tercerización laboral

7

Click here to load reader

Upload: marco-antonio-nolasco-mamani

Post on 05-Jul-2015

283 views

Category:

Documents


2 download

TRANSCRIPT

Page 1: Tercerización Laboral

INTRODUCCION

En los últimos años los procesos de descentralización productiva se han incrementado debido a las ventajas económicas que genera a las empresas. Existen dos figuras vinculadas a este proceso, la intermediación laboral y la tercerización. La primera consiste en el destaque de personal de una empresa de servicios a una empresausuaria, mientras que en el segundo caso la empresa contratante se desprende de una etapa del proceso productivo para que sea una segunda empresa -contratista- quien lo desarrolle. En nuestro país la legislación laboral sólo regula la intermediación, Laboral la norma que comentamos, detalla la definición de la tercerización y las implicación de su uso fraudulento.

 

La tercerización y la intermediación laboral, constituyen dos disciplinas, dos dinámicas que permanentemente se encuentran presentes en la actividad empresarial y eltrabajo. Es un entorno en un caso necesario, particularmente fundamental en el proceso de globalización; nos referimos a la "Tercerización". El otro aspecto la "Intermediación" constituye un espectro que necesita una recomposición para superar las taras que trae consigo.  

La intermediación que puede contraer otros resultados en países en desarrollo laboral; aquí en el país constituye una negación, una superposición de valores antagónicos que afectan continuamente la dignidad del trabajador contratado. Aquí en el país se habló y se sigue hablando del tema; pero no se logra acortar la distancia de la explotación y ambigüedades de patrones envilecidos por enriquecerse con el sudor de sus trabajadores. Hasta que no se proceda en generar una ley que regule esta intermediación, miles de miles de trabajadores, nadie les va a quitar de la cabeza que sus reclamos se ventilan en las calles con marchas absurdas e intrascendentes.

La tercerización, no constituye el aporte y contratación directa de trabajadores. Aquellas aportan "servicios". Existe una cualidad muy importante de las empresas de tercerización; singularmente realizan investigación del mercado laboral y ofertan respuestas y expectativas. Mientras que la actividad de tercerización invierte; la

Page 2: Tercerización Laboral

intermediación, tercia para convertirse en un administrador de la explotación.

 

 

CONCEPCION

 

 DEFINICION DE TERCERIZACION LABORAL

Se entiende por tercerización la contratación de empresas para que desarrollen actividades especializadas u obras, siempre que aquellas asuman los servicios prestados por su cuenta y riesgo; cuenten con sus propios recursos financieros, técnicos o materiales; sean responsables por los resultados de sus actividades y sus trabajadores estén bajo su exclusiva subordinación. 

Constituyen elementos característicos de tales actividades, entre otros, la pluralidad de clientes, que cuente con equipamiento, la inversión de capital y la retribución por obra o servicio. En ningún caso se admite la sola provisión de personal. La aplicación de este sistema de contratación no restringe el ejercicio de los derechos individuales y colectivos de los trabajadores.

 DEFINICION DE INTERMEDIACION LABORAL

 

Es la actividad organizada encaminada a poner en contacto a oferentes ydemandantes de mano de obra dentro del mercado laboral para que mutuamente satisfagan sus necesidades, entendiéndose como oferentes de mano de obra las personas naturales que están disposición de ofrecer su fuerza de trabajo en un mercado laboral y, como demanda de la mano de obra, el reconocimiento de las diferentes unidades económicas para que sus vacante, sean ocupadas por personas calificadas para el desempeño de las mismas

 

Page 3: Tercerización Laboral

La intermediación laboral es aquella figura que tiene como finalidad exclusiva la prestación de servicios por parte de una tercera empresa. Así, involucra a tres agentes: una tercera empresa, la empresa usuaria y a los trabajadores mediante los cuales se brinda el servicio de intermediación laboral.

Es así que sólo se otorga la fuerza de trabajo, es decir al personal capacitado y calificado para el desarrollo de la actividad; y sólo podrá prestarse por empresas de servicios que se encuentren constituidas como personas jurídicas de acuerdo a la Ley General de Sociedades y como Cooperativas de acuerdo a la Ley General de Cooperativas.

Así también, existe una garantía de pago hacia los trabajadores puesto que, frente a un supuesto de impago, la empresa usuaria responde solidariamente por la empresa de intermediación.

Sin embargo, es posible mencionar que la empresa usuaria no podrá contratar a una empresa de intermediación laboral paran cubrir personal que se encuentre ejerciendo el derecho de huelga o para cubrir personal en otra empresa de servicios, de acuerdo al artículo 8° de la Ley N° 27626, Ley que regula la actividad de las empresas especiales de servicios y de las cooperativas de trabajadores. Sólo procede la intermediación laboral en los supuestos de temporalidad (contratos ocasionales y de suplencia), complementariedad o especialización; es decir, que los trabajadores de la empresa que brinda el servicio, no pueden formar parte dentro del desarrollo principal de la empresa usuaria.

 

Asimismo, la Ley en mención establece porcentajes limitativos para el número de trabajadores de empresas de intermediación que pueden brindar servicios en las empresas usuarias. Esta limitación consiste en exceder del 20% del total de trabajadores de la empresa usuaria; por su carácter temporal. Es así, que frente a un incumplimiento respecto de los límites permisibles y/o frente a contratos de intermediación fuera de los supuestos establecidos por la norma, se genera la desnaturalización de la intermediación laboral, entendiéndose la existencia de un contrato de trabajo con los trabajadores, fuera de las sanciones que se le imputarían a las empresas partes.

 

Page 4: Tercerización Laboral

DIFERENCIAS ENTRE INTERMEDIACION Y TERCERIZACION LABORAL

 

  Intermediación Laboral

 

Tercerización (outsourcing)

Partes Relación triangular entre la empresa usuaria, la empresa de servicios y el trabajador.

 

Relación entre la empresa contratante y lacontratista.

Actividad

 

La empresa de serviciosdestaca personal a la usuaria para labores complementarias, temporales o especializadas.

 

La empresa contratista se hace cargo de una fase del proceso productivo y cuenta con una organización empresarial propia

Poder de

Dirección

 

 

 La empresa de servicioscede parte de su poder de dirección (dirección y fiscalización) a la usuaria, mientras que mantiene el poder diciplinario.

El poder de dirección lo ejerce integramente la contratista.

 

Diferencia

escencial

 

Hay dos empleadores: el empleador formal (empresa de servicios) y el un empleador real (empresa usuaria)

 

Hay un solo empleador, la contratista.

 

Page 5: Tercerización Laboral

Elemento típico

 

Los trabajadores laboran en las instalaciones de la empresa usuaria.

 

Las labores se realizan en las instalaciones de la contratista.

 

 

ANALISIS CRÍTICO

 

Al momento de realizar un  contrato de intermediación laboral, o un contrato de tercerización, se debe tomar en cuenta todo supuesto de la norma correspondiente, con la finalidad de no caer en alguna invalidez; teniendo presente el principio de "Primacía de la Realidad", para conservar la naturaleza de la actividad que constituye tanto la intermediación laboral como la tercerización.

Por tal motivo en el país caemos en el error de creer que al realizar un contrato de intermediación o tercerización estamos explotando a las clases trabajadoras o estamos cometiendo injusticias u otra irregularidad.

 Es por eso que tenemos que estar mas informados sobre esta clase de contratos por que son estos los que se realizan en los paises desarrollados creando economías de escala y una mayor productividad con bajos costos ya que asi estan generando mas empleo y mejores condiciones de vida para muchas personas.

 

CONCLUSIONES

 

Una conclusión seria que la intermediación consiste en emplear a trabajadores para ponerlos a disposición de otra persona, natural o jurídica, llamada usuaria, que determina sus tareas y supervisa su ejecución.

Page 6: Tercerización Laboral

Otra seria que la tercerización se caracteriza por la contratación de una persona jurídica que ejecuta, con su propio personal, actividades complementarias al proceso productivo de la contratante, denominada usuaria. Los trabajadores de la tercerizadora no son trabajadores de la usuaria.

Para recurrir a la intermediación laboral y realizar todas las actividades de la empresa usuaria, solo se podrá realizar bajo las modalidades de contratación de plazo fijo, ocasional, eventual, por horas y otros contratos precarios.

 RECOMENDACIONES

La primera recomendación que haríamos seria que tomen en cuenta también las que constituyen actividades complementarias de las empresas usuarias como son las de vigilancia, seguridad, alimentación, mensajería, mantenimiento, limpieza y otras actividades de apoyo.

 

Para poder realizar la intermediación laboral requerirá de la suscripción de dos clases de contratos pues es una forma de asegurar que el empleador y el empleado pueda tener una trato legal a la hora de la prestación de servicios:

a) Un contrato mercantil de intermediación laboral celebrado por escrito entre la empresa de intermediación laboral y la usuaria cuyo objeto sea poner a disposición de la usuaria trabajadores contratados por la intermediaria.

b) Un contrato de trabajo celebrado por escrito entre la intermediaria y cada uno de los trabajadores intermediados.

En el caso de la tercerización, se requerirá de la suscripción de un contrato de tercerización de servicios complementarios entre la empresa prestadora del servicio y la usuaria.