. Parágrafo: En el evento en que no se llegare a liquidar bilateralmente el contrato dentro del término previsto de seis (6) meses, después de terminado el plazo de ejecución del mismo, se ampliará la vigencia de la garantía para el Cumplimiento por veinticuatro (24) meses más. Para este efecto, el interventor/supervisor del contrato deberá verificar el cumplimiento de esta obligación y requerir oportunamente al contratista de ser necesario, para que proceda a la ampliación de la vigencia de la garantía. DE PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Mediante esta cobertura se amparará a EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P de los perjuicios por el incumplimiento del CONTRATISTA del pago de salarios, indemnizaciones y prestaciones sociales del personal empleado en la ejecución del objeto contractual. Esta garantía tendrá un valor asegurado equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, incluidas las adiciones y reajustes, y tendrá una vigencia igual a la del contrato, incluidas las prorrogas y tres (3) años más. Parágrafo: Las garantías y seguros de que trata esta cláusula se constituyen sin perjuicio del cumplimiento de todas las obligaciones que emanan del contrato y no podrán ser canceladas sin la autorización escrita de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. El CONTRATISTA deberá mantener vigentes las garantías y seguros establecidos en esta cláusula. En caso de incumplimiento o demora por parte del CONTRATISTA en el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este parágrafo, EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. podrá ordenar las prórrogas correspondientes, pagará las primas y erogaciones, descontando su valor de las cuentas que deba pagar al CONTRATISTA. PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: El CONTRATISTA se obliga a constituir a su costa una póliza de responsabilidad civil extracontractual que ampare los daños materiales y lesiones personales que se puedan causar a terceros en el desarrollo del contrato. Esta póliza deberá reunir las siguientes condiciones: a. Incluir como asegurado adicional a EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. y en consecuencia

incluir la cobertura de responsabilidad cruzada, para cubrir los daños que en virtud de la responsabilidad civil extracontractual se puedan causar entre los asegurados.

b. Incluir la cobertura de responsabilidad civil patronal. c. Incluir la cobertura de vehículos propios y no propios, la cual no deberá estar sublímitada

atendiendo a la actividad desarrollada mediante el contrato, para los contratos que se adjudiquen para los grupos del 1 al 6.

d. La cobertura de cada amparo de la póliza debe tener un límite asegurado del 30% del valor total del contrato.

e. Esta póliza debe estar vigente por todo el tiempo de duración del contrato.

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Parágrafo Primero: Si el CONTRATISTA se niega a constituir las garantías y seguros aquí señalados, EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P podrá dar por terminado el contrato en el estado en que se encuentre sin que por este hecho deba reconocer o pagar indemnización alguna. Las garantías que aquí se mencionan deberán recibir aprobación expresa por parte de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P, la cual podrá ratificarlas o rechazarlas (Artículo 1038 del Código de Comercio), para lo cual efectuará un examen a los términos, valores, condiciones generales y particulares, a fin de obtener la más adecuada protección de los bienes e intereses de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P y garantizar el cabal cumplimiento del Contrato. Parágrafo Segundo: Cuando se presente alguna modificación en el contrato respecto del plazo y/o del precio del mismo, el contratista deberá ampliar los amparos respectivos para conservar el monto porcentual y la vigencia señalada en esta cláusula. Parágrafo Tercero: Cuando el valor de la(s) póliza(s) se vea afectado por razón de siniestros, el contratista deberá aportar una nueva póliza en las mismas condiciones de cobertura exigidas en el contrato. NOTA: Para el presente caso, no se admitirán pólizas de Seguros El Cóndor Sociedad Anónima. 2.9 SUPERVISIÓN/INTERVENTORÍA: La EMPRESA controlará la ejecución del contrato a través de la Subdirección de Operaciones de Aseo de Empresas Varias de Medellín E.S.P. y/o administradores de zona y/o la firma contratada para realizar la Interventoría a los contratos del proceso de Operaciones. La supervisión/Interventoría actuará como portavoz de la EMPRESA durante la vida y liquidación del contrato. Estarán a su cargo las funciones de control, vigilancia y seguimiento de los aspectos relativos a la ejecución y liquidación del contrato; deberá dar instrucciones y hacer observaciones para prevenir o corregir incumplimientos del CONTRATISTA. Las demás funciones y facultades de la Interventoría se encuentran descritas en el Manual de Interventoría adoptado por la EMPRESA, mediante la Resolución de Gerencia N° 409 del 16 de mayo de 2003. 2.10 MULTAS: De conformidad con el artículo 25 de la Resolución 01 de 2010 emanada de la Junta Directiva, en caso de incumplimientos de las obligaciones adquiridas por el CONTRATISTA señaladas en el contrato, la EMPRESA podrá imponer, a manera apremio, multas diarias desde 0.5% hasta un máximo del 10% del valor presupuestal del contrato, al momento de su ocurrencia, por cada incumplimiento y retener su valor de cualquier saldo que se tenga a favor del CONTRATISTA. La aplicación de la cláusula de multas procederá durante la ejecución del contrato y no atenúa las demás atribuciones de la EMPRESA para iniciar acciones por daños y perjuicios.

El valor de la multa podrá ser descontado de cualquier saldo a favor del CONTRATISTA.

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En cualquiera de los eventos señalados podrán colocarse multas individuales, es decir, que basta que una de ellas se presente para hacer posible la imposición de la multa. Procedimiento para la imposición de multas: Una vez se tenga conocimiento de la ocurrencia de cualquiera de los eventos constitutivos de incumplimiento, el Interventor o Supervisor del contrato, mediante comunicación motivada dirigida al CONTRATISTA y a la COMPAÑÍA ASEGURADORA, los requerirá para que dentro de los tres (3) días siguientes le informen las razones de su incumplimiento, y si es del caso, para que procedan a efectuar los correctivos necesarios. Mediante este documento el Interventor o Supervisor del contrato deberá informar claramente del inicio del procedimiento sancionatorio. Pasado este término, si el CONTRATISTA y LA COMPAÑÍA ASEGURADORA no cumplen, no contestan o sus argumentos de defensa no son justificables, el Interventor o Supervisor, en los tres (3) días siguientes, mediante escrito que contendrá una descripción de los hechos, las obligaciones incumplidas y un proyecto de tasación de la multa, informará del incumplimiento al responsable del proceso, quien a su vez lo remitirá a la Gerencia General. La Gerencia tendrá un plazo de diez (10) días para que, previa evaluación de la información allegada, decida la imposición de la multa o el archivo del proceso. De la decisión se dará traslado al CONTRATISTA y a la COMPAÑÍA ASEGURADORA, por el término de cinco (5) días, dentro del cual podrán controvertirla. Sobre las consideraciones del CONTRATISTA y LA COMPAÑÍA ASEGURADORA, la Gerencia deberá pronunciarse en un término de cinco (5) días. En caso de que la decisión sea la imposición de multa, ésta se motivará mediante oficio, el cual será remitido al CONTRATISTA y a la COMPAÑÍA ASEGURADORA o GARANTE y a la CÁMARA DE COMERCIO del domicilio del CONTRATISTA. En caso de no pago de la multa por parte del CONTRATISTA, se procederá a afectar la póliza correspondiente. 2.11 CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento, LA EMPRESA, sin necesidad de requerimiento judicial previo, hará efectiva la cláusula penal pecuniaria, la cual tendrá un monto del veinte por ciento (20%) del valor presupuestal del contrato y se considerará como pago parcial de los perjuicios causados a LA EMPRESA, sin que ello impida el ejercicio de las demás acciones a las que haya lugar. 2.12 CLÁUSULAS EXORBITANTES De acuerdo con el literal b, del Artículo 1, de la Resolución CRA 293 de 2004, y teniendo en cuenta el objeto del contrato a celebrar, cuyo incumplimiento por parte del contratista puede generar como consecuencia la interrupción en la prestación eficiente del servicio, se pactará la inclusión de las cláusulas exorbitantes que señala la Ley 80 de 1993.

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2.13 CAUSALES GENERALES PARA LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO: El contrato terminará con la ocurrencia de alguna de las siguientes causas: a) Por vencimiento del plazo del contrato. b) Por agotamiento del presupuesto antes del vencimiento del plazo. c) Por mutuo acuerdo entre las partes. d) Por incumplimiento del contrato por parte del CONTRATISTA. e) Por las demás causales establecidas en la Ley.

En caso de presentarse la causal descrita en el literal d, La EMPRESA, antes de dar por terminado unilateralmente el contrato, deberá solicitar por escrito al CONTRATISTA que tome las medidas correctivas pertinentes dentro de los cinco (5) días siguientes. Si no se obtuviere respuesta del CONTRATISTA o la misma no fuere satisfactoria, La EMPRESA procederá a dar por terminado el contrato.

CAPITULO TERCERO REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

3.1. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR: Podrán presentar propuestas las personas jurídicas individualmente consideradas, previo el cumplimiento de los siguientes requisitos:

3.2. REQUISITOS PARA PARTICIPAR:

3.2.1. DE INSCRIPCIÓN: En el Listado de Proponentes de Empresas Varias de Medellín E.S.P. (vigente), al momento de ser invitado a participar en el presente proceso contractual. 3.2.2. DE LEY: 3.2.2.1. No estar incursos en las causales de inhabilidad o incompatibilidad consagradas en la

normatividad vigente del ordenamiento legal Colombiano.

3.2.2.2. Capacidad para contratar:

El proponente deberá acreditar, mediante el certificado expedido por el organismo competente, con una antelación no superior a 15 días con respecto a la fecha de presentación de la oferta:

���� Su existencia y representación legal;

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���� Que su objeto social sea afín con el objeto del contrato a celebrar; ���� Que su vigencia comprenda como mínimo el plazo previsto para la ejecución del

contrato, su liquidación y tres (3) años más; ���� Que su constitución legal y su registro haya ocurrido, como mínimo, tres (3) años

antes de la fecha de presentación de la propuesta. ���� Autorización para presentar propuesta y contratar del órgano social competente, en

caso de ser necesario. 3.2.2.3. LISTA CLINTON: No estar reportado en la Lista Clinton según el reporte de la OFAC.

3.2.3. DE ORDEN FINANCIERO: Los Proponentes deberán cumplir con todos y cada uno de los siguientes requisitos de orden financiero, basados en los Estados Financieros a diciembre 31 de 2012, de lo contrario la propuesta no podrá ser objeto de evaluación:

• El Patrimonio Contable a 31 de diciembre de 2012 debe ser mayor o igual al 20% del valor del Presupuesto Oficial total del Grupo para el cual se presente, entendiendo que si se presenta a varios Grupos, en principio sólo resultará adjudicatario para uno de ellos.

• El Índice de Endeudamiento (Pasivo Total/Activo Total) a 31 de diciembre de 2012 debe ser menor o igual a 0.70.

• El Índice de Liquidez (Activo Corriente/Pasivo Corriente) a 31 de diciembre de 2012 debe ser mayor o igual a 1.2.

Si el proponente no cumple con estos requisitos no será admitido, por lo tanto su propuesta no será objeto de evaluación. 3.2.4. DE ORDEN TECNICO: 3.2.4.1. EXPERIENCIA: Solamente pueden participar las personas jurídicas, individualmente consideradas, que demuestren haber tenido: Los proponentes deben acreditar experiencia mediante contratos con personas jurídicas (Entidades Públicas y/ó Privadas) en cualquiera de las actividades relacionadas en el objeto de la presente invitación, que reúnan cada una de las siguientes condiciones:

• Que la sumatoria de contratos en los últimos diez (10) años hasta el momento de la presentación de la propuesta expresada en SMLMV del año de inicio de ejecución del contrato, sea igual o superior al cien por ciento (100%) del valor de cada presupuesto oficial total designado para cada grupo relacionado en el numeral 2.6 de la presente invitación.

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• Que por lo menos un contrato, con una misma entidad (pública o privada), sea igual o superior al treinta por ciento (30%) del valor de cada presupuesto oficial total designado para cada grupo relacionado en el numeral 2.6 de la presente invitación, expresado en SMLMV del año de inicio de ejecución del contrato.

• Para acreditar la experiencia se deberá diligenciar el Anexo N° 5 “Relación de Experiencia” de estos términos suscrito por el Representante Legal y el Revisor Fiscal si está obligado a tenerlo, o el Representante Legal y el Contador en caso contrario, salvo si todos los contratos fueron celebrados con Empresas Varias de Medellín, pues en este evento el referido anexo, sólo requiere ser suscrito por el Representante Legal.

• El Anexo N° 5 “Relación de Experiencia” deberá estar acompañado de los siguientes documentos: Copia de los contratos relacionados en el Anexo N° 5 “Relación de Experiencia”, con sus respectivos certificados en original o copia, expedidos por la Persona jurídica (Entidad Pública o Privada), donde conste la ejecución del contrato y debe incluir entre otras, la siguiente información que consta en el Anexo No 6 “Modelo de Certificación”: Objeto, valor del contrato expresado en SMLMV a la fecha de inicio de cada contrato, valor ejecutado a la fecha, fecha de inicio, fecha de terminación, prórrogas, adiciones, fecha de expedición del certificado; si en el contrato relacionado se desarrollaban otras actividades diferentes a los componentes descritos en el objeto contractual de los presentes términos de invitación, se deberá indicar en el certificado solicitado, el porcentaje total de ejecución correspondiente a esta actividad, con respecto al valor total del contrato, expresado en SMLMV. El certificado deberá estar firmado por el Representante Legal o quien este facultado para ello.

Los contratos relacionados en el anexo y que no posean certificado no serán objeto de evaluación. Quienes no cumplan con los requerimientos de tiempo y/o valor definidos en este numeral no serán tenidos en cuenta para la evaluación. Empresas Varias de Medellín E.S.P. se reserva el derecho de verificar la documentación que se presente para acreditar la experiencia. Nota 1: Para cada uno de los grupos que se encuentran relacionados en la presente invitación se verificará el cumplimiento de las condiciones señaladas en este numeral, conforme a lo diligenciado en el anexo No 5 “Relación de Experiencia” por cada uno de los proponentes.

Nota2: Para la verificación de este requisito, una vez se acredite la experiencia solicitada en los términos señalados en las viñetas 1 y 2 del presente numeral para cada uno de los grupos, no se tendrán en cuenta los demás contratos descritos en el Anexo No.5 y aportados con la propuesta. 3.2.4.2. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL

El oferente deberá acreditar que tiene dentro de su organización un Director Administrativo y/o financiero y/o asistente administrativo, con un vínculo laboral permanente de tiempo completo o medio tiempo, con un nivel de formación (profesional, y/o técnico o tecnólogo, graduado en alguna disciplina perteneciente a las ciencias administrativas, financieras o contables) y experiencia laboral mayor a un (1) año.

Así mismo deberá acreditar mediante el documento solicitado en el numeral 4.6.2.2 de los

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presentes términos:

- El Reglamento interno de trabajo, el cual debe cumplir con los requisitos señalados en los Arts. 104 ss. Del Código Sustantivo de trabajo;

- Y el documento mediante el cual acredite que posee un sistema de gestión de salud y seguridad en el trabajo (Programa de salud ocupacional) de conformidad con lo establecido en la Resolución 1562 de 2012.

CAPITULO CUARTO

DE LAS PROPUESTAS 4.1. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y ACLARACIONES DE LA INVITACIÓN: 4.1.1. Interpretación: El proponente deberá examinar cuidadosamente la presente invitación y sus anexos e informarse cabalmente de todas las condiciones que puedan afectar el futuro contrato. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de la presente invitación, incluidos sus Anexos, serán de su exclusiva responsabilidad. Si al menos uno de los proponentes interpreta adecuadamente estos términos, se entenderá que es claro su contenido. 4.1.2. Modificación o aclaración a la invitación: La EMPRESA, de oficio, podrá aclarar o modificar la invitación. Igualmente, cuando el proponente lo solicite mediante escrito dirigido a la Gerencia General, entregado y radicado en la Oficina de Recepción de Documentos del Centro de Administración Documental o enviado al correo electrónico contratació[email protected] , con mínimo un (1) día hábil de antelación a la fecha límite de presentación de la propuesta. Con el ánimo de ser oportunos y ágiles en las respuestas a las inquietudes, se sugiere que las solicitudes de aclaración y/o modificación sean consolidadas, en lo posible, en un mismo oficio. Empresas Varias de Medellín E.S.P. responderá por el mismo medio a la dirección informada por el proponente. Las aclaraciones o modificaciones a los términos de invitación serán de obligatoria observancia para la presentación de la oferta, e igualmente harán parte de la invitación a cotizar y del contrato. 4.1.3. AUDIENCIA DE TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS El día lunes 17 de junio de 2013, a las 10:00 a.m., en las instalaciones de Empresas Varias de Medellín E.S.P., ubicadas en la carrera 64C No. 103 EE 98, se celebrará una audiencia con el objeto

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de tipificar, asignar y estimar los riesgos previsibles de la contratación, establecidos en el Anexo No. 8 de los presentes términos, con el propósito de que los interesados se pronuncien en relación con el mismo. Lo discutido entre Emvarias y los interesados deberá constar en un acta que evidencia en detalle la discusión acontecida. La presentación de la Propuesta implica aceptación por parte de los Proponentes de la distribución de los riesgos efectuada por Emvarias e incluida en los términos de invitación y sus modificaciones. 4.2. CORRESPONDENCIA: Mientras no se indique otra cosa, durante el proceso de selección, toda la correspondencia de los proponentes debe ser dirigida a la Gerencia General, con copia a la Subdirección de Contratación, bien sea al correo electrónico [email protected] o radicada en el Centro de Administración Documental de Empresas Varias de Medellín E.S.P., ubicado en la Autopista Norte, Coliseo Aurelio Mejía, Carrera 64C N° 103 EE – 98. Correspondencia enviada a otras oficinas o correo diferentes a las indicadas en esta invitación, se entenderá por no presentada y por consiguiente no surtirá efectos. Nota: La recepción de documentos en el Centro de Administración Documental de la EMPRESA, se realiza los días hábiles, de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m. 4.3. FECHA LÍMITE PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS: Las propuestas se recibirán para su radicación en el Centro de Administración Documental de la EMPRESA, hasta las 2:00 p.m. del día 20 de junio de 2013. Posteriormente se procederá con su acto de apertura y se suscribirá un acta en la que hará constar el nombre de los oferentes, el valor de la respectiva propuesta, los datos generales de la póliza de seriedad de la oferta y el número de folios de cada propuesta. 4.4. INSTRUCCIONES PARA LA PREPARACIÓN DE LA PROPUESTA: La propuesta deberá estar firmada directamente por el proponente, esto es, por el representante legal de la persona jurídica individualmente considerada y se requerirá de la autorización del órgano social competente en caso de que por la naturaleza y cuantía del contrato a celebrarse, sus estatutos así lo exijan. Las propuestas se deberán presentar en original y copia, argolladas y foliadas, en sobres cerrados que contengan en el exterior el nombre del proponente, su dirección y el objeto de la invitación. Cada juego estará claramente marcado: “Original” y “Copia”. En caso de discrepancia entre el original y la copia, primará el original. Los documentos que integran la propuesta se deberán allegar en el orden establecido en estos

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términos, en el capítulo denominado “Documentos de la Propuesta”, presentando separadamente los documentos legales, técnico económicos y financieros. El proponente deberá estudiar cuidadosamente la totalidad de la información aquí contenida, informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten sus costos y el desarrollo de la ejecución del contrato. Ver numeral 4.1.1. “Interpretación” de estos términos. Cualquier omisión por parte del oferente a este respecto será de su propio riesgo y por lo tanto no habrá ningún reconocimiento económico por ello. No se admitirá excusa alguna por errores u omisiones que impliquen desviación a los términos de invitación. Se entiende que los diferentes documentos de estos términos de invitación se complementan entre sí y que cualquier detalle que aparezca en uno pero no se mencione en otro, se tomará como especificado en todos. Los costos que se causen por la preparación de la oferta serán de cargo exclusivo del proponente. Empresas Varias de Medellín E.S.P. en ningún caso reconocerá costos por este concepto. Las propuestas no deben presentar enmendaduras, ni tachaduras. 4.5. COTIZACIÓN: Los cuadros del Anexo Nº 4 “Análisis de Precios Unitarios (APU)”, deberán ser diligenciados completamente y firmados por el Representante Legal, llenando únicamente las casillas en blanco sin modificar las restantes. Se aclara que los ítems a ofertar no podrán ser cotizados en CERO (0), y tendrán un máximo de cinco (5) cifras decimales. NOTA: El cuadro No 1 de Anexo Nº 4 “Análisis de Precios Unitarios (APU)”, corresponde al Grupo 1, relacionado en la primera viñeta del numeral 2.2 “Alcance del Objeto contractual” de los presentes términos de invitación, el cuadro No 2 del Anexo Nº 4 “Análisis de Precios Unitarios (APU)”, corresponde al Grupo 2 y así sucesivamente hasta el cuadro No 9 del Anexo Nº 4 “Análisis de Precios Unitarios (APU)” que corresponde al Grupo 9 La base de cotización es el kilómetro barrido diurno, el cual se calcula sobre la base de 25.00 días hábiles laborados por mes y un rendimiento promedio de 4.16 km/operario-día por ruta de barrido. Este valor deberá ser cotizado de acuerdo con el Anexo N° 4 “Análisis de Precios Unitarios (APU)”, incluyendo todos los costos directos e indirectos en que deba incurrir el Contratista para la correcta prestación del servicio. Si el horario establecido para la prestación del servicio contempla recargos nocturnos, dominicales y/o festivos la Empresa reconocerá dichos recargos solo en la mano de obra del Análisis de Precios Unitarios y acorde a la Ley. Para cada grupo se solicita como cotización el valor del kilometro barrido ordinario diurno, ya que con base en este valor se calculan los diferentes recargos de Ley que se puedan generar. Además, es importante anotar que el horario de prestación del servicio señalado en la primera viñeta del

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alcance del objeto contractual de esta invitación puede mezclar horario diurno, nocturno, festivo y/o dominical. Para cada cuadro del Anexo No 4 “Análisis de Precios Unitarios (APU)”, el proponente deberá diligenciar por separado y de manera clara, el porcentaje y valor del ítem de Administración (A) y Utilidad (U.) para el kilometro barrido ordinario diurno del Análisis de Precios Unitarios (APU). Nota: Teniendo en cuenta que el Decreto 0862 de abril 26/2013, ordenó que a partir del 1º de mayo de 2013, se aplique la Retención en la Fuente a título de Impuesto sobre la Renta para la Equidad - CREE y se exonere del pago de aportes parafiscales al SENA(2%) y al ICBF (3%), a todos los sujetos pasivos del referido impuesto CREE, se hace necesario que cada Proponente ( teniendo en cuenta su naturaleza jurídica), analice las implicaciones de esta normativa, y en caso de ser sujeto pasivo de este nuevo impuesto, tenga en cuenta que, sólo para efectos de comparabilidad de las propuestas en igualdad de condiciones (evaluación del factor precio), el APU presenta el costo de los APORTES PARAFISCALES AL SENA E ICBF, COMO TAMBIÉN A LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD (PORCENTAJE A CARGO DEL EMPLEADOR), pero, en caso de resultar adjudicatario y encontrarse exonerado en el pago de los referidos aportes, se compromete a reajustar su APU por la exoneración de aportes al SENA e ICBF, para la suscripción e inicio del contrato, y a partir del 1° de enero de 2014, para considerar la exoneración de los aportes de salud a cargo del empleador (8.5%), contemplada en la reforma tributaria (Ley 1607 DE 2012 y Decreto Reglamentario 0862 de abril 26/2013), o de acuerdo a como lo prescriba la normativa vigente. Empresas Varias de Medellín E.S.P. consideró en el Análisis de Precios Unitarios (APU) Anexo No. 4 los valores máximos a reconocer en cada kilometro, de acuerdo con los costos del mercado, para la realización de la actividad a contratar. Al preparar su propuesta el proponente no podrá cotizar el valor del kilometro barrido por

encima del valor kilometro ordinario diurno oficial, así como tampoco podrá cotizar la

administración y utilidad del kilometro barrido ordinario diurno en ceros (0).

GRUPO VALOR KILOMETRO ORDINARIO DIURNO OFICIAL

1 $13.369,76

2 $14.178,19

3 $13.476,30

5 $13.620,34

6 $13.328,66

7 $12.459,55

8 $12.407,02

9 $12.534,24

En el periodo de duración del contrato se laboraran 10 días festivos y 30 domingos, en los días domingos se programarán los kilómetros a barrer según las necesidades del servicio.

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El valor del kilometro barrido ordinario diurno es a todo costo e incluye todos los costos directos e indirectos en que deba de incurrir el contratista para la correcta ejecución del contrato, tales como: salarios, prestaciones sociales (siempre respetando los mínimos legales), impuestos y todos aquellos costos necesarios para la buena ejecución del contrato. Se hace necesario aclarar que cuando el kilómetro barrido se ejecuta en horarios diurnos, nocturnos, dominicales o festivos, se deben reconocer al contratista los recargos a que haya lugar de acuerdo con la Ley laboral vigente sobre el componente de mano de obra del APU cotizado por este. El valor ofertado por kilometro barrido ordinario diurno se reajustará a partir del cambio de vigencia fiscal, correspondiente al porcentaje de incremento en el SMLMV para la mano de obra que establezca el Gobierno Nacional y el IPC para la dotación e implementos. La cotización deberá presentarse en pesos colombianos. Todos los tributos (impuestos, tasas y contribuciones) serán por cuenta del Contratista cuando la ley lo señale como sujeto pasivo. Igualmente, todos los demás gastos en que incurra para el perfeccionamiento del contrato. El Contratista no podrá incluir dentro de su cotización impuestos directos, los cuales son de su responsabilidad y no de Empresas Varias de Medellín E.S.P. 4.6. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA: Harán parte de la propuesta los siguientes documentos, los cuales deberán ser presentados en el mismo orden que se solicitan y con su respectivo índice. El proponente señalará por escrito cuales de los documentos aportados gozan de reserva legal. 4.6.1. DOCUMENTOS LEGALES Y/O ADMINISTRATIVOS:

���� Carta de presentación del proponente según el formato que consta en el Anexo No 1 “Carta

de presentación” y resumen de la propuesta, conforme el Anexo No 2 “Resumen de la propuesta”.

���� GARANTIA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA: El proponente deberá suministrar con su oferta, a su costa, y a favor de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P, una póliza de garantía de seriedad de la oferta expedida bajo un clausulado A FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES, por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia y con domicilio en Medellín, adjuntando las condiciones generales y particulares de la póliza. Esta póliza cubrirá a la EMPRESA en cuanto a la indemnización de los perjuicios causados por el

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incumplimiento imputable al proponente, en los siguientes eventos: � La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado. � La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo previsto

en los términos de invitación para la adjudicación del contrato se prorrogue, o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue.

� Por la falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento exigida por la EMPRESA, para amparar el cumplimiento de las obligaciones del contrato.

� Por el retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.

� Por los demás casos amparados en la garantía, otorgados por las compañías aseguradoras. Para la presente invitación se establece que el valor mínimo de la garantía de seriedad de la propuesta es el equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de la propuesta en pesos colombianos, cuya validez será de sesenta (60) días calendario a partir de la fecha y hora del cierre de la invitación. Sin embargo, Empresas Varias de Medellín podrá solicitar que se amplíe su vigencia en caso de considerarlo necesario. Las pólizas de los oferentes no seleccionados quedarán a disposición en el Centro de Administración Documental.

No se aceptarán Pólizas de Seguros el Cóndor S.A. � Certificado de antecedentes fiscales del representante legal y de la persona jurídica que

representa, vigente a la fecha de cierre del presente proceso de selección emitido por la Contraloría General de la República, en el que conste que no se encuentra reportado en el último boletín de responsables fiscales (Ley 610 de 2000, Art. 60).

� Certificado de antecedentes disciplinarios del representante legal expedido por la Procuraduría

General de la Nación vigente a la fecha de presentación de la oferta (Ley 734 de 2002, artículo 174).

� Certificado de existencia y representación legal expedido por el organismo competente con

fecha de expedición no mayor a 15 días calendario, al momento de presentación de la propuesta.

� Autorización del órgano social competente en caso de ser necesario. � Certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste se exija de acuerdo a los

requerimientos de ley, o del representante legal, en la cual se acredite el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes parafiscales, al tenor de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.

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En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de algunas de las obligaciones mencionadas, deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe acuerdo de pago.

� Pacto de transparencia, Anexo No 3, debidamente diligenciado.

� Certificado vigente del Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, en caso de poseerlo.

4.6.2. DOCUMENTOS TÉCNICOS: 4.6.2.1. EXPERIENCIA: ���� Aportar toda la documentación que le permita acreditar la experiencia solicitada en el Numeral

3.2.4.1., de los presentes términos.

���� Anexo No. 5. “Relación de experiencia”, debidamente diligenciado, suscrito por el Representante Legal y el Revisor Fiscal, en caso de estar obligado a tenerlo, o por el Representante Legal y el Contador, en caso contrario, salvo si todos los contratos fueron celebrados con Empresas Varias de Medellín E.S.P., pues en este evento el referido Anexo solo debe ser suscrito por el Representante Legal.

���� Ejemplar original o copia de las certificaciones expedidas por las personas jurídicas contratantes, firmadas por el Representante Legal o quien esté autorizado para ello con el contenido descrito en el numeral 3.2.4.1, salvo aquellos contratos celebrados con Empresas Varias de Medellín E.S.P. donde no se requiere aportar este documento.

4.6.2.2. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL ���� Copia de la hoja de Vida del Director Administrativo y/o financiero y/o asistente administrativo,

actualizada y con los documentos que acrediten su contenido (título profesional, y/o técnico o tecnólogo).

���� Contrato Laboral y Certificación Laboral, firmado por la persona competente donde acredite

vinculo y experiencia laboral. ���� Copia del Reglamento interno de trabajo, el cual debe cumplir con los requisitos señalados en

los Arts. 104 ss. Del Código Sustantivo de trabajo. ���� Documento mediante el cual verifique que posee un sistema de gestión de salud y seguridad en

el trabajo (Programa de salud ocupacional) de conformidad con lo establecido en la Resolución 1562 de 2012.

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4.6.2.3. OTROS DOCUMENTOS ���� Copia de la hoja de Vida del Asistente Administrativo, actualizada y con los documentos que

acrediten su contenido (título técnico o tecnólogo), anexando además el Contrato Laboral y Certificaciones Laborales, firmadas por la persona competente donde acredite vínculo y experiencia laboral.

���� Copia de la hoja de Vida de la persona encargada de Salud Ocupacional, actualizada y con los documentos que acrediten su contenido (título profesional, y/o técnico o tecnólogo), anexando además el Contrato Laboral y Certificaciones Laborales, firmadas por la persona competente donde acredite vínculo y experiencia laboral.

���� Copia de la hoja de Vida del contador propuesto, actualizada y con los documentos que

acrediten su contenido (título profesional), anexando además la matricula profesional, y Certificaciones Laborales, firmadas por la persona competente donde acredite vinculo y experiencia laboral.

���� Copia de la hoja de Vida del Auxiliar contable propuesto, actualizada y con los documentos que

acrediten su contenido (título técnico o tecnólogo), anexando además Certificaciones Laborales, firmadas por la persona competente donde acredite vínculo y experiencia laboral.

���� Para acreditar la capacidad operativa el proponente deberá presentar uno o más contratos

ejecutados o en ejecución, durante los últimos tres (3) años contados a partir de la fecha de cierre de este proceso de selección, suscritos con entidades públicas o privadas diferentes a Empresas Varias de Medellín E.S.P., cuyo objeto sea congruente con el objeto social o con las actividades comerciales del Proponente.

Nota: El contratos o los contratos acreditados para cumplir con este requisito, puede ser de los mismos que acredite en el Anexo N° 5 “Relación de Experiencia”, siempre y cuando, no hayan sido suscritos con Emvarias.

���� Presentar copia del certificado de Calidad ISO 9001-2000, expedido por el organismo competente, en caso de poseerlo.

4.6.2.4. COTIZACIÓN: Cumplir con lo señalado en el numeral 4.5 de los presentes términos de invitación. 4.6.2.5. HOJA(S) DE VIDA: de la(s) persona(s) que actuará como coordinador del contrato solicitado en el numeral 30, del numeral 2.3. OBLIGACIONES. 4.6.2.6. Fotocopia del SOAT, la revisión técnico-mecánica y de la matricula de la volqueta que será utilizada para transportar el producto generado por el barrido, este documento lo deberán presentar los proponentes que decidan participar para los grupos del 1 al 6.

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4.6.3. DOCUMENTOS FINANCIEROS:

���� Estados Financieros a diciembre 31 de 2012 (Balance General y Estado de Resultados),

debidamente clasificados (en las partidas corrientes y no corrientes) y firmados por el Representante Legal, el Contador y el Revisor fiscal si lo tuviere conforme a la ley.

���� Fotocopia de la tarjeta profesional del Contador y del Revisor Fiscal que firman los Estados Financieros a diciembre 31 de 2012, adjuntando el certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores.

���� Certificación de los Estados Financieros a diciembre 31 de 2012, conforme lo establecido en el artículo 37 de la ley 222 de 1995.

���� Las notas a los Estados Financieros a diciembre 31 de 2012. ���� Dictamen a los Estados Financieros intermedios a diciembre 31 de 2012, si está obligado a

tener Revisor Fiscal. ���� Fotocopia del Registro Único Tributario (RUT). NOTA: El proponente señalará por escrito cuales de los documentos aportados gozan de reserva legal. 4.7. CAUSALES DE DESESTIMACIÓN DE LA PROPUESTA Empresas Varias de Medellín E.S.P. desestimará las ofertas en cualquiera de los siguientes eventos: 4.7.1. Por la presentación de la propuesta después de la fecha y hora señaladas, o cuando

contenga enmendaduras y/o tachones en la cotización, que no permitan establecer con claridad el valor y/o datos contenidos en la misma. De esto se dejará constancia en el acta respectiva.

4.7.2. Cuando el proponente no cumpla con los requisitos para participar en el presente proceso de contratación, descritos en el capítulo tercero.

4.7.3. Cuando la propuesta esté incompleta, en cuanto a que no cumple lo especificado en la invitación o deje de incluir información o algún documento que de acuerdo con estos términos, se refieran a los criterios de comparación NECESARIOS para la evaluación de las propuestas.

4.7.4. Por tener dos o más firmas proponentes, socios o representantes legales. 4.7.5. Cuando por decisión de autoridad competente se manifieste que toda o alguna de la

información presentada en la propuesta es falsa. 4.7.6. Cuando el valor del kilometro barrido ordinario diurno cotizado para cada grupo, esté por

encima del valor del kilometro barrido ordinario diurno oficial del mismo. 4.7.7. Cuando no se responda conforme a lo requerido, dentro del término perentorio

establecido por la Empresa, las solicitudes de información o aclaración de documentos que se realicen al proponente o cuando su respuesta sea incompleta o no tenga sustento legal, financiero, técnico -económico o fáctico, o no se entreguen los documentos solicitados.

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4.7.8. Cuando no se presente la garantía de seriedad de la propuesta o cuando su presentación defectuosa no sea subsanada por el proponente en el término perentorio de un (1) día hábil siguiente al recibo de la comunicación enviada por la Empresa.

4.7.9. Cuando la propuesta no cumpla con lo especificado en la invitación o presente desviaciones a lo establecido en ella.

4.7.10. Cuando el proponente no cumpla con las condiciones o filtros referentes a la capacidad financiera.

4.7.11. Cuando no se diligencie debida y completamente el Anexo No. 4 “Análisis de precios Unitarios”, de los términos de invitación o se demuestre ostensible inconsistencia o incongruencia en su información.

4.7.12. Cuando la firma proponente o su Representante Legal aparezca reportado en el Boletín de Responsables fiscales expedido por la Contraloría General de la República, o esté en la lista Clinton según el reporte de la OFAC o posea inhabilidades y/o incompatibilidades para contratar con una Entidad Estatal de conformidad con el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación.

4.7.13. En los demás casos contemplados en la presente invitación. Empresas Varias de Medellín E.S.P. podrá solicitar al proponente que subsane su oferta en aquellos aspectos no esenciales para la comparación objetiva de éstas, de conformidad con el criterio de evaluación establecido.

CAPITULO QUINTO VERIFICACIÓN, CALIFICACIÓN, SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN

5.1 VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS: La evaluación cualitativa y cuantitativa de las propuestas, será realizada por un equipo interdisciplinario coordinado por la Subdirección de Contratación. En dicha etapa se procederá conforme a lo establecido en los numerales 5.3 y 5.4 de los presentes términos. Culminada la etapa de evaluación, la Subdirección de Contratación comunicará mediante escrito, vía fax o electrónica, el inicio del período de observación. 5.2 ACLARACIÓN DE PROPUESTAS: Empresas Varias de Medellín E.S.P. podrá solicitar aclaraciones a las propuestas allegadas en forma oportuna, cuando parte de su contenido no sea claro o presente alguna confusión que dificulte la interpretación de la misma; así mismo podrá solicitar información que no refiera a documentos necesarios o esenciales para la comparación de las propuestas. El proceso de análisis y evaluación de las propuestas contemplará: 5.3 VERIFICACIONES JURÍDICA, FINANCIERA, Y TÉCNICO - ECONÓMICA:

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Consiste en el estudio y análisis de las propuestas desde los puntos de vista jurídico, financiero y técnico económico. Entre otros aspectos, se definirá si faltan documentos y si pueden solicitarse. Este estudio básicamente consistirá en la verificación de lo consignado en el Capítulo Tercero “Requisitos de participación” y en el Capítulo Cuarto “De las Propuestas”. La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de propuestas, no servirán de título suficiente para su rechazo; sin embargo, si dentro del término de un (1) día hábil contado a partir del recibo de la comunicación (la que puede ser remitida por fax, vía electrónica y/o física), en la que se solicita la información faltante o aclaratoria, el proponente no da respuesta o la misma es incompleta o no tiene sustento legal, financiero, técnico económico o fáctico, se procederá a la desestimación de la propuesta. Se desestimaran las propuestas que no cumplan con los requisitos jurídicos, técnicos o los filtros financieros establecidos en los presentes términos, de manera que sobre ellas no se adelantarán las evaluaciones respectivas. 5.4 FACTOR DE EVALUACIÓN: La calificación se hará solamente a las propuestas que hayan superado las verificaciones jurídica, financiera y técnica, las cuales se someterán a la evaluación de los siguientes aspectos, con la asignación de puntajes máximos de ponderación, así:

FACTORES DE EVALUACION PUNTOS

CALIDAD DEL SERVICIO

Cumplimiento de contratos anteriores

200

Experiencia

200

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

Estructura administrativa, Estructura Contable, Capacidad Operativa, Sistema de Gestión de

calidad

300

PRECIO 300

TOTAL 1.000

5.4.1. CALIDAD DEL SERVICIO: 400 PUNTOS

A. CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS ANTERIORES: 200 PUNTOS Para la calificación de este criterio se tendrá en cuenta la información señalada a partir del

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ítem 13 y siguientes del Anexo N° 6 “Modelo de Certificado” de los Términos de Invitación, en el cual se acreditará el cumplimiento de la ejecución de los Contratos relacionados por cada Proponente, en el Anexo N° 5 “Relación de Experiencia” de los Términos de Invitación, a los cuales se le asignará el siguiente puntaje: 200 Puntos al proponente que haya tenido en cada una de sus certificaciones una calificación de bueno o excelente y no hubiese sido sancionado, ni tenga en firme una declaratoria de incumplimiento o caducidad, ni se le haya hecho efectiva la garantía de cumplimiento, ni haya sido demandado por ocasión de un contrato.

150 Puntos a quien haya sido calificado en uno o varios de los certificados aportados como regular y no haya sido sancionado, ni tenga en firme una declaratoria de incumplimiento o caducidad, ni se le haya hecho efectiva la garantía de cumplimiento, ni haya sido demandado por ocasión de un contrato.

100 Puntos a quien haya sido multado por una vez entre todas las certificaciones aportadas, pero no se le haya hecho efectiva la garantía de cumplimiento, ni tenga en firme una declaratoria de incumplimiento o caducidad, ni haya sido sancionado por un procedimiento distinto al de las multas, ni haya sido demandado por ocasión de un contrato, ni calificado como deficiente.

50 Puntos a quien se le haya hecho efectiva por una vez la garantía de cumplimiento del contrato entre todas las certificaciones aportadas, pero no haya sido sancionado, ni tenga en firme una declaratoria de incumplimiento o caducidad, ni haya sido demandado por ocasión de un contrato, ni calificado como deficiente.

0 Puntos a quien se le haya hecho efectiva por más de una vez la garantía de cumplimiento del contrato entre todas las certificaciones aportadas o quien haya sido sancionado mediante un procedimiento distinto al de las multas, o tenga en firme una declaratoria de incumplimiento (caducidad), o que el contratista haya sido demandado por ocasión de un contrato, o haya sido multado por más de una vez, o haya sido calificado como deficiente.

B. EXPERIENCIA: 200 PUNTOS

La experiencia del proponente se calificará teniendo en cuenta el total de la suma de los valores de cada contrato relacionado en el Anexo No 5 “Relación de Experiencia”, debidamente certificados de conformidad con lo solicitado en el numeral 3.2.4.1 de los presentes términos de invitación durante los últimos diez (10) años hasta el momento de la presentación de la propuesta, expresado el valor de cada contrato en salarios mínimos legales mensuales vigentes a la fecha de iniciación del mismo.

Se calificara con base en la siguiente tabla:

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Salarios (SMLMV) Puntos

De 980 a 1299 50

De 1300 a 1599 100

De 1600 a 1939 150

De 1940 en adelante 200

5.4.2. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS: 300 PUNTOS El oferente que demuestre el cumplimiento de los siguientes parámetros, se le asignará un puntaje máximo asi: A= Ai x 300 /870 A: Aspectos Administrativos Ai: la sumatoria de los aspectos administrativos del proponente a considerar

Estructura Administrativa Experiencia Puntaje

Director/a Administrativo/a y/o Financiero/a

Tres años ó más relacionada. 150

entre dos y tres años 100

entre uno y dos años 50

Titulo Puntaje

Especialista 200

Profesional 150

Tecnólogo 100

Asistente Administrativa/o

Experiencia Puntaje

Dos años ó más relacionada. 25

entre uno y dos años 10

Titulo Puntaje

Tecnólogo 25

Técnica 10

Persona encargada de Salud Ocupacional y/o Seguridad Industrial

Experiencia Puntaje

Dos años ó más relacionada. 100

entre uno y dos años 50

Titulo Puntaje

Especialista 50

Profesional 25

Tecnólogo 10

Tipo de Vinculación Puntaje

Asesor 25

Planta 50

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Estructura Contable Experiencia Puntaje

Contador

Tres años ó más relacionada. 50

entre dos y tres años 25

entre uno y dos años 10

Titulo Puntaje

Especialista 50

Profesional 25

Tipo de Vinculación propuesta Puntaje

Asesor 25

Planta 50

Auxiliar Contable

Experiencia Puntaje

Dos años ó más relacionada. 25

entre uno y dos años 10

Titulo Puntaje

Tecnólogo 25

Técnica 10

Capacidad operativa Un contrato 25

dos o más contratos 50

Sistema de Gestión de calidad

Posee Certificado de Calidad ISO 9001:2000

20

No posee Certificado de Calidad ISO 9001:2000

0

NOTA: de los profesionales solicitados el Director/a Administrativo/a y/o Financiero/a ó el asistente administrativo y la Persona encargada de Salud Ocupacional y/o Seguridad Industrial, deben tener algún tipo de vinculación con el proponente, ya sea como asesor o como personal de planta, los demás como mínimo deben ser propuestos para su evaluación y el proponente favorecido con la adjudicación de cualquiera de los contratos se compromete a vincularlos antes de la suscripción del acta de inicio. 5.4.3. PRECIO: 300 PUNTOS Se verificarán y corregirán los errores aritméticos que se presenten en cada uno de los cuadros del Anexo Nº 4 “Análisis de Precios Unitarios (APU)”; El valor verificado y corregido de la propuesta será el utilizado para la comparación con las otras propuestas y será el que se tendrá en cuenta para la evaluación, la adjudicación y ejecución del contrato. Si el cuadro corregido tiene una diferencia igual o mayor del cinco por ciento (5%) con respecto a la propuesta original, este no se tendrá en cuenta para la evaluación y será desestimado en el grupo objeto de evaluación.

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Al preparar su propuesta el proponente no podrá cotizar el valor del kilometro barrido ordinario

diurno por encima del valor del kilometro barrido ordinario diurno oficial, así como tampoco

podrá cotizar ni la administración y la utilidad en ceros (0).

GRUPO VALOR KILOMETRO ORDINARIO DIURNO OFICIAL

1 $13.369,76

2 $14.178,19

3 $13.476,30

5 $13.620,34

6 $13.328,66

7 $12.459,55

8 $12.407,02

9 $12.534,24

Se asignará el puntaje así: Se evaluará el valor del kilometro barrido ordinario diurno, cotizado en el cuadro No 1 del anexo No 4 “Análisis de Precios Unitarios (APU)” que corresponde al Grupo 1, a cada propuesta que superó las verificaciones jurídicas, financieras y técnicas de las presentadas para dicho grupo; una vez se comparen, se les asignará el puntaje correspondiente resultando de este la propuesta con el mayor puntaje, la cual será recomendada para que se le adjudique el contrato correspondiente. De igual forma se procederá a comparar el valor del kilometro barrido ordinario diurno cotizado por los proponentes en el cuadro No 2 del anexo No 4 “Análisis de Precios Unitarios (APU)”, correspondiente al Grupo 2, no participando para esta evaluación el que obtuvo el mayor puntaje en el Grupo 1. Para la evaluación del cuadro No 3 del anexo No 4 “Análisis de Precios Unitarios (APU)”, que corresponde al Grupo 3, no participarán quienes obtuvieron el mayor puntaje en el grupo 1 y 2; y así se procederá sucesivamente hasta evaluar los grupos que conforman la presente invitación, no incluyendo en cada uno de éstos aquellos proponentes que obtuvieron la primera opción en los grupos ya evaluados, y aquellos que no se hayan presentado a cada uno de los grupos evaluados en su momento. Si faltaren algunos grupos por evaluarse por no existir más propuestas habilitadas, la Empresa se reserva el derecho de comparar los cuadros que correspondan a cada grupo que falta por evaluarse, presentados por los proponentes que obtuvieron el mayor puntaje en los grupos ya evaluados, siempre y cuando hayan cotizado para el grupo faltante. No obstante un proponente no podrá en ningún caso, ser adjudicatario de más de dos (2) grupos. Si un mismo proponente obtuvo el mayor puntaje en 2 grupos, no podrá participar en la

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evaluación para un tercer grupo. Cada grupo se calificará de acuerdo a la Media Geométrica, así:

n n

k

nnn kxxxxG ......221

321====

G = Media Geométrica X1, X2,… Xn = Valor del kilometro barrido ordinario diurno cotizado por todos los proponentes, mas el valor del kilometro barrido ordinario diurno oficial. n = Numero de proponentes que presentaron oferta Una vez calculada la Media Geométrica (G) se procederá a realizar la calificación del Precio de acuerdo a la siguiente relación:

PR = G - |A - G| X 300 G

PR = Calificación precio A = Precio del kilometro barrido ordinario diurno a considerar. G = Media Geométrica del kilometro barrido ordinario diurno cotizado por los proponentes. Nota: En estos valores se aceptarán un máximo de cinco (5) cifras con decimales. 5.5 CRITERIOS DE DESEMPATE: Si dos (2) o más propuestas llegaren a obtener la primera opción con el mismo puntaje, se aplicará el siguiente criterio: Se realizará sorteo con balota en presencia de los proponentes que obtengan el mismo puntaje. 5.6 ORDEN DE ELEGIBILIDAD: Este paso es el resultante de la evaluación de cada uno de los factores de evaluación señalados en el numeral 5.4 de estos términos. En él se define la primera opción para el proponente que obtuvo el mayor puntaje en la evaluación, la segunda opción para el siguiente y así sucesivamente para cada uno de los grupos, de acuerdo con los oferentes presentados para cada uno de ellos. Si faltaren algunos grupos por evaluarse por no existir más propuestas habilitadas, la Empresa se reserva el derecho de comparar los cuadros que correspondan a cada grupo que falta por evaluarse presentado por los proponentes que obtuvieron el mayor puntaje en los grupos ya evaluados, siempre y cuando hayan cotizado para el grupo faltante. No obstante un proponente

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no podrá en ningún caso ser adjudicatario de más de dos (2) grupos. No se incluirán en este listado los proponentes de aquellas ofertas que han sido desestimadas. 5.7 PERIÓDO DE OBSERVACIÓN DE LAS EVALUACIONES: Culminada la etapa de evaluación, la Subdirección de Contratación de la EMPRESA, mediante comunicación escrita, informará a aquellas personas que participaron en el proceso que se abre el periodo de observaciones, para lo cual las evaluaciones serán consultadas en la página web de la Empresa: www.emvarias.com.co ó en la Subdirección de Contratación de la Empresa. En dicho periodo, se podrá revisar y presentar las observaciones a los resultados de las evaluaciones, (eventuales inconformidades frente al análisis y la calificación de las propuestas) mediante un único escrito suscrito por el representante legal del proponente, dirigido a la Subdirección de Contratación, y dentro de un (1) día hábil contado a partir del recibo de la comunicación enviada por la EMPRESA (comunicación que puede ser remitida por fax, vía electrónica y/o física). Una vez vencido el término anterior, el o los evaluadores de la EMPRESA, deberá (n) dar respuesta sobre las observaciones presentadas por los proponentes. 5.8 AJUSTE ECONÓMICO Y NEGOCIACIÓN DIRECTA: 5.8.1 AJUSTE ECONÓMICO: Cuando todas las propuestas recibidas sean económicamente inconvenientes, previos los estudios y análisis pertinentes, podrá proceder la etapa de ajuste económico. En tal caso, la Subdirección de Contratación pondrá a consideración del Comité de Contratación la procedencia de la etapa de ajuste económico, siempre con arreglo a los principios señalados en la Resolución No 01 de marzo de 2010.

Para el ajuste económico se solicitará a los proponentes que resulten elegibles, que presenten una nueva propuesta económica en sobre cerrado, dentro del término que con tal fin se fije, vencido el cual se procederá a su apertura y a la evaluación de las ofertas, considerando los factores de ponderación establecidos.

Durante la etapa de ajuste económico ningún proponente podrá retirar su oferta, ni introducir modificaciones diferentes a las económicas, ni hacerla más desfavorable. 5.8.2 NEGOCIACIÓN DIRECTA: Se podrá realizar negociación directa cuando existiendo una sola oferta elegible o una que ocupe el primer lugar en la lista de elegibles, se considere que se pueden obtener mejores condiciones comerciales. En estos eventos no podrá haber cambios sustanciales de las condiciones técnicas.

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5.9 CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO DE CONTRATACIÓN: EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. podrá declarar desierto el proceso de contratación cuando se presente una de las siguientes causales: a. Cuando en la fecha y hora del cierre del proceso de contratación no se reciba ninguna

propuesta. b. Cuando todas las propuestas presentadas, luego de ser evaluadas, sean desestimadas. c. Cuando a juicio de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P las propuestas presentadas sean

inconvenientes para sus intereses. d. Cuando se presente por un hecho imprevisto una situación de inconveniencia para la Empresa. Mediante comunicación escrita, la Gerencia General comunicará la declaratoria de desierta del proceso de contratación. 5.10 ADJUDICACIÓN: La Subdirección de Contratación sustentará ante el Comité de Contratación la evaluación y calificación de las propuestas, así como las respuestas emitidas a las observaciones que se hubieren presentado. Igualmente podrá sugerir sobre la procedencia de la declaratoria de desierta del proceso, la etapa de Ajuste Económico (numeral 5.8.1) o de Negociación Directa (numeral 5.8.2), o la adjudicación del contrato. Las propuestas que obtengan el mayor puntaje se considerarán como las mejores y será el COMITÉ DE CONTRATACIÓN quien recomiende su adjudicación al Gerente General de Empresas Varias de Medellín E.S.P. Previo análisis, el Comité de Contratación recomendará al Gerente General las propuestas más favorables para su aceptación o la declaración de fallido del proceso de selección. Igualmente podrá determinar la procedencia de la etapa de Ajuste Económico o Negociación Directa, caso en el cual, la Subdirección de Contratación con el apoyo del Responsable del Proceso, deberá agotar el correspondiente trámite. El Gerente de Empresas Varias de Medellín E.S.P. aceptará la(s) propuesta(s) luego de ser recomendado por el Comité de Contratación. Si el proponente a quien se le haya aceptado la propuesta no suscribe el contrato en el término que se haya señalado para el efecto, Empresas Varias de Medellín E.S.P. procederá a hacer efectiva la póliza de seriedad de la oferta y podrá aceptar la propuesta al proponente calificado en el siguiente lugar. Nota: El Gerente mediante comunicación escrita informará sobre la aceptación de las propuestas a los proponentes favorecidos, y comunicará a los demás participantes, el resultado del proceso.

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5.11 PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO: Los nueve (9) contratos se entenderán perfeccionados en la fecha en que la Gerencia General comunique a los proponentes seleccionados la aceptación de su propuesta. 5.12 REQUISITOS PARA INICIAR EJECUCIÓN DEL CONTRATO:

Para suscribir el acta de inicio de cada contrato, es necesaria su previa formalización y legalización. El contrato estará formalizado cuando el documento escrito (minuta del contrato) haya sido firmado por ambas partes. El contrato estará legalizado, cuando la Empresa haya aprobado las garantías a las que hace alusión el numeral 2.8. de estos términos.

CAPITULO SEXTO

RELACIÓN DE ANEXOS

Anexo N° 1. Carta de presentación y declaración de inhabilidades e incompatibilidades. Anexo N° 2. Resumen de la propuesta. Anexo N°3. Pacto de transparencia. Anexo N° 4. Análisis de Precios Unitarios (APU). Anexo N° 5. Relación de Experiencia. Anexo N° 6. Modelo de Certificación Anexo N° 7. Especificaciones para el Plan de Salud Ocupacional. Anexo N° 8. Riesgos de la contratación. Anexo N° 9. Manual para uniformes de personal contratado. JAVIER IGNACIO HURTADO HURTADO Gerente General

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ANEXO No. 1 CARTA DE PRESENTACIÓN Y DECLARACIÓN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES

Señores EMPRESAS VARIAS DE MEDELLIN E.S.P Medellín De acuerdo con su invitación a contratar, el suscrito se compromete a ejecutar el objeto del contrato según el alcance, obligaciones y demás estipulaciones consignadas en los términos de invitación. Declaro que todos los datos presentados son exactos y que estoy dispuesto a iniciar las actividades objeto del contrato a partir de la suscripción del acta de inicio. El suscrito se obliga a firmar el Contrato correspondiente a esta oferta, en caso de ser aceptada, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su presentación. Igualmente me obligo a constituir la(s) garantía(s) especificada(s) en los términos de invitación y a cumplir con los requisitos de ejecución del Contrato que me sean exigidos. Mi oferta es válida por (_60_) días calendario contados a partir de la fecha de cierre de la invitación, con posibilidad de ampliación del plazo, cuando así lo considere esa Empresa. Adicionalmente, me comprometo a realizar la totalidad de los trabajos en un plazo de_________________________________________________contados a partir de la fecha del acta de inicio. Bajo la gravedad de juramento declaro lo siguiente: Que no me encuentro incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en las disposiciones generales que regulan la materia y en especial, en la Ley 1474 de 2011, artículos del 1 a 4; en el artículo 8 y demás normas pertinentes de la ley 80 de 1993, la ley 142 de 1994 o normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan y en el Código de Buen Gobierno de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P., las cuales declaramos conocer y acatar.

• Que en mi contra no ha sido dictado fallo con responsabilidad fiscal para los efectos indicados en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000.

• Que no me encuentro inhabilitado para contratar con EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P., en cuanto a que no soy familiar en segundo grado de consanguinidad, y/o de afinidad o primero civil del Gerente General de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P., o de cualquier funcionario del nivel directivo de esa Empresa.

• Que la firma que represento no se encuentra inhabilitada para celebrar contratos con EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. por el hecho de que ni el Gerente General de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. o cualquier funcionario del nivel directivo de esa Empresa, ni sus familiares en el segundo grado de consanguinidad, y/o de afinidad o primero civil tengan participación mayoritaria o ejercen control, desempeñen cargos directivos o participan directamente en la negociación de las condiciones de los servicios y

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el Contrato. Por medio del presente notifico que presento propuesta para los siguientes grupos, para lo cual anexaré a mi propuesta lo respectivos análisis de precios unitarios, de conformidad con lo establecido en los términos de invitación:

GRUPO PRESENTO (ELEGIR CON UNA X)

1

2

3

5

6

7

8

9

Solicitamos que la correspondencia y comunicaciones que EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN E.S.P. requiera enviarnos, sea remitida a la siguiente dirección Atentamente, NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL OFERENTE: NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO: FIRMA: _____________________ CÉDULA DE CIUDADANÍA: ________________ DE: _________________ Ciudad: __________________________ Fecha:____________________

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ANEXO No. 2 RESUMEN DE LA PROPUESTA

1. NOMBRE DEL PROPONENTE 2. CEDULA O NIT 3. DIRECCIÓN Y TELÉFONO 4. FAX 5. CORREO ELECTRONICO 6. OBJETO DE LA INVITACIÓN

7. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA:

Entidad que la otorga: Vigencia: Desde:

Hasta: Monto asegurado o depósito:

8. PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN:

9. VALOR TOTAL DEL KILOMETRO ORDINARIO DIURNO: (DEBE ESPECIFICAR EL VALOR DEL KILOMETRO ORDINARIO DIURNO, DE CADA GRUPO EN EL CUAL VA A PARTICIPAR):

10. OBSERVACIONES DEL PROPONENTE:

AUTORIZACIÓN Dada la actividad a desarrollar y el riesgo al cual está expuesto el personal a mi cargo y que ejecutará el contrato Autorizo a EMVARIAS, para realizar pruebas de alcoholemia ó sustancias psicoactivas, con el fin de hacer una verificación antes, durante ó al final de la jornada ó desarrollo de actividades, el Interventor o la persona que la entidad delegue está autorizado para no permitir el inicio de las actividades, ni continuar su labor a la persona que se le detecte alcohol o drogas psicoactivas, esto me será informado con el fin de que se tomen los correctivos al respecto de acuerdo a lo establecido en la Resolución 082 de 2009 y al reglamento interno de trabajo de la Empresa que represento. FIRMA DEL PROPONENTE___________________________________________________

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ANEXO No. 3 PACTO DE TRANSPARENCIA

Conforme a lo dispuesto en el Acuerdo Municipal No. 65 de 2008

Del Concejo de Medellín Los proveedores, proponentes, contratistas y servidores públicos de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN ESP se comprometen a orientar la gestión del proceso de contratación con respeto a los principios de legalidad, transparencia y probidad. Con tal fin los proveedores, proponentes y contratistas se comprometen a no ofrecer ninguna clase de prebendas, beneficios o dádivas a los servidores de la Empresa, para que sean favorecidos en el proceso de selección y/o para flexibilizar el control de la supervisión durante la ejecución del contrato. Igualmente se comprometen a ejecutar el objeto del contrato de la manera que mejor satisfaga los intereses de la Entidad y de la comunidad. Por su parte, los servidores de la Empresa, incluyendo a quienes ejecuten la supervisión contratada, se comprometen a facilitar el acceso equitativo y transparente que garantice la pluralidad de proponentes y contratistas, presentando la información de manera pública, oportuna, verídica, completa y exacta. , para todos aquellos que participen en el proceso de contratación, al igual que a otros servidores públicos y a la ciudadanía en general para su análisis y control. Igualmente se obligan a ejercer las funciones públicas de manera honesta y transparente y teniendo como criterio de acción la eficiencia de la función, la preferencia de los intereses colectivos sobre el particular, el control de sus funciones, el adecuado manejo de dineros y bienes públicos, evitar y denunciar toda conducta que atente contra la probidad de los demás, tanto de servidores como de la ciudadanía. Los servidores de Empresas Varias de Medellín ESP y sus grupos de interés tales como proveedores, proponentes y contratistas, declaran que los principios éticos contenidos en el Código de Ética son su marco de actuación. Por la Empresa ___________________________ _________________________ JAVIER IGNACIO HURTADO HURTADO Por el Proponente Gerente General

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ANEXO No. 4 ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS (APU). - GRUPO 1

ITEMS COSTO TOTAL KILOMETRO

Nota: Dado que el APU del presente Anexo contempla exclusivamente el valor del kilometro barrido ordinario diurno (el cual no incluye los recargos nocturnos); el valor de los recargos dominicales y festivos, cuando haya lugar a ello, serán así: Recargo festivo diurno/kilometro barrido (RkFD), Recargo dominical/kilometro barrido (RkD). Recargo festivo nocturno/kilometro barrido (RkNF).

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

1. OPERARIO (ESCOBITA)

MANO DE OBRA

Básico 5,668.27

Prestaciones Sociales 1,237.38

Seguridad Social 1,918.71

Subsidio de Transporte 677.88

Subtotal 9,502.25

DOTACION

Uniforme (camisa, pantalón y gorra) 240.07

Zapatos 109.76

Guantes 32.01

Tapa bocas 3.35

Subtotal 385.19

IMPLEMENTOS

Zorras 168.86

Bolsas 443.25

Palas 16.89

Conos Reflectivos 36.59

Rastrillos 8.21

Cepillos y/o escobas 39.40

Motos a todo costo 28.43

Equipo de comunicación 11.90

Subtotal 753.52

RECOLECCION Y TRANSPORTE DE RESIDUOS 1,015.46

SUPERVISION

Básico 99.13

Prestaciones Sociales 21.64

Seguridad Social 33.55

TOTAL COSTOS DIRECTOS 11,810.74

SEGUROS 1% 118.11

IMPUESTOS 1% 118.11

A.U.

Administración

Utilidad

TOTAL KILOMETRO

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ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS (APU). - GRUPO 2

ITEMS COSTO TOTAL KILOMETRO

Nota: Dado que el APU del presente Anexo contempla exclusivamente el valor del kilometro barrido ordinario diurno (el cual no incluye los recargos nocturnos); el valor de los recargos dominicales y festivos, cuando haya lugar a ello, serán así: Recargo festivo diurno/kilometro barrido (RkFD), Recargo dominical/kilometro barrido (RkD). Recargo festivo nocturno/kilometro barrido (RkNF).

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

1. OPERARIO (ESCOBITA)

MANO DE OBRA

Básico 5,668.27

Prestaciones Sociales 1,237.38

Seguridad Social 1,918.71

Subsidio de Transporte 677.88

Subtotal 9,502.25

DOTACION

Uniforme (camisa, pantalón y gorra) 240.07

Zapatos 109.76

Guantes 32.01

Tapa bocas 3.35

Subtotal 385.19

IMPLEMENTOS

Zorras 168.86

Bolsas 443.25

Palas 16.89

Conos Reflectivos 36.59

Rastrillos 8.21

Cepillos y/o escobas 39.40

Motos a todo costo 45.21

Equipo de comunicación 18.92

Subtotal 777.32

RECOLECCION Y TRANSPORTE DE RESID 1,614.75

SUPERVISION

Básico 157.63

Prestaciones Sociales 34.41

Seguridad Social 53.36

TOTAL COSTOS DIRECTOS 12,524.90

SEGUROS 1% 125.25

IMPUESTOS 1% 125.25

A.U.

Administración

Utilidad

TOTAL KILOMETRO

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ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS (APU). - GRUPO 3

ITEMS COSTO TOTAL KILOMETRO

Nota: Dado que el APU del presente Anexo contempla exclusivamente el valor del kilometro barrido ordinario diurno (el cual no incluye los recargos nocturnos); el valor de los recargos dominicales y festivos, cuando haya lugar a ello, serán así: Recargo festivo diurno/kilometro barrido (RkFD), Recargo dominical/kilometro barrido (RkD). Recargo festivo nocturno/kilometro barrido (RkNF).

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

1. OPERARIO (ESCOBITA)

MANO DE OBRA

Básico 5,668.27

Prestaciones Sociales 1,237.38

Seguridad Social 1,918.71

Subsidio de Transporte 677.88

Subtotal 9,502.25

DOTACION

Uniforme (camisa, pantalón y gorra) 240.07

Zapatos 109.76

Guantes 32.01

Tapa bocas 3.35

Subtotal 385.19

IMPLEMENTOS

Zorras 168.86

Bolsas 443.25

Palas 16.89

Conos Reflectivos 36.59

Rastrillos 8.21

Cepillos y/o escobas 39.40

Motos a todo costo 30.64

Equipo de comunicación 12.82

Subtotal 756.65

RECOLECCION Y TRANSPORTE DE RESID 1,094.44

SUPERVISION

Básico 106.84

Prestaciones Sociales 23.32

Seguridad Social 36.16

TOTAL COSTOS DIRECTOS 11,904.86

SEGUROS 1% 119.05

IMPUESTOS 1% 119.05

A.U.

Administración

Utilidad

TOTAL KILOMETRO

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ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS (APU). - GRUPO 5

ITEMS COSTO TOTAL KILOMETRO

Nota: Dado que el APU del presente Anexo contempla exclusivamente el valor del kilometro barrido ordinario diurno (el cual no incluye los recargos nocturnos); el valor de los recargos dominicales y festivos, cuando haya lugar a ello, serán así: Recargo festivo diurno/kilometro barrido (RkFD), Recargo dominical/kilometro barrido (RkD). Recargo festivo nocturno/kilometro barrido (RkNF).

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

1. OPERARIO (ESCOBITA)

MANO DE OBRA

Básico 5,668.27

Prestaciones Sociales 1,237.38

Seguridad Social 1,918.71

Subsidio de Transporte 677.88

Subtotal 9,502.25

DOTACION

Uniforme (camisa, pantalón y gorra) 240.07

Zapatos 109.76

Guantes 32.01

Tapa bocas 3.35

Subtotal 385.19

IMPLEMENTOS

Zorras 168.86

Bolsas 443.25

Palas 16.89

Conos Reflectivos 36.59

Rastrillos 8.21

Cepillos y/o escobas 39.40

Motos a todo costo 33.63

Equipo de comunicación 14.07

Subtotal 760.89

RECOLECCION Y TRANSPORTE DE RESID 1,201.22

SUPERVISION

Básico 117.26

Prestaciones Sociales 25.60

Seguridad Social 39.69

TOTAL COSTOS DIRECTOS 12,032.10

SEGUROS 1% 120.32

IMPUESTOS 1% 120.32

A.U.

Administración

Utilidad

TOTAL KILOMETRO

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ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS (APU). - GRUPO 6

ITEMS COSTO TOTAL KILOMETRO

Nota: Dado que el APU del presente Anexo contempla exclusivamente el valor del kilometro barrido ordinario diurno (el cual no incluye los recargos nocturnos); el valor de los recargos dominicales y festivos, cuando haya lugar a ello, serán así: Recargo festivo diurno/kilometro barrido (RkFD), Recargo dominical/kilometro barrido (RkD). Recargo festivo nocturno/kilometro barrido (RkNF).

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

1. OPERARIO (ESCOBITA)

MANO DE OBRA

Básico 5,668.27

Prestaciones Sociales 1,237.38

Seguridad Social 1,918.71

Subsidio de Transporte 677.88

Subtotal 9,502.25

DOTACION

Uniforme (camisa, pantalón y gorra) 240.07

Zapatos 109.76

Guantes 32.01

Tapa bocas 3.35

Subtotal 385.19

IMPLEMENTOS

Zorras 168.86

Bolsas 443.25

Palas 16.89

Conos Reflectivos 36.59

Rastrillos 8.21

Cepillos y/o escobas 39.40

Motos a todo costo 27.58

Equipo de comunicación 11.54

Subtotal 752.31

RECOLECCION Y TRANSPORTE DE RESID 985.00

SUPERVISION

Básico 96.15

Prestaciones Sociales 20.99

Seguridad Social 32.55

TOTAL COSTOS DIRECTOS 11,774.44

SEGUROS 1% 117.74

IMPUESTOS 1% 117.74

A.U.

Administración

Utilidad

TOTAL KILOMETRO

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ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS (APU). - GRUPO 7

ITEMS COSTO TOTAL KILOMETRO

Nota: Dado que el APU del presente Anexo contempla exclusivamente el valor del kilometro barrido ordinario diurno (el cual no incluye los recargos nocturnos); el valor de los recargos dominicales y festivos, cuando haya lugar a ello, serán así: Recargo festivo diurno/kilometro barrido (RkFD), Recargo dominical/kilometro barrido (RkD). Recargo festivo nocturno/kilometro barrido (RkNF).

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

1. OPERARIO (ESCOBITA)

MANO DE OBRA

Básico 5,668.27

Prestaciones Sociales 1,237.38

Seguridad Social 1,918.71

Subsidio de Transporte 677.88

Subtotal 9,502.25

DOTACION

Uniforme (camisa, pantalón y gorra) 240.07

Zapatos 109.76

Guantes 32.01

Tapa bocas 3.35

Subtotal 385.19

IMPLEMENTOS

Zorras 168.86

Bolsas 443.25

Palas 16.89

Conos Reflectivos 36.59

Rastrillos 8.21

Cepillos y/o escobas 39.40

Motos a todo costo 59.31

Equipo de comunicación 24.81

Subtotal 797.31

SUPERVISION

Básico 206.78

Prestaciones Sociales 45.14

Seguridad Social 70.00

TOTAL COSTOS DIRECTOS 11,006.67

SEGUROS 1% 110.07

IMPUESTOS 1% 110.07

A.U.

Administración

Utilidad

TOTAL KILOMETRO

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ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS (APU). - GRUPO 8

ITEMS COSTO TOTAL KILOMETRO

Nota: Dado que el APU del presente Anexo contempla exclusivamente el valor del kilometro barrido ordinario diurno (el cual no incluye los recargos nocturnos); el valor de los recargos dominicales y festivos, cuando haya lugar a ello, serán así: Recargo festivo diurno/kilometro barrido (RkFD), Recargo dominical/kilometro barrido (RkD). Recargo festivo nocturno/kilometro barrido (RkNF).

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

1. OPERARIO (ESCOBITA)

MANO DE OBRA

Básico 5,668.27

Prestaciones Sociales 1,237.38

Seguridad Social 1,918.71

Subsidio de Transporte 677.88

Subtotal 9,502.25

DOTACION

Uniforme (camisa, pantalón y gorra) 240.07

Zapatos 109.76

Guantes 32.01

Tapa bocas 3.35

Subtotal 385.19

IMPLEMENTOS

Zorras 168.86

Bolsas 443.25

Palas 16.89

Conos Reflectivos 36.59

Rastrillos 8.21

Cepillos y/o escobas 39.40

Motos a todo costo 52.53

Equipo de comunicación 21.98

Subtotal 787.70

SUPERVISION

Básico 183.15

Prestaciones Sociales 39.98

Seguridad Social 62.00

TOTAL COSTOS DIRECTOS 10,960.26

SEGUROS 1% 109.60

IMPUESTOS 1% 109.60

A.U.

Administración

Utilidad

TOTAL KILOMETRO

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ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS (APU). - GRUPO 9

ITEMS COSTO TOTAL KILOMETRO

Nota: Dado que el APU del presente Anexo contempla exclusivamente el valor del kilometro barrido ordinario diurno (el cual no incluye los recargos nocturnos); el valor de los recargos dominicales y festivos, cuando haya lugar a ello, serán así: Recargo festivo diurno/kilometro barrido (RkFD), Recargo dominical/kilometro barrido (RkD). Recargo festivo nocturno/kilometro barrido (RkNF).

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

1. OPERARIO (ESCOBITA)

MANO DE OBRA

Básico 5,668.27

Prestaciones Sociales 1,237.38

Seguridad Social 1,918.71

Subsidio de Transporte 677.88

Subtotal 9,502.25

DOTACION

Uniforme (camisa, pantalón y gorra) 240.07

Zapatos 109.76

Guantes 32.01

Tapa bocas 3.35

Subtotal 385.19

IMPLEMENTOS

Zorras 168.86

Bolsas 443.25

Palas 16.89

Conos Reflectivos 36.59

Rastrillos 8.21

Cepillos y/o escobas 39.40

Motos a todo costo 68.95

Equipo de comunicación 28.85

Subtotal 810.98

SUPERVISION

Básico 240.38

Prestaciones Sociales 52.48

Seguridad Social 81.37

TOTAL COSTOS DIRECTOS 11,072.65

SEGUROS 1% 110.73

IMPUESTOS 1% 110.73

A.U.

Administración

Utilidad

TOTAL KILOMETRO

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ANEXO No. 5.

RELACIÓN DE EXPERIENCIA

Número

Contrato Objeto del contrato

Entidad Contratante

Fecha de inicio

Fecha de terminación

Valor en pesos

Valor en SMLMV

Total

___________________________ ______________________

Firma del REPRESENTANTE LEGAL Firma del REVISOR FISCAL ( ) o

Firma del CONTADOR ( )

* SMLMV expresados en el valor correspondiente a la fecha (año) de inicio del contrato.

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ANEXO No 6 MODELO DE CERTIFICADO

Fecha de expedición:

Nombre de la entidad contratante (Pública o Privada)

Nit

Numero de contrato

Objeto

Valor del contrato

Valor expresado en SMMLV a la fecha de inicio

Fecha de inicio

Fecha de terminación

Valor ejecutado a la fecha

Prorrogas

Adiciones

Porcentaje total de ejecución correspondiente a la actividad del objeto contractual con respecto al valor total del

contrato

Multas Ninguna 1 2 Ó más

Sanciones por un procedimiento distinto al de multas

Ninguna 1 2 Ó más

Demandas con ocasión del contrato Ninguna 1 2 Ó más

Declaratoria de incumplimiento (caducidad)

SI NO

Garantías que se le hayan hecho efectivas por incumplimiento del contrato

SI Cuales? NO

Desempeño en el contrato

Excelente Bueno Regular Deficiente

Firma del Representante Legal ó de la persona autorizada

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ANEXO No. 7 SALUD OCUPACIONAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

Durante la ejecución del contrato, se debe llevar a cabo un programa de salud ocupacional en el que se consideren todos los requisitos de Ley y que propenda por el bienestar de los trabajadores. Adicionalmente cuando la Empresa implemente el Manual de seguridad, salud y ambiente para contratistas, deberán de cumplir con todo lo establecido en el.

Con el ánimo de proteger la salud individual y colectiva de los trabajadores que realizan labores objeto de este contrato, de los riesgos ergonómicos, físicos, químicos, biológicos, locativos, psicolaborales y demás, provenientes de las actividades a contratar en la presente invitación, se hace necesario solicitar el cumplimiento a cabalidad de los componentes del programa de salud ocupacional que a continuación se relacionan:

a) PANORAMA DE FACTORES DE RIESGOS: El cual deberá contener número de expuestos, tiempos de exposición, grupo de factores de riesgo, riesgos por oficio, posibles consecuencias, probabilidad de ocurrencia de los riesgos; cálculo del grado de peligrosidad, método de control de los riesgos, observaciones y recomendaciones.

b) SUBPROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO: En éste se deberán

desarrollar actividades de promoción y prevención de salud tendientes a proteger al trabajador de riesgos ocupacionales, lesiones osteomusculares, riesgo químico periódicos, ubicándolos en oficios acordes con su condición psico-fisiológica y manteniéndolo en actitud de producción de trabajo. Organizar y promover un servicio oportuno de primeros auxilios, dotar permanentemente el botiquín de primeros auxilios, vacunar al personal que ingrese contra tétano, difteria y tétano.

c) SUBPROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL: En el cual se deberán desarrollar

actividades de identificación, reconocimiento, evaluación y control de los factores de riesgo, suministrar el equipo de protección personal acorde con los riesgos presentes, investigación permanente de accidentes de trabajo para definir causalidad, definir las normas de seguridad según el riesgo a prevenir, verificar de manera permanente la utilización del equipo de protección personal.

d) Verificar la afiliación al régimen de seguridad social en salud, pensiones y riesgos

profesionales.

El programa de salud ocupacional deberá estar orientado principalmente a los riesgos de la actividad a ejecutar por el contratista y deberá ser armonizado con toda la normatividad vigente en la materia. La Ley 9 de 1979, Resolución 2400 de 1979, Decreto 614 de 1984, Resolución 1016 de 1989, Resolución 2013 de 1986, Decreto 1295, Ley 776 de 2002 y demás normas contempladas en salud ocupacional.

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La empresa contratista debe garantizar la disponibilidad de equipo y herramientas necesarias para la prevención y control de accidentes y emergencias resultantes de su actividad (Prevención, Atención, Respuesta y Recuperación). Respecto a los productos químicos que el contratista emplee, deberá suministrar y tener disponibles en el sitio de trabajo las hojas y fichas de seguridad (MSDS) de todos los productos químicos empleados de acuerdo a la NTC 4435, garantizar su adecuado manejo durante el transporte, almacenamiento, disposición, evitar derrames y poseer los elementos adecuados para su contención. De lo anterior el Interventor del contrato hará estricta revisión semanal. El programa de salud ocupacional deberá ser entregado a la Interventoría el día de la firma del acta de inicio, para su posterior revisión y comentarios por parte de la Unidad Ambiental y Salud Ocupacional de Emvarias E.S.P. El contratista debe dotar al personal de todos los implementos de protección requeridos para cada una de las funciones específicas tales como monogafas, uniformes, entre otros (el listado del equipo de protección personal a entregar debe de ser remitido a la interventoría con el programa de salud ocupacional). Es importante tener en cuenta que el personal debe permanecer en los frentes de trabajo uniformados e identificados. Por ninguna razón se permitirá el ingreso del personal sin la dotación específica al sitio de trabajo. El contratista deberá reportar a la interventoría los registros de la entrega de estos elementos, mensualmente. El contratista deberá de capacitar a su personal en temas relacionados con salud ocupacional y los soportes de dichas capacitaciones serán remitidos a la Inteventoría mensualmente con la factura de venta. Adicionalmente, se debe llevar un registro de los accidentes de trabajo semanal y reportarlos al Interventor, en el formato establecido por el contratista y presentarlo en los informes mensuales. El contratista deberá tener en cuenta que para laborar al interior de las instalaciones de emvarias, está prohibido el ingreso y permanencia de personal bajo los efectos del alcohol y drogas psicoactivas. Dada la actividad a desarrollar y el riesgo al cual está expuesto el personal, Empresas Varias de Medellín E.S.P., podrá realizar pruebas de alcoholemia ó sustancias psicoactivas al personal del contratista, con el fin de hacer una verificación antes, durante ó al final de la jornada ó desarrollo de actividades, el Interventor estará en capacidad de no permitir el inicio de las actividades, ni continuar su labor a la persona que se le detecte alcohol o drogas psicoactivas, esto será informado al jefe inmediato ó al Representante Legal del contratista con el fin de que se tomen los correctivos al respecto. NOTA: El personal del proponente debe estar capacitado para responder adecuadamente ante las posibles situaciones de amenaza, accidente o emergencia.

Respecto a las actividades de alto riesgo a las que el personal del contratista esté expuesto, deberá:

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• Disponer de personal capacitado, competente y calificado para las actividades con trabajos en alturas.

• Implementar el Programa de Protección contra Caídas de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente, las medidas necesarias para la identificación, evaluación y control de los riesgos asociados al trabajo en alturas.

• Cubrir todas las condiciones de riesgo existentes mediante medidas de control contra caídas de personas y objetos, las cuales deben ser dirigidas a su prevención en forma colectiva, antes de implementar medidas individuales de protección contra caídas. En ningún caso, podrán ejecutarse trabajos sin la adopción previa de dichas medidas colectivas.

• Garantizar un programa de capacitación y entrenamiento a todo trabajador que esté expuesto al riesgo de trabajo en alturas, antes de iniciar tareas.

• Delimitar el área Medida de prevención que tiene por objeto limitar el área o zona de peligro de caída de personas y prevenir el acercamiento de personas a ésta.

La delimitación de la zona de peligro de caída de personas se hará mediante cuerdas, cables, vallas, cadenas, cintas, reatas, bandas, conos, balizas, banderas, de cualquier tipo de material, de color amarillo y negro, combinados, si son permanentes y naranja y blanco, combinados, si son temporales.

Los elementos utilizados para delimitar las zonas de peligro y riesgo pueden ir o no enganchados a soportes de señalización, según sea necesario y pueden ser utilizados solos o combinados entre sí, de tal manera que se garantice su visibilidad de día y de noche. Siempre que se utilice un sistema de delimitación, cualquiera que sea, se debe utilizar señalización.

En las áreas de trabajo en alturas en donde no sea viable el sistema de delimitación, deben adoptarse otras medidas de protección contra caída dispuestas en la presente resolución.

Siempre que un trabajador ingrese a la zona de peligro, debe estar previamente autorizado (permiso de trabajo en alturas) y con las medidas de protección contra caídas, en caso de que no haya barandas que cumplan con las especificaciones descritas en la presente resolución.

CONDICIONES DEL PERMISO DE TRABAJOS EN ALTURAS

El contratista o la persona que vaya a realizar el trabajo en altura, antes de iniciar el trabajo, debe organizar todo lo que necesita para realizar su labor: herramientas, sistemas de ascenso, elementos de protección personal, elementos para la señalización y demarcación y ubicar en el

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sitio donde se va a realizar el trabajo. Además debe: a) Realizar una inspección visual y un análisis de los riesgos del lugar y de la periferia:

proximidad de cables eléctricos, peligro de caída de objetos, etc. b) Hacer una revisión exhaustiva de los implementos que va a utilizar: Sistemas de ascenso,

elementos de protección personal, herramientas, cuerdas, conectores, etc. que cumplan con las especificaciones de este procedimiento, en caso contrario debe notificar a su jefe inmediato.

c) El supervisor contratista verifica que quien(es) va(n) a realizar el trabajo cuente(n) con el entrenamiento y tengan en la autorización para trabajo en alturas, con la firma del Responsable del área de su empresa.

Para la prevención de caídas de objetos se deben delimitar áreas para paso peatonal. Así mismo, evitar que las personas ingresen a zonas con peligro de caída de objetos.

Todo el personal utilizado por el contratista deberá hacerse un examen médico general con énfasis en salud ocupacional, Los registros de estos exámenes deben enviarse al interventor del contrato para que pueda verificar el cumplimiento de este requisito Para la iniciación de labores es requisito indispensable entregar a la Interventoría la constancia de afiliación a los sistemas de seguridad social de cada uno de los trabajadores que participará en la ejecución de este contrato (EPS, ARP, Fondo de pensiones y caja de compensación), de acuerdo a las leyes vigentes al respecto. Igualmente deberá enviar mensualmente copia del pago realizado a dichas entidades. Dada la actividad a desarrollar y el riesgo al cual está expuesto el personal, Empresas Varias de Medellín E.S.P., podrá realizar pruebas de alcoholemia ó sustancias psicoactivas al personal del contratista, con el fin de hacer una verificación antes ó durante el desarrollo de actividades, el Interventor estará en capacidad de no permitir el inicio de las actividades, ni continuar su labor a la persona que se le detecte alcohol o drogas psicoactivas, esto será informado al jefe inmediato ó al representante Legal del contratista con el fin de que se tomen los correctivos al respecto.

CUADRO No. 1

PANORAMA DE FACTORES DE RIESGO PRIORITARIOS. PROCESO O

ACTIVIDADES DE MAYOR

RIESGO

FACTORES DE RIESGO

ASOCIADOS

FUENTE GENERADORA

Nro. EXPUESTOS

TIPO EXPOSICIÓN

ACCIONES DE PREVENCIÓN ACCIONES DE

PROMOCIÓN EN LA

FUENTE EN EL

MEDIO EN EL

TRABAJADOR

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ANEXO No. 8 RIESGOS DE LA CONTRATACIÓN

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ANEXO No. 9

UNIFORMES PERSONAL VINCULADO Y CONTRATISTA 2013

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Especificaciones técnicas

CAMISA: Fabricada en tela dril color caqui REF: G-19660 combinado con dril raza color naranja REF:T-12725.

Nota: se podrán utilizar las referenciascorrespondientes tanto en dril vulcano como raza.

Cuello sport, manga larga con puño, con unbolsillo delantero en el costado izquierdo con tapade color naranja (lleva ojal). Abajo Logotipo deEMVARIAS estampado plastisol color blancoubicado en el centro de la tapa (10 cm).

Arriba del bolsillo impreso en blanco el número decontrato y año en letra arial. Al lado derecho a laaltura del bolsillo, logotipo de la empresacontratista color blanco en un espacio de 10X10cm.

Cotilla delantera en naranja que pasa hacia laespalda con terminación recta. En la parte deatrás y sobre el color naranja se estampará lapalabra CONTRATISTA en mayúscula, letra arial, 15cm de ancho, debajo logotipo de EMVARIAS encolor blanco, 30 cm de ancho por el altoproporcional (aplicar base antes del estampadopara garantizar el color blanco del logotipo).Seguido va la cinta reflectiva de microesferascolor plata de 2,5 cm de ancho.

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Especificaciones técnicas

PANTALÓN: Fabricado en tela dril colorcaqui REF: G-19660, combinado con drilraza color naranja REF: T-12725.

Nota: se podrán utilizar las referenciascorrespondientes tanto en dril vulcanocomo raza.

Bolsillos delanteros a cada lado y bolsillostipo ojal en la parte trasera, Lleva dosbolsillos calibradores con tapa naranja,cada uno en los laterales a la altura de lapierna, con el símbolo de EMVARIAS en latapa estampado plastisol color blanco(aplicar base antes del estampado paragarantizar el color blanco del logotipo).

Logo impreso de EMVARIAS vertical de 20 cmen la pierna derecha.

Correa con hebilla fabricada en riata colornaranja.

Cinta reflectiva de 2.5 cm ubicada a 15 cmdel bolsillo lateral.

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GORRA: Fabricada en tela dril color caquiREF: G-19660, la visera y los casquetesfrontales van en dril raza color naranja REF:T-12725. Logotipo estampado plastisol colorblanco, tamaño 15 cm de ancho por el altoproporcional. La gorra debe llevar orificioen cada casco bordados en hilo naranja.Visera ensanduchada.

Nota: se podrán utilizar las referenciascorrespondientes tanto en dril vulcanocomo raza.

El sistema corredizo de ajuste conterminado bronce y correas de colornaranja.

El logotipo estampado en la parte traseraderecha en color blanco de 5 cm de ancho yel alto proporcional.

Especificaciones técnicas